Pa1 Derecho Procesal Civil Ii
March 23, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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“AÑO DEL FORTALECIMIENTO DE LA SOBERANÍA NACIONAL”
Estudiante: Guevara Quispe Milagros de Fátima Docente:
Manuel Jesús Ojeda Acosta
NRC:
13076
Tema:
El Proceso Único de Ejecución en el Código Procesal Civil
OCTUBRE – 2022
El Proceso Único de Ejecución en el Código Procesal Civil Introducción En el presente ensayo abordaremos el tema sobre El Proceso Único de Ejecución en el Código Procesal Civil, asimismo hablaremos de los requisitos comunes y definiremos sobre mandato ejecutivo. El Proceso Único de Ejecución es ese que no importa los principios del título sea este judicial o extrajudicial promueve el mismo proceso o sea no se diferencia el proceso que da origen un título judicial a los otros que no son judiciales. El código de 1993 nos habla de 3 procesos de ejecución: proceso ejecutivo; proceso de ejecución de soluciones judiciales; proceso de ejecución de garantías (reales) no son procesos auténticos de ejecución son métodos diversos de empezar un proceso de ejecución. Anterior a la modificatoria elaborada al Código Procesal Civil (CPC) por medio de Decret Dec retoo Le Legis gislat lativo ivo 1069, 1069, se dis distin tinguí guíaa en entre tre pro proce cesos sos eje ejecut cutivo ivoss y pro proce ceso soss de ejecución. Gracias a una confusión en los operadores respecto al trámite diferenciado de todos ellos, así como a sus causales de contradicción, se metió una secuencia de modificaciones al Título V de la parte quinta del CPC, estableciéndose de esta forma un “proce “pr oceso so ex exclu clusiv sivoo de ejecuc ejecución ión”. ”. No obs obstan tante, te, si bie bienn el trámit trámitee respe respecti ctivo vo fue simplificado, sigue siendo viable diferenciar, en cierto modo, entre ejecución de títulos ejecut eje cutivo ivoss de natura naturalez lezaa jud judici icial, al, eje ejecu cució ciónn de tít título uloss de natura naturalez lezaa ex extra trajud judici icial, al, ejecución de obligación de ofrecer suma de dinero, entro otros. O sea, no se arribó al fin de entablar un proceso “único de ejecución”.
El Proceso Único De Ejecución Es un proceso por medio del cual se despliega la Tutela Ejecutiva que brindan los órganos jurisdiccionales del Estado para hacer consumar obligaciones contenidas en documentos llamados títulos teniendo como primordial característica ser de trámite breve y coercitivo, además de tener como objetivo el cumplimiento de un derecho que ya fue identificado en un título ejecutivo El proceso único de ejecución es de trámite breve y coercitivo, con el fin de que se cumpla con un derecho que ya ha sido reconocido en un título ejecutivo.
Requisitos comunes De acuerdo al artículo 689 del Código Procesal Civil, procederá la ejecución cuando la obligación contenida en el título sea cierta, expresa y exigible. Cuando la obligación es de dar suma de dinero debe ser, además, líquida o liquidable mediante operación aritmética. Segúnn Narváez Segú Narváezdescritas (2008) (2008) enmenc menciona iona que las prestaci prestaciones son activo ciertas, ciertas,(acreedor) cuando están está perfectamente el título la existencia de ones un sujeto y unn
sujeto pasivo (deudor) pero nada impide que uno y otro sujeto sea múltiple, esto es, que vinculan a varios acreedores con un deudor o varios deudores con un acreedor, o varios acreedores con varios deudores. O sea, que es cierta su objeto (prestación) se encuentre señalado en el título. Igualmente, son prestaciones expresas, cuando constan por escrito aquello que el deudor debe satisfacer a favor del acreedor. La exigibilidad de la obligación importa que la misma no esté sujeta a condición o plazo. En otras frente a sin obligaciones cuando estas sean puras,palabras, simplesnos y suencontraremos plazo haya vencido, que esté “exigibles” sujeta a condición alguna. (Casassa Casanova, 2016, p. 247) En ultimo lugar, decimos que una deuda es líquida cuando esta puede calcularse.
Mandato ejecutivo Artículo 690-C.- Mandato Ejecutivo El mandato ejecutivo, dispondrá el cumplimiento de la obligación contenida en el título; bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada, con las particularidades señaladas señaladas en las disposiciones especiales. En caso de exigencias no patrimoniales, el Juez debe adecuar el apercibimiento. Dicho de otra manera, el Mandato Ejecutivo contiene la intimidación al ejecutado para que cumpla con la prestación dentro del plazo fijado por el Juez. el Juez adoptará las siguientes medidas de acuerdo a la naturaleza de la obligación: 1. Impondrá multas sucesivas, acumuladas acumuladas y crecientes hasta que el demandado cumpla con el mandato judicial. El monto de las multas será de 1 a 20 URP. 2. Si persistiera en el incumplimiento, denunciar penalmente al demandado por el delito contra la liberta de trabajo o resistencia a la autoridad
Conclusiones
El proce proceso so único de ej ejecuc ecución ión es un proce proceso so breve que se realiza realiza con el fin de que se haga cumplir con un derecho que ya ha sido reconocido en un título ejecutivo, no importa los principios del título sea este judicial o extrajudicial. La ejecución ejecución procede cuan cuando do la obligació obligaciónn contenida contenida en el título sea cierta, cierta, expresa y exigible. Asimismo, si la obligación es de dar suma de dinero debe ser, además, líquida o liquidable. El juez de acuerdo a la obligaci obligación ón que se pres presente ente será quien quien determinara determinara las medidas para el cumplimiento de la o las obligaciones.
Referencias
Gaceta Jurídica (2014). El Código Procesal Civil explicado en su jurisprudencia . Lima: Gaceta Jurídica Ledesma, Narvaez (2008). Comentarios al Código Procesal Civil . Tomo III. Lima: Gaceta Jurídica. DERECHO & CAMBIO CAMBIO SOCIAL. (s. f.). Recuperado 30 de octubre de 2022, de
https://www.derechoycambiosocia oycambiosocial.com/revista006/lab l.com/revista006/laboral.htm oral.htm https://www.derech
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