Recurso de Apelacion Edelnor

May 9, 2019 | Author: Alexander Ivan Molina Bonifacio | Category: Measurement, Nature
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ANEXO 3A: FORMATO DE RECONSIDERACIÓN / APELACIÓN SEÑORES: EDELNOR S.A.A. Empresa del servicio público de electric idad o de gas natural

SUMINISTRO N°

2289174

DATOS DATOS DEL RECURRENTE Nombr mbres y apel apelli lido dos s del del rec recurre urrent nte e y, de ser el caso caso,, de su repr repres esen enta tant nte e (*) (*)

DNI/C NI/CE E

Tel!o l!on no

ROBERTO PABLO PABLO FLORES PONCE "epresentante #egal A!". C#$!% C!&'$($#) *+,#% - C.A.. N° 109

Direcci$n del %uministro&

CA. LUIS RISCO S/N

Distrito&

#!

'rovincia&

UAURA

Dpto&

LIMA

'CIN#& %ealo este nuevo domicilio al +ue debe noti!icarse todos los documentos +ue se emitan durante el procedimiento& Distrito& 'rovincia& Dpto& 4uac5o 4uaura #ima r- ose .alve N0 123

MOTI*O DEL RECURSO

R($)! ,( A(%#+5&: I&'($!&"! #(%#+5& %# R()!%+5& 160116213EDELNOR S.A.A./MRCA S.A.A./MRCA %olicito +ue sinergmin "E6I%E en última instancia administrativa lo resuelto por la empresa, ya +ue no estoy de acuerdo con los !undamentos +ue sta 5a sealado o con la manera en +ue 5a evaluado las pruebas, por las siguientes raones&

I. FUNDAMENTOS DE ECO:

7- 8ue, la "esoluci$n 79:377:;197culo 1910 del "eglamentoCumplido el pago de las obligaciones +ue emanan de los incisos +ue anteceden, el usuario deberB regulariar de inmediato la obtenci$n del suministro, cumpliendo los re+uisitos establecidos en la #ey y el "eglamento-

7. DOCUMENTACION A EMITIR POR EL CONCECIONARIO. !. A&'so (re&'o a la Inter&enc')n  ntes de realiar la Intervenci$n, el Concesionario debe e!ectuar el aviso previo al suario o a la persona +ue se encuentre en el predio, este aviso debe contener toda la in!ormaci$n establecido en el neo- %i se negara a recibir el aviso o eistiera alguna situaci$n +ue di!iculte la noti!icaci$n del mismo, el Concesionario, previa constataci$n policial o de un notario, procederB a deFarlo por debaFo de la puertaToda constataci$n policial deberB ser e!ectuada por un e!ectivo policial en servicio perteneciente a la comisar>a del sector, +uien deberB registrar los 5ec5os constatados en el l ibro de ocurrencias de la citada comisar>a-

!.2 Acta de Inter&enc')n Concluida la Intervenci$n el Concesionario elaborarB y entregarB al suario, o a la persona +ue se encuentre en el predio, un acta de Intervenci$n consignando los resultados de la misma, el cual deberB considerar como m>nimo& i) Gec5a y, 5ora de inicio y trmino de la Intervenci$n ii) %egún sea el caso, datos del %istema de =edici$n y registro de lectura en +ue se encontr$ iii) Numeraci$n de los precintos de seguridad encontrados e instalados, en caso corresponda iv) Descripci$n detallada de la irregularidad, incluyendo el diagrama elctrico y/o mecBnico, y el registro de la potencia y/o corriente en el momento de la Intervenci$n v) Cuando sea permitido, el inventario de la carga instalada y el diagrama uni!ilar correspondiente- Cuando no se pueda realiar el inventario de la carga instalada, el Concesionario deberB deFar constancia de ello en el cta de Intervenci$n y, vi) In!ormaci$n detallada sobre la normaliaci$n del suministro-

!.*.2 Not'+'cac')n del ecupero %e deberB remitir al suario, o bene!iciario del Consumo sin utoriaci$n del Concesionario, un in!orme detallado de la causa del "ecuperoEl in!orme debe ser remitido en un plao mBimo de cinco (3) d>as 5Bbiles contados& a) para el caso indicado en el inciso i) del numeral 3-1, a partir de la !ec5a de detecci$n de la causal y, b) 'ara los casos indicados en los incisos ii) e iii) del numeral 3-1, a partir de la conclusi$n del per>odo de dos (1) meses de superada la condici$n de!ectuosa, o a partir de la !ec5a de detecci$n de la causal si se trata de usuarios con consumo estacional, en concordancia con lo establecido en el numeral @-1-1H en un plao mBimo de tres (as para los casos indicados en los incisos iv) y v) del numeral 3-1, contados a partir de la Intervenci$nEl in!orme detallado indicarB como m>nimo lo siguiente& i) El motivo del "ecupero ii) El per>odo retroactivo de cBlculo iii) El monto determinado, incluyendo el detalle del cBlculo por mes iv) #os intereses y recargos por moras en !orma desagregada, cuando corresponda, según lo establecido en el numeral 2-1-1v) In!ormar el derec5o del suario a e!ectuar un reclamo si considera +ue el "ecupero a aplicar no es procedente o si no se estB de acuerdo con el monto calculado para dic5o "ecupero simismo, para las causales indicadas en los incisos iii), iv) y v) del numeral 3-1, adFuntarB copia de los documentos +ue acrediten el cumplimiento de los correspondientes re+uisitos establecidos en los incisos iii), iv) y v) del numeral :-1En trminos generales, los recuperos de energ>a no registrados pueden clasi!icarse en a+uellos +ue se originan en causas imputables a la concesionaria (error en el proceso de !acturaci$n o en la, instalaci$n del sistema de medici$n), de!iciencias tcnicas del sistema de medici$n (error en el sistema de medici$n), o a +uienes 5acen un uso indebido del servicio elctrico (vulneraci$n de las condiciones del suministro consumo sin autoriaci$n)

Cuando se -aa de/ado de +acturar la energía de0andada en el su0'n'stro por ra1)n '0putable a la conces'onar'a o al eu'po de 0ed'c')n, el artículo 324 de la "E5 +aculta a las conces'onar'as recuperar lo de/ado de +acturar por d'c-os errores, pero en 6 0eses s'n 'ntereses n' 0oras, por un error retroact'&o 078'0o de 2 0eses desde la +ec-a de detecc')n. 8.2.2 P#"! ,(% R(($! El Concesionario e!ectuarB el "ecupero considerando lo siguiente& i) 'ara los casos i), ii) y iii) re!eridos en el numeral 3-1, el "ecupero se e!ectuarB en die (79) cuotas mensuales iguales sin considerar intereses ni recargos por moras, en concordancia con el rt>culo @1J de la #CE- El Concesionario podrB incluir el "ecupero en la !acturaci$n mensual inmediata posterior a la noti!icaci$n e!ectuada con!orme al numeral ?-culo @10 de la #CE y el numeral 3 inciso iii) de la N"= "", establecen +ue las concesionarias estBn !acultadas a aplicar un recupero de consumos no registrados cuando por de!iciencias al realiar la instalaci$n o el coneionado eterno del sistema de medici$n, se origina una inadecuada medici$n +ue puede generar +ue se registren consumos menores a los realmente demandados por el suministro l respecto, el numeral :-1 Kii) de la N"= "" establece +ue a e!ectos de acreditar el error en la instalaci$n del sistema de medici$n, la concesionaria debe cumplir con acreditar los siguientes re+uisitos& a) aviso previo, b) vistas !otogrB!icas a color !ec5adas y diagrama elctrico y c) in!lei$n de consumos acreditada con el promedio de m>nimo 1 meses consecutivos posteriores de corregido el error e igual número de meses anterioresEn este sentido, cuando se veri!i+ue is procedencia del recupero, se aplicarB la misma metodolog>a de cBlculo prevista para el error en el sistema de medici$n, en el numeral L@-1-1 de la mencionada N"= ""-

#ineamiento& %e considera tambin como error en la instalaci$n del sistema de medici$n, +ue puede generar un recupero de consumos no registrados, la inversi$n de los suministros-

3.1 E$$!$ (& %# +&)'#%#+5& ,(+,! # &# ;#%# !&(a se presenta cuando las l>neas de alimentaci$n y las l>neas de carga no estBn conectadas correctamente al sistema de medici$n es decir la conei$n en el campo di!iere de la conei$n de diseo del sistema de medici$nEllo puede producirse cuando las !ases de un medidor, las secuencias de alimentaci$n de la tensi$n, o la polaridad de los trans!ormadores se encuentren invertidos- El supuesto mBs común de error se presenta cuando las !ases del medidor se encuentran invertidas-

SUBCAP=TULO I*: *ULNERACIÓN DE LAS CONDICIONES DEL SUMINISTRO El art>culo 7?? del "#CE y el numeral 3 inciso ivM de la N"= "", !acultan a las concesionarias a aplicar, un recupero de consumos no registrados cuando se veri!i+ue una vulneraci$n de las condiciones del suministro, debido a la manipulaci$n de uno o mBs de los componentes de la conei$n, realiada por una persona distinta a la concesionaria, +ue genere +ue se registren consumos menores a los realmente demandado por el suministro, o +ue stos no se registrenCabe precisar +ue el numeral 7-< de la N"= "" de!ine como conei$n al conFunto de componentes e instalaciones necesarias para la prestaci$n del servicio elctrico, +ue comprende desde el punto de entrega 5asta los bornes de salida del medidor- EstB compuesta principalmente por el empalme, la acometida, la caFa de protecci$n, el sistema de protecci$n/seccionamiento y el sistema de medici$n- #os usuarios estBn impedidos de manipular tales elementos, en tanto su mantenimiento y reposici$n estB a cargo de la concesionaria, con!orme lo establece el art>culo 7:< del "#CE-

6.2 P$!(,(&+# ,(% R(($!

El "ecupero procederB para cada uno de los casos indicados en el numeral 3-1, siempre +ue el Concesionario remita al suario el in!orme al +ue se 5ace re!erencia en el numeral ?-stica de Consumo se aprecia una in!lei$n +ue denote un menor registro del Consumo mensual del suario- Este aspecto deFa de ser re+uisito s$lo para casos en +ue la 6ulneraci$n de las Condiciones del %uministro consista en carga conectada antes del contador y por tanto su consumo no 5aya sido medido o registradod) %$lo para el caso de vulneraci$n por retroceso de lecturas, se acreditarB tal irregularidad con la constataci$n policial o la constataci$n de un notario, con!orme a lo establecido en el numeral ?-7- De las dos Inspecciones +ue con!iguran el retroceso, se eigirB el aviso previo s$lo en la última en la +ue se realia la Intervenci$nv) 'ara el caso re!erido en el inciso v) del numeral 3-1, se cumpla los siguientes re+uisitos& a) El concesionario 5aya e!ectuado el aviso previo de la Intervenci$n, o constataci$n policial, según sea el caso, con!orme a lo establecido en el numeral ?-7 b) %e identi!i+ue al bene!iciario del Consumo sin utoriaci$n del Concesionario y, c) El diagrama elctrico y las vistas !otogrB!icas a color y !ec5adas +ue muestren el conductor elctrico utiliado, su empalme y, el registro de potencia y/o corriente en el momento de la Intervenci$n- #as vistas !otogrB!icas deben demostrar inobFetablemente +ue el conductor elctrico utiliado alimenta al predio bene!iciado culo 192J de la #ey NJ 1?AAA, #ey del 'rocedimiento dministrativo .eneral El recurso de reconsideraci$n se interpondrB ante el mismo $rgano +ue dict$ el primer acto +ue es materia de la impugnaci$n y deberB sustentarse en nueva prueba1-;"esoluci$n Del ConseFo Directivo rganismo %upervisor De #a Inversi$n En Energ>a H =iner>a sinergmin NJ :?7;199?;%;CD, +ue aprueba El 'rocedimiento dministrativo de "eclamos de los suarios de los %ervicios 'úblicos de Electricidad y .as Natural-

III. MEDIOS PROBATORIOS NUE*OS: ; Copia simple de la CONSTANCIA DE A
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