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May 4, 2024 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Historia del Estado y el Derecho
Unidad I Introducción general, la Prehistoria
Objetivos de la Unidad Analizar los aspectos esenciales de la aparición de Estado y del Derecho, para valorar su evolución histórica como herramienta necesaria para comprender su trascendencia actual y su ubicación dentro de las Ciencias Jurídicas.
Contenido
1. Conceptos Básicos: Historia, Estado, Derecho. 2. Concepto, Fundamento y Método de la Historia del Estado y del Derecho. 3. Análisis de los principales períodos históricos. 4. Teorías sobre el origen de la ley. 5. Derecho de los pueblos primitivos. 6. Ausencia de la autoridad estatal. 7. Costumbres indiferenciadas. 8. La familia, la propiedad y el castigo de los delitos
1. Conceptos Básicos: Historia, Estado, Derecho
HISTORIA ¿Qué se entiende por Historia?
De acuerdo con la RAE (2019), la palabra historia deviene del latín, historĭa, que a su vez deriva del griego ἱστορία, que refiere el conocimiento adquirido mediante la investigación o relato. Asimismo, deriva del verbo griego ἱστορεῖν (historéin), que significa ‘investigar’, y del sustantivo ἳστωρ (hístor), que se refiere al hombre sabio, que actúa como testigo o juez en un asunto específico (DEILE, 2015)
Definión (RAE, 2019): “narración y exposición de los acontecimientos pasados y dignos de memoria, sean públicos o privados” “disciplina que estudia y narra cronológicamente los acontecimientos pasados” “conjunto de los sucesos o hechos políticos, sociales, económicos, culturales, etc., de un pueblo o de una nación”
Cicerón (Siglo I a. C.) “la historia es maestra de la vida y testigo de los tiempos” (Historia magistra vitae et testis temporum) El ser humano como parte de su evolución, a través del tiempo ha logrado acumular un acervo cultural, por medio del cual, nosotros, las generaciones del presente hemos recibido una “experiencia histórica” que debemos de aprovechar.
Voltaire (1694-1778), filósofo de la Ilustración francesa, la definió como: “el relato de los hechos que se tienen como verdaderos, al contrario de la fábula, que es el relato de los hechos que se tienen por falsos” Historiador Francés Henri Marrou (1904-1977) “la historia es el conocimiento del pasado humano”
ESTADO ¿Qué se entiende por Estado?
Se trata de un fenómeno en constante evolución desde su origen en las diferentes culturas y sociedades. Juristas, antropólogos e historiadores, coinciden que la sociedad en general ha pasado de un Estado Primitivo hasta llegar al Estado Nación que se conoce en nuestra época. Es un hecho político por medio del cual las personas se organizan con sus semejantes en aras de encauzar y regular los conflictos, así como la creación de instituciones que regulen la convivencia social.
Etimológicamente (RAE, 2019), proviene del latín status, entendida como una condición o estado de ser En su acepción política: “país soberano, reconocido como tal en el orden internacional, asentado en un territorio determinado y dotado de órganos de gobierno propios” “forma de organización política, dotada de poder soberano e independiente, que integra la población de un territorio” “conjunto de los poderes y órganos de gobierno de un país soberano”
Diferentes acepciones acerca del Estado y su origen
Pensadores clásicos: ▫ Platón (427 - 347 a. C.) le definió como “un ente ideal”; ▫ Cicerón (106 a C. – 43 a. C.) como “una multitud de hombres ligado por el Derecho”; ▫ Marx (1818 – 1883) como “un instrumento de dominación de clases”; ▫ San Agustín (354 – 430 d. C) como una “reunión de hombres ligados por la razón”; ▫ Hegel (1770 - 1831) como “la conciencia de un pueblo”.
Rosseau (1712 - 1778), teoría del pacto social: “cada uno de los ciudadanos cede parte de sus derechos a esa entidad denominada Estado, que los dirige y representa, por lo cual el hombre deja de ser absolutamente libre, para ser subordinado a los intereses del conjunto” Por medio de este pacto social, las personas pasan de un estado natural a un estado de sociedad (política).
Se le atribuye a Maquiavelo (1513) la introducción de la palabra Estado en su célebre obra “El Príncipe” “los Estados y soberanías que han tenido y tienen autoridad sobre los hombres, fueron y son, o repúblicas o principados”
Esta obra, acepta que los objetivos de los príncipes, como la gloria y la supervivencia, pueden justificar el uso de medios inmorales para lograr esos fines. Esta idea es por lo tanto responsable de poner la palabra «maquiavélico» como peyorativa. “El fin justifica los medios”
Entre los conceptos modernos resaltan los elementos básicos de autoridad y potestad (o soberanía), sociedad (o población) y Territorio. Kelsen (1881-1973), definió el Estado como “el ámbito de aplicación del derecho”. Max Webber (1864-1920) la “coacción legítima y específica” Hermann Heller como “la organización política soberana de dominación territorial”.
Convención de Montevideo sobre Derechos y Deberes de los Estados en 1933 El Estado es “un espacio que posee lo siguiente: Una población permanente, un territorio definido y un gobierno que es capaz de mantener control efectivo sobre el territorio correspondiente y de conducir relaciones internacionales con otros estados”.
Estado ≠ Gobierno No se deben de confundir los términos "estado" y "gobierno". Los estados son personas jurídicas de derecho internacional, los gobiernos son organizaciones de personas. La relación entre un gobierno y su estado es de representación y agencia autorizada
DERECHO ¿Qué se entiende por Derecho?
La palabra derecho tiene diferentes acepciones en el lenguaje jurídico. En nuestro contacto con la realidad encontramos muchas manifestaciones del Derecho (civil, laboral, penal, administrativo, tributario, entre otros)
¿Porqué el Derecho se encuentra intrínsecamente arraigado en nuestra sociedad, en todos los aspectos de la vida?
El derecho es un orden que se expresa normativamente, de carácter general dictado con el fin de regir a la sociedad, por la existencia de la necesidad imperante de una regulación social. No se trata únicamente de un conjunto de reglas o leyes, como comúnmente se le conceptualiza, la norma en sí constituye la expresión del derecho pero no el derecho en sí mismo.
Ernesto Castillo (2001) nos señala que: “El Derecho regula la conducta social del hombre en su convivencia con los demás. Se nos presenta como una realidad sociocultural (…) una pauta que va dirigida a regir relaciones sociales entre los hombres y que pretende hacer posible la vida en sociedad”.
El derecho origina una realidad jurídica, una pauta social obligatoria, no da consejos o recomendaciones ni se limita a definir conductas, tiene un carácter imperativo No todas las normas son de carácter jurídico, también existen normas de carácter moral o de trato social
Características que le distinguen de la norma moral ▫
Fuerza vinculante frente a los miembros de una sociedad;
▫
Carácter social, que se contrapone al carácter individual de la norma moral;
▫
Bilateralidad, frente a todo derecho haya como contrapartida una obligación;
▫
Certeza, que garantiza la seguridad jurídica;
▫
Permanencia, que se traduce en su tendencia a la estabilidad, y;
▫
Coercibilidad, que es la facultad de hacer valer la norma por medio de la fuerza;
El derecho debe inspirarse en los principios de justicia y equidad; sin ellos, la organización de la vida en sociedad se dificulta. Aun en las más remotas comunidades ha sido necesario regir la vida social con base en principios practicados por el grupo, se encuentren estos escritos o simplemente consagrados en hábitos o costumbres, que al recibir una conciencia popular de obligatoriedad devienen en verdaderas normas de derecho.
Concepto, Fundamento y Método de la Historia del Estado y del Derecho
Conocer el origen y desarrollo jurídico ha sido una constante preocupación en todas las sociedades y en todos los tiempos.
La Historia del Estado y el Derecho es una disciplina jurídica, definida por su objeto el cual es el estudio del derecho histórico, de la evolución de los sistemas jurídicos. Se fundamenta en la reconstrucción del orden jurídico integral de cada época o periodo, es decir “el conjunto de normas, instituciones, categorías jurídicas a través de la cuales el espíritu de una época interpreta y da satisfacción a las necesidades sociales de un pueblo”. (Pozo Urbina, 1999, pag 3)
La Historia del Estado y El Derecho tiene una doble naturaleza. • Por su esencia se trata de una disciplina histórica; • Por su objeto y finalidad se trata de una disciplina jurídica.
Parafraseando a Pozo Urbina (1999), la Historia del estado y el Derecho, es una ciencia que estudia el origen, desarrollo y la transformación del Estado y El Derecho como fenómenos propios de la sociedad y que tienden a crear, mantener y defender un orden justo en la sociedad misma, que permita al ser humano la realización plena como miembro de una sociedad.
3.
Análisis de los principales períodos históricos.
De la historia de la tierra sabemos que se divide en cuatro principales períodos: • Primario o Paleozoico; • Secundario o Mesozoico, • Terciario; y, • Cuaternario
Fue durante el Cuaternario cuando apareció el Homo sapiens sobre la Tierra. A su vez, se extinguieron grandes especies, tanto vegetales como animales, y fueron las aves y mamíferos los vertebrados que dominaron la Tierra. Acá es donde empieza el punto de partida de la prehistoria
PREHISTORIA ¿Qué es la Prehistoria?
Se trata básicamente del estudio del hombre anterior a los documentos escritos, documentos figurados, tradiciones y leyendas. Comúnmente se ha indicado que la prehistoria abarca el período de tiempo transcurrido desde la aparición de los primeros homininos (antecesores del Homo sapiens), hasta la existencia de documentos escritos, alrededor del 3300 a.C. en Oriente Próximo.
Por cultura general, Oriente Próximo es similar a Oriente Medio, usándose como sinónimo por influencia anglosajona. Sin embargo, la RAE distingue entre Oriente Próximo (Líbano, Israel, Turquía, Jordania, Siria, Iraq, Irán y la península de Arabia), Oriente Medio (Afganistán, Pakistán, India y países relacionados) y Extremo Oriente (China, Sureste Asiático y otros)
Los límites de la prehistoria no son claros, pues ni la llegada del ser humano ni la invención de la escritura tienen lugar al mismo tiempo en todas las zonas del planeta. La razón de ser de la prehistoria, y su separación de la historia, más que un aspecto temporal se debe a criterios económicos y sociales, más susceptibles de proporcionar una visión científica
En conclusión, el fin de la prehistoria y el inicio de la historia lo marcaría una estructuración creciente de la sociedad que provocaría una modificación sustancial del hábitat, su aglomeración y auge de las ciudades, una socialización avanzada, jerarquización, aparición de estructuras administrativas y de gobierno, moneda e incremento de intercambios comerciales con otras ciudades. Como lo señala Fernández Bulté (2008), no se trata solamente la “toma de conciencia del hombre sobre su propia vida y su propio decursar generacional”
Edad de Piedra
Paleolítico
Mesolítico
Neolítico
Edad de los metales
LA PREHISTORIA SE DIVIDE EN 2 GRANDES ETAPAS
EDAD DE PIEDRA ▫ Paleolítico: Piedra antigua. Período de tiempo más largo de la prehistoria, data de hace unos 2,85 millones de años en el continente africano; ▫ Mesolítico: Edad media de la Piedra. Seres humanos nómadas, descubrimiento del fuego; ▫ Neolítico: Nueva Piedra. Se comenzó a trabajar mejor la piedra para la creación de armas y herramientas de mejor calidad y más duraderas, estas consistían principalmente de piedras pulidas. El hombre tenía conocimiento y experiencia en agricultura y ganadería.
EDAD DE LOS METALES ▫ Edad de Cobre. Se destaca por la utilización de este metal, primero en su estado natural y después fundido haciendo uso del fuego. ▫ Edad de Bronce. Permitió el desarrollo de los metales y sus aleaciones. ▫ Edad del Hierro. El hombre descubre y perfecciona el uso del hierro. El desarrollo de estos conocimientos iba de la mano con el desarrollo de otras áreas como agricultura, religión y arte.
Periodos de la Historia
Las etapas de la Historia se dividen en edades, estas son: ▫
Edad Antigua: comenzó con la aparición de la escritura hasta la caída del Imperio Romano en Occidente, en el 476 d. C. Además de la actividad agrícola y marítima, este periodo se caracteriza por la aparición de la organización gubernamental y social. Surgen grandes civilizaciones como Mesopotamia, Egipto y Roma.
▫
Edad Media: del año 476 al descubrimiento de América en 1492. Otros historiadores sitúan el fin de la Edad Media en el año 1453, con la invención de la imprenta, fin de la guerra de los 100 años y caída del Imperio Romano de Oriente. Predomina el feudalismo en Europa, se subdivide en: Alta Edad Media y Baja Edad Media.
▫ Edad Moderna: del fin de la Edad Media hasta el año de la Revolución Francesa (1789). Se caracteriza por la creación de los Estados modernos, finalización del feudalismo, el desarrollo del capitalismo y la burguesía. ▫ Edad Contemporánea: de 1789 hasta la actualidad. Es una época caracterizada por las revoluciones y grandes cambios en el ámbito artístico, social, político y económico, surge la sociedad del consumo, la globalización y desarrollo tecnológico de nuestros tiempos.
Régimen de comunidad primitiva
La comunidad primitiva se trata de las primeras de organización social de la humanidad. En este periodo inicialmente no existía Estado ni Derecho, contaba con una base económica sustentada en la propiedad colectiva, sobre medios de producción, determinadas formas de convivencia humana y pequeños grupos migratorios para conseguir alimentos y defenderse de peligros externos;
Autores como Fernández Bulté (2008) y Martínez Guevara (2003), le conocen como comunidad gentilicia: “paulatinamente se desarrolló una forma más estable de organización del colectivo humano, llamado comunidad gentilicia que se encontraba unidad por el parentesco o vínculos de sangre”
Esta comunidad básicamente transitó por dos etapas: ▫
Etapa recolectora-cazadora. Periodo Paleolítico y Mesolítico. Los grupos humanos vivían de la caza, la pesca y recolección de plantas, se trata del periodo más primitivo, carecían de armas y dependían del medio en el que vivían. Se registran notables progresos, descubrimiento del fuego, arco y flecha, la domesticación de animales y las primeras manifestaciones de producción;
▫
Etapa cultivadora pastoril. Periodo Neolítico y la Edad de los Metales. Se desarrolla la actividad agropecuaria, caza y pesca. Utilización de metales en la elaboración de instrumentos de labranza, transporte y armas .
Primeras formas de organización
Engels (1972) opinaba sobre la condición humana que: Cuando los hombres salen por vez primera, del reino animal, en el sentido estricto de la palabra, es también aquel en que entran en la historia; aún semianimales, brutales, impotentes frente a las fuerzas de la naturaleza, ignorantes todavía de sus propias fuerzas, pobres, por tanto, como los animales y apenas más productivos que ellos.
En el contexto anterior, surgieron las primeras formas de organización, estas fueron:
LAS HORDAS ▫
Primeras y más rudimentarias formas de organización;
▫
Grupos nómadas unidos por la necesidad de recolectar alimentos y defenderse de peligros externos;
▫
Existía un jefe, posiblemente electo por los miembros del grupo.
▫
Dependían de la caza y pesca, no tenían asentamiento fijo y constantemente buscaban mejores condiciones geográficas, climáticas y de sustento;
▫
Estaban unidos únicamente por familias, grandes o pequeñas solidarias entre sí.
LA GENS ▫
Unión de personas por lazo de sangre, trabajo colectivo, comunidad de bienes y la elevación de la productividad;
▫
Inicialmente predominó el matriarcado;
▫
El trabajo de la mujer estaba equiparado al del hombre, en la obtención y recolección de alimentos;
▫
Los hombres comenzaron a desempeñar faenas más arduas (ganadería, agricultura, fundición de metales y elaboración de armas), desempeñando un papel decisivo en la comunidad, pasando al Patriarcado;
▫
El control social en esta etapa era muy efectivo y autoritario, se basaba en la conciencia de todos sus miembros en la necesidad de cumplir las normas.
FATRÍAS O TRIBUS ▫
Cuando las Gens se volvían organizaciones más grandes se constituían en Fatrías;
▫
La unión de algunas Fatrías constituía una Tribu;
▫
No existía nobleza ni esclavitud se encontraban vinculadas por lazos de sangre;
▫
El cacicazgo no estaba desarrollado completamente, se elegían jefes para una tarea difícil (expedición, caza, guerra), realizada esta tarea pasaban a ser un miembro más de la comunidad;
▫
Los ancianos gozaban de respeto especial; por su experiencia.
▫
A medida que la comunidad fue creciendo, se eligieron jefes especializados en caza o guerra.
4. sobre el origen de la ley
Citando de nuevo a Engels, cuando el hombre entra en la prehistoria casi en un estado animal, la naturaleza le parece una potencia extraña, todopoderosa y se humilla ante la misma, considerándola como algo sagrado, al no poder explicarlas ni vencerlas, las diviniza. Sin embargo, el hombre, lentamente fue venciendo a la naturaleza, domándola, hasta finalmente comprenderla. Así, el origen de las leyes humanas como las conocemos en la actualidad, tuvo que romper ese paradigma de lo divino o natural.
Tomás de Aquino se ocupa de estudiar la derivación de la ley humana de la ley natural, en sus obras Suma Teológica y el Comentario a la Ética de Nicómaco. Laise (2012), nos indica que Tomás de Aquino sitúa la ley humana en el marco de la justicia de la polis, pues “los ciudadanos practican también lo justo porque la naturaleza lo puso en la mente humana y porque la ley lo ha instituido”.
Para Tomás de Aquino, la ley humana es derivativa de la ley natural. Por otra parte, también puede ser determinativa “la ley natural establece que el pecado debe ser castigado pero que lo castigue con tal o cual pena es ya una determinación añadida por la ley natural”
El derecho primitivo, de acuerdo con Fernández Bulté (2008), no emerge como disposiciones meramente jurídicas. Inicialmente, el conjunto de costumbre y usos aparece impuesto como un ideal de conducta, que se mezcla con lo religioso, moral y mágico
PRIMERAS CODIFICACIONES
En cuanto a la codificación de las leyes humanas, en el mundo occidental, los primeros vestigios lo encontramos en el Derecho Romano, con la "Ley de las XII Tablas" (451 a.C.).
Se trataba de una codificación que regulaba aspectos relacionados al derecho porocesal civil, familia, sucesiones, obligaciones, derecho penal, derechos reales y derecho sacro.
Sin embrago, la publicación de este código no es principio de la historia de las leyes.
Las legislaciones más antiguas provienen de oriente, en especial de Mesopotamia, en las culturas acadia y sumeria, con la compilación del Código Ur-Nammu, fechado entre los años 2061 y 2043 s. C., este texto entre otros regulaba asuntos concernientes a: ▫ Reparación de daños, compensación pecuniaria; ▫ Normas relativas al derecho penal; ▫ Legisla sobre divorcio; ▫ Penaliza las prácticas de brujería;; ▫ Sienta las bases de futuros códigos de Mesopotamia
En la cultura acadia, el Codex del rey Bilalama, de la ciudad de Eshbuna, data del año 1930 a. C. Compuesto por 60 normas relacionadas a impuestos, préstamos, esclavos, relaciones familiares, propiedad, entre otras. También se conoce el Codex Lipit-Ishtar de 1800 a. C., contiene normas relacionadas a propiedad, esclavos, relaciones familiares, herencia, difamación, daños causados por animales, entre otros.
El texto más destacado en el mundo Mesopotámico es el Código de Hamurabi, (1753 a C). Más que un código, se trata de una recopilación de leyes y costumbres.
De acuerdo con Beatriz Bernal, las principales características de este código son: ▫
Consta de 284 artículos;
▫
Se castigan los delitos con penas crueles y extremas;
▫
40 delitos ameritaban la pena de muerte, los castigos corporales eran de todo tipo y eran público, incluían hasta mutilaciones
▫
Los delitos con mayor pena eran los cometidos contra el Imperio;
▫ Se castigaba también la brujería y falso testimonio; ▫ También se estableció como sanción la expulsión de la comunidad y la pérdida de bienes; ▫ Impuso la compensación pecuniaria y la famosa Ley del Talión; ▫ Regula la adopción, matrimonio, divorcio, patria potestad, sucesiones, arrendamientos, contratos, entre otros;
Otra expresión legislativa de Asia es el Código de Manú. Aparece en el valle de Ganges, India, entre los siglos VI y III a C. Contiene más de 2000 versos y regula normas jurídicas, morales y religiosos. Finalmente, en China, en el año 223 s. C., durante la dinastía Chou, se emitió un código que contenía gran parte de la legislación elaborada por las anteriores dinastías. Sus disposiciones de derecho penal, aunque contenía la pena de muerte, no era tan cruel como el resto de sociedades orientales, castiga la alquimia. Regula el derecho de familia, agrario y tributario.
5. Derecho de los pueblos primitivos
DERECHO DE FAMILIA De acuerdo con Martínez Guevara (2003) y Fernández Bulté (2008), los estudiosos del tema señalan la enorme probabilidad de la existencia de una etapa de promiscuidad que sucedió en el seno de la horda. Se ha sostenido que la primer clase de familia primitiva, de tipo consanguínea, se funda en el matrimonio entre hermanos, hermanas y colaterales de un grupo, no entre ascendientes y descendientes.
Posteriormente surge la necesidad de regular las relaciones entre los miembros de la familia hasta constituirse las familias Patriarcales, en donde surge el germen de la familia monógama. No obstante, se mantiene la fidelidad de la mujer pero no del marido. Con los roles de producción (agricultura, ganadería, crianza y domesticación de animales, creación de armas), el varón se convirtió en el centro de importancia y se impuso a las mujeres, predominando el Patriarcado.
DERECHO DE PERSONALIDAD La condición jurídica del hombre estaba determinada por el lugar que desempeñaba en la familia, si el hijo era varón, tenía una posición jurídica mejor que la mujer. El primogénito era el elegido para heredar las funciones y bienes del padre.
DERECHO DE PROPIEDAD El surgimiento de la propiedad privada constituye una de las causas de la desintegración de la comunidad gentilicia. En la comunidad primitiva, la sociedad disfruta de todos los bienes muebles e inmuebles, no se conoce de propiedad individual porque la persona es absorbida por la colectividad. Sin embargo, con el perfeccionamiento de los instrumentos de trabajo, el trabajo para la adquisición de
Como señaló Engels, cada uno es propietario de los instrumentos que elabora y usa; el hombre de sus armas, de sus pertrechos de caza y pesca; la mujer, de sus trebejos caseros. La propiedad por excelencia es la inmueble, sin embargo ésta al principio carecía de valor alguno. Fernández Bulté, señala que en la etapa recolectora al hombre nómada no le interesa la tierra, pero con el surgimiento de la caza, pastoreo, agricultura, guerras y conquista, la propiedad adquiere un valor colectivo, teniendo una gran importancia como un medio de
El proceso de tránsito a la propiedad privada, no se dio súbitamente sino de forma gradual, ni directamente. El paso intermedio se da en la propiedad familiar (Fernández Bulté, 2008). De esta manera el patrimonio familiar pasó a ser hereditario y luego transferible libremente. Con el surgimiento de la propiedad privada, aparecen los primeros choques de intereses y surge la necesidad de una regulación coercitiva, para defender esa propiedad. Estas primeras normas surgen de forma consuetudinaria hasta pasa a formar una manifestación jurídica escrita.
DERECHO PENAL ▫ El delito era un asunto que competía casi solo a los grupos familiares afectados. ▫ No existía autoridad central que castigase los delitos. ▫ Operaba la venganza si eran de grupos diferentes, produciéndose guerras de un grupo contra otro. ▫ Las correcciones en el seno de la familia eran castigadas por el padre
DERECHO PROCESAL El padre era el que actuaba como juez, velaba por el cumplimiento de las normas de conducta que regían desde sus antepasados. No existían organizaciones facultadas para ejercer el control o cumplimiento de las normas. DERECHO POLÍTICO El padre concentraba todos los poderes, era una especia de Monarquía Patriarcal. Al crecer los grupos sociales aparecen los sacerdotes, quienes interpretaban la voluntad de los dioses.
Características generales del Derecho, de acuerdo con Martínez Guevara (2003): ▫ Formalista: estaba lleno de simbolismos y ceremonias, importaban los actos externos; ▫ Casuístico: no habían leyes generales, se aplicaban normas a casos particulares; ▫ Riguroso: severo en las sanciones, las penas podían ser muerte, destierro, reducción a la esclavitud; ▫ No habían leyes escritas: era preciso recurrir a la memoria y cantos para recordarlas; ▫ Mandato divino: la organización social se encontraba basada en sanciones de carácter religioso o mágico.
Bibliografía utilizada
▫
Bernal, Beatriz. (2010). Historia del Derecho. Nostra Ediciones. México
▫
CASTILLO, ERNESTO. (2001). Introducción el Estudio del Derecho. Editorial Hispamer. Managua, Nicaragua
▫
Engels, Federico. (1972). Anti dübring. Editorial Pueblo y Educación. La Habana. Cuba
▫
Fernández Bulté, Julio. (2008). Siete milenios de Estado y de Derecho. Tomo I. Editorial de Ciencias Sociales. La Habana. Cuba
▫
Laise, L. D. (2012). El origen de la ley humana en Tomás de Aquino. Prudentia Iuris, 74. Disponible en: http://bibliotecadigital.uca.edu.ar/repositorio/revistas/origen-leyhumana-tomas-aquino.pdf Consulta: 22/01/19
▫
MARTÍNEZ GUEVARA, MARÍA MERCEDES. (2003) Historia del Estado y del Derecho. Módulo Autoformativo Nº1. Educación a Distancia. Universidad Centroamericana. Imprimatur, Artes Gráficas. Nicaragua
▫
Pozo Urbina, Ramiro Fernando (1999). Apuntes de Historia del Estado y el Derecho. Nica Ediciones. Managua, Nicaragua.
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