Proyecto Lluvia Solida Final

August 1, 2018 | Author: MauricioAfanadorGutierrez | Category: Irrigation, Water, Soil, Agriculture, Erosion
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PROYECTO DE INVESTIGACION LLUVIA SOLIDA “Soli – Aqua”

Presentado Por:  Aprendices SENA

Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA Tecnólogo en Agua y Saneamiento Básico Sogamoso 2015

PROYECTO DE INVESTIGACION LLUVIA SOLIDA “Soli – Aqua”

Presentado Por: Leidy Paola Ramírez Plazas  Ángela Lisbeth Merchán Pérez John Jairo Martínez Fuentes

Presentado A: Mauricio Afanador Gutiérrez Instructor SENA

Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA Tecnólogo en Agua y Saneamiento Básico Sogamoso 2015

PROYECTO DE INVESTIGACION LLUVIA SOLIDA “Soli – Aqua”

Presentado Por: Leidy Paola Ramírez Plazas  Ángela Lisbeth Merchán Pérez John Jairo Martínez Fuentes

Presentado A: Mauricio Afanador Gutiérrez Instructor SENA

Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA Tecnólogo en Agua y Saneamiento Básico Sogamoso 2015

NOTA DE ACEPTACION

 ____________________________________  __________________________________ __  ____________________________________  __________________________________ __  ____________________________________  __________________________________ __  ____________________________________  __________________________________ __

JURADOS  ___________________________________ FIRMA DELINSTRUCTOR

AGRADECIMIENTOS Nosotros como aprendices SENA y ejecutadores del proyecto, agradecemos de manera especial a: Dios por la vida que nos ha dado, la inteligencia y sabiduría que nos ha sido útil para el desarrollo del presente proyecto de investigación.  A nuestros familiares por el apoyo que nos han brindado en el transcurso de la formación.  Al instructor SENA, Mauricio Afanador Gutiérrez, por sus orientaciones y enseñanzas constantes durante el desarrollo del proyecto.

TABLA DE CONTENIDO Pág.  Abstrac…………………………………………………………………………………… 1 Introducción………………………………………………………………………………  2

Justificación……………………………………………………………………………… 3 Objetivos………………………………………………………………………………… . 4  

1. 2. 3. 4.

Objetivo General………………………………………………………………….4 Objetivos Específicos…………………………………………………………….4

Titulo……………………………………………………………………………….5 Planteamiento del problema …………………………………………………….6  Alcance…………………………………………………………………………….7 Marco Teórico …………………………………………………………………….8 4.1Transportación de la Lluvia Solida …………………………………………10

4.2 Aplicaciones de la lluvia solida…………………………………………….10 4.3 Campos de a plicación………………………………………………………11 4.4 Ciclo de funci onamiento…………………………………………………….12 5. Marco Normativo…………………………………………………………………13 6. Marco conceptual………………………………………………………………..26 7. Instrumentos de recolección de información …………………………………29 7.1 Formato de encuesta……………………………………………………….29 7.2 Tabulación de la encuesta …………………………………………………30 8. Matriz DOFA…………………………………………………………………… ..36 9.  Asignación de actividades……………………………………………………...37 10.  Análisis del sector ………………………………………………………………37  Análisis de mercado…………………………………………………………….38 11.1 Marca……………………………………………………………………….38 11.2 Eslogan……………………………………………………………………. 38 11.3 Logo…………………………………………………………………………38 11.4 Tarjeta………………………………………………………………………38 11. Políticas de venta ……………………………………………………………….39

Conclusiones y recomendaciones……………………………………………………..40 Bibliografía……………………………………………………………………………….41 Cibergrafia………………………………………………………………………………..42

TABLA DE FIGURAS pág. Figura 1……………………………………………………………………………........10

Figura 2………………………………………………………………………………….10

ABSTRAC Climate change today is a global environmental problem, which consequently has generated extreme temperatures and reduced rainfall waters, mainly due to increased emissions of greenhouse gases (GHGs) induced by human activities. Some animals and plants can be reduced in size due to high temperatures and water scarcity, which limit the availability of essential food sources for human nutrition. This climate change is affecting the agricultural sector worldwide. In most scenarios of agricultural production has shown declining crop yields, which in turn sharpen food insecurity. Other consequences are declining crop quality, soil erosion and reduced availability of land and water resources for the activity. Within this project we will discuss an alternative solution for cleaner production, to help fight the situation currently experienced drought, and therefore is generating negative impacts on the production of the agricultural sector reflected in the quantity and quality of food needed for the development of the consumer population. This alternative solution is based on the implementation of solid rain, which help reduce costs in irrigation systems and expedite the interest and desire to grow by persons engaged in this economic activity. The solid rain was created in Mexico by chemical engineer Sergio Jesus Rico Velasco, who in his desire to improve the existing techniques of irrigation in their country of origin, unveiled its innovative idea that would cope with droughts that have affected the sustainable development worldwide.

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INTRODUCCIÓN El cambio climático hoy en día es un problema ambiental a nivel mundial, que en consecuencia ha generado temperaturas extremas y reducción de aguas lluvias, debido principalmente al aumento de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) inducidos por las actividades humanas.  Algunos animales y plantas pueden reducirse en tamaño debido a las altas temperaturas y a la escasez de agua, lo que limitara la disponibilidad de fuentes alimentarias esenciales para la nutrición del ser humano. Este cambio de clima afecta seriamente el sector agropecuario a nivel mundial. En la mayoría de escenarios de producción agrícola se ha evidenciado la disminución del rendimiento en los cultivos, lo que a su vez agudizara la inseguridad alimentaria. Otras de las consecuencias son la disminución de la calidad de los cultivos, erosión del suelo y la menor disponibilidad de tierras y recursos hídricos para la actividad. Dentro de este proyecto hablaremos sobre una alternativa de solución de producción más limpia, que ayudara a combatir la situación de sequía vivida actualmente, y que en consecuencia está generando impactos negativos en la producción del sector agropecuario reflejándose en la cantidad y calidad de los alimentos necesarios para el desarrollo de la población consumidora. Dicha alternativa de solución se basa en la implementación de la lluvia sólida, que ayudara a disminuir los costos en los sistemas de riego e impulsaremos el interés y deseo de cultivar por parte de las personas que se dedican a esta actividad económica. La lluvia solida fue creada en México por el ingeniero químico Sergio Jesús Rico Velasco, quien en su deseo de mejorar las técnicas de riego existentes en su país de origen, dio a conocer su idea innovadora que permitiera hacer frente a las sequias que han afectado el desarrollo sostenible a nivel mundial.

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JUSTIFICACION Como una alternativa al problema de la sequía que presenta el mundo actualmente y a fin de mejorar la eficiencia agrícola mediante sistemas de irrigación óptimos, el egresado del instituto politécnico nacional, Sergio Jesús Rico Velasco, desarrollo una metodología para implantar agua solidificada en los campos agrícolas con el objeto de que las raíces de la planta aprovechen la humedad y crezcan sanas y fuertes. El presente proyecto tiene como fin presentar una propuesta innovadora para dar solución a la problemática global generada por los cambios climáticos como lo es la sequía. Para contrarrestar esta situación queremos implementar un método de producción más limpia llamado lluvia sólida “ SOLI-AQUA“. El proyecto de lluvia solida con base en la fórmula de Poli-acrilato de Sodio, que permite gelatinizar los líquidos y rehidratarlos repetidamente durante su vida útil, que va de 8 a 10 años. Las moléculas del agua se adhieren al polímero que es un polvo blanco tipo azúcar, al que le denominamos SOLI-AQUA y el líquido se aglutina en una forma indefinida. Según estudios realizados cerca del 70 % del agua dulce de todo el mundo se destina a la agricultura, sector que a su vez desperdicia hasta el 80% de ese líquido. Gracias a la lluvia solida se puede planificar las cosechas de un año para el otro, asegurar la producción ante sequias inesperadas y obtener finalmente la cantidad y calidad de alimentos

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OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL Implementar y aplicar la “Lluvia sólida” como alternativa de solución a la escasez

de agua para el sector agropecuario, debido a los cambios climáticos causados por los gases de efecto invernadero.

OBJETIVOS ESPECIFICOS Promover el rendimiento en los cultivos agrícolas   Asegurar la calidad de los productos alimenticios a la población consumidora Aumentar el interés de siembra en los agricultores Analizar las ventajas y desventajas de la implementación de la lluvia sólida en el sector agropecuario Incentivar al sector agropecuario a la utilización del riego por medio de la lluvia solida

 

 



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1. TITULO Lluvia solida Soli  – Aqua, “Puedes sembrar, en tiempos de no regar”

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2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

REDUCCION EN LA COSECHA DE CULTIVOS AGRICOLAS

DESAPARICION DE FUENTES Y CUENCAS HIDRICAS IMPORTANTES

PERDIDA DE ALIMENTOS Y PASTOREOS

ESCASEZ DE AGUA PARA EL SECTOR AGROPECUARIO

LAS FUENTES HIDRICAS EN

AGUA NO APTA PARA PROCESOS AGROPECUARIOS

EL RIEGO DE CULTIVOS

POR CONTAMINACION DEL

USO INDISCRIMINADO DE CAMBIO CLIMATOLOGICO

RECURSO HIDRICO

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3. ALCANCE Esta alternativa de solución va dirigida al sector agropecuario con el fin de optimizar su sistema de riego, y así reducir el consumo excesivo de agua y prevenir la desaparición de las fuentes hídricas.  A su vez permite que el servicio que ofrecemos sea accesible para la comunidad agricultora ya que es un producto de gran utilidad y de bajo costo.

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4. MARCO TEORICO La lluvia solida fue inventada por Sergio Jesús Rico, nació en la ciudad de México. Termino sus estudios de ingeniería química en el instituto politécnico nacional para continuar con una maestría en ingeniería industrial y una especialidad en  Administración Industrial. Desde el inicio de su carrera laboral estuvo en relación con proyectos de relaciones humanas al desempeñar por ocho años el cargo de jefe de Seguridad Industrial y de relaciones industriales en la empresa Altos Hornos de México S.A. En 1982, funda la organización (Representaciones y Distribuciones Industriales S.A de C.V.) empresa que opera hasta la fecha la cual entre sus varios servicios es la instalación y tratamiento de aguas residuales de las industrias. En el año 1994, funda Silos De agua S.A de C.V empresa constituida con el principio de proporcionar y poner al alcance de las comunidades marginadas por el hambre la pobreza y la desertificación producidas por la escasez de agua. La “lluvia sólida” es un proyecto tecnológico, basad o en una formula cuyo

componente principal es un polímero llamado Poli-acrilato de Sodio, el cual permite gelatinizar los líquidos y rehidratarlos repetidas veces durante su vida útil, ciclo que se puede repetir de ocho a diez años. En caso de que no se quiera poner el polvo directamente en la tierra, la sustancia puede solidificarse previamente y guardarse en costales en un lugar con sombra. La lluvia solida son cristales amorfos de un Polímero de Acrilato de Sodio, no toxico, inocuo, capaz de absorber hasta 500 veces su peso en agua, formando un gel (masa gelatinosa) que ha sido usado para contrarrestar la escasez del agua en los sectores agrícolas y forestales, así como en floricultura, horticultura e hidroponía. El cual podría ser la clave para combatir la desertificación y salvar millones de cosechas en todo el planeta. 10 gramos de esta sustancia pueden solidificar un Litro de agua, el cual no se evapora ni se filtra. El gel actúa como reservorio de agua que permite que del 95 al 97% del agua almacenada en dicho gel se absorba por las raíces de las plantas de acuerdo con sus requerimientos y necesidades, asegurando un crecimiento estable y saludable de los cultivos. Todo se basa en las mismas propiedades absorbentes del arroz o de los pañales para bebes, pero cientos de veces más efectivo. El principio es sencillo: al contacto con el agua, los iones de los que está compuesto el Poli-acrilato de Sodio

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se liberan y actúan como una especie de imán que adhiere las moléculas del agua, lo que provoca que el líquido se granule formando esferas, con un aspecto similar al azúcar. Lo novedoso no es la propiedad del Acrilato, sino su optimización para el uso agrícola. La lluvia solida se usa tanto en agricultura extensiva como en pequeños jardines del hogar. También se puede emplear como cortafuegos o para la reforestación de bosques, colocando el gel en el fondo de la cepa y aumentado así las probabilidades de vida de los árboles que se están trasplantando. El empleo de este polímero no modifica el PH, ni el contenido de sales y/o nutrientes de la tierra donde se utiliza. El proceso actual de desertificación, cambio climático e incertidumbre de la épocas de lluvias hace a este proyecto de vital importancia además de que, como ya se mencionó, ofrece la posibilidad de almacenar agua de lluvia en sacos en forma sólida, permitiendo que se trasporte a lugares donde se le pueda disponer sin mucha dificultad. También puede prevenir la erosión. La efectividad de este producto ha sido completamente comprobada. Por ejemplo, en 2005 el ingeniero Rico Velasco realizó un estudio comparativo en sembradíos de maíz del poblado de Aguahedionda, en Autlán, Jalisco, donde compararon dos sistemas de riego: el tradicional, con lluvia de temporal cuya cosecha dio un rendimiento de 600 kilogramos por hectárea, vs el de “lluvia sólida”, con el que se recogieron 10 toneladas de grano por hectárea. Con el sistema tradicional esos cultivos requieren riegos de 80 litros, una vez por semana, a diferencia del método con lluvia sólida, en el que sólo es necesario un riego de 50 litros cada tres meses. En Colombia se aplicó este novedoso método de irrigación en invernaderos de rosas y claveles; “los resultados indicaron un

ahorro de 75% en los costos de riego, un ciento por ciento en incremento de follaje y flores, y 300% en desarrollo de raíces”.

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Figura1 Fuente:Google

Figura 2 Fuente: Google

Quizá una forma de contribuir a la conservación del agua en nuestra comunidad es utilizando un kilo de acrilato de sodio en nuestro jardín. La Lluvia sólida es un sistema de riego que a diferencia de otros como el de goteo y cintillo, es el único que emplea agua en estado sólido; y los resultados son extraordinarios porque la raíz se mantiene húmeda por varios meses.

4. 1 Transportación de la Lluvia Solida  A diferencia del equipo necesario para transportar lluvia liquida donde se requiere de bombas, tuberías, energía eléctrica, camiones etc. La lluvia solida se transporta en costales o bolsas, lo que facilita su almacenamiento y transporte.

4.2 Aplicaciones de la lluvia solida La especial cualidad de la lluvia sólida de no perderse por filtración al subsuelo, la hace ideal para sembrar en zonas áridas, áreas de baja precipitación y parcelas sin riego. El continuo crecimiento de los desiertos, el cambio climático y la incertidumbre de la temporada de lluvia, son problemas que se superan con la implementación de la lluvia sólida en la raíz de las plantas. La humedad permite la siembra, la cosecha y la sobrevivencia aún en temporadas de sequía. La lluvia sólida puede evitar la pérdida de las cosechas cuando la temporada de lluvias ha terminado o ha sido insuficiente. La humedad almacenada en el producto Soli-Aqua se agotará al ser absorbida por la raíz, este volverá a rehidratarse con nuevas lluvias.

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4.3 Campos de aplicación:   Agricultura:  Cereales, Granos y Forrajes (Extensivo y Tradicional)  Horticultura Extensiva y Tradicional  Horticultura Protegida (Invernadero   Hidroponía  Huerto Casero   Reforestación:   Viverismo  Cultivo de Tejidos   Jardinerías   Ornamentales   Pastos   Viveros Combate de Incendios Forestales Azoteas verdes, Muros y Jardines verticales







 

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4.4 Ciclo de funcionamiento Cuando deja de llover y la raíz ya La Lluvia Solida tiene una presentación

1

en polvo o en cristales amorfos y debe

absorbió

6

toda

la

humedad,

el

polímero vuelve hacer polvo por lo que el proceso es cíclico

ser plantada al nivel de la raíz de la planta.

La Lluvia Solida, es un polímero que solidifica el

2 Al llover el polvo que se pone

5

agua para usarla

en la tierra, libera energía y

en

solidifica el agua

tiempo

Los trozos de agua duran de 7 a 10 años por lo cual una planta

de

sequia

puede resistir a las temporadas de

sequía,

haciendo

rehidratación de 1 a 6 veces por año.

3

4

El agua se adhiere al polímero de que está hecho y forma

La planta absorbe la humedad

trozos de líquido los cuales se

conforme a lo requiera

de

los

trozos

del

líquido

quedan en la raíz.

Colombia dispone de una amplia oferta de suelos con vocación para diferentes usos agropecuarios y abundantes fuentes de agua, sin embargo, la cobertura del riego es abiertamente insuficiente, y la localización de los sistemas de producción presenta diversos grados de conflicto con la vocación del suelo, fenómenos que limitan el crecimiento de la productividad y en general, el aprovechamiento de las ventajas comparativas. En los últimos años Colombia ha debido enfrentar los cambios producidos por los nuevos esquemas de integración y globalización económica, social y productiva, que ha implicado una transformación en la manera de gerenciar las instituciones, tanto privadas como públicas. En este sentido, el Gobierno Nacional, ha impulsado

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la aplicación de buenas prácticas de administración estatal, que permitan legitimar su acción y que redunde en una gestión más eficiente, eficaz y efectiva, a través de la implementación de sistemas de calidad en la gestión pública.

5. MARCO NORMATIVO 

Decreto 1594 de 1984: Por el cual se reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 9 de 1979, así como el Capítulo II del Título VI -Parte III- Libro II y el Título III de la Parte III -Libro I- del Decreto - Ley 2811 de 1974 en cuanto a usos del agua y residuos líquidos. Capitulo III 

Artículo 29: para los efectos del presente decreto se tendrán en cuenta los siguientes usos del agua, sin que su enunciado indique orden de prioridad: a. Consumo humano y doméstico b. Preservación de flora y fauna c . A g ríc o la d. Pecuario

e. Recreativo f. Industrial g. Transporte 

Artículo 32: Se entiende por uso agrícola del agua, su empleo para irrigación de cultivos y otras actividades conexas o complementarias, que el Ministerio de Salud o la EMAR establezcan.



Artículo 33: Se entiende por uso pecuario del agua, su empleo para el consumo del ganado en sus diferentes especies y demás animales, así como para otras actividades conexas y complementarias que el Ministerio de Salud o la EMAR establezcan.

Capítulo V 

Artículo 52: Las concesiones de agua para consumo humano y doméstico o su revocación, así como las relacionadas con el uso agrícola de aguas servidas, requieren autorización previa del Ministerio de Salud o de la entidad en quien este delegue, sin

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perjuicio de la competencia que le confiere el artículo 4 de la Ley 9 de 1979.



RESOLUCION 0170 DE 2009

Por la cual se declara en Colombia el año 2009 como año de los suelos y el 17 de  junio como Día Nacional de los Suelos y se adoptan medidas para la conservación y protección de los suelos en el territorio nacional.

EL MINISTRO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL, En ejercicio de sus facultades legales, en desarrollo de lo dispuesto en los artículos 2° y 5°, numerales 1 y 2 de la Ley 99 de 1993, la Ley 461 de 1998 y los artículos 1°, 2° y 6° del Decreto ley 216 de 2003, y CONSIDERANDO: Que conforme a los artículos 79 y 80 de la Constitución Política, corresponde al Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de esos fines, Igualmente, tiene a su cargo planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental. Que conforme al artículo 8°, literales a, b y c del Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente - Decreto ley 2811 de 1974-, "Se consideran factores que deterioran el ambiente entre otros:

a)  La contaminación del aire, de las aguas, del suelo y de los demás recursos naturales renovables. Se entiende por contaminación la alteración del ambiente con sustancias o formas de energía puestas en él, por actividad humana o de la naturaleza, en cantidades, concentraciones o niveles capaces de interferir el bienestar y la salud de las personas, atentar contra la flora y la fauna, degradar la calidad del ambiente de los recursos de la nación o de los particulares. Se entiende por contaminante cualquier elemento, combinación de elementos, o forma de energía que actual o potencialmente pueda producir alteración ambiental de las precedentemente descritas. La contaminación puede ser física, química o biológica.

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b) La degradación, la erosión y el revenimiento de suelos y tierras. c) Las alteraciones nocivas de la topografía. Que igualmente, el artículo 179 ibídem señala  que "El aprovechamiento de los suelos deberá efectuarse en forma de mantener su integridad física y su capacidad productora. En la utilización de los suelos se aplicarán normas técnicas de manejo para evitar su pérdida o degradación, lograr su recuperación y asegurar su conservación".

Que así mismo, conforme al artículo 180 de la norma citada , "Es deber de todos los habitantes de la República colaborar con las autoridades en la conservación y en el manejo adecuado de los suelos. Las personas que realicen actividades agrícolas, pecuarias, forestales o de infraestructura, que afecten o puedan afectar los suelos, están obligadas a llevar a cabo las prácticas de conservación y recuperación que se determinen de acuerdo con las características regionales". Que según el artículo 181 del Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente  –Decreto-ley 2811 de 1974 – son facultades de la administración:

a)  Velar por la conservación de los suelos para prevenir y controlar, entre otros fenómenos, los de erosión, degradación, salinización o revenimiento. b)  Promover la adopción de medidas preventivas sobre el uso de la tierra, concernientes a la conservación del suelo, de las aguas edáficas y de la humedad y a la regulación de los métodos de cultivo, de manejo de la vegetación y de la fauna. c)  Coordinar los estudios, investigaciones y análisis de suelos para lograr su manejo racional. d) Administrar y reglamentar la conveniente utilización de las sabanas y playones comunales e islas de dominio público. e) Intervenir en el uso y manejo de los suelos baldíos o en terrenos de propiedad privada cuando se presenten fenómenos de erosión, movimiento, salinización y, en general, de degradación del ambiente por manejo inadecuado o por otras causas y adoptar las medidas de corrección, recuperación o conservación. f)  Controlar el uso de sustancias que puedan ocasionar contaminación de los suelos.

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Que el artículo 2° de la Ley 99 de 1993 dispuso la creación del Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, como organismo rector de la gestión del ambiente y los recursos naturales renovables, encargado de definir las regulaciones a las que se sujetarán la conservación, protección, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente de la Nación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible. Que conforme al artículo 5° de la Ley 99 de 1993, son funciones del Ministerio de  Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial:

1. Formular la política nacional en relación con el medio ambiente y los recursos naturales renovables, y establecer las reglas y criterios de ordenamiento ambiental de uso del territorio y de los mares adyacentes, para asegurar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y del medio ambiente. 2. Regular las condiciones generales para el saneamiento del medio ambiente, y el uso, manejo, aprovechamiento, conservación, restauración y recuperación de los recursos naturales, a fin de impedir, reprimir, eliminar o mitigar el impacto de actividades contaminantes, deteriorables o destructivas del entorno o del patrimonio natural". Que mediante Ley 461 de 2008, Colombia aprobó la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación y la Sequía, la cual establece en el artículo 1° que la desertificación es la degradación de las tierras resultante de las variaciones climáticas y las actividades humanas y que, en este sentido, se deben adelantar acciones que propendan por la prevención o reducción de la degradación de las tierras, la rehabilitación de tierras parcialmente degradadas y la recuperación de tierras desertificadas. Que con la degradación de las tierras hay reducción o pérdida de la productividad biológica o económica del sistema bio-productivo terrestre que comprende el suelo, la vegetación, otros componentes de la biota y los procesos ecológicos e hidrológicos que se desarrollan dentro del sistema. Que muchas de las actividades humanas se adelantan de manera irracional, lo que está ocasionando serios procesos de deterioro de los suelos y la consecuente desertificación, especialmente las que se relacionan con los cambios climáticos globales, la deforestación, minería, ganadería intensiva y extensiva, desarrollo urbano, extracción y comercio de fauna y flora silvestres, sistemas de producción inadecuados, uso inadecuado de fuentes de agua superficial y subterránea, quemas indiscriminadas y cultivos ilícitos, entre otras.

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Que la desertificación es la última etapa del proceso de degradación de la tierra y el suelo debido a su mal manejo. Que la degradación se inicia con la reducción de la productividad y termina con la pérdida total del suelo; cuando esto sucede, la desertificación es prácticamente irreversible. Que entre las manifestaciones de la desertificación están la acelerada erosión de los suelos provocada por el agua y el viento, la creciente salinización de los suelos y las aguas freáticas cercanas a la superficie, la menor retención de humedad, el aumento de los escurrimientos superficiales y la variabilidad de los flujos de los cursos de agua, la disminución de la diversidad de especies y en la biomasa vegetal y el descenso en la productividad con el consecuente empobrecimiento de las comunidades de base. Que el suelo es un recurso natural renovable que cumple unas funciones dentro del ecosistema como es servir de medio de soporte donde se reciclan los nutrientes para mantener una cubierta vegetal natural específica, y por lo tanto una biomasa, una edatofauna y flora, y un microclima; donde se regula y almacena el agua del ciclo hídrico y en donde en conjunto se establece una dinámica de flujo de materia y energía que identifican un ecosistema. Que desde el punto de vista socioeconómico y cultural, el suelo es un recurso natural finito que ofrece bienes y servicios dentro de una dinámica eco-sistémica, escenario de diferentes actividades humanas y receptor de vertimientos y residuos de dichas actividades. Que es primordial adelantar una campaña nacional mediante la cual se sensibilice y promueva la importancia, el conocimiento y el valor de los suelos al tiempo que se impulsan acciones para su protección. Que el gobierno colombiano, estima de vital importancia hacer un llamado al país para que se adelanten acciones tendientes a la conservación y manejo sostenible de los suelos, para lo cual se tiene como punto de partida, la declaratoria del año 2009 como año de los suelos de Colombia y el día diecisiete (17) de junio, como el día nacional de los suelos. Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE: 

Artículo 1°: Declaratoria. Declarar en Colombia el año dos mil nueve (2009) como año de los suelos y el día diecisiete (17) de junio como día nacional de los suelos. Lo anterior, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

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En virtud de lo anterior, en el año y día citado, el Ministerio de  Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial promoverá y adelantará acciones dirigidas a la conservación y protección de los suelos del territorio nacional.  







Artículo 2°:  Medidas de conservación. A fin de adelantar acciones tendientes a la conservación de los suelos, corresponde al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial: 2.1.  Formular políticas y expedir normas, directrices e impulsar planes, programas y proyectos dirigidos a la conservación, protección, restauración, recuperación y rehabilitación de los suelos. 2.2.  Impulsar procesos de divulgación y capacitación dirigidos a la concienciación ciudadana sobre la importancia de la conservación y manejo sostenible de los suelos. 2.5.  Promover, conjuntamente con los institutos de investigación y universidades proyectos de investigación científica sobre los suelos, a fin de avanzar en procesos tendientes a su conservación, protección, restauración, recuperación y rehabilitación. 2.6. Seguir liderando la implementación del Plan de Acción Nacional de Lucha Contra la Desertificación y la Sequía en Colombia (PAN). Artículo 3°:  Medidas complementarias. Además de lo anterior, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y demás entidades del SINA, deberán promover e impulsar acciones tendientes a la reducción que genera el impacto de la actividades productivas sobre los suelos, a fin de luchar contra la desertificación y los efectos que esta causa a los recursos naturales, el medio ambiente y a las comunidades de base. Artículo 4°: Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

DECRETO 2811 DE 1974

DECRETA: El siguiente será el texto del Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. TÍTULO VI DEL USO, CONSERVACIÓN Y PRESERVACIÓN DE LAS AGUAS

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CAPÍTULO I 



Artículo 132: Sin permiso, no se podrán alterar los cauces, ni el régimen y la calidad de las aguas, ni interferir su uso legítimo.

Se negará el permiso cuando la obra implique peligro para la colectividad, o para los recursos naturales, la seguridad interior o exterior o la soberanía Nacional. Artículo 133 Los usuarios están obligados a:

a.  Aprovechar las aguas con eficiencia y economía en el lugar y para el objeto previsto en la resolución de concesión, empleando sistemas técnicos de aprovechamiento. b. No utilizar mayor cantidad de aguas que la otorgada c. Construir y mantener instalaciones y obras hidráulicas en condiciones adecuadas d. Evitar que las aguas que deriven de una corriente o depósito se derramen o salgan de las obras que las deben contener e. Contribuir proporcionalmente a la conservación de las estructuras hidráulicas, caminos de vigilancia y demás obras e instalaciones comunes f. Permitir la vigilancia e inspección y suministrar los datos sobre el uso de las aguas. 

Decreto 1541 de 1978

Decreto Nacional 1541 de 1978 Aguas no marítimas Reglamentación General sobre conservación y protección.

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TÍTULO I CAPÍTULO ÚNICO 

Artículo 1º: Para cumplir los objetivos establecidos por el artículo 2 del Decreto-Ley 2811 de 1974, este Decreto tiene por finalidad reglamentar las normas relacionadas con el recurso de aguas en todos sus estados, y comprende los siguientes aspectos: 1) El dominio de las aguas, cauces y riberas, y normas que rigen su aprovechamiento sujeto a prioridades, en orden a asegurar el desarrollo humano, económico y social, con arreglo al interés general de la comunidad.

2) La reglamentación de las aguas, ocupación de los cauces y la declaración de reservas de agotamiento, en orden a asegurar su preservación cuantitativa para garantizar la disponibilidad permanente del recurso. 3) Las restricciones y limitaciones al dominio en orden a asegurar el aprovechamiento de las aguas por todos los usuarios. 4) El régimen a que están sometidas ciertas categorías especiales de agua. 5) Las condiciones para la construcción de obras hidráulicas que garanticen la correcta y eficiente utilización del recurso, así como la protección de los demás recursos relacionados con el agua. 6) La conservación de las aguas y sus cauces, en orden a asegurar la preservación cualitativa del recurso y a proteger los demás recursos que dependan de ella. 7) Las cargas pecuniarias en razón del uso del recurso y para asegurar su mantenimiento y conservación, así como el pago de las obras hidráulicas que se construyan en beneficio de los usuarios.

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8) Las sanciones y las causales de caducidad a que haya lugar por la infracción de las normas o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas por los usuarios.



Artículo 2º: La preservación y manejo de las aguas son de utilidad pública e interés social, el tenor de lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto-Ley 2811 de 1974: En el manejo y uso del recurso de agua, tanto la administración como los usuarios, sean éstos de agua o privadas, cumplirán los principios generales y las reglas establecidas por el Código Nacional de recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, especialmente los consagrados en los artículos 9 y 45 a 49 del citado Código.



Artículo 3°: Al tenor de lo dispuesto por los artículos 37 y 38 del DecretoLey 133 de 1976, al Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, corresponde asesorar al Gobierno en la formulación de la política ambiental y colaborar en la coordinación de su ejecución cuando ésta corresponda a otras entidades. La administración y manejo del recurso hídrico corresponde al Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, salvo cuando esta función haya sido adscrita por la ley y otras entidades, en cuyo caso estas entidades deberán cumplir y hacer cumplir las disposiciones de este Decreto, en conformidad con la política nacional y las normas de coordinación que establezca el Instituto Nacional de los Recursos Naturales y del Ambiente, INDERENA. TÍTULO II

Del dominio de las aguas, cauces y riberas:

CAPÍTULO I Del dominio de las aguas 

Artículo 4º: En conformidad con lo establecido por los artículos 80 y 82 del Decreto-Ley 2811 de 1974, las aguas se dividen en dos categorías: aguas de dominio público y aguas de dominio privado. Para efectos de interpretación, cuando se hable de aguas, sin otra calificación, se deberá entender las de uso público.



Artículo 5º: Son aguas de uso público:

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a. Los ríos y todas las aguas que corran por cauces naturales de modo permanente o no b. Las aguas que corran por cauces artificiales que hayan sido derivadas de un cauce natural c. Los lagos, lagunas, ciénagas y pantanos d. Las aguas que estén en la atmósfera e. Las corrientes y depósitos de aguas subterráneas f. Las aguas y lluvias g. Las aguas privadas, que no sean usadas por tres (3) años consecutivos, a partir de la vigencia del Decreto-Ley 2811 de 1974, cuando así se declara mediante providencia del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, previo el trámite previsto en este Decreto h. Las demás aguas, en todos sus estados y formas, a que se refiere el artículo 77 del Decreto-Ley 2811 de 1974, siempre y cuando no nazcan y mueran dentro del mismo predio. 



Artículo 6º: Son aguas de propiedad privada, siempre que no se dejen de usar por el dueño de la heredad por tres (3) años continuos, aquellas que brotan naturalmente y que desaparecen por infiltración o evaporación dentro de una misma heredad. Artículo 10°: Haya objeto ilícito en la enajenación de las aguas de uso público. Sobre ellas no puede constituirse derechos independientes del fondo para cuyo beneficio se deriven. Por lo tanto, nula toda acción o transacción hecha por propietarios de fundos en los cuales existan o por los cuales corran aguas de dominio público o se beneficien de ellas en cuanto incluyan tales aguas para el acto o negocio de cesión o transferencia de dominio. Igualmente será nula la cesión o transferencia, total o parcial, del solo derecho al uso del agua, sin la autorización a que se refiere el artículo 95 del Decreto-Ley 2811 de 1974.

Uso agrícola, riego y drenaje. 

Artículo 68:  Las concesiones para uso agrícola y silvicultura, además de lo dispuesto por el Título II de este Decreto, deberán

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incluir la obligación del usuario de construir y mantener los sistemas de drenaje y desagüe adecuados para prevenir la erosión, revenimiento y salinización de los suelos. El Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del  Ambiente, INDERENA, podrá imponer además, como condición de la concesión la obligación de incorporarse a redes colectoras regionales y contribuir a los gastos de su construcción. Mantenimiento y operación.

TITULO V Reglamentación del uso de las aguas y declaración de reservas y agotamiento.

CAPÍTULO I Reglamentación del uso de las aguas. 





Artículo 107: El Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, con el fin de obtener una mejor distribución de las aguas de cada corriente o derivación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 156 y 157 del Decreto-ley 2811 de 1974, reglamentara cuando lo estime conveniente, de oficio o a petición de parte, el aprovechamiento de cualquier corriente o depósito de aguas públicas, así como las derivaciones que beneficien varios predios. Para ello se adelantará un estudio preliminar con el fin de determinar la conveniencia de la reglamentación, teniendo en cuenta el reparto actual, las necesidades de los predios que las utilizan y las de aquellos que puedan aprovecharlas. Artículo 108: Si del resultado del estudio a que se refiere el artículo anterior, se deduce la conveniencia de adelantar la reglamentación, el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del  Ambiente, INDERENA, así lo ordenará mediante providencia motivada. Artículo 109: Con el fin de hacer conocer a los interesados la providencia mediante la cual se ordena una reglamentación de aprovechamiento de aguas, el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, efectuará las

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siguientes publicaciones, por lo menos con diez (10) días de anticipación a la práctica de la visita ocular, así:

a. Copia de la providencia que indique la jurisdicción del lugar donde deben realizar las visitas oculares y se ordene la reglamentación se fijará en un lugar público de la oficina del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, y en la  Alcaldía o Inspección de Policía del lugar. b.  Aviso por dos veces consecutivas en el periódico de mayor circulación de la región, sobre el lugar y fecha de la diligencia; si existen facilidades en la zona se publicará este aviso a través de la emisora del lugar. 

Artículo 110:La visita ocular y los estudios de reglamentación de una corriente serán efectuados por funcionarios idóneos en la materia, y comprenderán cuando menos los siguientes aspectos: a. Cartografía b. Censo de usuarios de aprovechamiento de aguas c. Hidrometeorológicos d.  Agronómicos e. Riego y drenaje f. Socioeconómicos g. Obras hidráulicas h. De incidencia en el desarrollo de la región i. De incidencia ambiental del uso actual y proyectado del agua  j. Legales k. Módulos de consumo l. Control y vigilancia de los aprovechamientos.

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En todo caso, el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del  Ambiente, INDERENA, podrá determinar las características que debe contener cada uno de los aspectos señalados en consideración a la fuente y aprovechamiento de que se trata. 







Artículo 111: Con base en los estudios y visitas a que se refieren los artículos anteriores, se elaborará un proyecto de distribución de aguas. Este proyecto se comunicará a los interesados mediante aviso que se publicará por dos (2) veces con intervalo de diez (10) días entre uno y otro, en dos de los periódicos de mayor circulación en el Departamento o Municipio correspondiente, con el fin de que puedan presentar las objeciones que consideren pertinentes dentro de los veinte (20) días siguientes a la publicación del último aviso. Artículo 112: El aviso a que se refiere el artículo anterior se puede difundir por dos veces a través de la emisora del lugar con el mismo intervalo establecido en el artículo anterior. Artículo 113: Una vez expirado el término de objeciones el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, procederá a estudiarlas; en caso de que sean conducentes ordenará las diligencias pertinentes. Una vez practicadas estas diligencias y si fuere el caso reformado el proyecto, el Instituto Nacional de los Recursos Naturales y del Ambiente, INDERENA, procederá a elaborar la providencia de reglamentación correspondiente, y expedida ésta, su encabezamiento y parte resolutiva serán publicadas en el Diario Oficial. Artículo 114: Toda reglamentación de aguas afecta los aprovechamientos existentes, es de aplicación inmediata e implica concesiones para los beneficiarios quienes quedan obligados a cumplir las condiciones impuestas en ellas y sujetos a las causales de caducidad de que trata el Decreto-ley 2811 de 1974 y el presente Decreto.

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6. MARCO CONCEPTUAL 













Agropecuario: El término agropecuario es un término que se usa como adjetivo calificativo para designar a un tipo de actividad económica que se basa en la producción principalmente de alimentos a partir del cultivo y de la ganadería. Sistemas de riego: Se denomina Sistema de riego o perímetro de riego, al conjunto de estructuras, que hace posible que una determinada área pueda ser cultivada con la aplicación del agua necesaria a las plantas. Desertificación: La desertificación es un proceso de degradación ecológica en el que el suelo fértil y productivo pierde total o parcialmente el potencial de producción. Esto sucede como resultado de la destrucción de su cubierta vegetal,  de la erosión del suelo y de la falta de agua;  con frecuencia el ser humano favorece e incrementa este proceso como consecuencia de actividades como el cultivo y el pastoreo excesivos o la deforestación. Polímero: Compuesto químico, natural o sintético, formado por macromoléculas. (pág. 872) Floricultura: La floricultura es la disciplina de la horticultura orientada al cultivo de flores y plantas ornamentales en forma industrializada para uso decorativo. Los productores llamados floricultores, producen plantas para jardín, para su uso por jardineros, paisajistas, decoradores de interiores, venta de flores cortadas en floristerías o  florerías, para su uso final en florero. Horticultura: La horticultura es la ciencia, la tecnología y los negocios envueltos en la producción de hortalizas (es decir, de plantas herbáceas) con destino al consumo. Es un método utilizado para Hidroponía: cultivar  plantas usando disoluciones minerales en vez de suelo agrícola. Las raíces reciben una solución nutritiva equilibrada disuelta en agua con todos los elementos químicos esenciales para el desarrollo de las plantas, que pueden crecer en una solución mineral únicamente, o bien en un medio

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inerte, como arena lavada, grava o perlita, entre muchas otras. . La horticultura es la técnica del cultivo de plantas que se desarrollan en huertos. 

Zonas áridas: Terreno estéril, sin vegetación. (pág. 95)



Amorfo: Sin forma regular y precisa, no cristalizado. (pág. 60)



Forraje: Hierva que se da al ganado como alimento. (pág. 484)













Cultivo de tejidos: En su acepción amplia, el cultivo de tejidos vegetales se define como un conjunto muy heterogéneo de técnicas que presentan en común el hecho de que un explanto,  ósea, una parte separada del vegetal, tales como protoplastos, células, tejidos u órganos. Se cultiva asépticamente en un medio artificial de composición química definida y se incuba en condiciones ambientales controladas. Cada fragmento origina una planta idéntica a la que se le tomó el fragmento, aunque puede ser modificada genéticamente para tener variedades artificiales. Redundar: Rebosar, salirse una cosa de sus límites. (pág. 924) Eficaz: Se dice de la persona que lleva a cobo un proyecto, y de la cosa que contribuye a su realización. (pág. 393) Eficiente: Refiere a la habilidad de contar con algo o alguien para obtener un resultado. El concepto también suele ser equiparado con el de fortaleza o el de acción . Pecuario: Relativo al ganado. (pág. 838) Concesión de agua: En el permiso que otorga la autoridad ambiental competente a petición de parte para obtener el derecho al aprovechamiento de aguas de uso público.

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EMAR: Entidad Recurso Hídrico

Encargada

del

Manejo

y

Administración

Son las aguas residuales domésticas y que son el Aguas servidas: resultado de las actividades cotidianas de las personas. Por ejemplo, la que eliminamos a través de los lavaplatos, artefactos sanitarios, etc. Esta agua contiene cantidad de agentes contaminantes y gérmenes lo que obliga a evacuarlas de forma segura, tanto para las personas, como para el medio ambiente.



Aguas edáficas: Agua que circula o se encuentra en el suelo



Follaje: conjunto de hojas de árboles y plantas (pág. 482)











del

Aguas freáticas: Es el agua subterránea más cercana a la superficie, de gran importancia para el desarrollo de las plantas.  Agua subterránea que llena completamente los espacios abiertos entre las partículas de arena, grava, arcilla, limo y fracturas rocosas consolidadas. Se trata de aguas que pueden acumularse tanto en rocas sueltas porosas, como en rocas duras agrietadas que carecen de presión hidrostática y de las condiciones necesarias para ser ascendentes. Edafofauna: Indicador de calidad en un suelo cumulo phaozem sometido a diferentes sistemas de manejos en un experimento de larga duración. PAN: Plan de Acción Nacional de Lucha Contra la Desertificación y la Sequía en Colombia. SINA: Sistema Nacional Ambiental INDERENA: Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del  Ambiente.

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7. INSTRUMENTOS DE RECOLECCION DE INFORMACION 7.1 FORMATO DE ENCUESTA OBJETIVO: La presente encuesta tiene como fin indagar y conocer el índice de aceptabilidad que puede tener el producto ofertado. PARA CONTRARRESTAR LA SEQUIA PRESENTAMOS LA LLUVIA SOLIDA SOLI-AQUA

1. Qué sistema de riego utiliza actualmente para sus cultivos a) Por aspersión b) Por goteo c) Por manguera d) Otra Cual? ___________________________ 2. Había usted escuchado sobre la lluvia sólida? a) Si b) No 3. Como califica usted esta alternativa de solución a la escasez de agua lluvia? a) Buena b) Mala c) Regular 4. Cree usted que esta alternativa ayudaría en el rendimiento de sus cultivos? a) Si b) No Porque? __________________________________________________

5. Con la información dada usted implementaría este producto en sus actividades agrícolas? a) Si b) No Porque? __________________________________________________

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6. Recomendaría este producto a otros agricultores? a) Si b) No

Porque? _______________________________________

7.2 TABULACION DE LA ENCUESTA PARA CONTRARRESTAR LA SEQUIA PRESENTAMOS LA LLUVIA SOLIDA SOLI-AQUA

1. Qué sistema de riego utiliza actualmente para sus cultivos e) Por aspersión f) Por goteo g) Por manguera h) Otra Cual? __________________________ RESULTADOS TIPOS DE RIEGO Por aspersión 2 Por goteo 0 Por manguera 2 OTRA 1

GRAFICA

TIPOS DE RIEGO Por aspersión

Por goteo

Por manguera

OTRA

20% 40%

40%

0%

30

Fuente: Actores Las personas encuestadas utilizan como sistema de riego principalmente el de aspersión y el de manguera. 2. Había usted escuchado sobre la lluvia sólida? c) Si d) No

RESULTADOS HABIA USTED ESCUCHADO SOBRE LA LLUVIA SOLIDA SI

0

NO

5

GRAFICA

¿HABIA USTED ESCUCHADO SOBRE LA LLUVIA SOLIDA? SI

NO

0%

100%

Fuente: Actores Las personas encuestadas aseguran que no han escuchado hablar de la Lluvia solida

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3. Como califica usted esta alternativa de solución a la escasez de agua lluvia? d) Buena e) Mala f) Regular RESULTADOS COMO CALIFICA USTED ESTA ALTERNATIVA DE SOLUCION A LA ESCASEZ DE AGUA LLUVIA BUENA 4 MALA 0 REGULAR 1

GRAFICA

¿COMO CALIFICA USTED ESTA ALTERNATIVA DE SOLUCION A LA ESCASEZ DE AGUA LLUVIA? BUENA

0%

MALA

REGULAR

20%

80%

Fuente: Actores Las personas encuestadas califican la alternativa como buena.

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4. Cree usted que esta alternativa ayudaría en el rendimiento de sus cultivos? c) Si d) No RESULTADOS CREE USTED QUE ESTA  ALTERNATIVA AYUDARIA EN EL RENDIMIENTO DE SUS CULTIVOS SI 4 NO 1

GRAFICA

¿CREE USTED QUE ESTA ALTERNATIVA AYUDARIA EN EL RENDIMIENTO DE SUS CULTIVOS? SI

NO

20%

80%

Fuente: Actores Las personas creen que la alternativa ayudaría en el rendimiento de sus cultivos

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5. Con la información dada usted implementaría este producto en sus actividades agrícolas? c) Si d) No RESULTADOS CON LA INFORMACION DADA USTED IMPLEMENTARIA ESTE PRODUCTO EN SUS  ACTVIDADES AGRICOLAS SI 4 NO 1

GARFICA ¿CON LA INFORMACION DADA USTED IMPLEMENTARIA ESTE PRODUCTOEN SUS ACTIVIDADES AGRICOLAS? SI

NO

20%

80%

Fuente: Actores Las personas encuestadas aseguran que con la información dada implementarían la Lluvia sólida en sus cultivos.

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6. Recomendaría este producto a otros agricultores? c) Si d) No RESULTADOS RECOMENDARIA ESTE PRODUCTO A OTROS  AGRICULTORES SI 4 NO 0

GRAFICA

¿RECOMENDARIA ESTE PRODUCTO A OTROS AGRICULTORES? SI

NO

0%

100%

Fuente: Actores Las personas encuestadas recomendarían el producto a otros agricultores

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8. MATRIZ DOFA DOFA: Elaboramos el análisis de las Debilidades, Oportunidades, Fortalezas y Amenazas que puede presentar el desarrollo del proyecto y la fabricación del producto.









DEBILIDADES Falta de interés y adquisición del producto por parte de los agricultores. No encontrar la materia prima en Sogamoso para la elaboración del producto. No contar con la aprobación de las fuentes de financiamiento para el desarrollo del proyecto. Origen de nuevos competidores que oferten mejor el producto.

FORTALEZAS Que haya una buena demanda del producto. Que el producto se oferte a nivel Boyacá.   Tener el apoyo de personal idóneo para el transcurso del proyecto. Creación de empresa competitiva a mediano plazo. Incremento de los activos para la sostenibilidad del equipo trabajo. Innovación del producto actual y creación de nuevas alternativas de P.M.L enfocadas al sector agropecuario.





OPORTUNIDADES Mejora en la calidad y cantidad de los productos agrícolas Aumento de recursos económicos para el sector agropecuario. Disminución en la pérdida de cosechas en tiempos de sequía. Reducción en el consumo excesivo de agua   Deflación en la compra de fertilizantes













AMENAZAS Que los agricultores no cuenten con los recursos necesarios para la adquisición del producto









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9. ASIGNACION DE ACTIVIDADES Para el desarrollo del proyecto se deben hacer una serie de actividades para obtener el producto final, las cuales se describen a continuación y se delegan a cada socio:     

Adquisición de materias primas e instrumentaría ( Ángela Merchán) Elaboración y embalaje del Producto (Equipo de trabajo) Comercialización del producto (John Martínez) Distribución del producto ( John Martínez) Establecer publicidad y estrategias de Marketing ( Paola Ramírez)

.

10. ANALISIS DEL SECTOR El sector agropecuario tiene como función producir tanto alimentos como materias primas para satisfacer las demandas de los mercados interno y externo. Esta producción está en función de 2 factores: el crecimiento de la población y el comportamiento del ingreso personal disponible destinado para la alimentación o consumo de los productos resultantes de la materia prima producida por el sector. Con el paso del tiempo y el desarrollo de la economía colombiana el sector agropecuario ha perdido relevancia drásticamente hasta el punto de representar tan solo un 6.34% del PIB colombiano. “Por locomotora se entiende que el sector agropecuario y rural alcanzará un

crecimiento sostenido de la producción, por encima del promedio nacional, de forma tal que se generen riqueza, empleos de calidad y beneficios para la economía en materia de encadenamientos productivos con otros sectores”. (Departamento Nacional de Planeación, 2011).

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11. ANALISIS DE MERCADO 11.1 MARCA: SOLI-AQUA 11.2 ESLOGAN: ““Puedes sembrar, en tiempos de no regar” 11.3 LOGO:

11.4 TARJETA:

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12. POLITICAS DE VENTA 





El producto será vendido a todo tipo de personas las cuales estén interesadas en adquirirlo y emplearlo en actividades de agricultura,  jardinería y producción de alimento para animales pecuarios La venta del producto a particulares será de contado y al por mayor se hará un descuento No se entregara ningún producto antes de estar cancelado.

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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

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BIBLIOGRAFIA



Julio Paredes, Diccionario Enciclopédico. Colombia, 1998 Editorial Norma S.A. Páginas 872, 95, 60, 484, 924, 393, 838 y 482.

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