Planificación tributaria

June 9, 2019 | Author: Diana Chirinos | Category: Taxes, Planning, Government, Politics, Social Institutions
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Planifcación tributaria La planifcación tributaria o fscal es un proceso constituido por un conjunto de actos jurídicos lícitos del contribuyente, cuya fnalidad es maximizar la inversión efciente de los recursos destinados por el mismo al negocio, a través de la reducción de la carga tributaria a la óptima admisible dentro de las opciones que contempla el ordenamiento jurídico. En consecuencia, la planifcación tributaria busca prevenir, evitar o postergar la ocurrencia del eco gravado, con miras a reducir o di!erir la carga impositiva del contribuyente tanto como sea posible de acuerdo a la ley. La planifcación tributaria es una actuación lícita del contribuyente, contribuyente, ya que constituye un ejercicio del principio de autonomía de la voluntad consagrado por la legislación com"n, y materializa las opciones que el propio ordenamiento  jurídico establece. establece. La planifcación planifcación tributaria tributaria desarrolla desarrollada da por #ustos #ustos y $ía. %bogados &ributarios considera, en cada caso, criterios de razonabilidad basados no solamente en la legislación vigente, sino también en el espíritu de la misma, en la interpretación que de ella ace la autoridad tributaria, tributaria, y en la realidad económica de cada negocio. La planifcación tributaria puede implementarse en los siguientes 'mbitos( ) % nivel de la empresa o planifcación corporativa, corporativa, dirigida a estructurar y racionalizar la carga tributaria por concepto de impuesto de *rimera $ategoría, +mpuesto a las entas y -ervicios +%/, patente municipal, u otros tributos. ) % nivel de los due0os de empresas, o planifcación personal, dirigida a reducir la carga tributaria por concepto de +mpuesto 1lobal $omplementario o %dicional, seg"n sea el caso. ) % nivel de empresas !amiliares, la cual adquiere un matiz especial debido a la planifcación específca para fnes ereditarios y de preservación del patrimonio !amiliar en el tiempo, lo cual tiene un importante componente jurídico y económico, adem's de tributario. ) % nivel de pro!esionales independientes. ) En materia de transacciones transacciones o negocios internacionales internacionales desde y acia $ile, dise0ando y sugiriendo aquellas estructuras o instrumentos jurídicos que permitan alcanzar una carga impositiva óptima desde el punto de vista internacional, internacional, considerando al e!ecto tanto las legislaciones vigentes en los países contratantes como los $onvenios para Evitar la 2oble &ributación +nternacional. Clase de la planifcación fscal El sistema fscal vigente en enezuela o!rece muy pocas posibilidades para la orientación y regulación de la actividad económica, debido a que depende b'sicamente de un solo sector, ligado al comercio exterior3 los cambios que puedan ocurrir en la actividad económica no se re4ejan sufcientemente en los

aspectos fscales, debido que no existen mecanismos autom'ticos de respuesta, que sirvan para acer !rente a los cambios que se produzcan y que son necesarios. %unque los impuestos son algo inevitable, una previsión adecuada puede permitir aorros sustanciales en la cuantía de las obligaciones tributarias, así como di!erir el momento en que su pago a de acerse e!ectivo. *or eso, a la ora de emprender cualquier actividad económica, o incluso al tomar otras decisiones de tipo m's personal, deben ponderarse las consecuencias fscales, para así elegir la alternativa m's ventajosa.  &res son los objetivos de la lección( •





%prender a medir la incidencia de los impuestos en diversas situaciones. %prender a elegir la alternativa que permite maximizar los resultados de una actividad, después de impuestos. -aber seleccionar el momento m's oportuno para llevar a cabo el pago de los impuestos.

EJEMPLO: El mecanismo !unciona de la siguiente manera( una empresa 5%5 que realice operaciones de ventas o prestación de servicios, cuyos benefcios sean gravados en el país donde opera, país éste con un alto grado de tributación interna, fjar' precios reducidos en las !acturaciones de sus bienes y servicios a una empresa vinculada 5#5, en !orma tal que el rendimiento de la empresa 5%5 sea menor en su país y a su vez, la empresa 5#5 importadora de los bienes y servicios, teniendo un menor costo de adquisición de los mismos, presentar' un rendimiento muco mayor que si le ubiesen fjado precios en sus adquisiciones equivalentes a aquellos que se fjan a través del libre comportamiento de las variables del mercado. 2e esta manera, este benefcio obtenido por la empresa 5#5 representa un sacrifcio del rendimiento de la empresa 5%5, con el fn de que sea gravado en el otro país, que lógicamente presentar' un régimen tributario, aplicable a los benefcios empresariales, muco m's !avorable Es importante que tengamos en cuenta que la planifcación fscal es una actividad empresarial que se lleva a cabo en todo el mundo, ya que la credibilidad de las fnanzas p"blicas tiene cada vez muco m's peso en la mayoría de los países, especialmente en Latinoamérica. 2e todas !ormas, en mucos países es muy di!ícil poder llevar un control sobre la planifcación fscal de las empresas ya que requieren de una decisión política y por supuesto, de instrumentos efcaces para su desarrollo. 2esde el punto de vista !uncional, la planifcacion fscal no se debe con!undir con las operaciones del control fscal que se encuentran sujetos a alg"n escrutinio. En este caso,

decimos que los actos de control fscal tienen un departamento propio que de dedica precisamente a controlar toda la gestión fscal en una empresa. La aplicación de un sistema de planifcación fscal tiene por propósito de renovar el carácter ormal que posee el control fscal que solía e!ectuarse en vigencia de un estado de dereco dentro de la misma entidad empresarial. Específcamente, el objetivo de la planifcación fscal es centrar el 'rea que corresponda a la !unción de la misma, determinando los aspectos que resultan esenciales en la planifcación, y en una !orma sistem'tica, las dem's atribuciones correspondientes a la constitución legar ejercida por el órgano fscal correspondiente. En cuanto a los objetivos generales que posee la planifcación fscal, podemos decir que los mismos son( la precisión de la relevancia y las características !undamentales que corresponden al sistema de control fscal del país en donde se encuentra instalada la empresa, como también, destacar los objetivos y perspectivas que posee el an'lisis correspondiente sobre todas las posibles circunstancias fscales. *or otra parte, la planifcación fscal tiene por objetivo la determinación de los principales mecanismos que se emplean para la creación de las normas fscales vigentes. % su vez se dedica a analizar las características principales sobre la política fscal que se emplea en dico territorio, conocer los principales instrumentos y e!ectos tanto en la administración centralizada como en la administración descentralizada de una empresa. Es importante que tengamos en cuenta que si bien la planifcación fscal es parte de los recursos administrativos y de gestión que podemos encontrar en cualquier empresa, la misma como unción de estado se encuentra distribuida entre varias entidades pertenecientes al dereco p!blico, que llevan a cabo di!erentes acciones de acuerdo a la estructura que les pertenece. 2e todas !ormas debemos considerar que aunque sean denominadas como instituciones de planifcacion fscal, esta no es la "nica actividad fscal que llevan a cabo ya que a su vez, mucas veces se dedican a realizar los controles fscales correspondientes a cada empresa que se encuentre en su 'rea. Evasión "iscal Es una fgura jurídica que consiste en no pagar de !orma consciente y voluntaria alg"n impuesto establecido por la ley. Esta acción por la que el causante in!ringe la ley realizando el impago, puede tener graves consecuencias para la persona. El Estado establece por ley el recaudo de ciertos tributos para el país y, por ello, no se puede evadir la contribución. La actividad gravada por el impuesto es realizada y ocultada al conocimiento de las autoridades tributarias y, para ello, utiliza métodos ilícitos para reducir la cantidad a pagar. Este tipo de evasión es ilegal y perseguida por la ley como delito penado. Ejemplos pueden ser(







6cultación de ingresos %umento ilícito de los gastos deducibles %dquisición de subvenciones injustifcadas

Elusión fscal Existe otro tipo de evasión conocida como elusión fscal y es legal. Es una fgura lícita en la que se utilizan acciones recogidas en la ley para eludir el pago de un impuesto siempre con métodos y acciones legales. 6tra clasifcación de la evasión fscal depende seg"n sea parcial o total, es decir, si el causante evita el pago parcial u oculta la acción completa. Elementos para la e#istencia de evasión fscal •





7na persona obligada al pago 8ue no se pague un impuesto al cual estaba obligado al pago 8ue se incumpla una ley $%"E&E'C%() PL('%"%C(C%*'

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EL)%*' Es la conducta que lleva a Es el incumplimiento total evitar la declaración y o parcial por parte de los pago de impuestos, contribuyentes en la usando espacios o vacíos declaración y pago de sus Es licita cuando se elige la que deja la ley, sin que obligaciones. -e presenta mejor alternativa legal ello constituya delito o cuando el contribuyente entre posibles opciones in!racción a ninguna evade el pago de su económicas que permitan norma legal, y por tanto, obligación, siendo reducir la carga no es susceptible de ser ilegitimo e ilícito y es impositiva. sancionada. -on compor) considerado delito. tamientos lícitos y  &ambién se presenta legítimos, tendientes a cuando existe disminución evitar o moderar la carga en el monto debido. impositiva. Econom-a de opción En el 'mbito tributario se conoce como economía de opción la posibilidad de que el sujeto pasivo adopte en sus relaciones jurídico)económicas la !orma

tributaria m's ventajosa dentro del marco de la legalidad vigente. La economía de opción es per!ectamente v'lida en !unción de la libertad y autonomía del contribuyente que puede optar por la !órmula menos onerosa entre las diversas !ormas jurídicas aplicables. 9o obstante la licitud de esta conducta se supedita a que la utilización de las normas y !ormas jurídicas no genere la obtención de resultados o fnes distintos de aquellos previstos originalmente por la ley para esa !órmula utilizada. En consecuencia, en tanto no implique abuso de las normas jurídicas o !raude de ley la economía de opción se ajusta a la legalidad. )istema .ributario en +ene/uela Los cambios profundos que trae aparejados cualquier proceso de transformación, han requerido la adopción de ciertas estrategias que permitan lograr eficientemente los objetivos planteados. La primera de dichas estrategias se inició en el año 1989, con la  propuesta de una Administración para el mpuesto al !alor Agregado, que luego fuera asumiendo paulatinamente el control del resto de los tributos que conformaban el sistema impositivo nacional para ese momento. A mediados de 199", se estructuró un programa de reforma tributaria, dentro de un esfuer#o de moderni#ación de las finan#as p$blicas por el lado de los ingresos, que en !ene#uela se denominó %&istema de 'estión ( )ontrol de las *inan#as +$blicas -conocido por sus siglas o +ro(ecto &')/*0, el cual fue estructurado con el apo(o del anco 2undial,  propiciando la actuali#ación del marco legal ( funcional de la 3acienda +$blica 4acional, muchas de cu(as regulaciones se remontaban a los años 56 de esta centuria. 7icha reforma segua las tendencias que en ese mismo sentido se haban generali#ado en nuestra Amrica Latina, como consecuencia de la crisis de deuda p$blica de la dcada de los 86, conjuntamente con los programas de reforma del stado ( de ajuste fiscal entendidos como  posibles soluciones a dicha crisis. )on esta reforma se pretendió la introducción de ciertas innovaciones importantes como la simplificación de los tributos, el fortalecimiento del control fiscal ( la introducción de normas que hicieran m:s productiva ( progresiva la carga fiscal. 7entro del marco as creado, tambin se consideró importante dotar al stado vene#olano de un servicio de formulación de polticas impositivas ( de administración tributaria, cu(a finalidad declarada por el primer &uperintendente 4ac ional ;ributario en el año 199< consista en %reducir dr:sticamente los elevados ndices de evasión fiscal ( consolidar un sistema de finan#as p$blicas, fundamentado b:sicamente en los impuestos derivados de la actividad productiva ( menos dependiente del esquema rentista petrolero.. se cambio tan relevante se logró a travs de la creación del &ervicio 4acional ntegrado de Administración ;ributaria, -en lo adelante &4A;, ho( en dia se le conoce como &ervicio  4acional ntegrado de Administración Aduanera ( ;ributaria0, mediante 7ecreto +residencial 4$mero =16 de fecha 16 de agosto de 199", como un &ervicio con autonoma financiera ( funcional ( con un sistema propio de personal, en atención a las previsiones respectivas de nuestro )ódigo /rg:nico ;ributario. )omo punto adicional, consideramos necesario destacar que conjuntamente con la creación del &4A;, se adoptó tambin un sistema de )ontribu(entes speciales, para atender (

controlar a los contribu(entes de ma(or significación fiscal, adoptando as una estrategia que (a haba sido ensa(ada con >ito en otros pases de Amrica Latina, con estructuras socioeconómicas cu(o com$n denominador es una alta concentración de la rique#a, tales como Argentina ( )olombia, como pioneros ( luego ?rugua(, olivia, +aragua(, +er$ ( cuador. &e lograba de esta forma, el control de una parte importante de la recaudación, mediante el uso de una menor cantidad de fondos, reorientando los recursos siempre escasos de nuestra administración hacia los contribu(entes con ma(or potencial fiscal. *inalmente, a partir de la reciente promulgación de nuestra nueva )onstitución en diciembre de 1999, luego del particular proceso constitu(ente vivido en el pas, el &istema ;ributario en !ene#uela ocupa un lugar destacado en los presupuestos de la @ep$blica, toda ve# que se adelanta, una ve# m:s, un proceso de reforma tributaria tendiente a mejorar el sistema tributario !ene#olano, en la Asamblea 4acional se est:n discutiendo temas de vital importancia para el futuro de nuestro sistema tributario, entre ellos podemos mencionar a la tan esperada Le( de 3acienda +$blica stadal, cu(a promulgación esta en mora por parte de la A.4., la cual esta obligada, por mandato constitucional, a promulgar dicha le( en un lapso perentorio, pero aun no se ha promulgado, asimismo,. &e estudia la aplicación de un nuevo ( especial tributo al cual se le ha denominado %2onotributo, el cual pechara los ingresos del sector de la economa informal, es d ecir el comercio informal. Asimismo, mu(  pronto entrara en vigencia un nuevo tributo derivado de la no menos polmica Le( de ;ierras ( 7esarrollo Agrario. &e ha sabido por informaciones e>traoficiales que el 2inisterio de Agricultura ( ;ierras tiene una lista con m:s de =66 fincas que est:n reportadas como ociosas ( abandonadas, a las cuales se les aplicar: todo el peso de la Le( de ;ierras ( 7esarrollo Agrario, ( se comen#ar: con el cobro del impuesto a la improductividad. ste tributo se declarar: al *isco a pa rtir del =1 de mar#o de 566=, a travs del &eniat, ( tomar: en consideración el año de siembra ( la cosecha de este año, con un mtodo similar al que se usa para el impuesto sobre la renta. l titular de Agricultura, frn Andrade, reveló que han locali#ado fincas con m:s de B.666 hect:reas totalmente improductivas ( con tierras de primera calidad, que tendr:n que cancelar, por lo menos, 1 millardo de bolvares en impuestos anuales. +ara estos casos, el ministro anunció que se aplicar: la tasa m:s alta prevista en la Le( de ;ierras, es decir, de 15,BC, sobre el rendimiento real del terreno. ste rendimiento ser: publicado en la 'aceta Agrcola de acuerdo con el resultado del programa de siembra del año pasado, por rubro.

Principios de &an0o Constitucional1 $abe se0alar que en el 2ereco &ributario 9acional, concebido como un todo, siempre se abía destacado con especial de!erencia el eco de que, desde su creación como tal la :ep"blica adoptó el principio de legalidad o de reserva legal en materia tributaria, con rango constitucional. %sí lo encontramos recogido desde la $onstitución de ;
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