Protocolo Medición de Ruido

July 24, 2017 | Author: Geidy Carolina Bermúdez | Category: Calibration, Decibel, Spectral Density, Measurement, Waves
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“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

1. INTRODUCCIÓN. Este documento establece la metodología y los procedimientos necesarios para llevar a cabo el control y vigilancia del ruido ambiental y el ruido proveniente de las fuentes de emisión de ruido, de una manera estandarizada, repetible y confiable. El protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y la realización de mapas de ruido debe ser utilizado por las autoridades ambientales responsables del control y vigilancia del ruido ambiental y el ruido proveniente de las fuentes de emisión de ruido, para realizar estos procedimientos adecuadamente. También debe ser utilizado por los sectores privados que produzcan información para los estudios o análisis ambientales requeridos por las autoridades ambientales competentes, e información de carácter oficial. 1.1. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente protocolo tiene por objeto la implantación de los procedimientos de medición para determinar los niveles de emisión de ruido, el nivel de ruido ambiental y la elaboración de los mapas de ruido. 1.2. COMPETENCIA. Las Corporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales a que se refiere el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, y el artículo 13 de la Ley 768 de 2002, ejercerán las funciones de evaluación, control y seguimiento del ruido ambiental, y la emisión de ruido de fuentes fijas en ambientes exteriores. Los niveles máximos permisibles para la emisión de ruido de fuentes fijas y ruido ambiental se encuentran en la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o aquélla que la modifique, complemente o sustituya.

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Las Autoridades de Salud, en especial las Secretarías de Salud y los Servicios Seccionales de Salud, ejercerán las funciones de evaluación, control y seguimiento de la inmisión de ruido de fuentes fijas en ambientes interiores. Los niveles máximos permisibles para la inmisión de ruido de fuentes fijas en ambientes interiores se encuentran en la Resolución 8321 del 4 de agosto de 1983 del Ministerio de Salud o aquélla que la modifique, complemente o sustituya. 1.3. DEFINICIONES GENERALES. Además de las definiciones contenidas en el anexo 1 de la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, se presentan las siguientes definiciones: Ajuste: Toda cantidad, positiva o negativa, constante o variable, que se suma a un nivel de presión sonora medido o pronosticado para explicar parte del carácter acústico, la hora del día o tipo de fuente 1 . En notación matemática el nivel de presión sonora continuo equivalente corregido por un ajuste aditivo está dado por la ecuación: (1) Ajuste de un instrumento de medición: Operación destinada a poner un instrumento de medición en estado de funcionamiento adecuado para su uso. El ajuste puede ser automático, semiautomático o manual 2 . No debe confundirse el ajuste de un sistema de medida con su calibración. Analizador de espectro: Instrumento de medición que permite obtener el espectro de una señal. En general se emplean analizadores de espectro de bandas de octava o de bandas de tercio de octava. Ancho de banda: Intervalo de frecuencias comprendidas en el interior de una banda. Se mide por la diferencia entre las frecuencias extremas de aquélla 2 . Banda: Un segmento del espectro de frecuencia 4 .

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Banda auditiva crítica: (1) Banda de frecuencias del sonido (que es una parte de un ruido de espectro continuo que cubre una banda ancha) que contiene una potencia sonora igual a la de un tono puro centrado en la banda crítica y mínimamente audible en presencia del ruido de banda ancha. (2) Banda de frecuencias dentro de la cual la sonoridad de un sonido de espectro continuo de nivel de presión sonora constante es independiente de su ancho de banda 4 . Banda crítica: Véase banda auditiva crítica 4 . Banda de tercio de octava: Tercera parte de una banda de octava. Es un conjunto continuo de frecuencias en torno a una frecuencia central que cumplen la relación y además, son las frecuencias centrales, que toman valores normalizados según la Norma ISO-266-75 2 . Bel: Véase belio. Belio: (1) Unidad con la que se miden diversas magnitudes relacionadas con la sensación fisiológica originada por los sonidos, por ejemplo, la sonoridad, la intensidad acústica, el poder amplificador o atenuador, etc. 6 . (2) Unidad de nivel que denota la relación entre dos cantidades proporcionales a la potencia; el número de belios correspondientes a esta relación es el logaritmo en base 10 de la relación 4 . Calibración: Conjunto de operaciones que establecen, bajo condiciones especificadas, la relación entre los valores de magnitudes indicados por un instrumento o sistema de medición, o valores representados por una medida materializada o un material de referencia y los correspondientes valores reportados por patrones. El resultado de la calibración permite tanto la asignación de valores a las indicaciones de la magnitud a medir como la determinación de las correcciones con respecto a las indicaciones. Una calibración también puede determinar otras propiedades metrológicas, tales como el efecto de las magnitudes influyentes. El resultado de una calibración puede ser registrado en un documento, frecuentemente denominado certificado de calibración o informe de calibración 2 . Una calibración puede expresarse por una declaración, una función de calibración, un diagrama de calibración, una curva de calibración o una

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tabla de calibración. En algunos casos puede dar lugar a una corrección aditiva o multiplicativa de la indicación con su respectiva incertidumbre 11 . Una calibración no debería confundirse con el ajuste de un sistema de medición, a menudo llamada incorrectamente “autocalibración”, ni con la verificación de la calibración 11 . Decibel: Véase decibelio. Decibelio: Unidad de nivel que denota la relación entre dos cantidades que son proporcionales a la potencia; el número de decibelios es diez veces el logaritmo en base 10 de esta relación. Un decibelio es la décima parte de un belio. Se denota por dB 5 . Decibel A: Véase decibelio A. Decibelio A: Unidad de nivel utilizada para medir el nivel de presión sonora empleando el filtro de ponderación frecuencial A 2 . Se denota por dB(A). Emisión de ruido: Es la presión sonora que, generada por cualquier fuente en cualesquiera condiciones, trasciende al medio ambiente o al espacio público 2 . En forma rigurosa, el nivel de emisión de una fuente se caracteriza a través de su nivel de potencia acústica. Cuando se mide un nivel de presión sonora a cierta distancia de una fuente y en condiciones preestablecidas para caracterizar su emisión, estrictamente se está midiendo el nivel de inmisión generado por la fuente en el punto considerado. El nivel de emisión sonora de una fuente se puede describir a través del nivel de presión sonora en un punto próximo a ella (nivel de inmisión de ruido en ese punto), si se puede asumir que la principal fuente de ruido que incide es la que se desea describir. Espectro: Descripción del contenido energético de una onda de presión sonora en función de la frecuencia. El término puede utilizarse para

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significar un intervalo continuo de frecuencias, habitualmente amplio en extensión, que posee algunas características comunes, como el espectro de frecuencias audibles 4 . Filtro: Aparato para separar los componentes de una señal sobre la base de su frecuencia 4 . Filtros (escalas o curvas) de ponderación o compensación frecuencial: Son filtros normalizados que permiten ponderar las diversas frecuencias presentes en una señal audible en forma diferencial. En la mayoría de las aplicaciones vinculadas a la detección de los niveles sonoros y a la estandarización de los niveles admisibles para determinadas situaciones, se emplea el filtro de ponderación A. Este filtro atenúa las frecuencias por debajo de 1000 Hz, amplifica las comprendidas entre 1000 Hz y 5000 Hz, y atenúa las que superan los 5000 Hz, aunque no de la misma manera que lo hace en las bajas frecuencias. La escala A presenta una buena correlación a largo plazo con el daño auditivo y una aceptable correlación con la sensación de molestia que puede causar el ruido. Filtro de octava: Dispositivo que permite efectuar el análisis de una señal acústica según sus componentes en bandas de octava. Filtro de tercios de octava: Dispositivo que permite efectuar el análisis de una señal acústica según sus componentes en bandas de tercios de octava. Hercio: Unidad de frecuencia en el Sistema Internacional, que equivale a la frecuencia de un fenómeno cuyo período es un segundo. Su símbolo es Hz 5 . Hertz: Véase hercio. Micrófono omnidireccional: Micrófono cuya respuesta es esencialmente independiente de la dirección del sonido incidente 5 . Nivel de inmisión acústica: Es el nivel de presión sonora que se registra en un cierto punto como consecuencia de los efectos de todas las fuentes

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de ruido que actúan sobre él. Cuando el nivel de inmisión se mide en ambiente exterior, se suele designar como nivel de ruido ambiental. Nivel de presión sonora: Es 20 veces el logaritmo en base 10 de una presión sonora determinada con respecto a la presión sonora de referencia de 20 10-6 Pa 4 . (2) En la cual: Lp = Nivel de presión sonora, dB. P = Presión sonora, Pa. Po = Presión de referencia, 20 10-6 Pa. La presión sonora de referencia de 20 µPa (20 10-6 Pa) corresponde a la mínima presión sonora que estadísticamente genera sensación auditiva en los oídos de personas sanas de 18 años de edad, para una señal en la frecuencia de 1000 Hz. Nivel de presión sonora continuo equivalente (Leq). Nivel de un sonido de intensidad constante que, en un periodo de tiempo establecido y en una localización determinada, tiene la misma energía sonora que el sonido que varía con el tiempo 4 . Su expresión matemática es: (3) En la cual: Ti = Tiempo de observación. Nivel de presión ponderación A: medido durante ponderación A, al

sonora continuo equivalente corregido, con filtro de Es el nivel sonoro continuo equivalente calculado o un período de tiempo T considerando la escala de cual se le ha adicionado un ajuste. Se denota por LRAeq,T.

Nivel equivalente para el día y la noche. Es el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, evaluado a lo largo de las 24 horas del día. Se denota por LAeq,dn.

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Nivel equivalente corregido para el día y la noche. Es el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, para un período de 24 horas, con una penalización de 10 dB(A) para el nivel equivalente representativo del período nocturno 1 . Se denota por LRAeq,dn.

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Nivel equivalente noche. Es el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, representativo del periodo nocturno, sin el incremento de 10 dB(A). Se denota por LAeq,n. Nivel percentil (nivel de permanencia o de excedencia). Es el nivel sonoro o nivel sonoro promediado en el tiempo que es superado el x % del periodo total de medición, para una duración establecida del período total de medición 4 . Nivel percentil 10 (nivel de permanencia o de excedencia 10 %): Es el nivel sonoro que se sobrepasa durante el 10 % del tiempo de observación. Se suele utilizar para indicar lo que se conoce como “pico de ruido”, no teniendo referencia con el valor máximo obtenido durante el período. Se denota por L10 4 . Nivel percentil 90 (nivel de permanencia o de excedencia 90 %): Es el nivel sonoro que se sobrepasa durante el 90 % del tiempo de observación. Se suele utilizar para indicar lo que se conoce como ruido de fondo, que es el nivel de presión sonora mínimo o de base, que está presente casi todo el tiempo. Se denota por L90 4 . Pantalla protectora contra el viento (pantalla antiviento): Cubierta porosa para un micrófono, diseñada para reducir la señal eléctrica producida por el micrófono, como resultado del ruido generado por el paso del viento sobre el micrófono 4 .

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Pistófono: Aparato utilizado en la calibración de micrófonos que produce una presión sonora conocida dentro de una cavidad cerrada mediante el movimiento de pistones; el micrófono que se calibra es insertado en la cavidad 4 . Ponderación o respuesta temporal: Se refiere al tiempo de promediación con que un sonómetro procesa la señal que recibe. La ponderación lenta (Slow, S) corresponde a un tiempo de promediación de 1 s. La ponderación rápida (Fast, F) corresponde a un tiempo de promediación de 0.125 s (125 ms) y la respuesta temporal por impulsos (Impulse, I) tiene una constante de tiempo de promediación de 0.035 s (35 ms) para señales de intensidad creciente y de 1.5 s para señales de intensidad decreciente. Presión sonora: Es la diferencia entre la presión total instantánea en un punto cuando existe una onda sonora y la presión estática en dicho punto 2 . Cuando el medio de propagación es el aire, puede decirse que la presión sonora es la que resulta de restar el valor de la presión atmosférica a la presión total en el punto considerado, o que es la sobrepresión en relación a la presión atmosférica en dicho punto. Ruido: Sonido con una intensidad alta que interfiere en la comunicación entre las personas o en sus actividades (dormir, leer, descansar, etc.) y que puede resultar incluso perjudicial para la salud humana.

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2. ASPECTOS GENERALES. Los siguientes aspectos generales aplican tanto para la determinación de la emisión de ruido de fuentes fijas como para el ruido ambiental. 2.1. HORARIOS DE MEDICIÓN. Los horarios para la medición de la emisión de ruido y ruido ambiental son 2 : Diurno: de las 7:01 a las 21:00 horas. Nocturno: de las 21:01 a las 7:00 horas 2.2. HORARIOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE RUIDO. La Resolución 0627 de abril 7 de2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial establece un horario diurno de 7:01 horas a 21:00 horas y un horario nocturno de las 21:01 horas a las 7:00 horas 2 . 2.3. INDICADORES PARA LA MEDICIÓN DEL RUIDO 6 y 7 . A continuación se presentan los indicadores más utilizados en la medición y evaluación del ruido. 2.3.1. Nivel sonoro continuo equivalente, Leq. Nivel de un sonido de intensidad constante que, en un periodo de tiempo establecido y en una localización determinada, tiene la misma energía sonora que el sonido que varía con el tiempo. Se puede considerar como el nivel de presión sonora constante que tendría la misma energía acústica que el ruido fluctuante o variable medido en el mismo período de tiempo (ver figura 1).

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90

80

Lp 70

60

Tiempo

Figura 1. Nivel de presión sonora continuo equivalente. El nivel de presión sonora continuo equivalente viene entonces expresado por la ecuación: (6) En la cual: Leq,T = Nivel de presión sonora continuo equivalente, dB. T = Tiempo de medición. P (t) = Presión sonora, Pa. Po = Presión de referencia, 20 10-6 Pa. Existen otras formas de expresar el nivel de presión sonora continuo equivalente:

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En la cual: Ti = Son los intervalos unitarios de tiempo de medición. Si los intervalos unitarios de tiempo de medición son iguales, la ecuación 7 queda de la siguiente manera:

(8) En la cual: N = Número de mediciones. 2.3.2. Nivel equivalente corregido para el día y la noche. Este indicador se denota por LRAeq,dn, y pretende dar una idea del nivel de ruido a lo largo de las 24 horas del día, teniendo en consideración el hecho de que durante la noche la población se vuelve más sensible al ruido y, si bien habitualmente los niveles sonoros disminuyen en cierta medida durante ese período, su importancia relativa aumenta. Se trata del LAeq para un período de 24 horas, con una penalización de 10 dB(A) para el nivel equivalente representativo del período nocturno. Las horas que comprenden el período nocturno varían de acuerdo con las costumbres y culturas de cada pueblo, siendo necesario estudiar información acerca del comportamiento promedio de la población en cada caso. Para calcular el LRAeq,dn, se obtiene un nivel equivalente para el período diurno (LAeq,d), y un nivel equivalente para el nocturno (LAeq,n). A éste último se le suma 10 dB(A), y luego se promedia con el LAeq del día, ponderando cada uno de estos valores por su duración, de acuerdo a la siguiente ecuación:

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En la cual: LRAeq,d = Nivel equivalente para el período diurno, incluidos los ajustes KI, KT y KS, dB(A).

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LRAeq,n = Nivel equivalente para el período nocturno, incluidos los ajustes KI, KT y KS, dB(A). 2.3.3. Nivel equivalente día. Se simboliza como LAeq,d y consiste simplemente en el valor LAeq medido durante las horas del día. 2.3.4. Nivel equivalente noche. Se simboliza como LAeq,n y consiste simplemente en el valor LAeq medido durante las horas de la noche, sin el incremento de 10 dB(A). 2.3.5. Nivel percentil 90. Es el nivel sonoro que se sobrepasa durante el 90 % del tiempo de observación. Se suele utilizar para indicar lo que se conoce como ruido de fondo, ya que es el nivel de presión sonora de base, que está presente casi todo el tiempo. Se denota por L90 4 . El L90 es un parámetro estadístico fuertemente vinculado a la muestra o medición de la que proviene. Debido a esto, no es correcto realizar operaciones (suma, resta o composición de mediciones) con los valores de L90, salvo que se pueda demostrar estadísticamente que las distintas mediciones provienen de una misma muestra o, dicho de otro modo, representan la misma realidad. 2.3.6. Ruido residual: Ruido total cuando los ruidos específicos en consideración son suspendidos. El ruido residual es el ruido ambiental sin ruido específico. Cuando se desea medir la incidencia de una fuente en los niveles de presión sonora que se registran en un punto específico, es necesario determinar su aporte a partir de los niveles sonoros que se registran con la fuente funcionando y con ella sin funcionar. Cuando la fuente de interés no está en funcionamiento, el nivel sonoro que se registra se designa como ruido residual y se suele describir a través de su nivel sonoro continuo equivalente con filtro de ponderación A, LAeq,Residual. Hay veces en que no es posible apagar la fuente, por las características propias de su funcionamiento (por ejemplo en una industria) o por los perjuicios que podría acarrear al operador de la fuente de emisión, y por

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qué no, las distorsiones en los niveles sonoros que ocurrirían en consecuencia (es el caso de los sitios de diversión, donde apagar la música en el establecimiento no sólo perjudica al propietario sino que generaría silbidos y una gritería distorsionante de la realidad acústica del lugar). Cuando no se puede apagar la fuente, la Resolución 627 indica que se debe usar el nivel percentil L90 del ruido total para describir el ruido residual. 2.4. INTERVALO UNITARIO DE TIEMPO DE MEDICIÓN. Según la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el intervalo unitario de tiempo de medición para los niveles de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación frecuencial A, LAeq,T, ruido residual (o nivel percentil L90) y ruido ambiental es de una hora, la cual puede ser medida en forma continua o con intervalos de tiempo distribuidos uniformemente hasta obtener, como mínimo, quince (15) minutos de captura de información. 2.5. AJUSTES. El ajuste es toda cantidad, positiva o negativa, constante o variable, que se suma a un nivel de presión sonora medido o pronosticado para explicar parte del carácter acústico, la hora del día o tipo de fuente 1 . Debido a las diferencias en cuanto a la molestia que produce el ruido, diversas fuentes de ruido, carácter del ruido, horas del día, etc., se deben agregar ajustes a los niveles medidos o pronosticados. Estos ajustes deberán sumarse al nivel de presión sonora continuo equivalente. Los niveles de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, LAeq,T y residual, LAeq,T, Residual (medido como nivel de presión sonora continuo equivalente o como nivel percentil 90), se corrigen por impulsividad, tonalidad, condiciones meteorológicas, horarios, tipo de fuentes, para obtener niveles corregidos de presión sonora continuo equivalente ponderados A, LRaeq,T y LRaeq,T, Residual, respectivamente.

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Las correcciones para los parámetros de medición se efectúan de acuerdo con la siguiente ecuación: (10) En KI KT KS

la cual: = Ajuste por impulsos [dB(A)]. = Ajuste por tono y contenido de información [dB(A)]. = Ajuste para ciertas fuentes y situaciones [dB(A)].

Los niveles de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, LAeq,T y LAeq,T, Residual (o nivel percentil L90), solamente se corrigen por un solo factor K, el de mayor valor en dB(A), excepto cuando se calcula el nivel equivalente corregido con filtro de ponderación A para el día y la noche LRAeq,dn, en el que se hace además el ajuste por horario. Los niveles corregidos de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, LRAeq,T, excepto los corregidos por horario (KR), son los que se comparan con los estándares máximos permisibles de emisión de ruido y ruido ambiental. Los niveles corregidos pueden ser obtenidos para diferentes intervalos de tiempo de medición mediante la siguiente ecuación 1 : (11) En la cual: Ti = Son los intervalos unitarios de tiempo de medición. 2.5.1. Ajuste para ciertas fuentes y situaciones (KS). Si el ruido proviene de instalaciones de ventilación y climatización, a bajas frecuencias, adicione los siguientes valores a los niveles de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A y respuesta lenta (S), LAeq,T y LAeq,T,Residual (o nivel percentil L90): 5 dB(A) en período diurno. 8 dB(A) en período nocturno.

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Para no limitar el aporte de componentes a bajas frecuencias a las instalaciones de ventilación y climatización e incluir otras fuentes que también tienen un aporte significativo a bajas frecuencias, dado que la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en su anexo 1, reconoce la posibilidad de que los ruidos de baja frecuencia puedan ser generados por otras fuentes (ver definición de ruido de baja frecuencia), se determina el aporte de componentes a bajas frecuencias de la siguiente manera: 1. Se analiza la composición espectral en bandas de octava del ruido que se desea calificar, preferiblemente niveles sonoros con filtro de ponderación Z (antes designada Lin) en bandas de octava, o en su defecto niveles sonoros con filtro de ponderación A en tercios de octava. Esta información se requiere para las bandas de octava cuyas frecuencias centrales son: 31.5 Hz, 63 Hz, 125 Hz, 500 Hz, 1000 Hz y 2000 Hz. Si no se dispone de niveles sonoros medidos en dB(Z), éstos se pueden obtener adicionando a la composición espectral expresada en dB(A) la corrección que aparece en la tabla 1, para representar la curva de ponderación Z. Si no se dispone de los niveles sonoros medidos en dB(Z) en bandas de octava, estos se obtienen sumando logarítmicamente los niveles, también en dB(Z), correspondientes a la banda de tercios de octava, cuya frecuencia central coincide con la de la banda de octava normalizada que se está considerando, y los de sus dos bandas laterales, así: (12) En la cual: = Nivel sonoro en la banda de octava que se está considerando, dB(Z). = Nivel sonoro en la banda de tercios de octava inmediatamente por debajo de la banda que se está considerando, dB(Z).

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Tabla 1. Corrección para pasar de ponderación frecuencial A a ponderación frecuencial Z 12 . Frecuencia (Hz) 10 12.5 16 20 25 31.5 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300 8000 10000 12500 16000 20000

Corrección (dB) 70.4 63.4 56.7 50.5 44.7 39.4 34.6 30.2 26.2 22.5 19.1 16.1 13.4 10.9 8.6 6.6 4.8 3.2 1.9 0.8 0.0 -0.6 -1.0 -1.2 -1.3 -1.2 -1.0 -0.5 0.1 1.1 2.5 4.3 6.6 9.3

= Nivel sonoro en la banda de tercios de octava cuya frecuencia central coincide con la de la banda de octava que se está considerando, dB(Z). = Nivel sonoro en la banda de tercios de octava inmediatamente por encima de la banda que se está considerando, dB(Z).

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Nota:

Si el sonómetro tiene la capacidad de suministrar los niveles sonoros medidos en bandas de octava y en bandas de tercios de octavas al mismo tiempo, o si se efectúan mediciones adicionales para obtener los niveles sonoros medidos en bandas de octava, se emplean directamente los niveles obtenidos en bandas de octava y por lo tanto, ya no es necesario aplicar la ecuación 12. Si los niveles sonoros medidos están expresados en dB(A), éstos se pueden convertir en dB(Z) adicionando a cada valor la corrección según la frecuencia que aparece en la tabla 1, para representar la curva de ponderación Z.

2. Se realiza el promedio aritmético de los niveles de presión sonora expresados en dB(Z) para las bandas de octava centradas en 500 Hz, 1000 Hz y 2000 Hz: (13) 3. Se compara el nivel de presión sonora expresado en dB(Z) correspondientes a las bandas centradas en 31.5 Hz, 63 Hz y 125 Hz con el promedio obtenido en el paso anterior. 4. Si en alguna de las bandas indicadas en el paso 3 se obtiene un valor que supera en 5 dB(Z) o más el promedio obtenido en el paso 2, se considera la existencia de componentes significativos en bajas frecuencias. En ese caso, KS tomará los siguientes valores: 5 dB(A) en período diurno. 8 dB(A) en período nocturno. Si el ruido no contiene componentes a bajas frecuencias, el valor del ajuste es: KS = 0. 2.5.2. Ajustes por tono y contenido de información (KT). Los sonidos que corresponden a ondas periódicas auditivamente evocan la sensación de tono, es decir, de altura definida o entonación. La sensación de altura del tono aumenta con la frecuencia.

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La mayoría de la gente que escucha un ruido no deseado de cierto nivel encuentra el ruido más molesto si contiene tonos audibles. En la evaluación del ruido ha sido usual adicionar algunos decibeles de penalización al nivel medido si contiene sonidos tonales 3 . El método objetivo para evaluar la percepción de tonos en el ruido se basa en el concepto de psicoacústica de bandas críticas, las cuales son bandas definidas de manera que los tonos fuera de una banda crítica no contribuyen significativamente a la percepción de tonos dentro de esa banda crítica. Si el nivel del tono puro está un cierto número de decibeles por encima del nivel del resto de la señal dentro de la misma banda crítica, el tono se considera perceptible. Dependiendo de la cantidad por encima del nivel de detección del tono puro, se establece una penalización que se calcula al adicionar un cierto número de decibeles al nivel medido con filtro de ponderación A. La penalización está en el intervalo de 0 a 6 dB(A) 3 . La penalización se calcula para cada tono puro presente en la señal. Por último, el mayor valor de todos los valores de penalización calculados se utiliza para corregir el nivel en consideración 3 . La corrección de nivel KT toma en consideración los componentes tonales del ruido en el lugar de la medición. Los valores son los siguientes: Por percepción nula de componentes tonales: 0 dB(A). Por percepción neta de componentes tonales: 3 dB(A). Por percepción fuerte de componentes tonales: 6 dB(A). La determinación de la existencia de tonos perceptibles se realiza según el siguiente procedimiento: 1. Se analiza la composición espectral del ruido que se desea caracterizar en bandas de tercios de octava entre 20 Hz y 20000 Hz, obteniendo los niveles sonoros preferiblemente con filtro de ponderación Z o, en su defecto, con filtro de ponderación A. Si no se dispone de niveles sonoros medidos en dB(Z), éstos se pueden obtener adicionando a la composición espectral expresada en dB(A) la corrección que aparece en la tabla 1, para representar la curva de ponderación Z.

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2. Se determinan aquellas bandas en las que el nivel de presión sonora, en dB(Z), es superior a los niveles de presión sonora existente en sus bandas laterales (ver figura 2).

Figura 2. Composición espectral en bandas de tercio de octava. 3. Se calcula la diferencia aritmética entre el promedio aritmético de los niveles de las dos bandas laterales (las bandas situadas inmediatamente por encima y por debajo de la banda que sobresale) y el nivel de la banda que sobresale para el ruido en consideración, con las siguientes ecuaciones: (14) (15) (16)

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(17) En las cuales: Nivel(es) de presión sonora en la(s) banda(s) considerada(s) entre 20 y 125 Hz. Nivel(es) de presión sonora en la(s) banda(s) considerada(s) entre 160 y 400 Hz. Nivel(es) de presión sonora en la(s) banda(s) considerada(s) a partir de 500 Hz. Promedio aritmético de los niveles de presión sonora de las dos bandas laterales a la(s) banda(s) considerada(s) entre 20 y 125 Hz. Promedio aritmético de los niveles de presión sonora de las dos bandas laterales a la(s) banda(s) considerada(s) entre 160 y 400 Hz. Promedio aritmético de los niveles de presión sonora de las dos bandas laterales a la(s) banda(s) considerada(s) a partir de 500 Hz. 4. Se determina la presencia o ausencia de componentes tonales en las bandas de frecuencia bajas (entre 20 y 125 Hz) a partir del mayor de los valores obtenidos para L1: Si L1 < 8 dB(Z), no hay componentes tonales. Si 8 dB(Z) ≤ L1 ≤ 12 dB(Z), hay componente tonal neto. Si L1 > 12 dB(Z), hay componente tonal fuerte. Se determina la presencia o ausencia de componentes tonales en las bandas de frecuencias medias (entre 160 y 400 Hz) a partir del mayor de los valores obtenidos para L2: Si L2 < 5 dB(Z), no hay componentes tonales. Si 5 dB(Z) ≤ L2 ≤ 8 dB(Z), hay componente tonal neto. Si L2 > 8 dB(Z), hay componente tonal fuerte. Se determina la presencia o ausencia de componentes tonales en las bandas de frecuencias altas (> 500 Hz) a partir del mayor de los valores obtenidos para L3: Si L3 < 3 dB(Z), no hay componentes tonales. Si 3 dB(Z) ≤ L3 ≤ 5 dB(Z), hay componente tonal neto. Si L3 > 5 dB(Z), hay componente tonal fuerte.

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5. Para cada diferencia entre el promedio aritmético de los niveles de las dos bandas laterales a la banda que sobresale y el nivel de la banda que sobresale, resulta un valor para la corrección por tono y contenido de información. Para establecer el valor del ajuste por tono y contenido de información, KT, se toma el mayor de los valores que se obtienen para los tres sectores del espectro (frecuencias bajas, medias y altas). Los valores son los siguientes: Por percepción nula de componentes tonales: 0 dB(A). Por percepción neta de componentes tonales: 3 dB(A). Por percepción fuerte de componentes tonales: 6 dB(A). Si el ruido no contiene componentes tonales, el valor del ajuste es: KT = 0. 2.5.3. Ajustes por impulsos (KI). El ajuste KI toma en consideración los componentes impulsivos en el lugar de la medición. Los valores de KI en cada caso son: Por percepción nula de componentes impulsivos: 0 dB(A). Por percepción neta de componentes impulsivos: 3 dB(A). Por percepción fuerte de componentes impulsivos: 6 dB(A). La determinación de la existencia de componentes impulsivos se realiza según el siguiente procedimiento: 1. Se registran los niveles de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A con respuesta lenta (S) y con respuesta por impulsos (I). En ambos casos se trata de niveles de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A. 2. Se calcula la diferencia entre el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, determinado con la característica temporal por impulsos, y el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, determinado con respuesta lenta: (18)

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En la cual: Nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, determinado con la característica temporal por impulsos. Nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, determinado con respuesta lenta. Nota: La ecuación 18 no se debe aplicar al ruido residual cuando éste es obtenido a través del nivel percentil 90, dado que el nivel L90 determinado con la característica temporal por impulsos, LAI, no tiene interpretación física. En este caso, se debe aceptar la suposición de que el ruido residual no tiene componentes impulsivos. 3. El ruido que se evalúa tiene componentes impulsivos si se perciben sonidos de alto nivel de presión sonora y duración corta. Para evaluar de manera detallada la presencia de componentes impulsivos se establece: Si LI < 3 dB(A), no hay componentes impulsivos. Si 3 dB(A) ≤ LI ≤ 6 dB(A), hay percepción neta de componentes impulsivos. Si LI > 6 dB(A), hay percepción fuerte de componentes impulsivos. Si el ruido no contiene componentes impulsivos, el valor del ajuste es: KI = 0. 2.5.4. Ajuste por la hora del día (KR). Un método ampliamente usado para describir la calidad acústica es evaluar el nivel de presión sonora de 24 horas a partir de los niveles representativos del día y la noche, empleando indicadores diversos tales como, por ejemplo, el nivel equivalente corregido con filtro de ponderación A para el día y la noche LRAeq,dn. Este indicador pretende dar una idea del nivel de ruido a lo largo de las 24 horas del día, teniendo en consideración el hecho de que durante la noche la población se vuelve más sensible al ruido y, si bien habitualmente los niveles sonoros disminuyen en cierta medida durante ese período, su importancia relativa aumenta.

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Para calcular el nivel equivalente corregido con filtro de ponderación A para el día y la noche LRAeq,dn, se requiere de mediciones representativas durante los periodos diurno y nocturno, a fin de obtener valores confiables para el LRAeq,d y el LRAeq,n. El número de horas de medición por período diurno o nocturno, en cada sitio, no debe ser inferior a 2. El LRAeq,dn se calcula con la siguiente ecuación:

(19)

En la cual: LRAeq,d = Nivel equivalente para el período diurno, incluidos los ajustes KI, KT y KS, dB(A). LRAeq,n = Nivel equivalente para el período nocturno, incluidos los ajustes KI, KT y KS, dB(A). KR = Ajuste durante el periodo nocturno, 10 dB(A). Si corresponde aplicar más de un ajuste (KI, KT y KS), sólo se debe aplicar el de mayor valor numérico. El ajuste KR por la hora del día se aplica únicamente cuando se calcula el nivel equivalente corregido con filtro de ponderación A para el día y la noche, LRAeq,dn. KR vale 10 dB(A), y se debe sumar al nivel equivalente con filtro de ponderación A para la noche (LAeq,n) después de haberle adicionado también el ajuste que corresponda a partir de los valores obtenidos para KI, KT y KS para el horario nocturno. Nota: La Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial presenta niveles máximos permisibles, de emisión de ruido y ruido ambiental (artículos 9 y 17, respectivamente), tanto para el día como para la noche, pero no tiene estándares para el nivel equivalente corregido para el día y la noche. Dado que actualmente no hay un valor con qué comparar en la Resolución, el cálculo de este indicador resulta innecesario en Colombia en el momento actual.

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2.6. REQUERIMIENTOS EN LAS MEDICIONES. Para las mediciones de emisión de ruido y ruido ambiental deben tenerse en cuenta como mínimo las siguientes condiciones generales: 2.6.1. Sonómetro. Las evaluaciones se deben realizar con sonómetros Clase 1 o Clase 2 según la norma IEC 61672-1:2002 o cualquiera que la sustituya. Las normas internacionales para los sonómetros están aceptadas en todos los países del mundo. Son importantes porque todas se refieren a normas de medida de los sonómetros para definir la instrumentación requerida. En la mayoría de países, se requieren equipos clase 1 para mediciones de ruido ambiental [8]. La figura 3 muestra la representación esquemática de la mejora en la precisión con la nueva norma de sonómetros. Las flechas representan el error de medición relativo [8].

Figura 3. Tipos de sonómetros y su precisión [8]. 2.6.2. Verificación y/o ajuste de la calibración de los sonómetros. La verificación y/o ajuste de la calibración de los sonómetros se deben realizar con calibradores o pistófonos que cumplan con la norma IEC 60942:2003.

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Se debe verificar el cumplimiento del calibrador o pistófono con los requisitos de la norma IEC 60942:2003 por lo menos una vez al año y el cumplimiento del sonómetro con los requisitos de la norma IEC 616721:2002 según la Clase del sonómetro por lo menos cada dos años en un laboratorio con trazabilidad a patrones nacionales. Antes de realizar las evaluaciones se debe verificar o ajustar la calibración del sonómetro de acuerdo con las instrucciones del fabricante, utilizando un calibrador o pistófono. Al finalizar la evaluación se debe verificar la calibración del sonómetro y de acuerdo a la clase del equipo (Clase 1 ó Clase 2), corroborar que la diferencia entre el ajuste inicial y la verificación final no sea mayor a la precisión del equipo; si por alguna circunstancia la diferencia es mayor, se debe repetir la evaluación. Tabla 2.

Precisión de los sonómetros según la norma IEC 61672.

Clase Precisión

1 ± 1 dB

2 ± 1.5 dB

Es necesario verificar que los certificados de calibración electrónica de cada equipo (sonómetro, analizador de espectro, calibrador) estén vigentes, de acuerdo con las especificaciones del fabricante. Se debe adjuntar una copia de los mismos en el informe técnico. Se deben tener en cuenta las indicaciones facilitadas por el fabricante de los equipos en cuanto a intervalos de medida, tiempos de calentamiento, influencia de la humedad, influencia de los campos magnéticos y electrostáticos, vibraciones y toda aquella información adicional que asegure el correcto uso del equipo. 2.6.3. Unidades de medición. Los niveles de presión sonora se expresan en decibeles (dB) y se debe indicar el filtro de ponderación frecuencial utilizado (A o Z) y el filtro de ponderación temporal F, S o I según sea rápida, lenta o de impulso. El filtro de ponderación frecuencial Z (antes lineal), que se utiliza para realizar los ajustes por bajas frecuencias y tonalidades es opcional, dado que se puede medir con filtro de ponderación

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A y posteriormente realizar la corrección. Para todas las mediciones y cálculos, la presión sonora de referencia es 20 µPa. 2.6.4. Verificación de las condiciones meteorológicas. Las mediciones deben efectuarse en tiempo seco; no debe haber lluvias, lloviznas, truenos o caída de granizo y, los pavimentos y la superficie sobre la que se efectúen las mediciones deben estar secos. Si se llegaren a efectuar las mediciones en cualesquiera de esas condiciones contraindicadas, sus resultados no serán tenidos en cuenta. El micrófono se protege siempre con una pantalla protectora contra el viento (ver figura 4).

Figura 4. Micrófono con dispositivo protector contra el viento 13 . 2.6.5. Medición. Para prevenir posibles errores en las mediciones, el sonómetro se debe colocar sobre un trípode a la altura definida de tal manera que el micrófono esté orientado en la dirección de la(s) fuente(s) específica(s), si es el caso.

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En el sitio de medición, en lo posible, únicamente debe estar el técnico que realiza las mediciones. De lo contrario, es recomendable que haya el mínimo de personas, las cuales deben estar lo más separadas del instrumento de medición y situadas detrás del instrumento para evitar el apantallamiento del micrófono. La separación que debe haber entre el técnico (y las demás personas, si las hubiera en el momento de la medición) y el sonómetro debe ser de por lo menos 0.5 m (ver figura 5).

Figura 5. Separación entre el técnico y el sonómetro.

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3. DETERMINACIÓN DE LOS NIVELES DE EMISIÓN DE RUIDO 3.1. APLICABILIDAD DE LA EMISIÓN DE RUIDO. Los resultados obtenidos en las medidas de la emisión de ruido, son utilizados para la verificación de los niveles de emisión de ruido por parte de las fuentes 2 . La Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial define la emisión de ruido como “la presión sonora que generada en cualesquiera condiciones, trasciende al medio ambiente o al espacio público”. En forma rigurosa, el nivel de emisión de una fuente se caracteriza a través de su nivel de potencia acústica. Cuando se mide un nivel de presión sonora a cierta distancia de una fuente y en condiciones preestablecidas para caracterizar su emisión, estrictamente se está midiendo el nivel de inmisión generado por la fuente en el punto considerado. El nivel de emisión sonora de una fuente se puede describir a través del nivel de presión sonora en un punto próximo a ella (nivel de inmisión de ruido en ese punto), si se puede asumir que la principal fuente de ruido que incide es la que se desea describir. 3.2. PARÁMETROS DE MEDICIÓN. Los principales parámetros para la medición de la emisión de ruido son 2 : Nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, LAeq,T y respuesta lenta (S). Ruido residual, medido como nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, LAeq,T,Residual y respuesta lenta (S). Nivel percentil L90.

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Si por alguna razón no es posible medir el ruido residual, se toma como valor indicativo (o representativo) de éste el correspondiente al nivel percentil L90. Esto se debe hacer constar en el informe técnico, en el que a su vez se deben especificar las razones por las cuales no fue posible medir el ruido residual 2 . 3.3. INTERVALOS Y TIEMPOS DE MEDICIÓN. El intervalo unitario de tiempo de medición tal cual como esta especificado en el numeral 2.4 y en la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial es de una (1) hora con captura de información de quince (15) minutos como mínimo. Para evitar incurrir en mediciones excesivamente breves, que pudieran resultar de baja representatividad, la duración de cada intervalo de tiempo de medición no podrá ser inferior a 5 minutos, por lo que se propone tomar por lo menos tres mediciones de 5 minutos de duración para completar los 15 minutos. Para evaluar la emisión de ruido de una o más fuentes, si la(s) fuente(s) de emisión de ruido por su naturaleza o modo de operación, no permite(n) efectuar las mediciones en los intervalos de tiempo mencionados, éstas se deben efectuar en el tiempo o tiempos correspondientes de operación de la(s) fuente(s), relacionándose el hecho y el procedimiento seguido en el respectivo informe técnico 2 . Cuando la(s) fuente(s) de emisión de ruido, por su naturaleza o modo de operación, fluctúan, en principio no resulta adecuado tomar las mediciones en los intervalos de tiempo mencionados, por lo tanto, se debe adoptar un intervalo de medición que cubra todas las variaciones significativas de la emisión de ruido de la fuente objeto de estudio. La tabla 3 presenta la distribución de las mediciones cuando es posible medir el ruido residual (cuando es posible apagar la fuente de emisión de ruido) en el caso más desfavorable, que es cuando el sonómetro no tiene la capacidad de medir el nivel sonoro con el filtro de ponderación temporal en respuesta lenta (S) y por impulsos (I) al mismo tiempo.

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Tabla 3. Distribución de las mediciones. Medición

Fuente

1

Funcionando

2

Apagada

3

Funcionando

4

Apagada

5

Funcionando

6

Apagada

7

Funcionando

8

Apagada

9

Funcionando

10

Apagada

11

Funcionando

12

Apagada

Características de la medición Análisis 1/3 de octava. LAeq,T Respuesta lenta. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T,Residual Respuesta lenta. LAI Respuesta por impulsos. LAI,Residual Respuesta por impulsos. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T Respuesta lenta. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T,Residual Respuesta lenta. LAI Respuesta por impulsos. LAI,Residual Respuesta por impulsos. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T Respuesta lenta. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T,Residual Respuesta lenta. LAI Respuesta por impulsos. LAI,Residual Respuesta por impulsos.

Tiempo Inicial Final 0:00 0:05

Duración (min) 5

0:05

0:10

5

0:10

0:15

5

0:15

0:20

5

0:20

0:25

5

0:25

0:30

5

0:30

0:35

5

0:35

0:40

5

0:40

0:45

5

0:45

0:50

5

0:50

0:55

5

0:55

0:60

5

La distribución anterior afecta lo menos posible el funcionamiento de la fuente de emisión de ruido al medir el ruido residual y se da cumplimiento al artículo 5 de la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en cuanto al intervalo unitario de tiempo de medida para los niveles de presión sonora.

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Cuando el sonómetro tiene la capacidad de medir el nivel sonoro con el filtro de ponderación temporal en respuesta lenta (S) y por impulsos (I) al mismo tiempo, las mediciones 3, 4, 7, 8, 11 y 12 de la tabla 3 se pueden obviar. Si, por razones de funcionamiento de la fuente, no es posible alternar períodos cortos de medición con ella funcionando y sin funcionar para medir alternativamente ruido total y ruido residual, se recomienda de todos modos que tanto en las mediciones de ruido total como en las de ruido residual se alternen los eventos a medir con respuesta lenta y con respuesta por impulsos. Si la fuente funciona por ciclos durante el intervalo de tiempo de medición, los intervalos en que se subdivide el tiempo total de medición deben elegirse de manera que cada uno represente una parte del ciclo de operación de la fuente y para que, juntos, representen el ciclo completo de operación. Si los ciclos de operación son razonablemente cortos, se podrá captar un mayor número de ciclos en los tiempos estipulados, lo que mejora mucho la calidad de la información. 3.4. UBICACIÓN DEL SITIO DE MEDICIÓN. Cuando se trata de fuentes de emisión de ruido fijas, puede ocurrir que la fuente se identifique perfectamente o que sea necesario medir la emisión proveniente de una pared o de un área que se considera como fuente de emisión. La medición de la emisión de ruido se realiza a 1.5 m de la fachada de una edificación y a 1.20 m a partir del nivel mínimo donde se encuentre instalada la fuente de emisión de ruido (piso, patas o soporte de la fuente) cuando las fuentes, no importa cuántas, están ubicadas en el interior o en las fachadas de la edificación (tales como ventiladores, aparatos de aire acondicionado, rejillas de ventilación) 2 . Ver figura 6. Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, “fachada” es el paramento (cada una de las dos caras de una pared)

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exterior de un edificio, y aunque generalmente es el principal, éste no excluye a otros que pueden lindar con el espacio público 5 .

Figura 6. Posición del micrófono respecto a la fachada de una edificación y al nivel mínimo donde se encuentre instalada la fuente de emisión de ruido. En caso de que las fuentes de ruido estén situadas en azoteas de edificaciones, la medición se realiza a nivel del límite de la azotea o pretil de ésta. El micrófono se sitúa a 1.20 m de altura y si existe pretil o antepecho, a 1.20 m por encima del mismo 2 . Cuando no existen límites medianeros o división parcelaria alguna, porque la actividad o fuente generadora de ruido se encuentra instalada en zona de espacio público, la medición se realiza en el límite del área asignada en la correspondiente autorización o licencia y en su defecto, se mide a 1.5 m de distancia de la actividad o fuente generadora de ruido y a 1.20 m del piso 2 .

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Cuando la fuente de ruido se encuentre al interior de una propiedad compuesta por locales, ya sea un centro comercial, una ciudadela industrial o cualquier sitio donde se ubiquen dos ó más establecimientos con distinta razón social, y la persona natural o jurídica afectada se encuentre al interior de dicha propiedad, la medición se debe realizar a 1.5 m del límite del área asignada dentro de la propiedad para la operación de la fuente objeto del estudio. Si la localización del sonómetro a 1.5 m de la fachada de una edificación, actividad o fuente generadora de ruido no es posible, el micrófono se ubicará en la máxima distancia horizontal, inferior a la estipulada, y se efectuará la respectiva anotación y las causas que originan dicha situación 2 . Debe asegurarse que el sitio de medición corresponde con el que requiere la evaluación. El sitio de medición se elige efectuando una evaluación previa por medio de un barrido rápido del nivel de ruido emitido, el cual se hace a 1.5 m de la fachada, límites medianeros o división parcelaria. De esta manera se determina el punto de mayor nivel de presión sonora, el cual se toma como sitio de medición, coincidiendo generalmente frente a puertas o ventanas 2 . Si por alguna circunstancia o características del terreno, no es posible colocar el equipo de medición a las distancias especificadas, se debe colocar en la distancia que las condiciones lo permitan, dejando constancia en el informe técnico 2 . 3.5. PROCEDIMIENTO DE MEDICIÓN. Antes de emprender una medición para determinar la emisión de ruido, es necesario verificar las condiciones meteorológicas y proceder de acuerdo al numeral 2.6.4. También se debe tener en cuenta lo estipulado en los numerales 2.6.1 y 2.6.2.

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Las mediciones se realizan con respuesta lenta (S) y con filtros de ponderación frecuencial A y Z (antes lineal) y con respuesta por impulsos (I) y con filtro de ponderación frecuencial A. El filtro de ponderación frecuencial Z, que se utiliza para realizar los ajustes por bajas frecuencias y tonalidades es opcional, dado que se puede medir con filtro de ponderación A y posteriormente realizar la corrección. La medición deberá realizarse en el día, horario y condiciones de funcionamiento donde la intensidad de la emisión de ruido sea mayor. Las mediciones se efectúan sin modificar las posiciones habituales de operación de abierto o cerrado de puertas y ventanas, y con las fuentes de emisión de ruido en operación habitual. Si las puertas y ventanas pudieran estar indistintamente abiertas o cerradas, las mediciones se realizarán en la condición más exigente, es decir, con ellas abiertas 2 . Se deben realizar dos (2) procesos de medición de por lo menos quince (15) minutos de captura de información cada uno, uno con la(s) fuente(s) de emisión de ruido funcionando durante el período de tiempo de mayor emisión o incidencia, para obtener el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, LAeq,1h, y otro sin la(s) fuente(s) funcionando, para determinar el ruido residual, LRaeq,1h,Residual 2 . El ruido residual (nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, LRaeq,1h,Residual) se mide con la(s) fuente(s) específica(s) apagada(s) y en el mismo sitio de la medición anterior, manteniendo invariables los condicionantes del entorno y durante el tiempo y forma estipulado en el artículo 5 de la resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. La figura 7 muestra las denominaciones de ruido total, específico y residual 2 . El número mínimo de mediciones a ejecutar es uno (1), el cual consta de dos (2) procesos de medición de por lo menos quince (15) minutos de captura de información cada uno, uno con la(s) fuente(s) de emisión de ruido funcionando y otro con la(s) fuente(s) específica(s) apagada(s), en intervalos de tiempo distribuidos uniformemente en una hora, en el horario diurno o nocturno requerido, determinando en cada una como mínimo los parámetros definidos en el artículo 4 de la resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

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a) Tres ruidos específicos en consideración, el ruido residual y el ruido total

b) Dos ruidos específicos A y B en consideración, el ruido residual y el ruido total Convenciones: 1 ruido total 2 ruido específico A 3 ruido específico B 4 ruido específico C 5 ruido residual Nota 1: Nota 2: Nota 3:

El nivel de ruido residual más bajo se obtiene cuando se suprimen todos los ruidos específicos. El área punteada indica el ruido residual cuando se suprimen los ruidos A, B y C. En b) el ruido residual incluye el ruido específico C ya que no está en consideración.

Figura 7. Denominaciones de ruido total, específico y residual 1 .

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Nota: Si el sonómetro utilizado no tiene la capacidad de registrar el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A y respuestas lenta y por impulsos al mismo tiempo, la medición constará de cuatro (4) procesos de medición para poder obtener toda la información necesaria. Si durante las mediciones se presentan ruidos ocasionales que no pertenecen a la fuente objeto de evaluación, como por ejemplo sirenas, altavoces, etc., éstos no se deben tener en cuenta. En caso de que los ruidos ocasionales abarquen una duración significativa en relación al tiempo que dura la medición, se deberá incrementar el intervalo de tiempo de las mediciones con el fin de aumentar la representatividad de la medición; esta información debe quedar incorporada en el respectivo informe técnico. 3.6. AJUSTES. Se hacen todos los ajustes del numeral 2.5, excepto el ajuste por la hora del día (KR), que sólo aplica cuando se desea determinar el nivel equivalente corregido para el día y la noche. Dado que la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial no tiene estándares para ese indicador, su determinación carece de interés. Si el ruido residual se describe a través del nivel percentil 90, no se puede corregir el ruido residual por contenido impulsivo. En este caso se debe aceptar la suposición de que el ruido residual no tiene componentes impulsivos. Si la captura de información se hace en intervalos, los ajustes se deben calcular por separado para cada intervalo de medición. Para cada uno de los ajustes (KI, KT y KS), se seleccionará el mayor de los valores obtenidos para los distintos intervalos. Luego, el mayor de esos tres valores de Ki obtenidos es el que se aplicará como ajuste, sumándolo al nivel sonoro (total o residual) en dB(A) que se haya obtenido a partir de las mediciones. Es suficiente con que en uno solo de los intervalos de medición se presenten contenidos impulsivos, tonales o a bajas frecuencias, para que sea necesario considerar el ajuste Ki correspondiente para aplicarlo al nivel

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sonoro (total o residual). Se parte del hecho de que, si estos componentes se presentan en por lo menos uno de los intervalos de medición de tan corta duración, se pueden a volver a presentar. 3.7. CÁLCULOS. 3.7.1. Nivel promedio: Obtenga un solo valor con las mediciones de cada intervalo de tiempo, si es que las mediciones se hicieron por intervalos, para el LAeq,1h, LAeq,1h,Residual (o nivel percentil 90) para las mediciones con ponderación temporal lenta (S), de acuerdo a la siguiente ecuación:

(20)

En la cual: LAeq,1h = Nivel de presión sonora continuo equivalente promedio, dB(A). LAeq,Ti = Nivel de presión sonora continuo equivalente de cada evento, dB(A). Ti = Intervalo de tiempo del evento individual, min. Si los intervalos de tiempo fueron iguales, la ecuación anterior se puede simplificar de la siguiente manera:

(21)

En la cual: N = Número de mediciones. 3.7.2. Ajustes. Halle los ajustes por contenido impulsivo (KI), tonal (KT) y para ciertas fuentes y situaciones (KS) para cada una de las mediciones de los niveles de ruido total y ruido residual, si éstas se hicieron en intervalos, o para cada medición de los niveles de ruido total y ruido residual, si éstas se hicieron en un solo periodo de medición.

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3.7.3. Niveles corregidos. Halle los niveles corregidos para cada una de las mediciones de los niveles de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, LAeq,T y LAeq,T, Residual (o nivel percentil L90), cuando corresponda. (22) (23) El valor de K a adicionar para obtener los valores corregidos de LAeq,T y LAeq,T, Residual es el mayor de todos los valores de Ki (KI, KT y KS) obtenidos para cada intervalo de medición. 3.7.4. Emisión o aporte de ruido. La emisión o aporte de ruido de cualquier fuente se obtiene al restar logarítmicamente, el nivel corregido de presión sonora continuo equivalente residual con filtro de ponderación A, del nivel corregido de presión sonora continuo equivalente total con filtro de ponderación A como se expresa a continuación 2 : (24) En la cual: Leq emisión = LRAeq,1h

=

LRAeq,1h,Residual =

Nivel de emisión de ruido o aporte de la(s) fuente(s) de emisión de ruido con filtro de ponderación A, dB(A). Nivel corregido de presión sonora continuo equivalente total con filtro de ponderación A, dB(A). Nivel de ruido residual corregido con filtro de ponderación A (medido como nivel de presión sonora continuo equivalente o como nivel percentil 90), dB(A).

El nivel de emisión de ruido, o aporte de la(s) fuente(s) de emisión de ruido, con filtro de ponderación A ( ) es el que se compara con la tabla 1 del artículo 9 (Estándares máximos permisibles de emisión de ruido) de la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o aquélla que la sustituya, modifique o complemente.

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Si la diferencia aritmética entre LRaeq,1h y LRaeq,1h, Residual es igual o inferior a 3 dB(A), se deberá indicar que el nivel de emisión de ruido es del orden igual o inferior al ruido residual (LRaeq,1h, Residual). En este caso se considera que el nivel de ruido residual es demasiado alto para establecer claramente cuál es la contribución de la fuente. Lo anterior no implica que la fuente de emisión de ruido objeto de estudio esté exenta del cumplimento de los niveles máximos permisibles de emisión de ruido estipulados en el artículo 9 de la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, sino que se debe realizar un estudio exhaustivo de la fuente y su entorno, debido a la incertidumbre tan alta de la medición, para poder determinar apropiadamente la emisión de ruido. 3.8. ESTRUCTURA DEL INFORME. 3.8.1. Contenido mínimo. Los informes técnicos de las mediciones de emisión de ruido deben contener como mínimo la siguiente información 2 : Fecha de la medición, hora de inicio y de finalización. Responsable del informe (información mínima de quién lo hace). Ubicación de la medición. Propósito de la medición. Norma utilizada (si es la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o aquélla que la adicione, modifique, complemente o sustituya; en caso de ser otra norma, especificar las razones e indicar de qué norma se trata). Tipo de instrumentación utilizado. Equipo de medición utilizado, incluyendo números de serie. Datos de calibración, ajuste del instrumento de medición y fecha de vencimiento del certificado de calibración del calibrador o pistófono. Procedimiento de medición utilizado. En caso de no ser posible la medición del ruido residual, las razones por las cuales no fue posible apagar la fuente. Condiciones predominantes de operación de la fuente de emisión de ruido. Condiciones atmosféricas (velocidad del viento). Procedimiento para la medición de la velocidad del viento.

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Naturaleza/estado del terreno entre la fuente y el receptor; descripción de las condiciones que influyen en los resultados: acabados de la superficie, geometría, barreras y métodos de control existentes, entre otros. Resultados numéricos y comparación con la normatividad aplicada. Descripción de los tiempos de medición, intervalos de tiempos de medición y de referencia, detalles del muestreo realizado. Variabilidad temporal del funcionamiento de la(s) fuente(s). Descripción de las fuentes de sonido existentes, datos cualitativos. Reporte de memoria de cálculo (incertidumbre, ajustes, aporte de ruido, entre otros). Conclusiones y recomendaciones. Croquis detallado que muestre la posición de las fuentes de sonido, objetos relevantes y puntos de observación y medición. Copia de los certificados de calibración electrónica de los equipos. En el Anexo 4 se presenta un modelo de formato para la elaboración del informe técnico de medición de ruido. 3.8.3. Resumen ejecutivo. Se debe presentar un resumen inicial en donde se establezca de manera breve el contenido del estudio de emisión de ruido, especificando la fuente evaluada, la variabilidad de ésta, la zona a la que pertenece y los límites máximos permisibles de emisión de ruido, la actividad objeto de estudio de la fuente, posición del micrófono, tipo de sonómetro utilizado y los principales resultados obtenidos. 3.8.4. Introducción. Esta sección debe incluir el nombre de la persona natural o jurídica de la fuente objeto de estudio, el nombre del representante legal, la localización geográfica, los límites máximos permisibles de emisión de ruido aplicables según la zona de ubicación de la fuente, según lo establecido en la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o aquélla que la modifique, adicione o sustituya, y una explicación concisa de los objetivos del estudio.

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3.8.5. Descripción de la fuente de emisión de ruido. La descripción de la o las fuentes objeto de estudio debe incluir como mínimo la siguiente información: Descripción del funcionamiento de los equipos relacionados con la fuente de emisión de ruido a ser evaluada. Intervalos de tiempo y horarios de operación. Descripción concisa del o los procesos dominantes y los equipos asociados a la fuente de emisión de ruido. Descripción de los sistemas de control de emisión de ruido. Adicionalmente, debe contener un croquis detallado de la(s) fuente(s) de emisión de ruido donde se observe su ubicación y un mapa o croquis donde se observe la ubicación geográfica de la fuente objeto de estudio. 3.8.6. Identificación de la empresa consultora. Es necesario incluir la identificación del grupo encargado de realizar el estudio de emisión de ruido con datos como nombre, NIT, dirección, número telefónico, correo electrónico y encargado de la evaluación. 3.8.7. Procedimiento de evaluación. Descripción de los equipos a emplear en la medición, tipo, clase y certificados de calibración vigentes. Descripción del procedimiento de verificación de la calibración realizado antes de la evaluación. Ubicación de los equipos de medición. Se debe referenciar geográficamente cada uno de los puntos y hacer una descripción detallada del punto de evaluación y explicar el porqué fue escogido. Periodos de tiempo de medición donde se especifique claramente hora de inicio y hora final de cada periodo. Resultados obtenidos en campo y memorias de cálculos para obtener el nivel de emisión de ruido de la fuente objeto de estudio. Registro fotográfico de la medición. 3.8.8. Incertidumbre de la medición. Cada autoridad ambiental, laboratorio o consultor estimará su incertidumbre de medida en base a los instrumentos de medición utilizados. La incertidumbre de la medición

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debe ser determinada de conformidad con la “Guía para la Expresión de la Incertidumbre de Medida (GUM)”. 3.8.9. Conclusiones. El documento debe incluir al final las conclusiones del estudio y un comparativo entre lo hallado y los estándares máximos de emisión de ruido, analizando si la fuente evaluada cumple o no con los niveles máximos permisibles de emisión de ruido de acuerdo con la zona en que se encuentra.

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4. DETERMINACIÓN DEL RUIDO AMBIENTAL 4.1. APLICABILIDAD DEL RUIDO AMBIENTAL. Los resultados obtenidos en las mediciones de ruido ambiental, deben ser utilizados para realizar el diagnóstico de los niveles de presión sonora en el ambiente. Los resultados podrán ser llevados a mapas de ruido con el fin de identificar zonas críticas y posibles fuentes de emisión de ruido, entre otros 2 . Las mediciones de ruido ambiental deben hacerse de forma que los resultados obtenidos permitan su incorporación a mapas de ruido. 4.2. OBJETIVOS DEL ESTUDIO. La autoridad ambiental correspondiente debe especificar claramente los objetivos que motivan la realización del estudio a ejecutar 2 . Los objetivos deben definirse de una forma concisa y clara, asimismo deben ser congruentes con las posibilidades técnicas y la realidad económica de la entidad, ciudad, zona o área de estudio. Unos objetivos que sean difusos, muy restringidos o demasiados ambiciosos, resultarán en programas poco efectivos y costosos, con una mínima utilización de los datos. En esta circunstancia no es posible hacer un uso óptimo de los recursos disponibles [14, 15 y 16]. Para la determinación de estos objetivos es necesario tener en cuenta que el objetivo final del estudio no es la realización de uno o varios mapas. Éstos son sólo una herramienta de representación y comunicación de resultados que aporta al buen desarrollo, logro y éxito del proyecto para el cual se efectúa el estudio 2 . Para el logro de estos objetivos se debe incluir la realización de los mapas de ruido de las zonas de interés, como un instrumento que permite visualizar el estado ambiental de contaminación por ruido y proyectar soluciones a las problemáticas generales encontradas 2 . Para esto se debe tener en cuenta, de una manera muy especial, el alcance y el objeto

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de los mapas de ruido. Entre los objetivos se encuentran los siguientes [15 y 16]: Permitir la evaluación ambiental de cada municipio, ciudad y zonas o áreas de estudio en lo referente a contaminación por ruido. Informar al público acerca del estado del ruido ambiental y del incremento de amenazas. Determinar conformidades con normas nacionales o internacionales. Establecer las condiciones en las cuales se encuentran los niveles de ruido ambiental a nivel nacional. Permitir el pronóstico global con respecto a las tendencias de los niveles de ruido. Desarrollar y validar herramientas de gestión (modelos de simulación y predicción de ruido). Posibilitar el diseño y adopción de planes de acción en materia de contaminación por ruido y en general de las medidas correctivas, preventivas y de seguimiento adecuadas. Proveer información para el manejo de la contaminación por ruido, el planeamiento del tráfico y del uso del suelo. Evaluar tendencias para identificar problemas futuros o progresos versus objetivos de administración y control. Antes de considerar el establecimiento de un programa para la determinación del ruido ambiental es indispensable examinar detenidamente los anteriores objetivos, a fin de que se puedan reunir los datos apropiados con un esfuerzo y costo mínimo. Para el logro de estos objetivos se debe incluir la realización de los mapas de ruido de las zonas de interés, como un instrumento que permite visualizar el estado ambiental de contaminación por ruido y proyectar soluciones a las problemáticas generales encontradas [14 y 16]. A partir del marco general, se destacan a continuación los siguientes objetivos: 4.2.1. Determinar el cumplimiento de las normas de ruido ambiental y evaluar las estrategias de control. La Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, tiene como objetivo principal establecer los niveles máximos permisibles de

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ruido ambiental y las regulaciones de carácter general aplicables a todas las actividades que puedan producir de manera directa o indirecta contaminación por ruido, y promover acciones para controlar y reducir el ruido ambiental en el territorio nacional. Para que los niveles de contaminación por ruido se mantengan por debajo de tales límites y prevalezca el bienestar de la población, la finalidad de conocer los niveles de ruido ambiental en este caso, debería consistir en determinar los niveles de presión sonora en cada municipio, ciudad y zonas o áreas de estudio y comparar los resultados con las normas de ruido ambiental, estableciendo el diagnóstico de la calidad acústica e identificar zonas críticas y posibles fuentes de emisión de ruido, entre otros, definir posible formas de actuar y efectuar el seguimiento de las mismas, de manera independiente al tipo de fuente que las genera [14 y 16]. 4.2.2. Investigar quejas concretas. En contraste con lo expuesto anteriormente, el monitoreo de quejas concretas debe orientarse deliberadamente hacia la contaminación procedente por emisión de ruido. Si por alguna razón se desea estimar el aporte que cualquier fuente específica hace al ambiente, se debe proceder de acuerdo con lo estipulado en capítulo 3. 4.2.3. Observar las tendencias a mediano y largo plazo. El objetivo principal de este tipo de evaluación de ruido ambiental, es el de vigilar cualquier tipo de afectación por ruido a consecuencia del desarrollo urbano, industrial o de otra índole, junto con la variación de las condiciones geográficas, socioeconómicas, de la región, municipio, ciudad y zonas o áreas objeto de estudio [16]. Al interpretar los datos obtenidos mediante las mediciones de ruido ambiental es necesario tener en cuenta que, aunque se hayan escogido cuidadosamente los sitios de medida, no puede obtenerse una representatividad total. Es imposible asegurarse que un sitio no esté influenciado por factores locales como topografía, estructuras, fuentes de contaminación por ruido demasiado cercanas al sitio, y otras variables, cuyo efecto no puede ser anticipado con exactitud; pero aun así estos datos deben ser considerados como un insumo inicial para la elaboración de mapas de simulación y predicción [16].

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4.2.4. Obtener información de base para planificar los usos del suelo. Los usos del suelo y las actividades consiguientes establecidas en los planes de ordenamiento territorial, determinan en gran medida la contaminación por ruido en una región, municipio, ciudad y zonas o áreas objeto de estudio. La creciente preocupación por el ruido ambiental en los centros urbanos, relaciona los niveles de presión sonora en el ambiente con el efecto de actividades cotidianas como la construcción o ampliación de complejos, actividad industrial, desarrollo de nuevos corredores viales y obras públicas, entre otros [16]. 4.3. PARÁMETROS DE MEDICIÓN. Los principales parámetros para la medición del ruido ambiental son: Nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, LAeq,T y respuesta rápida (F). Nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, LAeq,T y respuesta por impulsos (I). 4.4. INTERVALOS Y TIEMPOS DE MEDICIÓN. El intervalo unitario de tiempo de medición tal cual como está especificado en el numeral 2.4 y en la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial es de una (1) hora con captura de información de quince (15) minutos como mínimo. Si el sonómetro utilizado no tiene la capacidad de registrar el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A y respuestas lenta y por impulsos al mismo tiempo, la medición constará de dos (2) procesos de medición, cada uno de por lo menos 15 minutos de captura de información, uno para medir el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A y respuesta rápida (F), LAeq,T y otro para el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A y respuesta por impulsos (I), LAI. Con la respuesta rápida se realiza paralelamente el análisis en bandas de tercio de octava.

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Para la medición de los niveles de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, LAeq,T, el intervalo de tiempo de referencia, es de catorce (14) horas para el horario diurno y de diez (10) horas para el horario nocturno, de acuerdo con lo expresado en la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, para obtener así los respectivos niveles, LAeq,d, diurno y LAeq,n, nocturno, independientes el uno del otro. Para las mediciones de ruido en los intervalos de tiempo de referencia se debe utilizar la metodología de medición del intervalo de tiempo de medición unitario (por hora) 2 . El número de horas de medición por período diurno o nocturno, en cada sitio, no debe ser inferior a 2 2 . Se establece un (1) año calendario como el intervalo de largo plazo de tiempo de medición. No obstante, si las aplicaciones del estudio ambiental que se realice son para períodos inferiores a un (1) año; como en el caso de eventos especiales como carnavales, altas temporadas de turismo, ferias y fiestas, entre otros, este intervalo de tiempo puede reducirse y deberá especificarse claramente. Se debe escoger de modo que se cubran las variaciones significativas de la emisión de ruido 2 . 4.5. UBICACIÓN DEL SITIO DE MEDICIÓN. En las zonas urbanas y de expansión urbana, el ruido ambiental se mide instalando el micrófono a una altura de cuatro (4) m medidos a partir del suelo terrestre y a una distancia equidistante de las fachadas, barreras o muros existentes a ambos lados del punto de medición 2 . Si no existen fachadas, barreras o muros en uno de los costados, el punto se sitúa a una distancia de cuatro (4) m medidos horizontalmente desde el costado que las posea. Si no existen en ninguno de los costados, se toma el punto equidistante entre los límites del espacio público correspondiente. Bajo ninguna circunstancia se pueden efectuar mediciones bajo puentes o estructuras similares 2 .

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Figura 8. Posición del micrófono respecto al nivel del suelo en zonas urbanas y de expansión urbana. La altura de 4 m reduce la influencia de los efectos del terreno y las barreras acústicas bajas, y mejora la reproducibilidad, pero el nivel medido generalmente difiere del medido cerca del terreno [8]. Para minimizar la influencia de la reflexión del sonido, las mediciones se deben realizar, cada vez que sea posible por lo menos a 3.5 m de cualquier estructura reflectante, diferente al nivel del terreno [8]. En el respectivo informe de resultados se debe especificar claramente la altura y distancia horizontal de las mediciones, de tal manera que permitan la repetibilidad de las mismas en el futuro 2 . Para la determinación de las áreas donde se deben hacer las mediciones es necesario tener en cuenta el artículo 17 de la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o aquélla que la modifique, complemente o sustituya con el fin de cubrir todos los sectores y subsectores en ella establecidos, en caso de ser necesario 2 .

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Además de los usos del suelo y de las actividades desarrolladas, es necesario tener muy presente las características generales de cada área, como por ejemplo densidades poblacionales, densidades de tráfico, densidades de comercio, densidades o aglomeraciones industriales, densidades de edificaciones, horas del día y/o de la noche de mayores y menores actividades, en forma similar para los diferentes días de la semana, las diferentes semanas del mes, los diferentes meses del año y las respectivas temporadas en las cuales se efectúen ciertas actividades que sólo ocurren en esas temporadas 2 . Una vez efectuada la selección de las áreas donde se deben desarrollar las mediciones, con sus respectivas justificaciones, es necesario determinar en qué sitios se hacen las mismas 2 . Una vez determinado el punto físico seleccionado para realizar la medición, se recomienda referenciarlo geográficamente y describirlo físicamente, para luego poder localizarlo, reconocerlo, identificarlo y ubicarlo con toda exactitud en el momento de efectuar las mediciones, y luego cuando se requiera para las posteriores revisiones y actualizaciones 2 . 4.6. PROCEDIMIENTO DE MEDICIÓN. Antes de emprender una medición para determinar la emisión de ruido, es necesario verificar las condiciones meteorológicas y proceder de acuerdo al numeral 2.6.4. También se debe tener en cuenta lo estipulado en los numerales 2.6.1 y 2.6.2. Las mediciones se realizan con respuesta rápida (F) y con filtros de ponderación frecuencial A y Z (antes lineal) y con respuesta por impulsos (I) y con filtro de ponderación frecuencial A. El filtro de ponderación frecuencial Z, que se utiliza para realizar los ajustes por bajas frecuencias y tonalidades es opcional, dado que se puede medir con filtro de ponderación A y posteriormente realizar la corrección. Cada medición, debe constar de cinco (5) mediciones parciales distribuidas en tiempos iguales, cada una de las cuales debe tener una posición orientada del micrófono, así: norte, sur, este (oriente), oeste (occidente) y

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vertical hacia arriba. El resultado de la medición es obtenido mediante la siguiente expresión: (25) En la cual: LAeq = Nivel equivalente resultante de la medición, dB(A). LN = Nivel equivalente medido en la posición del micrófono sentido norte, dB(A) LS = Nivel equivalente medido en la posición del micrófono sentido sur, dB(A) LE = Nivel equivalente medido en la posición del micrófono sentido este (oriente), dB(A) LO = Nivel equivalente medido en la posición del micrófono sentido oeste (occidente), dB(A) LV = Nivel equivalente medido en la posición del micrófono sentido vertical hacia arriba, dB(A)

orientada en orientada en orientada en orientada en orientada en

Cada proceso de medición debe tener por lo menos 15 minutos de captura de información para representar los niveles sonoros en el intervalo unitario de tiempo de medición que es de una (1) hora. En ese proceso de medición es necesario tomar cinco (5) mediciones, cada una de ellas con distinta orientación del micrófono: norte, sur, este (oriente), oeste (occidente) y vertical hacia arriba. Si se respeta la duración mínima de la muestra (15 minutos de captura de información), cada evento resultaría extremadamente breve para representar los niveles de ruido ambiental. Por lo tanto, se sugiere organizar la rutina de mediciones como se indica la tabla 4, para así obtener la mejor información posible sin sobrepasar la duración el intervalo unitario de tiempo de medición que es de una (1) hora. Cuando el sonómetro tiene la capacidad de medir el nivel sonoro con el filtro de ponderación temporal en respuesta rápida (F) y por impulsos (I) al mismo tiempo, las mediciones 6 a 10 de la tabla 4 se pueden obviar.

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Tabla 4. Distribución de las mediciones. Medición 1

2

3

4

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6

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10

Características de la medición Análisis 1/3 de octava. LAeq,T Respuesta rápida. Orientación norte. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T Respuesta rápida. Orientación sur. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T Respuesta rápida. Orientación este. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T Respuesta rápida. Orientación oeste. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T Respuesta rápida. Orientación hacia arriba. LAI Respuesta por impulsos. Orientación norte. LAI Respuesta por impulsos. Orientación sur. LAI Respuesta por impulsos. Orientación este. LAI Respuesta por impulsos. Orientación oeste. LAI Respuesta por impulsos. Orientación hacia arriba.

Tiempo Inicial Final 0:00 0:05

Duración (min) 5

0:05

0:10

5

0:10

0:15

5

0:15

0:20

5

0:20

0:25

5

0:25

0:30

5

0:30

0:35

5

0:35

0:40

5

0:40

0:45

5

0:45

0:50

5

Nota: Cuando se realizan mediciones de niveles sonoros es muy importante registrar la máxima cantidad de información descriptiva

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del evento que sea posible. Se sugiere que el personal que realiza las mediciones esté dotado de una planilla adecuada para registrar datos acerca del volumen de tránsito clasificado que ocurre durante el período de medición, así como todos los ruidos específicos que se hayan registrado durante la medición, indicando su momento de ocurrencia y, de ser posible, su procedencia. 4.7. AJUSTES. Se aplican todos los ajustes del numeral 2.5, excepto el ajuste por la hora del día (KR) dado que la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial no tiene estándares para el nivel equivalente corregido para el día y la noche, por lo que no es necesario determinar el valor del LRAeqdn. Si la captura de información se hace en intervalos, los ajustes se deben calcular por separado para cada intervalo de medición. Para cada uno de los ajustes (KI, KT y KS), se seleccionará el mayor de los valores obtenidos para los distintos intervalos. Luego, el mayor de esos tres valores de Ki obtenidos es el que se aplicará como ajuste, sumándolo al nivel sonoro (total o residual) en dB(A) que se haya obtenido a partir de las mediciones. Es suficiente con que en uno solo de los intervalos de medición se presenten contenidos impulsivos, tonales o a bajas frecuencias, para que sea necesario considerar el ajuste Ki correspondiente para aplicarla al nivel sonoro (total o residual). Se parte del hecho de que, si estos componentes se presentan en por lo menos uno de los intervalos de una medición de tan corta duración, se pueden volver a presentar. 4.8. CÁLCULOS. Al realizar las comparaciones con los límites máximos permisibles de ruido ambiental establecidos en el artículo 17 de la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o aquélla que la modifique, complemente o sustituya, se deberán calcular los respectivos niveles de la siguiente manera:

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4.8.1. Cálculo del nivel sonoro continuo equivalente ponderado en escala A y con respuesta rápida (F) o respuesta por impulsos (I). Es el promedio logarítmico de los niveles obtenidos con la respuesta que se esté considerando en las cinco (5) posiciones del micrófono: (26)

4.8.2. Nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A para el período diurno. En general, para diferentes intervalos de tiempo, el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A para el periodo diurno se puede escribir como:

(27)

En la cual: LAeq,d = Nivel de presión sonora continuo equivalente promedio para el periodo diurno, dB(A). LAeq,di = Nivel de presión sonora continuo equivalente de cada evento durante el periodo diurno, dB(A). Ti = Intervalo de tiempo del evento individual, min. Si los intervalos unitarios de tiempo de medición son iguales, la ecuación 27 queda de la siguiente manera: (28) En la cual: N = Número de mediciones. 4.8.3. Nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A para el período nocturno. En general, para diferentes

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intervalos de tiempo, el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A para el periodo nocturno se puede escribir como:

(29)

En la cual: LAeq,n = Nivel de presión sonora continuo equivalente promedio para el periodo nocturno, dB(A). LAeq,ni = Nivel de presión sonora continuo equivalente de cada evento durante el periodo nocturno, dB(A). Ti = Intervalo de tiempo del evento individual, min. Si los intervalos unitarios de tiempo de medición son iguales, la ecuación 29 queda de la siguiente manera: (30) En la cual: N = Número de mediciones. 4.8.4. Nivel de presión sonora continuo equivalente corregido con filtro de ponderación A para el período diurno. En general, para diferentes intervalos de tiempo, el nivel de presión sonora continuo equivalente corregido con filtro de ponderación A para el periodo diurno se puede escribir como: (31) En KI KT KS

la cual: = Ajuste por impulsos, dB(A). = Ajuste por tono y contenido de información, dB(A). = Ajuste para contenido de información a baja frecuencia, dB(A).

El valor de KI, KT y KS, es el mayor de cada intervalo de medición (por orientación del micrófono y por distribución de las mediciones a lo largo

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del periodo diurno) y el valor de K a adicionar al nivel LAeq,d es el mayor de cada uno de los ajustes. Si las mediciones se hicieron en forma continua durante el periodo diurno, el valor del ajuste K es el mayor de cada uno de los ajustes (KI, KT y KS) obtenidos. Este valor es el que se compara con los límites máximos permisibles de ruido ambiental para el periodo diurno establecidos en el artículo 17 de la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o aquélla que la modifique, complemente o sustituya. 4.8.5. Nivel de presión sonora continuo equivalente corregido con filtro de ponderación A para el período nocturno. En general, para diferentes intervalos de tiempo, el nivel de presión sonora continuo equivalente corregido con filtro de ponderación A para el periodo nocturno se puede escribir como: (32) En KI KT KS

la cual: = Ajuste por impulsos, dB(A). = Ajuste por tono y contenido de información, dB(A). = Ajuste para contenido de información a baja frecuencia, dB(A).

El valor de KI, KT y KS, es el mayor de cada intervalo de medición (por orientación del micrófono y por distribución de las mediciones a lo largo del periodo nocturno) y el valor de K a adicionar al nivel LAeq,n es el mayor de cada uno de los ajustes. Si las mediciones se hicieron en forma continua durante el periodo nocturno, el valor del ajuste K es el mayor de cada uno de los ajustes (KI, KT y KS) obtenidos. Este valor es el que se compara con los límites máximos permisibles de ruido ambiental para el periodo nocturno establecidos en el artículo 17 de la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o aquélla que la modifique, complemente o sustituya.

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4.9. INFORME. En el informe de resultados se debe especificar claramente la altura y distancia horizontal de las mediciones, de tal manera que permitan la repetibilidad de las mismas en el futuro 4 .

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5. MAPAS DE RUIDO Se entiende por mapa de ruido, la representación de los datos sobre una situación acústica existente o pronosticada en función de un indicador de ruido, en la que se indica la superación de un valor límite, el número de personas afectadas en una zona dada y el número de viviendas, centros educativos y hospitales expuestos a determinados valores de ese indicador en dicha zona [2]. Se trata de una representación cartográfica, cuya utilidad como herramienta de gestión se mantiene aún cuando la información que se represente se refiera únicamente a indicadores de ruido y no incluya el número de personas, viviendas, centros educativos y hospitales expuestos a los diferentes niveles de ruido ambiental. Las Corporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales, son las encargadas de elaborar, revisar y actualizar en los municipios de su jurisdicción con poblaciones mayores de cien mil (100000) habitantes, mapas de ruido ambiental para aquellas áreas que sean consideradas como prioritarias [2]. 5.1. OBJETIVO DE LOS MAPAS DE RUIDO. Los mapas de ruido son utilizados como documento básico para conocer la realidad de ruido ambiental en la población y poder desarrollar planes, programas y proyectos preventivos, correctivos o de seguimiento. Igualmente, éstos deben ser utilizados como soporte e insumo técnico en la elaboración, desarrollo y actualización de los planes de ordenamiento territorial [2]. Los mapas de ruido pueden tener entre otros, los siguientes objetivos [2]: Permitir la evaluación ambiental de cada municipio en lo referente a contaminación por ruido. Permitir el pronóstico global con respecto a las tendencias de los niveles de ruido.

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Posibilitar la adopción de planes de acción en materia de contaminación por ruido y en general de las medidas correctivas, preventivas y de seguimiento adecuadas. Establecer las condiciones en las cuales se encuentran los niveles de ruido a nivel municipal, departamental y nacional. 5.2. ELABORACIÓN DE UN MAPA DE RUIDO. A la hora de abordar la elaboración de un mapa de ruido es necesario determinar en primer lugar las características del mapa que se desea obtener, si es general o específico para una fuente, el ámbito del mapa y la altura de medición sobre el suelo, la escala de trabajo y precisión de los datos, y los indicadores acústicos y la información a reflejar en el mapa, entre otros [6]. Una vez determinadas las características de los mapas, es necesario seleccionar la técnica que se va a emplear, dentro de las cuales se encuentran: las medidas mediante sonómetros, los métodos o modelos de predicción o la combinación de medidas y predicciones; en función de las características del mapa es posible utilizar una u otra técnica. [6] Los mapas de ruido deben contener como mínimo la siguiente información [2]: Valor de los niveles de ruido ambiental existentes en cada una de las áreas evaluadas. Delimitación de zonas afectadas por contaminación por ruido. Fecha de elaboración del mapa de ruido. Especificación de la altura a la cual se hace la representación gráfica. Para elaborar un mapa de ruido se recomienda aplicar la siguiente metodología 2 : Definir claramente los objetivos del estudio. Realizar un estudio y evaluación rápida de la(s) ciudad(es) y de la(s) zona(s) a estudiar. Determinar las áreas donde se deben hacer las mediciones. Establecer una cuadrícula (grilla o malla) sobre estos sectores.

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Determinar las distancias máximas para ubicación de sitios de medición. Ubicar los sitios de medición. Establecer el número de horas diurnas y nocturnas durante las cuales se efectúa la toma de mediciones. Establecer los horarios de medición. Establecer el número de días por semana y el número de semanas por mes durante las cuales se efectúan las mediciones. Determinar el número de meses al año durante los cuales se desarrollan mediciones. Establecer otras actividades a desarrollar simultáneamente con la tarea de mediciones. 5.2.1. Definir claramente los objetivos del estudio. Para la determinación de los objetivos se debe tener en cuenta, de una manera muy especial, el alcance y el objeto. Para el logro de estos objetivos se debe incluir la realización de los mapas de ruido de las zonas de interés, como un instrumento que permita visualizar el estado ambiental de contaminación por ruido y proyectar soluciones a las problemáticas generales encontradas 2 . 5.2.2. Realizar un estudio y evaluación rápidos de la(s) ciudad(es) y de la(s) zona(s) o área(s) a estudiar. La autoridad ambiental es la encargada de efectuar un estudio y evaluación rápida sobre la situación general en que se encuentra la respectiva ciudad en cuanto se refiere a la contaminación por ruido, partiendo de la respectiva distribución de usos del suelo, de los planes de ordenamiento territorial existentes, de la sectorización y subsectorización establecida en el artículo 17 de la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o cualquiera que la modifique, complemente o sustituya, así como de las tendencias, costumbres y polos de desarrollo que presente la respectiva ciudad o área en consideración. Este estudio y evaluación rápida se efectuará inicialmente sobre cartografía actualizada existente y luego se debe corroborar por medio de un recorrido de observación y comprobación 2 . Con base en el estudio y evaluación rápidos se identifican posibles zonas y sectores que posean problemas por contaminación ambiental por ruido o,

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así no los tengan, presenten alguna característica especial de interés en lo que respecta a ruido. Estas zonas o sectores tienen que ser tenidos en cuenta al momento de determinar los sitios donde se deben hacer las mediciones 2 . 5.2.3. Determinar las áreas donde se deben hacer las mediciones. Para la determinación de las áreas donde se deben hacer las mediciones, es necesario tener en cuenta el artículo 17 de la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o aquélla que la modifique, complemente o sustituya, con el fin de cubrir todos los sectores y subsectores en ella establecidos, en caso de ser necesario 2 . Con base en lo anterior, las autoridades ambientales establecerán las áreas donde deben efectuar las mediciones de ruido para desarrollar los respectivos mapas que muestren el estado actual de la incidencia del ruido en el ambiente. Además de los usos del suelo y de las actividades desarrolladas, es necesario tener muy presentes las características generales de cada área, como por ejemplo densidades poblacionales, densidades de tráfico, densidades de comercio, densidades o aglomeraciones industriales, densidades de edificaciones, horas del día y/o de la noche de mayores y menores actividades, en forma similar para los diferentes días de la semana, las diferentes semanas del mes, los diferentes meses del año y las respectivas temporadas en las cuales se efectúen ciertas actividades que sólo ocurren en esas temporadas 2 . Una vez efectuada la selección de las áreas donde se deben desarrollar las mediciones, con sus respectivas justificaciones, es necesario determinar en qué sitios se hacen las mismas 2 . 5.2.4. Establecer una cuadrícula o malla sobre estos sectores. Sobre cada una de las áreas seleccionadas se establecen los usos permitidos del suelo y, teniendo en cuenta estos límites se hace una cuadrícula o malla cuyo espaciamiento de vértices será definido por la autoridad competente de acuerdo con las consideraciones efectuadas en el numeral anterior sobre características generales de cada área 2 .

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Se sugiere que para sectores rurales donde hay ausencia de instalaciones o no hay asentamientos humanos, estas cuadrículas se hagan con distancias entre 3 y 5 km como máximo entre vértices; en áreas donde se presentan grandes aglomeraciones de personas y/o de fuentes de ruido se aconseja hacer cuadrículas de lados pequeños, máximo 250 m; y en los demás sitios, se sugiere un espaciamiento máximo de 1000 m 2 . 5.2.5. Determinar las distancias máximas para ubicación de sitios de medición. Establecida la respectiva cuadrícula en cada sector, y analizando las actividades que en ella se desarrollan y su comportamiento en lo que respecta a la generación de ruido, la autoridad competente determina cada cuántos vértices de la cuadrícula se deben fijar los respectivos sitios para hacer las mediciones y cuál de ellos es el punto de inicio o marco de referencia para determinar los demás 2 . No obstante, si existe(n) algún(os) punto(s) que no esté(n) en los vértices de la cuadrícula y que por alguna razón requiera(n) ser evaluado(s) y medido(s), se inserta(n) dentro de los puntos a medir y se continúa con el respectivo proceso dentro de este procedimiento 2 . 5.2.6. Ubicar los sitios de medición. Una consideración muy importante a la hora de planificar la elaboración de un mapa de ruido es la selección de los puntos de medición. Dentro de los principales criterios para la selección de puntos se encuentran los siguientes [6]: Emplear una cuadrícula uniforme (entre 50 m y 250 m). Esta distancia entre puntos sucesivos depende de los recursos humanos, técnicos y económicos, y del área a representar. Emplear una cuadrícula cuya densidad de puntos sea proporcional a la densidad poblacional. Distribución barrial. Estadísticas de quejas por ruido. Zonas que sean consideradas como críticas por los problemas de ruido. Zonas en las que se hallen hospitales o escuelas. Vías consideradas como arterias. La selección de los puntos deberá tener una combinación de dos o más criterios.

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Habiendo determinado, sobre la cuadrícula, cuáles son los puntos donde se deben hacer las mediciones, es necesario ubicar el sitio de medición, de tal manera que pueda ser relocalizado nuevamente con exactitud para efectos de tomar nuevas mediciones o de tener que corroborar datos 2 . Para lograr esto, se debe hacer un recorrido real, analizar el área alrededor del punto determinado en la cuadrícula y ubicar un sitio seguro que cumpla con lo especificado en la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o aquélla que la adicione, modifique, complemente o sustituya, en cuanto a distancias y ubicación respecto de fachadas, y que además presente características óptimas para efectuar las mediciones (numeral 4.5) y brinde seguridad para quienes desarrollan la labor de campo 2 . Preferiblemente los sitios de medición no deben ubicarse sobre cruces viales 2 . Una vez determinado el punto físico, se recomienda referenciarlo geográficamente y describirlo físicamente, para luego poder localizarlo, reconocerlo, identificarlo y ubicarlo con toda exactitud en el momento de efectuar las mediciones y luego cuando se requiera para las posteriores revisiones y actualizaciones 2 . 5.2.7. Establecer el número de horas diurnas y nocturnas durante las cuales se efectúa la toma de mediciones. De acuerdo con las consideraciones y motivaciones que se han tenido en cuenta para determinar las áreas donde se deben hacer las mediciones, con los criterios para la selección y ubicación de sitios de medición, con la fluctuación durante el período diurno y nocturno de las actividades que generen o no ruido, se deben establecer los períodos de máxima y de mínima emisión de ruido (recordar que el LAeq es un promedio energético del nivel de ruido en el que se incluyen tanto los periodos de máxima, como los intermedios y los de mínima generación de ruido) y con base en ellos determinar, para cada sitio de medición, el número de horas en que, para cada período diurno y nocturno, deben efectuarse las mediciones para, con estos resultados, establecer los respectivos LRAeq,d y LRAeq,n, para el día de medición. El número de horas de medición por período diurno o nocturno, en cada sitio, no debe ser inferior a 2 2 .

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5.2.8. Establecer los horarios de medición. Con los puntos determinados, con los sitios de medición localizados, con el número de horas diarias a medir, es necesario determinar los horarios en los cuales se efectúan las mediciones en cada punto. Se recomienda no hacer mediciones de más de una hora continua en cada punto, a menos que ya se haya medido más de 7 horas diurnas o 5 nocturnas por día o noche, respectivamente 2 . 5.2.9. Establecer el número de días por semana y el número de semanas por mes durante los cuales se efectúan las mediciones. El número mínimo de días a la semana en los cuales se efectúen las mediciones es de dos (2), uno de ellos tiene que ser un domingo o día festivo. El número mínimo de semanas por mes a medir es una (1). Sin embargo, las consideraciones efectuadas para determinar las áreas donde se deben hacer las mediciones dan la base fundamental para determinar estos dos parámetros 2 . 5.2.10. Determinar el número de meses al año durante los cuales se desarrollan las mediciones. El intervalo de largo plazo que la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial ha determinado es de un año; por lo tanto las autoridades ambientales deben determinar, para cada punto, el número de meses y los meses en los cuales, durante el año, se deben tomar las mediciones. Esta determinación obedece a los diferentes tipos de actividades, ciclos, períodos de operación o funcionamiento, estados de máxima y mínima actividad, temporadas, entre otros, que se den dentro del respectivo año 2 . 5.2.11. Establecer otras actividades a desarrollar simultáneamente con la tarea de mediciones. Se recomienda que durante el proceso de planificación de las mediciones, se programen otro tipo de actividades que los encargados de efectuar las mediciones puedan ejecutar simultáneamente con esta actividad y que coadyuven a mejorar y clarificar la información recolectada 2 . Tales actividades pueden contemplar la realización de encuestas a la población residente, la recolección de información geográfica, la

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recolección de información relacionada con posibles focos generadores de ruido, fuentes de ruido, tipos de tráfico, variaciones de tráfico, épocas más ruidosas durante el día o la noche, en períodos laborables o festivos, medidas que pueden abatir el problema de ruido, u otro tipo de actividades en los respectivos sectores y que tengan relación directa con la generación y los efectos del ruido, entre otros muchos aspectos 2 . Así mismo pueden programar actividades de recolección de información complementaria, como son datos poblacionales, existencia y ubicación de centros educativos, hospitales, instituciones, tipo de industrias, tipo de vías, centros de recreación y de espectáculos, datos de tráfico y clasificación del parque automotor, carreteras, parqueaderos, negocios, tipos de horarios de operación, cercanías a zonas muy ruidosas como por ejemplo aeropuertos, obras, terminales de transportes, denuncias por contaminación por ruido y acciones a las que dieron lugar 2 . 5.2.12. Medición de los niveles de ruido. Con la determinación de sitios, tiempos de medida diarios, semanales, mensuales y anuales, se establece el cronograma para la medición de los niveles de ruido en todos y cada uno de los sitios de medición y se determinan las fechas de inicio de las mediciones 2 . Las mediciones se realizan de acuerdo a lo estipulado en el capítulo 4 de este protocolo. 5.2.13. Presentación de resultados para cada punto de medición. Los resultados de las mediciones se deben presentar para cada punto en la forma como se estipula en la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o aquélla que la modifique, complemente o sustituya, es decir, como niveles corregidos de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, LRAeq,T, diurno y nocturno 2 . Además, debe entregarse la información registrada en campo en cada punto. Estos valores se deben, además, presentar para cada hora, día, semana, mes y año de medición en cada sitio de medición, referenciado geográficamente 2 .

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5.2.14. Altura del micrófono. Para la elaboración de mapas en general, se debe utilizar una altura de 4 m sobre el nivel del suelo para la ubicación de los receptores. Teniendo en cuenta que el promedio del “oído” se encuentra a alrededor de 1.2 y 1.5 m sobre el nivel del suelo, queda de manifiesto que los mapas no pueden ser utilizados para determinar el nivel de ruido al exterior de alguna vivienda en particular, sino que entregan el nivel global de ruido en el sector de diagnóstico. 5.3. REPRESENTACIÓN GRÁFICA. Toda representación gráfica de los indicadores de ruido ambiental debe hacerse de modo que sea clara y útil para la autoridad que habrá de aplicar esta información. Por lo tanto, al solicitar la realización de un mapa acústico, la autoridad especificará las representaciones gráficas a entregar por la empresa o institución que lleve adelante el mapa. Las representaciones gráficas de los indicadores de ruido ambiental deben hacerse a través de curvas de igual nivel de presión sonora. El software para la representación gráfica y elaboración de los mapas de ruido debe estar basado en métodos científicos reconocidos, haciendo constar en el procedimiento el método seleccionado en el cálculo [2]. Para la elaboración de los mapas de ruido, es importante tener en cuenta los detalles y la escala del mapa, para lo cual es necesario conocer [6]: El tamaño, estructura y uso del área en cuestión. El objeto de la planificación (decisión a gran escala sobre la ubicación de nuevas fuentes y nuevos receptores, cambio del uso en campo, decisión final sobre la ubicación de nuevos receptores). Etapa del proceso de planificación El mapa de ruido debe: Establecerse sobre un mapa oficial, a una determinada escala, con detalles que permitan identificar edificios, instalaciones de tráfico, áreas industriales y agrícolas, vegetación y contornos de altitud respecto al nivel de mar.

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Estar constituido ya sea por las áreas de iguales zonas de ruido, por el dibujo de sus contornos, o bien por una combinación de los contornos de las áreas. Mostrar las ubicaciones donde los datos fueron obtenidos por medición o por cálculo. Cada mapa de ruido constará de tres grandes bloques de información [10]: 1. Memoria técnica: Es un documento que recoge la descripción de la

ciudad o área a que corresponde el mapa, los procedimientos de medición y cálculo que se aplicaron para la realización del mapa, y los datos más relevantes sobre los niveles de ruido medidos y/o calculados. La información mínima que se debe presentar en la memoria técnica de un mapa de ruido que ha incluido trabajo de mediciones y no solamente de cálculo o modelación es [6]: a) Técnicas de medición: Tipo de instrumentos Procedimiento de medición. Duración de los intervalos de tiempo de medición y de referencia, incluyendo los detalles de las mediciones, si se realizaron. Ubicación de los puntos de medición. b) Condiciones existentes durante las mediciones: Condiciones meteorológicas genéricas: lluvia, llovizna, sequedad, humedad, nubosidad, sol, dirección y velocidad del viento, humedad relativa, entre otras. Las condiciones detalladas para cada medición podrán incluirse en el volumen relativo a Datos Estadísticos, en el que se presentará la totalidad de la información medida en campo y calculada. Apreciación acerca de la variabilidad de las emisiones sonoras de las fuentes de ruido. Apreciación acerca de la naturaleza y el estado del terreno entre las fuentes de ruido y los sitios de medición. c) Datos cualitativos: Parámetros geográficos del área de ubicación.

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Usos del suelo (existentes o planeados). Descripción de la o las principales fuentes de ruido identificadas. Descripción del o de los principales receptores identificados y su ubicación en relación a las fuentes. Las características del sonido, en tanto a impulsividad, presencia de tonos, componentes en bajas frecuencias, variabilidad temporal, etc. Los sectores de ruido, si se identifican, en relación con la categorización que plantea la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o aquélla que la adicione, modifique, complemente o sustituya. Si se ha aplicado la interpolación o extrapolación a otras posiciones diferentes de las medidas o calculadas, una descripción del modelo de propagación usado para ello. d) Datos cuantitativos: Los niveles de presión sonora continuos equivalentes ponderados por frecuencia A para cada intervalo de tiempo de referencia, LAeq,T. Los niveles corregidos (si corresponde) para cada intervalo de tiempo de referencia, LRAeq,T. El nivel sonoro promedio de largo plazo (nivel compuesto día– noche) y el nivel corregido promedio de largo plazo (nivel equivalente corregido ponderado por frecuencia A para el día y la noche). Si es posible, para ambos casos, calcular un estimador de la incertidumbre. Para emplear como estimador de la incertidumbre de las mediciones a la desviación estándar de las mismas en los intervalos de tiempo de referencia para las condiciones establecidas, es necesario realizar primero y en forma explícita un análisis de normalidad de los datos de niveles sonoros. En caso de ser normales, se proporcionará el valor de la desviación estándar de las mediciones junto con el número de mediciones realizadas. e) Información descriptiva. Una descripción del modelo de propagación sonora empleado o de los dispositivos de medición en laboratorio si se han aplicado modelos a escala. Ubicación(es) de la(s) fuente(s) en consideración.

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Ubicación(es) del(los) receptor(es). La forma en que el modelo empleado considera y describe los diferentes fenómenos que participan en la propagación del sonido (por ejemplo, diversos fenómenos que participan en la atenuación del sonido, absorción y reflexión en las paredes de edificios y barreras, etc.). 2. Mapas: Representación gráfica de los niveles de ruido evaluados. Los

mapas de ruido admiten ser representados de diferentes formas. La Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial exige la representación a través de curvas de igual nivel de presión sonora, lo que a su vez demanda la necesidad de contar con un software de modelación acústica adecuado para realizar esta tarea. En efecto, tanto para la delimitación de curvas de igual nivel sonoro como la de las zonas afectadas de contaminación por ruido, será necesario aplicar un software apropiado que permita obtener dichos contornos considerando los diferentes fenómenos que intervienen en la propagación del sonido. Se considerarán como zonas afectadas de contaminación por ruido a aquéllas en las que los niveles sonoros superan los valores de referencia de la tabla 2 de la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Se deben analizar las siguientes situaciones [2]: Situación de contaminación por ruido existente. Áreas evaluadas por encima de los límites máximos permisibles de ruido ambiental. Para poder disponer de una información gráfica suficiente, pero que al mismo tiempo sea una información manejable, se recomienda representar los mapas a escala 1/10000, o más detallada si el objetivo del mapa o la superficie del área a representar lo requiere o permite. El conjunto mínimo de mapas a presentar es el siguiente: Mapas de niveles sonoros medidos en cada punto, para horario diurno y nocturno y para día hábil y festivo (mínimo 4 mapas).

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Mapa de niveles sonoros diurnos LAeq,d para día hábil y festivo (mínimo 2 mapas). Mapa de niveles sonoros nocturnos LAeq,n para día hábil y festivo (mínimo 2 mapas). Mapa de nivel equivalente corregido ponderado por frecuencia A para el día y la noche, LRAeq,dn, tomando un período de tiempo de referencia de un (1) año. 3. Datos

estadísticos: Recopilación de los principales datos administrativos, los datos medidos en campo y todos los procesamientos de datos que se hayan realizado.

Puede ser útil una representación en términos de zonas de ruido. Se recomienda que se usen los contornos que indican los límites entre zonas de múltiplos de 5 o 10 dB(A), haciendo referencia a las zonas mediante la citación en decibeles, de los límites superior e inferior [2]. Si se identifican las diferentes zonas sobre un mapa mediante colores o sombreado, se recomienda que se use la combinación de colores (o el sombreado) y las clases especificadas en el anexo 5 de la Resolución 627, que se presentan en la tabla 5 para representaciones gráficas cada 5 dB(A) y en la tabla 6 para representaciones gráficas cada 10 dB(A) [2]. Tabla 5. Combinación de colores para representaciones gráficas cada 5 dB(A) [1]. Zona de Ruido dB(A) Menor de 35 35 a 40 40 a 45 45 a 50 50 a 55 55 a 60 60 a 65 65 a 70 70 a 75 75 a 80 80 a 85

Color Verde claro Verde Verde oscuro Amarillo Ocre Naranja Rojo Bermellón Carmín Rojo lila Azul Azul oscuro

Sombreado Puntos pequeños, baja densidad Puntos medianos, media densidad Puntos grandes, alta densidad Líneas verticales, baja densidad Líneas verticales, media densidad Líneas verticales, alta densidad Sombreado cruzado, baja densidad Sombreado cruzado, media densidad Sombreado cruzado, alta densidad Franjas verticales anchas Completamente negro

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Tabla 6. Combinación de colores para representaciones gráficas como 10 dB(A). Zona de Ruido dB(A) Menor de 45 45 a 55 55 a 65 65 a 75 75 a 85

Color

Sombreado

Verde Amarillo Naranja Rojo Azul

Puntos medianos, media densidad Líneas verticales, baja densidad Líneas verticales, alta densidad Sombreado cruzado, media densidad Franjas verticales anchas

Hay varios tipos de representación para los mapas de ruido. La más adecuada resulta ser la que se obtiene computacionalmente, aplicando modelos de predicción y propagación del ruido en el entorno, ya que estos modelos permiten calcular niveles sonoros en una gran densidad de puntos y, en consecuencia, obtener una representación mucho más ajustada de los niveles sonoros en el entorno. Cuando no se emplea este tipo de modelos, la representación de los niveles sonoros obtenidos por medición y procesamiento de la información medida, puede realizarse de diferentes formas. Algunas de ellas describen bien el fenómeno físico de propagación del sonido, pero visualmente no permiten identificar de manera clara la problemática de contaminación acústica; otras no describen bien el fenómeno acústico, pero entregan información visualmente más clara acerca de dónde se presentan los problemas de ruido, de modo que la autoridad ambiental pueda aplicar esta información para priorizar la implementación de medidas de control. La figura 9 presenta un ejemplo de dos tipos de representaciones gráficas. La autoridad que habrá de aplicar esta información especificará las representaciones gráficas a entregar por la empresa o institución que lleve adelante el mapa. 5.4. CONDICIONES METEOROLÓGICAS. La influencia de las condiciones meteorológicas sobre las mediciones es particularmente importante; por este motivo, dichas condiciones deben ser tenidas en cuenta. Las características de la propagación de las ondas de sonido son dependientes del gradiente de temperatura y de la velocidad y dirección del viento. Luego, se evalúan estas variables y se determina si las condiciones meteorológicas son aceptables o no para efectuar la medición [6].

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Adecuada en cuanto a la representación del fenómeno físico, pero no en la transmisión del mensaje por problemática de ruido.

Adecuada en la transmisión del mensaje por problemática de ruido, pero no en cuanto a la representación del fenómeno físico.

Figura 9. Mapas de ruido. Cuando las mediciones se realizan en carreteras o vías ferroviarias, la superficie deberá estar seca y el suelo no debe estar cubierto con nieve, hielo o mojado por cantidades excesivas de agua, a menos que esas condiciones vayan a ser investigadas. Las condiciones meteorológicas durante la medición deben ser descritas o, si es necesario, monitoreadas [6].

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6. LINEAMIENTOS PARA LA SELECCIÓN DE SOFTWARE PARA LA PREDICCIÓN DE RUIDO AMBIENTAL. 6.1. MÉTODOS DE CÁLCULO. Con el fin de estandarizar los mapas de ruido efectuados en Colombia por medio de software de predicción se recomiendan los siguientes métodos de cálculo por lo pronto hasta que no se disponga de métodos nacionales [9, 17, 18]: 6.1.1. Ruido del tráfico rodado. El método de cálculo francés “NMPBRoutes-96 (SETRA-CERTULCPC-CSTB)”, mencionado en el “Arrêté du 5 mai 1995 relatif au bruit des infrastructures routières, Journal officiel du 10 mai 1995, article 6” y en la norma francesa “XPS 31-133”. Por lo que se refiere a los datos de entrada sobre la emisión, esos documentos se remiten a la “Guide du bruit des transports terrestres, fascicule prévision des niveaux sonores, CETUR 1980”. 6.1.2. Ruido de fuentes fijas. ISO 9613-2: “Acoustics - Attenuation of sound propagation outdoors, Part 2: General method of calculation”. Para este método pueden obtenerse datos adecuados sobre emisión de ruido (datos de entrada) mediante mediciones realizadas según alguno de los métodos siguientes: ISO 8297: 1994 “Acoustics - Determination of sound power levels of multisource industrial plants for evaluation of sound pressure levels in the environment - Engineering method”, EN ISO 3744: 1995 “Acústica - Determinación de los niveles de potencia sonora de fuentes de ruido utilizando presión sonora. Método de ingeniería para condiciones de campo libre sobre un plano reflectante”, EN ISO 3746: 1995 “Acústica - Determinación de los niveles de potencia acústica de fuentes de ruido a partir de presión sonora. Método de control en una superficie de medida envolvente sobre un plano reflectante”.

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6.1.3. Ruido de aeronaves. ECAC.CEAC Doc. 29 “Report on Standard Method of Computing Noise Contours Around Civil Airports”, 1997. Entre los distintos métodos de modelación de trayectorias de vuelo, se utilizará la técnica de segmentación mencionada en la sección 7.5 del documento 29 de ECAC.CEAC. 6.1.4. Ruido de trenes. El método nacional de cálculo de los Países Bajos, publicado en Reken - Meetvoorschrift Railverkeerslawaai’ 96, Ministerie Volkshuisvesting, Ruimtelijke Ordening en Milieubeheer, 20 November 1996. 6.2. SELECCIÓN DE SOFTWARE DE PREDICCIÓN. El software de predicción de ruido debe tener incorporados los métodos de cálculo citados en el numeral 6.1 para la simulación de ruido de tráfico rodado, ruido industrial, ruido de aeronaves y ruido de trenes. Se deberá especificar el software y la versión aportando la documentación soporte que justifique su validez en el uso de los métodos anteriormente señalados [9]. En el caso de que el método de cálculo seleccionado sea diferente a los mencionados, este deberá ser un método oficial en alguno de los países de la Unión Europea o del Continente Americano y se requerirá justificar la adecuación de los resultados a los métodos recomendados [19]. 6.2.1. Entorno. El software debe permitir modelar el entorno de estudio y sus características acústicas y no acústicas (terreno, obstáculos artificiales o del entorno, elementos reflectantes, etc.)[19]. Estos objetos se deben poder definir en tres dimensiones y referenciarlos geográficamente [19]. 6.2.2. Importación de archivos. El software de predicción debe permitir la importación de archivos tipo SHP, DFX, ASCII y EXCEL con el fin de optimizar el manejo de información y la carga de datos que alimentan el modelo [20].

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6.2.3. Malla de cálculo. El software de predicción debe contar con una malla de cálculo capaz de soportar la distancia estipulada en el numeral 5.2.4 para el área de estudio. 6.2.4. Elaboración de mapas. El software de predicción debe generar mapas de ruido de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.3. 6.3. RECOMENDACIONES GENERALES. 6.3.1. Distancia entre receptores. La distancia entre receptores debe tener como mínimo los lineamientos estipulados en el numeral 5.2.4 con el propósito de representar de mejor forma la condición acústica del área en estudio. Se recomienda usar una distancia máxima de 10 m entre receptores [21, 22 y 23]. 6.3.2. Indicadores de ruido. Los indicadores que se usarán para la determinación de los niveles de ruido serán los mismos estipulados en el numeral 5.2.7. 6.3.3. Altura de receptores. Con el fin de realizar validaciones con mediciones “in situ” de ruido ambiental, los receptores se dispondrán a una altura de 4 m [23]. En caso de estudios específicos en los que se use una altura diferente, los receptores deberán estar a la misma altura de las mediciones con el fin de validar la simulación. 6.3.4. Calibración. Para validar la simulación se deben realizar mediciones basadas en la metodología estipulada para la medición de ruido ambiental; la diferencia entre los valores simulados y los medidos no debe diferir en más de 3 dB [22 y 24]. En caso de que esto ocurra se deberá verificar la integridad y veracidad de los datos de entrada para el método de cálculo y, si no se detectan errores en la caracterización de las fuentes, se procederá a realizar nuevamente las mediciones involucradas [24].

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6.3.5. Número de mediciones. La cantidad de puntos de medición para calibrar la simulación debe ser una muestra estadísticamente representativa con relación al tamaño del área simulada. Se recomienda tomar una muestra del 1 % respecto al número total de receptores [24]. 6.3.6. Presentación de resultados. La presentación de resultados se efectuará con base en el numeral 5.3.

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7. LINEAMIENTOS PARA LA FORMULACIÓN DE PLANES DE DESCONTAMINACIÓN POR RUIDO. La contaminación acústica es considerada por los habitantes de las grandes ciudades un factor ambiental muy importante, que interviene en su calidad de vida. La causa principal de la contaminación acústica es la actividad humana; factores tales como el crecimiento de la población y de las ciudades, el tráfico, los aviones, la construcción de edificios y obras públicas, la actividad industrial, entre otras, aumentan los niveles de ruido ambiental, deteriorando la calidad de vida y salud de las personas 25 . Basándonos en esta consideración, se plantean a continuación los lineamientos para la formulación de planes de descontaminación por ruido. El primer paso es fijar el objetivo principal que se quiere alcanzar, de forma que se optimicen los recursos, ya sean físicos, económicos o humanos, que se utilicen y dispongan para la reducción del ruido. Para poder fijar el objetivo principal es necesario: – Disponer de un inventario completo de las fuentes de emisión de ruido de la zona o área a tratar; y en lo posible su nivel de emisión de ruido. – Conocer las tecnologías aplicables para su control, así como las relaciones costo-beneficio de su aplicación. – Disponer de mapas de mapas de ruido que permitan identificar las zonas críticas, priorizando y optimizando recursos en la descontaminación acústica de un territorio. Con la información disponible y a través de las técnicas que relacionan los costos y beneficios se analizan las distintas opciones, eligiendo la más interesante como objetivo social. Una vez fijado el objetivo y planteadas las prioridades de actuación, es necesario formular la estrategia a seguir para su consecución. Se han planteado dos enfoques diferentes al formular estrategias para combatir la contaminación acústica:

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La reglamentación ambiental, que se basa en la fijación de las normas de emisión de ruido y ruido ambiental, las cuales no deben sobrepasarse. – La aplicación de las mejores prácticas, basada en el control de la emisión de ruido en cada fuente, mediante el empleo de la mejor tecnología disponible, económicamente aplicable para la reducción de dicha contaminación. –

Hoy en día se sabe que la mejor estrategia para combatir la contaminación acústica ha de basarse en una combinación de estos dos enfoques, ya que la aplicación de las mejores prácticas no garantiza una disminución de la emisión de ruido de cada fuente, ya que el ruido ambiental dependerá de la densidad de las fuentes de emisión de ruido, la infraestructura física de la zona y de la cultura propia de cada territorio, y, por otra parte, la exigencia únicamente de normas ambientales puede ser discriminatoria para las distintas actividades que se realizan en una zona. La estrategia óptima que combina los dos enfoques se ha de basar en el control de la emisión de ruido en cada una de las fuentes identificadas en la zona o territorio, exigiendo los mejores medios de control del ruido, económicamente viables, y en la adopción de criterios de gestión de recursos para controlar el ruido en los núcleos urbanos y áreas industriales. Por otra parte, la estrategia debe fijar unas metas a conseguir en unos plazos (corto, medio y largo), especificar de forma clara y concisa el conjunto de acciones necesarias para conseguir esas metas en los plazos deseados, formular un plan de ejecución e introducir un sistema de control y vigilancia. Se ha empezado a poner énfasis en el uso de medidas para prevenir el ruido. El objetivo de prevenir es reducir la emisión de cada una de las fuentes identificadas, tanto como sea posible, y reorganizar el territorio o zona critica. De esta forma se motiva la prevención de la contaminación acústica mediante el desarrollo de cuatro pasos jerárquicos para la protección ambiental: – Paso 1: Reducción de la emisión de ruido desde la fuente.

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Paso 2: Educación ambiental en el control del ruido. Paso 3: Normas ambientales que estandaricen los límites permisibles de emisión de ruido y ruido ambiental. – Paso 4: Reordenamiento del territorio. – –

7.1. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN INDUSTRIAL POR RUIDO.

DE

LA

CONTAMINACIÓN

Las estrategias de prevención de la contaminación industrial por ruido son las siguientes: – Realizar inventarios de fuentes ruidosas en cada industria identificada. – Reingeniería de los procesos y/o equipos, buscando una minimización de la emisión de ruido a través de las buenas prácticas y el mantenimiento preventivo de los equipos e instalaciones. – Prácticas de uso eficiente de fuentes ruidosas. – El cambio tecnológico para reemplazar tecnologías obsoletas y ruidosas, e incluso el cambio procesos y/o equipos. 7.2. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN VEHICULAR POR RUIDO.

DE

LA

CONTAMINACIÓN

Las estrategias de prevención de la contaminación vehicular son: – Se debe generar una política que desaliente el uso del automóvil particular y que fomente la utilización de los medios de transporte masivos. – Se debe planificar el tránsito globalmente, ya que el transporte y la calidad acústica tienen una relación muy estrecha. El mejoramiento del tránsito repercutirá positivamente sobre la calidad acústica en los grandes territorios. – No hay soluciones tecnológicas simples para evitar la congestión vehicular en las ciudades; sólo un cambio radical de perspectiva y un enfoque comprehensivo, evitando las acciones aisladas, puede convertir de nuevo a las ciudades en lugares habitables. – Mejoramiento de los servicios masivos de transporte. Los sistemas de transporte tienen que ser diseñados para trasladar a las personas, no a los vehículos. Luego, lo que se debe buscar es maximizar la capacidad

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de transporte del sistema (número de personas que se pueden transportar por hora) y no la capacidad vial (número de vehículos que pueden circular por hora). – Disminuir la dependencia de los vehículos privados es un paso esencial que pueden tomar todas las áreas urbanas Dos factores han contribuido al aumento de la contaminación acústica urbana, el crecimiento en el número de vehículos automotores y en el tiempo de traslado debido a la congestión vial. El transporte público deficiente, así como la distancia entre los hogares y el lugar de trabajo en las ciudades, ha dado como resultado trayectos más frecuentes y largos, contribuyendo así al aumento de los niveles de presión sonora. – Control técnico obligatorio por emisión de ruido vehicular. Con la realización de un control periódico de emisión de ruido se puede identificar al grupo de vehículos que emiten los mayores niveles de ruido, y por tanto dirigir políticas específicas para su control. Un programa de revisión técnica vehicular, que incluye control de emisión de ruido de cada vehículo, no puede por sí solo resolver el problema de la contaminación acústica, aún siendo el tráfico vehicular una de las principales fuentes de ruido, ya que existen factores tecnológicos adicionales, de infraestructura vial, económicos y sociales que tienen influencia directa en el problema; existen también otras fuentes de emisión de ruido, como industrias, establecimientos abiertos al público y otros. Sin embargo, las ventajas ambientales de este control son pasos vitales en el proceso de mejoramiento sostenido de la calidad acústica en las ciudades. 7.3. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN DEL RUIDO EN GENERAL. Dentro de las estrategias de prevención del ruido se deben tener en cuenta: – Implementación de una red de vigilancia de ruido permanente. La red de vigilancia de ruido brinda la base científica necesaria y segura para el desarrollo de políticas y estrategias, el establecimiento de objetivos y la medición del cumplimiento de las metas y medidas coercitivas. – Planificación y control del uso del suelo. La planificación eficaz del suelo reduce el número de zonas críticas de ruido al integrar escuelas, oficinas, establecimientos abiertos al público, viviendas e instalaciones

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recreativas en zonas comunes, evitando así una mala utilización del territorio. – Control de las fuentes identificadas como ruidosas. El control de las fuentes se debe de realizar en las horas y días de mayor operación o producción y a partir de este control exigir sistemas de control de ruido a las fuentes problemas o reubicación a otros sectores con mayores estándares máximos de emisión. 7.4. PROGRAMA PARA LA DESCONTAMINACION POR RUIDO. Un programa de protección y control de la calidad acústica o descontaminación por ruido tiene como objetivo primordial determinar las políticas, los mecanismos y los instrumentos técnicos, humanos y operativos que les permitan a las autoridades ambientales garantizar una óptima calidad acústica para los habitantes de su territorio 26 . El programa se debería enmarcarse dentro del sistema de gestión ambiental para descontaminación por ruido, el cual se presenta en la siguiente figura. Dicho sistema muestra tres momentos que permiten plantear una secuencia lógica para enfrentar el problema del ruido. Estos momentos son identificados de la siguiente manera: conocer, proponer y actuar 26 . Ver figura 10. 7.4.1. Conocer. Está asociado con la obtención del diagnóstico y constituye la información básica para la toma de decisiones sobre las fuentes de ruido, los efectos en la salud, y las aspiraciones y problemáticas económicas, políticas y sociales de las comunidades afectadas 30 . Como secuencia lógica para el desarrollo de los proyectos dentro de éste momento, se plantean tres fases de trabajo: – Fase de diagnóstico. – Fase de estudios básicos. – Fase de pronóstico. Por lo tanto, en el desarrollo del momento de “conocer”, se plantea la ejecución de los siguientes proyectos: – Implementación de una red de vigilancia de ruido en el territorio.

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Figura 10. Programa para el mejoramiento de la calidad acústica Estudios epidemiológicos. Inventario de fuentes de ruido. Evaluación de cada una de las fuentes identificadas. Evaluación y seguimiento de quejas de la comunidad por ruido de las fuentes objeto de estudio. – Elaboración de los mapas de ruido del territorio. – – – –

La fase de diagnóstico se realiza a través de la evaluación de las fuentes de emisión de ruido y la realización de los mapas de ruido y algunos otros estudios específicos. Por lo tanto un programa de protección y control de ruido tendrá los siguientes objetivos: – Realizar los mapas de ruido del territorio de tal manera que se puedan determinar sectores o zonas críticas y tendencias de la evolución de la problemática. – Evaluar que las estrategias de control estén de acuerdo con la dimensión de la situación real existente. – Realizar actividades de divulgación de los datos obtenidos, vinculando a los diferentes sectores de la comunidad en las acciones de vigilancia y control.

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Evaluar los niveles de ruido en las zonas críticas halladas y determinar mediante estudios epidemiológicos que tan perjudiciales han sido o son esos niveles de ruido para la salud de la población. – Obtener datos que provean la base para la planificación del uso del suelo a partir de los mapas de ruido. – Identificar los estándares máximos de emisión de ruido y ruido ambiental con las características de los sectores afectados. – Determinar indicadores de disminución de ruido que midan la eficacia de los planes de control de las fuentes e informen a la comunidad de manera sencilla y comprensible el estado actual y el mejoramiento de las zonas objeto de control. –

7.4.2. Proponer. Este momento plantea la reducción de la emisión de ruido en cada una de las fuentes identificadas y por ende la disminución del ruido ambiental a partir de un estándar de emisión de ruido fijado como meta dentro de un período dado. Para ello se utiliza como herramienta principal, los mapas de ruido, con los cuales se deben identificar las acciones que se deben realizar para alcanzar niveles de ruido ambiental óptimos. Para el desarrollo de este momento se plantean las siguientes estrategias: Pacto por una disminución de ruido a través del cual las alcaldías municipales y las corporaciones ambientales acordaran el desarrollo de una agenda interinstitucional para la elaboración e implementación de proyectos tendientes a la disminución de ruido en sus territorios. Programas localizados en sectores críticos previamente identificados para reducir el ruido, así como la estructura de los programas para la reducción del ruido en los sectores productivos, de la construcción y de transporte y las medidas de contingencia a que haya lugar. Planteamiento de las metas para reducir la ruido para este programa basado en: – Estándares de ruido ambiental como meta en periodos definidos. – Implementar programas de aseguramiento y control de la calidad de las mediciones y los análisis de las evaluaciones de emisión de ruido y ruido ambiental realizadas. – Desarrollo e implementación de indicadores de la calidad acústica en el territorio. – Planeación del uso adecuado del suelo.

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“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Los proyectos y estrategias ejecutados en estas dos etapas del programa (Conocer y Proponer) suministran herramientas para la elaboración de los programas de descontaminación por ruido. 7.4.3. Actuar. Este momento se fundamenta en la ejecución del programa para reducir el ruido, así como en la implementación de las medidas de contingencia. El programa de reducción debe ser elaborado y concertado con las alcaldías municipales, las corporaciones ambientales y los sectores productivos, mediante agendas enfocadas en cuatro ejes de trabajo: – Estrategias para el control de la emisión de ruido vehicular a través de sistemas integrados de transporte, mejores vías, modernización del parque automotor y programas de racionalización para el ingreso de vehículos a las zonas críticas. – Proyectos para la reducción de la emisión de ruido de las fuentes industriales, establecimientos abiertos al público, iglesias y otros utilizando mecanismos como los convenios de producción más limpia e incentivos tributarios. – Estrategias de educación y divulgación. – Actividades de vigilancia y control de las fuentes identificadas en el territorio. Un programa para el mejoramiento de la calidad acústica en un territorio se retroalimenta partiendo nuevamente del momento conocer, permitiendo identificar la calidad acústica resultante luego de aplicar las acciones de prevención y control, delineando así nuevas metas, y estrategias para lograrlas. 7.5. DESARROLLO DE LOS MOMENTOS. 7.5.1. Conocer. Como secuencia lógica para el desarrollo de los proyectos dentro del momento conocer, se proponen dos fases de trabajo: 7.5.1.1. Diagnóstico. Esta actividad se realizará a través de la elaboración de los mapas de ruido y estudios específicos; teniendo en cuenta información de estudios anteriores y los resultados de las mediciones de ruido realizados en el desarrollo de las actividades de vigilancia y control.

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“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Adicionalmente se propone el estudio de la caracterización de las fuentes identificadas, en lo posible deben desarrollarse en forma paralela a la elaboración de los mapas de ruido. 7.5.1.2. Pronóstico. La modelación se convirtió en una herramienta habitual de diversas disciplinas que buscan explicar o reproducir sus respectivas observaciones. La modelación permite determinar los resultados o predecir lo que podría ocurrir a un sistema a partir de un conjunto de datos de entrada. Es por esto, que esta herramienta permite realizar la planificación a mediano y largo plazo, identificando en el presente el posible impacto futuro de las estrategias de control. La simulación requiere de un conocimiento adecuado de las fuentes de ruido del territorio y de los fenómenos de reflexión del sonido; este conocimiento se consigue a través de las fases de diagnóstico y de estudios básicos. 7.5.2. Proponer. Este momento cubre dos grandes áreas de trabajo, lo relacionado con las normas de emisión de ruido y de ruido ambiental, y la planeación de un desarrollo más sostenible para el territorio. Las normas de emisión de ruido y de ruido ambiental se fijan a nivel nacional. La aplicación de normas más restrictivas para cada territorio debe fundamentarse a través de los ejercicios de simulación y de los resultados de los estudios epidemiológicos. La planeación de un desarrollo más sostenible está íntimamente ligada a los programas especiales planteados a continuación en lo referente al momento de “actuar”. Se hace necesario que las corporaciones ambientales en forma mancomunada con las alcaldías municipales, identifiquen y construyan conjuntamente escenarios de municipios y regiones más sostenibles. Un programa de protección y control de ruido en su desarrollo ofrece insumos importantes para realizar esta actividad.

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“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

7.5.3. Actuar. 7.5.3.1. Objetivo General. El objetivo principal de un programa de descontaminación por ruido es señalar acciones encaminadas a proteger la salud de la población, y a prevenir y controlar la contaminación auditiva generada por fuentes de emisión de ruido. 7.5.3.2. Objetivos específicos. – Reducir el ruido proveniente de las vías y generadas por el parque automotor. – Reducir la emisión de ruido proveniente de la industria y de establecimientos comerciales y de servicios. – Desarrollar mecanismos de coordinación interinstitucional para el diseño de políticas sectoriales que permitan la integración de la planeación ambiental y urbana en los diferentes territorios. – Fortalecer la conciencia y la participación ciudadana en torno a las acciones de protección ambiental. – Incrementar el conocimiento técnico-científico de los procesos que condicionan el comportamiento del ruido, para sustentar las acciones propuestas en el programa, e incorporar otras no consideradas. – Instrumentar mecanismos que fomenten la participación del sector privado mediante incentivos económicos, incluyendo el apoyo internacional a proyectos y estudios requeridos. 7.5.3.3. Metas. La meta general de un programa de descontaminación por ruido es reducir gradualmente los niveles de ruido ambiental en un territorio hasta conseguir el cumplimiento de las normas nacionales o regionales. 7.5.3.4. Acciones y estrategias. Un programa para la descontaminación por ruido puede plantear cuatro grandes áreas de trabajo, en donde cada una agrupa acciones específicas enfocadas al cumplimiento de unos objetivos planteados en el mismo, y a la reducción de los niveles de ruido en un territorio; estas áreas son: – Industria, comercio y servicios. – Gestión urbana y del transporte. – Investigación y acuerdos internacionales. – Participación ciudadana.

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“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Para cada una de estas áreas se proponen diferentes acciones, en cada una de ellas se identifican las metas, los responsables directos, otros participantes y algunos de los mecanismos de gestión requeridos.

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“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

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“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Anexo 1. Formato de captura de datos para la emisión de ruido.

1. INFORMACIÓN GENERAL. Lugar de la medición: Dirección del lugar: Representante legal: Fecha de la medición: Hora de medición: Responsable de la medición: Propósito de la medición:

2. INFORMACIÓN DE LOS EQUIPOS DE MEDICIÓN. Equipo utilizado: Número de serie del equipo:

90

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3. NIVELES DE PRESIÓN SONORA. 3.1.

Nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A y respuesta lenta (S). Frecuencia

LAeq,T [dB(A)] Medición 1

Medición 2

Ancha 20 25 32 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300

91

Medición 3

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Frecuencia

LAeq,T [dB(A)] Medición 1

Medición 2

8000 10000 12500 16000 20000

92

Medición 3

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

3.2.

Nivel de ruido residual, medido como nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A y respuesta lenta (S) o nivel percentil 90. Frecuencia

LAeq,T,Residual [dB(A)] Medición 1

Medición 2

Ancha 20 25 32 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300 8000

93

Medición 3

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Frecuencia

LAeq,T [dB(A)] Medición 1

Medición 2

Medición 3

10000 12500 16000 20000 3.3.

Nivel de presión sonora con filtro de ponderación A, determinado con la característica temporal por impulsos (I). Frecuencia

Medición 1

2

3

LAI,Ti [dB(A)] 3.4.

Nivel de ruido residual medido como nivel de presión sonora con filtro de ponderación A, determinado con la característica temporal por impulsos (I), o nivel percentil 90. Frecuencia

Medición 1

2

LAI,Ti,Residual [dB(A)]

94

3

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Anexo 2. Posiciones habituales de operación donde se encuentra la fuente de ruido

El señor

identificado con cédula de

ciudadanía

de

actuando como

establecimiento

del si

ubicado en

certifica que los siguientes elementos

del establecimiento donde se encuentra la fuente de emisión de ruido en su operación normal, habitualmente permanecen: a)

Ventanas:

( ) abiertas

( ) cerradas

b)

Puertas:

( ) abiertas

( ) cerradas

( ) no hay

Nombre: Cédula de ciudadanía: Firma: Fecha:

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“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Anexo 3. Imposibilidad de medir el ruido residual

El señor ciudadanía

identificado con cédula de de

actuando como

establecimiento

del si

ubicado en

certifica que la fuente de ruido no se

puede apagar (no se puede medir el ruido residual) debido a:

Nombre: Cédula de ciudadanía:

Firma: Fecha:

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“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Anexo 4. Propuesta de informe técnico de medición de ruido

INFORMACIÓN GENERAL Fecha de la medición:

Hora de inicio:

Responsables del Informe:

Ubicación de la medición:

Hora de finalización:

Propósito de la medición: INFORMACIÓN DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA Tipo de instrumentación utilizada: Equipo utilizado:

Números de serie del equipo:

Datos de calibración:

Ajuste del instrumento de medición:

Fecha de vencimiento del certificado de calibración del pistófono:

Observaciones:

CARACTERSITICAS DE LA MEDICIÓN Condiciones predominantes de la fuente: Condiciones atmosféricas (velocidad del viento): Procedimiento utilizado para la medición del viento: Estado del terreno entre la fuente y el receptor: RESULTADOS DE LA MEDICIÓN Descripción tiempos de medición: Intervalos de tiempos de medición: Descripción de las fuentes de sonido existentes: Variabilidad de la fuente: Detalles del muestreo utilizado: Datos cualitativos: Resultados numéricos: Cálculos utilizados: comparación con la normatividad aplicada:

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“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Calculo de la incertidumbre de las mediciones efectuadas: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Nombre y firma del responsable del informe:

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“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Anexo 5. Ejemplo del cálculo de la emisión o aporte de ruido Hallar la emisión o aporte de ruido del establecimiento XYZ que se encuentra ubicado en zona comercial. Las mediciones fueron realizadas entre 10:00 p.m. y 11:00 p.m. en el siguiente orden. Tabla 1.

Medición

Distribución de las mediciones cuando es posible medir el ruido residual (cuando es posible apagar la fuente de emisión de ruido) en el caso más desfavorable, que es cuando el sonómetro no permite medir con el filtro de ponderación temporal en respuesta lenta (S) y por impulsos (I) al mismo tiempo. Fuente

1

Funcionando

2

Apagada

3

Funcionando

4

Apagada

5

Funcionando

6

Apagada

7

Funcionando

8

Apagada

9

Funcionando

10

Apagada

11

Funcionando

12

Apagada

Características de la medición Análisis 1/3 de octava. LAeq,T Respuesta lenta. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T,Residual Respuesta lenta. LAeq,T Respuesta por impulsos. LAeq,T,Residual Respuesta por impulsos. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T Respuesta lenta. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T,Residual Respuesta lenta. LAeq,T Respuesta por impulsos. LAeq,T,Residual Respuesta por impulsos. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T Respuesta lenta. Análisis 1/3 de octava. LAeq,T,Residual Respuesta lenta. LAeq,T Respuesta por impulsos. LAeq,T,Residual Respuesta por impulsos.

Tiempo Inicial Final 0:00 0:05

Duración (min) 5

0:05

0:10

5

0:10

0:15

5

0:15

0:20

5

0:20

0:25

5

0:25

0:30

5

0:30

0:35

5

0:35

0:40

5

0:40

0:45

5

0:45

0:50

5

0:50

0:55

5

0:55

0:60

5

La distribución anterior afecta lo menos posible el funcionamiento de la fuente de emisión de ruido al medir el ruido residual y se da cumplimiento al artículo 5 de

99

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en cuanto al intervalo unitario de tiempo de medida para los niveles de presión sonora. Tabla 2.

Medición 1 con la fuente funcionando (ruido total) con filtro de ponderación A y respuesta lenta (S). Duración de 5 minutos.

Frecuencia (Hz) Banda ancha 12 16 20 25 32 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300 8000 10000 12500 16000 20000

Filtro de ponderación A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A

100

Nivel sonoro (dB) LAeq LS90 74.5 64.5 0.0 0.0 0.0 0.0 6.5 0.0 19.3 9.0 23.9 14.0 29.8 21.0 37.7 26.5 42.2 32.5 48.9 37.0 54.7 41.5 52.4 43.0 52.1 41.5 52.8 44.5 53.7 47.0 55.9 49.5 59.4 51.5 63.7 53.5 66.8 54.0 65.9 54.5 64.6 53.5 64.2 53.5 64.1 52.5 63.4 52.0 61.9 51.0 60.0 49.5 60.0 49.0 54.2 46.5 50.3 42.5 48.3 36.0 43.0 30.5 36.7 24.0 29.8 17.0 20.1 4.0

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 3.

Medición 2 con la fuente funcionando (ruido total) con filtro de ponderación A y respuesta lenta (S). Duración de 5 minutos.

Frecuencia (Hz) Banda ancha 12 16 20 25 32 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300 8000 10000 12500 16000 20000

Filtro de ponderación A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A

101

Nivel sonoro (dB) LAeq LS90 74.6 64 0.0 0.0 0.0 0.0 4.9 0.0 16.0 9.5 22.3 13.5 29.1 20.0 36.4 25.5 41.9 31.0 47.7 35.0 50.3 38.5 49.7 43.0 50.8 42.5 52.6 44.0 53.5 48.5 56.0 49.0 60.7 50.0 64.3 53.0 66.8 54.0 66.1 53.5 65.3 53.0 65.3 53.0 64.7 52.5 62.8 52.5 61.0 51.5 58.4 49.5 56.5 47.5 51.3 45.0 48.3 41.5 45.9 36.0 42.2 30.5 36.8 23.5 29.7 16.5 21.1 4.0

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 4.

Medición 3 con la fuente funcionando (ruido total) con filtro de ponderación A y respuesta lenta (S). Duración de 5 minutos.

Frecuencia (Hz) Banda ancha 12 16 20 25 32 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300 8000 10000 12500 16000 20000

Filtro de ponderación A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A

102

Nivel sonoro (dB) LAeq LS90 75.0 64.5 0.0 0.0 0.0 0.0 5.5 0.5 15.3 10.0 23.0 14.5 30.4 20.5 36.0 27.0 42.7 31.5 46.3 37.5 52.2 40.5 51.6 43.0 51.5 44.0 53.7 44.5 54.7 48.0 55.2 49.0 59.5 50.5 64.1 55.0 66.7 54.5 66.9 54.0 66.1 53.5 65.5 53.0 65.4 52.5 63.7 51.5 62.0 50.5 58.8 48.5 56.6 47.0 52.5 45.0 49.0 41.5 47.3 36.0 43.4 31.0 36.4 24.0 27.7 17.0 17.9 4.5

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 5.

Medición 1 con la fuente apagada (ruido residual) con filtro de ponderación A y respuesta lenta (S). Duración de 5 minutos.

Frecuencia (Hz) Banda ancha 12 16 20 25 32 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300 8000 10000 12500 16000 20000

Filtro de ponderación A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A

103

Nivel sonoro (dB) LAeq LS90 74.3 64.0 0.0 0.0 0.0 0.0 3.4 3.0 16.7 9.5 22.9 14.0 34.6 19.5 46.7 29.5 45.7 39.0 46.9 40.5 51.0 45.0 50.0 48.0 51.1 47.0 53.2 46.5 54.2 49.5 55.9 49.5 58.5 51.0 62.7 53.5 65.1 54.0 65.1 54.0 65.6 52.5 64.9 52.5 65.1 52.0 63.2 50.5 61.4 49.0 59.1 47.0 58.2 46.0 56.1 44.0 52.2 40.0 49.1 35.0 46.3 28.5 40.0 21.5 30.5 14.0 22.2 1.0

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 6.

Medición 2 con la fuente apagada (ruido residual) con filtro de ponderación A y respuesta lenta (S). Duración de 5 minutos.

Frecuencia (Hz) Banda ancha 12 16 20 25 32 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300 8000 10000 12500 16000 20000

Filtro de ponderación A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A

104

Nivel sonoro (dB) LAeq LS90 73.8 65.0 0.0 0.0 0.0 0.0 4.7 2.0 14.2 10.5 22.3 15.0 36.6 20.0 47.2 28.0 46.3 39.0 46.6 40.0 49.3 43.0 49.3 47.0 50.9 46.5 53.1 46.5 54.1 49.0 54.5 50.5 57.9 51.0 63.0 53.5 65.2 54.5 65.3 54.5 64.6 54.0 64.0 53.5 64.5 53.0 62.8 51.5 60.8 50.0 57.9 48.5 56.7 46.5 54.3 45.0 51.1 41.0 47.4 36.0 44.7 27.0 37.7 19.0 28.7 12.5 19.7 0.5

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 7.

Medición 3 con la fuente apagada (ruido residual) con filtro de ponderación A y respuesta lenta (S). Duración de 5 minutos.

Frecuencia (Hz) Banda ancha 12 16 20 25 32 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300 8000 10000 12500 16000 20000

Filtro de ponderación A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A

105

Nivel sonoro (dB) LAeq LS90 74.2 65.0 0.0 0.0 0.0 0.0 6.1 0.0 18.5 8.0 25.4 12.5 36.7 20.5 48.3 27.0 47.7 33.0 49.0 37.0 51.4 42.5 50.0 45.5 50.7 44.5 52.9 47.0 55.8 49.0 55.7 50.5 58.3 52.5 62.7 54.0 65.1 55.0 65.5 54.5 64.6 53.5 64.0 53.5 64.8 53.5 64.7 52.0 61.7 51.0 59.4 50.0 57.2 47.5 54.1 45.0 51.6 41.0 48.8 36.0 44.9 30.0 37.7 21.5 29.1 14.0 26.4 1.0

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 8.

Mediciones con la fuente funcionando (ruido total) y apagada (ruido residual) con filtro de ponderación A y respuesta por impulsos (I). Duración de cada medición: 5 minutos.

Fuente Funcionando

Apagada

Medición 1 2 3 1 2 3

LAI, dB(A) 76.1 77.4 76.5 75.3 74.5 72.6

Desarrollo: 1. Niveles promedio. Obtenga un solo valor con las mediciones de cada intervalo de tiempo para el LAeq,1h, LAeq,1h,Residual (o nivel percentil 90), tanto para respuesta lenta (S) como para impulsos (I), de acuerdo a la siguiente ecuación:

En la cual: LAeq,1h = Nivel de presión sonora continuo equivalente promedio, dB(A). LAeq,Ti = Nivel de presión sonora continuo equivalente de cada evento, dB(A). Ti = Intervalo de tiempo del evento individual, min. 1.1. Nivel de ruido total (LAeq,1h).

1.2. Nivel de ruido residual (LAeq,1h,Residual).

106

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

2. Ajustes. Halle los ajustes por contenido impulsivo (KI), tonal (KT) y para ciertas fuentes y situaciones (KS) para cada una de las mediciones de los niveles de ruido total y ruido residual. 2.1. Ajuste para ciertas fuentes y situaciones (KS). Como no se dispone de niveles sonoros medidos en dB(Z), éstos se pueden obtener adicionando a la composición espectral expresada en dB(A) la corrección que aparece en la tabla 9, para representar la curva de ponderación Z. Como modelo de cálculo se presenta el cambio de ponderación (de A a Z) del nivel sonoro en la banda de 500 Hz para el primer intervalo de medición del ruido total.

Las tablas 10 y 11 presentan los niveles de ruido total y residual, con filtro de ponderación Z, respectivamente, para cada una de las bandas de tercios de octava.

107

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 9. Corrección para pasar de ponderación frecuencial A a ponderación frecuencial Z 12 . Frecuencia (Hz) 10 12.5 16 20 25 31.5 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300 8000 10000 12500 16000 20000

Corrección (dB) 70.4 63.4 56.7 50.5 44.7 39.4 34.6 30.2 26.2 22.5 19.1 16.1 13.4 10.9 8.6 6.6 4.8 3.2 1.9 0.8 0.0 -0.6 -1.0 -1.2 -1.3 -1.2 -1.0 -0.5 0.1 1.1 2.5 4.3 6.6 9.3

108

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 10.

Niveles de presión sonora en bandas de tercios de octava con la fuente funcionando (ruido total) con filtro de ponderación Z y respuesta lenta (S) para los tres (3) intervalos de medición.

Frecuencia (Hz) 12 16 20 25 32 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300 8000 10000 12500 16000 20000

Filtro de ponderación Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z

1 63.4 56.7 57.0 64.0 63.3 64.4 67.9 68.4 71.4 73.8 68.5 65.5 63.7 62.3 62.5 64.2 66.9 68.7 66.7 64.6 63.6 63.1 62.2 60.6 58.8 59.0 53.7 50.4 49.4 45.5 41.0 36.4 29.4

109

Nivel sonoro (dB) 2 63.4 56.7 55.4 60.7 61.7 63.7 66.6 68.1 70.2 69.4 65.8 64.2 63.5 62.1 62.6 65.5 67.5 68.7 66.9 65.3 64.7 63.7 61.6 59.7 57.2 55.5 50.8 48.4 47.0 44.7 41.1 36.3 30.4

3 63.4 56.7 56.0 60.0 62.4 65.0 66.2 68.9 68.8 71.3 67.7 64.9 64.6 63.3 61.8 64.3 67.3 68.6 67.7 66.1 64.9 64.4 62.5 60.7 57.6 55.6 52.0 49.1 48.4 45.9 40.7 34.3 27.2

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 11.

Niveles de presión sonora en bandas de tercios de octava con la fuente apagada (ruido residual) con filtro de ponderación Z y respuesta lenta (S) para los tres (3) intervalos de medición.

Frecuencia (Hz) 12 16 20 25 32 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300 8000 10000 12500 16000 20000

Filtro de ponderación Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z Z

1 63.4 56.7 53.9 61.4 62.3 69.2 76.9 71.9 69.4 70.1 66.1 64.5 64.1 62.8 62.5 63.3 65.9 67.0 65.9 65.6 64.3 64.1 62.0 60.1 57.9 57.2 55.6 52.3 50.2 48.8 44.3 37.1 31.5

Nivel sonoro (dB) 2 63.4 56.7 55.2 58.9 61.7 71.2 77.4 72.5 69.1 68.4 65.4 64.3 64.0 62.7 61.1 62.7 66.2 67.1 66.1 64.6 63.4 63.5 61.6 59.5 56.7 55.7 53.8 51.2 48.5 47.2 42.0 35.3 29.0

3 63.4 56.7 56.6 63.2 64.8 71.3 78.5 73.9 71.5 70.5 66.1 64.1 63.8 64.4 62.3 63.1 65.9 67.0 66.3 64.6 63.4 63.8 63.5 60.4 58.2 56.2 53.6 51.7 49.9 47.4 42.0 35.7 35.7

Hallo los niveles sonoros medidos en dB(Z) en bandas de octava sumando logarítmicamente los niveles, también en dB(Z), correspondientes a la banda de

110

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

tercios de octava, cuya frecuencia central coincide con la de la banda de octava normalizada que se está considerando, y los de sus dos bandas laterales, así:

En la cual: = Nivel sonoro en la banda de octava que se está considerando, dB(Z). = Nivel sonoro en la banda de tercios de octava inmediatamente por debajo de la banda que se está considerando, dB(Z). = Nivel sonoro en la banda de tercios de octava cuya frecuencia central coincide con la de la banda de octava que se está considerando, dB(Z). = Nivel sonoro en la banda de tercios de octava inmediatamente por encima de la banda que se está considerando, dB(Z). Como modelo de cálculo se presenta la obtención del nivel sonoro en la banda de octava de 63 Hz para el primer intervalo de medición del ruido total.

Las tablas 12 y 13 presentan los niveles de ruido total y residual, con filtro de ponderación Z, respectivamente, para cada una de las bandas de octava requeirdas. Se realiza el promedio aritmético de los niveles de presión sonora expresados en dB(Z) para las bandas de octava centradas en 500 Hz, 1000 Hz y 2000 Hz:

Como modelo de cálculo se presenta la obtención del promedio aritmético de los niveles de presión sonora expresados en dB(Z) para las bandas de octava centradas en 500 Hz, 1000 Hz y 2000 Hz para el primer intervalo de medición del ruido total.

111

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 12.

Niveles de presión sonora en bandas de octava con la fuente funcionando (ruido total) con filtro de ponderación Z y respuesta lenta (S) para los tres (3) intervalos de medición.

Frecuencia (Hz) 32 63 125 500 1000 2000 Tabla 13.

Filtro de ponderación Z Z Z Z Z Z

1 68.7 74.3 75.4 71.7 69.9 66.9

Nivel sonoro (dB) 2 67.0 73.3 71.8 72.2 70.5 66.7

3 67.7 72.9 73.5 71.8 71.2 67.6

Niveles de presión sonora en bandas de octava con la fuente apagada (ruido residual) con filtro de ponderación Z y respuesta lenta (S) para los tres (3) intervalos de medición.

Frecuencia (Hz) 32 63 125 500 1000 2000

Filtro de ponderación Z Z Z Z Z Z

1 70.6 78.6 72.3 70.4 70.1 67.1

Nivel sonoro (dB) 2 71.9 79.1 71.2 70.5 69.6 66.6

3 72.7 80.4 72.5 70.4 69.7 67.6

La tabla 14 presenta los promedios aritméticos de los niveles de presión sonora expresados en dB(Z) para las bandas de octava centradas en 500 Hz, 1000 Hz y 2000 Hz para el ruido total y residual. Se compara el nivel de presión sonora expresado en dB(Z) correspondientes a las bandas centradas en 31.5 Hz, 63 Hz y 125 Hz con el promedio obtenido en el paso anterior. Si en alguna de las bandas indicadas se obtiene un valor que supera en 5 dB(Z) o más el promedio obtenido en el paso anterior, se considera la existencia de componentes significativos en bajas frecuencias. En ese caso, KS tomará los siguientes valores: 5 dB(A) en período diurno. 8 dB(A) en período nocturno.

112

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 14.

Promedios aritméticos de los niveles de presión sonora expresados en dB(Z) para las bandas de octava centradas en 500 Hz, 1000 Hz y 2000 Hz para el ruido total y residual.

Medición 1 2 3

Promedio, dB(Z) Ruido total Ruido Residual 69.5 69.2 69.8 68.9 70.2 69.2

Como modelo de cálculo se presenta la comparación del nivel de presión sonora expresado en dB(Z) correspondiente a la banda centrada de 31.5 Hz con el promedio aritmético de los niveles de presión sonora expresados en dB(Z) para las bandas de octava centradas en 500 Hz, 1000 Hz y 2000 Hz para el primer intervalo de medición del ruido total. Si,

Como, centrada de 63 Hz.

, hay componentes a bajas frecuencias.

, no hay componentes a bajas frecuencias para la banda

La tabla 15 presenta la comparación de los niveles de presión sonora expresado en dB(Z) correspondientes a las bandas centradas en 31.5 Hz, 63 Hz y 125 Hz con el promedio aritmético de los niveles de presión sonora expresados en dB(Z) para las bandas de octava centradas en 500 Hz, 1000 Hz y 2000 Hz para el ruido total y residual. Se parte del hecho de que, si estos componentes se presentan en por lo menos uno de los intervalos de medición de tan corta duración, se pueden a volver a presentar. Como la medición se realizó en período nocturno, KS toma el valor de 8 dB(A), tanto para el ruido total como para el residual.

113

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 15.

Comparación de los niveles de presión sonora expresado en dB(Z) correspondientes a las bandas centradas en 31.5 Hz, 63 Hz y 125 Hz con el promedio aritmético de los niveles de presión sonora expresados en dB(Z) para las bandas de octava centradas en 500 Hz, 1000 Hz y 2000 Hz para el ruido total y residual.

Fuente

Medición

Frecuencia (Hz)

Funcionando

1

16 32 63 125 16 32 63 125 16 32 63 125 16 32 63 125 16 32 63 125 16 32 63 125

2

3

Apagada

1

2

3

Comparación Diferencia Presencia de dB(Z) componentes -4.5 No -0.8 No 4.8 No 5.9 Si -5.0 No -2.8 No 3.5 No 2.0 No -5.3 No -2.5 No 2.7 No 3.3 No -4.6 No 1.3 No 9.4 Si 3.1 No -4.1 No 3.0 No 10.2 Si 2.3 No -4.3 No 3.5 No 11.2 Si 3.3 No

2.2. Ajustes por tono y contenido de información (KT). Se determinan aquellas bandas en las que el nivel de presión sonora, en dB(Z), es superior a los niveles de presión sonora existente en sus bandas laterales para cada uno de los intervalos de medición. Ver figuras 1 a 6.

114

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

80,0 70,0 60,0 50,0 40,0 30,0 20,0 10,0 0,0

Figura 1. Composición espectral en bandas de tercio de octava en dB(A) para el primer intervalo de medición de ruido total.

115

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

80,0 70,0 60,0 50,0 40,0 30,0 20,0 10,0 0,0

Figura 2. Composición espectral en bandas de tercio de octava en dB(A) para el segundo intervalo de medición de ruido total.

116

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

80,0 70,0 60,0 50,0 40,0 30,0 20,0 10,0 0,0

Figura 3. Composición espectral en bandas de tercio de octava en dB(A) para el tercer intervalo de medición de ruido total.

117

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

90,0 80,0 70,0 60,0 50,0 40,0 30,0 20,0 10,0 0,0

Figura 4. Composición espectral en bandas de tercio de octava en dB(A) para el primer intervalo de medición de ruido residual.

118

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

90,0 80,0 70,0 60,0 50,0 40,0 30,0 20,0 10,0 0,0

Figura 5. Composición espectral en bandas de tercio de octava en dB(A) para el segundo intervalo de medición de ruido residual.

119

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

90,0 80,0 70,0 60,0 50,0 40,0 30,0 20,0 10,0 0,0

Figura 6. Composición espectral en bandas de tercio de octava en dB(A) para el tercer intervalo de medición de ruido residual. Se calcula la diferencia aritmética entre el promedio aritmético de los niveles de las dos bandas laterales (las bandas situadas inmediatamente por encima y por debajo de la banda que sobresale) y el nivel de la banda que sobresale para el ruido en consideración, con las siguientes ecuaciones:

En las cuales: Nivel(es) de presión sonora en la(s) banda(s) considerada(s) entre 20 y 125 Hz.

120

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Nivel(es) de presión sonora en la(s) banda(s) considerada(s) entre 160 y 400 Hz. Nivel(es) de presión sonora en la(s) banda(s) considerada(s) a partir de 500 Hz. Promedio aritmético de los niveles de presión sonora de las dos bandas laterales a la(s) banda(s) considerada(s) entre 20 y 125 Hz. Promedio aritmético de los niveles de presión sonora de las dos bandas laterales a la(s) banda(s) considerada(s) entre 160 y 400 Hz. Promedio aritmético de los niveles de presión sonora de las dos bandas laterales a la(s) banda(s) considerada(s) a partir de 500 Hz. Se determina la presencia o ausencia de componentes tonales en las bandas de frecuencia bajas (entre 20 y 125 Hz) a partir del mayor de los valores obtenidos para L1:

Si L1 < 8 dB(Z), no hay componentes tonales. Si 8 dB(Z) ≤ L1 ≤ 12 dB(Z), hay componente tonal neto. Si L1 > 12 dB(Z), hay componente tonal fuerte. Se determina la presencia o ausencia de componentes tonales en las bandas de frecuencias medias (entre 160 y 400 Hz) a partir del mayor de los valores obtenidos para L2: Si L2 < 5 dB(Z), no hay componentes tonales. Si 5 dB(Z) ≤ L2 ≤ 8 dB(Z), hay componente tonal neto. Si L2 > 8 dB(Z), hay componente tonal fuerte. Se determina la presencia o ausencia de componentes tonales en las bandas de frecuencias altas (> 500 Hz) a partir del mayor de los valores obtenidos para L3: Si L3 < 3 dB(Z), no hay componentes tonales. Si 3 dB(Z) ≤ L3 ≤ 5 dB(Z), hay componente tonal neto. Si L3 > 5 dB(Z), hay componente tonal fuerte. Como modelo de cálculo se halla diferencia aritmética entre el promedio aritmético de los niveles de las dos bandas laterales (80 y 125 Hz) y el nivel de la banda de 100 Hz para el primer intervalo de medición del ruido total (se toman los valores de la tabla 10).

Como la banda de interés está entre 20 y 125 Hz, se calcula la siguiente diferencia:

121

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Como L1 < 8 dB(Z), no hay componentes tonales en esa banda. Un caso especial se presenta en la banda de 12 Hz en vista de que no se cuenta con el valor de las dos bandas laterales. En este caso, el promedio sería simplemente el nivel de la banda superior.

Como la banda de interés está entre 20 y 125 Hz, se calcula la siguiente diferencia:

Como L1 < 8 dB(Z), no hay componentes tonales en esa banda. Las tablas 16 y 17 presentan la diferencia aritmética entre el promedio aritmético de los niveles de las dos bandas laterales (las bandas situadas inmediatamente por encima y por debajo de la banda que sobresale) y el nivel de la banda que sobresale para los niveles de ruido total y residual, respectivamente, para cada una de las bandas de tercios de octava. Se parte del hecho de que, si estos componentes se presentan en por lo menos uno de los intervalos de medición de tan corta duración, se pueden a volver a presentar. KT toma el valor de 0 dB(A), tanto para el ruido total como para el residual.

122

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 16. Valores para determinar los componentes tonales para los tres (3) intervalos de medición de los niveles de ruido total. Frecuencia (Hz) 12 16 20 25 32 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300 8000 10000 12500 16000 20000

LS 56.7

1 L 6.7

KT 0

60.2

3.8

0

Nivel sonoro (dB) 2 LS L KT 56.7 6.7 0

68.8 70.0

3.8

0

66.8

1.9

0

56.3

2.7

0

67.2

123

1.4

1.5

LS 56.7

3 L 6.7

KT 0

67.5

1.4

0

68.3

3.0

0

67.5

1.1

0

0

0

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

Tabla 17. Valores para determinar los componentes tonales para los tres (3) intervalos de medición de los niveles de ruido residual. Frecuencia (Hz) 12 16 20 25 32 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000 1250 1600 2000 2500 3150 4000 5000 6300 8000 10000 12500 16000 20000

KT 0

Nivel sonoro (dB) 2 LS L KT 56.7 6.7 0

LS 56.7

3 L 6.7

KT 0

6.3

0

71.9

72.6

5.9

0

2.3

0

63.1

1.3

0

LS 56.7

1 L 6.7

70.6

67.8

65.9

1.1

0

5.5

0

66.2

0.9

0

66.1

0.9

0

62.5

1.0

0

63.5

0.3

0

124

“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

2.3. Ajustes por impulsos (KI). Se calcula la diferencia entre el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, determinado con la característica temporal por impulsos, y el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, determinado con respuesta lenta para los niveles medidos en los tres (3) intervalos de medición:

En la cual: Nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, determinado con la característica temporal por impulsos. Nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, determinado con respuesta lenta. Nota: La ecuación anterior no se debe aplicar al ruido residual cuando éste es obtenido a través del nivel percentil 90, dado que el nivel L90 determinado con la característica temporal por impulsos, LAI, no tiene interpretación física. En este caso, se debe aceptar la suposición de que el ruido residual no tiene componentes impulsivos. Como modelo de cálculo se halla diferencia la diferencia entre el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, determinado con la característica temporal por impulsos, y el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, determinado con respuesta lenta para el primer intervalo de medición del ruido total (se toman los valores de las tablas 1 y 8).

Como LI < 3 dB(A), no hay componentes impulsivos para el primer intervalo de medición. La tabla 18 presenta las diferencias entre el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, determinado con la característica temporal por impulsos, y el nivel de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, determinado con respuesta lenta para el primer intervalo de medición del ruido total. Se parte del hecho de que, si estos componentes se presentan en por lo menos uno de los intervalos de medición de tan corta duración, se pueden a volver a

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“Protocolo para la medición de emisión de ruido, ruido ambiental y realización de mapas de ruido”

presentar. KI toma el valor de 0 dB(A), tanto para el ruido total como para el residual. Tabla 18. Valores para determinar los componentes impulsivos para los tres (3) intervalos de medición de los niveles de ruido total y residual. Fuente

Medición

Funcionando

Apagada

1 2 3 1 2 3

Nivel sonoro, dB(A) LAI LAeq LI 76.1 74.5 1.6 77.4 74.6 2.8 76.5 75.0 1.5 75.3 74.3 1.0 74.5 73.8 0.7 72.6 74.2 -1.6

KI 0 0 0 0 0 0

2.4. Ajuste por la hora del día (KR).

En lo que refiere a niveles de emisión de una fuente, carece de significado o interpretación física el índice LRAeqdn. Además, la Resolución 627 del 7 de

abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial presenta niveles máximos permisibles, de emisión de ruido y ruido ambiental (artículos 9 y 17, respectivamente), tanto para el día como para la noche, pero no tiene estándares para el nivel equivalente corregido para el día y la noche con los que se pudieran comparar los valores de LRAeqdn. En consecuencia, se entiende que el cálculo de este indicador resulta innecesario en Colombia en el momento actual. 3. Niveles corregidos. Halle los niveles corregidos para cada una de las mediciones de los niveles de presión sonora continuo equivalente con filtro de ponderación A, LAeq,T y LAeq,T, Residual (o nivel percentil L90), cuando corresponda. 3.1. Nivel de ruido total (LAeq,1h).

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3.2. Nivel de ruido residual (LAeq,1h,Residual).

4. Emisión o aporte de ruido. La emisión o aporte de ruido de cualquier fuente se obtiene al restar logarítmicamente, el nivel corregido de presión sonora continuo equivalente residual con filtro de ponderación A, del nivel corregido de presión sonora continuo equivalente total con filtro de ponderación A.

En la cual: Leq emisión = Nivel de emisión de ruido o aporte de la(s) fuente(s) de emisión de ruido con filtro de ponderación A, dB(A). LRAeq,1h = Nivel corregido de presión sonora continuo equivalente total con filtro de ponderación A, dB(A). LRAeq,1h,Residual = Nivel de ruido residual corregido con filtro de ponderación A (medido como nivel de presión sonora continuo equivalente o como nivel percentil 90), dB(A).

Este valor es el que se compara con el artículo 9 (Estándares máximos permisibles de emisión de ruido) de la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o aquélla que la sustituya o modifique. La zona en la cual se encuentra ubicado el establecimiento XYZ corresponde al Sector C (Ruido intermedio restringido), de acuerdo al artículo 9 (Estándares máximos permisibles de emisión de ruido) de la Resolución 627 del 7 de abril de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. De acuerdo a lo anterior, el establecimiento XYZ supera los límites permisibles de emisión de ruido para el Sector C (Ruido intermedio restringido) en los Subsectores “Zonas con usos permitidos comerciales, como centros comerciales, almacenes, locales o

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instalaciones de tipo comercial, talleres de mecánica automotriz e industrial, centros deportivos y recreativos, gimnasios, restaurantes, bares, tabernas, discotecas, bingos, casinos” durante el periodo nocturno [60 dB(A)].

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