Proyecto que prohíbe homenajes o exaltación de la dictadura

February 13, 2019 | Author: Meritxell Freixas | Category: Augusto Pinochet, Criminal Law, Public Sphere, Justice, Crimen y justicia
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Proyecto que prohíbe homenajes o exaltación de la dictadura...

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PROYECTO DE LEY QUE PROHIBE EL HOMENAJE Y/O EXALTACIÓN DE LA DICTADURA CÍVICO-MILITAR. BOLETÍN N° 9746-7 ANTECEDENTE! El día 11 de septiembre de 1973, aconteció uno de los hechos más negros de la historia de nuestro país. Mediante un acto de sedición, un grupo de las Fuerzas  rmadas encabezado por ugusto !inochet "garte, entonces #omandante en $e%e del E&'rcito, perpetró un golpe militar (ue puso %in al gobierno legítimo del !residente #onstitucional )al*ador llende +ossens.  raíz de esto,  durante 17 a-os, #hile *i*ió una cruenta dictadura cí*icomilitar (ue e/ilió, torturó, secuestró, asesinó e hizo desaparecer a miles de compatriotas. Estos hechos merecen ser recordados en su &usta dimensión, sin (ue respecto de ellos pueda in*ocarse ning0n tipo de apología ni e/altación heroica inmerecida para sus perpetradores, instigadores o colaboradores. o en día e/isten muchos  di*ersos lugares (ue conmemoran de manera impropia a (uienes participaron como autores, cómplices o encubridores de los delitos de lesa humanidad cometidos por la dictadura cí*icomilitar  los agentes de la represión establecida con la %inalidad de terminar por completo con toda oposición al r'gimen totalitario encabezado por !inochet. 2a maoría de los sectores políticos, en di*ersos momentos  con distintos 'n%asis han condenado la comisión de estos delitos  la acti*idad sediciosa desarrollada por las Fuerzas rmadas  la $unta Militar en razón del golpe militar. Este es el maor antecedente para el establecimiento de una 2e de Memoria istórica (ue impi impida da la glor glori%i%ic icac ació ión n de (uiene (uieness *iol *iolaro aron n sist sistem emát átic icam amen ente te los los ere erech chos os umanos de todo un país. En una democracia como la nuestra, no es posible seguir permitiendo (ue se rindan homena&es (uienes atentaron contra ella  (uebraron la institucionalidad del país, muchos de ellos reconocidos criminales como Miguel 4rassno%% Marchen5o, o (ue e/ista un busto en el Museo Marítimo  un na*ío de la rmada (ue recuerden con honor a $os' 6oribio Merino, (ue la biblioteca de la cademia de +uerra lle*e el nombre de ugusto !inochet "garte  (ue un monolito en la comuna de #isnes recuerde al dictador. 6ampoco es posible (ue se reconozcan  homena&een mediante el nombramiento de calles  a*enidas a colaboradores de la dictadura cí*icomilitar como lmirante +otuzzo, e/ Ministro de acienda de la

dict dictadu adura ra cí*i cí*ico comi mililita tarr, o a miem miembro bross de la mism misma a como como el +ene +enera rall #'sar  #'sar  Mendoza. o la sociedad chilena ha e*olucionado,  las instituciones deben e*olucionar  con ella. !or tanto, no podemos seguir manteniendo como e&emplo para las %uturas generaciones a (uienes hicieron del crimen  la *iolación a los derechos humanos una práctica política  moti*o de acción por parte del Estado. En este sentido, es (ue las diputadas  diputados aba&o %irmantes *enimos en presentar el siguiente

PROYECTO DE LEY § 1. Generalidades y definiciones

A"#$%&'( °. Objeto y alcance . 2a presente 2e tiene por ob&eto la adopción por  parte del Estado, de todas a(uellas medidas destinadas a impedir el homena&e  e/altación de la dictadura cí*icomilitar impuesta por el golpe de estado realizado el 11 de septiembre de 1973, en contra del gobierno constitucional del !residente )al*ador llende +ossens. A"#$%&'( )°. Definición . )e entenderá por homena&e 8o e/altación de la dictadura cí*icomilitar, a todo ob&eto o acti*idad (ue comprenda tanto actos de honor, apología apología o alabanza, alabanza, como de negacionismo negacionismo  &usti%icaci &usti%icación ón respecto del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, de sus perpetradores  colaboradores, tanto ci*iles ci*iles como militares, militares, de la $unta Militar Militar impuesta desde el golpe de Estado, sus miembros originarios  reemplazantes, sus colaboradores  su obra,  de los crímen crímenes es  delito delitoss de lesa lesa humani humanidad dad (ue haan haan sido sido cometi cometidos dos por o%icia o%iciales les,, subalternos subalternos  %uncionarios %uncionarios de las Fuerzas rmadas, rmadas, de rden  )eguridad, )eguridad, sean militares o ci*iles o por personas o instituciones (ue hubieren actuado por el Estado en cual(uiera de sus %ormas, o desde cual(uier cargo de gobierno hasta el día 11 de marzo de 199:. § 2. De los homenajes regulados

A"#$%&'( *°. Actos públicos. )e prohíbe toda acti*idad de carácter p0blico (ue tenga por ob&eti*o la e/altación u homena&e de la dictadura cí*icomilitar. )e entenderá (ue son de carácter p0blico a(uellos actos %inanciados en todo o en parte con %ondos p0blicos, o a(uellos (ue siendo %inanciados completamente con %ondos %ondos pri*ado pri*adoss se e%ect0 e%ect0en en mediant mediante e public publicida idad d o medios medios de comuni comunicac cación ión escri escrito tos, s, sonor sonoros os o audi audio* o*is isua uale les, s, se real realic icen en en la *ía *ía p0bl p0blic ica, a, en recin recinto toss

p0blicos, p0blicos, recintos pri*ados de propiedad propiedad %iscal, %iscal, bienes nacionales nacionales de uso p0blico, o cuando su con*ocatoria se haa realizado mediante publicidad escrita, sonora o audio*isual  'sta contenga homena&es 8o e/altaciones de la dictadura cí*ico militar en los t'rminos de la presente le. Monumentos s y símbolos símbolos. !ara !ara e%ect e%ectos os de la pres present ente e le le se A"#$ A"#$%& %&'( '( 4°. 4°. Monumento ente entend nder erán án como como monum monumen ento toss  símb símbol olos os toda todass a(ue a(uellllas as cons constr truc ucci cion ones es  ob&etos ob&etos cua %inalidad %inalidad sea la conmemoració conmemoración n o la perpetuación perpetuación de la memoria memoria de hechos o personas.

El #onse&o de Monumentos ;acionales no podrá autorizar la construcción de monumentos o la colocación de símbolos  ob&etos de carácter conmemorati*o, cuando estos consistan en el homena&e o e/altación de la dictadura cí*icomilitar.

A"#$%& A"#$%&'( '( +°. Bienes. ;ing0n bien mueble o inmueble de propiedad %iscal, bien nacional de uso p0blico, o (ue se encuentre ba&o la tenencia, administración o posesión de del Estado  sus organismos centralizados o descentralizados, a cual(uier título, o ba&o la administración de las Fuerzas rmadas  de rden  )egu )eguri rida dad d podr podrá á oste ostent ntar ar en sus sus depe depend nden enci cias as ob&e ob&eto toss o símb símbol olos os (ue (ue homena&een o e/alten a la dictadura cí*icomilitar, o lle*ar por nombre cual(uiera (ue corresponda a miembros de la $unta Militar, de colaboradores de 'sta o de responsables de *iolaciones a los derechos humanos. ;inguna na*e o aerona*e podrá lle*ar por nombre cual(uiera (ue constitua un homena&e homena&e o e/altación e/altación de la dictadura cí*icomilita cí*icomilitarr de con%ormidad con%ormidad a la presente le. § 3. De la Educación

A"#$%&'( 6°. Enseñanza. El Ministerio de Educación *elará por la conser*ación de la memoria histórica en todos los ni*eles educacionales,  en *irtud de este mandato, no podrá incluir sus planes  programas de estudio ning0n material de estud estudio io sonor sonoro o o audi audio* o*is isua ual,l, te/t te/to o o re%ere re%erenc ncia ia (ue (ue teng tenga a como como cont conten enid ido o e/plícito o implícito la e/altación u homena&e a la dictadura cí*icomilitar. )e entenderán particularmente incluidos en esta disposición a< 6odo materia materiall (ue otorgue otorgue la categorí categoría a de =!reside =!residente nte de la >ep0bl >ep0blica ica?? u otra seme&ante a cual(uier miembro de la $unta Militar establecida mediante el golpe de estado del 11 de septiembre de 1973, (uien le haa sucedido, o (uien haa detentado las %unciones de gobierno entre el 11 de septiembre de 1973  el 11 de marzo de 199:.

a< 6odo mate materi rial al (ue (ue cali% cali%i( i(ue uen n a la dict dictad adura ura cí*i cí*ico com mililititar ar  el golp golpe e de Estado del 11 de septiembre de 1973 como =+obierno Militar?, =>'gimen Militar? u otras e/presiones seme&antes tendientes a ocultar o negar su e/istencia. b< 6odo mater materia iall (ue (ue haga haga apol apologí ogía a o nieg niegue ue la e/is e/iste tenci ncia a de crím crímen enes es  delit elitos os de lesa esa hum humani anidad dad come comettidos idos por o%ic o%iciiales ales,, suba subalt lter ern nos  %uncionarios de las Fuerzas rmadas, de rden  )eguridad, sean militares o ci*iles o por personas o instituciones (ue hubieren actuado por el Estado en cual(uiera de sus %ormas o desde cual(uier cargo de gobierno durante la dictadura cí*icomilitar. cí*icomilitar. educacionales. 2as instit instituci ucione oness educaci educaciona onales les A"#$%&'( 7°. Instituciones educacionales. *inculadas en cual(uier %orma a personas naturales o &urídicas (ue realicen actos de homena&e a la dictadura cí*icomilitar, las (ue tengan por nombre cual(uiera (ue corresponda a miembros de la $unta Militar, de colaboradores de 'sta o de responsables de *iolaciones a los derechos humanos  a(uellas (ue realicen cual(uier acti*idad en contra*ención de la presente le, no podrán obtener el reconocimiento o%icial por parte del Ministerio de Educación o lo perderán por el solo ministerio de la le si a lo habían obtenido con anterioridad. § 4. De las donaciones y el financiamiento a instituciones.

A"#$%&'( ,°. Donaciones. 2as instituciones  personas &urídicas o naturales (ue realicen acti*idades de e/altación u homena&e a la dictadura cí*icomilitar, o (ue %inancien en todo o en parte dichas acti*idades, o a instituciones o personas (ue realicen acti*idades de e/altación u homena&e a la dictadura cí*icomilitar no podrán ser bene%iciarias para los %ines establecidos respecto de las donaciones con %ines sociales  donaciones e%ectuadas a entidades de carácter político, de con%ormidad a lo establecido en la 2e ;@ 19.AAB, donaciones de con%ormidad con la 2e del eporte ;@ 19.71C, donaciones e%ectuadas e%ectuadas con %ines educacionales educacionales de con%ormidad con lo establecido en la 2e ;@ 19.CD7, donaciones e%ectuadas con %ine %iness cult cultur ural ales es de con% con%or ormi mida dad d con con lo esta establ blec ecid ido o en la 2e 2e ;@ C:. C:.7B 7B,, donacio donaciones nes e%ectu e%ectuadas adas a "ni*ers "ni*ersida idades des e nstit nstituto utoss !ro%es !ro%esion ionale aless estata estatales les  particulares reconocidos por el Estado de con%ormidad a lo establecido en la 2e ;@ 1A.A1, donaciones e%ectuadas a establecimientos educacionales, organismos e instituciones sin %ines de lucro de con%ormidad a lo establecido en el .2. ;@ 3.:3 de 1979 sobre >entas Municipales  en general, respecto de cual(uier  bene%icio establecido por las lees.

inanciamiento público. ;o podr podrán án ser ser recep recepto toras ras de %ondo %ondoss A"#$ A"#$%& %&'( '( 9°. inanciamiento p0blico p0blicoss a(uell a(uellas as personas personas natura naturales les o &urídi &urídicas cas (ue realice realicen n acti*i acti*idad dades es de homena&e o e/altación de la dictadura cí*icomilitar. § 5. Sanciones y rocedimiento.

2as cont contra ra*e *enc ncio ione ness a la pres prese ente nte le será serán n A"#$%&'( °. !anciones. 2as sancionadas con presidio menor en su grado má/imo a presidio maor en su grado má/imo  multas de B:: a 3::: "6M. respecto de A"#$%&'( °. Acción. )e concede acción penal p0blica  acción ci*il respecto las in%racciones  contra*enciones a la presente prese nte le. le. )erán )erán legi legititima mado doss acti acti*o *os, s, el nst nstititut uto o ;acio ;aciona nall de erec erecho hoss uman umanos, os, la  grupación de Familiares de etenidos esaparecidos, la grupación de Familiares de E&ecutados E&ecutados !olíticos, los los #omandos de E/onerados !olíticos de la dict dictad adur ura a cí*i cí*ico com mililititar ar,,  en gene genera rall toda toda pers person ona a (ue (ue teng tenga a un inte inter' r'ss comprometido. "u#isdicción y competencia competencia . )erá competente para conocer de las A"#$%&'( )°. "u#isdicción in%racciones a la presente le, el $uez de +arantía del lugar de comisión de los hechos o a(uel cua competencia se determine de con%ormidad a lo dispuesto en el artículo 7:  siguientes de la 2e ;@ 19.9 #ódigo !rocesal !enal.

denunci cias as  accio acciones nes por por in%r in%racc accio iones nes  A"#$ A"#$%& %&'( '( * *°. °. $#ocedimiento. 2as denun contra*enciones a la presente le serán tramitadas  sancionadas de con%ormidad al !rocedimiento )impli%icado establecido en los artículos 3AA  siguientes de la 2e ;@ 19.9 #ódigo !rocesal !enal. #on todo, el %iscal no podrá in*ocar la %acultad establecida en el artículo 17: de la 2e ;@ 19.9 #ódigo !rocesal !enal, para poner %in a la in*estigación respecto de los hechos normados por la presente le. § !. Disosiciones "ransitorias

utoridad dades es corresp correspond ondien ientes tes,, desde desde el A"#$ A"#$%& %&'( '( P" P"0" 0"( ( T"123 "123# #(" ("( ( 2as utori momento de entrada en *igencia de la le, deberán proceder al retiro de todo monumento o símbolo (ue homena&ee o e/alte a la dictadura cí*icomilitar  (ue se encuentren en dependencias de la dministración del Estado dentro del plazo de 9: días.

A"#$%&'( !05&2( T"123#("( El Ministerio de e%ensa ;acional  2as Fuerzas  rmadas  de rden  )eguridad, desde des de el momento de entrada en *igencia de la le, deberán proceder al retiro de todo monumento o símbolo (ue homena&ee o e/alte a la dictadura cí*icomilitar, así como tambi'n al cambio de denominación de todos a(uellos bienes muebles o inmuebles, dependencias, na*es  aerona*es (ue tengan por nombre cual(uiera (ue constitua un homena&e o e/altación de la dictadura cí*icomilitar dentro del plazo de 9: días.

4>2 #>2 #> 2 2G .!"6 E 2 >E!HI2#

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