Realizacion de Un Comparendo Ante Policia Local
Short Description
Descripción: Pauta para comparecer en comparendo de JPL...
Description
LEY DE TRANSITO N° 18.290 DAÑOS EN COLISION O ACCIDENTE DEL TRANSITO
1.- REALIZACIÓN DE AUDIENCIA ORAL DE AVENIMIENTO, CONTESTACIÓN Y PRUEBA
El comparendo se celebra con las partes que asistan. Art. 7 Ley de Juzgado de Policía Local.
Hay que concurrir con todos los medios de prueba (documentos, testigos y demás medios de prueba y en el mismo comparendo se solicitan las demás diligencias probatorias, como por ejemplo, la absolución de posiciones y los respectivos oficios) Art. 7 Ley de Juzgado de Policía Local.
DESARROLLO DEL COMPARENDO
1.- ANUNCIO DEL ACTUARIO: El actuario anunciará el comparendo, individualizándolo por la forma como está caratulado el expediente. 2. - RATIFICACIÓN DE LA QUERELLA Y DEMANDA: “Vengo en ratificar la querella infraccional y la demanda civil en todas y cada una de sus partes, solicitando desde ya se acojan, con expresa condenación en costas”. “Vengo en ratificar la querella infraccional dirigida en contra de don XXXX y la demanda civil entablada en contra del propio Sr. XXXX como responsable de los hechos que se investigan, y en contra de la empresa XXXX, en su calidad de propietaria del vehículo causante de los daños que se demandan en estos autos, todo ello conforme a los antecedentes que rolan a fojas XX” 3.OPOSICIÓN RECONVENCION:
DE
EXCEPCIONES
I.- OPOSICIÓN DE EXCEPCIONES:
Y/O
CONTESTACION
O
Si en la audiencia se van a oponer excepciones de previo y especial pronunciamiento y se solicita en el otrosi la suspensión del procedimiento, se señalará: “Vengo en oponer las excepciones de previo y especial pronunciamiento que se indican en documento que se acompaña en este acto a la presente audiencia, con copia para la parte demandante, solicitando se tenga como parte integrante de este comparendo, y en su virtud se rechace la querella y demanda en todas y cada una de sus partes, con costas”. Se entrega el escrito. RESOLUCION: “Traslado”. El Tribunal proveerá traslado y suspenderá el comparendo de avenimiento, contestación y prueba y fijará nuevo día y hora para llevarlo a efecto en el mismo acto, pudiendo contestarse el traslado en la misma audiencia o por escrito dentro del plazo de tres días, para posteriormente ser falladas tales excepciones por el Tribunal. II.- CONTESTACIÓN DE LA QUERELLA Y DEMANDA: Si no se oponen excepciones de previo y especial pronunciamiento o solo se oponen excepciones perentorias y se contesta derechamente la querella infraccional y demanda civil se señalará: “Vengo en contestar la querella infraccional y demanda civil por escrito, en documento que se acompaña en este acto a la presente audiencia, con copia para la parte demandante, solicitando que dicha minuta se tenga como parte integrante de este comparendo, y se rechace la querella y demanda en todas y cada una de sus partes, con costas”. La contestación de la querella y demanda puede hacerse verbalmente o por escrito. (Art. 10 Ley de Juzgado de Policía Local) Se entrega la contestación. RESOLUCION: “Por contestada la demanda”. III.- RECONVENCIÓN: El demandado, al formular su defensa, puede reconvenir al actor de los daños sufridos como consecuencia del accidente. La reconvención se tramitará conjuntamente con la demanda, en el mismo comparendo a que fueron citadas las partes y ella no podrá ser deducida en ninguna otra oportunidad durante la secuela del juicio. (Art.10 Ley de Juzgado de Policía Local) Se entrega la reconvención. RESOLUCION: “Por presentada la reconvención”.
IV.- OBSERVACIONES QUE SE PUEDEN FORMULAR: Las partes pueden formular observaciones a la demanda, denuncia o querella y a la defensa, en su caso, de las que se deja constancia por escrito. (Art. 10 Ley de Juzgado de Policía Local) 4.POSIBLE SUSPENSIÓN DEL COMPARENDO PARA RECIBIR LA PRUEBA: Oída la defensa del demandado, el Juez, si lo estima conveniente y en resguardo de los derechos del demandante o demandado, podrá suspender el comparendo y fijar nuevo día y hora para su continuación, con el solo objeto de recibir la prueba. 5.- SE LLAMA A LAS PARTES A AVINIMIENTO En el comparendo y después de oír a las partes, el Juez llamará a conciliación sobre todo aquello que mire a las acciones civiles deducidas. Producida la conciliación, la causa proseguirá su curso en lo contravencional. El ACTUARIO DIRÁ: “El Tribunal llama a las partes a un avenimiento”; de producirse avenimiento se levanta acta que contendrá solo las especificaciones del arreglo y que será firmada por el Juez, partes y Secretario, y continuará la causa su curso en lo contravencional. Art.11 Ley de Juzgado de Policía Local. No obstante, el Juez podrá llamar nuevamente a conciliación en el curso del proceso, y las opiniones que emita en el acto de la conciliación, no lo inhabilitan para seguir conociendo de la causa.
6.- SE RECIBE LA CAUSA A PRUEBA: El ACTUARIO DIRÁ: “El Tribunal recibe la causa a prueba”. -
Preguntar: Como se recibe en este tribunal, en que orden?
-
Primero, se reciben las pruebas del demandante y posteriormente las del demandado.
I.- PRUEBAS DEL QUERELLANTE Y DEMANDANTE: 1.- PRUEBA DOCUMENTAL:
- El actuario preguntará: Rinde Prueba documental? Si, acompaño documentos y solicito las siguientes diligencias (enumerarlas) - Todo documento presentarlo con copia. A.- Acompaño documentos: “Vengo en acompañar como parte de prueba los siguientes documentos: 1.- Con citación, certificado de antecedentes… 2.- Con citación, presupuesto de reparación… POR TANTO, ruego a US. tener documentos en la forma señalada”. RESOLUCION: solicitada”.
“Por
acompañados
los
por
acompañados
documentos
en
la
los
forma
B.- Solicito Exhibición de documentos “Vengo en solicitar de conformidad a lo dispuesto en el Art.349 del CPC. se sirva decretar como diligencias probatorias y bajo los apercibimientos legales que la demandada, por medio de su representante judicial aquí presente, exhiba ante US. en la audiencia que el tribunal se sirva fijar, los siguientes documentos: 1.- Contrato de trabajo 2.- Libro de reclamo 3.- Documento interno POR TANTO, ruego a US. acceder a lo solicitado”. RESOLUCION: “Como se pide, fíjese la audiencia del día XX de Diciembre del 2003, a las 9:00 horas” 2.- DILIGENCIAS Y OFICIOS: “Vengo en solicitar a US. se sirva decretar como diligencias probatorias se remitan los siguientes oficios: 1.- Se oficie al Servicio de Registro Civil e Identificación, a fin de que envíe hoja de vida del conductor, de don XXXX.
2.- Se oficie a la Municipalidad de Talcahuano, a fin de que informe acerca de la velocidad máxima permitida en calle Gran Bretaña, a la altura del N° 4642, dirección Talcahuano - Concepción. 3.- Se oficie al Departamento de Transito de la Ilustre Municipalidad de Concepción, a fin de que informe si el cruce de las calles Toribio Medina y Simson se encontraba, al 11 de Junio del año en curso, regulado por señales de transito. Y si estas existieren, que informe cuales son y su ubicación. POR TANTO, ruego a US. acceder a lo solicitado”. RESOLUCION: “Como se pide, ofíciese” 3.- INSPECCION PERSONAL DEL TRIBUNAL: “Vengo en solicitar a US. se sirva constituirse personalmente en el lugar en que sucedieron los hechos a fin de que aprecie personal-mente las características del lugar, fijando día y hora al efecto, y ordenar se notifique a las partes en esta audiencia por medio de sus apoderados”. RESOLUCION: “Como se pide y se fija la audiencia del día X a las X, para la inspección personal el tribunal”.
4.- INFORME DE PERITOS “Vengo en solicitar a US. peritaje mecánico con el objeto de que se determine los daños y condiciones en que se encuentra actualmente el automóvil X de propiedad de don X, a consecuencia del accidente materia de esta litis, fijándose al efecto nuevo día y hora para la designación de dicho perito”. RESOLUCION: “Como se pide y se fija la audiencia del día X a las X, para la designación del respectivo perito” 5.- ABSOLUCIÓN DE POSICIONES: “Ruego a US. se sirva citar a don XXXXXXXXXXX, notificándolo en esta audiencia por medio de su apoderado judicial, a fin de que comparezca bajo los apercibimientos legales a absolver personalmente posiciones, a la audiencia que US. determine, acompañando para estos efectos el sobre
cerrado que contiene el pliego de posiciones, XXXXX las absuelva personalmente, el día y sirva fijar. POR TANTO, ruego a US., se acompañado dicho sobre y ordenar que sea señor Secretario del Tribunal”.
a fin de que don hora que US. se sirva tener por guardado por el
RESOLUCION: “Téngase por acompañado el pliego de posiciones, guárdese bajo la custodia del Secretario del Tribunal. Fíjese la audiencia del día XX de Diciembre del 320003, a las 10:00”. (ENTREGAR SOBRE) 6.- PRUEBA TESTIMONIAL: - Primero declaran los testigos del demandante. - Luego declaran los testigos del demandado. - Tachar antes de que declaren, pero después de haber prestado juramento - Los testigos declaran al final del probatorio. “Solicito al tribunal se interrogue a los testigos ya individualizados a fojas X de autos”. RESOLUCION: “Como se pide, interróguense”
II.- PRUEBAS DEL QUERELLADO Y DEMANDADO 1.- PRUEBA DOCUMENTAL: - El actuario preguntará: Rinde Prueba documental? Si, acompaño documentos y solicito las siguientes diligencias (enumerarlas) - Todo documento presentarlo con copia. A.- Acompaño documentos:
“Vengo en acompañar como parte de prueba los siguientes docu-mentos: 1.- Con citación, certificado de antecedentes… 2.- Con citación, presupuesto de reparación… POR TANTO, ruego a US. tener documentos en la forma señalada”. RESOLUCION: solicitada”.
“Por
acompañados
los
por
acompañados
documentos
en
la
los
forma
B.- Solicito Exhibición de documentos “Vengo en solicitar de conformidad a lo dispuesto en el Art.349 del CPC. se sirva decretar como diligencias probatorias y bajo los apercibimientos legales que la demandante, por medio de su representante judicial aquí presente, exhiba ante US. en la audiencia que el tribunal se sirva fijar, los siguientes documentos. 1.- Contrato de trabajo 2.- Libro de reclamo 3.- Documento interno POR TANTO, ruego a US. acceder a lo solicitado”. RESOLUCION: “Como se pide, fíjese la audiencia del día XX de Diciembre del 2003, a las 9:00 horas” 2.- DILIGENCIAS Y OFICIOS: “Vengo en solicitar a US. se sirva decretar como diligencias probatorias se remitan los siguientes oficios: 1.- Se oficie al Servicio de Registro Civil e Identificación, a fin de que envíe hoja de vida del conductor, de don XXXX. 2.- Se oficie a la Municipalidad de Talcahuano, a fin de que informe acerca de la velocidad máxima permitida en calle Gran Bretaña, a la altura del N° 4642, dirección Talcahuano - Concepción. POR TANTO, ruego a US. acceder a lo solicitado”. RESOLUCION: “Como se pide, ofíciese” 3.- ABSOLUCION DE POSICIONES:
“Ruego a US. se sirva citar a don XXXXXXXXXXX, notificándolo en esta audiencia por medio de su apoderado judicial, a fin de que comparezca bajo los apercibimientos legales a absolver personalmente posiciones, a la audiencia que US. determine, acompañando para estos efectos el sobre cerrado que contiene el pliego de posiciones, a fin de que don XXXXX las absuelva personalmente, el día y hora que US se sirva fijar. POR TANTO, ruego a US., se sirva tener por acompañado dicho sobre y ordenar que sea guardado por el señor Secretario del Tribunal”. RESOLUCION: Téngase por acompañado el pliego de posiciones, guárdese bajo la custodia del Secretario del Tribunal. Fíjese la audiencia del día XX de Diciembre del 2003, a las 10:00. (ENTREGAR SOBRE) 4.- PRUEBA TESTIMONIAL: - Primero declaran los testigos del demandante. - Luego declaran los testigos del demandado. - Tachar antes de que declaren, pero después de haber prestado juramento - Los testigos declaran al final del probatorio. “Solicito al tribunal se interrogue a los testigos ya individualizados a fojas X de autos”. RESOLUCION: “Como se pide, interróguense” TESTIMONIAL PARTE QUERELLANTE Y DEMANDANTE: Comparece a la presencia judicial don XXXXX., cedula de identidad número XXXX, 30 años, soltero, contador, domiciliado en xxx, quien legalmente interrogado y juramentado expone: TESTIMONIAL PARTE QUERELLADA Y DEMANDADA Comparece a la presencia judicial don XXXXX., cedula de identidad número XXXX, 30 años, soltero, contador, domiciliado en xxx, quien legalmente interrogado y juramentado expone: 7.- FIN DE COMPARENDO:
El ACTUARIO DIRÁ: “Con lo que se pone término a la audiencia, levantándose la presente acta, la que es leída y formada por los comparecientes conjuntamente con el Tribunal, dejándose expresa constancia que en este acto las partes son personalmente notificadas de las resoluciones dictadas”. Se firma el acta y se pide copia de lo realizado”. El Juez puede suspender el comparendo y fijar nuevo día y hora para su continuación con el objeto de recibir la prueba. (Art. 10 LJPL) 8.- DILIGENCIAS PROBATORIAS DE OFICIO: El juez puede decretar en todos los asuntos que conozca, durante el transcurso del proceso, las diligencias probatorias que estime pertinentes. Art. 16 Ley de Juzgado de Policía Local. 2.- NUEVA AUDIENCIA PROBATORIA: EXHIBICION DE DOCUMENTOS Y ABSOLUCION DE POSICIONES 1.- Exhibición de documentos. 2.- Absolución de posiciones. I.- EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS 1.- Requisitos para solicitar la exhibición de documentos: CPC
Art. 349
1. Los documentos deben tener relación directa con la cuestión debatida. 2. Los documentos no revistan el carácter de confidenciales. 2.- Iniciativa de la exhibición de documentos: 1. De oficio por el Juez: De acuerdo al Art. 16 de la Ley de Policía Local que autoriza al juez para decretar las diligencias probatorias que estime pertinentes, durante el transcurso del proceso. 2. A petición de parte: De acuerdo al Art. 349 del Código de Procedimiento Civil, que autoriza para solicitar la exhibición de instrumentos que existan en poder de la otra parte, bajo apercibimientos legal de apremiarse al desobediente en la forma establecida en el Art.274 del CPC en caso de que se rehúse a la exhibición sin justa causa, sin perjuicio del apercibimiento del Art. 277 del CPC. 3.- Apremios del Art. 274 CPC: -
Multa al desobediente. Arresto hasta de 2 meses.
4.- Exhibición de documentos en el Comparendo: La ACTUARIA DIRÁ: Se procede a la diligencia de exhibición de documentos de la parte demandada. Dejará constancia en el expediente de lo siguiente: Concepción, 8 de Diciembre de 2003 En el día y hora señalada se lleva a efecto la diligencia para la exhibición de documentos decretada a fojas x de autos, con la asistencia del apoderado de la parte demandante y querellante don XXXX, representado por su apoderado don XXXXX y de la parte demandada y querellada XXXX, representada por su abogado don XXXXXX, quienes dado cuenta del objeto de la audiencia exponen: La parte demandada y querellada procede en este acto a exhibir la siguiente documentación: 1.-2.-3.-
RESOLUCION: “Téngase por acompañados los documentos” “Con lo que se pone término a la audiencia, levantándose la presente acta la que es leída y firmada por las partes conjuntamente con el Tribunal.” 5.- Situaciones que pueden ocurrir en la audiencia de exhibición: 1.- Que se exhiban todos los documentos: Se deben acompañar todos los documentos autorizados por notario, si no se acompañan de esta forma, se debe solicitar que se le saque copia de las partidas, hojas o documentos que correspondan, se autorice por el secretario del Tribunal y se agreguen al expediente. Si no se pueden fotocopiar, solicitar se compulsen las partidas correspondientes por el tribunal. Si no se acompañan los documentos autorizados por notario, se puede salvar la situación de esta forma: Resolución: El Tribunal ordena que la parte demandada y querellada deje fotocopia autorizada de los documentos exhibidos. Señalar: La parte demandada y querellada solicita que la Secretaria del Tribunal autorice los documentos exhibidos. Resolución: Como se pide. Téngase por acompañados los documentos. 2.- Que no se exhiban todos los documentos: En este caso se debe solicitar se aperciba (se aplique Multa al desobediente y arresto hasta de 2 meses de conformidad al Art. 349 en relación con el Art. 274) al representante de la demandada (gerente) a fin de que exhiba los
documentos que debían ser exhibidos en la audiencia de hoy, y que se individualizaron correctamente en el comparendo de estilo, en la nueva audiencia que US. determine. 3.- Que los documentos sean incompletos: En este caso se debe solicitar que se fotocopie las partes pertinentes y se haga efectivo el apercibimiento por la parte incompleta o que no se acompañó. 4.- Que se hayan sacado las hojas del libro: En este caso se debe solicitar se revise la foliación si existe, o bien se cuenten las hojas del libro. 6.- Si no se exhiben los documentos por ser secretos Señalar “Solicito se rechace por extemporánea la solicitud, y en subsidio, en caso de que no se declare que la solicitud es extemporánea, se tenga presente que tales documentos no son secretos, porque se refiere a las relaciones habituales que se producen entre la empresa demandada y sus clientes”.
II.- ABSOLUCION DE POSICIONES 1.- Formalidades. 1.- Juramento del confesante de decir la verdad. 2. -Se abre el sobre cerrado que contiene el pliego de posiciones. 3.- Se formulan las preguntas en el orden en que figuran en el pliego. 4.- Una vez terminada, el receptor pregunta si ratifica las expresiones y luego se firma por el juez, las partes y abogados. La ACTUARIA DIRÁ: Se procede a la diligencia de absolución de posiciones de la parte demandada. Dejara constancia en el expediente de lo siguiente: Concepción, 8 de Diciembre de 2003 En el día y hora señalada se lleva a efecto la diligencia DE ABSOLUCION DE POSICIONES decretada a fojas XX de autos, con la asistencia del absolvente, don XXXX, y de su apoderado don XXXXX y del abogado de la parte demandada y querellada don XXXX. En este acto el tribunal procede a tomar juramento al absolvente, formulándose las preguntas contenidas en el pliego de posiciones, el que en este acto se procede a abrir, formulándose las siguientes preguntas: A la Pregunta N°1 Si es efectivo.
A la Pregunta N°2 Si es efectivo. 2.- Situaciones que pueden ocurrir en la audiencia de absolución: 1.- Si el absolvente no comparece a la audiencia, solicitar se fije nuevo día y hora para que don XXXX comparezca personalmente a absolver posiciones, bajo apercibimiento de tenérsele por confeso en todos los hechos categóricamente afirmados en el pliego respectivo, según lo dispone el Art.394 del CPC. 2.- Si el absolvente comparece a la audiencia, y se niega a declarar o da respuestas evasivas: Solicitar se de por confeso en todos los hechos que están categóricamente afirmados en el pliego respectivo, según lo dispone el Art.394 del CPC. 3.- Si el mandatario quiere absolver posiciones. Me opongo y solicito que la confesión sea prestada por el propio litigante, pues la obligación que pesa sobre todo litigante, y que se encuentra señalada en el artículo 385 es de carácter absoluto. 4.- Si se oponen a las preguntas formuladas: Se desestime la objeción, por cuanto la pregunta versa sobre hechos pertenecientes al juicio mismo, esto es, sobre los hechos sustanciales y pertinentes que son debatidos dentro de él - Se puede retirar las preguntas. - Se pueden objetar las preguntas. 5.- Observaciones sobre la absolución: Art. 391 CPC: Puede el confesante añadir las circunstancias necesarias para la recta y cabal inteligencia de lo declarado Art. 392 CPC: El litigante que ha exigido la confesión de su contraparte puede presenciar la declaración de esta y hacer al tribunal las observaciones que estime conducentes para aclarar, explicar o ampliar las preguntas que han de dirigírsele y puede también después de prestada la declaración, pedir que se repita si hay en las respuestas dadas algún punto oscuro o dudoso que aclarar. Ejemplo: Para que el absolvente aclare si cuando dice "que es un manual de procedimiento” se esta refiriendo a un manual de procedimiento que se sigue cuando se esta en presencia de un delito. APRECIACIÓN PROBATORIA: El Juez apreciará la prueba y los antecedentes de la causa, de acuerdo con las Reglas de la Sana Critica.
FALLO: Rendida la prueba o practicadas las medidas para mejor resolver, el juez deberá fallar la causa dentro del plazo de 15 DÍAS, contado desde la fecha en que el juicio se encuentre en estado de fallo. (Art. 17 LJPL) PRUEBA TESTIMONIAL I.- PRECISIONES ACERCA DE LA PRUEBA TESTIMONIAL: 1. No pueden presentarse mas de 4 testigos (Art.12 de la Ley de Juzgados de Policía Local) 2. Deben individualizarse por el nombre, profesión u oficio y residencia de los testigos. 3. La lista de testigos debe entregarse en Secretaria antes de las 12 horas del día hábil que precede al designado para la audiencia. No se examinaran testigos no incluidos en tales listas, salvo acuerdo expreso de las partes. (Art.12 de la Ley de Juzgados de Policía Local) II.- FORMALIDADES DE LA PRUEBA TESTIMONIAL: 1.- Juramento del testigo 2.- Preguntas para tachas 3.- Declaración del testigo 4.- Repreguntado por intermedio del actuario 5.- Contra interrogación por intermedio del actuario. 6.- Lectura y ratificación de la deposición del testigo 7.- Acta de la prueba testimonial, firmada por todos los comparecientes, testigo, actuario y Juez. III.- TACHAS A LOS TESTIGOS. Las tachas son los medios o la forma de hacer efectivas las inhabilidades establecidas por la ley procesal y que conducen, al ser aceptadas, a desestimar las declaraciones de los testigos en juicio. 1.- CAUSALES DE INHABILIDAD: Las tachas solo pueden fundarse en alguna de las causales de inhabilidad contempladas en los Arts. 357 y Art. 358 del Código de Procedimiento Civil. 2.- FORMA DE TACHAR A LOS TESTIGOS:
1.- Juramento del testigo: Esperar que el testigo rinda su juramento, pues antes de que presten declaración y después de que hayan jurado se deben tachar a los testigos. 2.- Preguntas para tacha: El actuario preguntará a la parte contraria si se harán preguntas para tacha, si no pregunta, proponer preguntas para tachas. 3.- Fórmula de estilo para formular preguntas para tachar: “La parte querellante y demandante viene de conformidad a lo dispuesto en el Art. 366 del Código de Procedimiento Civil, en formular las preguntas de tacha que a continuación se indican con la finalidad de si se llega a formular en definitiva la tacha, se le reste al testigo el valor probatorio emanado de su testimonio y en definitiva este sea desechado por afectarlo una causal de inhabilidad legal.” 4.- Disposición legal sobre las preguntas para tachas: De acuerdo al Art.366 del CPC, cada parte tendrá derecho para dirigir, por conducto del juez, las interrogaciones que estime conducentes, con el objeto de establecer las causales de inhabilidad legal que puedan oponerse a los testigos y de que estos rectifiquen, esclarezcan o precisen los hechos sobre los cuales se invoca su testimonio. En caso de desacuerdo entre las partes sobre la conducencia de las preguntas, resolverá el tribunal y su fallo será apelable en el solo efecto devolutivo. 5.- Preguntas para tachas: Formular alguna de las siguientes preguntas dependiendo de la posible causal de inhabilidad que pudiera afectar al testigo. Preguntas para tachas por existir vínculo de parentesco: Art. 358 N° 1 y 2 CPC. - Para que diga el testigo si es cónyuge, hijo, hermano, nieto o familiar del demandado. Preguntas para tachas por vínculo de dependencia: Art. 358 N° 4 y 5 CPC - Para que diga el testigo si es criado o dependiente del demandado. - Para que diga el testigo si trabaja, o si presta servicios retribuidos habitualmente para el demandado.
- Para que diga el testigo, desde cuando trabaja para el demandado. - Para que diga el testigo si existe una relación de subordinación y dependencia con la empresa demandada. - Para que diga el testigo si recibe remuneración de la empresa demandada. Preguntas para tachas por falta de imparcialidad por tener interés en el juicio: Art. 358 N° 6 CPC - Para que diga el testigo si tiene algún interés en que el demandado gane el juicio. - Para que diga el testigo si el demandado le adeuda dineros. - Para que diga el testigo tiene alguna relación contractual con el demandado. Preguntas para tachas por demandado: Art. 358 N°7 CPC
existir
vinculo
de
amistad
con
el
- Para que diga el testigo si es amigo del demandado. - Para que diga el testigo como conoce al demandado. - Para que diga el testigo si tiene enemistad con el demandante. 4.- El actuario preguntará si formula tacha: Una vez formuladas las preguntas al testigo y si este responde Si a alguna de las preguntas formuladas, señalar: “ formulo tacha de acuerdo al Art. 358 N° 4 y 5 del CPC, por cuanto el testigo es inhábil para declarar……. por ser dependiente de la parte que lo presenta o por ser trabajador de la persona que exige su testimonio. RESOLUCION: Por formulada la tacha, El Tribunal confiere traslado al demandado 5.- Caminos una vez tachados los testigos: 1. Se puede pedir que se omita su declaración y que se reemplace por la de otro testigo hábil de los que figuran en la nomina.
2. Se puede dejar que el testigo declare, pues la tacha opuesta no obsta a su examen y después probar que la tacha es imaginaria. Así se dirá: Solicito el rechazo de la tacha, toda vez que la causal de inhabilidad en que se funda y que se refiere a la falta de imparcialidad necesaria para declarar del testigo por ser “amigo, dependiente, pariente” de la parte que lo presenta,…no está suficientemente acreditada por los dichos del testigo.” O….“no concurre en el presente testigo, por cuanto……….
Sin perjuicio de lo anterior, se solicita igualmente la declaración del testigo, toda vez que sus declaraciones pondrán siempre servir de base para una presunción judicial, conforme a las reglas de la sana critica” Si la causal que se invocan es tener interés en el juicio, responder: “El interés debe ser pecuniario y no meramente moral, como lo ha resuelto reiteradamente la jurisprudencia de nuestros tribunales” Sin perjuicio de lo anterior, se solicita igualmente la declaración del testigo, toda vez que sus declaraciones podrán siempre servir de base para una presunción judicial, conforme a las reglas de la sana critica” RESOLUCION: Por evacuado el traslado, se resolverá en la sentencia definitiva, interróguese entre tanto al testigo. En efecto, las tachas se tramitan como incidentes, se da traslado de inmediato en la misma audiencia y se evacua el traslado de inmediato, pudiendo recibirse la tacha a prueba, lo que queda entregado al arbitrio del Tribunal, se puede solicitar ampliación del plazo para rendir la prueba de tachas, luego las tachas se fallan en la sentencia definitiva. IV.- FORMA DE FORMULAR PREGUNTAS A LOS TESTIGOS: 1. - Para que diga el testigo…. si había gran cantidad de gente a la hora en que ocurrieron los hechos que relata. Como le consta. 2. - Para que diga el testigo…. si según su percepción el conductor del vehículo marca datsun lo hacia sin estar atento a las condiciones del transito. Como le consta. CONTRAINTERROGACION A LOS TESTIGOS Contra interrogando al testigo: Para que el testigo diga como… o si es efectivo….. PRECISIONES A LOS TESTIGOS Para que precise el testigo……….
View more...
Comments