Origen y evolución de la banca en venezuela

October 8, 2020 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Origen y evolución. Del sistema Financiero en Venezuela El sistema financiero venezolano evolucionó en consonancia a la dinámica de la activi activida dad d econó económic mica, a, se inici inicia a como como banca banca come comerci rcial al para para finan financia ciarr la importante actividad de exportación agrícola de las casas comerciales europeas del siglo IXX, y se diversifica por los efectos de la explotación petrolera y sus requerimientos de financiar el modelo de industrialización para la sustitución de importaciones. La actividad comercial estimulada por el ingreso petrolero impulso el crecimiento de la banca comercial, y los procesos de urbanización, construcción de

infr infrae aest stru ruct ctur ura a

públ públic ica, a,

indu indust stri rial aliz izac ació ión n

y

dive divers rsif ific icac ació ión n

econ económ ómic ica, a,

perm permit itie iero ron n la apar aparic ició ión n grad gradua uall de la banc banca a hipo hipote teca cari ria, a, de inve invers rsió ión, n, arrendam arrendamient iento o financie financiero, ro, entidade entidades s de ahorro ahorro y préstam préstamo, o, fondos fondos de activos activos líquidos y fondos mutuales, entre otras. En la década de los años cuarenta del siglo XX, aparecen las instituciones reguladoras del sistema, Banco Central de Venezue Venezuela la y Superin Superintend tendenc encia ia de Bancos Bancos y Otras Otras Instituc Institucione iones s Financie Financieras ras,, institucionalizándose la supervisión y reglamentación del funcionamiento de las entidades bancarias.

En este contexto, el sistema financiero venezolano se estructura bajo el concepto concepto de banca banca especial especializad izada, a, concent concentránd rándose ose en el segmento segmento de banca banca comercial hasta la década de los noventa. La crisis bancaria de 1994, impacta un sistema financiero vulnerable por su elevada concentración y descapitalización, obligando a la reestructuración del mismo mediante dos elementos novedosos para el sistema financiero financiero venezolano: la banca universal y la inversión inversión extranjera en el sector bancario.

El sistema financiero venezolano en el siglo XXI. La herencia de un sistema financiero adecuado al diseño de la economía de mercado imprime al sistema financiero venezolano su caracterización al entrar al siglo XXI. Pueden señalarse como elementos fundamentales:

1. Primacía del sector bancario como mecanismo de financiamiento 2. Concentración en pocas y muy grandes instituciones financieras 3. Dominio del sector privado sobre el sector financiero 4. Participación de la inversión extranjera en el sector  5. Elevados niveles de ganancia

Concepto de Banca Pública. Conjunto

de entidades financieras

en

las

que

el Estado u

otra administración pública tienen el control político y accionarial.

Ministerio que rige a la Banca Pública Venezolana. El ministerio que actualmente rige la Banca Pública es el Ministerio de Estado para la Banca pública, dicho Ministerio fue creado

según decreto

presidencial número 6.916, plasmado en Gaceta Oficial 39.267, el lunes 21 de septiembre de 2009, y

fue creada la Corporación de la Banca Pública, como

Oficina Nacional.

Funciones de la Banca Pública Venezolana. Alcanzar

el

acoplamiento,

racionalización,

optimización,

eficacia

y

sostenibilidad del Sistema Financiero Público Nacional, pudiendo ejercer la dirección de los órganos y entes públicos integrantes del sistema, además de las funciones y objetivos que se establezcan en su Reglamento Orgánico.

Encargado de la Banca Publica en Venezuela. Para el momento de la creación de la Banca Publica en Venezuela al 21 de Septiembre de 2009, al mismo tiempo fue designado al antiguo Presidente del Banco de Venezuela, Eugenio Vásquez Orellana como Ministro de Estado para la Banca Pública en ese entonces. Luego A través de un decreto presidencial fue designado Humberto Rafael Ortega Díaz, como ministro de Estado para la banca pública y presidente del Banco de Venezuela S.A. Banco Universal, nombramiento publicado en Gaceta Oficial número 39 mil 361, de fecha jueves 4 de febrero de

2010. Humberto Ortega actualmente se encuentra actualmente a cargo del Ministerio de estado para la Banca Pública.

Que es lo que quiere el Ejecutivo Nacional con respecto a la Banca Pública? El Ejecutivo nacional busca acabar con el viejo patrón de la Banca Privada en Venezuela e implantar la Hegemonía total en la Banca Pública y de esta manera aportar el desarrollo del estado venezolano y la ayuda a todos los sectores públicos y sociales en la Nación. Según un artículo del Diario El Universal, el mandatario venezolano condenó la actuación de la banca privada que ha hecho negocios con el dinero del pueblo y de las instituciones del Estado para sus propios beneficios, y aseguró que lo que viene para el país es la hegemonía de la banca pública. La banca pública está supeditada a la hegemonía del sector privado. Eso se va a acabar aquí. Aquí habrá hegemonía de la banca pública", expresó Chávez, al señalar que aún con la nacionalización del Banco de Venezuela, el sistema financiero público sigue siendo menor, en comparación con el privado

Ministerio que Rige los Bancos El concejo bancario nacional fue fundado el día 14 de marzo de 1990, de acuerdo a expresa disposición de la lay de bancos del 24 de enero de 1940, Actualmente se rige por lo dispuesto en el ley General

TITULO I, CAPITULO XI de la vigente

de Banco y Otras Instituciones Financieras. Esta dispone que el

Consejo Bancario Nacional tendrá su sede en Caracas y Estará formado por uno de los bancos e instituciones financieras regidas por esta ley o por leyes especiales, con la única excepción del Banco Central de Venezuela. Conforme a estas disposiciones, todas las instituciones financieras de capital privado, mixto o publico, incluidas la Entidades de Ahorro y Préstamo y los Bancos Extranjeros son. Obligatoriamente, miembros de Consejo Bancario Nacional.

Humberto Ortega Díaz asume Ministerio de Banca Pública y Banco de Venezuela Ortega, quien se desempeñaba como presidente del fondo de g ar an tí a d e d ep ós it os

y

p ro te cc ió n b an ca ri a ( Fo ga de ),

t en dr á l a

responsabilidad como titular de la banca pública, de garantizar la efectividad del sistema financiera público y contribuir con una correcta p ol ít ic a d e f in an ci am ie nt o o ri en ta da

a l d es ar ro ll o d e

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productivas nacionales

A través de un decreto presidencial fue designado Humberto Rafael Ortega Díaz, como ministro de Estado para la banca pública y presidente del Banco de Venezuela S.A. Banco Universal, nombramiento publicado en Gaceta Oficial número

39

mil

361,

de

fecha

jueves

4

de

febrero

de

2010.

A partir de este momento, Ortega tendrá la responsabilidad, como titular de la banca pública, de garantizar la efectividad del sistema financiera público y contribuir con una correcta política de financiamiento orientada al desarrollo de las fuerzas productivas nacionales, así como el fortalecimiento y ampliación de la red financiera del Estado para la masificación de los servicios bancarios hacia los sectores excluidos.

Como máximo representante del Banco de Venezuela, deberá asegurar  que los recursos financieros de la institución estén dirigidos prioritariamente a garantizar el financiamiento de la producción agroalimentaria, al sector energético y a contribuir a cubrir el déficit habitacional, así como a coadyuvar a la apertura de la banca pública a las iniciativas internacionales, tales como el sistema único de compensación regional (Sucre), Banco del Sur, y el sistema financiero integrado de la Alianza bolivariana para los pueblos de nuestra América (ALBA).

Antes de asumir esta nueva responsabilidad, Ortega Díaz se

desempeñaba como presidente del fondo de garantía de depósitos y protección bancaria (Fogade), cargo que ocupó desde el 6 de julio de 2005, según consta en la Gaceta Oficial Nº 38.222. Hasta su nombramiento en Fogade, el militar retirado se desempeñó en la tesorería de Petróleos de Venezuela (Pdvsa) desde febrero de 2003, luego del paro petrolero. En enero de 2005 fue nombrado director de la comisión de administración de divisas (Cadivi).

El Derecho Bancario Es el conjunto de norma de derecho público y privado que regulan a los bancos y a su actividad económica, por otra parte los bancos nos dan otra definición indicándonos que es la rama del derecho que cuida de la disciplina  jurídica de la moneda y del crédito, haciendo objetivo a través de órdenes y otras recomendaciones a los que toman la moneda y el crédito como objeto de su negociación. Es parte del Derecho público o Derecho Privado.

Derecho Publico Es el conjunto de normas que rigen la organización del estado y la actividad de este directamente encaminada al cumplimiento de las atribuciones que al mismo corresponden, otra definición es el ordenamiento jurídico, inspirado prevaleciendo el interés colectivo, que rige los entes públicos, en cuanto ejercen revestidos de supremacía y en un clima de autoridad, actividades de carácter  público. Contiene las normas imperativas, estas contienen mandatos absolutos e irrenunciables. De acuerdo a la norma este tiene la finalidad de satisfacer un interés colectivo, regula relaciones en las cuales uno de los sujetos tiene una cualidad especial de superioridad con respecto al otro

Derecho Privado Es el ordenamiento jurídico que inspirado prevalentemente en la armonización y el la composición de los interese individuales, rige las relaciones entre agentes privados, en cuanto ejercen en un clima e libertad, actividades de carácter público, otro concepto nos dice que este es el que regula las relaciones

de coordinación de tal modo que el estado puede actuar en derecho público ( cuando en la relación se da la potestad) y en derecho privado( cuando en la relación de derecho público no hace uso de la potestad, con los particulares Regula las normas de carácter supletorios.

De acuerdo a la norma este tiene la finalidad de satisfacer un interés particular, este regula las relaciones entre iguales.

INTRODUCCIÓN . El sistema financiero Venezolano desde los años noventa hasta la actualidad ha dejado constancia de las diversas crisis financieras y sus implicaciones en el sistema bancario nacional, lo que ha ocasionado que tanto personas jurídicas como naturales hayan visto peligrar sus depósitos y colocaciones ante el cierre de instituciones financieras. En este ámbito cobra relevancia los mecanismos de previsión de los depósitos y la adecuada selección de los bancos al momento de efectuar  operaciones y transacciones.

Por otra parte, el sistema financiero venezolano se ha caracterizado por una alta homogeneidad de sus tasas de interés pasivas lo que hace que los depositantes tiendan a preferir aquellas instituciones financieras que le añadan valor a su actividad, pero también que le ofrezcan seguridad a sus depósitos.

CONLCUSIÓN Dentro del sistema bancario podemos distinguir entre banca pública y banca privada que, a su vez, puede ser comercial, industrial o de negocios y mixta. La banca privada comercial se ocupa sobre todo de facilitar créditos a individuos privados. La industrial o de negocios invierte sus activos en empresas industriales, adquiriéndolas y dirigiéndolas. La banca privada mixta combina ambos tipos de actividades.

Los bancos son instituciones públicas o privadas que realizan actos de intermediación profesional entre los dueños de dinero y capital y los usuarios de dicho dinero y capital. Es decir, los bancos actúan en el mercado de dinero y capitales.

La Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, promulgada mediante el Decreto No. 1.526 de fecha 3 de noviembre de 2001, viene a establecer

un

compendio

normativo

global

que

permite

actualizar

el

funcionamiento de los organismos de control financiero del Estado venezolano.

Antiguamente la Superintendencia aparecía como un servicio técnico especial adscrito al Ministerio de Hacienda. Ahora se trata de un organismo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional. Además se le da autonomía funcional, administrativa y financiera. Con ello podemos establecer claramente la intención de convertir al Superintendente y demás funcionarios y empleados en servidores del Estado

BIBLIOGRAFIA •

Cuadernos BCV. Serie Técnica No 2. Documento en línea. Disponible en: http:// www.bcv.org.ve/c1/publicaciones. asp// Consulta: febrero, 2006



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Disponible: http:// www.fogade.org.ve// Consulta: febrero, 2006



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Enciclopedia Autodidáctica Interactiva Océano, MCMXCVIII Océano Grupo Editorial, S.A., Barcelona, España,1999.



Enciclopedia VISOR, Plaza & Janes Editores, S. A. 1999

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