PROCESOS DE EJECUCIÓN EN GUATEMALA

October 3, 2017 | Author: lexstudent | Category: Lawsuit, Justice, Crime & Justice, Government, Politics
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Descripción: Procesos de ejecución (ramo:civil)...

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PROCESOS DE EJECUCION Singulares: Son aquellos donde solo interviene un acreedor y un deudor a. Ejecución b. Ejecución en la Vía de Apremio Colectivos: Existe más de un acreedor. A. Concurso Voluntario de Acreedores B. Concurso Necesario de Acreedores C. Quiebra Especiales:  Ejecución de sentencias Nacionales  Ejecución de Sentencias Extranjeras ELEMENTOS PERSONALES:  Ejecutante: Sujeto que demanda  Ejecutado: demandado. EJECUCION EN LA VIA DE APREMIO Pueden ser  Con garantía o (incisos 3, 4, 5, del art. 294 CPCM)  Sin garantía

CON GARANTIA :

1. Demanda (Acompañando el titulo ejecutivo que debe contener una cantidad en dinero liquidad y exigible) 2. Resolución: 2.1Le da tramite a la demanda calificando el titulo 2.2Resuelve sobre las medidas cautelares (Arraigo y Anotación de demanda) 2.3Le da audiencia al ejecutado x 3 días para que se pronuncie al respecto 2.4Señala día y hora para el remate

3. Notificación (aquí no se hace el requerimiento) 3.1 El ejecutado puede interponer solo aquellas excepciones que destruyan la eficacia del título ejecutivo, esto se lleva dentro del procedimiento de los INCIDENTES. 4. Publicación: Se anunciara la venta de los bienes 3 veces en el Diario Oficial y en otro de mayor circulación (3x3). Además se fijara edictos en los estrados del tribunal x no menos de 15 días. 5. Remate: El día y hora del remate el pregonero anuncia las posturas. 5.1 Adjudicación del Bien: El juez examina las posturas y la finca al mejor postor. 6. Liquidación: el cual se tramitara por el procedimiento de los INCIDENTES. 7. Escrituración: El juez señalara al ejecutado un término de 3dias para otorgar la escritura traslativa de dominio y si no lo hiciere, la otorgara de oficio. 8. Entrega de Bienes: el juez fija un término que no exceda de 10 días bajo apercibimiento de que si no lo hace ordenara el lanzamiento o secuestro

SIN GARANTIA 1. Demanda (Acompañando el titulo ejecutivo que debe contener una cantidad en dinero liquidad y exigible) 2. Resolución: a. Le da tramite a la demanda calificando el titulo b. Resuelve sobre las medidas cautelares (Arraigo y embargo precautorio) c. Le da audiencia al ejecutado x 3 días para que se pronuncie al respecto d. Despacha el mandamiento de ejecución (aquí es cuando nombra al ejecutor y ordena el requerimiento de pago) 3. Notificación y Requerimiento de Pago a. El ejecutado puede pagar y que se termine el proceso o b. El ejecutado puede interponer solo aquellas excepciones que destruyan la eficacia del título ejecutivo, esto se lleva dentro del procedimiento de los INCIDENTES. 4. Tasación: Si no paga ordena el remate del bien embargado, se valúan los bienes. 5. Publicación o Anuncio: una vez ordenado el remate se anunciara la venta de los bienes 3 veces en el Diario Oficial y en otro de mayor circulación (3x3). Además se fijara edictos en los estrados del tribunal x no menos de 15 días. 6. Remate: El día y hora del remate el pregonero anuncia las posturas. 5.1 Adjudicación del Bien: El juez examina las posturas y la finca al mejor postor. 7. Liquidación: el cual se tramitara por el procedimiento de los INCIDENTES. 8. Escrituración: El juez señalara al ejecutado un término de 3dias para otorgar la escritura traslativa de dominio y si no lo hiciere, la otorgara de oficio. 9. Entrega de Bienes: el juez fija un término que no exceda de 10 días bajo apercibimiento de que si no lo hace ordenara el lanzamiento o secuestro

JUICIO DE EJECUCION

1. Demanda (Acompañando el titulo ejecutivo que debe contener una cantidad en dinero liquidad y exigible) 2. Resolución: a. Le da tramite a la demanda calificando el titulo b. Resuelve sobre las medidas cautelares (Arraigo y Embargo Precautorio) c. Le da audiencia al ejecutado x 5 días para que se pronuncie al respecto d. Despacha el mandamiento de ejecución 3. Notificación y Requerimiento de Pago A.

Paga y se termina el proceso

B.

No paga y No se opone

C. No paga y Se Opone, el ejecutado puede interponer TODAS las excepciones 4. Si no paga y se Opone, el juez dará audiencia x 2 días al ejecutante y mandara a recibir las pruebas dentro de un término de 10 días comunes. 5. Sentencia Con lugar o sin lugar, ordena el remate de los bienes embargados. 6. Tasación: se valúan los bienes. 7. Publicación o Anuncio: una vez ordenado el remate se anunciara la venta de los bienes 3 veces en el Diario Oficial y en otro de mayor circulación (3x3). Además se fijara edictos en los estrados del tribunal x no menos de 15 días. 8. Remate: El día y hora del remate el pregonero anuncia las posturas. 8.1Adjudicación del Bien: El juez examina las posturas y la finca al mejor postor. 9. Liquidación: el cual se tramitara por el procedimiento de los INCIDENTES. 10.Escrituración: El juez señalara al ejecutado un término de 3dias para otorgar la escritura traslativa de dominio y si no lo hiciere, la otorgara de oficio.

11.Entrega de Bienes: el juez fija un término que no exceda de 10 días bajo apercibimiento de que si no lo hace ordenara el lanzamiento o secuestro RECURSO DE APELACION A. Se interpone dentro de los 3 días siguientes a la sentencia, el auto que deniegue el tramite o el auto aprobatorio de la liquidación. B. Señalara vista en un plazo que no exceda de 5 días C. Resolverá en 3 días.

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