Qué Teoría de La Pena Se Maneja en El Ecuador

August 11, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Share Embed Donate


Short Description

Download Qué Teoría de La Pena Se Maneja en El Ecuador...

Description

 

¿Qué teoría de la pena se maneja en el Ecuador?

Para resolver esta cuestión me remitiré a hacer un somero análisis primero teórico y luego legal: Si la teoría que manejamos fuera puramente retribucionista resultaría legítimo castigar a alguien por un delito que, al momento de la sentencia, se encuentre despenaliado! Sin embargo si observamos la motivación de la "samblea #acional respecto del $%&P, en ella se e'pone que el (erecho Penal debe determinar límites para no caer en la impunidad, situación que genera una obligación obligación de castigar castigar al delincuente delincuente si ha cometido cometido un delito, es decir darle una retribución penal! (e ninguna manera se podría decir que en el )cuador manejamos la teoría prevencioncita especial negativa pura ni llevada al e'tremo, ya que no contamos con la pena de muerte o cadena perpetua dentro de las penas establecidas en el $%&P! (entro del $%&P se establece en su "rtículo * que una de las finalidades del $ódigo es +promover la rehabilitación social de las personas sentenciadas! )sto compondría la idea de que, al buscar una rehabilitación social de los reclusos, nuestro sistema penal se apega a la teoría prevencionista especial positiva! "dicionalm "dicio nalment entee en la $onsti $onstituci tución ón ob observ servamo amoss que en su "rtículo "rtículo -- #umeral #umeral *. se establece que +/n0inguna persona condenada /10 cumplirá la pena fuera de los centros de rehabilitación del )stado /102 lo que funda una idea de que el )stado está buscando una rehabilitación del recluso generando espacios de +reivindicación! &ncluso a aquellas personas inimputables que sean internadas en un hospital psiquiátrico el sistema penal busca +la superación de su perturbación y su inclusión social 3$%&P, "rt! -45! Por otro lado, en el "rtículo 6. del mismo $ódigo se establece que +los fines de la pena son la prevención general para la comisión de delitos, lo que da paso a que nuestro sistema se vea claramente apegado a una teoría prevencionista general! %tro %tro aspe aspect cto o que que obse observ rvo o y que que a mi cr crit iter erio io da darí ríaa pa paso so a un ap apeg ego o po porr la te teor oría ía  prevencionista general de nuestro sistema es que, a través de la derogación del $ódigo Penal y la vigencia del $ódigo %rgánico &ntegral Penal, se han aumentado las penas de algunos delitos y se han tipificado otros2 generando un efecto de advertencia o amenaa a nivel general! Conclusión

(entro de nuestro sistema a pesar de que en la norma acerca de la función de la pena se establece estable ce que esta es de carácter preventivo general, general, claramente observamos observamos que hay rasgos de ciertas teorías que nos hacen pensar que somos un eclecticismo de determinadas teorías2 dando como resultado el manejo de una teoría mi'ta en nuestro sistema penal!

7orge 8a9o *;.
View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF