Proyecto Integrador 4

February 13, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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 Alumna: Nombre Viridiana Arroyo Moreno Escuela: Universidad Abierta y a Distancia de México Grupo: DE-DEPFL-2002-M16-007 Profesora: Lic. Maricela Patiño Pérez Sesión 4: Procedimiento Laboral Paraprocesal o Voluntario Tema: Actividad 1: Promoción de Procedimiento Paraprocesal  Actividad 2: El Acuerdo en el Proceso Proyecto Integrador: Diligencias de Notificación Carrera: Licenciatura en Derecho

 

INTRODUCCIÓN

Hemos estudiado todo procedimiento a lo lo largo de la unidad, lo cual nos permite saber que todo procedimiento debe de estar sustentado de acuerdo a lo dispuesto en la legislatura correspondiente, es así que podemos contar con los elementos jurídicos para poder desarrollar los procedimientos paraprocesales o voluntarios para o que podemos dirigirnos a la Ley Federal del Trabajo vigente que en el titulo quince, capítulo lll de los artículos 982 y 991. Dichos procedimientos que a su vez son aquellos asuntos que por mandato de ley, por su naturaleza o por solicitud de la parte interesada requieran la intervención de la junta, sin que este promovido jurisdiccionalmente conflicto alguno entre partes a jurisdicción civil en contenciosa y voluntaria ha trascendido a la del trabajo, en relación con la cual se habla y escribe de actos de jurisdicción contenciosa laboral y de actos de jurisdicción voluntaria laboral; sin embargo, como reconoce, no existe fundamento alguno para justificarla, pues la última no es verdadera y propia jurisdicción, sino administración confiada a órganos  jurisdiccionales, concluyendo entonces que los los actos de jurisdicción voluntaria son, en el concepto general, actos de simple administración, aunque sin dejar de reconocer en ellos, caracteres específicos que los distinguen de los actos meramente administrativos, no sólo en atención a los órganos que los producen, y concluye señalando que la llamada  jurisdicción voluntaria, contra la opinión general, es jurisdicción verdadera y propia, pues todo acto o conjunto de actos judiciales encaminados a la aplicación del derecho a una realidad concreta de la vida, tiene la naturaleza de una actividad jurisdiccional. Santiago Barajas Montes de Oca señala que los procedimientos paraprocesales o voluntarios pueden asimilarse a la jurisdicción voluntaria; sin embargo, nos informa que para Alcalá-Zamora y Castillo en quien se apoya, no son ni una ni otra cosa; no es voluntaria, por la variada lista de negocios que la integran, a grado tal, que será muy difícil encontrar alguno que satisfaga fines jurisdiccionales, y respecto a la intervención judicial, en ocasiones resulta de mayor utilidad para los interesados promover la jurisdicción contenciosa, motivo por el cual los litigantes prefieren acudir a esta última. Rafael Tena Suck y Hugo Italo Morales reproduciendo el artículo 982 de la Ley Federal del Trabajo, establecen que los llamados procedimientos paraprocesales o voluntarios son todos aquellos asuntos que, por mandato de ley, por su naturaleza o por solicitud de parte interesada, requieran la intervención de la junta, sin que esté promovido  jurisdiccionalmente conflicto alguno entre partes determinadas, recalcando que estos procedimientos no son una verdadera jurisdicción, sino que constituyen actos de administración confiados a órganos jurisdiccionales, reconociendo en ellos características específicas que los distinguen.1 1

11 BARAJAS MONTES DE OCA, Santago, Derecho del rabajo, UNAM, México, 1990, pp. 90-91. 12 ALCALÁ-ZAMORA Y CASTILLO, Niceo, Sínesis del derecho procesal, México, UNAM, 1966. 13 TENA SUCK, Rafael e Íalo Morales, Hugo, Derecho procesal del rabajo, 4ª. ed., Trillas, México, 1995, p. 219.

 

 Actividad 1, Promoción de procedimiento procedimiento paraprocesal, en esta actividad redactaremos redactaremos un documento en el que describiremos el motivo por el que se dio la rescisión del trabajador, el aviso de notificación a la junta de la rescisión del trabajador, así como la solicitud del procedimiento paraprocesal.  Actividad 2, El acuerdo en el proceso, en esta actividad identificaremos y redactaremos el acuerdo que le pueda correspondes conforme al ejemplo proporcionado.  Actividad integradora, Diligencias de notificaciones, notificaciones, en esta actividad redactaremos el aviso de rescisión y adjuntaremos copia de radicación.

 ACTIVIDAD 1

Promoción de Procedimiento paraprocesal

Los procedimientos paraprocesales son conocidos por las Juntas de Conciliación y  Arbitraje (locales o federal), las cuales son facultadas para intervenir en actos actos y trámites de naturaleza administrativa vigilando el cumplimiento de la ley laboral. Estos procedimientos inician con la solicitud oral o escrita de la parte interesada, por lo que en esta actividad redactarás un escrito de promoción sin responsabilidad para el patrón. 1. Lee el texto de apoyo y los artículos señalados de la Ley Federal del Trabajo. 2. Espera la consigna de tu docente en línea para la redacción de la promoción. 3. En u un n do docu cume ment nto o de te text xto, o, redacta la promoción considerando los siguiente elementos:  Motivo fundado de la rescisión del trabajador, acompañado del aviso correspondiente para que la junta notifique la rescisión al trabajador.  Solicitud de procedimiento paraprocesal. Si es persona física, ¿quién promueve?  Verificar alta ante Hacienda y cédula fiscal para acreditar que sea el patrón de la fuente de trabajo. Si es persona moral, ¿quién promueve?

 



Escritura pública con la que se acredite la existencia de la empresa y documental pública acreditando la personalidad de quien promueve en nombre de la persona moral.

Caso Patricia Patric ia Gonzá González lez Sánc Sánchez hez par para a la empr empresa esa Espa Espacio cio Empr Empresa esaria riall SA de CV es la encarga del área finanzas. El pasado 20 de enero del presente, cita a una reunión a su personal del dicha área con la finalidad de comentarles que el día 8 del mismo mes hizo un faltante económico por la cantidad de $7,000.00 por lo que les exigió y pidió a sus compañeros que en la segunda quincena de julio todos sin excepción pondrían de su dinero la cantidad de $1,000.00 a fin de cubrir el faltante referido, de lo contrario el trabajador que no realizara su aportación le cobraría el total del faltante, evidentemente los trabajadores no están de acuerdo pero se ven en la necesidad de aceptar.

Junta local de Conciliación y Arbitraje, número 12 de la Cuidad de México.

VISTOS Se tiene por presentado al Lic. Pedro Navarro representante legal de la empresa HM, promoviendo procedimiento para procesal o voluntario en contra del trabajador  ______________, de quien solicita por esta vía la rescisión rescisión laboral

CONSIDERANDO

PRIMERO El actual sistema procesal del Trabajo,celeridad, está regido e inspirado por principios de así inmediación, oralidad, concentración, economía procesal y veracidad; mismo como principios generales recoge como fundamento del proceso laboral donde los  jueces deben evitar que la desigualdad entre las partes afecte el desarrollo o resultado del proceso, para cuyo efecto procuran alcanzar la igualdad real de las partes, privilegian el fondo sobre la forma, interpretan los requisitos y presupuestos procesales en sentido favorable a la continuidad del proceso, observan el debido proceso, la tutela jurisdiccional y el principio de razonabilidad.

SEGUNDO Visto el escrito y promoviendo procedimiento para procesal o voluntario en contra del trabajador __________________, al respecto se acuerda lo siguiente:

 

Regístrese y fórmese el expediente respectivo con el número 999/2018 y con fundamento en los artículos 982, 983, 985, 986, 988, 988, 991 y demás relativos y aplicables a la Ley Federal del Trabajo y toda vez que el presente procedimiento reúne los requisitos de ley para su debida tramitación, se admite a trámite, por lo que se señala las ______ del día_____ del año______ para que tenga verificativo la diligencia correspondiente a que alude el artículo 983 de la ley en materia, y en su caso cítese a las partes involucrada. Se otorga un plazo de 3 días hábiles a partir de que surta efectos la notificación para que el C.___________, manifieste lo que a su derecho convenga, lo anterior con las debidas copias de traslado que adjunta el promovente.

TERCERO NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE ACTORA Y CÚMPLASE, así lo acordó y firmo el Lic. Juan Carlos Vilchis Millán, titular de esta Junta Local de Conciliación y  Arbitraje de la Cuidad de México, quien actúa actúa en forma conjunta con el Secretario de acuerdos.

DESARROLLO

JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE NÚMERO 12 DE LA CIUDAD DE MÉXICO PRESENTE

VISTOS Se tiene por presentado al Lic. Luis Ponce de León Puente representante legal de la EMPR EM PRES ESA A ES ESPA PACI CIO O EM EMPR PRES ESAR ARIA IAL L SA de CV Pr Prom omov ovie iend ndo o pr proc oced edim imie ient nto o paraprocesal parapro cesal o volunt voluntario ario en contra de la trabajado trabajadora ra Patricia Gonz González ález Sánch Sánchez, ez, de quien solicita por esta vía la rescisión laboral.

CONSIDERANDO

PRIMERO: El actual sistema procesa del Trabajo, está regido e inspirado por principios de inmediación, oralidad, concentración, celeridad, economía procesal y veracidad; así mismo como principios generales recoge como fundamento del proceso laboral donde los  jueces deben evitar que la desigualdad entre las partes afecte el desarrollo o resultado del proceso, para cuyo efecto procuran alcanzar la igualdad real de las partes, privilegian el fondo sobre la forma, interpretan los requisitos y presupuestos procesales en sentido favorable a lade continuidad del proceso, observan el debido proceso, la tutela jurisdiccional y el principio razonabilidad.

 

SEGUNDO: Visto el escrito y promoviendo procedimiento paraprocesal o voluntario en contra del trabajador Patricia González Sánchez, al respecto se acuerda lo siguiente: Regístrese y fórmese el expediente respectivo con el número 999/2018 y con fundamento en los artículos 982, 983, 985, 985, 988, 991 y demás relativos y aplicables a la Ley Federal del Trabajo y toda vez que el presente procedimiento reúne los requisitos de ley para su debida tramitación, se admite a trámite, por lo que se señala las 11:00 horas del día 13 de febrero de 2020 para que tenga verificativo la diligencia correspondiente a que alude el artículo 983 de la Ley en materia , y en su caso cítese a las partes involucradas. Se otorga un plazo de 3 días hábiles a partir de que surta efectos la notificación para que la C. Patricia González Sánchez, manifieste lo que a su derecho convenga, lo anterior con las debidas copias de traslado que adjunta el promovente,

TECERO: NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE ACTORA Y CÚMPLASE, así lo acordó y firmó el Lic. Juan Carlos Vilchis Millán, titular de esta Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de Méx México, ico, quien actúa en fforma orma conjunta con el Secretario de acuerdo. Ciudad de México, a 10 de febrero de 2020

 ACTIVIDAD 2

El acuerdo en el Proceso  Ante la acreditación del interés legítimo legítimo y la entrega de los documentos requeridos en el caso, la junta da seguimiento al procedimiento, asignándole un número de expediente. Con base en el escrito elaborado en la actividad anterior, redactarás el acuerdo que le pueda recaer al mismo. 1. Espera el ejemplo de un acuerdo, que será proporcionado por tu docente en línea. 2. Identifica la estructura de dicho ejemplo. 3. En un doc docume umento nto de te texto xto,, con confor forme me al ejempl ejemplo, o, redacta el acuerdo que le pueda recaer.

 

DESARROLLO

JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE NUMERO 12 DE LA CIUDAD DE MÉXICO

En la Ciudad de México siendo la 11:00 horas del día 13 de Febrero de 2020, mayor de edad, señalo como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en:

 Av. Aquiles Serdán Núm. 95 Int. 102 B Col La Preciosa  Alcaldía Azcapotzalco C.P. 02460 Ciudad de México Personalidad que justifico con el Documento Público que exhibo adjunto, en la vía procedimental de los procedimientos paraprocesales o voluntario, con fundamento en la Ley Federal del Trabajo artículo 991 así como fundamento en el Artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo como se le tiene señalado como domicilio para recibir y oír notificaciones de toda clase señalando en dicho escrito.

ACTO SEGUIDO: Procedo a dar cumplimento al auto de fecha 10 de febrero de 2020, dictado por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje Número 12 de la Ciudad de México, entendiendo la presente diligencia con la persona de nombre Patricia González Sánchez, identificada en los términos antes señalados, a quien en este momento se le notifica el auto de fecha 10 de febrero de 2020, corriéndole traslado con copia debidamente autorizada del mismo, así como también copia cotejada del escrito de demanda paraprocesal y del escrito de rescisión del contrato individual de trabajo, haciendo de su conocimiento que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 991 de la Ley Federal del Trabajo. Con lo anterior se da por terminada la presente diligencia a las 14:00 horas de la fecha en que se actúa, firmando al margen y para constancia quienes en ella intervinieron y así quisieron hacerlo. CONSTE. DOY FE. Ciudad de México. 2020

 

  FIRMA DE RECIBIDO Patricia González Sánchez

EL ACTUARIO NOTIFICADO Lic. María Isabel Duran Frías

 ACTIVIDAD INTEGRADORA INTEGRADORA

Diligencias de Notificación

En el procedimiento paraprocesal, no basta hacer del conocimiento de la junta los motivos de una rescisión de la relación laboral, ya que también es necesario ordenar su trámite y turnar el expediente al actuario, para que se constituya al domicilio del trabajador, a fin de notificar conforme al artículo 743 de la ley la rescisión y surta la notificación sus efectos  jurídicos. Con base en el acuerdo que le recae al escrito de rescisión de la relación laboral (elaborada en la actividad anterior), la junta le turnará el expediente al actuario, adjuntando el acuerdo en donde se le ordena su constitución en el domicilio del trabajador  para notificar. Con el propósito de promover las diligencias de notificación al actuario e integrar los productos elaborados en la sesión, realiza la siguiente actividad. INDICACIONES 1. Consulta el artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo. 2. Redacta el aviso de rescisión y adjunta copia del auto de radicación. 3. En el mism mismo o docu documento mento de tex texto to y de fo forma rma as ascenden cendente, te, adjunta los productos elaborados a lo largo de la sesión. 4. Guarda tu documento con la siguiente nomenclatura: M16_U1_S4_XXYZ, sustituyendo las XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellido materno. 5. Adjunta tu archivo en esta sección . 6. Espera la retroalimentación tu docente en línea.

 

DESARROLLO

SOLICITUD DE NOTIFICACIÓN DE AVISO DE RESCISIÓN A LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

SOLICITUD DE  NOTIFICACIÓN  NOTIFICACIÓ N DE AVISO DE RESCISIÓN A LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE C. Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, Número 12 de la Ciudad de México Presente

Lic. Luis Ponce de León Puente, en mi carácter de apoderado y representante legal de la empresa Espacio Empresarial SA de CV, personalidad que acredito mediante copia certificada dellapoder 654,con50, carácter especial paraRobles, pleitos otorgado y cobranzas, pasado ante fe delnotarial notario número público número Lic. René Castro a favor del suscrito, del cual exhibo copia simple, solicitando que sea cotejada con la copia certificada y me sea devuelta por ser de utilidad para otros fines, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos, el ubicado en Júpiter 56, Col. Toriello Guerra, C.P. 05677, Alcaldía Álvaro Obregón, con el debido respeto comparezco y expongo: Que por medio del presente ocurso y por la vía del procedimiento paraprocesal establecida en el artículo 982 y siguientes de la Ley Federal del Trabajo solicito a esta H. Autoridad le sea notificada la C. Janeth García del aviso de rescisión de su contrato de trabajo celebrado con mi representada en términos de lo señalado en artículo 47 parte final en relación con el artículo 991 de la ley citada tomando en cuenta lo siguiente:

 

Primero.- Que con fecha de 1° de febrero de 2020, mi representada, rescindió el contrato individual de trabajo celebrado con la señorita Patricia González Sánchez, no pudiendo hacerle de su conocimiento la fecha y causas que motivaron la rescisión, mediante la entrega del aviso respectivo, toda vez que la señorita González no se encontraba en las instalaciones de la empresa. Segundo.- En virtud de lo anterior, dentro del término establecido en el artículo 991 de la ley citada, solicito se comisione al C. Actuario adscrito a esta Junta, a efecto de que notifique al trabajador, en el último domicilio que registró en la empresa, sito en: Av.  Aquiles Serdán Núm. 95 Int. 102 B Col. La Preciosa Alcaldía Azcapotzalco Ciudad de Méxi Mé xico co la resc rescis isió ión n de dell cont contra rato to indi indivi vidu dual al de tr trab abaj ajo o qu que e lo vinc vincul ulab aba a con con mi repres rep resent entada ada,, ent entregá regándo ndole le el com comuni unicad cado o que se aco acompa mpaña ña al pre presen sente te documento, consistente en el aviso de rescisión del contrato laboral, mismo que contiene las causas que le dieron origen y los fundamentos legales correspondientes.

Por lo anteriormente expuesto, a esta H. Junta solicito:

Primero: Tenerme por presentado este escrito, solicitando se notifique al trabajador el aviso de rescisión de su contrato individual de trabajo, el cual contiene las causas justificadas del mismo.

Segundo: Comisionar al C. Actuario correspondiente para efectuar la diligencia solicitada, en términos de lo dispuesto en el artículo 991 de la Ley Federal del Trabajo.

Tercero: Agotado el trámite, archivar el expediente como asunto concluido. Protesto lo necesario

 ______________________________  Lic. Luis Ponce de León Puente Nombre y Firma del Representante Legal

Ciudad de México a 11 de Febrero de 2020

 

CONCLUSIÓN Del estudio realizado a la llamada jurisdicción voluntaria o paraprocesal, se desprende que los estudiosos del derecho no se han puesto de acuerdo respecto a la misma, ya que algunos argumentan que no es jurisdicción ni es voluntaria; otros señalan que son actos administrativos encargados a órganos jurisdiccionales y, finalmente, otros argumentan que que cuan cuando do lo loss tr trib ibun unal ales es inte interv rvie iene nen n pa para ra de deci cirr y apli aplica carr el de dere rech cho o a un ca caso so determ det ermina inado, do, aun cua cuando ndo no hay haya a con confli flicto cto ent entre re las par partes tes,, se ope opera ra la act activi ividad dad  jurisdiccional, opinión con la que estamos de acuerdo; no obstante lo cual, debemos ser  conscientes, como estableciera Rafael De Pina, que dicho concepto está llamado, sin duda, a una escrupulosa reconsideración. Debemos entender que los procedimientos paraprocesal paraprocesales es serán acreditados por  las Junta de Conc Conciliaci iliación ón y Arbitr Arbitraje aje local locales es o feder federales, ales, quien quienes es están facultadas facul tadas para par particip ticipar ar en acto actoss y trám trámites ites ad adminis ministrati trativos, vos, as asíí mism mismo o cuida cuidarán rán el cumplimiento de la ley laboral. Es importante destacar que estos procesos no nacer de una controversia por el contrario surgen del interés de un trabajador, patrón o sindicato. Este procedimiento deberá cumplir con unas características específicas que son:

1. La presencia del trabajador, patrón, sindicato o beneficiarios. 2. La petición podrá ser oral o escrita por quien esté interesado. 3. El pleno conocimiento de la Junta con el objetivo de proclamar el derecho que se pretende. 4. La Junta no pretenderá la resolución del problema de fondo.

 

FUENTES DE CONSULTA

Legislación Ley Federal del Trabajo vigente, recuperada el 20 de enero de 2020 13

Bermudez M. (2000). Derecho Procesal del Trabajo. México: Trillas. Peña V. (2015). Ley Federal del Trabajo. Comenada, concordada, inerpreada con jurisprudencia, docrina y formularios sisematzados. México: Flores. Tena R y Morales H. I. (1991). (1 991). Derecho Procesal del Trabajo. México: Trillas. VAM DE-DEPFL-2002-M16-007

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