Procedimiento Aceptación de Cargos.

March 5, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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 PROCEDIMIENTO  PROCEDIMIENTO  ESPECIAL DE  ACEPTACIÓN  ACEPT ACIÓN DE

Dr. CARGOS  Melvin Portillo

 

PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ACEPTACIÓN DE CARGOS. 1.

Decreto 10-2019 del Congreso de la República de Guatemala que adiciono un procedimiento de aceptación de cargos al Código Procesal Penal Guatemalteco. http://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/ CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20de%20leyes/2019/pdfs/decretos/D102019.pdf 

 

ACEPTACIÓN CARGOS ACEPTACIÓN DE CARGOS 1.

ANTECEDENTES

2.

DEFINICIÓN (DOCTRINA)

3.

ESCENARIOS PROCESALES. ¿EN QUE MOMENTO PUEDE OCURRIR LA ACEPT ACEPTACIÓN ACIÓN DE DE CARGOS

4.

REBAJAS PUNITIV PUNITIVAS AS (PENAS A IMPONER)

5.

PROCEDIMIENTO.

6.

A MANERA DE CONCLUSIÓN. CONCLUSIÓN.

 

IMPORTANCIA DE LA INTERPRETACIÓN EN EL PROCESO PENAL: 

INTERPRETACIÓN ACIÓN GRAMA GRAMATICAL. TICAL. INTERPRET









INTERPRETACIÓN DOCTRINAL.

 

ANTECEDENTES: 



Fue publicada en el diario oficial el 16 de diciembre del año 2019. Como el Decreto 10-2019 del Congreso de l a República de Guatemala. Importante es indicar que esta iniciativa de ley fue propuesta por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA para una reforma del Código Procesal Penal, agregando dentro de los procedimiento específicos el PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ACEPTACIÓN DE CARGOS.

 

ANTECEDENTES: 

Se presento una inconstitucionalidad general que suspendió su entrada en vigencia.





Se establece la suspensión provisional. El miércoles 1 de junio del año 2022 la Corte de Constitucionalidad resolvió declarar SIN LUGAR inconstitucionalidad planteada y la por eso queda en vigencia.

general

 

ENTRADA EN VIGENCIA Y MOTIVOS DE LAS INCONSTITUCIONALIDADES: 

Se pública el 16/12/2019 y comienza su vigencia el 16/01/2020



Se presentan 2 inconstitucionalidades las cuales se acumulan en Expediente 228-2020 y 791-2020 



Se suspende provisionalmente La sentencia de fecha 01/03/2022 declara sin lugar la inconstitucionalidad.

 

ANTECEDENTES: 





En 2017 se presentó la iniciativa de ley 5311 del Congreso de la República fue propuesta por la Corte Suprema de Justicia que buscaba modificar el Código Procesal Penal, se indico en la exposición de motivos que dicha iniciativa buscaba: Contribuir en la agilización del proceso penal Acortar los plazos y procesos, basados en el derecho de la persona de admitir total o parcialmente los cargos que le son imputados.









Se envida el desgaste del sistema de justicia penal. Se obtenga la reparación digna a las víctimas más rápido. Se descongestione la labor de la jurisdicción penal Reducir los indices de impunidad.

 

ASPECTOS CONSTITUCIONALES 

Recordemos que el artículo 16 de la Constitución señala que nadie puede declarar contra sí mismo.



Por eso es que este procedimiento debe constatarse CONSENTIMIENTO, VOLUNTARIEDAD de EL la persona que se somete a esa forma de resolver su situación jurídica. 

Que el Juez y el abogado le ha explicado de manera clara y precisa las consecuencias que tiene una persona que se somete al procedimiento especial de aceptación de cargos

 

BENEFICIOS: 

Los acusados pueden evitar el tiempo y dinero para defenderse en un juicio.



El riesgo de ununcastigo podría suponer juicio más severo y la publicidad que 





Él ente acusador se ahorra el tiempo y los gastos de un  juicio largo. El sistema de justicia de ahorra la carga de llevar a cabo un juicio por cada delito del imputado. Modelos de recompen recompensas. sas.

 

EL SINDICADO RENUNCIA: 

El derecho de no autoincriminación.



A un juicio público donde se debate su responsabilidad en la comisión del delito.

 

ASPECTOS A VERFICAR: 

El reconocimiento debe de ser libre, consciente y espontáneo.



Existe una manifestación consciente, debidamente informada ylibre, asistida por unvoluntaria, abogado defensor. 



Los beneficios de la punibilidad sólo serán extensivos para lo aceptado. La aceptación de cargos puede ser parcial.

 

Escenarios procesales ¿En que momentos puede ocurrir la aceptación de cargos? Artículo 491 Sexies del Código Procesal Penal. 

Primer momento: en audiencia de primera declaración.



“Ligada la persona a proceso…”



“Hasta antes que se dicte el auto de apertura a juicio”



Está concebido como un derecho subjetivo de aceptar los cargos, no se puede oponer ningún sujeto procesal 491 bis del Código Procesal Penal.

 

Escenarios procesales ¿En que momentos puede ocurrir la aceptación de cargos? Artículo 491 Ter del Código Procesal Penal. 



Segundo momento: Hasta antes de iniciar la audiencia de debate. Tercer momento: Hasta antes de la recepción de de las pruebas.

 

Escenarios procesales ¿En que momentos puede ocurrir la aceptación de cargos? Artículo 491 Ter del Código Procesal Penal. 





Segundo momento: Hasta antes de iniciar la audiencia de debate. Tercer momento: Hasta antes de la recepción de de las pruebas. Estos tres momentos procesales en los cuales el procesado o acusado puede aceptar los cargos.

 

¿Cuales son los cargos ? 





En la audiencia indagatoria son los hechos que le intiman con modo, tiempo y lugar en la audiencia indagatoria. En el segundo y tercer momento los cargos son los descritos en el escrito de acusación presentada conforme el artículo 332 bis del Código Procesal Penal. Surge una AUDIENCIA DE ACEPTACIÓN DE CARGOS conforme el atículo 491 Ter del Código Procesal Penal.

 

Rebajas Punitivas (penas a imponer) 





Hasta antes de la apertura a juicio, a la mitad. Hasta antes de iniciar el debate, una tercera parte. Hasta antes de la recepción de pruebas, una quinta parte.

 

PROCEDIMIENTO. (491 TER CPP) ¿Como es la audiencia de aceptación de cargos? 1.

El MP presenta la evidencia o los medios probatorios

2.

El Juez o tribunal verificara que el sindicado comprendió:

A.

En qué consiste el procedimiento de aceptación de cargos.

B.

En qué consisten los cargos aceptados

C.

El derecho de retractarse de la aceptación de cargos y la consecuencia de su ejercicio.

D.

El deber de reparación digna a victimas y agraviados.

E.

El deber de devolución o entrega del producto o los frutos del delito aceptados.

F.

Las consecuencias del incumplimiento de los deberes:

 

PROCEDIMIENTO. (491 TER CPP) ¿Como es la audiencia de aceptación de cargos? 1.

Se preguntara al sindicado si la aceptación es libre, consciente, voluntaria y suficientemente informada.

2.

Declaración del procesado

3.

Escucha a la víctima si estuviera presente

4.

Escuchar al abogado defensor

5.

6.

Dicta sentencia. (PUEDE MODIFICAR LA CALIFICACIÓN JURÍDICA SI LA EVIDENCIA NO ES SUFICIENTE). principios de economía procesal, celeridad, audiencia rápida.

 

TUTELA JUDICIAL EFECTIVA DE LA VÍCTIMA 1.

No se ejecuta el beneficio si el sindicado no haya reparado el daño.

El Artículo 491 Terdecies Revocatoria de los beneficios la aceptación de cargos. Cuando el condenado infrinjadelas condiciones señaladas en el presente procedimiento especial o incumpla el acuerdo de pago, el Ministerio Público o la víctima o agraviado solicitarán al juez que tenga a cargo el expediente, la revocatoria de los beneficios obtenidos por razón de la aceptación de cargos, mediante el trámite de los incidentes.

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