ORGANIZACIONES GUBERNAMENTALES

February 5, 2019 | Author: Kevin Brian Fernández | Category: Política, Government, Social Institutions, Sociedad, Crimen y justicia
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ORGANIZACIONES GUBERNAMENTALES INTRODUCCION: Entre los múltiples significados de organismo, organismo, en este caso nos interesa destacar el que asocia el concepto a las instituciones y instituciones y entidades compuestas por varios sectores o dependencias. Gubernamental, Gubernamental, por su parte, es un adjetivo que permite nombrar a lo que está vinculado al gobierno como autoridad política de un Estado. Estado. Un organismo gubernamental, gubernamental, por lo tanto, es una institución estatal cuya estatal cuya administración está a cargo del gobierno de turno. Su finalidad es brindar un servicio público  público   que resulta necesario para la ciudadanía. Por lo general, los servicios brindados por los organismos gubernamentales son gratuitos y se solventan a través de los impuestos y de otros ingresos que percibe el Estado. El Presupuesto Nacional se Nacional se encarga de determinar cuántos fondos recibe cada organismo gubernamental. En algunos casos, los organismos gubernamentales también generan sus propios fondos o parte de ellos. Las características de los organismos gubernamentales pueden ser muy variadas según su ámbito de acción y acción y el país en el que se encuentran. Hay organismos orientados a cuestiones económicas, sanitarias, administrativas, etc. Existen por tanto organismos gubernamentales para cada asunto que es necesario atender dentro atender dentro de los perímetros del Estado. Hay organismos gubernamentales encargados de proteger el medio ambiente dentro del país, otros encargados de preservar la memoria la memoria histórica, histórica, otros que se dedican a la emisión de dinero y documentación para los residentes, otros organismos se encargan de mantener organizado el sistema de  educación y de trabajo. de trabajo. Cada  Cada uno de ellos elabora planes de acción con el fin de desarrollar un trabajo que sea satisfactorio para la Nación. Entre algunas de las medidas que deben tomar se encuentran la de proponer leyes que los ayuden a llevar a cabo una buena labor y que den importancia a todo el trabajo que se realiza dentro de la institución, entre otras muchas cosas. A diferencia de los organismos gubernamentales, las ONG las ONG son instituciones que no se encuentran afiliadas a un Estado y Estado  y que trabajan por el bien común sin pretender una recompensa por ello. Generalmente estos organismos se financian a través de las donaciones y no pueden cobrar por sus servicios debido a lo estipulado por los estatutos de formación de este tipo de organismos.

Es importante señalar que los organismos gubernamentales fueron creados con el objetivo de facilitar la organización en la vida en sociedad; no obstante, muchos ciudadanos se quejan de que generalmente estas instituciones son un espacio a través del cual el Estado consigue tener un mayor control sobre la ciudadanía, y una estrategia para engrosar las listas de empleos (y empleados) que se pagan a costa del buen hacer de los ciudadanos y que, en la práctica, no aportan ningún beneficio para la vida social. Sea como sea, dentro de lo que es una sociedad democrática, los organismos gubernamentales ocupan un lugar importante porque son los encargados de asegurarse que los ciudadanos cumplen con sus obligaciones para con el Estado Ahora nos enfocaremos en cinco organizaciones gubernamentales:

RENIEC: El RENIEC es el encargado de la identificación y actos registrales de todos los peruanos residentes en el país y en el extranjero. La función de la RENIEC es otorgar el documento de identidad (DNI). Gracias al documento de identidad todo ciudadano podrá votar y ser identificado. El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), es un organismo autónomo del Estado Peruano encargado de la identificación de los peruanos, otorgando el Documento Nacional de Identidad (DNI), registrando hechos vitales como nacimientos, matrimonios, defunciones, divorcios y otros que modifican el estado civil. Durante los procesos electorales, proporciona el Padrón Electoral que se utilizará en las elecciones. Fue creado mediante la Ley N° 264971 del 12 de julio de 1995, en concordancia con los Artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú. El RENIEC es una de las instituciones más modernas en materia de identificación y registros civiles de Latinoamérica.  Asimismo, es la institución pública más confiable del país, según estudios de investigación realizados por importantes empresas encuestadoras.3 Actualmente, este organismo se encuentra en proceso de implementación del  DNI electrónico desde el 15 de julio de 20134 el cual reemplazará gradualmente al DNI actual. Registrar la identidad, los hechos vitales y los cambios de estado civil de las personas; participar del Sistema Electoral; y promover el uso de la identificación y certificación digital, así como la inclusión social con enfoque intercultural.

Visión "Fortalecer la ciudadanía y el desarrollo equitativo del  país como la entidad de registro del Estado peruano que garantiza a las personas su condición de sujetos de derecho; genera confianza y seguridad jurídica; y  promueve el gobierno electrónico a través de la tecnología de información y comunicaciones".

Objetivos Generales Mejora del Servicio. Atención a Sectores Vulnerables. Innovación y Uso Intensivo de Tecnología.

De acuerdo con la Resolución Jefatural N° 527-2009-JEF-RENIEC7 del 18 de agosto de 2009, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, las funciones de este organismo son las siguientes: Planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones de su competencia; Registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifiquen el estado civil de las personas; así como las resoluciones judiciales o administrativas que a ellos se refieran susceptibles de inscripción y, los demás actos que señale la ley; Emitir las constancias de inscripción correspondientes; Preparar y mantener actualizado el padrón electoral en coordinación con la  Oficina Nacional de Procesos Electorales; Proporcionar al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones; Mantener el Registro de Identificación de las personas; Emitir el Documento Único que acredita la identidad de las personas; así como sus duplicados; Promover la formación de personal calificado que requiera la institución, así como de los Registradores Civiles y demás personal que integra el Sistema Registral; Colaborar con el ejercicio de las funciones de las autoridades policiales y judiciales pertinentes para la identificación de las personas, dejando a salvo lo establecido en el inciso siguiente y en los incisos 1, 5 y 6 del Artículo 2° de la Constitución Política del Perú Velar por el irrestricto respeto del derecho a la intimidad e identidad de la persona y los demás derechos inherentes a ella derivados de su inscripción en el registro; Garantizar la privacidad de los datos relativos a las personas que son materia de inscripción; Implementar, organizar, mantener y supervisar el funcionamiento de los registros dactiloscópico y pelmatoscópico de las personas; Brindar durante los procesos electorales, la máxima cooperación a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, facilitando, de ser necesario, el uso de su infraestructura, material y recursos humanos, Realizar la verificación de la autenticidad de las firmas de adherentes para procesos señalados por la Ley, así como para el ejercicio de los derechos políticos previstos en la Constitución y las Leyes;

Emitir los Certificados Raíz para las Entidades de Certificación para el  Estado Peruano que lo soliciten; Mantener la confidencialidad de la información relativa a los solicitantes y titulares de certificados digitales; y Cumplir las demás funciones que se le encomiende por ley.

INDECI Instituto Nacional de Defensa Civil Instituto Nacional de Defensa Civil

Información general

Acrónimo

INDECI

Tipo

Organismo público descentralizado

Fundación

2011

Ámbito

Perú

Sede

Lima, Departamento de Lima

Organización

Jefe

Valm.Alberto Lozada

Dependiente de

Presidencia del Consejo de Ministros

Sitio web

[editar datos en Wikidata]

El Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) es un organismo público, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, cuya labor es procurar una óptima respuesta de la sociedad en caso de desastres, supervisar la atención de las personas afectadas por los mismos, coordinar con las entidades responsables las acciones requeridas para atender la emergencia, rehabilitar las áreas afectadas, y coordinar con los gobiernos regionales y locales la evaluación de daños y las necesidades en caso de desastre.1 2 El Indeci fue creado mediante Ley Nº 29664 del 19 de febrero de 2011, con la cual se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd) como un sistema descentralizado, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a los desastres.

Funciones[editar] Entre las principales funciones del Indeci, destacan las siguientes: 







 



Realizar a nivel nacional, la supervisión, seguimiento y evaluación de la implementación de procesos de preparación, respuesta y rehabilitación. Promover la estandarización de las entidades que participen en el proceso de respuesta, así como en la implementación de simulaciones y simulacros. Promover la instalación de los sistemas de alerta temprana y medios de comunicación sobre emergencias y desastres. Coordinar la participación de organismos nacionales e internacionales para los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación. Coordinar la asistencia humanitaria solicitada por los países afectados por desastres. Coordinar la respuesta ante desastres, cuando la sobrepasen la capacidad de los gobiernos regionales y locales. Coordinar con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, en representación del Sinagerd.

Misión Organismo público ejecutor que promueve, asesora, coordina y articula, en los tres niveles de gobierno, la gestión reactiva del riesgo de desastres y emergencias; a fin de proteger la vida y el patrimonio de las personas y del Estado.

Visión "Un país preparado y resiliente ante emergencias y desastres."

Objetivos

Objetivos Generales

OG 1 : Lograr que las autoridades en los tres niveles de gobierno ejerzan sus funciones en gestión reactiva del riego de desastres

Objetivos Específicos OEE 1: Desarrollar instrumentos técnicos normativos en gestión reactiva para actuar de manera efectiva en casos de emergencias y desastres. OEE 2: Desarrollar las capacidades de las autoridades y funcionarios en gestión reactiva. OEE 3: Desarrollar mecanismos de supervisión y monitoreo de la gestión reactiva. OEE 4. Fortalecer capacidades para la primera respuesta y asistencia humanitaria

OEE 1: Desarrollar y difundir las herramientas técnicas para prepararse en casos de emergencia y desastres. OG 2 : Preparar a la población OEE 2: Desarrollar e implementar para la respuesta y la rehabilitación estrategias conducentes a lograr la ante desastres. participación de la cooperación internacional en la ejecución de programas y proyectos para la respuesta ante desastres.

OG 3: Modernizar la gestión institucional.

OEE 1: Modernizar la plataforma tecnológica y de comunicación. OEE 2: Fortalecer las capacidades del talento humano. OEE 3: Modernizar la infraestructura y equipamiento para la adecuación de los servicios institucionales.

INDECOPI El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) fue creado en noviembre de 1992, mediante el Decreto Ley N° 25868. Tiene como funciones la promoción del mercado y la protección de los derechos de los consumidores. Además, fomenta en la economía peruana una cultura de leal y honesta competencia, resguardando todas las formas de propiedad intelectual: desde los signos distintivos y los derechos de autor hasta l as patentes y la biotecnología. El INDECOPI es un Organismo Público Especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno. En consecuencia, goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa (Decreto Legislativo No 1033). Como resultado de su labor en la promoción de las normas de leal y honesta competencia entre los agentes de la economía peruana, el INDECOPI es concebido en la actualidad, como una entidad de servicios con marcada preocupación por impulsar una cultura de calidad para lograr la plena satisfacción de sus clientes: la ciudadanía, el empresariado y el Estado. Es un organismo público especializado, con personería jurídica de derecho público interno, Que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa.

Misión Promover y garantizar la leal competencia, los derechos de los consumidores y la propiedad intelectual, propiciando el buen funcionamiento del mercado, a través de la excelencia y calidad de su personal

Visión "Que los ciudadanos, consumidores y empresarios se beneficien de un mercado que opera sin distorsiones, gracias a la labor técnica, proactiva, oportuna, predecible y confiable del Indecopi"

INDECOPI. - se divide en dos grandes áreas: 1.- PROPIEDAD INTELECTUAL La propiedad intelectual es un derecho intangible. Es la propiedad del autor de una canción, de un poema, de una novela que, aunque no sea dueño del disco o libro que los contenga, si lo es sobre su contenido, siendo el único que puede autorizar que sea utilizado. También es la propiedad del inventor del micrófono, que puede no tener la propiedad de los aparatos que se fabrican, pero es el único propietario del derecho de permitir su fabricación; es la propiedad de la empresa que tiene una marca que utiliza para identificar sus productos y

que es la única que tiene el derecho a utilizarla. El respeto a la propiedad intelectual es fundamental para hablar de un mercado. Se divide en tres direcciones: Dirección de derecho de autos. - El autor de una obra tiene el derecho por solo serlo a la titularidad de estos derechos: 1.- Derecho Moral. - (Perpetuo) Reconocimiento de autor 2.- Derecho Patrimonial. - Explotación de la creación Dirección de Invención y nuevas tecnologías. -  Conoce y resuelve las solicitudes de patentes de: Modelos de utilidad Diseños Industriales Certificado de Protección de conocimiento indígena Esquema de trazado de circuitos integrados Certificado de obtentor de nuevas especies vegetales Dirección de Signos Distintivos. - Encargada de administrar sobre el sistema de derecho s, marcas de bienes o servicios, nombres o lemas comerciales, denominaciones de origen o cualquier otro signo distintivo

RECORDEMOS •





Las creaciones sin propiedad intelectual carecen de valor económico y es la propiedad lo que permite que las creaciones entren en el mercado. Promueve la creatividad de las personas, permitiendo que la imaginación y el ingenio sean remunerados. Incentiva que las creaciones intelectuales en general se utilicen para generar riqueza, a través de su aplicación en la industria, comercio y desarrollo de la cultura.

2.- LIBRE COMPETENCIA, DEFENSA DE CONSUMIDOR Y CALIDAD Estas comisiones son órganos colegiados que resuelven como primera instancia administrativa las controversias y violaciones al marco normativo por el que tiene que velar, en algunos casos se asemejan a su rol al de un organismo regulador a través de los precedentes que crean.

Comisión de normalización y fiscalización de barreras comerciales no arancelarias 

Desarrolla actividades de normalización y propone la eliminación de barreras no arancelarias en cumplimiento de los compromisos de la organización mundial del comercio

Comisión de defensa de la libre competencia 

Vela por el cumplimiento de la ley de Represión de conductas anticompetitivas, Decreto legislativo 1034 y la ley antimonopolio y antioligopolio del sector eléctrico

Comisión de eliminación de barreras burocráticas 

Vela por la eliminación de actos o disposiciones que constituyen una traba irracional de acceso al mercado y contribuyen a los procesos de simplifacion administrativa

Comisión de fiscalización de dumping y subsidios 

Que vigila el cumplimiento de las normas destinadas a impedir o corregir importaciones realizadas a precios dumping o subsidiadas en su origen

Comisión de fiscalización de competencia desleal 

Vela por el cumplimiento por el decreto legislativo 1044 sancionando los actos de competencia desleal, así como las infracciones a las normas de publicidad comercial

Comisión de procedimientos concursales 

Que establece los procesos por los cuales se llegan a acuerdos entre acreedores y deudores para que estos logren cumplir con el pago de sus obligaciones

Comisión de protección al consumidor 

Protege al consumidor frente a la falta de información, falta de idoneidad de bienes y servicios deficiencias sancionando a los proveedores que incumplan la ley

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL PERU El Tribunal Constitucional del Perú organismo constitucional e independiente del Estado peruano. Tiene como sede oficial la ciudad de Arequipa. El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad. Es autónomo e independiente, porque en el ejercicio de sus atribuciones no depende de ningún órgano constitucional. Se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica - Ley Nº 28 301Función[editar] El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad. Es autónomo e independiente de los demás constitucionales. Se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica. Puede, por acuerdo mayoritario de sus miembros, tener sesiones descentralizadas en cualquier otro lugar de la República. Al Tribunal Constitucional se le ha confiado la defensa del principio de supremacía constitucional, es decir,

como supremo intérprete de la Constitución, cuida que las leyes, los órganos del Estado y los particulares, no vulneren lo dispuesto por ella. Interviene para restablecer el respeto de la Constitución en general y de los derechos constitucionales en particular.



CORRESPONDE AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL



Conocer, en instancia única, la acción de inconstitucionalidad Conocer, en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de hábeas corpus, amparo, hábeas data y cumplimiento Conocer los conflictos de competencia o de atribuciones asignadas por la Constitución, conforme a Ley Resolver las quejas por denegatoria del recurso de agravio constitucional.

  

El Tribunal puede dictar reglamentos para su propio funcionamiento, así como sobre el régimen de trabajo de su personal y servidores dentro del ámbito de autorizados por su Presidente, se publican en el Diario Oficial El Peruano.



LOS PROCESOS CONSTITUCIONALES

El Código Procesal Constitucional, Ley Nº 28237, regula los procesos constitucionales previstos en los artículos 200 y 202, inciso 3), de la Constitución. Se pueden distinguir siete procesos constitucionales:















Proceso de Hábeas Corpus. Proceso de Amparo. Proceso de Hábeas Data. Proceso de Cumplimiento. Proceso de Inconstitucionalidad. Proceso Competencial. Proceso de Acción Popular.

Los procesos constitucionales se clasifican en función del objeto de protección de cada uno de ellos. Existen tres clases:

Procesos de tutela de derechos .- Tienen por objeto la tutela jurisdiccional de los derechos

constitucionales. Corresponden a este tipo de procesos: el proceso de hábeas corpus, el proceso de amparo, el proceso de hábeas data y el proceso de cumplimiento. Procesos de control normativo .- Tienen por objeto proteger jurídicamente la primacía de la

Constitución respecto a las leyes o normas con rango de Ley, en el caso del proceso de inconstitucionalidad, y la primacía de la Constitución y de la ley respecto al resto de normas de rango inferior a la ley, en el caso del proceso de acción popular. En ambos procesos, es el orden jerárquico de las normas (principio de jerarquía de las normas) de nuestro sistema

 jurídico el que constituye el objeto de protección (sistema de fuentes prescrita por nuestra Constitución Política). Proceso de conflicto competencial .- Tiene por objeto la protección de las competencias que la

Constitución y las leyes orgánicas atribuyen a los poderes del Estado, los órganos constitucionales y a los gobiernos regionales y locales (municipalidades). Aquí se encuentra el proceso competencial. 

PLENO

El quórum del Tribunal Constitucional es de siete de sus miembros. El Tribunal, en Sala Plena, resuelve y adopta acuerdos por mayoría simple de votos emitidos, salvo para resolver la inadmisibilidad de la demanda de inconstitucionalidad o para dictar sentencia que declare la inconstitucionalidad de una norma con rango de ley, casos en los que se exigen cinco votos conformes.

De no alcanzarse la mayoría calificada de cinco votos en favor de la inconstitucionalidad de la norma impugnada, el Tribunal dictará sentencia declarando infundada la demanda de inconstitucionalidad.

MAGISTRADOS El Tribunal está integrado por siete miembros que ostentan el título de Magistrados del Tribunal Constitucional. Son designados por el Congreso de la República mediante resolución legislativa, con el voto de dos tercios del número legal de sus miembros.



DESIGNACIÓN

Para la designación, el pleno del Congreso designa una Comisión Especial integrada por un mínimo de cinco y un máximo de nueve Congresistas, respetando en lo posible la proporción de cada grupo parlamentario en el Congreso, para encargarse de recibir propuestas y seleccionar a los... . Son elegidos el Magistrado o por el último párrafo del artículo 201° de la Constitución Política. Si no se obtiene la mayoría requerida, se procede a una segunda votación juega. Si concluidos los cómputos, no se logra cubrir las plazas vacantes, la Comisión procede, en un plazo máximo de diez días naturales, a formular sucesivas propuestas, hasta que se r ealice la selección. La designación para el cargo de Magistrado del Tribunal se hace por cinco años; no hay reelección inmediata. Los Magistrados del Tribunal continúan en el ejercicio de sus funciones hasta que hayan tomado posesión quienes han de sucederles.

Para ser Magistrado del Tribunal se requiere:

Ser peruano de nacimiento.

  

Ser ciudadano en ejercicio. Ser mayor de cuarenta y cinco años. Haber sido Magistrado de la Corte Suprema o Fiscal Superior durante diez años, o haber ejercido la abogacía o la cátedra universitaria en materia jurídica durante quince años.

No pueden ser elegidos miembros del Tribunal:

Los Magistrados del Poder Judicial o del Ministerio Público que hayan sido objeto de separación o destitución por medida disciplinaria  Los abogados que han sido inhabilitados por sentencia judicial o por resolución del Congreso de la República  Los que han sido condenados o que se encuentran siendo procesados por delito doloso  Los que han sido declarados en estado de insolvencia o de quiebra  Los que han ejercido cargos políticos o de confianza en gobiernos de facto FUNCIONES 



La función del Magistrado del Tribunal es a dedicación exclusiva. Le está prohibido desempeñar cualquier otro cargo público o privado y ejercer cualquier profesión u oficio, a excepción de la docencia universitaria, siempre que no afecte el normal funcionamiento del Tribunal.



PRIVILEGIOS

Los Magistrados del Tribunal no están sujetos a mandato imperativo, ni reciben instrucciones de ninguna autoridad. Gozan de inviolabilidad. No responden por los votos u opiniones emitidas en el ejercicio de su cargo. También gozan de inmunidad. No pueden ser detenidos ni procesados sin autorización del pleno del Tribunal, salvo flagrante delito.



PRESIDENTE

Los Magistrados del Tribunal, en pleno y mediante votación secreta, eligen, entre sus miembros, al Presidente. Para la elección, en primera votación, se requieren no menos de cinco votos. Si no se alcanzan, se procede a una segunda votación, en la que resulta el ganador



LOS ACTUALES MAGISTRADOS 

Manuel Miranda Canales



Marianella Ledesma Narváez



Oscar Urviola Hani



Ernesto Blume Fortini





Carlos Ramos Núñez



José Luis Sardón de Taboada



Eloy Espinosa-Saldaña Barrera

PRESIDENTES  Ricardo Nugent López-Chávez (1996 -1997) (1997-2000)  Francisco Acosta Sánchez  Manuel Aguirre Roca (2000-2002) (2002 – 2002)  Guillermo Rey Terry (2002-2005)  Javier Alva Orlandini (2005-2006)  Víctor García Toma (2006-2008)  César Landa Arroyo  Carlos Mesía Ramírez (2008- 2012)  Ernesto Álvarez Miranda (2012-2012) (2012- 2015)  Óscar Urviola Hani  Manuel Miranda Canales (2016- 2019)

DEFENSORIA DEL PUEBLO En

el

1. 2.

3. 4. 5.

artículo



9,

se

definen

como

funciones

del

INDECI:

Asesorar al ente rector del SINAGERD la normativa que asegure los procesos técnicos y administrativos que faciliten la preparación, respuesta y rehabilitación. Desarrollar estrategias de comunicación, difusión y sensibilización a nivel nacional sobre las políticas, normas, instrumentos de gestión y herramientas técnicas para la preparación, respuesta y rehabilitación en coordinación con las instituciones competentes. Realizar a nivel nacional, la supervisión, seguimiento y evaluación de la implementación de los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación. Promover la estandarización y articulación de protocolos de operación de las entidades que participen en el proceso de respuesta, así como en la simulación y simulacros. Promover la instalación y actualización de los sistemas de alerta temprana y medios de comunicación sobre emergencias y desastres.

6. 7. 8. 9. 10. 11.

12. 13.

14. 15. 16.

17. 18. 19.

20.

Coordinar la participación de entidades y agencias de cooperación nacional e internacional para los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación. Representar al SINAGERD en foros y eventos nacionales e internacionales relacionados a los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación. Coordinar la asistencia humanitaria solicitada por los países afectados por los desastres, conforme a la normatividad vigente. Emitir opinión técnica a la Presidencia del Consejo de Ministros sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia o ante la ocurrencia de un peligro inminente o desastre. Coordinar la respuesta ante desastres, cuando la sobrepasen la capacidad de los gobiernos regionales y locales. Administrar los Almacenes Nacionales de Defensa Civil para la atención oportuna de emergencias o cuando el peligro inminente requiera la participación de las entidades nacionales. Proponer la normativa para la coordinación y distribución de los recursos de ayuda humanitaria. Emitir opinión técnica sobre proyectos normativos, convenios, acuerdos, tratados y otros instrumentos nacionales o internacionales vinculados a la preparación, respuesta y rehabilitación. Diseñar y proponer la política para el desarrollo de capacidades en la administración pública en lo que se refiere a gestión reactiva del riesgo. Promover el desarrollo de capacidades humanas para la preparación, respuesta y rehabilitación en las entidades públicas, sector privado y ciudadanía en general. Realizar estudios e investigaciones inherentes a la preparación, respuesta y rehabilitación, así como supervisar, monitorear y evaluar la implementación de los procesos. Emitir opinión técnica en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación para la elaboración de la estrategia de gestión financiera a cargo del MEF. Orientar y promover los lineamientos para la formación y entrenamiento del personal operativo que interviene en la preparación, respuesta y rehabilitación. Apoyar y facilitar la operación conjunta de los actores que participan en la respuesta en el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional y administrar sus instalaciones e instrumentos de soporte. Coordinar con el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, en representación del SINAGERD.

Misión Organismo público ejecutor que promueve, asesora, coordina y articula, en los tres niveles de gobierno, la gestión reactiva del riesgo de desastres y emergencias; a fin de proteger la vida y el patrimonio de las personas y del Estado.

Visión "Un país preparado y resiliente ante emergencias y desastres."

Objetivos

Objetivos Generales

Objetivos Específicos

OG 1 : Lograr que las autoridades en los tres niveles de gobierno ejerzan sus funciones en gestión reactiva del riego de desastres

OEE 1: Desarrollar instrumentos técnicos normativos en gestión reactiva para actuar de manera efectiva en casos de emergencias y desastres. OEE 2: Desarrollar las capacidades de las autoridades y funcionarios en gestión reactiva. OEE 3: Desarrollar mecanismos de supervisión y monitoreo de la gestión reactiva. OEE 4. Fortalecer capacidades para la primera respuesta y asistencia humanitaria

OEE 1: Desarrollar y difundir las herramientas técnicas para prepararse en casos de emergencia y desastres. OG 2 : Preparar a la población OEE 2: Desarrollar e implementar para la respuesta y la rehabilitación estrategias conducentes a lograr la ante desastres. participación de la cooperación internacional en la ejecución de programas y proyectos para la respuesta ante desastres.

OG 3: Modernizar la gestión institucional.

OEE 1: Modernizar la plataforma tecnológica y de comunicación. OEE 2: Fortalecer las capacidades del talento humano. OEE 3: Modernizar la infraestructura y equipamiento para la adecuación de los servicios institucionales.

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