Preguntas Frecuentes NRUS
July 7, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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06. Pr Preguntas fr frecuentes N NR RUS
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1.- ¿En qué momento pueden acogerse los contribuyentes que desean tributar en el Nuevo RUS? Los que deseen tributar en el Nuevo RUS y cumplan los requisitos y condiciones previstas para ello deben acogerse al momento de inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes Base legal: legal: Literal a) del numeral 6.1 del art. 6° del Decreto Legislativo N° 943, sustituido por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 937.
2.- ¿Pueden acogerse al Nuevo Régimen Único Simplificado - Nuevo RUS- las personas naturales que desempeñan un oficio? Sí pueden acogerse al acogerse al Nuevo RUS, siempre que sus ingresos se encuentren dentro de los montos máximos establecidos y cumplan con los demás requisitos y condiciones fijadas por las normas vigentes. El monto de tus ingresos brutos no debe superar S/. 360,000 en el transcurso de cada año, o, en algún mes, tales ingresos no deben ser superiores a treinta mil Nuevos Soles (S/ 30,000). Base legal: legal : Literal N° b) del Decreto Legislativo 937.numeral 2.1 del art. 2° del Decreto Legislativo N° 943, modificado por el art. 3° del
3.- ¿Pueden acogerse al Nuevo RUS aquellos que realizan actividades de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros? No pueden acogerse al Nuevo RUS, RUS, en tanto se encuentran expresamente excluidos en las normas del Régimen. Base legal: legal: Literal b) del numeral 3.2 del art. 3° del Decreto Legislativo N° 943, sustituido por el art. 4° del Decreto Legislativo N° 937.
4.- ¿Si una persona acogida al Nuevo RUS no ha tenido ingresos pero ha mandado a imprimir sus primeras boletas de venta en un imprenta autorizada? Se considera que han iniciado sus actividades en la fecha en que adquirieron el servicio de impresión de comprobantes de pago autorizados por la SUNAT, los contribuyentes del Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS) que van a realizar actividad empresarial generadora de rentas de tercera categoría, que aún no han generado ingresos. Base legal: legal: Ver Informe N° 129-2013-SUNAT/4B0000. 129-2013-SUNAT/4B0000. 5.- ¿Cómo se realizan los pagos mensuales del Nuevo RUS? Puede pagar por Internet o presencialmente. La primera es primera es el pago electrónico a electrónico a través de la página web de la SUNAT, usando tarjeta de débito o de crédito, o mediante débito en cuenta bancaria bancaria según se explica en este instructivo: instructivo: Cómo hacer el pago del NRUS por Internet de manera electrónica. electrónica.
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La segunda, segunda, denominada Pago Fácil permite pagar la cuota mensual del Nuevo RUS en los bancos autorizados o en los locales de sus corresponsales autorizados o corresponsales.. Bancos autorizados: Banco de la Nación / Interbank / BCP / BBVA Continental / Scotiabank / BanBif Corresponsales -
Agentes MultiRed del Banco de la Nación
-
Servicio Rapidito del Banco de la Nación, Nación , disponible en las CMAC Nuestra Gente, CMAC Tacna, CMAC Trujillo y CURACAO- FINANCIERA TFC.
El contribuyente al acercarse a ventanilla o al corresponsal debe indicar en forma verbal o mediante la ayuda de un formato denominado GUÍA PAGO FÁCIL DEL NUEVO RUS, RUS, los datos siguientes: • Número de RUC • Período tributario (por ejemplo, para octubre de 2014 es 10-2014) • Indicar si es la primera vez que declara el período que está pagando • Total Total ingresos brutos bruto s del mes • Categoría (1, 2, 3, 4 o 5) • Monto a compensar por Percepciones de IGV que le hayan hecho al efectuadas (en caso las quiera aplicar como pago) • Monto a pagar Recuerde verificar en el voucher de pago si los datos que se han registrado con el pago son correctos, en especial el RUC, período, categoría y monto pagado.
6.-¿Pueden los sujetos del NRUS solicitar la devolución de percepciones no aplicadas por sus compras realizadas?
Sí. Los sujetos del NRUS pueden solicitar la devolución de las percepciones acumuladas no compensadas. Deberá presentar el formulario N° 4949 indicando devolución “tipo 28 - Devolución Percepción de Sujetos No Afectos a IGV – NRUS”, así como, un escrito que detalle el tributo, el período, el monto por el que se solicita solicita la devolución y los motivos o circunstancias que lo originaron. La Administración Tributaria tiene 45 días hábiles para resolver lo solicitado.
Base Legal: Legal: Procedimiento N° 16 del Decreto Supremo N° 176-2013-EF, Texto Único de Procedimientos Administrativos.
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