Preguntas Cortas 4

August 18, 2017 | Author: jatorsai | Category: Self Defense, Elevator, Fire Protection, Behavior, Safety
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Descripción: MPRL...

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Cuestionario de Preguntas cortas

Módulo 2 Asignatura 4

MODULO 2: TECNICAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES MATERIA 3 Seguridad en el Trabajo ASIGNATURA 4 Planes de emergencia y autoprotección

Una vez que hayas descargado esta actividad puedes responder a la misma en el espacio que te habilitamos para la respuesta, o en otro documento.

Tras su realización, lo podrás subir a la plataforma a través de la propia “Tarea” para que lo revise tu tutor.

Posteriormente el tutor facilitará las soluciones de esta actividad dentro del aula para que puedas consultarlas.

1.- Cita la principal normativa a tener en cuenta para la elaboración de un Plan de Emergencias y/o Autoprotección La principal normativa es el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo de 2007. sin olvidar: - Código Técnico de la Edificación - Reglamento de Seguridad contra incendios en Establecimientos industriales, REAL DECRETO 2267/2004 - Reglamento de Instalaciones de protección contra incendios, REAL DECRETO 560/2010 - Normativa Autonómica de cada comunidad.

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2.-

Describe brevemente el contenido mínimo del Plan de actuación ante

emergencias elaborado dentro del Plan de Autoprotección de un edificio, instalación o actividad a la que le sea aplicable dicho capítulo. El contenido mínimo será: - Identificación y clasificación de las emergencias en función del tipo de riesgo, de la gravedad, de la ocupación y medios humanos. - Procedimientos de actuación ante emergencias. Detección y alerta. Mecanismos de alarma. Identificación de la persona que dará los avisos y del Centro de Coordinación de Atención de Emergencias de Protección Civil. - Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los procedimientos de actuación en emergencias. - Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación ante Emergencias.

3.- Explica cual es, normalmente, y de qué depende el comportamiento humano ante un incendio: El comportamiento humano pasa por varias fases: 1. La persona percibe las señales iniciales y las investiga o malinterpreta. 2. Una vez que el incendio ya es visible, la persona intenta obtener más información, ponerse en contacto con otras personas o abandonar el lugar. 3. Después, la persona intenta luchar contra el incendio, interaccionar o escapar. La actividad previa si es la habitual a la declaración del incendio será un factor importante. Su comportamiento tras la percepción de una señal dependerá de que consigan definir su situación correctamente. Las características de los ocupantes pueden influir mucho en la forma en que se desarrolla esta fase. En la fase final, depende del papel, el tipo de ocupación, el comportamiento y la experiencia anterior de la persona.

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4.- Explica porque resulta peligroso utilizar los ascensores en caso - incendio: de Es peligroso el uso de ascensores en caso de incendio porque ademas de que los huecos de los ascensores actúan como chimenea: - Los ocupantes pueden estar pulsando el botón de un ascensor en un descansillo a la espera de que llegue un ascensor que puede no responder en absoluto y perder así un tiempo valioso para huir. - Los ascensores no dan prioridad a ninguna llamada, y una de ellas puede ser la del piso del incendio. - Los ascensores no pueden ponerse en marcha hasta que no se han cerrado sus puertas, y el pánico puede producir aglomeraciones en el ascensor y bloquear las puertas, impidiendo su cierre. - La electricidad puede fallar en cualquier momento durante el incendio, dejando a las personas atrapadas en el ascensor.

5.- Describe brevemente el contenido mínimo de un Plan de Emergencia El contenido mínimo deberá ser: 1. El nombre de la industria. 2. . La dirección de las instalaciones, con número de teléfono y plano de localización. 3. El objetivo del plan de emergencia y la fecha efectiva de su entrada en vigor. 4. El área cubierta y un plano de localización. 5. La organización de emergencia, indicando la jerarquía de mando. 6. Los sistemas contra incendios y los equipos móviles y portátiles, detallados. 7. Detalles de la disponibilidad de asistencia. 8. Las alarmas contra incendios y los equipos de comunicación. 9. La actuación en caso de emergencia, definiendo por separado y de forma concreta las acciones que debe emprender: → La persona que detecta el incendio. → El cuerpo de bomberos particular de la empresa.

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→ El jefe de la sección implicada en la emergencia. → Los jefes de otras secciones no implicadas en la emergencia. → La organización de seguridad. → El jefe de emergencias, en su caso. → El director de la empresa. → Otros. 10. La jerarquía de mando en todas las situaciones de las posibles escenas de un accidente. 11. Las medidas que deben tomarse después del incendio. Se indicarán las responsabilidades en materia de: → Reposición o rellenado de todos los sistemas, equipos y fuentes de agua de protección contra incendios. → Investigación de la causa del incendio o la explosión. → Preparación y presentación de los informes. → Adopción de medidas que eviten que vuelva a producirse una emergencia similar.

6.- Enumera qué aspectos debe incluir, para que se considere completa, la formación necesaria para conseguir una adecuada implantación del Plan de Autoprotección. La formación necesaria es: - Formación dirigida a todo el personal. - Formación dirigida al Personal de Emergencia. - Formación práctica del manejo de los medios de extinción. .

- Simulacros de emergencia y evacuación. - Diseño de material divulgativo.

7.- Enumera y describe qué actividades tienen obligación de elaborar un Plan de Autoprotección a consecuencia del número de personas presentes o sus limitaciones según el Anexo I del Real Decreto 393/2007. Detalla a partir de qué ocupación es obligatoria la elaboración de dicho documento. Las actividades que tienen obligación del elaborar un plan de Autoprotección a consecuencia del número de personas es la Actividades de espectáculos públicos y recreativas. En lugares, recintos e instalaciones en las que se celebren los eventos regulados por la normativa vigente en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, siempre que cumplan con las siguientes características: - Edificios cerrados: Con capacidad o aforo igual o superior a 2000 personas, o con una altura de evacuación igual o superior a 28 m. - Instalaciones cerradas desmontables o de temporada: con capacidad o aforo igual o superior a 2.500 personas. Al aire libre: En general, aquellas con una capacidad o aforo igual o superior a 20.000 personas.

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