"Sunafil: Participación en las utilidades - casuística"

June 30, 2018 | Author: Sunafil | Category: Income Tax, Economies, Finance (General), Business, Business (General)
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Descripción: Presentación del Dr. Alberto Munayco Conde, inspector de Trabajo, durante el seminario "SUNAFIL: PARTI...

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SUNAFIL: PARTICIPACION EN LAS UTILI UTILID DADE ADESS - CASUI CASUISTI STICA CA Alberto Munayco Conde Inspector de Trabajo INTENDENCIA DE LIMA METROPOLITANA METROPOLITANA

PARTI ARTICIP CIPACION ACION EN LAS UTILIDADES

BASE LEGAL

1. D.LEG.677 (09.10.1991) Aplicable Aplicable a partir del ejercicio 1992. 2. D.LEG.892 (11.11.1996) Aplicable Aplicable a partir del ejercicio 1997. 3. D.S. N°009-98-TR (06.08.1998) Vigente Vigente a partir del 07.08.98. 4. T.U.O. de la Ley del Impuesto a la Renta - D.S .S.. N° N° 17 1799-20 2004 04-E -EF F (08.12.2004). 5. Reglament Reglamento o de la Ley del Impuesto a la Renta 6.Resolución



046-2011-EF/94

del

 – 

D.S.. N° 122-9 D.S 122-94-EF 4-EF..

Consejo

Normativo

Con Co ntab abil ilid idad ad (0 (01. 1.02 02.2 .201 011) 1).. Vi Vige gen nte a pa part rtir ir de dell ej ejer erci cici cio o 20 2011 11..

de

¿QUÉ ES LA PARTICIPACIÓN EN UTILIDADES?

Es un beneficio social que tiene por finalidad que los trabajadores participen en la distribución de las utilidades de la empresa.

Los objetivos de la participación en las utilidades son: Identifica a los trabajadores con la empresa.

Aumenta la productividad con esfuerzo conjunto de trabajadores y empresarios.

Eleva el nivel económico de los trabajadores y sus familias.

¿QUIENES ESTAN OBLIGADOS A DISTRIBUIR UTILIDADES ENTRE LOS TRABAJADORE TRABA JADORES? S? Todas las empresas del régimen privado que desarrollen actividades que generan rentas de tercera categoría y que cuenten con más de 20 trabajadores están obligadas a repartir utilidades. Son RE lass ge gene nerrad adas as po por: r: RENT NTAS AS DE TER TERCE CERA RA CA CATE TEGO GORÍA RÍA la a) La realización de actividades que constituyan negocio habitual. Ejm: comerci cial ale es, industriales y mineras; explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de otros recursos naturales; la prestación de servicios comer com ercial ciales, es, fin financ ancier ieros, os, ind indust ustria riales les,, tr transp ansport ortes, es, et etc. c. b) La Lass gene nerrad adas as po porr ag agen enttes medi diad ador ores es de co com merci cio o (c (cor orrred edor ores es de se segu gurros y com omiisi sion onis isttas me merrcan anti tile les) s),, Rem ema atad ador ores es y Mar arti tillle lerros os,, No Nottar ariios os,, por el ejercicio en asociación o en sociedad civil de cualquier profesión, arte, cien ci enci cia a u of ofic icio io.. c) Cu Cual alqu quie ierr ot otrra gan anan anci cia a o in ingr gres eso o ob obtteni nido do po porr la lass pe perrso sona nass ju jurí rídi dica cas. s.

¿QUIENES ESTAN EXCLUIDOS DE LA PARTICIPACION EN UTILIDADES?

Las Cooperativas, autogestionarias, las sociedades civiles, y las empresas que no excedan de veinte (20) trabajadores. (Decreto (Decr eto Legisl Legislativ ativo o N° N° 677- Artíc Artículo ulo 9)

¿QUE PORCENT PORCENTAJE AJE DE LAS LAS UTILID UTILIDADES ADES SE DISTRIBUY DISTRIBUYEN EN ENTRE LOS TRABAJADORES?

10% 5%

10%

8% 10%

Porcentaje Porcen taje según el tipo de actividad

8%

EMPRESAS QUE REALICEN OTRAS ACTIVIDADES

¿CUAL ES EL PLAZO PARA PAGAR LAS UTILIDADES?

La participación que corresponde a los trabajadores será distribuida dentro de los treinta (30) días naturales siguientes al vencimiento del plazo señalados por las disposiciones legales, para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. (Decreto Legislativo 892-Artículo 6)

BASE DE CALCULO: PTU

La PTU se calculará sobre el saldo de la Renta Imponible del ejercicio gravable que resulte después de haber compensado pérdidas tributarias de ejercicios anteriores de acuerdo con las normas del IR. (Dec.Leg.892-Art.4)

BASE DE CALCULO: PTU

Se precisa que el saldo de la renta imponible a que se refiere el Art.2-Dec.Leg.892, es aquel que se obtiene lue lu ego de compen ensa sarr la pérdid ida a de ej ejer erci ciccios anteriores con la renta neta determinada en el ejercicio, sin que ésta incluya la deducción de la PTU. (Ley 28873-Art.2)

¿CÓMO SE DEDUCEN LAS UTILIDADES A REPARTIR DE LA RENTA BRUTA?

Renta Neta

=

Renta Bruta

-

Gastos para producir o mantener su fuente *

* Entre otros: todos los pagos a favor de los servidores en virtud del vinculo laboral laboral y con motivo motivo del cese (LIR: (LIR: Art 37° literal l)

LIMITE EN LA DISTRIBUCION DE UTILIDADES

La participación que pueda corresponderle a los trabajador ore es tendrá respec ectto de cada trab aba ajador, como límite máximo, el equivalente a 18 remuneraciones mensuales que se encuentren vigentes al cierre del ejercicio. (Dec.Leg.892-Art.2, penúltimo párraf párrafo). o).

El exceso a los 18 remuneraciones serán entregadas al MTPE para ser destinado a la capacitación laboral, a la promoción del empleo así como a obras de infrraes inf aestru tructu cturra via vial. l.

¿CÓMO SE CALCULA EL MONTO DE LAS UTILIDADES DE CADA TRABAJADOR?

El calculo de las utilidades a distribuir a cada trabajador se efectúa en función a: Remuneraciones

Los días

del trabajador

efectivamente laborados

50%

50%

¿ QUÉ MONT MONTOS OS SE CON CONSIDER SIDERAN AN REMUNERACIÓN, PARA EL CÁLCULO?

Se considera el íntegro íntegro que se percibe por los servicios prestados.

No están comprendidos aquellos conceptos no remunerativos como gratific gratificaciones aciones extr extraordinarias, aordinarias, vales de alimentos o asignación por educación, por ejemplo.

¿QUÉ DÍAS SE CONSIDERAN COMO EFECTIVAMENTE EFECTIV AMENTE LABORADOS LABORADOS,, PARA PARA EL CÁLCULO?  

Los días real y efectivamente efectivamente trabajados, Las inasistencias consideradas asistencias, por ley, ley, ejm: -

Descanso Descan so médic médico o por acci acciden dente te de de traba trabajo jo o enfe enferme rmedad dad ocupa ocupacion cional, al, per pero o no por enfermedad común,

-

Licenc nciias sindi diccales,

-

Licenc Lic encias ias de los mi miem embr bros os del del CSS CSST T y los sup superv erviso isore res, s,

-

Inasiste Inasis tenci ncias as por cie cierr rre e del del centr centro o de tr traba abajo jo ante ante la la comis comisión ión de infracciones tributarias,

-

Días Dí as no la labo borrad ados os po porr un un des despi pido do nu nulo lo,,

-

Hor oras as de la lact ctan anci cia a ma mater erna na y

-

Días no lab Días labor orado adoss por por suspe suspensi nsión ón de de labor labores es de la empr empresa esa (por (por cas caso o fortuito o fuerza mayor), que no hayan sido comprobados por la autoridad de trabajo.

¿CÓMO SE CALCULA EL 50% EN FUNCION DE LAS REMUNERACIONES DEL TRABAJADOR?

monto a repartir suma de remuneraciones de todos los trabajadores del ejercicio

total de remuneraciones de cada trabajador

¿CÓMO SE CALCULA EL 50% EN FUNCION DE LOS DIAS TRABAJADOS?

monto a repartir suma de días laborados por todos los trabajadores

N° de dí díaas laborados por cada trabajador

¿EL EMPLEADOR DEBE DEMOSTRAR COMO CALCULÓ CALCU LÓ LA PARTICI ARTICIP PACION EN UTIL UTILIDADES IDADES ?

Sí, al repartir las utilidades, a sus trabajadores y ex trabajadores, las empresas también deben entregar una hoja de liquidación que detalle la forma en que han sid ido o calculado las utilidades. (Dec.Leg.892-Art. 7).

¿SI NO SE PAGAN LAS UTILIDADES DENTRO DEL PLAZO LEGAL, SE GENERAN INTERESES LEGALES?

Vencido el plazo para el pago, sin que este se realice, la participación en las utilidades que no se haya entregado a tiempo

generará interés moratorio.

¿EXISTE UN PLAZO PARA SOLICITAR EL PAGO DE LAS UTILIDADES DE CADA TRABAJADOR?

Conforme a la Ley 27321, los l os trabajadores tienen 4 años para cobrar sus utilidades. Vencido dicho plazo plazo,, las utilidades no cobradas serán distribuidas entre los demás trabajadores, en el ejercicio en el que vence el plazo.

¿CUAL ES EL TRATAMIENTO CONTABLE Y CÓMO SE CALCULA LA PARTICIP ARTICIPACION ACION EN UTILIDADES? Conforme a la Resolución N° 046-2011-EF/94 del Consejo Normativo de Contabilidad, a partir del ejercicio 2011 las

participaciones de los trabajadores en las utilidades serán consideradas como GASTO (cuenta 62), de ac acu uerdo con la NI NIC C 19.

Este cambio en el tratamiento contable, no genera una menor participación en las utilidades, porque su base de determinación no es el resu sult ltad ado o con onttab ablle, si sino no el res esul ulttad ado o tr trib ibut utar ario io..

Las utilidades a repartir deberán calcularse sobre el saldo que e resu sult lte e de la renta imponible del ejercicio gravable qu

después de haber compensado pérdidas de ejercicios anteriores.

DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE IMPUESTO A LA RENTA CRONOGRAMA DE VENCIMIENT VENCIMIENTO O

ULTIMO DIGITO DEL RUC

FECHA DE V ENC IMIENTO

9

26 de Marzo de 2016

0

27 de Marzo de 2016

1

28 de Marzo de 2016

2

29 de Marzo de 2016

3

30 de Marzo de 2016

4

2 de Abril de 2016

5

3 de Abril de 2016

6

4 de Abril de 2016

7

5 de Abril de 2016

8

6 de Abril de 2016

CASOS PRACTICOS D. Leg. N° 892 y D. D. S. 009 009 –98 – TR)  –TR) PRIMER PASO:  DETERMINAR EL N UMERO DE TRABAJADORES TRABAJADORES EN LA PLANILLA C AS O N° 1

C AS O N° 2

19 19 20 20 20 20 22 22 22 22 20 19

20 21 20 21 20 21 20 21 20 21 20 21

245

246

Promedio

trabajadores o menos 245/12

trabajadores o más 246/12

Mensual

20.4

REDONDEO

20

ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

TOTAL

NO SE APLI CA EL DEC. LEG. N° N° 89 2

C AS O N° 3

C AS O N° 4

C AS O N° 5

20 20 20 20 21 21 21 21 20 20 21 22

40 40 40 41 41 41 41 42 42 42 45 45

80 80 80 90 90 100 100 110 130 120 120 120

247

500

trabajadores

trabajadores

247/12

500/12

1220/12

20.5

20.58

41.67

101.66

21

21

42

102

1220 trabajadores

SEGUNDO PASO:

ANALIZAR ANA LIZAR EL P.D.T. P.D. T.

Base Base L egal : Art. 2° del del D. S. N° 009-98-TR (Regla mento mento del Dec. Leg, Leg, N° 892) "Para establecer establecer s i una Empresa Empresa excede o no de 20 traba traba ja dores, se sumará el número número de traba traba ja dores que hubieran laborado para ella en cada mes del ejercicio correspondiente y el resultado se dividirá entre 12 (...) Si el número resultante incluyera una fraccion se aplicará el redondeo a la unidad superior, siempre y cuando dicha

DISTRIBUCION DE LA PARTICIPACION EN LAS UTILIDADES: 50% EN FUNCION DE LOS DIAS LABORADOS 50% EN FUNCION FU NCION A REMUNERACIO REMUNERACIONES NES TRABAJADOR

1. Mila gro s 2. Ro sa 3. Ro sa rio 4. Rita 5. Ra úl 6. Ro xana 7. Anibal 8. Ga by 9. Yessic a 10. Teresa 11. Yo ny 12. Tatiana 13. Mirella 14. Ofelia 15. Za rina 16. Alf o nso 17. Eliza beth 18. Ado lf o 19. James 20. Angel 21. L uis

DIAS LABORADOS DURANTE 2015

TOTAL REMUNER. DURANTE 2015

FACTOR DÍA

DI AS

(S/. )

(S/. /DI A)

(1) 200 200 200 200 200 200 200 200 200 200 200 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 3,200 DI AS

(2) 25,000 25,000 20,000 20,000 20,000 20,000 20,000 20,000 20,000 20,000 20,000 20,000 20,000 20,000 10,000 10,000 5,000 2,000 1,000 1,000 1,000 S/. 320,000

(3) 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062 3. 8039062

FACTOR REMUNERAC.

(4) 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039 0. 038039

S/ . 1 2,17 2 .5 0

S/ . 12 ,17 2 .5 0

S/ . 24 ,34 5 .0 0

DISTRIBUIDOS DISTRIBUIDOS EN FUNCION A DIAS (1)

DISTRIBUIDOS DISTRIBUIDOS EN FUNCION A REMUN. REMUN. (2)

PTU

(S/. )

(S/. )

(S/. )

(6) = (2) X (4) 950. 98 950. 98 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 380. 39 380. 39 190. 20 76. 08 38. 04 38. 04 38. 04 S/. 12,172. 50 (B) 50% (REMUN )

(7) = (5) + (6) 1,711. 76 1,711. 76 1,521. 56 1,521. 56 1,521. 56 1,521. 56 1,521. 56 1,521. 56 1,521. 56 1,521. 56 1,521. 56 1,141. 17 1,141. 17 1,141. 17 760. 78 760. 78 570. 59 456. 47 418. 43 418. 43 418. 43 S/. 24,345. 00

(5) = (1) X (3) 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 760. 78 380. 39 380. 39 380. 39 380. 39 380. 39 380. 39 380. 39 380. 39 380. 39 380. 39 S/. 12,172. 50 (A) 50% (DI AS)

EJEMPLO DE CALCULO DE DISTRIBUCION DE LA PARTICIP PARTICIPACION ACION EN LAS UTILIDADES: 50% EN FUNCION DE LOS DIAS LABORADOS 50% EN FUNCION A REMUNERACIONES PARA: 1 MILAGROS

(5) DISTRIBUCION DE S/. 12,172.50 (A), EN FUNCION A DIAS. 200 d. 3,200 d

X S/. 12,172. 50

S/. 12,172. 50 3,200 d

x 200 d

= S/. 760. 78

3. 8039062

x 200

= S/. 760. 78

FACTOR FACTOR DIA

(6) (6 ) DISTRIBU DISTRIBUCION CION DEL OTRO S/. 12,172 12,172.50 .50 (B), (B), EN FUNCI FUNCI ON A REMUNERACIONES REMUNERACIONES S/. 25,000 X S/. 12,172. 50 S/. 320,000

S/. 12,172. 50 S/. 320,000

x S/. 25,000

= S/. 950. 98

0. 038039

x S/. 25,000

= S/. 950. 98

FACTOR

EJEMPLO DE CALCULO DE DISTRIBUCION DE LA PARTICIP PARTICIPACION ACION EN LAS UTILIDADES: 50% EN FUNCION DE LOS DIAS LABORADOS 50% EN FUNCION A REMUNERACIONES PARA: 3 ROSARIO

(5) DISTRIBUCION DE S/. 12,172.50 (A), EN FUNCION A DIAS. 200 d.

X S/. 12,172.50

3,200 d

S/. 12,172.50

x 200 d

= S/. 760.78

x 200

= S/. 760.78

3,200 d

3.8039062

FACTOR DIA

(6) DISTRIBUCI DISTRI BUCION ON DEL OTRO S/. 12,172.50 12,172.50 (B), (B), EN FUNCION FUNCI ON A REMUNERACIONES REMUNERACI ONES S/.20,000 S/. 320,000

X S/. 12,172.50

S/. 12,172.50

x S/. 20,000

= S/. 760.78

x S/. 20 20,000

= S/. 76 760.78

S/. 320,000

0.038039

FACTOR

CONCILIACION ENTRE UTILIDAD CONTABLE CONTABLE Y LA UTILIDAD UTILIDAD TRIBUT TRIBUTARIA ARIA CONCILIACIONES CONCILIACI ONES ENTRE LA UTILIDAD CONTABLE Y LA UTILIDAD TRIBUTARIA (EXPRESADO EN NUEVOS SOLES S/.)

DETALLE

ESCENARIOS 1

2

3

4

5

UTILIDAD CONTABLE/ PERDIDA DEL EJERCICI O

90

90

90

90

(100)

(+) Adiciones (*)

20

10

10

10

120

(- ) Deducciones (*)

(10)

(20)

(10)

(110)

(10)

(- ) Perdidas Ej. Anteriores

(0)

(0)

(0)

(0)

(0)

100

80

90

(10)

10

(10)

(8)

(9)

(0)

(1)

RENTA NETA IMPONIBLE

90

72

81

(10) (**)

9

I mpuesto a la renta (28%)

(25. 20)

(20.16)

(22. 68)

(0)

(2.52)

64. 80

51.84

58. 32

(10)

6.48

UTILIDAD TRIBUTARIA O RENTA NETA

Participacion (10%)

Renta a distribuir

(*) No incluye diferencias diferencia s temporales

CONCILIACION ENTRE ENTRE UTILIDAD CONTABLE CONTABLE Y LA UTILIDAD UTILIDAD TRIBUT TRIBUTARIA ARIA DETALLE

BASE CONTABLE

BASE TRIBUTARIA

DIFERENCIA

RESULTADO RESULTADO CO NTABLE NTABLE

9 0 ,0 0 0

9 0 ,0 0 0

0

0

5 5 ,0 0 0

-5 5 , 0 0 0

1 0 ,0 0 0

1 0 ,0 0 0

0

0

-5 , 0 0 0

+5 ,0 0 0

No hay

0

0

0

RENTA NETA ANTES DE PARTICIPACION

1 0 0 ,0 0 0

1 5 0 ,0 0 0

-5 0 , 0 0 0

(1 5 , 0 0 0 )

(1 5 ,0 0 0 )

0

8 5 ,0 0 0

1 3 5 ,0 0 0

-5 0 , 0 0 0

23 800

37 80 0

-1 4 0 0 0

(+) Adiciones temporales

Vacaciones no pagadas (+) Adiciones permanentes

Multas y sanciones (-) Deducciones temporales

Pago de vacaciones ejercicio anterior (-) Deducciones permanentes

PTU (10%) RENTA NETA DEL EJERCICIO

Impuesto a la renta (28%) (28%)

MICROEMPRESA Número de tra trabaja bajadore doress afe afectad ctados os Gravedad de Número Gra la Infr Infracció acción n 1 2 3

4

5

6

7

8

9

1 0 y más 10

Leves

0.10

0.12

0.15

0.17

0.20

0 .2 5

0.30

0.35

0 .4 0

0.50

Grave

0.25

0.30

0.35

0.40

0.45

0 .5 5

0.65

0.75

0 .8 5

1.00

Muyy Gr Mu Grav ave e

0.50

0.55

0.65

0.70

0.80

0 .9 0

1.05

1.20

1 .3 5

1.50

61 a 70

71 a 99

PEQUEÑA EMPRESA Gravedad de Gra Número Núme ro de tra trabaja bajadore doress afe afectad ctados os la Infr Infracció acción n

MISION 1a5

6 a 10

11 a 20

21 a 30

31 a 40

41 a 50

51 a 60

100 y má

Leves

0.20

0.30

0.40

0.50

0.70

1 .0 0

1.35

1.85

2 .2 5

5.00

Grave

1.00

1.30

1.70

2.15

2.80

3 .6 0

4.65

5.40

6 .2 5

10.00

Muyy Gr Mu Grav ave e

1.70

2.20

2.85

3.65

4.75

6 .1 0

7.90

9.60

11.00

17.00

VISION Número Núme ro de tra trabaja bajadore doress afe afectad ctados os

NO MYPE

Gravedad de Gra la Infr Infracció acción n 1 a 10 10

11 a 25 25

26 a 50 50

51 a 10 1 00 101 a 20 2 00 201 a 30 3 00 301 a 40 4 00 401 a 50 5 00 501 a 99 9 99 1,000 y má m ás

Leves

0.50

1.70

2.45

4.50

6.00

7.20

10.25

14.70

21.00

30.00

Grave

3.00

7.50

10.00

12.50

15.00

20.00

25.00

35.00

40.00

50.00

Mu Gr

5 00

10 00

15 00

22 00

27 00

35 00

45 00

60 00

80 00

100 00

INFRACCIONES EN MATERIA DE UTILIDADES

°

D.S.N 019-2006-TR y modificatorias

INFRACCIONES GRAVES EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES

Artí Ar tícu culo lo 24 24.4 No pagar íntegra y oportunamente las remuneraciones y los beneficios laborales a los que tienen derecho los trabajadores por todo concepto, así como la reducción de los mismos en fraude a la ley.

INFRACCIONES EN MATERIA DE UTILIDADES

°

D.S.N 019-2006-TR y modificatorias

Artículo 23.- Son infracciones leves los siguientes

INFRACCIONES LEVES EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES

incumplimientos: 23.2 No entregar al trabajador, en los plazos y con los requisitos previstos, ( ) hojas de liquidación de la part pa rtic icip ipac ació ión n en la lass ut util ilid idad ades es u ot otrros be bene nefi fici cios os so soci cial ales es,, o …

cualquier otro documento que deba ser puesto a su disposición.

MODELO DE LIQUIDACION DE UTILIDADES (D.Leg. 892 y D.S. 009-98-TR) PARTICIPACION EN LAS UTILIDADES POR EL EJERCICIO GRAVABLE 2015

EMPRESA: ABC TRABAJADOR: MILAGROS FECHA FECHA DE INGRESO: INGRESO: 01/01 01/01/19 /1998 98 RENTA ANUAL ANTES DE IMPUESTOS: ……………………………………………..………………………………………..S/. 222,166 DIAS LABORADOS POR TODOS LOS TRABAJADORESEN EL EJERCICIO 2015: ……………………………………….3,200 DIAS LABORADOS POR EL TRABAJADOR: ………………….………………………………...………………………………….……. 200 REMUNERACIONES PERCIBIDAS POR TODOS LOS TRABAJADORES: ………………...…………………………S/.320,000 REMUNERACION PERCIBIDA POR EL TRABAJADOR: …………..……………………………………………..………. S/. 25,000 MONTO DE REMANENTE GENERADO POR EL TRABAJADOR: ……………...…….……..…………………………… S/. 0.00 PARTICIPACION EN LAS UTILIDADES POR EL EJERCICIO GRAVABLE 2015

A.- POR LOS 200 DIAS LABORADOS EN EL EJERCICIO 2015. 200 X 12,172.50 / 3,200 = 200 X 3.8039062 = ……………………………………...……………………………………… S/. 760.78

B.- POR LOS S/. 25,000 (REMUNERACIONES PERCIBIDAS EN EL EJERCICIO 2015). S/. 25,000 X 12,172.50 / 320,000 = S/25,000 X 0.038039 = ……………….………………………………………… S/. 950.98

TOTAL A PAGAR: …………………………………………………………………………………..………………………….S/. 1,711.76

LIMA, 07 DE MAYO DE 2016  ______  _________ ______ ______ ______ ______ ______ _____ __ FIRMA Y SELLO DEL EMPLEADOR

______ _________ ______ ______ ______ ______ ______ _____ __ FIRMA DEL TRABAJADOR

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