Proceso Ordinario Laboral
Short Description
LABORAL...
Description
PROCESO ORDINARIO LABORAL Traslado y citación a audiencia de conciliación Artículo 42° Traslado Verif erifcad cados os los los requisi equisito tos s de la deman demanda, da, el juez juez emit emite e resolución disponiendo: a) La admisión admisión de la demanda; demanda; b) La citación citación a las partes partes a audienc audiencia ia de concilia conciliació ción, n, la cual debe ser fjada en dia y hora entre entre los veinte veinte !") y treint treinta a #") #") d$as h%bile h%biles s si&u si&uien iente tes s a la 'echa 'echa de califcación de la demanda; c) (l emplazami emplazamient ento o al demandad demandado o para que concur concurra ra a la audiencia de conciliación con el escrito de contestación y sus aneos* aneos* (l proceso ordinario es un proceso modelo, mediantes el cual se tramitan las causas que la ley establece o tambi+n los casos para los cuales la ley no ha establecido la via proc proces esal al cor correspo espond ndie ient nte* e* (ste (ste proc proces eso o reemp eempla laza za al proceso ordinario laboral- de la Ley !..#., lo que cambia es a 'ormalidad en que se desarrolla*
TRÁMITE Y ADMISION DE LA DEMANDA La demanda se presenta por escrito y debe contener los requisi equisito tos s y ane aneos os esta estable bleci cidos dos en los art$c art$culo ulos s /!/0 /!/0 y /!10 del 2ódi&o 3rocesal 2ivil* La demanda atraviesa una primera etapa de califcación, en la cua cual se esta stablec lece si cump umple con los requis quisiitos de admis admisibi ibilid lidad ad** 4i el escr escrit ito o cont contie iene ne omisio omisione nes s de tales tales requi equisi sittos, os, el juez juez no admit dmite e la dema demand nda, a, la decl declar ara a inadmisible, disponiendo que el actor, en el plazo de 1 d$as subsane las omisiones, bajo apercibimiento de rechazarse la demanda* La resolución admisoria debe contener 5) la declaración de que la demanda cumple con los requisitos de admisibilidad; !) indicación de que el juez es competente para conocer de la demanda; #) la citación a las partes a la audiencia de concili cilia ación, a la que parte dem demandada debe acudi udir portando el escrito de contestación a la demanda*
LA AUDIENCIA DE CONCILIACION
Artículo 43°. 6udiencia de conciliación La audiencia de conciliación se lleva a cabo del si&uiente modo: 5* La audiencia, inicia con la acreditación de las partes o apoderados y sus abo&ados* 4i el demandante no asiste, el demandado puede contestar la demanda, continuando la audiencia* 4i el demandado no asiste incurre autom%ticamente en rebeld$a, sin necesidad de declaración epresa, aun cuando la pretensión se sustente en un derecho indisponible* Tambi+n incurre en rebeld$a autom%tica si, asistiendo a la audiencia, no contesta la demanda o el representante o apoderado no tiene poderes sufcientes para conciliar* (l rebelde se incorpora al proceso en el estado en que se encuentre, sin posibilidad de renovar los actos previos* 4i ambas partes inasisten, el juez declara la conclusión del proceso si, dentro de los treinta #") d$as naturales si&uientes, nin&una de las partes hubiese solicitado 'echa para nueva audiencia* !* (l juez invita a las partes a conciliar sus posiciones y participa activamente a fn de que solucionen sus di'erencias total o parcialmente* 3or decisión de las partes la conciliación puede prolon&arse lo necesario hasta que se d+ por a&otada, pudiendo incluso continuar los d$as h%biles si&uientes, cuantas veces sea necesario, en un lapso no mayor de un 5) mes* 4i las partes acuerdan la solución parcial o total de su con7icto el juez, en el acto, aprueba lo acordado con e'ecto de cosa juz&ada; asimismo, ordena el cumplimiento de las prestaciones acordadas en el plazo establecido por las partes o, en su de'ecto, en el plazo de cinco 1) d$as h%biles si&uientes* 8el mismo modo, si al&9n etremo no es controvertido, el juez emite resolución con calidad de cosa juz&ada ordenando su pa&o en i&ual plazo* #* (n caso de haberse solucionado parcialmente con7icto, o no haberse solucionado, el juez precisa pretensiones que son materia de juicio; requiere demandado para que presente, en el acto, el escrito contestación y sus aneos; entre&a una copia demandante; y fja d$a y hora para la audiencia
el las al de al de
juz&amiento, la cual debe pro&ramarse dentro de los treinta #") d$as h%biles si&uientes, quedando las partes notifcadas en el acto* 4i el juez advierte, haya habido o no contestación, que la cuestión debatida es solo de derecho, o que siendo tambi+n de hecho no hay necesidad de actuar medio probatorio al&uno, solicita a los abo&ados presentes eponer sus ale&atos, a cuyo t+rmino, o en un lapso no mayor de sesenta .") minutos, dicta el 'allo de su sentencia* La notifcación de la sentencia se realiza de i&ual modo a lo re&ulado para el caso de la sentencia dictada en la audiencia de juz&amiento (L 8(46L 8( L6 62=6 8( 2>2=L=62=> ?@
View more...
Comments