Qué Es El Plagio

January 26, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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ÍNDICE ¿QUÉ ES EL PLAGIAR?............. PLAGIAR?................................... ............................................ ............................................ ............................................. ....................... 2  ¿Qué se puede plagiar? ................................................................................................................ ................................................................................................................ 2 ¿Cuándo cometemos plagio? ....................................................................................................... ....................................................................................................... 3 ¿Qué no es plagio? ........................................................................................................................ ....................................................................................................................... 4 ¿Cómo evitar el plagio? ............................................................................................................... 4 Información en Internet............................................................. ............................................................................................................... .................................................. 5

¿QUÉ ES EL PLAGIO ACADÉMICO? ................... ......................................... ............................................ ...................................... ................ 6  DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL ................... ......................................... ............................................ ........................ 6  DESHONESTIDAD ACADÉMICA.......... ................................. ............................................. ............................................. ............................ ..... 10  ESTADISTICAS DE PLAGIO ACADEMICO ........................... ................................................. ....................................... ................. 11  BIBLOGRAFIAS ........................................... ................................................................. ............................................ ............................................. ........................... 13 

 

 

¿QUÉ ES EL PLAGIAR?  Plagio es: "copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias" (Real Academia Española ) El plagio es usar el trabajo, las ideas, o las palabras de otra persona como si fueran  propias, sin acreditar acreditar de manera eexplícita xplícita de donde proviene la informac información. ión. La información ajena es propiedad de otra persona (como lo es un coche o cualquier otra cosa que poseemos), independientemente independientemente de que sea gratis o no, o de la l a forma en que hayamos accedido a ella (en Internet, una revista, un libro). Nuestras palabras nos  pertenecen y no pueden utilizarse sin nuestro pe permiso. rmiso. Por eso, el plagio es una infracción del derecho de autor sobre una obra de cualquier tipo, que se produce mediante la copia de la misma, sin autorización de la persona que la creó o que es dueña o que posee los derechos de dicha obra, y su presentación como obra original. El plagio posee dos características:  

La copia total o parcial no autorizada de una obra ajena

 

La presentación de la copia como obra original ori ginal propia, suplantando al autor verdadero

Es decir, se comete plagio cuando se divulga, publica y reproduce una obra a nombre de un autor distinto del verdadero, atentando a sus derechos morales y patrimoniales, ya que se usurpa su autoría y se defraudan sus intereses económicos.

¿Qué se puede plagiar? Cualquier información en cualquier soporte, o cualquier obra literaria, científica o artística:  

Monografías, folletos, impresos, escritos, informes, conferencias, conferencias, etc.

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Artículos de revistas, artículos de prensa, investigaciones de otras personas, grabaciones,, diagramas, gráficos, exámenes, etc. grabaciones

 

Composiciones musicales, musicales, con o sin letra

 

Obras dramáticas, musicales, coreografías y, en general teatrales

 

Obras cinematográficas y audiovisuales, obras multimedia y obras fotográficas

 

Escultura, dibujo, pintura y demás obras plásticas 2

 

 

Obras arquitectónicas y de ingeniería

 

Programas de ordenador y bases de datos

 

Formas de dibujos, signos, modelos, patentes, marcas, lemas y frases divulgadoras de objetos producidos por las artes industriales

 

Y las obras derivadas de las l as originales, como las traducciones, adaptaciones, revisiones, compendios, compendios, arreglos musicales, entre otros

¿Cuándo cometemos plagio? El plagio abarca desde la simple imitación fraudulenta de la obra de otro, hasta la mera reproducción total o parcial de dicha obra, usurpando la condición o el nombre del autor. Son casos de plagio....  

Cuando entregamos un trabajo ajeno como si fuera propio, independientemente independientemente de

 

que la copia sea total o parcial. Cuando parafraseamos parafraseamos un texto, es decir, lo plasmamos con otras palabras haciendo  pequeños cambios en el le lenguaje nguaje para ddisimular isimular y sin citar las fue fuentes. ntes.

 

Comprar o conseguir un trabajo, y presentarlo como propio.

 

Presentar un trabajo nuestro ya utilizado: hablamos de "autoplagio".

 

Cuando copiamos cualquier tipo de multimedia (gráficos, audio, vídeo, páginas web..), programas de ordenador, música, gráficos... sin citar al autor.

 

Cuando nos basamos basamos en una idea o frase de otro para p ara escribir un trabajo nuevo y no citamos al autor de la idea.

El plagio constituye cuando menos una ofensa muy seria, y puede llegar a constituir un delito. Si se descubre que un estudiante ha plagiado, se puede enfrentar a consecuencias muy graves, que puede llegar a la expulsión de la Universidad.

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¿Qué no es plagio?  No es plagio... plagio... 1. Cuando expresamos o presentamos trabajos o ideas originales. 2. Cuando presentamos una compilación de resultados de una investigación original. 3. El conocimiento común o "conocimiento público", que son hechos o ideas que pueden encontrarse en muchos lugares y que son conocidos por muchas personas. Es un conocimiento creado/difundido creado/difundido por la sociedad. En este caso no es necesario citar la fuente utilizada. La frontera entre lo que se puede considerar o no como "conocimiento público" es difícil de delimitar. Se pueden seguir dos criterios para decidir en caso de duda: La información es un hecho que puede ser encontrada repetidamente y en diferentes sitios.  No es una interpretación. interpretación. La información se puede encontrar fácilmente en fuentes generales de referencia como enciclopedias,, diccionarios, etc. enciclopedias Se deben documentar hechos que generalmente no son conocidos e ideas que interpretan hechos. Si aun así, seguimos teniendo dudas sobre si una información es de conocimiento  público o no, lo mejor mejor es incluir la cita o referencia bibliográ bibliográfica. fica.

¿Cómo evitar el plagio? "DANDO CRÉDITO A TODO EL MATERIAL UTILIZADO EN UN TRABAJO" 1. Tomar siempre los datos de la fuente de la que se obtiene la información i nformación El plagio se debe muchas veces a una mala organización de la bibliografía que hemos recogido para un trabajo; siempre debemos tomar los datos de la fuente de manera clara y con cuidado de transcribirlos bien. 2. Citar la frase o el párrafo directamente del original y acreditar la autoridad y fuente mediante una cita o referencia bibliográfica Se trata de utilizar las palabras del autor. Pero las citas: 4

 

A.  . tienen que estar justificadas justifi cadas B.  . de una extensión razonable, más bien cortas C.  . siempre entre comillas D.  . deben distinguirse perfectamente del resto del texto (cursiva, párrafos independientes, independiente s, tabulación...) E.  . deben ir acompañadas por una explicación o interpretación propia de dicha cita F.  . se debe acreditar al autor mediante una referencia bibliográfica

Información en Internet La red se ha convertido en una fuente de información muy popular para los trabajos de los estudiantes. Pero entre las muchas posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías, se encuentra la opción de "copiar y pegar", tan al día en el entorno académico. Muchos creen que lo que está en Internet es un bien que no tiene autor, y que por lo tanto, está a disposición de quien quiera apropiarse de él para usarlo como quiera, sin ttener ener que indicar autoridad alguna o fuente. Pero lo que circula en Internet, es el resultado del trabajo de personas cuya autoría debe ser reconocida. Con la ingente cantidad de información disponible en la red, a un profesor le resultaba casi imposible detectar las partes copiadas de un trabajo. Pero es precisamente el instrumento que ha facilitado el plagio masivo en las aulas -el ordenador-, el que ofrece ahora la solución del problema, gracias a los programas anti-plagio, que son programas informáticos que comparan textos y permiten reconocer si un trabajo tiene simili similitudes tudes con otros publicados, y por lo tanto reconocer si un documento ha sido plagiado. Existen en el mercado diferentes herramientas, unas gratuitas (Plagium, Plagium, DOC Cop,, Approbo, Cop Approbo, EducaRed EducaRed,, Copyspace Copyspace,, Wcopyfind Wcopyfind,, Crossref ) y otras de pago Compilatio)) que se pueden utilizar con distintos sistemas operativos y analizan (Turnitin, Turnitin, Compilatio una amplia gama de archivos. (Universidad de Alcalá)

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¿QUÉ ES EL PLAGIO ACADÉMICO?  Definimos Plagio o deshonestidad académica al acto de usar trabajos, tr abajos, ideas o palabras de otra persona como si fueran propias. El plagio se aplica en trabajos de clase, investigaciones,, gráficos, examen, software, fotografías, etc. Podemos calificar el plagio investigaciones como intencionado y/o inconsciente por desconocimiento en lo que es la deshonestidad académica.

Se comete plagio cuando entregamos un trabajo ajeno a un profesor como si fuera propio, al comprar trabajos en Internet, cuando copiamos sentencia sentencias, s, frases, párrafos o ideas de trabajos ajenos sin dar crédito al autor original, cuando copiamos cualquier tipo multimedia sin dar crédito al autor, cuando nos basamos en una idea o frase de otro para escribir un nuevo trabajo y no damos crédito al autor de la idea.

Donde comúnmente se realiza el plagio es en obras científicas y literarias: tesis. Documentales,, obras cinematográficas Documentales cinematográficas,, música, programas de computadora, bases de datos, audiovisuales, arte. (CEDDIE, 2009)

DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Art. 18. Constituyen derechos morales irrenunciables, irr enunciables, inalienables, inalienables, inembargables e imprescriptibles del autor: Reivindicar la paternidad de su obra; Mantener la obra inédita o conservarla en el anonimato o exigir que se mencione su nombre o seudónimo cada vez que sea utilizada; Oponerse a toda deformación, mutilación, alteración o modificación de la obra que pueda  perjudicar el honor honor o la reputación de su autor; Acceder al ejemplar único o raro r aro de la obra que se encuentre en posesión de un tercero, a fin de ejercitar el derecho de divulgación o cualquier otro que le corresponda; y,

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La violación de cualquiera de los derechos establecidos en los literales anteriores dará lugar a la indemnización i ndemnización de daños y perjuicios independientemen independientemente te de las otras acciones contempladas en esta Ley. Este derecho no permitirá exigir el desplazamiento de la obra y el acceso a la misma se llevará a efecto en el lugar y forma que ocasionen menos incomodidades al poseedor, a quien se indemnizará, en su caso, por los l os daños y perjuicios que se le irroguen. A la muerte del autor, el ejercicio de los derechos mencionados mencionados en los literales a) y c) corresponderá,, sin límit corresponderá límitee de tiempo, a sus causahabiente causahabientes. s. Los causahabientes causahabientes podrán ejercer el derecho establecido en el literal b), durante un plazo de setenta años desde la muerte del autor. (LEGISLACION NACIONAL - ECUADOR, 2006, pág. 8)

Art. 19. El autor goza del derecho exclusivo de explotar su obra en cualquier forma y de obtener por ello beneficios, salvo las limitaciones establecidas en el presente Libro. 

Art. 20. El derecho exclusivo de explotación de la obra comprende especialmente la facultad de realizar, autorizar o prohibir:  La reproducción de la obra por cualquier forma o procedimiento;  La comunicación pública de la obra por cualquier medio que sirva para difundir las  palabras, los signos, signos, los sonidos sonidos o las imágenes; imágenes;  La distribución pública de ejemplares o copias de la obra mediante la venta, arrendamiento o alquiler;  La importación; y,  La traducción, adaptación, arreglo u otra transformación de la obra.  La explotación de la obra por cualquier forma, y especialmente mediante cualquiera de los actos enumerados en este artículo es ilícita sin la autorización expresa del titular de los derechos de autor, salvo las excepciones previstas en esta Ley.  

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Art. 21. La reproducción consiste en la fijación o réplica de la obra en cualquier medio o  por cualquier procedimiento, procedimiento, conocido conocido o por conocerse, conocerse, incluyendo incluyendo su almacenamiento almacenamiento digital, temporal o definitivo, de modo que permita su percepción, comunicación comunicación o la obtención de copias de toda o parte de ella. 

Art. 22.- Se entiende por comunicación pública todo acto en virtud del cual una pluralidad de personas, reunidas o no en un mismo lugar y, en el momento en que individualmente i ndividualmente decidan, puedan tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas, como en los siguientes casos:  a) Las representaciones escénicas, recitales, disertaciones y ejecuciones públicas de las obras dramáticas, dramático - musicales, literarias y musicales, mediante cualquier medio o  procedimiento;   b) La proyección proyección o exhibición pública pública de las obras obras cinematográficas cinematográficas y de las demás demás obras audiovisuales;  c) La radiodifusión o comunicación al público de cualesquiera obras por cualquier medio que sirva para difundir, sin hilo, los signos, los sonidos o las imágenes, o la representación digital de éstos, sea o no simultánea.  La transmisión de señales codificadas portadoras de programas es también un acto de comunicación pública, pública, siempre que se ponga a disposición del público por la entidad radiodifusora, o con su consentimiento, medios de decodificación.  A efectos de lo dispuesto en los dos incisos anteriores, se entenderá por satélite cualquiera que opere en bandas de frecuencia reservadas por la legislación de telecomunicaciones a la difusión de señales para la recepción por el público o para la l a comunicación individual no  pública, siempre que en este último caso caso las circunstancias circunstancias en que que se lleve a efecto efecto la recepción individual de las señales sean comparables a las que se aplican en el primer caso;   d) La transmisión al público de obras por hilo, cable, fibra óptica u otro procedimiento análogo, sea o no mediante abono;  e) La retransmisión de la obra radiodifundida por radio, televisión, o cualquier otro medio, con o sin hilo, cuando se efectúe por una entidad distinta de la de origen;   8

 

f) La emisión, transmisión o captación, en lugar accesible al público, mediante cualquier instrumento idóneo de la obra radiodifundida;  g) La presentación y exposición públicas;  h) El acceso público a bases de datos de ordenador por medio de telecomunicación telecomunicación,, cuando estas incorporen o constituyan obras protegidas; prot egidas; e,  i) En fin, la difusión por cualquier procedimiento conocido o por conocerse, de los signos, las palabras, los sonidos, las imágenes de su representación r epresentación,, u otras formas de expresión de las obras.  Se considerará pública toda comunicación que exceda el ámbito estrictamente doméstico. 

Art. 23. Por el derecho de distribución el titular de los derechos de autor tiene la facultad de poner a disposición del público el original o copias de la obra mediante venta, arrendamiento, préstamo público o cualquier otra forma.  Se entiende por arrendamiento la puesta a disposición de los originales y copias de una obra para su uso por tiempo limitado y con un beneficio económico o comercial directo o indirecto. Quedan excluidas del concepto de alquiler, para los fines de esta norma la puesta a disposición con fines de exposición y las que se realice para consulta in situ.  Se entiende por préstamo la puesta a disposición de los originales y copias de una obra a través de establecimientos accesibles al público para su uso por tiempo limitado sin  beneficio económico económico o comercial comercial directo o indirecto. Las Las exclusiones previstas en el el inciso  precedente se se aplicarán igualmente igualmente al préstamo público. público.  El derecho de distribución mediante venta se agota con la primera y, únicamente respecto de las sucesivas reventas dentro del país, pero no agota ni afecta el derecho exclusivo para autorizar o prohibir el arrendamiento y préstamo público de los ejemplares vendidos.  El autor de una obra arquitectónica u obra de arte aplicada no puede oponerse a que el  propietario arriende la obra o construcción. construcción. (LEGISLACION NACIONAL - ECUADOR, ECUADOR, 2006, págs. 8-10) 

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DESHONESTIDAD ACADÉMICA Art. 223.- Deshonestidad académica. - Se considera como deshonestidad académica  presentar como propios productos académicos o intelectuales que no fueren resultado ddel el esfuerzo del estudiante o de cualquier miembro de la comunidad educativa, o incurrir en cualquier acción que otorgue una ventaja inmerecida a favor de uno o más miembros de la comunidad educativa de conformidad con lo prescrito en el presente Reglamento y el Código de Convivencia institucional. Art. 224.- Tipos de deshonestidad deshonestidad académica. - La deshonestidad académica incluy incluyee actos de plagio, trampa, o fraude en el ámbito académico, ya sea con trabajos realizados en la institución educativa como los realizados fuera de ella. Los actos de deshonestidad académica incluyen los siguientes: Tipo I 1. Utilizar en un trabajo académico frases exactas creadas por otra persona, sin reconocer explícitamente la fuente; 2. Incluir en un trabajo académico ideas, opiniones, teorías, datos, estadísticas, gráficos, dibujos u otra información sin reconocer explícitamente la fuente, aun cuando hayan sido  parafraseados o modificados; yy,, 3. Presentar el mismo trabajo tr abajo académico, aun con modificaciones, en dos o más ocasiones distintas, sin haber obtenido autorización expresa para hacerlo.

Tipo II 1. Presentar como propio un trabajo t rabajo académico hecho total o parcialmente por otra  persona, con con o sin su co consentimiento, nsentimiento, o realiza realizarr un trabajo académico académico o parte de él y entregarlo a otra persona para que lo presente como si fuera propio; 2. Copiar el trabajo académico o examen de alguien por cualquier medio, con o sin su consentimiento, o permitir que alguien copie del propio p ropio trabajo académico o examen. 3. Utilizar notas u otros materiales de consulta durante un examen, a menos que el docente lo permita de manera expresa; 4. Incluir el nombre de una persona en un tr trabajo abajo grupal, pese a que esa persona no  participó en la elaboración elaboración del traba trabajo; jo; y, 10

 

5. Interferir en el trabajo de otras personas mediante la sustracción, acaparamiento, acaparamiento, eliminación, sabotaje, robo u ocultamiento de trabajos académicos, materiales o insumos que fueren necesarios para el desarrollo o la presentación de un trabajo académico. Tipo III 1. Incluir en trabajos académicos citas, resultados o datos inventados, falseados o modificados de entrevistas, encuestas, experimentos o investigaciones; 2. Obtener dolosamente copias de exámenes o de sus respuestas; 3. Modificar las propias calificaciones olas de otra otr a persona; 4. Falsificar firmas, documentos, datos o expedientes académicos académicos propios o de otra  persona; y, 5. Suplantar a otra persona o permitir ser suplantado en la toma de un examen. (LOEI, 2012)

ESTADISTICAS DE PLAGIO ACADÉMICO Al menos una de cada dos tesis son plagios o puede constituir en un fraude académico, afirmó René Ramírez, titular de la Secretaría Nacional de Educación Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt). El ente analizó aleatoriamente la tesis de titulación registradas en el sistema de educación superior entre el 2010 y agosto del 2013; se tomaron 808 tesis, de ellas 606 fueron de  pregrado y 202 202 tesis de trabajo ddee titulación de posgrado. posgrado. A través de un software especial se analizaron los datos de estas tesis y el porcentaje de coincidencia bibliográfica con respecto a libros, revistas, páginas web, publicaciones, etc. Se detectó que una de cada dos tesis presenta al menos un 100% de coincidencia con un  potencial fraude académico académico o plagio. En el caso del pregra pregrado, do, de un 60%; y en el el posgrado, 50%. Estadísticas de plagio académico

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“Es una mentira social decir

que hacemos tesis y creer que las tesis son generación de

conocimientos en tercer nivel”, afirmó Ramírez. 

Los datos revelan que existen 64.039 egresados a los que les falta la tesis. t esis. Para enfrentar este problema estructural se han incluido alternativas como la implementación gratuita en las universidades públicas de una herramienta en la detección de coincidencias  bibliográficas. (El universo , 2013)

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BIBLOGRAFIAS

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