PPT El Derecho a La Consulta Previa

November 15, 2018 | Author: Jinhichi Molero Rodriguez | Category: Interculturalism, Regulation, Indigenous Peoples, International Labour Organization, Government
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EL DERECHO A LA CONSULTA PREVIA A LOS PUEBLOS INDÍGENAS

¿En qué normas encontramos el derecho a la consulta previa? Convenio N 169 OIT (1995)

°

Ley de Consulta Previa (2011)

Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los PP.II. (2007)

Reglamento de la Ley de Consulta Previa (2012)

¿Qué es la consulta previa? Es

un derecho colectivo de los  pueblos indígenas

a

ser consultados por el Estado

cada

vez que se prevean medidas legislativas o administrativas

que

podrían afectar directamente sus derechos colectivos

¿Quién consulta? El

Estado, a través de la entidad promotora.

La

entidad promotora es la encargada de dictar la medida.

Estas

pueden ser:

- Gobierno Nacional - Gobierno Regional - Gobierno Local

¿Qué se consulta? Medidas legislativas: Leyes* Decretos

legislativos

Ordenanzas regionales Ordenanzas

municipales

*Congreso de la República

¿Qué se consulta? Medidas administrativas: Normas

reglamentarias de alcance

general. Acto

administrativo que faculte el inicio de la actividad o proyecto.

Acto

administrativo que autorice la suscripción de contratos con el mismo fin.

¿Qué se consulta? También corresponde  previa respecto a:

la

consulta

Planes Programas Proyectos

regional.

de desarrollo nacional y

¿Qué se consulta? Si solo una parte de la medida afecta derechos colectivos de los pueblos indígenas, sólo se consulta esa parte

En resumen: Leyes Medidas Legislativas

Decretos Leg. Ordenanzas Reg. Ordenanzas Mun.

ESTADO Reglamentos Medidas Administrativas

Permisos

Autorizaciones

¿Qué es la afectación directa? Es

cuando la medida podría producir cambios en la vida y práctica de los derechos colectivos de los pueblos indígenas.

La

afectación puede ser positiva o negativa.



Positiva: Beneficios para la comunidad.



Negativa: Restringir sus derechos.

¿Qué derechos colectivos podrían verse afectados?  Tierras

y/o Territorio

 Acceso

y aprovechamiento de los recursos naturales (uso tradicional del bosque, agua, etc.)

 Identidad

cultural (lengua, costumbres )

 Educación  Salud

intercultural (educación bilingüe)

intercultural (medicina tradicional)

 Jurisdicción

especial

 Conocimientos ancestrales  Elegir

sus prioridades de desarrollo, entre otros.

¿Qué no se consulta? Normas

sobre tributos o presupuesto

Situaciones

de emergencia (catástrofes naturales, tecnológicas, sanitarias como las epidemias)

Control

de actividades ilegales

Construcción

de escuelas, postas sanitarias, u otros servicios públicos (luz, agua, desagüe) en coordinación con los pueblos indígenas.

¿Cuáles son los reglas básicas de la consulta previa?  Oportunidad:

antes de aprobar la medida

 Interculturalidad:  Buena

fe: confianza, colaboración y respeto

 Flexibilidad:  Plazo

respeto a la diversidad cultural

adecuarse a la realidad

razonable: tiempos oportunos

 Ausencia

de coacción o condicionamiento: sin presiones, ni condiciones

 Información

oportuna: durante todo el proceso.

¿Cuál

es la finalidad de la consulta?

La finalidad de la consulta es: alcanzar

un acuerdo o el consentimiento  acerca de las medidas propuestas por el Estado través de un proceso de diálogo a intercultural.  La

consulta se realiza con el fin de garantizar derechos colectivos.

¿Cuáles son las etapas del proceso de consulta?

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