Perfil de Un Feminicida
Short Description
Descripción: el perfil del feminicia...
Description
PERFIL DE UN FEMINICIDA INTRODUCCION La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la mujer "Convención Belén Do Para" en su artículo uno define como violencia hacia la mujer a "cualquier acción o conducta que, basada en su condición de género, género, cause muerte, muerte, sufrimiento física, sexual sexual o psicológico a la mujer tanto en el ámbito público como en el privado". La Constitución Política del Perú establece la defensa de la persona, el derecho a la vida, a la integridad física y el respeto de su dignidad como el fin supremo de la sociedad sociedad y del del estado. sin embargo, las cifras oficiales del Instituto Nacional de Estadística (INEI) evidencian que estos derechos son vulnerables sistemáticamente con actos de violencia extrema hacia la mujer; urgiendo afinar a todo nivel, con acciones concretas, la política del estado. Según la encuesta Demográfica y de salud (Endes 2010), 3.9% de las mujeres en edad fértil alguna vez unidas, manifestaron que su pareja había intentado estrangularla o quemarla, 1,9% que fue atacada por su cónyuge con un cuchillo o con otro tipo de arma. Finalmente, como resultado de la violencia física por parte de sus pareas tuvo heridas, lesiones, dientes rotos, fracturas de huesos y quemaduras. La Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que la violencia contra la mujer constituye un importante problema de salud pública y una violación de los derechos humanos y que estas formas de violencia producen problemas de salud física, mental, sexual, reproductiva y de otra ot ra índole (OMS, 2011). El feminicidio es la violencia extrema hacia la mujer, que ejercen los hombres contra las mujeres y causa la muerte de forma inmediata o diferida. Ocurre en un contexto de violencia familiar, violencia sexual o de discriminación por el "hecho de ser mujer". La gravedad de este problema implica desafíos de la política pública en materia de seguridad, desarrollo familiar y derechos humanos.
I. ORIGEN DEL TÉRMINO FEMINICIDIO
El concepto de feminicidio, fue acuñado acuñado por J. Radfort y D. Russell Russell (1992) para definir aquellos crímenes que son perpetrados contra las mujeres debidas fundamentalmente a las características misóginas en la cultura patriarcal.
El concepto por M. Lagarde, bajo el nombre de feminicidio. El cual para esta “es una ínfima parte visible de la violencia contra niñas y mujeres,
sucede como culminación de una situación caracterizada por la violación reiterada y sistemática de los derechos humanos de las mujeres”
(Lagarde, 2005).
* La señal señal más evidente es un control total que que el hombre hombre intenta ejercer ejercer sobre la mujer en todos los ámbitos de su vida; desde su forma de vestir, de arreglarse, hasta relacionarse con los demás * La descalificación y el maltrato Psicológico, son las armas más comunes que mantienen a la mujer dentro del círculo de la violencia
II. DEFINICIÓN: Es un crimen que afecta únicamente la vida de las mujeres de todo el mundo el feminicidio es el genocidio contra mujeres, permiten atentados contra la integridad, la salud, las libertades y la vida de las mujeres. La Resolución Ministerial Nº 110-2009-MIMDES expedida el 6 de marzo de 2009 que dispone la creación e implementación del Registro de victimas de Feminicidio, considerada como feminicidio al homicidio de mujeres cometido, presuntamente, por la pareja o ex pareja de la víctima, por cualquiera de las personas comprendidas en la ley de protección frente a la violencia Familiar o por alguna persona desconocida por la victima, siempre que el homicidio revele discriminación contra la mujer. En tal contexto, se considera que un homicidio revela discriminación contra la mujer cuando es: Cometido por el esposo, exespso, conviviente, ex conviviente, pareja sentimental o ex pareja sentimental, por un tercero que pretende una
relación sentimental que no concreta, por el compañero de trabajo que la hostiga sexualmente, por el jefe que la acosa sexualmente. También cuando es ocasionado por un por el cliente sexual (en el caso de trabajadoras sexuales); por un desconocido que la viola y la mata; por un padre o madre contra una hija por haber salido embarazada o por tener una relación sentimental no consentida (por el padre o madre), por un proxeneta, por subversivos u otros contra las mujeres del enemigo para humillarlo o desmoralizarlo, selectivo por genero. El concepto de violencia familiar establecido en la ley Nº 26260 ley frente a la violencia familiar es el siguiente: Se entenderá por violencia familiar cualquier acción u omisión que cause daño físico o psicológico, maltrato sin lesión, inclusive la amenaza o coacción graves y reiteradas, así como la violencia sexual, que se produzca entre: a) Cónyuge. b) Excónyuges. c) Convivientes. d) Exconvivientes. e) Ascendientes. f) Descendientes. g) Parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. h) Quienes habitan en el mismo hogar, siempre que no medien relaciones contractuales o laborales. i) Quienes hayan procreado hijos en común, independientemente que convivan o no, al momento de producirse la violencia. j) Uno de los convivientes y los parientes del otro hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad en las uniones de hecho.
2.1. FEMICIDIO Y FEMINICIDIO Aunque, feminicidio es el concepto que se utiliza oficialmente en nuestro país para referirse a los asesinos de mujeres por razón de género, hemos considerado conveniente precisar la distinción en el concepto de femicidio y feminicidio, términos utilizados en Latinoamérica y que no siempre son sinónimos, sino que tienen en significado distintos. Según lo refiere Toledo Vásquez(2009) en “Feminicidio”, todas las
investigaciones que abordan el tema coinciden en que los conceptos de “feminicidio” y “femicidio” tienen sus orígenes
palabra FEMICIDE
propuesta por Diana Russell y Jill Radford; que hace referencia a las muertes violentas de mujeres motivadas por el odio, desprecio, placer o sentimientos de propiedad sobre ellas. “El femicidio representa el extremo de un continuum de terror anti-femenino
que incluye una amplia variedad de abusos vervales y fisicios , tales como violación , tortura, esclavitud sexual (particularmente por prostitución), abuso sexual infantil incestuoso o extra- familiar, golpizas físicas y emocionales, acoso sexual ( por teléfono, en las calles, en la oficina, y en el aula),
mutilación
operaciones
genital(
ginecológicas
clitoridectomias, innecesarias
escisión,
infibulaciones)
(histerectomías
gratuitas)
heterosexualidad forzada, esterilizaciones forzada, maternidad forzada ( por la criminalización de la contracepción y del aborto), psicocirugía, negación de comida para mujeres en algunas culturas, cirugías plásticas, y otras mutilaciones en nombre del embellecimiento. Siempre que estas formas de terrorismo resultan en muerte, ellas se transforman en feminiidios”. (Russell
D. y Radford j. citado por Toledo Vásquez, pp 25). Feminicidio se ha definido también como la “muerte violenta de mujeres, por
el hecho de ser mujeres; Toledo (2009) considera que la expresión muerte violenta como determinante de la muerte, lo que desde la perspectiva penal se refiere al homicidio simple, homicidio calificado ( asesinato) o parricidio en los países en donde existen estas figuras. Para Carcedo y Sagot (2002), el femicidio abarca toda muerte de mujer por acción u omisión, que derive de la condición de subordinación de las mujeres, incluyendo suicidios, muertes por enfermedades no atendidas por
la familia o el sistema, muertes maternas evitables. Es la forma más extrema de la violencia contra las mujeres de todas las edades y se diferencia de otros homicidios de mujeres, porque el factor de riesgo para morir es ser mujer. El concepto de “femicidio” se aprecia en la legislación de Costa Rica,
Guatemala, Chile y Nicaragua. En El Salvador y Perú se utiliza el término “feminicidio” y en algunos estados de México el de “violencia feminicida”, al
igual que en El Salvador que maneja ambos términos feminicidio y violencia feminicida; estos conceptos han sido acuñados por la antropóloga Marcela Lagarde (2008). En 1990 la traducción del término femicide al castellano propuesta por Marcela Lagarde se transforma en el término feminicidio. Transité de femicidio a feminicidio porque en castellano feminicidio es una voz homóloga a homicidio y solo significa asesinato de mujeres. Nuestras autoras definen al feminicidio como crimen de odio acontra las mujeres, como el conjunto de formas de violencia que, en ocasiones, concluyen en asesinatos e incluso en suicidios de mujeres. (Marcela Lagarde en Russel y Caputi, 1990, pp.20). Es preciso señalar que feminicidio y femicidio se hallan implícitos en el concepto base planteado por la Convención Interamericana para erradicar la violencia contra la Muje r (Belem Do Pará, 1994) como “violencia hacia la mujer” que se define asi: “Cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte,
daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito Público como en el privado y puede suceder en la familia, centros de trabajo, escuelas instituciones de salud, en la calle o en cualquier otro lugar”.
2.3 DIFERENCIAS FEMICIDIO
FEMINICIDIO
Se denominan los asesinatos de Se consideran los asesinatos de mujeres considerándolos como mujeres por su condición de género. homicidio Comprende toda una progresión de actos violentos que van desde el maltrato emocional, psicológico, los golpes, los insultos tolerada por el Estado. El conjunto de femicidios, en una situación de absoluta o patente inactividad de los estados para la persecución y evitación de tales crímenes.
El asesinato de mujeres realizado por hombres motivado por odio, desprecio, placer o un sentido de propiedad de las mujeres" El homicidio o asesinato de la mujer por el simple hecho de pertenecer al sexo femenino. No solo asesina el cuerpo biológico de la mujer, se asesina también lo que ha significado la construcción cultural de su cuerpo, con la pasividad de un Estado masculinizado.
III. TIPOS DE FEMINICIDIO:
FEMINICIDIO INFANTIL Privación dolosa de la vida cometida en contra de niñas menores de edad o que no tengan la capacidad mental
TIPOS DE FEMINICIDIO Es una estructura de categorizaciones que permite hacer una identificación de las diversas expresiones derivadas ya sea en expresiones derivadas a razones o motivos.
FEMINICIDIO FAMILIAR Es el asesinato de uno varios miembros de familia cometido por un hombre vasado en parentesco de la víctimas.
FEMINICIDIO INTIMO Asesinatos de mujeres cometidos por hombres con quien la víctima vivía.
FEMINICIDIO SEXUAL SISTEMATICO El feminicidio sexual es el asesinato de mujeres que son secuestradas, torturadas y violadas. Sus cadáveres, semidesnudos o desnudos son arrojados en las zonas desérticas, los lotes baldíos, en los tubos de desagüe, en los tiraderos de basura y en las vías del tren. Los asesinos por medio de estos actos crueles fortalecen las relaciones sociales inequitativas de género que distinguen los sexos: otredad, diferencia y desigualdad. Al mismo tiempo, el Estado, secundado por los grupos hegemónicos, refuerza el dominio patriarcal y sujeto a familiares de víctimas y a todas las mujeres a una inseguridad permanente e intensa, a través de un período continuo e ilimitado de impunidad y complicidades al no sancionar a los culpables y otorgar justicia a las víctimas. Se divide en las subcategorías de organizado y desorganizado y toma en cuenta a los posibles y actuales victimarios.
FEMINICIDIO POR OCUPACIONES ESTIGMATIZADAS Las mujeres son asesinadas por ser mujeres. Sin embargo, hay otras mujeres que lo son por la ocupación o el trabajo desautorizado que desempeñan. Bajo este criterio se encuentran aquellas que trabajan en bares y en centros nocturnos. Ellas son las bailarinas, las meseras y las prostitutas.
FEMINICIDIO SEXUAL SISTÉMICO DESORGANIZADO El asesinato de las mujeres está acompañado -aunque no siempre- por el secuestro, tortura, violación y disposición del cadáver. Los asesinos, presumiblemente, matan por una sola vez, en un período determinado; y pueden ser hombres desconocidos, cercanos o parientes de las víctimas que las asesinan y las depositan en parajes solitarios, en hoteles, o en el interior de sus domicilios.
FEMINICIDIO SEXUAL SISTÉMICO ORGANIZADO El asesinato de las mujeres está acompañado por el secuestro, tortura, violación y disposición del cadáver. Los asesinos pueden actuar como una red organizada de feminicidio sexuales con un método consciente y sistemático a través de un largo e indeterminado período, dirigido a la identidad de sexo y de género de las niñas/mujeres.
IV. CAUSAS DEL FEMINICIDIO La violencia familiar y extra familiar La violencia contra las mujeres es el contexto en el que se dan los femicidios. Más si se toma en cuenta que la mayoría de casos no se denuncian por falta de conocimiento de las mujeres sobre sus derechos y las leyes, falta de instancias en las comunidades rurales, barreras tangibles para las mujeres asociados a la pobreza y marginación, entre otras.
Celos Los celos una de las causas de los femicidios cometidos por esposos, novios y ex esposos motivo que reunió a miembros de varias entidades para exigir castigo a los culpables porque la mayoría queda en la impunidad.
Crimen organizado Según los reportes que maneja de casos investigados, la mayoría de las mujeres asesinadas estaban ligadas a actos delincuenciales como el tráfico de drogas, secuestros y el cobro del impuesto de guerra, y en algunos casos que las féminas se involucran con hombres que tienen problemas con grupos de criminales.
Delincuencia e inseguridad en el país No es casualidad que la mayoría de las mujeres asesinadas sean las más jóvenes. Son ellas las económicamente más activas, las que por trabajo, por estudio y hasta por divertirse salen más al ámbito público. Son ellas las que están en las calles, lugar que la cultura patriarcal reserva a los hombres, mientras destina el doméstico a las mujeres. Teniendo en mente este "mandato cultural", podemos pensar que muchos hombres se sienten con autoridad para disponer ya no sólo de sus cuerpos sino también de sus vidas, como si se tratara de objetos propios y desechables.
Crímenes pasionales Ante la ola de criminalidad en contra de mujeres las, autoridades de la Sección de Femicidios de la Dirección Nacional de Investigación
Criminal (DNIC) manifestaron que de acuerdo a las averiguaciones, la mayoría de esas muertes violentas se debe a venganzas pasionales. Baja Autoestima
V. CONSECUENCIAS DEL FEMINICIDIO o
Existen consecuencias en una madre que le han matado a su hija; y existen consecuencias en un hijo que le han matado a su madre.
o
En el caso del feminicidio arriesga una pena de cárcel.
o
Más temor e inseguridad para las mujeres al salir a la calle.
o
Deseos de venganza por parte de los familiares, en el caso a de saber o sospechar del autor del crimen. Lo cual genera más violencia.
5.1 ¿QUÉ SE ESTÁ HACIENDO PARA DETENER EL FEMINICIDIO? SEGÚN DIARIO PERÚ 21: Proponen crear una base de datos para prevenir el feminicidio. Las autoridades judiciales y policiales podrán conocer las denuncias por violencia familiar presentadas por las víctimas, a f in de poder ayudarlas. Muchas mujeres denuncian a sus parejas antes de ser asesinadas. La coordinadora del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Rebeca Arias, propuso implementar en Perú una base de datos para que autoridades judiciales y policiales estén informadas sobre las denuncias por violencia familiar y así ayudar a prevenir el feminicidio. "Esto permitiría que las distintas instituciones cuenten con redes que estén articuladas y que sepan cuántas denuncias han presentado las víctimas para que se puedan adoptar medidas de prevención", remarcó Arias a la agencia Andina. Sostuvo que durante las mesas de trabajo promovidas por el PNUD, representantes del Ministerio Público contaron que varias mujeres asesinadas presentaron algunas quejas contra sus parejas antes de morir.
"Se habían emitido órdenes de restricción para que los novios, esposos o enamorados no se les acerquen (a las víctimas) u órdenes de arresto. Pero, cuando la mujer muere, recién se descubre que no se habían adoptado las medidas necesarias para prevenir esto", explicó la funcionaria de la ONU. "El tema es que muchos crímenes quedan impunes por diversas razones. Por eso, se deben aplicar de manera efectiva las leyes que están establecidas", agregó Arias.
5.2 SEGÚN DIARIO LA REPÚBLICA: El Pleno del Congreso de la República, aprobó, por mayoría, el proyecto de ley que propone añadir un artículo y modificar otros tres del Código Pena l y uno del Código de Ejecución Penal con la finalidad de prevenir, sancionar y erradicar el feminicidio. Con la aprobación de este proyecto se disponen penas más severas a los autores de feminicidio. Además, estos delitos también implica aplicar coacción, hostigamiento o acoso sexual; abuso de poder, confianza u otra posición o relación que le confiere una autoridad al autor del delito o cualquier acto que implique discriminación por su condición de mujer, independientemente que exista o haya existido relación conyugal, de convivencia o sentimental con el autor. La pena sería no menor de 25 años, cuando la víctima fuese menor de edad, se encontraba en estado de gestación o bajo el cuidado o responsabilidad del asesino; si fue sometida previamente a violación sexual o a un acto de mutilación o padecía de cualquier tipo de discapacidad o se encontraba en situación de vulnerabilidad , entre otros agravantes. La pena sería de cadena perpetua cuando concurran dos o más agravantes. También se dispone que la reincidencia sea considerada como agravante, en cuyo caso el juez aumentaría la pena en no menos de dos tercios por encima del máximo legal fijado para el tipo penal hasta cadena perpetua, sin que le sean aplicables los beneficios penitenciarios de semilibertad y liberación condicional.
El Feminicidio en el Perú se caracteriza por presentar un antecedente de violencia familiar o violencia entre la pareja. En nuestro país el feminicidio fue tipificado dentro de sus legislaciones, pues el Perú no ha sido ajeno al debate de la inclusión del feminicidio en la legislación nacional. De los puñetazos y patadas se ha pasado a los acuchillamientos, a los martillazos. La violencia contra la mujer se ha tornado cada vez más brutal. La situación es preocupante y las medidas adoptadas nunca son suficientes. Algunos son cometidos por conocidos: parejas, parientes, novios, esposos, acompañantes, familiares, visitas, colegas y compañeros de trabajo; también son perpetrados por desconocidos y anónimos, y por grupos mafiosos de delincuentes ligados a modos de vida violentos y criminales. De acuerdo a la información que brinda el Ministerio de la Mujer las mujeres que sufren de violencia familiar están en el rango de los 18 y 35 años. Estos mismos estudios revelan también las zonas de mayor incidencia de ataques. Muchas mujeres mueren en manos de sus parejas. Otras milagrosamente logran sobrevivir aunque las marcas quedarán por siempre en sus cuerpos y el dolor en el alma.
VI: FEMINICIDIO O FEMICIDIO EN EL CÓDIGO PENAL PERUANO 6.1 RESUMEN EJECUTIVO "Con el avance y desarrollo del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la violencia contra la mujer es considerada actualmente como grave vulneración a sus derechos humanos, junto con ello se ha desarrollado una corriente para denominar la violencia extrema contra las mujeres como feminicidio. Sin embargo dicho término es un neologismo anglosajón (femicide) que al ser castellanizada deriva en dos acepciones feminicidio o femicidio, cada una de ellas con sus propias particularidades y estas han sido extendidas en Latinoamérica y en el mundo de distintas formas, al que el Perú incluso no es ajeno. Por ello en el presente artículo, trata de determinar cuál es la definición que recoge el artículo 108-B del código penal peruano, a propósito de la disyuntiva entre femicidio y feminicidio.”
6.2 CASO PERUANO Después de la última modificación de la ley 29819, se promulgó la ley 30068 con fecha 18 de julio de 2013 en la que se prescribe lo siguiente: Artículo 108°-B.- Feminicidio Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años el que mata a una mujer por su condición de tal, en cualquiera de los siguientes contextos:
1. Violencia familiar; 2. Coacción, hostigamiento o acoso sexual; 3. Abuso de poder, confianza o de cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al agente;
4. Cualquier forma de discriminación contra la mujer, independientemente de que exista o haya existido una relación conyugal o de convivencia con el agente. La pena privativa de libertad será no menor de veinticinco años, cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias agravantes:
1. Si la víctima era menor de edad; 2. Si la víctima se encontraba en estado de gestación; 3. Si la víctima se encontraba bajo cuidado o responsabilidad del agente; 4. Si la víctima fue sometida previamente a violación sexual o actos de mutilación.
5. Si al momento de cometerse el delito, la víctima padeciera cualquier tipo de discapacidad;
6. Si la víctima fue sometida para fines de trata de personas; 7. Cuando hubiera concurrido cualquiera de las circunstancias agravantes establecidas en el artículo 108. La pena será de cadena perpetua cuando concurran dos o más circunstancias. Como se aprecia en la citada norma, la mayoría de sus incisos hace alusión a un feminicidio de tipo íntimo, no se habla por ejemplo de la responsabilidad del estado, por la falta de diligencia en la investigación o por la omisión, la negligencia y la colusión parcial o total de autoridades encargadas de prevenir y erradicarestos hechos de violencia contra la mujer.
La crítica que se puede hacer a la citada norma es que al señalar “el que mata a una mujer por su condición de tal”, surge la interrogante ¿qué quiere decir el
legislador con ello? ¿se refiere al aspecto biológico o al aspecto de género? Por ello cuando se está ante el delito el operador jurídico no puede determinar con exactitud si es feminicidio, homicidio, homicidio calificado o parricidio, la línea es muy delgada. Por tanto, el artículo 108-B regulado en el código penal peruano, no se acoge en estricto al femicidio o feminicidio, esbozado por las teóricas Diana Russell o Marcela Lagarde o lo señalado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
VII. PERFIL DE AGRESOR Los datos brindados por la Comisaría de la Mujer indican que el 40% de los agresores tuvieron una relación de pareja con la víctima, y que el hogar es el sitio que ocupa el primer lugar donde se produce la violencia. Los agresores se ubican entre los 26 y los 45 años. El 51% tienen nivel de escolaridad primaria y el 29% un nivel de secundaria. Para la comisionada
Mercedes
Ampié
es
un
dato
alarmante.
“Es preocupante que la mayoría de los agresores no son personas
analfabetas, sino con cierto grado de escolaridad. Esto indica que la violencia es un problema social que tiene raíces muy profundas que no están íntimamente relacionadas con el estrato social o la preparación académica”,
indicó.
Las cifras revelan que el 59% se desempeña en el sector informal y el 20% en el sector agrícola, lo cual tiende a resquebrajar muchos de los prejuicios
en
torno
a
la
violencia
de
género.
“Mucha gente piensa que los abusadores son personas del campo, pero
los datos arrojados por las 58 comisarías que tenemos en el país indican lo contrario. La mayoría son personas de la ciudad. El dato positivo es que sólo un 19% es reincidente. Quiere decir que los programas de
rehabilitación y control de la ira que impulsamos a través de las sicólogas y promotoras sociales están f uncionando”, indicó Ampié.
7.1. ¿CÓMO RECONOCER AL AGRESOR? Evelyn Flores, de la Fundación Puntos de Encuentro, da algunos consejos. “El problema es que a la mujer se le ha enseñado una forma de amar
muy diferente a la del hombre; es la que se entrega toda sin esperar nada a cambio, y confía en él ciegamente, pero existen algunos indicios que pueden alertar a la mujer sobre la presencia de un posible agresor”,
indicó
Flores.
La señal más evidente es la forma de control que el hombre intenta ejercer sobre la mujer en todos los ámbitos de su vida; desde su forma de
vestir,
de
arreglarse
y
relacionarse
con
los
demás.
“Por lo general, los agresores intentan alejar a la mujer de su familia y de
sus amigos para que no tenga redes de apoyo que le permitan salir del círculo
de
la
violencia”,
indicó
Flores.
Según ella, “nada se escapa de su supervisión y registro. Desde
preguntas tan sutiles como quién te está llamando, por qué te saluda ese hombre
y
por
qué
te
retrasaste
15
minutos
en
llegar”.
Flores agregó que “éstos son hombres que controlan el lugar donde
están las mujeres, las horas de entrada y de salida de su trabajo, les revisan el teléfono y la cartera, y las llevan y recogen en todos lados con el pretexto de que quieren protegerlas. Además, quieren tener hijos lo más rápido posible para crear un vínculo que sea más difícil de romper en
el
futuro”.
Por último, estos potenciales agresores hacen uso de la descalificación
para
mermar
la
autoestima
de
la
víctima.
“Estos hombres humillan y ofenden a la mujer. Le dicen que no sirven
para nada, que son una carga económica, que nadie las va a querer como ellos, que no valen nada. Y poco a poco las víctimas se lo creen, hasta que sienten que no pueden vivir sin él”, advirtió Flores.
7.2 ASPECTOS PARA LA EVALUACION Y DIAGNOSTICO A. REFIERE QUE PARA SU EXPLORAR CUATRO ÁREAS
DIAGNÓSTICO
ES
NECESARIO
1. Naturaleza del delito: Se trata de conocer si ha cometido la agresión por abuso de poder, como medio de expresión de la ira…
conocer sus motivaciones.
Historia sexual del agresor. Distorsiones cognitivas: Generalmente, se da una racionalización del hecho delictivo, sintiéndose como víctimas en vez de como agresores. Funcionamiento social: Muchos agresores sexuales no aparecen como deficientes en las habilidades sociales. Sin embargo, se entiende que una incompetencia en alguna de estas habilidades puede ocasionar problemas y disparar la agresión sexual. 2. Evaluación de los Agresores Sexuales
En el ámbito penitenciario, Cándido Sánchez señala diversas técnicas para la evaluación psicológica de los agresores sexuales: 3. Entrevista Autoinforme verbal del delito: Se incluiría dentro de la entrevista, pero, se señala como un aspecto diferenciado por la gran importancia que tiene el relato de la agresión por parte del agresor y cómo se sintió. Evaluación psicofisiológica: Actualmente no se aplica en el medio penitenciario. Medidas basadas en el tiempo de latencia, cuya variable dependiente es el tiempo de respuesta. Medidas psicométricas. Tanto para evaluar aspectos generales (Personalidad: 16 PF-5, MCMI-III, MMPI-2RF…Inteligencia: WAIS-IV…) y aspectos más específicos, como:
Evaluar la violencia: VRAG, HCR- 20… Evaluar la agresión sexual: STATIC, SORAG, SVR-20… Evaluar la presencia de psicopatía: PCL- R… Evaluar al agresor sexual: MSI, EPAS- 3… Evaluar a los abusadores de menores: Escala MOLEST, Cuestionario de Actitudes sexuales…
Evaluar a los consumidores de pornografía infantil: Escala de identificación con niños, Escala de Interés en abuso infantil, Escala de sexo con niños…
7.3 Tipología de los Agresores Sexuales No existe un perfil de personalidad prototípico de los agresores sexuales, sin embargo, se pueden destacar ciertas tipologías, entre ellas las de Groth, quién divide a los violadores en:
Violadores de poder: Su objetivo es la sumisión de la mujer, ejercer poder sobre ella. Violadores coléricos: Utilizan la violación como expresión de su ira. Violadores sádicos: Utiliza tanto la violencia como la sexualidad para humillar a la víctima porque le recuerda a algo que odia.
Este mismo autor establece una distinción entre agresores sexuales de menores fijados y represivos. Los primeros serían aquellos cuya desviación sexual primaria es hacia los menores, se sienten identificados con ellos y suelen agredir de forma premeditada. Por el contrario, los represivos, sustituyen su relación sexual con adultos por las de menores por un estrés precipitante y suelen ser actos impulsivos. En un trabajo de Becerra- García, se señala que los abusadores de menores tienden a poseer rasgos característicos del trastorno obsesivo compulsivo y del grupo de personalidad (ansiosos, temerosos…). Además suelen presentar baja autoestima, estilos de afrontamiento pasivo-agresivo e inmaduros, agresividad…
7.4 Personalidad de los Agresores Sexuales Otra de las clasificaciones importantes es la que establece Prentkly, que establece tres factores a la hora de esclarecer la personalidad de los agresores sexuales:
Significado de la agresión: Violadores Instrumentales: Utilizan la violencia para poder ejercer la agresión sexual. Violadores Expresivos: La agresividad y la sexualidad persiguen el fin de humillar a la mujer. Significado de la sexualidad
Violador compensatorio: Utilizan la sexualidad como medio para satisfacer fantasías sexuales. Violador sádico: Desea ejercer el mayor daño posible. Violador colérico: Viola como medio para expresar su ira. Violador de agresión desplazada: Grado de la impulsividad. Alto grado de impulsividad Bajo grado de impulsividad
Son destacables las aportaciones de Cándido Sánchez acerca de las características que suelen compartir los agresores sexuales, entre otras, haber sufrido abandono parental, disfunciones bioquímicas o lesiones cerebrales prematuras, sobreprotección paternal, haber sufrido abusos, incesto, tener fascinación por el fuego, crueldad hacia los animales en la infancia o adolescencia, haber mantenido relaciones sexuales insatisfactorias que le generasen dudas sobre su masculidad, etc. También descatar que W.Marshall explica que los agresores sexuales no suelen presentar trastornos psicopatológicos, más allá de cumplir ciertos criterios de trastornos de personalidad, pero, que no les impiden comprender la magnitud de su comportamiento. Por otra parte, este autor destaca los sesgos cognitivos egoístas que presentan los agresores sexuales respecto a las reacciones y sentimientos de las mujeres.
VIII. PERFIL DE LA VÍCTIMA la víctima es una mujer sumisa y dependiente. “Las mujeres que llegan a poner la denuncia a las comisarías de la mujer son personas dependientes económica y sicológicamente, con autoestima baja. Lloran con facilidad y tienen poca confianza en sus capacidades y decisione s” explicó. Por eso, además del soporte sicológico que se les ofrece en las comisarías para fortalecer su autoestima, a estas mujeres se les incluye en varios proyectos
que
las
hacen
independientes
económicamente
“Una mujer independiente de su esposo, mon etariamente, no tiene por qué
soportar golpes ni humillaciones. Es por eso que entre la ayuda que se le destina está la inclusión en programas como Usura Cero, Hambre Cero y el Bono Productivo. También las reinsertamos en el sistema educativo, en
actividades laborales y técnicas, y en cooperativas de mujeres empoderadas que han sufrido lo mismo que ellas”.
CASO EN PERÙ-LAMBAYEQUE-CHICLAYO Feminicidio en Chiclayo: PNP fue asesinada un día después de denunciar agresiones Viernes 22 de septiembre del 2017, 22:55
Según el comercio Gianelly Katherine Coronado Rojas (21) habría sido asfixiada por su ex conviviente Fidel Coronado Barturén (27) también agente de la PNP Por: Redacción EC La suboficial PNP Gianelly Katherine Coronado Rojas, de 21 años de edad fue asesinada en Chiclayo ( Lambayeque) por su ex conviviente Fidel Coronado Barturén (27), quien es agente del Departamento de Radiopatrulla de la Policía Nacional. La causa de la muerte fue asfixia mecánica, según informó el titular de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de La Victoria, José Peña Delgado. La suboficial quien laboraba en la comisaría Chiclin de La Libertad, ingresó al Hospital Regional PNP de Chiclayo en compañía de su padre, donde el médico de turno informó su fallecimiento. Tras asesinar a su ex conviviente, Fidel Coronado Barturén intentó suicidarse y se realizó cortes en el cuerpo. Él fue conducido hasta el Hospital Regional de Lambayeque, donde hoy fue dado de alta pero se mantiene bajo custodia policial. De acuerdo a información de la Policía Nacional, Coronado Rojas fue asfixiada en su inmueble, propiedad de su padre, ubicado en la Mz. E, Lote 03, de la urbanización Teresa de Calcuta, en el distrito de La Victoria, en Chiclayo. La PNP indicó que un día antes del asesinato, la suboficial presentó una denuncia en la comisaría de La Victoria por actos de violencia familiar (maltratos físicos y psicológico) por parte de Coronado Barturén. El comando de la región policial Lambayeque dispuso realizar la investigación y determinar las responsabilidades disciplinarias a través de la inspectoría regional. Tras ser dado de alta del Hospital Regional de Lambayeque, Fidel Coronado Barturén fue trasladado a la sede de la División de Investigación Criminal para ser interrogado por el asesinato de la suboficial. Se informó que el fiscal José
Peña Delgado de la Fiscalía Provincial Mixta Cooperativa del distrito de La Victoria solicitará prisión preventiva para el suboficial y un examen psiquiátrico.
VII. CONCLUSIONES 1. La definición recogida en el código penal peruano, en el delito de feminicidio, no se acoge en estricto a las esbozadas por Diana Russell, Marcela Lagarde o lo que ha sostenido la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sino más bien, el legislador ha extraído ciertas partes, creando una configuración penal, que lejos de garantizar la debida protección contra la violencia hacia la mujer ha creído oportuno , por ejemplo, colocar la expresión “el que mata a una mujer por la condición de tal”, generando, por la amplitud de la expresión, un a
imprecisión normativa, que hasta incluso podría atentar contra el principio de tipicidad.
2. La crítica que se puede hacer a la citada norma es que se observa una inclinación del tipo de feminicidio íntimo, y no esboza lo señalado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) o lo señalado por Marcela Lagarde sobre la responsabilidad penal del estado y de sus funcionarios.
3. No comparto la postura radical de señalar que el feminicidio deba ser considerado como genocidio o delitos de lesa humanidad, sin embargo es claro que tal y como está redactada la norma no hay una clara protección frente a la violencia contra la mujer.
LINKOGRAFIA http://perso.unifr.ch/derechopenal/assets/files/temas/t_20150208_ 02.pdf http://www.un.org/es/women/endviolence/pdf/reg_del_femicicidio. pdf http://www.flora.org.pe/web2/index.php?option=com_content&vie w=article&id=564:el-feminicidio-en-el-peru-caminos-recorridos-yretos-para-su-prevencion-y-sancion&Itemid=100 https://elcomercio.pe/peru/lambayeque/feminicidio-chiclayosuboficial-denuncio-violencia-familiar-asesinada-noticia-459883 https://peru21.pe/noticias/feminicidio http://www.infosal.uadec.mx/derechos_humanos/archivos/15.pdf
.
View more...
Comments