Recurso de Protecciòn Isapre FUN

March 15, 2019 | Author: Rosario Zamora | Category: Prices, Constitution, Social Institutions, Sociedad, Government Information
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Isapre FUN...

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Secretaría: Criminal – Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago Procedimiento: Protección  Materia: Recurso de Protección Recurrente: Carmen Paz Álvarez Enríuez Rut: !"#"$%#&&'()  A*ogado Patrocinante: María +es,s San Martín Rodríguez Rut: !%#&-&#./!(Recurrido: Colmena 0olden Cross S#A# Rut: .'#.%'#///(/ Representante 1egal: Carlos 2rucco 3rito Rut: Se desconoce En lo principal: Interpone Acción de Protección Primer 4trosí: Acompa5a 6ocumentos Segundo 4trosí: Solicita 4rden de 7o Innovar 2ercer 4trosí: Patrocinio 8 Poder Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago CARM CA RME7 E7 PA PA9 9

Á1A Á1 ARE RE9 9

abogad gada, a, dom domici iciliad liada a E7R; E7 R; abo

en

Augusto Augusto Leguia Norte 255 255, , dep depart artamen amento to 123, comuna de Las Condes, Santiago, a S.S. respetuosamente digo: Dent De ntro ro de del l pl plaz azo o es esta tabl blec ecid ido o en el n nmer mero o 1 de del l Au Auto to Acordado sobre !ramitaci"n # $allo del %ecurso de &rotecci"n de las 'arant(as Constitucionales, )engo en deducir recurso de pr prot otec ecci ci"n "n en co cont ntra ra de la Isapre Colmena 0olden Cross repres resent entada ada legalme legalmente nte por don Carlos 2rucco 3rito> S#A#> rep ambos domiciliados en A)enida Apo*uindo 5++, comuna de Las Condes, Santiago, por el acto ilegal # arbitrario consistente en pr pret eten ende der r ad adec ecua uar r # mo modi di-i -ica car r el co contr ntrat ato o de sa salu lud d en -orma unilateral, sin -undamento *ue lo usti-i*ue. /l

a ct o

d enun cia d o

co n st itu # e

u na

p ri )ac i"n ,

perturbaci"n # amenaza al leg(timo eercicio del derec0o # gara ga rant nt(a (a

cons co nsti titu tuci cion onal al

cons co nsag agra rada da

en

el

nume nu mera ral l

"'

del de l

 Artículo !. de la Constitución Política de la Rep,*lica> a sa*er> el derec?o de propiedad# &or

lo

anterior,

solicito

*ue

resta*lezca

se

de

inmediato el imperio del derec?o por los moti)os de 0ec0o # derec0o *ue paso a eponer:

14S @EC@4S siendo mi cotización actual de '#-% =#D# Lo anterior no s"lo resulta arbitrario, inusti-icado o insu-icientemente

probado,

sino

*ue adems contrario a

lo

sealado por la Superintendencia de Salud en su cuenta anual de %esultados $inancieros del Sistema de sapre entre los meses

de

enero

a

septiembre

de

2+12.

/n

e-ecto,

Superintendencia de Salud indic" *ue las sapres

la

lograron

utilidades por ms de ?@3.+++ millones de pesos, un 3@,1 superior a las utilidades *ue obtu)o el sistema de salud pri)ado en el mismo per(odo de 2+11 # *ue lleg" a ? 8B.5 millones,

obteniendo

de

tales

utilidades

Colmena

mHs

de

$#/// millones de pesos> u*icHndose como la segunda Isapre con ma8ores utilidades a marzo de "/!"# &or otro lado, de acuerdo con los resultados -inancieros de las isapres, las utilidades alcanzadas sortearon, incluso, un aumento del 13 *ue eperimentaron las licencias m9dicas # del

,@

*ue

crecieron

las

prestaciones

de

salud,

como

consulta m9dica, emenes o cirug(as, lo *ue des)irta an ms el argumento entregado por la recurrida para -undamentar el alza de mi plan de salud.

El

acto

del

recurrido

constitu8e

una

privación>

 pertur*ación 8 amenaza al legítimo eBercicio del derec?o 8 garantía constitucional del 6erec?o de Propiedad consagrado en el artículo !. n,mero "' de la Constitución Política de la Rep,*lica> desde el momento en ue se me o*liga de manera inBustiicada> sin undamento alguno 8 como condición para  mantener el plan de salud contratado> a cotizar un precio  ma8or al ue actualmente cotizo# La recurrida seala *ue tal alza de debe a *ue se 0a generado

un

aumento

en

el

costo

promedio

de

salud

por

a-iliado, sin acreditar de manera -e0aciente cules ser(an

a*uellos

costos *ue usti-icar(an una re)isi"n del precio

base del plan de salud, # *ue en de-initi)a, permitir(an aumentar el precio base de mi plan de salud. Con

este

acto

ilegal

#

arbitrario,

la

sapre

s"lo

intenta adecuar el precio base como si -uera una clusula de reaustabilidad, 0aciendo uso de la -acultad *ue le con-iere la

le#

para

estos

e-ectos.

Sin

embargo,

bien

debe

saber

S.S.., *ue el esp(ritu de la le# nunca 0a sido entregar a una de las partes la -acultad de alterar de manera arbitraria # unilateral las condiciones del contrato. Adems, # a ma#or abundamiento, al estar pactando el precio de mi plan de salud en 6nidades de $omento 6.$.7, 9ste #a tiene establecida una reaustabilidad automtica de acuerdo a la )ariaci"n de la 6nidad de $omento la *ue, como es

de

todos

sabido,

)ar(a

diariamente

de

acuerdo

a

la

)ariaci"n mensual del ndice de &recios al Consumidor &C7. /n consecuencia, teniendo presente este aspecto, tampoco se usti-ica el aumento del precio base de mi plan de salud.

E1 6EREC@4: AC!!6D NE6S!$CADA F A%G!%A%A !odo contrato legalmente celebrado es una le# para las partes contratante, con-orme a lo establecido en el Art(culo 1585 del C"digo Ci)il, no pudiendo se modi-icarlo sino por el consentimiento de las partes o por causas legales. Si bien el D$L nmero 1 del >inisterio de Salud en el Art(culo 1 -aculta a las sapres para re)isar los contratos de salud suscritos con sus a-iliados # adecuar su precio base,

esta

adecuaci"n

usti-icadamente,

deber

considerando

eercerse cambios

veriica*les  del )alor de la prestaci"n.

-undada

eectivos

#

8

/s una atribuci"n

de carcter ecepcional *ue altera la regla general de los

contratos sealada

en el

art(culo 1585

del

C"digo

Ci)il,

presupuesto *ue no se cumple en el presente caso, pues en modo alguno argumenta la recurrida cules son los ma#ores costos *ue de manera e-ecti)a # )eri-icable usti-ican el alza del precio base tanto en los costos de salud. /sta

lustr(sima

Corte

de

Apelaciones

0a

sealado,

sistemticamente, *ue
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