PRESENTACION TRIBUTOS

February 20, 2019 | Author: Angie Marcano Colman | Category: Taxes, Accounting, Salary, Politics, Economies
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Maria Andreina Pacheco [email protected]

Marco Legal Tributario Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)

Art. 133: Deber de contribuir Art. 316 y 317:

Principios Sistema Tributario

Legalidad Justicia y eficiencia Generalidad Capacidad contributiva Progresividad No confiscatoriedad

Marco Legal Tributario Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)

Art. 133: Deber de contribuir Art. 316 y 317:

Principios Sistema Tributario

Legalidad Justicia y eficiencia Generalidad Capacidad contributiva Progresividad No confiscatoriedad

Marco Legal Tributario Constitución de la la República República Bolivariana Bolivariana de Venezuela (1999) Distribución Competencias

C.N. ART.156

Competencia Poder Nacional

-Impuestos a la renta -Impuesto Sobre Sucesiones y Donaciones -Impuestos al Capital -Impuestos al Valor Agregado -Gravámenes a la Importación -Licores/Cigarrillos -Otros no atribuidos a los Estados y Municipios

C.N. ART.164

Competencia Poder Estadal

-Tasas por uso de bienes y servicios -Especies fiscales -Otros no atribuidos al poder nacional y municipal

Marco Legal Tributario Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) Código Orgánico Tributario (2001) C.N. ART.179

Competencia Poder Municipal

Entes Públicos no Territoriales

-Impuestos sobre actividades económicas -Inmuebles urbanos -Vehículos -Espectáculos públicos -Juegos y Apuestas -Publicidad y Propaganda -Plusvalías de la Propiedad -Impuestos rural o según predios urbanos -Contribuciones Parafiscales -LOCTI -ONA

(I) Obligaciones Formales Generales

1/4

1) Inscripción en el Registro Único de Información Fiscal (R.I.F.) 30 días hábiles siguientes a la constitución o inicio de actividades, lo que ocurra primero. 2) Actualizar el R.I.F cada 3 años. 3) Agentes de retención: inscripción en el R.I.F dentro del primer mes de estar obligados a efectuar la primera retención de impuesto. 4) Comunicar a la Administración Tributaria los cambios relativos a : • Directores/administradores • Domicilio Fiscal: 20 días continuos siguientes • Razón Social • Modificación Ejercicio Económico

Obligaciones Formales Generales

2/4

• Actividad principal y Cese de actividades 5) Exhibir la copia del RIF en lugar visible de la oficina o establecimiento. 6) Solicitar autorización para cambio del ejercicio fiscal. 7) Dejar constancia del número de RIF en: – facturas – contratos que se suscriban – solicitudes o documentos que se dirijan a los organismos oficiales – libros de contabilidad y libros especiales requeridos – anuncios de publicidad, folletos, empaques, etc. – Otros casos

Obligaciones Formales Generales

3/4

8) Indicar nombre, domicilio fiscal y R.I.F de los accionistas en el libro de accionistas. 9) En el caso de exportadores, inscribirse en el Registro Nacional de Exportadores. 10) Llevar libros y registros contables y especiales en idioma castellano y en moneda nacional. Resguardo de dicha información durante los plazos establecidos. 11) Solicitar autorización para llevar la contabilidad en moneda extranjera. 12) Permitir el acceso a funcionarios (fiscalizaciones) 13) Notificación de Compensaciones de créditos fiscales dentro de los 5 días hábiles siguientes a la operación.

Obligaciones Formales Generales

4/4

14) Notificación de cesión de créditos fiscales dentro de los 3 días hábiles siguientes a la operación. 15) Presentar las declaraciones en la oficina receptora de fondos nacionales.

Contribuyentes Especiales: – En la Gerencia de Contribuyentes Especiales que corresponda a su domicilio o residencia fiscal – En forma Electrónica

(II) Obligaciones Relativas al ISLR Tarifas Personas Naturales Tarifas Personas Jurídicas

1/5

6% - progresivo 34% 15% - progresivo 34%

Renta neta anual mundial y disponible incluyendo los efectos del ajustes por inflación 1) Llevar en forma ordenada y ajustada a los PCGA los libros y registros contables. 2) Conservar los comprobantes durante el plazo de prescripción de las obligaciones tributarias.

Obligaciones Relativas al ISLR

2/5

3) Inscribirse en el Registro de Activos Actualizados. 4) Efectuar el ajuste regular por inflación para determinar la renta neta fiscal gravable. 5) Presentar Declaración Definitiva de Renta y Pago del ISLR dentro de los 3 meses siguientes a la terminación del ejercicio gravable. En caso de haber sido designado como contribuyente especial, deberán presentar sus declaraciones definitivas del ISLR en forma electrónica de conformidad con lo establecido en la Providencia Administrativa SNAT/2009/  0034.

Obligaciones Relativas al ISLR

3/5

6) Exhibir la declaración definitiva de rentas del ejercicio anterior. 7) Presentar declaración estimada de ISLR dentro de los 6 primeros meses de haber finalizado el ejercicio gravable anterior: – Pagos anticipados de tributo, a partir del sexto mes posterior al cierre del ejercicio. – Pago hasta seis porciones de iguales montos, diferencia en la primera porción. 8) Hacer estudio de precios de transferencia y presentar declaración informativa de operaciones entre partes vinculadas, la cual deberá presentarse en el mes de junio siguiente a la fecha de cierre del ejercicio fiscal (PT-99).

Obligaciones Relativas al ISLR

4/5

9) Presentar, en la misma forma y plazo antes indicado, declaración informativa de las inversiones en los países de baja imposición fiscal. 10) Solicitud de aprobación previa para deducción de gastos administrativos y dirección: Establecimientos permanentes de sociedades extranjeras. 11) Efectuar el gravamen al dividendo (impuesto proporcional 34%) para aquellos casos en que la renta contable exceda la renta neta fiscal gravable.

Obligaciones Relativas al ISLR

5/5

12) Emisión de facturas y documentos que soportan ingresos, costos y gastos, de acuerdo con las normas sobre Impresión y Emisión de Facturas vigentes en materia de IVA. 13) Solicitud de autorización para destrucción de inventarios, a los fines de la procedencia de la deducción. 14) Mantener en el domicilio fiscal o establecimiento, información mensual del registro detallado de entradas y salidas de inventario, así como retiros y autoconsumo de bienes y servicios. 15) Llevar libros adicionales de ajuste por inflación. 16) Exigir a los vendedores o prestadores de servicios las facturas y demás documentos equivalentes.

1/2 (III) Responsables RETENCIONES DEL ISLR. Decreto 1808 1.

Efectuar las Retenciones sobre pagos abonos en Cta de: a) b) c)

Servicios. Sueldos y Salarios Arrendamientos

2. En caso de Pagos al exterior beneficiarios de Tratados

d) e) f)

Dividendos Compra de acciones Compra fondos de comercio

Exigencia Comprobante Residencia Fiscal

3. Entregar comprobantes Retención c/pago o abono en cuenta Sueldos y Salarios Otras rentas

ARI

RETENCION

ARC ARCV

2/2 (III) Responsables RETENCIONES DEL ISLR. Decreto 1808

4) Enterar las retenciones en el plazo legal correspondiente. 5) Preparar y enviar al SENIAT la relación anual de retenciones. • •

Ordinarios Especiales

Forma manual formularios del SENIAT A través del Portal Fiscal del SENIAT

Instructivos y manuales técnicos publicados por el SENIAT: • Manual Técnico 60.40.40039 • Guía Fácil para el Cumplimiento de Deberes de Información y Enteramiento • Instructivo para generar el archivo XML

(IV) Obligaciones relativas al Impuesto al 1/5 Valor Agregado (IVA). Tarifa: 12% : Venta de Bienes Corporales y Prestación de Servicios , todos a título oneroso. Definición y enumeración de hechos calificados como ventas: Ley y Reglamento

Emisión de Facturas: • Ordinarios Providencia 0257 • Formales Decreto de exoneración Providencia 1677

Obligaciones relativas al Impuesto al Valor 2/5 Agregado (IVA). 1) Libros especiales de “Compras” y “Ventas”. 2) Emisión de facturas o Documentos Equivalentes a facturas, de acuerdo con las formalidades exigidas por la Administración Tributaria (Providencia 0257). 3) Exigir a los proveedores cumplir con los requisitos para la emisión de facturas y documentos equivalentes. 4) Presentar declaraciones dentro de los 15 días continuos siguientes al período de imposición (salvo “Contribuyentes Especiales”, quienes se rigen por un calendario especial publicado en G.O.). 5) Notificar pérdidas de inventarios por causa mayor dentro de los 3 días hábiles siguientes a ocurrido el hecho.

Obligaciones relativas al Impuesto al Valor 3/5 Agregado (IVA). 6) Cuando un intermediario efectúe compras por cuenta de un tercero, se debe certificar la atribución de los créditos fiscales dentro del período de pago o en el mes siguiente. 7) Para el caso de traslado de bienes que no impliquen venta o no se haya emitido factura, emitir notas de entrega. 8) Prorrateo de créditos fiscales cuando se efectúen ventas gravadas y exentas. 9) Notificar el cese de actividades gravables por este impuesto.

Obligaciones relativas al Impuesto al Valor 4/5 Agregado (IVA) Contribuyentes Formales (quienes realizan exclusivamente actividades exentas o exoneradas del IVA) están obligados a: – – –

Emitir documentos con una enumeración consecutiva única por las ventas o prestaciones de servicios realizadas. Llevar una relación cronológica mensual de compras y ventas. Presentar declaraciones informativas periódicas.

Obligaciones relativas a las Retenciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA) 1) Responsables del pago del impuesto, en su carácter de agente de retención. 2) Retención del 75% o del 100%. 3) Enterar las retenciones practicadas dentro de los primeros (5) días hábiles siguientes a cada quincena. 4) Emitir y entregar los comprobantes de retención siguiendo las especificaciones establecidas en la normativa aplicable.

5/5

(V) En Materia Municipal 1) Obtener la licencia de ejercicio de actividades económicas ante el/los Municipio(s) corrrespondiente(s) y exhibirla públicamente. 2) Solicitar extensión de la misma para incorporar una nueva actividad. 3) Notificar los cambios en los datos de la Empresa. 4) Presentar Declaración Estimada de Ingresos Brutos. 5) Presentar Declaración Definitiva de Ingresos Brutos. Liquidación del impuesto respectivo 6) Cumplir con las ordenanzas en cuanto a las obligaciones y pago de impuestos sobre Inmuebles Urbanos, Patente de Vehículo, Publicidad Comercial y Espectáculos Públicos. En los Plazos y términos de cada Ordenanza

Marco Legal: Contenido Tributario •

Contribuciones Parafiscales – Seguridad social. a) Seguro Social Obligatorio. b) Régimen Prestacional de Empleo. c) Instituto Nacional de Capacitación Educativa Socialista (INCES) d) Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat

* Las contribuciones recaen sobre salario normal

(VI-1) Obligaciones en materia de Contribuciones Parafiscales Seguro Social Obligatorio: • Inscripción de la empresa en el I.V.S.S • Cambio datos patrono Cierre

dentro de los 3 días hábiles inicio o cambio FORMA 14-01

4) Inscripción trabajadores dentro 3 días hábiles siguientes fecha ingreso. FORMA 14-02. 5) Presentación FORMA 14-03 retiro trabajadores dentro 3 días hábiles siguientes fecha egreso. 6) Presentación declaración de accidentes FORMA 14-123 dentro 3 días hábiles siguientes de ocurrido el hecho. 7) Pagar aportes del patrono y las retenciones a los trabajadores en el plazo que establezca la factura enviada por el I.V.S.S.

(VI-2) Obligaciones en materia de Contribuciones Parafiscales Instituto Nacional de Capacitación Educativa Socialista: • • • •

Efectuar el cálculo adecuado del aporte al INCES. Efectuar adecuadamente las retenciones del INCES a los trabajadores sobre la utilidades pagadas. Efectuar los pagos al INCES oportunamente dentro de los 5 días siguientes de haber finalizado el trimestre. Levar registros contables especiales donde se reflejen los aportes y retenciones al INCES por pagar.

(VI-3) Obligaciones en materia de Contribuciones Parafiscales Instituto Nacional de Capacitación Educativa Socialista: •

Si las Empresas están adscritas al Plan Nacional de Educación o mantiene cursos o escuelas técnicas para sus trabajadores, debe:

-

Enviar planes de adiestramiento a desarrollar en el año civil siguiente, en el mes de junio de cada año. Puede rebajar de las contribuciones al INCES, los costos de entrenamiento

-

(VI-4) Obligaciones en materia de Contribuciones Parafiscales

Régimen Prestacional de Empleo: -

Efectuar adecuadamente el pago de las cotizaciones a cargo de patronos y trabajadores. Pagar aportes del patrono y las retenciones a los trabajadores en el plazo que establezca la factura enviada por el I.V.S.S.

(VI-5) Obligaciones en materia de Contribuciones Parafiscales Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat: • • • •

Efectuar adecuadamente las retenciones a los trabajadores. Efectuar el cálculo adecuado del aporte al BANAVIH Efectuar los depósitos de los aportes y retenciones efectuadas por este concepto, en la Institución Financiera que corresponda. Llevar registros contables especiales donde se reflejen los aportes y retenciones por pagar por este concepto.

(VII) Obligaciones Relativas a la LOCTI Grandes Empresa

Sujetos

• • •

Ingresos brutos anuales superiores a 100.000 U.T. Comercializadores de resultados (propiedad intelectual financiada por el MCT o entes adscritos

Aporte en efectivo o inversión en ciencia, tecnología o innovación, en base a los ingresos brutos del ejercicio económico anterior. Inscripción ante el Ministerio de Ciencia y Tecnología. Realizar las declaraciones definitivas de las inversiones o aportes, y presentarla en la misma oportunidad de presentación de la Declaración Definitiva de Rentas.

(VIII) Obligaciones Relativas a la ONA 1) Obligados: Persona jurídica pública o privada con 50 o más trabajadores. 2) Aporte del 1% de la ganancia neta anual destinar dicho porcentaje a programas de prevención integral social contra el tráfico y consumo de drogas para los trabajadores.. 3) Declaración y pago anual del aporte, dentro de los primeros quince (15) días continuos siguientes a cada año calendario. (Aporte suspendido).

(IX) Obligaciones Relativas a Contrataciones Públicas 1) Inscripción en el Registro Nacional de Contratistas, de manera de poder contratar con organismos públicos. 2) Actualizar el registro anualmente.

(X) Obligaciones Relativas a la Superintendencia de Inversiones Extranjeras 1) Solicitar la constancia de calificación de empresa. 2) Solicitud de la credencial de inversionista nacional para los accionistas (persona natural extranjera o residente). 3) Registro de las inversiones extranjeras en empresas nacionales, mixtas o extranjeras, dentro de los 60 días siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Mercantil. 4) Registro de los contratos de tecnología y licencias de patentes y marcas, dentro de los 60 días continuos siguientes a la fecha de celebración del contrato.

(XI) Obligaciones Relativas a Sucesiones y Donaciones 1) Presentación declaración jurada y autoliquidación del impuesto sobre donaciones antes de que sea otorgado el documento que autentique la donación. 2) Presentación dentro de los 180 días hábiles siguientes a la fecha de fallecimiento del causante, la declaración sucesoral del impuesto a las sucesiones. 3) Notificación al SENIAT por parte de las instituciones sin fines de lucro, de las donaciones recibidas, dentro de los 30 días hábiles siguientes al término de cada mes.

(XII) Obligaciones Relativas a Telecomunicaciones 1) Pago del Impuesto de Telecomunicaciones y contribución en especial a favor a CONATEL del Fondo de Servicio Universal y al Fondo de Investigación y Desarrollo de Telecomunicaciones 2) Pago de la tasa por Administración y Control del Espectro Radioeléctrico y el Impuesto especial Adicional.

(XIV) Obligaciones Relativas a la Ley de Transacciones Financieras

Tributo derogado

• Compensaciones, novaciones y en General cualquier modalidad de extinción de obligaciones –>> cancelaciones de deudas. • 1,5% Sobre el monto de la cancelación verificada. • Bancos: Responsables, agentes de percepción

Marco Legal: Contenido Tributario Código Orgánico Tributario. (G.O. 37.305 17/10/2001) • • • • • • • • • •

Ley de Impuesto sobre la Renta. (Publicada en Gaceta Oficial número 38.529 del SENIAT de fecha 27/02/2007) Reglamento General de la Ley de ISLR (Publicada en Gaceta Oficial número 5.662 Extraordinaria del SENIAT de fecha 24/09/2003) Reglamento de la Ley de ISLR en materia de Retenciones (Publicada en Gaceta Oficial número 36.203 del SENIAT de fecha 12/05/1997) Providencia Administrativa SNAT/2009/ 0034 (Publicada en Gaceta Oficial número 39.171 del SENIAT de fecha 05/05/2009). Providencia N° SNAT/2008/0300 (Publicada en Gaceta Oficial número 39.083 del SENIAT de fecha 18/12/ 2008). Providencia N° SNAT/2008/0299 (Publicada en Gaceta Oficial número 39.079 del SENIAT de fecha 12/12/2008. Providencia Administrativa Nº SNAT/2004/0232 Por medio de la cual se califican las Jurisdicciones de baja Imposición fiscal (Publicada en Gaceta Oficial número 37.924 del SENIAT de fecha 26/04/2004. Ley de Impuesto al Valor Agregado. Publicada en Gaceta Oficial número 38.625 del SENIAT de fecha 13/02/2007. Providencias en materia de Retenciones de IVA (Providencia Nº SNAT/2005/056 del SENIAT de fecha 28/02/05) Providencia 592 en materia de Normas relativas a Imprentas y Máquinas Fiscales para la elaboración de Facturas y Documentos Equivalentes. (Publicada en Gaceta 0ficial número

Marco Legal: Contenido Tributario • • •

• •

Providencias 257 en materia de requisitos para la emisión de Facturas y Documentos Equivalentes. (Publicada en Gaceta 0ficial número 38.776 del SENIAT de fecha 25/09/2007). Impuestos Municipales (según ordenanzas cada municipio). Decreto sobre exoneración del IVA pequeños contribuyentes (facturación anual inferior a 3.000 Unidades Tributarias) (Publicada en Gaceta Oficial número 38.839 del SENIAT de fecha 28/12/2007). Ley Orgánica de Ciencia y Tecnología (LOCTI) (Publicada en Gaceta Oficial número 38.242 de fecha 03/08/2005). Decreto Nº. 4.891 que dicta el Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Inversión referido a los aportes e inversión (Publicada en Gaceta Oficial número 38.544 de fecha 17/10/2006).

Marco Legal: Contenido Tributario • •

• • • •

Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Publicada en Gaceta Oficial número 38.337 de fecha 16/12/2005). Decreto Nº. 6.776 que dicta el Reglamento Parcial de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas sobre los aportes previstos en sus artículos 96 y 97 (Publicada en Gaceta Oficial número 39.211 de fecha 01/07/2009). Impuesto a las Transacciones financieras. (Publicada en Gaceta Oficial numero 38.797 de fecha 26/10/ 2007) derogado Ley Orgánica de Turismo (Publicada en Gaceta Oficial número 37.332 de fecha 29/11/2001) Ley de Hidrocarburos (Publicada en Gaceta 0ficial número 38.493 de fecha 04/08/2006) Ley de Hidrocarburos Gaseosos (Publicada en Gaceta Oficial número 37.793, de fecha 23/09/1999)

M arco Legal: Contenido Tributario CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN

Alemania Austria Barbados Bélgica Brasil Canadá China Corea Cuba Dinamarca

España Estados Unidos Francia Indonesia Irán Italia Kuwait Malasia México Noruega

Portugal Qatar Países Bajos Reino Unido República Checa Rusia Suecia Suiza Trinidad y Tobago Vietnam

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