Orientaciones Tecnicas Sename de Todos Los Programas -- DOCUMENTO Ok
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ÍNDICE PRESENTACIÓN INTRODUCCIÓN MARCO GENERAL PARA LA INTERVENCIÓN I CENTROS DE DIAGNÓSTICO PRESENTACIÓN
1. DEFINICIÓN 2. OBJETIVOS 3. SUJETOS DE ATENCIÓN 4. INTERVENCIÓN 5.
FASES DE LA INTERVENCIÓN
6. INTERVENCIÓN BREVE 7. RESULTADOS ESPERADOS 8. EVALUACIÓN 9. RECURSOS HUMANOS 10. RECURSOS MATERIALES MINIMOS
II SISTEMA RESIDENCIAL DE PROTECCCIÓN PRESENTACIÓN
1. DEFINICIÓN 2. OBJETIVOS 3. SUJETO DE ATENCIÓN 4. INTERVENCIÓN 5. RESULTADOS ESPERADOS 6. EVALUACIÓN 7. RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES ANEXO NO 1: CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA RESIDENCIAL. ANEXO NO 2: PLAN DE INTERVENCIÓN INDIVIDUAL ANEXO NO 3: INFORME DE EVOLUCIÓN DE SITUACIÓN DE INTERNACIÓN 1
III REINSERCIÓN Y FORTALECIMIENTO FAMILIAR PRESENTACIÓN
1. DEFINICIÓN 2. OBJETIVOS 3. SUJETO DE ATENCIÓN 4. INTERVENCIÓN 5. RESULTADOS ESPERADOS 6. EVALUACIÓN Y MONITOREO 7. FINANCIAMIENTO Y RECURSOS HUMANOS
IV FAMILIAS DE ACOGIDA PRESENTACIÓN
1. DEFINICIÓN 2. OBJETIVOS 3. SUJETO DE ATENCIÓN 4. INTERVENCIÓN 4.1 Fases de la intervención 4.2 Trabajo en red 5. RESULTADOS ESPERADOS 6. EVALUACIÓN Y MONITOREO 7. RECURSOS HUMANOS Y FINANCIEROS 7.1 Equipos profesionales 8. INSTRUCCIONES PARA ENFRENTAR SITUACIONES DE EMERGENCIA. ANEXO N° 1: FASES DE LA INTERVENCIÓN 1. Evaluación de casos 2. Ingreso del niño en la familia de acogida 3. Plan de intervención 4. Intervención 5. Egreso y seguimiento ANEXO N° 2: CARACTERÍSTICAS DE LA FAMILIA DE ACOGIDA1 ANEXO N° 3: CONTRATO DE COMPROMISOS 1
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Considerando que la primera prioridad de acogimiento la tiene la red familiar del niño y exclusivamente en estos casos, el equipo profesional podrá flexibilizar alguno de los requerimientos, previa evaluación y siempre teniendo en cuenta el interés superior del niño o niña.
V CUIDADO DIARIO 1. DEFINICIÓN 2. OBJETIVOS 3. SUJETOS DE ATENCIÓN 4. FASES DE LA INTERVENCIÓN 5. RESULTADOS ESPERADOS 6. EVALUACIÓN 7. RECURSOS HUMANOS 8. RECURSOS MATERIALES 9. INSTRUCCIONES PARA ENFRENTAR SITUACIONES DE EMERGENCIA ANEXO NO 1: PERFIL DE LAS CUIDADORAS Y CONDICIONES FÍSICAS DEL HOGAR 1 Perfil cuidadores/as en centros 2 Aspectos a considerar al establecer un hogar de cuidado diario en casa. 3 Sistema de registro ANEXO NO 2. TRABAJO DE EQUIPO Y AUTOCUIDADO ANEXO NO 3: TEORÍA DEL APEGO
VI OFICINAS DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LA INFANCIA (OPD) 1. DEFINICIÓN
2. TAREA CONJUNTA 3. ESTRUCTURA DE LA OPD 4. DEPENDENCIAS TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS 5. OBJETIVOS 6. SUJETOS DE ATENCIÓN 7. INTERVENCIÓN 8. RESULTADOS ESPERADOS 9. EVALUACIÓN 10. RECURSOS HUMANOS
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VII CENTROS COMUNITARIOS POR LOS DERECHOS INFANTO-JUVENILES (CCIJ) PRESENTACIÓN
1. DEFINICIÓN 2. PRINCIPIOS Y CRITERIOS 3. OBJETIVOS 4. SUJETO DE ATENCIÓN 5. INTERVENCIÓN2 6. RESULTADOS ESPERADOS 7. EVALUACIÓN Y MONITOREO 8. RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
VIII REPARACIÓN A VÍCTIMAS DE MALTRATO INFANTIL PRESENTACIÓN
1. DEFINICIÓN 2. OBJETIVOS 3. SUJETOS DE ATENCIÓN 4. INTERVENCIÓN 5. RESULTADOS ESPERADOS 6. EVALUACIÓN Y MONITOREO 7. RECURSOS HUMANOS 8. RECURSOS MATERIALES MÍNIMOS ANEXO NO 1: FASES DE LA INTERVENCIÓN 1. CALIFICACIÓN DE LA SITUACIÓN DE MALTRATO 2. DIAGNÓSTICO SICOLÓGICO, SOCIAL Y LEGAL 3. PLAN DE TRATAMIENTO INDIVIDUALIZADO (PTI) 4. TRATAMIENTO 5. EGRESO Y SEGUIMIENTO ANEXO NO 2: MEDIDAS DE URGENCIA
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Todo proceso de intervención con niños/as y sus familias deberán considerar la variable género.
ANEXO NO 3: CATEGORÍAS E INDICADORES 1. PROTECCIÓN 2. RESIGNIFICACIÓN 3. REELABORACIÓN 4. RECURSOS ANEXO NO 4: ASPECTOS A EVALUAR EN LAS FASES DE INTERVENCIÓN 1. FASE DE INGRESO 2. FASE DE DIAGNÓSTICO 3. FASE PLAN DE TRATAMIENTO INDIVIDUALIZADO 4. FASE DE TRATAMIENTO ANEXO NO 5: REPARACIÓN
IX INTERVENCIÓN JURÍDICA EN CASOS DE MALTRATO PRESENTACIÓN
1. DEFINICIÓN 2. OBJETIVOS 3. SUJETOS DE ATENCIÓN 4. INTERVENCIÓN 5. FASES DE LA INTERVENCIÓN 6. RESULTADOS ESPERADOS 7. EVALUACIÓN Y MONITOREO 8. RECURSOS HUMANOS 9. RECURSOS MATERIALES MÍNIMOS
X ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE Y EN LA CALLE PRESENTACIÓN
1. DEFINICIÓN 2. OBJETIVOS 3. SUJETOS DE ATENCIÓN 4. INTERVENCIÓN
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5. RESULTADOS ESPERADOS 6. EVALUACIÓN Y MONITOREO 7. RECURSOS HUMANOS Y FINANCIEROS DEL PROYECTO
XI ATENCIÓN A INIMPUTABLES EN PROTECCIÓN ESPECIAL 1. DEFINICIÓN 2. OBJETIVOS 3. SUJETOS DE ATENCIÓN 4. INTERVENCIÓN 5. RESULTADOS ESPERADOS 6. EVALUACIÓN Y MONITOREO 7. RECURSOS HUMANOS 8. RECURSOS MATERIALES ANEXO: PERFIL DE LOS NIÑOS/AS VINCULADOS A INFRACCIÓN DE LEY
XII REPARACIÓN DE DAÑO POR DROGAS PRESENTACIÓN 1. DEFINICIÓN 2. OBJETIVOS 3. SUJETOS DE ATENCIÓN 4. INTERVENCIÓN 5. PLAN-FASES DE LA INTERVENCIÓN DE REPARACIÓN 6. RESULTADOS ESPERADOS 7. EVALUACIÓN Y MONITOREO 8. RECURSOS HUMANOS 9. RECURSOS MATERIALES MÍNIMOS
XIII REPARACIÓN EN EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL INFANTIL PRESENTACIÓN
1. DEFINICIÓN 2. OBJETIVOS
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3. SUJETOS DE ATENCIÓN 4. INTERVENCIÓN 5. FASES DE LA INTERVENCIÓN DE REPARACIÓN 6. RESULTADOS ESPERADOS 7. EVALUACIÓN Y MONITOREO 8. RECURSOS HUMANOS 9
RECURSOS MATERIALES MÍNIMOS
XIV INTERVENCIÓN EN PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL PRESENTACIÓN
1. DEFINICIÓN 2. OBJETIVOS 3. SUJETO DE ATENCIÓN Y COBERTURA 4. INTERVENCIÓN 5. FASES DE LA INTERVENCIÓN 6. EVALUACIÓN 7. EGRESO 8. RESULTADOS ESPERADOS 9. RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES 10. RECURSOS MATERIALES MÍNIMOS ANEXO: DIMENSIONES Y TIPOS DE PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL 1. DIMENSIÓN TRABAJOS INTOLERABLES 2. DIMENSIÓN TRABAJOS PELIGROSOS 3. CATEGORÍAS DE PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL 4. CATEGORÍAS QUE INCLUYE EL TRABAJO PELIGROSO POR CONDICIONES
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PRESENTACIÓN
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n pocos espacios se da una muestra tan concreta, vital y fructífera de trabajo mancomunado entre el sector público y el privado, como en el que realizamos en favor de la infancia el Servicio Nacional de Menores y las diversas instituciones que integran su red. Se trata de más de 300 organismos a cargo de unos 800 centros y programas que a esta hora están atendiendo a 65 mil niños y niñas. Sename entrega a estos organismos recursos, lineamientos de políticas públicas que enmarcan su trabajo, orientaciones técnicas y la supervisión correspondiente. Esto es así en una descripción simple, pero profundizando en la relación, ambos sectores interactuamos en un sorprendente espíritu de colaboración y búsqueda del mismo objetivo: el bienestar y pleno desarrollo de la infancia. De esta forma, podemos asegurar que, en una mirada global, la red que conformamos “por los derechos de la infancia” (como reza el slogan del Sename), resulta ser un sistema dinámico, en continuo perfeccionamiento, con diálogos abiertos, relaciones transparentes, donde se cruzan los aportes y en los que las reglas claras son un objetivo. En este sentido y en este espíritu es que presentamos este material de trabajo que sistematiza el importante proceso técnico que hemos desarrollado en los últimos años en el Sename, en el Departamento de Protección de Derechos. Le precedió un documento similar en el área de infractores de ley. Este archivador organiza las orientaciones técnicas que hemos elaborado y que resumen y concretan nuestra experiencia institucional, nuestros esfuerzos profesionales y la convicción que debemos plasmar en la realidad los principios esenciales que nos motivan. Esperamos resulte de gran utilidad a quienes trabajan en la red y a quienes quieren conocer la experiencia chilena en este ámbito. Como entendemos que en nuestro trabajo no llega el momento del descanso ni el de la tarea concluida, sino que aportamos a un proceso continuo de evolución y mejoramiento, hemos elegido el formato del archivador que permitirá que estos textos se puedan actualizar en forma modular. No está demás finalizar señalando que en este documento hay trabajo responsable, pero también el reflejo de la valoración que hacemos de las instituciones privadas con las que, no nos cabe duda, nos une profundamente una de las más dignas misiones sociales: velar por la infancia y sus derechos.
DELIA DEL GATTO REYES DIRECTORA NACIONAL
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INTRODUCCIÓN
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l Servicio Nacional de Menores es el organismo de Estado que tiene por misión proteger y promover los derechos de niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en el ejercicio de los mismos y contribuir a la inserción social de adolescentes que han infringido la ley penal. Esta labor se desarrolla a través de la oferta de programas especializados en coordinación con actores públicos o privados. Sename, comprometido en el proceso de la Reforma Integral al Sistema de Justicia y Protección de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia, encamina sus mayores esfuerzos en una radical adecuación de su oferta programática a los contenidos de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. Asume, así, el imperativo de efectuar las rectificaciones necesarias en sus modelos de intervención para lograr una adecuada coherencia con la concepción de niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho. Dicha convención representa un giro en la posición del niño/a frente al derecho y frente a la familia, la comunidad y el Estado. Este giro consiste en el paso de su consideración como objeto de la preocupación, control, protección y represión por parte de los adultos, a su consideración como sujeto de derechos. La Convención se basa en una propuesta jurídica y cultural distinta: el niño/a como persona con autonomía progresiva, protagonismo, creatividad, intereses, preferencias, responsabilidad y con capacidad para tener en cuenta y respetar los derechos humanos de los demás. Se reconoce, además, sus particulares necesidades y su fase vital de desarrollo como fuente de derechos especiales. El “enfoque de derechos” deja atrás la idea predominante del niño/a definido a partir de sus necesidades o carencias, es decir, por lo que les falta para ser adultos o lo que impide su desarrollo. Este principio considera que el niño, la niña o adolescente deben gozar de un sistema de protección especial e integral, lo que configura un nuevo tipo de relación social y una nueva cultura respecto de ellos. Este enfoque también reconoce, valora y fomenta el derecho preferente del niño/a a vivir en familia y a ejercer sus derechos dentro de ella. En esta misma línea se reafirma que la protección de la infancia y adolescencia es una responsabilidad compartida por la familia, la comunidad y el Estado. En todo caso, la familia pasa a ser un actor fundamental del proceso. Es así que se reconocen a los padres como los primeros responsables de la crianza y cuidado de sus hijos e hijas, como también son los responsables de orientarlos en el ejercicio progresivo de sus derechos y responsabilidades. Al Estado le compete adoptar las medidas que sean necesarias y apropiadas para que todos los niños, niñas y adolescentes disfruten plena y efectivamente de sus derechos y garantías. Particularmente, le corresponde generar las condiciones legales e impulsar políticas públicas dirigidas a promover y apoyar a los padres y a la familia en el ejercicio adecuado de sus responsabilidades y roles. Además, debe facilitar y promover la participación de la comunidad en la definición, ejecución y control de las políticas públicas dirigidas a la infancia. De esta manera, le corresponde al Estado asumir transitoriamente el cuidado, la crianza y la educación cuando quienes tienen la obligación de ejercer esa función son los responsables de una grave vulneración de sus derechos o no pueden hacerlo. En este sentido, está claro que los mayores esfuerzos deben apuntar a que las familias sean el ámbito de protección y promuevan el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes; sin embargo, en muchas ocasiones ello no será posible, temporal o definitivamente. 11
La protección del Estado significa velar y restablecer el ejercicio del derecho a un pleno desarrollo integral, implicando tanto la adecuada satisfacción de los derechos más básicos relacionados con el desarrollo evolutivo del niño, niña o adolescente, como la habilitación de su familia para el ejercicio directo de los roles y funciones de crianza, cuidado y protección. Cuando esto no es posible, corresponde la búsqueda de una familia alternativa que pueda ejercer tales roles, ello, siempre considerando de manera primordial el interés superior del niño/a o adolescente en cualquier decisión que le afecte. Sename ha asumido la responsabilidad de concretar el compromiso de proteger a los niños, niñas y adolescente que sufren graves vulneraciones y de promover su recuperación física y sicológica. Esta labor se desarrolla a través de la oferta de programas y proyectos ejecutados directamente o a través de los organismos que integran la red. En este contexto, el Departamento Protección de Derechos del Sename (Deprode) ha desarrollado un proceso de rediseño de sus programas de atención para los niños, niñas y adolescentes. Por tal motivo ha elaborado nuevas orientaciones técnicas de funcionamiento e intervención para los diferentes sistemas de atención, considerando las vías de financiamiento, la Ley de Subvenciones, los Programa de Apoyo y las características del sujeto a atender. Es importante mencionar que, desde el año 1997, el Sename estableció una línea de trabajo orientada a la creación de proyectos especializados en la atención reparatoria de niños, niñas y adolescentes afectados por el maltrato grave, como un problema que exigía una pronta y eficaz respuesta del Estado. De igual forma se enfrentó el tema de abuso y adicción de drogas, con el objetivo de llevar a cabo procesos terapéuticos reparatorios y rehabilitadores. La experiencia adquirida en estas áreas generó las condiciones técnicas que permitieron ampliar la oferta de programas especializados en la reparación del daño a niños, niñas y adolescentes que se encuentran en situación de calle. Desde el año 90 el Servicio impulsó diversas acciones en este campo, para incorporarlo ya de manera definitiva a su agenda de trabajo en el 2001, año en el que se inicia el primer proyecto piloto referido a la explotación sexual y comercial de los niños, niñas y adolescentes. En el 2002 el Servicio asumió la responsabilidad, como institución de Estado, de generar una oferta programática especial e innovadora para niños, niñas y adolescentes con menos de 14 años involucrados en infracciones de ley o que presentan problemas conductuales que obstaculizan su inserción social y el pleno ejercicio de sus derechos. También se incluye en esta línea de trabajo a los que tienen menos de 18 años y más de 14 y cuyas historias de vida revelen un compromiso con conductas delictivas o presenten graves desajustes conductuales que limiten sus posibilidades de inserción social. Reafirmando el compromiso con la promoción, la prevención, la protección y la reparación de los derechos y como resultado de las transformaciones en el diseño de la política pública para el tratamiento de los temas de infancia, las nuevas orientaciones técnicas tienen que ver con los siguientes programas: Centro de Diagnóstico, Sistema Residencial de Protección, Fortalecimiento Familiar, Cuidado Diario, Familias de Acogida, Intervención en Peores Formas de Trabajo Infantil, Oficinas de Protección de Derechos, Centros Comunitarios Infanto Juveniles (CIJ), Niños de la Calle, Proyectos Especializados en la Reparación del Maltrato Infantil Grave, Proyectos de Intervención Especializados en Reparación de Drogas, Explotación Sexual Comercial Infantil y Adolescentes y Programa de Inimputables en Protección Especial.
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MARCO GENERAL PARA LA INTERVENCIÓN
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os organismos acreditados que atiendan niños, niñas y adolescentes gravemente vulnerados en sus derechos, deberán considerar en su proceso de atención e intervención los siguientes principios básicos que han de regir en todas las atenciones que se brinde a un niño, niña o adolescente adscrito a algún programa:
LOS NIÑOS Y NIÑAS COMO SUJETOS DE DERECHOS A partir de la Convención Internacional de los Derechos del Niño se constituye una nueva concepción del niño/a y de sus relaciones con la familia, la sociedad y el Estado, haciendo un reconocimiento expreso de éstos como sujetos de derecho. De esta forma se obliga al Estado (al igual que a las instituciones relacionadas con la crianza, como la familia, el grupo de pares, la vecindad, la escuela, la empresa, la iglesia, los servicios públicos y privados, etc.) a reconocer, respetar, proteger y garantizar los derechos estipulados, lo cual implica gestionar los recursos necesarios, ponerlos a su disposición y asegurar su accesibilidad. Los derechos de los cuales es titular, abarcan todos los recursos culturales y aspectos de la vida en sociedad. Se requiere de la generación de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos, destacando la necesidad de un trato especial, acorde a su edad, madurez y/o etapa evolutiva. De igual forma, por encontrarse en un período de especial vulnerabilidad, en donde está en juego el desarrollo pleno de sus potencialidades, debe gozar de un sistema de protección integral y especial, es decir, se le reconoce una personalidad constitucional que deviene de su calidad de persona. Principio de igualdad y no discriminación. Los derechos deben ser aplicados a todos los niños y niñas, sin excepción alguna, y es obligación del Estado tomar las medidas necesarias para protegerlos de toda forma de discriminación, independientemente de la raza, color, sexo, religión, opinión política, origen social, étnico o nacional, la posición económica, discapacidad o impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición de los mismos, de sus padres, representantes legales o personas responsables de su cuidado. Interés superior del niño/a. Este principio debe servir como instrumento fundamental en la interpretación de todas las medidas concernientes a los niños/as y adolescentes que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos. Se debe evitar que un criterio corporativista privilegie las prácticas de supervivencia institucional o que el respeto a las tradiciones de la estructura y los procedimientos sean situados por sobre el interés superior del niño o la niña. Desjudicialización. La judicialización de demandas, necesidades y conflictos que involucran a niños, niñas y jóvenes, debe necesariamente considerarse como una última modalidad de intervención en la búsqueda de soluciones a los conflictos provocados por la eventual exclusión o vulneración de derechos.
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No obstante, es importante mencionar que se activarán rápidamente los mecanismos judiciales ante una situación de vulneración de derechos constitutivos de delito, como parte de una estrategia que tiende a la pronta interrupción de la vulneración y activo proceso de protección, como en los casos de maltrato grave y explotación sexual comercial infantil. También se aplicará cuando se requieran medidas de protección especiales para casos que no son delitos, como los presentes en programas de drogas y protección residencial. Este principio orientador resulta relevante en programas como las Oficinas de Protección de Derechos de Infancia (OPD) y Prevención, donde la desjudicialización se traduce en la posibilidad de que asuntos que afectan a niños, niñas y adolescentes, y que no son de naturaleza jurídica, sino generados por la carencia en la satisfacción de necesidades o la ausencia de políticas sociales básicas, no sea resuelto por la administración de justicia, sino por un sistema de protección integral a la infancia. En este sentido se trata de privilegiar la resolución de situaciones de vulneración de derechos, que tengan una marcada condicionante sicosocial por vías no judiciales, reparatorias, no adversariales y conciliatorias, considerando el ámbito familiar, la familia extendida, los pares y la comunidad como los escenarios naturales de cuidado y protección de niños y niñas. Cuando se trata de otorgar protección a los derechos, se pueden establecer estrategias y mecanismos que diferencian claramente los niveles administrativos y judiciales. En función de esta diferenciación se concreta la llamada “desjudicialización” de la protección de los derechos. Integralidad. Debe entenderse como la necesidad de abarcar todos los temas relevantes para la protección de derechos, de involucrar en éstos a todos los actores relacionados tanto con la crianza y el cuidado, incluyendo la propia participación de los niños, niñas y adolescentes, y su familia, así como aquellos oferentes de otras posibilidades de desarrollo. Para lo anterior, se requiere una gestión pública que permita combinar efectivamente los esfuerzos de los distintos sectores, tanto públicos como privados, en particular los de la sociedad civil. Esta mirada integradora e intersectorial implica que las intervenciones sociales deberán articularse de forma coordinada y complementaria compartiendo diagnóstico, estrategias, objetivos y oferta programática. En concreto se trata de facilitar una atención interdisciplinaria restitutiva de derechos, reparatoria y facilitadora de reinserción social y familiar y que considere a los niños en sus múltiples dimensiones. En ese escenario, se espera que la interdisciplinariedad sea un esfuerzo planificado tendiente a desarrollar un meta-discurso que guíe el diseño del programa y que se exprese, entre otras cosas, en la plasticidad de los miembros del equipo para intervenir, en la capacidad de tomar decisiones técnicas en conjunto y en la incorporación de diferentes percepciones frente al problema. La intersectorialidad implica el uso efectivo de acceso a los servicios básicos y a los recursos que brindan a niños, niñas y adolescentes la posibilidad de mejorar y apoyar su desarrollo, e incluye el desarrollo de acciones en las distintas fases del proceso reparatorio. En este ámbito es una necesidad asegurar el acceso a la atención de salud que requieren.
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Participación El principio de la participación, que es la dimensión fundamental de todo sistema democrático, contribuye a que los derechos y deberes institucionalmente establecidos sean efectivamente reconocidos y ejercidos. Los diversos programas integrarán este principio como una acción intencionada y permanente destinada a incrementar o aprovechar todos los recursos institucionales y socio-culturales existentes, lo cual implica considerar al niño, niña o adolescente como protagonista de su propio desarrollo y en cuyo proceso la familia deberá incorporarse. Estará garantizada durante el desarrollo del proceso de intervención la entrega de información clara y fidedigna a los niños, niñas y adolescentes acerca de las acciones que los involucren, y la apertura de espacios de expresión de sus opiniones, las que serán atendidas con la suficiente flexibilidad como para efectuar las modificaciones que se evalúen pertinentes para obtener su motivación y voluntad de cambio. Ello facilitará la obtención de compromisos para el cumplimiento de los objetivos de los respectivos planes de intervención. Transitoriedad. La intervención desde el proyecto debe ser transitoria, no institucionalizante, orientada desde su comienzo hacia el egreso, o sea, hacia la reparación de lazos con la familia y la comunidad. De esta forma, de ningún modo la atención debe ser concebida, ni utilizada como una alternativa de sustitución de la familia o de compensación frente a cualquier carencia familiar o socioeconómica que afecte a los niños, niñas y adolescentes. Lo anterior plantea la necesidad de una gran rigurosidad, sistematicidad y autoexigencia por parte de los operadores de los proyectos, para avanzar en reconocer, reforzar, ampliar y enriquecer capacidades y aptitudes, resignificar recursos y remover obstáculos con el fin de contribuir e incentivar la autonomía progresiva del niño/a, adolescente y familia para el ejercicio y goce de los derechos en general o específicos. Gestión territorial. La gestión territorial es un modelo de gestión que busca convergencias y sinergias con los demás servicios –públicos o privados- de manera de ofrecer los productos más idóneos, lograr el mejor uso de los recursos públicos y el mayor beneficio para sus usuarios o beneficiarios. De esta forma, la intervención debe involucrar activamente las instancias institucionales radicadas en los niveles comunal y territorial, con el fin de establecer las trayectorias y las coordinaciones necesarias para lograr la conformación de una red intersectorial de apoyo a las familias y de protección de los derechos de niñas y niños, elemento vital para la solución integral de sus dificultades. Esto implica una tarea activa de parte de los organismos acreditados, con el fin de facilitar el acceso de niños/as a las políticas públicas para mejorar la calidad de las prestaciones de servicio de cada programa y captar recursos adicionales a los transferidos por el Sename. Por lo tanto, la permanente coordinación intersectorial y el trabajo en red requieren de un enfoque amplio, abierto al concurso de la intervención de múltiples sectores relacionados con niñez y familia. Para el desarrollo de una intervención exitosa es necesario un proceso eficiente de inserción en el territorio, que permita organizar una red social de apoyo para el niño, niña o adolescente y su familia, generando un
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sistema de coordinación intersectorial que optimice la utilización de los recursos disponibles, garantizador de la protección de derechos y que propenda a la reducción de la victimización secundaria. Es importante que los proyectos, al elaborar sus diagnósticos, identifiquen y dimensionen las vulneraciones de derecho, con el fin de coordinar los recursos disponible para resolver las necesidades y promover mejores posibilidades de desarrollo para la infancia del territorio de inserción. En este sentido, deben tenerse en cuenta los diversos instrumentos de gestión, como son los catastros, diagnósticos y redes de derivación, entre otros. Se espera que las coordinaciones e intervenciones determinadas por el equipo técnico del proyecto, sean absolutamente las necesarias y pertinentes, de acuerdo a las particularidades de cada caso. Esto, con el fin de optimizar y potenciar al máximo los recursos de la comunidad y de las instituciones locales, evitando su desgaste y el de sus equipos de trabajo. De este modo el trabajo de articulación de una red operativa de apoyo social y la coordinación de las intervenciones con los distintos actores, se entiende como un principio de eficacia ordenada para evitar la atomización de las soluciones. Fortalecimiento familiar y desarrollo de competencias parentales. La Convención sobre los Derechos del Niño regula la relación jurídica del niño/a con su familia y el Estado. La familia3 y/o los adultos significativos son los encargados de impartirles orientaciones apropiadas para que ejerzan sus derechos. Al hablar de familia se refiere a la variedad y diversidad de familias presentes en la sociedad chilena. A los padres, por sobre cualquier institución de la sociedad, les corresponde la responsabilidad primordial en el respeto y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes. La familia asume, entonces, las responsabilidades que emanan del derecho primordial de los niños/as a vivir dentro de ella. Reconociendo que la familia es el ámbito más adecuado para el desarrollo integral de niños y niñas, es necesario procurar la permanencia de ellos y ellas en su propia familia siempre que sea posible, además de favorecer el desarrollo de competencias parentales para que la calidad de los vínculos constituya factores de protección. El trabajo de fortalecimiento de competencias parentales es importante aún cuando el trabajo con familia se hace difícil y complejo en determinadas situaciones. Es necesario considerar el fortalecimiento de la familia de origen o el trabajo con familias de acogida, especialmente familia extensa. De esta forma la familia se constituye en un eje fundamental que atraviesa todo el accionar de los programas, ya que ésta debe ser considerada no sólo como parte del problema, sino como recurso para la solución de éste. En el caso de agotarse los esfuerzos para contar con la participación de un adulto familiar y/o protector, se estima adecuado y necesario desarrollar un proceso que apoye la autonomía y vida independiente del/a adolescente. También es necesario apoyar la reparación de la imagen que tienen los/as adolescentes de constituir familia. Esto, para contar en su vida futura y presente con mayores posibilidades de fundar o mantener su propia familia, basándose en relaciones nutritivas.
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Se entenderá por familia lo definido por la Comisión Nacional de la Familia en 1994 en los siguientes términos: ” todo grupo social, unido por vínculos de consanguinidad, filiación biológica o adoptiva y de alianza, incluyendo las uniones de hecho cuando son estables”.
Según lo anterior, el diseño de las propuestas orientadas a la protección de derechos de la población infanto-adolescente, debe ser capaz de incorporar a las figuras significativas del ámbito familiar de los niños/as y jóvenes como actores relevantes, tanto para el proceso de construcción de ciudadanía, como para diagnosticar los motivos que generaron situaciones de vulneración de derechos. Lo anterior servirá para determinar las estrategias que permitan lograr los objetivos propuestos en el ámbito de la prevención y protección/reparación. Equidad de género e igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. La perspectiva de género4 permite identificar las diferentes realidades de mujeres y hombres. Ello supone la comprensión de los roles de unos y de otros en los diversos ámbitos, el análisis de las necesidades e intereses que de allí surgen y la explicitación de los diferentes poderes que se ponen en juego. La perspectiva de género, como método de análisis, contribuye no sólo a una mayor equidad, sino a un desarrollo más sostenible y democrático. Por lo anterior, la variable género deberá desarrollarse en forma transversal en la intervención que se realice con el niño/a y su familia deberá reflejarse en el diseño de estrategias considerando las características de ambos géneros de forma no estereotipada ni discriminatoria. Dado que la vulneración de derechos implica distintos impactos para los niños y las niñas, es importante incorporar la perspectiva de género, de manera de establecer distinciones en la forma cómo las diversas vulneraciones afectan diferenciadamente a niñas y niños para, desde ahí, orientar las intervenciones. Asimismo, respecto al trabajo con las familias o adultos significativos, el enfoque de género permite no privilegiar ni discriminar a ninguno de los miembros, evitando centrar la intervención en las mujeres, sin integrar a los hombres (padres, abuelos, hermanos mayores, etc.). Se propone que los diversos programas desarrollen planes de intervención con perspectiva de género; es decir, que consideren la opinión del padre si es que éste tiene algún nexo con el niño o niña. Además, se intentará motivar la activación de una red de ayuda para las adultas significativas que han estado mayoritariamente presentes en el proceso de intervención, que les permitiría obtener alivio y apoyo propio. También es aconsejable desagregar toda la información por sexo5 y elaborar diagnósticos territoriales con perspectiva de género cuando corresponda. En cuanto al funcionamiento del proyecto, éste debe contar con información estadística desagregada por sexo, entre ellos los instrumentos de registro y de evaluación de usuario/a, así como su posterior análisis.
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Se entiende por género un “conjunto de ideas, creencias y atribuciones asignados a hombres y mujeres según el momento histórico y cultural específico que determinan las relaciones entre ambos”. El término género no es sinónimo de mujer, sino hace referencia a lo socialmente construido. Se entiende por sexo las “diferencias biológicas entre mujer y hombre determinadas genéticamente”. Se aplica siempre y cuando se trate de características naturales e inmodificables.
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Centros de Diagnóstico
Centros de Diagnóstico
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CENTROS DE DIAGNÓSTICO (CTD) PRESENTACIÓN
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n todo proceso de intervención se requiere la evaluación clara y precisa de la vulneración de derechos que originó la necesidad de ella. En la oferta de Sename los centros de diagnóstico son los encargados de esta tarea, así como de señalar sugerencias respecto de las acciones necesarias a seguir en cada caso particular. Los centros deberán recibir prioritariamente a los niños/as y adolescentes derivados por los juzgados de letras de menores, acogiéndolos hasta que el juez resuelva la adopción de una nueva medida. También los ingresos puedan ser solicitados por el Ministerio Público, en caso que éstos sean requeridos para determinar el daño presente cuando han sido expuestos a situaciones de vulneración de derechos. La necesidad de establecer criterios de evaluación de tipo objetivo, con sustento científico y específico de cada disciplina, se basa en las exigencias que emanan de la aplicación de la Reforma Procesal Penal, en orden a que la participación de los profesionales de los centros adquiere mayor relevancia en el proceso judicial en calidad de peritos, testigos y/o a través de la emisión de informes.
DEFINICIÓN La legislación actual define estos centros como instancias abocadas a la protección de los derechos de los niños/as y adolescentes derivados por los juzgados para evaluar su situación sicológica y social, mientras el juez adopta una medida en pro de garantizar sus derechos de protección. Los diagnósticos realizados deben realizarse desde un enfoque de derechos, que define que toda evaluación debe contener como eje la concepción del niño como sujeto de derechos. Estos diagnósticos, definidos como calificaciones diagnósticas, serán preferentemente elaborados en forma ambulatoria. Sólo se realizarán en forma residencial en aquellos casos en que los niños y niñas deban ser separados de su familia para la protección de sus derechos y, siempre y cuando, lo haya determinado el tribunal competente. La acción de los CTD consta de dos ejes principales: 1. La calificación diagnóstica requiere de una mirada centrada en el niño, niña y adolescente. Desde un punto de vista operativo, el diagnóstico pretende calificar el tipo y nivel de daño y grado de vulnerabilidad para sugerir la respuesta más adecuada, que puede consistir en la reinserción familiar inmediata, su derivación a la red social o red Sename, o el tratamiento breve en el mismo centro. Todo esto se desarrollará metodológicamente en el diseño de intervención. La gestión calificatoria se desarrollará en un tiempo máximo de 20 días hábiles. 2. La intervención breve, que no deberá superar los tres meses y que está dirigida a niños, niñas y adolescentes cuyos derechos hayan sido vulnerados en un nivel leve o menor. Esta intervención sólo se realizará con el 25 a 30 por ciento de la cobertura comprometida, se estima 20 a 25 niños por profesional al mes. Se entiende que este proceso debe realizarse a través de un enfoque interdisciplinario, integrando a sicólogos, asistentes sociales y educadores con el fin de garantizar un trabajo integral, respetando la
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especialidad de la formación profesional y técnica, permitiendo visualizar, resignificar y restituir los derechos que han sido vulnerados.
OBJETIVOS Objetivo general Lograr la efectiva protección de niños, niñas y adolescentes que se encuentran en situación de vulneración de derechos, mediante la realización de una calificación diagnóstica oportuna y de calidad que sustente el proceso de intervención, orientada a garantizar la protección, apoyar su defensa judicial y derivación a programas de reparación de derechos.
Objetivos específicos 1. Realizar una calificación que permita evaluar, conocer e interrumpir la situación de vulneración de derechos que motivó el ingreso al centro. 2. Asesorar y proponer sugerencias a los tribunales y fiscalías para la adopción de medidas que contribuyan efectivamente a la restitución y reparación de los derechos vulnerados. 3. Realizar una intervención breve en casos de vulneración leve o de complejidad menor. 4. Efectuar las coordinaciones necesarias para derivar los casos de vulneración grave a la red pública, privada o de Sename.
SUJETOS DE ATENCIÓN Los niños, niñas y adolescente menores de 18 años de edad, cuyos derechos se encuentren vulnerados y también aquellos que habiendo cometido algún tipo de infracción a la ley penal, son sujetos inimputables que requieran de diagnóstico.
INTERVENCIÓN Los principios generales que deben guiar la intervención de los Centros de Diagnóstico (CTD) son los establecidos en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, la que determina que toda acción realizada debe concebir al niño o niña como sujeto de derechos y donde el Estado actúa como regulador para detener o reparar las vulneraciones. También se reconocen los derechos esenciales de la población infanto-juvenil en su calidad de personas y ciudadanos. En segundo lugar, deben considerarse los contenidos del Marco General de estas orientaciones técnicas. En razón de estos principios, en los centros se adoptarán todas las medidas tendientes a garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes que son atendidos.
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FASES DE LA INTERVENCIÓN Calificación Diagnóstica Ingreso El proceso se inicia con el establecimiento de una relación que permita comunicar al niño o niña, y a su figura adulta responsable, las características y objetivos del proceso de evaluación que se desarrollará. Como se indicó anteriormente, los ingresos son principalmente por orden del tribunal.
Proceso de calificación Este proceso tendrá como resultado una visión completa de la situación de vulneración de derechos que motivó el ingreso al centro, así como la sugerencia de acciones a seguir. En esta etapa se deben evaluar el tipo de vulneración de derechos, la gravedad del daño y el nivel de vulnerabilidad. A continuación se señalan los elementos que se deben considerar: 1 Tipo de derecho vulnerado y gravedad del daño asociado a ello. Se debe determinar el derecho vulnerado que presenta cada niño, niña o adolescente y conocer la forma de vulneración, con el fin de propender a identificar factores protectivos v/s factores de desprotección presentes en el contexto familiar inmediato. Esto permitirá ponderar los niveles de gravedad de cada una de las situaciones evaluadas. El proceso de calificación diagnóstica contempla la evaluación sicológica, complementada con la evaluación social que permita conocer el contexto familiar y social. La evaluación realizada permitirá ponderar los niveles de gravedad presentes en cada una de las situaciones, el tipo de vulneración ejercida y cómo ésta afecta diferenciadamente a niñas y niños, la ausencia o presencia de figura adulta competente para proteger a los niños, niñas o adolescentes, y el señalamiento de la posible participación de parientes cercanos o directos en la vulneración evaluada. Al momento de evaluar la existencia de una grave vulneración de derechos es deber del equipo profesional informar al tribunal de menores o/y fiscalías para que estas instancias adopten las medidas necesarias que garanticen la protección de los derechos de los niños, niñas o adolescentes víctimas. En forma paralela es necesario que la evaluación sea remitida a la dirección regional del Sename, con el propósito de que Intervención Jurídica evalúe la existencia o no de comisión de delito. 2 Determinación del daño que ha provocado la situación de vulneración. Una vez definido el tipo y gravedad de la situación de vulneración de derechos, se debe determinar la severidad del daño producido. La evaluación sicológica realizada permitirá estimar el nivel de daño presente, es decir, el efecto que la vulneración de derechos tuvo en las diferentes áreas del desarrollo de la víctima. 3 Determinación del nivel de vulnerabilidad en que se encuentra el niño. Uno de los aspectos más relevantes de la fase de calificación es la determinación del nivel de daño y riesgo que presenta cada caso. Como es de suponer, el riesgo no se puede observar directamente, sino que es necesario inferirlo y estimarlo a partir de las consideraciones señaladas en la determinación de la gravedad y del daño.
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Elementos claves a explorar en este proceso son la existencia de soporte familiar protector, el tipo de vulneración, la edad del niño o niña y el tipo, la frecuencia e intensidad del hecho de vulneración, entre otros. Así, puede ocurrir que sólo un elemento, o la combinación de los mismos, permita definir la gravedad de la situación. Por ejemplo, un niño víctima de abuso sexual intrafamiliar se ve expuesto a mayor riesgo que uno que ha sufrido abuso extrafamiliar. En el mismo sentido, un niño abusado sexualmente que presenta red familiar protectora y donde el hecho ha sido denunciado por un familiar, tiene un menor nivel de riesgo, frente al caso de un niño abandonado, que no tiene red familiar extensa protectora y cuyo caso ha sido detectado casualmente por vecinos. En el caso de los niños o niñas que ingresen a un CTD y que exista sospecha o evaluación de situaciones de maltrato grave6, en cualquiera de sus formas, se deben tomar en cuenta las siguientes consideraciones: Indagar en los antecedentes enviados por el tribunal o fiscalía, o en el relato inicial del niño(a) o los referentes protectores sobre la existencia de episodios de violencia que den cuenta de hechos de maltrato o de otro tipo de vulneración física. Si existe la sospecha de una situación grave de violencia física o de abuso sexual, producto de los antecedentes o del relato, se debe realizar una evaluación médica que certifique el hecho y permita fundamentar una acción legal en contra de los posibles responsables. La recolección de la información puede hacerse a través de fuentes secundarias, pero siempre es necesaria la información recopilada a través de entrevistas directas con el niño y su familia. De acuerdo a las características y riesgo de cada caso, el equipo debe decidir hasta que punto “abrir” el tema al interior del grupo familiar, ya que existen situaciones de especial fragilidad y una intervención inadecuada puede aumentar el riesgo del niño y obstaculizar los posteriores cursos de acción (por ejemplo, abuso sexual intrafamiliar). Así, la recolección de información debe llevarse a cabo con prudencia, debe ser parte de un proceso de evaluación profesional que permita sustentar técnicamente los resultados obtenidos mediante la realización de un proceso evaluativo de tipo objetivo, científico, especializado, evitando involucrar a más personas de lo necesario. El tiempo estimado para evacuar el informe de calificación diagnóstica no debe exceder los 20 días hábiles, lo que no significa que se adopten medidas de urgencia inmediatas ante la detección de grave vulneración de derechos presente en un caso atendido. Lo anterior obedece a la necesidad de interrumpir en forma inmediata una situación grave. Es necesario destacar que la no participación de adultos responsables del niño, niña o adolescente en el proceso de evaluación, por resistencia a la intervención, ausencia de motivación, negación, etc., constituyen elementos a señalar en el informe de calificación diagnóstica. En general, se debe informar aspectos relevantes del caso, que permitan dar cuenta de la situación de los niños y de la evaluación realizada.
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Es necesario señalar que las personas que tienen el carácter de empleados públicos (CTD de administración directa), tienen la obligación de denunciar aquellos hechos constitutivos de delito (maltrato físico grave, abuso sexual, etc.). En aquellos CTD administrados por instituciones colaboradoras, éstos deberán poner los hechos en conocimiento del tribunal de menores y la dirección regional del Sename respectiva.
En síntesis, la evaluación realizada deberá considerar los siguientes aspectos: • Grado de satisfacción general de sus necesidades básicas en todos los contextos. • Presencia de problemas de salud física y grado de incapacidad para el desempeño de distintas áreas. • Desarrollo cognitivo y emocional. • Capacidad de evocar relatos asociados al tipo de derecho vulnerado y al daño asociado a la vulneración de derechos que presenta. • Capacidad para expresar los sentimientos asociados ante la evocación de experiencias traumáticas. • Capacidad para reconocer figuras agresoras y/o no protectivas. • Capacidad para establecer vinculación con adultos protectores, no agresores. • Grado y calidad de la vinculación afectiva con los distintos integrantes de su familia de origen. • Capacidad para articular verbalmente su historia de vida, identificando, sus figuras afectivas y aquellas que él o ella describe como ausentes, agresoras y/o indiferentes. Respecto a la situación familiar, es necesario considerar las siguientes variables: • Si el niño, niña o adolescente cuenta o no con figura protectora en su familia de origen. • Con qué familiares o adultos significativos se cuenta para garantizar su protección. • Irreversibilidad de la situación familiar. • Tipología de la violencia ejercida en su contra: intra y/o extrafamiliar. Tales antecedentes permiten diseñar las hipótesis específicas de trabajo, los objetivos de la intervención, las estrategias pertinentes y un pronóstico, tanto de la niña, el niño o adolescente, como de la familia. En el análisis y planteamiento de las estrategias de intervención se contempla y garantiza la activación de todos los recursos personales, profesionales y sociales tendientes a velar por el mejor bienestar de la niña, niño o adolescente. Respecto de las variables que permiten establecer un pronóstico del caso, se considera el tipo de vulneración, la gravedad del daño ocasionado, existencia o no de grupo familiar y/o adulto significativo, y existencia o no de abandono materno–paterno.
Definición de cursos de acción Una vez determinado el tipo de derecho vulnerado y la gravedad del daño asociado a la vulneración de derechos, así como el nivel de riesgo de una nueva revictimización, es posible planificar los cursos necesarios de acción.
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Las alternativas de derivación que puede proponer el equipo del CTD son las siguientes: 1 Derivación a la familia con orientación. No obstante lo estipulado en la Ley de Menores respecto al tipo de situaciones que deben ser derivadas a un CTD, es probable que algunos niños/as y sus familias no requieran de mayor intervención, puesto que la evaluación realizada permite acreditar la ausencia y/o superación de la situación que originó su ingreso, la derivación hacia apoyo de la red local (OPD, por ejemplo) y se deba proceder a egresar. Frente a estas situaciones se debe intervenir para su reinserción familiar en forma inmediata. En este sentido, la reincorporación a la familia o con figuras parentales significativas, sin mediar otro tipo de intervención, representa la validación del proceso evaluativo realizado, cuyo resultado concluye con la ausencia de debilidad parental y, por tanto, el egreso representa la restitución del derecho a la no marginación de aquellos que han sido ingresados al centro por simples criterios de “sospecha” o de “eventual riesgo” por parte de quien los ingresó. Sin embargo, es un muy importante que el equipo técnico evalúe si existe la necesidad de realizar una o más sesiones con la finalidad de orientar a la familia y evitar que se produzcan situaciones más complejas que lleven en algún momento al reingreso o con el fin de conectar a dicha familia con algún sistema de atención de la red sectorial que se constituya en apoyo. Al respecto, el rol de los asistentes sociales y educadores es fundamental, pues, a indicación de los profesionales, pueden realizar seguimiento complementario a las entrevistas, especialmente respecto de la coordinación con la red social. 2 Derivación a programa especializado. Al momento de finalizar la calificación diagnóstica y definirse la existencia de grave vulneración de derechos presente en el caso, es importante y urgente realizar la derivación a programas especializados7, como reparación de maltrato constitutivo de delito, programa para niños de y en la calle, reparación para víctimas de explotación sexual comercial y reparación por uso de drogas, entre otros. En el caso en que la calificación diagnóstica sea residencial y el niño no pueda egresar a su familia, es indispensable la coordinación con los proyectos especializados con el propósito de acordar la derivación y el eventual traslado del niño, niña o adolescente que lo requiera. Por lo mismo, cada centro deberá contar con un mapeo de recursos institucionales y comunitarios de la red de programas y proyectos en la red social y, al mismo tiempo, de la red Sename. 3 Protección Residencial. En caso de que el niño/a deba salir de su grupo familiar de origen, deberán proponerse, en primer lugar, aquellas alternativas residenciales que tuvieran una cercanía afectiva con el niño/a y posteriormente las demás institucionales, operando del siguiente modo: • Traslado del niño a casa de parientes, amigos o vecinos, que el equipo técnico ha evaluado como entorno protector, previa autorización del tribunal.
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En el caso que no exista vacante inmediata en los centros especializados en la reparación de graves vulneraciones, es importante realizar la coordinación con dicho equipo a fin de acordar que el CTD realice una intervención breve (ver Intervención breve) con alguna figura adulta responsable en pro de la protección del niño, niña o adolescente. Dicha intervención se realizará en espera de la vacante requerida.
• Si no es posible contar con la ayuda de familiares o amigos cercanos, deberá privilegiarse el ingreso a un programa de acogida familiar. En caso de no existir vacantes, se deberá solicitar al tribunal de menores una orden de ingreso a un CTD residencial y/o hogar de protección simple. • Si es factible, se deberá derivar a la Unidad de Adopción del Sename para evaluar su posible adopción.
Devolución Diagnóstica Una vez establecida la calificación diagnóstica corresponde efectuar una “devolución diagnóstica”, informando al niño/a y su familia el resultado y cuál o cuáles serán las propuestas que se harán al tribunal. En el caso que esto no sea posible, por razones de seguridad para el niño(a) al develar la medida (por ejemplo, retiro temporal del niño o niña de su hogar por riesgo de agresión del padre), se debe cumplir igualmente con esta acción con el niño o niña, escuchar su posición e incluirla en el informe. Finalmente, con el objetivo de utilizar procedimientos claros, precisos y adecuados a la exigencia de brevedad en el tiempo, se ha estandarizado la calificación diagnóstica. Para ello se dispondrá de un formulario de registro, un formulario de informe y un descriptor de las acciones a realizar.
INTERVENCIÓN BREVE En aquellos casos en que los niños o niñas que han sufrido una situación de vulneración de derechos de menor complejidad y que no pueden ser atendidos en la red de atención disponible, el CTD podrá iniciar una intervención de corta duración, la cual deberá ajustarse al siguiente procedimiento y requisitos.
Objetivos Específicos 1. Interrumpir la situación de vulneración de derechos que motivó el ingreso al centro. 2. Re-elaborar la situación de vulneración de derechos que motivó el ingreso al centro, incorporando sus consecuencias sicológicas y sociales en el proceso de desarrollo. 3. Desarrollar y fortalecer los recursos y potencialidades protectoras de la red familiar y operativa del niño o niña.
Fases de la intervención Profundización de la calificación diagnóstica El objetivo de esta fase es profundizar en las características familiares, las del niño(a), del contexto y de la situación de vulneración de derechos, con la finalidad de complementar la información obtenida en la calificación diagnóstica y orientar adecuadamente el plan de intervención individual y familiar. Esta fase sólo se justifica si la información disponible no permite orientar adecuadamente el proceso de toma de decisiones.
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Plan de Intervención Individual (PII)8 Una vez concluida la profundización diagnóstica, se procede a elaborar un plan de intervención individual, el cual debe contener los objetivos, estrategias, acciones y tiempos que guiarán el tratamiento. Este plan debe ser la representación que el equipo técnico (profesionales y educadores), el niño y su familia tienen respecto a cómo debe ser realizada la intervención para alcanzar los objetivos propuestos en un plazo de tiempo no superior a los tres meses. Este último elemento es fundamental al definir los objetivos del plan, los cuales deben adecuarse a la realidad temporal. Así, se espera que dicho plan contenga propósitos de protección, contención emocional, elaboración del hecho de vulneración y refuerzo de los recursos protectores del niño y su familia, entre otros. La construcción del PII debe ser producto de un trabajo del equipo y debe incluir la opinión del niño y su familia. Siempre debe existir un profesional responsable de la intervención.
Tratamiento En esta fase se lleva a cabo la realización del plan de tratamiento individual, mediante el uso de algunas herramientas de intervención, las cuales deben entenderse como recursos estratégicos y flexibles, es decir, que su utilización depende de las características de cada caso y deben ponerse a revisión en cualquier momento del proceso, respetando los requerimientos técnicos previos que algunas de ellas exigen. Para ello se pueden utilizar acciones de apoyo social (de curso legal, intervención social, práctica de redes, intervención en red, intervención socioeducativa) o apoyo sicológico (intervención individual, familiar, de grupo). En el anexo se describen estas herramientas. En el caso en que como medida de emergencia se haya ingresado para intervención a un niño o niña víctima de una grave vulneración de derechos, debido a la no existencia de oferta especializada disponible, el equipo debe diseñar la intervención incorporando sólo las medidas de protección inicial para interrumpir el maltrato o abuso, la contención y el refuerzo de una figura adulta para el logro de que ésta participe en el proceso posterior en un proyecto especializado y apoye la protección de la víctima.
Seguimiento Se trata de una acción específica y posterior al egreso orientada a evaluar la mantención de los cambios que ameritaron el término de la intervención, a través de la observación de las habilidades y recursos de la red operativa del niño o niña y los recursos protectores de las figuras significativas del ámbito familiar y de la red institucional y comunitaria. En términos concretos, se debe traducir en una o dos visitas del educador/a al domicilio dentro del mes posterior al egreso.
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Se anexa formato de PII
RESULTADOS ESPERADOS. 1. Elaboración del 100% de Informes propositivos de calificación diagnóstica en un plazo no superior a 20 días. 2. 30% de atenciones en intervención breve con respecto al total de la población diagnosticada, por un tiempo máximo de 3 meses por caso. 3. 70% de los casos que ingresan a intervención breve interrumpen y modifican las situaciones de vulneración incorporando habilidades sicológicas, sociales y familiares protectoras desde un enfoque de género. 4. El 70% de las coordinaciones intra o intersectoriales realizadas por el CTD encuentra acogida y resuelve positivamente las necesidades de sus usuarios/as. 5. 100% de los casos en los que niños y niñas son víctimas de vulneración grave de derechos son atendidos para la interrupción inmediata de las transgresiones e ingresan a una alternativa adecuada que resguarde su seguridad.
EVALUACIÓN 1 Evaluación de proceso. Es de carácter formativo y consiste en evaluar la ejecución del CTD en cuanto a la calificación diagnóstica, su estrategia o diseño de intervención, el modelo de gestión (recursos humanos, administrativos y financieros), los instrumentos y técnicas utilizadas, los problemas y logros, de manera que permita mejorar el proceso de intervención que se está llevado a cabo y provocar el perfeccionamiento permanente del quehacer. Este tipo de evaluación debe contemplar la participación de todos los miembros del equipo. 2 Evaluación de resultados. Debe realizarse anualmente9 por parte del equipo de los CTD, con el objetivo de dar cuenta de los logros, problemas y resultados obtenidos en relación al trabajo de diagnóstico e intervención. La base de esta evaluación la constituye los resultados esperados y los indicadores para su medición. Se trata de evaluar o determinar cuáles son los logros globales de la intervención, la calidad del servicio prestado, con fuerte énfasis en las consecuencias que tiene esta intervención para los usuarios. 3 Evaluación de los usuarios. Consiste en conocer desde los beneficiarios/as u otros actores implicados su percepción acerca de la calidad de atención recibida, puede ser un elemento de gran valor que retroalimente la intervención que se está llevando a cabo, por lo cual debe ser incluida en el proceso evaluativo del proyecto. Como el instrumento de evaluación de usuarios está desagregado por sexo, también permitirá incorporar acciones remediales diferenciadas. El proyecto deberá contemplar un sistema de registro de información que permita apoyar las evaluaciones tanto de proceso de resultados, como la realizada a los usuarios respecto de la atención recibida.
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El Sename solicita actualmente dos informes de resultados: un estado de avance a los 6 meses y uno final, al año de ejecución.
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RECURSOS HUMANOS Equipo Básico El equipo que se desempeñe en los CTD deberá estar conformado, a lo menos, por: Director Sicólogo/a Asistente social Educador/a Abogado/a Secretaria Contador/a Administrativo de apoyo Se considera un/a sicólogo/a jornada completa, un/a asistente social jornada completa y un educador/a media jornada por cada 25 casos de atención simultánea. Si el proyecto incluye oferta residencial, la planta de personal e infraestructura del establecimiento para este ámbito de la intervención se encuentra definido en Orientaciones Técnicas del Sistema Residencial.
Perfil y Funciones Directora • Sicólogo o trabajador social con formación terapéutica, titulado, con experiencia mínima de tres años en intervención con niños y familias. • Conocimiento en temas de infancia. • Con capacidad para desarrollar gestión directiva, administrativa, financiera y especialmente técnica. • Con capacidad para desarrollar práctica de red. • Con capacidad técnica para guiar el proceso de intervención del equipo y de investigación social. • Competencias y habilidades para desarrollar relaciones igualitarias entre hombres y mujeres en el trabajo individual, familiar y grupal. • Tener actitud no discriminadora con los niños /as, especialmente los referidos a estereotipos de género. Funciones • Responsable de la dirección técnica y administrativa del CTD. • Responsable de las acciones del proyecto frente a los tribunales de menores. • Responsable de desarrollar estrategias de negociación, planificación y articulación con la red Sename y la red social. • Responsable del diseño y planificación del CTD. • Responsable del proyecto frente a Sename. Sicólogo/a • Profesional titulado y con experiencia mínima de dos años en trabajo con familias y niños. • Con formación y experiencia terapéutica. • Disposición al trabajo en equipo. • Con conocimiento en el ámbito de clínica infantil.
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• Competencias y habilidades para desarrollar relaciones igualitarias entre hombres y mujeres en el trabajo individual, familiar y grupal. • Tener actitud no discriminadora con los niños /as, especialmente los referidos a estereotipos de género. Funciones • Responsable del proceso operativo de la calificación. • Responsable del proceso operativo de la intervención breve. • Contribuir en el diseño de evaluación y seguimiento de los casos. Responsable de remitir a la dirección regional del Sename los antecedentes que den cuenta de graves vulneraciones presentes en los niños, niñas o adolescentes. • Contribuir en el sistema de registro. Asistente social • Profesional titulado y con experiencia mínima de dos años de trabajo en temas de infancia y familia. • Con formación y experiencia en trabajos grupales. • Con formación y experiencia en trabajo de redes. • Disposición al trabajo en equipo. • Competencias y habilidades para desarrollar relaciones igualitarias entre hombres y mujeres en el trabajo individual, familiar y grupal. • Tener actitud no discriminadora con los niños /as, especialmente los referidos a estereotipos de género. Funciones • Participar técnicamente en el proceso de calificación. • Responsable de las evaluaciones sociales en terreno. • Responsable de la acción comunitaria y social del CTD. • Responsable del proceso de evaluación y seguimiento de los casos. • Responsable de la coordinación para la derivación de los casos que lo requieran. • Responsable de remitir a la dirección regional del Sename antecedentes que den cuenta de graves vulneraciones presentes en los niños, niñas o adolescentes • Contribuir al sistema de registro. Educadores • Profesional o técnico del área sico-social. • Experiencia en el trabajo con niños. • Experiencia en el trabajo con familias. • Experiencia en el trabajo comunitario. • Formación en el tema de infancia. • Disposición al trabajo en equipo. • Competencias y habilidades para desarrollar relaciones igualitarias entre hombres y mujeres en el trabajo individual, familiar y grupal. • Tener actitud no discriminadora con los niños /as, especialmente los referidos a estereotipos de género. Funciones • Técnico que participa en el desarrollo de talleres grupales. • Contribuye en el seguimiento de los casos, especialmente cuando se recurra en la derivación. • Responsable del seguimiento en la aplicación del diseño técnico en los casos con residencia. Secretaria • Técnico, con conocimientos y habilidades de secretariado. • Conocimiento y manejo computacional. 29
• Con habilidades para la atención de público. • Tener actitud no discriminadora con los niños /as, especialmente los referidos a estereotipos de género. Funciones • Responsable del registro computacional. • Recepción de público. • Apoyo a la gestión administrativa del director. Contador/a • Titulado, con conocimiento en materias contables, previsionales y laborales. • Deseable experiencia en la ejecución de proyectos financiados por Sename. Funciones • Apoyo en el manejo financiero del proyecto. • Responsable del pago de sueldos y honorarios. Auxiliar Funciones • Cuidador del centro. • Aseo y mantención. • Labores de estafeta.
RECURSOS MATERIALES MÍNIMOS
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Local adecuado a las necesidades del proyecto: número de oficinas o salas adecuado, baño para el personal y para público accesible a niños, sala de recepción, sala de reuniones y en lo posible patio.
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Computador con los siguientes requerimientos mínimos: Procesador Pentium, disco duro no inferior a 2 GB, memoria mínimo 32 MB RAM u otro, unidades de disco de 3 ½ pulgada de alta densidad y unidades de CD ROM (opciones de multimedia son necesarias por las características de software actual), impresora, tarjeta fax-modem, conexión con Internet que permita correo electrónico. Sistema operativo Windows 98 o superior, programas Office 2000 con Access incluido.
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Cámara de video.
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Grabadora cassette.
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Teléfono, fax y correo electrónico.
Sistema Residencial de Protección
Sistema Residencial de Protección
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SISTEMA RESIDENCIAL DE PROTECCCIÓN PRESENTACIÓN
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a familia es la primera y principal responsable de la protección de los derechos de los hijos e hijas. Sin embargo, existen situaciones en que sus capacidades se han visto debilitadas para cumplir adecuadamente su rol, siendo los niños y niñas expuestos a graves vulneraciones de derechos. Para su protección algunos/as deben ser separados de sus familias por orden judicial transitoria o permanentemente. La necesidad de disponer de un sistema residencial eficiente y eficaz se fundamenta en el compromiso del Estado de Chile de garantizar el cuidado de los niños, niñas y adolescentes que requieren contar con una protección especial y dentro de un marco que provoque el menor desarraigo familiar y comunitario. Lo anterior ratifica lo señalado en las modificaciones realizadas a la Ley de Menores a través de la publicación de las Normas Adecuatorias del Sistema Legal Chileno a la Reforma Procesal Penal, vigentes desde el 31 de mayo de 2002, que en su Artículo 30 señala: “La medida de internación en un establecimiento de protección sólo procederá en aquellos casos en que, para cautelar la integridad física o síquica del menor de edad, resulte indispensable separarlo de su medio familiar o de las personas que lo tienen bajo su cuidado, y en defecto de las personas a que se refiere el inciso anterior. Esta medida tendrá un carácter esencialmente temporal, no se decretará por un plazo superior a un año y deberá ser revisada por el tribunal cada seis meses, para lo cual solicitará los informes que procedan al encargado del centro u hogar respectivo. Sin perjuicio de ello, podrá renovarse en esos mismos términos y condiciones, mientras subsista la causal que le dio lugar. En todo caso, el tribunal podrá sustituir o dejar sin efecto la medida antes del vencimiento del plazo por el que la hubiere dispuesto.”
DEFINICIÓN El Sistema Residencial acoge a aquellos niños, niñas y adolescentes gravemente vulnerados en sus derechos, que deben ser separados de su grupo familiar de origen con una orden judicial, mientras se realizan acciones especializadas o reparatorias para restablecer su derecho a vivir en familia. Las residencias deben ser concebidas como una medida proteccional de excepción, destinada al cuidado de los niños, niñas y adolescentes en ellas atendidos. Incorporando un enfoque de derechos, el diseño10 de las residencias debe considerar la diversidad del sujeto, sus problemas y potencialidades, las condiciones e intereses de su género, la planificación del proceso de intervención y su constante evaluación, manteniendo un alto nivel en la calidad del servicio que presta, de manera de articular una atención que asegure la efectiva superación de las situaciones que provocaron el ingreso de los niños, niñas y adolescentes. En este sistema se debe asegurar la satisfacción de las necesidades fundamentales y promover el pleno ejercicio de derechos por parte de los usuarios, logrando condiciones donde el derecho al buen trato, la 10 De igual forma, este diseño deberá considerar los resultados del proyecto anterior (en caso que corresponda) desagregados por sexo y un breve comentario explicativo de los datos, especificando las causales que pudieren justificar las diferencias entre niños y niñas contenidas en éstos.
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convivencia familiar y comunitaria, la salud y el desarrollo de procesos sociales y educativos, sean principios inherentes a este tipo de atención. Los niños y niñas residentes deberán participar en intervenciones destinadas a la reparación y restitución de los derechos vulnerados, ya sea entregada por la misma residencia (que cuente con profesionales para este efecto) o por proyectos especializados.
OBJETIVOS Objetivo General Garantizar el bienestar y protección de las necesidades fundamentales de provisión, participación y buen trato11 de los niños, niñas y adolescentes que deben ser separados de su familia producto de una grave vulneración, mientras se restablecen sus derechos a vivir en familia.
Objetivos Específicos 1. Asegurar una adecuada calidad de vida y satisfacción de los derechos de alimentación, salud, educación, recreación, vestuario, higiene y seguridad, de recibir un trato afectuoso y respetuoso, y de opinar y participar en las decisiones que lo involucran. 2. Fortalecer, directamente o a través de otros organismos, las capacidades parentales de las familias para restituir en el más breve plazo el derecho a desarrollarse en ella. 3. Contribuir, directamente o a través de otros organismos, a la reparación de las secuelas de la grave vulneración de derechos que motivó el ingreso a la residencia. 4. Preparar a los adolescentes para la vida independiente, en los casos en que se requiera. 5. Cumplir con la normativa legal vigente respecto a la internación de los niños, niñas y adolescentes.
SUJETO DE ATENCIÓN Para un programa residencial son sujetos de atención el niño, niña o adolescente que presente necesariamente las siguientes situaciones12: a) Una grave vulneración de derechos relacionada con su familia de origen, que requiere de una separación temporal de ésta, mientras se efectúa la intervención que permita restituir su derecho a vivir en familia. b) Una medida de protección que ha determinado la separación13 de los adultos responsables de su crianza. c) Carencia de una red familiar vincular que pueda asumir su cuidado y protección.
11 Se refiere principalmente a los derechos de alimentación, salud, educación, recreación, vestuario, higiene, seguridad, de opinar, de recibir un trato respetuoso y de participar en las decisiones que lo involucran. 12 Se requiere que presenten todas estas situaciones. 13 La separación puede ser temporal o definitiva, de acuerdo a la situación del niño, niña y su familia.
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Edades Podrán ser atendidos en un programa residencial niños, niñas o adolescentes de 6 a 17 años, 11 meses y 29 días. Excepcionalmente se constituirán en sujeto de atención los niños y niñas de 0 a 5 años 11 meses, en el caso en que no exista oferta especializada para lactantes y preescolares14, y los jóvenes mayores de 18 años y menores de 24, cuando se encuentren cursando estudios superiores acreditados, lo que deberá ser aprobado por la dirección regional del Sename respectiva.
Tiempo de Permanencia La permanencia de los niños, niñas y adolescentes en las residencias no podrá ser superior al tiempo necesario para que el grupo familiar de origen, extenso o sustituto logre su habilitación en el rol de cuidado y protección. En el caso de adolescentes que requieran preparación para la vida independiente, permanecerán en el sistema hasta que se encuentren habilitados para ello, no obstante este proceso no debería superar la mayoría de edad o los 24 años, según corresponda. En todo caso, el artículo 30 de las Normas Adecuatorias establece que esta medida “tendrá un carácter esencialmente temporal, no se decretará por un plazo superior a un año, y deberá ser revisada por el tribunal cada seis meses, para lo cual solicitará los informes que procedan al encargado del centro u hogar respectivo. Sin perjuicio de ello, podrá renovarse en esos mismos términos y condiciones, mientras subsista la causal que le dio lugar. En todo caso, el tribunal podrá sustituir o dejar sin efecto la medida antes del vencimiento del plazo por el que la hubiere dispuesto”.
INTERVENCIÓN Dada la diversidad de problemáticas y características de quienes ingresan a este programa, no es posible establecer un modelo único que deba desarrollarse en todos los casos, por lo que estas orientaciones son de carácter general y deben adecuarse a la realidad de cada niño, niña o adolescente que requiera este tipo de medida. Sin desmedro de lo anterior, todo plan de intervención deberá considerar la variable de género. En la práctica se deben realizar todas las acciones que permitan a los niños, niñas y adolescentes preservar su identidad, retroalimentando las relaciones familiares, evitando el mayor desarraigo posible. En este contexto, es necesario facilitar y crear las condiciones que permitan a los hermanos permanecer en una misma residencia o mantener contacto estable. Los programas residenciales tienen la obligación de velar por el cumplimiento del ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, lo que implica procurarles una atención integral, mientras en forma paralela se realizan las acciones para la reparación de las consecuencias de la vulneración de derechos y para lograr, en el más breve plazo, el reintegro a una familia, si corresponde. La residencia deberá proveer a los niños, niñas y adolescentes un adecuado nivel de vida, que se traduce en lo siguiente: • Alimentación adecuada y suficiente, acorde a las edades y necesidades nutricionales específicas de cada niño, niña o adolescente. Para ello las residencias deberán contar con asesoría nutricional para la planifi-
14 Además, en los casos en que se considere adecuado el ingreso del niño o niña a esa residencia, como por ejemplo, cuando son hermanos de diferentes edades o cuando la residencia se encuentra cercana al lugar donde vive la familia.
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cación de las minutas. Además, el personal que manipula los alimentos deberá contar con la certificación de salud correspondiente al día. • Acceso a la atención de salud, de acuerdo a la edad, sexo y necesidades de cada niño, niña o adolescente, incluyendo tratamientos si lo requieren. Todos deberán estar inscritos en el establecimiento de atención primaria (consultorio) del sector, con los controles de salud al día, incluyendo programa de vacunación. La residencia, además, deberá asegurar la atención médica oportuna y eficiente frente a enfermedades que presenten los niños. La atención en salud incluye la atención dental y mental. • Acceso al sistema de educación y apoyo en el proceso. Todos los niños y niñas deberán estar matriculados en un establecimiento educacional, asistiendo regularmente. La residencia deberá entregar el apoyo necesario para el adecuado desarrollo de las actividades escolares. Cuando el niño o niña tenga retraso escolar o condiciones que no le permitan el ingreso o mantención en el sistema escolar, se deben realizar todas las acciones necesarias para desarrollar actividades de nivelación escolar y preparación para el ingreso al sistema formal. • Higiene personal. La residencia deberá determinar un programa de higiene para los niños y niñas, que contemple baño diario y dispondrá de los elementos necesarios para su cumplimiento (agua caliente para duchas, jabón, champú, toallas, pasta y cepillos de dientes, toallas higiénicas, etc.) • Vestuario y ropa de cama. La residencia deberá proveer a los niños y niñas de vestuario suficiente, adecuado al clima, a su desarrollo evolutivo y a sus preferencias, dentro de lo posible. La ropa de cama (que incluye sábanas, frazadas, cubrecama, almohada y pijama) debe ser adecuada al clima existente. • Infraestructura, equipamiento y condiciones de seguridad. La infraestructura disponible deberá ser segura, contando con las certificaciones necesarias al día. Al mismo tiempo se deberá procurar que cuente con dependencias diferenciadas para las actividades cotidianas, que permitan el funcionamiento en grupos pequeños y que aseguren espacios de privacidad de los niños y niñas (dormitorios y baños especialmente). Deberá existir camas individuales y los niños deberán disponer de un espacio propio para guardar sus efectos personales, al cual debe tener libre acceso. Por otra parte, se deberán respetar los derechos de participación y protección, como se indica a continuación: - Participación. Implica considerar al niño o niña como protagonista de su propio desarrollo y de las acciones destinadas a lograr la protección y ejercicio de sus derechos. Los niños y niñas, de acuerdo a su etapa evolutiva, deberán ser informados de las acciones que se desarrollarán con su participación en la residencia, así como de la intervención con su familia. La residencia debe establecer los mecanismos necesarios par recoger su opinión. - Buen trato. Se debe otorgar un trato humano, digno, afectivo y respetuoso, tomando en consideración las necesidades propias de cada niño, niña y adolescente, al igual que con su familia. El trato cariñoso y de reconocimiento de la individualidad debe caracterizar la relación que se establezca con cada niño o niña, el que es imprescindible para un desarrollo sicológico sano. Se prohíbe toda forma de trato negligente o que produzca menoscabo físico o sicológico. La residencia debe disponer de una normativa interna, conocida por todo su personal, que establezca claramente el tra-
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to que debe entregarse a los niños y sus familias, las acciones que no están permitidas y el procedimiento a realizar ante una situación de maltrato. No se aplicarán medidas disciplinarias que produzcan menoscabo o daño físico o sicológico a los niños y niñas, como por ejemplo, golpes, privación de alimentación, de la visita de su familia, de las salidas, el uso de sobrenombres o aislamiento. Los organismos acreditados que detecten hechos que involucren maltrato, abuso sexual u otras irregularidades en la atención de niños, niñas y jóvenes, por parte de cualquier persona que desempeñe funciones en un centro residencial deberán realizar las siguientes acciones: 1. Investigar los hechos. 2. Tomar medidas preventivas para la suspensión de sus funciones del involucrado. 3. Informar de sus resultados al Servicio Nacional de Menores a través de la dirección regional pertinente y de las medidas adoptadas a su respecto. 4. Iniciar las acciones legales que correspondan frente a los tribunales competentes, cuando el mérito de los hechos lo justifique. 5. Realizar la denuncia ante tribunales competentes frente al conocimiento de la existencia de maltrato infantil constitutivo de delito, ejercido en contra de un niño, niña o adolescente y remitir dichos antecedentes al Servicio Nacional de Menores a través de la dirección regional pertinente. La evaluación de satisfacción de usuario debe formar parte del proceso a desarrollar con cada niño, niña y adolescente en forma permanente. • Integración Familiar y Comunitaria. La residencia facilitará actividades con el objetivo de lograr la integración familiar y comunitaria. Al respecto, se facilitará el contacto con las familias, excepto en los casos en que esté contraindicado por el equipo técnico y por el tribunal competente. Además, se facilitará y estimulará el acceso a actividades sociales y culturales de la comunidad y a actividades religiosas de acuerdo a su credo.
Fases de intervención a) Ingreso o acogida Los niños, niñas o adolescentes ingresarán sólo por solicitud de tribunales, de los centros de diagnósticos, OPD o proyectos especializados, con la orden de tribunal respectiva y con un diagnóstico elaborado por la instancia que lo deriva y con antecedentes que den cuenta de la grave vulneración de derechos que presenta y que ameritan su ingreso a la residencia. La acogida del niño/a en una residencia debe ser realizada por la persona responsable de la misma, desarrollando actividades de bienvenida al momento de su ingreso. Se deberán responder sus dudas y acompañarlo lo más cerca posible a lo menos durante la primera semana, explicándole el sistema, mostrándole las dependencias y reglas de convivencia diaria y funcionamiento. Se debe mantener en todo momento informado al niño, niña o adolescente de su situación y del tiempo estimado de su permanencia en el lugar, en concordancia con sus etapas de desarrollo evolutivo.
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Mientras permanezca en una residencia, las personas responsables de la misma deberán proveer sus necesidades de alimentación, vestuario y calzado (incluyendo el escolar), apoyo escolar (incluyendo materiales), artículos de aseo e higiene personal u otros que requiera. También deberán desarrollar todas las acciones destinadas a protegerlo y a resguardar su seguridad, permitiendo su libre desplazamiento tanto al interior de la residencia como en su entorno de acuerdo al grado de autonomía personal. Se deberá garantizar en la cotidianidad de la atención, como en la intervención técnica, el derecho a la participación y al buen trato, respetando su vida privada y la de su familia, guardando el secreto profesional en relación a sus antecedentes y situaciones de su familia, que no corresponde que sean de dominio público. Se debe tener especial cuidado de no estigmatizar a los niños, niñas y adolescentes por presentar características individuales especiales, problemas físicos, situaciones escolares, desajustes conductuales y/o situaciones familiares. El funcionamiento diario de la residencia se organizará de tal manera que permita al niño, niña o adolescente contar con espacios propios y disponer de los elementos que hay en ella, ofreciendo un ambiente afectuoso, participativo, personalizado y de calidez asegurando su integración a todos los recursos comunitarios, tanto recreativos, educacionales, de salud y espirituales que sean de su interés. La separación de los niños, niñas y adolescentes al interior de la residencia debe ser de acuerdo a su edad, sexo y/o características específicas, tomando en cuenta el desarrollo evolutivo de cada uno de ellos. Al ingreso se deberán realizar las acciones que permitan que el niño, niña y su familia cuenten con la intervención que requieren para superar la vulneración de derechos que ameritó el ingreso del niño a la residencia. En el caso que la residencia no disponga de equipo técnico para la intervención o la situación requiere de intervención especializada (maltrato grave, drogas, etc.), deberá realizar las coordinaciones necesarias con los centros de la oferta de atención comunal o regional (intra y extra Sename) para asegurar la atención. Igualmente, deberá establecer las acciones necesarias para mantener la coordinación y la información pertinente que permita apoyar el proceso de reparación. Es responsabilidad del director o directora de la residencia procurar la intervención que el niño/a requiere. b) Diagnóstico Es imperativo contar con una evaluación diagnóstica de cada caso ingresado que permita conocer la situación de vulneración que motivó la llegada de un niño o niña a la residencia y diseñar el plan de intervención. La fase de diagnóstico debe considerar el proceso de evaluación individual del niño o niña desde su etapa evolutiva, del daño asociado a la vulneración, del impacto generado en el mismo al ser separado de su familia, sus recursos y capacidades y la evaluación de las capacidades parentales de los padres o tutores. En esta fase resulta fundamental contar con la evaluación de la existencia o no de redes familiares, competencias y capacidades protectivas, motivación presente en los adultos familiares o significativos de los niños y niñas para participar en las estrategias de intervención que se realizarán, resistencias o inhabilidades de los mismos. c) Diseño del Plan de Intervención Cada niño, niña o adolescente deberá contar con un Plan de Intervención elaborado por el equipo de la residencia. Este debe contener las acciones en los ámbitos educativos, recreativos, de salud, participación, etc.
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Además, deberá considerar la intervención técnica destinada a la reparación de los derechos vulnerados, incluida la intervención familiar. Estas últimas acciones podrán ser realizadas por equipos técnicos del mismo establecimiento o por proyectos especializados de otros organismos acreditados. Un aspecto necesario de mencionar es la planificación de las salidas de los niños, niñas o adolescentes a visitar a sus familias, como también la visita de sus padres o familiares a la residencia y el contacto telefónico o por escrito con ellos. Este acercamiento familiar deberá ser planificado, fundamentado y regulado por tribunales y el equipo profesional15. Para la elaboración del Plan de Intervención se debe utilizar el instrumento anexo (Anexo Nº 2). El desarrollo del Plan de Intervención debe registrar todas las actividades, con quién se realizó, la fecha, el profesional responsable, los resultados obtenidos y avances, como también las sugerencias, modificaciones y observaciones que se requieran efectuar. En cumplimiento de la Ley Adecuatoria de la Ley de Menores, los directores/as de las residencias deben informar a lo menos cada 6 meses al tribunal que ordenó el ingreso de la evolución de la situación de internación. Uno de los aspectos fundamentales a trabajar es el mejoramiento de las capacidades parentales de las familias de los niños y niñas, para lograr el aumento de las habilidades y competencias que permitan la integración familiar. Como se ha mencionado anteriormente, esta intervención puede ser realizada directamente por el equipo técnico de la residencia o por proyectos de fortalecimiento familiar o reparatorios especializados, cuando ésta sea la mejor alternativa. Cuando no exista referente familiar con quien trabajar, se debe evaluar otras posibilidades, como familia extensa, sustituta o adopción. d) Pre-egreso Esta fase de la intervención considera el período en que el niño, niña o adolescente se encuentra viviendo en familia, con el acompañamiento cercano del equipo que realizó la intervención. En este tiempo se evaluará la efectividad de su intervención, vale decir, si las acciones reparatorias han permitido que se encuentre favorablemente reinserto en su familia. Debido a que los niños o niñas han ingresado a la residencia por orden de un tribunal, será necesario informar a éste del comienzo de esta etapa de la intervención y solicitar la autorización respectiva. Este período podrá tener una duración máxima de cuatro meses y los objetivos y acciones deberán planificarse por escrito al igual que su evaluación. El paso de un niño o niña a esta fase deberá ser aprobado por la dirección regional del Sename correspondiente. Los profesionales realizarán seguimiento a través de contactos semanales con el niño o niña, su grupo familiar y entorno social, efectuando acciones que aseguren una permanencia eficaz y un adecuado desarrollo en su hogar. e) Egreso El egreso de una residencia estará sugerido por los equipos de intervención, unido a un proceso de progresiva autonomía con respecto al programa y la determinación del tribunal competente (orden de egreso). El
15 A menos que esté técnicamente determinado y aprobado por el tribunal competente, que el niño o niña no puede tener contacto con su familia o que este contacto debe ser supervisado por la presencia profesional correspondiente.
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egreso se relaciona con las condiciones alcanzadas por la familia que permitan la integración definitiva del niño, niña o adolescente en ella, en un ambiente protegido que asegure su normal desarrollo evolutivo y sin riesgos para su integridad. En el caso de los jóvenes que egresan a la vida independiente, se relaciona con las condiciones de autonomía que les permitan desenvolverse adecuadamente. Se deben registrar las acciones desarrolladas en cada caso, la fundamentación del egreso, el lugar de egreso y con quién egresa.
RESULTADOS ESPERADOS 1. 100% de los niños, niñas y adolescentes atendidos con derechos de provisión, participación y buen trato protegidos16. 2. 100% de las familias evaluadas en sus capacidades protectoras y vinculadas con procesos de intervención para fortalecerlas, cuando corresponda directamente o a través de otros organismos acreditados. 3. 100% de los niños y niñas con procesos de intervención para la reparación de la grave vulneración de derechos que motivó el ingreso a la residencia derivados a proyectos especializados. 4. Al menos el 80% de los niños, niñas o adolescentes que egresan de la residencia, lo hacen exitosamente17.
EVALUACIÓN Los programas residenciales deben evaluar la atención otorgada en el sistema de acuerdo a las necesidades propias de la edad de cada uno/a y la intervención realizada con la familia y a lo estipulado en el Plan de Intervención. Es necesario considerar la participación de los usuarios/as en la evaluación de dicho plan y de los resultados obtenidos. Se deben determinar los mecanismos a aplicar para seguir el curso de cada niño, niña y su familia en el proceso (período de permanencia, actividades en las que han participado y duración, porcentajes de asistencia a las actividades y motivos de las inasistencias, momento y tipo de egreso). Tal como lo señala la Ley, las residencias deben informar a lo menos cada seis meses al tribunal de menores que determinó el ingreso del niño, niña o adolescente. Este informe está orientado a evaluar los avances en el proceso de intervención.
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES El equipo básico de una residencia debe estar conformado por un/a encargado/a de residencia, educadores, manipuladora de alimentos y auxiliar-estafeta, y horas profesionales (sicólogo/a, asistente social, nutricio-
16 Incluye los derechos de alimentación, salud, educación, recreación, higiene personal, vestuario y ropa de cama, higiene del inmueble, infraestructura, equipamiento y condiciones de seguridad, prevención de riesgos, participación, buen trato e integración familiar y comunitaria. 17 Se entiende por egreso exitoso aquel que se produce por cumplimiento de los objetivos del plan de intervención, porque la familia cumple su rol y se supera la situación de vulnerabilidad.
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nista u otros). No obstante, el requerimiento de uno u otro funcionario/a va a depender del tipo de residencia que se establecerá y si ésta considera o no la intervención. Es indispensable que este personal sea seleccionado en un proceso que permita asegurar su idoneidad y que pueda acceder a instancias de capacitación y autocuidado profesional, tendiente a asegurar su eficiencia en el desempeño de sus funciones como también la integridad física y sicológica de los niños/as con los cuales trabajan. En términos generales, las personas seleccionadas para un cargo, deberán acreditar logros curriculares y un manejo óptimo de las relaciones interpersonales. En cuanto a los profesionales es deseable la experiencia de trabajo con niños y adolescentes y contar con formación en el área de infancia y adolescencia, con conocimientos y práctica en, a lo menos, intervención familiar en ambas especialidades, sicólogo y asistente social, y terapia con niños/as y adolescentes o adultos en el caso de los sicólogos. En relación a los educadores, deben tener 4º de enseñanza media, preferentemente con formación posterior en infancia. Las contraindicaciones más importantes a considerar para desempeñar algún cargo son enfermedades crónicas invalidantes, salud mental incompatible para el trabajo con niños/as, alteraciones en la identificación sexual y antecedentes de comisión de delitos de maltrato o abuso sexual infantil. El personal es responsable directo de garantizar el cuidado, seguridad y buen trato para los niños, niñas y adolescentes en la residencia. Un aspecto fundamental a considerar en el personal es que éste debe tener la capacidad para crear un ambiente familiar en la residencia, debe ser capaz de establecer relaciones de confianza con su grupo, ser un referente estable que entregue seguridad y esté dispuesto a escuchar y apoyar, facilitando al niño, niña o adolescente su permanencia en la residencia, aminorando el impacto de la separación de su familia. Por lo tanto, la cantidad de personal dependerá de las características y necesidades de los niños y niñas y de las características de las residencias, de manera de lograr la atención más personalizada posible. Los turnos del personal deben estar claramente estipulados, tanto los que trabajan de día como de noche, para evitar los dobles turnos, los cuales inciden en el cansancio natural del personal lo que se puede traducir en un mal manejo con los niños, niñas y adolescentes. El proceso de selección de personal corresponde realizarse toda vez que se requiera contratar a una persona, ya sea profesional, técnico administrativo o auxiliar. El objetivo de la selección consiste en evaluar que las características del postulante (capacidad, experiencia y otras cualidades) respondan a los requerimientos del cargo que se pretende llenar, cargo que debe estar adecuadamente especificado. La selección del personal debe ser realizada por un profesional sicólogo, de modo de garantizar la adecuada utilización de técnicas e instrumentos para ello, y previo a la aplicación de baterías y entrevistas, debe efec-
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tuarse un riguroso estudio de los curriculums y antecedentes de los postulantes, de manera de descartar previamente aquellos que tienen antecedentes contraindicados para el trabajo con niños/as y adolescentes.
Perfil y Funciones Encargada/o residencia Profesional de las ciencias sociales, con experiencia en trabajo con infancia, en dirección y administración de recursos humanos y materiales, con habilidades para la resolución de conflictos e intervenciones en situaciones de crisis, con capacidad de liderazgo y trabajo en equipo. • Responsable directo de garantizar el bienestar y protección de derechos fundamentales de provisión, participación y buen trato de los niños, niñas y adolescentes, ingresados a la residencia, y responsable frente a los tribunales de menores por la integridad de cada uno de los niños y niñas atendidos y de informar a la familia cuando corresponda sobre hechos de significación relacionados con sus hijos. • Responsable técnico y administrativo del funcionamiento de la residencia. • Responsable de la coordinación con las instancias de derivación, tribunales, C.T.D., OPD. • Responsable de la coordinación con los equipos de intervención o especializados. • Responsable de la actualización de los registros. • Responsable de la información a tribunales y Sename. • Responsable del cumplimiento de las funciones del personal de la residencia, resolviendo adecuadamente los reemplazos del mismo en caso de licencias u otras situaciones que pueden afectar el buen funcionamiento de la residencia. Educador (a) de trato directo Técnico/a, auxiliar social o educador/a especializado, con experiencia, capacidad y habilidades para desarrollar actividades formativas y educativas con niños/as y adolescentes, capacidad para trabajo en equipo y habilidad para la resolución de conflictos en situaciones de crisis. Adecuada relación con figuras de autoridad, estabilidad emocional y adecuado control de impulsos. • Responsable del cuidado diario de los niños, niñas y adolescentes en la residencia. • Participar en la planificación de las actividades diarias a desarrollar con los niños, niñas y adolescentes. • Informar al encargado/a de la residencia, sobre novedades y aspectos relevantes o situaciones que afecten a los niños, niñas o adolescentes. • Apoyar al niño, niña y adolescente en sus labores escolares (representarlo/a como apoderado si corresponde). • Asegurar el acceso del niño, niña o adolescente a los controles y tratamientos de salud. • Responsable de los diferentes tratamientos de salud de los niños, niñas y adolescentes de acuerdo a lo impartido por los médicos tratantes. • Incorporar a los niños, niñas y adolescentes a las actividades recreativas, culturales y sociales de la comunidad. Manipuladora de alimentos Estudios básicos completos y conocimiento de manejo y manipulación de alimentos, con experiencia y motivación para trabajar con niños, niñas y adolescentes. • Responsable de la preparación de todos los alimentos que serán consumidos por los niños, niñas y adolescentes.
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• Responsable del inventario de su dependencia. • Responsable de garantizar la higiene tanto en las dependencias de la cocina, como de los alimentos.
Auxiliar Estudios básicos completos, experiencia en limpieza, aseo, reparaciones y estafeta, motivación para desempeñar su actividad, capacidad de contacto interpersonal adecuado, sociabilidad y buenas relaciones personales, capacidad para acatar normas o reglas. • Responsable del aseo y condiciones higiénicas de la vivienda. • Cumplir labores de despacho de correspondencia. • Efectuar reparaciones menores en la residencia.
Profesionales El equipo técnico, con un enfoque integral, debe profundizar los antecedentes diagnósticos existentes al ingreso del niño, niña o adolescente, realizar una profundización del diagnóstico orientado al tratamiento, que defina los derechos vulnerados en el caso o los ámbitos de conflicto presentados, conjuntamente con la definición de los recursos individuales, familiares y comunitarios existentes al momento del ingreso. El proceso diagnóstico debe concluir con la elaboración del pronóstico de cada caso, situación que permite interrelacionar los problemas, los recursos y las posibles soluciones que dan soporte al plan de intervención en un tiempo determinado. Los equipos incluyen sicólogo/a y asistente social. En las residencias que no incorporan profesionales, ya que la intervención directa con los niños y familias es realizada por otros organismos, se espera que el encargado de la casa sea profesional de las ciencias sociales, de preferencia sicólogo/a o asistente social. Recursos materiales mínimos Local adecuado a las necesidades del proyecto: • Número de oficinas o salas pertinente. • Baño para el personal y para público accesible a niños. • Sala de recepción. • Sala de reuniones. • Condiciones de seguridad para el personal y público, tales como salidas de emergencia, extintores de acuerdo a normativas y certificaciones de instalaciones eléctricas, entre otros. • Computador con los siguientes requerimientos mínimos: procesador Pentium, disco duro no inferior a 2 GB, memoria mínimo 32 MB RAM u otro, unidades de disco de 3 ½ pulgada de alta densidad y unidades de CD ROM (opciones de multimedia son necesarias por las características de software actual), impresora, tarjeta fax-modem, conexión con Internet que permita correo electrónico. Sistema operativo Windows 95 o superior, programas Office 2000 con Access incluido. • Teléfono, fax y correo electrónico.
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ANEXO Nº 1: CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA RESIDENCIAL. TIPOS DE ACUERDO A PLAZAS El sistema residencial, de acuerdo al número de plazas de sus centros, se puede clasificar en los siguientes tipos de establecimientos:
Centro residencial de alta cobertura: Establecimientos destinados a la atención residencial de niños, niñas y adolescentes que deben permanecer separados de su medio familiar por una medida de protección, cuya cobertura simultánea en un inmueble es superior a 60 niños y que no cuentan con condiciones físicas que permitan la atención personalizada, tales como villas, departamentos o módulos independientes para grupos de vida específicos.
Centro residencial de mediana cobertura: Establecimientos destinados a la atención residencial de niños, niñas y adolescentes que deben permanecer separados de su medio familiar por una medida de protección, cuya cobertura simultánea en un inmueble es de entre 41 y 60 niños.
Centro residencial de baja cobertura: Establecimientos destinados a la atención residencial de niños, niñas y adolescentes que deben permanecer separados de su medio familiar por una medida de protección, cuya cobertura simultánea en un inmueble es entre 21 y 40 niños.
Centro residencial de pequeña cobertura: Establecimientos destinados a la atención residencial de niños, niñas y adolescentes que deben permanecer separados de su medio familiar, por una medida de protección, cuya cobertura es hasta 20 niños, niñas y adolescentes.
CARACTERÍSTICAS GENERALES La infraestructura debe facilitar una adecuada atención. Deberán ubicarse en lugares de fácil acceso a los servicios de la comunidad. No deben estar ubicados en zonas peligrosas para su salud o seguridad, ya sea por la existencia de fuentes de contaminación superior a la que afecta al común de la población o por aislamiento geográfico que entorpezca la participación de los niños, niñas y adolescentes en la vida comunitaria y tampoco dificultar el acceso de sus familiares y el personal. Deben reunir las condiciones de salubridad, seguridad, ventilación, iluminación, calefacción y equipamiento, las que deben ser constatadas por instancias especializadas, lo cual debe ser avalado por el informe técnico pertinente. Deberán permitir una atención lo más personalizada posible, para lo cual las instituciones procurarán que las dependencias ofrezcan un ambiente lo más semejante a un ambiente familiar, cálido y acogedor. Se espera que los centros que no tengan condiciones de vida familiar adecuen su infraestructura de manera de evitar la existencia de pabellones destinados a la atención de grandes grupos de niños, niñas o adolescentes.
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Se entenderá por condiciones de vida familiar los centros que en su interior cuentan con instalaciones físicas que permiten el desenvolvimiento de la vida diaria en espacios habitacionales claramente definidos para grupos pequeños, los que permitan instancias de encuentros grupales y que faciliten el desarrollo de la individualidad, independientes y diferenciados por grupos de edades e intereses, de acuerdo a desarrollo evolutivo. Considera, también, dormitorios donde cada uno/a tenga su cama individual equipada de acuerdo a la estación vigente y un lugar para guardar sus pertenencias y efectos personales al cual tengan libre acceso. Debe contar con personal suficiente y estable para brindar una atención en un marco de afectividad, calidez, cuidado y protección. Además, debe favorecer instancias de participación y opinión en las decisiones, especialmente en lo que dice relación con las actividades internas de la residencia y en las externas que le permitan favorecer las relaciones sociales de los niños, niñas y adolescentes con sus pares de la comunidad. En los programas de actividades internas se debe respetar las diversidades de características personales, diferencias de género, culturales, religiosas, étnicas, sociales y familiares. Éstas se deben tener presente en el trato diario, permitiendo y favoreciendo su expresión. Es importante que a los niños, niñas y adolescentes se les facilite el acceso a actividades sociales y educativas, que estimulen y permitan un adecuado aprendizaje de normas y valores sociales universalmente aceptados, como el respeto a sí mismo y a los otros, la solidaridad, la honestidad y la participación social.
Instrucciones de seguridad de las residencias a) Las residencias deberán contar con un plan de manejo de emergencia, el que deberá estar en conocimiento de todo el personal. b) Mantener nómina de teléfonos de emergencia: Bomberos, Carabineros, ambulancias, dirección regional de Sename, Investigaciones, etc. c) Difusión, entrenamiento, aplicación y control del Plan Deyse (de evacuación y seguridad). d) Revisar periódicamente, y con colaboración de instancias autorizadas, los sistemas eléctricos, redes de gas, calefacción y alcantarillado, manteniendo la certificación a la vista. e) Mantener lámparas o luces de emergencia, así como elementos para el control de incendios. f) Mantener tablero a la vista y con condiciones de seguridad de copias de llaves de las distintas dependencias con su respectiva identificación. g) Evaluar periódicamente la situación arquitectónica y de infraestructura de la residencia, de lo cual debe existir la correspondiente certificación. h) Mantener a personal capacitado para enfrentar situaciones de emergencia y para proporcionar atención de primeros auxilios, contando con los elementos necesarios (insumos). i) Con el fin de evitar accidentes por golpes de corriente eléctrica, los enchufes e interruptores deben estar debidamente protegidos y ubicados, de modo que ello no signifique peligro para los niños, niñas y adolescentes.
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j) Vigilar que en el edificio estén señalizadas claramente las vías de evacuación y de escape. k) Revisión permanente del estado de los extintores, llenado de carga y en óptimas condiciones de funcionamiento, así como establecer personal que conozca y ejecute su utilización. Ubicación de ellos en lugares adecuados, de acuerdo a las normas de seguridad establecidas. l) Vigilar y evitar que en los establecimientos existan acciones y elementos que provoquen inseguridad, especialmente en los patios, duchas, comedores, escaleras, pasillos, etc. m) Tener especial cuidado que los niños, niñas y adolescentes tengan acceso a lugares inseguros que puedan provocar lesiones físicas y/o aprisionamientos. ñ) Recomendar con especial cuidado que los niños y adolescentes no jueguen con elementos peligrosos o que puedan provocar situaciones de emergencia.
Sistema de registro Es imprescindible mantener un registro cronológico, sistemático y actualizado de todas las acciones que involucren directamente a los niñas, niños y adolescentes que son atendidos en un sistema residencial. • • • • • •
• • • • • •
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Proyecto de Funcionamiento de la Residencia. Nómina de teléfonos de urgencia. Minutas de alimentación. Fichas de ingreso y egreso del Sename. Planillas de asistencia. Carpeta individual con antecedentes de cada niño, niña o adolescente y acciones realizadas (certificado de nacimiento, orden de ingreso del tribunal, persona responsable autorizada por el equipo de intervención, antecedentes escolares, prestaciones médicas, visitas, permisos y salidas, ficha de ingreso, Plan de Intervención Individual y Registro de Ejecución del Plan de Intervención Individual). Libro de salidas y visitas. Plan y programas desarrollados en la residencia o fuera de ella y número de niños, niñas o adolescentes que participan. Registro de seguimiento de los niños, niñas y adolescentes que están en pre-egreso y egreso. Controles de salud del personal manipulador de alimentos. Tarjetas de control de existencia de bodega. Certificaciones de inspecciones de organismos especializados en materias de seguridad e higiene ambiental.
ANEXO Nº 2: PLAN DE INTERVENCIÓN INDIVIDUAL (PII)18 Región: Establecimiento /Proyecto: Línea Programática: Nombre responsable intervención: Fecha de elaboración PII: Nombre del niño/a: Fecha nacimiento: Edad: Sexo: Motivo de ingreso: Fecha de ingreso: Fecha egreso: Diagnóstico de la situación de vulneración de derechos
Objetivos del Plan de Intervención19
RUT:
Personas con las que se trabaja para el egreso del niño/a
Nombre: Dirección: Relación con el niño/a:
Actividades programadas y responsable
Resultados esperados
Tiempo estimado de intervención
Con el niño Con la familia y/o adulto significativo Persona encargada egreso (sólo si no corresponde a un miembro del grupo familiar o adulto significativo) Con la comunidad
18 El Plan de Intervención incluye las actividades del diagnóstico. 19 Para cada área de intervención se deben enumerar distintos objetivos. Si el Plan tiene modificaciones, se deben registrar y justificar técnicamente.
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REGISTRO DESARROLLO PLAN DE INTERVENCIÓN INDIVIDUAL (PII) Región: Establecimiento /Proyecto: Línea Programática: Nombre responsable intervención: Fecha de elaboración PII: Nombre del niño/a: Fecha nacimiento: Edad: Motivo de Ingreso: Fecha de ingreso: Fecha egreso: Objetivo del Plan de Intervención
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Sujeto de atención
Actividad realizada
RUT:
Personas con las que se trabaja para el egreso del niño/a
Nombre: Dirección: Relación con el niño/a: Sexo:
Fecha
Profesional o técnico responsable/s de la actividad
Resultado o avance
Sugerencias Observaciones
ANEXO Nº 3: INFORME DE EVOLUCIÓN DE SITUACIÓN DE INTERNACIÓN Establecimiento Institución Director/a Fecha de emisión del informe
: : : :
I.- Identificación del Niño/a Nombre del niño/a : Fecha de nacimiento : Fecha de ingreso : Causal/es de ingreso : Tribunal que ordenó el ingreso : Nº de Orden de Ingreso : Diagnóstico de la situación de vulneración de derechos:
II.- Plan de Intervención dirigido a la restitución de los derechos vulnerados: Objetivos propuestos: Actividades programadas (niño/a, familia y comunidad): Adulto/s con que se trabaja para el egreso: Tiempo total estimado de intervención: III.- Evolución de la situación: Actividades realizadas : Adulto/s con el que se ha trabajado: Avance en el logro de objetivos propuestos: IV.- Recomendaciones al Tribunal: (Renovación de la medida, dejar sin efecto la medida, sustituir la medida, fundamentos)
Nombre y Firma Directora
Nombre y Firma Profesionales Responsables del Plan de Intervención
Fecha de emisión del informe:
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Reinserción y Fortalecimiento Familiar
Reinserción y Fortalecimiento Familiar
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REINSERCIÓN Y FORTALECIMIENTO FAMILIAR PRESENTACIÓN
P
ara poner en operación la Política Nacional a Favor de la Infancia y Adolescencia20, el Gobierno desarrolla acciones en áreas estratégicas, como lo es el fortalecimiento de las familias como principales responsables del desarrollo integral de sus hijos e hijas. El Estado ha reconocido la importancia de las familias como la principal modalidad de convivencia de hombres y mujeres en el país. A la vez, se ha constatado su diversidad y desigualdad social, especialmente en cuanto a sus estructuras, funciones, arreglos de convivencia y condiciones de vida. Esta situación le ha planteado al gobierno la necesidad de impulsar y afianzar acciones que aseguren el derecho a la protección de las familias y sus miembros a favor de un mejoramiento de su bienestar y dignidad21. Todas las acciones emanadas del Estado para el trabajo con familias deben estar orientadas a “fortalecer y potenciar las capacidades de las familias a través de la generación y gestión de recursos y estrategias públicas que involucren la participación de instituciones privadas y de grupos familiares en los espacios locales, regionales y nacional con miras al mejoramiento de su calidad de vida”22. La concepción de familia asumida por Sename es la definida por la Comisión Nacional de la Familia (1994), que señala que “se entenderá por familia a todo grupo social, unido por vínculos de consanguinidad, filiación (biológica o adoptiva) y de alianza, incluyendo las uniones de hecho cuando son estables”, incorporando, en esta definición, la variedad y diversidad de familias que están presentes en la sociedad chilena. La metodología que se usará para trabajar con familias será el fortalecimiento familiar que consiste en apoyar a una familia, a través de la habilitación o del reforzamiento de roles, para que se responsabilice del cuidado, crianza y protección de derechos de aquellos niños, niñas y adolescentes que forman parte de ella. También se considera apoyarlas para la resolución de problemas internos y el desarrollo de las capacidades parentales dentro del marco del fortalecimiento y reparación de las relaciones familiares.
DEFINICIÓN Al proyecto de fortalecimiento familiar le corresponderá atender, con fines de intervención técnica, a las familias de los niños internados en el centro que tienen pronóstico de egreso a corto plazo. Además, podrán incorporar a niños de la comunidad que sean sujetos de atención. Así, se brindará atención al niño y su familia para apoyar y consolidar la recuperación o fortalecimiento del rol de crianza y protección de derechos por parte de la familia. Finalmente, es importante establecer que los principios que guían la acción de los proyectos son los contenidos en la Convención de los Derechos del Niño y los del Marco General para la Intervención, incluido este documento. 20 Gobierno de Chile, 2001, Política Nacional y Plan de Acción Integrado a favor de la Infancia y Adolescencia 2001 – 2010, Santiago. 21 Política Nacional para las Familias 2001-2006 22 Política Nacional para las Familias 2001-2006
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OBJETIVOS Objetivo general Favorecer la integración de familias a través del proceso de fortalecimiento familiar, desarrollando las herramientas necesarias para que se responsabilicen del cuidado y protección de derechos de sus niños, niñas y adolescentes, previniendo el desarraigo familiar innecesario o apoyando la reinserción familiar y comunitaria de los niños(as) y adolescentes que permanecen internos o han permanecido en centros residenciales de protección.
Objetivos específicos 1. Restituir el derecho de los niños, niñas y adolescentes a vivir en familia23. 2. Favorecer el proceso de reinserción familiar a niños (as) y adolescentes que se encuentren en una residencia de protección a través de la intervención sicológica y social. 3. Apoyar el desarrollo de las potencialidades del grupo familiar para el cumplimiento de las funciones de cuidado y protección. 4. Prevenir que los niños egresados de centros residenciales, reingresen a la red Sename. 5. Fortalecer las capacidades y competencias protectoras de las familias y de la comunidad, favoreciendo la participación de adultos significativos, hombres y mujeres, equitativamente si la situación lo permite. 6. Prevenir la separación innecesaria de los niños y niñas de sus respectivos grupos familiares. 7. Propiciar la coordinación con redes de apoyo social y comunitario, para mejorar la calidad de vida de las familias y favorecer su capacidad de autogestión.
SUJETO DE ATENCIÓN Podrán ser integrados a programas de reinserción y fortalecimiento familiar: a) Niños, niñas y adolescentes de centros residenciales de protección, sus hermanos y familia. b) Niños que hayan egresado recientemente24 de un centro residencial de protección en los que se considere necesaria la intervención, con el fin de prevenir la vulneración de derechos y, por lo tanto, el reingreso. c) Niños, niñas adolescentes y sus respectivas familias, cuyo domicilio se ubique dentro del área de cobertura del programa.
Edades Podrán ser atendidos todos los niños, niñas y adolescentes definidos como usuarios, sin distinción de edad, género, religión o condición socio-económica. 23 Los proyectos debe plantear dentro de sus metas, el número de niños o niñas que se reinsertarán en sus familias en el periodo de un año. 24 Un máximo de 4 meses desde la fecha de egreso de la residencia.
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INTERVENCIÓN Este programa pretende la plena participación del niño, niña o adolescente en la vida familiar, respetando su derecho a vivir en familia, potenciando las capacidades de éstas a través de la generación y gestión de recursos que les permitan elevar su calidad de vida, involucrando a las instituciones públicas y privadas existentes a nivel local, considerando para ello la variable género. De esta forma, este programa realizará su gestión en dos líneas de trabajo, de acuerdo a los distintos tipos de usuarios participantes:
1. Intervención con niños, niñas y adolescentes que se encuentren en centros de protección de la red Sename • La intervención técnica debiera estar centrada en el fortalecimiento y habilitación de las capacidades y potencialidades de la familia, efectuando conjuntamente un proceso de acompañamiento donde las familias propongan desde sus propios recursos soluciones a sus necesidades. Debe tenerse como objetivo que éstas sean competentes en la resolución de sus propios problemas. • Específicamente, la intervención debiera centrarse en la resolución de la situación de grave vulneración de derechos que estuvo a la base del ingreso del niño o niña al sistema. • Las acciones de intervención deberán ser participativas, incorporando activamente al niño, de acuerdo a su edad y su familia de origen. También deberán ser informados permanentemente de las acciones que se realizarán con ellos y sus resultados. • Para cada niño y familia debe existir un plan de intervención que determine los objetivos, así como las estrategias a utilizar, las actividades a desarrollar, los logros esperados y los tiempos de intervención, además de los registros del avance de este plan. • La intervención desarrollada debe orientarse de acuerdo a las necesidades y recursos de cada familia, por lo que no es posible predeterminar una metodología única. Sin embargo, se considera la intervención sicoterapéutica con el niño y su familia (individual o grupal), el acompañamiento social, las acciones educativas, etc. • Con la intervención se debe lograr que las familias desarrollen las condiciones necesarias de protección para que el niño vuelva a vivir en ella. Fases de la intervención El proceso de intervención debe contar con las siguientes fases: • Realizar la selección y profundización diagnóstica de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en centros residenciales de protección. • Diseñar un plan de intervención en cada caso que incluye al niño o niña y a su familia. • Ejecutar el plan de intervención, reevaluarlo permanentemente y realizar las modificaciones oportunas en el mismo. • Promover el retorno del niño, niña o adolescente a su grupo familiar y egreso del centro residencial. • Realizar un acompañamiento y seguimiento del caso para evaluar la efectividad de las medidas adoptadas.
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2. Intervención con familias con domicilio dentro del área de cobertura del programa • La intervención estará destinada a que los niños, niñas y adolescentes y sus familias desarrollen sus potencialidades, de manera que sus hijos no sufran vulneraciones a sus derechos. Así también, las familias deberán estar preparadas para detectar situaciones de amenaza o vulneración de derechos y potenciar sus capacidades protectoras. • Coherentemente con lo anterior, la intervención se orientará a facilitar el acceso de las familias a la red social. Para ello, tanto la intervención como la gestión de red son estrategias que permiten generara una red de apoyo a las familias y generar las condiciones de acceso a ellas. Dentro de las instituciones con las que es necesario trabajar se encuentran los servicios de salud, la escuela, las iglesias, etc. En el ámbito de las organizaciones sociales, las juntas de vecinos, las organizaciones deportivas y culturales, etc. • El programa trabajará en la capacitación, asesoría y acompañamiento de las familias. Fases de la intervención El proceso de intervención debe contar con las siguientes fases: • Realizar la selección de los niños, niñas, adolescentes y sus familias, cuyo domicilio se encuentre dentro del área de cobertura del programa. • Realizar un diagnóstico general de la situación de las familias y los/as niños/as, respecto de la protección de derechos. • Diseñar un plan de intervención colectivo, que incluya la participación del niño o niña y su familia. • Ejecutar el plan de intervención, reevaluarlo permanentemente y realizar las modificaciones oportunas en el mismo. • Promover el acceso de la familia a la red social, pública y privada con miras al mejoramiento de su calidad de vida. • Realizar acompañamiento y seguimiento de los casos en que se haya detectado una posible vulneración de derechos.
Trabajo en red Las dificultades que enfrentan las familias que accederán a este proyecto pueden ser múltiples. No es posible pensar en un sistema que disponga directamente de todos los recursos necesarios para que la familia supere la situación que se relaciona directamente con la vulneración de derechos. Dificultades económicas, de vivienda, problemas de comunicación, de relaciones al interior de la familia, situaciones de violencia intrafamiliar, de estructura familiar, etc., pueden afectar la protección de derechos de los niños y las niñas. Para que la familia logre enfrentar y solucionar estas dificultades es absolutamente necesario acceder a la red de recursos existente. Esta red está conformada, por una parte, por las organizaciones formales del sector o de otros sectores que disponen de recursos para las familias. Se trata de las municipalidades, servicios de salud, servicios de atención y apoyo a las familias, etc. Esta red de recursos está conformada por las organizaciones informales o personas de la comunidad que pueden entregar no sólo recursos económicos, sino también de apoyo emocional y social.
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Una de las labores del equipo consiste, en este aspecto, en trabajar con la familia y la comunidad para construir en conjunto, una red operativa para los niños y sus familias. Que esta red sea operativa significa que funcione cuando es necesario, es decir, que exista un intercambio de recursos destinados a superar la situación. Para ello, el equipo debe contar con un catastro operativo (claro, actualizado) de los recursos de la red, del sector, del Sename y de otras instituciones que permitan tener un panorama y posibilidades diferentes de recursos. El equipo del proyecto tiene la función de realizar la gestión general y particular de estos recursos, y apoyar a las familias para el logro de su autonomía en este ámbito, pensando en el egreso del proyecto.
Trabajo en equipo y autocuidado Todo equipo que trabaja en el ámbito social, directamente con niños y niñas vulnerados en sus derechos, está permanentemente expuesto a diferentes presiones y exigencias que deben ser enfrentadas adecuadamente para no desgastar a los técnicos y profesionales. Por lo tanto, y como forma de evitar situaciones de estrés que finalmente influyen en la calidad de la atención entregada, los equipos deben estructurar acciones y actividades tendientes a fortalecer el trabajo en equipo. Es necesario el diseño de un proyecto sólido que integre en su modelo estrategias que permitan prever y dar respuesta a los principales ámbitos de vulnerabilidad a que estarán expuestos, y que su diseño sea flexible para enfrentar tales situaciones.
RESULTADOS ESPERADOS • 60% de los niños, niñas y adolescentes se reinsertan en sus familias y/o el 95% de los niños, niñas o adolescentes de la comunidad se mantienen en sus familias. • 100% de los niños, niñas y adolescentes reciben intervención sicológica y social. • 60% de las familias cuyos niños/as se encuentran internos cumple funciones de cuidado y protección y/o el 95% de las familias de la comunidad cumplen roles de crianza y protección. • 100% de las familias acceden a las redes de servicios básicos y/o comunitarios presentes en el medio local.
EVALUACIÓN Y MONITOREO Se entiende por evaluación un proceso de análisis crítico de todas las actividades y resultados de un proyecto, con el objetivo de determinar la pertinencia de los métodos utilizados, la validez de los objetivos, la eficiencia en el uso de los recursos y el impacto en relación a los beneficiarios. Desde esta perspectiva, la evaluación cumple al menos los siguientes objetivos: - Analiza y valora la adecuación de las metas en el contexto que opera el proyecto. - Mide el grado de éxito del proyecto en el logro de estos objetivos. - Mide en qué grado el gasto de recursos del proyecto se justifica por sus resultados. - Explora otros posibles métodos de lograr las metas.
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- Desarrolla un sistema de seguimiento continuo para facilitar su evaluación e incorporar mecanismos de corrección. Se distingue la evaluación del primer momento que busca establecer la adecuada coherencia que debe existir entre el propósito final del proyecto, su fundamentación y el conjunto de actividades a través de las cuales se pretende alcanzar este propósito. La evaluación inicial debe establecer la coherencia de la propuesta. En este punto es primordial incorporar los resultados del proyecto anterior (en caso que corresponda), desagregados por sexo y un breve comentario explicativo de los datos, especificando las causales que pudieren justificar las diferencias entre niños y niñas contenidas en éstos. La evaluación durante el desarrollo concentra su atención en el grado de cumplimiento de las actividades programadas y el nivel de avance real hacia las metas. Significa el registro de información, con la finalidad de evaluar resultados parciales que orienten la toma de decisiones del equipo responsable del proyecto. La evaluación final tiene que ver con el cumplimiento de las metas programadas. El objetivo central del propósito de evaluación consiste en determinar el grado en que se han alcanzado las finalidades del proyecto. Dentro de ello, la formulación de indicadores permite cuantificar este proceso. El indicador es la unidad que permite medir el impacto de una meta. Desde el punto de vista de la evaluación de proyectos, la identificación de indicadores o referentes empíricos para aquellas dimensiones que han sido definidas teóricamente, se constituyen en un requerimiento básico necesario de desarrollar con rigurosidad. Dependiendo de la formulación del concepto y de la operacionalización que se haga del mismo, se deben elaborar distintos indicadores. Se trata de transformar los conceptos abstractos en variables medibles. Se espera que los proyectos desarrollen los procesos anteriormente descritos, incorporándolos en sus procedimientos para que, desde el momento de la formulación, se realicen análisis de coherencia, durante la ejecución se definan momentos para efectuar evaluaciones de proceso, se consideren las opiniones de usuarios y ejecutores, y se proceda a realizar la evaluación final. Además, los convenios establecidos entre el Servicio y las instituciones colaboradoras exigen la presentación de evaluaciones o estados de avance junto a la presentación de proyectos de continuidad.
FINANCIAMIENTO Y RECURSOS HUMANOS El programa de fortalecimiento familiar es subvencionado vía D.F.L. 1.385, a través de la subvención de prevención por cada niño, niña o adolescente integrante del proyecto. Debe establecer los profesionales y técnicos que trabajarán, definiendo el perfil del cargo y sus funciones. Sin embargo, se sugiere que el equipo básico esté conformado por un director, sicólogos y asistentes sociales que trabajen directamente con las familias y con la comunidad. Los profesionales de estos proyectos deberán tener formación y/o experiencia en el ámbito de la intervención con niños, jóvenes y familia.
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Familias de Acogida
Familias de Acogida
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FAMILIAS DE ACOGIDA PRESENTACIÓN
E
l sistema de protección residencial de Sename está destinado a proporcionar a los niños, niñas y adolescentes una atención transitoria, avalada por una medida judicial, para lograr su bienestar en la forma más personalizada y semejante posible a la vida en familia, satisfaciendo los derechos básicos de provisión, protección y participación, y facilitando, al mismo tiempo, la reinserción familiar y social de acuerdo a los requerimientos personales de cada niño o niña. Con anterioridad al proceso de reforma, iniciado en el año 2000, la oferta de Sename era prioritariamente residencial, existiendo un número importante de hogares masivos, con largas permanencias de los niños y niñas en el sistema, unidos a un escaso trabajo con familias. Debido a esta situación y en respuesta a los principios rectores de la Política Nacional de Infancia, el niño sujeto de derecho especial, el interés superior del niño y la responsabilidad primordial de los padres y la familia en la crianza de sus hijos, el Sename ha impulsado un plan de mejoramiento de su oferta de atención residencial que permita centrar la atención, reducir el tiempo de permanencia en los centros y elevar los estándares de calidad. Dentro de las medidas se ha logrado la reconversión de los establecimientos masivos a residencias con características de vida familiar, la reducción progresiva de las plazas del sistema de protección simple a sistemas tipo ambulatorio y la reorientación del antiguo sistema de colocación familiar a familias de acogida, privilegiando a la familia extensa para el cuidado de los niños y niñas. Ciertamente, el desafío para Sename es velar por el cumplimiento del derecho fundamental de cada niño y niña de crecer y desarrollarse en familia, y responder a la obligación del Estado de apoyar a las familias para el cumplimiento de sus funciones de cuidado y crianza de los hijos e hijas. Esto exige diferentes estrategias metodológicas orientadas al desarrollo de las competencias parentales en los adultos responsables y de habilidades sicosociales en los niños y niñas, que les permitan reconocer o restituir sus derechos cuando han sido vulnerados. Mediante el modelo de intervención de familias de acogida se continúa mejorando la atención residencial, de manera que los niños y niñas que deban ser separados de sus familias mediante una medida judicial de protección, sean sólo aquellos que han sufrido una vulneración grave relacionada con su medio familiar. Ellos serán protegidos en un contexto cercano a su familia de origen para restituir, a través de una acción profesional, los vínculos significativos que le procurarán la estabilidad necesaria para su desarrollo.
DEFINICIÓN El programa de familias de acogida es una modalidad del sistema de protección residencial, que consiste en integrar a un grupo familiar alternativo a aquellos niños, niñas y adolescentes que, producto de una vulneración de derechos y debido a una decisión judicial, deben ser separados de su grupo familiar de origen25, mientras se realizan las acciones para restablecer su derecho a vivir con éste. 25 Con familia de origen nos referimos a aquellas personas a cargo de los niños y que debieran cumplir con los roles de cuidado, crianza y formación, y respecto de los cuales el tribunal ha determinado que el niño debe ser separado de ellos. Generalmente son familiares cercanos: madre, padre, abuelos, que se han hecho cargo del niño que, en la mayoría de los casos, tienen su tuición.
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Se trabajará principalmente con familiares26 de los niños, niñas y adolescentes, ya que generalmente cuentan con alguna persona de la red familiar que tiene la capacidad para, con apoyo especializado, hacerse cargo del niño durante el tiempo que deberá estar separado de su familia de origen. De esta forma, se seguirá respetando el derecho del niño a vivir en su familia, estando protegido en un ambiente conocido y con personas con las cuales tiene o establecerá lazos afectivos duraderos. Cuando no exista la posibilidad de una familia de acogida perteneciente a la red familiar y también para algunas situaciones particulares que serán tratadas posteriormente, las familias de acogida serán conformadas por un grupo familiar no vinculado filialmente al niño o niña. Dada la diversidad de problemas y características de los niños y niñas que ingresan a este programa, no es posible establecer una metodología única que deba utilizarse para todos los casos, sino que la intervención exige la adecuación del recurso a las necesidades individuales de cada caso, por lo que las orientaciones técnicas son de carácter general y deben permitir adecuarse a la realidad específica de cada niño, niña o adolescente.
OBJETIVOS Objetivo general Otorgar una atención residencial de calidad en una familia de acogida, que permita ejercer sus derechos a niños, niñas y adolescentes que han sufrido su vulneración y que, mediante una medida de protección, han debido ser separados de su grupo familiar de origen, apoyando especializadamente a esta última para restablecer las condiciones que permitan al niño, niña o adolescente volver a vivir con ella.
Objetivos específicos 1. Satisfacer adecuadamente las necesidades de resguardo y protección de niñas, niños y adolescentes durante el período de intervención del programa, en las áreas física, afectiva, intelectual, recreacional y cultural. 2. Restablecer el derecho a crecer y desarrollarse en familia, a niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos, interrumpiendo la situación de vulneración que motivó el ingreso al programa, mediante una acción especializada con un enfoque familiar y comunitario. 3. Promover la participación activa de las familias de origen y de su red social en la tarea de reinserción en el más breve plazo. 4. Preparar al joven para la vida independiente, en los casos que corresponda, mediante su habilitación para la restitución y ejercicio de derechos.
26 Nos referimos a miembros de la red familiar del niño, como abuelos, tíos, primos, etc, que no están a cargo del cuidado y crianza de los niños. También consideramos aquí a personas de la red social del niño y la familia, que han desarrollado algún vínculo con éstos y que, por lo tanto, se constituyen en referentes significativos, como por ejemplo padrinos, vecinos, amigos de la familia, etc.
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5. Fortalecer los vínculos familiares y generar estrategias que faciliten la reinserción del niño, niña o adolescente con su familia de origen. 6. Apoyar a las familias de acogida en las acciones necesarias para satisfacer las necesidades básicas de los niños, niñas adolescentes bajo su cuidado. 7. Apoyar a las familias de origen en sus funciones de cuidado, crianza y protección de sus hijos para restituir, en el más breve plazo, el derecho de niños, niñas y adolescentes de vivir y desarrollarse en su familia.
SUJETO DE ATENCIÓN Para el programa de familias de acogida son usuarios el niño, niña o adolescente, su familia de origen y la familia de acogida. Podrán ser integrados a familias de acogida conformadas por miembros de la red familiar, los niños/as y adolescentes que: 1. Presenten una vulneración de derechos, relacionada con su familia de origen, que requiere de la separación del niño de su familia para su protección27. 2. Cuentan con una medida de protección que ha determinado una separación de los adultos a cargo de su crianza. Podrán ser integrados a familias de acogidas fuera de su red familiar aquellos niños y niñas que, además de presentar las situaciones antes detalladas, no tengan la posibilidad de vivir con miembros de su red familiar, debido a que: - No existen familiares. - Éstos no tienen las condiciones para hacerse cargo del niño o niña (situaciones de violencia intrafamiliar, abuso sexual, graves problemas de salud, etc.). - No tienen interés de acoger al niño, a pesar del trabajo de motivación realizado por el equipo. - El niño, por sus características, requiere de una atención de mayor especialización (niños con problemas siquiátricos, con enfermedades físicas o neurológicas, etc.).
Edades Podrán ser atendidos en familias de acogida (red familiar), preferentemente, niños de 2 a 17 años, 11 meses y 29 días. Respecto de los niños de 0 a 1 años 11 meses 29 días, se deberá evaluar caso a caso, teniendo como preocupación no separar a hermanos/as28.
27 Es necesario dar especial atención a situaciones de abuso sexual y maltrato infantil físico grave, donde puedan presentarse dinámicas que incluyan a la familia extensa del niño y que signifiquen riesgo para su integridad. 28 Debido a las características propias de los niños menores de 2 años, su vulnerabilidad es mayor. Por esta razón, aún cuando la familia de acogida pertenezca a la red familiar del niño, es necesario que el equipo del Programa evalúe su capacidad de protección y mantenga una supervisión permanente.
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Para familias de acogida fuera de la red familiar se atenderán, preferentemente, niños y niñas de edad preescolar29, escolar y adolescentes (2 a 17 años, 11 meses 29 días), salvo excepciones30.
Tiempo de permanencia Es importante considerar que la permanencia de niños, niñas y adolescentes en estos programas no será superior al tiempo necesario para que el grupo familiar de origen logre la habilitación en su rol de cuidado y protección. En el caso de ser necesario preparar adolescentes para la vida independiente, corresponderá su egreso cuando se encuentren habilitados para ello, es decir, con un adecuado desarrollo de su autonomía personal. Sin embargo, se considera que la permanencia de un niño en el programa de familias de acogida no debiera superar los 24 meses31, excepto situaciones en que se justifique claramente la necesidad de aumentar este plazo.
INTERVENCIÓN Este programa pretende la plena participación del niño, niña o adolescente en la vida familiar, respetando su derecho a vivir en familia e impone a quien lo recibe la obligación de velar por el cumplimiento del ejercicio de sus derechos, lo que implica alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral, mientras, en forma paralela, se realizan las acciones para lograr la reintegración en su medio familiar de origen, considerando para todo ello la variable de género. De esta forma, el Programa de Familias de Acogida realizará su gestión metodológica en dos áreas de trabajo estrechamente coordinadas: - La primera trabaja con la familia que acoge al niño, niña o adolescente que ingresa. asegurando la idoneidad de la familia de acogida y trabajando aspectos específicos que facilitarán el adecuado cuidado del niño (afectividad, estimulación, normas, relación con familia de origen, etc.). En el caso de las familias de acogida fuera de su red familiar, se debe asegurar, además, el perfeccionamiento, la capacitación y la especialización. - La segunda se encuentra orientada a la superación de la vulneración de derechos que ocasionó la separación del niño, niña o adolescente. Considera la planificación de acciones tendientes a restituir los derechos vulnerados y a reparar el daño. Además, incluye el trabajo para crear las condiciones familiares que le permitan volver en el más breve plazo a vivir con su familia de origen. Esta planificación incluye la coordinación con otras instituciones u organizaciones especializadas en temas como maltrato infantil, salud mental, etc. Para los programas que se encuentran en funcionamiento se proponen modificaciones que no suponen necesariamente una inversión económica extraordinaria, sino más bien un cambio en la aproximación a
29 Especial cuidado se deberá tener con los preescolares, debido a que su nivel de desarrollo los hace más vulnerables a situaciones de trasgresión de derechos. Por lo tanto, las familias de acogida fuera de la red familiar que los acojan requieren de mayor capacitación y supervisión. 30 Actualmente existe oferta especializada para lactantes. Existen programas específicos de Colocación Familiar para casos en proceso de evaluación de adoptabilidad, que funcionan coordinados con programas especializados de adopción. 31 Es posible que el niño deba continuar bajo el cuidado de la Familia de Acogida debido, por ejemplo, a que en la familia de origen no se lograron generar los cambios que permitan la reinserción familiar. En este caso, se sugiere la posibilidad de que esta familia de acogida asuma legalmente la tuición del niño y se generen los recursos necesarios para su mantención, egresando del Programa.
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las familias, una reorganización de funciones, el establecimiento de nuevos criterios de intervención y una redistribución diferente de los casos. A lo largo de todo el proceso de intervención, la institución a cargo del programa deberá poner especial atención y cuidado en respetar y no vulnerar los derechos de los niños y niñas, especialmente el derecho a la integridad física y sicológica, a no ser maltratado, a la información, a la confidencialidad de sus datos y a la participación en las decisiones que lo afecten. También deben velar y respetar los derechos de los padres. No obstante, hay situaciones en que los intereses y derechos de los niños y niñas y los de sus padres entran en conflicto y resultan contradictorios. En esos casos, la Institución deberá dar prioridad a los derechos de los niños y niñas y al interés superior de éstos, informando a la familia de origen de los mecanismos existentes para que ellos puedan, si así lo desean, ejercer los suyos. Cada niño deberá tener un plan de intervención de acuerdo a las características específicas de su situación. Se debe utilizar una metodología sobre la base de resultados esperados, con metas y plazos determinados, que permita una evaluación de proceso para realizar los cambios pertinentes, ya que en el transcurso del tiempo, la situación y necesidades de los niños, niñas y adolescentes ingresados y sus familias va cambiando, lo que significa que también irán cambiando sus necesidades de intervención. Las medidas y recursos que son apropiados en un momento determinado de la vida de un niño o niña y su familia pueden no serlo en otro momento, lo que significa que debe haber una evaluación permanente de la adecuación de las medidas y recursos aplicados, y la flexibilidad suficiente para modificarlos en función de las necesidades del caso. En el caso de que no sea posible que el niño vuelva a vivir en su familia de origen, debido a que ésta no está dispuesta o no tiene las condiciones mínimas necesarias para la protección de sus derechos, a pesar de haber recibido la intervención necesaria por parte de centros de la red de apoyo a las familias o por el mismo programa, el equipo de intervención debe buscar la mejor posibilidad de egreso del niño, ya sea que la familia que ha acogido al niño solicite la tuición, ingrese a un programa de adopción o egrese a otro sistema de protección (residencia familiar de preferencia), siempre que cuente con la decisión del tribunal competente. Intervención con el niño o niña • La intervención con el niño o niña debe adecuarse a sus características personales, su género, su edad, nivel de desarrollo, potencialidades y dificultades. • Al inicio la intervención se orientará a apoyar al niño o niña en su adaptación al nuevo sistema familiar donde vivirá. • Posteriormente, el programa deberá buscar la alternativa más adecuada para trabajar la reparación de las consecuencias que ha ocasionado la vulneración de sus derechos. Esta intervención puede ser realizada por el programa o por alguna instancia de la red de recursos comunitarios o institucionales. • Finalmente, se deberá trabajar un proceso paulatino de incorporación a su familia de origen, sustituta o adoptiva, según sea el caso, así como la separación de la familia de acogida.
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Intervención con familia de acogida de la red familiar o vincular • Se deberá privilegiar el derecho del niño, niña o adolescente a vivir con su familia o referentes vinculares significativos, para no desarraigarlo de su medio32. • En los casos que el niño, niña o adolescente permanezca con personas de su red familiar, se deberá privilegiar las condiciones de vinculación afectiva por sobre las condiciones materiales, resguardando que esto último no represente un riesgo para su normal desarrollo e integración social. • Por tanto, la intervención técnica debiera estar centrada en el fortalecimiento y habilitación de las potencialidades de la familia, efectuando un proceso de acompañamiento donde las familias propongan, desde sus propios recursos, las soluciones a sus necesidades. Debe tenerse como objetivo que los usuarios sean competentes en la resolución de sus propios problemas. • Las acciones de intervención deberán ser participativas, incorporando activamente al niño o niña de acuerdo a su edad y su familia de origen, y deberán ser informados permanentemente de las acciones que se realizarán con ellos y sus resultados. • La intervención con la familia de acogida de la red familiar debe enfatizar aspectos relacionados con la resolución adecuada de conflictos que se presentan en la dinámica familiar, pautas de crianza, desarrollo de habilidades y potenciación de los recursos de cada miembro en particular y del grupo familiar como tal. También se debe orientar al uso adecuado de los recursos y beneficios disponibles en la comunidad, tanto de carácter formal como informal. En los casos en que sea necesaria una atención de mayor especialización (como abuso sexual, maltrato grave o problemas siquiátricos), el programa deberá coordinar la atención con equipos especializados (proyectos financiados por Sename, sistemas de salud, etc). En ese sentido, junto con la coordinación deben fijarse los ámbitos de competencia de cada instancia, así como la metodología para el traspaso de información y evaluación de las acciones realizadas. Intervención en familias de acogida fuera de la red familiar • Esta modalidad consiste en proporcionar al niño, niña o adolescente un entorno seguro donde tenga satisfechas sus necesidades básicas, a través de su permanencia transitoria en una familia preparada especialmente para ello. Esta modalidad será aplicable cuando haya clara constancia de que no es posible que la familia de acogida sea parte de la red familiar del niño. • Las familias de acogida y sus viviendas deben reunir las condiciones necesarias para garantizar la protección integral del niño o niña, satisfaciendo sus necesidades materiales, emocionales, afectivas, cognitivas y sociales.
32 Lo anterior, se relaciona con la aplicación de un modelo de atención donde los adultos responsables de su cuidado pertenecen a su entorno más inmediato, teniendo como objetivo básico que gradualmente los padres asuman adecuadamente su rol de cuidado personal de sus hijos y que mejoren significativamente su calidad de vida, restituyendo por tanto, la vulneración de derechos que ha sufrido el niño, niña o adolescente. Lo expresado está orientado a dar cumplimiento al artículo 5º de la Convención Internacional sobre Los Derechos del Niño, en cuanto a que los “Estados partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres o en su caso, de los familiares y la comunidad, según establezca la costumbre local, de los tutores u otras personas encargadas legalmente del niño de impartirles, en consonancia con la evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiadas, para que el niño ejerza los derechos reconocidos en la presente Convención”. Asimismo el artículo 18 el cual señala que es deber del “Estado brindar la asistencia necesaria en el desempeño de las funciones de crianza de ambos padres en lo que respecta a la crianza del niño.”
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• Cada familia de acogida no debe recibir más de dos niños o niñas, sin embargo, en el caso que existan hermanos, siempre será necesario privilegiar que éstos permanezcan juntos. • La intervención debe estar destinada a que la familia de acogida logre proteger los derechos de los niños y niñas, entregando un ambiente acogedor y una relación acorde con las necesidades del niño. El programa trabajará en la capacitación, asesoría, acompañamiento y evaluación de la familia de acogida.
Intervención con la familia de origen • La intervención realizada por el programa deberá estar dirigida a que el niño o niña se reintegre en el plazo más breve posible a su familia de origen. Para ello se debe trabajar directamente con ésta, planificando una intervención que permita la potenciación o desarrollo de sus habilidades para el cuidado y protección de sus hijos. Se sugiere realizar un contrato con la familia de origen que regule la relación con la familia de acogida y con el programa (especialmente respecto de los compromisos adquiridos). • Se deberá trabajar con la red de recursos existente, de manera de que la familia logre acceder a recursos necesarios para mejorar su situación, lo que incluye el ámbito material y social, pero también la intervención especializada para superar la situación que generó la separación transitoria. • La acción del equipo es principalmente educativa y de coordinación. La intervención debe planificarse de tal manera que permita la evaluación periódica de los cambios en la situación, tendiendo a asegurar que cuando el niño o niña se reintegre a su familia, se respeten sus derechos. Cuando las necesidades de la familia no logren satisfacerse con la intervención educativa y con la coordinación comunitaria e institucional, el programa, si dispone de recursos, podrá incorporar a la familia a atención terapéutica, priorizando los casos que requieran de esta intervención.
Fases de la intervención El proceso de intervención debe contar con las siguientes fases33: - Realizar la evaluación de los casos derivados por tribunales. Incluye la evaluación del niño o niña, de su familia de origen y de la red familiar para determinar quiénes están en mejores condiciones para hacerse cargo. Sólo si no existe la posibilidad de una familia de acogida perteneciente a la red familiar se debe seleccionar una familia de acogida fuera de la red familiar. - Diseñar un plan de intervención en cada caso, que incluye al niño o niña, su familia de acogida y su familia de origen. - Ejecutar el plan de intervención, reevaluarlo permanentemente y realizar las modificaciones oportunas en el mismo. - Promover el retorno del niño, niña o adolescente a su grupo familiar, lo que incluye seguimiento del caso para evaluar la efectividad de las medidas adoptadas y, finalmente, el egreso definitivo del programa.
Trabajo en red La intervención con niños y niñas requiere de la participación y aporte de todos los sectores que de alguna forma se relacionan con ellos. Es así, que los recursos disponibles para el programa deben ser complemen-
33 La definición de cada una de éstas etapas se encuentra descrita en el anexo N°1.
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tados con el aporte de instituciones y organizaciones de la red comunitaria y social. Colegios, servicios de salud, municipalidades y organizaciones pueden formar parte de la red operativa de recursos. Las dificultades que enfrentan las familias que accederán a este proyecto pueden ser múltiples. No es posible pensar en un sistema que disponga directamente de todos los recursos necesarios para que la familia supere la situación que se relaciona directamente con la vulneración de derechos. Dificultades económicas, de vivienda, problemas de comunicación, de relaciones al interior de la familia, situaciones de violencia intrafamiliar, de estructura familiar, etc., pueden afectar la protección de derechos de los niños y las niñas. Para que la familia logre enfrentar y solucionar estas dificultades es absolutamente necesario acceder a la red de recursos existente. Esta red está conformada, por las organizaciones formales del sector o de otros sectores que disponen de recursos para las familias (municipalidades, servicios de salud, servicios de atención y apoyo a las familias, etc.) y por las organizaciones informales o personas de la comunidad que pueden entregar no sólo recursos económicos, sino también apoyo emocional y social. Una de las labores del equipo consiste, en este aspecto, en trabajar con la familia y la comunidad para construir en conjunto, una red operativa para los niños y sus familias. Que esta red sea operativa significa que funcione cuando es necesario, es decir, que exista un intercambio de recursos destinados a superar la situación. Para ello, el equipo debe contar con un catastro operativo (claro, actualizado) de los recursos de la red, del sector, del Sename y de otras instituciones que permitan tener un panorama y posibilidades diferentes de recursos. El/la director/a del programa tiene la función de realizar la gestión general de estos recursos, siendo los operadores sociales quienes gestionen para cada caso en particular, formando a las familias para el logro de su autonomía en este ámbito, pensando en el egreso. Tal como se ha señalado anteriormente, en muchas ocasiones es necesario recurrir a centros de tratamiento especializado para el trabajo en reparación de las graves vulneraciones de derechos que han sufrido los niños y niñas. El mantener con estos centros la relación que permita la derivación rápida y la atención oportuna, facilitará el cumplimiento de los objetivos del programa.
RESULTADOS ESPERADOS • 100% de ambas familias participa en el proceso de reinserción socio-familiar. • 100% de niños y niñas con necesidades básicas satisfechas. • 100% de niños y niñas están adecuadamente protegidos y reciben buen trato. • 70% de las familias de origen asume su función de cuidado, crianza y protección de sus hijos e hijas para su reincorporación familiar. • 100% de familias de origen fortalecen vínculos afectivos con sus hijos/as. • 100% de adolescentes habilitados para la vida independiente (cuando corresponda).
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EVALUACIÓN Y MONITOREO La evaluación en los proyectos de familias de acogida es un proceso de análisis crítico de todo el quehacer con el objetivo de determinar la pertinencia de las acciones que se están ejecutando, las estrategias utilizadas, el grado de avance y adecuación de las metas, la eficiencia en el uso de los recursos, y el impacto en relación a los beneficiarios/as. Se entenderá entonces como un proceso permanente y planificado que tiene por objetivo utilizar los hallazgos evaluativos para el mejoramiento y retroalimentación del proyecto, con el fin de alcanzar los resultados que se propuso. Debe ser coincidente con las orientaciones técnicas del modelo de familias de acogida. En relación a los momentos evaluativos, se distingue la primera que busca establecer la adecuada coherencia que debe existir entre el propósito final del proyecto, su fundamentación y el conjunto de actividades a través de las cuales se pretende alcanzar este propósito. La evaluación, en ese sentido, debe definir la coherencia de la propuesta. Asimismo, deberá dar a conocer los resultados del proyecto anterior (en caso que corresponda) desagregados por sexo y un breve comentario explicativo de los datos, especificando las causales que pudieren justificar las diferencias entre niños y niñas contenidas en éstos. La evaluación durante el desarrollo concentra su atención en el grado de cumplimiento de las actividades programadas y el nivel de avance real hacia las metas. Significa el registro de información con la finalidad de evaluar resultados parciales que orienten la toma de decisiones del equipo responsable del proyecto. La evaluación final, en tanto, tiene que ver con el cumplimiento de las metas programadas. Con respecto al proceso de evaluación que debe realizarse al interior del proyecto por parte del equipo técnico, se pueden distinguir tres instancias necesarias: Evaluación del proceso: es aquella de tipo formativo y consiste en evaluar la ejecución del proyecto en forma permanente para la mejora de la calidad de intervención en las diversas etapas que cursa, la efectividad de las acciones con el niño o niña, la familia y las redes comunitarias. Debe realizarse periódicamente, con la participación de todo el equipo de trabajo y con la debida sistematización, registro y acuerdos. Evaluación de los resultados: es aquella que da cuenta de las situaciones logradas o no logradas con relación al plan de intervención. La definición ha de ser concreta, expresada en bienes o servicios terminados o ejecutados y debe responder a los objetivos específicos y resultados esperados que se plantearon al inicio. La base de esta evaluación está dada en el sistema de verificación o registro de indicadores. Se trata de evaluar objetivamente constatando los cambios y logros. Evaluación de los usuarios: es aquella que brinda la posibilidad de preguntar a las familias, actores de la red y a los niños/as por la calidad de la atención recibida. Puede ser un elemento de gran valor para retroalimentar la intervención que se está llevando a cabo, por esta razón debe ser incluida en el proceso evaluativo del proyecto.
RECURSOS HUMANOS Y FINANCIEROS El Programa Familias de Acogida es subvencionado vía D.F.L. 1.385, a través de la subvención por cada niño, niña o adolescente acogido en una familia.
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A lo menos el 50% del valor de la subvención será entregado directamente a la familia de acogida y/o familia de origen, de acuerdo a la evaluación realizada por el programa, de las necesidades de los niños, niñas y adolescentes y sus familias. La subvención a la familia será administrada directamente por ella, recibiendo orientación del programa para su utilización, de acuerdo a la evaluación de necesidades realizada. Es necesario determinar si este subsidio se entregará completamente a la familia de acogida o si se utilizará parte de él para apoyar a la familia de origen para el logro de las condiciones mínimas necesarias para la reintegración del niño o niña. Ésto formará parte del compromiso por escrito que se establecerá34. Se espera que el aporte financiero transferido por el Servicio Nacional de Menores sea complementado con aportes financieros de la institución colaboradora y vía la gestión de proyectos provenientes de otros sectores. Se sugiere que si existen estos aportes, se inviertan en la contratación de más horas de profesionales especializados.
Equipos profesionales Los proyectos presentados de familias de acogida deben establecer los profesionales y técnicos que trabajarán en el proyecto, definiendo además el perfil del cargo y sus funciones. Se sugiere que el equipo básico esté conformado por un director, por operadores sociales que trabajan directamente con las familias (de origen y de acogida) y con la comunidad. Además, se considera la participación de otros profesionales (psicólogo/a, trabajador social), con funciones de apoyo y asesoría. Dentro de la documentación exigida a todos los participantes del equipo se solicitará: fotocopia del carnet de identidad, certificado de antecedentes actualizado cada seis meses, certificados de salud compatible con el cargo u otros en caso que corresponda. Cualquier toma de decisión sobre la intervención a seguir con un niño o niña y su familia deberá basarse en una evaluación individual, completa y actualizada de su situación. Este proceso deberá llevarse a cabo desde un modelo de trabajo en equipo e interdisciplinario. La toma de decisiones nunca deberá recaer en un único profesional o técnico. Los técnicos y profesionales de los programas de familias de acogida deberán tener formación y/o experiencia en el ámbito de la protección infantil, en la intervención con niños, niñas y adolescentes víctimas de vulneración de derechos, en trabajo educativo con las familias y en intervención familiar, de acuerdo a las funciones de cada miembro. Asimismo, deberán tener una actitud no discriminadora con los niños/as, especialmente los referidos a estereotipos de género.
INSTRUCCIONES PARA ENFRENTAR SITUACIONES DE EMERGENCIA a) Mantener nómina de teléfonos de emergencia, ambulancia, Bomberos, Carabineros, Investigaciones, etc., de los adultos responsables del cuidado del niño o niña y de la dirección regional del Servicio Nacional de Menores.
34 Ver Anexo No 3.
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b) La institución deberá entregar capacitación a las familias responsables del cuidado del niño o niña para enfrentar situaciones de emergencia y para proporcionar atención de primeros auxilios, contando con los elementos necesarios (insumos). c) Revisar periódicamente y con colaboración de personal autorizado de los sistemas eléctricos, redes de gas, calefacción y alcantarillado. d) Con el fin de evitar accidentes por golpes de corriente eléctrica, los enchufes e interruptores deben estar debidamente protegidos y ubicados de modo que ello no signifique peligro para los niños, niñas y adolescentes. e) Vigilar que en el inmueble estén consideradas las vías de evacuación y de escape. f) Revisión permanente del estado de los extintores, llenado de carga y en óptimas condiciones de funcionamiento, así como establecer que se conozca y ejecute su utilización. Ubicación de ellos en lugares adecuados, de acuerdo a las normas de seguridad establecidas. g) Mantener como condición de seguridad copias de llaves del inmueble. h) Vigilar y evitar que existan acciones y elementos que provoquen inseguridad, especialmente en los patios, duchas, comedores, escaleras, pasillos, etc. i) Tener especial cuidado que los niños, niñas y adolescentes tengan acceso a lugares u objetos inseguros que puedan dañar su salud. j) Evaluar periódicamente la situación arquitectónica y de infraestructura del inmueble.
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ANEXO 1: FASES DE LA INTERVENCIÓN Evaluación de casos La intervención con cada caso comienza antes que el niño, niña o adolescente llegue físicamente a la familia de acogida, ya que la institución colaboradora recibe la derivación del tribunal y debe realizar una evaluación de los antecedentes que permita determinar el ingreso al programa. Además, se deben realizar las acciones necesarias para evaluar la situación del niño o niña y de la familia de origen, en tanto dificultades y potencialidades, y de la familia acogedora. También se debe dar respuesta en un plazo no superior a dos semanas de efectuada la derivación por tribunales. Es necesario considerar que casi la totalidad de los niños que ingresa a este programa han ingresado a sistemas de diagnóstico, lo que permite tener información respecto de la situación, siendo innecesario, e incluso inapropiado, repetir la evaluación. La familia acogedora deberá estar determinada por la situación específica por la que atraviese cada uno de los niños, niñas o adolescentes, considerando su edad, el género, el tipo de vulneración de derechos del cual ha sido víctima, la situación socio-económica de su grupo familiar y el sector geográfico donde se ha desarrollado hasta el momento o donde existan recursos protectores. Es decir, la familia es seleccionada de acuerdo a las necesidades y características de cada niño o niña en particular. Además, es necesario determinar qué persona de la familia asumirá la responsabilidad del cuidado del niño, aún cuando toda la familia deberá proteger al niño. Esta etapa debe llevarse a cabo con celeridad, para evitar que los niños o niñas permanezcan más tiempo del necesario en instituciones que realizan el diagnóstico o que deban ser ingresados a un centro residencial.
Ingreso en la familia de acogida Cada niño, niña o adolescente que sea derivado a una familia de acogida tiene derecho a la información, a la confidencialidad de sus datos y a la participación en las decisiones que lo afecten. Es por esto que requiere de la especificación de los derechos que le han sido vulnerados, además de la explicación del sistema y una proyección aproximada del tiempo de permanencia, así como de las acciones específicas a realizar de ser necesaria la participación e interacción del niño, niña o adolescente con otras instancias y, por tanto, con otros profesionales o actores sociales distintos al programa. La acogida es fundamental y deberá adecuarse a la capacidad de adaptación del niño, niña o adolescente, resolviendo sus dudas y acompañándolo lo más cerca posible, hasta que se haya familiarizado con su nueva situación. Obviamente, este período será más corto y menos difícil para el niño y la familia acogedora si ésta pertenece a la red familiar. El equipo técnico deberá generar las condiciones para favorecer una adecuada relación con la familia de acogida, la que deberá ofrecer un ambiente afectuoso, participativo y personalizado. La familia de origen del niño debe estar enterada, a menos que esto resulte contradictorio con el interés del niño o niña y con la intervención, de las acciones a realizar, del lugar donde será acogido el niño, los horarios de visitas y sus responsabilidades.
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En esta etapa se formaliza el ingreso de los niños, niñas y adolescentes al programa y se registran sus datos básicos en una ficha, abriéndose una carpeta individual que deberá llevar registrada todas las acciones que se realicen durante el tiempo de permanencia en el Programa de Familias de Acogida. Esta fase no deberá tener más de una semana de duración.
Plan de intervención Cada caso deberá contar con un plan de intervención, el que debe considerar al niño o niña, su familia de origen y la de acogida. El objetivo es planificar, a partir de la evaluación realizada, las intervenciones a desarrollar, ofreciendo una visión integrada y considerando la participación del niño o niña, su familia y la familia de acogida en el diseño de intervención. Dicho plan debe concebir los recursos individuales, familiares, culturales, institucionales y comunitarios. El plan establece las áreas a intervenir, los objetivos propuestos, las técnicas y estrategias a desarrollar, los compromisos adquiridos por el equipo técnico y los agentes participantes y los tiempos destinados para alcanzarlos. Debe considerar, a lo menos, la definición de los objetivos, metas o resultados esperados e indicadores para su evaluación, tanto para el niño, como para su familia y la familia de acogida. En esta etapa es de relevante importancia la participación de todos los usuarios en su planificación, estableciéndose acuerdos respecto de las acciones que cada uno de ellos desarrollará, es decir, los compromisos que se adquieren. Una estrategia útil para esto es la firma, por parte del niño o niña, de acuerdo a su edad y desarrollo, la familia de origen y la familia de acogida, de un documento (carta, contrato, etc.35) elaborado en conjunto, que fija las responsabilidades y acciones a las que se compromete cada uno, incluyendo al equipo técnico. El plan de intervención está directamente relacionado con el proceso de abordaje de las demandas y problemas específicos y deberá tender al cumplimiento de los objetivos propuestos. El plan de trabajo debe concebirse como un proceso flexible y, como tal, capaz de sufrir modificaciones acordes a la progresiva incorporación de aportes, opiniones y propuestas por parte del niño o niña y su familia y también de la familia de acogida. Tiempo estimado de esta fase: 1 mes.
Intervención La intervención debe ser realizada en coherencia con los objetivos del plan de intervención y de acuerdo a los resultados esperados, respetando los plazos establecidos. Las estrategias y acciones propuestas deben estar orientadas a salvaguardar el derecho del niño o niña a vivir en familia, valorando los recursos y potencialidades existentes, siendo la primera alternativa la reintegración del niño con su familia biológica. a) Con el niño o niña: Tiene como objetivo fundamental contribuir en la reparación del daño que ocasionó tanto la grave vulneración de derechos que originó la medida de separación transitoria, como la integración adecuada al grupo familiar transitorio. Para ello, se deben realizar actividades como las siguientes:
35 Ver propuesta de Contrato en Anexo N°3.
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- Acompañamiento en su inserción con la familia de acogida y en su permanencia en ella, considerando su opinión y evaluación. - Coordinación con la red de recursos para acceder a intervención especializada si es necesario, de acuerdo con la evaluación realizada (situaciones de abuso sexual maltrato infantil, problemas de conducta, etc.). b) Con la familia de origen: Tal como se ha mencionado, el trabajo con la familia de origen tiene como objetivo final mejorar sus condiciones para la protección de derechos del niño y la niña, de modo de lograr al más breve plazo la reinserción. Para ello, se deben realizar acciones como las siguientes: - Intervenciones educativas centradas en mejorar las condiciones de vida de las familias, como por ejemplo, formas de mejorar las condiciones físicas de la vivienda (distribución del espacio, higiene y seguridad), mejor utilización de recursos existentes (como cocinar con pocos recursos, como distribuir los ingresos). - Facilitar el acceso a intervención terapéutica en el ámbito individual o grupal, en los casos que lo requieran. - Facilitar el acceso de la familia a redes de servicios y de apoyo social. - Fortalecer y apoyar a las familias respecto de la relación con los niños y niñas (desarrollo infantil, necesidades y derechos de los niños, comunicación, etc.). - Incentivar la autonomía de la familia del programa. - Desarrollar talleres educativos de autoayuda, desarrollo personal u otros, que resulten adecuados para la consecución de los objetivos planteados. c) Con la familia de acogida: El trabajo con la familia de acogida está orientado principalmente a lograr una inserción del niño/a durante el período de acogida, respetando sus derechos y atendiendo sus necesidades básicas. Las acciones podrían incluir las siguientes: - Intervenciones educativas centradas en mejorar las condiciones de vida de las familias, como por ejemplo, formas de mejorar las condiciones físicas de la vivienda (distribución del espacio, higiene y seguridad), mejor utilización de recursos existentes y de los entregados como subvención (como cocinar con pocos recursos, como distribuir los ingresos). - Facilitar el acceso a redes de servicios y de apoyo social. - Fortalecer y apoyar a las familias respecto de la relación con los niños (desarrollo infantil, necesidades y derechos de los niños, comunicación, etc.) y trabajar la coordinación con la familia de origen. - Desarrollar talleres educativos, de autoayuda, desarrollo personal u otros, que resulten adecuados para la consecución de los objetivos planteados. - En esta fase es relevante el compromiso total de ésta con el niño, la familia debe tener claridad de que se trata de una medida transitoria36. Se debe considerar especialmente la intervención destinada a que el proceso de reinserción del niño a su familia de origen, sustituta o adoptiva, según sea el caso, y la separación de la familia de acogida sea el más adecuado para el niño, sin ocasionar crisis. Las acciones deberán ser evaluadas trimestralmente, lo que permitirá introducir las modificaciones necesarias al plan propuesto. 36 Salvo excepciones.
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Se deberán considerar evaluaciones que incluyan los avances logrados en el proceso de autonomía del niño, coherentes con los indicadores planteados en el plan de intervención. El tiempo de intervención estará determinado por la complejidad de la situación y características del niño, niña y adolescente. Es importante señalar, que durante todo el proceso de intervención y como parte de la metodología que utilice el programa, se deberá considerar reuniones periódicas del equipo técnico, con fines de retroalimentación del Plan de Intervención.
Egreso y seguimiento El plan de egreso debe ser elaborado antes de terminar la fase de intervención, siendo considerado como un proceso de progresiva autonomía del niño y las familias respecto del programa, tanto respecto de apoyo sicológico como material. La determinación del egreso se relaciona con la existencia de condiciones en la familia de origen del niño de protección de sus derechos, es decir, cuando es posible la reintegración familiar, o cuando, a pesar de las acciones desarrolladas, la familia de origen no es capaz de asumir el cuidado y protección de derechos de su hijo, para lo cual es necesario proponer otra alternativa al tribunal competente, ya sea con miembros de la red familiar, adopción, con otra familia sustituta o en un centro de protección. En esta fase es importante trabajar con el niño, niña o adolescente y la familia de acogida el proceso de separación. Este proceso debe ser facilitado por la familia de acogida de manera de no generar culpas, conflictos de lealtades o efectos secundarios en el niño o niña. El equipo debe registrar las acciones desarrolladas en cada caso, la fundamentación del egreso, la identificación del lugar de egreso y con quién egresa. El proceso de egreso incluye el seguimiento orientado a verificar la eficacia de la intervención, asegurando que en su entorno familiar el niño, niña o adolescente pueda ejercer plenamente sus derechos. Así también, verificar si los adultos responsables han sido capaces de afianzar sus propios recursos, prescindiendo del apoyo del programa. El registro es parte importante de esta fase, ya que se podrá verificar el cumplimiento de tareas de la familia de origen, de la de acogida y las instituciones de la comunidad que se hubieren comprometido. Tiempo estimado de la fase: Entre 3 y 6 meses37. Es importante decir que se debe dar cumplimiento a cada una de las fases señaladas en los tiempos estimados, dado que la propuesta de éstas, así como sus contenidos, permiten dar una coherencia y secuencia lógica al programa.
37 Esta etapa puede implicar lo que se conoce como “flexibilización de la asistencia”, período en el cual el niño permanece con su familia de origen, con trabajo técnico del programa destinado a asegurar condiciones adecuadas de vida para el niño y que tiene una duración máxima de 6 meses, dependiendo de la complejidad de la situación. Durante este tiempo, se sugiere que el apoyo material se dirija a la familia de origen.
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ANEXO 2: CARACTERÍSTICAS DE LA FAMILIA DE ACOGIDA38 Respetando la diversidad39, la institución colaboradora debe asegurar que las familias de acogida presenten una serie de requisitos, tales como: • Priorizar en la selección de familias de acogida a miembros de la red familiar del niño, privilegiando en éstas la existencia de un vínculo afectivo por sobre las condiciones materiales, a excepción que representen un riesgo eminente para el niño, en donde pueda ser víctima de una nueva vulneración de derechos. • La familia de acogida deberá ser seleccionada de acuerdo a las características de cada niño en particular. • Respecto de la edad, no podrán ser familias de acogida, familias muy jóvenes y sin experiencia en el cuidado de niños y niñas; ni personas muy mayores, cuya edad no permita que asuman las actividades propias del cuidado infantil. • Contar con condiciones socioeconómicas adecuadas, que permitan la satisfacción de las necesidades básicas de los niños y niñas, además del efectivo ejercicio de sus derechos, tanto en el área económica como social, recreativa y cultural. Asimismo, las condiciones socio-económicas en ningún caso deben desmejorar la situación en que el niño ha estado inserto antes de su ingreso al sistema. • Las familias que tengan tres o más hijos propios viviendo en el domicilio, no podrán optar a ser familias acogedoras. Asimismo, no podrán tener viviendo bajo el mismo techo, en calidad de allegados, a otros grupos familiares. Esto no se aplica para los casos en que la red familiar acoge al niño. El equipo del programa determinará si la familia puede entregar el cuidado que el niño necesita, considerando el número de hijos y sus edades40. • La motivación debe estar orientada al cuidado y protección de niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos y para desarrollar vínculos afectivos. En ningún caso puede deberse a aspectos económicos, viendo la subvención como medio de subsistencia. • Las familias de acogida debe tener claridad en la transitoriedad de la atención, facilitando en todo momento, si el equipo profesional así lo determina, la relación con la familia biológica, evitando de esta forma el enfrentar al niño o niña a conflictos de lealtades. • Deben ser flexibles, dispuestas a proteger al niño o niña y con capacidad de entender necesidades de las etapas evolutivas para responder adecuadamente a sus demandas.
38 Considerando que la primera prioridad de acogimiento la tiene la red familiar del niño y exclusivamente en estos casos, el equipo profesional podrá flexibilizar alguno de los requerimientos, previa evaluación y siempre teniendo en cuenta el interés superior del niño o niña. 39 Parece relevante precisar que la concepción de familia a la que se refiere este principio es la definida por la Comisión Nacional de la familia en1994 cuando señala que “se entenderá por familia todo grupo social, unido por vínculos de consanguinidad, filiación (biológica o adoptiva) y de alianza, incluyendo las uniones de hecho cuando son estables”, incluyendo así la variedad y diversidad de familias que están presentes en la sociedad chilena (Informe Comisión Nacional de la Familia, Sernam,1994). 40 Se deberá tener especial cuidado con adolescentes que tengan antecedentes de abuso sexual. Se sugiere que éstos no sean acogidos con niños y niñas de menor edad.
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Condiciones materiales y funcionales de las viviendas Para efectos de proporcionar la atención, bienestar y seguridad a los niños, niñas y adolescentes que requieren de esta prestación, es necesario contar con familias de acogida que reúnan condiciones materiales mínimas41, tales como: • Inmueble propio o arrendado, ubicado preferentemente en sectores de procedencia al que pertenezca el niño, niña o adolescente. • Que estén dotados de infraestructura y urbanización completa. • De fácil acceso a los servicios de la red social. • En buen estado de conservación. • Con camas de uso individual y equipamiento de acuerdo a la estación. • Equipamiento y enseres suficientes para el grupo familiar. • Espacios de juegos y recreación. • La vivienda deberá satisfacer requisitos de seguridad para la atención. • Lejos de áreas de contaminación, que puedan afectar la salud o desarrollo del niño.
Procedimientos de selección de familias de acogida Este debe ser un proceso acucioso, pues debe garantizar la idoneidad de la familia de acogida, para asegurar al niño, niña o adolescente que será integrado a un contexto familiar adecuado y pertinente para restablecer sus derechos y atender sus necesidades. En el caso de las familias especializadas, este proceso es más riguroso aún. El proceso de reclutamiento de las familias de acogida especializadas puede darse a través de redes institucionales o comunitarias, derivadas de organizaciones de la comunidad, tales como organizaciones religiosas, deportivas, de beneficencia y de otras familias acogedoras. a) Selección de las familias En el proceso de selección es importante considerar a todos los integrantes de la familia que participarán en esta experiencia, todo el grupo familiar debe estar motivado para acoger y proteger a niños o niñas, ya que de no ser así puede peligrar su bienestar y desarrollo. Por lo tanto, todos los integrantes de la familia de acogida deberán participar en el proceso de selección. Se utilizarán al menos las siguientes técnicas que permitan asegurar la idoneidad de las familias y sus miembros: - Evaluación especializada a la familia, efectuada preferentemente por sicólogo/a y/o asistente social, en la cual se deberá prestar especial atención a las dinámicas relacionales, manejo del estrés, resolución de conflictos, interés y motivación del grupo familiar por asumir esta función. - Visita domiciliaria. - Solicitud de certificado de antecedentes para fines especiales, de todos los miembros adultos de la familia. En el caso de adolescentes, se sugiere solicitar información a Sename de ingresos a la red y sus motivos. - Examen físico de los adultos asignados como responsables del cuidado del niño, niña o adolescente, en el caso que se considere relevante.
41 Esto se requiere especialmente a las familias de acogida especializadas. En las familias de acogida extensas se prioriza el vínculo con el niño. Sin embargo, las condiciones de vivienda y seguridad deben ser adecuadas.
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Aparte del proceso de selección, es necesario que el programa evalúe permanentemente los resultados de las familias de acogida en relación a la protección del niño, de manera de poder tomar las acciones necesarias rápidamente en caso de dificultades. Asimismo, las familias de acogida especializadas deberán ser evaluadas al menos una vez al año. b) Capacitación de familias de acogida especializadas Dentro de cada programa deben existir profesionales o técnicos especializados que seleccionen, supervisen, capaciten y apoyen a las familias acogedoras. Este equipo deberá evaluar en forma permanente las fortalezas y debilidades de cada hogar de acogida. Es necesario realizar talleres orientados a la especialización de cada una de las familias de acogida especializadas. Es así como las materias de las capacitaciones no deben ser exclusivamente homogéneas, ya que debido a las características y necesidades de los niños atendidos, los requerimientos de capacitación también se van diferenciando. -
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Talleres de inducción a familias de acogidas nuevas. Talleres de capacitación a familias de acogida para enfrentar situaciones de etapas vitales. Talleres sobre prevención del maltrato infantil. Capacitación orientada a la utilización de los recursos de la red.
ANEXO N°3: CONTRATO DE COMPROMISOS CONTRATO DE COMPROMISO Con fecha los firmantes nos comprometemos a cumplir los siguientes acuerdos: 1.-Integrar al programa lescentes:
, a través del presente contrato,
a los niños, niñas y/o ado-
, bajo el cuidado de las siguientes personas (indicar nombre y parentesco):
2.-La Sra y se comprometen a otorgar el cuidado y protección de derechos de los niños bajo su responsabilidad, específicamente en el cumplimiento de lo siguiente: • Entregar el afecto que los niños, niñas y adolescentes requieren para su desarrollo. • Asegurar el resguardo de la integridad física y sicológica del niño, niña o adolescente. • Utilizar medios no violentos de resolución de conflictos. • Asistencia regular al colegio o jardín a infantil, según corresponda, y participación del adulto en las actividades escolares. • Procurar la oportuna atención de salud y cumplir con las indicaciones médicas. • Otorgar la alimentación acorde a las necesidades nutricionales, un vestuario adecuado y suficiente a su edad y condiciones climáticas, y un lugar apropiado en la vivienda familiar. • • • • 3.- La Institución, a través del Programa orientación, apoyo y asesoría a la familia para el cumplimiento de su rol protector. Además entregará a la familia, representada por económico de la subvención de Sename y otros, correspondientes a $ por niño, niña o adolescente, que considera (describir el aporte)
, brindará el beneficio mensuales,
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4.- La persona que representa a la familia será la responsable de administrar los recursos entregados, de acuerdo a las orientaciones de los encargados del programa. 5.- La familia se compromete a facilitar la intervención del programa durante el tiempo de duración de la misma, entregando la información necesaria y permitiendo la asesoría y supervisión planificada. Así también, se compromete a asistir y participar en las actividades conjuntamente programadas. 6.- La familia y el programa se comprometen a cumplir con los acuerdos establecidos, orientados a la protección de los derechos de los niños, niñas y/o adolescentes a su cargo. El no cumplimiento de éstos significará el término del presente acuerdo. 7.- Este acuerdo estará sujeto a evaluación anual por parte del programa y de la dirección regional de Sename.
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Firma niños, niñas y adolescentes
Firma integrantes de la familia responsable
Firma representantes programa
Firma representante Sename
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Cuidado Diario
Cuidado Diario
CUIDADO DIARIO DEFINICIÓN
E
l diseño metodológico de Cuidado Diario es una modalidad de intervención ambulatoria de la línea de prevención, que entrega atención y cuidado a niños y niñas de 2 a 10 años y, excepcionalmente, hasta los 14, cuando sus padres se encuentran imposibilitados de proveer atención a causa de razones laborales o de otra índole. Ésto durante el período alternativo al sistema pre-escolar o escolar formal, siendo, además, residentes en sectores caracterizados por desigualdad de condiciones y expectativas de vida. Para responder a esta necesidad y cuando efectivamente no se cuente con redes institucionales o personales, se realizan estos proyectos en dos formas, ambas de jornada diurna y fundadas en la incorporación de las familias y la comunidad. Las modalidades de intervención son: • Hogares de Cuidado Diario, donde el cuidado infantil es realizado por mujeres-cuidadoras que atienden grupos de 5 niños/as (incluidos los propios) en sus casas. Ellas han sido reclutadas en la misma comunidad donde el niño o niña reside, son capacitadas, contratadas y supervisadas por profesionales del equipo técnico del proyecto. • Centros de Cuidado Diario, son establecimientos que atienden grupos de hasta 20 niños y niñas, de acuerdo a sus necesidades de desarrollo, también atendidos por cuidadoras de la comunidad y supervisados por los profesionales del equipo técnico. Los proyectos de cuidado diario, en ambas modalidades, cumplen también con el principio de la territorialidad, atendiendo un área, de modo de cautelar que la atención se realice en su entorno comunitario. De acuerdo a ello, el proyecto en su formulación debe incorporar un diagnóstico participativo con opiniones de diversos actores con relación a la pertinencia de la inserción del proyecto en el territorio definido. El diagnóstico debe, además, contener la opinión y datos estadísticos emanados de vecinos, dirigentes vecinales y antecedentes comunales en los cuales de advierta la importancia de desarrollar el modelo de cuidado diario en la comunidad específica. De igual forma, los resultados del proyecto anterior (en caso que corresponda) deberán presentarse desagregados por sexo, con un breve comentario explicativo de los datos, especificando las causales que pudieren justificar las diferencias entre niños y niñas contenidas en éstos. La concepción de familia asumida por Sename es la definida por la Comisión Nacional de la Familia (1994), que señala que “se entenderá por familia a todo grupo social, unido por vínculos de consanguinidad, filiación (biológica o adoptiva) y de alianza, incluyendo las uniones de hecho cuando son estables”. Los principios que guían la acción de los proyectos son los contenidos en la Convención de los Derechos del Niño y los del Marco General de este texto.
OBJETIVOS Objetivo general El objetivo primordial es contribuir a la prevención de la vulneración de derechos de niños y niñas, a través de la provisión de un servicio de cuidado diario de calidad que permita, a su vez, entregar herramientas para 75
el fortalecimiento de las destrezas protectoras autónomas de las familias, dentro de un contexto comunitario que estimule la responsabilización y solidaridad local.
Objetivos específicos a) Contribuir a la prevención de situaciones de vulneración de los derechos del niño y la niña. b) Fortalecer el derecho del niño a vivir en familia. c) Potenciar el trabajo en red e inserción comunitaria. d) Promover el desarrollo socio - afectivo de niños y niñas.
SUJETOS DE ATENCIÓN Sujeto de Atención a) Niños y niñas que necesitan contar con una figura adulta que ejerza acciones de cuidado y protección diaria mientras sus padres se encuentran fuera del hogar familiar. b) Familias, padres o adultos responsables del cuidado de niños y niñas que no disponen de todas las condiciones en su red familiar o social para otorgar la protección diaria a sus hijos/as y que necesitan transitoriamente apoyo a su labor dada las condiciones de vulnerabilidad en que se encuentran.
Edades Podrán ser atendidos por este sistema niños y niñas de 2 y 10 años, excepcionalmente hasta 14 años de edad. Con relación al número de niños por cuidadora se estiman grupos de 5 niños y/o niñas por cuidadora, y 20 niños y/o niñas por nivel.
Tiempo de permanencia Este tiempo dependerá de las redes a que la familia logre acceder para que el niño o niña quede al cuidado de adultos significativos protectores, y se hayan obtenido logros en las destrezas protectoras familiares, teniendo como tope máximo 24 meses (2 años).
FASES DE LA INTERVENCIÓN La metodología de cuidado diario consiste en entregar herramientas para el adecuado cumplimiento del rol protector de las familias, promover la participación de los padres y posibles adultos a cargo de los niños/as, y responsabilizar a la comunidad local de su infancia, considerando para todo ello la variable de género. Por tanto, las estrategias metodológicas fundamentales se orientarán a realizar un trabajo colaborativo y en red, de carácter transitorio, donde la comunidad asume un rol relevante y donde la familia aporta sus propios recursos para el cuidado de sus hijos/as. En este contexto, las intervenciones deben propender a apoyar el desarrollo infantil en un contexto familiar nutritivo, que fomente las relaciones empáticas, potenciadoras del desarrollo de los niños y las niñas, así
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como las relaciones vinculantes, tanto con la figura adulta a cargo de su cuidado como con las madres y padres biológicos. Las fases contemplan:
Selección de cuidadoras Esta fase está orientada a evaluar existencia de capacidades y competencias parentales presentes en el adulto responsable del cuidado de los niños/as. Implica el reclutamiento, selección, capacitación y monitoreo a madres cuidadoras y refuerzo a competencias parentales y contextos nutritivos. El proceso de reclutamiento se inicia con la consulta a diversas instancias acerca de las posibles familias interesadas en proveer este servicio en sus propios hogares. Para este efecto las oficinas municipales de colocación pueden constituirse en instancias colaboradoras que faciliten acceso a listados de familias, con solicitudes laborales y cuyo domicilio sea dentro del sector definido, para iniciar el proceso de selección. El proceso de selección de las candidatas debe estar a cargo de un sicólogo/a y se realiza mediante un procedimiento estandarizado y riguroso, el cual se inicia con la solicitud de documentos de identificación, como certificado de antecedentes a lo menos. El proceso completo debe ser llevado a cabo por profesionales idóneas/os y debe contener una entrevista sicológica en profundidad y la superación de pruebas evaluativas. Los resultados del proceso deben mantenerse en carpetas, junto a diversos antecedentes atingentes. Además, se debe articular un programa de capacitación continuo a través de diversos momentos, como son las reuniones periódicas del equipo responsable con la cuidadora en su propio hogar y/o en las dependencias del proyecto, talleres periódicos sobre diversos temas de interés o aspectos particulares, jornadas de capacitación, etc. Los talleres y reuniones para cuidadoras permiten, además de reforzar contenidos, lograr nuevas destrezas de cuidado y manejo, como también compartir sus experiencias y resolver las dificultades. Algunos de los temas a considerar dentro de la capacitación son los siguientes: -
Organización del tiempo. Desarrollo infantil evolutivo, revisando estereotipos de género. Derechos de los niños y niñas. Distribución del espacio educativo. Nutrición y estilos de vida saludables. Manipulación de alimentos e higiene. Manejo conductual. Redes y funcionamiento interno del programa. Procedimientos en situaciones de emergencia.
Cabe también establecer las reglas de funcionamiento de hogares o centros de cuidado diario, entre las cuales deben contemplarse aspectos básicos y operativos tales como: a) Las normas básicas de funcionamiento deben estar por escrito y ser verificadas y conocidas por las cuidadoras.
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b) Las normas y procedimientos conductuales deben propender al refuerzo positivo en todo momento, potenciando destrezas y habilidades. c) Se debe establecer la prohibición de castigos como, por ejemplo, la privación o amenaza de privación de comida, privación de descanso y oportunidad de utilizar la sala de baño. Tampoco se debe castigar a un niño o niña por ensuciarse, por un accidente o por negarse a comer. d) Debe prohibirse el trato al niño o niña utilizando lenguaje abusivo o grosero; toda forma de humillación pública o privada, incluyendo amenaza de castigo físico; toda forma de abuso emocional, incluyendo, rechazar, aterrorizar, ignorar, aislar o corromper a un niño o niña. El pedido o permiso de los padres no autoriza a usar tal castigo. e) Se prohibe a todos los que se encuentran en la casa o establecimiento fumar, consumir alcohol u otras drogas. f) Se debe contemplar procedimientos relativos a la salud, manteniendo una comunicación escrita regular con la familia usuaria, con relación a la administración de medicamentos, necesidades especiales respecto de alimentos, etc., como cualquier otra situación que amerite atención especial a la situación del niño o de la niña. g) Se deben contemplar aspectos básicos de seguridad domiciliaria o de centros. h) Respecto a las cuidadoras o los centros de cuidado diario, es importante tener presente el número de niños y niñas a cargo y la preferencia de atención según rango de edad de la cuidadora. En términos de apego, es relevante que se mantenga el mismo personal administrativo por largo tiempo. i) Es importante que los niños y niñas tengan oportunidades para hacer trabajos creativos, juegos imaginativos y actividad física, espacio para que puedan moverse con comodidad dentro y fuera del recinto, variedad y cantidad de materiales para dibujar y colorear, juguetes y equipo de gimnasia. j) Las cuidadoras y los centros de cuidado diario deben esforzarse en adaptar sus horarios a los de los padres. k) El funcionamiento de los hogares de cuidado diario se realiza a través de la determinación de un espacio físico dentro de la familia, para atender de 1 a 5 niños y niñas, hijos de madres y padres trabajadores de la propia comunidad o niños y niñas con riesgo de vulneración de derechos.
Ingreso y desarrollo En esta etapa el equipo técnico responsable deberá verificar la pertinencia del caso y la definición de un plan de intervención con los niños, niñas y sus familias. El ingreso al proyecto puede ser por demanda espontánea o derivación de la red social. Son acciones correspondientes a esta fase: • Verificar la pertinencia de la incorporación del niño o niña al proyecto, a través del cumplimiento de los criterios de ingreso.
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• Incorporar al niño/a al centro de cuidado diario más cercano a su domicilio. • Definir un plan de intervención participativo con los niños y niñas, y con la familia usuaria. El caso debe ser ingresado por un profesional del proyecto quien, mediante un informe social, determina necesidades, deriva a la cuidadora correspondiente y entrega información sobre el proyecto, llegando a un compromiso con la familia respecto a sus deberes y derechos con relación al servicio de cuidado diario.
Intervención con niños y niñas Esta fase implica ofrecer un programa estructurado de actividades de rutina, lúdicas y de fomento al desarrollo infantil en todas sus áreas: motriz, sensorial, cognitivo, afectivo y recreacional. Este programa debe estar sujeto a la planificación y supervisión de los responsables técnicos del proyecto, y debe resguardar el derecho a la integridad física y sicológica de los niños y niñas. Aunque el ambiente del cuidado diario sea menos formal que el de un jardín infantil o un centro de atención diurna, en su organización curricular los niños y niñas deben permanecer en un ambiente cálido y presto a responder a las necesidades rutinarias y evolutivas. Estos servicios deben ofrecer, por ejemplo, actividades calmadas y activas que fomentan el desarrollo creativo, físico, intelectual, social y emocional.
Intervención con la familia usuaria Las familias usuarias podrán beneficiarse de las siguientes instancias de intervención: • Atención sicológica, social y educativa tendiente al fortalecimiento de destrezas y competencias parentales. Este proceso puede llevarse a cabo a través de la incorporación de los padres a reuniones ampliadas de carácter mensual. Los objetivos de esta acción son información y participación en el proceso de atención de los niños y niñas en los hogares de cuidadoras, como asimismo el trabajo en talleres que les permita la resignificación de las dinámicas y del ejercicio de roles parentales, acceso a redes sociales, etc. • Atención con grupos de autoayuda que permita compartir situaciones y buscar soluciones entre iguales, guiado por una facilitador/a. • Intervención breve de contención terapéutica, personalizadas para aquellos niños o niñas y sus familias que se encuentren en una situación grave de vulneración de derechos como, maltrato grave, abuso sexual infantil, violencia intra-familiar, etc. El equipo técnico cumplirá una función de orientación y derivación a instancias especializadas, articulando los diferentes actores involucrados.
Egreso y seguimiento La participación de los niños/as y sus familias se proyecta con un tope máximo de dos años. Las familias o adultos responsables deberán solucionar las necesidades de cuidado diario postulando a jardines infantiles y/o coordinando con redes personales para la continuación del cuidado diario. El plan de egreso debe incluir una evaluación de los logros alcanzados en el programa de cuidado diario y la estabilidad de los mismos, incluyendo también la percepción de los usuarios. Son acciones estratégicas paralelas a estas fases: • Supervisión y monitoreo. La supervisión es concebida como un proceso de acompañamiento de las cuidadoras, con el objetivo de ir desarrollando competencias y habilidades que permitan promover un proceso de desarrollo, tendiendo a la calidad de atención a los niños y niñas 79
La supervisión y monitoreo debe considerar los siguientes aspectos, entre otros: a) El ambiente físico y la dinámica de cada espacio: se tomará en cuenta el respeto por el desarrollo de todos y cada uno de los niños y niñas, la facilitación de las relaciones interpersonales con los niños y con sus familias, la capacitación, las actividades que desarrolla con los niños y su capacidad de autocrítica y reflexión acerca de su quehacer. b) Condiciones personales: en este aspecto se evalúa la empatía y asertividad con los niños y familias usuarias. c) Comportamiento: estos indicadores se refieren al cumplimiento de normas establecidas en el proyecto. Debe contarse con una pauta de evaluación elaborada en forma participativa con los/as cuidadores y familias usuarias en reuniones de capacitación. De esta manera, las cuidadoras conocerán, de antemano, los aspectos que se considerarían en las supervisiones posteriores. La pauta de evaluación deberá ser aplicada, a lo menos, una vez al mes por el equipo profesional que trabaja en terreno y los resultados requieren ser compartidos con las cuidadoras, con el propósito de retroalimentación y adopción de medidas correctivas, refuerzo o mantención de aquellos aspectos juzgados adecuados. Además de esta supervisión formal, día a día el equipo profesional realizará visitas a los diferentes hogares o niveles (en el caso de centros de cuidado diario) para conocer en profundidad la dinámica que se vive, proveer de material fungible y didáctico, entregar orientaciones técnicas, resolver dudas e inquietudes, etc. También, el equipo necesita crear informes de desempeño que resuman los indicadores de la pauta citada anteriormente, los cuales deben ser considerados al momento de decidir si renueva o no los contratos de los/as cuidadores. • La intervención en red. Esta estrategia se constituye como acción paralela durante toda la intervención, se orienta a favorecer el protagonismo y la auto-gestión de las familias en el ejercicio de sus roles de crianza, junto con motivar el respaldo de los adultos y vecinos/ as de la comunidad en el cuidado de la infancia. El desarrollo comunitario por la infancia implica el trabajo con las redes primarias, para fortalecer el rol protector de las familias y con las redes secundarias para promover los derechos de los niños y niñas, y hacer responsables a los adultos de la comunidad del resguardo de estos derechos en su localidad, ya sea detectando situaciones de amenaza o total vulneración de derechos, tanto como buscando soluciones adecuadas en su propia comunidad. Esto implica una labor profesional que respete la diversidad de las comunidades, y que utilice como principales herramientas metodológicas la participación y el protagonismo de los vecinos, con relación a su realidad, y las posibilidades de solución que en ella se encuentran.
RESULTADOS ESPERADOS • Que el 100% de los hogares o centros de cuidado diario desarrollen una rutina que contemple satisfacción de necesidades materiales, intelectuales, afectivas y recreacionales de niños y niñas participantes.
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• Que el 100% de los niños y niñas incorporados al proyecto verbalicen satisfacción frente a la calidad del cuidado brindado por el hogar o centro. • Que el 100% de los hogares o centros de cuidado diario mantengan una aplicación de sus actividades libres de accidentes previsibles. • Que el 80% de las familias fortalezca sus destrezas protectoras. • Que el 60% de las familias con dificultades para la satisfacción de sus necesidades básicas resuelvan su situación material, a una base mínima, mediante la movilización de recursos locales o personales. • Que el 80% de las familias se refieran a los niños/as desde la visualización de sujetos de derechos y con ausencia de estereotipos de género. • Que el 60% de las organizaciones locales estén informados de la existencia del proyecto. • Que se realicen acciones de sensibilización al 50% de las instancias comunitarias a lo menos, en el tema de la protección local de los derechos de la infancia y la solidaridad comunitaria. • Que no menos del 5% de las cuidadoras y/o padres usuarios se movilicen para generar acciones en beneficio de la infancia local, en el entorno comunitario.
EVALUACIÓN Se entiende por evaluación un proceso de análisis crítico de todas las actividades y resultados de un proyecto, con el objeto de determinar la pertinencia de los métodos utilizados, la validez de los objetivos, la eficiencia en el uso de los recursos y el impacto con relación a los beneficiarios. Desde esta perspectiva, la evaluación cumple al menos los siguientes objetivos: -
Analiza y valora la adecuación de las metas en el contexto que opera el proyecto. Mide el grado de éxito del proyecto en el logro de estos objetivos. Mide en qué grado el gasto de recursos del proyecto se justifica por sus resultados. Explora otros posibles métodos de lograr las metas. Desarrolla un sistema de seguimiento continuo para facilitar su evaluación e incorporar mecanismos de corrección.
Se distingue la evaluación del primer momento que busca establecer la adecuada coherencia que debe existir entre el propósito final del proyecto, su fundamentación y el conjunto de actividades a través de las cuales se pretende alcanzar este propósito. Esta evaluación debe establecer la coherencia de la propuesta. La evaluación durante el proceso concentra su atención en el grado de cumplimiento de las actividades programadas y el nivel de avance real hacia las metas. Significa el registro de información, con la finalidad de evaluar resultados parciales que orienten la toma de decisiones del equipo responsable del proyecto.
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La evaluación posterior tiene que ver con el cumplimiento final de las metas programadas. El propósito central de la evaluación consiste en determinar el grado en que se han alcanzado las finalidades del proyecto. Dentro de ello, la formulación de indicadores permite cuantificar este proceso. El indicador es la unidad que permite medir el impacto de una meta. Desde el punto de vista de la evaluación de proyectos, la identificación de indicadores o referentes empíricos para aquellas dimensiones que han sido definidas teóricamente, constituye un requerimiento básico necesario de desarrollar con rigurosidad. Dependiendo de la formulación del concepto y de la operacionalización que se haga del mismo, se deben elaborar distintos indicadores. Se trata de transformar los conceptos abstractos en variables medibles. Se espera que los proyectos desarrollen los procesos anteriormente descritos, incorporándolos en sus procedimientos de forma que desde el momento de la formulación se realicen análisis de coherencia, durante la ejecución se definan momentos para efectuar evaluaciones de proceso, se consideren las opiniones de usuarios y ejecutores, y se proceda a realizar una evaluación final. Por otra parte, los convenios establecidos entre el Sename y las instituciones de la red privada exigen la presentación de evaluaciones o estados de avance, adjuntos a la presentación de proyectos de continuidad.
RECURSOS HUMANOS El equipo técnico estará constituido por profesionales y/o técnicos del área social, pueden ser: una educadora de párvulos o sicopedagoga, un/a sicólogo/a, un/a asistente social, un/a orientador/a, un/a técnico social o familiar. Esto, con el objetivo que exista un responsable de articular los tres ejes del proyecto trabajando con los niños/as, madres y cuidadoras desde una perspectiva sico-social y educativa.
Cargo
Jornada
Estándar de referencia
Personal directivo/ profesional: intervención sicológica, social o pedagógica: Director/a o Coordinador/a.
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Jornada completa. Media jornada para dirección y media jornada como contraparte técnica en procesos de intervención.
Centro con 40 a 60 plazas.
1 sicologo/a, 1 orientador/a, 1 asistente social, educadora de párvulos o sicopedagoga y /o técnicos sociales o familiares
Jornada completa.
20 niños/as simultáneamente por profesional.
1 cuidador/a
Jornada completa
- Hogar de cuidado diario 5 niños/as por jornada, incluyendo los propios. -Centro de cuidado diario 20 niños/as por nivel.
Personal
Administrativo y auxiliar:
Secretario/a-contador/a.
Jornada parcial.
A continuación se describen algunos perfiles de cargos en particular. En términos generales, las personas seleccionadas para un cargo, deberán acreditar logros curriculares y con un manejo óptimo de las relaciones interpersonales.
Perfil Director/a: • Profesional o técnico del área sicológica, social o pedagógica. • Experiencia deseable en un cargo similar. • Conocimientos de dirección y administración de recursos humanos. • Conocimientos en intervención sicosocial, familiar, grupal, comunitaria y trabajo en redes. • Capacidad de liderazgo. Funcionarios del Equipo Técnico • Profesionales o técnicos del área psicológica, social y pedagógica titulados. Edad preferentemente entre 23 y 55 años. Debe relacionarse este factor con el rango etáreo de los niños con los cuales deberá trabajar. • Conocimientos y formación en intervención sicosocial con formación y experiencias en desarrollo infantil. • Habilidades para desarrollar actividades recreativas, deportivas y artísticas. • Capacidad de liderazgo. Cuidadoras del Centro: • Deseable formación en trabajo con niños y familias. • Deseable experiencia en trabajo con niños y familias. • Alta motivación para el trabajo en el área. • Competencias y habilidades para desarrollar relaciones igualitarias entre hombres y mujeres en el trabajo individual, familiar y grupal. • Tener actitud no discriminadora con los niños /as, especialmente los referidos a estereotipos de género. • Capacidad de trabajo en equipo. • Habilidades para la resolución de conflictos. • Capacidad de empatía. • Capacidad para tomar decisiones en situaciones de crisis. • Estabilidad emocional, autocontrol adecuado de emociones e impulsos. • Tolerancia a la frustración. • Salud compatible con el cargo. Personal administrativo y auxiliar. • Secretario/a con mención en contabilidad o según el perfil del cargo. • Edad: mayor de 18 años. • Deseable experiencia laboral en el área. • Motivación por el trabajo con niños y adolescentes. • Capacidad para acatar normas o reglas. • Capacidad de contacto y relación interpersonal adecuada con pares y otro personal del programa. • Sociabilidad y empatía. • Salud y aptitudes físicas acordes a las exigencias del cargo. Contraindicaciones para todo el personal, incluyendo las cuidadoras. • Presencia de enfermedades crónicas invalidantes para el desarrollo de las funciones propias del cargo.
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• Presencia de índices o síntomas de enfermedades siquiátricas. • Antecedentes de comisión de actos de maltrato o abuso de menores de edad. • Certificado de salud que sea compatible con el cargo.
RECURSOS MATERIALES El proyecto deberá disponer de un local o casa adecuado para la satisfacción de las necesidades básicas, baños en buen estado y espacio físico suficiente para que niños y niñas puedan moverse con comodidad dentro y fuera del recinto. Es imprescindible contar con material concreto (juguetes, útiles escolares, de desecho, didácticos) suficientes para la manipulación cotidiana. En la sede en donde se centralicen las actividades administrativas y algunas de las intervenciones más especializadas debe existir: - Una oficina de dirección y secretaría. - Dos oficinas para profesionales y monitores. - Una sala multiuso. - Un servicio higiénico con ducha. - Una cocina. - Una bodega chica. Los centros deben velar por la mantención de condiciones de seguridad e higiene para la atención presencial de niños/as, estableciéndose planes de prevención de riesgos y la adquisición de equipamiento para la prevención de incendios. No obstante de tratarse de atención especializada, se debe practicar la operación Deyse una vez al mes, siendo recomendables coordinación y asesoría con Bomberos más próximos. Respecto al equipamiento, el programa deberá asegurar la existencia de mobiliario funcional y material de oficina básico para el desarrollo adecuado de las actividades. La sede del centro de cuidado diario debería contar además con: • Salas por niveles. • Servicios higiénicos adaptados para el tramo de edad. • Patio o espacio recreacional abierto.
La institución debe contar con un computador con los siguientes requerimientos mínimos: procesador Pentium, disco duro no inferior a 2 GB, memoria mínimo 32 MB RAM u otro, unidades de disco de 3 ½ pulgada de alta densidad y unidades de CD ROM (opciones de multimedia son necesarias por las características de software actual), impresora, tarjeta fax-modem, conexión con Internet que permita correo electrónico. Sistema operativo Windows 95 o superior, programas Office 2000 con Access incluido. Además debe poseer teléfono, fax y correo electrónico.
INSTRUCCIONES PARA ENFRENTAR SITUACIONES DE EMERGENCIA a) Mantener nómina de teléfonos de emergencia, ambulancia, Bomberos, Carabineros, Investigaciones, de los funcionarios del centro y de la dirección regional del Sename.
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b) Mantener personal capacitado para enfrentar situaciones de emergencia y para proporcionar atención de primeros auxilios, contando con los elementos necesarios. c) Difusión, entrenamiento, aplicación y control del Plan de Operación Deyse (de evacuación y seguridad). d) Revisar periódicamente y con colaboración de personal autorizado de los sistemas eléctricos, redes de gas, calefacción y alcantarillado. e) Con el fin de evitar accidentes por golpes de corriente eléctrica, los enchufes e interruptores deben estar debidamente protegidos y ubicados, de modo que ello no signifique peligro para los niños, niñas y adolescentes. f) Vigilar que en el edificio estén señalizadas claramente las vías de evacuación y de escape. g) Revisión permanente del estado de los extintores, llenado de carga y en óptimas condiciones de funcionamiento, así como establecer personal que conozca y ejecute su utilización. Ubicación de ellos en lugares adecuados, de acuerdo a las normas de seguridad establecidas. h) Mantener un tablero a la vista y con condiciones de seguridad de copias de llaves de las distintas dependencias con su respectiva identificación. i) Vigilar y evitar que en los establecimientos existan acciones y elementos que provoquen inseguridad, especialmente en los patios, duchas, comedores, escaleras, pasillos, etc. j) Tener especial cuidado que los niños, niñas y adolescentes tengan acceso a lugares inseguros que puedan provocar lesiones físicas y/o aprisionamientos. k) Evaluar periódicamente la situación arquitectónica y de infraestructura de los establecimientos. l) Recomendar con especial cuidado que los niños y adolescentes no jueguen con elementos peligrosos o que puedan provocar situaciones de emergencia.
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ANEXO 1: PERFIL CUIDADORAS Y CONDICIONES DEL HOGAR Las características de las cuidadoras y sus familias: • Toda la familia debe estar de acuerdo con la participación en el proyecto, lo que se expresa mediante un compromiso escrito. • Con la vivencia de criar hijos e hijas con resultados exitosos. • Sin patologías sicológicas severas. • Alto nivel de gestión. • Se debe realizar una selección de esta madre cuidadora a través de un test proyectivo y/o una entrevista clínica. • Sin problemas de antecedentes penales, ni ella, ni los que habitaren con ella. • Salud compatible. • Tener una amplia experiencia en el uso de la red social formal y comunitaria. • Disfrutan estar y jugar con los niños y niñas. • Pueden comunicarse efectivamente y cómodamente, tanto con los niños y niñas como con los padres. • Una autorización de los vecinos en caso de habitar casas pareadas. • Que cuenten con un inmueble propio y amplio que les permita tener un espacio para acoger, baño y cocina con puerta. • Tener actitud no discriminadora con los niños /as, especialmente los referidos a estereotipos de género. La sectorización de los hogares de cuidado diario debe hacerse de acuerdo a la demanda comunitaria de niños y niñas. Las cuidadoras deben contar con una persona que las reemplace en caso de tener que ausentarse temporalmente. Los antecedentes de estas mujeres son los mismos que para las cuidadoras y deben estar en el registros de la institución colaboradora que administra el proyecto.
Perfil cuidadores/as en centros Las características mínimas exigidas son: • Sin patologías sicológicas severas. • Alto nivel de gestión. • Se debe realizar una selección de esta madre cuidadora a través de un test proyectivo y/o una entrevista clínica. • Sin problemas de antecedentes penales. • Salud compatible. • Tener una amplia experiencia en el uso de la red social formal y comunitaria. • Disfrutan estar y jugar con los niños y niñas. • Pueden comunicarse efectivamente y cómodamente, tanto con los niños y niñas como con los padres. • Tener actitud no discriminadora con los niños/as, especialmente los referidos a estereotipos de género. La documentación exigida a los/as cuidadores/as es: fotocopia del cédula de identidad y certificado de salud compatible, certificado de antecedentes de ella y su familia (actualizado cada seis meses), compromiso de la familia y una autorización de los vecinos, en caso de habitar casas pareadas, cuando corresponda.
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Aspectos a considerar al establecer un hogar cuidado diario en casa La decisión de iniciar un servicio de cuidado infantil familiar, primero debe tomar en cuenta las necesidades de la propia familia. Compartir el espacio doméstico con otros niños y sus familias presenta desafíos que requieren formular un plan, organizarse y ser flexible. Algunas inquietudes de los esposos e hijos/as de los proveedores de cuidado infantil familiar incluyen: • Compartir a la mamá. • Compartir los efectos personales y el espacio con los demás. • El desorden adicional en la casa. • El ir y venir de los niños y sus familias cada día. • Las llamadas telefónicas después de horas hábiles. El cuidado de niños y niñas puede minimizar la interrupción del espacio y de la rutina de sus familias al: • Establecer reglas claras con las familias-usuarias acerca de los días y horarios hábiles del servicio. • Ser claro respecto a ciertos cuartos o juguetes "prohibidos". • Incorporar tiempo especial con sus propios hijos, destinando, por ejemplo, una media hora a solas con la mamá cuando los otros niños se han ido al final del día. Las cuidadoras también pueden crear una visión positiva de su decisión, recordándoles a sus familias los beneficios de este servicio. Las ventajas son muchas: • Tener más juguetes y provisiones. • Generar ingresos adicionales para ayudar con los gastos familiares. • Permitir a mamá trabajar en casa. • Tener más compañeros de juegos, de quien aprender y con quien ser amigos. • Ofrecer un servicio valioso a otras familias trabajadoras en su comunidad. La decisión de iniciar un servicio de cuidado infantil familiar también debe tomar en cuenta las necesidades de los vecinos. El tráfico adicional de las familias que vienen cada día es una preocupación legítima de los vecinos del proveedor de cuidado infantil. Conversar con los vecinos acerca de las medidas que se van a tomar para asegurar que no se incomoden y evitar los desacuerdos.
Sistema de Registro ANTECEDENTES PERSONALES DEL NIÑO: NOMBRE FECHA DE NACIMIENTO COLEGIO PROFESOR/A JEFE JORNADA ESCOLAR FECHA DE INSCRIPCION AL PROYECTO CUIDADOR/A HORARIO EN EL HOGAR
RUT EDAD
CURSO
ANTECEDENTES PERSONALES DEL PADRE/MADRE O ADULTO A CARGO: NOMBRE EDAD DOMICILIO JORNADA DE TRABAJO
RUT ESTADO CIVIL TELEFONO HORARIO
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PRIORIDADES DE INGRESO 26 Niño que no cuenta con redes, mientras la madre trabaja. 23 Padres que trabajan todo el día y no cuentan con redes. 24 Madre cesante, en búsqueda de trabajo. 25 Padres cesantes. 27 Niño en situación de abandono. 15 Familia en situación de indigencia o caso social. 10 Déficit nutricional. 13 Riesgo educacional grave (discapacidad educativa o grave). 28 Jefatura de hogar femenina. 12 Madre que trabaja con riesgo ambiental para el niño(a). 09 Madre que trabaja fuera del hogar en forma independiente. 07 Madre que trabaja fuera del hogar en forma dependiente. 05 Familia nuclear incompleta. 03 Niño(a) de otro programa (derivación de otro programa). 01 Niño(a) nuevo, sin antecedentes anteriores. FACTORES DE VULNERABILIDAD: 01 Drogadicción. 02 Alcoholismo. 03 Ausencia de un adulto responsable. 04 Maltrato infantil o VIF. 05 Factores de alto riesgo para el normal desarrollo del niño(a) en su entorno (sitial). 06 Incapacidad física y/o mental de la persona encargada del niño(a). 07 Tuición alterada. 08 Peligro ambiental por permanencia del niño en el lugar de trabajo de la madre. 09 Situación de allegamiento de la familia del párvulo. 10 Inestabilidad del o la jefe de hogar. 11 Vulnerabilidad social por ausencia de atención preescolar en el lugar donde habita. 12 Familia del párvulo sin previsión de salud y social. 13 Madre adolescente. 14 Baja escolaridad de la madre. JEFE DE HOGAR TRABAJO
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PREVISIÓN
SALUD
DEPENDIENTE (CONTRATO)
A.F.P.
FONASA
INDEPENDIENTE
SIN PREVISIÓN
ISAPRE
CESANTE
TARJETA INDIGENCIA
JUBILADO
O GRATUIDAD
ANTECEDENTES DE SALUD DEL NIÑO SALUD MEDICINA GENERAL Y PEDIATRÍA HISTORIA CLINICA
EN TRATAMIENTO
ALTA CLINICA
EN TRATAMIENTO
ALTA CLINICA
EN TRATAMIENTO
ALTA CLINICA
ESPECIFIQUE DIAGNÓSTICO ESPECIFIQUE TRATAMIENTO
SALUD MENTAL HISTORIA CLINICA
ESPECIFIQUE DIAGNOSTICO ESPECIFIQUE TRATAMIENTO
ANTECEDENTES ALERGICOS HISTORIA CLINICA
ESPECIFIQUE DIAGNOSTICO ESPECIFIQUE TRATAMIENTO OTRAS OBSERVACIONES
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CONTROL DE SALUD CONSULTORIO
Nº DE CARNET DE CONTROL
DISCAPACIDAD
SI : NO:
ESTADO NUTRICIONAL: DESNUTRICION
R.DESNUTRICION
NORMAL
SOBREPESO
OBESO
GRUPO FAMILIAR ENFERMEDAD ALCOHOLISMO PATOLOGÍAS PSIQUIATRICAS DROGADICCION OTRAS
PADRE
MADRE
OTRO
ANTECEDENTES LABORALES TIPO DE VIVIENDA
MATERIALES DE LA VIVIENDA
CALIDAD DE LA VIVIENDA
CASA
MAT. SOLIDOS
PROPIETARIO
DEPARTAMENTO
MAT LIVIANOS
ARRENDATARIO
OTRO
OTRO
ALLEGADO
SUMINISTROS BÁSICOS
NUMERO DE HABITACIONES
PAGO DE DIVIDENDOS O ARRIENDO
Luz eléctrica Agua Potable
SI NÚMERO DE CAMAS
Alcantarillado
NO $
DINAMICA FAMILIAR
LIMITES
NORMAS
SIN MALTRATO CON MALTRATO
ANTECEDENTES ECONÓMICOS GASTOS MENSUALES
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- Luz eléctrica - Agua Potable - Dividendos - Alimentación - Teléfono - Otros
$ $ $ $ $ $
- TOTAL
$
DEUDAS
$ $ $ $
TOTAL
DIAGNOSTICO FAMILIAR
IDENTIFICACION DEL GRUPO FAMILIAR Nº
NOMBRE
E. Civil
Relación
F. de Nac.
Ocupación
Ingreso
Previsión
Escolaridad
OBSERVACIONES RELEVANTES VISITAS DOMICILIARIAS FECHA
SITUACION
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COMPROMISO DE LOS PADRES Yo, , me comprometo a hacer uso del programa de cuidado infantil, respetando las condiciones establecidas. Cumpliré con lo solicitado en relación a los útiles de aseo (toalla, cepillo de dientes, pasta dental, peineta, muda), presentación personal de mi hijo/a, horarios de llegada y retiro del hogar y alimentación. Acepto el hogar designado para el cuidado de mi hijo/a y estableceré con la madre protectora una relación de respeto. Autorizo que mi hijo/a sea llevado al consultorio correspondiente al sector del hogar, en caso de enfermedad o accidente doméstico, el que será informado a la brevedad al programa y a la familia. En caso de inasistencia y/o retiro, éste será informado al hogar dentro de las 48 horas, en caso contrario perderé la vacante. En caso de no cumplir con lo establecido y con los requerimientos del programa, mi hijo/a dejará de recibir los servicios de cuidado. (Me comprometo a llevar diariamente los alimentos que consumirá mi hijo/a de acuerdo a una minuta preestablecida por la Cuidadora), según corresponda o recibirá alimentación por el Centro de Cuidado Diario. NOMBRE FIRMA C.I FECHA:
FICHA CUIDADORA I.- IDENTIFICACION NOMBRE CEDULA DE IDENTIDAD FECHA DE NACIMIENTO DOMICILIO TELEFONO PREVISION DE SALUD
VILLA
II.- IDENTIFICACION DEL GRUPO FAMILIAR NOMBRES Y APELLIDOS
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PARENTESCO
EDAD OFICIO
HORARIO DE PERMANENCIA EN EL HOGAR
III.- CALIDAD DE OCUPACION DE LA VIVIENDA VIVIENDA PROPIA SIN DEUDA VIVIENDA PROPIA CON DEUDA ARRENDATARIO
IV.- NUMERO DE FAMILIAS VECINAS COLINDANTES
V.- ESPACIOS EN LA CASA NUMERO DE DORMITORIOS LIVING COMEDOR BAÑO COCINA PATIO
VI.- TIPO DE ABASTECIMIENTOS DE SERVICIOS BÁSICOS LUZ ELECTRICA
CON MEDIDOR PARTICULAR
ABASTECIMIENTO DE AGUA
ELIMINACIÓN DE ESCRETAS
CON MEDIDOR COMPARTIDO
PROVENIENTE DE LA RED PÚBLICA
CONECTADO A ALCANTARILLADO
ABASTECIMIENTO DE GAS
GAS NATURAL
CONECTADO A FOSA SEPTICA
CONEXIÓN A ALUMBRADO PÚBLICO
NO PROVENIENTE DE LA RED PÚBLICA
POZO NEGRO
GAS LICUADO
IV.- SUBSIDIOS MUNICIPALES PASIS CESANTIA FAMILIAR OTROS (CUALES)
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COMPROMISO FAMILIAR DE HOGARES DE CUIDADO DIARIO Los abajo firmantes, familiares de quien realizará funciones de cuidadora en el Proyecto, se comprometen a: Facilitar su hogar para la atención diaria de hasta 5 niños, de lunes a viernes, entre las 7.30 y 19.30 horas. La familia certifica conocer el proyecto y se compromete a respetar las características de este.
NOMBRE COMPLETO
RUT
PAUTA DE SUPERVISIÓN CUIDADO DIARIO NOMBRE CUIDADORA SUPERVISOR/A ASPECTO I.- AMBIENTE
1.- Crea y mantiene un ambiente adecuado para la atención de los niños. 2.- Vela por la integridad física y síquica de los niños, propiciando la autonomía y respetando las individualidades. 3.- Organiza la jornada diaria de manera que le permite realizar sus actividades y atender a los niños. 4.- Integra a su quehacer las orientaciones técnicas del equipo supervisor. 5.- Selecciona las actividades educativas de acuerdo a las necesidades de los niños. 6.- Desarrolla acciones que favorecen la asistencia y permanencia de los niños. 7.- Mantiene al día la documentación definida por el equipo supervisor. II.- CONDICIONES PERSONALES 1.- Desarrolla con sus pares y familias usuarias el deseo y voluntad para trabajar en equipo, manteniendo un clima positivo de relaciones interpersonales .
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VISITA
VISITA
VISITA
VISITA
Fecha:
Fecha:
Fecha:
Fecha:
2.- Resuelve problemas y aplica medidas pertinentes dentro de su ámbito de acción. 3.- Establece relaciones de respeto y colaboración mutua con las familias usuarias, equipo supervisor y comunidad. 4.- Demuestra interés por capacitarse, aplicándolas en su función. 5.- Mantiene un estado emocional estable en sus relaciones interpersonales, especialmente con los niños. III.- RESPETO A NORMAS INSTITUCIONALES 1.- Mantiene permanentemente informado al equipo supervisor. 2.- Cumple con la asistencia a reuniones y capacitaciones. 3.- Cumple con los horarios de atención del programa.
OBSERVACIONES:
PAUTA DE OBSERVACIONES GENERALES FECHA
ASPECTO DE OBSERVACION
SUGERENCIA
TOMA CONOCIMIENTO
SUPERVISOR
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ANEXO 2: TRABAJO DE EQUIPO Y AUTOCUIDADO Factores protectores a nivel individual El proyecto debe reconocer los síntomas de stress laboral relacionados con la práctica, con la finalidad de atenderlas oportunamente, contando con espacios y acciones que tiendan a prevenir el síndrome del “burn out”. Es necesario contar con mecanismos de vaciamiento y descompresión que no necesariamente se relacionan con asesorías o supervisiones técnicas, sino con compartir la carga emocional recibida durante el quehacer en beneficio de los usuarios(as). Además de lo anterior, es fundamental promover en el equipo ejecutor estilos de vida personales o familiares saludables que fortalezcan los recursos para evitar el burn out. El autocuidado del equipo estará a cargo de la coordinación del proyecto, en función de un diagnóstico y seguimiento de la labor de cada miembro, realizando reuniones trimestrales de evaluación y autoevaluación del trabajo realizado.
Factores protectores al nivel de los equipos Como mencionamos antes, la labor de la coordinación del equipo de trabajo resulta fundamental en su responsabilidad de cuidado de éste, por lo cual es importante crear y asegurar condiciones de trabajo que se sustenten en relaciones de confianza, bajo estilos de liderazgo democrático, preocupación, seguridad integral y condiciones de resguardo para todos los miembros del grupo de trabajo. En otras palabras, lograr un clima laboral armónico, reforzando la labor multidisciplinaria desde el comienzo. También apunta a los estilos de supervisión del trabajo, en función de mantener de modo organizado espacios de descompresión del equipo. Por ejemplo, en reuniones técnicas cuya finalidad sea compartir, desde las distintas experticias, modelos conceptuales, decisiones y acciones a ejecutar que apunten a la resolución de los problemas. Las actividades de perfeccionamiento contribuyen a mejorar el clima laboral, ya que permiten lograr una base teórica e ideológica común, pues los niveles de conceptualización compartidos contribuyen a disminuir ambigüedades y a lograr la integralidad dentro del equipo de profesionales. Factores protectores a nivel de la red profesional La dificultad de abordar materias emocionalmente intensos, nos lleva a retomar el tema de las redes de apoyo profesional en el enfrentamiento de estos problemas. La activación y formación de redes profesionales es un recurso fundamental para el cuidado de los grupos de trabajo, ya que permite establecer los vínculos para posibles derivaciones en los casos que se requieran, seguimiento y evolución de éstos. Esta labor puede resolverse en forma compartida, ideando herramientas de catastro de aquellos lugares relacionados con el grupo usuario y el tema de intervención. Cada área de desempeño profesional estará a cargo de construir su red de apoyo profesional y mantenerse en contacto con las contrapartes.
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ANEXO 3: TEORÍA DEL APEGO Respecto de la condición de los vínculos que los niños y niñas mantienen en la infancia se releva la teoría del apego, desarrollada por John Bowlby (1969, 1973, 1980) y que postula que el apego es una necesidad humana universal que permite formar vínculos afectivos estrechos. Lo central de esta teoría radica en la reciprocidad de las relaciones tempranas que mantienen los niños y niñas con las personas que les rodean. Este vínculo contribuye a la creación de un “núcleo de estado seguro” en la personalidad. Este vínculo permitirá fluidez en las posteriores relaciones en su vida. Este apego se ve influenciado primero, por el comportamiento de los otros frente al niño o niña, a su forma de acercamiento a ellos; segundo, por la conceptualización mental referente a las personas que quiere y por las que siente estima; y, la tercera, por el aspecto emocional, que tiene que ver con el sentimiento de seguridad que experimenta el niño o niña en compañía de las personas que constituyen su contexto familiar. La activación de conductas de apego depende de la evaluación por parte del niño o niña de un conjunto de señales del entorno, que dan como resultado la experiencia subjetiva de seguridad o inseguridad. La experiencia de seguridad es el objetivo del sistema de apego, que es, por tanto y por encima de todo, un regulador de la experiencia emocional (Sroufe, 1996). La calidad de las interacciones que mantienen los niños o niñas con las personas que los rodean, afecta su comportamiento de por vida, por lo cual es necesario mostrar cómo se ven afectados por un apego distorsionado. Cuando se da un apego ansioso-ambivalente es porque las madres no interpretan adecuadamente las demandas y necesidades del niño o niña y son incoherentes en sus comportamientos, ésto crea un modelo interno de relaciones basado en la falta de seguridad o protección. Cuando se da un apego ansioso-evitativo es porque las madres se comportan de un modo maternal irresponsable, con un sentimiento de rechazo hacia su hijo/a y pueden ser autoritarias, incondescendientes e impacientes con él. Estos síntomas a veces van acompañados, contradictoriamente, de una actitud protectora en exceso o con demasiada estimulación, esto crea un modelo interno de relaciones basado en el distanciamiento para evitar el rechazo. Cuando se da un apego ansioso-desorganizado, es porque las madres presentan conducta negligente y comportamiento cíclicos de protección y de rechazo o maltrato o abuso hacia el niño o niña. Esto construye en el niño o niña un modelo interno de relaciones con los demás basado en la inseguridad y el descontrol. El apego seguro se da cuando la madre responde e interpreta adecuadamente las demandas y necesidades del niño o niña y expresa cariño y atención frecuentes, por esto el niño o niña construye un modelo interno de relaciones con los demás basado en la disponibilidad y el afecto (Amanda Jiménez Almansa, “Las Relaciones Familiares: El Apego”). Las características de las relaciones del hijo o hija con su madre influyen en el repertorio emocional y social que tenga el niño o niña para enfrentar las siguientes responsabilidades que se le dan en la vida. En esta relación interfieren situaciones que afectan a su vez a la madre y a la familia en general: desear o no al hijo
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o hija, constituir una familia numerosa, la edad de los padres, el marco disciplinario, la pobreza y el nivel de educación, entre otros. Además la mayoría de los expertos en sicología de niños, niñas y adolescentes reconocen que el ambiente ideal para la crianza es la familia. El cuidado diario y directo de los padres es particularmente importante en los primeros meses de vida. La situación ideal no es siempre posible, por ende es necesario evaluar cuidadosamente el papel que juegan los hogares de cuidado en los primeros años de la vida de un niño o niña. Todos los expertos están de acuerdo en que, si hay que usar este tipo de cuidado, la cantidad y calidad del tiempo que los niños o niñas pasan allí es significativo para su desarrollo. Cada etapa de desarrollo requiere de cuidados especiales:
• En los primeros años de vida el niño y la niña ejercitan sus funciones sensoriales y motoras, lo que le permite establecer un contacto progresivamente más activo con el mundo que los rodea. En este periodo de vida se produce la mayor parte del desarrollo de las células cerebrales, fenómeno que va acompañado por la estructuración de las conexiones neuronales del cerebro. Este período inicial es la base para el desarrollo posterior de las funciones cognitivas. Es también en esta etapa de la vida que, a partir de la interacción del niño/a con sus cuidadores principales, se sientan las bases del desarrollo afectivo. Alrededor de los dos años de vida se va estructurando el lenguaje, lo que significa para el niño/a ampliar su capacidad de pensamiento y comunicación, es decir, en esta etapa se adquieren las competencias básicas para la vida social y aprenden las primeras pautas de interacción decisivas para la adaptación a distintas personas y grupos humanos, esto es lo referente al desarrollo social del niño/a. Por lo anterior, los niños y niñas menores de dos años y medio necesitan más adultos que se preocupen por ellos en un contexto de cuidado y mucha atención individual, que la misma persona los cuide por un período extenso, que quien los cuide juegue y hable con ellos, les sonría, los alabe y disfrute de su compañía. Esta persona debe estimular el desarrollo social del niño y la niña, el comportamiento positivo y debe saber ponerle límites al comportamiento negativo.
• En la niñez temprana (de 3 a 6 años), el desarrollo motor continúa en evolución, aumentando la coordinación y la fuerza, el niño/a realiza los movimientos con mayor control. En el desarrollo cognitivo existe mayor utilización del lenguaje y del pensamiento simbólico, es capaz de expresar más claramente lo que desea comunicar, el pensamiento es egocéntrico. En el aspecto afectivo, la identificación afectiva con el padre o con quien lo reemplace es decisiva para ir creando en el niño/a el desarrollo de la constancia, la motivación para el éxito, el comportamiento auto-afirmativo y el análisis y resolución de problemas. En lo social, primero el niño/a siente necesidad de aislarse para gozar de su mundo mágico y, en un segundo momento, va necesitando de la compañía de sus padres y va aprendiendo a compartir. En la niñez intermedia (de 6 a 12 años) el desarrollo motor se consolida, el niño/a es más hábil y diestro con su cuerpo en términos de rapidez, fuerza y coordinación. La estatura y peso que alcanzan les permite realizar juegos físicos y deportes. En el aspecto cognitivo existen progresos notables en la conducta y en la socialización del pensamiento, la voluntad y los sentimientos morales. Es la etapa de las operaciones concretas, amplía su interés por todo lo que le rodea, necesita hacerse preguntas y compartir sus ideas con los otros, esto lo lleva a la cooperación. En el desarrollo afectivo-social se amplia el mundo social. Su
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participación en la familia y escuela, le permite desarrollarse física, intelectual, emocional y socialmente, por lo que los mayores de tres años pueden ser cuidados en grupos de niños y niñas donde puedan divertirse y aprendan a relacionarse con otros. Como es sabido, los programas innovadores dirigidos incentivan la participación de padres y otros actores de la comunidad en el cuidado de niños/as, movilizan variados recursos comunitarios, lo que permite enriquecer y hacer más integrales las intervenciones. Estos programas deben tener el imperativo de identificar formas de apoyar a los niños/as para que logren las habilidades que necesitarán para relacionarse con una sociedad rápidamente cambiante y protegiendo activamente, y al mismo tiempo, sus identidades culturales.
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Oficinas de Protección de Derechos de la Infancia (OPD)
Oficinas de Protección de Derechos de la Infancia (OPD)
OFICINAS DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LA INFANCIA (OPD) DEFINICIÓN
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entro del conjunto de iniciativas que asume el Sename, nace la propuesta de las Oficinas de Protección de Derechos de la Infancia (OPD), que se definen como instancias ambulatorias instaladas en el ámbito local, destinadas a brindar protección integral a niños, niñas y adolescentes que se encuentren en una situación de exclusión social42 o vulneración de sus derechos43 y que contribuyen, en el nivel comunal, a generar las condiciones que favorezcan una cultura de reconocimiento de los derechos de la infancia. En tal contexto, la acción de la OPD se traduce en una instancia previa que permite evitar el innecesario e indiscriminado ingreso de niños, niñas y adolescentes al circuito de judicialización e institucionalización. De esta forma la OPD de Infancia, en el mediano y corto plazo, debe alcanzar resultados tales como: reducción de situaciones de exclusión social o vulneración de derechos, disminución de medidas de institucionalización, desjudicialización en la solución de conflictos, incremento de los indicadores de focalización de la red de programas de infancia del Sename y sus instituciones colaboradoras, fortalecimiento de la red y optimización de recursos institucionales necesarios para incrementar las posibilidades de desarrollo e integración familiar y social de este segmento.
TAREA CONJUNTA Con la reforma y la apuesta del Sename por instalar las OPD en los territorios locales, se está dando una respuesta palpable, como Estado, al imperativo de incorporar a niños y niñas a los esfuerzos de consolidación democrática y de una cultura de respeto a los derechos humanos. Cultura que se hace más evidente en los entornos más inmediatos de las familias, como la comuna. En este esfuerzo sostenido, al trabajar en conjunto con las instituciones privadas de la red y preferentemente con las municipalidades, el Sename ha desarrollando una línea de descentralización de la acción pública que reconoce la importancia de sumar a otros en la tarea de protección de derechos. Decir que la descentralización, para el caso de las OPD, es un mecanismo que contribuye a la modernización del Estado, significa que se reducen las distancias entre la toma de decisiones de quienes diseñan y operan una política social y las propias familias que tienen las inquietudes y las potencialidades para participar y decidir. Concebida la propuesta OPD como un modelo innovador del Sename, su especial énfasis está dado por su carácter territorial o local, razón por la cual, después de ponderar distintas alternativas institucionales, se
42 Exclusión Social: Se refiere a la “dificultad en el acceso a servicios sociales que impide que un niño o niña cuente con condiciones básicas de vida”. En esta situación la labor de la OPD es conectar a la familia con las instituciones que brindan el servicio que requieren para su desarrollo, considerando las características y recursos de cada territorio. 43 Vulneración de Derechos: La entenderemos como “ aquella situación que impide a un niño o niña ejercer determinados derechos que se le reconocen en la Convención de Derechos del Niño”.
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concluyó que la propuesta que considera la instalación de las Oficinas de Protección de Derechos en el municipio presenta mayor grado de viabilidad. Actualmente, el municipio tiene un rol definido y legitimado, tanto por la ciudadanía como por la dirigencia política, siendo reconocidos como la puerta de entrada al Estado y como gestores del desarrollo comunal. El municipio comparte diversas funciones con otros servicios públicos. En el caso de las OPD, comparte funciones con el Sename para el mejoramiento de la condición y situación de la infancia en la comuna, prioritariamente de la que se encuentra vulnerada en sus derechos. En la actualidad, son muchas las municipalidades que están desarrollando iniciativas en materias de infancia, incorporando recursos financieros, humanos y materiales propios y/o gestionados. Estas iniciativas emergen del compromiso de la Asociación Chilena de Municipalidades y de la Red de Alcaldes Defensores de la Niñez y se respaldan en la legalidad que rige la orgánica municipal, sus funciones y atribuciones. Es en este contexto que el municipio presenta fortalezas a aprovechar y potencialidades a desarrollar: • La estructura operativa del municipio integra a la población infanto-adolescente como parte de su política de desarrollo y bienestar global, que abarca a todos los habitantes de la comuna (familia, mujer, adulto mayor y jóvenes) y que se evidencia en la integración de recursos humanos en espacios territoriales comunitarios (organizaciones sociales, vecinales, juveniles y deportivas). • El carácter local permite contactar rápidamente al usuario/a y sus necesidades con alternativas de solución en su propio entorno, generando sentido de pertenencia e identidad. • La ventaja comparativa del municipio en orden a generar nuevos recursos producto de su relación orgánica-funcional con actores privados y públicos. Considerando los factores antes señalados, la opción de instalar la OPD al interior del municipio está llamada a construir en el espacio local un nuevo sistema de relaciones entre los distintos actores institucionales, las familias y los niños/as y adolescentes. No obstante lo anterior, es importante señalar que el modelo es suficientemente flexible como para, eventualmente, ser adaptado a otras alternativas como agrupaciones de comunas y otros, a quienes se les podría traspasar la instalación de la OPD en algunos territorios determinados. De esta forma, la OPD en el ámbito local se define como una oferta ambulatoria de servicios dirigidos a los niños/as y a sus familias. La instalación de la OPD debe constituir, en el ámbito local, una instancia expedita de protección de los derechos de la población infanto–adolescente en situación de exclusión social o vulneración de éstos, en el territorio de su competencia. En esta actividad se deben conjugar medidas, tanto en el ámbito jurídico como administrativo, destinadas a resolver los conflictos que afectan a niños y niñas, incorporando en su resolución a su familia y comunidad, potenciando el protagonismo en esta materia de los propios involucrados, habilitándolos en titularidad y ejercicio de sus derechos. En este sentido, la misión de las OPD es instalar y/o desarrollar progresivamente un sistema eficaz de protección de derechos en el espacio comunal, para niños, niñas y adolescentes, priorizando a aquellos cuyos
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derechos hayan sido vulnerados, reconociéndoles como sujetos de los mismos, que valore la responsabilidad de las familias en el cuidado y protección de sus niños, con el apoyo oportuno de actores estratégicos. Para llevar a cabo su misión la OPD actúa dentro de su territorio, promoviendo la creación y articulación de redes de servicios en el ámbito preventivo, proteccional y de reparación. Se propone, entonces, un modelo de gestión que propicie y fortalezca el trabajo en red, donde cada uno de los actores interviene coordinadamente junto a otros, define su área de responsabilidad y deriva eficazmente a otros servicios o programas los casos de su competencia. Desde esta perspectiva, se establecen tres ámbitos fundamentales de acción para la OPD: • Protección administrativa de los derechos de niños, niñas y adolescentes para resolver en el ámbito local situaciones de exclusión y/o vulneración de derechos que tengan un condicionante sicosocial, integrando a la familia como un actor protagónico de este cometido. • Otorgar representación o asesoría jurídica ante los tribunales en aquellos casos en que se encuentre involucrado el interés superior de niños/as adolescentes. • Contribuir a la articulación del circuito local de protección de derechos, para facilitar el acceso a recursos y redes territoriales a la población infantil que se encuentre en situación de exclusión y vulneración de derechos en el marco de la Convención de Derechos del Niño.
ESTRUCTURA DE LA OPD La OPD se estructura en dos áreas de trabajo e intervención: el Área de Protección de Derechos, destinada fundamentalmente a la atención sicosocial y legal de los niños, niñas y sus familias, y el Área de Gestión Comunitaria, cuyo quehacer está orientado a generar condiciones en el territorio que favorezcan una cultura de respeto y reconocimiento de niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos. Ambas áreas deben ser visualizadas por los profesionales de la OPD de manera integrada e interrelacionadas en su accionar. El trabajo en cada una de ellas debe desarrollarse en forma paralela para así lograr una complementariedad. De esta forma, la intervención que se realice en el área de protección se verá favorecida por las acciones que se emprendan en el área de gestión comunitaria. A modo de ejemplo, la realización de diagnósticos y catastros favorecerá el trabajo que se desarrolle, tanto en el área de protección como de gestión. La participación e inserción en las redes locales constituye un soporte y apoyo en la promoción y protección de derechos. De esta forma, la OPD puede derivar y relacionar a los usuarios que ingresan por protección de derechos a los recursos locales. También desde el trabajo que se lleva a cabo en el área de gestión comunitaria es posible detectar casos de vulneración de derechos, necesidades y prioridades de la población, que guíen y orienten las acciones y tareas a realizar. Es de la máxima importancia priorizar los sectores (salud, educación, policías, tribunales y organizaciones comunitarias, entre otros) con los cuales trabajar y establecer una agenda de trabajo consensuada con cada uno de ellos. En el área de protección se aplican las estrategias de intervención tendientes a calificar las vulneraciones de los derechos, como también a integrar el trabajo con la familia y la comunidad para la restitución de éstos.
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Por esta razón, la difusión de la OPD de Infancia en la comunidad es vital, así como la coordinación interprogramas en el propio Municipio.
DEPENDENCIAS TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS • Las OPD dependen técnicamente del Sename, quien asume para sí la supervisión y el acompañamiento técnico de su accionar, como asimismo la supervisión financiera a través de sus equipos nacionales y sus direcciones regionales. • Su fuente de financiamiento es mixta, contemplando un aporte no inferior al 25% del valor estimado de la OPD por parte de las instituciones colaboradoras, entre los cuales se contempla a los municipios. Un 75% de los aportes provienen del Sename. • En su administración, los fondos transferidos a los municipios, estarán afectos a las mismas exigencias establecidas para la rendición de las instituciones colaboradoras. • Los equipos OPD, en lo administrativo y en la relación contractual, dependerán de las instituciones ejecutoras del proyecto.
OBJETIVOS Objetivo General Proteger integralmente los derechos de los niños, niñas y adolescentes excluidos y/o vulnerados dentro de un determinado territorio, mediante un modelo de intervención administrativo, no jurisdiccional.
Objetivos específicos • Proporcionar a los niños/as y sus familias servicios profesionales de resolución alternativa de conflictos. • Proporcionar atención sicosocial y jurídica a la población infanto - adolescente que se encuentre en situaciones de vulneración de derechos. • Trabajar en conjunto con las familias, integrándolas en la toma de decisiones respecto a la situación de sus niños/as y en el proceso de restitución de derechos. • Potenciar el trabajo en red entre instituciones públicas y privadas para la articulación y el fortalecimiento de los circuitos de atención de la infancia excluida o vulnerada en sus derechos. • Contribuir al diseño, ejecución y evaluación de planes y programas al nivel local, en el ámbito de la promoción y protección de los derechos infanto–adolescente.
SUJETOS DE ATENCION Serán usuarios/as de la OPD todos los niños, niñas y adolescentes (entre 0 y 17 años, 11 meses y 29 días) y sus familias que habiten en el territorio de la OPD y que se encuentren en una situación de exclusión social o vulneración de sus derechos.
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INTERVENCIÓN Principios y criterios que deben guiar la intervención Principios Los principios generales que deben guiar la intervención de los proyectos OPD son, en primer lugar, los establecidos en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, la que determina que toda acción realizada debe concebir al niño o niña como sujeto de derechos, en donde el Estado actúa como un ente regulador. Se reconocen los derechos esenciales de la población infanto-juvenil en su calidad intrínseca de personas y ciudadanos. En segundo lugar, están los principios contenidos en el Marco General de estas orientaciones técnicas.
Criterios que deben guiar la intervención El trabajo que la OPD lleva a cabo con los niños/as y sus familias implica considerar distintas estrategias de intervención. Antes de mencionarlas y ejemplificar brevemente su aplicabilidad, es importante definir conceptualmente lo que se entenderá por “estrategia”. La entenderemos como “...el conjunto de criterios y opciones que permiten ordenar e implementar las acciones necesarias para ejecutar los proyectos (...). La estrategia es siempre una gran hipótesis, que prioriza la importancia de ciertas variables y criterios sobre otros, de manera de asegurar la mejora y el cambio en la situación problema diagnosticada...”44. De acuerdo a lo señalado por Gubbins, las estrategias de intervención pueden clasificarse en dos grandes grupos: aquellas centradas en los déficit y las centradas en los recursos. Las estrategias centradas en los déficit suponen una intención de integración de individuos o grupos en algún tema o situación predeterminada. En cambio, en las estrategias centradas en los recursos, el énfasis se traslada hacia las capacidades de los propios beneficiarios. Dentro de esta última categoría se encuentran las estrategias preventivas y promocionales. A esta clasificación se suma otro tipo de estrategia que contiene aspectos que se centran, ya sea en los déficit, como en los recursos. Este tercer tipo serían las denominadas estrategias remediales, también conocidas como mixtas. El objetivo principal de este tipo de estrategia está orientado a corregir, enmendar, reparar o socorrer una necesidad o urgencia. De manera general, se podría señalar que la estrategia que orienta la intervención de las OPD es la denominada estrategia remedial o mixta45. La aplicación de ésta obedece a la consideración de que los problemas de vulneración de derechos requieren acciones, tanto en el plano promocional como deficitaria, asimilando esta última a la necesaria “restitución” del ejercicio de los derechos de los niños/as. Es importante señalar que lo promocional guía toda las intervenciones de la OPD, inclusive los casos graves, dado que se trabaja desde los recursos y potencialidades de las familias y no sólo desde el déficit, que para los casos que aborda la OPD en el presente, está radicado en la desprotección de derechos que han vivido sus niños/as.
44 Román, 2003. 45 Gubbins, Berger, 2003.
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Entonces, si hubiese que establecer un continuo en el trabajo de las OPD, éste iría desde las estrategias remediales hasta aquellas de marcado perfil promocional.
Acciones a desarrollar Dentro del marco de las estrategias de intervención y sus características, que consideran la variable género, es posible señalar algunas acciones a realizar por parte de la OPD, las que se desarrollarán con mayor precisión en cada una de las áreas de trabajo: • Detección, orientación, calificación, plan de intervención familiar comunitario, derivación interna o externa y seguimiento, de manera de facilitar el acceso de los niños/as y sus familias a los recursos comunales locales, provinciales, regionales o nacionales públicos y/o privados. Lo anterior, según el tipo de problema, impidiendo de esta forma la innecesaria institucionalización y la judicialización de los problemas de los niños, niñas y adolescentes. • Protección de los derechos de los niños. La OPD realizará las acciones necesarias para lograr la resolución administrativa de situaciones de vulneración de derechos, otorgar defensa y asesoría jurídica en las mismas situaciones, por sí o a través de otras instituciones. • Trabajo coordinado con jueces con el propósito de que éstos consideren a las OPD en el circuito de derivación, favoreciendo el conocimiento de las situaciones cuyos problemas sicosociales no requieran la intervención de tribunales y contribuyendo de esta forma a descongestionar los juzgados de menores. También se facilitará el acceso a la justicia en las situaciones que así lo requieran. • Trabajo coordinado con instituciones públicas y privadas que llevan a cabo programas especializados para la infancia. El modelo de gestión deberá garantizar la intersectorialidad de la gestión pública en materia de infancia y adolescencia. Esto implica que las intervenciones sociales deberán articularse de forma coordinada y complementaria desde una perspectiva de relación entre sectores, compartiendo diagnóstico, estrategias, objetivos y oferta programática, abordando integralmente las necesidades de desarrollo y los derechos infanto-adolescente. Para lo anterior, resulta indispensable que el modelo permita combinar efectivamente los esfuerzos de los distintos sectores de la gestión pública, en los diferentes niveles de la administración del Estado y de los diversos actores sociales, tanto públicos como privados, en particular los de la sociedad civil. • Fortalecimiento de la familia y la parentalidad. Se aborda desde la llegada de la familia o adulto significativo a la OPD. Esto se manifiesta explícitamente en una acogida empática frente a la situación que vive la propia familia y que motiva su presencia. El o la profesional de la OPD, en conjunto con la familia, buscan y visualizan las posibles salidas para la situación a la luz del recuento de las acciones que han desarrollado previamente para abordar la vulneración de derechos. Se trabaja en la valoración de actores claves que constituyan las redes más cercanas para la protección de sus hijos/as. Se aborda con ellos los temores y angustias que han vivido frente a un hecho grave, así como los discursos que presentan y les ha correspondido escuchar, los que en muchas ocasiones (en tanto son la
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familia) les culpabiliza de lo ocurrido, más que ayudarles a comprender y buscar una salida para la situación que les aqueja. • Fortalecimiento y apoyo a la constitución de Concejos Comunales de Protección de Derechos, entendidos como una instancia de carácter consultivo y asesor a la labor que lleva a cabo el municipio en estas materias. Este concejo generalmente es presidido por el alcalde y en él participan representantes del sector salud y educación (tanto pública como privada), de servicios afines como Junji, Integra, Injuv, Sernam, Carabineros y la Policía de Investigaciones, de organizaciones comunitarias tales como los comités vecinales, organizaciones juveniles y agentes deportivos, representantes de las iglesias y de las instituciones privadas de la red Sename, entre otros. Entre las funciones del Concejo que favorecen el quehacer de la OPD, podemos señalar las siguientes: a) Proponer las políticas y planes de acción en materia de infancia a nivel local. Con lo anterior se espera introducir los temas de infancia al Plan de Desarrollo Comunal (Pladeco). b) Hacer seguimiento a las políticas de infancia local. c) Proponer a la autoridad municipal competente, planes de acción y de adjudicación de recursos para solucionar problemas específicos que existan a nivel local en el tema de infancia. d) Actualización permanente de diagnósticos de infancia en el territorio, dentro del marco de su población objetivo: El fin es dar cuenta del mejoramiento del estado de situación de los derechos de niños/as y adolescentes. Se considera el diagnóstico participativo como una herramienta necesaria para esta tarea, ya que permite identificar otros problemas asociados a las vulneraciones y contar con un mapa de recursos de los actores que están desarrollando acciones de protección, cuyas metodologías y criterios puedan ser replicadas por otros en la comunidad. • Formación para padres y agentes intermedios. Se trata de potenciar a éstos en su rol de protección, propiciando o apoyando iniciativas que favorezcan la parentalidad de las personas, así como una actitud activa en la detección de vulneraciones y un adecuado manejo de las situaciones en un clima de respeto y apoyo.
Fases de la intervención Acogida Las personas que acuden a la OPD deben contar con una sala de espera de ambiente grato, en el que los adultos dispongan de información educativa y un rincón para los/as niños/as con juegos y revistas, entre otros elementos. En general, se espera que el espacio de la OPD sea agradable y cuente con los materiales necesarios para una buena atención. Esta recomendación se hace extensiva a las salas de todos los profesionales, especialmente a la de los/as sicólogos/as. La acogida propiamente tal la realiza el profesional o técnico respectivo, quien en un primer momento recibe las consultas y requerimientos solicitados a la OPD, además de registrar los antecedentes generales del niño/a y del o la acompañante (ficha de acogida).
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Es imprescindible que la persona que realiza la acogida cuente con la capacitación adecuada para intervenir en situaciones de crisis, además de un conocimiento actualizado respecto a los organismos de la red comunal y los servicios que éstos ofrecen. También deberá estar al tanto de los criterios de ingreso, de manera que pueda determinar si el o la consultante corresponde al sujeto de atención de la OPD y así derivarlo a la fase de calificación con el/los profesional(es) correspondientes. En algunas OPD existen turnos de profesionales, por lo que en esos casos se realiza la acogida y a continuación, si es pertinente, se inicia la calificación. En caso que la consulta no corresponda al tema de atención de la OPD, se entregará orientación e información específica que permita a el o la consultante acudir a aquellas instancias de la red que puedan brindarle una respuesta a sus demandas. Para ello, se recurrirá al catastro de oferta de servicios. Si se determina que la consulta corresponde a una materia que sea de competencia de la OPD, se procede a la etapa de calificación con el/los profesional/es correspondientes (sicólogo/a, asistente social, abogado/a) y se incorporará a las nóminas de ingreso del Sename. Quienes acuden a la OPD por situaciones de vulneración, se están enfrentando a una crisis46 particular que debe examinarse a la luz de las crisis evolutivas del niño, la niña o el adolescente y en el contexto de las crisis normativas familiares, a partir de los distintos momentos de ciclo de vida de una familia. Algunos padres y madres se sienten incapaces de hacer frente a la situación que viven sus hijos/as, por tanto, uno de los objetivos profesionales será reestablecer el enfrentamiento inmediato de la situación. Una intervención pertinente puede mostrar la crisis como una oportunidad de revisar temas sin resolver, conceptualizar y reorganizar la vida de un modo diferente. Esto implica también valorar en las personas aquellos aspectos que permanecen y que les hace movilizarse para facilitar el cambio constructivo en la situación. Apoyar el enfrentamiento de la crisis implica facilitar el control de los sentimientos o lo subjetivo de la situación y comenzar el proceso de solución de problemas. Importa, por lo tanto, la preparación de quienes realicen la acogida. Requiere ser participante activo en brindar apoyo para que las personas franqueen las dificultades. Esto implica una flexibilidad tal, que permita movilizar una amplia variedad de recursos suprasistémicos y no sólo familiares. Esta intervención es potenciadora de la autonomía y favorece el control de la familia ante la situación presentada. Se trata de otorgar apoyo. Es decir, de “reforzar la firmeza de la gente, cuando sólo está consciente de la debilidad”47, reducir el peligro de muerte en situaciones graves, hacer mínimas las posibilidades destructivas e interrumpir la vulneración cuando ésta es constitutiva de delito. Se busca otorgar, al mismo tiempo, el enlace para un recurso de ayuda para iniciar pasos concretos hacia la reelaboración de la crisis. Ahora bien, la situación planteada por el o la consultante podría tener alguna relevancia de orden jurídico que amerite la intervención del abogado o abogada de la OPD. En este caso es necesario distinguir lo siguiente: 46 Según Caplán (1964), se define la crisis como un colapso de las capacidades de solución de problemas y enfrentamiento que antes eran adecuadas. En concreto, plantea que “es un estado temporal de trastorno y desorganización, caracterizado principalmente por una incapacidad de las personas para manejar situaciones particulares utilizando métodos acostumbrados para la solución de problemas”. 47 Slaikeu, 2000
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a) Si la situación no constituye una vulneración de derechos, se debe entregar la orientación legal que apunte a resolver las dudas del o la consultante, derivándolo de inmediato (si corresponde) a las entidades u organismos que le puedan entregar la asesoría jurídica que requiera, así como activar medidas de protección si es necesario. b) Cuando la situación constituye una vulneración de derechos, es pertinente activar la recopilación de todos los antecedentes que permitan calificar el caso desde un punto de vista jurídico, incluyendo la solicitud de documentos y datos relevantes si el caso se encuentra judicializado, como: RUC (Rol Único de Causa) de la fiscalía, rol del tribunal, materia, actuario, últimas diligencias o solicitar la exhibición de documentos como certificados de nacimiento, copias de sentencias o resoluciones que estén en poder del o la consultante, etc.
Calificación Esta fase tiene como objetivo determinar el o los derechos vulnerados, el grado de la vulneración y el nivel de riesgo en que se encuentra el niño/a, para definir las acciones a seguir, sean éstas una atención de corta duración en la OPD o la derivación a un organismo especializado de la red, tanto sectorial como del Sename. La calificación es realizada por un profesional del área social, sicológica y/o jurídica y sólo cuando las características de la vulneración lo requieran la efectuarán en conjunto los profesionales de dos o más disciplinas, de manera presencial. No obstante, es indispensable que tanto la calificación como el diseño de la intervención incorporen un enfoque interdisciplinario48. Para ello, el equipo debe generar espacios (reuniones técnicas) con la finalidad de analizar la situación desde una mirada interdisciplinaria, que sirva de soporte para los profesionales frente a casos complejos. Uno de los aspectos fundamentales en esta etapa es recoger la opinión que el niño/a y su familia tienen acerca de la situación que les afecta, con el objetivo de co-construir la solución frente a la situación de vulneración de derechos que afecta al niño/a o adolescente. En el proceso de calificación es necesario considerar aspectos tan importantes como: Determinación del tipo y gravedad de la vulneración de derechos: se pretende determinar qué derecho/s han sido vulnerado/s, tomando como base la Convención de Derechos del Niño. También es necesario establecer la severidad de la transgresión y señalar si ésta es o no constitutiva de delito. Determinación del nivel de la vulnerabilidad: evaluar si se ha interrumpido efectivamente la vulneración. Asimismo, se debe considerar la posibilidad de que se reitere y/o se agrave la vulneración. Es necesario tomar en cuenta la etapa del ciclo vital del niño, niña o adolescente, sus características personales, presencia o no de factores protectores y competencias parentales presentes en algún miembro de la familia (es necesario conocer el ciclo en que ésta se encuentre), así como el nivel de cercanía con la persona o institución que
48 Abarca, Chacón, Leiva, 2001 “La interdisciplinariedad debe ser vista, como “el esfuerzo deliberado y planificado tendiente a desarrollar un meta-discurso que se exprese, entre otras cosas, en la plasticidad de los miembros del equipo para intervenir ante un caso, en la capacidad de tomar decisiones técnicas en conjunto en la incorporación de diferentes percepciones frente al problema, de tal manera que sea posible desarrollar un lenguaje común. Ello implica, asumir funciones profesionales que superen los límites trazados desde una óptica rígida de los roles propios de la disciplina, de manera que lo interdisciplinario deje de ser sólo la suma de intervenciones coordinadas entre los distintos profesionales que actúan ante un caso para transformarse en una co-construcción de los discursos y prácticas que guían el modelo de intervención”.
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ha generado la vulneración. También se deberá determinar la presencia de adulto significativo en la familia o “tutor resiliente”,49 que acompañará el proceso. En algunas ocasiones el nivel de riesgo en el que se encuentra el niño/a o joven es explícito. Pero en otras situaciones más complejas se requiere inferirlo a partir de las entrevistas con terceros relevantes, recopilación de antecedentes en otras instituciones involucradas y entrevista con integrantes de la familia extensa, entre otros. Si se observa que la familia está cerrada a la intervención, es aconsejable crear una instancia de evaluación del estado general del niño/a, la que deberá hacerse en conjunto con los aliados comunales pertinentes. Cabe señalar que la modalidad de entrevistas con otros para la recopilación de antecedentes es un aporte para el posterior plan de intervención, dado que junto con recabar la información diagnóstica, se evalúa la pertinencia o no para que estos mismos actores puedan colaborar activamente en la restitución del ejercicio de los derechos vulnerados. Con la determinación del tipo, gravedad y nivel de vulnerabilidad de la situación del niño/a, se podrá evaluar la urgencia de las acciones y determinar el plan de intervención. En el caso en que la vulneración de derechos sea constitutiva de delito (delitos sexuales, secuestro, homicidio, infanticidio, lesiones, entre otros), el equipo está llamado a realizar acciones orientadas a la interrupción inmediata de la violencia ejercida hacia el niño/a, a su protección inmediata y obtener la persecución penal del agresor/a. Estas acciones son las siguientes: • Procurar que la familia y/o adulto competente y significativo visualice claramente la vulneración ejercida en el niño/a y asuma conductas protectoras. • Incentivar que la familia o adultos significativos efectúen, en primer lugar, la correspondiente denuncia. Si esto no se produce, entonces la OPD la efectuará ante las instancias que corresponda. • Solicitar ante los tribunales de menores competentes las medidas de protección necesarias para resguardar la integridad física y sicológica del niño/a. • Coordinar con las fiscalías locales y unidades de atención a víctimas y testigos la adopción de medidas de resguardo y protección para el niño/a víctima de un delito. Al mismo tiempo, buscar las alternativas de una intervención reparatoria en los casos que sea necesario. Para este punto es recomendable dar lectura a textos que tratan la condición de víctimas de delito en el proceso penal de niños, niñas y adolescentes50. • Coordinar y entregar todos los antecedentes necesarios a la dirección regional o nacional del Sename, según corresponda, para la presentación de querellas. El análisis jurídico se centrará en determinar cuál es el derecho que se encuentra vulnerado y el grado de severidad que presenta tal situación. Se acudirá a disposiciones de la Convención relacionadas con los hechos, como asimismo a las normas de derecho interno aplicables al caso. Además, se definirá desde el punto de
49 Jorge Barudy, 2003 50 Ministerio Público y Sename, 2003
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vista procesal, la estrategia más adecuada para terminar en forma inmediata con la vulneración del o los derechos y para otorgar el resguardo y protección del niño/a, con especial consideración de los tiempos que cada alternativa demande.
Plan de intervención familiar y comunitario Con el fin de restituir el ejercicio del derecho vulnerado y generar con la familia y/o adulto significativo estrategias de protección a largo plazo el/los profesional/es a cargo deberán llevar a cabo un plan de intervención familiar, el cual debiera contemplar: • • • • • •
Síntesis de la calificación de vulneración. Objetivos (con el niño/a, familia y comunidad). Acciones a realizar con cada uno de ellos. Profesionales del equipo que intervienen y recursos externos que se necesitan. Tiempo estimado. Responsable/s.
El plan de intervención familiar y comunitario se elabora una vez calificada la situación. Es recomendable, en los casos que sea posible establecer dicho plan, que éste sea consensuado y diseñado en conjunto con la familia; por lo tanto, considerará la participación de los adultos significativos y también la opinión del niño o niña, de acuerdo a la etapa de desarrollo en que se encuentre y a su ciclo evolutivo. El énfasis de la intervención, que será de corta duración, estará centrado en trabajar con el niño/a y su familia, teniendo éstos una participación activa en la toma de decisiones y restitución del o los derechos vulnerados. El foco será la organización de un sistema inmediato de protección para el niño/a, luego de la revelación del hecho y la restitución del ejercicio de derecho vulnerado. Para ello se intenta incorporar a todos los adultos significativos y a los recursos de la comunidad que pudiesen aportar en este proceso. Por lo tanto, se trata de involucrar a integrantes de la familia extensa, vecinos y profesores, entre otros. Considerando las dinámicas de género, se recomienda en un primer momento dar espacios diferenciados para madres y padres, donde cada uno pueda expresar su particular punto de vista sobre la situación, y de esta forma comprometerse personalmente en la protección del niño/a. En una segunda instancia se deben consensuar las acciones que tomarán como familia. El diseño de la intervención deberá tener un enfoque interdisciplinario e integral. El plan deberá considerar también la atención conjunta con distintas instancias de la red, para resolver de manera integral las diversas situaciones que afectan al niño/a y su familia. Esto permitirá derivar parcialmente el caso a otras instancias para resolver situaciones puntuales, en tanto la OPD continúa la atención en aspectos concernientes a ella. En esta etapa los/as profesionales de la OPD pueden recurrir a técnicas tales como: Resolución Alternativa de Conflicto (RAC): Se refiere a un conjunto de prácticas y procedimientos destinados a resolver colaborativamente un conflicto con métodos no adversariales. La OPD convoca a las partes involucradas -familia, escuela u otras instituciones- a centrar el foco en el interés superior del niño/a y, en virtud de ello, buscar acuerdos.
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Acciones Sicoeducativas: Se refiere al conjunto de metodologías que desarrollan los profesionales para trabajar con las familias en orden a fortalecer sus competencias parentales, ya que como lo señala J. Barudy, son las “capacidades que tienen los padres para cuidar, proteger y educar a sus hijos e hijas, para asegurarles un desarrollo”51. Este objetivo se puede lograr a través de modalidades individuales, familiares y grupales. Es muy importante tener en cuenta que cualquiera sea la naturaleza de la vulneración de derechos, el niño/a y su familia deben saber que cuentan con el apoyo constante de los profesionales de la OPD y, en particular, del/la abogado/a y psicólogo/a del programa. Sabemos que una de las principales demandas de los usuarios/as consiste en recibir adecuada información y orientación legal durante todo el proceso de intervención. Esto les permitirá desenvolverse en mejores condiciones frente a los Tribunales, Fiscalía u otras instancias en donde el alcance jurídico del caso sea el aspecto más visible. Además, la presencia del/la psicólogo/a permitirá al niño recuperar su confianza y visualizar sus recursos personales, entre otros.
Derivación Cuando sea necesario derivar el caso a otra institución o programa, remitirán todos los antecedentes contenidos en la respectiva ficha de derivación, adicionando copia o fotocopia de aquellos documentos necesarios para una acertada intervención de la entidad que reciba el caso. Asimismo, se pondrá a disposición de la institución o programa la información acerca del estado de tramitación de la causa, si procediere. El profesional a cargo contacta el organismo al que se derivará y verifica el cupo o que el servicio requerido aún esté vigente. Para ello, establece relación directa con el profesional de la institución, para cumplir con los procedimientos administrativos de ésta y aportar todos los antecedentes que sean útiles para la intervención. En todos los casos es necesario acompañar una ficha de derivación de la OPD y entregar a la familia toda la información acerca del servicio al que será derivado/a. Dependiendo del tipo de derecho vulnerado y su complejidad, será necesario acompañar personalmente al usuario/a y enviar informe escrito. En los casos de graves vulneraciones, se podrán efectuar entrevistas “puentes”, de manera que la familia comprenda la derivación como parte de un continuo y genere adherencia al proceso que seguirá en la institución derivada. Del mismo modo, interesa que a los niños/as les sea explicado adecuadamente este cambio de institución, y los beneficios que trae para sí. Con esto, se evita que experimenten la sensación de abandono de quienes le intentan proteger. Frente a una grave vulneración, se sugiere dar a conocer al niño, desde el comienzo, el contexto y el tiempo de intervención en la OPD, para que comprenda las limitaciones del espacio de atención de esta instancia. Además, es recomendable mostrarle la confianza que se tiene en él o ella y en el proceso terapéutico que se llevará a cabo durante el tiempo que esté en la OPD y en otra institución luego de ser derivado/a.
51 Barudy, Jorge en Seminario clínico “Terapia de reparación en niños y niñas que han sufrido abuso sexual: un desafío pendiente”, Univ. Católica, Diciembre 2003.
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Entendido de esta manera, el proceso de derivación facilitará espacios en los cuales ambos equipos profesionales compartan y acuerden criterios y procedimientos, lo cual redundará en una mayor efectividad de la intervención.
Seguimiento Esta fase presenta dos variantes: • Es entendida como posterior a la derivación de los usuarios/as hacia las distintas instancias de la red sectorial o del Sename. • O una vez ejecutado el plan de intervención familiar en la OPD, según sea el caso. En la primera situación, la persona encargada se coordina con las instituciones o programas a los cuales han sido derivadas las familias, para obtener información respecto del proceso llevado a cabo en el caso en cuestión y de las circunstancias en que se termina la intervención. Para la segunda también es posible, para aquellas personas que trabajaron su plan con la OPD, que se realicen seguimientos directos con los usuarios desde la misma OPD, con el fin de constatar la resolución de la situación de vulneración. Para ello es importante considerar la opinión de los niños/as y sus familias, como también conocer la percepción que tienen los adultos de la situación actual en relación al motivo de consulta y la percepción de los propios niños/as desde su mirada infantil. Esto, cuando sus características y la etapa del ciclo vital en la que se encuentren lo permitan. Las acciones de seguimiento dependerán del tipo de vulneración y su gravedad. Por lo tanto, se recomienda utilizar todos los medios que permitan obtener información útil para evaluar la estabilidad de los cambios. Otro momento que también requerirá de seguimiento es la llamada “intervención de urgencia”. Esta será necesaria cuando el usuario/a haya dejado de concurrir a la OPD, especialmente si la situación por la cual consultó está calificada de alto riesgo para el niño/a o joven. En esta circunstancia, y de mantenerse la situación de riesgo, se recomienda utilizar todas las estrategias para que la familia retome la intervención o al menos se interrumpa la vulneración, utilizando, si fuera necesario, herramientas jurídicas para asegurar la protección del niño/a.
Egreso Una vez aplicado de manera exitosa el plan de intervención familiar y comunitario, y efectuado el seguimiento, se determina el egreso del caso, con lo cual se deja de considerarlo como vigente. Es importante que esta etapa se realice en un contexto en el cual la familia tenga un rol protagónico. Para ello, se recomienda hacer un cierre con la familia, con el niño/a e incluso con terceros que hayan estado involucrados en la intervención, como por ejemplo la escuela u otro programa del territorio. También se deberán explicitar los avances, las dificultades y los temas a fortalecer, además de recoger los aprendizajes, percepciones de la familia y los niños/as durante el proceso. Es muy relevante lograr que la familia pueda visualizar qué estrategias y capacidades desplegaron para restituir el derecho o qué elementos obstaculizaron su logro.
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Cuando el caso se egresa, se registra en los instrumentos de la OPD y en las nóminas que deben ser enviadas al Sename. En la ficha debe quedar registrada en forma precisa la información relevante del egreso, junto con una síntesis de los acuerdos tomados con la familia y con los otros actores. Una vez efectuado el egreso, es necesario consignar algunos datos relevantes: • Término de la intervención. • Causal de egreso. • Condición del egreso. PLAN DE INTERVENCIÓN FAMILIAR Y COMUNITARIA OPD Apellidos y nombres
APELLIDOS
NOMBRES
Niño/a Nº RUT Niño/a
Fecha de Ingreso al Plan de Intervención
Nombre de la persona responsable: Cargo: 1.- Síntesis de la calificación
2.- Objetivo del Plan de Intervención A. Con el niño/a:
B. Con la familia:
C. En la comunidad:
3.- Acciones a realizar:
4.- Acuerdos asumidos con la familia o adulto responsable:
5.- Acuerdos asumidos con el niño/a:
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6.- Resultados esperados con la familia o adulto responsable:
7.- Resultados esperados con el niño/a:
8.- Persona con la que se trabaja para el egreso:
8.A. Relación de la persona con el niño/a:
9.- Si la Intervención se realiza en conjunto con instituciones o programas, menciónelos y el área a la que corresponde:
10.- Plazo estimado del Plan de Interveción: 11.- Observaciones:
12.- Logros alcanzados No se restituye el derecho (fundamentar):
Derecho parcialmente restituido (fundamentar):
Derecho totalmente restituido (fundamentar):
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Intervención en el área de gestión comunitaria Como se señalara en acápites anteriores, la misión de la OPD es aportar a la instalación de un sistema local de protección de derechos inspirado en la “doctrina de protección integral”, lo cual se operacionaliza a través de sus dos áreas: protección de derechos y gestión comunitaria. El propósito del área de gestión comunitaria es: generar las condiciones para que se favorezca una cultura de reconocimiento y respeto de niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos. Por lo tanto, junto con ocuparse de las vulneraciones que ocurren en los territorios, la OPD desarrolla estrategias en conjunto con otros actores para instalar o potenciar dispositivos que aseguren el ejercicio pleno de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Para lograr este propósito es necesario desarrollar una serie de estrategias que actúen como ejes ordenadores de las acciones que se realicen y que en la realidad comunal se presentan interrelacionadas. Otro aspecto relevante a considerar es que desde esta área interesa promover un cambio cultural que favorezca la equidad de género. Por lo tanto, esta variable se desarrollará en forma transversal en la intervención de gestión comunitaria que deberá reflejarse en el diseño de estrategias, considerando las características de ambos géneros, de forma no estereotipada ni discriminatoria. Es aconsejable estimular la participación de hombres adultos en las actividades de gestión comunitaria, lo cual implica desarrollar actividades en horarios en los que ellos puedan asistir. Asimismo, se sugiere realizar un diagnóstico diferenciado por sexo, tanto en el tipo de vulneraciones de derecho, como también quiénes son las personas o sectores que los vulneran. Es importante desarrollar desde la instalación de la OPD, un diseño que permita realizar una planificación anual, donde se señalen las prioridades, objetivos, actividades, cronograma y recursos que se requerirán y asignar responsables de cada estrategia en el equipo. También se precisa que desde los inicios de la OPD, se establezcan los cruces y la retroalimentación de ambas áreas. Respecto a la intervención territorial, será necesario decidir respecto a cómo se trabajará y se accederá a éste. La realidad comunal y sus características mostrarán si es conveniente priorizar por ciertas unidades vecinales o sectorizar el área de cobertura de la OPD y determinar los responsables del equipo en cada uno de ellos. Finalmente, es necesario explicitar que las Oficinas de Protección de Derechos se insertarán en los territorios considerando sus características culturales, el trabajo pre-existente en infancia y desde una postura colaborativa, en el sentido que lo señala Elina Dabas: una estrategia participante “es aquella por la cual el equipo profesional se compromete conscientemente con el hábitat en el que opera y la comunidad ligada a él”.52
Estrategias a desarrollar en esta área Potenciar y visibilizar las redes sociales. Esta contempla distintos niveles de intervención, para la cual se plantean los siguientes objetivos que serán abordados en forma complementaria: 52 En “Red de Redes, Argentina, 2001
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• Intervención colaborativa para instalar un sistema de protección local de derechos. • Coordinación de redes como circuitos eficientes de atención y acorde al tipo de vulneración de la comuna. Un eje de intervención relevante para las OPD es fortalecer, potenciar o articular redes sociales existentes en la o las comunas que abarca el proyecto. Existen diversas definiciones de redes sociales. En este documento tomaremos la de Elina Dabas, quién las define como “un sistema abierto que a través de un intercambio dinámico entre sus integrantes y con integrantes de otros grupos sociales, posibilita la potenciación de los recursos que poseen. Cada miembro de una familia, de un grupo o de una institución se enriquece a través de las múltiples relaciones que cada uno desarrolla”.53 Las OPD contribuirán a potenciar las iniciativas pre-existentes en el territorio, favoreciendo con ello la sinergia de los distintos actores vinculados al tema de infancia y familia. En esta línea, respecto de las redes, la autora señala además, que “...se constituye a partir de la creación de un dispositivo donde las relaciones preexistentes se fortalecen, se potencian y se modifican”. Así, las redes no comienzan con la incorporación en el territorio de las instituciones, sino más bien “...hay un hito consensual por el cual en cierto momento se reconoce un algo organizador, que en general viene asociado a un nombre”.54 En esta lógica, cuando la OPD se instala en un territorio, inicia un proceso de exploración y de reconocimiento de los actores locales que trabajan en infancia, recogiendo sus experiencias y aprendizajes. De este modo, se evita conformar redes sin objetivos claros, que no respondan a las necesidades de la comunidad y con pocas posibilidades de sobrevivencia. Esto no quiere decir que la OPD asuma un rol pasivo, sino más bien una actitud respetuosa de los contextos locales. Por el contrario, debe ser un actor activo en la comuna para potenciar y fortalecer las redes existentes y aportar la perspectiva de derechos al abordaje del tema de infancia y adolescencia. Esto último debe ser lo que la distinga y lo que determine su inclusión en una red o en otra, para evitar la participación presencial en muchas redes como un imperativo, sin definir previamente la concordancia de sus objetivos con los de la OPD.
Fortalecimiento de actores Las intervenciones en esta línea deben estar orientadas, tanto a la población infanto-adolescente, como a sus familias. También deben dirigirse hacia sectores estratégicos de la comunidad, en el marco de sus objetivos. Es mediante la interacción de los distintos sujetos involucrados que será posible la instalación y desarrollo del sistema de protección de derechos. Podemos mencionar algunos de los actores que están presentes en una comuna. Es importante recordar que esta distinción es meramente didáctica, ya que en el actuar se dan de manera imbricada y se expresan en distintos escenarios: - Familia. - Niños/as y adolescentes. - Instituciones (municipio, salud, educación, justicia, policías, iglesias). - Comunidad (organizada y no organizada).
53 Idem. 54 Idem.
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El cuanto al fortalecimiento de éstos, entendemos que se debe dar en dos niveles: fortalecer a cada participante en sí mismo, como agente activo que genere en sus propios espacios condiciones para el ejercicio de los derechos infanto- juveniles y fortalecer sus vinculaciones de manera que, en conjunto, sean capaces de generar las transformaciones necesarias para que los derechos de niños, niñas y adolescentes sean respetados. Se entenderá por fortalecimiento “el proceso mediante el cual los miembros de una comunidad (individuos interesados y grupos organizados) desarrollan conjuntamente capacidades y recursos para controlar su situación de vida, actuando de manera comprometida, consciente y crítica, para lograr la transformación de su entorno según sus necesidades y aspiraciones, transformándose al mismo tiempo a sí mismos”55. La OPD aportará las condiciones para que se desarrolle este proceso de fortalecimiento, intentando que los sujetos involucrados tengan maestría y control respecto a la generación del sistema de protección. Lo importante es que esta misión sea coincidente con la propia visión o apuesta de los actores, que tenga un sentido trascendente para ellos y que sientan que son capaces de realizar sus aportes al desafío de generar condiciones para el pleno ejercicio de los derechos.
Formación en el enfoque de derecho Esta estrategia, complementaria a las anteriores, está relacionada con una línea de intervención vinculada a la formación de actores de la comuna en el enfoque de derecho. Interesa promover un discurso y acción “ciudadanizante”, es decir que enfatice la toma de conciencia ciudadana. Esta línea de intervención apunta a fomentar la ciudadanía en distintos ámbitos de la sociedad, entendiendo por tal: “El derecho y el poder de expresión, representación, participación, decisión y responsabilización personal y social”. Ciudadanía es, entonces, ”el derecho a tener derechos”56. Es importante mencionar tres grupos de iniciativas que se recomienda realicen las OPD en la estrategia de formación en el enfoque de derechos. Desde un punto de vista educativo, dicha estrategia requiere de acciones que tienen como propósito influir sobre el conjunto de factores, visibles y latentes, que inciden en que se reproduzcan situaciones de exclusión o vulneración de derechos. Estas se plantean en distintos niveles de complejidad y, probablemente, varias de ellas se desarrollen en conjunto con las redes locales: • Difusión de la Convención de Derechos del Niño y de la OPD como un modelo que aporta a la instalación del sistema de protección. • Capacitaciones para detectar vulneraciones y para modificar prácticas vulneradoras. • Talleres educativos.
Difusión En el primer período de instalación de la OPD es necesario iniciar una importante estrategia de difusión, con la finalidad que todos los sectores de la comunidad (municipio, organizaciones comunitarias, organizaciones juveniles, educación, salud, tribunales, policías, iglesias y red Sename, entre otras), conozcan los objetivos y la misión del modelo y contrastarlas con las expectativas que ésta tiene. Lo importante es que desde sus inicios se genere una fuerte legitimidad y sinergia en el territorio. 55 Montero, Maritza. 2003. 56 Arendt Hanna, en Hola Eugenia. “ La Ciudadanía a Debate “, Ediciones de la Mujer Nº 25 ISIS Internacional.
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Esta estrategia permitirá dar a conocer la OPD en cada sector e identificar el trabajo pre-existente en infancia, determinar quiénes son los actores clave que se encuentran sensibilizados y con los cuales se podrían generar acciones conjuntas. Especial mención merece la difusión intramunicipal. Es importante mantener reuniones conjuntas con otros departamentos y/o autoridades, en las cuales en un primer momento se dé a conocer la OPD y luego se vayan mostrando los resultados y avances logrados. Es necesario realizar la difusión en distintos niveles: autoridad edilicia, concejo municipal, departamento de desarrollo comunitario y otros departamentos y unidades que directa e indirectamente se relacionan con la OPD como obras, finanzas y administrador/a municipal, por mencionar algunos. El departamento de relaciones públicas puede facilitar la incorporación de la OPD en las actividades de la agenda local relacionadas con los temas de derechos. Interesa, además, la vinculación con los sectores de salud y educación.
Capacitación Otra línea que es necesario desarrollar en las actividades de gestión comunitaria, es la capacitación a los distintos actores locales, especialmente aquellas personas que se ubican en niveles intermedios para que después las puedan replicar en sus sectores. Se requiere que la OPD genere modalidades de capacitación en que se incluya información, desarrollo de herramientas y propiciar espacios de revisión y reflexión de las propias prácticas, de manera de generar procesos genuinos de transformación a nivel individual y colectiva. En este sentido, se intencionará que los temas sean transversalmente tratados desde una mirada de género. Esto, evitando los estereotipos culturales de género, lenguaje sexista en los discursos o material escrito. Así como potenciar igual acceso a la participación de hombres y mujeres.
Talleres Educativos En esta línea se han agrupado todas aquellas metodologías que tienen por finalidad generar un proceso reflexivo y de análisis “que facilita a niños, jóvenes y adultos, hombres y mujeres, el aprendizaje de conocimientos y de competencias culturales, así como el desarrollo pleno de sus valores, afectos y potencialidades, tanto individuales, como sociales. • Talleres familiares: éstos se pueden realizar en el contexto de la escuela, pero también en su entorno comunitario. • Talleres a dirigentes sociales y comunitarios: su objetivo es generar procesos reflexivos respecto a una cultura de reconocimiento de los niños/as y adolescentes como sujetos de derechos • Talleres dirigidos a niños, niñas y adolescentes: estas acciones se enmarcan dentro del propósito de que los niños, niñas y adolescentes se perciban a sí mismos como sujetos de derechos. Con el fin de contar con ciudadanos formados e informados que ejercen sus derechos ante un servicio público efectivo, es relevante que las OPD, en tanto servicios especializados en vulneración de derechos infanto-juveniles, financiados con recursos fiscales, puedan realizar anualmente cuentas públicas. En ellas debieran dar a conocer, a las autoridades locales y a la comunidad en general, el desarrollo del proyecto y sus resultados. En esta línea, interesa hacer visible cuáles son las vulneraciones que más se presentan en la comuna y qué acciones se han realizado en forma colectiva para restituir el ejercicio de los derechos. Es
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una oportunidad para mostrar las buenas prácticas y los obstáculos que se han presentado para instalar el sistema de protección. Esta iniciativa constituye un aporte para que los ciudadanos conozcan y reconozcan la labor de la OPD y para que las autoridades locales se involucren, todo ello encaminado a generar condiciones para la sustentabilidad del modelo. Es importante que, además de la presentación de la OPD, se diseñe una metodología que permita recoger la opinión de las personas que asisten y así generar espacios de fortalecimento de la ciudadanía en el ámbito local. En el caso de las OPD que abarcan varios territorios, es recomendable realizar una cuenta en cada una de las comunas. Si esto no fuera posible, se deberán buscar los mecanismos para que la comunidad de cada una de ellas se sienta incorporada dentro de la cuenta que se realice.
RESULTADOS ESPERADOS La OPD en el mediano y corto plazo debe alcanzar como principales resultados: • Reducción de situaciones de exclusión social y/o vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes. • Disminución de medidas de institucionalización, promoviendo el derecho a vivir en familia. • Desjudicialización en la solución de situaciones de carácter sicosocial que involucran a niños, niñas y adolescentes. • Potenciamiento de las iniciativas sobre infancia existentes en el espacio territorial e incorporarlas en circuitos de trabajo integrados, que nos permitan acercar al usuario a las alternativas de solución. • Incremento de los indicadores de focalización de la red de programas de infancia del Sename y sus instituciones colaboradoras. • Fortalecimiento de la red y optimización de recursos institucionales necesarios para incrementar las posibilidades de desarrollo e integración familiar y social de este segmento de la infancia y adolescencia. • Fortalecimiento y reconocimiento de la familia y la comunidad como agentes protagónicos en la generación de bienestar para niños, niñas y adolescentes. • Colaboración para el diseño y aplicación de una política local que disminuya, de manera progresiva, la vulneración de derechos hacia niños, niñas y adolescentes. • Desarrollo de un sistema local de protección de derechos en las comunas en donde existan OPD.
EVALUACIÓN Se realizarán cuatro tipo de evaluaciones, diferentes en cuanto a objetivos, ejecutor y período de realización:
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Evaluación de la Gestión: Esta evaluación dará cuenta del proceso vivido en la conformación de la OPD y su capacidad articuladora de recursos locales. Está destinada a medir el “modelo de gestión”: • La oferta programática de la OPD. • Los componentes de recursos humanos, administrativos y financieros. • El trabajo intersectorial con otras instituciones. • Funcionamiento operativo de la red en relación a la población objetivo de las OPD. • Trabajo intramunicipal. Esta evaluación debe ser realizada en forma permanente por el equipo profesional de la OPD, que elaborará informes de avance periódicos que arrojen productos concretos que faciliten la sistematización final (ejemplos: catastro, diagnóstico inicial, fortalecimiento y apoyo del consejo comunal de infancia (en las comunas en que exista), elementos de difusión, apoyo en la elaboración de política comunal de infancia). Los instrumentos no sólo tienen el objetivo de medir los resultados, sino que debieran, además, facilitar la intervención en la comunidad como agentes de promoción. La característica de incluir el tiempo en los procesos de evaluación (cronogramas) nos permite captar con mayor facilidad los imprevistos, los que podrían ser evaluados a tiempo para la adecuación y reorientación del trabajo de la OPD.
Evaluación de Resultados: Esta evaluación está orientada a medir la cantidad y calidad de los servicios prestados en un plazo determinado. Los indicadores definidos por Sename a nivel nacional constituirán la base para la información, el análisis y la evaluación. Especial relevancia tendrá el registro de ingresos y egresos de casos atendidos por la OPD, registro que deberá realizarse en forma mensual. En los aspectos cuantitativos se realizarán informes trimestrales desagregados por sexo. Como una forma de facilitar la realización de dichos informes y de mantener actualizada y sistematizada la información, se utilizará un sistema de registro computacional. La evaluación de resultados determina cuáles son los logros globales de la intervención, en función de las metas propuestas con fuerte énfasis en los resultados que tiene para los usuarios. Asimismo, los resultados del proyecto anterior (en caso que corresponda) deberán presentarse desagregados por sexo y con un breve comentario explicativo de los datos especificando las causales que pudieren justificar las diferencias entre niños y niñas contenidas en éstos.
Evaluación de calidad de la atención: Se trata de determinar el grado de satisfacción de la gestión e intervención de la OPD percibida por los usuarios: niños/as y sus familias. Esta evaluación puede realizarse en una muestra de la población atendida por las OPD, después de un año de funcionamiento, a través de la aplicación de instrumentos de consulta (encuestas a usuarios, entrevistas personalizadas, buzón de opinión, etc.). Como el instrumento de evaluación de usuarios está desagregado
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por sexo, también permitirá incorporar acciones remediales diferenciadas. Asimismo, interesará conocer la opinión de los otros servicios y programas comunales respecto a la función que ha cumplido la OPD en la derivación oportuna y trabajo en red.
Evaluación de impacto: Busca determinar los logros globales de las políticas y programas de infancia a nivel local en los niños, las niñas, las familias y en la comunidad. Se sugiere programarla a tres años plazos, una vez que ha transcurrido un tiempo prudente de ejecución para medir el impacto de la intervención. Esta evaluación debe ser realizada por un agente externo al municipio y a Sename, preferentemente un ente académico o de investigación autónomo.
RECURSOS HUMANOS Misión del equipo profesional OPD El equipo técnico profesional debe tener como misión fundamental alcanzar los objetivos del programa. Esto significa que, por una parte, deben ser facilitadores de procesos individuales, grupales y comunitarios, con el propósito de cumplir el mandato de la Convención Internacional de los Derechos de Infancia, mediante la prevención, protección y restitución de derechos de los niños(as) en situación de vulneración y/o excluidos socialmente. Para ello, deben realizar, tanto tareas de intervención directa en ámbito de la protección de los derechos de la infancia como de gestión comunitaria (difusión, articulación de redes, etc). También es importante considerar en la constitución del equipo la variable género, incluyendo profesionales de ambos sexos, lo que permitirá contar con una mirada amplia en el momento de los análisis de casos y propuestas de intervención. La OPD dispondrá del siguiente equipo básico para realizar su labor:
Coordinador/a: profesional del área de las ciencias sociales, con experiencia en el trabajo con niños, niñas y adolescentes y familias, con un buen manejo en gestión y conducción organizacional. Competencias técnicas o conocimientos: • Conocimiento en temas de diseño, planificación y evaluación de programas sociales. • Conocimientos de derechos de infancia, manejo de técnicas de resolución de conflictos (cursos - talleres). • Manejo de contenidos como desarrollo infantil, redes sociales y familia. • Conocimientos básicos en gestión de presupuesto, rendiciones y flujos de caja. • Capacidad de liderazgo y de trabajo en equipo. Funciones y responsabilidades: • Conducir y dirigir técnicamente el trabajo de la OPD y coordinar el trabajo del equipo profesional para la consecución de la misión y los objetivos de la OPD. • Coordinar todos los aspectos administrativos y de funcionamiento de la OPD con el municipio. • Vincularse con otras instituciones públicas y privadas de carácter estratégico para el programa. Asistente social: debe poseer una alta motivación para el trabajo en el área, experiencia en infancia y vulneración grave de derechos (maltrato infantil, abuso sexual, etc.), habilidades para la resolución de conflictos, capacidad para trabajar de manera interdisciplinaria, con una mirada integral.
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Competencias técnicas y conocimientos: • Conocimiento y manejo de técnicas de intervención familiar, intervención breve en crisis y resolución alternativa de conflictos (se espera que tenga capacitación en éstos temas). • Conocimientos de derechos de infancia. • Manejo de contenidos tales como desarrollo infantil, redes sociales, género y familia, entre otros. Funciones y responsabilidades: • Acoger a los usuarios, proporcionarles información, orientación básica. • Participar en el proceso de intervención. • Participar en el plan de intervención familiar. • Aplicar metodologías de resolución alternativas de conflicto. • Trabajar de manera interdisciplinaria.
Sicólogo/a: profesional con experiencia en el área de infancia y vulneración grave de derechos (maltrato infantil, abuso sexual, etc.); capacidad para tomar decisiones en situaciones de crisis y capacidad para el trabajo interdisciplinario con una mirada integral. Competencias técnicas y conocimientos: • Conocimiento y manejo de técnicas de Intervención familiar, intervención breve, en crisis y resolución alternativa de conflictos (se espera que tenga capacitación en estos temas). • Conocimientos de derechos de infancia. • Manejo de contenidos tales como desarrollo infantil, redes sociales, género y familia, entre otros. Funciones y responsabilidades: • Participar en el proceso de intervención. • Participar en el plan de intervención familiar. • Intervención sico-educativa con niños/as, adolescentes y familias. • Asesorar y capacitar al resto del equipo frente a situaciones de crisis. • Promover la articulación del trabajo de red.
Abogado/a: se requiere que posea experiencia en el trabajo con infancia, especialmente en vulneraciones graves de derechos (maltrato grave, abuso sexual, etc.) y capacidad de trabajar en un equipo interdisciplinario y desde una perspectiva integral. Competencias técnicas y conocimientos: • Manejo en derecho de familia, derecho penal, Ley de Menores, Ley de VIF y de aquellas relacionadas con temas de la familia. • Manejo en derechos de infancia. • Manejo de contenidos tales como desarrollo infantil, redes sociales, género y familia, entre otros. Funciones y responsabilidades: • Responsable de los aspectos legales de la OPD. • Participación en el proceso de intervención cuando la situación lo amerite. • Responsable de la coordinación con la dirección regional del Sename o la Dirección Nacional para los efectos de derivación de antecedentes en casos de vulneración de derechos graves.
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• Diseño de estrategias con tribunales y otros organismos del área judicial orientadas a la desjudicialización. • Asesoría y capacitación al resto del equipo de forma que sean capaces de discriminar entre situaciones netamente sociales y aquellas que implican un conflicto jurídico. • Capacitación a miembros de la comunidad en materias legales pertinentes a la protección de derechos.
Educador/a comunitario/a o profesor especializado, con experiencia en el área de infancia y capacidad de trabajar en un equipo interdisciplinario desde una perspectiva integral. Competencias técnicas y conocimientos: • Conocimiento y manejo de técnicas de acogida y contención. • Conocimiento de derechos de infancia. • Experiencia en trabajo comunitario y redes sociales. • Manejo de contenidos tales como desarrollo infantil, redes sociales, género y familia, entre otros. Funciones y responsabilidades: • Trabajar con organizaciones de la comunidad. • Pesquisar situaciones de vulneración de derechos. • Contribuir en el seguimiento de los casos, especialmente cuando se recurra a la derivación de programas fuera de la OPD. • Realizar actividades vinculadas con el ámbito de difusión de derechos. • Elaborar material de difusión del quehacer de la OPD y de los recursos locales.
Administrativo/a contable: responsable de todos los aspectos contables, necesidades administrativas, elaboración de los informes financiero contables y supervisar la contabilidad de los programas financiados por la OPD. Es importante su capacidad de mantener relaciones fluidas con el supervisor financiero del Sename y con el departamento municipal de finanzas.
Secretaria/o: con experiencia en el área de infancia y habilidades para la atención de quienes acuden a la OPD. Principales funciones: • Acoger a las personas e instituciones que solicitan información, orientación o atención en la OPD. • Responsable del registro computacional. • Apoyar la gestión administrativa del coordinador y los otros miembros de la OPD. • Supervisar la mantención de los espacios de espera y de acogida. El número de profesionales de los equipos OPD se determina de acuerdo a la cantidad de habitantes de la comuna.
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Para las comunas con más de 120.000 habitantes y aquellas que tengan entre 60.000 y 120.0000 habitantes, el equipo estará compuesto por: 1 Coordinador/a 1 Abogado/a 2 Sicólogos/as 2 Asistentes sociales 1 Educador/a
1 Contador/a (10 horas) 1 Secretaria/o 1 Estafeta y/o encargado aseo
Para las comunas que tengan menos de 60.000 habitantes, el equipo estará integrado por: 1 Coordinador/a 1 Abogado/a 1 Sicólogo/a 1 Asistente social 1 Educador/a
1 Contador/a 1 Secretaria 1 Estafeta y/o encargado aseo
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Centros Comunitarios por los Derechos Infanto-Juveniles (CCIJ)
Centros Comunitarios por los Derechos Infanto-Juveniles (CCIJ)
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CENTROS COMUNITARIOS POR LOS DERECHOS INFANTO-JUVENILES (CCIJ) PRESENTACIÓN
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a Convención Internacional de los Derechos Del Niño y el desarrollo de los procesos culturales han traído consigo un nuevo nivel de conciencia en relación al trato a la infancia. En efecto han transcurrido casi cuatro décadas para que se identifique lo que se llamó “el síndrome del niño golpeado”, revelando al mundo la dramática realidad en que viven cotidianamente miles de niños/as. Desde ese momento se fueron haciendo cada vez más evidentes las diversas formas de violencia en la interacción de adultos y niños/as, derivando en una conceptualización que incluye distinciones en torno a la ocurrencia de maltrato físico, negligencia, abandono, abuso emocional, abuso sexual, etc. En ese contexto, y en el marco de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, el Servicio Nacional de Menores ha iniciado una serie de transformaciones, definidas como la puesta en marcha de una Reforma Integral al Sistema de Justicia y Protección de Derechos de la Infancia y Adolescencia en Chile, en miras a vincular la acción institucional con la realidad social y cultural, a partir de la exigencia que impone el abordaje de los principios de la Convención en el tratamiento de los problemas de vulneración de la infancia y los imperativos de protección y promoción de sus derechos. En consecuencia, se ha hecho necesario enriquecer y ampliar la oferta de modelos alternativos de intervención y/o actualizar sus diseños, de modo que respondan más eficazmente a las necesidades de los usuarios, sean éstos los niños, niñas y adolescentes, sus familias y las redes comunitarias que los circundan. Estudios representativos realizados en Chile, basados en el auto-reporte de los niños/as, revelan una prevalencia de 10% de maltrato físico y abuso sexual en escolares adolescentes, 63% de maltrato físico en escolares de octavo básico y un 75% de padres que reconocen usar el castigo físico con sus niños (Psiq. Del Niño y del Adolescente, Montenegro, Guajardo, Año 2000). Además de las cifras, importa destacar la proximidad a los hechos de violencia que tienen como víctima a la población infanto – adolescente, lo que configura un entorno vulnerador, que cierra los espacios para la superación de estas situaciones, en tanto intervienen como perpetradores figuras del entorno afectivo y de la proximidad territorial de los afectados. En esta perspectiva se muestra pertinente la instalación de un plan de intervenciones, tendiente a fortalecer en los ámbitos familiar y local capacidades protectoras que hagan partícipes a los niños, niñas y adolescentes de la gestación de entornos propicios para su desarrollo. En un horizonte de reversión de los problemas que afectan a la población infantil y adolescente, cuya génesis remonta a la asimetría de poder con el mundo adulto y de apertura a la gestación de escenarios protectores y protagónicos, el Servicio Nacional de Menores ha resuelto impulsar la creación de proyectos de prevención comunitaria, insertos en localidades geográficas específicas, como instrumentos de gestión de procesos de intervención orientados a la visibilización, el respeto y el ejercicio de los derechos infanto juveniles, vía la intermediación de dinámicas de promoción y la ejecución de programas preventivos de situaciones que revisten consecuencias vulneradoras. Esta línea de trabajo propicia metodologías de intervención que contempla la incorporación de los niños/as y sus familias, y la articulación y el concurso de redes orientadas al bienestar de la infancia. 127
Los proyectos de la línea de prevención comunitaria tienen como propósito final el promover cambios de actitudes que redefinan el uso de patrones violentos en las relaciones familiares, cambios que a su vez se expresen en la conformación de ambientes familiares y comunitarios sustentables, como condición para un adecuado desarrollo de la infancia y juventud. La eficacia de la intervención supone remover aspectos arraigados a nivel de la cultura, de manera de instalar nuevos estilos de crianza que, asumiendo la condición de los sujetos y sus relaciones, den paso a procesos posibilitadores, respetuosos de las diferencias y capaces de considerar aspectos de carácter personal. La fundamentación de las acciones, de acuerdo a su eficacia, deben considerar un exhaustivo reconocimiento de las capacidades existentes en los espacios en que intencionará la intervención. En efecto, las comunidades, familias y niños/as cuentan con fortalezas que deben develarse al inicio del trabajo de diagnóstico. De esta forma: destrezas relativas a la protección y al cuidado, destrezas colaborativas, de valoración de necesidades y recursos, capacidades de organización y gestión, y el sentido de pertenencia al lugar, se constituyen en recursos de significación en el diseño de la intervención. Desde este marco de consideraciones, y en atención a los principios que emanan de la Convención de los Derechos del Niño, los Centros Comunitarios por los Derechos Infanto Juveniles (CCIJ) se constituyen en una oferta programática orientada a la convergencia de los espacios familiares y comunitarios, teniendo como referente al niño/a y adolescente en sus posibilidades de desarrollo en ambientes protectores y potenciadores de identidad. La línea programática de los CCIJ adhiere, desde el punto de vista metodológico, a la Prevención Comunitaria, definida como un proceso orientado a intencionar factores de pertenencia, interrelación y cultura común, como condicionantes de dinámicas de desarrollo comunitario resultantes de una sinergia favorable al desarrollo de la infancia. Esta perspectiva se define en acciones consecuentes con los siguientes aspectos: • Su objetivo fundamental se dirige a la promoción de la(s) persona(s), mediante la movilización de recursos humanos e institucionales, y la participación activa y democrática de los involucrados. • Se entiende no como una acción sobre la comunidad, sino con la comunidad, desde y de los niños/as y familias. • Es una metodología de trabajo desde la base, actuando a nivel sicosocial a través de un proceso educativo que pretende desarrollar las potencialidades de los usuarios/as: niños/as, adolescentes, familias y grupos de la comunidad. • Se operacionaliza a través de la integración de los siguientes elementos: el diagnóstico de la realidad, el establecimiento de una programación para superar los aspectos definidos, la acción social o ejecución de la misma planificación y la evaluación de lo programado.
DEFINICIÓN Los Centros Comunitarios por los Derechos Infanto Juveniles (CCIJ) son proyectos ambulatorios, dirigidos a niños, niñas y adolescentes residentes en sectores deprivados, que experimentan los efectos de la exclusión y de la desigual participación en la cultura, factores que limitan sus posibilidades y condicionan sus expectativas de realización. El desarrollo de estos proyectos implica la participación activa de las familias, en convergencia a los recursos comunitarios, en acciones diseñadas para crear condiciones protectoras e incentivar protagonismo infanto - adolescente.
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El financiamiento se efectúa vía transferencia de recursos públicos, definidos por el DFL 1385. El modelo de intervención presenta dos ejes de intervención: Eje Promoción de Derechos: se operacionaliza mediante la generación y realización de iniciativas de aprendizaje grupal, estructuradas participativamente, orientadas a niños, niñas y adolescentes del sector de inserción del centro. Su objetivo es contribuir al incremento de las condiciones y capacidades socio-comunitarias y familiares que faciliten el ejercicio y goce de los derechos de la infancia y adolescencia. Eje Intervención Preventiva: se entiende, como una metodología de abordaje individual, sicosocial y terapéutica, ordenada al abordaje de problemas específicos, constituyentes de vulneraciones de derechos.
PRINCIPIOS Y CRITERIOS En cuanto a los principios que deben guiar la intervención, éstos se encuentran desarrollados en el Marco General de este texto.
Criterios Generales que guían la ejecución de los proyectos a. El aprendizaje grupal como medio de promoción de derechos La estrategia de promoción se entiende como una contribución al desarrollo de la capacidad en los niños y niñas de ejercer y gozar responsablemente sus derechos, a través de su participación en espacios de aprendizaje grupal orientados a provocar un cambio de actitud. Este cambio opera en los niños, niñas y adolescentes en la manifestación de la necesidad y voluntad de aprender, conocer, comprender, internalizar y ejercer sostenidamente sus derechos a nivel general, o en términos específicos, en el contexto de los entornos en los cuales se desarrolla la vida de los niños/as y adolescentes. La intervención en este plano busca producir un reencantamiento, volver a creer, a pesar de los obstáculos, provocando una ruptura en el orden cotidiano, de manera de superar la habitualidad. El proceso de aprendizaje en cuestión, ligado a la promoción de derechos, se entiende como un itinerario progresivo, organizado en fases, cada una con objetivos y resultados esperados propios, en el que cada fase busca consolidar y superar cualitativamente los logros alcanzados hasta entonces. Desde una perspectiva estratégica, el trabajo en grupo se constituye en un sistema organizado en función de intereses e iniciativas comunes, desde donde es posible el desarrollo de capacidades en el orden de la administración, la movilización y el aprovechamiento de recursos personales y comunitarios, generando potencialidades, motivando y animando a sus integrantes. De esta manera, el grupo se configura como un medio de aprendizaje colectivo e interactivo, ofreciendo mayores condiciones para los procesos de aprendizaje y cambio, y constituyéndose en un referente y apoyo social para sus integrantes. Interviene como principio en esta dinámica, la interrelacionalidad con otros, como forma de afianzamiento del sentido de identidad, en tanto se afirma que el aislamiento social conduce al empobrecimiento de los recursos y potencialidades personales. Teniendo en cuenta que el grupo se constituye en una herramienta de promoción y desarrollo para sus integrantes, en vistas de la intervención, es preciso tener presente el número de sus miembros, de modo que no sea ma-
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sivo y pueda acoger las necesidades individuales. A la par, debe intencionarse una programación que sea definida por los mismos niños, niñas y adolescentes participantes. En estos procesos resulta vital la conducción grupal, esto supone el manejo de parte de los conductores de técnicas y dinámicas de motivación y participación. En lo que respecta al trabajo grupal, cobran importancia los siguientes aspectos: • El equipo de intervención puede incorporar un grupo natural, existente o intencionar la generación de grupos. • En el repertorio de los primeros encuentros se debe trabajar la idea de grupo como un proceso de crecimiento hacia metas (interiores o exteriores). • La acogida de las experiencias previas de grupos. • La concepción que el grupo es un instrumento para el logro de objetivos. • La idea que son las tareas, el sostén y el organizador de la acción grupal. • El reconocimiento de la importancia de establecer un cronograma para la consecución de las metas establecidas. b. La intervención preventiva y su carácter restitutivo Se define la intervención preventiva como un accionar de carácter individualizado, frente a la ocurrencia de problemas asociados a la vulneración leve de derechos de niños, niñas y adolescentes. La intervención preventiva implica orientación, intervención y/o derivación a través de procesos de intervención breve. Al definir la profundidad y complejidad de la intervención y las estrategias a seguir, se debe tomar en cuenta, además del tipo y de la gravedad de la vulneración, la existencia de otras ofertas para la infancia, en razón de clarificar la derivación para aquellos casos que requieran de una intervención de mayor especialización. La intervención preventiva a través de la metodología de intervención breve, aspira a interrumpir de modo sostenido la vulneración, a partir de la modificación de los vínculos con adultos e instancias protectoras, contribuyendo a potenciar las capacidades del niño/a y de sus referentes protectores, incorporando nuevas destrezas de modo que el enfrentamiento de posibles situaciones similares futuras sea abordado con base en el aprendizaje adquirido durante el proceso. De acuerdo a esta fundamentación, se define intervención preventiva como un proceso de aprendizaje, ordenado a la superación de las consecuencias negativas propias de la vulneración de derechos, a través del cual se busca contribuir a la internalización de un repertorio de aptitudes, actitudes y capacidades propiciadoras de autonomía como condición para enfrentar por sí sólo los problemas, sin la ayuda del centro. Para el usuario/a, la intervención no es un proceso pasivo al cual se somete sólo como receptor. Se trata de crear un ambiente activo modificante, generador de una dinámica de reconversión de actitudes pasivas, sin que suponga no reconocer las necesidades y demandas específicas de los usuarios. La intervención preventiva admite, además, la conexión de la vida cotidiana del niño/a con instituciones (escuela, consultorio, iglesia) y con otros adultos, en orden al reforzamiento de las capacidades protectoras que provea la familia (nuclear y extensa), de manera de construir una red protectora de vínculos significativos en el entorno próximo al niño/a y adolescente. Los principios que guían la acción de los proyectos son los contenidos en la Convención de los Derechos del Niño y los del Marco General de este texto.
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OBJETIVOS Objetivo general: Promover el ejercicio y goce de los derechos del niño y de la niña cuyo nivel de vulneración no considere la ejecución de intervenciones especializadas, a través del desarrollo de proyectos de aprendizaje de carácter grupal, orientado a interrumpir situaciones de vulneración de derechos, vía la ejecución de procesos restitutivos de derechos, incorporando a familias y comunidades, de preferencia en sectores caracterizados por la desigualdad de condiciones y expectativas de vida.
Objetivos específicos: a. Eje de intervención promocional • Incrementar el ejercicio de derechos de niños, niñas y adolescentes, a través de la incorporación a instancias de aprendizaje grupal. • Asegurar el respeto a los derechos infanto juveniles en el ámbito familiar. • Generar condiciones y capacidades que faciliten la integración y participación de los niños, niñas y adolescentes, usuarios del centro, en instancias comunitarias, con el debido apoyo familiar, a través de un proceso de sensibilización y responsabilización de la comunidad en torno al respeto de los derechos infanto juveniles. b. Eje de intervención preventiva • Interrumpir la vulneración de los derechos que motivó el ingreso. • Contribuir a la resignificación de la experiencia traumática vivida y/o reducción del daño sufrido. • Incrementar las destrezas protectoras del ámbito familiar.
SUJETO DE ATENCIÓN • Niños, niñas y adolescentes, mayores de cinco años y menores de 18 años. • Con pertenencia al sector territorial de inserción del centro. • Los usuarios del eje de intervención preventiva son niños, niñas y adolescentes adscritos a la dinámica grupal o derivados directamente al equipo de intervención preventiva que presenten vulneración de derechos y que no requieren de una intervención de alta especialidad o duración, ni de la separación de los adultos a su cargo. Los usuarios pueden participar indistintamente en ambos ejes (promoción-prevención) o estar adscritos exclusivamente a uno de ellos. El ingreso debe ser siempre voluntario.
INTERVENCIÓN57 Eje de Promoción de Derechos LAS ETAPAS DEL TRABAJO GRUPAL El trabajo grupal se organiza en etapas, las cuales no responden estrictamente a una lógica secuencial. Se trata de una categorización de acciones y estrategias que apuntan hacia la meta establecida para la función
57 Todo proceso de intervención con niños/as y sus familias deberán considerar la variable género.
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promocional: generación de condiciones para el ejercicio y goce responsable de los derechos infanto-juveniles previamente identificados y seleccionados a partir del diagnóstico territorial. El proceso de promoción consiste en la incorporación de niños, niñas y adolescentes a un programa participativo y sistemático de actividades estratégicamente diseñado, atendiendo a la heterogeneidad grupal y, por tanto, diferenciado acorde a las características de cada uno de los grupos (tramo etáreo, afinidades, etc.). En esta perspectiva debe intencionarse la estructuración funcional hacia el logro de un cierto grado de organización intergrupal. La consolidación grupal se refuerza con el desarrollo de hábitos orientados a fomentar el diálogo, la formación y aplicación de estrategias no-violentas para la resolución de conflictos, así como el ejercicio del protagonismo mediante la planificación, gestión y ejecución de actividades y proyectos (siempre acorde a las edades y las capacidades instaladas). Lo anterior permite transformar a los grupos en una verdadera red de apoyo social, intencionando procesos de participación efectiva a través de iniciativas comunitarias y comunales. La intervención busca la legitimación de los grupos y la complicidad con las respectivas familias y otras instancias poblacionales y comunales. De esta manera, se refuerza este conjunto de resultados esperados con el concurso de agentes claves en el ámbito educativo, quienes contribuyen con su apoyo a la motivación escolar y al aumento de la accesibilidad al sistema escolar formal. Todo el proceso se alimenta con intervenciones individuales a través de la intervención preventiva para aquellos niños, niñas y adolescentes con experiencias específicas. La intervención promocional-grupal es de responsabilidad de los profesionales a cargo del eje de promoción de derechos (incluyendo el director del centro), independiente de la responsabilidad específica que corresponda a educadores y monitores voluntarios o remunerados. Etapa 1: Acogida y construcción del grupo Se convoca a niños, niñas y adolescentes en forma individual o a un grupo de pares pertenecientes al sector de inserción, dividiéndolos en grupos según edad, afinidad u otros criterios de importancia. Luego, los mismos integrantes amplían la convocatoria a otros que forman parte de sus grupos de pares primarios y/o funcionales de origen. Además, cada grupo se nutre a través de derivaciones de vecinos, organizaciones, instituciones, dirigentes poblacionales, escuelas del sector o por medio de la OPD y CTD, en el caso que corresponda al territorio. Es posible que el equipo a cargo de la promoción inicie su labor con un grupo espontáneo o natural existente (grupo de esquina, grupo de amigos de juego, etc.), o con los niños, niñas y adolescentes ingresados a un centro preexistente, antes de su reconversión. En esta etapa se espera que se produzca la mayor cantidad de ingresos, tendiendo hacia la estabilización. Corresponde en esta etapa la realización de las siguientes operaciones: Formalización del ingreso de los niños, niñas y adolescentes a la red Sename y registro de datos básicos en una ficha o pauta de individualización. Es este el momento de la realización del diagnóstico grupal. De esta forma, en la medida que el grupo adquiere cierto grado de consolidación, se promueven técnicas del diagnóstico participativo, adecuadas a la edad y capacidades instaladas. Así, por ejemplo, se realizan dinámicas para la (re)construcción de la historia grupal, de sociogramas, ecomapas, etc. En este diagnóstico es importante alentar tanto a niños como niñas para que puedan dar sus opiniones y participar activamente en la elaboración de éste.
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En esta etapa, el proceso de diagnóstico es complementado con la elaboración de un plan de trabajo grupal que debe considerar, a lo menos, la definición de los objetivos y metas o resultados esperados. El plan debe reflejar los intereses de sus participantes, considerando de manera diferenciada las necesidades de hombres y mujeres. Tiempo estimado de la etapa: Dos meses. Etapa 2: Consolidación. Lo central de la etapa es la labor educativa, asumida desde una concepción que incorpora la reflexión acerca de los recursos y valores propios de la comunidad de pertenencia y de los derechos priorizados. Desde esta centralidad se busca intencionar el pensamiento crítico, la solidaridad, la mediación como estrategias de resolución no violenta de conflictos. Es el momento de revisar el diagnóstico y el plan de trabajo grupal con el objetivo de construir participativamente un plan de trabajo grupal con carácter más definitivo. Para quién es agente de intervención, es de suma importancia compartir con el grupo los objetivos generales y específicos del eje de promoción definido por el centro. Las estrategias y técnicas que se realizarán siempre deben ponderarse según las edades y capacidades instaladas en el grupo, compartiendo en forma equitativa y participativa la asignación de responsabilidades en la ejecución del plan y sus tareas o actividades específicas. Igualmente, es importante revisar constantemente las acciones de niños y niñas para no reforzar estereotipos de género. Se espera que en esta segunda etapa se constituya un núcleo estable de integrantes, instancia que se debe preparar y acompañar cada vez que se presenta un nuevo ingreso. Tiempo estimado de la etapa: seis meses o más, según el ritmo y las capacidades instaladas del grupo en particular. Etapa 3: Acción, autonomía, interdependencia. El grupo cumple con una doble función: es una instancia de acogida, protección y seguridad. Mientras en las etapas anteriores se refuerza la consolidación grupal, en ésta se fomenta un ambiente que promueva su apertura a los recursos culturales disponibles. En esta etapa se promueve el interés por conocer y comprometerse con la comunidad, desde y con el apoyo del grupo. Deben considerarse una vez más la etapa evolutiva en que se encuentran los integrantes del grupo, además de sus recursos, las capacidades instaladas o adquiridas y las motivaciones y aspiraciones de los integrantes del propio grupo. Esta etapa requiere de un plan de trabajo grupal de mayor elaboración en lo que guarda relación con los objetivos, metas o resultados esperados, plazos y procedimientos para su evaluación. El plan debe ser enriquecido con los aportes de los integrantes del grupo, para cuyo efecto se debe alentar la participación individual o grupal, de manera de incentivar las responsabilidades individuales o compartidas en la ejecución del plan. Se contempla realizar una evaluación de carácter cíclico en dos niveles: una con y para los integrantes del grupo, en conjunto con el educador(es) y monitor(es) y otra desde el eje de promoción del centro. Estas evaluaciones deben incluir los avances logrados relativos al proceso hacia la autonomía del grupo.
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Tiempo estimado de la etapa: Un año o más, según el ritmo y las capacidades instaladas del grupo en particular. Etapa 4: Egreso y seguimiento. El egreso puede producirse en cualquier momento del proceso grupal. Importa en este sentido la deliberación por parte del equipo técnico y el propio niño o niña acerca del nivel de autonomía alcanzado y del nivel de integración en los contextos familiar y social, expresado en el ejercicio de derechos. El egreso esperado se relaciona con la vinculación o integración del niño, niña o adolescente a alguna instancia de participación, incluyendo condiciones que garanticen una mejor relación en la dinámica o convivencia familiar. La determinación del egreso es análoga con la existencia de condiciones que promuevan la continuidad del proceso de desarrollo iniciado con el niño, niña o adolescente. Considerando la importancia de reforzar la promoción de derechos, es conveniente orientar el trabajo realizado hacia las familias de estos niños, niñas y adolescentes para informarlos de lo que se hace y fortalecer la intervención y prevenir vulneraciones, intencionando la participación del otro adulto ausente en las actividades del proyecto (especialmente la del padre). Junto con el egreso, sea individual o colectivo, se requiere de la elaboración de la fundamentación del egreso, del registro de la identificación del lugar de egreso y la identificación de con quién egresa. El seguimiento de los egresados implica la elaboración de estrategias asociadas a las distintas realidades, entre éstas se incluye la convocatoria a grupos ya egresados para establecer instancias de encuentro. Tiempo estimado de la etapa: hasta seis meses post egreso.
Periodicidad de las actividades grupales La periodicidad y funcionamiento horario de las actividades grupales en el eje promocional del centro se organizan de acuerdo a las necesidades y la realidad de los usuarios. El repertorio de actividades consulta la realización, como mínimo, de nueve actividades por mes, incluyendo actividades grupales o intergrupales de carácter extra-programático, todas consideradas en el plan de trabajo grupal. Dichas actividades se refuerzan con visitas domiciliarias, escolares, etc., conforme lo amerita cada caso. Particularmente, en el caso de incorporar a niños, niñas y adolescentes, estudiantes de establecimientos escolares con un régimen de jornada escolar ampliada, el trabajo grupal se deberá realizar en un horario vespertino y de fines de semana, esto no excluye la posibilidad de realizar actividades en jornada diurna a nivel de la familia y redes locales.
Los monitores/as Se recomienda, en la medida de lo posible, la incorporación de monitores, quienes, apoyados por los educadores del centro y con una adecuada capacitación, podrían asumir progresivamente ciertas responsabilidades en la conducción de los grupos. El rol de monitor(a) corresponde en su ejercicio a la persona que participa, voluntaria o remuneradamente, como educador-animador del trabajo promocional de un grupo específico. El nivel de compromiso y perma134
nencia de parte de monitores dependerá de la capacidad de generar un contexto motivador. La selección, motivación, capacitación, apoyo y acompañamiento es una tarea permanente que requiere de parte del tiempo de los profesionales del centro a cargo del eje promocional.
Eje de intervención preventiva LAS FASES DEL TRABAJO INDIVIDUAL Esta etapa con acento en los casos individuales, en lo que concierne a las estrategias y técnicas de intervención, debe realizar aquellas más pertinentes y eficaces para el logro de los objetivos, como, por ejemplo, tratamiento breve individual y/o familiar, intervención grupal o a través de talleres, etc. La intervención preventiva es de responsabilidad de los profesionales a cargo del eje preventivo (incluyendo el director del centro), independiente de la distribución de niños, niñas y adolescentes por profesional o dupla. Fase 1: Acogida e ingreso. La fase de ingreso tiene como función verificar la pertinencia de la intervención preventiva y responder a la demanda de atención, determinando la prioridad de acuerdo a la disponibilidad del equipo. Ello implica decidir la adopción de medidas de urgencia en forma inmediata o de confirmar/rectificar la medida tomada durante la fase anterior. Los resultados esperados de esta fase son el ingreso eje de intervención preventiva, la formalización del ingreso a la red Sename y, en la medida de lo posible y si es pertinente, a algún grupo constituido en el eje promocional. Fase 2: Diagnóstico. El diagnóstico tiene por objetivo obtener la información suficiente para el desarrollo de la(s) hipótesis de trabajo y para argumentar la toma de decisiones respecto el plan de intervención individualizado. Tiempo estimado de la fase: un mes. Fase 3: Plan de Intervención Individual (PII). El Plan de Intervención Individual (PII) se concibe como un proyecto para el cambio de las condiciones vulneradoras de derechos que afectan al niño, niña o adolescente, es decir, un curso concreto de acciones de acuerdo al reconocimiento de ciertos objetivos individuales. Es fundamental en esta etapa especificar y establecer grados de compromiso con el niño, niña o adolescente, la familia y/o otros referentes significativos, incorporando a los padres o figuras masculinas. En efecto, el PII se concibe como un contrato de trabajo elaborado, en forma deseable, entre los actores involucrados y quienes deben tomar diversas acciones tendientes a la superación de la situación problemática. El PII debe estar redactado en forma sencilla, de fácil comprensión y contener compromisos factibles de realizar. Dada la relevancia que tiene la definición del PII, se debe diferenciar el diagnóstico de la intervención propiamente tal (ejecución del plan). Esto significa que el PII no se reduce a un instrumento, sino que se conforma como otra fase de intervención.
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En definitiva, se esperan como resultados concretos de esta fase: La formulación de un Plan de Intervención Individual y los compromisos específicos por parte de los involucrados para su realización. Tiempo estimado de la fase: un mes. Fase 4: La ejecución del plan de intervención individual. En el plan de intervención individual el curso de acciones a seguir para provocar un cambio en el niño, niña o adolescente y su contexto, debe ser elaborado y ejecutado según el objetivo general del plan de intervención, en tanto es éste el que apunta centralmente al proceso de aprendizaje. En definitiva, se busca direccionar la acción al fomento del protagonismo en la búsqueda de soluciones a las problemáticas. El fin último es que el niño, niña o adolescente aprenda de la experiencia de tal modo que adquiera información, herramientas y habilidades que, en definitiva, le signifiquen ”quedar equipado” para enfrentar futuras problemáticas similares en forma autónoma. Hay un énfasis en el proceso, por tanto en el “cómo”, que tiene un significado que va más allá de la resolución de una problemática específica. En cada plan de intervención preventiva se definen los resultados esperados. Tiempo estimado de la fase: 3 meses. Fase 5: Egreso y seguimiento. Se elabora un plan de egreso y seguimiento antes de terminar la fase de la intervención propiamente tal, indicando resultados esperados, acciones a realizar, frecuencia, plazos, responsabilidades, etc. El egreso del eje de intervención preventiva no debe coincidir con el egreso del eje de promoción y, por lo tanto, del centro. La participación del niño, niña o adolescente en la dinámica grupal propia del eje de promoción facilita el proceso de seguimiento y la consolidación de los resultados obtenidos en la fase de intervención. Los resultados esperados de esta fase se determinan en el plan de egreso y seguimiento. Básicamente se relacionan con una supervisión de la mantención de los logros alcanzados y/o de la labor de la instancia a la cual se deriva el seguimiento. En el plan de egreso y seguimiento se intenciona la presencia de la familia y/o un(os) referente(s) adulto (s) significativo(s), pudiendo ser una figura masculina o femenina, preparado(s) y comprometido (s) en el transcurso del proceso de intervención, quien(es) asume(n) la continuidad de la intervención realizada. Tiempo estimado de la fase: entre dos y seis meses post egreso. Medidas asistenciales y de urgencia En algunas situaciones se debe operar con urgencia y/o complementar la intervención con medidas asistenciales. La aplicación de las medidas asistenciales o de urgencia cruza transversalmente la intervención, ya que en cualquier momento puede ser necesario adoptar medidas de urgencia, las cuales deben ser evaluadas y modificadas conforme al curso que va adquiriendo la intervención, lo que les da un carácter de transitoriedad. Para efectos de facilitar la aplicación oportuna y pertinente de medidas asistenciales y/o de urgencia, se hace necesaria la participación activa del centro integrado a circuitos de programas o mediante un efectivo trabajo en red.
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Periodicidad de las actividades individuales El número de intervenciones mensuales debe estar definido en el plan de intervención individual, y no podrá ser inferior a cuatro.
RESULTADOS ESPERADOS Eje de intervención promocional • Lograr la conformación de X número de grupos. • Lograr que a lo menos el 70% de los niños, niñas y jóvenes participen en la elaboración y ejecución del proyecto grupal, existiendo una distribución equitativa en la incorporación de sus intereses. • Que no menos del 70% de niños, niñas y jóvenes desplieguen habilidades sociales para la participación en grupo (respeto, escucha activa, empatía, asertividad, resolución de conflictos). • Que el 100% de los niños/as se encuentren incorporados al sistema educacional y a las redes de salud. • Que el 30% de las familias, a lo menos (promoviendo la participación de madres y padres de manera igualitaria), participe en una actividad mensual (recreativa, de desarrollo, de información). • Que a lo menos el 70% de las familias participantes reconozcan y valoren las capacidades, habilidades y recursos de sus hijos/as. • La generación, en el curso de 1 año de realización del proyecto, de a lo menos un plan de iniciativa de las familias de los niños/as participantes, en beneficio comunitario. • Un 60% de las organizaciones de base y territoriales facilitando recursos y oportunidades en relación a los objetivos grupales. • Promover el desarrollo de a lo menos un proyecto de iniciativa comunitaria en beneficio de la población infanto juvenil del sector. • Realización de a lo menos 4 actividades masivas al año que signifiquen la visibilización de los niños/as y sus derechos.
Eje de Intervención Preventiva • Interrumpir la vulneración de derechos en el 80% de los casos, a lo menos. • Al menos el 70% de los niños/as incorporará nuevas destrezas protectoras. • A lo menos el 80% de las familias incorporará mayores destrezas protectoras, integrando al adulto menos presente en la protección del niño/a.
EVALUACIÓN Y MONITOREO Sistematización El desarrollo de un número significativo de CIJJ orientados por los lineamientos de este documento, permite generar una permanente coordinación e interacción con fines capacitadores y de intercambio de experiencias. Para ello se espera que cada equipo de trabajo realice una reflexión sistematizadora de su proceso. En tal sentido, la sistematización es una actividad de producción de conocimientos sobre la práctica, que hace posible su comprensión y comunicación para constituir un saber susceptible de almacenar y transferir. Constituye el registro de una memoria que ilumina la naturaleza de quehacer de la intervención y ofrece la posibilidad de una lectura integrada sobre los procesos.
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Evaluación Se entiende por evaluación un proceso de análisis crítico de todas las actividades y resultados de un proyecto, con el objetivo de determinar la pertinencia de los métodos utilizados, la validez de los objetivos, la eficiencia en el uso de los recursos y el impacto en relación a los beneficiarios. Desde esta perspectiva la evaluación se corresponde al menos con los siguientes aspectos: • • • • •
Analiza y valora la adecuación de las metas en el contexto que opera el proyecto. Mide el grado de éxito del proyecto en el logro de estos objetivos. Mide en qué grado el gasto de recursos del proyecto se justifica por sus resultados. Explora otros posibles métodos de lograr las metas. Desarrolla un sistema de seguimiento continuo para facilitar su evaluación e incorporar mecanismos de corrección.
En relación a los momentos evaluativos, se distingue la evaluación del primer momento que busca establecer la adecuada coherencia que debe existir entre el propósito final del proyecto, su fundamentación y el conjunto de actividades a través de las cuales se pretende alcanzar este propósito. Esta evaluación debe definir la coherencia de la propuesta. Asimismo, deberá dar a conocer los resultados del proyecto anterior (en caso que corresponda), desagregados por sexo y un breve comentario explicativo de los datos. La evaluación durante el proceso concentra su atención en el grado de cumplimiento de las actividades programadas y el nivel de avance real hacia las metas. Significa el registro de información, con la finalidad de evaluar resultados parciales que orienten la toma de decisiones del equipo responsable del proyecto. La evaluación posterior, tiene que ver con el cumplimiento final de las metas programadas. Las distinciones expuestas permiten considerar el propósito central del trabajo evaluativo consistente en determinar el grado en que se han alcanzado las finalidades del proyecto. Dentro de ello, la formulación de indicadores es la tarea que permite cuantificar este proceso.
RECURSOS HUMANOS Los CIJJ son establecimientos subvencionados vía D.F.L. 1.385. Para su viabilidad financiera se requiere de la subvención correspondiente a 60 a 120 plazas, flexibilización de la atención para la totalidad de plazas adjudicadas y un porcentaje de plazas adicionales (para compensar la subatención). Se espera que el aporte financiero transferido por el Servicio Nacional de Menores sea complementado con aportes de la institución colaboradora y vía la gestión de proyectos provenientes de otros sectores.
Recursos humanos En la estructuración del equipo a cargo del establecimiento se requiere complementariedad entre las tareas de asesoría y apoyo: el equipo de promoción (educadores, trabajadores comunitarios, etc.) y el equipo de intervención preventiva (sicólogo, asistente social o terapeuta). A continuación se presenta una tabla con referencias mínimas para el cálculo de la dotación de personal del centro:
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Cargo
Jornada
Estándar de referencia
Jornada completa Media jornada para dirección y media jornada, jornada completa de asistente social, media jornada para profesional sicólogo del eje de intervención preventiva y jornada completa para cargo educador en apoyo al trabajo grupal.
Centro con 80 a 120 plazas Centro con 60 a 80 plazas
Media jornada para la conducción de un grupo con tres actividades por semana, incluyendo la preparación de cada actividad y registro correspondiente, además del acompañamiento de monitores, trabajo de motivación de los integrantes fuera de las actividades formales (visitas domiciliarias, encuentros en la calle, etc.) y trabajo comunitario.
1 grupo; entre 10 a 20 niños/as
Media jornada para el acompañamiento y apoyo a monitores de dos grupos simultáneamente y trabajo comunitario.
2 grupos; hasta 40 niños/as
Personal directivo: Director/a o coordinador/a
Eje de promoción: Educador/a o Trabajador/a Comunitario/a
Eje de intervención preventiva: 1 Sicólogo/a, 1 Asistente Social u otro profesional del área social
Jornada completa
5 a 20 niños/as simultáneamente por profesional (jornada completa)
Personal administrativo y auxiliar: Secretario/a-contador/a
Jornada parcial
Auxiliar-manipulador/a
Jornada parcial
A continuación se describen algunos perfiles de cargos en particular. En términos generales, las personas seleccionadas para un cargo, deberán acreditar logros curriculares y con un manejo óptimo de las relaciones interpersonales. Director/a • Profesional o técnico del área sicológica, social o pedagógica. • De preferencia con experiencia en un cargo similar. • Con conocimientos de dirección y administración de recursos humanos. • Con conocimientos en intervención sicológica, social, familiar, grupal, comunitaria y trabajo en redes. • Con capacidad de liderazgo. Profesionales y personales del eje promocional (educadores y trabajadores comunitarios). • Profesionales o técnicos del área sicológica, social o pedagógica, u operadores. • Con a lo menos la enseñanza media completa, complementada con una formación técnica relacionada con el trabajo con niños, grupos, familias y comunidad o con mínimo dos años de experiencia en el eje. • Es altamente deseable la formación en institutos que imparten la especialidad de educadores.
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• Preferentemente entre 23 y 55 años. Debe relacionarse este factor con el rango etáreo de los niños con los cuales deberá trabajar. • Habilidades para animar grupos, desarrollar experiencias de aprendizaje individual y grupal, con conocimientos de diagnóstico y planificación. • Habilidades para desarrollar actividades recreativas, deportivas y artísticas. • Alta capacidad de demostrar, entregar y recibir afecto. • Capacidad de liderazgo. Profesionales del eje de intervención preventiva (sicólogo, asistente social y otros profesionales o técnicos del área social o afines compatibles con el perfil del programa). • Profesionales o técnicos titulados. • Con conocimientos y formación en intervención sicológica, social comunitaria. Características comunes para los profesionales del centro. • Formación en trabajo con niños y familias. • Deseable la experiencia en trabajo con niños y familias. • Alta motivación para el trabajo en el área. • Competencias y habilidades para desarrollar relaciones igualitarias entre hombres y mujeres en el trabajo individual, familiar y grupal. • Tener actitud no discriminadora con los niños /as, especialmente los referidos a estereotipos de género. Capacidad de trabajo en equipos. • Habilidades para la resolución de conflictos. • Capacidad de empatía. • Capacidad para tomar decisiones en situaciones de crisis. • Estabilidad emocional, autocontrol adecuado de emociones e impulsos. • Tolerancia a la frustración. • Salud compatible con el cargo. Secretario/a. • Con mención en contabilidad o según el perfil del cargo. • Mayor de 18 años. • Deseable experiencia laboral en el área. • Motivación por el trabajo con niños y adolescentes. • Capacidad para acatar normas o reglas. • Capacidad de contacto y relación interpersonal adecuada con pares y otro personal del programa. • Sociabilidad y empatía. • Salud y aptitudes físicas acordes a las exigencias del cargo. Perfil de monitor. Cada centro deberá evaluar la pertinencia y factibilidad de la incorporación de monitores y/o talleristas en apoyo al trabajo grupal, además del tipo de monitor que propone incorporar al proceso. Se sugiere estimular una alianza entre adolescentes y los niños, niñas y adolescentes usuarios del eje. En tal sentido se perfila el monitor de acuerdo a las siguientes características: • Mayores de 18 años y con mínimo una diferencia de 5 años de edad con los integrantes mayores del grupo (salvo en el caso de dirigentes juveniles que actúen como monitores en su propio grupo juvenil de pertenencia).
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• Enseñanza media completa o ejerciendo. • Con el pleno consentimiento y apoyo para la tarea por parte de sus padres, adultos a cargo o pareja, según el caso. • Con cierta trayectoria de participación en grupos u organizaciones infanto-juveniles, sea como integrante, sea como dirigente. En tal sentido, los adolescentes egresados o en una etapa de pre-egreso del mismo centro podrían considerarse para el monitoreo de grupos. • Capacidad de liderazgo. • Con un mínimo de capacitación en el manejo de grupos, monitoreo, animación recreacional, deportiva o cultural, salud, desarrollo de liderazgo u otras áreas afines y/o interés para vivir un proceso de capacitación en alguna(s) de estas áreas. • Alta motivación para el trabajo grupal con niños, niñas y adolescentes. • Estabilidad emocional, autocontrol adecuado de emociones e impulsos. • Tolerancia a la frustración. Contraindicaciones para todo el personal, incluyendo los monitores. • Presencia de enfermedades crónicas invalidantes para el desarrollo de las funciones propias del cargo. • Presencia de índices o síntomas de enfermedades siquiátricas. • Antecedentes de comisión de actos de maltrato o abuso de menores de edad.
Infraestructura de los centros Por los principios que orientan el sistema de prevención, es esperable que las intervenciones se realicen en espacios desconcentrados; es decir, no necesariamente las acciones de intervención se realizan en una infraestructura diseñada o construida especialmente para desarrollar las actividades. De este modo, todo recurso físico existente en el entorno, se constituye en potencial para la realización del trabajo técnico con el niño, niña, adolescente y su familia, en la medida que el uso de estos recursos físicos, respondan a acuerdos formales de la institución colaboradora con las instancias comunitarias (por ejemplo: municipalidad, parroquia, sede comunitaria, club deportivo, escuela, multicancha, etc.) de modo de asegurar que este recurso resulte estable y disponible en el tiempo. Sin perjuicio de lo anterior, los programas deben contar con una sede en donde se centralicen las actividades administrativas y algunas de las intervenciones más especializadas. Esta sede debería contar a lo menos con: • • • • • •
Una oficina de dirección y secretaría. Dos oficinas para profesionales y monitores. Una sala multiuso. Un servicio higiénico con ducha. Una cocina. Una bodega chica.
Estos centros deben velar por la mantención de condiciones de seguridad e higiene para la atención presencial de niños(as) y adolescentes, estableciéndose planes de prevención de riesgos y la adquisición de equipamiento para la prevención de incendios. No obstante de tratarse de atención abierta, se debe practicar la operación Deyse con periodicidad, siendo recomendables la coordinación y asesoría con bomberos más próximo.
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Respecto al equipamiento, el programa deberá asegurar la existencia de mobiliario funcional y material de oficina básico para el desarrollo adecuado de las actividades.
Instrucciones básicas para enfrentar situaciones de emergencia: (a) Mantener nómina de teléfonos de emergencia, ambulancia, Bomberos, Carabineros, Investigaciones, de los funcionarios del centro y de la dirección regional del Sename. (b) Mantener a personal capacitado para enfrentar situaciones de emergencia y para proporcionar atención de primeros auxilios, contando con los elementos necesarios (insumos). (c) Difusión, entrenamiento, aplicación y control del Plan de Operación Deyse (de evacuación y seguridad). (d) Revisar periódicamente y con colaboración de personal autorizado de los sistemas eléctricos, redes de gas, calefacción, alcantarillado, etc. (e) Con el fin de evitar accidentes por golpes de corriente eléctrica, los enchufes e interruptores deben estar debidamente protegidos y ubicados, de modo que ello no signifique peligro para los niños, niñas y adolescentes. (f) Vigilar que en el edificio estén señalizadas claramente las vías de evacuación y de escape. (g) Revisión permanente del estado de los extintores, llenado de carga y en óptimas condiciones de funcionamiento, así como establecer personal que conozca y ejecute su utilización. Ubicación de ellos en lugares adecuados, de acuerdo a las normas de seguridad establecidas. (h) Mantener tablero a la vista y con condiciones de seguridad de copias de llaves de las distintas dependencias con su respectiva identificación. (i) Vigilar y evitar que en los establecimientos existan acciones y elementos que provoquen inseguridad, especialmente en los patios, duchas, comedores, escaleras, pasillos, etc. (j) Tener especial cuidado que los niños, niñas y adolescentes tengan acceso a lugares inseguros que puedan provocar lesiones físicas y/o aprisionamientos. (k) Evaluar periódicamente la situación arquitectónica y de infraestructura de los establecimientos. (l) Recomendar con especial cuidado que los niños y adolescentes no jueguen con elementos peligrosos o que puedan provocar situaciones de emergencia. Coordinaciones y acciones con instituciones y organizaciones externas: (a) Establecer convenios con asociaciones de seguridad, que permitan la prevención y ejecución de acciones para medidas de emergencia. (b) Establecer convenios con organismos técnicos para definir programas de prevención y acción durante la emergencia, evacuación, etc., tales como: Cruz Roja, Defensa Civil, Boy Scout, Bomberos, etc. (c) Mantener coordinación permanente con intendencia, gobernación y municipios (plan comunal de emergencia).
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Reparación a Víctimas de Maltrato Infantil
Reparación a Víctimas de Maltrato Infantil
REPARACIÓN A VÍCTIMAS DE MALTRATO INFANTIL PRESENTACIÓN
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articularmente en Chile el tema de la infancia ha sido relevado en la agenda pública social desde 1990, teniendo como marco de referencia los compromisos asumidos por el país en la Cumbre Mundial a Favor de la Infancia, a partir de la suscripción de la Convención sobre los Derechos de los Niños (CDN), ratificada por Chile en 1990. A partir de ese mismo año, el maltrato infantil, al igual que otros problemas de la infancia, comenzó a ser abordado desde Sename dentro del marco establecido por la Convención como un nuevo sustento doctrinario. Así también, en atención a la naturaleza compleja y dinámica del fenómeno del maltrato infantil, se comienzan a introducir cambios sustantivos en el modo de realizar el trabajo con los niños, niñas y adolescentes víctimas, dando lugar a la ejecución de proyectos especializados en la materia. En 1997 Sename desarrolla los primeros cuatro proyectos especializados en la reparación del maltrato infantil grave, contando actualmente (2005) con un número de 35 proyectos en el país. Dichos proyectos, que se caracterizan por su nivel de especialización y su localización territorial, buscan introducir una nueva visión respecto al diseño de una política con criterios de intersectorialidad y coordinación conforme a la exigencia de garantizar el derecho del niño, la niña o adolescente a crecer y desarrollarse en su familia. Para ello, priorizan la mantención del vínculo familiar, evitando acciones institucionalizantes de resolución y el desarraigo del medio familiar y social. Además, los proyectos contemplan una oferta de atenciones por cada niño/a o adolescente y su familia, brindándole atención sociojurídica, sicológica, social y sicoterapéutica. De esa manera, Sename ha desarrollado modalidades de intervención sicológica, social y jurídica, orientadas a la interrupción y reparación de la situación y secuelas del maltrato infantil grave en los niños, niñas o adolescentes víctimas de este tipo de transgresión, configurando un proceso tendiente a elaborar una respuesta técnica a la realidad de la violencia ejercida hacia la infancia y avanzar en la construcción de un modelo de atención e intervención especializada.
DEFINICIÓN La comprensión del maltrato como una relación de abuso de poder por parte de uno o varios adultos sobre un niño, niña o adolescente, lo ubica como un problema que supera el ámbito de lo privado para constituirse como un problema de responsabilidad social y de orden público. Esta afirmación se fundamenta en el hecho de reconocer a los niños como personas y sujetos de derechos, por lo cual la sociedad -representada por un organismo estatal- está obligada a asumir la responsabilidad y el deber, en este caso, de otorgar la protección y reparación de la situación de agresión.
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Tal como se establece en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, Sename, como institución del Estado, ha asumido la responsabilidad de operacionalizar el compromiso de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes que sufren maltrato infantil y abuso sexual y promover su recuperación física y sicológica. A continuación se definen los hechos de maltrato grave constitutivos de delitos: • El abuso sexual, en cualquiera de sus formas, de niños, niñas y adolescentes. De acuerdo con la legislación vigente (Ley 19.617 de Delitos Sexuales), se incluyen la violación, el estupro, el abuso sexual, el abuso sexual impropio y la producción de material pornográfico. • El maltrato físico grave sufrido por niños, niñas y adolescentes. Se incluyen aquí a todos los niños, niñas y adolescentes que ven comprometida su integridad física a causa de golpes, quemaduras, mordeduras, intentos de estrangulamiento, heridas con objetos cortantes, etc. Los criterios médicos legales, al respecto consideran: • Lesiones graves. Todas aquellas que causan en el niño/a o adolescente enfermedad o incapacidad de 31 días o más de duración. • Lesiones menos graves. Aquellas en que la enfermedad o incapacidad sea de más de 15 días y menos de 31, considerando además la calidad de las personas y circunstancias del hecho.
OBJETIVOS Objetivo general Contribuir al proceso reparatorio del niño, la niña o adolescente que ha sufrido maltrato grave.
Objetivos específicos a. Interrumpir la situación de maltrato grave. Este objetivo se concreta mediante la activación de mecanismos judiciales, orientados a resolver la situación legal del niño/a o adolescente, controlar jurídicamente su situación y facilitar el acceso a la red de justicia b. Facilitar el proceso de resignificación de la experiencia abusiva en el niño/a o adolescente y adulto responsable. Este objetivo apunta a que ellos desarrollen un proceso de reelaboración del maltrato sufrido, integrándolo en la experiencia vital, de manera que permitan modificar las pautas relacionales al interior del sistema familiar. c. Fortalecer los recursos familiares y sociales para el bienestar sicológico y social del niño/a o adolescente. Este objetivo se orienta a la construcción de un contexto protector para el niño/a o adolescente, en el mediano y largo plazo. Para ello, la intervención debe hacerse con personas significativas dentro de la familia, realizando acciones también con miembros de la comunidad y de las instituciones, de manera que se transformen en agentes protectores para el niño/a o adolescente.
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SUJETOS DE ATENCIÓN La intervención de los proyectos de reparación está dirigida a todos los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que han sufrido maltrato grave, situación que además califica, en términos judiciales, como un hecho constitutivo de delito. En el caso de que un niño, niña o adolescente no sea derivado por los tribunales, el proyecto realizará la evaluación correspondiente e informará a dicha instancia judicial para que ésta se pronuncie acerca de la existencia o no de un hecho constitutivo de delito. Utilizando como referencia las características de la situación abusiva en cuanto al riesgo o peligro para la vida e integridad física del niño, la niña o adolescente, la urgencia de atención que requiera el caso, la autopercepción que el propio niño/a o adolescente pueda tener de la situación que ha sufrido y los criterios médico legales de calificación de las lesiones, se espera que los proyectos intervengan en los siguientes casos: • Todos los niños, niñas y adolescentes que han sufrido abuso sexual en cualquiera de sus formas. • Todos los niños, niñas y adolescentes que han sufrido maltrato físico grave.
INTERVENCIÓN Criterios que deben guiar la intervención Toda intervención de los proyectos especializados se basará en el interés superior del niño, la niña o adolescente, protegiéndoles y procurando respetar sus derechos a cabalidad durante el proceso de intervención. Es fundamental que el esquema teórico de intervención incorpore un modelo que considere distintos niveles de análisis e intervención para acercarse al fenómeno del maltrato, considerando los distintos contextos donde se desenvuelve el niño, niña o adolescente y su familia. Así, la intervención debe considerar al niño, niña o adolescente y sus necesidades, como eje central, directriz del proceso y de la toma de decisiones. En ese sentido, el diseño del proyecto especializado debe explicitar una perspectiva multidimensional, que permita comprender tanto el sentido global de la propuesta de intervención, como el significado de las decisiones respecto a qué, cuándo y de qué manera actuar en la atención de casos. Ello permitirá renunciar a la explicación del fenómeno desde una perspectiva lineal-causal, para abrir la mirada hacia un abanico de determinantes entrelazadas que están en la base del problema y deberá traducirse en una atención especializada, personalizada y oportuna, en relación a las características de cada niño, niña o adolescente y del contexto familiar y comunitario en que se encuentra inserto. Se estima relevante que el proyecto presente, además, elementos específicos y diferenciados para la intervención en maltrato físico grave y abuso sexual, en consideración a la cronicidad y gravedad de la violencia, edad del niño/a, quién es el agresor, presencia o no de figura adulta significativa, motivación o no de asistencia a terapia. Así, los elementos del diagnóstico, los objetivos y estrategias del tratamiento tendrán características, tiempos y abordajes diferentes. De igual forma, deberán incorporarse los resultados del proyecto anterior (en el
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caso que corresponda), desagregados por sexo y un breve comentario explicativo de los datos, especificando las causales que pudieren justificar las diferencias entre niños y niñas contenidas en éstos. Se requiere que la propuesta de intervención incorpore estrategias que permitan brindar el apoyo a las familias58, de modo que éstas adquieran o vuelvan a asumir las funciones de cuidado y protección de sus hijos, asegurando la integridad física y sicológica de éstos. Se espera que la intervención valore los recursos y el aporte del grupo familiar del niño/a y de los miembros significativos de la comunidad, en la búsqueda de soluciones que permitan colaborar en la reparación del maltrato.
Metodología. Se propone una metodología de atención ambulatoria que considera el contexto social y cultural del niño, niña o adolescente, que facilite su plena participación y la de su familia durante el proceso de intervención, respetando sus derechos. Respecto a la intervención propiamente tal, se estima fundamental considerar al niño/a y adolescente y su familia como actor de su propio desarrollo y proceso. Para ello, es necesario diseñar estrategias terapéuticas orientadas a reformular la victimización primaria y fortalecer recursos protectivos a nivel individual y familiar. El manejo de la metodología será de responsabilidad compartida, de manera de comprometer a los actores en el proceso tras la consecución de los resultados esperados. Es decir, con la comunicación y cooperación estrecha de cada uno de los participantes (niño/a o adolescente y su familia, equipo e integrantes de la red, entre otros), así como el contacto y la coordinación permanente entre ellos. Por lo tanto, debe evaluarse, registrarse e incorporar tanto en el diseño de la intervención, como en el desarrollo de la misma, la presencia o no de motivación en la familia para participar en el proceso, así como la credibilidad o no de la situación diagnosticada en cada caso atendido.
Toma de decisiones. Un aspecto necesario de considerar, debido a que es vital para el desarrollo de equipo y para la calidad en la atención, es la capacidad de tomar decisiones técnicas en conjunto. Estas decisiones representan un desafío constante para establecer relaciones laborales cooperativas, donde exista la posibilidad de construir un lenguaje compartido respecto a los aspectos teóricos y de procedimientos que implica la intervención en maltrato infantil. El proceso implica una secuencia de decisiones relacionadas entre sí, en las que participan los distintos agentes sociales involucrados, los niños, sus familias, y que se caracteriza por los siguientes aspectos: • Las decisiones que se tomen en la intervención tienen que ver principalmente con la protección de derechos del niño/a o adolescente. Por lo tanto, las primeras decisiones, las más urgentes y más inmediatas corresponden a la búsqueda de alternativas para asegurar la protección física y síquica del niño/a o adolescente. • Las decisiones implican tomar riesgos calculados, evaluando la relación costo-beneficio y desarrollando medidas para evitar las consecuencias inesperadas de las acciones, siempre pensando en evitar riesgos mayores provenientes de la situación de maltrato.
58 El Artículo 18 de la Convención establece que “los Estados parte prestarán la asistencia apropiada a los padres y a los tutores para el desempeño de sus funciones en lo que respecta a la crianza del niño.”
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• El desarrollo e integración del equipo es un factor clave para enriquecer y hacer más efectiva la toma de decisiones, ya que permite incorporar distintas visiones y experiencias respecto al problema, llevar a cabo un aprendizaje conjunto y permanente, así como compartir la responsabilidad. • El equipo debe delimitar los objetivos, desde una perspectiva de proceso, de cada una de las fases de la secuencia de decisiones y definir las actividades que debe poner en marcha para alcanzarlos, asegurando la coherencia entre ambos aspectos. En la misma línea se requiere determinar prioridades para la acción, ya que en un contexto de violencia y riesgo para el niño/a o adolescente, existen intervenciones de mayor urgencia que son éticamente exigibles a cualquier programa. En síntesis, el elemento fundamental que debe orientar la toma de decisiones del equipo de profesionales, es la creatividad individual asociada a una dinámica colectiva, con el objetivo de generar un espacio de discusión técnica que facilite y oriente las decisiones e intervenciones, en resguardo de la calidad de atención.
Fases de la intervención El proceso de intervención especializada en maltrato infantil grave considera cinco fases59, cada una con sus respectivas actividades a realizar y la participación de diferentes actores, además deberá considerar la variable de género. Estas son: • Fase de Calificación. Tiene la finalidad de evaluar si el niño/a o adolescente ha sido víctima de maltrato grave y la pertinencia de adoptar medidas de urgencia en pro de su derecho de protección. Esta fase implica tres momentos importantes: a)
Calificación de la existencia de maltrato grave ejercido en contra de un niño/a o adolescente, por medio de evaluación directa de éste y/o a partir del trabajo de coordinación con las fuentes de derivadotas.
b)
Revisión de antecedentes, entrevista al niño/a, la familia, la escuela, etc. Esta fase contempla dar a conocer al niño/a y su familia el contexto de la intervención.
c)
Elaboración de informe técnico que señale el tipo de victimización presentada, para remitir antecedentes al área jurídica de Sename.
• Diagnóstico. Tiene el objetivo de obtener información suficiente para la toma de decisiones y la construcción del plan de tratamiento individualizado. La obtención de información es posible mediante la evaluación clínica del niño/a, y la recolección y análisis de datos mediante entrevistas a su familia, terceros significativos, visitas domiciliarias, etc. Las evaluaciones realizadas permitirán establecer la existencia de un daño asociado al tipo de violencia ejercida hacia la víctima, elaborar una hipótesis orientada a comprender y tener un entendimiento global de la situación de grave vulneración y un conocimiento más profundo de la violencia ejercida en contra del niño/a, sus recursos familiares y contexto en el que se gestó la violencia.
59 El Detalle de cada una de ellas se encuentra descrito en al anexo N I.
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Otro elemento importante de esta fase, es la elaboración de informes que den respuesta a los requerimientos de tribunales o fiscalía. Si bien el niño/a del cual se confeccionará el informe podría no continuar un proceso de intervención especializada en el proyecto, los antecedentes que este instrumento puede aportar son cruciales para la resolución del proceso judicial y evitar mantener una situación de desprotección de derechos del niño/a o adolescente agredido. • Plan de Tratamiento Individualizado o PTI. Corresponde a la serie planificada de acciones a seguir según los objetivos de intervención propuestos para cada niño/a y su familia. La elaboración del PTI se realiza a través del análisis interdisciplinario de la información, determinando las acciones más adecuadas. En esta fase cobra especial relevancia la experticia profesional, la creatividad del equipo, la capacidad de planificación y organización estratégica. Para la elaboración del PTI es fundamental la realización de reuniones de equipo y la participación de niño/a y la familia. En él se debe consignar e incorporar la presencia o no de credibilidad en la figura adulta significativa, en relación al tipo de maltrato diagnosticado, motivación o resistencia a incorporarse al tratamiento. • Tratamiento. Esta fase consiste principalmente en la aplicación del PTI y comprende, además, el acceso rápido y oportuno a los recursos familiares, comunitarios e institucionales, la conservación o activación de los mecanismos judiciales orientados a la protección del niño/a. Respecto a este punto, es importante destacar que la activación de este mecanismo es transversal y necesaria en cualquier etapa del proceso, con el fin de evitar que se mantenga la situación de vulneración y/o que se transforme en un riesgo vital para el niño/a. Representa el desarrollo del proceso terapéutico en el que participan el niño/a, la familia, en el que se activa una red social de protección y articulación comunitaria. En esta fase se reevaluará el diagnóstico inicial consignado en el plan de tratamiento individualizado. Es necesario destacar que el único profesional validado para realizar procesos sicoterapéuticos es el sicólogo y/o siquiatra, con formación en sicoterapia. Se espera que en esta fase se considere el daño asociado a la vulneración sobre la base de la experiencia vivida por el niño, niña o adolescente, a la persona agresora y el tipo de violencia ejercida. Lo anterior permitirá realizar el abordaje desde la perspectiva de género de la víctima. • Egreso y seguimiento. Esta fase es considerada como un proceso de progresiva autonomía del niño/a y la familia respecto del proyecto especializado y depende del logro de los objetivos planteados en el PTI. La valoración del egreso surge a partir de la evaluación de logros obtenidos, en donde se encuentra –al menos– garantizado el derecho de protección. El seguimiento consiste en la determinación de los cambios una vez que el/la niño/a ha egresado del proyecto. Este proceso deberá ser evaluado durante tres meses, posteriores al egreso. Tanto para el egreso, como para el seguimiento, el equipo diseñará un plan específico, de acuerdo a las particularidades de cada caso, y elaborará informe de egreso ante el tribunal competente.
RESULTADOS ESPERADOS Medición que se realiza en la etapa de finalización de la intervención. La ponderación de los resultados alcanzados debe desarrollarse con la evaluación de los indicadores elaborados para esta modalidad de atención.
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• Lograr en el 100% de los niños/as, de los cuales se solicite o requiera, la calificación de la situación de maltrato vivida. • Lograr la interrupción de la situación de maltrato en el 100% de los casos que ingresan al centro a través de mecanismos de intervención sicológica, social y jurídica con el niño/a y familia. • Lograr que en el 70% de los niños/as se disminuyan o superen las sintomatologías asociadas a la experiencia de maltrato grave. • Lograr en un 70% de los casos, la disminución de la responsabilidad y/o culpabilización por parte de los niños/as de la experiencia de maltrato grave vivida. • Lograr en un 70% de los niños/as integración de la experiencia traumática a su proceso de desarrollo. • Lograr que el 72% de las familias (hombre y mujer del grupo familiar), adultos responsables o instancias vinculadas y que protegen al niño/a visualicen a éste/a como sujeto de derecho y víctima de maltrato grave. • Lograr que el 75% de las familias modifiquen las pautas relacionales que sustentan las prácticas abusivas que vulneran los derechos de los niños y las niñas. • Lograr en un 70% la incorporación del niño/a y familia a instituciones y organismos comunitarios para su bienestar sicológico y social. Para cada uno de estos resultados es deseable que se incorpore la necesaria equidad entre hombres y mujeres. Por tanto, del universo de niños y niñas un porcentaje equitativos accede al resultado esperado.
EVALUACIÓN Y MONITOREO La necesidad de mejorar la focalización y la calidad de la atención, hace que la incorporación de procedimientos sistemáticos de evaluación constituya un requerimiento básico para los proyectos de maltrato infantil grave. Se espera que dichos procedimientos sean planificados con anterioridad y con la periodicidad necesaria durante la formulación del proyecto e incorporados coherentemente en cada una de las etapas del proceso de desarrollo de la propuesta de intervención, considerando aspectos cualitativos y cuantitativos a evaluar y los usuarios/as. De esa manera, el objetivo primordial de la evaluación será contribuir a mejorar la calidad del sistema de atención e intervención brindada en los proyectos especializados. En términos operativos, se traduce en la entrega de información que permita desarrollar un proceso que facilite ajustar el diseño de intervención continuamente, la planificación de los procesos de capacitación, la generación y unificación de los criterios de calidad y la validación de instrumentos, entre otros. La evaluación de la intervención debe realizarse en forma secuencial a través de fases de intervención y ser planificada en virtud de las características de cada caso.
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La evaluación de las fases de intervención alude a la valoración de la puesta en marcha de cada una de las fases de intervención concebidas por el proyecto, como herramientas para la obtención de los objetivos de interrupción del maltrato, resignificación y fortalecimiento de vínculos protectores. Para ello, se debe comenzar por determinar los objetivos de cada fase y los criterios relevantes para su aplicación. Luego, determinar los aspectos a evaluar en cada fase, expresados en indicadores. Conjuntamente, el equipo profesional deberá evaluar caso a caso la pertinencia de que la persona que inicie la intervención sea del mismo sexo del/la agresor/a del niño/a; considerando siempre, que se debe evaluar en contexto. La evaluación del proceso (caso a caso) se realiza respecto de los usuarios/as que siguen un flujo al interior del proyecto y experimentan cambios a nivel individual, familiar y social. Para ello, se deben determinar los mecanismos a aplicar para seguir el curso de cada niño, niña y su familia en el proceso (período de permanencia, actividades en las que han participado y duración, porcentajes de asistencia a las actividades y motivos de las inasistencias, momento y tipo de egreso). La evaluación de logros del tratamiento se hace sobre la base del trabajo de sistematización de la experiencia de los proyectos y de su ordenamiento y categorización, desarrollado por los proyectos especializados hasta el año 2000, se elaboraron los indicadores60 de logro (resultado esperado) para la evaluación caso a caso. Para cada niño, niña y joven atendido se confecciona un plan de tratamiento individual, concebido como un proyecto de intervención con cierta autonomía, y, como tal, con su propio instrumento de evaluación. Cada PTI debiera contener los resultados esperados e indicadores para su evaluación. Se requiere dimensionar y operacionalizar los indicadores, a continuación destacados, de tal modo que sean pertinentes para el caso específico, conjugando variables como la edad y etapa evolutiva del niño/a o adolescente, tipo y cronicidad del maltrato, vínculo con el agresor/a, situación residencial del niño/a o adolescente, sin perjuicio de agregar otros. Cada indicador se puede pormenorizar aún más, hasta determinar sus respectivas operaciones observables o verificadores. Dicha tarea debe realizarse en cada PTI a partir de las prácticas propias de cada proyecto. Objetivos marco
Protección
Resignificación
Recursos
Protección
Interrupción
Reconocimiento de la situación de maltrato
Condiciones seguras para el niño
Resignificación
Restitución de derechos
Superación de las secuelas sicoafectivas
Reelaboración
Recursos
Apoyo social
Aprendizaje
Vínculo(s) protector(es) significativo(s)
60 Constructos que pretenden representar y dar testimonio de variables o categorías de los objetivos de la intervención. Se refieren a valoraciones de las diferentes condiciones, tendencias y cambios observables, que permiten describir e informar sobre las consecuencias de la intervención.
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Así también, debe efectuarse una evaluación global del proceso que considere la intervención (fases y PTI), el proceso de cambio de los usuarios, desagregados de acuerdo a características relevantes en el contexto de los objetivos del proyecto y los objetivos caso a caso, el contexto organizativo en que se desarrolla la intervención y los recursos utilizados en la atención, tanto internos como obtenidos del apoyo local. De esa manera, la evaluación global del proceso integra la información proveniente de todos los niveles de evaluación formativa, dirigida al mejoramiento de la intervención, asignándole un peso relevante a los procesos de aprendizaje grupal en el análisis y búsqueda de soluciones a las dificultades.
RECURSOS HUMANOS Recursos humanos Debido al carácter especializado que requiere la intervención en maltrato infantil grave, se debe contar con un equipo de profesionales con formación y experiencia en intervención clínica y comunitaria. Así, cada proyecto deberá contar con un equipo profesional capacitado que se desempeñe en la atención directa del maltrato infantil, con experiencia y/o formación de post grado y que cumpla con las siguientes condiciones: • • • • • • • • • • •
Profesionales titulados. Formación y experiencia clínica en violencia. Experiencia en estrategias clínicas para trabajar con niños. Motivación por el trabajo con niños y familia. Capacidad y disposición para trabajo en equipo interdisciplinario. Competencias y habilidades para desarrollar relaciones igualitarias entre hombres y mujeres en el trabajo individual, familiar y grupal. Competencia técnica para intervenir en las distintas fases y áreas que contemple el programa. Disposición al trabajo en terreno. Valoración del trabajo intersectorial y práctica de trabajo en red. Accionar centrado en las orientaciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. Motivación por el trabajo con niños y familia.
Equipo básico. El equipo que se desempeñe en los proyectos deberá estar conformado, a lo menos, por los siguientes profesionales, técnicos y personal auxiliar. -
Director Sicólogo Asistente Social Educador Abogado Secretaria Contador Administrativo de apoyo
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Se considera un/a sicólogo/a jornada completa, un/a asistente social media jornada, un/a abogado/a media jornada y un educador/a un cuarto de jornada por cada 25 casos de atención simultánea.
Descripción de funciones Las funciones básicas que deben desempeñar los miembros del equipo son: Director/a • Responsable de la dirección técnica del equipo. • Responsable de la dirección administrativa del proyecto. • Responsable de generar la coordinación con la red. • Responsable del sistema de registro. • Responsable del desarrollo investigativo del proyecto (sistematización y elaboración de informes). • Responsable de garantizar la protección y cuidado del equipo. • Responsable de registrar reuniones clínicas o de equipo. Sicólogo/a • Responsable del ámbito terapéutico. • Responsable del diagnóstico. • Responsable del proceso terapéutico del niño/a y sus figuras significativas. • Responsable de realizar y conducir las estrategias terapéuticas. • Participar en el proceso de conexión con la red del niño/a. • Responsable de valorar factibilidad de egreso de cada caso a su cargo. Trabajador/a Social • Responsable del ámbito social. • Participar en el Diagnóstico. • Participar en el PTI. • Participar en el proceso educativo de roles parentales y protectivos. • Participar en estrategias educativas grupales. • Responsable del seguimiento del caso. Abogado/a • Responsable del ámbito jurídico. • Brindar orientación legal. • Gestionar la adopción de medidas de protección. • Coordinación con abogado querellante de Sename. • Orientación a los profesionales en elaboración de informes al tribunal. • Participar en el diagnóstico. • Participar en el PTI. Educador/a • Responsable de la conexión con la red comunitaria e institucional. • Apoyo en el seguimiento de los casos. Secretaria • Responsable del registro computacional.
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• Recepción de público. • Apoyo a la gestión administrativa del director. Contador/a • Apoyo en el manejo financiero del proyecto. • Responsable del pago de sueldos y honorarios. Administrativo de apoyo • Cuidador del centro. • Aseo y mantención. • Labores de estafeta.
Autocuidado de equipo Los equipos que trabajan con víctimas de violencia están expuestos constantemente al desgaste personal que produce las implicancias emocionales, sicológicas, personales y profesionales que conlleva el tema y/o como resultado de la dinámica propia que va adquiriendo el tratamiento del problema. Esta situación los torna más vulnerables al agotamiento profesional o burn out61 y puede ser la causa de trastornos sicológicos graves, del abandono de la profesión o del campo de trabajo como de un desmedro de la calidad de atención. Por tanto, se debe considerar la noción de autocuidado en dos niveles: uno referido a la necesidad de que las instituciones protejan los recursos profesionales y, el segundo, a la capacidad de los profesionales de autocuidarse. Esta capacidad necesita también de la ayuda de otros para mantener el compromiso, creatividad y, sobre todo, la competencia para ayudar y proteger profesionalmente a los niños, niñas y adolescentes.
RECURSOS NATERIALES MÍNIMOS • Local adecuado a las necesidades del proyecto: número de oficinas o salas pertinente, baño para el personal y para público accesible a niños, sala de recepción, sala de reuniones y en lo posible patio. • Sala terapéutica habilitada con espejo unidireccional. • Computador con los siguientes requerimientos mínimos: Procesador Pentium, disco duro no inferior a 2 GB, memoria mínimo 32 MB RAM u otro, unidades de disco de 3 ½ pulgada de alta densidad y unidades de CD ROM (opciones de multimedia son necesarias por las características de software actual), impresora, tarjeta fax-modem, conexión con Internet que permita correo electrónico. Sistema operativo Windows 95 o superior, programas Office 2000 con Access incluido. Impresora láser. • Cámara de video. • Grabadora cassette. • Teléfono, fax y correo electrónico.
61 Estado de agotamiento o frustración que aparece como resultado de la devoción a una causa, un estilo de vida o una relación que no produce las consecuencias esperadas.
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ANEXO Nº 1: FASES DE LA INTERVENCIÓN A continuación se describen detalladamente las cinco fases propuestas para la intervención especializada en maltrato infantil grave.
CALIFICACIÓN DE LA SITUACIÓN DE MALTRATO Esta fase se orienta a determinar la existencia del maltrato, tipo, gravedad y el nivel de riesgo para el niño/a o adolescente, para determinar si son usuarios del proyecto y la urgencia de la intervención. La solicitud de ingreso al centro puede ser tanto de tribunales competentes, como de la red local. Sin embargo, esta fase de calificar existencia de daño asociado a la víctimización sexual y/o física es de responsabilidad de los proyectos de reparación. Si existiese la solicitud de calificar la existencia de un posible abuso sexual, el proyecto será responsable de realizar la evaluación correspondiente y emitir el informe que corresponda. Frente a la solicitud de instituciones de ingreso de un caso que ha sido evaluado, el proyecto es responsable de evaluar los antecedentes y realizar las coordinaciones para el ingreso. Aspectos principales a evaluar:
Fundamentación de la sospecha Consiste en reunir la información necesaria para fundamentar la sospecha de maltrato al niño/a o adolescente. En los casos cuya develación cuenta con antecedentes previos en un tribunal, CTD o centro de salud a través de declaraciones, relatos, informes médicos y sicológicos, este aspecto no reviste mayor dificultad y puede realizarse en escaso tiempo. Considerándose oportuno establecer un contacto directo con el niño que ha sido agredido. En cambio, en los casos de abuso sexual donde el niño/a o adolescente no quiere o no puede hablar, fundamentar la sospecha necesita de un proceso de mayor profundidad. En este caso, se deben tomar medidas para proteger al niño/a o adolescente durante el período que dure esta fase62. Para que la información recogida sea adecuada y confiable, es necesario que sea recolectada cuidadosamente, utilizando fuentes secundarias antes de dirigirse a la familia. De acuerdo a las características del caso y el riesgo en que se encuentra el niño/a o adolescente, el equipo debe decidir si es conveniente entrevistarse con la familia en esta etapa. En resumen, la fase de calificación será entendida como un momento de investigación que permita fundamentar la sospecha y determinar el tipo de maltrato al que ha sido expuesto el niño. Es por esto que se deben explorar todas las áreas en las que se pueda manifestar la violencia y acceder a distintas fuentes que pueden aportar antecedentes para aclarar lo ocurrido.
Determinación del tipo y gravedad del maltrato Una vez fundamentada la existencia de maltrato, corresponde determinar la severidad del daño y precisar la existencia e intensidad del daño físico y sicológico. 62 Ver Medidas de Urgencia, anexo N° 2.
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Las consecuencias sicológicas del maltrato, a pesar de no ser fácilmente detectables, están presentes en todos los niños y niñas maltratados y es en esta fase cuando se inicia el proceso de evaluación. Se debe calificar si existe maltrato físico y/o tipología de abuso sexual. Es frecuente que se presente más de una situación abusiva a la vez, por lo cual se debe indagar no sólo acerca del episodio que justificó el ingreso del caso al proyecto, sino sobre el posible historial de malos tratos a los que pudo estar sometido el niño/a o adolescente.
Determinación del riesgo Uno de los aspectos más relevantes de la fase de calificación del maltrato es la determinación del nivel de riesgo en que se encuentra el niño/a o adolescente. La evaluación debe dar cuenta de esta situación, considerando la edad, su visibilidad, el historial de violencia de su familia, contexto en el que se da la develación, presencia o no de adulto con capacidad de empatizar y otorgar credibilidad a lo develado y las características específicas de la situación de violencia. Según los resultados de la calificación realizada, se espera que el caso ingrese al proyecto, o bien sea derivado a otra instancia. Derivación que debe garantizar la atención que el caso requiere, llevando a cabo todas las coordinaciones pertinentes. En ningún caso su demanda de atención puede quedar sin algún tipo de respuesta. La fase concluye con la elaboración de informe de calificación, el que debe ser remitido a profesional abogado de las direcciones regionales del Sename, en el caso de ejecutar el proyecto en regiones; en la Región Metropolitana, los antecedentes deben ser remitidos a los proyectos de intervención jurídica y al coordinador de la Unidad de Intervención Jurídica del Departamento de Protección de Derechos del Servicio, siendo esta instancia quien definirá la interposición de una querella criminal. Finalmente, cuando el caso ya es calificado e ingresa al proyecto, se recomienda establecer un procedimiento que permita contener la demanda de atención, determinando la prioridad en el caso a caso de acuerdo a la disponibilidad del equipo y decidiendo si es necesario adoptar alguna medida inmediata para proteger al niño/a o adolescente. Es el abogado del proyecto especializado quien, en coordinación con su equipo de trabajo, debe recurrir a todas las instancias legales que le permitan proteger los derechos de protección de las víctimas de maltrato grave.
DIAGNÓSTICO SICOLÓGICO, SOCIAL Y LEGAL Ya determinado que el caso corresponde a un usuario/a del proyecto, y sólo una vez que se han tomado las medidas que permitan la protección del niño/a o adolescente, se hace posible iniciar un diagnóstico más profundo del caso. Se espera que en esta fase se evalúen más detalladamente las características familiares del niño/a o adolescente, del contexto y de la situación abusiva. Esta fase tiene como objetivo obtener la información suficiente para una adecuada toma de decisiones y la elaboración de un plan de tratamiento individualizado. La fase de diagnóstico se puede dividir en dos momentos:
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Recolección de Datos Se espera que el equipo recolecte datos para completar la información disponible que permita, a grandes rasgos, contar con: • Evaluación del daño presente en cada uno de los niños/as que fueron expuestos a situaciones de maltrato grave. • Datos de la familia y del niño/a o adolescente en las áreas de estructura y dinámica familiar, escolaridad, situación social y económica, etc. • Historia de la situación de maltrato, incluyendo factores que han influido en la aparición y mantenimiento del maltrato y las consecuencias en el niño/a o adolescente. • Los recursos con que cuenta la familia y su contexto (redes) que pueden apoyar el proceso de intervención. La cantidad y calidad de las redes institucionales y comunitarias a las que tiene acceso la familia. • La situación legal de la familia y los datos de procedimientos judiciales. Las fuentes a las cuales se puede acudir para obtener dicha información son variadas: miembros de la familia (nuclear y extensa), profesionales del sistema de salud, escolar y municipal, jardines infantiles, servicios judiciales, vecinos y amigos de la familia, entre otras. Las herramientas utilizadas para obtener la información también son múltiples, usándose con mayor frecuencia las entrevistas y los registros institucionales (expedientes, denuncias en Carabineros, fichas escolares, fichas sociales, fichas clínicas y otras). Cuando sea necesario, se espera que el período diagnóstico incorpore herramientas orientadas a apoyar emocionalmente a los consultantes, proporcione información y orientación y efectúe derivaciones externas dentro de la red de recursos en que se inserta el proyecto.
Análisis de los datos Una vez recolectados los datos necesarios, se espera que el equipo analice esta información con los siguientes objetivos: • Establecer hipótesis en relación a los factores que pueden estar asociados a la situación de maltrato y su capacidad de modificarse. • Evaluación de las características de la familia y sus interacciones y, en especial, la capacidad de proporcionar apoyo y protección a los niño/as o adolescentes, respetando su condición de sujetos. Así también, es relevante la estimación de la receptividad de la familia y de su capacidad para generar y tolerar cambios. Con esto es posible establecer el pronóstico de las posibilidades de cambio y capacidades protectivas de la familia con el tratamiento. Algunos de los factores relevantes a evaluar son: • Grado de reconocimiento de la situación de maltrato. • Grado de reconocimiento del daño provocado al niño/a o adolescente.
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• Disposición de la familia frente a la intervención. • Calidad de los vínculos afectivos con los hijos. • Presencia de figuras parentales (padre u otros adultos) con capacidades protectoras. La duración promedio de esta etapa es de dos meses.
Elaboración de Informes La confección de informes que den cuenta de la situación del niño/a o adolescente víctima de maltrato grave constitutivo de delito se configura en un medio de prueba que servirá de base para fundar la resolución que en definitiva, el tribunal adoptará respecto al caso. Por esta razón y por la calidad que actualmente tienen los profesionales de los proyectos especializados (testigos para los tribunales y expertos para las fiscalías), están situados en una posición de importante influencia. En este contexto, y aunque el niño/a o adolescente no continúe necesariamente un proceso de intervención reparatoria especializada, los antecedentes que este instrumento puede aportar son cruciales para la resolución del proceso judicial. En este contexto, se espera elaboren anualmente un 7% adicional de informes especializados por sobre los casos ingresados para reparación.
PLAN DE TRATAMIENTO INDIVIDUALIZADO (PTI) Una vez llevada a cabo la fase de diagnóstico, se hace posible delinear el curso de acciones a seguir, definidas de acuerdo a las necesidades específicas de cada caso y a las características de las figuras parentales presentes. Implica definir un plan de tratamiento individualizado para cada caso, estableciendo objetivos, estrategias y actividades desarrollando un proceso de intercambio participativo con los usuarios Se espera que el PTI integre una serie planificada de acciones a realizar, según los objetivos propuestos para cada niño/a o adolescente y sus referentes adultos protectores en un contexto interdisciplinario. En definitiva, se considera que el PTI es la elaboración de un proyecto de cambio del niño/a o adolescente y la familia. El requisito básico para pasar al Plan de Tratamiento Individualizado es la realización acabada del diagnóstico de la situación de maltrato y las variables que en ella intervienen, pero, sobretodo, la evaluación de los recursos y necesidades del niño/a o adolescente y la familia. Esta evaluación permitirá proyectar los cambios posibles de lograr y los tiempos requeridos para ello. Frente a la existencia de un diagnóstico en el cual se evaluó la existencia de una figura protectora, el PTI debe incluir en su diseño una intervención sicológica y social no superior a seis meses. De lo contrario, frente a la ausencia de figura adulta significativa que otorgue credibilidad a la evaluación y sea resistente a la intervención, el PTI podrá incluir en su diseño un tiempo de intervención no superior a doce meses. Para la realización del PTI es absolutamente necesario favorecer la participación de los niños y sus familias. De acuerdo a sus objetivos es posible especificar los resultados esperados caso a caso, factibles de lograr en un tiempo adecuado de duración de la intervención y determinar indicadores correspondientes.
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Entonces, se espera que el PTI sea elaborado por la triada profesional a cargo del caso, para luego realizar un análisis con participación del equipo. Posteriormente, se requiere realizar una devolución inicial y diferenciada al niño/a o adolescente y la familia, con el objetivo de incorporar sus opiniones, expectativas y visiones, los grados de compromiso, etc63. Finalmente, se integran estas apreciaciones, quedando así elaborado el PTI final.
Estructura de presentación del PTI Se sugiere que la estructura de presentación contemple los siguientes aspectos: 1. Identificación y antecedentes: nombre y edad del niño, fecha de elaboración del PTI, profesionales que participan. 2. Diagnóstico: presentación de una síntesis con los aspectos más relevantes (media página), por ejemplo: grado de reconocimiento de la situación de maltrato, grado de reconocimiento y daño en el niño, disposición de la familia y presencia y calidad de personas con capacidades protectoras. 3. Tipo de maltrato: especificación del tipo de maltrato breve y su fundamentación. 4. Hipótesis de trabajo: especificación en términos de formulación hipotética (por tanto, muy breve) de posibles factores o variables que estén provocando (o asociados) a la situación del maltrato y su modificabilidad, en el ámbito de la protección, la resignificación y el fortalecimiento de recursos de interrupción, reparación y vínculos protectores. Definir el tiempo estimado para el tratamiento. 5. Objetivos del tratamiento: especificación de posibilidad de modificar el estado negativo de la situación del maltrato a un estado positivo de bienestar sicosocial-jurídico del niño/a o adolescente, en el ámbito de la protección, la resignificación y el fortalecimiento de recursos. 6. Estrategias: las estrategias disponibles en los ámbitos jurídico, social y sicoterapéutico. Conjuntamente se debe evaluar si se requiere apoyar las intervenciones con la participación y coordinación con redes de apoyo (salud, educación, drogas, etc). 7. Programación de actividades: las acciones a desarrollar se requiere sean elaboradas y ejecutadas según los objetivos del PTI, pues éstos apuntan centralmente al proceso de reparación. Por lo tanto se espera que las actividades conduzcan a cumplir con los objetivos, cuestión que sí permite una valoración de logros cuantitativos (cumplimiento de actividades) y cualitativos de la intervención (proceso de reparación). 8. Responsables y tiempo de tratamiento proyectado: respecto de las acciones sería necesario también especificar dos aspectos importantes, definición de o los responsables de la ejecución y el tiempo que tomará la ejecución de la acción. Se espera que esta fase tenga una duración promedio de una semana.
63 Es necesario señalar que, tal como se menciona en algunos informes de proyectos, existen diferencias en la participación del niño y la familia en la construcción del P.T.I., la que depende, dentro de otras cosas, de variables asociadas tanto con el tipo de maltrato y sus características, como con las características de la familia y del niño. En algunos casos el P.T.I. es co-construido con el niño y la familia, en otros, sólo es informado a ellos, etc.
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TRATAMIENTO En esta fase se llevan a cabo las acciones determinadas en el Plan de Tratamiento Individualizado destinadas al logro de los cambios propuestos. Se describen a continuación algunas de las herramientas para la intervención. Se espera, que éstas se organicen estratégicamente y sean flexibles, es decir, pueden llevarse a cabo en forma simultánea, dependiendo de las características de cada caso y ponerse en marcha en cualquier momento del proceso, respetando los requerimientos técnicos previos que algunas de ellas exigen. El tratamiento tendrá una duración máxima de seis o doce meses, de acuerdo a la existencia o no de motivación presente en adulto responsable del niño/a de participar en el proceso sicoterapéutico.
Apoyo legal Corresponde a la activación de mecanismos judiciales orientados a la protección del niño/a o adolescente, ya sea a través de la vía proteccional o de alguno de los procedimientos destinados a sancionar al agresor que contempla la ley. Tiene como objetivos dejar resuelta la situación legal del niño/a o adolescente, controlar jurídicamente su situación y facilitar el acceso a la red de justicia. El ejercicio de la acción penal es competencia de los abogados del Sename. En torno al apoyo legal, parece interesante destacar que la legislación vigente y los procedimientos judiciales deben considerarse, ante todo, una herramienta más en la labor central de los proyectos: la protección del niño/a o adolescente y la intervención terapéutica de él o ella y su familia. Para este objetivo, los proyectos contarán con una herramienta jurídica especializada: un/a abogado/a, que debe intervenir en los procesos proteccionales, cuando corresponda, aplicando los procedimientos legales que la situación específica demande. Dicho profesional orientará al equipo para la remisión de informes y antecedentes frente a situaciones de maltrato constitutivos de delitos y abstenerse de intervenir como querellante en los procesos criminales que se inicien como consecuencia del maltrato o abuso. Sólo intervendrá en los procesos proteccionales y/o civiles que se inicien con dos objetivos centrales: • Agotar las herramientas jurídicas para garantizar la interrupción de los actos de maltrato hacia el niño/a o adolescente. • Contribuir a que se adopten aquellas medidas de protección que el proyecto estime las más adecuadas para el niño/a o adolescente y su familia durante toda la intervención, lo que incluye la posibilidad de modificación de aquellas medidas provisorias adoptadas inicialmente. Sin perjuicio de lo anterior, la razón de fondo es que el mismo establecimiento que pretender intervenir con la familia del niño/a o adolescente víctima no puede ser, además, quien postule la imposición de medidas punitivas por la vía criminal en contra del agresor. Por otra parte, se pueden producir dificultades importantes para que los juzgados puedan valorar como medios probatorios las sugerencias y los informes orientados a confirmar el maltrato emanados del proyecto de atención, aún cuando la apreciación de la prueba se efectúe según las reglas de la sana crítica.
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Por ello, los proyectos cuentan con Sename para ejercer esta acción, pues el Servicio Nacional de Menores dispone de abogados en todas las direcciones regionales del país, con el objetivo de asumir la presentación de querellas en casos de maltrato infantil constitutivos de delito. Dado lo anterior, resulta fundamental la permanente y efectiva coordinación entre lo/as abogados/as de los proyectos y el/la abogado/a de la dirección regional de Sename, de los proyectos de intervención jurídica o de la Unidad de Intervención Jurídica de Deprode (Sename), para efectuar análisis y seguimiento de cada caso. Así, deberá estar permanentemente informado de la evolución del juicio criminal y de las resoluciones que en él se adopten y que puedan incidir en el proceso terapéutico, como por ejemplo, que el agresor obtenga su libertad. Por lo tanto, debe coordinarse con los/as abogados/as de Sename con el propósito de realizar seguimiento a las resoluciones judiciales adoptadas por juez del crimen competente o fiscales, en resguardo del derecho de protección. Las familias afectadas por el maltrato infantil suelen presentar dificultades y debilidades protectivas, situación que debe ser resuelta por abogado del centro, en caso contrario éste deberá derivar a red de apoyo legal a la familia. En consecuencia, la labor del abogado se complementaría a las decisiones que el equipo de intervención adopte en cada caso particular. Por lo tanto, la intervención legal debe estar incorporada al proceso reparatorio diseñado en el PTI.
Apoyo social El apoyo social está orientado principalmente a que la familia pueda acceder rápida y oportunamente a los recursos institucionales y comunitarios para satisfacer sus necesidades y mejorar su bienestar y, principalmente, del niño/a o adolescente. Conjuntamente, es competencia de esta disciplina incorporar elementos culturales, históricos presentes en cada familia y que han “contribuido” tanto a instalar la violencia, como en las dificultades para interrumpirla. Para estos efectos se pueden utilizar: • Servicios Sociales a los cuales tiene acceso el niño/a o adolescente y su familia. • Práctica de redes, que se orienta principalmente a facilitar el acceso de la familia y el niño/a o adolescente a los recursos institucionales, para responder a las diversas necesidades que presentan. Esto implica llevar a cabo funciones tradicionales del apoyo social (informes sociales, evaluación socioeconómica, visitas domiciliarias, etc) y la responsabilidad de mantener información actualizada acerca de la red Intersectorial a la que es posible acceder, asegurarse que los casos reciban respuestas adecuadas en estos servicios y llevar a cabo un registro y seguimiento de las derivaciones efectuadas por la vía de la coordinación. • La intervención en red, que consiste en la intervención con la red familiar y comunitaria del niño/a o adolescente, con el propósito de desarrollarla operativamente en función de sus problemas y necesidades sociales, de reconstruirla o sustituirla en caso de disfuncionamiento y de construirla cuando no existe, logrando una red que entrega recursos sociales y materiales a la familia para el cuidado y protección de sus hijos.
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• La intervención en protección, que consiste en la intervención conjunta entre profesionales a cargo del caso, orientada a resguardar permanentemente los derechos de protección de los niños/as atendidos. Los profesionales son los catalizadores que preparan, aceleran y orquestan el trabajo de la red, pero es ésta la que asume de manera autónoma los problemas, movilizándose para establecer las bases de un apoyo socio-afectivo y organizacional durante y después de la crisis.
Apoyo sicológico El apoyo sicológico al niño/a y a las familias está presente durante toda la intervención, el que debe ser considerado en todos los casos, se requiera o no de medidas de protección inmediatas y puede llevarse a cabo con diferentes herramientas, como las siguientes: Intervención en crisis Desde los primeros contactos con el niño/a o adolescente y su familia el equipo debe poner en marcha herramientas para intervenir en la crisis familiar que ha desencadenado el maltrato o que se ha producido luego del conocimiento público de éste. La crisis se define como una situación transitoria que sobrepasa la capacidad de resolver problemas del individuo o grupo y requiere que quienes la sufren cambien sus modos habituales de enfrentamiento a los problemas para superarla. Las crisis generan una oportunidad de cambio en las familias que hace que éstas se tornen más vulnerables y, por lo tanto, sensibles a las influencias para orientar el cambio en un sentido positivo. El sicólogo a cargo de cada caso es quien debe utilizar sus herramientas clínicas que permitan evaluar la funcionalidad de la crisis para reevaluar estrategias de abordaje a seguir. En esta fase y situación se requiere fortalecer un contexto de protección que permita que las víctimas no se perciban o sean expuestas a nuevas situaciones de vulneración y/o de traumatización. El abordaje clínico que se realice de la situación de crisis permitirá reforzar o modificar el encuadre terapéutico que fue definido al momento de comunicar el plan de tratamiento al niño como a su familia. Por tanto, este accionar debe contar con la flexibilidad necesaria que facilite la incorporación de nuevos agentes de cambio y/o redefina el plan de tratamiento. A continuación se resume en un cuadro64 con los puntos centrales de la intervención en crisis: INTERVENCIÓN EN CRISIS
Duración Operadores Sociales Lugar Objetivos
Intervención de Primer Orden: Primera Ayuda
Intervención de Segundo Orden: Apoyo en Crisis
Minutos a horas Padres, policía, educadores, abogados, médicos, enfermeras, trabajadores sociales, monitores, etc. Ambientes comunitarios: Casa, escuelas, trabajos, servicios de urgencias, etc.
Semanas a Meses Terapeutas, sicólogos, siquiatras, trabajadores sociales, enfermeras, monitores, etc. Servicios asistenciales, centros de salud mental, centros cumunitarios, iglesias, etc.
Restablecimiento de la capacidad de enfrentamiento: apoyo, reducir riesgo de muerte, vincular recursos de ayuda, entre otros.
Resolución de crisis: enfretamiento del suceso de crisis, integración del suceso a la estructura de vida.
64 Arón, A (2001) “Violencia en la Familia, Programa de Intervención en Red: La Experiencia de San Bernardo. Editorial Galdoc. Cuadro extraído del capítulo Modelos de Abordaje de la Violencia Intrafamiliar.
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Sicoterapia La sicoterapia, individual familiar o grupal es un proceso relacional. Es un encuentro en el cual el terapeuta establece una relación basada en el reconocimiento de las necesidades de los niños, niñas o adolescentes, donde priman el respeto y la validación del niño como persona. Didácticamente, es posible diferenciar entre los procesos terapéuticos destinados al trabajo con el niño/a o adolescente individualmente y a la familia. En relación con el niño/a o adolescente, es posible trabajar con niveles altos de profundidad tendientes a la reparación del daño, es decir, la superación de las consecuencias generadas por la situación abusiva y la resignificación de la experiencia, así como el aumento o mejoramiento de los recursos del mismo niño/a o adolescente para enfrentar situaciones en su vida. En la familia, de acuerdo a las características de las figuras protectoras presentes en ella y a los objetivos planteados para la intervención de cada caso en particular, es posible profundizar en diferentes grados en la intervención sicoterapéutica. Así, en este plano es posible diferenciar tres niveles: • El primero busca disminuir los niveles de angustia y los sentimientos de desestructuración e incertidumbre generados por la crisis que experimenta la familia, fortaleciendo los recursos de ésta para superar la situación de intenso estrés vital o los eventos traumáticos que están pasando, tendiendo a reorganizar la experiencia. Busca también evitar la negación del maltrato y la culpabilización del niño/a o adolescente, es decir, el desarrollo de mecanismos nocivos de enfrentamiento de la situación de abuso. El rol del terapeuta especializado es básicamente directivo y se espera privilegie su ubicación en un rol de guía positiva y acogida. En este sentido, los objetivos terapéuticos son focalizados a corto plazo y en tiempos definidos. • El segundo busca reforzar los recursos de las personas y los aspectos positivos de la relación con el niño/a o adolescente. Tiende, por lo tanto, a potenciar los vínculos afectivos y las capacidades protectoras de las figuras parentales positivas. • El tercero es el cuestionamiento de las prácticas abusivas, de facilitar nuevas comprensiones y, por lo tanto, de generar cambios en el patrón de relaciones que ha sustentado la vulneración de los derechos del niño/a o adolescente. Se requiere que este proceso sea llevado a cabo por profesionales con formación en terapia y que participen en procesos permanentes de capacitación en la atención en maltrato infantil (supervisiones permanentes, procesos formativos, etc). Por sus características, se requiere de un tiempo u oportunidad adecuados, en el sentido de que no debe activarse en momentos de crisis emocionales intensas y precisa la estabilización relativa de la situación de maltrato (interrupción del maltrato, protección del niño/a o adolescente, disminución de la violencia en las relaciones en general). Así también, se necesita de un encuadre capaz de contener y orientar los procesos que se generan, en términos de tiempo disponible para la intervención, la frecuencia de las sesiones, la realización de un contrato terapéutico, privacidad y otras condiciones definidas por los profesionales.
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Terapia de Grupo El trabajo grupal es una estrategia privilegiada de intervención ya que posee una serie de ventanas como: • • • •
Permite aminorar la estigmatización. Mejora las relaciones interpersonales disminuyendo al aislamiento social. Proporciona un espacio protegido para explorar el evento traumático. Permite aumentar la cobertura y aminorar costos.
Se espera que los proyectos diseñen este tipo de intervenciones dadas las considerables ventajas, pero es necesario señalar que la participación en experiencias de sicoterapia grupal no es recomendable para todos los casos y ante cualquier situación abusiva. Al respecto es preciso indicar que se requiere evaluar la capacidad de cada niño/a o adolescente para participar en una estrategia grupal, considerando la tipología de maltrato y el daño que presenta. Conjuntamente se ha visto que este tipo de trabajo grupal desarrollado y orientado a las figuras protectoras es altamente positivo y pudiera permitir establecer una red de apoyo y solidaridad entre los miembros que la conforman.
EGRESO Y SEGUIMIENTO Esta fase es considerada como un proceso de progresiva autonomía del niño/a y la familia. El egreso corresponde al momento en que concluye la fase de tratamiento, ya sea porque se han logrado los objetivos mínimos de la intervención, pues existen las condiciones básicas para que el niño/a o adolescente y su figura protectora desarrollen su vida en un contexto protector y, por lo mismo, se han superado las causales de ingreso, o bien, porque la intervención ha sido interrumpida por parte del niño/a o adolescente y su familia por diversos motivos. Con respecto a la interrupción del proceso de intervención, ésta debe ser informada a los tribunales competentes y debe analizarse cada caso en particular para resguardar los derechos de protección de las víctimas. Frente a la evaluación de situación real de amenaza o vulneración de un niño/a que haya desertado del proceso, es deber y competencia de profesionales asistentes sociales y abogados remitir los antecedentes pertinentes a tribunales de menores competentes para cautelar el resguardo de sus derechos. Frente a casos que desertan del tratamiento, es responsabilidad del proyecto realizar la evaluación que permita conocer lo siguiente: • • • • • • • •
Las características y evaluaciones realizadas del niño. Tipo de maltrato y daño ocasionado. Tipología familiar, características de ésta. Factores asociados a la ocurrencia y mantención del maltrato. Hipótesis de la resistencia al trabajo reparatorio. Existencia o no de condiciones de seguridad para el niño. Interrupción o no de dinámica de maltrato. Pronóstico de cada caso.
La evaluación y el pronóstico debe ser emitida al juez competente, de modo que éste evalúe la pertinencia o no de mantener un control social a favor de la seguridad del niño. Por lo tanto, existen diversas situaciones
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por las cuales egresa el niño/a o adolescente desde el centro, pero ninguna de ellas implica que el proyecto ha terminado con su responsabilidad en la intervención, pues existe la necesidad de contar con alguna medida judicial que cautele sus derechos de protección. El seguimiento corresponde al proceso de evaluación de la estabilidad de los cambios logrados con la intervención realizada con el niño/a o adolescente y su familia posterior al egreso. Se trata de valorar las consecuencias de la intervención en el corto y mediano plazo en el contexto social habitual de los beneficiarios, cuando éstos han dejado de estar bajo la influencia, control e intervención sistemática del proyecto. Debido a las características de usuario/a, a lo dinámico y complejo del problema que los afecta, los casos que egresen de tratamiento deben contar con un período de seguimiento, el cual se estima que debe realizarse tres meses después del egreso, por lo tanto se espera sea incluido en la planificación de funcionamiento del centro. Las características del seguimiento variarán de acuerdo a las condiciones particulares del egreso en cada caso, por lo tanto su realización requerirá de una planificación específica que incluya objetivos, recursos, acciones y compromiso distintos de los miembros del equipo. Esta planificación contendrá el proceso de egreso y temporalmente se requiere que comience antes que termine el tratamiento. Así, un caso que egresa con los objetivos de reparación mínimos logrados, implicará al centro medidas de seguimiento diferentes a un caso que egresa por deserción.
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ANEXO Nº 2: MEDIDAS DE URGENCIA La necesidad de proteger al niño/a o adolescente exige de quienes intervienen realizar permanentemente acciones destinadas a interrumpir la situación de maltrato. Este proceso cruza transversalmente la intervención, ya que en cualquier momento puede ser necesario adoptar medidas de urgencia, las cuales se espera sean evaluadas y modificadas conforme al curso que va adquiriendo la intervención con el niño/a o adolescente y su familia, lo que les da un carácter de transitoriedad. De esta forma es probable que ciertas instituciones hayan tomado medidas de urgencias destinadas a la protección del niño/a o adolescente con anterioridad a la derivación al proyecto. Sin embargo, la responsabilidad de evaluar las medidas adoptadas y de reformularlas es de competencia del equipo del proyecto de reparación, ya que en éste se centra la intervención y disponen de los recursos para ello. Es importante adoptar las medidas de protección cuando correspondan, utilizando la internación como último recurso. Al respecto, es conveniente tomar en cuenta las siguientes consideraciones: • Toda intervención en maltrato infantil grave valorará aquellas medidas que garanticen la interrupción del maltrato y protección del niño/a o adolescente y que, en lo posible, no impliquen la separación de su familia y que permitan la posibilidad de interrumpir la dinámica relacional abusiva con el agresor • Si en el caso concreto se estima que la medida adoptada no garantiza la interrupción y protección de los actos de maltrato que puede cometer el agresor y si no es posible asegurar la separación del ofensor, entonces se recurrirá a medidas que impliquen la salida transitoria del niño/a o adolescente de su grupo familiar de origen. Con el objetivo de que dichas medidas sean lo menos dolorosas, se privilegiará la familia extensa (tíos, abuelos, padrinos, etc.) y aquellas alternativas que tengan cercanía afectiva como amigos y vecinos, entre otros65. • Sólo si no es posible contar con la ayuda de familiares o amigos cercanos se recurrirá a una solicitud de medida de internación en algún hogar o familia de acogida. Por estas razones, se requiere que los proyectos cuenten con la capacidad de diseñar los mecanismos que permitan contar con instancias donde puede residir el niño/a o adolescente cuando sea estrictamente necesario separarlo de su familia. Las medidas de internación sólo pueden ser llevadas a cabo con intervención judicial. Es importante tener claro que, si bien las medidas judiciales pueden tomar un camino autónomo que escape al control directo del equipo, tiene la característica de que adoptan un carácter obligatorio.
65 Siempre y cuando se acompañen de una aprobación desde tribunales.
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ANEXO Nº 3: CATEGORÍAS E INDICADORES Objetivos marco
Protección
Resignificación
Recursos
Protección
Interrupción.
Reconocimiento de la situación de maltrato.
Condiciones seguras para el niño.
Resignificación
Restitución de derechos.
Superación de las secuelas sicoafectivas.
Reelaboración.
Recursos
Apoyo social.
Aprendizaje.
Vínculo(s) protector(es) significativo(s).
Lo que a continuación se detalla representa algunas alternativas posibles, provenientes de los informes de los proyectos y reflexiones posteriores, para la aplicación de los indicadores de cada categoría.
Protección La protección se entiende como la confluencia y logro de: • Interrupción del maltrato. • Reconocimiento de la situación de maltrato. • Condiciones seguras para el niño/a o adolescente. Pero también la restitución de derechos y el apoyo social juegan un rol importante en la protección intencionada. Interrupción del maltrato Primero se requiere la interrupción real y material del maltrato grave. La interrupción de la violencia grave y crónica debería constituirse en una condición para la terapia. El indicador para la categoría Interrupción es la ausencia de nuevas agresiones, sean éstas físicas y/o sicológicas. Reconocimiento de la situación de maltrato Implica la no responsabilización y culpabilización del niño por el maltrato ejercido o experimentado. Esta dimensión incluye el despertar de la necesidad de ayuda en la víctima y en el/los vínculo(s) significativo(s) existentes. No cabe duda que este elemento proteccional se puede adscribir al objetivo marco relacionado con la resignificación. Los indicadores para la categoría reconocimiento de la situación de maltrato son la expresividad de la experiencia vivida66 y el reconocimiento de la necesidad de ayuda67. Condiciones seguras para el niño/a o adolescente Para lograr una detención sostenida se requiere de la presencia de una o varias personas protectoras con un vínculo significativo para el niño y la (re)articulación de una red social que disminuya la invisibilidad social del niño y su(s) vínculo(s) significativo(s). En muchos casos se requiere de garantías judiciales de índole 66 En los informes se refieren a este indicador en los siguientes términos: Expresión verbal y gestual de experiencias personales a terceros; etc. 67 Los informes se refieren a este indicador en los siguientes términos: Cambio en la visión del problema, motivo de ingreso, con indicaciones precisas y exactas del tema de solicitud de intervención. Capacidad de acotamiento del problema. Fundamentación del ingreso al centro en la necesidad de ayuda por el maltrato y/o abuso sufrido; etc.
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proteccional a favor del niño, o penal, asegurando una separación del agresor de la víctima y un acceso real del niño a la justicia. Los indicadores para esta categoría son: existencia de adulto protector del niño68 y presencia de medidas judiciales que garantizan protección del niño69. La realización de una protección real para el niño se expresa en una restitución de derechos vulnerados por el maltrato.
Resignificación La resignificación incluye: • Restitución de derechos. • Superación de las secuelas sicoafectivas. • Reelaboración. Además del reconocimiento de la situación de maltrato y el aprendizaje. Restitución de derechos La restitución de los derechos vulnerados no solamente es una expresión o materialización de la protección, sino, además, representa una dimensión de la resignificación. La expresión por parte del niño de la necesidad de “que se reconoce públicamente la vulneración de derechos” y “que se le haga justicia”, requiere un rompimiento con la justificación de lo ocurrido, hasta un reconocimiento del hecho como maltrato y su entendimiento como “delito”. En esta categoría se incluye el derecho a una reparación del daño físico y sicológico sufrido. Los indicadores para esta categoría son reconocimiento por personas o instancias significativas de los derechos gravemente vulnerados70 y superación de las secuelas físicas. Superación de las secuelas sicoafectivas El niño asimila y se acomoda a la experiencia vivida, utilizando esquemas cognitivos, conductuales y sicosociales que delimitan su desarrollo integral y bienestar. El concepto “reparación” – sin delimitarse a ello - alude a “daño”. Con la superación de las secuelas sicoafectivas se refiere a la reparación del daño causado en su expresión más estricta.
68 Los informes se refieren al indicador como la expresión y fundamentación, por parte del niño, de que se siente seguro con quien vive; y en cuanto al vínculo significativo protector: credibilidad a la víctima; reconocimiento de las consecuencias del maltrato para el niño; etc. 69 Los informes hacen referencia a este indicador en los siguientes términos: existencia de medidas de protección que garanticen la concurrencia de vínculo significativo al centro; existencia de medidas de protección a favor del niño; ausencia de contacto entre el abusador y el niño; etc. 70 Los informes se refieren a este indicador en los siguientes términos: reporte verbal de que se hizo justicia, refieriéndose a un reconocimiento satisfactorio (reparador) del reconocimiento del proceso de victimización sufrido (por parte del niño, figuras significativas y/o sistema judicial); expresión de la necesidad de recompensar daño causado/delito cometido; (re)inserción escolar adecuada, etc.
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Los indicadores para esta son disminución o superación de trastornos conductuales, de aprendizaje71, sintomatologia emocional, etc. y superación de mecanismos de defensa inadecuados72.
Reelaboración Más allá de la mera superación de las secuelas del maltrato, se requiere una reelaboración de lo sufrido. El niño o la niña se debe desculpabilizar, comprendiendo lo ocurrido en un marco adecuado de valores y significados. Así, se postula la reparación como un proceso de aprendizaje, entendido como un curso progresivo de esfuerzos con ayuda, respetando el ritmo del beneficiario y la modificabilidad potencial (zona de desarrollo próximo, relacionado con la capacidad de aprovechar de la ayuda de otro) y con miras hacia la cristalización o perpetuación de lo aprendido para su aprovechamiento posterior. Aparte de “curar” las consecuencias negativas del maltrato, se requiere aprender aptitudes, actitudes y capacidades para evitarlas y enfrentarlas, posterior a su egreso, sin la ayuda del proyecto. El aprendizaje no es solamente parte del proceso de resignificar, sino constituye un recurso para el niño y su vínculo significativo. Los indicadores para esta categoría son comprensión de la dinámica del maltrato, relato de lo ocurrido con un discurso asertivo, coherente a la expresión emocional y gestual, y superación de la culpa. En los informes se refiere al indicador “comprensión de la dinámica del maltrato” en los siguientes términos: • Comprensión de la manipulación del abusador. • Diferencia roles, jerarquías y funciones (atribuciones) dentro de la familia (padre, madre, hijo) y en el ambiente extrafamiliar (profesores, vecinos, tíos, abuelos, etc.), reconocimiento de factores que han intervenido en el maltrato. • Expresión verbal que refleje comprensión y conocimiento sobre lo que es el maltrato y quienes lo ejercen • Indicación adecuada del maltrato sufrido (violación, abuso, maltrato) y a las personas involucradas (agresor, víctima). • Superación de trastornos del vínculo, etc. En cuanto al indicador “relato de lo ocurrido con un discurso asertivo, coherente a la expresión emocional y gestual”, se refiere a la comunicación adecuada de lo ocurrido con otros. En los informes se refiere al indicador “superación de la culpa” en los siguientes términos: • • • • • •
Reconocerse víctima (niño). Asignación adecuada de responsabilidades. Reconocimiento al agresor (identificación) y su responsabilidad. Eliminación de la justificación del abuso y/o agresor (niño y vínculo significativo). Reconocimiento de la responsabilidad propia como adulto protector. Reconocimiento al niño como víctima (desculpabilización del niño); etc.
71 En los informes se refiere a este indicador en los siguientes términos: disminución de comportamientos erotizados y/o violentos; superación o desaparición de alteraciones propias del maltrato como enuresis, encopresis, alteraciones del sueño, del apetito, alteraciones psicosomáticas, etc. 72 En los informes se refiere al indicador en los siguientes términos: superación de disociación y asociación inadecuada ideoafectiva; aceptación por parte del niño, de los sentimientos experimentados ante el abuso; relaciona los síntomas psicosociales con maltrato; expresión verbal del niño que denote la relación existente entre sus síntomas físicos, psicológicos y relacionales, con su situación de maltrato; etc.
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Recursos Finalmente, el objetivo marco relacionado con los recursos abarca: • Apoyo social. • Aprendizaje. • Vínculo(s) significativo(s). Igualmente se relacionan condiciones seguras para el niño y con la superación de la culpa. Se emplea el concepto recursos en su sentido amplio, refiriéndose a recursos del medio mediato (la justicia, instituciones y comunidad) e inmediato (vínculos significativos), además de potencialidades propias generadas por el proceso terapéutico. Apoyo social A través del trabajo comunitario se pretende promover en las instituciones cercanas al niño y su(s) vínculo(s) significativo(s) una mayor accesibilidad. Además, se busca mejorar la visibilidad del niño y su familia, promoviendo la participación comunitaria en congruencia con las características de la familia. Los indicadores para esta categoría son disponibilidad de recursos protectores73 y participación comunitaria74. Aprendizaje Como anteriormente se ha mencionado, se espera que el niño y referentes protectores desarrollen recursos permanentes para enfrentar posibles situaciones de amenaza similares, futuras, a partir de lo aprendido durante el tratamiento en su sentido amplio. Los indicadores para esta categoría son autovaloración75, capacidad autoprotectora76 y mejoramiento y aumento de relaciones interpersonales77. Vínculo(s) protector(es) significativo(s) Por último, el fortalecimiento de los vínculos significativos no se reduce a asegurar su existencia. Para que sea realmente un recurso para el niño, dichos vínculos significativos deben desarrollar algunas cualidades protectoras específicas orientadas a resguardar el derecho de un niño/a o adolescente a ser protegido y a contar con las condiciones que favorezcan el ejercicio pleno de sus derechos.
73 Los informes se refieren a este indicador en los siguientes términos: existencia de circuitos de atención accesibles al niño y su(s) vínculo(s) protector(es); etc. 74 Los informes se refieren a este indicador en los siguientes términos: integración del niño y de su familia en su entorno comunitario, o sea, participación en organismos infanto-juveniles, encuentros con amigos-vecinos en el sector, etc. 75 Los informes se refieren a este indicador en los siguientes términos: reconocimiento de características y capacidades propias positivas; expresión de mociones verbal y corporalmente, acorde a su edad; etc. 76 Los informes se refieren a este indicador en los siguientes términos: identificación de situaciones de violencia al interior de su familia y en general; evita situaciones que puedan resultar en abusos; pide ayuda y aprovecha recursos. Implica el reconocimiento de personas e instancias a quien dirigirse en caso de necesidades concretas; etc. 77 En los informes se refieren a este indicador en los siguientes términos: establecimiento de relaciones físicas y afectivas con otros, acorde a su edad; incremento de relaciones interpersonales; etc.
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Los indicadores para esta categoría son capacidad protectora78 y manejo de situaciones de riesgo79. Los logros deben ser evaluados en una fase intermedia del tratamiento y al finalizar éste (evaluación durante el tratamiento y post-tratamiento). Un aspecto importante a considerar es la mantención de los cambios en el tiempo, por lo cual los logros deben evaluarse también a través de un proceso de seguimiento llevado a cabo después del egreso (se sugiere tres meses). Por último, es necesario considerar que, de acuerdo a la experiencia nacional e internacional, los logros en los proyectos de reparación del maltrato infantil grave suelen ser moderados, debido a la complejidad del fenómeno y la presencia de múltiples factores. Por tal motivo, el proyecto no debe definir estándares absolutos de logros, sino que buscar un mejoramiento continuo a través del tiempo, teniendo como referencia sus niveles iniciales, a la vez que busca el perfeccionamiento de la metodología y la calidad técnica de la intervención. Satisfacción de los usuarios/as Al respecto, es necesario considerar que algunas de las medidas aplicadas, especialmente las de carácter obligatorio, pueden no ser aprobadas por los beneficiarios, lo cual no las invalida, pero sí es necesario que sea consignado para realizar mejoras que faciliten su receptividad. Para evaluar estos aspectos pueden utilizarse cuestionarios de satisfacción, libros de reclamos e instrumentos de naturaleza cualitativa (grupos de discusión, entrevistas en profundidad y otras). La evaluación de la satisfacción de los niños respecto a la atención, es un ámbito prácticamente inexplorado, exigiendo mayor creatividad del equipo en el diseño de estrategias lúdicas o verbales, adaptadas a su etapa de desarrollo.
78 Los informes se refieren a este indicador en los siguientes términos: el vínculo significativo pide ayuda y aprovecha recursos, lo cual implica el reconocimiento de personas e instancias a quien dirigirse en caso de necesidades concretas; expresiones de claridad en el rol de protección; observación de situaciones concretas o expresiones acerca de “obligaciones” y tendencias a preferir la seguridad del niño; etc. 79 En los informes se refieren a este indicador en los siguientes términos: manejo de estrategias no-violentas de resolución de conflictos; reconoce situaciones peligrosas para el niño y actuar frente a ellas; etc.
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ANEXO Nº 4: ASPECTOS A EVALUAR EN LAS FASES DE INTERVENCIÓN FASE DE INGRESO Esta fase tiene como objetivos: • Verificar el cumplimiento de criterios de ingreso para los casos que soliciten atención. • Contener la demanda de atención hasta el momento en que el centro tenga la disponibilidad para atenderlos, traspasándolas a la etapa de diagnóstico.
De acuerdo a los objetivos, los aspectos a evaluar serían: a. Atingencia de la derivación, considerando los criterios de inclusión: tipo y severidad del maltrato (abuso sexual y/o maltrato físico grave), residencia en área territorial de cobertura del proyecto y edad de las víctimas (menores de 18 años). El proceso de calificación es responsabilidad del proyecto y frente a casos en los cuales no se cuenta con evaluaciones anteriores, es el proyecto quien debe definir si existe maltrato grave por medio de la evaluación directa de niño/a o adolescente que lo requiera. b. Coordinación permanente con red de derivación para mantener la atención y evaluación de las necesidades de cuidado que un caso requiere, mientras cuente con vacante de ingreso al proyecto. c. Realización de entrevistas de recepción para completar los datos de ingreso. d. Uso de criterios de priorización de los casos, de acuerdo al riesgo que implican para organizar la atención. Priorización dada por tipología de maltrato para ser ingresado a fase de diagnóstico, sin debilitar medidas de urgencia en los otros.
FASE DE DIAGNÓSTICO Subfase de recolección de información Los objetivos de esta subfase son los siguientes: a. Completar y reevaluar la información. Debe indagarse también sobre el curso de las medidas para interrumpir el maltrato, tomadas con anterioridad al ingreso al proyecto. b. Obtener la información suficiente para una adecuada toma de decisiones y la elaboración del plan de tratamiento individualizado. c. Evaluación profunda del niño que permita diagnosticar daño emocional asociado a la(s) experiencia(s) traumática(s). d. Evaluación profunda del contexto familiar en el que se dio la develación, evaluación del impacto familiar asociado a la develación, presencia o no de credibilidad hacia lo indicado por el niño o niña, visión del adulto en torno a motivación a participar en proceso de reparación y conocimiento de historia de violencia familiar, entre otras.
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La información obtenida debe consignarse en registros primarios (ficha clínica) y secundarios (datos agregados). Para esto último deben seleccionarse algunas variables de especial interés para la investigación operativa y la evaluación de la atención en el centro, contenidas en la base de datos. Algunos de los aspectos posibles de evaluar respecto a esta fase son los siguientes: a. Nivel de completación de la información y uso de fuentes secundarias (profesores, médicos, etc). b. Accesibilidad de las fichas y legibilidad de la información para el conjunto de los profesionales. Protección frente a manipulación de fichas por personas ajenas al centro. c. Planificación y oportunidad de la explicación a la familia respecto de los datos referentes al maltrato, considerando eventos críticos como el aumento de amenaza para el niño, en forma posterior a un mal manejo de la información. d. Información a los usuarios, incluyendo al niño, de los criterios de manejo de la información, considerando las circunstancias en que se puede romper la confidencialidad (reuniones de equipo, situaciones de riesgo, instancias judiciales, etc.). e. Remitir informe de calificación al Departamento Jurídico del Sename. Compatibilización de la necesidad de recabar la información suficiente para determinar planes de tratamiento adecuados, con el requerimiento de actuar en forma oportuna para minimizar el riesgo sufrido por el niño.
FASE PLAN DE TRATAMIENTO INDIVIDUALIZADO La elaboración de un plan de tratamiento del maltrato infantil pone en juego un proceso de decisión llevado a cabo en contextos complejos, caracterizados por el peligro y por la significación que suelen tener para el niño los involucrados. A partir de ello, se recomienda evaluar:
Contemplación del riesgo en la toma de decisiones a. La prioridad asignada a la interrupción de maltrato y la disminución del riesgo para el niño y objetivo de cualquier intervención. b. Selección de medidas que impliquen el menor riesgo posible para el niño y la adscripción de un carácter provisorio, susceptible de re-evaluación y modificación. c. Consideración de acciones que disminuyan el riesgo de las medidas seleccionadas y la oportunidad de tales decisiones.
Toma de decisiones adecuada a contexto complejos La complejidad del contexto está dada por la participación de variados actores, tanto en la generación como en el tratamiento del maltrato, considerando los miembros de la familia, personas del entorno social, profesionales, distintos organismos y sectores, etc. Por otra parte, las familias suelen tener dificultades múltiples y presentar características específicas que hacen difícil la estandarización de los procedimientos. De acuerdo a lo anterior, el equipo puede evaluar el cumplimiento de los siguientes aspectos: a. Determinación de un plan de intervención individualizado, flexible para cada caso.
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b. La participación en la toma de decisiones del asistente social, sicólogo y abogado a cargo del caso. c. La realización de coordinaciones institucionales atingentes, para cubrir las necesidades de atención y servicios con que el proyecto no cuenta. d. La determinación de un pronóstico de las posibilidades de cambio de las figuras parentales al interior de la familia (padre u otros adultos que cumplen esos roles), para determinar objetivos alcanzables y estrategias de intervención adecuados a las necesidades del proyecto.
Toma de decisiones en contextos significativos Una parte importante del maltrato sufrido por los niños/as se produce en el contexto familiar o en las redes cercanas de socialización del niño, las cuales son, por definición, ámbitos significativos en su experiencia, afectividad y desarrollo físico y sicosocial. En este sentido, se espera que los equipos sean capaces de compatibilizar la protección del niño o la niña frente a la vulneración de sus derechos, con la necesidad de respetar esos vínculos, privilegiando intervenciones que tiendan a favorecer las potencialidades que ellos tienen, evitando la acción externa irruptiva o desestructurante. Así también, se requiere que los equipos favorezcan la participación y el compromiso de la familia, en la medida de lo posible y de acuerdo a las características de éstas. De acuerdo a lo anterior, uno de los criterios que pueden evaluarse es la determinación de medidas de interrupción del maltrato de acuerdo a la siguiente priorización: • Medidas terapéuticas o de control externo sobre la familia. • Salida del agresor del hogar. • Ubicación del niño o niña con personas afectivamente cercanas (otros familiares, vecinos, etc). • Ubicación del niño o niña en sistemas de colocación familiar transitoria. • Internación.
FASE DE TRATAMIENTO A partir de la determinación del plan de tratamiento individualizado, debe evaluarse el desarrollo de las acciones de él derivadas. Respecto a este punto, puede ser interesante evaluar los siguientes aspectos: a. Cumplimiento de las acciones determinadas en el plan de tratamiento. b. Utilización efectiva de los criterios para las medidas de interrupción del maltrato, de derivación y de inclusión en las actividades terapéuticas, definidos anteriormente. c. Evaluación permanente de la atingencia de las medidas seleccionadas y la flexibilidad para adaptarse a nuevas circunstancias. d. Incorporación y efectividad de procedimientos de intervención en situaciones de urgencia. e. Apoyo mutuo al interior del equipo, referentes a la contención emocional y la supervisión clínica interna. f. Efectividad de la coordinación intersectorial caso a caso y la incorporación de procedimientos que la facilitan.
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ANEXO Nº 5: LA REPARACIÓN80 Elementos básicos para su definición El proceso de reparación incorpora elementos, entre los que se consideran los siguientes:
Resolución del daño Una condición básica es abordar la “cura” del daño físico y sicosocial. Esta situación se refiere, básicamente, a la idea de sanar lo dañado, como un nivel básico de reparación.
Proceso de cambio El proceso de reparación tiene que ver con la potencialización de cambios que permitan la superación de un estado negativo en los usuarios. En tal sentido, se pueden mencionar como objetos de cambio el estilo o modelo de relaciones, en especial la superación de actos que ocasionan daño a los niños(as) desde la posición de poder de los adultos, deslegitimando el uso de estos comportamientos en la convivencia. Además, se considera la conexión de la vida cotidiana del niño/a con instituciones (escuela, consultorio, iglesia) y con otros adultos que potencien las capacidades de protección de su familia (familia extensa). La reconstrucción y fortalecimiento de vínculos protectores, presentados como tercer objetivo marco de la intervención, se transforma en instrumental para la reparación. La idea fundamental es la de situar al niño/a y adultos significativos en una posición de protagonistas con una participación activa en el proceso de reparación. Es decir, no sólo es la generación y facilitación de ciertas condiciones mínimas entregadas por los profesionales, sino que el niño/a y adulto tomen en sus manos la iniciativa de hacer cambios y mejorar su bienestar sicosocial. La idea del empoderamiento es de mucha utilidad al intentar conceptualizar la reparación.
Reelaboración de una proyección de vida Aparte de interrumpir de modo sostenido el maltrato y abuso a través de la modificación de los vínculos con adultos e instancias protectores, se aspira a que el niño/a y los referentes protectores asuman o mejoren sus recursos y herramientas para enfrentar posibles situaciones similares, a partir de lo aprendido durante el tratamiento. Resulta importante la elaboración, simbolización y resignificación de los sucesos traumáticos, por lo que se espera en la medida de lo posible y pertinente, aumentar la capacidad de elaborar, simbolizar y (re)significar. En definitiva se propone que la reparación sea entendida como un proceso de aprendizaje de la capacidad de significar y elaborar las experiencias traumáticas Para el usuario/a la reparación no es un proceso pasivo. Se trata de crear un ambiente activo modificante, evitando las actitudes pasivas aceptantes de protección, sin perjuicio de la necesidad de una acogida apropiada permanente, ni de la asistencia a demandas específicas.
80 Del “Informe Final de Retroalimentación”. Programa de maltrato, SENAME, enero 2000.
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Intervención Jurídica en Casos de Maltrato
Intervención Jurídica en Casos de Maltrato
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DEFENSA JURÍDICA DE EN LA DEFENSA DE VÍCTIMAS DE MALTRATO INFANTIL PRESENTACIÓN
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in lugar a dudas el maltrato infantil constituye una grave vulneración de derechos que, al igual que otros problemas de la infancia, comenzó a ser abordado en el Sename dentro del marco establecido por la Convención, desde el nuevo paradigma de la protección integral de derechos. El maltrato físico grave y el abuso sexual representan un porcentaje importante de los delitos que se cometen contra niños y niñas, ya que existen diversos factores que determinan que se encuentren en una particular situación de vulnerabilidad, específicamente, la inferioridad física y fragilidad sicológica que condicionan una reducida capacidad de confrontación con los adultos agresores. A esto se suma, muchas veces, dependencia con el agresor, sea por vinculación afectiva o temor, dejándolo/a en una franca condición de desventaja, lo que hace aún más exigible su representación ante los tribunales de justicia, una vez develados los hechos constitutivos de delito. En las últimas décadas se ha ido haciendo visible la existencia de graves atropellos a los derechos de la infancia y es por eso que el gobierno de Chile ha expresado la prioridad de mejorar la calidad de vida de este grupo, construyendo una cultura de respeto social. Sename ha asumido, como institución del Estado, la responsabilidad de operacionalizar el compromiso de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes que sufren graves vulneraciones y de promover su recuperación física y sicológica (artículos 19 y 39 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño). En este ámbito, Sename representa actualmente a un importante número de víctimas de maltrato grave y abuso sexual constitutivo de delito en los procesos penales, a través de los/as abogados/as que conforman el Programa de Intervención Jurídica en Maltrato. Dada la importancia del tema, la experiencia obtenida en la materia y los desafíos que implica el nuevo proceso penal, Sename ha resuelto crear proyectos de intervención jurídica especializados en la defensa de niños, niñas y adolescentes víctimas de maltrato grave constitutivo de delito, que puedan ser administrados por instituciones acreditadas de la red con los lineamientos, asesoría y seguimiento dados por este órgano del Estado. Dichos proyectos, que se caracterizan por su nivel de especialización y su localización territorial, buscan sustentar la representación jurídica de las víctimas de delitos como un factor relevante para lograr adecuadamente el efectivo restablecimiento de sus derechos, en un plano de protección subsecuente a la comisión del delito, en un nivel colaborador con los correspondientes procesos de reparación sicológica y reinserción social, garantizándoles de este modo un efectivo acceso a la justicia para salvaguardar adecuadamente sus intereses y sus derechos.
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DEFINICIÓN El Servicio Nacional de Menores actúa como querellante en causas de maltrato infantil, basados en lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del D.L. 2465 (Ley Orgánica de Sename) que definen como sujeto de atención del Servicio a “menores que carezcan de tuición o que, teniéndola, su ejercicio constituya un peligro para su desarrollo normal o integral”. Se invocan los artículos 3 y 19 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, pues dichos preceptos imponen a los Estados partes la obligación de asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, especialmente en los casos de abuso físico y mental, incluido el abuso sexual en un sentido lato, abarcando todo tipo de delito sexual cuyo sujeto pasivo sea un niño, niña o adolescente. Este servicio ha logrado el posicionamiento del Estado representando el interés de niños/as y adolescentes en procesos penales y proteccionales de maltrato infantil. Tal como se establece en la Convención sobre los Derechos del Niño, Sename ha asumido la responsabilidad de operacionalizar el compromiso de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes que sufren maltrato infantil y abuso sexual, promover su recuperación física y sicológica, favorecer un proceso de reinserción social en razón de adoptar todas las medidas necesarias para proteger a este grupo de toda forma de violencia, perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño, la niña o adolescente se encuentre bajo la custodia de los padres, un tutor o de cualquier persona a cargo81. Dentro de este marco normativo se plantea que los proyectos jurídicos especializados en defensa asuman el objetivo de asesorar jurídicamente a los/as niños/as y adolescentes víctimas de maltrato constitutivo de delito y a sus familias (cuando ésta no es la agresora) y representar el interés de éstos/as ante los tribunales de justicia, utilizando como estrategia la impetración de las correspondientes acciones judiciales, fortaleciendo las coordinaciones que a nivel local puedan existir entre diversos actores institucionales, con el objetivo de conformar sistemas locales de protección de derechos, que aseguren la debida protección a la víctima de un delito. Los hechos de maltrato grave constitutivos de delitos son : 1.- Homicidio. 2.- Parricidio. 3.- Aborto. 4.- Infanticidio. 5 - Lesiones gravísimas. 6.- Lesiones graves. 7.- Secuestro. 8.- Sustracción de menores. 9.- Abandono. 10.- El abuso sexual, en cualquiera de sus formas, de niños, niñas y adolescentes: De acuerdo con la legislación vigente (Ley 19.927 de Delitos Sexuales), se incluyen la violación, la sodomía, el estupro, el abuso sexual, el abuso sexual impropio, el abuso sexual agravado, la promoción o facilitación a la prostitución, la producción, distribución, comercialización y almacenamiento de material pornográfico. 81 Artículos 19 y 39 de la Convención de los Derechos del Niño.
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OBJETIVOS Objetivo general Proveer una oportuna y eficaz defensa, acceso a la justicia, asesoría y orientación jurídica a las víctimas de maltrato grave constitutivo de delito.
Objetivos específicos 1.- Ejercer la acción criminal cada vez que existan graves vulneraciones de derechos, constitutivos de delitos contra los niños, niñas y adolescentes. Mediante la interposición de la correspondiente querella, los proyectos especializados en defensa jurídica se convierten en parte del proceso criminal, de modo que éste es el comienzo para colaborar con la investigación, aportando antecedentes, instando por diligencias concretas y útiles, destinadas a determinar la existencia del delito y la responsabilidad que le concierne al autor de éste. 2.- Interrumpir la situación de maltrato grave. Este objetivo se dirige a interrumpir la situación de maltrato grave, mediante la activación de mecanismos judiciales, orientados a resolver la situación legal del niño/a o adolescente, controlar jurídicamente su situación y facilitar el acceso a la red de justicia, mediante la correspondiente medida de protección 3. Reducir la víctimización secundaria en el proceso penal. Este objetivo apunta a que el niño/a o adolescente no preste declaración en contextos no protegidos y no sea expuesto a nuevas situaciones de vulneración dentro del contexto judicial (sometimiento a reiteradas evaluaciones sicológicas, declaraciones judiciales innecesarias, entre otros). 4. Contribuir al nivel de seguridad de las víctimas. Este objetivo se orienta a la construcción de un contexto protector para el niño/a o adolescente, en el corto, mediano y largo plazo. Para ello la intervención debe realizarse con personas significativas dentro de la familia, realizando acciones también con miembros de la comunidad y de las instituciones, de manera que se transformen en agentes protectores para el niño/a o adolescente. 5.- Lograr una sentencia condenatoria que se encuentre firme y ejecutoriada. Realizar la tramitación completa de la causa criminal, alegando en la Corte de Apelaciones y en la Corte Suprema, según el caso, todos los recursos pertinentes, con el objetivo de obtener un proceso tramitado eficazmente, confirmando la sentencia condenatoria e instando por la revocación de una sentencia desfavorable o fallo absolutorio.
SUJETOS DE ATENCIÓN La intervención de los proyectos jurídicos especializados en la defensa de niños, niñas y adolescentes está dirigida los menores de 18 años que han sufrido maltrato infantil grave constitutivo de delito. Utilizando como referencia las características de la situación abusiva en cuanto al riesgo o peligro para la vida e integridad física del niño, niña o adolescente, la urgencia de atención que requiera el caso, la autopercepción que el propio niño/a o adolescente pueda tener de la situación que ha sufrido y los criterios médico legales de calificación de las lesiones, se espera que los proyectos intervengan en los siguientes casos:
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• Todos los niños, niñas y adolescentes que han sufrido abuso sexual en cualquiera de sus formas. • Todos los niños, niñas y adolescentes que han sufrido maltrato físico grave, que impliquen lesiones gravísimas o de mediana gravedad. • Todos aquellos casos en que se haya afectado gravemente la vida, la libertad o la seguridad del sujeto de atención.
INTERVENCIÓN Criterios que deben guiar la intervención En el entendido que toda intervención de los proyectos especializados en defensa jurídica se basará en el interés superior del niño, la niña o adolescente, protegiéndoles y procurando respetar sus derechos a cabalidad, durante el proceso de intervención es fundamental que el esquema teórico de intervención incorpore un modelo que considere distintos niveles de análisis e intervención para acercarse al fenómeno del maltrato grave desde diversas perspectivas, considerando los distintos contextos donde se desenvuelve el niño, niña o adolescente y su familia. La atención jurídica que se debe brindar a una víctima de maltrato infantil constitutivo de delito, debe ser cubierta en dos aspectos: a) La atención jurídica en el ámbito proteccional, destinada a resolver definitivamente la situación jurídica del niño, labor que se realizará ante los tribunales, mediante la correspondiente presentación de medida de protección si el caso lo amerita y si no existe por ningún otro organismo tal presentación. b) El ejercicio, en representación del niño/a o adolescente, de las acciones legales destinadas a obtener la sanción del agresor, particularmente de la acción penal y efectuar las coordinaciones que permitan la pronta derivación a un proceso reparatorio sicológico de la víctima. Así, la intervención debe considerar al niño, niña o adolescente y sus necesidades, como eje central, directriz del proceso y de la toma de decisiones. Estos proyectos deberán presentar querella criminal y atender aquellos casos en que exista una evaluación que acredite la existencia de una grave vulneración de derechos constitutiva de delito, derivados de centros de diagnóstico, centros de tránsito y distribución, proyectos de reparación en maltrato infantil, oficinas de protección de derechos, Programa de Intervención Jurídica en Maltrato de la Dirección Nacional de Sename, direcciones regionales de dicha institución, Programa Intervención en Crisis de Sename, tribunales y fiscalías. El equipo, una vez recibidos los antecedentes necesarios, realizará un análisis del caso para diseñar una estrategia procesal adecuada, la que deberá incluir los siguientes elementos: - Participar en la tramitación de todos los juicios criminales seguidos en contra de los agresores (identificados o contra quienes resulten responsables). La que dependerá del tipo de proceso penal respectivo: • Sin reforma: Incluye la interposición de la querella, el control y seguimiento de la investigación, la presentación de escritos de mero trámite, como también los de fondo, con la finalidad de establecer el hecho punible y la participación culpable, instar por obtener el procesamiento respecto del inculpado, presen-
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tar acusación particular o adhesión según corresponda y solicitar se pronuncie sentencia condenatoria. Además, se deberá concurrir a estrados con la finalidad de mantener la prisión preventiva u otras medidas cautelares, de menor intensidad, previamente decretadas; defender la confirmación de los autos de procesamiento, confirmar fallos condenatorios o revocar fallos absolutorios. • Concurrir a la vista de la causa ante las cortes de Apelaciones y Suprema, cuando corresponda. • Con reforma: Interposición de querella, participación en todas las audiencias del proceso como formalización, control de detención, discusión de medidas cautelares, participación en salidas alternativas (según lineamientos de Sename), audiencias de preparación de juicio oral, juicio oral, recurrir de sus fallos, ya sea directamente o a través de la adhesión ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones o Corte Suprema, cuando corresponda. En este contexto, además, se requiere desarrollar vínculos de cooperación con las fiscalías y los distintos agentes del nuevo sistema procesal penal. • Los/as abogados/as actuarán con patrocinio del adulto responsable de las víctimas, como querellante en virtud del artículo 111 del Código Procesal Penal en delitos que “afectaren intereses sociales relevantes” y en aquellos casos en que el representante legal del niño/a o adolescente esté implicado en el delito y no exista ningún otro adulto protector, utilizará los mecanismos legales pertinentes que lo faculten para asumir esta representación. En los casos en que las instancias derivadoras no hayan tomado las medidas de protección necesarias ante los juzgados de menores, lo que incluye el patrocinio y tramitación de las mismas en virtud de los establecido en el artículo 31 de la Ley de Menores, y no sea posible o adecuada su derivación para tal efecto a otra instancia, el proyecto deberá asumirlas (en ningún caso hacerse parte en los juicios tutelares de menores, como visitas, alimentos u otros). En ese sentido, el diseño del proyecto especializado debe explicitar una perspectiva multidimensional que permita comprender tanto el sentido global de la propuesta de intervención, como el significado de las decisiones respecto a qué, cuándo y de qué manera actuar en la atención de casos, y deberá traducirse en una atención especializada, personalizada y oportuna, en relación a las características de cada niño, niña o adolescente y del contexto familiar y comunitario en que se encuentra inserto.
Metodología Los proyectos jurídicos especializados en la defensa de niños, niñas y adolescentes víctimas de maltrato grave constitutivo de delito, deben enfocar su accionar de acuerdo a la siguiente consideración: El manejo de la metodología será de responsabilidad compartida entre los integrantes del equipo jurídico, de manera de comprometer a los actores en el proceso tras la consecución de los resultados esperados. Es decir, con la comunicación y cooperación estrecha de cada uno de los participantes (niño/a o adolescente y su familia, equipo e integrantes de la red, entre otros), así como el contacto y la coordinación permanente entre ellos.
Toma de decisiones Un aspecto necesario de considerar, debido a que es vital para el desarrollo de equipo y para la calidad en la atención, es la capacidad de tomar decisiones técnicas en conjunto. Estas decisiones representan un desafío constante para establecer relaciones laborales cooperativas, donde exista la posibilidad de construir un len-
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guaje compartido respecto a los aspectos teóricos y de procedimientos que implica la intervención jurídica especializada en maltrato infantil. El proceso implica una secuencia de decisiones relacionadas entre sí, en las que participan los distintos agentes sociales involucrados y que se caracteriza por los siguientes aspectos: • Las decisiones que se tomen en la intervención tienen que ver principalmente con la protección de derechos del niño/a o adolescente. Por lo tanto, las primeras decisiones, las más urgentes y más inmediatas corresponden a la búsqueda de alternativas para asegurar la protección física y síquica del niño/a o adolescente. • Las decisiones implican tomar riesgos calculados, evaluando la relación costo-beneficio y tomando medidas para evitar las consecuencias inesperadas de las acciones, siempre pensando en evitar riesgos mayores provenientes de la situación de maltrato. • El desarrollo e integración del equipo es un factor clave para enriquecer y hacer más efectiva la toma de decisiones, ya que permite incorporar distintas visiones y experiencias respecto al problema, llevar a cabo un aprendizaje conjunto y permanente, y compartir la responsabilidad. • El equipo debe delimitar los objetivos, desde una perspectiva de proceso, de cada una de las fases de la secuencia decisional y definir las actividades que debe poner en marcha para alcanzarlos, asegurando la coherencia entre ambos aspectos. En la misma línea se requiere determinar prioridades para la acción, ya que en un contexto de violencia y riesgo para el niño/a o adolescente, existen intervenciones de mayor urgencia que son éticamente exigibles a cualquier programa. En síntesis, el elemento fundamental que debe orientar la toma de decisiones del equipo de profesionales es la creatividad individual asociada a una dinámica colectiva, con el objetivo de generar un espacio de discusión técnica que facilite y oriente las decisiones e intervenciones en resguardo de la calidad de atención.
FASES DE LA INTERVENCIÓN El proceso de intervención especializada en la defensa del maltrato infantil considera tres fases, cada una con sus respectivas actividades a realizar y la participación de diferentes actores. Estas son: • Calificación. Fase que tiene la finalidad de evaluar si los antecedentes reunidos demuestran de manera inequívoca que el niño o niña ha sido víctima de maltrato grave y la pertinencia de adoptar medidas de urgencia en pro de su derecho de protección. Esta fase implica dos momentos importantes: a) Calificación de la existencia de maltrato grave ejercido en contra de un niño/a o adolescente, por medio del trabajo de coordinación con las fuentes derivadoras a través de los informes periciales de calificación diagnóstica, concretando a su vez la derivación a un centro reparatorio si el niño/a no estuviera recibiendo esta atención. b) Revisión de antecedentes, entrevista al niño/a, la familia, la escuela, etc. Esta fase contempla dar a conocer al niño/a y su familia el contexto de la intervención .
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• Intervención jurídica especializada. Corresponde a la interposición de la respectiva querella y la serie planificada de acciones a seguir según los objetivos de intervención propuestos para la atención de cada caso. En esta fase cobra especial relevancia la experticia profesional, la creatividad del equipo, la capacidad de planificación y organización estratégica. • Seguimiento. Una vez que se ha presentado la querella y se han realizado las acciones pertinentes para que la víctima reciba tratamiento sicológico y social para restablecer su situación emocional, los proyectos especializados en defensa jurídica deben actuar coordinadamente con el proyecto de reparación sicológica y social, los que deberán enviar copia de las intervenciones sicológicas e informe de egreso en los mismos términos que éstos envían al tribunal competente.
RESULTADOS ESPERADOS • Lograr la interrupción de la situación de maltrato en el 100% de los casos que ingresan al proyecto a través de mecanismos de intervención sicológica, social y jurídica con el niño/a y su familia, otorgada por los organismos especializados en esta área, los que trabajarán coordinadamente con el proyecto. • Lograr en el 100% de los casos constitutivos de delito la representación jurídica ante los tribunales de justicia. • Lograr que el 90% de las familias (hombre y mujer del grupo familiar), adultos responsables o instancias vinculadas y que protegen al niño/a visualicen a éste/a como sujeto de derecho y víctima de maltrato grave.
EVALUACIÓN Y MONITOREO La necesidad de mejorar la focalización y la calidad de la atención, hace que la incorporación de procedimientos sistemáticos de evaluación constituya un requerimiento básico para los proyectos jurídicos especializados en defensa de maltrato infantil grave. Se espera que dichos procedimientos sean planificados con anterioridad durante la formulación del proyecto e incorporados coherentemente en cada una de las etapas del proceso de desarrollo de la propuesta de intervención, considerando aspectos cualitativos y cuantitativos y a los usuarios/as. De esa manera, el objetivo primordial de la evaluación será contribuir a mejorar la calidad del sistema de atención e intervención brindada en los proyectos especializados. En términos operativos, se traduce en la entrega de información que permita desarrollar un proceso de decisión que facilite ajustar el diseño de intervención continuamente, la planificación de los procesos de capacitación, la generación y unificación de los criterios de calidad y la validación de instrumentos, entre otros. La evaluación de la intervención alude a la valoración de la puesta en marcha de la intervención jurídica especializada, concebida por el proyecto como herramientas para la obtención de los objetivos de interrupción del maltrato, presentación de querellas, tramitación completa del proceso criminal y obtención de resultados esperados. Para ello, se debe comenzar por determinar los objetivos de la intervención jurídica y los criterios relevantes para su aplicación. Luego, determinar los aspectos a evaluar en cada fase, expresados en indicadores.
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Cada proyecto especializado en defensa debiera contener los resultados esperados e indicadores para su evaluación. Se requiere dimensionar y operacionalizar los indicadores a continuación destacados, de tal modo que sean pertinentes para el caso específico, conjugando variables como la edad, tipo y cronicidad del maltrato, vínculo con el agresor/a, situación residencial, lugar en que ocurrieron los hechos y detalles de la agresión, sin perjuicio de agregar otros. Cada indicador se puede pormenorizar aún más, hasta determinar sus respectivas operaciones observables o verificadores. Así también debe efectuarse una evaluación global del proceso que considere la realización de la intervención, el proceso de cambio de los usuarios (en su conjunto y desagregados) y los objetivos caso a caso, incluyendo un análisis diferencial de la intervención de acuerdo a la condición de niño o niña, el contexto organizativo en que se desarrolla la intervención y los recursos utilizados en la atención, tanto internos como obtenidos sobre la base del apoyo local.
RECURSOS HUMANOS Debido al carácter especializado que requiere la intervención jurídica en maltrato infantil grave, se debe contar con un equipo de profesionales con formación y experiencia en tramitación penal, especialmente sólidos en conocimientos en reforma procesal penal y en materia de menores. Así, cada proyecto deberá contar con un equipo profesional capacitado que se desempeñe en la intervención jurídica en maltrato infantil, con experiencia y/o formación de post grado en el ámbito profesional y personal, que cumpla con las siguientes condiciones: • • • • • • • • • • •
Profesionales titulados. Formación y experiencia en tramitación penal. Diplomados en reforma procesal penal. Experiencia en alegatos ante Corte de Apelaciones y Corte Suprema. Motivación por el trabajo con niños y familia. Capacidad y disposición para trabajo en equipo interdisciplinario. Competencias y habilidades para desarrollar relaciones igualitarias entre hombres y mujeres en el trabajo individual, familiar y grupal. Competencia técnica para intervenir en las distintas fases y áreas que contemple el programa. Disposición al trabajo en terreno. Valoración del trabajo intersectorial y práctica de trabajo en red. Accionar centrado en las orientaciones de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Equipo básico El equipo que se desempeñe en los proyectos deberá estar conformado, a lo menos, por los siguientes profesionales, técnicos y personal auxiliar. -
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Director abogado/a. Abogados/as tramitadores/as de casos. Procurador/a. Trabajador/a social.
- Secretaria/o. - Contador/a. - Administrativo de apoyo. El equipo deberá desempeñar sus funciones de acuerdo a la normativa vigente y lineamientos impartidos por Sename.
Descripción de funciones Las funciones básicas que deben desempeñar los miembros del equipo son: Director/a • Responsable de la dirección técnica del equipo. • Responsable de la dirección administrativa del proyecto. • Responsable de generar la coordinación con la red. • Responsable del sistema de registro. • Responsable del desarrollo del proyecto (sistematización y elaboración de informes para ser presentados en la supervisión y a Intervención Jurídica en Maltrato de la Dirección Nacional de Sename). • Responsable de garantizar la protección y cuidado del equipo. • Responsable de registrar reuniones clínicas o de equipo. • Responsable de representar al proyecto ante Sename y otros organismos. Trabajador/a Social • Responsable del ámbito social. • Participar en el proceso de acogida en la intervención del proyecto y fomentar el rol protectivo. • Participar en estrategias educativas. • Responsable del seguimiento del caso mediante la coordinación con el equipo de intervención reparatoria. Abogado/a • Responsable de la tramitación completa de la causa. • Responsable de la derivación del caso a intervención reparatoria. • Brindar orientación legal a los adultos responsables y protectores de las víctimas. • Gestionar la adopción de medidas de protección. • Coordinación con abogado/a jefe del Programa Intervención Jurídica en Maltrato de Sename. • Orientación a los profesionales en elaboración de informes al tribunal. • Apoyar a los peritos en la defensa de sus informes y fijar criterios para prepararlos para enfrentar el juicio oral en el nuevo proceso penal. Secretaria • Responsable del registro computacional. • Recepción de público. • Apoyo a la gestión administrativa del director. Contador/a • Apoyo en el manejo financiero del proyecto. • Responsable del pago de sueldos y honorarios.
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Administrativo de apoyo • Cuidador del centro. • Aseo y mantención. • Labores de estafeta.
Autocuidado de equipo Los equipos que trabajan con víctimas de violencia están expuestos constantemente al desgaste personal que produce las implicancias emocionales, sicológicas, personales y profesionales que conlleva el tema. Esta situación los torna más vulnerables al agotamiento profesional o burn out82 y puede ser la causa de trastornos sicológicos graves, del abandono de la profesión o del campo de trabajo como de un desmedro de la calidad de atención. Por tanto, se debe considerar la noción de autocuidado en dos niveles: uno referido a la necesidad de que las instituciones protejan los recursos profesionales y, el segundo, a la capacidad de los profesionales de autocuidarse para mantener el compromiso, creatividad y la competencia para ayudar y proteger profesionalmente a los niños, niñas y adolescentes.
RECURSOS MATERIALES MÍNIMOS Local adecuado a las necesidades del proyecto: • Número de oficinas o salas pertinente. • Baño para el personal y para público accesible a niños. • Sala de recepción. • Sala de reuniones. • Condiciones de seguridad para el personal y público, tales como salidas de emergencia, extintores de acuerdo a normativas y certificaciones de instalaciones eléctricas, entre otros. • Computador con los siguientes requerimientos mínimos: procesador Pentium, disco duro no inferior a 2 GB, memoria mínimo 32 MB RAM u otro, unidades de disco de 3 ½ pulgada de alta densidad y unidades de CD ROM (opciones de multimedia son necesarias por las características de software actual), impresora, tarjeta fax-modem, conexión con Internet que permita correo electrónico. Sistema operativo Windows 95 o superior, programas Office 2000 con Access incluido. • Teléfono, fax y correo electrónico.
82 Estado de agotamiento o frustración que aparece como resultado de la devoción a una causa, un estilo de vida o una relación que no produce las consecuencias esperadas.
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Atención a Niños, Niñas y Adolecentes de y en la Calle
Atención a Niños, Niñas y Adolecentes de y en la Calle
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NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE Y EN LA CALLE PRESENTACIÓN
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esde inicios de la década del 90, Sename impulsa acciones dirigidas específicamente a la atención de niños, niñas y adolescentes en situación de calle, un problema que afecta desde menores de edad que cuentan con hogar familiar, pero permanecen cotidianamente en la calle, hasta aquellos que se encuentran desvinculados de sus hogares, viviendo en grupos en distintos lugares de la vía pública. A partir del año 1997 se desarrolla una línea de trabajo orientada a la creación de proyectos especializados en la atención reparatoria de niños, niñas y adolescentes afectados por el maltrato grave, como un problema que exigía y exige una pronta y eficaz respuesta desde el Estado. Fruto de ese esfuerzo institucional fue el desarrollo de un modelo de atención integral que permite al niño o niña elaborar el daño asociado a la victimización experimentada, mediante un proceso de atención especializada por parte de equipos interdisciplinarios -asistentes sociales, sicólogos(as) educadores(as) y abogados(as)-, orientado a interrumpir la grave vulneración de derechos y a desarrollar estrategias de atención sicoterapéuticas de intervención, control social y familiar, y la representación legal de las víctimas de vulneraciones constitutivas de delito. Dicha experiencia adquirida generó las condiciones técnicas que, posteriormente, permitieron ampliar la oferta de programas especializados en la reparación del daño, asociado a otras graves vulneraciones, como son las que afectan a los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en situación de calle. Año a año Sename registra el ingreso a la red de más de cinco mil casos por situaciones de vida en la calle, de los cuales la gran mayoría son de sexo masculino. El problema se presenta más significativamente en las regiones Quinta, Séptima, Octava, Novena, Décima y Metropolitana. Lo anterior refuerza la necesidad de ampliar la oferta de atención especializada para niños y niñas que viven en condición de calle permanentemente o durante el día, de manera de efectuar un trabajo con ellos y sus familias destinado a la superación de las situaciones que están ocasionando esas formas de vida. En el año 2002, Sename avanzó en la voluntad de generar experiencias reparatorias en este ámbito al dar inicio al proyecto de tipo piloto denominado Senamóvil, que articula modalidades de atención residencial y ambulatoria de los casos. De esa manera, actualmente el servicio está desarrollando un proceso de incremento de la oferta de atención, como también de orientación técnica, supervisión y evaluación de los proyectos, destinado a resguardar la calidad de la atención entregada a los niños y niñas, y a obtener efectivos resultados referidos a la interrupción de las situaciones de vulneración y a la restitución de derechos de la población atendida.
DEFINICIÓN Sename utiliza la distinción propuesta por Unicef entre la niñez de la calle y en la calle, la que ha sido enriquecida posteriormente por los estudios sociales y por las experiencias de intervención en el tema.
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De acuerdo a lo anterior, se reconoce como “niños y niñas en la calle” a quienes viven con sus padres o en otro hogar, pero salen a la calle a practicar trabajos informales u otras actividades generadoras de ingresos con los que aportan en sus hogares. Ellos mantienen su vínculo familiar, aunque suelen evidenciar debilidad protectiva, carencia afectiva y de reconocimiento positivo, como también presentan situaciones de maltrato. Respecto a la escolaridad, aunque la mayoría de los niños y niñas en la calle están insertos en el sistema, su permanencia en él se ve amenazada por inasistencias reiteradas, repitencias, sobreexigencias u otras situaciones de conflicto con la escuela. Asimismo, los “niños y niñas de la calle” son los que no tienen hogar o han reconstituido un hogar a la intemperie, donde la familia o el referente de pertenencia lo constituyen pares en la misma situación. Este grupo se caracteriza por vivir situaciones de mayor complejidad y grave vulneración de sus derechos, al sostener por períodos prolongados la vida en las calles con ruptura o debilitamiento de los vínculos familiares y dependiendo fundamentalmente de sí mismos para sobrevivir. Su forma más habitual de organización es mediante las denominadas caletas; es decir, grupos de niños, niñas y adolescentes que habitan en lugares semiocultos en la vía pública, excluidos de la escolaridad, de la atención de salud y, en general, del acceso a bienes y servicios, desarrollando estrategias de sobrevivencia que pasan por la mendicidad, hurtos y robos, trabajos informales como comercio callejero, a lo que se suma el consumo de drogas (especialmente de inhalantes, como el tuoleno). De esa manera, aunque en número los niños y niñas de la calle no constituye un problema de gran magnitud en Chile83, se trata de niños y niñas profundamente afectados por la vulneración de sus derechos, lo que complejiza su abordaje. En efecto, los equipos profesionales deben efectuar una constante revisión y flexibilización de las estrategias de intervención, buscando mayor eficacia en el trabajo con este grupo vulnerado en la integridad de sus derechos, al tratarse de niños, niñas y adolescentes habituados -en muchos casos desde los primeros años de vida- a vivir desvinculados de sus familias, entorno comunitario y los espacios habituales y cotidianos para su edad, llegando a valorar “la libertad de la calle” en detrimento de los vínculos familiares, determinados por la necesidad de subsistir en plena desprotección, víctimas de abuso y explotación por parte de adultos.
OBJETIVOS Objetivo general Lograr la efectiva protección de niños, niñas y adolescentes que se encuentran en situación de calle permanentemente o durante el día, y contribuir al proceso reparatorio de aquellos afectados por grave vulneración de sus derechos.
Objetivos específicos 1. Efectuar las intervenciones sicológicas, sociales y jurídicas que correspondan para interrumpir las prácticas de vulneración de derechos de la población atendida.
83 Los resultados de un estudio exploratorio sobre la magnitud y situación de niños y niñas de la calle, realizado recientemente por SENAME y la institución colaboradora PRODENI, indican que los niños y niñas de la calle suman 1039 casos a lo largo del país, ubicándose mayoritariamente en las regiones Metropolitana (330 casos) y Octava (168 casos).
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2. Realizar procesos de resignificación y superación de las experiencias de grave vulneración sufridas por niños, niñas y adolescentes en condición de calle, mediante la aplicación de planes de tratamiento individual. 3. Fortalecer los recursos personales, familiares y comunitarios para el bienestar integral de los niños, niñas y adolescentes, acompañándolos, tanto en los avances como en los retrocesos que experimenten en sus procesos de cambio. 4. Mediar el acceso de los niños y sus familias a las redes sociales y comunales de protección y prestación de servicios, tales como educación, salud, cuidado diario, vivienda, capacitación, etc. 5. Lograr la reinserción social de la población atendida. 6. Efectuar seguimiento a los casos en situación de pre-egreso y egreso, por un plazo de cuatro meses.
SUJETOS DE ATENCIÓN Niños y niñas menores de 18 años de edad que se encuentren en condición de calle permanentemente o durante el día. Esta condición se asocia a numerosas otras situaciones de vulneración de derechos de mayor o menor gravedad, tales como exclusión de la escolaridad, de los servicios de salud, negligencia o falta de cuidados de adultos para su crecimiento y desarrollo integral, carencias nutricionales, falta de acceso al descanso, la recreación y la cultura, maltrato, abuso sexual, explotación sexual comercial, consumo de drogas y utilización por adultos para la comisión de delitos84.
INTERVENCIÓN Criterios que deben guiar la intervención Con el propósito de resguardar los derechos consagrados en la Convención y buscar la restitución de cada uno de los que les hayan sido conculcados a niños, niñas y adolescentes en situación de calle, Sename y su red de instituciones privadas, intervienen en el problema de acuerdo a los criterios que se enuncian a continuación: • Se sitúa la distinción niño(a) de la calle/niño(a) en la calle como un continuo en el que, de no mediar la intervención sicosocial, educativa y judicial, el problema se va tornando de mayor gravedad, a medida que aumenta el tiempo de permanencia en la calle, la desvinculación con la familia, la escuela y otros actores de la comunidad, el deterioro físico, emocional y cognitivo, la exposición a abusos y explotación por parte de adultos. • En ese sentido, la intervención tendrá distintos énfasis, de acuerdo a la gravedad y complejidad de las vulneraciones de derechos que estén afectando al grupo objetivo, aunque privilegiando el enfoque de re-
84 En el caso de vulneraciones de derechos que requieran una atención especializada, los proyectos de atención a niños(as) en situación de calle, deberán realizar las derivaciones respectivas y acompañar el proceso de cada caso.
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paración, en cuanto los niños y niñas en situación de calle se ven afectados por múltiples situaciones que los dañan profundamente y en su integridad. • Así, la intervención buscará superar las situaciones de exclusión que afectan a los niños y niñas en situación de calle, la restitución de los derechos vulnerados, la reparación del daño ocasionado y la generación de un marco de condiciones que posibiliten la mantención en el tiempo de las condiciones protectoras de éstos. • Por tanto, la intervención tendrá un enfoque integral, al considerar que los niños y niñas en condición de calle requieren contar con una protección especial que los aborde en la totalidad de su persona. Además, es multidisciplinaria, al converger en ella diversas disciplinas que se complementan y que, en conjunto, dan cuenta de la complejidad de los casos, permitiendo abordar íntegramente cada situación para su apropiada resolución. • La acción de los proyectos buscará lograr la (re)inserción de los niños, niñas y adolescentes a espacios sociales en los que sus derechos sean reconocidos y respetados, y provistos de las condiciones necesarias para su apropiado desenvolvimiento social, que redundará en su desarrollo integral. En este aspecto, es fundamental el acceso y mantención de los niños, niñas y adolescentes en el sistema educacional, así como la formación para el trabajo de los mayores de 15 años de edad. • La opinión de los niños, niñas y adolescentes, estará garantizada durante el desarrollo de su proceso, mediante la entrega de información clara y fidedigna acerca de las acciones que los involucren y la apertura de espacios de expresión, las que serán atendidas con la suficiente flexibilidad como para efectuar las modificaciones que se evalúen pertinentes para obtener su motivación y voluntad de cambio. Ello facilitará la obtención de compromisos por parte de los niños, niñas y adolescentes para el cumplimiento de las acciones que exigen los objetivos de los respectivos planes de intervención. • Dado que el problema implica distintos impactos para los niños y las niñas, es importante incorporar la perspectiva de género, de manera de establecer distinciones en la forma cómo las diversas vulneraciones de derechos a las que están expuestos en condición de calle o que determinaron esa situación, los afectan para orientar las intervenciones. Asimismo, respecto al trabajo con las familias o adultos significativos, el enfoque de género permite no privilegiar ni discriminar a ninguno de los miembros del grupo que están en interrelación, en cuanto sus acciones determinan e influyen en el resto de la familia, evitando centrar la intervención en los niños, las niñas y las mujeres, sin integrar a los hombres (padres, abuelos, hermanos mayores, etc.). • Los proyectos deberán abordar la habilitación y fortalecimiento de los recursos afectivos, materiales y sociales de las familias de los niños y niñas atendidos, para que éstas (re)asuman su rol protector y enfrenten los problemas que los afectan con mayor capacidad de resolución. Además, deberán desarrollar un trabajo de redes para propiciar la inserción de la familia en la comunidad. • Junto a ese fortalecimiento de las capacidades de protección de las familias o adultos significativos, los proyectos deberán realizar las intervenciones necesarias para obtener el reaprendizaje de la confianza en los adultos por parte del niño o niña, y avanzar hacia la resignificación de la experiencia de abandono, negligencia, maltrato, abuso o explotación. Este reaprendizaje de la confianza mutua y la disposición a una
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interacción basada en la afectividad comprometida, responsable y permanente, son básicos para propiciar el retorno al contexto familiar, o de convivencia con adultos protectores. De otro modo, se corre el riesgo de exponerlo a una experiencia más de rechazo o abandono. • En los casos de niños, niñas y adolescentes que se encuentren irreparablemente desvinculados de su grupo familiar, se debe intentar ubicar relaciones afectivas susceptibles de asumir su protección inicialmente, o luego de un proceso de intervención sicológica, social y educativa. Así también, se deberán evaluar distintas alternativas de acogida como el sistema institucional de protección o la realización de un proyecto de vida independiente para los adolescentes. • Un aspecto prioritario en el caso de niños o niñas sin hogar es ubicarles un lugar de residencia en el que existan condiciones de protección acordes a su etapa evolutiva y apoyo a los procesos de cambio y reinserción social. Al respecto, la práctica ha demostrado que si se pretende realizar la intervención en la calle, durante algunas horas del día, para luego volver a dejar al niño, niña o adolescente expuesto otra vez al consumo de drogas, al abuso, la explotación por parte de adultos y a su eventual involucramiento en actos delictivos, se generará una experiencia poco eficaz y altamente desgastadora y frustrante para los equipos, ya que los pequeños avances obtenidos se revertirán fácilmente en ese ambiente, representando retrocesos que complejizarán más aún la situación de vida de los sujetos de atención. • La intervención deberá dar prioridad a la concreción de acciones intersectoriales de apoyo y respuesta a las necesidades de los niños, niñas, adolescentes y sus familias o adultos, lo que implica coordinación con el ámbito de educación, salud, vivienda, etc. Es decir, con todos aquellos sectores que posibiliten el acceso de la población atendida a los bienes y servicios que requieren para su estabilidad y desarrollo. Este es un aspecto fundamental para el abordaje y tratamiento de las problemáticas más duras que los afectan, tales como el maltrato o explotación, el abuso sexual y el consumo abusivo de drogas. Finalmente, es importante señalar que los principios que guían la acción de los proyectos son los contenidos en la Convención de los Derechos del Niño y los del Marco General de este texto.
Áreas fundamentales de apoyo en la intervención Para el propósito de resolver aspectos específicos de exclusión y vulneración de derechos de quienes se encuentra en situación de calle, los proyectos deben realizar acciones coordinadas con los sectores involucrados, principalmente en el ámbito de la salud, la educación, la formación para el trabajo de los adolescentes, la atención jurídico-legal de situaciones que lo ameriten y el apoyo activo de la comunidad. En el ámbito de la salud, los proyectos deben obtener, desde el inicio, el control regular del estado de salud general de los niños, niñas y adolescentes, de manera de incorporar ese diagnóstico en los planes de tratamiento individual, tanto en el sentido de obtener las atenciones de salud física y mental que se requieran, como efectuar las acciones educativas y de atención sicológica y social de la población que promuevan su autocuidado. Respecto a la salud física, los proyectos deberán movilizar recursos públicos (servicios de atención primaria, centros de salud) y, si es posible, de privados, para la atención de los niños y niñas en condición de calle, quienes están expuestos a múltiples problemas de salud, tales como enfermedades de transmisión sexual, embarazo precoz, intoxicación por drogas, daños provocados por accidentes, etc.
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En cuanto a la educación en Chile, los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho garantizado por la Constitución de acceder al sistema escolar regular, los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos y al Estado le corresponde otorgar especial protección al ejercicio de ese derecho. Actualmente, el Estado chileno considera obligatoria la enseñanza escolar completa (12 años), por lo que asume los propósitos de fomentar la educación en todos sus niveles y considera deber de la comunidad contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación. En ese contexto, los proyectos de atención a niños, niñas y adolescentes en situación de calle, deben establecer las coordinaciones necesarias con las entidades del ámbito educacional que corresponda, para obtener cupos en los distintos centros de educación básica y media, o en programas especiales de regularización y recuperación escolar como la Nivelación de Estudios Básicos y Medios para Jóvenes y Adultos del Programa Chile Califica; el Programa de Educación Fundamental de Adultos; Educación Técnica Elemental de Adultos; entre otros. Especialmente, aquellos niños, niñas y adolescentes que se encuentran fuera del sistema por dos o más años requerirán alternativas especiales de recuperación escolar, y apoyo sistemático en sus procesos. Mientras que en el caso de aquellos que se encuentran insertos en el sistema, los proyectos deberán realizar acciones tales como coordinación con los profesores jefes, a fin de apoyar el proceso y permanencia de los niños en el sistema. El equipo del proyecto realizará el seguimiento del proceso formativo de la población beneficiaria y de los factores protectores que propicie la familia o adulto significativo. Respecto a la población adolescente, el aspecto formativo se complementará cuando corresponda, con capacitación laboral en centros de formación técnica, profesional u otros, mediante coordinación con instancias tales como programas de Educación para Jóvenes y Adultos, de Chile Califica, Sence, y otros organismos y centros de capacitación laboral. Con éstos, los proyectos deberán gestionar becas de apoyo a la formación para el trabajo de los adolescentes de 15 años y más, como también propiciar las prácticas y la inserción laboral de los mayores de 15 años que se encuentren preparados para ello, mediante el contacto con empresas y otras instancias que puedan otorgar esas oportunidades. En el ámbito jurídico-legal, los proyectos deberán considerar que los niños, niñas y adolescentes en situación de calle sufren la vulneración de sus derechos más fundamentales, lo que suele convertirlos en víctimas de graves situaciones que implican delitos de adultos, tales como el abuso sexual, la explotación sexual comercial, la utilización de niños para robos o microtráfico, etc. Los proyectos tienen la obligación de resguardar a los afectados por situaciones como las señaladas, efectuar las denuncias85 en los canales pertinentes, y poner los datos en conocimiento de la respectiva dirección regional del Sename, para que el abogado(a) querellante cuente con los antecedentes necesarios para proseguir con la defensa iniciada.
85 La denuncia puede ser efectuada también por algún familiar o adulto significativo del niño o niña. Si es interpuesta por el proyecto, deberá hacerlo el director o directora de éste.
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En este aspecto, los proyectos deberán establecer coordinación sistemática con los agentes que intervienen en los procesos jurídico-legales que involucran a niños y niñas en situación de calle, es decir, Carabineros, Investigaciones, fiscalías, y tribunales del crimen y de menores, con el fin de que se identifiquen los casos y se conozcan los recursos institucionales disponibles para la intervención. La restitución de los derechos y el fortalecimiento de los vínculos protectores de la población atendida implica que la comunidad en general esté sensibilizada sobre estea problema, de manera que cumpla un rol de prevención, denuncia y resolución de situaciones que afectan a los niños y niñas en esas condiciones. A nivel local, los proyectos deben propiciar la participación comunitaria a efecto de movilizar recursos sociales para su abordaje. La intervención con niños y niñas en situación de calle requiere la aplicación de estrategias que involucren a los actores de la comunidad que pueden constituirse en agentes de cambio, lo que representa activar redes a nivel local, para resolver situaciones de acceso y/o permanencia en el sistema escolar; atención en salud física y mental, formación para el trabajo de los adolescentes, etc. Conjuntamente, los proyectos deben articular acciones con redes de atención especializada, para el abordaje de las problemáticas complejas que afectan a la infancia y adolescencia en situación de calle, lo que implica una acción coordinada de Sename y las instituciones ejecutoras de los proyectos con los diversos organismos responsables de dar respuestas para la resolución y tratamiento de esas situaciones. En el caso que en el espacio local, en el que se ejecuta el proyecto, no exista una red articulada es deber y función del proyecto coordinar las acciones necesarias para la conformación de una red involucrada con el tema, proceso que debe desarrollarse en forma activa durante el primer año de funcionamiento del proyecto. Al implementarse el proyecto, éste debe ser reconocido desde la comunidad como una instancia válida en la cual se detecta, diagnóstica, interrumpe y repara el daño asociado a la situación de calle. La articulación de redes debe estar orientada tanto al apoyo y coordinación con el proyecto específico.
Fases de la intervención La intervención se efectuará en las etapas que a continuación se describen, considerando para ello la variable de género. Fase de detección y diagnóstico La detección y el primer contacto con niños y niñas en condición de calle, requiere un trabajo inicial de averiguación y conocimiento de los sectores en los que hay una presencia habitual de ellos, con el propósito de efectuar un posicionamiento paulatino en esos lugares, de manera de establecer una interacción que les permita motivarse a iniciar una relación de cercanía y confianza. Esta estrategia de acogida y vinculación afectiva deberá realizarse desde el primer contacto con el niño, niña o adolescente y ser reforzada constantemente durante el desarrollo del proceso. La fase de diagnóstico constituye una estrategia de intervención orientada a realizar acciones que permitan establecer si se trata de un(a) niño(a) de o en la calle, conocer el daño que presenta en esa condición y su situación familiar. Esta fase requiere contar con procedimientos de evaluación específicos que permitan conocer las historias de vida de los niños y niñas, sus potencialidades, fortalezas o capacidades personales, sus carencias, y el nivel del daño asociado a las experiencias traumáticas que han debido enfrentar. Así, también,
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se debe indagar acerca de sus familiares y la comunidad en la que será necesario centrar la intervención. Todo ello para orientar las intervenciones destinadas a la interrupción de las prácticas atentatorias, la restitución de los derechos vulnerados, la resignificación de las experiencias vividas y la reinserción social de los sujetos de atención. En el aspecto sicológico, debe realizarse una evaluación integral del niño, niña o adolescente, que permita definir un plan de acción terapéutico orientado a reparar el daño personal, familiar y social que este tipo de victimización genera. En el plano social, es deber de los profesionales obtener un conocimiento acabado del funcionamiento familiar, existencia o no de figura adulta significativa para el niño, niña o adolescente, existencia de abusos, maltratos, hechos que influyeron o provocaron la huida del hogar del sujeto de atención, o el inicio de la conducta de calle. Además, se debe identificar la red de protección con que puede contar el niño o niña. Los resultados de esta evaluación diagnóstica deben ser informados al niño, niña o adolescente, de manera que conozcan las acciones a seguir, como de las posibles consecuencias de las mismas. Esto, con el propósito de motivar la activa participación de los sujetos de atención durante todo el proceso de intervención, resguardando la confianza y el vínculo. De esa manera, el proceso de diagnóstico involucrará la participación activa de los niños y niñas, como también de sus familias u otros adultos, de otras instancias de la red Sename que le hayan brindado atención, como también del ámbito educacional, salud, policial, judicial, etc. Con esta información se busca determinar los tipos de vulneración, sus efectos en niños y niñas y los mecanismos que ellos han utilizado para afrontarlos, para basar en esos aspectos los respectivos planes de tratamiento individual, como las intervenciones con el grupo de pares, con la familia o adultos significativos y con la comunidad. Dicha evaluación permitirá determinar si la intervención requerirá coordinación con instancias de tratamiento especializado de problemáticas tales como por ejemplo, el abuso sexual, o el consumo abusivo de drogas. En esos casos, los proyectos deberán actuar como agentes de apoyo al proceso de los niños y niñas. Fase de intervención individual- familiar - comunitaria Esta fase se inicia con la elaboración del Plan de Tratamiento Individual. Finalizada la fase de diagnóstico, se debe planificar el proceso de intervención o tratamiento de reparación, de acuerdo al grado de las vulneraciones de derechos que afectan a los niños y niñas en condición de calle, las necesidades específicas de cada caso, y a las características de las figuras adultas protectoras, si éstas existen. Cabe destacar, que si bien la elaboración del Plan de Tratamiento ocurre al final de la fase de diagnóstico, es un proceso continuo por cuanto puede sufrir modificaciones en base a la evaluación permanente del caso. Diseño del Plan de Tratamiento De acuerdo a los elementos establecidos en el diagnóstico, se deben elaborar y desarrollar los planes de intervención individual y los planes de intervención grupal con los sujetos de atención, orientados a la superación y solución de los problemas detectados, y al fortalecimiento de los recursos personales, familiares y de la comunidad, de manera de traspasarles progresivamente la responsabilidad por el niño o niña.
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En el diseño del plan deben considerarse antecedentes y evaluaciones previas al ingreso, durante el ingreso, en la fase diagnóstica y las evaluaciones y apreciaciones generadas por los profesionales y técnicos (sicólogo/a, trabajador/a social, abogado/a, educador/a que han participado en la intervención directa, tanto con el niño, sus pares y posibles adultos significativos. De particular importancia es definir el estado legal en el que se desarrollarán las intervenciones. Esto es, si existe medida de protección y su tipo; si se ha interpuesto algún tipo de denuncia por grave vulneración de derecho, constitutiva de delito; si hay causa en el Juzgado del Crimen; si existe o no querella criminal y remisión de evaluación a abogado de la respectiva dirección regional de Sename. De esa manera, el Plan de Tratamiento Individual deberá considerar los siguientes aspectos: • • • • • • • • •
Grado de satisfacción general de sus necesidades básicas en todos los contextos. Presencia de problemas de salud física y grado de incapacidad para el desempeño de distintas áreas. Desarrollo cognitivo y emocional. Necesidades más afectadas por la situación de vida en la calle. Capacidad de evocar relatos asociados a su situación de calle y los sentimientos asociados a la evocación de experiencias traumáticas. Capacidad para reconocer figuras explotadoras. Capacidad para establecer vinculación con adultos protectores, no agresores. Grado y calidad de la vinculación afectiva con los distintos integrantes de su familia de origen. Capacidad para articular verbalmente su historia de vida, identificando, en esta fase, sus figuras afectivas y aquellas que él o ella describe como ausentes, agresoras y/o indiferentes.
Respecto a la situación familiar, es necesario considerar las siguientes variables: • • • •
Si el niño, niña o adolescente cuenta o no con figura protectora en su familia de origen. Con qué familiares o adultos significativos trabajará el proyecto. Irreversibilidad de la situación familiar. Tipología de la violencia ejercida en su contra: intra y/o extrafamiliar.
Tales antecedentes permiten diseñar las hipótesis específicas de trabajo, los objetivos de la intervención, las estrategias pertinentes y un pronóstico tanto de la niña, el niño o adolescente como de la familia. En el análisis y planteamiento de las estrategias de intervención, se contempla y garantiza la activación de todos los recursos personales, profesionales y sociales tendientes a velar por el mejor bienestar del niño, la niña o adolescente. Respecto de las variables que permiten establecer un pronóstico del caso se considera el tipo de explotación, la gravedad del daño ocasionado en el niño/a o adolescente, reconocimiento y conciencia de la gravedad de la explotación, existencia o no de grupo familiar y/o adulto significativo, grado de compromiso adictivo (alcohol, drogas), cronicidad de la violencia, y existencia o no de abandono materno–paterno. Así, el tratamiento consistirá en la ejecución de las estrategias y acciones de intervención definidas en cada plan de tratamiento individualizado en pro de la reparación, en las áreas social, educativa, psicológica y legal.
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En ese sentido, la reparación constituye un proceso integral, en que los proyectos desarrollan, desde las distintas áreas de intervención y en conjunto con los distintos actores del proceso, los siguientes componentes: • Interrupción de las situaciones de vulneración y resolución de sus consecuencias en el niño o niña. • Modificación de las pautas relacionales dañinas y potenciación de los recursos protectores a nivel familiar y comunitario. • Reelaboración y resignificación de la experiencia vivida en la calle, así como la(s) que gatillo (aron) esa condición, en pro del aprendizaje de nuevas formas de enfrentamiento a situaciones vitales adversas. Fase de egreso - seguimiento Luego de evaluar el proceso reparatorio desarrollado al niño, la niña o adolescente, de acuerdo a los indicadores de logro definidos para cada una de las fases de intervención, los proyectos podrán determinar el egreso de aquellos casos en los que se determinen alcanzadas las metas establecidas. El egreso es parte del proceso reparatorio, por lo que debe ser asumido como la fase final del tratamiento en la que no sólo se realiza una evaluación de logros obtenidos, sino que, además, se desarrolla una intervención de cierre. Esta estrategia debe considerar el vínculo establecido entre equipo-niño, niña o adolescente, el reconocimiento de la existencia de recursos personales que le permitan continuar con su vida (separación equipo– sujeto de atención), y fortalecimiento de recursos personales y de autoprotección, entre otros. En la mayoría de los casos, la población atendida requerirá de un egreso a instancias de protección que den continuidad a sus procesos de reinserción social y al trabajo de fortalecimiento de las familias o adultos significativos, para el apropiado cumplimiento de los roles protectores. Por ello, los proyectos deben planificar los egresos involucrando a las instancias de apoyo con las que se ha trabajado durante el proceso de intervención (escuelas, consultorios, organismos de capacitación, centros diurnos de prevención, hogares de protección, etc.), a las que se pudo ir traspasando la atención del caso, junto con los familiares o adultos significativos que participaron en el proceso. Se debe considerar el seguimiento planificado de cada uno/a de los participantes en el proyecto. Este seguimiento exige focalizar el qué se va a evaluar, con el propósito de estimar los reales avances y capacidades adquiridas en el proceso reparatorio. Es deber del equipo profesional realizar una estimación de los logros obtenidos y mantener al niño, niña o adolescente en control del tribunal de menores o archivar la causa proteccional. En esta etapa se requiere que el profesional encargado del seguimiento cuente con el conocimiento acabado del caso, tanto para poder focalizar la evaluación, como para realizar una estimación de los cambios evaluados. El proceso reparatorio de las vulneraciones de mayor gravedad que afectan a niños, niñas y adolescentes de la calle, contempla la atención especializada durante un periodo máximo de 24 meses. En el caso de los proyectos que funcionen con residencia, deberán resguardar los aspectos de la intervención que a continuación se señalan. Inicialmente, en un plazo de alrededor de un mes, se deberá efectuar una etapa de acogida y co-construcción del espacio protector para preparar a los niños, niñas y adolescentes para instalarse y apropiarse del
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espacio terapéutico provisorio, que representa la casa, el que permitirá promover procesos de reparación y dignificar sus condiciones de vida. Se trata de hacer un pacto de responsabilidades mutuas, donde los sujetos de atención acepten el rol conductor del equipo a cargo de la intervención y asuman reglas mínimas de convivencia. Para esto se deberá trabajar con distintas técnicas destinadas a generar una normativa básica y delimitar los compromisos asociados al mantenimiento de la casa. Así, mediante acciones cotidianas concretas, se irán consolidando hábitos, horarios, y responsabilidades que resultarán claves en su posterior reinserción. El objetivo central de esta etapa es generar las condiciones mínimas necesarias para que el niño, niña o adolescente se pueda comprometer en un proceso reparatorio, logrando que conozcan el funcionamiento de la casa, la validen como instancia de apoyo y participen en las actividades propuestas, especialmente en los espacios concertados para la conversación. Así, el grupo residente en la casa del proyecto podrá cumplir un rol de contención, control y definición de los límites y responsabilidades para cada uno de sus integrantes. Sin embargo, el proceso de reparación debe realizarse de manera individual, atendiendo las particularidades de cada uno, intentando reparar, en lo inmediato, situaciones extremas de vulneración para ir, paulatinamente reconstituyendo las historias de vida de cada uno de ellos, de manera de generar un proceso de cuestionamiento, acompañado de una adecuada contención que les permita plantearse opciones alternativas al vivir en la calle, las que concluyan en una efectiva derivación hacia su reinserción familiar, escolar, programas específicos u otras instancias de la red social. Para ello, se deben desarrollar las respectivas fases de intervención antes desarrolladas de diagnóstico, elaboración y desarrollo del plan de tratamiento individual, derivación, acompañamiento, egreso y seguimiento. Lo importante es relevar que tanto los proyectos que efectúen sólo intervención ambulatoria, como aquellos que combinen la atención ambulatoria con la residencial, deberán proporcionar atención sicoterapéutica reparatoria, lo que implica realizar intervenciones integrales destinadas a la interrupción de las situaciones de calle y a la restitución de derechos. También considera el trabajo terapéutico orientado a la resignificación de las experiencias de rechazo, abandono y violencia, y al fortalecimiento de los recursos personales, familiares y comunitarios para el bienestar sicosocial de los casos atendidos. Lo anterior, puede requerir derivaciones para el tratamiento de problemas asociados al consumo abusivo de drogas, abuso sexual, maltrato grave o explotación sexual comercial. Los proyectos deberán usar la red de atención especializada y apoyar el proceso de esas instancias. En general, el trabajo reparatorio estará orientado a que el niño o niña sea sujeto activo en la experiencia, despliegue capacidades y potencialidades, se respete y se valore, aminore sus sentimientos de desprotección y/o culpa, eleve su autoestima, supere los efectos traumáticos, adquiera herramientas que permitan enfrentar con mayores recursos las situaciones de riesgo y a promover vínculos protectores con adultos significativos en la familia o la comunidad. Lo anterior, representa también obtener atención sicológica y social para la familia en los casos que en que exista alguna figura adulta significativa e interesada en participar en el proceso. De lo contrario, debe fortalecerse el desarrollo personal del adolescente, orientado a lograr su autonomía.
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RESULTADOS ESPERADOS Resultados de proceso • El 100% de los casos afectados por vulneraciones de derechos constitutivas de delito, cuentan con la protección jurídica- legal requerida. • El 100% de los casos sin vínculos protectores que requieran internación en red de centros del Sename son postulados e ingresados, manteniendo la atención del proyecto en el centro respectivo. • El 80% de los casos acceden a controles regulares de salud. • El 80% de los casos que requieren atención en servicios especializados de salud física y mental tienen acceso a éstos. • El 80% de los casos reciben apoyo para su nivelación, recuperación, e inserción escolar y formación para el trabajo, según corresponda.
Resultados finales • Al menos el 50% de los casos afectados por graves vulneraciones de derechos finalizan el proceso reparatorio con logro de objetivos. • Al menos el 50% de los niños y niñas atendidos cuentan con un referente protector. • Al menos el 60% de los niños, niñas y adolescentes de la calle (que vivían en caletas, en la vía pública) abandonan esa forma de vida y se reinsertan a la sociedad. Para cada uno de estos resultados es deseable se incorpore la necesaria equidad entre hombres y mujeres. Por tanto, del universo de niños y niñas un porcentaje equitativo accede al resultado esperado.
EVALUACIÓN Y MONITOREO La necesidad de mejorar la focalización y la calidad de la atención, hace que la incorporación de procedimientos sistemáticos de evaluación se constituya en un requerimiento básico para los proyectos de atención a niños, niñas y adolescentes en situación de calle. En su formulación, los proyectos deben incorporar procedimientos sistemáticos de evaluación, con la periodicidad necesaria y en coherencia con cada una de las etapas del proceso de desarrollo de la propuesta de intervención. Éstos deben abordar aspectos cualitativos y cuantitativos a evaluar y la opinión de los usuarios(as), individualizando a los responsables de la evaluación. Todo ello, con el propósito primordial de contribuir a mejorar sistemáticamente la calidad del sistema de atención e intervención de los proyectos. Asimismo, es primordial incorporar los resultados del proyecto anterior (en caso que corresponda) desagregados por sexo y un breve comentario explicativo de los datos especificando las causales que pudieren justificar las diferencias entre niños y niñas contenidas en éstos. En términos operativos, ello deberá traducirse en la entrega de información que permita ajustar el diseño de intervención continuamente, como también la planificación de los procesos de capacitación, la generación y unificación de los criterios de calidad y la validación de instrumentos, entre otros aspectos.
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RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES Recursos humanos La intervención en calle requiere contar con equipo interdisciplinario con formación y experiencia en intervención sicológica, social, jurídica y comunitaria que, además, debe presentar motivación y características de personalidad compatibles con la alta exigencia emocional que implica esta tarea, fortalezas para el manejo de la población a atender y experiencia en los problemas que será necesario abordar. También deberá tratarse de un equipo dispuesto y organizado para acompañar muy cercanamente a niños y niñas en sus procesos de cambio, y recuperarlos en los momentos que experimenten retrocesos, tales como retomar el consumo de drogas o el regreso a la calle. Con ese propósito, el equipo deberá organizarse, de manera de estar presente regularmente en el medio de vida de los niños y niñas, para no perder el contacto con ellos y poder seguir de cerca sus comportamientos y cambios. Específicamente, los integrantes de los equipos deberán demostrar: • Formación (de acuerdo a su especialidad y nivel técnico o profesional) para intervenir en las diversas problemáticas presentes en la población a atender. • Habilidades para la comunicación, para escuchar, proponer y orientar. • Contar con recursos para abordar y manejar situaciones de emergencia. • Capacidad de detectar, analizar y canalizar las necesidades de los niños(as). • Capacidad de sensibilizar a los actores con los que se debe llegar a articular redes de soporte social para los procesos de los niños(as). • Contar con competencias y habilidades para desarrollar relaciones igualitarias entre hombres y mujeres en el trabajo individual, familiar y grupal. • Contar con amplia información acerca de los recursos disponibles para los niños(as) y sus familias o adultos significativos. • Responsabilidad, sentido común, creatividad y capacidad de tomar decisiones oportunas en su ámbito de competencia. Conjuntamente, es importante que las instituciones incorporen –como parte del proceso- el autocuidado de equipo, en atención a las altas demandas emocionales que implica realizar intervenciones con niños, niñas y adolescentes afectados por la multiplicidad de vulneraciones asociadas a la situación de calle. Se espera que el equipo pueda plantear un plan de trabajo orientado a su protección y a resguardar la calidad de la intervención. Las instituciones deben presentar en detalle el personal que se desempeñará en el proyecto (en el “cuadro de personal” del formulario de presentación de proyectos), señalar los descriptores de cargos (funciones a cumplir, principales tareas a realizar y perfil profesional) y adjuntar los respectivos curriculum vitae.
Equipo básico El equipo requiere la siguiente conformación básica, para la atención simultánea de 25 plazas86: 1 director(a) de proyecto en jornada completa. 1 sicólogo(a) en jornada completa. 86 Es necesario considerar la atención médica y psiquiátrica, asegurándola preferentemente a través de la coordinación con el sector salud o, si esto no es posible, integrando horas profesionales al proyecto.
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1 asistente social en jornada completa. 3 educadores(as) o técnicos sociales en jornada completa. 1 abogado(a) por horas. 1 contador(a) por horas. 1 secretaria(o) jornada completa. 1 chofer en jornada completa. 1 auxiliar en media jornada. En el caso de proyectos que funcionen combinando el trabajo de calle con la atención residencial de los sujetos de atención, la organización y funcionamiento de la residencia deberá responder a los criterios, indicaciones y estándares establecidos en este para el Sistema Residencial de Protección.
Descripción de funciones Las funciones básicas a desempeñar por los integrantes del equipo son las siguientes: Director(a) • Dirección técnica del equipo. • Dirección administrativa del proyecto. • Generar la coordinación con las redes. • Responsable del sistema de registro y del desarrollo investigativo del proyecto (sistematización, elaboración de informes). Sicólogo(a) • Responsable del ámbito terapéutico. • Responsable de la evaluación diagnóstica especializada. • Responsable del proceso terapéutico de reparación del niño, niña o adolescente y sus familias o figuras significativas. • Implementación y conducción de las estrategias terapéuticas. • Participación en el proceso de conexión con la red del niño, niña o adolescente. • Participación en el seguimiento del caso. Trabajador(a) Social • Responsable del ámbito social. • Responsable de la entrevista de recepción, acogida y detección de los casos. • Participación en la evaluación diagnóstica social. • Apoyo al desarrollo del Plan de Tratamiento Individual (PTI). • Responsable del seguimiento del caso. • Apoyo al trabajo con las familias. • Articulación de redes. Abogado(a) • Responsable del ámbito jurídico. • Orientación legal. • Gestionar la adopción de medidas de protección y asumir su representación ante los tribunales de letras de menores. • Coordinación con equipo jurídico querellante de Sename. • Orientación a los profesionales en elaboración de informes al tribunal.
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• Participación en la evaluación diagnóstica. • Participación en el PTI. Educador(a) y/o técnico social • Contacto con la redes comunitarias e intersectoriales. • Apoyo para el acercamiento y la detección de los casos. • Apoyo en el proceso terapéutico, social y legal de los casos. • Participación en la evaluación diagnóstica. • Participación y apoyo del PTI. • Acompañamiento a los casos asignados en las distintas instancias. • Participación en el seguimiento de los casos. Secretaria • Responsable del registro computacional. • Recepción de público. • Apoyo a la gestión administrativa del director(a). Contador(a) • Apoyo en el manejo financiero del proyecto. • Responsable del pago de sueldos y honorarios. Chofer • Conducción de vehículo del proyecto, para traslado del equipo a focos de intervención, visitas domiciliarias y otros, movilización de sujetos de atención a lugares establecidos en PTI (centros de salud, centros escolares o de capacitación, etc.). Auxiliar • Cuidado, aseo y mantención del centro donde funciona el proyecto. • Labores de estafeta.
Recursos materiales mínimos Local con instalaciones pertinentes a las necesidades del proyecto (oficinas, salas, baño para personal y para público, accesible a niños(as) o adolescentes, recepción). Los proyectos que funcionen además con atención residencial, deberán contar con: • Número apropiado de dormitorios y baños (diferenciados por sexo y edades), para los niños, niñas y adolescentes. • Cocina, comedor, sala para actividades recreativas, escolares, etc. • Patio acorde a la cobertura residencial. • Número apropiado de oficinas para desempeño del equipo y atención de casos y público, con baño. • Teléfono, fax y correo electrónico. • Computador con los siguientes requerimientos mínimos: procesador Pentium, disco duro no inferior a 2 GB, memoria mínimo 32 MB RAM u otro, unidades de disco de 3 ½ pulgada de alta densidad y unidades de CD ROM (opciones de multimedia son necesarias por las características de software actual), impresora, tarjeta fax-modem, conexión con Internet que permita correo electrónico, sistema operativo Windows 95 o superior, programas Office 2000 con Access incluido.
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Atención a Inimputables en Protección Especial
Atención a Inimputables en Protección Especial
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ATENCIÓN DE INIMPUTABLES EN PROTECCIÓN ESPECIAL DEFINICIÓN
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l Servicio Nacional de Menores ha asumido la responsabilidad, como institución del Estado, de generar una oferta programática especial e innovadora para niños, niñas y adolescentes con menos de 14 años de edad involucrados en infracciones de ley87 o que presenten problemas conductuales que obstaculizan su integración social y el ejercicio pleno de sus derechos. También este sistema incluye a quienes teniendo menos de 18 años y más de 14, presenten una causal de ingreso distinta a la comisión de un crimen o simple delito y su historia de vida revele un compromiso con conductas delictivas, o bien presenten graves desajustes conductuales que limitan sus posibilidades de una positiva inserción social. Esta oferta se inserta en la línea de protección88, ya que el contexto en que se dan las problemáticas señaladas es en la presencia de severas vulneraciones de derechos. Por esto, se asume que el énfasis de este programa será la reparación y restitución de derechos severamente vulnerados, así como una intervención especializada para interrumpir la trayectoria de conductas transgresoras que se presenta concomitantemente. Desde el punto de vista jurídico, ni en la legislación vigente y tampoco en los proyectos de ley en discusión se considera que los niños(as) menores de 14 años puedan ser responsables penalmente de delitos y no se acogerán a la oferta de programas de atención que el Departamento de Responsabilidad Juvenil del Sename ha organizado para los adolescentes, por lo cual son niños(as) que requieren de una acción desarrollada en el ámbito de la protección, con una intervención especializada y precoz, que permita interrumpir una trayectoria de conductas gradualmente más complicadas. A continuación, se presenta una caracterización del subgrupo de niños(as) menores de 14 años que han ingresado a la red Sename89. Se estima que en el universo podría existir una cifra no pesquisada de niños(as) que a la fecha no ingresan al sistema judicial ni a la red de atención, pero que su situación los hace potenciales usuarios del presente programa. Anualmente, ingresan a la red 1.091 niños(as) entre 7 y 13 años de edad, que se han vinculado a infracciones a la ley, lo cual representa el 2,07% de todos los ingresos. Cabe precisar, que en esta cifra no se consideran los reingresos, por tanto corresponde al número real de niños(as) atendidos durante el año90.
87 Junto al equipo jurídico de Sename se definió que los niños(as) beneficiarios del programa serán aquéllos de quienes se alegue haber realizado actos antijurídicos, pero que en virtud de su edad son considerados legalmente inimputables, por lo cual se hará la referencia a ellos como involucrados, vinculados, o asociados a infracciones de ley, en conformidad con el artículo 40 de la Convención de los Derechos del Niño. 88 Convención de los Derechos del Niño, artículo 40 Nº 1, Nº 3 letra b, Nº 4. 89 En la presente caracterización se utilizó de la base de datos de Sename sobre los niños(as) atendidos en la red. 90 La información corresponde al año 2001.
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Asimismo, un 70% de estos ingresos se efectúa sólo a centros de diagnóstico (CTD y COD). En un período anual, los centros con más ingresos fueron el CTD Pudahuel (161), CTD San Joaquín (143); CTD Alborada (127) y CTD Playa Ancha (69)91. Con mayor precisión, en abril del 2002, un total de 26.284 niños y niñas entre 7 y 14 años de edad son atendidos en la red del Sename. De ellos, 266 ingresan a programas especializados por causas definidas como infracciones a la ley, de las cuales la mayoría fue tipificada como hurto y robo (73%). Este grupo está conformado por 56 mujeres y 210 hombres; es decir, un 21% y 79%, respectivamente.
OBJETIVOS Objetivos generales: 1. Contribuir a superar la grave vulneración de derechos que presentan los niños y niñas sin responsabilidad penal vinculados a infracciones de ley. 2. Interrumpir la trayectoria de vinculación a infracciones de ley en niños y niñas sin responsabilidad penal.
Objetivos específicos: 1. Contribuir a la restitución de derechos de estos niños(as), tales como la reinserción escolar y comunitaria. 2. Contribuir al fortalecimiento y reinserción familiar. 3. Propender a la modificación de conductas del niño(a), instaurando repertorios adecuados a su integración social. 4. Detener el ingreso-reingreso reiterado de estos niños(as) a los centros COD y CTD de la red de Sename. 5. Vincular a una red comunitaria de apoyo al niño(a) y su familia que facilite la inserción social.
SUJETOS DE ATENCIÓN Son sujetos de atención del programa: • Niños(as) menores de 14 años de edad que presentan situaciones de vulneración de derechos, involucrados en hechos constitutivos de delito por los cuales son considerados legalmente inimputables92. • Niños(as) menores de 18 años y mayores de 14 que presentan una causal de ingreso distinta a la comisión de delitos y que ha presentado recientemente conductas delictivas. Por consiguiente, el sujeto que atiende el programa es aquel niño, niña o adolescente que en su desarrollo vital presente problemas de vulneración grave de sus derechos y que en los últimos seis meses haya estado
91 Los datos corresponden a la población ingresada entre Enero y Diciembre del 2001. 92 El proyecto y futura Ley de Subvenciones especifica la “propia conducta de los niños, niñas y adolescentes” como situación a intervenir desde los servicios del Estado.
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involucrado en hechos que constituyen infracciones de ley93, dificultándose su permanencia o integración a sus espacios familiares y/o comunitarios.
INTERVENCIÓN Principios que deben guiar la intervención Los principios que guían la acción de los proyectos son los contenidos en la Convención de los Derechos del Niño y los del Marco General de este texto.
Criterios que deben guiar la intervención a) El programa diferencia lo que es “residencia” de “intervención”, entendiendo por lo primero el lugar físico donde está el niño(a), y por intervención la modalidad que utiliza el programa en la reparación de derechos y en la modificación de conductas. En cuanto a la residencia, el niño(a) podrá estar en un centro o con su familia (de origen, extendida, de acogida). También, podrá residir un tiempo breve en el centro y después reintegrarse a su familia. Cuando se habla de residencia se refiere al lugar donde el niño o niña se encuentra pernoctando y habitando, sea esta situación transitoria, en el caso de los centros de la red asistencial, o habitual, en el caso de que viva con su familia. El programa puede incorporar ambas situaciones en función de las condiciones en que se encuentre el niño(a). En el caso que se encuentre en un centro, su permanencia allí deberá tener una duración por un período de tiempo lo más acotado posible y la reinserción en su medio natural debe ser un objetivo prioritario. Las acciones que se emprendan deberán contemplar los aspectos necesarios que garanticen el bienestar integral del niño(a) en su permanencia residencial, considerando que todas promoverán su desarrollo en las distintas áreas, especialmente en las que se refieren a la reparación de sus derechos. Respecto a la intervención, cualquiera sea el tipo de residencia, lo central es que el programa asigne una tutora o un tutor94 al niño, niña o adolescente, que desarrolle un vínculo de acompañamiento y que siga su trayectoria (por ejemplo, desde el CTD a su familia o a un programa, reingresando al CTD, volviendo a su familia, etc.). Es decir, aunque cambie la situación o la residencia del niño(a), éste(a) seguirá siendo sujeto de atención del programa y el tutor(a) no se desentenderá de él o ella. En este acompañamiento del niño(a), se promoverá la restauración y reparación de derechos, la instauración de un sentido de responsabilización fomentando el respeto por los derechos de los terceros, así como la inserción y el mejoramiento de sus vínculos familiares.
93 Situar los problemas de transgresión en los últimos seis meses permite que la intervención sea sensible a una historia o trayectoria del niño, niña o adolescente. 94 Se sugiere el término tutor/a, el cual permite hacer la distinción con el término “delegado” que se utiliza en los sistemas de libertad asistida. Los proyectos podrán usar alguna otra denominación para este rol, como “educador”, “facilitador”, etc., conservando de todos modos las características descritas.
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No obstante, el papel central de la tutora o tutor en la metodología de intervención del programa, en ningún caso deberá remplazar a la familia (o adulto significativo) en las funciones naturales que le corresponden hacia el niño(a). Por el contrario, su rol será fortalecer aquellos vínculos que potencien el desarrollo del niño(a), entendiendo que ese rol es transitorio. Además, el programa deberá contar con un equipo técnico que tendrá el rol de apoyar al tutor(a) durante la intervención. b) En cuanto a la duración total de la atención del niño(a), ésta deberá ser la necesaria y suficiente para cumplir con los objetivos propuestos en el programa y sus diferentes etapas de atención95. Por ello, su situación deberá ser evaluada mensualmente de acuerdo a su plan de intervención. El proyecto, por su parte, deberá ser evaluado semestralmente y se deberá enviar el informe respectivo al Sename. c) Atención de casos judiciales. De acuerdo a las posibles vías de ingreso de los niños, niñas y adolescentes, habrá casos derivados desde tribunales o de la red de atención. En los casos derivados desde tribunales, en tanto exista resolución judicial al inicio o durante la intervención, el proyecto estará presente como medida judicial, por lo cual debe dar cumplimiento a dicha medida representando las obligaciones que ella implica. Se pondrá en conocimiento del juez las situaciones que ameriten su injerencia, así como también se cumplirá con las formalidades y procedimientos relacionados con el ingreso y egreso de los casos de la medida judicial. En aquellos casos que tengan orden judicial, es necesario que se informe de su evolución periódicamente a los tribunales correspondientes, de acuerdo a la legislación vigente96. En los casos no judicializados se informará de la evolución a la familia o adultos responsables. d) En el ingreso de casos al programa, ya sea judicial o pre-judicial, la intervención debe ser asumida por el niño(a) y su familia de manera informada y concordando un compromiso formal de integrarse a éste. En caso de que no se cuente con el consentimiento del niño, niña o adolescente, se propenderá a que desarrolle gradualmente un compromiso a través de diversas acciones y especialmente a través del trabajo de vínculo. En este sentido, luego del ingreso del caso, ya sea por vía judicial o no judicial, y asignado el niño(a) a un tutor(a) del programa, se desarrollará el proceso de vinculación para avanzar hacia mejores grados de motivación en la atención, lo cual está demostrado que ocurre así por la experiencia incluso en los sistemas de derivación judicial97. Ello ocurre de ese modo por cuanto todos los involucrados en la atención asumen que el criterio esencial para la intervención no es otro que la atención integral del niño y la niña en función de su bienestar en todas las áreas.
95 Ver punto 5.3.5 Etapa de evaluación y egreso. 96 La ley 16.618 vigente, establece que se debe remitir informes técnicos al juez describiendo la situación del niño, niña o joven periódicamente. En el caso de ingresos no judiciales, es deseable que se informe a las instituciones derivantes también por escrito, lo cual tiene implicancias positivas en la coordinación y la retroinformación respecto de los niños, niñas y jóvenes atendidos en común. 97 Existen medidas que en su origen no son voluntarias, pero que tampoco tienen obligatoriedad judicial. Nos referimos a programas que al tener el respaldo del Estado, conllevan grados de obligatoriedad implícitos, por la relación de autoridad que está de por medio (por ejemplo, la escuela, OPD, CTD ambulatorio, etc.). Al intervenir el Estado en la vida de las personas lo hace en función de principios fundamentales y del cumplimiento de objetivos anteriores a la decisión de ellas.
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e) La conversación será una herramienta técnica. El vehículo por el cual se realizará parte importante de la acción de este programa es la conversación98. Por ella y desde ella pasará gran parte de lo que se realice en el programa, en la acción de los(as) tutores(as), el equipo técnico y todos los actores involucrados en la atención de los niños(as), pues se asume que la conversación es el dominio de existencia de lo humano99, constituyéndose ésta en un poderoso paradigma para la acción técnica. En este sentido, se deberá poner especial énfasis en los procesos conversacionales en los distintos niveles del programa. Así, los productos o resultados obtenido en el proceso o al término de la atención, se hará a través de la conversación y cómo ella se realice. Los problemas que se definan, así como las vulneraciones de derechos que se visualice, serán visibles por la conversación. Del mismo modo, las fortalezas y la visión de los aspectos positivos tanto del niño/a como de su entorno, se potenciarán a través de ella, al desarrollar la conversación de cada día entre los distintos actores del proceso de intervención. f) Consideración especial en todo el desarrollo del proyecto tendrán la o las culturas específicas de la cuales forma parte el niño o niña (que incluye temas etáreos, de género, socioeconómicos, étnicos, barriales, urbanos o rurales, etc.), y la cultura oficial con la cual son contraparte e interaccionan. El proyecto deberá considerar estos elementos de contexto de manera muy especial, ya que en muchos casos esta variable determinará el éxito o el fracaso de la intervención. Se deberá prestar atención especial a la fuerte tendencia a la funcionalización de las relaciones presente en los modos de vida culturales en la actualidad, que mantienen una relación directa con la vinculación a infracciones en los que participan de esos patrones. g) Modelo de competencias. Se visualizará tanto al niño(a) como a sus otros significativos con un entendimiento no patologizante que se apoye en todos los aspectos positivos de la persona del niño(a), de sus vínculos significativos y del contexto sociocultural al que pertenece. El eje aquí es definir los aspectos necesarios de cambiar y, especialmente, los necesarios de mantener para su mejor desarrollo. Dentro del modelo de competencias podrá incluirse la línea desarrollada por el concepto de resiliencia100, ya ampliamente conocida en nuestro medio. h) Dimensión control de la intervención101. Se considerará la intervención como un aspecto de control social, dado por la presencia del programa en la vida del niño(a) y sus otros significativos. Por ende, habrá objetivos que serán inherentes a la acción de un programa del Estado que se enmarca en el espíritu de la Convención sobre los Derechos del Niño. Las acciones educativas, de orientación y reparatorias que se realizan con bajo grado de voluntariedad o motivación del niño, niña o adolescente y los adultos significativos, se desarrollarán dentro del marco de la Convención, a fin de remover los obstáculos que impiden el pleno goce de sus derechos por parte de los niños, las niñas y los adolescentes. i) La dimensión de apoyo de la intervención102 implica:
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Cfr. Muñoz, Mario: “La rehabilitación como conversación”. Revista El Observador del Servicio Nacional de Menores, Nº 16, Santiago, 2000. Inicialmente publicado en Cuaderno de Trabajo Nº 1 de Fundación DEM, Santiago de Chile, noviembre 1994. 99 Cfr. Los trabajos de Humberto Maturana al respecto. 100 Se define la resiliencia como la capacidad de fortalecerse que presentan los seres humanos, aún al pasar por experiencias negativas o dañinas. 101 Podría tomarse el término intervención de manera eufemística, como si no conllevara el aspecto de control que aquí se ha señalado. Sin embargo, creemos que en estos lineamientos técnicos deben considerarse todos los aspectos involucrados en la acción a realizar, para tener coherencia en el operar. 102 Concepto que se asocia a los procesos de construcción conjunta (co-construcción), los que implican condiciones propicias en el vínculo entre los participantes de esa relación para que ocurran.
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• Apoyo a los procesos de desarrollo en curso del niño(a) en los planos individual, familiar y de inserción comunitaria. Esto implica que la intervención favorecerá esa tendencia, sumándose al curso que ella tiene de manera intencionada, con el fin de asegurarla y fortalecerla. En este sentido, la intervención implicará un esfuerzo de visualización de estos procesos y un compromiso ético que los reconozca y favorezca. • Apoyo reparatorio. Cuando se haya roto la dinámica de buenos tratos, protección, cuidados y satisfacción de necesidades que el niño(a) requiere para que avance en su desarrollo, será necesaria la acción de los recursos reparatorios con que cuenta una familia y su comunidad. El programa será uno de estos recursos y, por operar desde las políticas públicas, podrá actuar en un nivel que le permita movilizar otros recursos en el nivel local para este fin. En los proceso los recursos reparatorios más importantes se relacionan con establecer una dinámica vincular basada en el respeto incondicionado, la confirmación positiva del otro y la validación de los recursos existentes, que definen básicamente una cultura de buen trato103. El desarrollo de esta cultura en las relaciones establecidas tenderá a contrarrestar el efecto anterior de las dinámicas de descuido, negligencia, desprotección y malos tratos a que puedan haber estado sometidos los niños(as). Estos principios orientadores tienen directas correlaciones con los planteamientos que la justicia restaurativa ha estado señalando en relación con la misma problemática104. En este sentido, podemos construir una mirada más útil de la disciplina social al observar la interrelación de las dos variables más integrales señaladas anteriormente: control y apoyo. El control puede ser definido como disciplina o establecer límites y apoyo como motivación y nutrición. Utilizando estas dos variables podemos combinar un alto o bajo nivel de control, con un alto o bajo nivel de apoyo, para identificar cuatro acercamientos generales a la disciplina de la sociedad: negligente, permisivo, punitivo (o retributivo) y restaurativo, donde se destaca el último de éstos. El acercamiento permisivo consiste en bajo control y alto apoyo, una disminución del establecimiento de límites y una abundancia de la nutritividad. Opuesto a lo permisivo es la postura punitiva (o retributiva), con control alto y apoyo bajo, siendo éste el acercamiento mayoritario en las sociedades castigadoras. La tercera postura, con ausencia de ambos (ni establecimiento de límites ni nutrición), es la negligencia. La cuarta posibilidad es la restaurativa que contiene un alto control y un alto apoyo. Confronta y desaprueba lo que se hace mal, al mismo tiempo que apoya y valora el valor intrínseco de la persona. En este contexto, control significa control de las acciones equívocas y no de la persona, más aún tratándose de niñas, niños y adolescentes. j) Ante el desafío del sujeto de atención propuesto, se hace pertinente incorporar una metodología que integre los aportes de un enfoque clínico-tradicional y de uno comunitario-social. En ese sentido, la metodología de intervención del programa tendrá un sello que se ajuste a las características del niño(a), lo que significa que el énfasis estará en la elaboración de un plan de intervención individual que se aplicará en el entorno social donde se desenvuelve el niño(a). Es decir, en dicho medio se desplegarán acciones 103 Los trabajos de Jorge Barudy desarrollan esta mirada. En Chile existen experiencias que aportan al desarrollo de una cultura del buen trato, como el proyecto de “Educación para la no violencia” que actualmente lleva a cabo un equipo de la Pontificia Universidad Católica de Chile. 104 Véase los trabajos de Willie McCarney al respecto: http://www.courtinfo.ca.gov/programs/cfcc/pdffiles/V3McCarney.pdf
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de acompañamiento con el niño(a) y su familia, de encuentros y conversación técnica en sus domicilios, de contacto y coordinación con actores de la comunidad e institucionales, entre otras, movilizando de este modo todos los recursos disponibles que, multiplicados sinérgicamente, disminuyan la necesidad de acciones posteriores. En programas de tipo residencial la realización de actividades grupales son una instancia necesaria de formación y desarrollo personal. Los niños se encuentran residiendo juntos en el centro, por lo cual las actividades grupales son parte de los procesos de atención en ese contexto y pueden ser un espacio muy valioso para la formación prelaboral, el desarrollo personal e incluso el trabajo reparatorio en el ámbito más terapéutico, en el contexto de los procesos individuales, familiares y de inserción comunitaria. En el contexto ambulatorio, es importante tomar resguardos si se realiza actividades grupales, ya que podría ocurrir que se refuercen identidades negativas en los participantes en los grupos, generándose problemas y situaciones que compliquen la situación de cada uno(a), en vez de ayudar. En programas ambulatorios se sugiere propiciar actividades grupales prosociales en espacios comunitarios, incorporando a ellos a algunos niños, niñas o adolescentes que lo requieran y como parte de sus procesos de integración general. Del mismo modo, las iniciativas que en este sentido realicen los programas serán aportativas, si se considera en la metodología los resguardos señalados y las variables individuales, familiares y comunitarias.
Etapas de la intervención Las etapas o fases de intervención que a continuación se señalan, no deben ser concebidas en términos lineales o como pre-requisito para alcanzar la siguiente fase, o con tiempos fijos definidos con anterioridad, sino como una guía para orientar el proceso. Sin embargo, para todos los casos será posible visualizar la presencia de cada una de estas fases durante su proceso de atención. La intervención se efectuará en las siguientes etapas, considerando para ello la variable de género. Ingreso El ingreso del niño(a) a programas de carácter residencial será a través de tribunales. Para los programas ambulatorios será a través de tribunales, centros de la red Sename (centros de tránsito y distribución, oficinas de protección de derechos, centros de observación y diagnóstico) y centros de la red de servicios (consultorios, servicios de salud mental infantil, departamentos de educación a nivel comunal o provincial, etc). La definición de estas instancias como conducto de ingreso, responden a la necesidad de que exista un respaldo o calificación diagnóstica y que el usuario del programa corresponda al perfil del sujeto de atención definido. De este modo, los casos pesquisados por otras vías (conocimiento de casos desde el mismo programa de atención denominados “demanda espontánea”) u otras organizaciones de la comunidad, deben solicitar a las instancias señaladas su injerencia para la derivación. Es decir, el ingreso de un niño(a) debe estar respaldado con la calificación diagnóstica de una instancia independiente de la institución que ejecuta el proyecto. Etapa de contacto o conocimiento Se trata del conjunto de acciones destinadas a establecer el primer contacto entre el niño/a y el tutor/a responsable de su proceso de intervención. Debe tenerse presente, que desde el principio se está interviniendo a través de cada acción y conversación sostenida con el niño o niña y con los diferentes interlocutores. Por
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ello, el programa deberá considerar con especial cuidado las acciones que se realiza con cada caso, desde sus inicios. Cabe señalar, que el tutor(a) deberá tener una cantidad máxima de niñas(os) a su cargo que le permita realizar un acompañamiento cercano y continuo tanto al niño (a) como a su familia y las redes relevantes, lo cual requiere de tiempo y dedicación. Se recomienda una cantidad de entre 12 a 16 niños(as) por cada tutor(a). La finalidad de la fase de contacto es ir instalando paulatinamente la noción de estabilidad y seguridad emocional en el sujeto de atención, mediante la visibilidad de la figura adulta que trabajará con él y lo acompañará en este proceso en el espacio formal del centro o en el espacio informal de la calle, la casa, el grupo de esquina, la caleta, etc. Es decir, donde el niño(a) esté y se desenvuelva. En definitiva, el tutor(a) desplegará esfuerzos e iniciativas para ir construyendo un vinculo con el niño(a), propendiendo a que este vínculo perdure durante todo el proceso de atención. Se estima que el proceso de construcción de vínculo en esta etapa es altamente complejo. Podrá observarse situaciones de niños(as) que tienden a establecerlos en forma rápida y marcadamente dependientes, hasta otros(as) en que rechazan cualquier intento de vinculación que se realice con ellos. Por lo tanto, el tutor(a) deberá enfrentar esta tarea con conocimiento técnico del tema, apoyo del equipo de su programa y con habilidades personales afines a esta fase de atención (perseverancia, paciencia, apertura, flexibilidad). Paralelamente, en esta fase se establecen los primeros contactos con las figuras parentales o significativas del niño(a), con las figuras protectoras relevantes existentes o potenciales, y con la red social por la cual ha circulado (escuela, programas de Sename, tribunales, etc.). Todo ello, con el objetivo de recopilar la mayor cantidad de antecedentes que permitan orientar la elaboración del Plan de Intervención Integral. También en esta fase, y si el niño(a) no la tuviere, se inicia la elaboración de una calificación diagnóstica operativa sobre su situación, la que será completada en la fase posterior. Si su derivación al programa incluye una calificación diagnóstica, se avanzará sobre ésta de acuerdo a las variaciones de su situación y a la incorporación de los aspectos específicos que su nueva situación contextual ameritan. Se destaca la importancia de que el tutor(a) y el equipo técnico del programa conozcan las circunstancias ambientales, afectivas y sociales que rodean al niño(a), su historia y motivaciones, a fin de poder realizar un primer planteamiento de la intervención que se ejecutará. Para ello, además de la información aportada por el mismo niño(a) y su familia, se recoge información de la escuela, comunidad y antecedentes de otras instituciones en que ha estado, tales como los centros de tránsito y distribución, tribunales y la base de datos de Sename. Este proceso de conocimiento de su situación debe apuntar a especificar las vulneraciones de derechos que presenta el niño(a) que se ha vinculado a transgresiones legales, el contexto familiar de pertenencia con la historia relevante para comprender la situación actual y las conductas vinculadas con infracciones de ley. De esta forma, se debe determinar el modo y el grado en que la situación diagnosticada le dificulta su permanencia en los contextos familiares y/o comunitarios a los que pertenece, o el regreso a ellos y la apropiada reinserción en sus espacios de pertenencia, si es que la niña o el niño hubieren estado alejados de los espacios que les son propios en el contexto familiar y comunitario. Durante esta etapa inicial se establece el acuerdo que debe ser firmado por la familia (o adultos responsables), el niño(a) y el equipo técnico del programa.
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Etapa de elaboración del plan de intervención integral105 Se refiere a la elaboración de un plan de tratamiento individualizado para el niño(a) -que también incluye a su familia-, que considere los aspectos de género, edad, características étnicas, socioculturales e idiosincráticas, estableciendo los objetivos, actividades y resultados a desarrollar, los que deberán ser conversados y acordados con él o ella. Así, el plan de intervención integral constará de objetivos, resultados y actividades propuestos para el niño(a), al menos en las siguientes áreas: • Compromiso de un adulto responsable. Implica metas y acciones respecto a la búsqueda, diagnóstico y compromiso de un adulto en la familia o familia extendida o de acogida, que se responsabilice efectiva y afectivamente del proceso que se desarrollará con el niño(a). En este sentido, se debe recalcar lo señalado anteriormente, de que el tutor(a) será un facilitador del proceso de intervención del niño/a, pero que en ningún caso deberá remplazar al adulto significativo o familiar del niño/a. Si inicialmente no se contara con un(a) adulto responsable, el trabajo incluirá la búsqueda, identificación y compromiso de un adulto que asuma este rol de manera comprometida con el niño o niña como parte de su atención integral. • Inserción y/o fortalecimiento familiar. Con respecto a la familia, se deben considerar metas y actividades respecto del acogimiento del niño(a), fortalecimiento de roles, apoyo a la dinámica sociofamiliar, promoción de factores protectores, estrategias de solución y enfrentamiento de conflictos, así como la accesibilidad a las redes sociales. • Inserción escolar. Se refiere a la definición de logros y actividades respecto de la incorporación o reincorporación del niño(a) al colegio, nivelación escolar, refuerzo académico y compromiso de profesores. Por la edad del sujeto de atención de este programa y los importantes objetivos de inserción social que el área escolar involucra, el trabajo para la inserción escolar se considera primordial. Esta área puede requerir bastante atención y trabajo para determinar cuáles serán las líneas de acción más adecuadas para cada caso, en función de su realidad particular. La inserción, reinserción y mantención en el sistema escolar de un niño(a) puede demandar una estrategia de acción que involucre todas las áreas de su atención, por lo cual el plan de intervención integral pondrá especial énfasis en los objetivos de trabajo que aquí se establezca. • Inserción comunitaria y trabajo en red. Se busca generar las condiciones para que el niño o niña pueda restablecer vínculos de confianza y acogida con personas e instituciones, con las cuales habitualmente ha tenido la experiencia de ser expulsado o marginado. Este punto se refiere a metas y actividades que mejoren la vinculación del niño(a) y su familia con los espacios e instituciones existentes en la comunidad, que favorezca el establecimiento de vínculos con nuevos grupos de pares, y otros organismos formales y no formales presentes en la comunidad. Para ello es indispensable realizar un diagnóstico de los recursos existentes en el entorno comunitario donde vive cada niño(a), para lo cual el Programa deberá tener una inserción territorial, como condición de un trabajo en red efectivo. El desarrollo actual en el tema permite una mirada que ha trascendido el concepto de red como coordinación de redes institucionales, aún formal, para avanzar al trabajo con redes primarias, entendiéndolo
105 Al mismo tiempo que se profundiza el diagnóstico, el tutor(a) responsable de la situación del niño o niña, junto al equipo técnico del programa, comparten la información de que se dispone, la cual se analiza, se elaboran hipótesis y se construye un primer plan de trabajo, abarcando diversas dimensiones del sujeto de atención.
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como el entramado dinámico y pre-existente de vínculos de las personas, desde donde realizan su vida cotidiana y resuelven problemas. La labor del operador social en este programa (tutor/a y equipo técnico) es visibilizar estas redes, traerlas a la mano, a fin de sumarse a los procesos de red en curso, incorporando los objetivos de trabajo a estos procesos. Se evitará de este modo duplicar acciones que ya la comunidad tiene consideradas y no caer en el síndrome de la “institución total” que pretenda satisfacer todas las necesidades del niño(a) en el programa. • Reparación especializada. La intervención con el sujeto de atención en este programa deberá ser entendida como un proceso de reparación, el cual tendrá la cualidad de que la reparación será adecuada a la especificidad de cada caso (tipo de vulneración, presencia, intensidad, grado de reconocimiento y significación del daño, existencia y accesibilidad de recursos protectores, edad, evaluación de la presencia de sicopatología, cuadros orgánicos y otras características personales). El inicio de este proceso (la vulneración de derechos, el daño sico-social y relacional, etc.), su desarrollo y su término tienen relación directa con la potencialización de cambios que permitan la superación de su conducta de infracción a la ley penal. Conjuntamente, según el diagnóstico de los problemas que afectan al niño(a) y al conocimiento que se vaya teniendo del caso a través del tiempo de atención, es necesario definir actividades y metas que requieran una intervención especializada en otras áreas, tales como el consumo problemático de drogas, maltrato, abuso sexual y otras. Se estima, por la experiencia y por las perspectivas de este programa, que cuando la situación que presenta el niño(a) no es de gravedad, la reparación en otras áreas se puede efectuar en el mismo programa, con el propósito de trabajar con los diversos problemas que generalmente se presentan juntos en un mismo caso. Ahora bien, cuando se requiera derivar al niño(a) a una intervención más especializada (por ejemplo por consumo abusivo de drogas duras, maltrato grave, etc.), el programa deberá considerar la coordinación del trabajo interno y el externo con la instancia a la cual deriva, para que la atención del caso sea compatible y complementaria entre sí, incorporando parte de la temática en el abordaje integral del caso. En este sentido, la derivación a una instancia externa se hará como parte del plan de intervención y no como un traspaso del caso a otro programa. Las diversas problemáticas que presenta un caso, son inseparables entre sí y pueden tener un origen común. Al ser víctimas de una historia de acontecimientos dolorosos y/o estresantes en el marco de relaciones interpersonales significativas que han agotado los recursos naturales de los niños y las niñas para calmar y elaborar sus vivencias, los comportamientos transgresores estarán expresando esos dolores. Y en este sentido, el reconocerse y ser reconocidos como víctimas será un derecho fundamental en el trabajo de reparación que permitirá superar la acusación de victimarios por su vinculación a transgresiones y avanzar hacia un nuevo modo de estar en el mundo106. Distinto será el caso en que los comportamientos transgresores correspondan a opciones culturales, donde el niño, niña o adolescente se inserta en un colectivo (su propia familia, por ejemplo) proclive a la transgresión. Allí podrá trabajarse en la línea reparatoria cuando se requiera (lo cual podría tener un efecto positivo en la calidad de vida del niño y tal vez de su núcleo de pertenencia si ello es posible) buscando abordar los aspectos conductuales de acuerdo a otros ejes de intervención. 106 Jorge Barudy, elementos para la intervención con niños, niñas y adolescentes inimputables en Asesoría realizada en noviembre 2003, Servicio Nacional de Menores.
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• Modificación de conductas y responsabilización. Aunque todas las áreas de trabajo señaladas implican modificaciones o cambios conductuales por parte del niño(a) y de la familia, es necesario consignar actividades y metas referentes a la responsabilización de las conductas, sobre el derecho de las personas, así como la construcción de una nueva sensibilidad valórica en el plano de lo “bueno” y lo “malo”, lo “legítimo” y lo “ilegítimo”, y en el plano del desarrollo moral107, considerando el contexto familiar y sociocultural donde se inserta esta responsabilización. En este programa se realizará un trabajo de responsabilización de las transgresiones normativas en que se involucran los niños(as), entendiendo que ellos son seres en desarrollo y, por ende, están realizando un proceso de aprendizaje conducido por los otros significativos que lo rodean. En este sentido, interesa develar las creencias culturales propias respecto de los roles de género que pudiesen estar afectando su situación actual. No habrá sanciones ni acciones coercitivas para trabajar la responsabilización, y tampoco ellas estarán en el discurso. Se propiciará el desarrollo de la capacidad de ponerse en el lugar del otro108, en un proceso de aprendizaje de la percepción de necesidades, tanto de las propias como las del otro. Se visualizará en conjunto con el niño(a) y/o con sus figuras significativas las consecuencias de cada acción como primer paso, para poder avanzar hacia la responsabilidad como comprensión empática del otro y desarrollo del compromiso básico de evitar el dolor propio y ajeno. Sin embargo, para que este proceso de responsabilización se dé en forma efectiva, es condición que el niño(a) sea reconocido en sus propias necesidades por sus otros significativos y así reconozca las necesidades de los demás y los respete. Es decir, aquí se entiende que el proceso de responsabilización es un proceso de co-responsabilidad y construcción conjunta, condición insoslayable que debe ser incorporada al diseño de la intervención. Conjuntamente con este camino para desarrollar la responsabilización, se debe trabajar la reparación de los efectos negativos que ha tenido su historia de vínculos, aspecto esencial del trabajo con los sujetos de atención, como se ha señalado anteriormente, lo que incluirá tanto al niño como a sus otros significativos. Etapa de intervención Presente desde el ingreso del niño(a) al sistema, esta etapa debe ser desarrollada principalmente por el tutor(a), el cual deberá implementar las actividades definidas en el plan de intervención que ha sido diseñado por todo el equipo técnico. Para ello, deberá mantener un contacto periódico con el niño(a) y su familia, y con las redes comunitarias pertinentes, instancias en las cuales el plan será desarrollado apropiadamente. El equipo técnico del programa apoyará al tutor(a) en los ámbitos de diagnóstico, trabajo en redes y relación con la escuela. También participará en protocolos formales entre el programa y el niño(a), o el programa y la familia. El tutor(a) y el equipo técnico deberán trabajar de manera prioritaria en la revisión y evaluación permanente del plan de intervención, efectuando las modificaciones necesarias, según los avances y retrocesos de la intervención. 107 Se sugiere revisar los trabajos de M. Kolhberg, quien ha desarrollado un entendimiento relevante para este aspecto. 108 Kohlberg, en sus trabajos sobre “Desarrollo Moral”, ha profundizado en los aspectos involucrados en el comportamiento moral, y señala que la posición egocéntrica se rompe cuando surge el otro ante uno y se logra percibir en plenitud las necesidades de este otro.
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El tutor(a) y el equipo técnico deberán trabajar con los siguientes actores e instancias para implementar el plan de intervención: • Con el niño(a). Las principales actividades del tutor(a) serán las conversaciones, acompañamiento al niño(a) en su entorno y en actividades deportivas, entre otras. Establecerá un vínculo positivo, pero con un sello de autoridad hacia el niño(a). Su rol será orientar y educar socialmente. Ello, considerando el ascendiente que el tutor(a) tiene ante el niño(a) y su familia desde el rol de autoridad dado por el contexto de intervención. Proporcionará elementos para que el niño(a) analice su situación y reflexione sobre ella, incidiendo en aspectos de responsabilización. La intención es fortalecer la responsabilidad individual del niño(a) frente a los actos y conductas, inculcar el respeto a los derechos de las personas, desarrollar la capacidad de ponerse en el lugar del otro y apoyar su desarrollo biosicosocial. • Con la familia. El trabajo con la familia, cualquiera sea la forma que ésta adopte (de origen, extensa, de acogida), es central en el trabajo con los niños(as) del programa, encontrando aquí el área en que se operacionalizará el espíritu de la Convención de los Derechos del Niño. La familia recibirá la protección y la asistencia necesaria para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad. El programa, a través del tutor(a) y el equipo técnico, propiciará el que los adultos que rodean al niño(a) asuman sus roles ante él/ella, para lo cual brindará apoyos diversos en las líneas asistencial (acceso a recursos canalizando las redes afines), promocional y terapéutica, favoreciendo la búsqueda de soluciones conjuntas a los problemas y respetando los contextos culturales de pertenencia. El programa evitará reemplazar a las figuras naturales del niño(a), para lo cual el tutor(a) siempre se vinculará con el fin de restablecer los vínculos familiares del niño(a) en el caso de que éstos se encuentren dañados y de reforzar los vínculos existentes si es que éstos estuvieran debilitados. • Con la comunidad. Con apoyo del equipo técnico del programa, el tutor(a) efectuará coordinaciones con distintas instancias para que el niño(a) reciba el más alto nivel posible de atención en los ámbitos de: la salud, la educación, vivienda, recreación, programas de apoyo en nutrición, vestuario, etc. Por ejemplo, en el ámbito de la educación, se coordinará con los profesores motivándolos a participar en el plan de intervención y considerando su opinión en el desarrollo del mismo. A su vez, el tutor(a) podrá ser el apoderado del niño(a), si y sólo si no se cuenta con algún miembro de la familia que asuma la función que le compete, pues se propenderá a que dichas funciones sean ejercidas por los adultos que naturalmente rodean al niño(a) en su vida cotidiana. • Con otros programas de la red Sename. Como fue señalado en páginas anteriores, cuando la reparación de derechos esté inconclusa el programa no podrá desligarse del niño(a), aunque esté de por medio su deserción. Es decir, se continuará la atención en sus posibles reingresos a centros de la red Sename, efectuando la coordinación necesaria y el acompañamiento. Por ejemplo, en el caso de que un niño(a) tenga un reingreso a CTD, el programa, a través de su tutor(a), continuará su trabajo intensificando las coordinaciones pertinentes para aportar al diagnóstico de la situación puntual, entregar elementos técnicos que respalden las decisiones judiciales, y para apoyar los planos familiar y de estructuración vital. Todo esto con la finalidad de resolver la situación crítica, aprovechando técnicamente el impasse para asegurar la protección de derechos y el proceso de responsabilización vital. - Con los tribunales. El programa se coordinará con los tribunales pertinentes y sus diferentes instancias cuando el niño o niña ha ingresado a éste como parte de una medida judicial, cumpliendo con repre212
sentar las obligaciones que la medida implica y poniendo en conocimiento del juez/a las situaciones importantes para apoyar la comprensión de la situación actual del niño(a), en vías a resolver la situación de acuerdo a los marcos legales pertinentes. Cabe señalar que, ante el objetivo de interrumpir nuevas trasgresiones y reducir o interrumpir su trayectoria infraccional, es necesario que el plan de intervención no se quede sólo en la “formalidad” de las actividades, sino que apunte al fondo de la situación de cada caso, lo cual implica para las instituciones proponer y aplicar metodologías innovadoras e integrativas, considerando el estado del arte de las ciencias humanas, que permitan la mejor consecución de los objetivos para los casos atendidos por la importante función social que todo esto conlleva. Etapa de evaluación y egreso Periódicamente el plan de intervención deberá ser evaluado en función de los logros que se obtienen con el niño(a) y su familia. Para ello, es adecuado que esté diseñado en función de metas e indicadores. En la etapa previa al egreso, luego de visualizados los indicadores de buen pronóstico, será necesario trabajar a través de una etapa en que se disminuya programada y gradualmente la frecuencia de contactos con el programa, se elabore con el niño(a), su familia y otros adultos significativos el término de la intervención, se evalúe conjuntamente los logros, avances y resultados obtenidos, y se realice el traspaso a los adultos responsables del niño/a de los roles y funciones que el tutor(a) y/o el sistema de atención pudieran haber asumido en algún momento. Por la importancia que esta etapa tiene para la consolidación de los logros, es que ella debe ser diseñada con el objetivo de fortalecer las capacidades tanto del niño, la niña y sus adultos significativos para enfrentar positivamente las situaciones que tengan que enfrentar. Cuando existan indicadores de que se ha reparado la vulneración de derechos e interrumpido la trayectoria de vinculación a infracciones de ley y que, además, esta situación ha estado instaurada durante un tiempo en el niño(a), se podrá egresarlo del programa. Por lo tanto, considerando todos los procesos, se estima que el tiempo referencial de atención será de 12 meses, entendiendo que algunos de ellos podrán egresar antes, de acuerdo a sus condiciones específicas. Excepcionalmente, podrá trabajarse por un periodo adicional de seis meses si el proceso de atención está inconcluso existiendo indicadores de avance, todo ello debidamente justificado en lo técnico. Posterior al egreso, se considerará seis meses de seguimiento, período en el cual se realizará una observación de sus diversas áreas de desarrollo a través del contacto con informantes claves de la familia o la red de pertenencia del niño o niña, con aplicación de algún instrumento simple que dé cuenta de la situación observada. El conocimiento de la situación posterior al egreso será un importante elemento de retroalimentación del proyecto que deberá presentarse en la propuesta de continuidad. El egreso estará determinado en función de las evaluaciones de cada caso. Cuando exista alguna medida de protección adoptada por un tribunal y el egreso sea por cumplimiento de los objetivos de trabajo, se realizará las tramitaciones pertinentes a fin de que esa medida también quede sin efecto. Junto con el egreso se determinarán las acciones e indicaciones realizadas al cierre de su atención. Como este programa desarrollará su acción a través del vínculo establecido entre el tutor(a), el niño(a) y las personas significativas que lo(a) rodean, es necesario que el mismo proceso vincular contemple los mecanismos para distanciar los apegos afectivos que se hayan producido, tanto con el niño(a), como con miembros de su familia u otros seres significativos de su entorno, con la finalidad de no generar relaciones
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de dependencia. En este aspecto se trabajará propiciando que los roles sean asumidos por las personas competentes de su ambiente natural y dando espacios de contención afectiva y significados al vínculo que entre el tutor(a), el niño(a) y su familia se distanciará. Como nos referimos a un ámbito de gran significación emocional para todos los implicados, incluyendo al tutor o tutora, el proyecto deberá contemplar los mecanismos e instancias para que dichos procesos de desvinculación ocurran de la manera más acompañada posible desde un punto de vista técnico. Para los egresos de casos con fracaso, el programa deberá determinar el diagnóstico final de la situación a su egreso con los fundamentos técnicos que describen las razones por las cuales se considera su condición de no-exitoso. Se estima que si a los seis meses de intervención109, habiéndose realizado una evaluación periódica del proceso de evolución de un caso y éste no muestra cambios positivos, se informará al tribunal si es de derivación judicial y se solicitará su egreso del programa y su derivación a otro sistema si así se estima pertinente. Ello deberá ser informado a la dirección regional respectiva para que ésta apoye el proceso de reinserción o derivación a otro proyecto. El trabajo con casos de evolución negativa no debe ser superior a un año de tiempo de atención. De este modo, el equipo técnico en su conjunto deberá decidir el egreso de un caso en estas condiciones en función de la necesidad de incorporar al niño(a) o joven, a algún otro programa o sistema más acorde a sus características.
RESULTADOS ESPERADOS 1. El 100 % de los casos cuentan con la protección jurídica legal que requieren. 2. En al menos el 50% de niños, niñas y adolescentes no cometen nuevamente hechos que revisten carácter de delito. 3. Al menos 50% de niños, niñas y adolescentes atendidos finalizan el proceso reparatorio con logro de objetivos. 4. Al menos 50% de los niños y niñas atendidos cuentan con un referente protector. 5. El 100% de niños(as) sin referentes protectores o alto grado de resistencia a la intervención y que requieran internación en red de centros del Sename, debe ser postulados e ingresados manteniendo la atención en el centro.
EVALUACIÓN Y MONITOREO La necesidad de mejorar la focalización y la calidad de atención, hace que la incorporación de procedimientos sistemáticos de evaluación se constituya en un requerimiento básico para este tipo de programas. Se espera que dichos procedimientos sean planificados con anterioridad y periodicidad necesaria durante la formulación del proyecto. Éstos deben ser insertados coherentemente en cada una de las etapas del proceso de desarrollo de la propuesta de intervención y deben incorporar aspectos cualitativos y cuantitativos y la participación de los usuarios(as). 109 Si el caso fue derivado judicialmente, se ha informado ya por segunda vez al tribunal.
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En este contexto, la evaluación se plantea como objetivo primordial el contribuir en mejorar sistemáticamente la calidad del sistema de atención intervención brindado a través de los proyectos especializados. En términos operativos se traduce en la entrega de información que permita desarrollar un proceso de decisión que facilite ajustar el diseño de intervención continuamente, la planificación de los procesos de capacitación, la generación y unificación de los criterios de calidad, y la validación de instrumentos, entre otros. La planificación de la evaluación requiere considerar las distintas etapas de desarrollo que el proyecto implica en el tiempo. De acuerdo a una perspectiva longitudinal, se espera que los proyectos consideren las siguientes etapas para la evaluación: • Viabilidad del proyecto: consiste en la valoración que se aplica a la formulación del proyecto previa a su ejecución, orientada a determinar la factibilidad de implementar dicha propuesta en el marco del diseño global (coherencia interna, viabilidad del proyecto e indicadores posibles de evaluar). En este punto es primordial incorporar los resultados del proyecto anterior (en caso que corresponda), desagregados por sexo y un breve comentario explicativo de los datos especificando las causales que pudieren justificar las diferencias entre niños y niñas contenidas en éstos. • Evaluación de resultados: valoración llevada a cabo al final del proyecto, tendiente a determinar sus logros globales, enfatizando los efectos en los usuarios. Dado al carácter y finalidad de las orientaciones, la evaluación aquí descrita se centrará principalmente en el desarrollo de la evaluación de implementación del proyecto, de sus resultados e impacto local.
RECURSOS HUMANOS Por las complejidades del trabajo a realizar, que implican que el principal recurso para la intervención será el tutor(a), se requerirá incorporar al equipo del programa a personas que cuenten con la idoneidad y aptitud adecuadas, considerando en el proyecto los mecanismos y procedimientos de selección de personal a fin de descartar patologías gruesas o rasgos incompatibles con la función a desarrollar. La selección del personal para estos equipos debe considerar: • Salud física compatible con el cargo de desempeño110. • Salud mental con ausencia de contraindicaciones para el trabajo de atención de personas en relaciones de ayuda. • Vocación para la atención en relaciones de ayuda. • Motivación y compromiso ético para la atención de niños(as) con problemáticas vitales complejas. • Posibilidades de flexibilizar horarios para adecuarse a requerimientos diferentes de lo formal. 110 Para los cargos correspondientes al Servicio Nacional de Menores se refiere a lo señalado en la Ley 18.834 sobre Estatuto Administrativo en su artículo Nº 11. Para los cargos correspondientes a las instituciones de la red privada, se refiere a la salud física que implique no ausentarse por enfermedades, que afecten la relación vincular con los niños(as) atendidos.
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• Competencias específicas para facilitar el trabajo de protección y reparación, como capacidad de vincularse generando apegos confiables, alta capacidad de empatía, capacidad de reflexionar, capacidad de reciprocidad afectiva y conductual y capacidad de compromiso protector. • Tener actitud no discriminadora con los niños (as), especialmente los referidos a estereotipos de género. • Competencias y habilidades para desarrollar relaciones igualitarias entre hombres y mujeres en el trabajo individual, familiar y grupal. • Capacidades para el trabajo en equipo, así como también capacidad de autonomía y creatividad para afrontar situaciones críticas. • No tener antecedentes penales.
Equipo básico: conformación y funciones Coordinador (a) Asumirá la responsabilidad de la conducción técnica y administrativa del proyecto. Se trata de una responsabilidad que -para alcanzar los objetivos de la intervención- debe combinar tanto una mirada del caso a caso, como una visión global del funcionamiento del proyecto. Por ello, el perfil para este cargo será un profesional de las ciencias humanas con formación especializada en temas de familia, infancia, sicología comunitaria, normativas relacionadas con infancia, modelos de intervención, y con experiencia en gestión y administración de proyectos. Se espera que esta persona asuma la responsabilidad de convocar e introducir a todos los miembros del equipo técnico y a los tutor(as) en la co-construcción de la respuesta técnica a las diversas situaciones en que se verán desafiados, sin perder de vista la coherencia y consistencia con el marco de las políticas institucionales en el funcionamiento con este tipo de proyectos en el actual proceso de Reforma y con la Convención de los Derechos del Niño. Equipo profesional Estará constituido por profesionales del área de la sicología y el trabajo social, con capacitación en temas de familia, trabajo en redes sociales, y teorías y técnicas de intervención clínica y comunitaria. Se propenderá a que la conformación del equipo contenga diferentes profesiones para reforzar la mirada transdisciplinaria. Se considera deseable contar con un profesional que brinde algunas horas de asesoría legal a los programas, especialmente por los temas jurídicos que el tema implica. El equipo profesional se desempeñará en el diseño de la intervención, apoyará al tutor(a) en el trabajo en redes, a nivel de la escuela y en atención directa de acuerdo a las necesidades de atención de los niños y las niñas. También tendrán la responsabilidad de gestionar una medida de intervención obligatoria judicial, cuando sea preciso. En este contexto, se espera que los profesionales que intervengan muestren disposición a trabajar con otras disciplinas y, particularmente, con los tutores(as), los niños(as), las familias y diversos actores de la red social que se vinculen con el proyecto.
216
Tutores(as) sociales Deben haber cursado cuatro ó más años de estudios en carreras de las ciencias humanas, o con capacitación y experiencia reconocida en el trabajo con niños(as) y jóvenes vulnerados en sus derechos y con familias. Cada uno tendrá a su cargo un número de casos que facilite el propósito de que cada niña(o) sea visitado periódicamente, se realice un trabajo personalizado con ellos, sus familias y las redes comunitarias relacionadas con su bienestar. La inclusión de la figura del tutor(a) en este tipo de programas es esencial, pues se trata de un recurso humano cuya particular función dentro del diseño contempla el trabajo con las niñas y niños en el espacio cotidiano de éstos. Serán ellos los que pasarán la mayor parte del tiempo compartiendo las vivencias explícitas e implícitas de dicha población. También, deberán ser los primeros agentes en ayudar a resolver cotidianamente diversas situaciones conflictivas o críticas con los niños(as). Debido a las características particulares del trabajo al que estará sometido el equipo del programa (tales como presiones producto de las implicaciones emocionales y sicológicas propias de la intervención), ello puede traducirse en ciertos niveles de frustración en el diseño de funcionamiento de este programa, y se deberá contemplar la existencia de espacios de autocuidado y de fortalecimiento del trabajo en equipo, que permitan visibilizar los nudos críticos en el trabajo con la población infantil a cargo, como los mecanismos que contribuirían a superar esta situación.
RECURSOS MATERIALES El funcionamiento de un proyecto requiere de la siguiente infraestructura base: • Local adecuado a las necesidades del proyecto: Número de oficinas o salas pertinentes, baños para el personal, para el uso del público y para los sujetos atendidos, sala de recepción, sala de reuniones y patio. • Computador con los siguientes requerimientos mínimos: Procesador Pentium, disco no inferior a 2 GB, memoria mínimo 32 MB RAM u otro; unidad de disco 3 y media pulgada, de alta densidad y unidad de CD ROM (opciones de multimedia son necesarias por las características de software actual), pantalla 15 pulgadas, impresora laser, tarjeta fax – MODEM, conexión a Internet que permita correo electrónico, sistema operativo Windows XP profesional, Programa Office 2000 con Acces incluido. • Teléfono, fax.
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ANEXO: PERFIL DE LOS NIÑOS(AS) VINCULADOS A INFRACCIONES A LA LEY Para conocer el perfil de los niños(as) menores de 14 años ingresados por causales definidas como infracciones de ley, se utilizaron las estadísticas de los niños(as) vigentes, efectuando un análisis donde se compararon sus características con sus pares no ingresados por este tipo de causal, sobre la base de 7 variables, tales como “maltrato”, “abuso sexual”, “abandono”, “situación de calle”, “trabajo infantil”, “deserción escolar” y “consumo de drogas”. Constatando lo siguiente: Tabla No 1: Perfil de niños(as) entre 7 y 13 años de edad, según causal de ingreso a la Red Sename (porcentaje). CAUSAL DE INGRESO
OTRAS SITUACIONES MALTRATO
ABUSO SEXUAL
ABANDONO
INFRACCIÓN A LA LEY (N= 266)
36,09
3,38
1,50
INFRACCIONES A LA LEY (N= 2.618)
44,31
4,47
5,16
NIÑOS CALLE
TRABAJO INFANTIL
DESERCIÓN ESCOLAR
DROGAS
7,14
4,89
17,29
18,05
11,10
1,76
3,02
1,31
En esta tabla se observa, que los niños(as) vinculados a infracciones de ley, tienen un perfil diferente a los niños(as) que ingresaron por otras causales. Así, entre lo más relevante, se aprecia que los primeros presentan más consumo de drogas, más deserción escolar, más trabajo infantil y, por el contrario, menos maltrato y situación de abandono. Es decir, no obstante la escasa edad de los niños(as), se observa que los vinculados a infracciones presentan un perfil diferente a sus pares, que los acerca al perfil de los adolescentes de más edad inculpados de delito, en los que –según la literatura sobre el tema- la deserción escolar y el consumo de drogas, son características frecuentes. Ahora bien, como se dijo, estos niños(as) se “acercan” al perfil de los infractores mayores, pero no son iguales, como se aprecia en el siguiente cuadro:
218
Tabla No 2: Niños(as) ingresados a la red por causales definidas como infracciones a la ley, según edad (%). EDAD DE NIÑOS/AS CON INFRACCIONES DE LEY
OTRAS SITUACIONES MALTRATO
ABUSO SEXUAL
ABANDONO
7 Y 13 AÑOS DE EDAD (N= 266)
36,09
3,38
1,50
14 Y MÁS AÑOS (N= 2.618)
14,87
0,97
0,99
NIÑOS CALLE
TRABAJO INFANTIL
DESERCIÓN ESCOLAR
DROGAS
7,14
4,89
17,29
18,05
6,25
8,83
29,74
29,92
En la tabla se aprecia que los niños(as) de entre 7 y 14 años, vinculados a infracciones, presentan menos consumo de drogas, menos trabajo infantil y menos deserción escolar que sus pares de más edad. Es decir, son niños(as) que están en una etapa intermedia entre un perfil de protección e infractor de ley. A continuación, una tabla y un gráfico resumen lo señalado. Tabla No 3: Perfil de niños/as según edad y causal de ingreso (porcentajes). CAUSAL DE INGRESO Y EDAD
OTRAS SITUACIONES MALTRATO
ABANDONO
TRABAJO INFANTIL
DESERCIÓN ESCOLAR
DROGAS
< DE 14 AÑOS SIN INFRACCIÓN (N= 26.018)
44,31
5,16
1,76
3,02
1,31
< DE 14 AÑOS CON INFRACCIÓN (N= 266)
36,09
1,50
4,89
17,29
18,05
14 AÑOS Y MÁS CON INFRACCIÓN (N= 3.827)
14,87
0,99
8,83
29,74
29,92
Se observa en la tabla Nº3 una trayectoria prácticamente lineal en las variables analizadas, según la edad y causal de ingreso, donde la situación de “maltrato” y “abandono” es propia del niño(a) de protección y, en cambio, “trabajo infantil”, “deserción escolar” y “consumo de drogas” son propias del adolescente acusado de delito. Asimismo, el niño(a) con menos de 14 años que está en esta situación, tiene un perfil entre ambos.
219
En cuanto a las diferencias de género de los niños(as) vinculados a infracciones de ley, se observa en la tabla Nº4, que existe un perfil similar de vulneración en ambos tipos de niños(as), excepto en la variable “abuso sexual”, donde en las niñas se constata que un 12,50% ha vivido esta situación, y en los niños un 0,95%. Tabla No 4: Perfil de niños/as ingresados por causales definidas como infracciones a la ley, según sexo (%). NIÑOS(AS) CON INFRACCIONES ENTRE 7 Y HASTA 14 AÑOS
OTRAS SITUACIONES MALTRATO
ABUSO SEXUAL
ABANDONO
MUJERES (N= 56)
37,50
12,50
1,79
HOMBRES (N= 210)
35,71
0,95
1,43
NIÑOS CALLE
TRABAJO INFANTIL
DESERCIÓN ESCOLAR
DROGAS
7,14
5,36
14,29
21,43
7,14
4,76
18,10
17,14
Sumado a lo señalado, reportes de profesionales de centros, evidencian que la historia de estos niños(as) está marcada por un significativo desamparo y ausencia de vínculos afectivos estables. Son niños(as) de familias donde existe ausencia de alguno de los padres, siendo generalmente la madre quien debe hacerse cargo de varios hijos, la que se ve sobrepasada en términos del ejercicio de autoridad y control. Estos niños(as) a muy temprana edad hacen abandono del hogar, primero durante el día y después durante ciertos períodos, cada vez más prolongados, donde deambulan, trabajan en la calle, cometen pequeños hurtos, deben dejar el colegio y, en definitiva, se ven afectados por una grave vulneración a sus derechos. En esta situación, la mayoría de estos niños(as) son pesquisados de manera reiterada por organismos policiales, e ingresados y reingresados a los centros de diagnóstico de la red Sename, donde muestran resistencia a integrarse a aquellos programas con un diseño demasiado estructurado (horarios, rutinas, espacio de trabajo exclusivamente en el centro, etc.). Por otra parte, en estos mismos reportes, también se señalan potencialidades o fortalezas de estos niños(as) que son necesarias de considerar: • Presentan gran potencial de desarrollo. Es decir, por su escasa edad están en una etapa evolutiva donde la capacidad orgánica y síquica les permite internalizar y absorber prontamente nuevos modelos para su integración social. • Poseen significativas destrezas sicomotoras y cognitivas. Ello, porque su aprendizaje propio de la necesidad de sobrevivencia, ha posibilitado el desarrollo de ciertas destrezas conductuales; observándose agudeza de razonamiento y agilidad física. Es decir, características que son facilitadoras para la adquisición de nuevos modelos de conducta. • Relacionado con lo descrito, son niños(as) con una enorme capacidad para aprender nuevas conductas sociales. Vale decir, tienen gran capacidad de aprendizaje. • Estos niños(as) buscan personas y espacios donde se les dé afecto y actividades que les permitan incorporar sentimientos de pertenencia y participación que no han encontrado en la familia, la escuela y la comunidad. En otros términos, son niños(as) que están abiertos a un compromiso con un adulto responsable.
220
Podría conceptualizarse los aspectos anteriores como una gran capacidad de resiliencia, entendida ésta como la capacidad inherente de sobreponerse, e incluso fortalecerse, al pasar por situaciones adversas y difíciles.
SUGERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS “Red de Redes - Las prácticas de intervención en redes sociales”. Elina Dabas. Editorial Paidós. Buenos Aires. 1993 (Distribuido por Paidós en España). “Redes, El Lenguaje De Los Vínculos. Hacia el Fortalecimiento y la Reconstrucción de la Sociedad Civil”. Elina Dabas y Denise Najmanovich (comp). Editorial Paidós. Buenos Aires. 1995. “Redes Sociales, familias y escuela”. Elina Dabas. Editorial Paidós. Buenos Aires. 1998. “La (Rehabilitación) como conversación”. Mario Muñoz. Revista El Observador del Servicio Nacional de Menores Nº 16, Santiago, 2000. Anteriormente publicado en “Cuaderno de Trabajo Nº 1” de Fundación DEM, Santiago, noviembre de 1994. “Resiliencia”. Amplias referencias bibliográficas en página web de Ceanim, María Angélica Kotliarenco y cols. www.resiliencia.cl “Moral stages and moralization: The cognitive developmental approach”; KOHLBERG, L; En: Moral developmente and behavior: Theory, research and social issues. Holt, Rinehart and Winston, Nueva York, 1976. “El dolor invisible de la infancia. Ecología del maltrato infantil”. Barudy, J.; Paidós, Barcelona, 1998. “Una lectura ecosistémica del maltrato infantil”. Barudy, J.; Paidos, Barcelona, 1998. “Maltrato Infantil. Ecología Social: Prevención y Reparación”. Barudy, J.; Galdoc, Santiago, 1999. “Familia y Redes Sociales”. Arón, Ana María.; En Gazmuri, Hamel and Arón (Eds.): Terapia Sistémica y Contexto Social. Anales Terceras Jornadas Chilenas de Terapia Familiar. Santiago de Chile, 1992. “Un modelo de Salud Mental en Chile”. Arón, Ana María; En: Lolas, Florenzano, Gyarmaty y Trejo (Eds.). Ciencias Sociales y Medicina: Perspectiva Latinoamericana. Universitaria, Santiago, 1992. “Restorative Justice. An International Perspective”. Willie McCarney, Ph. D. Journal of the Center for Families, Children & the Courts. California, 2001. Referencia en internet: http://www.courtinfo.ca.gov/programs/cfcc/pdffiles/V3McCarney.pdf
221
12
Reparación de Daño por Drogas
Reparación de Daño por Drogas
REPARACIÓN DE DAÑO POR DROGAS PRESENTACIÓN
D
adas las prioridades de la Reforma Integral al Sistema de Justicia y Protección de Derechos de la Infancia y Adolescencia que realiza el Sename, que incluye el focalizar mejor sus políticas de intervención y los procesos de intervención, fue reformulado el abordaje institucional en el tema de drogas. En líneas generales, esta renovación significó priorizar alternativas de tratamiento al interior de la red del Servicio, debido a la fuerza y magnitud del problema entre los(as) adolescentes más vulnerados en sus derechos. Sobre la base de antecedentes obtenidos en los distintos centros de administración directa que atienden niños, niñas y adolescentes, sabemos que un alto porcentaje de éstos(as) presentan consumo de drogas. Además, constatamos que el problema es de policonsumo y dentro de las drogas más recurrentes se encuentra la marihuana, pasta base, neoprén y cocaína, a lo que se suma el alcohol y el tabaco. A nivel nacional, aproximadamente el 95% de los adolescentes de los COD y Cereco presentan consumo asociados a materias de infracción de ley. En el área de protección de derechos la prevalencia año, es decir en los últimos doce meses, el consumo se da en el 21% de los casos. El consumo de substancias nocivas constituye un problema que requiere de especial atención, tanto por el alto porcentaje de incidencia que se advierte en los niños, niñas y adolescentes, como por la alta presencia de este fenómeno en la población especialmente beneficiaria del Servicio, como son niños de la calle, los que realizan trabajo infantil y los que han sufrido explotación sexual, entre otros. Este consumo no sólo tiene implicaciones directas en la salud de niños, niñas y adolescentes, sino que los expone a los riesgos asociados a la búsqueda y a la obtención de la substancia, la necesaria búsqueda de recursos que financien el consumo y el contacto con quienes las suministran. Estudios recientes informan que específicamente en lo se refiere a la población adolescente infractora de ley, ésta presenta consumos más elevados de drogas111 dentro de la red Sename. Estos consumos aumentan en la medida que disminuye el vínculo de los(as) adolescentes con su mundo familiar y escolar. El estudio referido denomina a este fenómeno el “efecto capullo”, como factor protector de los usos problemáticos de substancias. Es importante destacar que la oferta terapéutica para esta población es escasa o nula, presentándose frecuentemente diagnósticos clínicos no integrados asociados al consumo. Desde el año 1997 el Servicio Nacional de Menores (Sename) ha impulsado la creación de proyectos especializados en la atención de niños, niñas y jóvenes con problemas de abuso y adicción a drogas, con el objetivo de llevar a cabo un proceso terapéutico reparatorio y rehabilitador.
111 Estudio entre niños y jóvenes de la población Sename. Estudio cuantitativo. Skopus, Agosto, 2002.
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El consumo abusivo de drogas es entendido como el resultado de un proceso en el que inciden relaciones o interacciones en los ámbitos familiares, sociales y culturales, así como refuerzos conductuales y atribuciones cognitivas que van limitando las opciones de conducta frente a la dependencia. En la gran mayoría de los casos el acto de consumir drogas busca “evadir” una realidad que resulta difícil de sobrellevar, como vivir principalmente en la calle, la violencia intrafamiliar, la falta de oportunidades, las exclusiones y estigmatizaciones, pero también busca la repetición de estados artificiales de “bienestar”. A la situación de anestesiar los malestares podemos afirmar que se suman otros factores que explican el uso problemático de drogas, como el hecho de que éstas drogas proveen al usuario(a) determinada identidad en su grupo de pares. En este contexto el Servicio Nacional de Menores, con el fin de buscar activamente un enfoque integral a este fenómeno, bajo los objetivos de restitución y reparación de derechos vulnerados y bajo la lógica de trabajo intersectorial, ha subvencionado diferentes alternativas de intervención a los problemas del consumo de drogas en algunas regiones del país y en el Área Metropolitana. El modelo de intervención propuesto es producto de la revisión de sistematizaciones de experiencias en el tema, de literatura especializada sobre la problemática (Cepal, Conace e Instituto Interamericano del Niño) abordadas desde diversos enfoques. Se pretende, a través de la implementación de un modelo de tratamiento y proceso reparatorio, propender a interrumpir el consumo de sustancias tóxicas y el daño bio-sico-social causado por este consumo que afecta las posibilidades de desarrollo, contribuyendo complementariamente a la reinserción familiar, educacional, laboral y social. La intervención de los proyectos especializados de reparación y tratamiento en drogas estarán dirigidos a niños, niñas y adolescentes entre 12 y 18 años de edad, rango que se extiende en casos especiales para niños(as) hasta de 8 años que presenten consumo abusivo de drogas correlacionados con vulneraciones de derechos. Estarán dirigidos prioritariamente a niños, niñas y jóvenes derivados de la propia red Sename.
DEFINICIÓN Se puede afirmar que en los últimos años en Chile se hace evidente, al igual que otros países de Latinoamérica, el creciente problema de consumo abusivo de drogas cada vez a edades más precoces en niños, niñas y adolescentes. Dentro del marco de la Convención Internacional sobre Derechos del Niño es necesario realizar un análisis del consumo de drogas desde una mirada de integralidad, en la cual exista el respeto a la interrelación permanente que tiene todo niño y niña consigo mismo, su familia y la sociedad. Lo anterior exige considerar variables que junto con abordar las características específicas del sujeto que consume, den cuenta también de los factores culturales, económicos y socio-políticos de nuestro tiempo, los que contribuyen a la generación de contextos propicios para el aumento y mantención de fenómenos con estas características.
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El Sename define que todo niño, niña o adolescente menor de 14 años que sea adicto y/o que el consumo que presenta ponga en riesgo su vida, aun siendo mayor de esa edad, reciba la atención e intervención y que ésta debe ser informada y solicitada al tribunal de menores competente, en donde se resguarde el derecho de protección especial. En este contexto la modalidad de atención e intervención pudiera ser no voluntaria. En estos casos, entendiéndose que la Convención Internacional sobre Derechos del Niño tiene valor legal por expreso mandato constitucional, es deber del Estado adoptar las medidas que garanticen el derecho al sano desarrollo de toda persona menor de edad y que aseguren el máximo de realización de todas sus potencialidades. Es importante señalar que aún cuando el fenómeno de la droga no está relacionado exclusivamente con los sectores más pobres de nuestra sociedad, sino que es transversal, es evidente que las manifestaciones y consecuencias son diferentes dependiendo de las características familiares, socioeconómicas, culturales y etáreas de los sujetos. Se propone el abordaje de esta problemática desde un modelo integrador que permita obtener una visión y comprensión que garantice un diseño de intervención en el cual se considere en forma permanente la interacción persona - droga - entorno. En concreto, se traduce en estrategias de abordaje de tipo interdisciplinario, con metodologías innovadoras, flexibles, especializadas. El proceso de intervención que se desarrollará con cada niño, niña y adolescente envuelto en uso y consumo indebido de drogas, deben dar cuenta del daño asociado al consumo, a la problemática familiar, de su propia comprensión de la situación que le afecta, lo relacional, social, cultural, de los elementos de protección a su haber y de los riesgos a los que está expuesto, de su condición etárea y de género entre otras dimensiones.
OBJETIVOS Objetivo general Contribuir al proceso reparatorio en niños, niñas y adolescentes que presentan uso y consumo abusivo de drogas, mediante la interrupción y resignificación de las experiencias de consumo, el uso y fortalecimiento de los recursos de bienestar sicológico y social.
Objetivos específicos 1. Realizar una evaluación diagnóstica de cada niño, niña o adolescente que presente consumo abusivo de drogas y elaborar un plan de tratamiento individualizado. 2. Interrumpir el consumo de drogas mediante la intervención conjunta con profesionales de la salud, apoyo de adulto protector y en caso de ser necesario activar mecanismos judiciales con el propósito de ingresar a recinto hospitalario. 3. Fortalecer los recursos de bienestar sicosocial del niño(a) o adolescente para a resignificación de las experiencias de consumo. 4. Fortalecer los vínculos significativos/familiares para apoyar al niño(a) o adolescente en el proceso de resignficación de las experiencias asociadas al consumo.
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5. Desarrollar y facilitar el acceso a redes sociocomunitarias e institucionales, para favorecer los proceso de interrupción, de reparación e integración social de niños, niñas y adolescentes.
SUJETOS DE ATENCIÓN 1. Niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que presenten uso y/o consumo problemático de drogas. 2. Las familias y adultos significativos para los niños, niñas y adolescentes deben ser integrados a procesos de intervención, con el fin de evaluar y potenciar sus capacidades parentales. En este mismo plano las comunidades, especialmente líderes de organizaciones sociales, tienen un rol importante en el abordaje y prevención de la problemática. 3. Estará dirigidos prioritariamente a niños(as) y adolescentes derivados de la propia red Sename .
INTERVENCIÓN Principios En primer lugar, los principios que guían la acción de los proyectos son los contenidos en la Convención de los Derechos del Niño y los del Marco General de este documento. En segundo lugar, se destacan derechos elementales que deben ser cautelados para niños, niñas y adolescentes que presentan consumo o dependencia de drogas. Ellos son: • Derecho a beneficiarse de un nivel de vida adecuado para su desarrollo. • Derecho a ser protegido del uso de estupefacientes y sustancias sicotrópicas. Se debe impedir que esté involucrado en la producción o distribución de tales sustancias. • Derecho a atención integral: sicológica, social, médica, reparatoria que facilite su recuperación, reinserción social y la restitución de sus derechos. • Aplicar los principios de universalidad, indivisibilidad e irrenunciabilidad de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
Criterios Lo siguiente se refiere a las orientaciones con las cuales se debe abordar la intervención especializada a los niños, niñas o adolescentes que presentan uso o consumo problemático de drogas, partiendo de la opción de velar por los derechos humanos de los sujetos de atención y la restitución de cada uno de los derechos vulnerados. • La intervención debe ser efectiva, diferenciada y específica para cada individuo, y de fácil acceso. • La intervención es un continuo que se inicia con la primera intervención y finaliza con el egreso y seguimiento de los casos y no necesita ser voluntaria para que sea efectiva y garante del resguardo de los derechos de protección de los niños, niñas o adolescentes ingresados al proyecto. 226
• Es integral, al considerar los niños, niñas o adolescentes que consumen drogas en la totalidad de su persona, respetando su condición de sujetos que requieren contar con una protección especial. • Es multidisciplinaria. En la intervención la convergencia de distintas disciplinas es necesaria a fin de contar con las distintas miradas para abordar la problemática, que den cuenta de la complejidad de cada situación y que permitan resolverla cabalmente. Multidisciplinariedad que debe resguardar y respetar la especificidad de cada una de las disciplinas. Una vez obtenida la visión específica de cada profesional que interviene, es posible y necesario realizar un proceso de integración que permita definir un abordaje integral. • El uso de medicamentos y/o la indicación de contar con el apoyo de desintoxicación médica forma parte del proceso de intervención, en cualquiera de sus fases, siempre que ello sea necesario. • El tratamiento no necesita ser voluntario para ser efectivo. • Se privilegia el enfoque de la reparación, ya que los daños que experimentan los niños, niñas o adolescentes que presentan uso o consumo problemático de drogas, alcanza distintas esferas de su comportamiento a nivel afectivo, a nivel cognitivo, a nivel corporal e interpersonal y ha implicado la vulneración de distintos derechos. Se buscará la interrupción del consumo y la resignificación de la(s) experiencia(s) de manera de superar los atropellos a sus derechos vividos como sujetos discriminados y en ocasiones abandonados. • Se busca lograr la integración social, es decir, la inserción de niños(as) y adolescentes a espacios sociales en que se les considere sujetos de pleno derecho, en los que puedan ser partícipes de interacciones sociales que aporten a sus propios desarrollos, contando con las herramientas necesarias para ello, incluidas las laborales, en especial con adolescentes. En este ámbito resulta de gran importancia el acceso y permanencia en la educación formal. • Se requiere el trabajo en fortalecimiento de competencias parentales. Aún cuando el trabajo con familia se hace difícil y complejo en situaciones de niños, niñas y adolescentes que se encuentran en situación de uso o consumo de drogas, es necesario considerar el fortalecimiento de la familia de origen o el trabajo con familias de acogida, especialmente familia extensa. En el caso de agotarse los esfuerzos para contar con la participación de un adulto familiar y/o protector, se estima adecuado y necesario desarrollar un proceso que apoye la autonomía y vida independiente de el(la) adolescente.
Áreas Fundamentales de apoyo en la intervención Con la intervención directa se pretende interrumpir el consumo de drogas, incidiendo en la reparación e inserción social de niños, niñas y adolescentes sometidos a esta situación de grave vulneración. Para ello se focalizarán acciones en seis componentes dirigidos a los niños, niñas, adolescentes, las familias, las comunidades y las instituciones. Salud: Inicialmente se requiere del apoyo brindado por el sector salud en la evaluación del estado general en el que se encuentra un niño, niña o adolescente. Si la evaluación realizada permite diagnosticar existencia de dependencia de drogas, con riesgo para la salud, es necesario que se inicie las acciones pertinentes orientadas a garantizar la pronta desintoxicación.
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La evaluación general que permita diagnosticar presencia o no de daño físico general, es decir, desnutrición, niveles, sintomatología y posible deterioro asociado al consumo de drogas. El diagnóstico oportuno y claro permitirá definir un plan de acción que considere las áreas de salud mental y salud física. Para mejorar la salud tanto física como mental, se emprenderán acciones de prevención y atención con ellos(as) y su entorno. El proyecto deberá considerar la atención sicoterapéutica-reparatoria. Con la intervención se buscará que el niño(a) sea sujeto activo en la experiencia, despliegue capacidades y potencialidades, se respete y valore, aminorando sus sentimientos de desprotección y/o culpa, elevando su autoestima. También se cuenta dentro de los objetivos superar los efectos del consumo, adquiriendo herramientas que permitan enfrentar con mayores recursos las distintas situaciones de riesgo sicológico y social a que están expuestos, al interior y fuera de la familia, no reproduciendo el modelo aprendido y promoviendo vínculos protectores con adultas(os) significativos en la familia o comunidad. Es necesario, para promover el autocuidado en salud, ofrecer atención sicológica y social al niño, niña y adolescente durante todo el proceso reparatorio. Es necesario, para promover los vínculos protectores, atender a los adultos(as) significativos ofreciendo atención sicológica y social a la familia, en los casos que en que exista alguna figura significativa e interesada en participar en el proceso. De lo contrario debe fortalecerse el desarrollo personal del adolescente, orientado a lograr su independencia. En cuanto al aspecto de la salud física, se buscará movilizar los recursos públicos para el cuidado de esta población expuesta a conductas abusivas que deterioran su salud, como por ejemplo, infecciones de transmisión sexual y otras enfermedades derivadas del consumo. En coordinación con los servicios de atención primaria de gestión municipal se garantizará a la población beneficiaria directa la asistencia médica y sanitaria. De esta forma, se derivarán a los centros de salud para su atención y tratamiento. El equipo del proyecto buscará coordinar acciones y asegurar la provisión de servicios en salud. Considerando la importante cantidad de niños y niñas víctimas del consumo o dependencia de las drogas, se hace necesaria la coordinación para la atención especializada de la adicción. El equipo asegurará, a través de la coordinación con organismos especializados, el tratamiento en este aspecto. Educación: La escolarización de niños, niñas y adolescentes en el sistema formal es un derecho garantizado por la Constitución, donde los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos, correspondiendo al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho. La educación básica y la educación media son obligatorias, por tanto corresponde al Estado fomentar el desarrollo de la educación de todos sus niveles y es deber de la comunidad contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación. En coordinación con el departamento de educación de las municipalidades, los departamentos provinciales de educación y/o secretarias regionales de educación, se buscará obtener cupos en los diferentes centros de educación básica y media y, si fuera el caso, en los establecimientos de educación de adultos. Estos últimos centros están abiertos a población mayor de 15 años para complementar su educación básica y media a través de programas como: Programa de Educación Fundamental de Adultos, Educación Técnica Elemental de Adultos, Programa Especial de Nivelación Básica y Media, y el Programa de Nivelación de Competencias Laborales, entre otros.
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El equipo del proyecto realizará el seguimiento del proceso formativo de la población beneficiaria y de los factores protectores que propicie la familia o adulto(a) significativo. Capacitación laboral: El aspecto formativo de adolescentes se complementará, cuando corresponda, con su capacitación laboral en centros de formación técnica, profesional u otros. Esta formación se realizará en programas de Educación para Adultos, Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) u otros centros de capacitación laboral con los que la institución debe acordar cupos. Se gestionarán becas para que las(os) adolescentes logren continuar su proceso formativo, becas que pueden considerar la matrícula, la adquisición de materiales, el transporte a los centros y la mantención de los(as) estudiantes. Con las empresas se promoverá negociar cupos para la realización de prácticas laborales. Igualmente deberá apoyarse estos beneficios con becas en los casos que se requiera. El contar con un diseño metodológico que contemple potenciar el proceso formativo en los adolescentes, no sólo facilitará apoyar su formación educacional, sino que además permitirá potenciar su autoimagen y vivenciar logros personales inmediatos, que deben ser reformulados como parte del proceso de superación personal iniciado y búsqueda de una vida independiente con igualdad de oportunidades. Jurídico legal: La restitución de sus derechos pasa por el reconocimiento del derecho a la integridad física y sicológica, que implica desde el derecho a la vida hasta el derecho a su seguridad personal. La protección de los derechos y la denuncia frente al ilícito de utilizar niños o niñas para tráfico y/o comercialización de la droga, debe ser parte del abordaje de los casos que lo requieran. La protección de sus derechos se realizará desde el mismo proyecto y la denuncia será realizada por las instancias derivantes, algún miembro del sistema familiar o figura adulta significativa o por el director/a del proyecto. La información de los datos relacionados con la denuncia debe ser entregada a la dirección regional del Sename pertinente con el propósito de que el abogado(a) querellante cuente con los antecedentes necesarios para proseguir con la acción iniciada. Sensibilización: El fortalecimiento de los vínculos protectores implica también que la comunidad del territorio donde está inserto el proyecto esté sensibilizada sobre esta problemática y conozca las potencialidades con las que cuentan para su abordaje. Es necesario, por ejemplo, la participación comunitaria para ofrecer los espacios de recreación, de encuentros juveniles, movilizar recursos sociales destinados a los niños, niñas y adolescentes y sus familias, fomentando el derecho a una vida sin drogas y a contar con una red social protectora. En este marco, la comunidad donde se inserta la acción del proyecto deberá reconocer el uso, dependencia y tráfico de drogas en el que se afecte el derecho al sano desarrollo de los niños, niñas o adolescentes como un problema social que afecta tanto a éstos como a la comunidad y, por tanto, prioritario en la agenda local. Adicionalmente, deberá identificar los recursos locales al servicio de la niñez y adolescencia, las estrategias para potenciarlos o adquirirlos cuando no existen. Articulación de redes: Se espera articular redes locales involucradas en la prevención, reparación e inserción de niños, niñas y adolescentes en situación de consumo o dependencia de drogas, en el territorio
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donde funcionará el proyecto. Estas redes integrarán a las diferentes instituciones y organizaciones que colaboren de forma directa o indirecta a favor del objetivo de desarrollo del proyecto. Por tanto, la red estará conformada por las municipalidades, establecimientos de salud, establecimientos educativos, centros de formación laboral, empresas y organizaciones sociales, entre otras, pertenecientes al territorio de acción del proyecto. En el caso de que exista esta red, el proyecto se sumará a ella. En el caso que en el espacio local, en el que se ejecuta el proyecto, no exista una red articulada es deber y función del proyecto coordinar las acciones necesarias para la conformación de una red involucrada con el tema, proceso que debe desarrollarse en forma activa durante el primer año de funcionamiento del proyecto. Al implementarse el proyecto, éste debe ser reconocido desde la comunidad como una instancia válida en la cual se detecta, diagnóstica, interrumpe y repara el daño asociado al uso y consumo de drogas. La articulación de redes debe estar orientada tanto al apoyo y coordinación con el proyecto específico.
PLAN-FASES DE LA INTERVENCIÓN DE REPARACIÓN: Considerando la variable de género, la intervención se efectuará en las siguientes etapas:
1ª Etapa: Calificación-Diagnóstico Esta fase comienza con la recepción de los antecedentes que dieron origen al ingreso de los casos. En el caso de no contar con evaluaciones diagnósticas, el equipo profesional debe iniciar un proceso de calificación diagnóstica que permita determinar si el caso es o no sujeto de atención del proyecto. En el caso de ser derivado por los tribunales, se realizará la evaluación correspondiente e informará a dicha instancia judicial para que ésta se pronuncie acerca del ingreso del caso al proyecto. Calificación: El objetivo de esta etapa es examinar, en las primeras horas de recepción del caso, si el niño(a) o adolescente cumple con los requisitos básicos de ingreso al programa (fuente de derivación, características sicológicas y sociales, calificación preliminar del perfil de consumo, detección de factores de riesgo y factores de protección), para luego llevar a cabo el ingreso formal del usuario(a). Diagnóstico integral: El objetivo de esta etapa es recabar toda la información necesaria para adecuar lo mejor posible el proceso de reparación a los requerimientos individuales del usuario(a), a la vez que se comienza ya a realizar una intervención preliminar relacionada con la acogida y motivación. En esta etapa se busca establecer una aproximación elaborada del tipo y perfil del consumo, causas, daños en distintas áreas del comportamiento, variables que intervienen y la evaluación de los recursos familiares, socioeconómicos, culturales, redes de apoyo y patrones relacionales. Al presentar el proyecto se deben especificar los instrumentos y herramientas que se utilizarán para realizar un diagnóstico integral. En el ámbito sicológico debe realizarse una evaluación clínica del niño, niña o adolescente que permita definir un plan de acción terapéutico orientado a reparar el daño personal, familiar y social que este tipo de victimización genera. Esta evaluación permitirá definir si un caso requiere ser abordado desde intervención de urgencia, bajo modalidad de desintoxicación o desde intervención especializada bajo modalidad residencial y/o intervención de alta especialidad, bajo modalidad ambulatoria. En el plano social, es deber de los profesionales obtener un conocimiento acabado del funcionamiento familiar, existencia o no de adultos consumidores, existencia o no de micro tráfico, existencia o no de figura
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adulta significativa, existencia de capacidades y competencias parentales, presencia de abusos sexuales, maltratos (tipología, cronicidad, figura del agresor), hito y/o circunstancia que generó, si existe, la huida del hogar atención y/o el inicio de la conducta de calle y explotación sexual comercial, conocimiento de la red de protección percibida por el niño o niña, y estimar la existencia de otros pares involucrados con el mismo tipo de consumo y/o tráfico de drogas, entre otros. Respecto a la evaluación realizada al niño(a) o adolescente, es importante conocer: • Grado de satisfacción general de sus necesidades básicas en todos los contextos. • Tipo de consumo y grado de compromiso del mismo. • Necesidad de realizar acción inmediata en búsqueda de intervención de tipo médica, por ejemplo prescripción de medicamentos y/o integración a programa de desintoxicación. • Presencia de problemas de salud física y grado de incapacidad para el desempeño de distintas áreas. • Desarrollo cognitivo y emocional del niño(a) o adolescente. • Necesidades infantiles más afectadas por el uso o consumo de drogas. • Capacidad de reconocer el uso o consumo presente en el niño(a) o adolescente. • Sentimientos asociados ante la evocación de experiencias traumáticas. • Capacidad para establecer vinculación con adultos. • Grado y calidad de la vinculación afectiva con los distintos integrantes de la familia de origen del niño/a o adolescente. • Expresión verbal del niño(a) o adolescente relacionada con su visión y comprensión de su historia de vida. • Capacidad presente en el niño(a) o adolescente para articular verbalmente su historia de vida, identificando, en esta fase, las figuras afectivas que evoca como aquellas que él o ella describe como ausentes, agresoras y/o indiferentes. Respecto a la situación familiar es necesario la evaluación de las siguientes variables: • Si el niño(a) o adolescente cuenta o no con figura protectora desde su familia de origen. • Con quiénes se trabajará en el centro. • Residencia de la niña, niño o adolescente con familiares o sistemas proteccionales. • Irreversibilidad de la situación familiar. • Motivación de la familia para apoyar y participar en el tratamiento.
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• Presencia de consumo o no al interior del sistema familiar. • Grado de compromiso adictivo. Tales antecedentes permiten diseñar las hipótesis específicas de trabajo, los objetivos de la intervención, las estrategias pertinentes y un pronóstico tanto del niño, la niña o adolescente como de la familia.
2º Etapa: Intervención individual – familiar – comunitaria Esta fase se inicia con la elaboración del Plan de Tratamiento Individual (PTI). Plan de Tratamiento Individualizado. Una vez finalizada la fase de diagnóstico es posible delinear el curso de acciones a seguir en el tratamiento de reparación de acuerdo a las necesidades específicas de cada caso y a las características de la figura protectora presente en la familia, en el caso de contar con adulto significativo. En el diseño del PTI debe consignarse el plan de trabajo y coordinación que se desarrollará con Conace y otras instituciones que realizarán acciones conjuntas para el logro de un abordaje integral de cada caso y, por tanto, el cumplimiento de los objetivos propuestos en el proyecto. Cabe destacar que si bien la elaboración del Plan de Tratamiento ocurre al final de la fase de diagnóstico, es un proceso continuo por cuanto puede sufrir modificaciones en base a evaluación permanente del caso. Diseño del Plan de Tratamiento. En el diseño del plan deben considerarse antecedentes y evaluaciones previas al ingreso, las de la fase diagnóstica y las evaluaciones y apreciaciones generadas por los profesionales y técnicos (sicólogo(a), trabajador(a) social, educador(a)) que han participado en la intervención directa, tanto con el niño, sus pares y posibles adultos significativos. En el análisis y planteamiento de las estrategias de intervención se contempla y garantiza la activación de todos los recursos personales, profesionales y sociales tendientes a velar por el mejor bienestar de la niña, niño o adolescente. El diseño del plan debe contemplar un modelo de tratamiento con oferta residencial para aquellos casos que requieren la intervención inmediata de programas de desintoxicación, tratamientos residenciales, sean éstos de largo o corto plazo. Respecto de las variables que permiten establecer un pronóstico del caso se considera el tipo y grado de adicción, la gravedad del daño ocasionado, el reconocimiento y conciencia de la gravedad de su situación, la existencia o no de grupo familiar y/o adulto significativo, la existencia de la violencia intrafamiliar y la existencia o no de abandono materno – paterno. Tratamiento. El tratamiento consiste en la ejecución de las estrategias y acciones de intervención definidas en cada plan de tratamiento individualizado en pro de la reparación, en las áreas social, socioeducativa, sicológica y legal. Entendemos la reparación como un proceso integral, en el cual se desarrollan, desde las distintas áreas de intervención y con los distintos actores del proceso, los siguientes componentes:
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• Resolución del daño y sus consecuencias en el niño(a). • La modificación de pautas relacionales dañinas y la potenciación de los recursos protectores a nivel familiar y comunitario. • La reelaboración y resignificación de la experiencia en pro del aprendizaje de nuevas formas de enfrentamiento a situaciones vitales adversas. Al momento de diseñar el proyecto, éste debe contemplar algunas de las modalidades sicoterapéuticas a desarrollar como las estrategias de abordaje social a implementar. Éstas deben dar cuenta de la comprensión del fenómeno y deben permitir desarrollar estrategias que garanticen la protección de los niños, niñas y adolescentes ingresados, con modalidades de atención flexible e interdisciplinaria.
3º Etapa: Egreso – Seguimiento Evaluación del proceso reparatorio desarrollado al niño, la niña o adolescente, de acuerdo a los indicadores de logro definidos para cada una de las fases de intervención. La evaluación de egreso debe ser parte del proceso desarrollado, el que requiere de una integración tanto de la información registrada en el plan de tratamiento individual, como del proceso específico desarrollado en la fase de tratamiento. El egreso es parte del proceso reparatorio, por cuanto debe ser asumido como la fase final del tratamiento en la que se realiza una evaluación de logros obtenidos y se desarrolla una intervención de cierre. Esta estrategia de cierre debe considerar el vínculo establecido entre el o la terapeuta y el niño, niña o adolescente, el reconocimiento de este último de la existencia de recursos personales que le permitan continuar con su vida, y el fortalecimiento de recursos personales y de autoprotección, entre otros. Con relación a la evaluación de egreso, en el caso en que el niño(a) o adolescente haya contado con adulto protector durante el proceso, se debe evaluar el grado de compromiso presente en éste, el logro de cambio obtenido y la capacidad de protección que cuenta. Se debe considerar el seguimiento planificado de cada uno(a) de los participantes en el proyecto. Este seguimiento exige focalizar el qué se va a evaluar, con el propósito de estimar los reales avances y capacidades adquiridas en el proceso reparatorio. Es deber del equipo profesional estimar los logros obtenidos en cuanto a la permanencia de los mismos, de modo de mantener al niño(a) o adolescente en control social de tribunal de menores o bien archivar la causa proteccional. En esta etapa se requiere que el o la profesional encargado(a) del seguimiento cuente con el conocimiento acabado del caso, tanto para poder focalizar la evaluación como para realizar una estimación de los cambios evaluados. El proceso reparatorio contempla la atención especializada a los niños, niñas o adolescentes ingresados durante un periodo máximo de 24 meses.
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RESULTADOS ESPERADOS Medición que se realiza en la etapa de supervisión y finalización de la intervención, resultados de proceso y resultados finales respectivamente. La ponderación de los resultados alcanzados debe desarrollarse con la evaluación de los indicadores elaborados para esta modalidad de atención.
Resultados de proceso: 1. El 100% de los casos detectados cuentan con la protección jurídica- legal que requieren. 2. El 100% de niños(as) y adolescentes, sin vínculos protectores, que requieran internación en red de centros del Sename son postulados e ingresados, manteniendo la atención en el centro. 3. El 70% de los niños(as) cuentan con atención en salud y con inserción educacional o laboral, según corresponda.
Resultados finales: 1. En al menos el 50% de niños, niñas y adolescentes se interrumpen las prácticas de consumo de drogas. 2. Al menos el 50% de niños, niñas y adolescentes atendidos finalizan el proceso reparatorio con logro de objetivos. 3. Al menos 50% de los niños y niñas atendidos cuentan con un referente protector. 4. El 70% de los niños(as) atendidos no ha sufrido nuevas detenciones por venta y/o consumo de drogas, ni por hechos constitutivos de delitos con relación a las drogas. Para cada uno de estos resultados es deseable que se incorpore la necesaria equidad entre hombres y mujeres. Por lo tanto, del universo de niños y niñas un porcentaje equitativos accede al resultado esperado.
EVALUACIÓN Y MONITOREO La necesidad de mejorar la focalización y la calidad de la atención, hace que la incorporación de procedimientos sistemáticos de evaluación se constituya en un requerimiento básico para los proyectos especializados en la atención reparatoria de niños, niñas o adolescentes. Se espera que dichos procedimientos sean planificados con anterioridad y periodicidad necesaria durante la formulación del proyecto e insertados coherentemente en cada una de las etapas del proceso de desarrollo de la propuesta de intervención, y que incorporen aspectos cualitativos y cuantitativos a evaluar y a los usuarios(as). En este contexto, la evaluación se plantea como objetivo primordial el contribuir en mejorar sistemáticamente la calidad del sistema de atención intervención brindado a través de los proyectos especializados. En términos operativos se traduce en la entrega de información que permita desarrollar un proceso de decisiones que facilite ajustar el diseño de intervención continuamente, la planificación de los procesos de capacitación, la generación y unificación de los criterios de calidad y la validación de instrumentos, entre otros. La planificación de la evaluación requiere considerar las distintas etapas de desarrollo que el proyecto implica en el tiempo.
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De acuerdo a una perspectiva longitudinal, se espera que los proyectos consideren las siguientes etapas para la evaluación: • Viabilidad del proyecto. Consiste en la valoración que se aplica a la formulación del proyecto, previamente a su ejecución, orientada a determinar la factibilidad de implementar dicha propuesta en el marco del diseño global (coherencia interna, viabilidad del proyecto e indicadores posibles de evaluar). En este punto es primordial incorporar los resultados del proyecto anterior (en el caso que corresponda) desagregados por sexo y un breve comentario explicativo de los datos especificando las causales que pudieren justificar las diferencias entre niños y niñas contenidas en éstos. • Evaluación de resultados. Valoración llevada a cabo al final del proyecto, tendiente a determinar sus logros globales, enfatizando los efectos en las(os) usuarios(as). Dado al carácter y finalidad de las orientaciones, la evaluación aquí descrita se centrará principalmente en el desarrollo de la evaluación de implementación del proyecto, de sus resultados e impacto local.
RECURSOS HUMANOS Debido al carácter especializado de la intervención, se debe contar con un equipo profesionales con formación y experiencia en intervención sicológica, social y comunitaria. El equipo profesional y técnico debe manejar la temática de drogas, la oferta programática de atención y los principios de la Convención Internacional de los Derechos del Niño. Conjuntamente, se releva la necesidad de que las instituciones protejan los recursos profesionales mediante acciones de autocuidado. El autocuidado de equipo debe ser parte de un proceso más allá de una actividad puntual, por tanto se espera que el equipo pueda plantear un plan de trabajo orientado a su protección y resguardo de la calidad de la intervención. En consecuencia, se requiere un equipo profesional capacitado, que se desempeñe en la atención directa de los casos, y que posea experiencia y/o formación especializada. Las características de este equipo deben ser las siguientes: • Profesionales titulados. • Formación y experiencia en la temática de drogas. • Formación en los aspectos evolutivos del desarrollo del niño y del adolescente. • Experiencia en estrategias para trabajar con niños y niñas gravemente vulnerados en sus derechos. • Motivación por el trabajo con niños, niñas o adolescentes y familia. • Capacidad y disposición para trabajo en equipo interdisciplinario.
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• Competencia técnica para intervenir en las distintas fases y áreas que contemple el programa. • Disposición al trabajo en terreno. • Valoración del trabajo intersectorial y práctica de trabajo en red. • Accionar centrado en las orientaciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. • Motivación por el trabajo con infancia y familia. • Competencias y habilidades para desarrollar relaciones igualitarias entre hombres y mujeres en el trabajo individual, familiar y grupal. • Tener actitud no discriminadora con los niños (as), especialmente los referidos a estereotipos de género. Se requiere de la presentación en detalle del personal permanente que se desempeñará en el proyecto, completando el “cuadro de personal” presentado a continuación, agregando descriptores de cargos (función a cumplir, principales tareas a realizar y perfil profesional) y currículum vitae de los/as funcionarios/as.
Equipo básico El equipo que se desempeñe en los proyectos deberá estar conformado, a lo menos, por los siguientes profesionales, técnicos y personal auxiliar. • • • • • • •
Director(a). Sicólogo(a). Trabajador(a) social. Educador(a) y/o técnicos sociales. Secretaria. Contador(a). Administrativo de apoyo.
Se considera un(a) sicólogo(a) y un(a) asistente social, ambos jornada completa, y dos jornadas para educadores(as) o técnicos sociales, por cada 25 casos de atención simultánea. Además, un administrador(a) contable o contador(a), media jornada; secretaria, jornada completa y un auxiliar, media jornada. Es necesario considerar la atención médica y siquiátrica, asegurándola preferentemente a través de la coordinación con el sector salud, o, si esto no es posible, integrando horas profesionales al proyecto.
Descripción de funciones Las funciones básicas que deben desempeñar los(as) integrantes del equipo son: Director(a) • Responsable de la dirección técnica del equipo. • Responsable de la dirección administrativa del proyecto. • Responsable de generar la coordinación con las redes. • Responsable del sistema de registro. • Responsable del desarrollo investigativo del proyecto (sistematización y elaboración de informes).
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Sicólogo(a) • Responsable del ámbito terapéutico. • Responsable de la evaluación diagnóstica especializada. • Responsable del proceso terapéutico de reparación del niño(a), adolescente y sus familias o figuras significativas. • Responsable de implementar y conducir las estrategias terapéuticas. • Gestionar la adopción de medidas de protección. • Coordinación con equipo jurídico querellante de Sename. • Participar en el proceso de conexión con la red del niño(a) y adolescente. • Participar en el seguimiento del caso. Trabajador(a) Social • Responsable del ámbito social. • Responsable de la entrevista de recepción, de la acogida y detección. • Participar en la evaluación diagnóstica social. • Apoyar el programa de tratamiento individual. • Responsable del seguimiento del caso. • Apoyar el trabajo con las familias. • Responsable de articular redes. Educador(a) y/o Técnico social • Responsable de la conexión con la redes comunitarias e intersectoriales. • Apoyo para el acercamiento y la detección de los casos. • Apoyo en el proceso terapéutico, social y legal de los casos. • Participar en la evaluación diagnóstica. • Participar en el programa de tratamiento individual. • Participar en el seguimiento de los casos. Secretaria • Responsable del registro computacional. • Recepción de público. • Apoyo a la gestión administrativa del director(a). Contador(a) • Apoyo en el manejo financiero del proyecto. • Responsable del pago de sueldos y honorarios. Auxiliar • Cuidar el centro. • Aseo y mantención. • Labores de estafeta.
RECURSOS MATERIALES MÍNIMOS • Local adecuado a las necesidades del proyecto: número de oficinas o salas adecuado, baño para el personal y público accesible a niños(as) o adolescentes, sala de recepción, sala de reuniones y en lo posible patio.
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• Computador con los siguientes requerimientos mínimos: Procesador Pentium, disco no inferior a 2 GB, memoria mínimo 32 MB RAM u otro; unidad de disco 3 y media pulgada, de alta densidad y unidad de CD ROM (opciones de multimedia son necesarias por las características de software actual), pantalla 15 pulgadas, impresora laser, tarjeta fax – MODEM, conexión a Internet que permita correo electrónico, sistema operativo Windows XP profesional, Programa Office 2000 con Acces incluido. • Teléfono, fax y correo electrónico.
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Reparación en Explotación Sexual Comercial Infantil
Reparación en Explotación Sexual Comercial Infantil
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REPARACIÓN A VÍCTIMAS DE EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL INFANTIL Y ADOLESCENTE PRESENTACIÓN
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n las últimas décadas se ha ido haciendo visible la existencia de uno de los más graves atropellos a los derechos de niños, niñas y adolescentes: la explotación sexual comercial. Esta se manifiesta en cualquiera de sus variantes, prostitución infantil y adolescente, pornografía (producción, distribución y consumo), turismo sexual y tráfico de niños(as) con fines sexuales. Es posible afirmar que se trata de una realidad de larga data, oculta y encubierta por los distintos actores involucrados en su aparición y vigencia, y por la dificultad de las propias víctimas de denunciarla o de salir de los circuitos de clandestinidad en que operan, en especial por mecanismos socioculturales de negación de prácticas de abusos sistemáticos sobre una población vulnerable. Se puede afirmar que son viejos y nuevos problemas los que encubren las distintas formas de violencia contra niños, niñas y adolescentes. La conciencia pública sobre la necesidad de erradicar y prevenir estos abusos es lo emergente, basado en la corriente ética, social y política del último siglo, que promueve la defensa de los derechos de las personas y que da cuenta, entre otros logros, del establecimiento de convenciones que velan por el respeto de tales derechos. Para el caso de los niños, niñas y adolescentes se expresa en la Convención de los Derechos de los Niños (CDN) y en el Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Sename asume como definición de explotación sexual, que puede ser comercial o no, “todo tipo de actividad en que una persona usa el cuerpo de un niño(a) o adolescente para sacar ventaja o provecho de carácter sexual y/o económico basándose en una relación de poder, considerándose explotador tanto aquel que intermedia u ofrece la posibilidad de la relación a un tercero, como al que mantiene la misma con el niño, niña y adolescente, no importando si la relación es frecuente, ocasional o permanente. El abuso y el acoso sexual son formas de maltrato infantil y adolescente, se incluyen en la categoría no comercial de explotación”. 111 En la problemática descrita el elemento de la coerción y la violencia es consustancial, representando formas contemporáneas de esclavitud. Ha sido difícil precisar la magnitud que tiene este problema en Chile. No existen registros estandarizados dado el carácter clandestino de la Explotación Sexual Comercial Infantil (ESCI)112, las deficiencias en la tipificación de los delitos sexuales en el área infantil y juvenil, los casos que son retenidos por la policía u otros organismos y que ingresan a los tribunales por causas de protección y no de ESCI y, por último, por la ausencia casi completa de estudios e investigaciones. El primer estudio cuantitativo realizado en el país en esta materia data del año 1991, realizado para Sename y Unicef, en el que se registraba la existencia de 535 niñas en situación de explotación sexual comercial infantil a nivel nacional. 111 Marco de Acción Contra la Explotación Sexual Comercial Infantil, 1999, Minju, Unicef y otros. 112 En adelante se utilizará la sigla ESCI, para referir la explotación sexual comercial infantil y adolescente.
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Los datos actuales se han basado en los ingresos de niños, niñas y adolescentes en la red de atención del Servicio Nacional de Menores. En el año 2002 la cifra alcanzó a 218 niños(as). De ellos, el 20,1% tenía menos de 10 años; el 15,1% entre 11 y 12 años; el 22,4 % entre 13 y 14 años; el 25,6% entre 15 y 16 años; y un 16,5% tenía entre 17 y 18 años. Las regiones de mayor concentración explotación sexual infantil, de mayor a menor incidencia, son: Región Metropolitana (40,4%), V (12,8%), VIII (11%) y X (9,2%). Según datos recabados en las direcciones regionales de la V y la VIII, las comunas con mayor incidencia son: Viña del Mar, Valparaíso, Concepción y Talcahuano. Un aspecto importante a considerar es la distribución según sexo. De los 218 casos, un 65,6% eran niñas, mientras el 34,4% eran niños. Dado estos antecedentes, en diciembre del 2002, en el marco del programa de cooperación Sename/OITIPEC, se inició un nuevo estudio del problema que arroja una cifra estimada de 3 mil 719 niños(as) y adolescentes víctimas de ESCI. En su dimensión más cualitativa, el estudio ratifica y demuestra la multicausalidad de la explotación sexual comercial infantil y adolescente, pudiéndose describir una serie de factores, tales como: estrategias de sobrevivencia, la pobreza, migración y desplazamiento, la distorsión de valores de la sociedad en general, los déficits de orientación en el ámbito educacional y familiar, expectativas consumistas, problemas que afectan el ámbito familiar como la violencia intrafamiliar, el abuso sexual, así como el maltrato, el trabajo infantil, formas mercantiles de actividad vinculadas al comercio y el turismo, que explican su emergencia y mantenimiento. En fin, el estudio afirma la compleja multicausalidad de factores económicos, culturales, sicológicos, sociales, familiares y afectivos, que entran en juego en la emergencia de este modo, particularmente grave, de vulnerar los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes. La experiencia piloto en el ámbito reparatorio que inició Sename en el año 2001 y otras experiencias internacionales, subrayan los efectos negativos que la explotación sexual comercial provoca en niños, niñas y adolescentes, por lo que las intervenciones a realizar deben ser integrales, multidimensionales, abordando en el tratamiento los ámbitos de salud, educación, capacitación, reinserción social, y el entorno significativo. La población atendida comprende, al menos en un 70% al sexo femenino, mientras el otro 30% responde al sexo masculino. Presentan un importante índice de deserción escolar, al menos un 50%. En su mayoría pertenecen a familias indigentes, aproximadamente un 67%. La ESCI se manifiesta en la presencia de grupo de pares callejeros, que deambulan preferentemente, en el centro de las grandes ciudades, en lugares de mayor afluencia de público como circunvalaciones, centros comerciales y plazas. El Servicio Nacional de Menores ha asumido la ESCI como un “tema emergente”, respecto del cual el Servicio contribuye en la articulación de todos los esfuerzos de un conjunto de actores, con el objetivo de consolidar el trabajo realizado y de contar con una oferta programática intersectorial que aporte a su erradicación y prevención, en un contexto de cooperación de los distintos sectores de la ciudadanía y el gobierno en esa prioritaria tarea.
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Un aspecto sustancial del enfrentamiento a la problemática lo constituye su reconocimiento como asunto público, su transformación de tema ignorado y oculto a problema visible y de responsabilidad social.
DEFINICIÓN En el marco de la Convención de los Derechos del Niño, y específicamente el Protocolo Facultativo, por “prostitución infantil” se entiende “la utilización de un niño en actividades sexuales a cambio de remuneración o de cualquier otra retribución”, y por pornografía infantil “toda representación por cualquier medio, de un niño dedicado a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las partes genitales de un niño con fines primordialmente sexuales”(artículo 2) 113. Es necesario explicitar que es más apropiado hablar de explotación sexual que de “prostitución”, dado que esta categoría coloca a las niñas/os y adolescentes en situación de infractores(as) en lugar de víctimas, opción que define la aproximación de Sename a la problemática. De acuerdo a las distintas experiencias internacionales e investigaciones114 los factores que propician y mantienen la Explotación Sexual Comercial Infantil y Adolescente aluden a una problemática multicausal: las relaciones sociales de poder sexual, adulto y masculino que definen la desigualdad y la dominación de los niños y especialmente las niñas como sustento de la explotación, el rol de los medios de comunicación social y la configuración de niños/niñas y adolescentes como objetos de consumo. En relación a los factores económicos, hay que considerar, sobre todo, los vinculados a la pobreza e indigencia, la exclusión social, el mercantilismo de las relaciones sociales, el problema de las migraciones y el creciente número de niños(as) y adolescentes involucrados en ese fenómeno, tendencias a la globalización y avances tecnológicos que generan la aparición de industrias “nuevas” promovidas por redes nacionales e internacionales de explotación sexual comercial. Entre los factores de vulnerabilidad referidos a los ámbitos sicológicos y sociales, se encuentran las dificultades de la socialización familiar, los frecuentes maltratos y abusos sexuales de niños(as), ausencia de figura protectora, existencia de otro integrante del grupo familiar que ejerza prostitución, consumo de drogas, deserción escolar temprana y la conducta callejera, entre otros. En el abordaje del fenómeno se considera no sólo a las víctimas, sino también la existencia de “demanda”. En este plano entender el rol de clientes, proxenetas y redes que promueven la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, es clave para poder avanzar en su eliminación. Esto incluye asegurar la sanción efectiva de los explotadores. Desde una aproximación sobre las consecuencias de la explotación sexual comercial infantil y adolescente, se puede plantear la existencia de costos directos graves en las víctimas, además de costos sociales y económicos al país. Dentro de los primeros se constatan: deserción escolar, uso abusivo de alcohol y drogas con el
113 Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño Relativos a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía, artículo Nº 2. 114 *“Caminos hacia la prevención y la erradicación de la ESCI-ESCNA en Centroamérica y República Dominicana, IPEC, 2001. • “Explotación Sexual Infantil en Sudamérica, IPEC/SA, Lima 2001. • *Congresos mundiales sobre Explotación de Estocolmo y Yokohama.
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consiguiente deterioro en la salud, embarazos no deseados, depresión y deseos de morir y desesperanza, maltrato por parte de clientes y explotadores, agresiones de distinto tipo, incluidas las estigmatizaciones, etc.
OBJETIVOS Objetivo general Apoyar procesos de reparación de la grave vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes víctimas de explotación sexual comercial y sus procesos de integración familiar y social a través de la ejecución de programas de intervención integrales, de modalidad interdisciplinaria.
Objetivos específicos 1. Interrumpir las prácticas de explotación sexual comercial infantil y adolescente mediante la activación de mecanismos judiciales, orientados a resolver la situación legal del niño(a) o adolescente, controlar jurídicamente su situación y facilitar el acceso a la red de justicia. 2. Contribuir a la reparación del daño presente en el niño, niña y adolescente, desde el ámbito sicológico, social y legal apoyando la elaboración de la(s) experiencia(s) traumática(s). 3. Fortalecer recursos protectores, sicológicos y sociales de las familias y/o adultos significativos. 4. Establecer y facilitar el acceso a redes institucionales y sociocomunitarias, desarrollando estrategias de coordinación pertinentes y permanentes para favorecer los proceso de reparación e integración social de niños, niñas y adolescentes explotados(as). 5. Asegurar la inserción social de niños, niñas y adolescentes, incluyendo su inserción en la educación formal, la inserción ocupacional en los casos que se requiera y la atención de salud.
SUJETOS DE ATENCIÓN Considerando esta visión de intervención integral y holística son sujetos de atención los siguientes: 1. Niños, niñas y adolescentes menores de 18 años víctimas de explotación sexual comercial, en cualquiera de sus modalidades: explotación infantil y adolescente, turismo sexual, tráfico con fines sexuales y pornografía infantil. 2. Las familias y adultos significativos para los niños, niñas y adolescentes deben ser integrados a procesos de intervención, con el fin de evaluar y potenciar sus capacidades parentales. En este mismo plano, las comunidades, especialmente líderes de organizaciones sociales, tienen un rol importante en el abordaje y prevención de la problemática.
INTERVENCIÓN Principios y criterios En primer lugar, los principios que guían la acción de los proyectos son los contenidos en la Convención de los Derechos del Niño y los del Marco General de este texto. En segundo lugar, se destacan derechos elementales que deben ser cautelados para niños, niñas y adolescentes que presentan consumo o dependencia de drogas. Ellos son:
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a) Principios que deben orientar la intervención • Derecho a la protección contra toda forma de abusos y explotación sexual comercial. • Derecho a atención integral: jurídica, sicológica, social, reparatoria que facilite su reinserción social y la restitución de sus derechos. • Derecho a protección en todas las fases del proceso penal en el que puedan estar insertos(as), especialmente con relación a situaciones de amenazas a su integridad. • Aplicar los principios de universalidad, indivisibilidad e irrenunciabilidad de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Algunos instrumentos que se señalan a continuación, proporcionan un marco ético, político y jurídico para las intervenciones que se realicen en las distintas áreas, por los diferentes actores involucrados tanto en su prevención como en su tratamiento. Ellos son: • Convención Américana sobre DD.HH. (1969). • Convención Internacional de los Derechos del Niño(1989). • Convenio 182 OIT(2000). • Convención Sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer(1989). • Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (1995). • Protocolo Facultativo de la CDN relativo al tráfico de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía infantil (2000). • Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente, mujeres y niños que complementa la Convención de la ONU Contra la Delincuencia Organizada Transnacional (2000).
b) Criterios de deben guiar la intervención Lo siguiente se refiere a las orientaciones con las cuales se debe abordar la intervención especializada a las víctimas de explotación sexual comercial infantil y adolescente, partiendo de la opción de velar por los derechos humanos de los sujetos de atención y la restitución de cada uno de los derechos vulnerados. • Se considerará la definición de explotación sexual comercial definida en la “Presentación” de este documento. Así, la Explotación Sexual Comercial Infantil y Adolescente implica, necesariamente, un intercambio económico en dinero, en especie o de otra índole (protección ante agresores, no agresión por parte del cliente o personas vinculadas a éste, al niño(a), a su familia o allegados) entre el cliente y el niño o niña y eventuales intermediarios. • Es integral, al considerar a las víctimas de ESCI en la totalidad de su persona, respetando su condición de sujetos que requieren contar con una protección especial.
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• Es multidisciplinaria. En la intervención la convergencia de distintas disciplinas, es necesaria a fin de contar con las distintas miradas para abordar la problemática, que den cuenta de la complejidad de cada situación y que permitan resolverla cabalmente. Multidisciplinariedad que debe resguardar y respetar la especificidad de cada una de las disciplinas. Una vez obtenida la visión específica de cada profesional que interviene, es posible y necesario realizar un proceso de integración que permita definir un abordaje integral. • Se privilegia el enfoque de la reparación, ya que los daños que experimentan las víctimas de explotación sexual comercial, alcanzan distintas esferas de su comportamiento a nivel afectivo, cognitivo, corporal e interpersonal y ha implicado la vulneración de distintos derechos. Se buscará la interrupción de la violencia y la resignificación de la(s) experiencia(s) de manera de superar los atropellos a sus derechos vividos como explotaciones. • Se busca lograr la integración social, es decir, la inserción de niños(as) y adolescentes a espacios sociales en que se les considere sujetos de pleno derecho, en los que puedan ser partícipes de interacciones sociales que aporten a sus propios desarrollos, contando con las herramientas necesarias para ello, incluidas las laborales, en especial con adolescentes. En este ámbito resulta de gran importancia el acceso y permanencia en la educación formal. • Se requiere el trabajo en fortalecimiento familiar. Aún cuando el trabajo con familia se hace difícil y complejo en situaciones de niños, niñas y adolescentes sometidos a situaciones de explotación comercial, es necesario considerar el fortalecimiento de la familia de origen o el trabajo con familias de acogida, especialmente familia extensa. En el caso de agotarse los esfuerzos para contar con la participación de un adulto familiar y/o protector, se estima adecuado y necesario desarrollar un proceso que apoye la autonomía y vida independiente del(a) adolescente.
Áreas de apoyo a la intervención Con la intervención directa se pretende interrumpir la explotación sexual comercial infantil y adolescente, incidiendo en la reparación e inserción social de niños, niñas y adolescentes sometidos a esta situación de grave vulneración. Para ello se focalizarán acciones en seis componentes dirigidos a los niños, niñas, adolescentes, las familias, las comunidades y las instituciones. Salud. Inicialmente se requiere del apoyo brindado por el sector salud en la evaluación del estado general en el que se encuentra un niño, niña o adolescente. Evaluación general que permita diagnosticar presencia o no de daño físico general, es decir, desnutrición, drogadicción (sintomatología asociada a la dependencia de las drogas) y alteración de conciencia, entre otras. El diagnóstico oportuno y claro permitirá definir un plan de acción que considere las áreas de salud mental y salud física. Para mejorar la salud tanto física como mental de niños, niñas y adolescentes víctimas de explotación sexual comercial, se emprenderán acciones de prevención y atención con ellos(as) y su entorno. El proyecto deberá considerar la atención sicoterapéutica reparatoria. Con la intervención se buscará que el niño(a) sea sujeto activo en la experiencia, despliegue capacidades y potencialidades, se respete y valore, aminorando sus sentimientos de desprotección y/o culpa, elevando su autoestima.
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Además, se tiene como objetivo superar los efectos traumáticos, adquiriendo herramientas que permitan enfrentar con mayores recursos las distintas situaciones de riesgo sicológico y social a que están expuestos al interior y fuera de la familia, no reproduciendo el modelo aprendido y promoviendo vínculos protectores con adultas(os) significativos en la familia o comunidad. Es necesario para promover el autocuidado en salud ofreciendo atención sicológica y social al niño, niña y adolescente durante todo el proceso reparatorio. Para promover los vínculos protectores se atenderá a los adultos(as) significativos ofreciendo atención sicológica y social a quieres estén interesados en participar en el proceso. De lo contrario debe fortalecerse el desarrollo personal del adolescente, orientado a lograr su independencia. En cuanto a la salud física, se buscará movilizar los recursos públicos para el cuidado de esta población expuesta a infecciones de transmisión sexual, drogadicción y otras enfermedades, así como embarazos adolescentes. En coordinación con los servicios de atención primaria se garantizará a la población beneficiaria la asistencia médica y sanitaria, de esta forma se derivarán a los centros de salud para su atención y tratamiento. El equipo del proyecto buscará coordinar acciones y asegurar la provisión de servicios en salud. Considerando la importante cantidad de niños y niñas víctimas de explotación sexual comercial que presentan consumo abusivo de drogas, se hace necesaria la coordinación para la atención especializada de la adicción. El equipo asegurará, a través de la coordinación con organismos especializados, el tratamiento en este aspecto. Educación. La escolarización de niños, niñas y adolescentes en el sistema formal, es un derecho garantizado por la Constitución, en donde los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos, correspondiendo al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho. La educación básica y la educación media son obligatorias, por tanto corresponde al Estado fomentar el desarrollo de la educación de todos sus niveles y es deber de la comunidad contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación. En coordinación con el departamento de educación de las municipalidades, los departamentos provinciales de educación y/o secretarias regionales de educación se buscará obtener cupos en los diferentes centros de educación básica y media y, si fuera el caso, en los establecimientos de educación de adultos. Estos últimos centros están abiertos a población mayor de 15 años para complementar su educación básica y media a través de programas como: Programa de Educación Fundamental de Adultos, Educación Técnica Elemental de Adultos, Programa Especial de Nivelación Básica y Media, y el Programa de Nivelación de Competencias Laborales, entre otros. El equipo del proyecto realizará el seguimiento del proceso formativo de la población beneficiaria y de los factores protectores que propicie la familia o adulto significativo. Capacitación laboral. El aspecto formativo de adolescentes se complementará, cuando corresponda, con su capacitación laboral en centros de formación técnica, profesional u otros. Esta formación se realizará en programas de Educación para Adultos, Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) u otros centros de capacitación laboral con los que la institución debe acordar cupos.
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Se gestionarán becas para que los(as) adolescentes pueden continuar su proceso formativo, becas que pueden considerar la matrícula, la adquisición de materiales, el transporte a los centros y la mantención de los(as) estudiantes. Con las empresas se promoverá negociar cupos para la realización de prácticas laborales. Igualmente deberá apoyarse estos beneficios con becas en los casos que se requiera. Jurídico- legal. La restitución de sus derechos pasa por el reconocimiento del derecho a la integridad física y sicológica, que implica desde el derecho a la vida hasta el derecho a su seguridad personal. La protección de los derechos y la denuncia deben ser parte del abordaje de los casos de explotación sexual comercial infantil y adolescente. La protección de sus derechos se realizará desde el mismo proyecto y la denuncia será realizada desde las instancias derivantes, algún miembro del sistema familiar o figura adulta significativa o deberá ser interpuesta desde el director(a) del proyecto. La información de los datos relacionados con la denuncia debe ser entregada a la dirección regional de Sename pertinente, con el propósito de que el abogado(a) querellante cuente con los antecedentes necesarios para proseguir con la defensa iniciada. Además, se sensibilizará a los agentes que intervienen en los procesos penales con relación a la ESCI en coordinación con la dirección regional de Sename correspondiente, Carabineros e Investigaciones, fiscalías, tribunales del crimen y de menores, para que se identifiquen los casos y se conozcan los recursos institucionales disponibles para la intervención. Sensibilización. El fortalecimiento de los vínculos protectores implica también que la comunidad del territorio donde está inserto el proyecto, esté sensibilizada sobre esta problemática y conozca las potencialidades con las que cuentan para su abordaje. Es necesario, por ejemplo, la participación comunitaria para ofrecer los espacios de recreación, movilizar recursos sociales destinados a los niños, niñas y adolescentes y sus familias y en la detección del problema. En este marco, la comunidad donde se inserta la acción del proyecto deberá reconocer la explotación sexual comercial infantil y adolescente como un problema social que afecta a estos grupos etáreos y, por tanto, prioritario en la agenda local. Adicionalmente, deberá identificar los recursos locales al servicio de la niñez y adolescencia, las estrategias para potenciarlos o adquirirlos cuando no existen. Articulación de redes. Se espera articular redes locales involucradas en la prevención, reparación e inserción de niños, niñas y adolescentes en situación de ESCI, en el territorio donde funcionará el proyecto. Estas redes integrarán a las diferentes instituciones y organizaciones que colaboren de forma directa o indirecta a favor del objetivo de desarrollo del proyecto. Por tanto, estará conformada por las municipalidades, establecimientos de salud, establecimientos educativos, centros de formación laboral, empresas, organizaciones sociales, entre otras, pertenecientes al territorio de acción del proyecto. En el caso de que exista esta red, el proyecto se sumará a ella. En el caso que en el espacio local, en el que se ejecuta el proyecto, no exista una red articulada es deber y función del proyecto coordinar las acciones necesarias para la conformación de una red involucrada con el tema, proceso que debe desarrollarse en forma activa durante el primer año de funcionamiento del proyecto.
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Al implementarse el proyecto, éste debe ser reconocido desde la comunidad como una instancia válida en la cual se detecta, diagnóstica, interrumpe y repara el daño asociado a la explotación sexual comercial. La articulación de redes debe estar orientada tanto al apoyo y coordinación con el proyecto específico.
FASES DE LA INTERVENCIÓN DE REPARACIÓN La intervención se efectuará en las siguientes etapas, considerando para ello la variable de género:
1ª Etapa: Detección-Diagnóstico Acercamiento al niño, niña o adolescente. Estrategia orientada a establecer vinculación con personal del proyecto con el propósito de establecer algún tipo de vínculo que le permita motivarse a iniciar una relación de cercanía y confianza. • Acogida. Estrategia que debe estar presente desde el primer contacto con el niño(a) o adolescente y debe ser reforzada constantemente desde el ingreso hasta el egreso del proceso. • Detección. Estrategia de intervención orientada a conocer con mayor grado de profundidad el tipo de vulneración en el que se encuentra el niño, sus pares y supuestos clientes y/o proxenetas involucrados. • Diagnóstico. Estrategia de intervención orientada a realizar acciones que permitan conocer el daño que presenta el niño, niña o adolescente víctima de explotación sexual. Esta fase requiere contar con procedimientos de evaluación definidos que permitan conocer la historia de vida de los niños(as), sus afectos y carencias. Además del daño asociado a las experiencias traumáticas que ha debido enfrentar a lo largo de su desarrollo. • Devolución de los resultados de la evaluación al niño(a) o adolescente. Orientando dicha entrega a que el niño(a) cuente con la información necesaria tanto de las acciones a seguir como las posibles consecuencias de las mismas. Además, se busca motivar la activa participación de los niños(as) durante todo el proceso con el propósito de resguardar la confianza, vínculo y proceso reparatorio. En el ámbito sicológico, debe realizarse una evaluación integral del niño, niña o adolescente que permita definir un plan de acción terapéutico orientado a reparar el daño personal, familiar y social que este tipo de victimización genera. Así como develar los estereotipos de género presentes en su propia visión de las causas que señalan como origen de lo que están viviendo y que sin duda inciden en los posteriores caminos de solución. En concreto, se trata de romper con los estereotipos culturales de ser hombre y mujer que puedan estar facilitando la perpetuación de la ESCI. En el plano social, es deber de los profesionales obtener un conocimiento acabado del funcionamiento familiar, existencia o no de figura adulta significativa para el niño, niña o joven, existencia de abusos, maltratos (tipología, cronicidad, figura del agresor), hito y/o circunstancia que generó, si existe, la huida del hogar del sujeto de atención y/o el inicio de la conducta de calle y explotación sexual comercial, conocimiento de la red de protección percibida por el niño, niña y estimar la existencia de otros pares involucrados con el mismo cliente, entre otros. Esta fase concluye con la elaboración del informe sicológico cuyo contenido es el siguiente:
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a) Nivel de vulnerabilidad sicológica del niño(a) o adolescente para ser intimidado y vencer su capacidad de resistencia a la explotación sexual, a los actos de violencia sexual, física y sicológica. b) Detección de posibles signos indicadores de ESCI. Se indique información detallada. c) Reconocimiento e identificación del explotador. Reacción emocional del niño(a) hacia el(los) explotadores(as). Contenido de su relato con relación a la identificación del(os) explotadores(as). Contexto temporo- espacial en que ocurren los hechos. d) Magnitud del daño psicológico producido en el(a) niño(a) o adolescente. Necesidad y duración estimada del tratamiento sicológico.
2º Etapa: Intervención Individual- Familiar- Comunitaria Esta fase se inicia con la elaboración del Plan de Tratamiento Individual (PTI). Plan de Tratamiento Individualizado. Una vez finalizada la fase de diagnóstico, es posible delinear el curso de acciones a seguir en el tratamiento de reparación de acuerdo a las necesidades específicas de cada caso y a las características de la figura protectora presente en la familia, en el caso de contar con adulto significativo. Cabe destacar que si bien la elaboración del plan de tratamiento ocurre al final de la fase de diagnóstico, es un proceso continuo por cuanto puede sufrir modificaciones en base a evaluación permanente del caso. Diseño del Plan de Tratamiento. En el diseño del plan deben considerarse antecedentes y evaluaciones previas al ingreso, durante el ingreso, en la fase diagnóstica y las evaluaciones y apreciaciones generadas por los profesionales y técnicos (sicólogo(a), trabajador(a) social, abogado(a), educador(a) que han participado en la intervención directa, tanto con el niño, sus pares y posibles adultos significativos. De particular importancia es definir el estado legal en el que se desarrollarán las intervenciones, esto es: • • • • •
Existe medida de protección y su tipo. Existe denuncia criminal. Se ha iniciado un proceso judicial criminal. Remisión de evaluación a abogado de Sename. Existe o no con querella criminal.
Respecto a la evaluación realizada al niño(a) o adolescente, es importante conocer: • • • • •
Grado de satisfacción general de sus necesidades básicas en todos los contextos. Presencia de problemas de salud física y grado de incapacidad para el desempeño de distintas áreas. Desarrollo cognitivo y emocional del niño(a) o adolescente. Necesidades infantiles más afectadas por la explotación sexual comercial. Capacidad de evocar relatos asociados con la situación de explotación sexual que determinó el ingreso del niño(a) o adolescente al proyecto. • Sentimientos asociados ante la evocación de experiencias traumáticas. • Capacidad para reconocer figura(s) explotadores(as).
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• Capacidad para establecer vinculación con adultos no agresores. • Grado y calidad de la vinculación afectiva con los distintos integrantes de la familia de origen del niño/a o adolescente. • Expresión verbal del niño(a) o adolescente relacionada con su visión y comprensión de su historia de vida. • Capacidad presente en el niño(a) o adolescente para articular verbalmente su historia de vida, identificando, en esta fase, las figuras afectivas que evoca como aquellas que él o ella describe como ausentes, agresoras y/o indiferentes. Respecto a la situación familiar, es necesaria la evaluación de las siguientes variables: • • • • •
El niño(a) o adolescente cuenta o no con figura protectora desde su familia de origen. Con quienes se trabajará en el centro. Residencia de la niña, niño o adolescente con familiares o sistemas proteccionales. Irreversibilidad de la situación familiar. Tipología de la violencia ejercida en su contra: intra y/o extrafamiliar.
Tales antecedentes permiten diseñar las hipótesis específicas de trabajo, los objetivos de la intervención, las estrategias pertinentes y un pronóstico tanto de la niña, el niño o adolescente como de la familia. En el análisis y planteamiento de las estrategias de intervención se contempla y garantiza la activación de todos los recursos personales, profesionales y sociales tendientes a velar por el mejor bienestar de la niña, niño o adolescente. Respecto de las variables que permiten establecer un pronóstico del caso se considera el tipo de explotación, la gravedad del daño ocasionado, reconocimiento y conciencia de la gravedad de la explotación, existencia o no de grupo familiar y/o adulto significativo, grado de compromiso adictivo (alcohol – drogas), cronicidad de la violencia y existencia o no de abandono materno – paterno. Tratamiento. El tratamiento consiste en la ejecución de las estrategias y acciones de intervención definidas en cada plan de tratamiento individualizado en pro de la reparación, en las áreas social, socio - educativa, sicológica y legal. Entendemos la reparación como un proceso integral en el cual se desarrollan, desde las distintas áreas de intervención y con los distintos actores del proceso, los siguientes componentes: • Resolución del daño y sus consecuencias en el niño. • La modificación de pautas relacionales dañinas y la potenciación de los recursos protectores a nivel familiar y comunitario. • La reelaboración y resignificación de la experiencia en pro del aprendizaje de nuevas formas de enfrentamiento a situaciones vitales adversas.
3º Etapa: Egreso – Seguimiento Evaluación del proceso reparatorio desarrollado al niño, la niña o adolescente, de acuerdo a los indicadores de logro definidos para cada una de las fases de intervención.
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La evaluación de egreso debe ser parte del proceso desarrollado, el que requiere de una integración tanto de la información registrada en el plan de tratamiento individual como del proceso específico desarrollado en la fase de tratamiento. El egreso es parte del proceso reparatorio por cuanto debe ser asumido como la fase final del tratamiento, donde no sólo se realiza una evaluación de logros obtenidos, sino que además se desarrolla una intervención de cierre. Esta estrategia de cierre debe considerar el vínculo establecido entre el terapeuta y el niño, niñas o adolescente, el reconocimiento de éste de la existencia de recursos personales que le permitan continuar con su vida (separación terapeuta – niño(a) o adolescente), fortalecimiento de recursos personales y de autoprotección presente en el niño/a o adolescente, entre otros. Con relación a la evaluación de egreso en el caso en que el niño(a) o adolescente haya contado con adulto protector durante el proceso, se debe evaluar el grado de compromiso presente en éste, el logro de cambio obtenido y la capacidad de protección que cuenta. Se debe considerar el seguimiento planificado de cada uno(a) de los participantes en el proyecto. Este seguimiento exige focalizar el qué se va a evaluar, con el propósito de estimar los reales avances y capacidades adquiridas en el proceso reparatorio. Es deber del equipo profesional realizar una estimación de los logros obtenidos en cuanto a la permanencia de los mismos de modo de mantener al niño(a) o adolescente en control social de tribunal de menores o bien archivar la causa proteccional. En esta etapa se requiere que el profesional encargado del seguimiento cuente con el conocimiento acabado del caso, tanto para poder focalizar la evaluación como para realizar una estimación de los cambios evaluados. El proceso reparatorio contempla la atención especializada a los niños, niñas o adolescentes ingresados durante un periodo máximo de 24 meses.
RESULTADOS ESPERADOS Medición que se realiza en la etapa de supervisión y finalización de la intervención, resultados de proceso y resultados finales respectivamente. La ponderación de los resultados alcanzados debe desarrollarse con la evaluación de los indicadores elaborados para esta modalidad de atención.
Resultados de proceso: 1. El 100% de los casos detectados cuentan con la protección jurídica- legal que requieren. 2. El 100% de niños(as) y adolescentes sin vínculos protectores, que requieran internación en red de centros del Sename son postulados e ingresados, manteniendo la atención en el centro. 3. El 70% de los niños(as) cuentan con atención en salud y con inserción educacional o laboral, según corresponda.
Resultados finales: 1. En al menos el 50% de niños, niñas y adolescentes se interrumpen las prácticas de explotación sexual comercial.
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2. Al menos el 50% de niños, niñas y adolescentes atendidos finalizan el proceso reparatorio con logro de objetivos. 3. El 100% de los niños y niñas revisan sus propios estereotipos de género. 4. Al menos 50% de los niños y niñas atendidos cuentan con un referente protector. Para cada uno de estos resultados es deseable que se incorpore la necesaria equidad entre hombres y mujeres. Por tanto, del universo de niños y niñas un porcentaje equitativos accede al resultado esperado.
EVALUACIÓN Y MONITOREO La necesidad de mejorar la focalización y la calidad de la atención, hace que la incorporación de procedimientos sistemáticos de evaluación se constituya en un requerimiento básico para los proyectos de explotación sexual comercial. Se espera que dichos procedimientos sean planificados con anterioridad y periodicidad necesaria durante la formulación del proyecto e insertados coherentemente en cada una de las etapas del proceso de desarrollo de la propuesta de intervención, y que incorporen aspectos cualitativos y cuantitativos a evaluar y a los usuarios(as). En este contexto, en la evaluación se plantea como objetivo primordial el contribuir en mejorar sistemáticamente la calidad del sistema de atención intervención brindado a través de los proyectos especializados. En términos operativos se traduce en la entrega de información que permita desarrollar un proceso de decisiones que facilite ajustar el diseño de intervención continuamente, la planificación de los procesos de capacitación, la generación y unificación de los criterios de calidad y la validación de instrumentos, entre otros. La planificación de la evaluación requiere considerar las distintas etapas de desarrollo que el proyecto implica en el tiempo. De acuerdo a una perspectiva longitudinal, se espera que los proyectos consideren las siguientes etapas para la evaluación: Viabilidad del proyecto. Consiste en la valoración que se aplica a la formulación del proyecto, previamente a su ejecución, orientada a determinar la factibilidad de implementar dicha propuesta en el marco del diseño global (coherencia interna, viabilidad del proyecto e indicadores posibles de evaluar). En este punto es primordial incorporar los resultados del proyecto (en caso que corresponda) anterior desagregados por sexo y un breve comentario explicativo de los datos especificando las causales que pudieren justificar las diferencias entre niños y niñas contenidas en éstos. Evaluación de resultados. Valoración llevada a cabo al final del proyecto, tendiente a determinar sus logros globales, enfatizando los efectos en las(os) usuarios(as). Dado al carácter y finalidad de las orientaciones, la evaluación aquí descrita se centrará principalmente en el desarrollo de la evaluación de implementación del proyecto, de sus resultados e impacto local.
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RECURSOS HUMANOS Debido al carácter especializado que requiere este tipo de intervención, se debe contar con un equipo de profesionales con formación y experiencia en intervención sicológica, social, jurídica y comunitaria. Conjuntamente, se releva la necesidad de que las instituciones protejan los recursos profesionales mediante acciones de autocuidado, así como desarrollen la capacidad de los propios profesionales de autocuidarse. Esto, tomando en cuenta la alta demanda emocional que implica realizar estas intervenciones, el elemento de contingencia permanente con los(as) usuarios(as), los contextos de precariedad en que ellos(as) se desenvuelven y la escasez actual de servicios para atenderlos en todos su problema, lo que sobrecarga a los equipos profesionales de mayores exigencias personales y profesionales. El autocuidado de equipo debe ser parte de un proceso más allá de una actividad puntual, por tanto, se espera que el equipo pueda plantear un plan de trabajo orientado a su protección y resguardo de la calidad de la intervención. Un buen diseño de proyecto debe contemplar ambos aspectos, la experticia y protección del equipo, previniendo la aparición del síndrome del estrés laboral crónico. En consecuencia, se requiere que el equipo profesional capacitado que se desempeñe en la atención directa del comercio sexual infantil, que posea experiencia y/o formación especializada. Las características de este equipo son básicamente las siguientes: • Profesionales titulados. • Formación y experiencia en violencia. • Experiencia en estrategias para trabajar con niños y niñas gravemente vulnerados en sus derechos. • Motivación por el trabajo con niños, niñas o adolescentes y familia. • Capacidad y disposición para trabajo en equipo interdisciplinario. • Competencias y habilidades para desarrollar relaciones igualitarias entre hombres y mujeres en el trabajo individual, familiar y grupal. • Tener actitud no discriminadora con los niños(as), especialmente los referidos a estereotipos de género. • Competencia técnica para intervenir en las distintas fases y áreas que contemple el programa. • Disposición al trabajo en terreno. • Valoración del trabajo intersectorial y práctica de trabajo en red. • Accionar centrado en las orientaciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. • Motivación por el trabajo con infancia y familia desde una perspectiva de género.
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• Dentro de la documentación exigida a todos los participantes del equipo se solicitará: fotocopia del carnet de identidad, certificado de antecedentes actualizado cada seis meses, certificados de salud compatible con el cargo u otros en caso que corresponda. Se requiere de la presentación en detalle del personal permanente que se desempeñará en el proyecto, completando el “cuadro de personal” presentado a continuación, agregando descriptores de cargos (función a cumplir, principales tareas a realizar y perfil profesional) y currículo vitae de los(as) funcionarios(as).
Equipo básico El equipo que se desempeñe en los proyectos deberá estar conformado, a lo menos, por los siguientes profesionales, técnicos y personal auxiliar. • • • • • • • •
Director(a). Sicólogo(a). Trabajador(a) social Educador(a) y/o técnicos sociales. Abogado(a). Secretaria. Contador(a). Administrativo de apoyo.
Se considera un(a) sicólogo(a) y un(a) asistente social, ambos jornada completa; un(a) abogado(a) media jornada y dos jornadas para educadores(as) o técnicos sociales, por cada 25 casos de atención simultánea; un administrador(a) contable o contador(a), media jornada; una secretaria, jornada completa y un auxiliar, media jornada. Es necesario considerar la atención médica y siquiátrica, asegurándola preferentemente a través de la coordinación con el sector salud o, si esto no es posible, integrando horas profesionales al proyecto.
Descripción de funciones Las funciones básicas que deben desempeñar los/as integrantes del equipo son: Director(a) • Responsable de la dirección técnica del equipo. • Responsable de la dirección administrativa del proyecto. • Responsable de generar la coordinación con las redes. • Responsable del sistema de registro. • Responsable del desarrollo investigativo del proyecto (sistematización y elaboración de informes). Sicólogo(a) • Responsable del ámbito terapéutico. • Responsable de la evaluación diagnóstica especializada. • Responsable del proceso terapéutico de reparación del niño(a), adolescente y sus familias o figuras significativas. • Responsable de implementar y conducir las estrategias terapéuticas. • Participar en el proceso de conexión con la red del niño(a) y adolescente. • Participar en el seguimiento del caso.
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Trabajador(a) social • Responsable del ámbito social. • Responsable de la entrevista de recepción, de la acogida y detección. • Participar en la evaluación diagnóstica social. • Apoyar el programa de trabajo individual. • Responsable del seguimiento del caso. • Apoyar el trabajo con las familias. • Responsable de articular redes. Abogado(a) • Responsable del ámbito jurídico. • Brindar orientación legal. • Gestionar la adopción de medidas de protección. • Coordinación con equipo jurídico, querellante, de Sename. • Orientación a los profesionales en elaboración de informes al tribunal. • Participar en la evaluación diagnóstica. • Participar en el programa de trabajo individual. Educador(a) y/o Técnico social • Responsable de la conexión con la redes comunitarias e intersectoriales. • Apoyo para el acercamiento y la detección de los casos. • Apoyo en el proceso terapéutico, social y legal de los casos. • Participar en la evaluación diagnóstica. • Participar en el programa de trabajo individual. • Participar en el seguimiento de los casos. Secretaria • Responsable del registro computacional. • Recepción de público. • Apoyo a la gestión administrativa del director(a). Contador(a) • Apoyo en el manejo financiero del proyecto. • Responsable del pago de sueldos y honorarios. Auxiliar • Cuidar el centro. • Aseo y mantención. • Labores de estafeta.
RECURSOS MATERIALES MÍNIMOS • Local adecuado a las necesidades del proyecto: Número de oficinas o salas adecuado, baño para el personal y público accesible a niños(as) o adolescentes, sala de recepción, sala de reuniones y en lo posible patio.
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• Computador con los siguientes requerimientos mínimos: Procesador Pentium, disco no inferior a 2 GB, memoria mínimo 32 MB RAM u otro; unidad de disco 3 y 1/2 pulgada, de alta densidad y unidad de CD ROM (opciones de multimedia son necesarias por las características de software actual), pantalla 15 pulgadas, impresora laser, tarjeta fax – MODEM, conexión a Internet que permita correo electrónico, Sistema operativo Windows XP profesional, Programa Office 2000 con Acces incluido. • Teléfono, fax, conexión a internet y correo electrónico.
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Intervención en Peores Formas de Trabajo Infantil
Intervención en Peores Formas de Trabajo Infantil
INTERVENCIÓN EN PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL PRESENTACIÓN
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unque el trabajo infantil es un problema social de larga data, su eliminación progresiva es un objetivo reciente en la política pública y en la formulación de instrumentos normativos que respondan a este compromiso. El trabajo infantil en Chile despertó la preocupación pública a finales del siglo XIX. El reciente esfuerzo por establecer una política hacia la prevención y eliminación progresiva del trabajo infantil ha permitido contar con algunas mediciones, estadísticas y características, lo que permite una aproximación al problema y entregar un esbozo de lo que sucede con la inserción de los niños, niñas y adolescentes en el mercado del trabajo y las posibles soluciones al respecto. En este sentido, existen algunos aportes que dicen relación con acuerdos, normativas e instrumentos para el abordaje del trabajo infantil y adolescente y sus peores formas. En la Convención de los Derechos del Niño, en su artículo 32, se señala el derecho del niño a “estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social”. Asimismo, compromete a los Estados a adoptar medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para garantizar la aplicación de este artículo. Dentro de ellas se establece: fijar una edad mínima para trabajar, reglamentación de horario y condiciones de trabajo y sanciones apropiadas para el cumplimiento del artículo. Otros artículos de la Convención hacen mención específica a situaciones de explotación económica de niños(as) y adolescentes: Artículo 33: “Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas, incluidas medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales, para proteger a los niños contra el uso ilícito de los estupefacientes y sustancias sicotrópicas enumeradas en los tratados internacionales pertinentes, y para impedir que se utilice a niños en la producción y el tráfico ilícitos de esas sustancias.” Artículo 34: “Los Estados Partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abusos sexuales. Con este fin, los Estados Partes tomarán, en particular, todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir: - La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal. - La explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales ilegales. - La explotación del niño en espectáculos o materiales pornográficos.” Artículo 35: “Los Estados Partes tomarán todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir el secuestro, la venta o la trata de niños para cualquier fin o en cualquier forma.”
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Artículo 36: “Los Estados Partes protegerán al niño contra todas las demás formas de explotación que sean perjudiciales para cualquier aspecto de su bienestar.” Artículo 38: “Los Estados Partes se comprometen a respetar y velar porque se respeten las normas del derecho internacional humanitario que les sean aplicables en los conflictos armados y que sean pertinentes para el niño”. En este último artículo se menciona específicamente que “Los Estados Partes se abstendrán de reclutar en las fuerzas armadas a las personas que no hayan cumplido los 15 años de edad. Si reclutan personas que hayan cumplido 15 años, pero que sean menores de 18, los Estados Partes procurarán dar prioridad a los de más edad.” Además, se plantea que se deben adoptar todas las medidas posibles para asegurar la protección y el cuidado de los niños afectados por un conflicto armado. La Convención también hace referencia al Derecho a la Educación, habitualmente vulnerado en situaciones de explotación laboral: Artículo 28: “Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la Educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho deberán,” entre otros: - ”Implantar la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos.” - ”Fomentar el desarrollo en sus distintas formas, de la enseñanza secundaria, incluida la enseñanza general y profesional; hacer que todos los niños dispongan de ella y tengan acceso a ella y adoptar medidas apropiadas tales como la implantación de la enseñanza gratuita y la concesión de asistencia financiera en caso de necesidad.” La Convención conmina también a posibilitar la recuperación y reintegración social de niños/as y adolescentes vulnerados en sus derechos por situaciones de explotación: Artículo 39: “Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para promover la recuperación física y sicológica y la reintegración social de todo niño víctima de cualquier forma de abandono, explotación o abuso, tortura u otra forma de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, o conflictos armados. Esa recuperación y reintegración se llevarán a cabo en un ambiente que fomente la salud, el respeto a sí mismo y la dignidad del niño”. El año 2000, la Asamblea General de la ONU aprobó dos protocolos facultativos a la Convención, donde se abordan algunas formas de explotación a niños, niñas y adolescentes, destacan: - La participación de niños en conflictos armados. - La venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Por otra parte, desde su creación, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha incluido el trabajo infantil entre sus preocupaciones fundamentales: “El principal instrumento de OIT en su lucha por abolir el trabajo infantil han sido y siguen siendo las normas del trabajo que determinan el concepto de una edad mínima para ingresar en el empleo. Este criterio responde a dos deseos: el de proteger a los niños respecto de un trabajo que interfiera con su pleno desarrollo, y la búsqueda de una eficiencia económica mediante mercados de trabajo de adultos que funcionen correctamente.”115 115 “Un futuro sin trabajo infantil “.OIT, 2002.
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Al respecto, la OIT aprobó los convenios 138 (1973) y 182 (1999). Nuestro país ratificó el primero en el año 1999. Este convenio plantea que los Estados realizarán esfuerzos por subir progresivamente la edad de incorporación de los niños/as al mundo laboral. Como consecuencia, al año siguiente, se elevó de 14 a 15 años la edad mínima de admisión al empleo. Hay acciones gubernamentales en el tema del trabajo infantil que se han realizado con la finalidad de dar cumplimiento a los convenios internacionales. En el año 1996 se creó en nuestro país, bajo la coordinación del Ministerio del Trabajo, el “Comité Nacional Asesor para la Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del Menor Trabajador”, actualmente denominado “Comité Nacional Asesor para la Prevención y Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil”.116 Dicho comité diseñó el “Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Adolescente en Chile” y tiene a su cargo la implementación de acciones y el seguimiento de los resultados obtenidos en el período 2001 - 2010. Este documento define realizar acciones para el cumplimiento de los siguientes objetivos: “a) Sensibilización para el desarrollo de una actitud responsable de la población ante la desvalorización y vulneración de los derechos por medio del trabajo infantil”. “b) Identificar la calidad y deficiencia de datos y de conocimientos sobre el trabajo infantil a nivel nacional, regional y local, y promover la recolección de los que hagan falta, evaluando su disponibilidad y utilización por los organismos pertinentes afectos a la política de prevención y erradicación progresiva del trabajo infantil y adolescente”. “c) Promover las reformas legales y reglamentarias, en particular las favorables a la política de erradicación progresiva del trabajo infantil y adolescente, para construir un marco jurídico coherente con la Convención y los tratados internacionales que garanticen las restricciones, regulaciones y prohibiciones necesarias para la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes”. “d) Elaborar un perfil e identificar a nivel nacional y local, los niños, niñas y adolescentes en todas las actividades definidas como las peores formas de trabajo infantil y proveerlos de asistencia social, jurídica y escolar para su integración”. “e) Alcanzar la meta que los niños y niñas menores de 15 años dejen de trabajar para reintegrarlos al sistema escolar, para eliminar el analfabetismo, disparidades de género y asegurarles igualdad de oportunidades en su vida futura”. “f) Desarrollar acciones para otorgar asistencia escolar, jurídica y social y de subsidios económicos a los niños y niñas menores de 15 años trabajadores, que han abandonado el sistema escolar, con fines de reincorporarlos a la vida escolar e integrarlos socialmente, en coordinación con el medio familiar y comunitario”.
116 Este comité cuenta con la participación de organizaciones de gobierno, empresarios y trabajadores. Los organismos participantes son: los ministerios de Salud, Justicia, Educación, Planificación y Cooperación, Agricultura, Integra, Comité de Parlamentarios por la Infancia, Colegio de Profesores, Central Unitaria de Trabajadores, Confederación de la Producción y el Comercio, Iglesia Católica, Iglesia Metodista, organizaciones no gubernamentales, Red de Alcaldes por la Infancia, Carabineros, Asociación de Exportadores de Productos Manufacturados no Tradicionales, Asociación Chilena de Naciones Unidas, Confederación Gremial Nacional de la Mediana y Pequeña Empresa, Servicio y Artesanado de Chile, IPEC/OIT y Unicef.
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“g) Asegurar la permanencia de los adolescentes en el sistema escolar otorgando la asistencia jurídica, económica y social necesaria a aquel sector que se encuentra fuera del sistema y aquellos que estén trabajando, para su reincorporación al sistema educacional”. “h) Asegurar que se cumplan las condiciones legales y reglamentarias del trabajo adolescente”. “I) Diseñar y ejecutar un sistema de seguimiento, medición y evaluación del progreso de los objetivos del Plan, así como también de la efectiva implementación y logros de políticas, programas y proyectos que se desarrollen a nivel nacional en el marco del Plan”. Entre el año 2002 y el 2004, se ha dado un gran paso en esta materia en nuestro país. Producto de la constatación del déficit de un diagnóstico preciso y de nivel nacional acerca de la situación de niños, niñas y adolescentes trabajadores, el Plan Nacional lleva a cabo la implementación del proyecto “Diagnóstico Nacional del Trabajo Infantil e Identificación y Sistema de Registro de sus Peores Formas”. Este proyecto representa una iniciativa conjunta del Ministerio del Trabajo, el Instituto Nacional de Estadísticas y el Servicio Nacional de Menores, que cuenta con el apoyo de IPEC/OIT. En dicho proyecto el Instituto Nacional de Estadística (INE) diseñó la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil para lograr su dimensión a nivel nacional y el Sename generó un Sistema de Registro Único de las Peores Formas de Trabajo Infantil, en conjunto con Carabineros, Investigaciones y Dirección del Trabajo. Este sistema registra y consolida información en el tema. Además, se realiza un estudio cualitativo de las características y necesidades de niños(as) y adolescentes involucrados en peores formas de trabajo infantil. Todo esto es una contribución al diseño de políticas públicas y programas destinados a la eliminación progresiva del trabajo infantil partiendo por las peores formas. Además, los productos del proyecto antes mencionados contribuyen a tener información cuantitativa y cualitativa para realizar seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en nuestro país. En la actualidad la intervención del Sename se implementa en tres proyectos en el tema del trabajo infantil, los cuales son ejecutados por instituciones colaboradoras (Serpaj, Ceppac y Raíces) y tienen cobertura para la atención de 200 niños(as) y adolescentes. Dos de ellos se realizan en Santiago y uno en la V Región. Igualmente, se cuenta con ocho proyectos de reparación en explotación sexual comercial infantil al que se le suma uno en la V Región con financiamiento internacional. El total de proyectos tiene una cobertura total de 400 niños y niñas. Con respecto a la magnitud y características del trabajo infantil, en el reciente informe entregado por el INE117, en el país habría 196 mil niños entre 5 y 17 años que trabajan. Sin embargo, entre ellos hay un grupo que realiza “trabajo inaceptable”, lo que alcanzaría a 107 niños, niñas y jóvenes, que no asisten a la escuela y trabajan más de 40 horas semanales o con riesgo real para su integridad personal, es decir, permanecen en condiciones de explotación por parte de adultos y en actividades económicas que ocasionan daño a su desarrollo físico, sicológico y moral.
117 Mayo 2004.
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Al respecto, otros datos, que van configurando un cuadro de la dimensión real del problema, lo aporta el Sistema de Registro que en forma exclusiva identifica las situaciones de peores formas de trabajo, el cual está en funcionamiento en el Sename con el aporte de información de Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y la Inspección del Trabajo. Dicho sistema, entre los meses de junio del 2003 y marzo del 2004, arroja los siguientes datos específicos: consigna 388 casos de niños, niñas y adolescentes en situación de peores formas de trabajo infantil. De ellos la mayor concentración se encuentra en el tramo de 17 y 18 años con el 46.6% y en segundo lugar el tramo de 15 y 16 años con el 28,9%. Del total, el 27,8% corresponde a mujeres y el 72,2% a hombres. La mayor concentración según la situación a la que están expuestos se da en la utilización de menores en prostitución y el trabajo en que se utiliza maquinarias y herramientas que requieren capacitación y experiencia, con 12,9% y 12,4%, respectivamente. La particularidad que entrega este último dato es que del 12,9% -de utilización de niños y niñas para prostitución por adultos-, el 58% es de niñas y el 48% de niños. De las cinco regiones donde funciona el sistema (IX,VIII,II,V y Región Metropolitana) la que registra mayor cantidad de casos es la Región Metropolitana con 40,5% y la VIII Región con 25,8%. Respecto de la permanencia en el sistema escolar, se señala que el 47,7%, no asiste a la escuela.
DEFINICIÓN El trabajo infantil se refiere a todo tipo de actividad económica llevada a cabo por menores de 15 años, sin importar si el niño(a) o adolescente recibe sueldo fijo desde un adulto con el que ha establecido un trato, si trabaja por su cuenta o si trabaja con su familia sin recibir pago por la actividad que realiza. Dentro de estas actividades se diferencian aquellos trabajos, remunerados o no, que son adecuados para la edad y grado de madurez de niños y niñas, los que al realizarlos aprenden a asumir responsabilidades, adquieren aptitudes, ayudan a sus familias, incrementan su bienestar e ingresos y contribuyen a las economías de sus países. Actividades como las de ayudar, después de la escuela y los deberes escolares, en los trabajos de la casa o el jardín, el cuidado de niños o cualquier otra labor ligera, aunque son ocupaciones infantiles no corresponden al trabajo infantil que se busca abordar. El trabajo de niños, niñas y adolescentes con menos de 15 años en nuestro país siempre es ilegal, por lo que no pueden establecer un contrato de trabajo que cautele sus intereses como trabajador. A pesar de lo anterior, muchos niños con menos de 15 años trabajan y lo hacen en condiciones de indefensión ante abusos, expuestos a riesgos y, en ocasiones, debiendo abandonar la escuela para acceder a oportunidades de ser un adulto con mejores ingresos que sus padres. Los niños(as) que trabajan, en muchos casos, quisieran tener tiempo y energía para estudiar o pasarlo bien jugando o relacionándose con otros niños o jóvenes, pero se ven presionados por las circunstancias económicas a la mantención de la familia, en especial cuando la madre es jefa de hogar y no gana lo suficiente, cuando los padres están cesantes o cuando son muchos hermanos. La idea de la ley que prohíbe el trabajo infantil bajo los 15 años, no es perseguir o culpar a los niños(as) que trabajan, sino buscar formas de ayudar a sus familias para que ellos puedan completar su escolaridad y crecer con más oportunidades de desarrollo.
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Con respecto al llamado trabajo adolescente, que es aquel que realizan jóvenes de edad entre 15 y 18 años, es legal en la medida que se cumplan las condiciones contempladas en el Código del Trabajo, la Convención sobre Derechos del Niño y los Convenios Nº 138 y Nº 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ratificados por Chile. Por tanto, los jóvenes entre 15 y 18 años pueden establecer una relación laboral formal, es decir con contrato de trabajo, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos: • Si tiene entre 15 y 16 años, debe tener con autorización de sus padres o tutores, del juez de menores o de un inspector del trabajo, siempre que haya cumplido la obligación escolar (cursado octavo año de enseñanza básica), o la actividad laboral permita que siga estudiando o pueda capacitarse. • Si tiene entre 17 y 18 años, debe contar con autorización de sus padres o tutores, del juez de menores o de un inspector laboral. El trabajo de menores de edad, además, debe cumplir el requisito de no ser riesgoso para su seguridad, salud o formación moral. El no cumplimiento de estas condiciones, cuando existe un contrato de trabajo, implica sanción para el empleador. Todos los trabajadores pueden solicitar la intervención de la Dirección del Trabajo ante el incumplimiento de los compromisos establecidos por el empleador. Las peores formas de trabajo infantil se refieren a niños, niñas y adolescentes, menores de 18 años, que son víctimas de explotación por los adultos en actividades económicas que ocasionan daño a su desarrollo físico, sicológico y moral. El año 2000 nuestro país suscribió el Convenio 182, referido a la erradicación de las “peores formas de trabajo infantil”. Éste plantea que se entenderá por peores formas de trabajo infantil: a) “Todas las formas de ‘esclavitud’ o prácticas análogas como la venta y trata de niños, la servidumbre por deudas y condición de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluyendo el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para su utilización en conflictos armados”. b) “La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas.” c) “La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la realización de actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales pertinentes,” y d) “Cualquier trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños, lo que deberá ser determinado por la legislación nacional o la autoridad competente.” La adopción de estos convenios establece obligaciones de carácter recíproco. “Por una parte, los Estados Miembros están obligados a respetar, promover y aplicar los principios de la Declaración relativa a los derechos fundamentales en la mayor medida en que lo permitan sus recursos y habida cuenta de sus circunstancias específicas. Por otra parte, la Organización está obligada a dar asistencia a sus Miembros para el logro de esta meta”.
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Por otra parte, en el estudio cualitativo realizado por Sename-OIT/IPEC se mencionan ciertas características de esta población, según determinados tipos de peores formas de trabajo infantil.
Explotación sexual comercial Según dicho estudio, los niños y niñas víctimas de explotación sexual son los más carenciados afectiva y económicamente. Muchos han sido abandonados por sus padres y otros mantienen contacto sólo con algún miembro de la familia que, aunque sospeche, no cuestiona su actividad. La mayoría se inició en la explotación sexual a los trece años y desde entonces vive en la calle y no asiste a la escuela. Frente al desarraigo familiar, en la mayor parte de los casos, los propios niños deben satisfacer sus necesidades mínimas de sobrevivencia. Pese a esto, los recursos que obtienen no son estrictamente para alimentación o vivienda y muchas veces los destinan a comprar vestuario de marcas, al consumo de drogas y a la diversión. “Yo no les dije en qué estaba trabajando, yo no lo he contado a nadie… no quiero que nadie más sepa, porque después andan hablando las cosas que uno hace”, cuenta Jéssica, de 16 años. Para estos adolescentes las relaciones de amistad son complejas. Les gusta juntarse con niños de su misma edad que no participan en el comercio sexual, pero con su secreto a cuestas, les resulta difícil comunicarse y entablar amistades sinceras. Totalmente distinto es cuando se relacionan con otros jóvenes vinculados a la explotación sexual: con ellos comparten una vida con mucho alcohol, fiestas y vida nocturna con los clientes. Entonces, estos chicos están muy desvalorizados, no pueden tener una experiencia subjetiva enriquecedora con su grupo de pares y su sensación de orfandad es muy fuerte. La mayoría ve el futuro negro y problemático. Quieren salir de ese mundo, pero no saben cómo, ya que sin apoyo familiar ni educación les resulta difícil. En algunos casos, hay madres u otros familiares que también han ejercido el comercio sexual. Por eso, para gran parte de estos niños es un alivio estar en centros o casas de acogida.
Utilizados para actividades ilícitas En el caso de los niños, niñas y adolescentes utilizados para actividades ilícitas (robo, hurto, tráfico de drogas), la totalidad proviene de familias de escasos recursos, pero relativamente constituidas. Existe al menos un padre o familiar que es proveedor y los ingresos, habituales o esporádicos, alcanzan para satisfacer las necesidades mínimas. Pese a esto, sienten que sus familias no progresan económicamente y que no pueden satisfacer requerimientos de consumo que simbolizan status y pertenencia, como ropa o zapatillas de marca. Así, el dinero obtenido se destina fundamentalmente a estos fines y también, en casi todos los casos, al consumo de drogas. El aporte a la economía familiar es ambiguo. Las familias se muestran reacias a recibir dinero, porque saben cuál es su origen. El ingreso de los menores de edad a los círculos delictuales se produce por distintas razones, como la presión de adultos o el interés por la droga. Un grupo de ellos desea salir de la delincuencia, trabajar y llevar una vida normal. Sienten que no han sido absorbidos por ese mundo y que ésta es sólo una etapa de sus vidas. Otro grupo, en cambio, piensa que el camino tomado no es problemático, que es su alternativa y que pueden seguir por él. Todos los entrevistados creen que pueden entrar y salir fácilmente de estas prácticas, pero eso está muy subordinado al
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consumo de drogas, porque para mantenerlo necesitan robar o traficar. Al final se convierte en un estilo de vida, promovido por adultos que abusan de ellos. Hay otros mecanismos de presión empleados por los adultos a los cuales muchos niños y adolescentes pueden sustraerse. Uno muy fuerte es el valor de ser hombre, que implica ser valiente, ser “choro”, aunque esta visión cambia cuando están en un centro de detención y se cuestionan cuál es el valor de ser “choro” si luego van a la cárcel y lo pasan mal. La mayor parte de estos adolescentes aspiran a formar su propia familia y dar a sus hijos lo que ellos no recibieron, ya que resienten fuertemente la indiferencia paterna.
Trabajos peligrosos por su naturaleza Los niños entrevistados vinculados a trabajos peligrosos por su naturaleza se desempeñan en faenas marítimas (buzo mariscador) y ferias libres (cargadores) de la Quinta Región. Sus familias son las más integradas, generalmente con presencia del padre y la madre. Todos asisten a la escuela y con respecto a las otras categorías, son más responsables, consumen menos drogas y tienen una relación más tradicional con los padres. La incorporación de estos niños al trabajo se produce paulatinamente y se asume casi como una herencia. Es la propia familia la que de alguna manera lo va preparando para trabajar, le va afirmando una identidad que es la identidad de los integrantes de la familia afincada en su labor productiva. Entre los niños que ejercen estos trabajos se dan dos percepciones. Algunos dicen haberse iniciado en forma voluntaria, sin haber sido inducidos por nadie. Otros señalan haber sido incitados por un adulto, familiar o no. Sin embargo, aún así, no perciben directamente que se trata de una explotación, porque también a ellos les interesaba realizarla. De este modo, sus emociones hacia estos adultos son de confianza y lealtad. Aunque sus familias no están necesariamente bajo la línea de pobreza, su trabajo puede ser un aporte económico importante, además de una labor de identidad familiar. En el caso de los niños feriantes, lo hacían para ayudar a mantener a la familia. El ingreso de los niños a los trabajos peligrosos por naturaleza se produce en plena infancia, entre los 10 y 13 años. Son los que tienen el registro corporal más bajo, debido a que han hecho ejercicio desde muy chicos. Comparados con niños de su edad, son más bajos y musculosos. Finalmente, son estos niños los que han incorporado en mayor medida el patrón adulto de convivencia. Se sienten responsables de la familia y saben que tienen que trabajar para apoyarla. La mayoría se proyecta en estos oficios, aunque otros señalan que les gustaría cambiar de trabajo y tener un empleo formal.
Trabajos peligrosos por sus condiciones Los niños que se desempeñan en trabajos peligrosos por sus condiciones son los que responden al perfil más juvenil, lo pasan bien y mantienen entrañables relaciones con sus pares. Entre todos se protegen de los peligros de la calle y mantienen fuertes confianzas y lealtades. En general, al igual que quienes realizan trabajos peligrosos por su naturaleza, provienen de familias constituidas, sin graves problemas de convivencia y con una relativa estabilidad económica. Todos han empezado
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a trabajar de forma voluntaria, por imitación de otros niños o para tener dinero para necesidades personales que la familia no alcanza a satisfacer (vestuario o drogas). En este aspecto se asemejan a los niños utilizados en ilícitos. La mayoría de los entrevistados estudia de día, trabaja de noche y realiza malabarismo en las calles. No se cuestionan su trabajo ni se preocupan por el futuro. Al contrario, viven el presente y la consigna para ellos es aquí y ahora. De todos los niños que realizan trabajos considerados dentro de las peores formas, son los que están menos orientados por los adultos. La calle no representa para ellos, ni para sus familias, un lugar peligroso. En la casa aceptan su trabajo y lo encuentran legítimo.
OBJETIVOS Objetivo general Contribuir a promover los derechos del niño, niña y adolescente trabajador y prevenir sus derechos vulnerados por la explotación, mediante procesos de interrupción y reparación, y el fortalecimiento de los recursos personales y grupal, del ámbito familiar y socio-comunitario.
Objetivos específicos 1. Promover los derechos y potenciar los recursos personales y grupales en niños, niñas y adolescentes trabajadores. 2. Movilizar los recursos socio-comunitarios y de la red intersectorial tendiente a mejorar las condiciones de bienestar y la promoción de los derechos del niño, niña y adolescente trabajador. 3. Interrumpir la situación de explotación laboral y lograr el compromiso y fortalecimiento de la familia o vínculo significativo como recurso protector del niño, niña y adolescente trabajador. 4. Contribuir a la resignificación de las experiencias traumáticas vividas y facilitar procesos de reparación en el niño, niña y adolescente trabajador.
SUJETO DE ATENCIÓN Y COBERTURA Criterio de ingreso Todo niño, niña y adolescente con menos de 18 años que se encuentre en cualquiera de las circunstancias anteriormente mencionadas.118
Cobertura territorial Los proyectos para la atención del trabajo infantil y peores formas tendrán un carácter territorial. Por el carácter de esta problemática, la focalización con asiento territorial, permite el dominio del sector o localidad, el trabajo de calle, la identificación de focos y la utilización de recursos locales. 118 En el caso de explotación sexual comercial infantil, serán atendidos siempre que no existan proyectos de reparación de ESCI en la región o en el ámbito territorial.
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Cobertura de atención La cobertura de atención simultánea, es decir, capacidad funcional del equipo para una atención simultánea, será de 60 casos. Cobertura anual: 75 casos.
INTERVENCIÓN Principios En primer lugar, los principios que guían la acción de los proyectos son los contenidos en la Convención de los Derechos del Niño. En especial, se puede destacar el derecho del niño, niña y adolescentes a estar protegidos contra la explotación económica. La Convención de los Derechos del Niño consagra que: “los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social” (Art. 32). En segundo lugar, se destacan derechos elementales que deben ser cautelados para niños, niñas y adolescentes que presentan consumo o dependencia de drogas.
Enfoques y criterios Enfoque promocional-reparatorio Por las características del problema, tanto el trabajo infantil, como el de las peores formas se sitúan como una vulneración de derechos que, en algunos casos, alcanza niveles de intensidad y complejidad que comprometen la integralidad de niños, niñas y adolescentes. En este contexto, la mirada con la que se busca orientar e intervenir esta situación, comprende el componente promocional y reparatorio. El componente promocional compromete, al menos, el posicionamiento y reconocimiento de niños, niñas y adolescentes como sujeto de derechos, desarrollo de las capacidades para hacer uso y responder a tales derechos y, como sujeto de derechos, a generar espacios de participación grupal, familiar, comunitario y cultural. El enfoque reparatorio se vincula a la vulneración y no sólo al daño, en cuanto violencia innecesaria ejercida contra niños y niñas, lo cual requiere de procesos de resignificación de las experiencias vividas. La resignificación de dichas experiencias –el enfoque reparatorio- no se relacionan con niveles jerárquicos de intervención, sino con procesos que pueden ser de mayor o menor preocupación, dependiendo de la misma experiencia vivida, de los recursos personales, del entorno, y de la experiencia y capacidad de los equipos de facilitar dicho proceso, todo lo cual permite un acto de proyección protagónica de la vida de niños, niñas y adolescentes. Enfoque de trabajo grupal El enfoque de trabajo grupal se considera como una clave para la intervención en este grupo de niños y niñas. En la medida que el grupo se constituye en un referente fundamental para la vida de calle y para hacer frente a condiciones de trabajo deplorable, se considera importante relevarlo para facilitar procesos reparatorios.
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En tal sentido, se requiere una direccionalidad en la conformación y consolidación de los distintos aspectos de la vida en grupo. Para ello, se debe tomar en cuenta el proceso que se sigue, desde el grupo como acogida hasta el logro con protagonismo e independencia. Como proceso, el grupo se mantiene permanentemente activo en torno a los distintos momentos no lineales que hacen sus experiencias: del primer encuentro, creación, estructuración, manejos de crisis y conflictos grupales, resolución de problemas, consolidación y formulación de acciones propias que reflejan el control y dirección de sus proyecciones de vida y recursos.
Áreas fundamentales de la intervención Con la intervención directa se pretende promover los derechos, interrumpir las condiciones de explotación y generar procesos para la reparación e inserción social de niños, niñas y adolescentes sometidos a esta situación de grave vulneración. Para ello se desarrollarán acciones según seis componentes dirigidos a los niños, niñas, adolescentes, las familias, las comunidades y las instituciones. Salud. Inicialmente se requiere del apoyo brindado por el sector salud en la evaluación del estado general en el que se encuentra un niño, niña o adolescente. Evaluación que permita diagnosticar estado de salud, desnutrición, eventual consumo de drogas, etc. El diagnóstico oportuno y claro permitirá definir un plan de acción que considere las áreas de salud mental y salud física. Educación. La escolarización de niños, niñas y adolescentes en el sistema formal es un derecho garantizado por la Constitución. Al Estado le corresponde otorgar especial protección al ejercicio de este derecho. La educación básica y la educación media son obligatorias. También es deber de la comunidad contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación. En coordinación con el departamento de educación de las municipalidades, los departamentos provinciales de educación y/o la secretaria regional de educación se buscará obtener cupos en los diferentes centros de educación básica y media y, si fuera el caso, en los establecimientos de educación de adultos. Estos últimos centros están abiertos a la población mayor de 15 años para complementar su educación básica y media a través de programas como: Programa de Educación Fundamental de Adultos, Educación Técnica Elemental de Adultos, Programa Especial de Nivelación Básica y Media y el Programa de Nivelación de Competencias Laborales, entre otros. Capacitación laboral. El aspecto formativo en adolescentes trabajadores se complementará, cuando corresponda, con su capacitación laboral en centros de formación técnica, profesional u otros. Esta formación se realizará en programas de educación para adultos, Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) u otros centros de capacitación laboral con los que la institución debe acordar cupos. Se gestionarán becas para que los/as adolescentes pueden continuar su proceso formativo, becas que pueden considerar la matrícula, la adquisición de materiales, el transporte y la mantención del estudiantes. Con las empresas se promoverá negociar cupos para la realización de prácticas laborales. Igualmente deberá apoyarse estos beneficios con becas en los casos que se requiera. Apoyo legal. Corresponde a la activación de mecanismos judiciales orientados a la protección del niño, ya sea a través de la vía proteccional o, cuando corresponda, alguno de los procedimientos destinados a sancionar al agresor. En rigor, tiene como objetivos dejar resuelta la situación legal del niño y facilitar el acceso a la red de justicia.
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En torno al apoyo legal, parece interesante destacar que la legislación vigente y los procedimientos judiciales deben considerarse, ante todo, una herramientas más en la labor central de los proyectos: la protección del niño. Por consiguiente, la labor jurídica debe estar supeditada a los requerimientos y necesidades de la intervención con el niño y su familia, objetivos que no siempre pueden coincidir con las soluciones legales o judiciales previstas para el mismo problema. En tal sentido, se deben intervenir en los procesos proteccionales que se inicien con dos objetivos centrales: agotar las herramientas jurídicas para garantizar la interrupción de los actos de explotación hacia el niño y contribuir a que se adopten aquellas medidas de protección que el proyecto estime las más adecuadas para el niño y su familia, durante toda la intervención. La intervención en procedimiento de sanción al agresor no es, por sí, recomendable, pero es posible que se den situaciones en que sea conveniente iniciar un procedimiento de esta naturaleza para compeler a agresores inicialmente reticentes y como un procedimiento que entregue herramientas interesantes para la protección del niño. En ningún caso se entenderá aquí la protección del niño como proceso de internación.
FASES DE LA INTERVENCIÓN La intervención se efectuará en las siguientes fases, considerando para ello la variable de género.
Contexto de Intervención en calle • Detección: identificación y reconocimiento de puntos críticos (focos) donde se ejerce actividad laboral por niños, niñas o adolescentes. • Observación de la dinámica del sector: identificación de número de niños, quiénes son, como se comunican entre ellos, horarios, tipos de trabajo, contacto con adultos, etc. • Vinculación: acercamiento, primeros contactos y reconocimiento. • Trabajo grupal.
Contexto de intervención diagnóstica. • • • • • •
Área sociofamiliar: recopilación de datos e información y análisis de la situación sociofamiliar. Área salud: recopilación de datos e información y análisis de la situación de salud. Área educacional: recopilación de datos e información y análisis sobre la situación escolar. Área cultural: recopilación de datos e información. Área sicológica: recopilación de información y análisis. Área legal: información y antecedentes.
Contexto de intervención reparatoria Nivel de Elaboración: elaboración de un plan de intervención, el cual establece objetivos a alcanzar, caso a caso. Dichos objetivos se deben estructurar según los siguientes niveles: • Nivel Individual: del niño, niña o adolescentes. • Nivel grupal: del grupo de pares. • Nivel familiar: del núcleo familiar. • Nivel familiar: de núcleos familiares. • Nivel individual-familiar: el niño, niña y su familia.
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Pronóstico De acuerdo a la evaluación diagnóstica y la elaboración de objetivos que fija el Plan de Intervención, se debe estimar la proyección de la duración de la intervención, para alcanzar logros.
Lineamientos de acción Se consideran como tal, las acciones concretas (actividades) que garantizan el cumplimiento del plan de intervención, según los siguientes campos de acción y en un contexto interdisciplinario: • Social. • Educacional. • Capacitación laboral. • Salud. • Legal.
EVALUACIÓN Evaluación de proceso Se considera ésta como la garantía de la calidad de la intervención, de carácter permanente, cualitativa y con retroalimentación. Esta evaluación cruza transversalmente el proceso de intervención, en base a la valoración de los distintos contextos: de calle, diagnóstico, elaboración del plan de intervención y el proceso de implementación y culminación de los lineamientos de acción. Para ello, se debe contar con un sistema de registro caso a caso.
Evaluación del usuario No hay garantía de calidad en la intervención, si no se cuenta con la opinión del usuario, es decir, de niños niñas y adolescentes y sus familias. La opinión del usuario es fundamental para que haga su propio proceso de superación de la situación de vulneración, mediante contratos y compromisos, pero también para que haga efectivo su posicionamiento y protagonismo como persona. Para ello, se requiere contar con un sistema de registro caso a caso. Como el instrumento de evaluación de usuarios está desagregado por sexo, también permitirá incorporar acciones remediales diferenciadas.
Evaluación de resultado119 Este tipo de evaluación mide los resultados parciales y finales de la intervención.
EGRESO El egreso debe contemplar un plan de egreso. Para la elaboración de este plan se debe contar con la evaluación de proceso, del usuario y de resultados parciales y finales, caso a caso.
RESULTADOS ESPERADOS Resultados que se esperan al final de la ejecución del proyecto:
119 En el caso de los proyectos de continuidad, se deberán dar a conocer los resultados obtenidos del proyecto anterior desagregados por sexo y un breve comentario explicativo de los datos, especificando las causales que pudieren justificar las diferencias entre niños y niñas contenidas en éstos.
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1.- Derechos y recursos personales y grupales en niños, niñas y adolescentes trabajadores, promovidos y potenciados en un 100%. 2.- Recursos socio-comunitarios y de la red intersectorial movilizados en un 100%. 3.- El 100% de los casos que lo ameriten cuentan con apoyo legal. 4.- Las condiciones de bienestar social, de capacitación, educacional y de salud mejoradas en un 90%. 5.- Al menos el 90% de niños, niñas y adolescentes atendidos cuentan con recurso protector. 6.- Al menos el 90% interrumpe la situación de explotación laboral. 7.- Al menos el 80% cuenta con logros de resignificación de sus experiencias traumáticas vividas, entre ellas las asociadas a los estereotipos de género.
RECURSOS HUMANOS Debido al carácter especializado que requiere este tipo de intervención, se requiere contar con un equipo de profesionales con formación y experiencia en intervención sicológica, social, jurídica y comunitaria. Es necesario considerar la necesidad de que las instituciones protejan los recursos profesionales mediante acciones de autocuidado, así como desarrollar la capacidad de los propios profesionales de autocuidarse. Esto, por la alta demanda emocional que implica realizar estas intervenciones, el elemento de contingencia permanente con los(as) usuarios(as), los contextos de precariedad en que ellos(as) se desenvuelven y la escasez actual de servicios para atenderlos en todas sus problemas. El autocuidado de equipo debe ser parte de un proceso, más allá de una actividad puntual. Por tanto se espera que el equipo pueda plantear un plan de trabajo orientado a su protección y resguardo de la calidad de la intervención. En consecuencia, se requiere que el equipo profesional capacitado que se desempeñe en la atención directa del trabajo infantil y de las peores formas, posea experiencia y/o formación especializada. Estos requerimientos son, básicamente, los siguientes: • • • • • • •
Profesionales titulados. Formación y experiencia en violencia. Experiencia en estrategias para trabajar con niños y niñas gravemente vulnerados en sus derechos. Motivación por el trabajo con niños, niñas o adolescentes y sus familias. Capacidad y disposición para trabajo en equipo interdisciplinario. Competencia técnica para intervenir en las distintas fases y áreas que contemple el programa. Competencias y habilidades para desarrollar relaciones igualitarias entre hombres y mujeres en el trabajo individual, familiar y grupal. • Tener actitud no discriminadora con los niños(as), especialmente los referidos a estereotipos de género. • Disposición al trabajo en terreno. • Valoración del trabajo intersectorial y práctica de trabajo en red.
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• Accionar centrado en las orientaciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. • Motivación por el trabajo con infancia y familia desde un enfoque de género. En el proyecto se requiere la presentación en detalle del personal permanente que se desempeñará en el trabajo con los niños y niñas, completando el “cuadro de personal” presentado a continuación, agregando descriptores de cargos (función a cumplir, principales tareas a realizar y perfil profesional) y currículo vitae de los(as) funcionarios(as).
Equipo básico El equipo que se desempeñe en los proyectos deberá estar conformado, a lo menos, por los siguientes profesionales, técnicos y personal auxiliar: Director(a). Sicólogos(as) (jornada y media). Trabajadores(as) sociales (jornada y media). Educador(a) y/o técnicos sociales (4 jornada completa). Abogado(a) (media jornada). Secretaria contable (jornada completa). Auxiliar (jornada completa).
Descripción de funciones Las funciones básicas que deben desempeñar los(as) integrantes del equipo son: Director(a) • Responsable de la dirección técnica del equipo. • Responsable de la dirección administrativa del proyecto. • Responsable de generar la coordinación con las redes. • Responsable del sistema de registro. • Responsable del desarrollo investigativo del proyecto (sistematización y elaboración de informes). Sicólogo(a) • Guiar y orientar en la elaboración, ejecución y evaluación de talleres formativos. • Responsable de la evaluación diagnóstica especializada. • Responsable del proceso terapéutico de reparación del niño(a), adolescente y sus familias o figuras significativas. • Responsable de implementar y conducir las estrategias terapéuticas. • Participar en el proceso de conexión con la red del niño(a) y adolescente. • Participar en el seguimiento del caso. Trabajador(a) Social • Guiar y orientar en la elaboración, ejecución y evaluación de talleres formativos. • Responsable del ámbito social. • Responsable de la entrevista de recepción, de la acogida y detección. • Participar en la evaluación diagnóstica social. • Apoyar el programa de trabajo individual. • Responsable del seguimiento del caso.
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• Responsable el trabajo con las familias en el centro y visitas domiciliarias. • Responsable de articular redes. Abogado(a) • Responsable del ámbito jurídico. • Brindar orientación legal. • Gestionar la adopción de medidas de protección. • Coordinación con equipo jurídico querellante de Sename. • Orientación a los profesionales en elaboración de informes al tribunal. • Participar en la evaluación diagnóstica. • Participar en el programa de trabajo individual. Educador(a) y/o Técnico social • Trabajo de calle. • Responsable de la conexión con la redes comunitarias e intersectoriales. • Apoyo para el acercamiento y la detección de los casos. • Apoyo en el proceso terapéutico, social y legal de los casos. • Participar en la evaluación diagnóstica. • Participar en el programa de trabajo individual. • Participar en el seguimiento de los casos. • Trabajo de talleres. Secretaria • Responsable del registro computacional. • Recepción de público. • Apoyo a la gestión administrativa del director(a). Contador(a) • Apoyo en el manejo financiero del proyecto. • Responsable del pago de sueldos y honorarios. Auxiliar • Cuidar el centro. • Aseo y mantención. • Labores de estafeta.
RECURSOS MATERIALES MÍNIMOS • Local adecuado a las necesidades del proyecto: número de oficinas o salas adecuado, baño para el personal y para público accesible a niños(as) o adolescentes, sala de recepción, sala de reuniones y en lo posible patio. • Teléfono, fax y correo electrónico. • Estándar Sename niño/mes: $100.000 para atención ambulatoria. • Computador con los siguientes requerimientos mínimos: Procesador Pentium, disco no inferior a 2 GB, memoria mínimo 32 MB RAM u otro; unidad de disco 3 y media pulgada, de alta densidad y unidad de CD ROM (opciones de multimedia son necesarias por las características de software actual), pantalla 15 pulgadas, impresora laser, tarjeta fax – MODEM, conexión a Internet que permita correo electrónico, sistema operativo Windows XP profesional, Programa Office 2000 con Acces incluido.
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ANEXO: DIMENSIONES Y TIPOS DE PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL Dentro de las formas de explotación laboral hacia niños, niñas y adolescentes es posible diferenciar dos dimensiones o descripciones amplias de peores formas de trabajo infantil, denominadas: trabajos intolerables y trabajos peligrosos.
DIMENSIÓN TRABAJOS INTOLERABLES Corresponden a prácticas contemporáneas de esclavitud, es decir, cuya naturaleza atenta contra los derechos humanos de niños(as) y adolescentes implicados en la actividad. Los trabajos intolerables comprenden la explotación sexual comercial y la utilización de niños en actividades ilícitas y prácticas asociadas a la esclavitud.
Explotación sexual comercial Es “todo tipo de actividad en que una persona usa el cuerpo de un niño(a) o adolescente para sacar ventaja o provecho de carácter sexual y/o económico basándose en una relación de poder, considerándose explotador tanto aquel que intermedia u ofrece la posibilidad de relación a un tercero, como el que mantiene la misma con el menor, no importando si la relación es frecuente, ocasional o permanente. Se incluye dentro de la categoría de explotación sexual comercial, la prostitución infantil, la producción, distribución y consumo de pornografía infantil, turismo sexual y la venta y tráfico de niños con fines sexuales.”120 Utilización de niños, niñas y adolescentes en actividades ilícitas y prácticas asociadas a la esclavitud. Corresponde a situaciones en que adultos inducen a niños, niñas y adolescentes a realizar actividades ilegales y también a situaciones de trabajo forzoso u obligatorio. Se incluyen en esta dimensión la utilización de niños, niñas y adolescentes en la producción y tráfico de drogas, la utilización de niños, niñas y adolescentes por delincuentes adultos, la venta de niños para servidumbre y el reclutamiento forzoso de niños para conflictos armados.
DIMENSIÓN TRABAJOS PELIGROSOS Los trabajos peligrosos son aquellos nocivos por naturaleza o por las condiciones en que se realizan. En ambos casos se ocasiona daño al niño(a) o adolescente en el aspecto físico, mental o moral. Los trabajos peligrosos incluyen trabajos peligrosos por su naturaleza y trabajos peligrosos por sus condiciones.
Trabajos peligrosos por su naturaleza Son aquellos que, por una característica intrínseca de la actividad laboral, representan riesgo para la salud y seguridad de los niños, niñas y adolescentes que los realizan. Se califican también como trabajos nocivos o de alto riesgo para ser realizados por niños, niñas o adolescentes.
Trabajos peligrosos por sus condiciones Son aquellos en que los elementos del contexto en que los niños desarrollan su actividad laboral pueden determinar perjuicio para su desarrollo integral, con independencia de lo inocuo de la naturaleza del trabajo.
120 “Marco para la acción contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes. Asociación Chilena para las Naciones Unidas, Fondo de Naciones Unidas para la Infancia, Fundación Margen, Instituto Interamericano del Niño. Ministerio de Justicia. Chile.
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Se consideran inadecuadas entre otras, las jornadas laborales extensas, por encima del límite legal permitido en cada país, el trabajo en horario nocturno o de madrugada, la actividad laboral a destajo, la actividad laboral realizada en ausencia de medidas de higiene y condiciones de seguridad, el trabajo que por su horario o exigencias impida la asistencia a la escuela.
CATEGORÍAS DE PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL Las categorías corresponden a situaciones específicas de explotación sexual comercial, utilización de niños, niñas y adolescentes en actividades ilícitas y prácticas asociadas a la esclavitud, trabajos peligrosos por su naturaleza y por las condiciones en que se realizan. Corresponden a las situaciones que se buscará identificar y registrar en la base de datos única.
Categorías que incluye la Explotación Sexual Comercial Infantil Utilización de niñas(os) y adolescentes para la prostitución: Corresponde la utilización de un niño, niña o adolescente, en actividades sexuales, por un adulto, a cambio de remuneración o de cualquier otra retribución. Pornografía infantil. Es toda representación, por cualquier medio, de un niño(a) dedicado a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las parte genitales de un niño(a) con fines primordialmente sexuales. Lo anterior, incluye la producción, distribución, tenencia y uso de este material. Turismo sexual. Corresponde a ofertas de paquetes turísticos que incluyen encuentros sexuales con niños, niñas o adolescentes. Son característicos los paquetes a empresarios y para convenciones que incluyen éste tipo de servicios. Tráfico de niños(as) y adolescentes. Se entiende por tal el reclutamiento y traslado con fines ilícitos de un país a otro o de una región a otra del país, de una niña, niño o adolescente, sin o con consentimiento de estos o sus familias, para ser utilizados como mercancía sexual en su destino final, para fines de prostitución o pornografía.
Categorías que incluye la utilización en actividades ilícitas y prácticas asociadas a la esclavitud Producción y tráfico de estupefacientes. Utilización de niños, niñas y adolescentes en el circuito de producción o comercialización de drogas. Utilización de niños(as) y adolescentes por delincuentes adultos. Corresponde a la utilización, reclutamiento u oferta de niños(as) o adolescentes, para realizar actividades delictuales. Esto es el accionar de adultos que, a través de una relación de abuso de poder, inducen a niños, niñas y adolescentes a participar o realizar actos delictuales, en un contexto en que ellos tienen dominio sobre dicho hecho (planificación, distribución de roles). Los delitos pueden ser cualquiera de los establecidos en el Código Penal, siendo lo relevante la inducción a la acción, realizada por adultos. Ejemplo: bandas de niños que roban en supermercados, organizados y mandados por adultos; niños(as) encargados de vigilar y avisar acerca de la presencia de policía u otras personas mientras se realiza un robo; niños(as) que recaban información de lugares para la comisión de robos inducidos por adultos, etc.
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Venta de niños para servidumbre. Se refiere a la recepción de compensación económica, por parte de un adulto por traspasar un niño(a) o adolescente a otros, para la realización de actividades domésticas, peonaje, trabajo forzoso y el tráfico de un país o región a otra, mediante la fuerza, el fraude o la coerción. También, en situaciones en que la venta se produce para esclavitud, servidumbre por deudas y servidumbre sexual. Reclutamiento forzoso y obligado de menores de 18 años en conflictos armados. Corresponde a la utilización de niños(as) y adolescentes en conflictos armados, sea en calidad de combatientes, mensajeros, espías, sirvientes o esclavos sexuales.
Categorías que incluye el trabajo peligroso por naturaleza Trabajo en minas, explotación de canteras, trabajo subterráneo y excavaciones. Son características en este tipo de trabajo las labores de pirquinero y minero desarrolladas por niños y adolescentes en piques y minas de nuestro país abandonadas o de explotación artesanal. También caben dentro de esta categoría los trabajos realizados por niños y adolescentes en alcantarillas. Dentro de los riesgos de este tipo de actividades, se encuentran traumatismos, intoxicaciones, muerte por derrumbe, aspiración de gases tóxicos y silicosis, entre otros. Trabajo en que se utilice maquinaria, herramientas de tipo manual o mecánico y equipos especializados, que requieran capacitación y experiencia. Estas actividades son características de la industria del papel, la metal mecánica, la explotación de bosques, los aserraderos, molinos, plantas de procesamiento de minerales, vulcanizaciones, talleres mecánicos, y de actividades de la construcción, tales como: armados de estructura, movimiento de tierra, manejo de vehículo de transporte, operación de equipo de demolición, operación de explosivos, transporte de escombros, labores de carpintería, fabricación de ladrillos, etc. Entre los riesgos a que están afectos los niños, se encuentran amputaciones, traumatismos de distinto tipo y gravedad, cortes en la piel, quemaduras, infecciones o problemas oculares, entre otras afecciones. Trabajos que impliquen el contacto con productos, sustancias u objetos de carácter tóxico, combustible, comburente, inflamable, radioactivo, infeccioso, irritante y corrosivo; todos aquellos susceptibles de producir efectos perjudiciales a la salud. Este tipo de trabajos están asociados a la industria, como la del asbesto o cemento, talleres automotrices (embragues y frenos), exposición a agroquímicos en la fumigación de frutas, pintura de autos, estaciones de servicio, industria de la cerámica, comercio de arena, fabricación de poliuretano, producción de plástico, caucho sintético, pinturas, anticorrosivos, limpieza en seco, fabricación de pelotas plásticas, velas, esponjas, entre otros. Entre los efectos esperados en este tipo de trabajos se cuentan: cáncer bronquial y pleural, asbestosis, silicosis, alteraciones pulmonares como asma, rinitis y rinofaringitis, encefalopatía, efectos narcóticos, intoxicaciones agudas y crónicas, disminución de la respuesta inmunológica, lesiones del sistema nervioso central, lesiones hepáticas y renales, síndrome depresivo, psicosis tóxica, trastornos de la memoria y la concentración. Trabajo en producción, reparto o venta exclusiva de alcohol y en establecimientos de consumo inmediato. En particular se refiere a las actividades relacionadas con la fabricación de vinos y bebidas alcohólicas, trabajo de atención a clientes en bares y cantinas.
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Entre las consecuencias para el niño, niña y adolescente se cuentan: traumatismos por agresiones y accidentes, agotamiento físico por falta de sueño, adquisición de conductas que atenten contra su propia integridad. Trabajo en ambientes nocivos como centros nocturnos, “cafés con piernas”, casa de masajes y topples. Dentro de los riesgos de esta actividad se cuenta la adopción por parte de niños, niñas y adolescentes de comportamientos que atenten contra su propia integridad, consumo de alcohol y drogas, e ingreso a peores formas del trabajo infantil, como la explotación comercial sexual. Trabajo en levantamiento, colocación de traslado de carga manual. Corresponde a actividades desarrolladas por niños(as) y adolescentes, que impliquen la carga, descarga y traslado continuo de elementos. Entre las actividades características de este tipo de trabajo se encuentran los estibadores, desestibadores, fleteros en ferias y pionetas. Los daños a los que los niños, niñas y adolescentes están expuestos dicen relación con enfermedades músculo esqueléticas, lumbagos, lesiones y traumatismos. Trabajos en actividades en que su propia seguridad y la de otras personas estén sujetas al desempeño del niño, niña o adolescente. Este tipo de trabajo supone la utilización del niño, niña o adolescente en actividades de cuidado y vigilancia sea de ancianos, enfermos, hermanos, otros niños o parientes, así como el cuidado de sitios y lugares que requieran protección. Entre estas labores se cuentas las de guardia, nochero, rondín, vigilante, entre otras. Estas actividades exponen a niños(as) y adolescentes a altos grados de estrés, accidentes y agresiones. Trabajos en alta mar. En esta categoría se encasillan todas las actividades desarrolladas y asociadas a la pesca industrial y artesanal, a la recolección de corales, moluscos y algas, así como a la recuperación de redes y cajones de aire comprimido, inspección de diques, reparación de embarcaciones en alta mar y trabajos bajo el agua, en general. Entre los impactos a la salud de los niños, niñas y adolescentes se encuentran accidentes de todo tipo, traumatismos, muertes por inmersión, hipotermia, hiperbarismo o hipobarismo, hipoxia y sus secuelas. Trabajos en altura superiores a 2 metros. Algunas actividades características de este tipo de trabajo son: limpieza de vidrios en edificios, la reparación de techumbres, el armado de andamios, etc. Entre los riesgos a que están expuestos los niños, niñas y adolescentes figuran todo tipo de traumatismos, cortes en la piel e insolación. Trabajos en sistemas de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica. Se refiere a cualquier trabajo de niños, niñas y adolescentes que implique contacto directo con electricidad. Entre los daños que implican este tipo de actividades se cuentan electrochoques, sacudidas eléctricas, quemaduras, fibrilación ventricular y, en algunos casos, la muerte. Trabajos en cámaras de congelación. Corresponde al trabajo que niños, niñas y adolescentes desarrollan en lugares fríos, donde se almacenan alimentos y elementos para su conservación. Entre estos se cuentan frigoríficos de frutas, carne, bulbos de flores y fábricas de hielo.
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Como daños característicos de este tipo de actividad se encuentran la asfixia, intoxicación, hipotermia, hipoxia y enfermedades pulmonares. Trabajos en fundiciones en general. Hace referencia explícita al trabajo de niños, niñas y adolescentes en laminadoras y fundiciones de acero, cobre, hierro, vidrio o cualquier otro metal, no importando la función que desempeñen. Entre los daños asociados al trabajo en estos lugares, se encuentran quemaduras graves, conjuntivitis por radiaciones infrarrojas, entre otras. Trabajos con exposición a ruidos continuos e intermitentes superior a 85 decibeles o a ruido de impacto. En esta categoría se incluyen los trabajos en aeropuertos, aserraderos, maestranzas, perforaciones, o cualquier labor que implique la exposición continua y sistemática al ruido. Las consecuencias para la salud dicen relación con daño auditivo parcial o total, agudo o crónico. Trabajo con exposición a radiaciones ionizantes y no ionizantes. Se refiere a trabajos de niños, niñas y adolescentes que impliquen una exposición directa o no a radiaciones, como sería el trabajo en laboratorios de rayos X, aeropuertos, hospitales y fábricas de iluminación. Entre los daños a la salud asociados por la exposición a las radiaciones, se cuentan alteraciones que compromete los genes y los cromosomas, atrofia de los tejidos y deterioro funcional, múltiples lesiones como úlceras, insuficiencias de órganos, disminución de funciones glandulares, esclerosis vascular, cáncer, disminución del crecimiento de los huesos y cartílagos en los niños. Trabajos en contacto con residuos de animales deteriorados o con glándulas vísceras, sangre, huesos, cueros, pelos, desechos animales y en contacto con animales portadores de enfermedades infectocontagiosas. Ejemplos de estos oficios son: pastores, carniceros, matarifes, ganaderos, ordeñadores, lecheros, cuidadores de animales, limpiadores de pieles, esquiladores y la manipulación de guano, entre otras. Los daños a la salud asociados al desempeño de estas labores dicen relación con el contagio de enfermedades, infecciones, parasitosis, micosis, virosis y otras alteraciones a través de agentes biológicos.
Categorías que incluye el Trabajo Peligroso por Condiciones Las condiciones que definen la peligrosidad del trabajo realizado por niños, niñas y adolescentes son las siguientes: Jornadas laborales extensas. Esto es, superiores a 8 horas diarias. Trabajo en horario nocturno o de madrugada. Que específicamente va desde las 22:00 horas a las 7:00 horas. Ausencia de medidas de higiene y condiciones de seguridad laboral. Trabajos que impidan la asistencia a la escuela. En nuestro país, es difícil establecer con certeza qué actividades desarrolladas por los niños(as) y adolescentes, corresponden a trabajos peligrosos por sus condicio-
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nes, dado que la mayoría de ellos trabajan en el sector informal de la economía, donde no existe regulación, ni resguardo de la legislación. Sin embargo, se sabe de algunas ocupaciones desarrolladas por los niños(as) y adolescentes como son: trabajo en servicio doméstico, lavado y cuidado de autos, limpieza de calzado, limpieza de parabrisas en las esquinas, empaque en supermercados, comercio callejero, trabajos en kioscos y ferias libres, recolección de papeles y cartones y entretención callejera, entre otros. Estas actividades no siempre son peligrosas en sí mismas, aplicar los criterios señalados con anterioridad permitirá definir si constituyen ocupaciones peligrosas. Se considera trabajo peligroso por condiciones cualquier actividad en se presente al menos uno de los criterios mencionados.
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