PLAZOS ESTABLECIDOS EN LA NUEVA LEY 39/2015 DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
10 DÍAS (por regla general muchos trámites son de 10 días y recordad cuando no dice nada la normativa serán hábiles). Creo que incluyo todos pero si se me ha pasado alguno se puede añadir. Todos los siguientes trámites, su plazo es de 10 días:
Subsanar la acreditación de la representación. Subsanar o mejorar solicitudes este plazo, ahora bien se puede ampliar hasta 5 días más. Notificación de los actos administrativos. administrativos. Emitir cualquier informe. Dar cumplimiento a los trámites del procedimiento por los interesados. En caso de desistimiento o renuncia del interesado, se hubieren personado terceros interesados que instasen su continuación en esta plazo desde que fueron notificados de la renuncia o desistimientos. En los procedimientos de Responsabilidad Patrimonial iniciados de oficio, se notificará a los presuntos lesionados concediendo estos días para que aleguen. aleguen. Informe del servicio que haya ocasionado la presunta lesión en los procedimientos de Responsabilidad Patrimonial tendrá que emitirlo en ese plazo. El instructor en los procedimientos de Responsabilidad Patrimonial deberá hacer propuesta de resolución a contar desde la finalización del trámite de audiencia al interesado.
10 DÍAS
NATURALES para entender rechazada la notificación
telemática por el interesado, y haya pasado este plazo sin que haya accedido a ella. ----------------------------------------------------------------------------------- 15 DÍAS respecto de las medidas provisionales para confirmarlas, modificarlas
o levantarlas. 15 DÍAS para las ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS se deben practicar en ese plazo teniendo los interesados 7 DÍAS para que presentar presentar alegaciones. alegaciones. 15 DÍAS en la resolución cuando aparezcan cuestiones conexas no planteadas por los interesados, interesados, ellos tienen este este plazo para hacer alegaciones. alegaciones. 15 DÍAS cuando en un procedimiento sancionador el que resuelva observa que la sanción es más grave que la que dice la propuesta de resolución, se le da este plazo para que que el interesado presente presente alegaciones. alegaciones. 15 DÍAS para expedir el certificado del silencio administrativo producido a contar desde que ha expirado el plazo máximo para resolver. 15 DÍAS para expedir copias auténticas de documentos documentos públicos administrativos a solicitud de interesado. 15 DÍAS en el supuesto que varias Administraciones Públicas concurran en el mismo procedimiento de Responsabilidad Patrimonial, y la que esté tramitando
el mismo proceda a trasladar al resto de administraciones para que aleguen lo que estimen oportuno.
------------------------------------------------------------------ No inferior a 20 DÍAS para el periodo de información pública No inferior a 10 DÍAS ni superior a 15 DÍAS para audiencia del interesado No inferior a 10 DÍAS ni superior a 30 DÍAS para periodo de pruebas, OJO se
podrá conceder un periodo extraordinario de prueba no superior a 10 DÍAS.
------------------------------------------------------------------ PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO: 30 DÍAS para dictar resolución. 15 DÍAS el Consejo Consultivo o órgano consultivo equivalente de las
CCAA podrá emitir el Dictamen preceptivo en este plazo si así lo solicita el órgano competente para así cumplir con los plazos de este procedimiento simplificado. 5 DÍAS para estimar o desestimar este procedimiento simplificado. 5 DÍAS para que los interesados presenten alegaciones. ----------------------------------------------------------------------------------- 1 MES se entenderá suspendida la ejecución de un acto si presentada por
Registro la solicitud de suspensión de un acto y el órgano competente no se manifiesta. ------------------------------------------------------------------------------------
2 MESES para que el Consejo de Estado o el órgano consultivo de las CCAA
evacue el dictamen en los supuestos de procedimientos de responsabilidad patrimonial. El procedimiento se podrá suspender hasta un máximo de 2 MESES hasta que se emita el dictamen. En los casos de responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento anormal de la Justicia el informe preceptivo del Consejo General del Poder Judicial se emitirá en 2 MESES.
----------------------------------------------------------------------------------- 3 MESES para la declaración de caducidad de los procedimientos iniciados a
solicitud de interesado.
------------------------------------------------------------------ 6 MESES en los procedimientos de responsabilidad patrimonial de la
Administración el silencio será negativo si en este periodo no se dictara resolución. 6 MESES máximo para dictar resolución en cualquier procedimiento. Si la normativa no establece ningún plazo de resolución, en este caso el plazo máximo se reduce a 3 MESES.
1 AÑO prescribe el derecho de los interesados en reclamar la responsabilidad
patrimonial a contar desde que se produce el hecho o acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. PLAZOS DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS
RECURSO DE ALZADA
1 MES para interponer este recurso si el acto es expreso. Si el acto es presunto a partir del día siguiente a aquel en que se produzca los efectos del silencio. 3 MESES para dictar y notificar la resolución. Pasada este plazo de 3 meses se entenderá desestimado el recurso salvo lo dispuesto en el art. 24.1 tercer párrafo de la Ley 39/2015.
RECURSO DE REPOSICIÓN
1 MES para interponer este recurso si el acto es expreso. Si el acto es presunto a partir del día siguiente a aquel en que se produzca los efectos del silencio. 1 MES para dictar y notificar la resolución.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN
4 AÑOS se puede interponer este recurso si al dictar el acto administrativo recurrido se hubiera incurrido en error de hecho. 3 MESES para los demás casos. 3 MESES si transcurre este plazo sin dictar resolución se entenderá desestimado.
PLAZOS EN LA LEY 40/2015 DE 1 DE OCTUBRE DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO RELATIVOS A LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
15 DÍAS cuando en caso de responsabilidad concurrente de las Administraciones Públicas y una de ella tramite este procedimiento, se le otorga este plazo a cada una de las Administraciones concurrentes para que expongan cuanto consideren oportuno. 5 AÑOS cuando la responsabilidad patrimonial de la Administración se base en la inconstitucionalidad de una ley o en aplicación de una norma declarada contraria al Derecho de la Unión Europea (art. 32.4 y 32.5 de la Ley 40/2015), serán indemnizables los daños causados en el plazo de los 5 años anteriores a la fecha de publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea.
PROCEDIMIENTOS DE RESPONSABILIDAD DE LAS AUTORIDADES O PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
15 DÍAS para alegaciones. 15 DÍAS para práctica de pruebas estimadas. 10 DÍAS audiencia al interesado. 5 DÍAS formular propuesta de resolución en este plazo a contar desde la finalización del trámite de audiencia. 5 DÍAS resolución por el órgano competente.
Thank you for interesting in our services. We are a non-profit group that run this website to share documents. We need your help to maintenance this website.