Procedimiento Habeas Data y Habeas Corpus
September 11, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Short Description
Download Procedimiento Habeas Data y Habeas Corpus...
Description
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE HONDURAS Estudiantes: Loeber Eduardo Laínez Ferrera 201610060443 Carolina Alvarado
Clase: Derechos Humanos
Catedrática: Abg. Yeny Lorena Vega Najera
Trabajo: Procedimiento Procedimi ento de los recursos constitucionales: constitucionales: Habeas Corpus e Habeas Data
2/02/2022
PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR EL RECURSO DE HABEAS DATA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS LEY DE JUSTICIA CONSTITUCIONAL
Objeto y fnalidad del Recurso. Arto. 31
Tiene por objeto la protección de derechos constucionales en lo que a la vida privada y familiar respecta, a la honra y reputación de las personas y a la autodeterminación autodeterminaci ón informava informava..
Por ende, el recurso puede ulizarse: 1. Par Para a acced acceder er a aque aquella lla in informa formación ción pe person rsonal al que se enc encuentr uentre e en poder de cualquier endad pública o privada, de la que se genere, produzca o procese información personal, sea en expedientes, dictámenes, datos estadíscos, informes técnicos, cheros y/o cualquier documento que esté en su poder. 2. Pa Para ra exi exigir gir la opo oposi sició ción, n, mod modic icaci ación, ón, supres supresión ión,, bloque bloqueo, o, inc inclus lusión ión,, complemen comp lementació tación, n, rec reccaci cación, ón, canc cancelaci elación ón y/o actu actualiz alizació ación, n, de los datos personales, independientemente que sean sicos o electrónicos, almacenados en las bases de datos y registro de endades públicas o instuciones privadas, privadas, que brinden acceso a terceros, cuando se presuma la falsedad, inexactud, desactualización, omisión total o parcial, o la ilicitud de la información. 3. Ex Exig igir ir la op opos osic ició ión, n, mo modi dic cac ació ión, n, supr supres esió ión, n, bl bloq oque ueo, o, in incl clus usió ión, n, comp comple leme ment ntac ació ión, n, rec recc cac ació ión n o canc cancel elac ació ión n y ac actu tual aliz izac ació ión n de cualqu cua lquier ier pub public licida idad d de da datos tos per person sonal ales es sen sensib sibles les que les lesion ionen en los derech der echos os con const stuci uciona onales les.. Por acl aclar arac ación ión,, este este rec recurs urso o no pro proced cede e cont co ntra ra to todo do acto acto legí legím mo o de inve inves sga gaci ción ón de he hech chos os deli delic cvo vos, s, seguridad nacional, y demás que legislación vigente señale.
Agotamiento de vía administrava art 32
Para interponerse se requiere de previo el agotamiento de la vía administrava, de conformidad a la ley. La vía administrava se entenderá agotada cuando la autoridad en materia de protección de datos personales, emiera la resolución deniva dentro del plazo legal establecido, o si no lo hace dentro del mismo, asumiendo el silencio administravo. No se requiere el agotamiento de vía administrava en las situaciones de hecho que impliquen inminente peligro a la violación de derechos.
¿Quién puede interponerlo? Legimación. Arto.33 Puede Pued e ser ser inte interp rpue uest sto o po porr to toda da pe pers rson ona a na natu tura ral, l, tu tuto tore ress y su suce ceso sore res, s, o apoderados de las personas naturales, que se consideren afectados, así como por cu cua alqu quie ierr pe perrson sona juríd urídic ica a quien uienes es lo ha harrán por med ediio de sus representantes legales. Asimismo, puede ser interpuesto por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, actuando a favor del agraviado.
¿En contra de quien se interpone? Arto.33
Se diri dirige ge cont contra ra tod toda a pe pers rson ona a na natu tura rall o ju jurí rídi dica ca qu que e teng tenga a a su carg cargo o la responsabilidad de los cheros de datos públicos o privados que haga uso inadecuado de los datos sin autorización o bien que tenga en su poder datos o documentos de la naturaleza que fueren, sin tener autorización para poseerlo, y que los ulice de forma indebida.
¿Ante quien se interpone, órgano competente? Arto.34 Ante la Sala de lo Constucional de la Corte Suprema de Juscia, quien es el órgano competente para conocer y resolver del mismo.
Plazo para la presentación del Recurso. Arto. 35 Por agotada la vía administrava, el recurrente deberá interponer su recurso ante an te el ór órga gano no co comp mpet eten ente te,, de dent ntro ro de lo loss tr trei eint nta a dí días as po post ster erio iore ress al agotamiento de la vía.
Medida cautelar (Suspensión del Acto) Arto. 36
Procederá la medida cautelar de suspensión de los actos que están produciendo vulneración de derechos, sea de ocio o a instancia de las partes afectadas. Puede Pue de sol solici icitar tarse se en cua cualqu lquier ier mom moment ento o del pro proces ceso o hasta hasta an antes tes de dic dictar tar sentencia, y cabe en los siguientes casos: 1) Cua Cuando ndo el dato se es esté té tran transmi smiendo endo y se impu impugne gne su con condenci dencialid alidad, ad, debe suspenderse la tramitación o revelación del contenido. 2) Cua Cuando ndo se incluy incluyan an datos per persona sonales les sensi sensibles bles que rev revelen, elen, entr entre e otros: la ideología, la religión, las creencias, la liación políca, el origen racial, la salud o la orientación sexual de las personas, información laboral, cr cred edi ici cia, a, econ económ ómic ica a y n nan anci cier era, a, an antec teced eden ente tess pe pena nale less o fa falt ltas as admin ad minist istra rava vas, s, deb debe e sus suspen pender derse se la inc inclus lusión ión de los mis mismos mos,, has hasta ta tanto se determine que exisó consenmiento válido del afectado. 3) Cuando la inform información ación se impugne p por or inexa inexacta, cta, fal falsa sa o desactualizada. desactualizada. 4) Cua Cuando ndo el tra transm nsmir ir la inf inform ormaci ación, ón, o alm almace acenar narla la,, pueda pueda caus causar ar en el futuro daños irrepara irreparables. bles.
Según la urgencia del asunto y para evitar daños futuros f uturos o inmediatos, la Sala de lo Co Cons nst tuc ucio iona nall de la Co Cort rte e Su Supr prem ema a de Ju Jus sci cia a debe debe pr pron onun unci ciar arse se rápidamente sobre la suspensión. Esta disposición además surrá efectos sobre los registros conexos donde pueda aparecer el dato impugnado.
Requisitos de presentación del Recurso. Arto. 37
El escrito de interposición del recurso, se presentará por escrito en papel común y contendrá los siguientes requisitos: 1) 2) 3) 4) 5) 6)
No Nom mbres bres,, ap apel elllidos idos,, ge gene nerrales les de ley y cé cédu dula la de id iden end da ad de la persona que recurre. No Nomb mbre ress y ap apel elli lido doss cont contra ra qu quié ién nv va a di diri rigi gido do el recu recurs rso. o. Se Seña ñala larr lo loss ac acto toss qu que e gen gener eran an lla a vu vuln lner erac ació ión n de de dere rech chos os obj objet eto o de dell recurso. El Ag Agot otam amie ient nto od de e la la v vía ía ad admi mini nist stra rav va ad de e ccon onfo form rmid idad ad a la la lley ey.. So Soli lici citu tud d de su susp spen ensi sión ón de lo loss acto actoss ob obje jeto to de dell rrec ecur urso so.. Se Seña ñala lami mien ento to d del el d dom omic icil ilio io d del el rrec ecur urre rent nte, e, y lu luga garr en la sed sede e de la Sala de lo Constucional, para efectos de nocaciones. Asimismo podr po drá á seña señala larr un una a dire direcc cció ión n de corr correo eo elec electr trón ónic ico o y/o y/o nú núme mero ro telefónico cierto.
Tramitación del Recurso de Habeas Data. Arto.38
Cumpli Cump lido doss los los requ requis isit itos os se seña ñala lado dos, s, se proc proced eder erá á a ad admi mir r el recu recurs rso, o, or orde dena nand ndo o la Sa Sala la de lo Co Cons nst tuc ucio iona nall al recu recurr rrid ido, o, que que en el escr escrit ito o de contestación aporte toda la información pernente al recurso, dentro del plazo máximo de quince días posteriores a la nocación. El recurrido informará lo que esme conveniente.
PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR EL RECURSO DE HABEAS CORPUS CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS LEY DE JUSTICIA CONSTITUCIONAL
El estado de honduras ene el deber de velar por la protección de los derechos fundamentales de las personas y colecvidades al igual que acciones concretas de pro protec tecci ción ón de la vid vida, a, la lib libert ertad, ad, la int integr egrida idad d per person sonal, al, la libert libertad ad de conciencia y expresión y en general el cumplimiento y garanas de los derechos fundamentales con base en la normavidad, normas constucionales y avances jurisprudencia jurispruden cia en materia penal. Siguiendo esta línea se hará un análisis breve de la libertad de las personas naturales natu rales específcamen específcamente te sobre el derecho derecho de libertad libertad como lo es el Hábeas
Corpus
Mencionamos el derecho fundamental que gozan los miembros de una sociedad otorgado por el Estado a través de las diferentes garanas plasmadas en la Constución de la Republica de Honduras y la Ley de Juscia Constucional. Cuyo n primo Cuyo primord rdial ial es log logra rarr ge gener nerar ar una con conviv vivenc encia ia humana humana de res respet peto o propio así mismos como a los demás y por ende al Estado mismo, teniendo como efecto la protección del ser humano y su derecho de libertad. Este informe nos dirá dirá los movos, pr procedimientos ocedimientos y conc conceptos eptos del porque esta garana constucional es importante para nuestro bienestar.
¿En qué consiste el recurso de exhibición personal o Hábeas corpus?
HABEAS CORPUS Idenca al derecho que posee todo ciudadano que se encuentra detenido y a la espera de comparecer de manera inmediata y pública ante un tribunal o una autoridad. Los jueces, al oír el tesmonio del detenido, determinan si el arresto es legal o ilegal y, por lo tanto, pueden decretar que nalice. Esto quiere decir que busca evitar los arrestos arbitrarios y que garanza la libertad personal del individuo. Mecanismo procesal que ene por objeto proteger la libertad.
¿Cuáles son las razones o los movos por los cuales éste recurso puede ser interpuesto? El recurso suele emplearse para impedir abusos por parte de las autoridades ya que obliga a dar a conocer la situación del detenido ante un juez.
Su objetvo principal es exhibir al hombre libre que era deenido
* Prevenvo: toda persona que pueda ver amenazada su libertad de forma ilegal, ene derecho a solicitarlo a n de que se examine aquel factor que la inmida;
* Reparador: la persona que se vea ilegalmente privada de su libertad puede solicitar la reccación del caso en el que se encuentra vinculada y el juez deberá restuirle su libertad;
* Genérico: responde a aquellas circunstancias que no se hallen contempladas en los nes anteriores y la persona afectada podrá solicitar la reccación de su caso si ha sido privada de su libertad o seguridad de formas ilegales.
¿Cuál es el trámite que debe seguir el interesado cuando interpone dicho recurso?
La exhibición personal puede pedirse por escrito, por teléfono o verbalmente, por el agraviado o por cualquiera otra persona, sin necesidad de acreditar representación alguna y sin sujeción a formalidades de ninguna clase.
1. Cu Cuan ando do se en encu cuen entr tre e il ileg egal alme ment nte e pr pres esa, a, dete deteni nida da o co cohi hibi bida da de cualquier modo en el goce de su libertad individual; y 2. Cuan Cuando do en su de detenci tención ón o prisió prisión n legal legal,, se apliqu apliquen en al de detenid tenido o o preso preso,, to torm rmen ento tos, s, tort tortur uras as,, ve vejá jáme mene nes, s, ex exac acci ción ón ilega ilegall y to toda da co coac acci ción ón,, restricción o molesa innecesaria para su seguridad individual o para el orden de la prisión.
La acción de Hábeas Corpus se ejercerá sin necesidad de poder ni de ormalidad alguna, verbalmente o por escrito, ulizando cualquier medio de comunicación, en horas o días hábiles o inhábiles y libres de costas.
¿Cuál es el trámite que sigue el juez ejecutor encargado de resolver dicho recurso?
Hábeas Corpus dice textualmente que: Promovida la solicitud de Hábeas Corpus el Juez examinará la concurrencia de los requisitos para su tramitación y dará traslado de la misma al Ministerio Publ Pu blic ico. o. Seg egui uida dam men ente te,, med edia ian nte auto to,, aco corrdará dará la in inco coa aci ción ón de dell procedimiento, o, en su caso, denegará la solicitud por ser ésta improcedente. Dich Dicho o au auto to se no no ca cará rá,, en to todo do ca caso so,, al Mi Mini nist ster erio io Pu Publ blic ico o y co cont ntra ra la resolución que en uno u otro caso se adopte, no cabrá recurso alguno. Los jueces o magistrados no podrán desechar la acción de Hábeas Corpus y enen la obligación ineludible de proceder de inmediato para hacer cesar la violación a la libertad o a la seguridad personal. Los tri tribu buna nalles que de deja jarren de adm dmiir est sta as acc cciiones ones in inccurr urrirá irán en responsabilidad responsabilid ad penal y administra administrava. va. Las autoridades que ordenaren y los agentes que ejecutaren el ocultamiento del detenido o que en cualquier forma quebranten esta garana incurrirán en el delito de detención ilegal.
El informe conendrá, con endrá, p por or lo menos, lo siguien siguiene: e:
1) Autoridad o persona que ordenó la detención o vejación y el nombre y apellidos de quienes ejecutaren el correspondiente acto, con indicación de la fecha y circunstancias del mismo; 2) La Lass cau causa sass que mova movaron ron la det detenc ención ión o la conduc conducta ta den denunc unciad iada a y las circunstancias circunstanci as y fechas en que tuvieron lugar; 3) Indicación de si el detenido o preso ha estado únicamente bajo su inmediata custodia o si fue transferido de otro centro de reclusión o detención, en cuyo caso indicará el nombre de éste, la fecha en que tuvo t uvo lugar el traslado, el estado sico del agraviado en dicho momento y el movo de la transferencia 4) Firma y sello del servidor público o persona que rinde el informe.
En el auto de admisión se ordenará, asimismo, no ejecutar acto alguno que pueda dar como resultado un cambio en las condiciones en que se encuentra el detenido o preso, salvo si ello es necesario para preservar su vida, su salud y su integridad sica o mental. Si el informe no se rinde en el término señalado, se tendrán por ciertos los hechos invocados por el demandante o solicitante y, si procede en derecho, se declarará con lugar la exhibición pedida. El auto de admisión admis ión de la dem deman anda da de exh exhibi ibició ción n tam tambié bién n se no noca cará rá al Minist Ministeri erio o Públic Púb lico, o, par para a el cum cumpli plimi mient ento o de los deber deberes es de su cargo. cargo. La au ausen sencia cia de apersonamiento del Ministerio Público no impedirá la tramitación y resolución del recurso
CONCLUSIONES Uno de los inconvenientes que más se da en la aplicación del Hábeas corpus es que lo ligantes alegan situaciones de mera legalidad y no se basan en las violaciones constucionales constucionales referente al derecho de libertad. Este no es un recurso de instancia sino que es un proceso constucional en el que la sentencia se conrma o se revoca la detención provisional. Puede adverrse además que en la prácca las regulaciones del Hábeas corpus en la legislación vigente, son similares a los procedimientos comunes. Dicha garana por su naturaleza diferente que ene por objeto un bien tan precia pre ciado do com como o es el de la liber libertad tad perso persona nall requie requiere re de may mayor or agili agilida dad d y eciencia.
View more...
Comments