Pliego Petitorio de Huelga

January 26, 2019 | Author: José Franko | Category: Minimum Wage, Salary, Inflation, Política, Economy (General)
Share Embed Donate


Short Description

Download Pliego Petitorio de Huelga...

Description

C. REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA VOLKSWAGEN CON DOMICILIO EN LA CIUDAD DE PUEBLA

VÍCTOR JAIME CERVANTES, Secretario General del SINDICATO INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ VOLKSWAGEN cuya personalidad ya he acreditado debidamente ante la H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo: Que cumpliendo en sus términos con el mandato legal previsto en el artículo 920 de la Ley Federal del Trabajo en vigor y haciendo uso de la garantía constitucional consagrada en las fracciones XV, XVI, XVII y XVIII del apartado A del artículo 123 constitucional, mediante el presente escrito nos permitimos presentarles el siguiente pliego de peticiones, anunciándole nuestro firme propósito de ir a la huelga si las mismas no son satisfechas atendiendo al mandato legal previsto en el artículo 450 de la ley de consulta. El objeto y procedimiento de huelga es

conseguir

EL

EQUILIBRIO

ENTRE

LOS

FACTORES

DE

LA

PRODUCCIÓN, ARMONIZANDO LOS DERECHOS DEL OBRERO CON LOS DEL CAPITAL; LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I, DEL ARTICULO 450 EN CONSULTA. PETICIONES CONCRETAS Y OBJETO DE LA HUELGA ÚNICO. El aumento de los salarios tabulados contractuales de todos los trabajadores a su servicio en un 8.5 % con el objeto de conseguir el equilibrio de los factores de la producción en esa Empresa.

Desde ahora hacemos responsable a esa Empresa de los salarios que dejen de percibir todos los trabajadores durante el periodo que dure la huelga, así como de los gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación del presente conflicto. HECHOS REALES EN LOS QUE FUNDAMOS NUESTRAS PETICIONES a) Las relaciones obrero-patronales con esa Empresa se rigen a través de un CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO celebrado entre el Sindicato que represento y los directivos de esa fuente de trabajo; en dicho pacto colectivo, se consiguieron salarios que en aquel entonces pensábamos eran los suficientes para conservar el poder adquisitivo del trabajador en relación con el precio de los satisfactores. b) Mediante decreto oficial del 23 de diciembre del año pasado, el Gobierno de la Republica acordó un aumento del 4.6 % para los salarios mínimos generales y profesionales; lo anterior, obligó a nuestro Sindicato a revisar los salarios contractuales, lo que sucedió en el mes de julio del presente año; el 1 de enero del presente año, la Comisión General de los Salarios Mínimos acordó un aumento del 4.6 % para los salarios mínimos de referencia. Esta última medida dio como resultado quedaran prácticamente iguales que los mínimos oficiales, lo cual no solo es irrisorio, sino indignante para la clase obrera, ya que su nivel de vida nunca había alcanzado un nivel tan bajo y desproporcionado. En poco más de 6 meses, el equilibrio de los factores productivos se rompió, todo ello derivado por el descontrol en los precios que conlleva la alza inmoderada de los precios, e incluso de los productos sujetos a control oficial. c) Aunado a lo anterior, en el mes de julio del presente año, el valor de nuestro peso frente al dólar, era de $ 13.2223; de ahí 

en adelante se ha producido hasta llegar a la paridad real de $ 13.2579 por dólar; lo anterior implica que se ha producido una devaluación del .06 % la cual se refleja o repercute en el aumento de precios, particularmente de aquellos bienes de consumo indispensable para la clase obrera, la Empresa emplazada por su parte, propietaria de los bienes de producción no solamente mantiene integro su capital, sino que, incluso, ha aumentado automáticamente el valor de sus activos fijos y circulares, disfrutando de incentivos fiscales y financieros que le ha otorgado nuestro Gobierno, entre otras, reducción de cargas impositivas, créditos de interés social y en moneda extranjera preferencial lo que ha ocasionado un notorio desequilibrio en forma rápida entre el capital y el trabajo. d) Las condiciones anteriores aunadas a la crisis estructural ha hundido en la miseria a la clase obrera ya que la elevación de los precios en alimentos, transporte, vestido, salud, y otros, no les permiten adquirir lo indispensable para subsistir en condiciones normales, gestándose

con

ello

un

malestar

general

entre

los

obreros,

particularmente los que laboran en esa Empresa; DADO LO ANTERIOR EL REQUERIMIENTO DE LA CLASE OBRERA ES DE UN 8.5 % EN LOS PRECIOS TABULADOS CONTRACTUALES. FECHA EN QUE ESTALLARÁ LA HUELGA En caso de que esa Empresa no satisfaga nuestras peticiones en el periodo de pre-huelga, las labores serán suspendidas totalmente el día 18 de agosto de 2009 a las 11 horas y afectará toda área que abarque la Empresa sus bienes, equipos, etcétera, con todas sus consecuencias. CONCLUSIONES: Habiendo cumplido nuestra organización con todos los requisitos que nos exige el artículo 123 constitucional en sus fracciones XV, XVI y XVII así como su Ley Reglamentaria en los artículos 920 al 938, así  como del 450 al que ya hicimos referencia, esperamos que esa Empresa

que Usted representa, acceda a nuestras peticiones y por ende, a restablecer el equilibrio perdido de los factores de la producción, otorgando el aumento salarial solicitado, comprometiéndose a cumplir las demás peticiones solicitadas. ATENTAMENTE Puebla, Puebla, a 10 de julio de 2009 POR EL COMITÉ EJECUTIVO VÍCTOR JAIME CERVANTES EL SECRETARIO GENERAL

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF