Principios de Criminologia Vicente Garrido Genoves

July 3, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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SANTIAGO R EDONDO EDONDO y VICENTE GARRIDO

PRINCIPIOS DE CRIMINOLOGÍA LA NUEVA EDICIÓN

Prólogo de Antonio Beristain

4ª Edición

Valencia, 2013 Copyright ® 2013 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro

 

 puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch  publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com (http://www.tirant.com).

© Santiago Redondo Illescas Vicente Garrido Genovés

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o sugerencia, envíenos un mail a: [email protected]. En caso de no ser atendida su sugerencia, por  favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.

 

A nuestro colega y buen amigo Per  Stangeland, retirado de la vida académica, cuyo ingenio y trabajo excepcional presentes en esta nuevacontinúan edición debien Principios de Criminología. A los alumnos de Criminología de los autores, y a todos los estudiantes y  profesores que emplean  Principios de Criminología  como libro de texto en múltiples universidades españolas y latinoamericanas, sin cuyo entusiasmo  por saber y enseñar, esta obra no colmaría su mejor sentido y finalidad.

Agradecimientos Los autores quieren agradecer la colaboración para la  presente edición a Ana Martínez Catena, Lucía Columbu, Mercé Viger y Marina Redondo Viger, cuya ayuda fue inestimable para las búsquedas de la bibliografía revisada en este libro. También agradecemos al Magistrado Carlos Climent

 

Durán su aportación en dos de los capítulos de este libro.

 

Introducción a la Cuarta Edición  Principios de Criminología  se ha consolidado como

manual de referencia para los estudios de Criminología en muchas universidades españolas y latinoamericanas. Desde su primera edición en 1999, pasando por las ediciones segunda y tercera, de 2001 y 2006, cada vez ha suscitado mayor interés y ha tenido mayor aceptación entre los profesores de distintas asignaturas, que lo han recomendado sistemáticamente sistemáticamente a sus alumnos; y, también, de los propios muchosque de los cuales nos han comentado, enestudiantes, distintos lugares, la lectura de esta obra, pese a su volumen inicialmente intimidatorio, no les ha resultado por lo común enojosa, sino enriquecedora y grata. Ahora ponemos a disposición de docentes y alumnos una flamante edición de  Principios de Criminología, ampliamente actualizada loyquerenovada en obvio diferentes sentidos. Inmediatamente, resultará más a los lectores es que la nueva edición solo está a cargo de dos de sus tres autores originarios, ya que nuestro colega y  buen amigo, el profesor Per Stangeland, Stangeland, está retirado de la ida académica, y ha preferido no contribuir a esta nueva edición. A pesar de ello, el conocimiento, la intuición, la sutileza y el ingenio de Per continúan presentes en muchos lugares y momentos de esta obra y, sin sus

 

aportaciones iniciales a las ediciones precedentes, esta cuarta edición no habría podido ser como es. Nuestra más sincera y cariñosa gratitud por ello a nuestro querido amigo Per Stangeland. Otro cambio aparente es el orden de los propios autores del libro, que, por la misma razón azarosa por la que dicho orden de autores fue el que era en las ediciones anteriores, es otro actualmente, en el bien entendido que tanto entonces como ahora la contribución de los autores al conjunto de la obra es semejante. Por lo que concierne a la estructura formal de esta cuarta edición, las similitudes y los cambios más significativos son los siguientes. Con ligeras variaciones en las denominaciones, el libro continúa estando estructurado en cuatro partes. La primera parte (I. Criminología y delincuencia), en que se define la disciplina criminológica y su método, y se describe a gran escala el fenómeno criminal, cuenta con la novedad de un capítulo sobre historia de la Criminología, cuya conveniencia nos han reiterado en años pasados diferentes colegas y amigos. La segunda parte (II.  Explicación científica del delito), en que se presentan las teorías criminológicas, incorpora siete capítulos (uno menos que en la edición precedente). Son sus novedades estructurales más destacadas las siguientes: la refundición de algunos capítulos teóricos  previos (en concreto, se han combinado en un único

 

capítulo, por un lado, las teorías de la elección racional y las de la oportunidad, y por otro, las perspectivas sobre diferencias individuales y las teorías del aprendizaje); la inclusión de un capítulo nuevo sobre criminología del desarrollo; y la eliminación del capítulo anteriormente existente sobre teorías integradoras. Éste se ha suprimido desde la consideración de que en la criminología actual muchas teorías son hasta cierto punto integradoras, lo que hace a esta denominación poco operativa y discriminadora a la hora de clasificarlas. De este modo, las teorías, en exceso heterogéneas, que antes se situaban bajo el epígrafe de integradoras, se han reubicado, como explicaciones multifacéticas y, por qué no, integradoras, al final de sus respectivos troncos conceptuales más directos (como teorías del control, de la oportunidad, o del desarrollo). La tercera parte (III.  Delitos, delincuentes y víctimas), que detalla las distintas formas de la fenomenología criminal, más se reducido número de capítulos, es quelahaque pasado de ha once a ocho. en Elloel no significa que se haya prescindido de contenidos criminológicos fundamentales, en relación con las diversas categorías criminales y sus actores, sino que se ha efectuado una mayor integración y condensación, en un único capítulo temático, de ciertos contenidos, que antes estaban divididos en dos o más lugares. En concreto, se han

 

aunado, en capítulos unitarios, delitos contra la propiedad   delincuentes comunes, delitos contra las personas y delincuentes violentos, delincuencia sexual adulta y abuso sexual infantil, delincuencia económica y crimen organizado. Consideramos que estas refundiciones  permitirán perspectivas más comprensivas y claras de todos estos fenómenos criminales, que anteriormente  podían aparecer como como más dispers dispersos. os. Finalmente, la estructura de la cuarta parte (IV. Control    prevención del delito), que trata sobre las reacciones sociales y legales dirigidas a controlar, prevenir y tratar la delincuencia, permanece esencialmente la misma, con la excepción de que los dos últimos capítulos de la tercera edición, que en ambos casos versaban sobre la  prevención, de acuerdo a la misma lógica integradora que se viene aduciendo, se han agregado sintéticamente en uno solo. Todos los capítulos finalizan con dos epígrafes breves, el último de los cuales, titulado Cuestiones de estudio, recoge diferentes preguntas y sugerencias de ejercicios didácticos, que pueden ser útiles para el estudio y repaso de las temáticas y contenidos de cada capítulo, y para el desarrollo de prácticas y trabajos con los alumnos. El otro epígrafe, que también existía ya en anteriores ediciones  bajo la denominación de Principios criminológicos derivados, se ha transformado ahora en  Principios

 

criminológicos y política criminal , con la intención de

hacerlo más ambicioso en dirección a derivar y sugerir, a  partir de las investigaciones y resultados presentados en cada capítulo, posibles propuestas para la mejora y el avance científico de las políticas criminales actuales y de futuro. Animamos a ver este epígrafe, no como algo cerrado y completo, que en absoluto lo es, sino como una mera propuesta inicial para que profesores y alumnos  puedan, en cada caso, reflexionar y debatir, desde el conocimiento científico, acerca de tales posibilidades de innovación político-criminal. En paralelo a los cambios estructurales comentados comentados,, esta nueva edición de  Principios de Criminología  ha sido ampliamente regenerada en sus contenidos y formas. Desde la fecha de 2006, en que se publicó la tercera edición, ha transcurrido un tiempo prolongado, tanto cuantitativamente como, más aún, en un sentido cualitativo, es decir referido a los muchos y profundos cambios quevariaciones se han producido en la vidanotables social. en Han tenido lugar y transformaciones el uso de las tecnologías de la información, aumento de la alarma mediática, y de la subsiguiente preocupación social por la delincuencia (a pesar de que se haya  producido en muchos casos una reducción general de los delitos), incremento exponencial de la intolerancia y de las políticas criminales populistas, en conexión con una

 

expansión ubicua de rígidos sistemas de vigilancia y seguridad en ciudades y transportes, graves alteraciones y crisis económicas que afectan a múltiples ciudadanos,  países y regiones del mundo (Europa y España incluidas), fenómenos migratorios masivos, etc. Todo lo anterior tiene evidentes conexiones con ariadas temáticas de las que se ocupa la Criminología, como la delincuencia en sí, el miedo al delito, la influencia a este respecto de los medios de comunicación, la victimización delictiva, la relación entre economía y delincuencia, la estigmatización y el rechazo de grupos sociales foráneos (inmigrantes, minorías raciales, culturales, religiosas, etc.), los cambios en los estilos de ida y su afectación a la topografía de los delitos, las nuevas formas de criminalidad organizada, las reformas  penales, el funcionamiento y las intervenciones de la usticia, la prevención delictiva, la reinserción de delincuentes, y muchos otros. Por ello, en esta cuarta edición se ha hechohaunsido esfuerzo especial para hacernos eco, hasta donde posible, de todos aquellos cambios sociales que guardan más estrecha relación con la delincuencia y el control de los delitos. Además de las transformaciones operadas en el contexto social, por lo que se refiere a la disciplina criminológica en sí, también se han producido novedades sustanciales, que hemos intentado acoger y reflejar en este libro. La

 

más destacada es la constante y creciente publicación de nuevas investigaciones sobre múltiples materias criminológicas, incluyendo nuevos conceptos y teorías, y nuevos resultados empíricos sobre casi todas las parcelas del conocimiento tratadas en este manual. Este progreso científico tiene una clara dimensión internacional,  particularmente evidente en la ingente producción académica que proviene de Estados Unidos, Canadá, Australia, y los países europeos más desarrollados, pero también dicho avance se ha producido en España, donde la investigación criminológica ha aumentado y mejorado de forma muy notable. Lo anterior ha requerido, a los efectos de esta cuarta edición, una amplia revisión de información bibliográfica, con la finalidad de su incorporación a esta obra, que ahora recoge más estudios   referencias científicas tanto españolas como internacionales, incluyendo también algunas investigaciones realizadas en Latinoamérica. Por último, aunquelógicamente las edicionescomo sucesivas obra como ésta toman base delosunatextos  precedentes, a partir de los cuales se compone la nueva ersión, en esta cuarta edición se ha efectuado una  profunda actualización y renovación formal y de estilo de múltiples textos y capítulos, con el propósito de hacerlos más comprensibles, ágiles y armoniosos. La buena ciencia, si es que los contenidos aquí presentados

 

 pudieran aspirar a serlo, no es en absoluto incompatible con el bien decir científico, al que se ha aspirado en este manual de Criminología. En tiempos de SMS y usos lingüísticos telegráficos y rudimentarios, de colapso idiomático, particularmente en las disciplinas científicas, en torno a la ubicua influencia de la lengua inglesa (incluida la vigente tontuna académica, de amplia implantación en España, de identificar estereotipadamente la mejor ciencia con aquella que se publica en inglés), y de los no pocos cuestionamientos y desafectos políticos y territoriales acerca de la lengua castellana, queremos reivindicar en esta obra la utilización correcta y cuidada, también en Criminología, de esta hermosa y magnífica lengua que nos ha tocado en suerte en el reparto de las lenguas del mundo, a nosotros y a otros cuatrocientos millones de ciudadanos. De todo lo sucedido desde las precedentes ediciones a esta nueva, lo más significativo y triste para este libro es la desaparición 2009 del Profesor Antonio Beristain, maestro y amigoenentrañable, que en paz descanse, cuyo  prólogo lúcido honró las anteriores ediciones y continúa enalteciendo la presente obra. Sobre la base de todo lo dicho, expresamos nuestra más sincera gratitud a todos aquellos profesores y estudiantes que han confiado y adoptado anteriormente  Principios de Criminología  como manual de referencia, y aspiramos a

 

que esta cuarta edición pueda también merecer su interés  aceptación.

 

Prólogo a la Primera Edición CRIMINOLOGÍA CIENTÍFICA DESDE EL SIGLO XX HACIA EL XXI

ANTONIO BERISTAIN, S. J.† Catedrático emérito de Derecho penal   Director del Instituto Vasco de Criminología

San Sebastián

Agradezco a mis amigos e inteligentes colegas Vicente GARRIDO, STANGELAND Santiago REDONDO que me hanPerhonrado con su yinvitación (sin duda inmerecida) a escribir este prólogo a su excelente libro rincipios de Criminología. Acepto con sumo gusto, por  múltiples motivos. Primero por la amistad que nos incula, y también primero porque es para mí un placer   poder leer su manuscrito antes de que salga a la luz  pública. Leo, disfruto y aprendo. Y concluyo que lo aconsejaré a mis alumnos del Máster en Criminología (de la Universidad del País Vasco) como libro de texto. Lo necesitamos hoy en España y en Latinoamérica. Nos coloca en la proa del barco universitario. Con otras palabras, colma paradigmáticamente nuestra ilusión académica no solo en cuanto a su contenido sino también en cuanto a su estructura didáctica. Sus cuatro  partes (¿Qué es la Criminología?, La explicación del 

 

delito, Delitos/Delincuentes/Víctimas Delitos/Delincuentes/Víctimas y La  La reacción frente al delito) brindan al lector una información completa del

saber actual científico acerca de los más importantes  problemas criminológicos. Su título podía haber sido Criminología: Parte general y Parte especial , pues estudia todos los temas básicos. Si alguien piensa que falta un capítulo dedicado expresamente a la historia de la Criminología, se equivoca pues, al analizar cada cuestión, se exponen y comentan científicamente sus antecedentes, incluso desde los tiempos de Aristóteles, y mucho más desde finales del siglo XIX. Los tres autores han sido conscientes de que a la hora de investigar acerca de los objetivos e ideales de la Criminología podemos y debemos volver nuestros ojos a otros pueblos y a otras culturas; pero ellos no han olvidado nuestras historias y nuestras culturas, nuestras filosofías y nuestras convicciones. Predominan, como es lógico, las fuentes anglosajonas (principalmente las norteamericanas), no faltan,César ni mucho menos, las hispanas (Antonio pero García-Pablos, Herrero Herrero, Manuel López-Rey, etcétera) y latinoamericanas (Elías  Neuman, Luis Rodríguez Manzanera, Oswaldo N. Tieghi, Raúl Zaffaroni, etcétera), ni las europeas. En pocas  palabras, el lector tiene en sus manos un excelente,  pionero y completo Textbook on Criminology, obra de tres intelectuales, con amplia experiencia docente y

 

 práctica (no solo en las prisiones), con importantes investigaciones-acciones y con veterana actividad  profesional en las Universidades de Valencia, Málaga y Barcelona. Son conocidas y estimadas sus múltiples  publicaciones en España y en el extranjero, en castellano   en inglés. De Vicente GARRIDO GENOVÉS, criminólogo, pedagogo y psicólogo, admiro entre sus muchas cualidades las que se patentizan en sus exitosos  programas teórico-prácticos de atención a jóvenes infractores, a delincuentes adultos y a menores abusados sexualmente (para éstos fundó, el año 1995, el primer  Centro especializado en España). A los excelentes trabajos de Per STANGELAND debemos acudir con frecuencia los criminólogos; baste citar  La Criminología aplicada  que ha compilado recientemente (Consejo General del Poder Judicial, Madrid, 1997); es fundador y director de su original Boletín Criminológico Criminológico (de obligada consulta) del Instituto de Criminología de la Universidad malagueña. Santiago REDONDO ILLESCAS, director  del  Departamento de investigación y formación social y criminológica  del Centro de Estudios Jurídicos de la Generalitat catalana, cultiva inteligentemente las técnicas  los métodos de investigación criminológica, sobre todo en el ámbito juvenil, prisional y de control social. De la parte primera, ¿Qué es la Criminología?, merece destacarse el detenimiento con que se prueba y

 

comprueba la “entidad científica” de la Criminología. Ésta, entendida como la ciencia que estudia el  comportamiento delictivo y la reacción social frente al  mismo, reúne todos los requisitos exigibles a una ciencia

social autónoma, y analiza un objeto de estudio sustantivo, completo y genuino. Posee los tres elementos materiales propios, es decir: (1) un conjunto de método e instrumentos, (2) para conseguir conocimiento fiable y erificable, (3) sobre un tema considerado importante  para la sociedad. sociedad. La abundante información bibliográfica de estas páginas induciría a alguien a pensar que se trata de una Criminología libresca, pero nada más lejos de la verdad. Al contrario, se supera radicalmente la metodología frecuente en algunos círculos académicos, de corte típicamente idealista, que conducen al discente de la teoría a la realidad, de los modelos a los problemas, con un mecanismo de enajenación que mediatiza el acceso del criminólogo a su realidad. Aquí no. Aquí, al contrario, se  puede aplicar el axioma del jurisconsulto romano, Ulpiano (170-228): “ Non ex regula ius summatur sed ex iure quod est regula fiat”. No se trata de escribir (ni, menos aún, de transcribir) lo que dicen otros libros sino de observar, investigar, analizar, descubrir y describir la compleja y contradictoria realidad exterior e interior de las personas y de las instituciones que tejen y destejen

 

cada día la victimación (y no menos la reparaciónrecreación) de muchos ciudadanos y muchas ciudadanas. Quizás esta parte primera podría añadir alguna breve referencia al arte y a lo metarracional respecto al concepto   al método (no predominantemente cartesiano) de la Criminología. Si ésta pretende contribuir a la mejora y a la humanización de la convivencia parece lógico tomar en cuenta el arte pues éste, como proclaman muchos especialistas, contribuye decisivamente a la comprensión del delito y a la transformación positiva de los hombres y de las mujeres. El pintor catalán Antoni Tàpies afirma algo parecido en su discurso de ingreso en la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, sobre  Arte y Contemplación interior , (Madrid, 2 de diciembre de 1990). Tàpies concibe “el arte como mecanismo para modificar la conciencia de las personas y que perciban la realidad del mundo”. También pueden aducirse las  palabras del coreano O-Young Lee: “La victoria por la espada lleva consigo inevitablemente derramamiento de sangre y la derrota de alguien. La victoria por el ábaco y la calculadora significa ganancia, pero siempre a costa de la pérdida y el sufrimiento de otros. Si la victoria se logra con la cítara, todos salimos ganando”. Desde esta  perspectiva, con satisfacción observo que nuestros autores hablan con frecuencia de mediación, de conciliación y de reconciliación, así como de “no ser violentos” más que de

 

la no-violencia; y emplean las palabras “reacción” e “interacción” más que “lucha” y “contra”. La parte segunda, “La explicación del delito”, expone una amplia yaportaciones detenida información de cuáles han diversas sido las  principales realizadas por las  perspectivas teóricas sobre la delincuencia. Critica lógicamente el excesivo segregacionismo, y pretende corregirlo tomando en serio el criterio de C. WRIGHT MILLS cuando afirma que “llegar a formular y resolver  cualquiera de los grandes problemas de nuestro tiempo  presupone la necesidad de unos materiales, de unos conceptos y de unas teorías, y de unos métodos, que ninguna disciplina puede proporcionarlos ella sola”. Por  esto, las páginas últimas de esta parte presentan un modelo globalizador de los procesos de la delincuencia, con el fin de poner en relación elementos relevantes y complementarios de diversos planteamientos teóricos. Así, consiguen describir secuencialmente el proceso en el que “convertirse en delincuente” y “control social” interaccionan, y logran consignar en qué momentos de esa intersección han puesto el énfasis cada uno de los  planteamientos doctrinales doctrinales más aacreditados. creditados. Ante lo que afirman algunos especialistas que se citan en esta parte brota en mi interior la exclamación-queja de Virgilio, en el libro 5.º de su Eneida: “Magna petis, Phaeton” (tú, un simple mortal, no pretendas conducir el

 

carro del sol). Surge en mi interior la crítica porque algunos de esos especialistas piden demasiado a la lógica, a las estadísticas, a las encuestas y a la razón cuando  pretenden que ellas solas les expliquen plenamente el cómo y el porqué del comportamiento delictivo, de su  prevención y de su progresivo control social. Acierta Joseph BEUYS cuando comenta que el ser humano está alienado por el desarrollo del materialismo y del  positivismo científico, pues ambos han impulsado, de manera unilateral a partir del sistema de coordenadas, una concepción mecánica y biológica del conocimiento en las ciencias (criminológicas). (Der Mensch ist entfremdet durch die Entwicklung des Materialismus und der  Wissenschaften. Diese haben sehr einseitig über das Koordinatennetz einen mechanistischen und biologischen Erkenntnisbegriff in den Wissenschaften orangetrieben)1. Llegamos a la parte III, que se puede denominar “Parte Especial” de este Tratado de Criminología, la de mayor  interés para algunos docentes y discentes, la que lleva por  rúbrica “Delitos, Delincuentes y Víctimas”. Estos capítulos rezuman realismo científico y cercanía humana. Tienen en cuenta un gran número de muy valiosos datos objetivos —relatos históricos, informaciones mediáticas, cuestionarios, etcétera— así como las monografías que se han publicado sobre cada tema concreto, los rasgos de los

 

delincuentes y de las víctimas, sus posibles distorsiones cognitivas, etcétera. Lógicamente, los  principios criminológicos derivados, resumidos al final de cada capítulo, recogen y recapitulan sistemáticamente los elementos más importantes comentados en las páginas anteriores; resultan sumamente ilustrativos para todo lector; y de notable ayuda pedagógica para todo docente. Esta parte se enriquece con frecuentes referencias a las íctimas para aclarar y entender las carreras criminales y algunas características de ciertos delitos y delincuentes concretos. Por ejemplo, sobre la criminalidad organizada. El capítulo dedicado a ésta se detiene en dos casos concretos, y lo hace con suma sensatez. Comenta primero la delincuencia terrorista, con referencias singulares a ETA y a otras bandas extranjeras. Dispone de información reciente (asesinato de Francisco TOMÁS Y VALIENTE, Miguel Ángel BLANCO, etcétera) y atina en la formulación de algunos criterios básicos para constatar que al asesino terrorista nunca se le puede equiparar al delincuente político (de sumo interés para comprender las cada día más importantes actividades de Amnesty International en todo el mundo). Quizás a algunos gustaría que se hubiera desarrollado más el tema de los colaboradores y los cómplices con los terroristas.  No me parece necesario pues ya se afirma que “estas  bandas (terroristas) también están organizadas y

 

 profesionalizadas, y en ocasiones cuentan con  profesionalizadas, simpatizantes entre la población” y que logran “en estas actividades modos consolidados de obtener beneficios económicos indirectos o directos”. En opinión de muchos especialistas el terrorismo de ETA perdura en el País Vasco porque cuenta con acogida en amplios sectores de la ciudadanía; principalmente entre los miembros de los  partidos políticos radicales. Sus dirigentes ignoran u olvidan que (como indican los “principios derivados” en las páginas que estamos comentando), cuando los terroristas han perdido su fin político, “los motivos de conservación del grupo terrorista adquieren la mayor   prioridad… Sin duda, debe figurar en un lugar   privilegiado de la agenda de las democracias para el siglo XXI cómo evitar que siga creciendo un monstruo que, al final, puede devorarnos”. Con acierto se enumeran algunos medios eficaces para trabajar contra el Terrorismo: información al público, asistencia a las víctimas, dificultar la comisión de atentados, coordinación de la justicia internacional, adopción de medidas especiales, cortar las fuentes financieras, etcétera. Pero, conviene añadir que, en el País Vasco estas técnicas no surten el efecto deseado porque muchos grupos y asociaciones más o menos extremistas y un sector de la iglesia católica consideran y proclaman que los asesinatos y secuestros de ETA no son crímenes

 

terroristas, sino mera violencia política, derivada del “conflicto”, del “contencioso”, entre el Gobierno español  el pueblo vasco. Sobre este tema he escrito en mi libro 2 e los Delitos y de las Penas desde el País Vasco . También se dedican inteligentes páginas al estudio de algunas Mafias y de los delincuentes mafiosos, con reflexiones prácticas acerca de las líneas de respuesta ante el crimen organizado que se formularon en el Octavo Congreso de Naciones Unidas para la prevención del delito y el tratamiento del delincuente, celebrado en La Habana (agosto-septiembre del año 1991). En diversas ocasiones los autores abordan determinados  problemas de las migraciones y de los extranjeros; por  ejemplo, cuando estudian las cuestiones carcelarias. Brindan informaciones amplias acerca de la macrodelincuencia relacionada con el racismo y las trágicas migraciones actuales, de las que muchos somos cómplices, aunque no queremos saberlo. Conviene que libros como éste nos despierten a más de un profesor y alumno universitario. Al comentar la Victimología y la atención a las víctimas (capítulo 21) se aprecia una sensibilidad y una información dignas de encomio acerca de las últimas investigaciones que centran la teoría y la práctica de la Criminología alrededor del eje diamantino de las víctimas directas e indirectas que produce cada delito, y alrededor 

 

del victimario en cuanto victimario, más que en cuanto delincuente; pero sin olvidar que todo Estado tiene obligación de investigar sobre los indicios racionales de criminalidad y, una vez confirmada, sancionar a los responsables. La impunidad constituye la negación y el incumplimiento de esa grave obligación internacional3. Hoy y mañana continúa vigente el criterio de Carl Schmitt: cuando el conflicto entre las partes ha alcanzado el grado extremo de gravedad debe intervenir el juez, no  basta el mediador, mediador, ni el componedor, ni ni el árbitro4. Esta nuevaenciencia victimológica encuentrareferencias completo tratamiento este capítulo 21 e inteligentes también en otros, por ejemplo el dedicado a delitos y delincuentes contra la libertad sexual. Se tiene en cuenta las principales innovaciones del último Congreso Internacional de la Sociedad Mundial de Victimología, en Ámsterdam (25-29, agosto, 1997). Por ejemplo, respecto al sistema penal, tribunales y prisiones, etcétera. Si damos entrada a las víctimas en el proceso, sobre todo en la fase destinada a la elección y determinación de las respuestas alternativas de la sanción (no solo a la mera medición temporal de la privación de libertad, ni solo a la mera medición cuantitativa de la multa), entonces las íctimas renovarán y mejorarán radicalmente el proceso 5  penal .

 

La última parte de estos  Principios de Criminología comenta “La reacción frente al delito”. Otorga la debida importancia a la institución policial y al sistema de usticia juvenil. Estas páginas deben ser leídas con detenimiento por los encargados de comentar, criticar y  poner en práctica la legislación española actual que ha de  prestar más atención a la formación criminológica de los  policías estatales y autonómicos (quizás menos capacitados en el País Vasco —estructuralmente— para reaccionar con eficacia contra el terrorismo, pues no cuentan con viviendas acuarteladas, lo cual, aunque tiene otras ventajas, les obliga a correr peligros continuos de ictimación terrorista en sus domicilios). También serán leídas con provecho por los encargados de la formulación de la urgente nueva Ley de justicia juvenil  exigida   exigida en la Disposición transitoria duodécima del reciente Código  penal que entró en vigor el 25 de mayo de 1996.  Nuestros tres profesores universitarios patentizan un atinado humanismo mediterráneo al estudiar el  sistema enal, los tribunales y las prisiones, con interesantes informaciones de penalistas, penitenciaristas, psicólogos, criminólogos, sociólogos y del Consejo de Europa. Critican razonadamente la lentitud del proceso penal que, de promedio, lleva un tiempo de dos años entre el momento de la comisión del delito y la aplicación de la sanción formal, de manera que, en demasiados casos, el

 

delincuente ha llegado a olvidar los hechos concretos que han motivado la condena. Otros países de nuestro ámbito cultural logran que el proceso penal se desarrolle con menos lentitud, sin pérdida de las garantías  procedimentales.. También aciertan al criticar otras  procedimentales deficiencias, por ejemplo, la mala coordinación entre los diversos órganos que intervienen. No olvidan reconocer  también importantes aspectos positivos, como la informatización que, en algunas Comunidades Autónomas como el País Vasco, merece total encomio. En cuanto a las  instituciones penitenciarias se nos informa detenidamente de cómo funcionan en toda España y especialmente en Cataluña. Por ejemplo, respecto a los costes del sistema. Merece citarse un detalle concreto: de los catorce mil seiscientos millones de  pesetas gastados en Cataluña en el año 1994, casi el 67.68% correspondieron a instalaciones y administración   vigilancia, pero solo el 13.16% a   rehabilitación y reinserción. El año 1994 cada interno en las instituciones

 penitenciarias de Cataluña gastó 2.164.000 2.164.000 pesetas, lo que equivale a unas 6.000 pesetas al día. Con satisfacción se leen las reflexiones sobre el “movimiento pendular retribución/rehabilitación” porque los autores se muestran decididos partidarios de la reinserción social proclamada en el artículo 25.2 de la Constitución española y en los artículos 1 y 59 de la Ley

 

Orgánica General Penitenciaria y en el artículo 2 de su Reglamento, que entró en vigor el 25 de mayo de 1996. Y comprueban que tanto los programas como las medidas de rehabilitación y de reinserción que actualmente se llevan a cabo o se intentan llevar a cabo, según las circunstancias, son más efectivos que la mera y severa justicia retributiva, el mero y severo “encarcelamiento justo”. En lugares oportunos se tiene inteligentemente en cuenta  El Libro Blanco de la Justicia, del Consejo General del Poder Judicial; no solo cuando se comentan los principales problemas de la justicia penal española (24.1) y cuando se reflexiona sobre nuestro sistema  prisional. Con razón se indica que las necesidades  primarias de las personas privadas de libertad (higiene, educación cultura, salud…) están en parte cubiertas. Pero que no basta. Urge cuidar más las necesidades de carácter  secundario, sin olvidar las necesidades y objetivos de la  propia organización correccional (25.1). Resultan muy ilustrativas las revisiones sobre la efectividad de los  programas que se aplican a algunos grupos de delincuentes (25.3), y en concreto el estudio de REDONDO, GARRIDO y SÁNCHEZ-MECA del año 1997. En mi opinión este capítulo 25, sobre la Criminología aplicada, aporta información y comentarios de máximo valor. Después de lo indicado respecto al contenido de las

 

cuatro partes, debemos escribir unas líneas en cuanto a su  paradigmática forma y estructura didáctica. Pronto constata el lector muchos aciertos: al comienzo de cada capítulo, la clara enunciación de “temas, teorías, términos  nombres importantes”; en las páginas centrales de cada capítulo, las ilustraciones, las fotografías de las personas especialistas en Criminología, los cuestionarios, los cuadros diversos, los recuadros, los gráficos, los casos; al final de cada capítulo, los principios criminológicos derivados, las preguntas, las cuestiones de estudio. Estos  otros logros didácticos facilitan sobremanera la lectura y el estudio. Estamos ante un libro que satisfará sobradamente las expectativas de muchas personas ocupadas y preocupadas con los problemas de la teoría criminológica y con su aplicación para la prevención de la delincuencia, para la disminución de la criminalidad/victimación y para la reinserción de los victimarios y de las víctimas. Ayudará inteligente y eficazmente a la mejor formación de quienes trabajan en el enigmático mundo policial, judicial,  penitenciario, psicológico, psicológico, social, aasistencial, sistencial, etcétera. etcétera.  No es éste el lugar para comentar todos sus extraordinarios valores. Tampoco para pedir que se añadan otros temas. Únicamente me permito una  pregunta: ¿Hubiera sido posible desarrollar un poco más algunos aspectos sobre las relaciones de la Criminología

 

con la Filosofía, la Teología y las grandes religiones de ayer y de hoy: el  Malleus Maleficarum (The Witch Hammer), de Heinrich Kramer y James Sprenger, tan encomiado por el Romano Pontífice Inocencio VIII, en su Bula Summis desiderantes affectibus, del 9 de diciembre del año 1484, la Cautio Criminalis (Rinteln an der Weser, 1631), del jesuita (tan perseguido por la jerarquía) Friedrich von Spee, las literaturas místicas universales, etcétera? Al exponer las teorías integradoras explicativas del delito, se hace referencia a los contextos y las actividades sociales convencionales, como la familia, la escuela, los amigos o el trabajo. Quizás podrían tomarse en consideración también las instituciones religiosas y/o eclesiales, sin olvidar algún comentario crítico, pues religiosos son importantes factores etiológicos de la Inquisición y de múltiples macrovictimaciones de ayer y también de hoy. Quizás las “creencias-convicciones” debían encontrar más espacio en el capítulo dedicado a la Criminología aplicada: delincuentes (capítulo 25).intervenciones con grupos de Este Tratado de Criminología  contribuirá a que los criminólogos hispanos y latinoamericanos realicen un aporte significativo a la Criminología universal y a la ciencia y la praxis de la Política criminal del bienestar  social, del estado social de derecho, de la Justicia que se centra en las víctimas y en las personas más

 

desfavorecidas, y de la fraternidad, con nueva hermenéutica de los artículos 1, 22 y 28 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, del año 1948. Garrido, Stangeland y Redondo merecen el sincero agradecimiento y el reconocimiento público de nuestra Universidad pues nos brindan una obra señera de Criminología que tardará muchos años en superarse y que auguro pronto se traducirá al francés pues veo en ella la mejor actualización del tradicional Traité de Criminologie del Maestro Jean PINATEL, presidente honorario de la Sociedad Internacional de Criminología. Mis colegas y amigos logran pilotar y orientar la nave de la Criminología del tercer milenio entre Escila y Caribdis, entre la globalización universal y los nacionalismos. Merecen leerse con atención sus frecuentes referencias a la Criminología internacional comparada pues también en este campo hemos de aceptar las ventajas de una globalización racional, ya que como indican Jean Pradel, H. H. Jescheck y otros especialistas, si profundizamos, todos provenimos o pertenecemos a una misma familia cultural y jurídica6. Los tres Maestros toman consciencia de lo español, de lo latinoamericano y de que existe una entidad que se llama EUROPA, que brota desde unas raíces que difieren de otras cosmovisiones. Europa surge  para algo más y distinto que un mero MERCADO, para recoger y desarrollar la herencia de una colectividad de

 

ciudadanos con un sentido peculiar de determinados alores humanos que pujan especialmente en nuestra Sciencia della generosità, en sugerente definición de Delitalla. Hoy y mañana, más que en tiempo de Protágoras (según gustaba repetir el eminente especialista de Antropología Criminal, Julio Caro Baroja7), la persona  —y no la delincuencia— debe ser y es la medida de todas las cosas, como en estos Principios de Criminología. Criminología. El lector tiene en sus manos un excelente manual de Criminología, que combina el rigor científico con un atrevido de la yrealidad actual:abusos robos,a asesinatos,repaso violaciones maltratodelictiva a las mujeres, menores, delincuencia “de cuello blanco” y corrupción, tráfico de drogas, mafias, terrorismo, etc. A partir de la más moderna investigación criminológica, se analizan los  perfiles típicos de los asesinos en serie, de los delincuentes sexuales y de los psicópatas, así como las características de las víctimas de los delitos. Eje central de la obra es el estudio de la interdependencia que existe entre delincuencia y mecanismos sociales de control, ya sean éstos los medios de comunicación social, la policía, los tribunales o las prisiones. Los estudiantes y profesores de Criminología, Derecho, Investigación privada, Ciencia policial, Psicología, Pedagogía, Sociología, Trabajo social, Educación social, Magisterio, y otras disciplinas afines, encontrarán en esta

 

obra un completo y didáctico manual introductorio al estudio de las diversas materias criminológicas. Los lectores meramente interesados en este campo podrán disfrutar adentrándose en cualquiera de las variadas temáticas criminológicas tratadas. A. Beristain

 

En la entrada de la sede del Instituto Vasco de Criminología, de izquierda a derecha, los profesores del Instituto Vasco de Criminología: Francisco Etxebarria, Profesor de Medicina Legal de la Universidad del País Vasco; Antonio Beristain, Director del Instituto Vasco de Criminología; y José Luis de la Cuesta, Catedrático de Derecho Penal de la Universidad del País Vasco. 1  Cfr. Friedhelm MENNEKES,  Joseph Beuys: Christus Denken, Herder, Barcelona, 1997, p. 87. 2 BERISTAIN, Antonio,  De los delitos y de las penas desde el País Vasco, edit. Dykinson, Madrid, 1998. 3  Cfr. AMNISTIA INTERNACIONAL,  España. Programa para la  Protección y Promoción de los Derechos Humanos, 1998, p. 10. 4 Carl SCHMITT, Teoría de la constitución, trad. F. Ayala, Madrid, p. 144. 5  Cfr. A. BERISTAIN,  Nueva Criminología desde el Derecho penal y la Victimología, Tirant lo Blanch, Valencia, 1994.  Procédure pénale comparée dans les systèmes modernes: mod ernes: 6 Cfr. J. PRADEL,  Rapports de synthèse des colloques de l’ISISC , edit. érès, Toulouse, 1998,  p. 147. 7 Julio Caro Baroja (1985) Los Fundamentos del Pensamiento Antropológico  Moderno, Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, pp. 180.

 

 Parte I 

CRIMINOLOGÍA Y 1. LADELINCUENCIA CIENCIA CRIMINOLÓGICA 1.1. DEFINICIÓN Y OBJETO DE LA CRIMINOLOGÍA 46 1.2. NATURALEZA CIENTÍFICA 51 1.3.1.3.1. ÁREAS ESTUDIO CRIMINOLÓGICO 56 LosDE delitos 56 1.3.2. Los delincuentes 65 1.3.3. Las víctimas 66 1.3.4. Los sistemas de control social 68 1.4. DESARROLLO SOCIAL Y PROFESIONAL DE LA CRIMINOLOGÍA 71 PRINCIPIOS CRIMINOLÓGICOS Y POLÍTICA CRIMINAL 74 CUESTIONES DE ESTUDIO 75

 

Si a un ciudadano medianamente informado le  pidiéramos referir sucesos criminales recientes, muy  probablemente sería capaz, tras una mínima reflexión, de mencionar un número muy variado de hechos delictivos. Casos de hurtos pintorescos, delincuencia juvenil, delincuencia informatizada o mediante el uso de las nuevas tecnologías, corrupción y fraudes a la hacienda  pública, delitos organizados, la actuación de mafias diversas, incluyendo las dedicadas al tráfico de drogas, de armas y de personas, pornografía infantil y corrupción de menores, agresiones sexuales, robos espectaculares y iolentos, maltratos, secuestros, asesinatos macabros o colectivos, actos terroristas o genocidios. Todos estos fenómenos constituyen objetivos de estudio  también metas aplicadas de la Criminología. El inicio de los jóvenes en el delito y los factores de riesgo que se asocian a ello, la corrupción y la cultura como facilitadores de la delincuencia, las bandas y el crimen organizado, los asesinos múltiples, y el estado mental en la conformación de una psicología homicida, son ejemplos de posibles análisis criminológicos; mientras que la prevención del delito en las familias y en las escuelas, la reducción de las oportunidades para los delitos, las medidas de seguridad contra el terrorismo, la actuación de la policía, el funcionamiento de la justicia o la función social de las prisiones son ejemplos de

 

eventuales campos aplicados que interesan a la ciencia criminológica. La Criminología es una disciplina en expansión tanto en suezdimensión o analítica, como aplicada. Cada es mayor elcientífica, número de investigaciones criminológicas que se realizan para conocer los diversos factores relacionados con la delincuencia, para averiguar los efectos que tienen los sistemas de control del delito, y  para evaluar los programas de prevención y tratamiento de la conducta delictiva. Paralelamente, los estudios universitarios de Criminología han logrado un superior  rango académico y están adquiriendo un mayor  reconocimiento social, a la vez que aumenta el interés de los gobiernos por conocer de manera más precisa las diversas realidades delictivas y por arbitrar políticas  preventivas y de control control más eficac eficaces. es. Adán y Eva: La primera transgresión de acuerdo con la Biblia.

1.1. DEFINICIÓN Y OBJETO DE LA CRIMINOLOGÍA De una forma directa y sencilla, Tibbetts (2012) ha definido la Criminología como el estudio científico del delito, y especialmente de por qué las personas cometen delitos. Sin embargo, esta definición, siendo fácil y por  ello atractiva, dejaría fuera del análisis criminológico una  parte importante de las preocupaciones preocupaciones de la criminología, criminología,

 

que se relaciona con el control de la delincuencia (que a menudo en la criminología norteamericana se desglosa  bajo el epígrafe Criminal Justice). Después de casisedoshan siglosefectuado de investigación en Criminología, dos científica importantes constataciones acerca de la naturaleza de la delincuencia, que tienen implicaciones ontológicas sobre la propia concepción y definición de la disciplina1. La primera es que la delincuencia es un problema real, variable en intensidad según los tipos de sociedades humanas, pero existente todas ellas. Suelefísica consistir que unos individuosenutilizan la fuerza o el en engaño para conseguir sus propios objetivos, perjudicando con ello a otras personas o grupos sociales. La segunda conclusión, complementaria de la anterior, es que la delincuencia es también, a la vez que realidad fáctica, un fenómeno construido  a partir de la reacción social de rechazo que suscita entre la ciudadanía. Sobre la base de estas las dos premisas, la Criminología  puede definirse como aquella ciencia que estudia los comportamientos delictivos y las reacciones sociales rente a ellos2. Según esta definición, el análisis

criminológico se ocupa de un conjunto muy amplio de comportamientos humanos y de reacciones sociales de rechazo, de variada naturaleza. Algunas conductas delictivas dañan gravemente a otras personas (el

 

homicidio o la violación, por ejemplo), mientras que otras tienen una menor entidad. La reacción social más extrema consiste en la persecución formal de los delitos a través de la justicia penal. Sin embargo, existen también otros mecanismos de control social del delito, llamados informales,  relacionados con las familias, los amigos, el ecindario, o los medios de comunicación. De acuerdo con la definición propuesta, el objeto sustantivo de la Criminología es, por tanto, un cruce de caminos en el que convergen ciertas conductas humanas, las delictivas, y ciertas reacciones sociales frente a tales conductas3. La confluencia de estas dos dimensiones  principales encuadra el espacio científico de la Criminología tal y como se ilustra en el cuadro 1.1: CUADRO 1.1. Objeto de estudio de la Criminología, que definen las dimensiones (1) comportamiento delictivo y (2) reacción social 

 

1) La dimensión comportamiento delictivo (representada  por el primer vector en el cuadro 1.1) es una magnitud conductual, de acción. Esta dimensión criminológica tiene, sin duda, un referente normativo ineludible, la ley penal, que define qué comportamientos en una sociedad van a ser considerados delictivos (delitos contra las personas, contra la propiedad, contra la libertad sexual, contra la salud pública, etc.). El referente legal especifica el extremo de mayor  gravedad en la magnitud comportamiento, delimitando un sector de acciones que van a ser objetivo prioritario de atención criminológica, los delitos. Sin embargo, el análisis criminológico de esta primera dimensión no se agota en los delitos establecidos por la ley penal. Por 

 

el contrario, la necesidad de comprender la génesis de los comportamientos delictivos dirige la atención de la Criminología hacia dos conjuntos de elementos no delictivos: a) hacia todas aquellas conductas infantiles y juveniles problemáticas o antisociales que pueden ser predictoras de la posterior delincuencia (entre ellas el absentismo escolar, la violencia infantil y juvenil, las fugas del hogar, etc.), y b) hacia los diversos factores de riesgo biopsicológicos y sociales, facilitadores de la conducta delictiva. 2) La dimensión reacción social   (representada en el segundo vector del cuadro 1.1) es una magnitud fundamentalmente valorativa, de aceptación o rechazo de ciertos comportamientos (aunque tiene también, como es lógico, implicaciones para la acción o reacción  de los ciudadanos frente al delito). Su extensión abarca desde la mera desaprobación y el control paterno de algunas conductas infantiles o  juveniles inapropiadas (mediante regañinas o  pequeños castigos), hasta la intervención de los sistemas de justicia penal establecidos por las sociedades para el control legal de los delitos (leyes  penales, policía, tribunales, prisiones, etc.). Así pues, al igual que el comportamiento delictivo, la dimensión reacción social posee un polo inferior y otro superior. En el polo inferior se encuentran los mecanismos de

 

control social informal   (la familia, la escuela, el

vecindario, los medios de comunicación, etc.). El polo superior lo delimitan los controles formales del estado. La Criminología se ocupa también de estudiar el funcionamiento de todos estos sistemas sociales que responden a la conducta delictiva, o a ciertas conductas y factores de riesgo que se hallan asociados con la conducta infractora. Y analiza también los efectos que los mecanismos de control producen sobre el comportamiento delictivo. Según lo razonado hasta aquí, el concepto criminológico de comportamiento delictivo es diferente del concepto urídico de delito, del que se ocupa el derecho penal. El derecho penal presta atención exclusivamente a aquellos comportamientos concretos tipificados como delitos. Su  perspectiva es por definición estática: analiza acciones específicas realizadas en un momento dado. Tales acciones son confrontadas a un tipo delictivo, legalmente  previsto, con el propósito de comprobar si determinada conducta encaja en la norma penal, si un comportamiento dado puede ser considerado o no delito. Por el contrario, la Criminología no se halla tan estrechamente vinculada a concretas acciones delictivas ni al código penal presente. Contempla y estudia el comportamiento humano desde una perspectiva más amplia. Su punto de partida es que un hecho delictivo aislado solo puede ser adecuadamente

 

comprendido si lo relacionamos con otros factores y comportamientos previos del mismo individuo, que no necesariamente tienen que ser delictivos. Undiferenciación concepto criminológico importante comprender  esta entre derecho penal ypara Criminología es el de carrera delictiva  (al que se hará referencia más adelante). El análisis de las carreras delictivas, o sucesión de delitos cometidos por un delincuente, comporta una isión dinámica y longitudinal del comportamiento ilícito, atendida la concatenación de conductas infractoras y factores asociados a ellas. Refleja la idea de que muchos delincuentes han experimentado un proceso de inicio e incremento en sus actividades delictivas a lo largo de los años. Piénsese, por ejemplo, en conductas ilícitas como el robo de vehículos, el atraco con un arma, la conducción en estado de embriaguez, los malos tratos en el hogar, los abusos sexuales, o los delitos de robo o apropiación indebida cometidos por funcionarios públicos o empleados. Muchas de estas conductas delictivas son detectadas en un único momento: entonces se ocupan de ellas el derecho penal y la justicia. Sin embargo, el análisis criminológico de los comportamientos infractores muestra que a menudo éstos se repitieron asiduamente con anterioridad a su detección legal. Todos estas conductas, hábitos y factores de riesgo son elementos de estudio de la Criminología, ya que su análisis es necesario

 

 para explicar, predecir predecir y prevenir la de delincuencia. lincuencia. De acuerdo con todo lo expuesto hasta aquí, la Criminología posee un objeto de estudio sustantivo y  propio es diferente loslaobjetos dedeotras ciencias socialesque y jurídicas, ya seadepor amplitud sus análisis, a sea por sus pretensiones, ya sea por su método4. El área de conocimiento científico delimitada por las magnitudes comportamiento delictivo  y reacción social  constituye el objeto distintivo del análisis criminológico.  Ninguna otra ciencia social o jurídica tiene en su punto de mira científico yla intersección conductas aloraciones reacciones entre sociales frentedelictivas a talesy conductas. De esta manera, la Criminología claramente  posee una sólida entidad científica, científica, ni menor ni mayor que otras ciencias sociales, y un objeto de estudio sustantivo y genuino.

1.2. NATURALEZA CIENTÍFICA

 

La Sociedad Española de Investigación Criminológica (SEIC) es una sociedad científica que agrupa a profesores e investigadores de criminología. Su finalidad principal es promover la investigación científica en criminología y el desarrollo académico de la disciplina. Organiza congresos y simposios  periódicos de criminología. También edita una revista electrónica de criminología (REIC). En la foto puede verse a su Junta Directiva correspondiente a 2013. De izquierda a derecha aparecen: José Becerra Muñoz, Investigador de la Universidad de Málaga (Tesorero), Esther  Fernández Molina, Profesora de la Universidad de Castilla-La Mancha (Presidenta de la Junta), Josep Cid, Profesor de la Universidad Autónoma de Barcelona (Director de la Revista Española de Investigación Criminológica), Meritxell Pérez Ramírez, Investigadora y Profesora de la Universidad Autónoma de Madrid y de la Universidad Europea; también forma parte de la Junta, aunque no está en esta foto, Antón Gómez Fraguela, Profesor de la Universidad de Santiago de Compostela.

¿Qué hace que algunos conocimientos y aplicaciones técnicas sean considerados científicos y otros no? ¿Qué es una ciencia? ¿Es la Criminología una ciencia? Según el filósofo de la ciencia Karl Popper (1967) una teoría científica debe basarse en enunciados observacionales que se hacen públicos, y son susceptibles de ser comprobados  falsados5  por  falsados por distintos profesionales de la disciplina de que se trate. En realidad, las teorías científicas nunca se erifican completamente, sino que son consideradas “verdaderas” en la medida en que nadie ha podido probar  que son falsas. Es decir, para que una ciencia exista como tal, es necesario que a la actividad investigadora se sume el interés de los científicos por comprobar los conocimientos adquiridos. Una tarea investigadora

 

fundamental es repetir, con variaciones, observaciones y experimentos previos, para ratificar que los hallazgos logrados son realmente válidos y fiables. Que un descubrimiento sea válido quiere decir que en verdad refleja la realidad analizada (por ejemplo, la prevalencia de los delitos juveniles, la relación entre educación  paterna y conducta antisocial, los efectos de cierta reforma legal sobre la reducción de los delitos, etc.). Por  otro lado, el que un conocimiento sea fiable significa que se obtienen resultados iguales o muy parecidos en diferentes observaciones del mismo fenómeno (¿tener  amigos delincuentes se asocia siempre, o generalmente, a un mayor riesgo delictivo de los individuos?). Es decir, la repetición de resultados en observaciones distintas confiere fiabilidad al conocimiento científico. Además, el interés científico se rige por prioridades humanas, y no solamente por la curiosidad intelectual; o, como dijo uno de los padres de la ciencia moderna, Francis Bacon, la finalidad de la ciencia es la mejora de la suerte del hombre en la tierra (Chalmers, 1984: 6). Sin embargo, aquí se nos plantea otra pregunta importante: ¿Quién define cuáles son las prioridades humanas que deben ser investigadas por la ciencia? La existencia de una estructura estatal que mantenga y financie las investigaciones parece ser imprescindible para el establecimiento de una ciencia. En consecuencia, no se

 

 puede llegar a una definición de una ciencia que no sea  parcialmente política. Asimismo, la consideración social que tiene una profesión resulta esencial para su desarrollo 6 como ciencia . Sin embargo, no todo el peso del carácter científico de una disciplina puede recaer sobre su valoración social. Como ejemplo, puede considerarse lo ocurrido a siglos atrás con la alquimia, cuyos profesionales fueron muy considerados durante los siglos XVII y XVIII, al contar  entre sus pretensiones principales con la de convertir el  plomo y eldemercurio en oro, que hubiera sin duda, gran interés paraalgo cualquier estado. resultado, Como es sabido, sus esfuerzos no obtuvieron ningún resultado  positivo, con la excepción notable de haber contribuido al desarrollo de los fundamentos metodológicos de la química moderna. No obstante, se tardó varios siglos en comprobar la ineficacia de las teorías de la alquimia y en que esta profesión resultara desprestigiada. También hay ejemplos de lo contrario, de profesiones de origen inicialmente humilde que aumentaron su prestigio social tras haber conseguido buenos resultados en su trabajo. Los médicos mostraron a lo largo del siglo XIX que con sus métodos sí que podían ofrecer un cuerpo de conocimientos sólidos acerca de la salud y las enfermedades, por lo que la medicina se consolidó como una

de

las

profesiones

científicas

de

mayor 

 

reconocimiento en nuestra sociedad. Otro filósofo de la ciencia, Thomas Kuhn (2006), diferenció entre dos tipos de investigación que denominó, respectivamente, “ciencia científica”. La ciencia normalnormal” orientaríay sus“revolución esfuerzos hacia las teorías, métodos y paradigmas que están igentes en una disciplina. Sin embargo es frecuente que, a medida que se acumulan datos en una ciencia, se  pongan de manifiesto incongruencias entre dichos resultados y las teorías establecidas. Cuando las discrepancias se acumulan y se hacen suficientemente notorias, es probable que surjan explicaciones y teorías innovadoras que inicien una etapa de revolución científica, o de cambio de paradigma7. Suele considerarse que una ciencia reúne tres características distintivas: 1) utilizar métodos e instrumentos, 2) para conseguir   conocimientos fiables y verificables,  3) 8sobre  un tema considerado importante ara la sociedad  .

A partir de los anteriores criterios es factible comprobar  si la Criminología los cumple y si, en función de ello,  puede ser considerada considerada una discip disciplina lina científica: 1. ¿Utiliza la Criminología métodos e instrumentos válidos para investigar su objeto de estudio?

Según se comentará más adelante, la Criminología ha

 

tomado prestados algunos de sus instrumentos de trabajo de otras disciplinas, como, por ejemplo, los sondeos y las encuestas, de la sociología, los estudios sobre grupos y subculturas, antropología y de yla de psicología social, los análisis dedela la personalidad los procesos cognitivos, de la psicología, y algunos diseños para la  prevención situacional situacional de los delitos delitos,, de la arquitectura. arquitectura. La realidad es que actualmente todas las ciencias comparten métodos e instrumentos con las ciencias ecinas. La Criminología también emplea algunas herramientas de trabajo usadas en disciplinas cercanas (cuestionarios, entrevistas semi-estructuradas, escalas de riesgos, etc.), pero adaptándolas y aplicándolas a su  propio objeto de estudio, la criminalidad. Muchas de estas adaptaciones son especialmente necesarias en la medida en que los fenómenos criminales suelen presentar más dificultades de acceso a datos fiables que otras áreas de investigación, y también plantean algunos problemas éticos (preservación de la intimidad, de víctimas y delincuentes, etc.) que pueden no tener tanta relevancia en otras ramas de las ciencias sociales. Aunque el método científico y las estrategias básicas de investigación, la observación y la localización de relaciones regulares entre factores, son semejantes en todas las ciencias, la especificidad y complejidad del objeto de estudio de la Criminología probablemente

 

requeriría del desarrollo de un mayor número de instrumentos de investigación propios. 2. ¿Produce la Criminología conocimientos fiables y verificables?

La Criminología actual dispone de múltiples conocimientos acerca de la explicación de la delincuencia  la prevención de los delitos, que se ha ido adquiriendo  paulatinamente a partir de innumerables investigaciones empíricas. Se dispone de amplia información, por  ejemplo, sobre los factores sociales e individuales que facilitan de las carreras delictivas juveniles, sobre el riesgoeldeinicio reincidencia que tienen diferentes tipos de delincuentes, sobre el efecto preventivo de la actuación  policial o sobre los efectos de la cárcel y de otras intervenciones sociales o educativas en la reducción de los delitos. Se necesitaría contar, sin duda, con mayores conocimientos criminológicos, pero en la actualidad  poseemos un buen fondo de resultados fiables, erificables y aplicables, que pueden ser de utilidad para la Administración de justicia, la policía, los políticos y ciudadanos, las potenciales víctimas de un delito, y también (¿por qué no?), para muchos delincuentes, cuya desistencia del delito podría favorecerse a partir de algunos de estos conocimientos. Puede afirmarse que, en conjunto, el conocimiento científico sobre la delincuencia no es inferior a lo que se

 

sabe sobre otros problemas sociales como, por ejemplo, la educación infantil, los procesos de cambio cultural y social, las patologías mentales, el desarrollo y el subdesarrollo crisisde ylasrecesiones económicas), oeconómico acerca de (ylas las causas guerras. Utilizando los mismos baremos estrictos del conocimiento científico, la Criminología no es ni más ni menos científica, sino igual, que otras ramas de las ciencias sociales. 3. ¿Se ocupa la Criminología de un tema considerado importante para la sociedad?

Desde luego, la respuesta en este caso no puede ser sino afirmativa, ya que la delincuencia es un problema que  preocupa ampliamente ampliamente en cualquier sociedad. La conclusión resultante es que los conocimientos sobre la delincuencia se obtienen mediante métodos e instrumentos válidos, se trata de resultados verificables, acerca de un fenómeno, el delictivo, que tiene gran relevancia social. De este modo, la Criminología cumpliría los tres requisitos exigibles a una ciencia, a los que se ha hecho mención. Por otro lado, la Criminología, como cualquier otra ciencia social, aspira al logro de cuatro niveles de conocimiento de ambición creciente. El primer nivel es descriptivo: la Criminología pretende, en primera instancia, cuantificar la Criminalidad y detallar las

 

condiciones en que se producen los comportamientos delictivos y las reacciones sociales frente a ellos. Su segundo propósito es explicativo, o teórico, para cuyo logro ordena los delictivos hallazgos yquelasdescriben la aparición de lógicamente los fenómenos reacciones sociales subsiguientes, y propone teorías explicativas que inculan entre sí los conocimientos obtenidos. La tercera aspiración es  predictiva, orientándose a especificar la  probabilidad de repetición de la conducta delictiva y las circunstancias que la favorecerán o la dificultarán. Por  último, la Criminología tiene también un propósito aplicado o de intervención, esencialmente orientado a la  prevención de los comportamientos delictivos en la sociedad.

1.3. ÁREAS CRIMINOLÓGICO

DE

ESTUDIO

Sutherland definió la Criminología como el en cuerpo de conocimientos relativos a la delincuencia cuanto fenómeno social, lo que incluiría el análisis del proceso de creación de las leyes, de su quebrantamiento, y, también, de las reacciones sociales que siguen a las infracciones (Sutherland, Cressey y Luckenbill, 1992). Como derivación de ello, serían objetos de interés criminológico, los delitos, los delincuentes, las víctimas y los sistemas de control social, que constituirían así las áreas principales

 

de estudio de la Criminología, a las que respondería en  buena medida la estructura de esta obra. Veamos ahora  brevemente cada una de estas áreas prioritarias de la Criminología. 1.3.1. Los delitos

La primera cuestión necesaria, al analizar aquí el delito, es su definición o concepto criminológico, en relación y contraste con la concepción jurídica de delito. El derecho define legalmente los delitos como aquellos comportamientos que están tipificados en el Código  penal. Concretamente el artículo 10 del Código penal español establece que “son delitos o faltas las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la Ley”. Y, como métrica de la gravedad de los delitos, el artículo 13 instituye que “son delitos graves las infracciones que la Ley castiga con pena grave” y “delitos menos graves las infracciones que la Ley castiga con pena menos grave”. De este modo, la definición legal del delito resulta, para salvaguarda del principio de legalidad (o referencia directa a aquello que la ley establece), en una explicación circular (es delito lo que la ley dice que es delito, y es delito grave el comportamiento al que la ley atribuye pena grave) que en absoluto no clarifica qué elementos caracterizan a los comportamientos delictivos, ni por qué unos deben ser considerados más graves que otros. Es “El

 

legislador” (el Parlamento, el Gobierno, etc., dependiendo del nivel jerárquico de una norma) quien dicta las leyes y quien establece, en su caso, los delitos y sus respectivas gravedades. Además, el código penal no define los delitos y sus correspondientes castigos, de una forma estable y definitiva, evolucionan a lo largo del tiempo como resultado de las diversas presiones políticas (Walsh, 2012). En algunos casos el sistema penal se expande, incorporando como delitos nuevas conductas, y en otros se retrotrae, al despenalizarse ciertos comportamientos que antes estaban prohibidos. Ello es el resultado de ariadas presiones opuestas, unas que tienden a aumentar  la punitividad y otras, contrariamente, a reducirla. Es decir, en las sociedades existen grupos a favor de  penalizar determinadas conductas (o de endurecer su castigo, si es que ya están prohibidas) como pueden ser  los delitos ecológicos, la corrupción, el acoso sexual, el maltrato de pareja, la prostitución, la pornografía infantil, la inmigración ilegal o la venta callejera. Contrariamente, también existen grupos ciudadanos favorables a la despenalización de algunas actividades actualmente ilícitas como el consumo y la comercialización de determinadas drogas, la eutanasia activa, algunos supuestos de aborto, etc. En ciertos casos, como en el de las drogas, suele haber 

 

 polémica y confrontación entre aquéllos que se muestran favorables a su plena legalización y los que se oponen frontalmente a ella. En otros, como pueden ser los delitos ecológicos, algunosmayor grupos penalización ecologistas reclamarían menudo una de estosa comportamientos, mientras que las grandes empresas que  pueden contaminar el medio ambiente tenderían a rechazar el que exista una amenaza penal a este respecto. En estos constantes tiras y aflojas, según cuál sea la influencia que logren ejercer los diversos grupos de  presión sobre los poderes públicos que promueven o dictan las normas (los gobiernos y parlamentos), el código  penal acabará recogiendo, en mayor o menor grado, ciertos comportamientos como delitos. Desde esta perspectiva, la política punitiva no sería algo tan aséptico como se pretende, que meramente se limite a  proteger los bienes jurídicos universales e indiscutibles que todo estado debe preservar. Es más realista concebir  la política punitiva como el resultado legal de una confrontación, de cariz democrático, entre distintos grupos de presión, al igual que sucede en otros ámbitos de las políticas públicas. En la política punitiva, al igual que en la política educativa, sanitaria o agraria, las decisiones son finalmente adoptadas por los partidos políticos con representación parlamentaria, que tienen ciertos  programas de gobierno que defender y que, además,

 

tienen votos que ganar o perder en las elecciones siguientes, en función de qué decisiones adopten en las distintas materias. Por otro lado, la política punitiva, y, más ampliamente, la políticacomo criminal en su conjunto no puede ser identificada, a menudo se hace(que en España, con la mera política penal), son el resultado de una lucha de intereses sociales bastante ambigua: en muchos casos no pueden identificarse con claridad grupos fijos y estables de presión en una dirección u otra, sino que más bien aparecen movimientos de opinión diversos ante determinados temas (el endurecimiento penal de los delitos juveniles, sexuales, etc., o la legalización de las drogas, el aborto, o de la ocupación de pisos vacíos), y  posteriormente dichos grupos pueden desaparecer de la escena pública. En tal sentido, los debates y presiones en materia de políticas punitivas podrían considerarse como una especie de “guerra de guerrillas”, que se ocupa de cuestiones concretas, y no de elementos o principios generales, los cuales suelen mostrar mucha mayor  estabilidad. Un ejemplo de este vaivén penal puede ser, entre otros, el delito de corrupción de menores, que desapareció con el Código penal de 1995 pero fue pronto reintroducido de manera fáctica. Hagan (1985) distinguió entre delitos “reales” (mala in  se) y “socialmente construidos” (mala prohibita), diferenciación para la cual se requeriría tomar en

 

consideración tres dimensiones interrelacionadas (Walsh, 2012): 1) el grado de “consenso” social que pueda existir  acerca de la gravedad de determinado delito; 2) la gravedad la y“pena” asignada; 3) el nivel de “daño”dereal directoque queleseestá atribuye a la yconducta en sí. Siguiendo parcialmente este referente, los comportamientos delictivos podrían asignarse, según su relevancia criminal, a tres categorías diferenciadas, de rechazo social y gravedad crecientes, tal y como se ilustra en el cuadro 1.2: CUADRO 1.2. Una tipología de los delitos según el rechazo y la reacción social que provocan

 

• En el centro de la figura existiría un núcleo de actividades que son moderna penalizadas y castigadas cualquier sociedad (área I). Dentroende(casi) ese núcleo se encontrarían los delitos graves contra las  personas o contra la libertad sexual así como muchas de las infracciones contra la propiedad privada, especialmente las que comportan fuerza o violencia. • Fuera de ese núcleo, en la zona intermedia correspondiente áreaa II, aquellas actividades ilícitasal que, pesarse desituarían estar legalmente

 

 prohibidas y castigadas, se realizan con mucha frecuencia y con amplia impunidad. Conducir  vehículos habiendo ingerido alcohol, o conducirlos de forma temeraria, constituye poniendo enunriesgo de otras personas, delito.la integridad Pese a ello, muchos conductores lo hacen con frecuencia. Del mismo modo que se hallan penadas las calumnias y las injurias, que imputan delitos a otras personas o menoscaban su dignidad, pese a que en múltiples  programas de radio y televisión, y también en la  prensa escrita, abundan estas conductas vejatorias. Por  otro lado, muchos comportamientos delictivos incluidos en el área II son los denominados “delitos sin víctimas”, en los que el bien protegido suele tener  un carácter colectivo y es por ello más infrecuente que exista una persona concreta interesada en su denuncia y persecución legal. Puede tratarse, por ejemplo, de actividades ilícitas contra la Hacienda pública, el medio ambiente o la seguridad del tráfico, que globalmente podrían causar daños incluso más graves que los producidos por la delincuencia común. Sin embargo, aunque estas conductas estén prohibidas y  penalizadas, su tasa de denuncia es baja, por lo que será más infrecuente que sus autores sean detectados e inculpados. Un ejemplo que puede ilustrar la diferencia entre las

 

áreas I y II es el siguiente: la ley penal prevé castigar, como autor de un delito de robo con fuerza, a quien, rompiendo una ventana o puerta, entre en un local comercial la noche y sustraiga bienes portiene un valor  superior apor 400. Este tipo de suceso, que una consideración social baja, generalmente se denuncia a la policía y, si el autor es identificado, puede ser  condenado a una pena de prisión de uno a tres años. Este comportamiento constituiría un delito correspondiente al área I, en el núcleo del cuadro 1.2. En paralelo a lo anterior, si el dueño de ese mismo local comercial dejara de abonar impuestos a la Hacienda pública por un valor superior a 120.000 euros, también cometería un delito que tiene prevista una pena de prisión de uno a cinco años (además de una multa). Aunque en principio podría existir un amplio consenso social al respecto de que los delitos fiscales deban ser castigados, la infracción anterior   puede suscitar un menor rechazo social, y ser  denunciada y perseguida con más baja frecuencia. Según la lógica seguida, este comportamiento constituiría un delito asignable al área II del cuadro. • En el área III, más externa, cabría incluir aquellas actividades ilícitas para las que existe cierta ambigüedad legislativa y falta de consenso global acerca de su carácter delictivo inequívoco, entre las

 

que estarían aquellos delitos cuya regulación ha cambiado entre épocas distintas y varía entre países. Así podría suceder, por ejemplo, con conductas como el aborto provocado, eutanasia activa, ayudando morir a personas conlaenfermedades incurables y ena estado terminal, la posesión y el consumo de drogas, y las actividades industriales u otras que dañan el medio ambiente a medio y largo plazo. En algunos estudios se analizaron las valoraciones realizadas por diferentes sectores de la población —  incluyendo muestras de estudiantes, jóvenes marginados,  presos, y jueces— acerca de la necesidad, o no, de considerar delitos y castigar penalmente diferentes conductas. Los resultados mostraron un alto grado de consenso entre distintos grupos sociales cuando se trataba de delitos como el homicidio, el robo con violencia y la iolación (Sellin y Wolfgang, 1964; Newman, 1976; Ruidíaz García, 1994; González Audícana et al., 1995). En cambio, existían opiniones muy dispares al valorar la  posible ilicitud de actividades relacionadas con las drogas (desde quienes proponían su completa despenalización hasta quienes reclamaban para ellas medidas mucho más duras), algunos delitos económicos, determinadas infracciones y delitos sexuales (con la salvedad de la iolación por desconocidos, que suele ser valorada como un delito muy grave por la generalidad de las personas).

 

Algunos autores intentaron, en el pasado, definiciones “naturalistas” del delito, que caracterizaran los elementos   condiciones que serían inherentes a las distintas conductas delictivas, másde allá sus específicas regulaciones legales. Uno estosdeintentos fue el de definir el delito a partir del daño moral o social producido  por el mismo. El propio Beccaria consideraba que el daño causado a la sociedad   era la verdadera medida de los delitos (Beccaria 1983 [1764], capítulo VIII). Sin embargo, los conceptos de moralidad y de daño pueden resultar asimismo ambiguos e imprecisos, y podrían limitarse a remplazar las valoraciones legales por otras de carácter sociocultural, según el criterio de cada autor. De este modo, el argumento circular de que un delito lo es debido a que está castigado como tal por la ley, podría ser  reemplazado por otro igualmente redundante, según el cual algo es delito ya que es antisocial, repulsivo o contrario al buen gusto. Parece difícil que puedan abarcarse en una única definición todas las posibles conductas infractoras. Por lo que quizá haya que conformarse con intentar definiciones capaces de englobar una parte relevante de las actividades que constituyen delitos pero no todas las conductas ilícitas. En esta dirección, Gottfredson y Hirschi (1990) retomaron en parte la concepción clásica, de la conducta criminal orientada al logro de beneficios, y definieron el

 

delito como “la  utilización de engaño o fuerza para conseguir un objetivo”. En esta definición tal vez podrían abarcarse la mayoría de los comportamientos incluidos en el núcleo, odelictivas área I, delmás cuadro 1.2,que es decir, todas conductas graves, suscitan un aquellas rechazo social generalizado. Felson (2006) consideró que la gran variabilidad conductual y contextual que presentan los delitos ha dificultado una definición adecuada de la delincuencia, y ha forzado a los autores a elegir entre: a) definiciones de la delincuencia específicas para un determinado contexto, o b) definiciones más amplias, que transcenderían la  propia conducta delictiva, tal y como sucede con el uso del concepto ‘desviación’). Felson estima que para efectuar una buena definición de la delincuencia hay que realizar dos tareas sucesivas: 1) formular una definición general que trascienda las variaciones naturales en las conductas delictivas, y 2) estudiar, a continuación, las ariantes que se producen en el seno de cada categoría delictiva definida. Su propia definición de delincuencia es la siguiente: “Un delito es cualquier conducta identificable que un número apreciable de gobiernos ha  prohibido específicamen específicamente te y ha castigado formalmente” (Felson, 2006, p. 35). Además Felson sugiere que para corroborar si algo encaja o no en la definición de delito  pueden formularse tres preguntas complementarias: ¿Al

 

menos varias sociedades consideran que dicha conducta es un delito? ¿Alguien ha realizado tal comportamiento después de estar prohibido? ¿Ha castigado la sociedad a algunas personas por llevarlo a cabo? Sicon las determinada respuestas a todas estas preguntas, en relación conducta, fueran afirmativas, podría considerarse confirmado que tal acción es delictiva. Robinson y Beaver (2009) retomaron el concepto tradicional de daño (véase anteriormente, en la referencia sobre Beccaria) y definieron los delitos como aquellas “conductas que son realizadas intencionalmente y que  producen algún daño físico o económico a otra persona” (p. 3). Walsh (2012), que también interpreta que un aspecto clave de la definición de los delitos es el daño causado, considera, no obstante, que el daño delictivo tiene las siguientes características distintivas: se trata de un daño de naturaleza social, no privada, que, dada su entidad o gravedad, requiere regulación normativa; como resultado del daño delictivo suelen derivarse graves costes emocionales y sociales; y, además, también suele comportar múltiples costes indirectos, económicos y otros (medidas de seguridad y vigilancia, presupuestos  policiales y del sistema de justicia y ejecución de penas, etc.). Asimismo, como un desarrollo de la tradición clásica que enfatiza el resultado de “daño”, y atendidas también

 

otras características típicas de las conductas delictivas, Redondo (en preparación) ha efectuado la siguiente definición: “Los delitos consisten en conductas de o engaño, cuyo lograr un beneficio oagresión satisfacción propios, sinpropósito tomar en es consideración el daño o riesgo que se causará a otras personas o a sus  propiedades”. Esta definición atiende, para caracterizar  los delitos, a tres aspectos complementarios: la naturaleza o forma de las conductas delictivas que muy frecuentemente comportan el uso de la violencia o el engaño; el objetivo o resultado de tales acciones, que a menudo es la satisfacción o beneficio propios; y, por  último, la ignorancia del delincuente de los riesgos o  perjuicios que podría causar a otras personas. Robinson y Beaver (2009) diferenciaron entre distintos términos relativos a la delincuencia, que muchas veces se emplean como sinónimos, aunque puedan estrictamente no serlo: delito sería un término específico, generalmente referido a un acto concreto de violación de la ley penal; delincuencia  tendría una connotación más amplia, más criminológica, pudiendo hacer referencia a todas aquellas conductas prohibidas, y por tanto susceptibles de ser  delitos (hurtos, fraudes a la hacienda pública, intentos delictivos incompletos o frustrados, homicidios no culpables, etc.), si hubieran llegado a conocerse o a  perseguirse como tales; la expresión conducta antisocial 

 

sería aún más amplia que delito y delincuencia, refiriéndose a todos aquellos comportamientos que entran en conflicto con las normas sociales prevalentes (desde una perspectiva existenenunos diagnósticos de psicopatológica, conducta antisocial el criterios Manual Diagnóstico y Estadísticos de los Trastornos Mentales, o DSM-IV). Por último, comoquiera que gran parte de la información científica sobre la delincuencia se difunde en inglés, debe recordarse que en esta lengua, para hacer  referencia específica a la delincuencia juvenil, se reserva el término “delinquency”, por contraste con “crime”, “offence” o “criminality”, que generalmente se referirían a la delincuencia adulta, diferenciación terminológica inexistente en castellano. Décadas atrás, con objeto de soslayar las dificultades inherentes a la definición de delito, se intentó remplazar  este concepto por el de desviación  social, que en cierto grado sería sinónimo del de conducta antisocial, al que se acaba de hacer referencia. Para el análisis de esta  propuesta se sigue aquí el análisis efectuado por Becker  (1971), uno de los teóricos más relevantes de las  perspectivas del del etiquetado9. Desde el planteamiento del interaccionismo simbólico, que se haya conectado en Criminología con las teorías del etiquetado, se señaló que los grupos sociales no definirían   aplicarían las normas punitivas de un modo fijo e

 

inexorable, sino que castigarían las infracciones de forma contingente a determinadas circunstancias (Becker, 1971). Para que una conducta infractora sea perseguida se requiere reforzando que alguien la reclame aplicación norma, acciónla de la ley de condeterminada su propia exigencia y redefiniendo así, para el caso particular, el comportamiento desviado e infractor. Desde esta  perspectiva, la sociedad misma, a instancias de sus individuos y grupos más poderosos, sería la que crearía la desviación y el delito mediante el proceso de imposición de las normas. Es decir, la desviación no sería un atributo del propio individuo sino un proceso dinámico que resultaría de la interacción entre quienes generan y aplican las normas y quienes las infringen. Cuando una  persona denuncia públicamente la inconveniencia o ilicitud de determinado comportamiento, se hace más  probable que la comunidad comience a valorarlo como inaceptable y “anormal” y que su autor sea catalogado como alguien “diferente” o “desviado”10 “desviado”10.. A menudo, las etiquetas de “desviado”, “anormal” o “delincuente”, suelen aplicarse a individuos más frágiles,  poco influyentes, o marginales de la sociedad. Sin embargo, Simon (2007) acuñó la expresión “desviación de las élites”, para referirse, de forma amplia, a aquellas conductas de sujetos y grupos poderosos que, aunque a eces puedan no ser delitos (ya que no se incluyen de

 

forma específica en el Código Penal), son manifiestamente contrarias a la ética, violan normas civiles o administrativas, o dañan a otros de modo intencional, o negligente. “Desviación de las élites” irresponsable, intentaría aglutinar conceptos como delincuencia de cuello blanco, delincuencia o violencia corporativa, delincuencia asociada en el desempeño de las  profesiones, desviación gubernamental, crímenes de estado, o delitos de los privilegiados. Como expresaron Kappeler, Blumberg y Potter (2000), el conjunto de los delitos violentos, contra la propiedad, y todos los demás delitos comunes, en cuyo combate se concentra la mayor   parte de la energía y recursos sociales, pueden ser a menudo mucho menos dañinos para la sociedad que las masivas infracciones que cometen los corporaciones y empresas, las élites y los gobiernos. Según todo lo visto hasta aquí, el delito no puede generalmente definirse bajo la consideración exclusiva de la conducta del infractor, sino como resultado de la interacción entre diversos actores y elementos. En el cuadro  1.3 se representa esta idea rodeando el delito  de los cuatro ingredientes necesarios para su análisis completo, que a su vez constituyen las áreas principales del análisis criminológico. CUADRO 1.3. Elementos y áreas de estudio de la Criminología

 

Así pues, en el cuadro 1.3, y siguiendo en parte la concepción de Cohen y Felson (1979) a la que se hará referencia en un capítulo posterior, el delito sería concebido como el producto resultante de las interacciones que pueden surgir entre una persona dispuesta a realizarlo, una víctima objetosocial, atractivos o interesantes para la infracción, y un ucontrol ya sea “formal” o “informal”, insuficiente. La Criminología dirige su atención científica a todos y cada uno de estos ámbitos, según se verá a continuación y a lo largo del conjunto de esta obra. 1.3.2. Los delincuentes delincuentes

¿Por qué algunas personas cometen delitos, o qué las

 

lleva a delinquir? ¿Quiénes son los delincuentes? Estas  preguntas, y otras parecidas, relativas a la naturaleza y características de los delincuentes, estuvieron en el origen mismo del estudio del delito, de la Criminología como ciencia. Loscientífico delincuentes constituyen el área del estudio criminológico que tradicionalmente ha suscitado mayor número de investigaciones. Como se detallará más adelante, numerosos estudios han analizado la influencia que sobre los delincuentes y su comportamiento tienen los factores biológicos, de personalidad, familiares, educativos, sociales económicos, culturales, situacionales situacionales,, etc. Pese a todo, muchos de los resultados y conclusiones obtenidos acerca de los delincuentes hacen referencia fundamentalmente a las características propias de las muestras evaluadas, que muy a menudo han sido muestras de encarcelados, o, en todo caso, de delincuentes detectados, pero no, como es lógico, a la idiosincrasia de la delincuencia y los delincuentes desconocidos. Este aspecto debe tenerse muy presente a la hora de extraer  conclusiones generales sobre los delincuentes y los delitos, para no identificar de manera absoluta lo que conocemos fehacientemente acerca de los delincuentes detenidos y condenados (contra la propiedad, traficantes de drogas, abusadores y agresores sexuales, maltratadores, etc.) con la globalidad de las realidades criminales, que pueden ser mucho más amplias y

 

desconocidas11. 1.3.3. Las víctimas

Actualmente se desarrollan muchos estudios criminológicos cuyo objetivo es conocer los efectos que  produce el delito en las víctimas, las consecuencias que tiene para ellas su trasiego a través del proceso penal (lo que de hecho puede ser vivido por la víctima como una “victimación secundaria”), aquellas características y factores de las propias víctimas que pueden ayudar a la  prevención los delitos, etc.lasEste grandécadas desarrollo investigador de producido durante últimas ha llevado a algunos a considerar necesario abordar el estudio de las víctimas desde una “nueva disciplina”: la ictimología. Con respecto al sistema penal, la víctima es un pilar   básico (y en general no apreciado en su justa medida), ya que en muchas ocasiones es ellaylatestificación. que activa elDesistema de justicia mediante su denuncia no ser  así, muchos delitos no serían conocidos por la justicia, o el trabajo de la policía sería mucho más arduo e ineficaz, como ocurre cuando se investigan los llamados delitos “sin víctimas” (o aquéllos en que la víctima es colectiva), tales como los delitos económicos, contra la salud pública o contra el medio ambiente, en los que con frecuencia los individuos concretos no tienen un interés particular en

 

denunciar los hechos. También se han desarrollado técnicas e instrumentos  para evaluar el riesgo existente de sufrir un delito en determinada comunidad barrio, etc. Para ello de se realizan encuestas a social, muestras representativas ciudadanos, preguntándoles sobre los delitos que puedan haber sufrido con anterioridad. Tales encuestas servirían como barómetro de la probabilidad de experimentar  ciertos delitos, independientemente de cómo funcionen la  policía y los tribunales (Larrauri 1992; Díez Ripollés, Girón, Stangeland y Cerezo, 1996; IEP, 1996; Sabaté , ragay y Torrelles., 1997; IERMP-Institut d’Estudis Regionals i Metropolitants de Barcelona, 2012). También existen instrumentos y protocolos que permiten estimar el riesgo de re-victimización, por ejemplo de víctimas de iolencia de género o de agresión sexual (Andrés-Pueyo y Echeburúa, 2010; Echeburúa y Redondo, 2010). Las sociedades pagan distintos precios como resultado de los delitos, incluidos en primer término los daños que sufren las víctimas, pero también los gastos y molestias derivadas de la prevención del crimen y los gastos  públicos necesarios para su control, que son objetos del estudio criminológico. Asimismo, la victimología incluye el estudio de las medidas de protección contra los delitos, entre las que se contarían aspectos diversos que van desde las técnicas verbales que las posibles víctimas podrían

 

utilizar para afrontar una situación de acoso sexual hasta medidas anti-robo estrictamente mecánicas. El estudio del coste social y económico de la delincuencia (Serrano  , Garrido y Sánchez-Meca, 1997; Gómez,y 1986; Redondo Welsh Farrington, 2011) se suele vincular también a la ictimología. En definitiva, la victimología contempla un gran abanico de temáticas vinculadas con el resto de la Criminología por la relación lógica que existe entre los  problemas estudiados. Sería absurdo proponer medidas

contra el acoso sexual sinque investigar las motivaciones de los varones efectúan previamente estas conductas, o diseñar alarmas anti-robo sin tomar en cuenta los métodos preferidos por los ladrones para entrar en una casa. Así como no es eficaz el estudio aislado de los delincuentes, sin tomar en cuenta a las víctimas, el estudio de la víctima y de su situación, aislado de los demás componentes de la realidad criminal, no parece tampoco muy adecuado y eficiente. La victimología debe, a nuestro uicio, formar parte de la Criminología, y sus temas deben estar integrados en la investigación y la enseñanza criminológicas. 1.3.4. Los sistemas de control social 

Suele diferenciarse entre control social formal e informal. Control social formal  es el que ejercen aquellas

 

instituciones y personas que tienen encomendada la igilancia, la seguridad o el control como actividades  profesionales. Por tanto en esta categoría se incluirían las empresas dejudiciales, vigilancia,fiscales, y las instituciones  policiales, de justiciay estamentos juvenil, y  penitenciarios. Por su su lado, el control social informal es el realizado por cualquier organización o persona, que también actúan contra la delincuencia (disuadiéndola,  previniéndola o controlándola), pero sin que el control del delito sea su actividad profesional específica. Ejemplos de ello pueden ser los vecinos de un barrio, los trabajadores de una empresa, los profesores de un colegio, los transeúntes momentáneos momentáneos de una calle o los viajeros de un autobús. Ellos pueden impedir en ciertos momentos y circunstancias que se realicen determinados actos delictivos, ya sea por su propio interés personal, por el interés de la colectividad o por motivos altruistas. Por ejemplo, cuando el vendedor de unos grandes almacenes actúa contra el intento de hurto por parte de un cliente, está ejerciendo, según la definición propuesta, un control informal, mientras que la actuación del vigilante urado en el mismo caso formaría parte del control formal. Mientras que el primero está contratado para vender   productos, el segundo lo está específicamente para impedir las sustracciones y los robos. Sin embargo, ambos trabajadores son susceptibles de contribuir a evitar los

 

hurtos en la tienda. Los controles formales e informales no suelen operar  independientemente en la comunidad social, sino que unos y otros tiendensituaciones a entrelazarse en lalaprevención delictiva. En muchas infractoras, denuncia a la policía de un delito (es decir, la demanda de intervención del control formal), es en realidad el último recurso utilizado por los ciudadanos cuando ya han fracasado sus previos intentos de resolver la situación de una forma más directa y personal. Losla controles formales están generalmente  por ley, que especifica los mecanismos quedelimitados se pueden utilizar para investigar y clarificar los hechos delictivos, y las sanciones o medidas que se pueden aplicar a los delincuentes. El control informal también está  parcialmente acotado por la ley, en la medida en que los insultos, la discriminación social o los actos de “autousticia” suelen hallarse prohibidos. Sin embargo, el control social sutil y diario encuentra muchas menos restricciones formales. El cotilleo, la sonrisa burlona o el miedo a perder una amistad o un trabajo influyen decisivamente en el comportamiento humano, pudiendo inhibir ciertas infracciones y delitos del mismo modo que en ciertas ocasiones pueden también instigarlos. A partir de los análisis criminológicos del control informal se ha planteado la necesidad de cambiar y

 

mejorar algunos aspectos del ambiente físico que pueden ser facilitadores de los delitos. Por ejemplo, Neuman  propuso, a partir de su concepto de “espacio defendible”, el diseño diseño de los bloques de viviendas forma que el  propio arquitectónico (quede tal condiciona el movimiento de las personas al salir de su vivienda o entrar a ella, los espacios más visibles, etc.), sea el que  permita ejercer un mayor control sobre los espacios comunes y lugares de paso más frecuentes, como patios o  pasillos (Newman, 1972; Reynald y Elffers, 2009). También existen investigaciones que han analizado cuáles son los lugares más adecuados para la colocación de las cajas registradoras dentro de los locales comerciales con la finalidad de inhibir los atracos (Felson, 1994). El estudio de las oportunidades para el delito ha mostrado gran utilidad en programas de prevención delictiva (Clarke, 1992, 1994; Felson, 2006; Vozmediano y San Juan, 2010; Wortley y Mazerolle, 2008). Según el conocimiento de que se dispone en la actualidad, el control informal sería en general mucho más activo y eficaz contra la delincuencia que el formal, a que sin la existencia de muchas personas corrientes motivadas e interesadas en prevenir los delitos (familiares, vecinos, comerciantes, transeúntes, etc.), la  policía y los tribunales poco podrían hacer generalmente al respeto. Lo anterior debería llevarnos a una reflexión

 

 profunda acerca de la distribución de los recursos materiales y personales destinados a la lucha contra la delincuencia (especialmente en tiempos de grave crisis económica, como los que vivimos): aunque la mayoría los esfuerzos económicos y sociales se pongan en de la dotación de controles formales y de seguridad y en la sanción de los delincuentes, se conoce bien que la  prevención es, en general, más eficaz que la represión, y el control informal más que el formal. Desde la perspectiva del desarrollo humano, el funcionamiento y la influencia sobre el individuo de los controles informalesadecuada y formales jugaría un papel fundamental en la formación de su personalidad   del desarrollo del propio autocontrol como base de la integración social y la inhibición delictiva. Y, viceversa, un mal funcionamiento en los controles informales o formales contribuiría a que determinados sujetos acaben cometiendo delitos y desarrollando carreras delictivas. Los estudios criminológicos sobre control formal incluyen análisis del funcionamiento de la policía, de los efectos disuasorios de la vigilancia, de las tasas de esclarecimiento de los delitos, etc. También abarcan temas como el funcionamiento de los tribunales en la  persecución y sanción de los delincuentes, y estudios sobre los efectos preventivos de diferentes medidas  penales como las multas, la prisión o las penas

 

alternativas. El concepto de control social también forma parte de los análisis de otras disciplinas como la psicología social, la sociología y dicho la antropología Sinuna embargo, en Criminología concepto sesocial. utiliza de forma más  precisa y restringida. A los criminólogos les interesan,  básicamente, los procesos de control de los delitos, y no otros muchos aspectos del control informal que pueden guardar relación con las costumbres sociales, el cotilleo, las prácticas religiosas, los hábitos lingüísticos, las costumbres sexuales, modas en en el vestir, etc.de todo lo Como puede verse las hasta aquí, función comentado en este capítulo introductorio, la delincuencia es un fenómeno complejo, que incluye diferentes elementos, y que por ello no permite una explicación simple ni una solución con remedios fáciles. En consonancia con ello, los estudios criminológicos deben abarcar temas muy variados para describir y entender los fenómenos delictivos. Paralelamente, el análisis de las estrategias que resultan más eficaces para prevenir la delincuencia también comprende diversos niveles, que en sus extremos pueden ir desde sencillos consejos específicos para eliminar determinados objetivos fáciles  para el delito, hasta ambiciosos programas preventivos de amplio espectro, todo lo cual será objeto de estudio en este manual.

 

1.4. DESARROLLO SOCIAL Y PROFESIONAL DE LA CRIMINOLOGÍA

La Federación de Asociaciones de Criminólogos de España (FACE) aglutina diversas asociaciones profesionales de criminólogos, y tiene como objetivo el desarrollo y promoción de la profesión criminológica en distintos ámbitos y estamentos. En la foto, la actual junta directiva de la Federación de Asociaciones de Criminólogos de España (FACE). De izquierda a derecha, Pedro C. Torrente (Vicepresidente, y Secretario de la Asociación Catalana Criminólogos), Francisco Bernabeu (Presidente, y Presidente de lade Asociación de Criminólogos de Alicante), Nahikari Sánchez (Secretaria, y Presidenta de la Asociación Profesional de Criminólogos de Navarra) y Abel González (Vicepresidente, y Presidente de la Asociación de Criminólogos de Madrid).

Es un implícito que la formación universitaria, y cualquier suerte de formación especializada, debería traducirse a la postre en el desarrollo de una actividad  profesional coherente con los estudios cursados. Y así

 

sería deseable y esperable que ocurriera también por lo que concierne a la Criminología, algo que en la actualidad escasamente sucede. La formación universitaria Criminología capacita, o debería capacitar,en a los estudianteseny general futuros  profesionales en competencias ccomo omo las siguientes: siguientes:  – La recogida y sistematizaci sistematización ón de información válida sobre la delincuencia, a partir de diversas fuentes, tales como cuestionarios de autoinforme, encuestas de victimización, datos policiales, judiciales,  penitenciarios, etc. También para lasobre obtención información, paralela a la anterior, miedo de al delito y percepción pública sobre seguridad ciudadana.  – El análisis matemático, numérico y gráfico, de las cifras de la delincuencia y de la percepción de inseguridad, y su presentación pública en términos técnicos coherentes, comprensibles e interpretables, más allá de laestadísticas simplicidad burocráticas y frecuentes errores de las tradicionales que sobre el delito ofrecen algunos organismos oficiales.  – La interpretación de la prevalencia delictiva y de la evolución de las cifras de la delincuencia, a la luz de la investigación y teorías criminológicas vigentes.  – La evaluación y descripción de los factores de riesgo que influyen sobre individuos de y contextos concretos, incrementando la probabilidad comisión de delitos.

 

O dicho de otro modo, la evaluación técnica del riesgo delictivo.  – La explicación científica del inicio y desarrollo de las carreras delictivas individuales, a partir de considerar  la confluencia en los sujetos de factores de riesgo, individuales, sociales y ambientales.  – El análisis y la predicción del riesgo de repetición de los delitos, o reincidencia delictiva, lo que puede tener  gran relevancia para la gestión más adecuada y eficiente de los riesgos asociados a las decisiones  judiciales, ypara las instituciones  juveniles, paralalaadministración organización yde funcionamiento de las prisiones u otros sistemas de ejecución de penas y medidas judiciales.  – La mejor comprensión y explicación, a través de las teorías criminológicas generales, de los fenómenos criminales a nivel de los vecindarios y barrios, regiones o países.de la criminalidad  – ciudades, Los análisis comparativos comparativos criminalidad (global, o  bien la correspondientes a ciertas tipologías) entre diversos contextos, territorios o poblaciones.  – La evaluación y emisión de informes técnicos sobre  perfiles de categorías específicas de delincuentes, como puedan ser delincuentes violentos, agresores maltratadores, traficantes de drogas, etc.  – sexuales, El análisis de lugares y contextos de alta

 

concentración de delitos, y, sobre la base de los conocimientos de la Criminología ambiental, la especificación de los factores sociales y situacionales favorecenaplicación la delincuencia.  – que La creación, y evaluación de iniciativas y  proyectos de prevención del comportamiento infractor  y antisocial en los ámbitos de mayor influencia sobre los adolescentes y jóvenes, tales como las familias, las escuelas y otras instituciones formativas, los contextos vecinales, los marcos deportivos, los lugares de ocio, y de las nuevas tecnologías de la información.  – elElusodiseño, aplicación y evaluación de programas innovadores de prevención de los delitos en contextos adultos, incluyendo el comercio y los negocios, las transacciones bancarias, las relaciones de pareja, las interacciones sexuales, los lugares de trabajo, las áreas de ocio, los contextos urbanos, etc.  – tratamientos La aplicación y evaluación intervenciones sólidos (es decir, dede eficacia contrastada)y con delincuentes juveniles y adultos, tanto en instituciones como en la comunidad. Las competencias profesionales de los criminólogos, a las que se ha hecho referencia, pueden ser de gran utilidad en instituciones y contextos como los siguientes:  – seguridad Organismos municipales de análisis y gestión de la urbana.

 

 – Departamentos de interior o gobierno de las comunidades autónomas.  – Policías locales, locales, regionales y nac nacionales. ionales.  – Ministerios del gobierno con competencias en materia de seguridad, educación, salud y prevención general.  – Instituciones y programas programas juveniles.  – Servicios sociales sociales en relación co conn familias y barrios eenn riesgo.  – Centros de internamiento de menores infractores y, en general, instituciones y programas conectados con el campo de la justicia juvenil.  – Prisiones y otras instituciones de ejecución de penas y medidas de privación de libertad para sujetos adultos.  – Servicios de tratamiento de delincuentes juveniles y adultos.  – Servicios de atención, ayuda y tratamiento de víctimas de los delitos.  – Organismos de preparación de las reformas legales en materia de prevención y represión del delito. Los conocimientos y competencias profesionales de la Criminología, a que se ha aludido, están teniendo una creciente proyección y aplicación en distintos países desarrollados, particularmente de Norteamérica y Europa, en las instituciones de la justicia y en la propia comunidad. Ello en absoluto significa que en tales países

 

exista un desarrollo ideal de la Criminología aplicada. Más aun, con frecuencia las aplicaciones criminológicas más innovadoras y progresivas, en términos de  prevención del delito, de delincuentes, etc., han de convivir con rehabilitación iniciativas altamente retrógradas como, por ejemplo, en algunos estados Norteamericanos, los registros públicos en Internet del domicilio particular   otros datos identificativos de ex delincuentes sexuales, que hace tiempo que cumplieron sus condenas, y que por  ello deberían ser a todos los efectos ciudadanos libres y anónimos. Las aplicaciones mencionadas más arriba constituyen ejemplos destacados de posibles utilidades de los conocimientos adquiridos por la Criminología. Pero estas iniciativas no agotan todos los supuestos de uso social del conocimiento criminológico. Otras muchas sugerencias se recogerán a lo largo del texto, en el apartado que se incluye al final de cada capítulo, titulado “Principios criminológicos y política criminal”. Dicho epígrafe incorpora, además de una síntesis de conocimientos de cada capítulo, diversas propuestas de innovación criminológica que podrían derivarse de dichos conocimientos. Por otro lado, nos gustaría animar  encarecidamente a profesores y alumnos a reflexionar  creativamente, a partir del estudio de cada capítulo, acerca de otras posibilidades y caminos para las aplicaciones

 

criminológicas. Hoy por hoy la Criminología cuenta con más resultados  conclusiones científicas que desarrollos tecnológicos y aplicaciones profesionales. Para las próximas décadas, la utilización sistemática e innovadora de los conocimientos alcanzados es, sin duda, el gran reto al que se enfrenta la ciencia criminológica. Este desafío práctico para el futuro tiene una indispensable condición en el presente: que los alumnos universitarios de Criminología alcancen una formación del máximo nivel calidad, eny su adquieran conocimiento de la ydisciplina conjunto,unlobuen que  pueda permitirles su posterior especializac especialización ión y desempeño profesional. Sobre estas bases, los expertos,  proponentes y gestores de las políticas criminales enideras, entre los que los criminólogos deberían ser un activo destacado, podrán renovar, enriquecer y mejorar las actuaciones sociales encaminadas a la prevención y reducción de los delitos. PRINCIPIOS CRIMINOLÓGICOS Y POLÍTICA CRIMINAL 1. La Criminología es la ciencia que estudia los comportamientos delictivos y las reacciones sociales frente a ellos. Según esto, el objeto de estudio y el espacio científico de la Criminología resulta de la intersección entre dos dimensiones: una de acción, o de conducta, y otra valorativa, de aceptación o rechazo social de ciertos comportamientos. 2. La Criminología comparte algunos conocimientos, términos e instrumentos de investigación con otras disciplinas como la sociología, la psicología, la educación, la medicina, la biología ypróximas, el derecho.

 

3. El método científico, utilizado por la Criminología, se dirige a describir, explicar,  predecir e intervenir sobre los fenómenos delictivos o sobre su control. 4. Los argumentos fundamentales que avalan el carácter científico de la Criminología son el uso de métodos e instrumentos válidos, la obtención de conocimientos fiables y verificables, y la relevancia social de su objeto de estudio. 5. Los útiles acomprensión la sociedad en en que logren aplicar  sus criminólogos conocimientosresultarán para una mejor de la losmedida fenómenos delictivos y para su prevención más eficaz. 6. La política criminal y las leyes penales pueden considerarse, de una forma realista, más que como producto exclusivo de un consenso colectivo o contrato social, como resultado también de un cierto conflicto, resuelto de manera pacífica y democrática, entre los intereses de los diferentes grupos de presión que conviven en la sociedad. 7. La denuncia pública de determinados comportamientos como delictivos juega un  papel relevante en su persecución persecución criminal. 8. El delito resulta de la interacción entre delincuentes, objetos o víctimas atractivas  para el delito, y fallos en el control social, tanto informal como formal. Por ello, todos estos elementos constituyen las principales áreas del estudio criminológico. 9. Los mecanismos de control social informal, integrados por la generalidad de los ciudadanos (en las familias, escuelas, contextos laborales, de ocio, etc.), juegan el  papel más importante en la prevención de la delincuencia, por encima de la relevancia que puedan tener los controles formales (policía, tribunales, prisiones, etc.). 10. La Criminología cuenta en la actualidad con múltiples conocimientos susceptibles de mejorar la descripción y explicación de los fenómenos criminales y, lo que es socialmente más importante, la predicción y prevención de las diversas formas de la delincuencia. Tales conocimientos deberían irradiarse cada vez más en la concepción y aplicación de las políticas criminales, a partir de una mayor  intervención de los criminológicos en tales políticas y aplicaciones.

CUESTIONES DE ESTUDIO 1. Busca en distintos libros de texto cómo es definida la Criminología. ¿En qué se  parecen y se diferencian las definiciones que has encontrado? ¿Existe relación entre la definición de Criminología de cada manual y la estructura de sus capítulos o temario? 2. ¿Es la Criminología una ciencia interdisciplinaria? ¿Tiene un método propio o utiliza el mismo método que otras ciencias? ¿Comparte algunos instrumentos de estudio con otras disciplinas? Razona tus respuestas y valora sus implicaciones. 3. ¿Cuáles son las principales áreas de estudio criminológico? ¿Cuáles son las temáticas más relevantes en cada área? ¿Y sus dificultades de análisis científico? 4. ¿Qué es un delito? ¿Qué es la delincuencia? ¿Y la conducta antisocial? ¿Y la desviación social? ¿En qué resultan semejantes y en qué no todos estos conceptos?

 

5. Compara y relaciona la definición jurídica de delito y otras posibles definiciones “naturalistas” o criminológicas. 6. ¿Qué se entiende por “desviación de las élites”? 7. En relación con las víctimas, ¿de qué cuestiones de investigación y aplicadas puede ocuparse la victimología? 8. ¿Constituye el ajuste de cuentas dentro de una banda de narcotraficantes un ejemplo de control social? Razona tu respuesta. 9. ¿Cuáles son las funciones o roles profesionales de los criminólogos en la sociedad actual? ¿Se te ocurren otras posibilidades de actuación profesional?

1  Muchos manuales de Criminología suelen comenzar debatiendo si esta disciplina tiene o no entidad científica autónoma y, en su caso, cuál es su objeto de estudio. Respecto de la entidad científica de la Criminología, es frecuente caracterizarla como una ciencia interdisciplinaria (Walsh, 2012), o producto de la intersección de otras disciplinas, como el derecho, la sociología, la psicología, la psiquiatría, la antropología, o la medicina forense, entre otras. Cuando se afirma que la Criminología es una ciencia interdisciplinaria, a menudo se está sugiriendo que debido a ello no  poseería entidad científica propia e independiente, sino que sería más bien b ien resultado de la confluencia de conocimientos y metodologías provenientes de otras disciplinas. En lo concerniente a su objeto de estudio, los tratados suelen adoptar dos posturas extremas. Para algunos, de modo reduccionista, la Criminología tiene idéntico objeto que el derecho penal: el delito. Para otros, desde una visión fragmentadora, la Criminología tiene múltiples objetos de análisis, entre los que se mencionan, cuando menos, los siguientes: la delincuencia (como (en fenómeno delito (como acción individual), los delincuentes cuantosocial), actoreselde los delitos), los sistemas de control (como reacción frente al delito) y las víctimas (como sujetos pacientes del delito). Quienes aseveran que la Criminología tiene el mismo objeto de análisis que el derecho penal, en verdad están afirmando que la Criminología carece de objeto de estudio  propio. En el extremo contrario, quienes proponen tanta variedad de objetos de análisis (delincuencia, delito, delincuentes, sistemas de control y víctimas) suelen concluir, también de modo pesimista, que no es posible construir una auténtica ciencia con pretensiones tan diversificadas. Aquí se propone un enpunto de vista diferente y alternativo a las 1998c. anteriores concepciones, la dirección ya apuntada por Redondo, En

 

relación con el objeto de estudio de la Criminología, se considera que ni es tan plural y heterogéneo como a veces se afirma ni tampoco es el mismo objeto del derecho penal. También se afirma la plena identidad científica de la Criminología, pese a que, al igual que hacen todas las demás ciencias, coopere con otras disciplinas y comparta con ellas algunos de sus conocimientos y métodos. 2 Una definición cercana a ésta es la que considera que la Criminología es la ciencia que estudia la delincuencia y los sistemas sociales empleados para su control (Hassemer y Muñoz Conde, 2001). 3 Los restantes elementos que a veces son mencionados como objetos de la Criminología: delincuencia, delincuentes y víctimas, son en realidad componentes analíticos, o áreas de estudio, subordinados a la intersección de conductas delictivas y reacción social. 4  Calificar a la Criminología como ciencia interdisciplinaria, como suelen hacer la mayoría manuales yque tratados, es en la actualidad innecesario. Si ello pretendede significar la Criminología comparte ciertos conocimientos e instrumentos con otras disciplinas sociales colaterales, como la sociología o la psicología, el calificativo de interdisciplinariedad es una obviedad que no requiere mención o atención particular. Todas las ciencias modernas participan en mayor o menor grado de terminologías, conceptos y técnicas de otras ciencias afines. Además, compartir ciertos conceptos o instrumentos (como cuestionarios, entrevistas, análisis estadísticos, etc.) con otras ciencias afines no menoscaba la entidad científica de la Criminología, sino que antes bien la corrobora, ya que el método científico es esencialmente único. Su fundamento reside en el sometimiento a la realidad, a los hechos analizados, que son descritos mediante la observación y la experimentación. La Criminología intenta responder, a través de la investigación empírica, a preguntas acerca de qué factores sociales o individuales influyen sobre el comportamiento delictivo, qué personas se hallan en mayor riesgo de delinquir o de ser  víctimas del delito, cómo evolucionan las carreras delictivas juveniles, qué papel juegan los medios de comunicación social en la amplificación artificial del fenómeno delictivo, cómo influyen los sistemas de control en la perpetuación de la conducta delictiva, o cómo puede prevenirse más eficazmente la delincuencia. 5 En metodología el término falsar hace referencia al proceso científico que

 

se sigue para intentar hallar evidencia contraria a una determinada hipótesis o teoría. Una teoría es falsada si aparecen diversos datos que la refutan, y en este supuesto debe ser rechazada. 6  En la República Democrática Alemana, antes de que el estado se derrumbara con el desmoronamiento de la Unión Soviética, existía toda una estructura para la investigación y la docencia del marxismo-leninismo científico. Al cambiar la valoración social de estos conocimientos, tras la caída del muro de Berlín, esa estructura se desprestigió como disciplina científica y acabó desapareciendo. Algo parecido ocurrió en España, después de la muerte de Franco, con la Formación del Espíritu Nacional, aunque el anterior régimen afortunadamente nunca la elevó a la categoría de ciencia. 7  A lo largo de la historia de la ciencia, no ha sido infrecuente que los  proponentes de una innovación científica importante, que anulaba o cuestionaba precedente, hayan sufrido la incomprensión, el ostracismoeloconocimiento incluso la agresión de sus colegas más conservadores. Uno de los primeros ejemplos de ello ocurrió en la escuela del matemático griego Pitágoras, quien había establecido la existencia de una armonía  perfecta entre proporciones geométricas, números y principios básicos de la música. Sin embargo, su discípulo Hippasos, en su afán inicial de corroborar y desarrollar la teoría del maestro, descubrió la existencia de los números irracionales (que entraban en aparente contradicción con el sistema pitagórico), y debido a este descubrimiento revolucionario fue asesinado por sus colegas (Koestler, 1959). En tiempos modernos, los científicos que discrepan demasiado de las teorías y métodos establecidos suelen conservar la vida, pero, con frecuencia, pueden tener problemas académicos. También es verdad que no todos aquellos científicos que  pretenden romper los modelos establecidos acaban demostrando la veracidad de sus planteamientos. 8 Por un lado, si la sociedad no considera importante el objeto de estudio de una disciplina, los conocimientos obtenidos en ella pueden no ser  suficientes para consolidarla como ciencia reconocida; pero, por otro, para que adquiera la entidad de ciencia es imprescindible que utilice  procedimientos de investigación que puedan asegurar la fiabilidad y verificabilidad de los conocimientos logrados. 9 La visión más simple a este respecto fue la posible atención al concepto de

 

desviación estadística, que consideraría “desviado” todo aquello que se aleja excesivamente del promedio estadístico, que difiere de lo “común” o habitual. Otra perspectiva interpretaría la desviación como enfermedad, como algo esencialmente patológico, que revelaría la presencia de un “trastorno”, o “anomalía”. Sin embargo, en el terreno social no existe un criterio universal que permita delimitar con seguridad qué constituye una conducta “sana”. Por su parte, el funcionalismo estructural, en una analogía vinculada a la anterior, concibió también la sociedad como un organismo y analizó tanto los procesos que favorecerían la estabilidad de esa sociedad (“salud”), denominados “funcionales”, como aquellos otros que podrían romperla y, por lo tanto, resultarían “disfuncionales”, amenazando la estabilidad y la supervivencia de la sociedad (Parsons, 1988). En esta última aproximación la delincuencia sería concebida como un proceso desestabilizante que perturbaría la armonía de la comunidad. Sin en embargo, en determinados sectores comportamiento así los comportamientos más graves,delque se ubican en eldelictivo núcleo (no del cuadro 1.2, y que se hallan penalizados en todas las sociedades) es complejo delimitar qué es funcional o disfuncional para una sociedad o grupo. Pueden existir concepciones muy distintas respecto de lo que resulta beneficioso para una sociedad. Dependiendo de los objetivos que un grupo persiga, determinados procesos sociales o comportamientos que lo alejan de sus metas serán valorados como disfuncionales, mientras que aquellos otros que lo acercan a ellas serán considerados funcionales. El consumo de drogas puede ser un ejemplo, ya que para unas personas y grupos sociales será una conducta completamente disfuncional, pero para otros será algo aceptable o conveniente. Por lo tanto, se constata que las normas sociales que califican ciertas conductas como desviadas, serían también una cuestión valorativa o de opción moral o “política”, algo que la perspectiva funcionalista ignora, limitando de esta manera su adecuada comprensión. 10   Véase el siguiente ejemplo antropológico, recogido por Becker (1971). 10 Entre los trobiandeses (pueblo que habita unas islas en el Océano Pacífico y que fue estudiado por el antropólogo Malinowsky a principios del siglo XX), existían unas estrictas normas sobre el incesto, que prohibían mantener relaciones sexuales y de pareja entre parientes cercanos. No obstante, había una pareja de jóvenes formada por una chica y un chico

 

que eran primos, a pesar de lo cual no eran molestados por su relación. Aunque todos conocían su unión afectiva nadie actuaba para impedirla. Si alguien hubiese preguntado a los habitantes del pueblo sobre las normas existentes sobre las relaciones amorosas entre parientes, probablemente hubiesen respondido que estaban prohibidas. A pesar de lo cual, toleraban esa relación concreta ya que parecía no molestar a nadie y no producir  ningún escándalo público. Sin embargo, la situación cambió cuando otro  pretendiente de la chica se plantó en el centro del pueblo y denunció  públicamente lo que sucedía, exigiendo la aplicación de la norma, que estaba de su parte. Con esta actuación obligó a los habitantes del pueblo a tomar partido a favor de la ley y contra la relación incestuosa descrita. El fin de esta historia, relatada por Malinowsky y también utilizada como ejemplo por Becker (1971), fue trágico: el primo y amante de la chica, al verse privado de su amor, se suicidó tirándose desde una palmera. 11 Un se han efectuado múltiples sobre la ypersonalidad de 11 Un los ejemplo: violadores, generalmente basados estudios en entrevistas cuestionarios  psicológicos aplicados a violadores que cumplen condena en prisión (Scully, 1990; Garrido, 1989; Garrido et al .,., 1995; Bueno García y Sánchez Rodríguez, 1995; Redondo et al., 2005; Redondo y MartínezCatena, 2011). Sin embargo, se sabe que existe una elevada “cifra negra” de delincuencia sexual. En muchas ocasiones las violaciones no son denunciadas, e incluso en algunos casos, cuando son denunciadas, el  presunto autor no llega a ser condenado. De esta manera, los datos e informaciones obtenidos a partir de los violadores encarcelados  probablemente no representan al conjunto de la población de violadores. De acuerdo con la investigación internacional, los violadores en prisión  proceden de una clase social desfavorecida, poseen a menudo antecedentes penales, y obtienen puntuaciones de inteligencia inferiores al  promedio. Sin embargo, estos factores no tienen por qué ser los causantes de su conducta delictiva, sino que más bien podrían vincularse al hecho de que hayan podido ser detenidos y condenados, mientras que otros violadores de clase media, sin antecedentes penales y con un nivel de inteligencia más elevado tendrían, tal vez, una menor probabilidad de ser  detectados.

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