Parcial 4 Contratos FALTA LA 10

September 11, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Share Embed Donate


Short Description

Download Parcial 4 Contratos FALTA LA 10...

Description

 

1

El caso plantea un contrato de fianza (art 1574 CC y C) entre Angel y la vendedora, por el cual Angel de las partes se obliga accesoriamente por un tercero (os!), y la vendedora acepta la garantia accesoria" os! cumple con el pago de la primera cuota, pero de#a de pagar las siguientes, por lo tanto Angel se convierte en deudor, $uedando obligado ante la vendedora" %or lo tanto, la vendedora puede e&igir el cumplimiento de la fianza a Angel, pero al no 'aber  beneficio de e&cusin deber ir primero contra el patrimonio de ose" ose" *i los bienes $ue se se e#ecuten a #ose solo alcanzan para un pago parcial, la vendedrora podr reclamar a Angel el saldo restante (Art 15+)" 2

uan 'a realizado una donacin con cargo (art 15-.) a su 'ermano Angel" Esto $uiere decir $ue Angel est obligado a cumplir con los cargos impuestos por uan (art 15-), ba#o pena de revocacin (art 15-/)" El art 1570 determina $ue, cuando la donacin 'a sido de bienes inmuebles y en el instrumento  pblico estn e&presadas las las cargas impuestas por por el donante, la revocacin de la donacin anula las ena#enaciones, servidumbres e 'ipotecas consentidas por el donatario" %or lo tanto, uan tiene derec'o a demandar la revocacin de la donacin, anulndose de acuerdo al art 1570 la venta del inmueble a 2gnacio"  El donatario $ue ena#ena los bienes donados, en este caso Angel, debe resarcir al donante el valor de las cosas donadas al tiempo de  promoverse la accin de revocacin, revocacin, con sus intereses" intereses" 2gnacio no tiene motivo de $ue#a, ya $ue en el mismo t3tulo del dominio (art 155.) 'ay constancia del riesgo a $ue se e&pone ad$uiriendo ese inmueble" *in embargo, 2gnacio puede  puede impedir los efectos de esta esta revocacin, ofreciendo cumplir cumplir con el cargo impuesto en la donacin y reabrir la guarder3a, obligndose a 'acerla funcionar por .0 aos (art 1570), puesto $ue la carga impuesta no debe ser e#ecutada precisa y personalmente por ngel" 3 Estamos ante una cesión de créditos (Art 1614), y los derechos que asisten a las partes son: Al haer concurrencia de cesionarios (Art 1622) la pre!erencia corresponde al primero que ha noti"cado la trans!erencia trans!erencia al deudor, noti"cación hecha por #oaqu$n en un instrumento pri%ado de !echa cierta como lo es un tele&rama (art 162') Aleandro por su parte puede reclamar la cesión de un derecho ine*istente (Art 162+), reclamando a #uan la restitución de el precio pa&ado con la di!erencia del derecho cedido y el precio de la cesion, un total de 2'''' -uis, no tiene nin&.n derecho, ya que no reali/ó nin&una cesion de créditos con #uan 4 Al estar ante un contrato de comodato, 0icardo dee ale&ar que #osé dee suetarse a las oli&aciones de comodatario, entre las cuales de encuentra

 

la de responder por la pérdida o deterioro de la cosa, incluso los causados por caso !ortuito (Art 136)  #osé por su parte dee dee ale&ar que la sustracción sustracción del coche huiera huiera acontecido i&ualmente si la cosa huiera estado en poder de 0icardo 

uan y %edro prorrogrado el contrato, *egn lo $ue se entiende del caso darle intervencin a Ernesto, por loplanteado, cual suponemos $ue la'an obligacin de fianza no se 'apero sin renovado" 6o puede darse el supuesto de $ue la l a fianza fuera e&tendida por disposicin en el  primer contrato, ya $ue esto est est e&presamente pro'ibido por por el art 1..-" %or lo tanto, el locador l ocador no puede dirigirse contra Ernesto, sino $ue debe 'acerlo contra %edro y dirigir sus acciones 'acia !l" uan debe intimar al pago de las rentas adeudadas dandole un plazo no menor de 10 dias a pedro  para $ue cumpla (Art 1...)" 1...)" *i el incumplimiento persiste, #uan debe demandar el desalo#o, cuya e#ecucin de sentencia no puede darse en un plazo menor a 10 dias (Art 1..)" 6

El Codigo aCivil y comercial aselos refiere a la responsabilidad posaderos dedicados dar alo#amiento via#eros" *in embargo, el de art los 175 asimila la lya profesionales responsabilidad a los restaurantes, y segn Art 170 inc a) el 'otelero responde por los efectos introducidos en el establecimiento, y por lo tanto *ilvia podr reclamar por sus bienes al 'otelero" 

C, iguel puede e&igir el pago de la deuda por entero a uno de los *egn el art + del CC y C, deudores o a todos los codeudores solidarios simultanea o sucesivamente" 8e acuerdo al art 15/0, el $ue 'a afianzado a uno de los deudores solidarios $ueda subrogado en los derec'os del acreedor en el todo, pero no puede pedir contra los l os otros sino lo $ue en su caso le correspondiese repetir contra ellos al deudor afianzado" Es decir, el vendedor puede e&igir el pago de la deuda a cual$uiera, o a todos los deudores" *i artin se niega a pagar, pagar, puede dirigir sus acciones contra 9eonardo, por el todo de de la deuda" 

Estamos ante una gestin de negocios a#enos sin mandato (art 17+1), ya $ue 9uis, se encarg sin mandato de la gestin de un negocio (las reparaciones) $ue afecta al patrimonio de %edro (su casa)" 9uis se somete, por su accionar, a todas las obligaciones $ue la aceptacin de un mandato importa al mandatario" %edro: puede ratificar la gestin realizada por 9uis (art 17/0), $uedando sometido para con 9uis a todas las obligaciones del mandante" Esta ratificacin tiene efecto retroactivo al d3a en $ue la gestin comenz" Est igualmente obligado a devolver a 9uis el dinero de los gastos ocasionados por el arreglo, en caso de $ue 9uis pague la totalidad de la obra, con los intereses desde el d3a l os 'izo, los y tambi!n iandemnizarlo porretribucin las obligaciones $ue 'ubiese contra3do (art$ue 17+5) 6o est obligadoa indemnizarlo pagarle a 9uis algunapersonales por el servicio de la

 

gestin, puesto $ue esta no es su actividad profesional pero si porlos daos $ue 'ubiera podido sufrir en e#ercicio de la gestin 9uis: $ueda personalmente obligado con el ar$uitecto (art 17+4), es decir $ue debe pagar la obra completa en principio" 9uego, puede reclamarle a 9uis el pago de los gastos correspondientes al momento de la ratificacion" Est obligado tambi!n a dar cuenta a %edro de la gestin realizada (art 17+.), admiti!ndose toda clase de prueba respecto a la gestin y a los gastos ocasionados  por ella" El ar$uitecto: mientras %edro no ratifi$ue la l a gestin, slo puede cobrarle a 9uis por sus traba#os" %uede demandar a %edro por las acciones $ue correspond3an a 9uis e#erciendo una accin subrogatoria si 9uis no paga" / Como estamos al frente de un deposito gratuito, el depositario, en este caso ose, puede e&igir a  #uan, el depositante, $ue reciba los bienes depositados en cual$uier cual$uier momento sin acarrearle ninguna consecuencia" El depositante no deber3a ningn precio por la l a guarda, salvo $ue se 'aya 'a ya incurrido en gastos para la conservacin de las cosas 10  Analice las distinciones que pueden hacerse hacerse entre los contratos de mandato mandato y consignación conforme conforme las disposiciones del Nuevo Código Civil y Comercial. (10 puntos)

El mandato cuando una parte se oli&a a reali/ar uno o mas actos ur$dicos en interés de otra uede ser con o sin representación, y con!erido o aceptado e*presa o t5citamente e presume oneroso y si no !ue pactado pre%iamente se estalece mediante disposiciones le&ales o re&lamentarias aplicales, pero de no e*istir estas la remuneración la determinara el ue/ Al poder ser con o sin representación, el mandato puede oli&ar directamente al mandante (en caso de ser con representación) o solamente oli&ar al mandatario !rente a los treceros (mandato sin representación)

El mandato es el &énero y la consi&nación es la especie -a consi&nación es cuando el mandato es sin representación para la %enta de cosas mueles Es oneroso y de no haerse pactado la retriución ser5 la de uso com.n en el lu&ar de cumplimiento de la consi&nación Al no tener representación, el consi&natario es quien queda directamente oli&ado hacia los terceros con queienes contrata

 

A0789-; 1336< 8ndi%isiilidad -a consi&nación es indi%isile Aceptada en una parte se considera aceptada en el todo, y dura mientras el ne&ocio no esté completamente concluido A0789-; 133< ;li&aciones del consi&natario El consi&natario dee austarse a las instrucciones reciidas, y es responsale del da=o que se si&a al consi&nante por los ne&ocios en los que se haya apartado de esas instrucciones A0789-; 133+< la/os otor&ados por el consi&natario El consi&natario se presume autori/ado a otor&ar los pla/os de pa&o que sean de uso en la pla/a i otor&a pla/os contra las instrucciones del consi&nante, o por términos superiores a los de uso, est5 directamente oli&ado al pa&o del precio o de su saldo en el momento en que huiera correspondido A0789-; 134'< 9rédito otor&ado por el consi&natario El consi&natario es responsale ante el consi&nante por el crédito otor&ado a terceros sin la dili&encia e*i&ida por las circunstancias A0789-; 1341< rohiición El consi&natario no puede comprar ni %ender para s$ las cosas comprendidas comprendidas en la consi&nación A0789-; 1342< 0etriución del consi&natario i la comisión no ha sido con%enida, se dee la que sea de uso en el lu&ar de cumplimiento de la consi&nación A0789-; 1343< 9omisión de &arant$a 9uando, adem5s de la retriución ordinaria, el consi&natario ha con%enido otra llamada >de &arant$a?, corren por su cuenta los ries&os de la coran/a y queda directamente oli&ado a pa&ar al consi&nante el precio en los pla/os con%enidos A0789-; 1344< ;li&ación de pa&ar el precio i el consi&natario se oli&a a pa&ar el precio en caso de no restituir las cosas en un pla/o determinado, el consi&nante no puede disponer de ellas hasta que le sean restituidas -os acreedores del consi&natario no pueden emar&ar las cosas consi&nadas mientras no se haya pa&ado su precio

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF