Primera Sesion Ley #30714 - 02mar2020

February 11, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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LEGISLACION POLICIAL LEY Nº 30714

“CURSO DE CAPACITACION PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS PROCESO DE ASCENSO CAPITANES SPNP AÑO 2020 – PROMOCION HUGO YOHNNY ENCALADA YAHUANA 2021” CAPITÁN SPNP EX ASESOR JURÍDICO DE LA DIRREHUM PNP ABOGADO COLEGIADO DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA EGRESADO DE MAESTRÍA EN DERECHO PENAL DIPLOMADOS EN PROCESAL PENAL Y DERECHO ADMINISTRA ADMINISTRATIVO TIVO SEMINARIOS EN DERECHO ADMINISTRATIV ADMINISTRATIVO O SANCIONADOR DOCENTE EN CURSOS DE CAPACITACION PNP DOCENTE ESCUELA DE SUBOFICIALES PNP PUENTE PIEDRA Y SAN BARTOL BARTOLO O EX ALUMNO ESCUELA DE PUENTE PIEDRA - S1 PNP

 

LEY QUE REGULA EL REGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ - LEY Nº 30714

 

Antecedentes: Ley Nº 30714 (deroga al D.L Nº 1150 – 30DIC2017) Ley Nº 30713 (deroga al D.L Nº 1268 y restituye al D.L Nº 1150) Decreto Legislativo Nº 1268 (deroga al D.L Nº 1150 – 19DIC2016 – 60 días después) Decreto Legislativo Nº 1150 (deroga a la Ley Nº 29356 – 11DIC2012 – 45 días después) Ley Nº 29356 (12MAY2009) Ley Nº 28338 (17AGO2004)

 

TITULO PRELIMINAR: (Art. 1) Principios Rectores

:   DISCIPLINARIO 30714 (Art. 34 al 49)

TITULO I: ASPECTOS GENERALES (Art. 2 al 26) Capítulo I: Objeto, contenido y alcance

II: Bienes Jurídicos Protegidos Capítulo III: Normas de Conducta Capítulo IV: Signos exteriores de respeto Capítulo V: Subordinación, mando y comando Capítulo VI: Ordenes Capítulo VII: Conducto Regular  

TITULO II: INFRACCIONES Y SANCIONES (Art. 27 al 33) DISCIPLINARIAS Capítulo I:

Infracciones Disciplinarias

Capítulo I: Sistema disciplinario policial Capítulo II: Órganos Disciplinarios Capítulo III: Tribunal de disciplina policial Capítulo IV: Competencia y funciones de los órganos de investigación Capítulode V:decisión Competencia y función del órgano  

TITULO IV: PAD

(Art. 50 al 72) Capítulo I: Disposiciones Generales Capítulo II: PAD IL Capítulo III: PAD IG y IMG Capítulo IV: PAD Sumario Capítulo V: Prescripción

TITULO V: MEDIDAS PREVENTIVAS

(Art. 73 al 84)  

PRIMERA SESION 02MAR2020

Huguito Encalada  

TITULO PRELIMINA R

Huguito Encalada  

Garantías y Principios Rectores

Constituyen criterios de interpretación y son de aplicación obligatoria en todo PAD.

Huguito Encalada  

PRINCIPIOS RECTORES

Legalida d El superior y los órganos disciplinarios deben actuar con respeto a la Constución Políca del Perú, la ley y al derecho, derecho , dentro de las facultades que le estén atribuidas, y de acuerdo con los nes para los que les fueron conferidas.

Huguito Encalada  

PRINCIPIOS RECTORES

Autonomía de la responsabilidad administrava

El procedimientoy disciplinario es independiente disnto desancionador los procesos  jurisdiccionales civiles, penales u otros; otros; y está orientada a establecer la responsabilidad administravo-disciplinaria en las que incurre el personal de la Policía Nacional del Perú.

Huguito Encalada  

Debido Procedimiento Las infracciones son sancionadas con sujeción a los procedimientos establecidos en la presente norma, norma, respetándose las garanas y derechos del debido procedimiento. Los administrados gozan de los derechos y garanas implícitos al debido procedimiento administravo. Tales derechos y garanas comprenden el derecho a la defensa, defensa, los derechos a ser nocados nocados;; a acceder al expedien expediente te;; a refutar los cargos imputados; imputados; a exponer argumentos y a presentar alegatos complementarios; alegatos  complementarios; a ofrecer y a producir pruebas; a solicitar el uso de la palabra, cuando corresponda; a obtener una decisión movada y fundada en derecho, emida por autoridad competente, y en un plazo razonable; y a impugnar las decisiones que los afecten.

PRINCIPIOS RECTORES

 

PRINCIPIOS RECTORES

Doble instancia La doble instancia garanza los derechos de impugnación y de contradicción mediante una estructura jerárquica que permite la parcipación de una autoridad independiente, imparcial en la revisión de un acto disciplinario previo, previo, sea porque los interesados interpusieron recursos de apelación o proceda la consulta.

Huguito Encalada  

PRINCIPIOS RECTORES

Inmediatez   El conocimiento de la comisión

de una infracción obliga el inicio inmediato del procedimiento administravo-disciplinario   administravo-disciplinario correspondiente y compromete la responsabilidad del superior.

Huguito Encalada  

PRINCIPIOS RECTORES

Proporcionalidad Las decisiones en el ejercicio de la potestad disciplinaria sancionadora, deben mantener proporción entre la infracción comeda y la sanción.

Huguito Encalada  

PRINCIPIOS RECTORES

Reserva   El personal que conozca de una invesgación

administravo-disciplinaria o sea parte de la misma, está obligado a mantener reserva del contenido del procedimiento procedimient o hasta su culminación.

Huguito Encalada  

PRINCIPIOS RECTORES

Prohibición de la doble invesgación o sanción No se podrá invesgar o imponer dos o más sanciones disciplinarias por el mismo hecho , en los casos que se aprecie la idendad del sujeto, hecho y fundamento.

Huguito Encalada  

PRINCIPIOS RECTORES

Tipicidad Adecuación de la conducta a la infracción descrita y sancionada por la norma sin norma sin admir interpretación extensiva o por analogía.

Huguito Encalada  

PRINCIPIOS RECTORES

Razonabilidad Las sanciones previstas en la presente norma se gradúan en atención a la gravedad, naturaleza o trascendencia del hecho, así como las referencias administravas disciplinarias del infractor.

Huguito Encalada  

PRINCIPIOS RECTORES

Imparcialidad   El superior y los órganos disciplinarios actúan sin ninguna clase de discriminación o favorismo entre favorismo entre el personal de la Policía Nacional del Perú otorgándoles tratamiento objevo y tutela igualitaria frente al procedimiento, en atención a los bienes jurídicos protegidos por la presente norma.

Huguito Encalada  

PRINCIPIOS RECTORES

Celeridad El superior y los órganos disciplinarios deben cumplir su actuación dentro de los plazos establecidos, evitando actuaciones innecesarias que diculten su desenvolvimiento. Se impulsará de ocio el procedimiento administravodisciplinario.

Huguito Encalada  

PRINCIPIOS RECTORES

Causalidad

La responsabilidad debe recaer en quien realiza la conducta omisiva o acva constuva de infracción sancionable.

Huguito Encalada  

PRINCIPIOS RECTORES

Licitud Las endades deben presumir que los administrados actuado apegados a han sus deberes mientras no cuenten con evidencia en contrario.

Huguito Encalada  

PRINCIPIOS RECTORES

Culpabilidad

La responsabilidad administrava es subjeva, salvo los casos en que por ley se disponga la responsabilidad administrava objeva.

Huguito Encalada  

Irretroacvidad Son aplicables las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de incurrir el infractor   en la conducta a infractor sancionar, salvo que las posteriores le sean más favorables.

Huguito Encalada  

Igualdad

Mediante el cual nadie debe ser discriminado por discriminado  por movo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.

Huguito Encalada  

TITULO I

 

Establecer Establecer   las normas y PAD destinados a prevenir, regular y sancionar   sancionar las infracciones cometidas por el personal de la PNP.

Huguito Encalada  

Contiene los principios   principios rectores, los las bienes jurídicos jurídicos  protegidos, normas de  disciplina y servicio, la tipicación   tipicación infracciones, lasdesanciones las disciplinarias,, la estructura y disciplinarias competencias de los órganos del sistema disciplinario

policial y el procedimiento

Huguito Hu guito Encalada  

Comprende al personal policial en situación de actividad y disponibilidad. También se aplicará al personal de la PNP en situación de retiro, retiro, siempre que las presuntas infracciones se hayan cometido

mientras se encontraba en situación de

Huguito Hu guito Encalada

 

Normas de Conducta: Son  de los mandatos o reglas reglas de cumplimiento obligatorio del personal policial dentro y fuera del servicio, garantiza el respeto de los bienes  jurídicos protegidos. protegidos.

Huguito Encalada  

Trato debido: El personal policial brinda un trato cortés y respetuoso al ciudadano. ciudadano. El mismo trato debe darse entre el personal de la PNP.

Huguito Encalada  

Responsabilidad del superior: El superior es el responsable dey ejercer autoridad en todo lugar circunstancia,, así como circunstancia mantener la disciplina mediante la instrucción, el mando justo, el buen ejemplo y la imparcialidad. Estimula y corrige oportunamente al subordinado dentro del marco legal.

 

Huguito Encalada

Responsabilidad subordinado: del El subordinado obedecerá las órdenes recibidas siempre recibidas siempre que no sean contrarias a lo señalado en la Constitución Política del Perú y normatividad vigente y dará cuenta de su cumplimiento al Superior que las impartió.

Huguito Encalada  

Del personal en situación de disponibilidad o retiro afectados por actos de indisciplina: Cuando algún miembro de la PNP en situación de disponibilidad o una retiro, se considere afectado por conducta que constituya infracción cometida por otro miembro de la institución en situación de actividad o disponibilidad, podrá solicitar la investigación o sanción correspondiente, mediante denuncia debidamente fundamentada ante el superior o dependencia de la IG.

Huguito Encalada  

Relación con los medios de comunicación social: El personal de la PNP podrá informar través de o dar losentrevistas medios de a comunicación social cuando tenga autorización expresa de su Comando odel deSistema los órganos encargados de Información y Comunicación Social de la institución.

Huguito Encalada  

Prohibiciones: El personal personal de la PNP PNP,, está prohibido de pertenecer a partidos, agrupaciones u otras organizaciones de carácter político, así como participar en actividades político partidario, sindical, manifestaciones públicas, huelgas o petición en conjunto, así como usar su profesión o conocimientos

Huguito Encalada

contra los intereses de la institución policial.

 

desempeño Impedimento del en cargo: el El personal de la PNP sancionado con resolución rmeo muy por grave la comisión infracción grave que afectede la función que venía desempeñando, no podrá continuar ni volver a ser asignado al cargo que ocupaba al momento de cometer la infracción o enunfunciones análogas en otra unidad, por período de cinco (5) años.. En la resolución de sanción se años dispondrá que la Dirección Ejecutiva de Personal de la Policía Nacional del Perú realice las acciones necesarias para su cumplimiento.

Huguito Encalada  

Comunicación para ausentarse de la demarcación territorial: El personal de la PNP no podrá ausentarse del ámbito de la demarcación policial,, sin conocimiento policial previo de su comando.

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