Ozouf, Mona y Furet, François_Diccionario de la Revolución Francesa

May 22, 2020 | Author: Anonymous | Category: Nobleza, Monarquía, República, Gobierno, Política
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ANTIGUO REGIMEN La noción de «Antiguo Régimen » es con ubstancial con la Revolución francesa. nifica su envés, su lado malo, su negan. Y no solamente lo que preced e a la Revolución, sino todo aquello frente a lo ualla Revolución se constituyó como rezo, ruptura y advenimi ento . Es, asimis0, inseparable de la pareja qu e forma con la idea francesa de revolución, diferencián d la de la acepción anglosajona del mismo [ nnino. La Revolución inglesa de mediados del siglo XVII trastrueca la monarquía en nombre únicamente de una Constitución adicional. Sus más decididos partidarios, usmilitantes más igualitaristas jamás tuvieron la ambición de fundar una sociedad radicalmente nueva basada en una humanidad enerada; conservaron, al cont rario, la Idea de restaurar un orden social traicionado, una promesa olvidada. Poco tiempo d spués, exactamente antes del acontec imiento francés, los rebeldes americanos se levantan COntra la tiranía inglesa en nombre d .Ia Constitución inglesa. Los que habían hUld~ de Europa un siglo antes para no tener ru monarquía, ni aristocracia, ni Iglesia restaurada, ¿cómo iban a tener, además, un c:lIltiguo régimen»? Tocqueville opondrá la democracia en América establecida en el Continente a raíz del poblamiento europeo, lademocracia revolucionaria francesa, que tu~o que derribar el orden aristocrático antenOr. Ambas experiencias son comparables for su. naturaleza y sus principios; sus di.erenclas provienen de la presencia o de la In . eXistencia de un «Antiguo Régimen », 511

condición sine qua non, .seg ún Tocqueville, de la «Revolución». De hecho los franceses del siglo XIX siguen obsesionados por ese brutal paso del Antiguo Régimen a la Revolución, que les define como colectiv idad política. Constituyen un pueblo tan espectacularmente dividido que no puede amar conjuntamente toda su historia, aunque está obsesionado por ella. Un pueblo que si ama la Revolución, detesta el Antiguo Régimen y si año ra el Antig uo Régimen, odia la Revolución. Incluso aquellos que quie ren recomponer lo que la historia ha roto, se defienden malamente frente al sentimiento de un desgarrón irremediable. Chateaubriand pretende reconciliar la antigua realeza y la nueva democracia, pero sus libros se nutren del sentimiento incontenible del fin de un mundo y el comienzo de una edad nueva. Este sentimiento es tan fuerte en la cultura francesa que ha hecho de la idea de «Antiguo Régimen » una especie de eviden cia nacional, expuesta y recibida como ob via. Pero solamente cuando se organizan nuestros estudios históricos en la Universidad adquie re su expresión a partir de esta ruptura canónica: el Renacimiento inaugura la historia «moderna» para term inar en 1789, y la historia contemporánea comien za en 1815. Entre ambos macizos tan bien señalizados se extiende un no man 's land cronológico que constituye la historia de la Revolución: el momento de la ruptura o del paso de una época a otra. Es ahí donde los profesores extienden y certifican el acta de

Antiguo Régimen

Ideas , 13

defunción del Antiguo Régimen, es decir, en 1789. Por todo ello la idea se presta mejor a ma~c~r. ~a ruptura revolucionaria que a una ~eflnlcl~n. de cuanto la precedió. Si el AntIguo Régimen muere en 1789 ' de cuánd data?: dado con estas palabras la vol~clon maldijo y execró todo a la vez, feudahdad. y. mo~arquía, Edad Media y Esta~o ad~lnlstratIvo de los siglos XVII y XVIII, (habra que entender qué quiso rechazar toda la .h ist~ria que le precedió? ¿O, incluso, la hl~~ona universa l, pensada como una co~rupcIOn del hombre? A las dificultades eplstemo.l?gicas que, en todo caso, presenta la nOCIOn de una ruptura histórica según la cual el después es radicalmente diferente del ante:, el con:epto de «Antiguo R égi~~n~ anade las Incertidu mbres de definiCIO~ .lnseparables de su extraordinario éxito pol ítico. Para dominarlas, lo más sencillo es arrancar de las condiciones en que se formaro n. La expresión Antiguo Régimen aparece ya en numerosos cuadernos de quejas pero su uso ~tá limitado a casos muy con~ cretos, por ejemplo : «el antiguo régimen de votar por órdenes.. (clero, senescalía de Ca.rcasona). Cuando alguno de estos textos qUiere expresar la idea de un cambio global~ que está en el ambiente, contrapone al antIguo «el ~uevo orden de cosas.. (Tercer Est~do, Amiens: nob leza, intramuros de Pans). Así, pu~s, el al~ance de la palabra «régimen » se circunscribe, en primer lugar a u secto r de la administración . El 17 de marz: de 1789 el prospecto de una obra titulada L '/mpót abonné, aparecido en un suplemento del [oumal de Paris, habla de «los abusos del antiguo régimen » para contrapo nerlos al nu evo sistema fiscal propu esto . El 11 ~e. a.gosto, después de los célebres debat~ iniciados la noche del 4, la Asamblea •a~IODal vota que «destru ye enteramente el regimen feudal ... Y por ello entiende, según lo demuestra el cuerpo del decreto, no solamente lo que pervive de la propiedad feu-

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nas palabras antiguas», encontramos en .ere, como los monárquicos, compartir «Régimen»: «en política equivale a adminisoberanía al modo inglés entre el Rey y tración, a gobierno. El antiguo régimen es ; s Cámaras, defiende el veto real como la antigua administración, la que existía an°nstitutivo de la monarquía, y no cabe tes de la revolución, y el nuevo régimen , el ti da que hace suya la segunda de sus hipó- que ha sido adoptado a partir de esta épouis. Ha dejado , sin embargo, el camino ca, aquel del que los verdaderos patriotas ~bierto a la primera, que triunfará fácilmen- aguardan su felicidad y que desespera a los te, puesto que las tesis de los monárquicos zánganos que sólo se alimentaban de los rán aplastadas. Junto con ellas desapareabusos que autorizaba el antiguo régimen ... rá lo que aquel primero de septiembre el Ya desde estas fechas aparecen bien consoorador había llamado «gobierno monárquilidados los dos polos antagónicos de la reco- , o «antiguo régimen », para dar lugar a volución y el antiguo régimen. La desapauna Asamblea única dotada de una soberarición de éste condiciona la felicidad de los nía indivisible, Y a un rey transformado en nuevos ciudadanos. El substantivo «régiprimer funcionario del reino . men » ha sufrido un deslizamiento para ser Así, pues, la Revolución no esperó a desempleado en lugar de la vieja palabra «gotronar al monarca -lo que no hará hasta el bierno», tan frecuen te en la filosofía polít i10 de agosto de 1792- para definir con tra ca del siglo con un sentido mucho más amél e! «Antiguo Régimen ». Le bastó a partir plio que ho y. Este hecho permite a los «padeseptiembre de 1789 con desnaturalizar lo triotas » unir en la misma maldición la que para Liancourt era la «esencia» de la «constitución monárquica» y el «régimen monarqu ía, confinando en adelante a feudal .., porque en adelante va a servir para Luis XVI a las funciones subordinadas de designar indistintamente la sociedad antigua jefe de! poder ejecutivo. El 5 Y 6 de octuy el «gobierno .. antiguo. bre, además, el pueblo convertirá incluso La Asamblea Constituyente tuvo, pues, estas funciones en algo puramente ilusodesde muy prontO el sentimiento de «haber rio. Es verdad que las cosas no presentan destruido todo» y de «haber reconstruido unos perfiles tan definidos. Por ejemplo, todo». Estos son los mismos términos del muchos diputados, y Mirabeau el primero, solemne mensa je a los franceses, leído por iguen oponiendo la joven República ameTalleyrand el 11 de febrero de 1790, en que ricana, donde ha sido posibile fundar instila Asamblea resume Y exalta su obra. En el tuciones totalmente nuevas, al viejo reino capítulo de las destrucciones figuran conde Francia, donde ha sido preciso repescar juntamente la monarquía absoluta, los Esla monarquía hereditaria del baúl de los retados Generales, los órdenes, los privilecuerdos del pasado. Pero tal constatación gios, la feudalidad. En el de las reconstrucno implica automáticamente la necesidad de ciones, la soberanía de la nación, encarnada un compromiso. El aplastamiento de los por la Asamblea, la ciuda danía, la nueva di~o.nárquicos , que rubrica el fin de la travisión del reino fundamento de una repre~Iclón monárquica, es el inventor del «Ansentación justa, la igualdad de todos ante la nguo Régimen ». ley. En cabeza de lista el obispo de Autun Hay un texto de comienzos de 1790 que cita el principio que condiciona el nuevo n?s permite medir el camino hecho por la «edificio », contrapuesto término a término formula y por la idea. En un Diccionario al antiguo, se trata de los Derechos del pu~licado en esa fecha por Chantreau, al Hombre: «Los derechos del hombre eran objeto de «servir a la comprensión de las desconocidos, insultados desde hace siglos, palabras con las que se ha enriquecido nueshan sido restablecios para la humanidad entra lengua a partir de la revolución, y del nuevo significado que han adquirido algu- tera ...»

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Ideas SI Por ello la abol~ció~. del Antiguo Régien colectivo E ' e~cuentra su Justificació n última en la de -un recomenzar .1 . Sta Idea ex, tr ana, SI a ponemos en rel ' . id I oso fía del D erecho natural El . bl ' aClOn can 1 ' 1 bid . senn o vira e continuidad de 1 ' . a Ine. g o a e las reformas de la A sam blea se a eXIStencI h' d e los pueblos, extrae ca su c a . IStóri. centra en su, vOluntad de asenta r el nuevo ilusión y de acción a la d apacldad d COntrato socia l sobre los derech ' va ela , ibl os Impres- di e pu~~lo COntra la desigualdad re\'Ueha cnpn es. de los individuos, y ante todo, so~re el pn~ero de ellos, la libertad. En úl- de las elites en !a filosofía del sigl~. de la fe Pe~an~ce aun domesticada en la timo termino es este formidable bascul 1 aren Constlt~clón por la presencia de LUIS nueva reÍaci acion con os principios de 1 . . d a antigua soc~e ad lo que da a I~ idea de Antiguo Ré- como SI . ~I rey de ayer, recuperado XVI, 1 por la Revol uclOn para un papel gimen a la vez una cimentación f'l 'f' . ' . tOta mente d · l' lOSO rca y tinto, siguiera siendo a d IS· d su ra I~a rsrno , Pone frente a frente un oro 1 ' pesar e todo vincu o de unión entre los f ' Un ? en social que extrae su legitimid ad de hi , ranceses " d UM ist o n s , Pero esta fra'gl'l f' . o Je rarquia quen a por Dios y un COntrato ICClon, ya b Y su ~tanfundado en el consentimiento de individuos te maltratada en las jornadas de res que depositan en común sus «dere1789, muere Con la huida a Vare::;~ (: e ~e e os». La Revolución es el punto en que se 17~1). Antes de abandonar las Tult ?IO LUIS XVI dejó sobre su mesa de tr e~I~. opera ese paso de lo antiguo a lo nuevo, retractación pública de todas I al ala consecuente mente es la negación de los si- una luci . as eyes glos pasados en los que los derechos del re~o UClonanas que se había visto obligado hombre ~ran «desconocidos, insultados». a firmar, además de que su partida lo di El mensaje del 11 de feb rero del 90 no lle- tod? sobre su~ sentimientos. Aunque la ~~~ g~, o no llega todavía, a hacer una referen- >:ona de los diputados le devuelva su trono sl;;lUland~ ~~eer en su rapto, el resultado es cia al «estado de naturaleza» como 1 f'l f di ' 1 . , a I oe I~ opunon revolucionaria en estos días so la e slg o, limitán dose a hablar del bl ' . «resle cns~s COrta el último lazo que aún unía ta ecrrmenro; de un princl'pI'O ' d d d' pisotea o es e muy antiguo. ¿D esde Cuándo ? Ta- e Antl?uo Régimen con la Revolución. lIeyrand no lo dice . Pero su silencio, refor- ~~mo Siempre, Robespierre lo ha comprenI o y lo. expresa animando el combate parzado por la referencia a «la humanidad _ tera», es ~~ indicador suficiente de q ue e:~a ~a~~ntano del verano contra la operación e_ anq ueo a que se entregan con más erncondenaclOn de~ pasado remite, como en Rouss eau? a una Interminable corrupción de pen? que nunca, pero no a toda costa, los FeuJllants para logra r mantener a Luis XVI la hu mafildad po r la historia. en ~~ Co?stitución revisada . Una vez más Así, pues, la idea de «Antiguo Re'g' E: 1d ' rmens, sera frm~,a a por pnmera vez en relación Con d el quien un año después el 29 de julio .' .e 1792 ' 1es diiga a 1os Jacobinos que e! go~i~~ terno m0n,árqu ico, enc uentra la pl e- biern o de la Revo 1UClon . o «es una mezcla ,de su senot~do en el entrecruzarse de monstruosa del antiguo y del nuevo régilo SOCial, lo polmco y lo filosófico En . b d . . sep- men". ne rn re eSlgna, para rechaza rla la '. , .o , Vieja El 10 de agosto llega la hora de la justicia «constlt uclOn,. del reino pero t bi h servid o ' ' am len a para este, ,monstru o y el mes siguient e la o muy rapldamente para expresar la condena del.régimen feuda l abo lido el 11 de ConvenclOn, en su pri mera sesión pro cla, ma ,la R.epu' bl'ica. A partir de ese momen to :gosto y qU.I~ce días después la votación de R o ' el terminO «Antl ' g uo egrrnen» se ve lib I re a DeclaraclOn de los derechos, toda una de toda cascada de acontecimientos y d eCISlones ' . . hipote , ca y pasa a ser empleado revoluclOnanamente. Tiende a designar todo qu~ .arrancan al viejo reino de su pasado y unifican la nueva nación en torno a la idea lo que es antagonista de la Revolución y como su . , .. antlprlnClplO. y de repente su en-

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Antiguo Régimen

rnación y hasta su definición cronológica cabran una extensión indefinida. El mejor ~~mbolo de todo ello es Luis XVI preso. pero aún queda un paso por dar. Hay que hacer entrar en ese pasado maldito no solamente cuanto ha precedido a 1789, sino también esos tres años de 1789 a 1792 en que la Revolución ha pacta~o con ~l R.ey para elaborar una monarqula consntucronal. En diciembre de 1792 y enero de 1793, además, Luis XVI es juzgado y ejecutado. El pape! que e! «Ant iguo R égimen - ha asumido, sin embargo, no desaparece, sino que, al contrario, sigue encontrando múltiples empleos. El antiguo régimen es un teatro en e! que enseguida hacen su aparición conjuntamente la contrarrevolución y la Revolución de ayer, los emigrados y los Girondine s, María Antonieta y su primo regicida Orl éans, y Desmoulins, y Danton y H ébert a la espera de Robespierre más tarde acusado por los Termidorianos de haber querido restaurar la corona en provecho propio. A partir de ese momento la fórmula «Antiguo R égimen - adquiere en el vocabulario revolucio nario su acepción más amplia, y también la más vaga. Remite a todo aquello que significa resistencia, o simplemente inercia de las fuerzas de! pasado, opuestas al esfuerzo colectivo por la instauración del orden nuevo, condición de la felicidad colectiva. Antiguo Régimen ya no es solamente la sociedad feudal en comparación con la de los individuos libres, o un caos de instituciones extrañísimas que ahogan e! imperio de la ley, o e! despotismo de los reyes en contraste con la República de los ciudadanos. Es también un cúmulo de rasgos de mentalidad, de hábitos y costumbres que se oponen a la realización de ese imperativo republicano consistente en la formación de un hombre nuevo. La idea de Antiguo Régimen se piensa también bajo la forma de un residuo, una supervivencia de! pasado en el presente que le impide entregar a manos llenas todos sus beneficios. A la amenaza política constante que constituyen para la

República los hombres de! «Antiguo Régimen » hay que sumarle el peligro menos visible, pero más formidable todavía, de los prejuicios de! «Antiguo R égimen». En efecto ¿qué sentido tiene elaborar buenas leyes si e! atraso de los espíritus y de las costumbres les impide producir buenos frutos? El problema se había planteado mucho antes , ya desde la época de la primera Constitución. Por ejemplo en e! Dictionnaire de la Constitution et du gouvernement [rancais, publicado a fines de 1791 por P. N. Gau tier: «Si una Revo lució n en nuestras leyes nos ha dev uelto nuestros derechos, es pre ciso otra revolución en nuestras costumbres para conservarlos. Cuando rompimos los hierros de la esclavitud, no rompimos todos sus hábitos. Ha cambiado nuestra condición, pero nuestro carácter sigue siendo e! mismo, apresurémonos a despojar nuest ro carácter de todo aquello que aún nos ata a nuestra antigua servidumbre." Pero a partir de 1792 y de la aceleración del curso de la Revolución, la idea sirve pa ra justificar e! carác ter caótico de ese curso atravesado continuamente po r crisis debidas precisamente a la interminable supervivencia en e! presente de ese pasado al que tanto tiempo cuesta vencer. En e! drama de dos personajes que representa la Revol ució n francesa, el antiguo régimen asume e! segundo de esos dos personajes, e! que se opone a la Revo lució n, doblemente oculto en la sombra de los complots y bajo la apariencia de! olvido y, sin embargo, omnipresente pues es quien arma los brazos, las mentes y hasta la ignorancia. La Revolución, en efecto, no conoce obstáculos, únicamente tiene adve rsarios. Al inventar la política modern a ha poblado el universo de intenciones y de voluntades. El Antiguo Régimen no es únicamente una maldición, es e! enemigo. En él cristalizan todas las fuerzas que luchan contra la aurora de un mundo que está a punto de nacer. La idea de «Antiguo Régimen» ha hecho en la historia política de la Francia moderna la misma brillante carrera que la idea de

Ideas

Revolución porque son inseparables. Se La idea posee asimismo Una histo . mantiene profundamente anclada en las na culta, d ad o que nunca ha dejado de apas. mentalidades constituyendo mu y frecuenI hi . d lonar temente el sím bolo de un rechazo, el del a os istona ores. Desde 1790 ConstO I blanco por exceleneí, . de Burke. El r HUYe e h mundo ya pasado de los nobles y de la modi al deI pasado de la monarquíaec a. narquía absoluta, asociado generalmente al zo ra IC . I . . f qu dominio conjunto de la Iglesia católica. Se caractenza a expenencla rancesa , dejO a estupefacto al parlamentario whig. Ve clara_ trata de un sentimiento ampliamente extenmente q ue el Antiguo Régimen no ha lega_ dido ent re la sociedad burguesa y campesido a los Esta dos Generales una Constit _ na del siglo XIX con raíces en intereses ción cabal y en debida forma; una cons~_ como la adq uisición de propiedades del cletuc~ón a I.a inglesa, .por supuesto, es lo qule ro o nobiliarias durante la Revolución, y tanto más fuerte cuanto más amenazador se esta quenendo decir, Pero el Antiguo Ré. pr esenta el retorno del Antiguo Régimen gimen al menos había puesto sus cimientos bajo la restauración , por ejemplo con la a pesar del absolutismo ; habría bastad~ dangereuses: novela de Lacios. (N. del T.)

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teatro de una lucha mortal entre el principio del bien y el del mal, donde la neutralidad no es de recibo. En definitiva, esta to ma de postura a priori de la vo luntad, esa llamada co nt inua a un a elección meta física inevita ble, revela plename nte la d istancia que separa el pensamiento teocrático del elogio tradicionalista de la creatividad espontánea de la historia. Quiere un poder que tome posiciones, que también sepa ir contracorriente, instrumento inconsciente del orden divino. El sentimiento de las libertades, aún tan vivo en Burke, se mezcla con la obsesión de la autoridad. Más que adversarios de la democracia -lo fue sobre todo el inglés- , los teócratas so n los ant ípod as del equilib rio liberal, y los últimos defensores de una idea absol uta de la so beranía, que a partir de ese momento, y en una Europa que cambia, ya sólo la encarna el poder infalible del Papa, Es, por tanto, esta voluntad de restauración la que estaba condenada a aparecer a los ojos de los contemporáneos, tan " humana» y ..abstracta» como lo habían sido el activis rno de Constitucionales y Jacobinos. Los hombres de la contrarrevolució n teo crática jamás llegar án a liberarse de tal paradoja. En efecto, ¿cómo co nciliar la apo logía de la obra del tiempo, apacible e impersonal, con la llamada a una lucha sin cuartel para desviar el curso de los acontecimientos? Durante la Restauración con el partido de los «ultras» en la oposición, esta paradoja se volverá más chirriante que nunca. De todos modos, hacía ya largo tiempo que la inviabilidad de la posición contrarrevolucionaria era evidente por aquellos que hab ían sufrido el tr au matismo de la Revo lución y no que rían renovar la experie ncia con un tra uma tismo inve rso. "La autoridad que hoy quisiera restablecer la feudalidad, la servidumbre, la intolerancia religiosa, la inquisición, la tortura -escribía Benjam ín Constant en 1814-- diría en vano que se li-

Democracia

549 mita a recordar instituciones antiguas. Estas antiguas instituciones no serían más que absurdas y funestas novedades.» La verda d es que los contrarrevo lucionarios no aspiran a detener la revolu ció n ; a pesar del mito que proclama, es una revolució n COntraria lo que sus deseos están llaman do. Massi mo BOFFA .

Véase también: ANTIGUO R ÉGIME BURKE, CONSTANT, CHUANERÍA, EMI~ GRADOS, MAISTRE, MONÁRQUICOS, Rzvo. LUCIÓN, SIEYES, STAEL (MME. DE), Toe. QUEVILLE, VENDÉE (LA). O rientación bibliográf ica B ALDENSPERGER, FERNAND, L e mouve-

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DEMOCRACIA De sde el siglo XIX se considera la Revolución francesa co mo una de las prin cip ales etapas en la fo rmació n de la dem ocracia moderna, que no es solamente un régimen político (basado en la combinación del sistema representativo y del sufragio universal), sino también un régimen social, caracterizado por la ausencia de desigualdades estatutarias de tipo aristocrático y por la posición central que en la democracia ocupan las aspiraciones igualitarias. Considerada en su desarrollo, la Revo lución se muestra también como la primera gran manifestación' de las tensio nes qu e desde entonces atraviesan continuamente la política "democrática » contemporánea y que contraponen representación y "democracia directa», la defensa de la igualdad de derechos y la reivindicación de la igualdad «real», o los derechos del individuo y la soberanía de la voluntad general. El análisis de las relaciones entre la Revolución y la democracia hace entrar en juego problemas políticos considerables, a riesgo siempre de caer en la polémica o en el anacro nismo. Si se qu iere evitar tales escollos, lo más sencillo tal vez sea partir de lo que podía significar la ..democracia» para los hombres de 1789 y, a continuación, reconstruir las transformaciones que conoció la idea democrática con la Revolución.

Representación y dem ocracia: los deb at es constitucionales Para un francés ilustr ado de finales del siglo XVIII, el término "democracia •• designa ante todo un régimen político muy preciso: la democracia es " una de las formas simples de gobierno, en el cual el pueblo, como tal, tiene la soberanía» (art ículo ..democracia» de la Encyclopédie, redactado por el Caballero de Jaucourt), o también una de las dos especies de lo que Montesquieu lIa-

ma República (la ot ra es la aristocracia). Para la mayoría de los "filósofos», la dem ocrac ia pert enece a un pasado def initivame nte ido (las pequeñas ciudades ant iguas), o en todo caso, parece impracticable en un gran Estado, como Francia, donde la complejidad de las relaciones sociales, la extensión del territorio y el número de sus habitantes, todo parece hacer imposible una deliberación colectiva del pueblo entero sobre los asuntos públicos . Hay que tener en cuenta, además, ciertos aspectos "elitistas» de las Luces francesas : el objetivo final de los filósofos es el de inst aur ar la soberanía de la R az ón, lo qu e lleva consigo una cierta desconfianza de la opinión popular, que puede cegarse fácilmente por los "prejuicios ». Desde otro punto de vista, la democracia se presenta también como un régimen eminentemente racional, dotado no solamente de una superioridad moral (salvaguarda la igualdad natural), sino también de ventajas prácticas, pues en la medida en que los ciud adanos so n legisladores, se ven inclinados a respetar unas leyes qu e ellos mismos han elabo rado y qu e se presume n ser conformes a sus intereses. En cuanto a la desigualdad de las Luces, ésta no puede fundamentar ninguna jerarquía estable, puesto que la crítica de los prejuicios o de la tradición presupone un principio virrualmente igualitario, como lo es la universalidad de la Razón humana. Entre los autores que podían conocer los hombres de la Revolución, hay que conceder evide ntemente una especial impo rt ancia a Ro usseau. Los autores de la Decl aración de Derechos o de la C~nstitución le son paradójicamente muy próximos en algunos puntos esenciales incluso cuando aceptan el mismísimo principio de la Representación, cuya legitimidad niega el Contrato social. La originalidad de Rousseau reside ante todo en disociar la soberanía popular, que, en rigor, no concierne más que a la activi-

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dad del legislador, de la democracia, que es una forma de gobierno, es decir, de organización del poder ejecutivo. Contrariamente a un contrasentido frecuente, las reservas que el Contrato social expresa sobre el régimen democrático (
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