Origen y Escencia Del Derecho
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Escencia del derecho como tal...
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Origen y esencia del Derecho El origen del Derecho se basa en la necesidad impuesta por la condición socia sociall del del ser ser huma humano no.. La pala palabr bra a Dere Derech cho o se orig origin inó ó en el voca vocabl blo o lati latino no “derect “derectum” um” que signif significa ica recto, referido al fiel de la balanza, que mantiene en equilibrio a ambos platillos, tratando de lograr un equilibrio entre los derechos contrapuestos. En toda comunidad surgen conflictos, y las normas que conforman el Derecho tienen el obetivo de solucionarlos, por lo cual desde las m!s primitivas sociedades humanas se requirió de ellas, para establecer erarqu"as, división de funciones, regulación de la vida se#ual, resolución de disputas por bienes, etc$tera, hasta consolidar modelos de Estado como por eemplo, la protección de la protección privada en el capitalismo. El sistema de normas, incluye los usos, las costumbres, las normas morales, las religiosas, y las ur"dicas, requiri$ndose en este %ltimo caso, órganos p%blicos encargados de su elaboración, aplicación y sanción. Las Las prim primer eras as norma normas s se tran transm smit itier ieron on oral oralme ment nte e y confo conforma rmaro ron n el Derec Derecho ho &onsuetudinario, para luego plasmarse en leyes escritas m!s seguras con gran influencia de la religión, como las leyes de 'ois$s( y la moral )*lpiano nombra verdaderos verdaderos preceptos preceptos morales integrando el concepto concepto de Derecho+ Derecho+ ivir en forma honesta, dar a cada cual lo que le corresponde y no producir da-o a los dem!s. Los Los prim primer eros os códi códigos gos de leyes leyes perte pertene nece cen n a los los sume sumeri rios os,, con con asom asombro brosa sa sistematización. En /abilonia es especialmente importante por su antig0edad y por mostrar el e#tremo rigorismo, propio de una civilización antigua y vengativa, el &ódigo de 1ammurabi. 1ammurabi . 2in embargo, ser! el Derecho 3omano el 3omano el que ofrezca una elaboración de normas de Derecho privado, tan evolucionada y progresiva, que es sin duda la gran fuente de los códigos civiles modernos. La noci noción ón de Esencia, en lat" lat"n n "essentia" , es uno uno de los los funda fundamen mento tos s primarios o b!sicos estudiados por aquella ciencia denominada Ontología. Ontología. 1ablar de esencia, esencia, es habl hablar ar de aque aquell llo o que que todo todo Ente o Ente o Ser po Ser pose see. e. De por por s", s", es propiamente trascendental, pues nada puede darse, ni en la realidad ni en la mente, si no posee alguna esencia. 4hora bien, haciendo una evaluación evaluación impecable impecable de la Naturaleza Ontológica del Derecho, resulta necesario y a la vez compleo el poder determinar determinar aquello que pueda ser llamado "Esencia del Derecho" , en lat"n "essentia "essentia iuris" iuris" , esto es, la
Willder Alexander Cerna Recinos
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unidad primordial del Derecho, el n%cleo central o b!sico, el quid , el meollo profundo sin el cual el Derecho no podr"a ser lo que es. 4 trav$s de una prudente investigación y b%squeda de tal essentia iuris, ha sido posible determinar que efectivamente e#iste una noción universal en donde se engloban todas las manifestaciones de lo ur"dico que supone una base indiscutible del sentido ontológico del Derecho. Este principio esencial, el cual abarca dentro de s" todos los derechos que ha habido y son en el mundo, se llama "Justicia". La Justicia es el principio fundamental de la moralidad , virtud entendida como la aplicación escrupulosa de las normas que regulan las relaciones de los individuos o grupos de individuos en cuanto partes del todo social. 4hora bien, esta virtud tiene como obeto el Derecho. El derecho objetivo supone un derecho subjetivo de la persona o sociedad a quien se debe y que implica en los dem!s, la obligación moral a acatarlo. 5inalmente, el derecho natural y la ley natural son las que confieren el derecho obetivo y subetivo. La virtud de la 6usticia, entonces inclina de un modo permanente a las personas a dar a cada uno su derecho. &uando las distintas formas de 6usticia cumplen su obeto, dando a cada uno 7 personas, familias, sociedades intermedias y comunidad pol"tica8 lo que le es debido, su derecho, todos los sectores del Estado cumplen su misión y est!n org!nica y er!rquicamente ubicados en el cuerpo social y, por eso mismo, se logra el bien de la comunidad+ el /ien &om%n. El orden logrado por la 6usticia, el orden usto de la sociedad y el bien com%n son lo mismo, son denominaciones distintas que indican una misma realidad+ el orden logrado en la sociedad para conseguir su fin, el mismo fin que ostenta el Derecho como disciplina ur"dica. 9odo cuanto hay de verdadero, de noble, de usto, de puro, de amable, de honorable, todo cuanto sea virtud y cosa digna de elogio, todo eso tenedlo en cuenta )Sagradas Escrituras !ilienses #, $ . 4quello que es uro, virtud , no es sino una esencia, la cual es materializada por su e%istencia, que se traduce en actos y hechos.
Willder Alexander Cerna Recinos
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