PROYECTO - Junior Villavicencio Colquehuanca

February 19, 2019 | Author: JAFUTT001 | Category: Taxes, State (Polity), Política, Government, Sociedad
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UNIVERSIDAD ANDINA DE CUSCO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA Carrera Profesional de Derecho

ESTRATEGIAS PARA MEJORAR LOS NIVELES DE LA RECAUDACION DEL



IMPUESTO PREDIAL EN LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO S ANTIAGO - CUSCO



(Aplicado en el periodo 2013 - 2014)

Proyecto de Tesis

Tesistas:

Junior Villavicencio Colquehuanca

Profesor:

Isaac Enrique Castro Cuba Barineza PhD.

Cusco, enero del 2014

ÍNDICE DEL PROYECTO

CAPITULO I 1. EL PROBLEMA 1.1

Planteamiento del Problema

1.2

Formulación Formulaci ón del Problema 1.2.1 Problema principal 1.2.2 Problemas secundarios

1.3

Objetivos de la investigación 1.3.1 Objetivo general 1.3.2 Objetivos específicos

1.4

Justificación Justific ación de la Investigación

1.5

Delimitación Delimitac ión del Estudio

CAPITULO II 2. MARCO TEÓRICO 2.1

Antecedentes de la Investigación

2.2

Bases Teóricas

2.3

Definiciones Definicio nes de términos

2.4

Variables / categorías de estudio

2.5

Sistema de Hipótesis / Hipótesis de trabajo

CAPITULO III 3. METODOLOGÍA

CAPITULO I

1. EL PROBLEMA

1.1 Planteamiento del Problema En la actualidad se viene suscitando un problema eminentemente de carácter social y económico, ya que afecta a todo un distrito en el marco del desarrollo económico, sociológico, nos referimos a la recaudación tributaria y se caracteriza por desarrollar los servicios a favor de la población.

La no contribución por parte de todos los ciudadanos afecta al conjunto de manera que la municipalidad de Santiago establecerá niveles para mejorar la recaudación, de acuerdo a la ley, que no se pueda perder a los ciudadanos (contribuyentes), por lo general deben de cumplir con su contribución que es utilizado e invertidos en su adecuada administración en métodos tecnificados, de dicho recurso legalmente, no lo hacen, no pagan impuestos y no permiten el desarrollo de las comunidades donde se produce el crecimiento y desarrollo.

Los no contribuyentes al dejar de realizar estos actos no se podrá realizar los trabajos municipales, y las municipalidades al desconocer las leyes que generan tributos a la municipalidad al carecer de una estructura para realizar todo tipo de recaudación será una perdida no solo para un distrito en desarrollo y crecimiento será para todos los que conforman dicho distrito.

Por ende, lo que se busca con esta investigación es contribuir a la desarrollar estrategias de contribución tributaria, con el fin de brindar y que experimente el ciudadano una particular felicidad al pago de su impuesto, así como también contribuir y brindar con respecto a la municipalidad de dar un buen uso a los impuestos de los contribuyentes. Dado que también el ciudadano compruebe cotidianamente su utilidad del impuesto.

1.2 Formulación del Problema 1.2.1 Problema principal ¿Establecer estrategias que proporcionen mejorar los niveles de recaudación tributaria del impuesto predial en las municipalidades?

1.2.2 Problemas secundarios

1º  ¿Qué procedimientos realizan respecto de la recaudación del impuesto predial en las Municipalidades?

2ª ¿Qué factores dificultan a las municipalidades el cobro del impuesto predial?

3º  ¿Qué beneficios se pueden obtener al implementar estrategias para mejorar la recaudación del impuesto predial en las municipalidades?

1.3 Objetivos de la investigación

1.3.1 Objetivo general

Determinar si la estrategia que se proporcionen mejoren los niveles

de

la

recaudación

del

impuesto

predial

en

las

municipalidades.

1.3.2 Objetivos específicos 1º Analizar los procedimientos que realizan para la recaudación del impuesto predial en las municipalidades.

2º Determinar los factores que dificultan a las municipalidades el cobro del impuesto predial.

3º Determinar los beneficios que se podrían obtener al implementar estrategias para mejorar la recaudación del impuesto predial en las municipalidades.

1.4 Justificación de la Investigación

El presente estudio que pretendo realizar se justifica por las siguientes razones: a) Conveniencia Es conveniente realizar esta investigación, por tratarse de un problema que amerita el interés por parte de la municipalidad en buscar una adecuada solución al problema de la recaudación del impuesto predial. b) Relevancia Social Tiene relevancia de carácter social porque afecta a todo un distrito, debido a la falta de educación tributaria así como a las normas legales por parte de los contribuyentes que se dedican a todo tipo de actividades, por ende todo ello desencadena en un grave problema social que necesita ser atendido de manera urgente. c) Implicaciones practicas Lo que se busca con la presente investigación es concientizar a las personas que poseen bienes inmuebles realizar el pago correspondiente del impuesto predial para que puedan entrar en el camino del progreso y desarrollo de nuestro distrito, por ello existirá estrategias prácticas que nos ayudara a poder resolver el problema.

d) Valor teórico De igual manera se pretende conocer la realidad de los vecinos económica como social, así como también la situación con respecto a la legalidad en que se encuentran actualmente los contribuyentes como el contexto que los rodea.

e) Utilidad Metodológica Considero que los resultados de la presente investigación pueden motivar y aportar información para estudios jurídicos posteriores los cuales pueden ser abordados en diversos puntos de vista que complementen al presente estudio.

1.5 Delimitación del Estudio 1.5.1 Delimitación espacial El ámbito geográfico de la presente investigación se realizara dentro del contexto del distrito de Santiago, aunque tengamos que ahondar más en lugares donde existe la mayor fuente de contribución.

1.5.2 Delimitación temporal La presente investigación se llevara a cabo en el presente año 2013 a 2014 y los análisis que realicemos lo haremos con las normas que se encuentren vigentes.

1.5.3 Delimitación social

La investigación estará dirigida a toda la población del distrito de Santiago, en particular a todos los posibles contribuyentes.

CAPITULO II

2. MARCO TEÓRICO

2.1

Antecedentes de la Investigación

2.1.1 Tesis

Antecedente 1º

El primer antecedente de mi investigación lo constituye la tesis que lleva como título “ LA EDUCACION TRIBUTARIA COMO SOLUCION  A LA BA JA RE CA UD AC IO N FI SC AL EN ME XI CO ”. El autor es

SALVADOR NIETO DUEÑAS, quien presento dicha investigación en Guanajuato, Gto., Agosto 2003.

i.

Pero lo cierto es que invariablemente se tiene que realizar. La SHCP ha mantenido el interés desde hace mucho tiempo para incluir temas de impuestos en los libros de texto, cosa que hasta la fecha no se ha hecho. Tal vez no se ha concretizado por los cambios políticos que se presentan constantemente.

ii.

En la respuesta se pudo observar que, a medida que avanzan de grado, los estudiantes van formando un rechazo al pago de impuestos que, por su edad, no es más que el reflejo de lo que escuchan en la televisión, puesto que es este el medio donde los alumnos han escuchado sobre los impuestos.

Es necesario tomar en cuenta que “El capital humano más precioso

es la niñez y la juventud... Transitando su periodo de formación, constituyen la permanente oportunidad de la sociedad para mejorar el futuro en la medida que ella misma lo logre, ofrecer mejores condiciones de educación, de desarrollo y de civismo...” .

Antecedente 2°

El segundo antecedente de mi investigación lo constituye la tesis que lleva como título “ ESTRATEGIAS ADMINISTRATIVAS PARA OPTIMIZAR LA RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULO. ” .

Las autora es T.S.U. María Adriana Medina, quien presentaron dicha investigación en la

Universidad de los Andes Facultad de Ciencias

Economicas y Sociales Mérida, Mayo de 2011.

i.

La experiencia estudiada en el proceso actual de recaudación del impuesto sobre vehículo muestra que existen vacios de información, ausencia de un sistema estructurado y falta de organización en cuanto al tema de recaudación se refiere. En el caso objeto de este estudio se pone de manifiesto que a través de la demanda expresada por parte de la autora ocurre una apertura de los límites dentro de los cuales se encuentra el proceso de recaudación del Impuesto sobre Vehículo, esta apertura permite que dicho sistema pueda ir organizándose en otras posibles alternativas para solventar las carencias en un contexto de colaboración y cambio.

ii.

El sistema de recaudación planteado en las estrategias administrativas, ha de estar basado en un acuerdo entre los funcionarios del SAMAT y los contribuyentes de manera tal que se permita una serie de intercambios con el fin de alcanzar unos objetivos comunes.

iii.

Por último cabe señalar que la metodología del estudio de casos ofrece un modelo de investigación especialmente útil. La complejidad de situaciones en las que se tiene que intervenir precisa de un análisis con profundidad de una situación determinada por la que atraviesa una organización gubernamental en un contexto concreto, premisas fundamentales que contempla el enfoque del estudio de caso. La diferencia de esta investigación con la que pretendo realizar está en el objeto de estudio ya que nuestra investigación se centra en el mejoramiento

de

los

niveles

de

recaudación

en

general

y

consecuentemente de acuerdo a ley.

Antecedente 3°

El tercer antecedente de mi investigación lo constituye la tesis que lleva como título “REINGENIERÍA Y GESTIÓN MUNICIPAL” . El autor de la tesis es Juan victoriano castillo maza, quien presento dicha investigación en la Universidad Nacional Mayor De San Marcos, en el año 2004.

i.

La decisión política de poner en marcha el proceso de transformación más profunda de la administración del municipio tomada por la Gestión Municipal de Rosario, Argentina, le ha permitido afrontar nuevos desafíos a finales del siglo pasado y en el presente siglo, transformándolo en un municipio moderno y eficiente y un ejemplo para otras ciudades de la  Argentina y del MERCOSUR.

ii.

El esquema típico del proceso de modernización de la Municipalidad de Rosario, Argentina, basado en la Reingeniería de procesos, permitió desarrollar un Sistema de Información Urbana para la toma de decisiones, soportado por tecnología GIS, Global Information Systems y una Red de

Intranet Municipal; una adecuación edilicia; una red metropolitana y redes locales de comunicaciones de voz y datos; una transformación de la cultura organizacional de los empleados municipales y mejorar el servicio al ciudadano con un trabajo de calidad y mejora continua, para medir la eficiencia de los Centros Municipales de Distrito.

La reingeniería en la gestión de los gobiernos locales permite optimizar la prestación de los servicios municipales en beneficio de los ciudadanos, racionalizando procesos, integrando las diferentes áreas funcionales a través de los Sistemas de Información Gerencial, estableciendo canales de comunicación directa con los vecinos. .

2.1.2 Monografías Monografía 1º La primera monografía titula “  ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL”, el

autor es Paul Amoretti Ismodes.

En el referido trabajo el autor refiere que las Municipalidades son los Órganos del Gobierno Local y emanan de la voluntad popular, representan al vecindario y promueven la adecuada prestación de los servicios públicos. La jurisdicción Municipal se divide en tres: Provincial, Distrital y de Centro Poblado Menor. La Administración Tributaria Municipal los Gobiernos Locales está facultados para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasa, exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala ley; más no así con los impuestos. La Administración tributaria, constituye el principal componente ejecutor del sistema tributario y su importancia está dada por la actitud que adopte para aplicar las normas tributarias. Son impuestos creados a favor de las municipalidades: el impuesto predial, el impuesto de alcabala, impuesto al patrimonio automotriz, a las apuestas, a los juegos y a los espectáculos públicos. Asimismo, son ingresos

municipales: las contribuciones especiales por obras públicas, las tasas y el fondo de compensación municipal.

Monografía 2ª

La segunda monografía titula “ SISTEMA TRIBUTARIO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA-HUACHO ”  el

autor es CPC

Castro Ramos, Jose Luis. En dicho trabajo el autor formula en el desarrollo de la presente monografía, tiene por finalidad revertir gradualmente el sistema desfasado y obsoleto que emplea la entidad municipal para recaudar los tributos que administra, implementando un conjunto de opciones para modernizar la  Administración Tributaria Municipal, a fin de hacerla eficiente y dinamizar su funcionamiento, lo que le permitirá tener información oportuna y confiable de los contribuyentes que incumplen con el pago de sus obligaciones tributarias en forma consecutiva y diseñar los mecanismos de recuperación de las deudas acumuladas por más de un periodo o año. .

2.1.3 Artículos especializados Artículo 1º El primer artículo especializado lo constituye el artículo “ FORMACIÓN PARA LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL BASADA EN LA PARTICIPACIÓN POPULAR PROTAGÓNICA” .

El autor es Porras Medina,

 Ada Crisey, González Silva, Humberto J., quien plasmó dicho artículo en la Revista Venezolana de Gerencia (RVG), Que fue publicado en el Año 13. Nº 44, 2008, 595 - 615.

Este artículo busca aborda la tarea de establecer referentes para la formulación de propuestas de formación para los funcionarios municipales en Venezuela, en función de la transformación de la administración de este nivel de gobierno bajo el principio de la participación popular protagónica. Para ello se realiza una revisión bibliográfica dirigida a establecer sentidos y dimensiones de la participación, a la aclaración de términos fundamentales para una propuesta formativa en el contexto venezolano, y que, asimismo, permite establecer las debilidades de la formación para la participación, generalmente centrada más en las comunidades que en los funcionarios, más en los contenidos que en las personas, desarticulada y con escasos recursos de apoyo.

Artículo 2º El segundo artículo especializado lo constituye el artículo EL PROCEDIMINTO DE EJEUCION COACTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL Y LOS GOBIERNOS LOCALES” .

El autor Dr. Percy

Eduardo Paredes Gonzales, quien plasmó dicho artículo en REVISTA ELECTRÓNICA de la Universidad de San Martin de AÑO 2007 N° 1. iii.

El autor en este artículo indica el esquema de distribución del Poder tributario en la constitución, para delimitar los alcances de la potestad tributaria en los tres Niveles Gobiernos; en un orden de creación, modificación o supresión de tributos, un somero recuento del marco legal que disciplina el régimen tributario y se reseña la Jurisprudencia  Administrativa y Judicial que consideramos más representativa sobre el estado en la cuestión respecto a la materia, también trata de temas respecto al Procedimiento de Ejecución Coactiva en General en los diferentes niveles del estado, lo que de la lectura de este trabajo se formulan muchos aspectos, apreciaciones, criticas de la manera como, el ente del Estado e incluso las Municipalidades vienen aplicando las normas del código tributario que regulan las relaciones entre la administración

tributaria y los contribuyentes, lo que en los últimos años se han puesto en evidencia que gran parte del Gobierno Local lamentablemente aplican de manera incorrecta.

2.2

Bases Teóricas

2.2.1 Gobiernos locales

La Municipalidad es por definición el órgano nato del gobierno local y tiene autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia, cuya finalidad esencial es la calidad de vida de sus habitantes.

Esta

responsabilidad

puede

ejercerla

directamente

o

promoviendo la actuación de la colectividad a favor de ese desarrollo. El municipio es una entidad administrativa que puede agrupar una sola localidad o varias; pudiendo hacer referencia a una ciudad, pueblo o aldea, o a una agrupación de los mismos. Tiene sus orígenes en la convivencia social, familias que necesitaban reunirse para cubrir necesidades comunes consistentes en servicios, deben reunirse y así lo hacen para alcanzar este fin. La necesidad de congregarse ha dado nacimiento al gobierno comunal, cuya labor se ha proyectado a través de la historia, influyendo en forma definitiva sobre los caracteres de los pueblos y sobre la organización de sus pueblos. Para Ruiz el municipio es: “Una comunidad   de personas preferentemente de familias situadas en un mismo territorio, para la satisfacción de las necesidades originadas de las relaciones de vecindad” 1. Posada (1993) lo identifica del modo siguiente: “comunidad de vida

territorial – espacial, tiene c omo contenido propio, natural y distinto”.

1

Ruiz, E. (1998). Derecho Tributario Municipal. Caracas: Edición Libra. 87

2.2.1.1 Origen Los estudiosos establecen que sólo existen 02 corrientes o modelos teóricos que sustentan el origen del municipio, estos son: El modelo clásico-aristotélico y el modelo contractualista o ius-naturalista. 2.2.1.1.1.- El modelo clásico-aristotélico

"El modelo clásico parte de una concepción históricosociológica del estado, cuyo origen se ubica en la polis o ciudad, a partir de la cual en una suerte de evolución natural se va pasando por diferentes etapas -de las más primitivas a las más evolucionadas- hasta llegar a la sociedad más perfecta que es el estado. La familia es presentada como la primera forma de sociedad natural, como la célula básica del estado, y los individuos aparecen -desde el origen- integrados en sociedad a través de lazos orgánicos. Esta concepción plantea como fundamento del poder

político

el

derecho

natural.

El

estado

sería

la

desembocadura natural y -en consecuencia- necesaria de la asociación de familias, aldeas y ciudades. De manera que el principio de legitimación de la sociedad política es el estado de necesidad o la misma naturaleza social del hombre.

2.2.1.1.2.- El modelo contractualista o ius-naturalista Esta escuela gozó de gran predicamento en nuestro continente como consecuencia de la difusión de la obra de Tocqueville, la democracia en América, donde se decía al estudiar las instituciones municipales de Norteamérica a principios del siglo pasado: "Ésta (la comuna) es la única asociación que existe también en la naturaleza, que donde quiera que se encuentren

hombres reunidos se forma por sí misma una comuna", y agregaba, condensando el concepto: "El hombre forma los reinos y establece las repúblicas; la comuna parece surgir de Dios" (). "El modelo ius-naturalista -cuyo primer exponente es Hobbes en el siglo XVII- intenta romper con el modelo clásico vigente durante toda la edad media, dando lugar a una nueva teoría del estado en la que se inscriben diferentes pensadores de las más variadas ideologías. Así Hobbes inicia la reformulación de dicho modelo desde una perspectiva netamente conservadora, posteriormente Locke lo retoma representando a uno de los principales exponentes del liberalismo político y más tarde Rousseau desde una óptica que algunos autores denominan democrática o revolucionaria. El principio de unificación de pensadores tan diversos radica en la utilización de un método racional y demostrativo, y en la construcción de un modelo lógico en donde el origen del estado ya no es la familia ni la polis, sino un pacto concertado entre individuos libres e iguales. Esta concepción racionalista del origen del estado plantea que éste se funda en la concertación de un contrato, oponiéndose a un estado de naturaleza donde sólo se encuentran los individuos aislados con ciertos derechos innatos. Lo único natural son estos derechos individuales que, a través del contrato, el estado se compromete a garantizar y proteger. No existe ningún derecho natural que fundamente el origen del estado, sino que éste será un producto artificial, lógico y racional donde su principio de legitimidad radica en el consenso. Esta es una

concepción

esencialmente

legalista

que

acompaña

históricamente el nacimiento del estado moderno. El estado de derecho establece la supremacía de la ley por encima del derecho consuetudinario sustentado por el poder tradicional1" ().

2.2.1.2 Naturaleza

La naturaleza del municipio es el sustento en la que se cimienta el municipio, es la condición y especificación de la institución municipal. Es de suma importancia su implicancia "no sólo por su interés teórico vale decir por la curiosidad intelectual que lleva a resolverlo, sino por la proyección práctica que deriva del tipo de solución que se adopte en orden a la estructura y a las actividades delas instituciones municipales”. Cabe señalar ademá s, que al hablar de la naturaleza del

municipio, estamos hablando de diversas corrientes filosóficas y sociológicas que pretenden definirla de diversa forma, pero dentro de estas las más importantes son las denominadas escuelas, las mismas que son la Escuela Iusnaturalista y la Escuela Legalista.

2.2.1.3 Autonomía municipal

Este criterio de autonomía municipal es de suma importancia para la consecución exitosa de un gobierno municipal, acorde con los requerimientos sociales que solicitan los pueblos dentro de una nación. Como ha de entenderse toda nación tiene soberanía a nacional, mientras que los municipios sólo tienen autonomía, por lo que es necesario definir que es autonomía municipal, precisamente para encuadrar dos temas que por su naturaleza son distintas. “Se entiende que autonomía es "aquella facultad que posee una población para dirigir sin tutela extraño los intereses específicos de su vida interna, que puede expresarse en la creación de instituciones políticas propias para los espacios donde conviven. Estado y condición del pueblo que goza de entera independencia política. Condición del individuo que de nadie depende bajo ciertos conceptos. Potestad que dentro del Estado pueden gozar los municipios, provincias, regiones u otras entidades de él", para regir intereses peculiares de su vida interior, mediante normas y órganos de gobiernos propios ”. "La doctrina ha determinado cuatro

principios básicos que hacen a la autonomía municipal, ninguno de las cuales pueden ser suprimidos sin perjuicio de la integridad de dicho poder; estos son: a)elección de sus propias autoridades y potestad normativa para producir legislación municipal(autonomía política); b) organización de los servicios públicos locales y prestación de tales servicios (autonomía administrativa); c) creación de rentas e inversión de las mismas (autonomía financiera); y d) garantí a de que sólo  judicialmente podrán impugnarse las resoluciones y demás actos de sus autoridades realizadas en el ejercicio de sus funciones que a éstas le son propias(garantía judicial de la autonomía)".Es importante determinar la existencia de estos requisitos esenciales para una verdadera autonomía municipal, no sin antes ser conscientes de que en nuestro país, donde las capitales de las regiones tienen arraigado el centralismo económico, esto ha generado mucha dependencia en los municipios provinciales y distritales. En tal sentido es necesario implementar una verdadera autonomía municipal, donde se señalen los lineamientos primarios de la autonomía política, administrativa y, financiera, que permita el desarrollo municipal, donde se garantice  judicialmente esta autonomía. Lógicamente, siempre se deberá considerar que la autonomía municipal, está sujeta a la supervisión permanente de la población, las entidades públicas supervisoras y la sociedad civil organizada, que para tal fin existen, como son: La Contraloría General de la República y las ONG"S (Organismos no Gubernamentales de Desarrollo). En tal sentido y como una verdadera descentralización, la autonomía municipal cobra por así decirlo importancia indiscutible, en tanto se transforma en el motor que impulsa, la generación de desarrollo en los municipios provinciales y distritales más alejados del País. Las Municipalidades en el Perú tienen tres autonomías específicas: Autonomía Económica, Autonomía Política y Autonomía Administrativa. Pero que entendemos por autonomía, según manifiesta el Diccionario Anaya de la Lengua "es la capacidad para gobernarse por sí mismo; Independencia. Capacidad de una provincia o región para entender y manejar su sistema económico, político, administrativo, etc., sin injerencias del poder central”.

2.2.2 El impuesto predial

El impuesto predial es de periodicidad anual y grava el valor de los predios urbanos y rústicos.

Para efectos del impuesto se considera predios a los terrenos, incluyendo los terrenos ganados al mar, a los ríos y a otros espejos de agua, así como las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes de dichos predios, que no pudieran ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificación.

La

recaudación, administración y fiscalización del impuesto

corresponde a la municipalidad distrital donde se encuentre ubicado el predio. El 5 % del rendimiento del impuesto está destinado exclusivamente a financiar el desarrollo y mantenimiento del catastro distrital, así como a las acciones que realice la administración tributaria, destinadas a reforzar su gestión y mejorar la recaudación. De otro lado, el 3/1000 del rendimiento del impuesto está destinado a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, entidad que absorbió al Consejo Nacional de Tasaciones. 2.2.2.1

Sujetos obligados a pagar el impuesto predial Todas las personas que son propietarias de un predio tienen que cumplir con el pago del impuesto predial. Los predios son las edificaciones  –  casas o edificios –  y también los terrenos. Todas las personas o empresas propietarias de un predio, cualquiera sea su naturaleza tienen que pagar el impuesto predial 2. Cuando la existencia

2

  De acuerdo al artículo 9 de la Ley de Tributación Municipal, excepcionalmente, se considerará como sujetos pasivos del impuesto a los titulares de concesiones otorgadas al amparo del Decreto Supremo Nº

del propietario no puede ser determinada, están obligados al pago de este impuesto los poseedores o tenedores, a cualquier título, de los predios afectos, pudiendo reclamar el pago a los respectivos contribuyentes.

2.2.2.2

¿Cómo se calcula el impuesto predial? Para hacer este cálculo hay que tener en cuenta lo siguiente:

a) La base imponible para la determinación del impuesto está constituida por el valor total de los predios del contribuyente ubicados en cada jurisdicción distrital. Para ello, se valoriza el terreno, la edificación y las obras complementarias utilizando como referencia los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificación vigentes al 31 de octubre del año anterior y las tablas de valores de construcción y de depreciación por antigüedad y estado de conservación, que aprueba anualmente el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial. A la del valor resultante se le denomina “autovalúo”.

b) En el caso de terrenos que no han sido considerados en los planos básicos arancelarios oficiales, el valor de los mismos se estima por la municipalidad respectiva, o en defecto de ella, por el o la contribuyente, tomando en cuenta el valor arancelario más próximo a un terreno de iguales características.

2.2.2.3

¿A partir de cuándo se debe pagar el impuesto predial?  A partir del 1 de enero del año a que corresponde la obligación tributaria. Cuando se efectúe cualquier transferencia, el adquirente asumirá la condición de contribuyente a partir del 1 de enero del año siguiente de producido el hecho.

059-96-PCM, Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, sus normas modificatorias, ampliatorias y reglamentarias, respecto de los predios que se les hubiesen entregado en concesión, durante el tiempo de vigencia del contrato.

2.2.2.4

¿Cómo se calcula la base imponible del impuesto predial? La base imponible para la determinación del impuesto está constituida por el valor total de los predios del contribuyente ubicados en cada jurisdicción distrital. A efectos de determinar el valor total de los predios, se aplicará los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificación vigentes al 31 de octubre del año anterior y las tablas de depreciación por antigüedad y estado de conservación, que formula el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA y aprueba anualmente el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial. En el caso de terrenos que no hayan sido considerados en los planos básicos arancelarios oficiales, el valor de los mismos será estimado por la Municipalidad Distrital respectiva o, en defecto de ella, por el contribuyente, tomando en cuenta el valor arancelario más próximo a un terreno de iguales características.

2.2.2.5

¿Cuáles son las formas de pago del Impuesto Predial? El impuesto podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas:  Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año. En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, debiendo ser

reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), por el período comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago.

2.3

Definición de términos

Base Imponible Capacidad susceptible de una expresión cuantitativa, definida por la ley que mide, alguna dimensión económica del hecho imponible y que debe aplicarse a cada caso concreto a los efectos de la liquidación del impuesto. Valor numérico sobre el cual se aplica la alícuota del impuesto. Cantidad neta en relación con la cual se aplican las tasas de impuesto. Capacitación Es toda acción organizada y evaluable que se desarrolla en una empresa para modificar, mejorar y ampliar los conocimientos, habilidades y actitudes del personal en conductas produciendo una cambio positivo en el desempeño de sus tareas. Contribuyente  Aquel sujeto pasivo respecto del cual se verifica el hecho imponible. Dicha condición puede recaer en las personas naturales, personas jurídicas, demás entes colectivos a los cuales otras ramas  jurídicas atribuyen calidad de sujeto de derecho y entidades o colectividades que constituyan una unidad económica, disponga de patrimonio y de autonomía funcional.

Cultura Tributaria Se Conocimientos, creencias, percepciones actuales sobre un tema o propósito social.

Exoneración Es La dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria, concedida por el poder ejecutivo en los casos autorizados por la ley.

Fiscalización Comprende todas las medidas adoptadas para hacer cumplir las leyes y los reglamentos fiscales por los contribuyentes. Proceso que comprende la revisión, control y verificación que realiza la Administración Tributaria a los contribuyentes respecto de los tributos que administra, para verificar el correcto cumplimiento de sus obligaciones. Impuesto Prestación

monetaria

directa,

de

carácter

definido

y

sin

contraprestación, recabada por el estado de los particulares, de forma compulsiva y de acuerdo a reglas fijadas, para financiar servicios de interés general u obtener finalidades económicas o sociales. Ordenanzas Se refiere al conjunto de preceptores o normas referentes a una materia en el ámbito municipal.

Recaudación  Actividad desarrollo por la Administración Tributaria consistente en la percepción de las cantidades debidas por los contribuyentes, como consecuencia de la aplicación de las diferentes figuras impositivas vigentes en el país. Tributo Municipal Tributos que el Poder Municipal exige a los contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto público.

2.4

Categorías de Estudio Considerando que la

presente investigación es de carácter

cualitativo, las variables quedan establecidas de la siguiente manera:

Categorías temáticas Categoría 1º Mejorar la recaudación del impuesto predial

Categoría 2º Las municipalidades

Subcategorías 1. Contenidos. 2. Alcances de la propuesta. 3. Vía para la sistematización.

1. Características. 2. Competencia. 3. Autonomia.

2.5

Hipótesis El establecer estrategias que proporcionen mejorar los niveles de recaudación tributaria del impuesto predial

en las municipalidades,

contribuye positivamente a un desarrollo económico-social.

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