November 16, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
Aspectos sociales y culturales de la trata de personas en México
Rodolfo Casillas R. (Coordinador) Ensayos actuales sobre Derecho penal internacional y europeo
Kai Ambos Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Comentada)
Ramón García Gibson Derechos para las víctimas del delito. Equilibrar la justicia
Irvin Waller Directrices criminológicas y jurídicas para el tratamiento de la delincuencia organizada transnacional en el continente americano y
Azucena Rodríguez Valencia Álvaro Vizcaíno (Coordinadores) Análisis criminológico de la investigación ministerial
Martín Gabriel Barrón Cruz La infancia y la justicia en México II. Elementos para garantizar el efecto útil del interés superior del niño víctima del delito
La reforma constitucional de 2008 trajo consigo nuevas estrategias para combatir el delito de secuestro, una de las actividades ilícitas que golpean cada día con mayor frecuencia a la sociedad. Por este motivo, se creó la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, la cual tiene el claro objetivo de sentar las bases y los ejes de acción para el combate a dicha problemática nacional. En este contexto, el ingeniero Miguel Óscar Aguilar Ruiz presenta el Protocolo de capacitación criminalística para el personal adscrito a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro; una obra en la que el lector encontrará la propuesta de un programa académico para capacitar en materia de Criminalística a los servidores públicos que integran dichas Unidades Especializadas. En la presente obra se analizan diversos tópicos relacionados con la investigación del delito de secuestro, entre los que destacan los panoramas legislativo, científico y pedagógico lo suficientemente claros para conocer todo lo relacionado con las acciones que las autoridades deberán llevar a cabo en la capacitación del personal ministerial, policial y pericial. Esta obra está dirigida tanto a los especialistas en el tema, como a los interesados en conocer las circunstancias y el método de investigación criminalístico de este delito.
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Protocolo de capacitación criminalística para el personal adscrito a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro Miguel Óscar Aguilar Ruiz
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COLECCIÓN CRIMINALÍSTICA
El penalista
Alberto Enrique Nava Garcés
Protocolo de capacitación criminalística para el personal adscrito a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro
Protocolo de capacitación criminalística para el personal adscrito a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro Miguel Óscar Aguilar Ruiz
Otras publicaciones del Inacipe
Miguel Óscar aguilar ruIz Es ingeniero en comunicaciones y electrónica por el ipn y maestro en Criminalística por el cleu. En el ámbito laboral, se ha desempeñado como Director de Capacitación Especializada de la Academia Nacional de Seguridad Pública del snsp, Director General de Servicios Periciales de la pgjdf y Director General de Coordinación de Servicios Periciales de la pgr. Es docente en diversas Universidades e Institutos de Investigación como el Inacipe y la Universidad Anáhuac. Es coautor de obras como La investigación criminal, editado por Porrúa e Investigación criminalística en hechos de tránsito terrestre, que mereció dos ediciones, ambas del Inacipe. Entre otras actividades académicas que desempeña y distinciones recibidas, cabe destacar la de Presidente y miembro de honor tanto de la Academia Iberoamericana de Criminalística y Estudios Forenses (aicef), como de la Academia Mexicana de Criminalística; asimismo, es Miembro de número de la Academia Mexicana de Ciencias Penales y de la Academia Americana de Ciencias Forenses, Consejero científico criminalístico en el proyecto científico elct de la Interpol y la Academia Internacional de Escrituras y Documentos (aieed). Actualmente es profesor investigador invitado del Inacipe y asesor forense en el International Criminal Investigative Training Assistance Program (icitap) del Departamento de Justicia de EUA.
Margarita Griesbach y Ricardo Ortega
Instituto Nacional de Ciencias Penales
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colección criminalística
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DIRECTORIO Jesús Murillo Karam Procurador General de la República y Presidente de la H. Junta de Gobierno del Inacipe Mariana Benítez Tiburcio Subprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacionales de la pgr y Secretaria Técnica de la H. Junta de Gobierno del Inacipe Rafael Estrada Michel Director General del Instituto Nacional de Ciencias Penales Alejandro Porte Petit Encargado de la Secretaría General Académica Jorge Martínez Iglesias Encargado de la Secretaría General de Extensión Marysol Morán Blanco Encargada de la Dirección de Publicaciones
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miguel óscar aguilar ruiz
PROTOCOLO DE CAPACITACIÓN CRIMINALÍSTICA PARA EL PERSONAL ADSCRITO A LAS UNIDADES ESPECIALIZADAS EN COMBATE AL SECUESTRO con la colaboración de Nayeli Villagran Suárez
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Primera edición, 2013
Edición y distribución a cargo del Instituto Nacional de Ciencias Penales www.inacipe.gob.mx
[email protected] D.R. © 2013 Instituto Nacional de Ciencias Penales Magisterio Nacional 113, Col. Tlalpan, Del. Tlalpan, C.P. 14000, México, D.F.
ISBN 978-607-7882-74-9 Se prohíbe la reproducción parcial o total, sin importar el medio, de cualquier capítulo o información de esta obra, sin previa y expresa autorización del Instituto Nacional de Ciencias Penales, titular de todos los derechos. Diseño de portada: Victor Garrido Impreso en México • Printed in Mexico
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Contenido Invitación a la lectura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 Antecedentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 Estructura de las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro (uecs) . . . . . . . . . . . . . . 10 Área ministerial, 11; Área policial, 12; Área pericial, 12.
Marco Organizacional de las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 Alcance . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 Objetivos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 Principales funciones de los participantes. . . . . . . . . . . . . . . 23 Agente del ministerio público. . . . . . . . . . . . . . . . . . 23 Policía investigadora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23 Peritos de campo y de laboratorio. . . . . . . . . . . . . . . 24 Marco jurídico. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 La investigación criminalística del delito de secuestro. . . . . 27 Definiciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27 Secuestro, 27; Tipos de secuestro, 27; Indicio y/o evidencia, 29; Lugar de los hechos, 30; Lugar del enlace, 30; Lugar del hallazgo, 30; Cadena de custodia, 30; Protocolo, 31.
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Los indicios y/o evidencias criminalísticos relacionados con el delito de secuestro. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 Generalidades, 31; En la víctima, 32; En el presunto responsable del secuestro, 32; En lugares abiertos, 33; En lugares cerrados, 34; En vehículos, 35; Valor investigativo de los indicios y/o evidencias, 35.
Las especialidades periciales que intervienen en la investigación criminalística del delito de secuestro. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44 Introducción, 44; Análisis de Voz, 46; Antropología Forense, 47; Audio y Video, 50; Balística Forense, 51; Criminalística de Campo, 53; Documentos Cuestionados (Grafoscopía y Documentoscopía), 54; Fotografía Forense, 56; Genética Forense, 57; Identificación Dactiloscópica, 57; Identificación Fisonómica, 58; Identificación Vehícular (Hechos de Tránsito), 60; Informática Forense y Telecomunicaciones, 61; Medicina Forense, 62; Odontología Forense, 64; Poligrafía Forense, 65; Psicología Forense, 66; Química Forense, 67; Retrato Hablado, 69.
La cadena de custodia aplicada al delito de secuestro. . . . . . 71 Antecedentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71 Generalidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72 Diez reglas básicas de la cadena de custodia . . . . . . . 76 Modelo de capacitación criminalística para el personal adscrito a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro . 79 Generalidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79 Modelo de capacitación criminalística para el agente del ministerio público adscrito a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro. . . . . . . . 80 Programa curricular, 81; Asignaturas, 81; Especialidades, 93.
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contenido
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Modelo de capacitación criminalística para los agentes de policía adscritos a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro. . . . . . . . 108 Programa curricular, 110; Asignaturas, 110.
Modelo de capacitación criminalística para peritos adscritos a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 122 Programa Curricular, 123; Asignaturas, 124, Especialidades, 130.
Conclusiones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 137 Glosario . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 139 Referencias bibliográficas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 144 Legislación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 146
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Invitación a la lectura El secuestro es uno de los delitos que más lastiman a la sociedad. Un fenómeno de tal magnitud, lleva inevitablemente a construir nuevas estrategias y nuevos protocolos de actuación por parte de las autoridades para poder enfrentarlo con eficacia y oportunidad. Es deber del Estado enfrentar a la delincuencia organizada partiendo de ejes establecidos dentro de las propias instituciones. Cabe decir que cualquier acción que decida implementarse debe estar encaminada al resguardo tanto de la seguridad como de los derechos humanos. Como consecuencia de la reforma constitucional del 18 de junio de 2008, se insertó la definición de delincuencia organizada en el artículo 16 de nuestra Carta Magna, así como en el artículo 73, fracción XXI; lo cual faculta al Congreso de la Unión para legislar en esta materia. Es decir, lo que antes era una competencia compartida entre la Federación, las entidades federativas y el Distrito Federal, se convirtió en materia exclusivamente federal. Todos los casos a partir de entonces debían ser investigados, procesados y sentenciados por autoridades federales.1 Lo anterior tuvo como efecto la promulgación en el mes de noviembre de 2010 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro. De la mutación del delito de secuestro se derivaría, también, que en el mes de noviembre de 2011, el Consejo Nacional de Seguridad, a través del Acuerdo número XXXI, resolviera la necesidad de instrumentar a las Unidades Especializadas en el 1 Cfr.
Rodolfo Félix Cárdenas, Nueva política criminal para el combate al delito de secuestro, México, ubijus, 2010, pp. 18-29. 1
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Combate al Secuestro (uecs), así como realizar un análisis de la demanda de las mismas.2 Lo anterior concluyó en que la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada emitiera la circular núm. C/002/12, donde instruyó la evaluación y profesionalización del agente del ministerio público, policías federales y ministeriales, así como de los peritos adscritos a las mencionadas Unidades,3 acotando la rigurosidad de los procesos de evaluación y control de confianza para dicho personal. Todo lo anterior con el objetivo de convertirlas en un factor predominante en el combate al secuestro. Una vez establecidas las herramientas necesarias en el marco jurídico, el compromiso de la actual administración al mando del presidente Enrique Peña Nieto es muy claro: reducir las tasas del delito de secuestro en un 50% para que se perciba un verdadero cambio en la seguridad interna y una renovada imagen al exterior. Lo anterior en atención a que en los primeros dos meses de este año se denunciaron 236 secuestros ante Procuradurías estatales.4 El Protocolo de capacitación criminalística para el personal adscrito a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro (uecs) es un documento que lleva implícita la experiencia de Miguel Óscar Aguilar Ruiz, quien ha dirigido por más de 15 años distintas áreas de servicios periciales y cuenta con una experiencia de décadas como académico, impartiendo cátedra en distintos temas de Criminalística, además de ser capacitador de peritos, policías y agentes del ministerio público en el Instituto Nacional de Ciencias Penales. Ante esta eminente historia de éxito, es para mí una inmerecida distinción la oportunidad de escribir estas líneas para una obra que sin duda contribuye al desarrollo institucional de las Unidades Especializadas en el Combate al Secuestro (uecs). El 2 Diario
Oficial de la Federación, 18 de noviembre de 2011. 17 de enero de 2012. 4 Información basada en la denuncias recibidas por el Sistema Nacional de Seguridad, 2013. 3 Íbidem,
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protocolo que el autor presenta a los lectores ofrece una visión clara y completa de las uecs, ya que lo mismo define los roles de los participantes, que una descripción del marco jurídico aplicable. La obra se enfoca en la investigación criminalística del delito de secuestro: describe detalladamente el procesamiento del lugar de los hechos y/o del hallazgo, los protocolos relacionados con la cadena de custodia de las evidencias, así como la aplicación de las ciencias y técnicas criminalísticas en la investigación de este ilícito. Finalmente, el ingeniero Aguilar Ruiz propone un modelo de capacitación criminalística para los agentes del ministerio público, policías y peritos, definiendo el programa curricular mediante el cual se podrá contar con personal mejor capacitado y especializado en combatir el flagelo ocasionado por el secuestro. Deseamos el mayor de los éxitos a esta obra del ingeniero Aguilar Ruiz, pues evidentemente redundará en que las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia cuenten con personal preparado para atender de forma eficaz y oportuna a las víctimas y familiares de quienes lamentablemente han padecido a causa de tan grave delito. Comisario Jefe Maestro Álvaro Vizcaíno Zamora Coordinador del Sistema de Desarrollo de la Policía Federal e investigador invitado del Inacipe
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Introducción El secuestro es uno de los más graves delitos que atentan contra la integridad humana. Se define como la acción de retener en forma indebida a una persona y exigir una suma de dinero a cambio de su rescate o de alguna otra condición para su puesta en libertad. Jurídicamente se le considera un delito grave y una violación al derecho a la libertad individual y a otros derechos fundamentales, tal y como lo establece la resolución 2002/2010 del Consejo Económico y Social de la Organización de las Naciones Unidas. El secuestro se ha descrito como uno de los negocios ilícitos de crecimiento más rápido en el ámbito mundial.1 Actualmente está aumentando en varios países y es considerado por los grupos organizados de delincuentes y terroristas un medio de acumulación de capital, ya que explota las situaciones de deterioro social, económico y corrupción y se desarrolla con facilidad en estos medios. En países como México, el secuestro se ha generalizado en todas las entidades federativas, lo que ha generado una disminución significativa en la confianza en la autoridad, con repercusiones tanto sociales como económicas que generan una percepción de inseguridad en la ciudadanía, ya que una de las principales responsabilidades de cualquier Gobierno es precisamente mantener la seguridad, la paz y el orden público, lo que conlleva brindar protección a la ciudadanía y medios de prevención contra la delincuencia. En este contexto, la obligación del Estado mexicano de prevenir y combatir el delito del secuestro implica no sólo la formulación 1 Cfr.
Rachel Briggs, The Kidnapping Business, Londres, Foreign Policy Centre, 2001. 5
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apropiada de políticas públicas, de instrumentos jurídicos, sino también la necesidad de que cada Estado de la Federación cuente con las estructuras institucionales que permitan responder a este fenómeno delictivo de manera eficaz. La coordinación nacional que debe existir entre los tres niveles de Gobierno es particularmente importante para hacer frente al secuestro, ya que, como las estadísticas lo muestran, este delito se puede cometer en cualquier entidad federativa, lo cual indica que la lucha contra el secuestro es compleja. La Organización de las Naciones Unidas ha recomendado a los países con altos índices de secuestro la creación de órganos nacionales de coordinación específicos en los que estén representados todos los organismos pertinentes, de tal manera que se facilite coordinar las tareas para asegurar la máxima eficacia en la investigación de este delito, puesto que así se permite compartir información y experiencia, y aplicar prácticas adecuadas de manera homologada. Al adoptar esas recomendaciones, México demuestra su voluntad política, pues en la actualidad, por medio de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, hoy Comisión Nacional de Seguridad y de la Procuraduría General de la República, a través de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, se han logrado establecer organismos especializados, a los que se denomina Unidades Especializadas en Combate al Secuestro, a los cuales nos referiremos más adelante. En el pasado, los secuestros estaban dirigidos hacia los estratos económicos altos y a personajes de la vida pública; sin embargo, ante las medidas de seguridad adoptadas por este sector de la población, los delincuentes actualmente enfocan sus acciones en contra de las clases media y media alta. Hoy en día, varios presuntos secuestradores y otros delincuentes que se encuentran presos en los penales han tratado de continuar su carrera delictiva mediante la extorsión por vía telefónica, otro de los delitos con más auge en México. En este contexto, podemos afirmar que cada caso de secuestro no es sólo un delito grave, sino también un incidente de carácter
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crítico y una amenaza para la vida. Es una violación a la libertad individual que socava los derechos humanos. Hay suficientes pruebas de que las víctimas nunca se recuperan plenamente del trauma asociado con este delito. El secuestro también tiene repercusiones devastadoras en los familiares, los amigos íntimos, etc. Crea también temores y dudas en las comunidades y puede tener consecuencias adversas para la economía y la seguridad de los Estados. En la actualidad, las estadísticas refieren que el delito de secuestro ha aumentado en las ultimas dos décadas; no obstante, en México, algunos hechos importantes se han documentado desde la década de los setenta. El secuestro se ha convertido en un negocio rentable para los delincuentes y algunos servidores públicos coludidos, quienes, ante la desorganización institucional, operan con la mayor impunidad, al grado incluso de terminar con la vida de las víctimas, aun cuando se paga el rescate. Las diferencias en las leyes, la falta de monitoreo en las cifras y la ausencia de una estrategia integral y nacional para erradicar esta práctica han multiplicado el número de bandas dedicadas a esta actividad, por lo que la sociedad está cada vez más preocupada y cansada de tolerar tanta impunidad. La estructura orgánica que se ha instituido en las dependencias policiales y de procuración de justicia ha sido analizada con objeto de conocer los recursos humanos especializados con los que se cuenta para enfrentar este delito. Cuantitativamente, también se ha revisado el número de secuestros que anualmente se reporta en la información generada por las Procuradurías Generales de Justicia y entregada al Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como en la Estadística Judicial que el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática año con año presenta. En la actualidad, se han realizado diversos estudios jurídicos y aprobado reformas a los códigos penales en relación con la pena impuesta a los secuestradores, ya que hasta ahora la pena por el delito de secuestro es, en líneas generales, mayor cuanto más tiempo transcurra sin que el autor del mismo dé cuenta y razón del paradero de la víctima. La consideración del delito se agrava asimismo
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si el autor del secuestro es una autoridad, un servidor público o ha simulado serlo (por el obvio abuso de autoridad o de aparente autoridad que ello representa), o si la víctima es menor de edad; sin embargo, si los secuestradores no son detenidos, todos los supuestos jurídicos anteriores resultan insuficientes. Antecedentes A partir de la reforma constitucional de 2008 y de la creación de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, se propusieron diversos ejes tendientes a resolver o, por lo menos, disminuir este importante delito que tanto afecta a la sociedad mexicana. Así, se establecieron los siguientes criterios que permitirían lograr resultados favorables en los próximos tiempos: 1) Unificación Nacional de los tipos penales y de las sanciones para el delito en materia de secuestro. 2) Establecimiento, en el plano nacional, de medidas de protección, atención y asistencia a las victimas de ese delito y a sus familiares. 3) Instauración de un sistema nacional de apoyo a víctimas u ofendidos y testigos de cargo. 4) Creación de un fondo de apoyo para víctimas y ofendidos. 5) Creación de las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro. Este último apartado quedó plasmado en los compromisos establecidos en el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad de 21 de agosto de 2008, en la XXIII reunión del Consejo Nacional de Seguridad Pública donde se firmó el Acuerdo Nacional señalado, entre autoridades de los tres niveles de Gobierno y de los tres poderes de la Unión, así como representantes de la sociedad civil, sindicatos, organizaciones religiosas, medios de comunicación, entre otros. El acuerdo se publicó
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en el Diario Oficial de la Federación el 25 de agosto de 2008 y en él se plasmaron tiempos de ejecución y responsables para el cumplimiento de cada uno de los puntos. Se establecieron tres grandes temas que comprenden a los gobernadores, presidentes municipales, secretarios de Estado, empresarios, medios de comunicación, etc., a quienes se les asignaron responsabilidades concretas con el fin de mejorar las condiciones de seguridad y prevenir la violencia que se presenta en el territorio nacional, específicamente en relación con el secuestro. El Poder Ejecutivo asumió los siguientes compromisos: III. Apoyar a las entidades federativas en el combate a los delitos más sensibles para la sociedad, de acuerdo con las competencias de cada orden de Gobierno. En especial se apoyará el fortalecimiento o en su caso la creación y formación de Unidades Estatales para el Combate al Secuestro. […] XVIII. Implementar un modulo de información sustantiva en el sistema único de información criminal de plataforma México para el registro, seguimiento y combate al delito de secuestro.
En ambos puntos, la Procuraduría General de la República y la Secretaría de Seguridad Pública, actualmente Comisión Nacional de Seguridad, en coordinación con las entidades federativas, elaborarán una estrategia nacional e integral contra el secuestro, en la que se incluirá la elaboración de programas tipo, de acuerdo con la realidad de las entidades federativas, y el diseño de cursos, talleres y seminarios de capacitación para cada entidad, e insertará mecanismos de capacitación continua. Asimismo, se pondrá en operación un módulo de información específica relacionada con el delito de secuestro. Para dichos acuerdos se fijó un tiempo de ejecución de seis meses. Por otro lado, el Congreso de la Unión se comprometió a legislar para impedir la preliberación y demás beneficios en delitos como el secuestro y en otros cometidos con violencia; también asumió el compromiso de impulsar la elaboración de una Ley
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General del Delito de Secuestro. Todo ello quedó plasmado en los siguientes acuerdos: XXXI. Impulsar la Ley de Sanciones Penales y prever reglas para impedir la preliberación y otros beneficios en delitos como el secuestro y otros cometidos con violencia. XXXII. Impulsar una Ley General del Delito de Secuestro.
En ambos acuerdos, el Congreso de la Unión se comprometió, además, a legislar una reforma al marco jurídico vigente y presentar una iniciativa, dictaminar y votar una Ley General del Delito de Secuestro, otorgando como tiempo de ejecución el primer periodo ordinario del tercer año de la LX legislatura federal. Finalmente, los Gobiernos de las entidades federativas asumieron el compromiso de conformar, desarrollar o fortalecer en seis meses, según el caso, las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro, en conformidad con el Acuerdo XLVIII: “Conformación, desarrollo y fortalecimiento de Unidades Especializadas en Combate al Secuestro”. Los titulares de los ejecutivos de las entidades federativas se comprometieron a crear unidades integradas a partir de la aplicación de mecanismos de evaluación y control de confianza certificados, para desarticular bandas dedicadas al secuestro y a adscribir un enlace permanente a la Unidad de Coordinación e Intercambio de Información Policial de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, hoy Comisión Nacional de Seguridad. Estructura de las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro (uecs) Como parte de la estrategia nacional e integral contra el delito de secuestro, se propuso la presente estructura como un modelo de las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro (figura 1).
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unidad especializada en combate al secuestro
centro de atención a víctimas
Área ministerial
Conducción y mando Ejercicio de la Acción Penal
agentes del ministerio público
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Área policial
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Constitucional
manejo de crisis y negociación
Investigación Recopilación de elementos de prueba (inteligencia)
análisis táctico Procesamiento de información sustantiva
Atención a Integración y perfeccionamiento de la familiares de la víctima Averiguación Previa o carpeta de investigación
investigación policial Validación de información sustantiva
Servicios periciales
operaciones especiales Cumplimiento de órdenes ministeriales y judiciales
Figura 1. Estructura de las uecs.
Fuente: Estrategia Nacional e Integral contra el delito de secuestro. Informe secuestro 2009, México Unido contra la delincuencia, A.C.
La estructura modelo incluye un Centro de Atención a Víctimas, un área ministerial con sus respectivos servicios periciales y un área policial que se encarga del manejo de crisis y negociación, análisis táctico, investigación policial y operaciones especiales. Las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro plantean un marco organizacional en tres niveles de mando, tanto en el área ministerial como en la policial, en los que se parte de una base operativa, se continúa con mandos medios y termina en la alta dirección. De manera específica, a continuación se describen brevemente las principales funciones desarrolladas por estas áreas. Área ministerial En la base operativa de esta área se encuentran los agentes del ministerio público encargados de tomar las declaraciones, desahogar las pruebas, realizar la solicitud de dictámenes periciales,
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implementar las medidas cautelares y, en su caso, ejercer la acción penal. Los mandos medios del Ministerio Público están conformados por fiscales o coordinadores de las uecs, los cuales realizan las funciones de conducción y dirección de operativos, práctica de las diligencias para integrar las investigaciones, determinar las averiguaciones previas y supervisión de las medidas cautelares con base en la normatividad vigente y en los protocolos ministeriales de actuación. La alta dirección será la encargada de dirigir, conducir y supervisar la integración de las averiguaciones previas; también será la encargada de establecer la coordinación con otras áreas de investigación de su propia institución, o bien, de instituciones federales y estatales. Generalmente, esta responsabilidad recaerá en el titular de las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro. Área policial La base operativa de la policía estará integrada por células que tendrán como principales objetivos la planeación operativa a efecto de lograr las detenciones de presuntos responsables, las puestas a disposición, el manejo de información y la liberación de víctimas. Los mandos medios de la policía tendrán a su cargo la planeación táctica por medio de grupos que intervengan en el manejo de crisis, la investigación de campo y de gabinete, así como en situaciones de reacción. El área de la alta dirección policial estará encargada de la planeación estratégica a través de unidades para el manejo de crisis, investigación de campo, de gabinete y reacción. En términos generales, su función principal será la investigación. Área pericial Los peritos seguirán dependiendo de las Direcciones Generales de Servicios Periciales de las Procuradurías Generales de Justicia
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Estatales o de la Procuraduría General de la República y su intervención será a solicitud expresa del agente del ministerio público adscrito a las uecs; no obstante, actuarán de acuerdo con su especialidad y realizarán, debido a la naturaleza de su función, sus análisis en los laboratorios de Criminalística de sus instituciones. De manera esquemática, y tomando como fuente la Estrategia Nacional e Integral del Delito de Secuestro, se plantea el marco organizacional de las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro (figura 2). Marco Organizacional de las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro Para dar cumplimento a la estrategia nacional e integral contra el delito de secuestro, se plantearon diversas acciones que a continuación se describen: 1) Desarrollo personal. 2) Adopción de perfiles y criterios generales para la elección de personal. 3) Adopción de criterios generales para la evaluación de personal. 4) Criterios generales para la capacitación. 5) Adopción de protocolos de actuación operativa, jurídica y policial para la atención del delito de secuestro. En cumplimiento con el Acuerdo XLVIII relacionado con la conformación, desarrollo y fortalecimiento de las uecs, la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, integrada por el procurador de la República, los procuradores generales de justicia de los 31 estados de la Federación, del Distrito Federal, de Justicia Militar y de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, hoy Comisión Nacional de Seguridad, acordaron, mediante la suscripción de las bases de colaboración en materia de combate al delito de secuestro, la estrategia nacional e integral contra el
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delito de secuestro, que articula los esfuerzos institucionales de los tres órganos de Gobierno para reforzar la lucha contra este delito, en los siguientes ejes: Área
Área
ministerial
Investigación,
policial
conducción y mando
Titular
Investigación
de unidad
Planeación
Dirección y supervisión para la integración de las Averiguaciones previas Consolidar la coordinación con las áreas de la PGR y Procuradurías de los Estados
estratégica
Unidades Manejo de crisis Investigación de gabinete Investigación de campo Reacción
alta dirección Coordinador y/o
fiscales
Dirigir la práctica de diligencias para la integración de las investigaciones Conducir operativos Dirigir acciones para determinar las averiguaciones y supervisar medidas cautelares
Planeación legislación vigente protocolos de actuación
mandos medios
protocolos de actuación
táctica
Grupos: Manejo de crisis Investigación de gabinete Investigación de campo Reacción
Ejecución
base operativa
Agentes
del ministerio público
Toma de declaraciones Desahogo de pruebas Solicitud de peritajes Medidas cautelares Ejercicio de la acción penal
Planeación
operativa
Células Liberación de víctimas Detección de PR Puesta a disposición Evidencias
Figura 2. Esquema Organizacional de las uecs.
Fuente: Estrategia Nacional e Integral contra el delito de secuestro. Informe secuestro 2009, México Unido contra la delincuencia, A.C.
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introducción
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1) Unidades Especializadas en Combate al Secuestro. 2) Plataforma informática y tecnológica. 3) Prevención del delito. 4) Lineamientos para un marco normativo adecuado. 5) Reclusión de secuestradores en penales de alta seguridad. En relación con las uecs, a finales de 2009 se publicaron los decretos para su creación en las 32 entidades federativas y se planteó el establecimiento de protocolos de actuación para el personal ministerial, policial y pericial conforme a lineamientos que uniformen la investigación de este delito para alcanzar la efectividad en la persecución del secuestro. Asimismo, se establece la mejora continua en el intercambio de información entre autoridades federales y las uecs con el fin de impactar en las bandas delictivas. En la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, los procuradores del país adoptaron un acuerdo para la firma de una carta compromiso de permanencia mínima del personal sustantivo (ministerial, policial y pericial) de las uecs. Por otra parte, la Procuraduría General de la República emitió el oficio circular número C/002/12, por medio del cual se instruye a las áreas de esa institución encargadas del combate al secuestro a que se apeguen a las disposiciones establecidas en la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia. Dicho ordenamiento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2012. Finalmente, la Procuraduría General de la República recomendó replicar en todas las entidades federativas del país la adopción de la carta compromiso para la permanencia mínima del personal sustantivo adscrito a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro.
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PROTOCOLO DE CAPACITACIÓN CRIMINALÍSTICA PARA EL PERSONAL ADSCRITO A LAS UNIDADES ESPECIALIZADAS EN COMBATE AL SECUESTRO
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ALCANCE Establecer un protocolo de capacitación en materia de Criminalística aplicable al personal sustantivo (ministerial, policial y pericial) que integra las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro, para lograr que dichas unidades puedan investigar y atender de manera homogénea este delito en todas las entidades federativas del país, a efecto de articular de manera armónica las funciones de inteligencia y operación policial con la aplicación del equipo tecnológico adecuado, con el auxilio de los expertos en Criminalística y Ciencias Forenses y la dirección adecuada de la investigación por medio del agente del ministerio público, y, como consecuencia, lograr indagatorias que terminen en sentencias condenatorias para los delincuentes.
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OBJETIVOS Dotar a las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro de herramientas científicas específicas para la investigación del delito de secuestro que permitan establecer criterios generales para la capacitación de los servidores públicos encargados de esta importante misión, para que conduzcan a establecer una estrategia nacional e integral para la investigación del delito de secuestro. La capacitación se desarrollará de manera conjunta entre agentes del ministerio público, policías y peritos, con el fin de homologar el uso de las principales herramientas de investigación y persecución del delito de secuestro. Se orientará a que el personal sustantivo (ministerial, policial y pericial) obtenga la certificación de cada uno de los integrantes, cumpliendo debidamente con las evaluaciones y lineamientos establecidos por la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Los peritos deberán recibir una capacitación específica en las especialidades que auxilian en este tipo de hecho y se complementará con conocimientos integrales del actuar de las Unidades Especializadas en Combate al Secuestro y con la adopción de protocolos de actuación ministerial, policial y pericial para la atención del delito de secuestro.
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