Oposicion Bombero

March 23, 2017 | Author: elpurga | Category: N/A
Share Embed Donate


Short Description

Download Oposicion Bombero...

Description

A) PARTE GENERAL: 1) La constitución española de 1978. Derechos y deberes de los españoles. 2) La Corona. 3) El Poder Legislativo. 4) El Gobierno y la administración pública. 5) El Poder Judicial. 6) Organización territorial del estado. La Comunidad Autónoma de Murcia. 7) El régimen local español: el municipio, la provincia, otros entes locales. 8) El personal de las administraciones públicas: funcionarios y laborales, derechos y deberes. 9) Los consorcios. El consorcio para el servicio de extinción de incendios y salvamento de la Comunidad Autónoma de Murcia. Normas internas: estatuto del personal profesional. 10) La región de Murcia: situación, límites, extensión, las montañas, la costa, clima, vegetación, sectores primario, secundario y terciario e incidencia en la situación económica regional y en los municipios que forman parte del consorcio. 11) Ley de Protección Civil, directrices, norma básica. 12) El teléfono único de emergencia 1-1-2. Los centros de coordinación operativa en la región de Murcia. Planes especiales de protección civil en la región de Murcia: plan territorial, plan INFOMUR, plan COPLA, plan especial del Valle de Escombreras. Planes de emergencia municipal.

b) Parte especifica: 1) Estructura territorial de los servicios de extinción de incendios y salvamento del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Murcia. Dotación de medios personales y materiales, principales características de éstos. Incidencia de la distribución territorial en los municipios de actuación de los distintos parques de zona, locales y unidades de primera intervención. 2) Teoría del fuego. Elementos del fuego. Tipos de combustión, productos de la combustión. Clasificación de los fuegos. 3) Productos extintores: empleo y campo de aplicación. Instalaciones contra incendios: CPI 96. Sistemas pasivos y activos de protección. Instalaciones, detección, alarma y extinción. Resistencia al fuego de los elementos constructivos. 4) Incendios forestales: tipos, elementos que intervienen, formas de propagación, combustibles. Métodos de actuación. 5) Desencarcelación de personas: en vehículos, en ascensores. Rescate en pozos y viviendas. Distintas formas de actuación, precauciones a tener en cuenta. 6) Mercancías peligrosas: formas de identificación, tipos y calcificación, normas de actuación general y normas de actuación especifica en los productos más habituales de transporte en la región de Murcia. Plan transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril. 7) Dotación y equipo personal del bombero. Dotación y herramientas más comúnmente utilizadas en este servicio.

8) Legislación de circulación. Tipos de los vehículos de emergencia y prioritarios. Características de los vehículos de los servicios contra incendios y salvamento. 9) Actitud y primeros auxilios ante las situaciones que pueden poner en peligro la vida o salud de las personas (heridas, hemorragias, quemaduras, accidentes relacionados con el alcohol, perdidas de conocimiento, ingestión de tóxicos). 10) Actitud general ante situaciones de emergencia. Normas de actuación, signos y síntomas. Reanimación cardiopulmonar básica. Manejo, movilización y transporte de heridos y traumatizados.

I. LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978 HISTORIA.- Tras la muerte de Franco el 20 de Noviembre de 1975, fue proclamado Rey de España D. Juan Carlos I de Borbón. Utilizando el resorte del Referéndum, se aprueba la nueva ley fundamental para la Reforma Política (Ley 1/1977, de 4 de Enero), abriendo así la vía para la instauración de un sistema político pluralista (partidos políticos). El 15 de Junio de 1977, se celebran elecciones generales para las Cortes Generales (elegidas democráticamente y representativas del pluripartidismo existente), estas asumen como misión fundamental la elaboración de una Constitución (se designa una Ponencia Constitucional desde la Comisión de Asuntos Constitucionales del Congreso, encargada de redactar el Proyecto de Constitución). Tras tramitación parlamentaria, la Constitución fue aprobada por el Congreso y el Senado, por separado, el 31 de octubre de 1.978, ratificada por el pueblo español en el Referéndum constitucional del 6 de diciembre y sancionada por el Rey el día 27 del mismo mes, siendo publicada en el "Boletín Oficial del Estado" el 29 de Diciembre de 1978, entrando en "vigor" ese mismo día (según lo expuesto en su disposición final). Tiene por objeto la regulación del orden político fundamental de nuestra comunidad y estructurar los poderes públicos. CARACTERIZACION.- Es la norma jurídica suprema del Estado (Carta Magna de los españoles); de forma que las otras normas (leyes, decretos,..........) no pueden contradecirla, tienen que ser elaboradas atendiéndose a lo previsto en el texto constitucional e interpretadas de acuerdo con los preceptos contenidos en él. En general, dicho texto se caracteriza por: - Codificación en un solo texto, es decir es una Constitución cerrada. - Extensa, no es de breve contenido, poco flexible y refleja el laborioso consenso de las diferentes fuerzas políticas al elaborarla. Difícil de interpretar y su aplicación, siendo fundamental la intervención del Tribunal Constitucional (Interprete supremo de la Constitución, ley orgánica 2/1979 de 3 de octubre), indicando su alcance y significado. - Rígida, no modificable por procedimientos legislativos ordinarios, la propia constitución regula en el titulo X los únicos mecanismos de reforma (general y excepcional). - Establecimiento de la Monarquía Parlamentaria, como forma política del Estado. - La Configuración del Estado como unitario, regionalizado y "no federal".

1.2. CLASES DE CONSTITUCIONES Las clases de Constituciones se analizan desde diferentes puntos por la doctrina, sin que sea necesario un estudio pormenorizado de cada uno de ellos ya que todos ellos son válidos pero al mismo tiempo parciales, ya que sólo inciden en un aspecto de las mismas. Nosotros consideramos que las clasificaciones más relevantes son las siguientes:

- Constituciones según su origen: • • • •

Pactadas: resultado de un pacto entre Monarca y Pueblo. Otorgadas: concesión graciosa del Monarca al Pueblo. Impuestas: imposición del Pueblo al Rey. Populares: aprobadas por una Asamblea representativa popular.

- Constituciones según su procedimiento de reforma: •

Rígidas o Flexibles: según cuenten o no con procedimientos especiales de reforma

- Constituciones según su forma externa: • • •

Codificadas o Abiertas: según el Texto constitucional se encuentre unificado o disperso. Escritas o no Escritas Extensas o Breves

- Constituciones por la forma de gobierno: • •

Monárquicas Republicanas

- Constituciones por la estructura territorial del poder: • • •

Federales Unitarias Autonómicas

2. ANTECEDENTES La historia del constitucionalismo español arranca en el año 1810 con la reunión de las Cortes de Cádiz que culminaría en la aprobación de la Constitución de 1812, primera norma constitucional española y también, texto constitucional más extenso de todos los aprobados en nuestro país. A lo largo de nuestra historia, han existido las siguientes Constituciones: -

1812 Estatuto Real de 1834 1837 1845 1869 1876 1931

La característica más sobresaliente a destacar es el “efecto péndulo”, predicable

de las mismas, de modo que a una Constitución liberal le sucedía una Constitución conservadora y viceversa; de ese modo fueron liberales las Constituciones de 1812, 1837, 1869 y 1931; y conservadoras el Estatuto real de 1834, la de 1845 y 1876. Posteriormente, durante los años que abarcan desde 1936, comienzo de la guerra civil, hasta la muerte de F. Franco, en noviembre de 1975, no podemos establecer la existencia de una verdadera Constitución sino de normas estatales, denominadas “Leyes Fundamentales”, que establecían las bases de ordenación del Estado.

2.1. INFLUENCIAS Al margen de las influencias recibidas por los textos constitucionales españoles, ya analizados, no hemos de olvidar, como dice Sánchez Agesta, que la Constitución de 1978: “ ..Se sitúa en el ámbito internacional dentro de las nuevas corrientes europeas que aparecen después de la segunda guerra mundial y se caracterizan por conjugar criterios sistemáticos centrados en lo que se ha denominado procesos de decisión o fenómenos que tienen su encaje en las nuevas realidades tratadas por los estudiosos del Derecho Constitucional y de la Teoría Política...” Las principales influencias las sistematizamos de la siguiente forma: - Constitución italiana de 1947. Influye en la configuración del Poder Judicial, la concepción del Estado regional o la posibilidad de aprobar leyes en comisión parlamentaria. - La ley fundamental de Bonn 1949 (texto constitucional de la República Federal Alemana), la zona máxima se encuentra en "El catálogo de Derechos y Libertades", lo que se ha dado en llamar el Iusnaturalismo renovado en el reconocimiento y garantía de derechos y libertades, es sin duda una influencia directa del texto constitucional alemán. Asimismo la calificación del estado español como Estado Social y Democrático de Derecho y las consecuencias que se derivan de ello provienen de la ley fundamental de Bonn. En el ámbito de la forma de Gobierno y en el ámbito de las relaciones entre el Gobierno y el parlamento, los constituyentes españoles se inspiraron en uno de los mecanismos de exigencia de la responsabilidad política del Gobierno: la moción de censura de carácter constructivo. - Constitución francesa de 1958 en materia de organización estatal.

- Constitución portuguesa de 1976 que sobre todo, determina buena parte de los derechos y libertades fundamentales. - Las Constituciones de las Monarquías históricas europeas. De ellas el constituyente se nutrió para redactar el Título II de la Constitución, el correspondiente a la Corona. - Textos jurídicos internacionales, fundamentalmente del "Derecho Internacional de los tratados", "Derecho Internacional convencional". El legislador de la Constitución de 1978 se remite expresamente en varios de sus preceptos a ese Derecho internacional convencional, en particular por lo que respecta a la interpretación de los derechos fundamentales, los órganos jurisdiccionales españoles y por supuesto el Tribunal Constitucional, deben tener en cuenta a la hora de apurar e interpretar un derecho fundamental, deben tener en cuenta no sólo el derecho interno, la Constitución, sino también los convenios y tratados que en materia de derechos y libertades hayan sido suscritos, incluyendo la jurisprudencia de los Tribunales Internacionales, Tribunal Internacional de Justicia y sobre todo en el ámbito europeo y en el Tribunal de Estrasburgo, el Tribunal europeo de los derechos humanos.

3. PROCESO CONSTITUYENTE El proceso de cambio desde el régimen anterior al actual régimen constitucional se realizó a través del periodo conocido con el nombre de “transición política”, que abrió el procedimiento de elaboración y aprobación posterior de la Constitución española de 1978.

3.1. LA TRANSICIÓN POLÍTICA El proceso de transición política comienza con la muerte de F. Franco, el 20 de noviembre de 1975, y la posterior proclamación de D. Juan Carlos I como Rey de España, ante las Cortes el día 22 de noviembre de 1975. A partir de ese momento comienza en nuestro país un proceso histórico que culminó con la aprobación y entrada en vigor de la Constitución, como veremos más adelante, el 29 de diciembre de 1978. Fueron pues, más de tres años de continuos movimientos sociales de adaptación pero caracterizados por la voluntad de todas las fuerzas sociales de alcanzar un marco de convivencia para todos. Los hitos más importantes de este proceso fueron los siguientes: - El 20 de noviembre de 1975, el denominado entonces (hoy desaparecido) “Consejo de Regencia”, asumió las funciones de la Jefatura del Estado, hasta el

22 de noviembre, fecha en la que, como hemos visto, es proclamado Rey ante las Cortes y el Consejo del Reino, su Majestad D. Juan Carlos I de Borbón. - El Rey confirmó en su puesto al Presidente del Gobierno del régimen franquista, Arias Navarro. La imposibilidad de que ese Presidente estuviera al mando de un proceso de cambio se manifiesta cuando presenta su dimisión al Rey, el día 1 de julio de 1976. - Es nombrado Presidente del Gobierno Adolfo Suárez, encargado de dirigir las conversaciones con los principales líderes de las diferentes fuerzas sociales y partidos políticos. - El 15 de diciembre de 1976, se celebró el Referéndum para la Reforma Política. Como resultado de su aprobación por el pueblo español, se promulga el 4 de enero de 1977, la Ley para la Reforma Política. Esta norma contenía la derogación tácita del sistema político franquista, en solo cinco artículos. - La aprobación de esta norma, abre paso a la celebración de elecciones democráticas por primera vez, elecciones que se celebraron el 15 de junio de 1977. A partir de ese momento comienza el proceso de redacción de la Constitución, que analizamos a continuación.

3.2. LA ELABORACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 La Constitución Española de 1978, debida a una iniciativa parlamentaria, fue elaborada y aprobada por las Cortes formadas como resultado de las Elecciones Generales del 15 de junio de 1977. Seguiremos en nuestra exposición, el criterio de desarrollar las funciones realizadas por los órganos activos del proceso junto con el criterio cronológico.

3.2.1. Congreso de los diputados · 26 de julio de 1977. Nombramiento de la Comisión Constitucional —después denominada Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas— del Congreso de los Diputados. La Comisión encomendó a una Ponencia la redacción de un anteproyecto de Constitución. · 1 de agosto de 1977. La Ponencia comienza sus trabajos.

· 5 de enero de 1978. Se publica en el «Boletín Oficial de las Cortes» el Anteproyecto de Constitución junto con los votos particulares de los Ponentes. · 17 de abril de 1978. Se publica en el «Boletín Oficial de las Cortes» el informe de la Ponencia sobre las enmiendas presentadas al Anteproyecto. · Del 5 de mayo al 20 de junio de 1978 se celebra el debate en la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas (24 sesiones). · 1 de julio de 1978. Se publica en el «Boletín Oficial de las Cortes» el dictamen de la Comisión. Del 4 al 21 de julio de 1978. Se celebra el debate en el Pleno del Congreso de los Diputados (12 sesiones). 21 de julio de 1978. El Pleno del Congreso de los Diputados aprueba por 258 votos a favor, dos en contra y 14 abstenciones el texto del Proyecto en su conjunto.

3.2.2. Senado · Del 18 de agosto al 14 de septiembre de 1978 la Comisión de Constitución debate el Proyecto remitido por el Congreso de los Diputados (17 sesiones). · Del 25 de septiembre al 5 de octubre de 1978 se celebra el debate en el Pleno del Senado (10 sesiones). · 13 de octubre de 1978. Se publican en el «Boletín Oficial de las Cortes» las «Modificaciones al texto del Proyecto de Constitución» propuestas por el Senado.

3.2.3. Comisión mixta congreso-senado · 28 de octubre de 1978. Se publica en el «Boletín Oficial de las Cortes» el dictamen de la Comisión Mixta.

3.2.4. Congreso de los Diputados y Senado · El 31 de octubre de 1978 fue sometido a la aprobación de cada una de las Cámaras, por separado, el dictamen de la Comisión Mixta. El Pleno del Congreso de los Diputados lo aprobó por 316 votos a favor, seis en contra y tres abstenciones. El Pleno del Senado lo aprobó por 226 votos a favor, cinco en contra y ocho abstenciones.

· El 6 de noviembre de 1978 se publica la declaración formal del Presidente de las Cortes de haber quedado aprobado el dictamen de la Comisión Mixta.

3.2.5. Referéndum · S. M. el Rey sometió a referéndum de la Nación el Proyecto de Constitución por Real Decreto 2560/1978, de 3 de noviembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 6 de noviembre de 1978. · Celebrado el referéndum el día 6 de diciembre de 1978, la Constitución quedó sancionada con el siguiente resultado: de 26.632.180 ciudadanos con derecho a voto, votaron 17.873.301, de los cuales 15.706.078 lo hicieron a favor de la aprobación del Proyecto de Constitución; 1.400.505, en contra; 632.902, en blanco, y 133.786 papeletas nulas. (El resumen de la votación fue publicado por la Junta Electoral Central en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de diciembre de 1978.)

3.2.6. Promulgación · La Constitución fue promulgada por S. M. el Rey al término de la sesión conjunta del Congreso de los Diputados y del Senado celebrada en el Palacio de las Cortes el día 27 de diciembre de 1978.

3.2.7. Publicación · El texto de la Constitución fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 29 de diciembre de 1978, número 311.1. El mismo día, el «Boletín Oficial del Estado» publicó las versiones Balear, Catalana, Gallega, Valenciana y Euskera.

3.3. CARACTERÍSTICAS GENERALES

Destacamos las notas en las que la doctrina jurídica ha realizado mayor hincapié. Son las siguientes: - Define un régimen político democrático parlamentario clásico o democracia occidental.

- Es una Constitución rígida en cuanto a su procedimiento de reforma. - Es una Constitución extensa, sólo superada por la de 1812, con 169 artículos y más de 17.000 palabras. Porque había una intención de incluir el mayor número posible de temas para que quedaran blindados por la supremacía jerárquica de la Ce. - Es una Constitución inacabada y ambigua que se remite en demasiadas ocasiones a normas de desarrollo. - Posee aplicabilidad directa e inmediata. - Es fruto de la conciliación y el compromiso ideológico. No obstante todas las Constituciones democráticas son fruto de una conciliación o pacto previo. La característica en el caso español se concreta en que en la voluntad de esa negociación estuvo el hacer una nueva Constitución de nueva planta y no en reformas las leyes del régimen anterior; en aspectos concretos de la regulación contenida como la monarquía parlamentaria o la descentralización territorial y por último, adoptó algunas formulas abiertas cuando no era posible seguir el consenso optándose por dejar el texto abierto. - Es una Constitución derivada por las influencias recibidas en su redacción.

ESTRUCTURA Y CONTENIDO.- La estructura que posee la Constitución Española y su contenido general es el siguiente: - Preámbulo. En él se indican los principios inspiradores (básicos). + Parte dogmática: Titulo preliminar. + Parte orgánica: 10 Títulos. - 11 Títulos (con 169 artículos). Estructurados de la siguiente forma: Titulo preliminar + 10 Títulos (divididos en capítulos y secciones) ∗ Título preliminar con los principios fundamentales (generales). ∗ Derechos y deberes fundamentales (titulo I). Conforme a la declaración universal de los derechos humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre los mismos, ratificados por España. (Art. 10-55) ∗ La Corona (titulo II). Regula la figura del Rey, la sucesión, la Regencia y tutoría, funciones del Rey, etc...(Art. 56-65)

∗ Las Cortes (titulo III). Consta de tres capítulos: las Cámaras (Congreso y Senado), elaboración de leyes y los tratados internacionales. (Art. 66-96) ∗ El Gobierno y la Administración (titulo IV). Regula la composición y funciones del Gobierno, su nombramiento, cese, responsabilidad, etc...(Art. 97-107) ∗ Relación del Gobierno y las Cortes Generales (titulo V). Regula la responsabilidad política del Gobierno, las mociones, interpelaciones y preguntas al mismo, así como los estados de alarma, excepción y sitio. (Art. 108-116) ∗ Poder judicial (titulo VI). Regula sus funciones y las del Consejo General del poder judicial (órgano de gobierno del mismo). (Art. 117-127) ∗ Economía y Hacienda (titulo VII). Regula el llamado derecho constitucional socioeconómico. (Art. 128-136) ∗ Organización territorial del Estado (titulo VIII). Consta de tres capítulos: Los principios generales, La administración local y las Comunidades Autónomas. (Art. 137-158) ∗ Tribunal Constitucional (titulo IX). Alta Institución del Estado (como órgano supremo) en materia de garantías constitucionales e interpretación de la misma. (Art. 159-165) ∗ Reforma de la Constitución (titulo X). Garantiza procedimientos de reforma de la Constitución (general y excepcional), así como los supuestos de no reforma. (Art. 166-169) - 4 Disposiciones Adicionales. Recoge los derechos históricos de los territorios forales y la mayoría de edad, con su posible actualización; el régimen económico y fiscal de Canarias y hace referencia a las diferentes audiencias territoriales existentes. - 9 Disposiciones transitorias. Recoge la iniciativa de elaboración de los estatutos de autonomía por los órganos preautonómicos, la especial situación de Navarra, Ceuta y Melilla, la disolución de los organismos provisionales autonómicos, la fecha máxima de duración del mandato de las Cámaras y Gobierno tras la aprobación de la Constitución y la primera renovación del Tribunal Constitucional. - 3 Disposición Derogatoria. Para dejar sin vigor la Ley para la reforma política (Ley 1/1977, de 4 de enero de 1977) y las anteriores "Leyes fundamentales", también toda disposición que se oponga a lo establecido en la Constitución. - 1 Disposición Final. Establece la entrada en vigor a partir de su publicación en el BOE y que se publicará además del texto oficial, en las demás lenguas. PRINCIPIOS BASICOS (INSPIRADORES).- En el Preámbulo del Texto Constitucional, aparece una declaración solemne de intenciones y de gran fuerza política (formula colectivamente el poder constituyente); sin embargo, dicho texto no tiene fuerza jurídica de obligar. En el mismo se declara que, “La Nación

española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de”: - Garantizar la convivencia democrática dentro de la constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo. - Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la Ley como expresión de la voluntad popular. I - Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones. - Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida. Establecer una sociedad democrática avanzada. - Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacificas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.

1. PRINCIPIOS GENERALES El “Sistema Constitucional” se define como aquel régimen político regido por una Constitución, esto es, por una norma fundamental (Carta Magna), cuyo objetivo principal es regular el comportamiento y los campos de actuación de las distintas instituciones que configuran un régimen político (Gobierno, división de poderes, órganos que deben ejercer esos poderes, derechos de los ciudadanos, etc.). Su función principal es el control del poder político, lo cual quiere decir "limitar a los detentadores del poder" para evitar el abuso del mismo. Un sistema democrático constitucional depende de la existencia o ausencia de instituciones efectivas que permitan el control de los que ejercen el poder. Esas reglas de control y de establecimiento de límites a los poderes se hacen constar por escrito (Constitución: ley de Leyes, a las que deben estar sometidas las Leyes ordinarias). Es decir, dicha Constitución establece fundamentalmente: los principios básicos de la convivencia política en el Estado, los derechos y deberes de los ciudadanos, y la división de poderes y los órganos que van a ejercer esos poderes. El título preliminar, como "antesala" de la Constitución se definen los Principios fundamentales o Generales, al comentar que el Estado español como social y democrático de Derecho, al servicio de unos valores superiores, como son la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. Enuncia el titular de la soberanía (El Pueblo Español) y consagra la llamada forma política del Estado (La Monarquía Parlamentaria). Como Estado social se consagran unos derechos económicos-sociales, reconociendo la importancia de los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales (serán democráticos y respetarán la Ley y la Constitución). Los poderes públicos han de tener como objetivo que la libertad y la igualdad de los ciudadanos sean reales y efectivas y favorecer la participación de todos los ciudadanos en la vida colectiva y política. Como Estado democrático, se reconoce el principio de la soberanía popular (principio político según el cual todos los poderes estatales emanan del pueblo), consagrando los derechos políticos de los ciudadanos y unos canales y medios que permiten la participación de éstos en la formación de la voluntad estatal. Los partidos políticos, constituyen el instrumento fundamental para la participación política (expresan pluralismo y funcionamiento democrático). Como Estado de

Derecho, los ciudadanos y los poderes públicos, están sujetos a la constitución y al resto del ordenamiento jurídico (proteger y promover los derechos y libertades de los ciudadanos); destacando del conjunto de principios característicos del Estado de Derecho, a los siguientes: El principio de constitucionalidad de las leyes. - El principio de legalidad en aquello relativo a la actuación del Gobierno y de la Administración; de acuerdo a la constitución y las leyes (Pleno sometimiento a ellas). Asegurando a la Constitución una preeminencia jerárquica sobre todas las demás normas del ordenamiento producidas por los poderes constituidos por la Constitución misma, por lo que una Ley será valida o un Reglamento será vinculante si se elabora conforme a lo dispuesto en la Constitución. - El principio de jerarquía normativa, según el cual las normas de rango superior pueden derogar o contradecir aquellas de rango inferior, pero no a la inversa. - La publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas (no publicar normas para aplicar a quienes ya tenían un derecho a una situación más favorable), seguridad jurídica (todo ciudadano tiene derecho a tener constancia pública de sus situaciones: registro propiedad, empadronamiento, nacimiento, etc.), responsabilidad e interdicción de arbitrariedad de los poderes públicos (responden de sus actos, debiendo compensar a los afectados cuando no se actúa conforme a Ley). Además de ello, se garantiza el derecho a la Autonomía de las nacionalidades que integran España, con la indisolubilidad de la NACION (unidad); siendo las Fuerzas Armadas las que garantizarán la soberanía e independencia de España (Una ley orgánica las regulará). El castellano es lengua oficial, siendo las demás oficiales en sus territorios respectivos, según sus estatutos, y todas ellas son patrimonio Cultural. La bandera de España será: ROJA, AMARILLA (de doble anchura de franja que las rojas) y ROJA; siendo las Autonómicas oficiales en sus respectivos territorios. La Capital de España es la Villa de MADRID. Valor normativo de la Constitución española: + El monopolio jurisdiccional del tribunal constitucional solo alcanza a la declaración de inconstitucionalidad de las leyes, no a cualquier aplicación de la constitución. + El carácter normativo de la Constitución vincula a la totalidad de jueces y tribunales incluido el Constitucional, como también a sujetos públicos y privados.

II. DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES El Titulo I de la Constitución Española, trata sobre los derechos y deberes fundamentales que poseen los españoles, y contiene un total de 46 artículos (desde 10 al 55), siendo en líneas generales su estructura, la siguiente: • Derechos de la persona. Es una primera invocación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y contiene los derechos de la persona y la declaración de su dignidad, los cuales son inviolables (art.10). • Capitulo primero: de los españoles y extranjeros. (Art. 11-13) Abarca solamente tres artículos, siendo estos la nacionalidad (art.11), la mayoría de

edad (art.12) y los derechos y libertades de los extranjeros (art.13). Este último articulo regulado por la Ley orgánica 7/1985 de 1 de Julio y desarrollada por el Real decreto 155/1966, de 2 de febrero (aprobación del reglamento de su ejecución); incorporándose el sufragio pasivo (ó posibilidad de ser elegido) en las elecciones municipales, por la reforma parcial de la Constitución, de 27 de agosto de 1992 (para adhesión al Tratado de Maastricht), además de la extradición y derecho de asilo en España reguladas por sucesivas leyes. • Capitulo segundo: de los derechos y libertades (art. 14 al 38) Consta principalmente del artículo 14 y dos secciones claramente diferenciadas, siendo su estructura: - La Constitución reconoce la igualdad de todos los españoles ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social (art.14). - Sección primera, trata sobre los derechos fundamentales y de las libertades públicas; en ella se fundamenta el Estado de derecho y libertades (art. 15 al 29), que junto al art.14, son invocables de inmediato ante los tribunales para reclamar su efectiva aplicación. El contenido expreso de dicho articulado es el siguiente: ∗ Derecho a la vida, a la integridad física y moral de la persona. Se prohíbe la tortura, las penas o tratos inhumanos o degradantes y se suprime la pena de muerte. (art.15). ∗ Derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y de las comunidades; sin obligación de declarar ideología, religión o creencia. No habrá religión del Estado, aunque cooperará con la Iglesia Católica y demás confesiones, teniendo en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española (art.16). ∗ Derecho a la libertad y a la seguridad de la persona. Se regularán los casos de privación de libertad. La detención gubernativa durará como máximo 72 horas, pasadas las cuales el detenido será puesto en libertad o enviado al Juez. El detenido tiene que ser informado inmediatamente y de modo comprensible de sus derechos y de las razones de su detención. Teniendo derecho a la presencia de su abogado para prestar declaración (tanto a la policía como ante el Juez). Se regulará por ley un procedimiento "Habeas corpus" (Ley orgánica 6/1984, de 24 de mayo), para que los detenidos ilegalmente sean puestos inmediatamente a disposición judicial (art.17) ligado al 24, sobre tutela de jueces y tribunales. ∗ Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. (art.18), supone la inviolabilidad del domicilio, el secreto de las comunicaciones (postales, telegráficas y telefónicas), limitación del uso de la informática y nadie puede utilizar la imagen de otro sin su previo consentimiento; que sólo podrán ser intervenidas por resolución judicial. ∗ Derecho a la libertad de residencia y circulación en el territorio español y de entrada y salida de España. A concretar por ley, no podrá ser limitado por motivos políticos e ideológicos (art.19).

∗ Derecho a la libre expresión de pensamiento, ideas y opiniones por palabra, por escrito o cualquier otro medio, a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica, a la libertad de cátedra y a comunicar o recibir libremente información. Los secuestros de publicaciones sólo se harán tras resolución judicial. No habrá censura previa (art.20). ∗ Derecho de reunión y manifestación. La reunión pacifica y sin armas no necesita autorización previa. Si las reuniones se celebran en lugares de tránsito o es una manifestación, se comunicará previamente a la autoridad; que sólo lo podrá prohibir si hay peligro para personas o bienes o de alteración del orden público (art.21). ∗ Derecho de asociación. Que se inscribirán en un Registro a efectos de conocimiento y publicidad. Quedando prohibidas las asociaciones paramilitares, secretas o delictivas; pudiendo ser disueltas o suspendidas por resolución judicial (art.22). ∗ Derecho a participar en los asuntos públicos. Estableciendo el derecho al sufragio, elegir representantes libremente en elecciones periódicas por sufragio universal y a acceder en igualdad de condiciones a las funciones y cargos públicos (art.23). En relación con este derecho está el de iniciativa legislativa popular. (Art. 87.3). ∗ Derecho a la tutela efectiva de Jueces y Tribunales y a garantías procesales. Tiene derecho toda persona sin que en ningún caso pueda producirse indefensión (art.24); de acuerdo a los siguientes derechos: El derecho a juez ordinario determinado por la ley. La defensa y asistencia de letrado. A ser informado de la acusación. A proceso público, con garantías y sin dilaciones. A utilizar todos los medios de prueba en su defensa. A no declarar contra sí mismo, a no declararse culpable y a la presunción de inocencia. La ley establecerá cuando por parentesco o secreto profesional no se esté obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos. ∗ Principio de Legalidad Penal. El principio de retroactividad de las normas sancionadoras (condena o sanción de acuerdo al hecho delictivo y legislación vigente del momento en que se produjo) y los principios orientadores de las penas privativas de libertad: reeducación y reinserción del delincuente, que seguirá gozando de sus derechos fundamentales salvo que la sentencia establezca lo contrario, así como la prohibición de que la Administración civil imponga sanciones de privación de libertad (art.25). ∗ Prohibición de los tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales (art.26). ∗ Derecho a la educación y libertad de enseñanza. Se establece la obligatoriedad y gratuidad de la enseñanza general básica, se reconoce la libertad de creación de centros docentes y la autonomía de las Universidades (art.27). ∗ Derecho a sindicarse libremente. Fundación de sindicatos, afiliación según elección, nadie puede ser obligado a hacerlo. La ley podrá limitar este derecho a las Fuerzas e Institutos armados, a los Cuerpos sometidos a disciplina militar y las

peculiaridades de la sindicación de funcionarios públicos. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses (art.28). ∗ Derecho de petición, individual y colectiva, para todos los españoles por escrito, en forma y con los efectos que determine la ley, que lo limitará a los cuerpos sometidos a disciplina militar, siendo en ese caso sólo individual y no colectiva según su legislación especifica (art.29). - Sección segunda, que abarca todos aquellos derechos y deberes (art. 30 al 38) que, además de los anteriores, vinculan a todos los poderes públicos; sin embargo, decir que estos no son exigibles ante los tribunales, siendo su estructura la siguiente: ∗ Derecho y deber de defender a España. Se refiere a las Obligaciones militares, estableciendo la objeción de conciencia (servicio civil). Por ley se regularán, en caso de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública (art.30). ∗ Deber Tributario. Contribuir a sostener el gasto público mediante sistema tributario justo, inspirado en principios: igualdad y progresivo, sin ser confiscatorio (art.31). ∗ Derecho a contraer matrimonio, con plena igualdad jurídica del hombre y la mujer; donde la Ley regulará las formas y efectos del mismo (art.32). ∗ Derecho a la propiedad privada y a la herencia. La ley puede limitar por función social (para proteger recursos o intereses públicos) y proteger de intentos de expropiaciones injustificadas (art.33). * Derecho a la fundación para fines de interés general según ley, como en el de asociación, prohíbe aquellas con fines delictivos. (art.34). * Derecho y deber de trabajar. (Art. 35) donde además del estatuto de los trabajadores (regulado por ley), se reconocen: Derecho a la libre elección de profesión u oficio. A la promoción a través del trabajo. A una remuneración suficiente para satisfacer las necesidades propias y familiares sin discriminación por razones de sexo. * Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. Regulados por Ley, y con estructura interna y funcionamiento democráticos (art.36). * A la negociación colectiva laboral entre empresarios y representantes de los trabajadores, así como la fuerza vinculante de los convenios, a adoptar medidas de conflicto colectivo, garantizándose el funcionamiento de los servicios esenciales (mínimos) para la comunidad, todo ello regulado por Ley (art.37). * Derecho a la libertad de empresa, en el marco de la economía de mercado (Ligado al de la propiedad), aunque admite su planificación por los poderes públicos (art.38). Capitulo tercero: sobre los principios rectores de la política económica y social. Con la consagración de los llamados derechos sociales (también llamada, tercera generación de derechos), que los diferentes Poderes Públicos promoverán,

velarán, protegerán, asegurarán o garantizarán (Art. 39 al 52) : Protección a la familia y a la infancia. Distribución de la renta, pleno empleo y condiciones de trabajo. La seguridad social. Los emigrantes. La protección a la salud y fomento del deporte. Acceso a la cultura. Medio ambiente y calidad de vida. Conservación del patrimonio artístico. Derecho a vivienda y utilización del suelo. Participación de la juventud. La atención a los disminuidos físicos. Derechos de la tercera edad. La defensa de los consumidores. Las organizaciones profesionales. Capitulo cuarto: Consta de dos artículos, el primero desarrolla las garantías de las libertades y derechos fundamentales (art. 53): + Art. 14 al 38 se regulará mediante un recurso de inconstitucionalidad (de acuerdo con el Articulo 161.1a). + Art. 15 al 29 se regulará ante: 1 Los Tribunales Ordinarios por medio de un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad. 2 Un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (aquí también vendrá recogido el Art. 30). + Art. 39 al 52 se regulará mediante Jurisdicción. Capitulo quinto: con las circunstancias que pueden haber sobre la suspensión de los derechos y libertades (art. 55). Es decir, cuando el congreso autoriza un estado de excepción o declara un estado de sitio (Art. 116), se podrán suspender, temporalmente ciertos derechos fundamentales y libertades públicas (no todos). Como también se pueden suspender, a titulo individual, algunos derechos cuando se trate de bandas armadas y de terroristas o rebeldes. En resumen, los derechos y deberes fundamentales que aparecen en el Título I de la Carta Magna Constitucional, podemos clasificarlos de acuerdo a la estructura siguiente:

1. DERECHOS. DE LA PERSONA FISICA. - Libertad Personal: Derecho a la vida e integridad física y moral. Queda abolida la pena de muerte, salvo las leyes militares en tiempo de Guerra. - Seguridad Personal: Derecho a la libertad y seguridad su privación la observará las leyes. Se suscita además que: Las detenciones gubernativas no excederán de 72 h. Será informado, no obligado a declarar y derecho ha abogado. La ley determinará el plazo máximo de prisión provisional. - Libertad de residencia y circulación por el territorio nacional. - Derecho a la intimidad, inviolabilidad del domicilio y de las comunicaciones.

- Derecho de petición: individual y colectivamente, por escrito. DEL PENSAMIENTO. - Libertad de creencia: Ideología, religiosa y de culto de los individuos y comunidades; no siendo obligado a declararla. - Libertad de expresión e información: Se reconocen y protegen: Expresión pensamiento, ideas, etc., por palabra, escrito u otro medio. Creación artística, técnica, científica, etc. Libertad de cátedra. Comunicar y recibir información veraz por los medios de difusión. - Libertad de enseñanza: Educación, siendo la enseñanza básica obligada y gratuita. DE LIBERTADES COLECTIVAS. Participación en asuntos públicos: electores o elegibles. - Asociación: deberán inscribirse a solo efectos de publicidad. - Reunión y manifestación: no necesita autorización, excepto en lugares de transito público, los cuales pueden prohibirse si se altera el orden público. EN LA ESFERA ECONOMICO-SOCIAL. - Libertad de sindicación: Todos, siendo regulados fuerzas armadas y funcionarios públicos. - Huelga: para defensa de sus intereses y la ley establecerá los servicios mínimos. - Libertad de empresa y economía de mercado (no fundamental). Propiedad privada y herencia (no fundamental). - Trabajo: libre elección de profesión u oficio, la ley regulará un estatuto de trabajadores (no fundamental). OTROS DERECHOS. - Igualdad ante la ley sin discriminación por razón de raza, sexo, nacimiento, religión, opinión, etc. - A la defensa de España: servicio militar o sistema sustitutorio (no fundamental). Contraer matrimonio: Igualdad Jurídica (no fundamental) - A la fundación para fines de interés General (no fundamental) - A la Nacionalidad española: Ningún español podrá ser privado de ella (no fundamental). - Protección Judicial de los derechos y la legalidad penal.

2. DEBERES. - Defender a España, la Ley fijará las obligaciones militares así como la objeción de conciencia Art. 30. - Contribuir al sostenimiento de las cargas públicas mediante un sistema tributario justo Art. 31. - Realizar prestaciones personales o patrimoniales según Ley. - Trabajar, correlativo a su derecho.

- Cumplir la Constitución. - Respetar los derechos de los demás. ^ - Deber de conservación del medio ambiente Art. 45. - Deber por parte de los padres de asistencia a los hijos de acuerdo a la Ley Art. 39.3.

III. LA CORONA. LAS CORTES GENERALES. 1. LA CORONA.Art. 56 al 65 Titulo II. Monarquía parlamentaria Art. 1.3. Contenido en el título II de la constitución, hay que decir que la Corona de España es hereditaria y vitalicia (en una República el jefe del Estado es elegido un periodo de tiempo determinado). El Rey no esta sujeto a responsabilidad política, y sus actos son Refrendados por el Presidente del Gobierno, en su caso, por los ministros competentes, y las propuestas, de nombramiento del Presidente del Gobierno y la disolución de las cámaras según artículo 99; por el Presidente del Congreso, siendo responsables de sus actos las personas que los refrenden. Es decir, en una monarquía de tipo parlamentario, el Rey realiza estas funciones sin participar en el proceso de elaboración de leyes y sin intervenir en los asuntos del gobierno. El "Rey reina pero no gobierna", pues se limita a estimular, consultar, advertir, etc., de manera que las decisiones las adopten los otros órganos del Estado. Por ello, la mayoría de atribuciones que le confiere el Art. 62 de la Constitución tienen carácter formal, simbólico y moderador. • CARACTER.- La jefatura del estado corresponde al Rey que modera el funcionamiento de las instituciones y asume la alta representación del estado en las relaciones internacionales. Su título es de Rey de España, siendo su persona inviolable y no sujeta a Responsabilidad. + Sometido a la Constitución, ni por encima de las Cortes Generales, Poder Judicial, Gobierno y Tribunal Constitucional. • SUCESION.- La Corona es hereditaria y vitalicia en los sucesores de D. Juan Carlos I, y seguirá el orden regular de primogenitura y representación, prefiriéndose: La línea anterior a la posterior. En la misma línea, el grado más próximo al más remoto. En el mismo grado: el varón a la hembra. En el mismo sexo: la de más edad a la de menos. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán. Los consortes no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la regencia. • REGENCIA.- Art. 59 La Constitución regula 3 supuestos de regencia para cuyo ejercicio requiere ser español y mayor de edad. a) Cuando el Rey fuera menor de edad: La regencia recaería en el padre o madre del Rey, y en su defecto en el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona. b) Cuando el Rey fuera inhabilitado: La regencia recaería en el Príncipe heredero si fuera mayor de edad, y si no por el procedimiento del apartado anterior. c) Si no hubiera ninguna persona a quien corresponda la regencia esta será nombrada por las Cortes Generales, correspondiendo a una, tres o cinco personas.

• TUTELA.- Art. 60 Será tutor del Rey menor (3 supuestos): a) Quien hubiera sido nombrado por el Rey difunto en su testamento, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento. b) Padre o madre del Rey mientras permanezcan viudos. c) Nombramiento del tutor por parte de las Cortes Generales. Nota: No se podrán acumular los cargos de Regente y Tutor salvo en el padre, madre o ascendiente directo del Rey; al igual la tutela es incompatible con todo cargo o representación política. • PROCLAMACIÓN.- El Rey al ser proclamado ante las Cortes presta juramento. El príncipe heredero y Regente/s también lo hacen, además de prestar fidelidad al Rey. • FUNCIONES.- No sujeto a responsabilidad política, posee esencialmente la función de simbolizar la unidad y permanencia estatal, y representación en relaciones internacionales. Arbitrará y moderará el funcionamiento regular de las instituciones, junto a: Sancionar y promulgar Leyes. Convocar y disolver las Cortes, y convocar elecciones. Convocar referéndum. Proponer, nombrar y poner fin a las funciones del Presidente del Gobierno. Nombrar y separar los miembros del Gobierno. Expedir decretos acordados en el Consejo de ministros. Ser informado de los asuntos de estado y presidir el consejo de ministros. Mando supremo de las Fuerzas Armadas. Ejercer el derecho de gracia. El Alto Patronazgo de los Reales Académicos. Acreditar embajadores y diplomáticos. Manifestar consentimiento de estado en tratados Internacionales. Declarar la guerra y acordar la Paz con autorización de las Cortes. Nombrar y relevar los miembros civiles y militares de su casa. • REFRENDO.- Art. 64 Elemento fundamental para entender el alcance de responsabilidad y actuaciones del Rey en el ejercicio de sus funciones. Los actos del Rey serán refrendados por: El Presidente del Gobierno. Ministros. - Presidente del Congreso. (Para el nombramiento del Presidente del Gobierno y para la disolución de la cámara del congreso Art. 99). Nota: De los actos del Rey serán responsables las personas que lo refrenden.

2. LAS CORTES GENERALES. Contenido en el Titulo III de la Constitución Española, las Cortes Generales representan al pueblo español y están compuestas por dos Cámaras : el Congreso de los Diputados y el Senado (Art. 66), siendo pues bicamerales, como la mayoría de los Parlamentos de los países occidentales, lo cual asegura una doble discusión y garantiza una mayor madurez en las resoluciones adoptadas. Las Funciones fundamentales que poseen las Cortes Generales son: - Ejercer el poder legislativo (potestad). - Aprobar los Presupuestos del Estado.

- Controlar la acción del Gobierno. - Además de competencias que le atribuye la Constitución (Especialmente el Título III). Las Cortes Generales son Inviolables; siendo la duración del mandato de los parlamentarios (senadores y diputados) de cuatro años, salvo que se disuelvan antes las Cámaras. Sólo podrán disolverse por Decreto del Rey, a propuesta del Presidente del Gobierno. Las Elecciones tendrán lugar entre los 30 y 60 días desde la terminación del mandato. Por ello, para su correcto funcionamiento, poseen los siguientes elementos o aspectos: - Mandato parlamentario. Representan al pueblo español como único cuerpo, cualquiera que sea su partido de militancia e ideología. - Incompatibilidad e inelegibilidad. Según la Constitución, no se puede ser Senador y Diputado al mismo tiempo, ni diputado y miembro de una Asamblea de Comunidad Autónoma (art.66). Se establece también en la Constitución causas de inelegibilidad y de incompatibilidad de los parlamentarios con determinados cargos judiciales, administrativos, políticos y militares, etc. (art.70). - Inviolabilidad e inmunidad. Los Parlamentarios (diputados y senadores) son inviolables por las opiniones que manifiesten en el ejercicio de su cargo y gozan de inmunidad parlamentaria, no pueden ser detenidos salvo en caso de flagrante delito, ni inculpados, ni juzgados sin permiso de su Cámara, y en caso de que ésta lo conceda, el Tribunal competente es la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (art.71). - Su reglamento. Tiene autonomía para el desarrollo y aprobación de su reglamento, así como su presupuesto, y el personal de las cortes. También, eligen a su Presidente y a los miembros de sus mesas respectivas. • LAS CAMARAS: COMPOSICION. ♦ El Congreso de los Diputados. Conforme al art. 68 de la Constitución, está compuesto actualmente por 350 diputados (aunque la Constitución permita que existan desde 300 hasta 400). Estos disputados están elegidos: Por sufragio universal (votan todos los mayores de edad, establecida a los 18 años) y que estén en pleno uso de los derechos civiles y políticos. Libre, igual, directo y secreto, en las 52 circunscripciones electorales en las que está dividida España (las 50 provincias, más Ceuta y Melilla). A cada provincia le corresponde elegir inicialmente a un mínimo de dos diputados (excepto Ceuta y Melilla que eligen uno, respectivamente) y el resto de los escaños se asigna a cada provincia en proporción a su población. (LOREG, Ley Orgánica del Régimen Electoral del 18 de marzo de 1.977). La elección se realiza y verifica en cada circunscripción por representación proporcional, y son electores y elegibles todos los españoles en pleno uso de sus derechos políticos. El Congreso electo deberá ser convocado dentro de los 25 días siguientes a la celebración de las elecciones. ♦ El Senado. Conforme al art. 69 de la Constitución, es la cámara de representación territorial del Estado (Provincias y Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla). Según la Ley electoral de 1.977 (LOREG), los senadores se eligen

por sistema mayoritario (son elegidos los candidatos que obtienen más votos). De todos modos, dicha cámara se compone de los siguientes miembros: - Cuatro Senadores elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, por los electores de cada provincia. Ceuta y Melilla eligen dos cada una y las provincias insulares (con Cabildo o consejo) eligen un número distinto: Canarias con once en total (3 de Gran Canaria, 3 de Tenerife, 1 Fuerteventura, 1 de Gomera, 1 de Hierro, 1 de Lanzarote y 1 de la Palma) y Baleares con cinco (3 de Mallorca, 1 de Menorca y 1 de Ibiza-Formentera). - Además habrá senadores designados por las Comunidades Autónomas, a través de sus Asambleas Legislativas, a razón de uno por cada Comunidad, más otro por cada millón de habitantes del territorio autónomo. ATRIBUCIONES.- Además de los fundamentales señalados en el art. 66, tiene según la Constitución, como atribuciones de carácter general las siguientes: - Competencias en relación con la Corona, como nombramiento en su caso, Regente, tutor, etc... (Art... 57, 59, 60 y 63). - Establecer sus propios reglamentos, aprobar sus presupuestos y elegir sus respectivos Presidentes y los demás miembros de sus mesas, así como regular el Estatuto del Personal de las Cortes Generales (art.72). - Aprobar, modificar o derogar Leyes Orgánicas (art.81). - Delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de Ley (art.82). - Pronunciarse sobre la convalidación o derogación de los Decretos-Ley dictados por el Gobierno (art.86). - Velar por el cumplimiento de los Tratados Internacionales y las resoluciones adoptadas por Organismos Internacionales ó Supranacionales (art.93) y la previa autorización al gobierno para obligarse en los mismos según casos que prevé el art.94. - Otorgar la Confianza al candidato a la Presidencia del Gobierno (art.99). Además del sometimiento a interpelaciones y preguntas al Gobierno (art.111), pronunciarse sobre la cuestión de confianza planteada al Presidente del Gobierno (art.112) y la exigencia de responsabilidad política al gobierno mediante la moción de censura (art.113). - Declaración del Estado de sitio y autorización de la declaración del Estado de excepción y de la prorroga del estado de alarma declarado por el Gobierno (art.116). FUNCIONAMIENTO.- Conforme a los Art... 73 a 80 de la Constitución, las Cámaras celebran dos periodos de sesiones ordinarias al año (de septiembre a diciembre y de febrero a junio), aunque puedan celebrar sesiones extraordinarias (art.73). Podrán reunirse conjuntamente (sesiones conjuntas), para ejercer competencias no legislativas que el titulo II (La Corona) atribuye a las Cortes. Las dos Cámaras funcionan en Pleno y por Comisiones (art.75) y tienen la facultad de nombrar Comisiones especiales de investigación sobre tema de interés público. Los ciudadanos están obligados a comparecer ante estas Comisiones cuando sean llamados a declarar, y también tienen el derecho de dirigir peticiones individuales o colectivas por escrito a las Cortes, las cuales pueden remitir y obligar al Gobierno a explicarse sobre su contenido (art.76 y 77). Cada Cámara tendrá una Diputación Permanente compuesta por un mínimo de 21 miembros que representarán a los grupos parlamentarios (formados por los diputados y

senadores del mismo partido o partidos afines) en proporción a su importancia numérica, presididas por los Presidentes de sus cámaras respectivas, asumiendo funciones diversas cuando éstas estén disueltas o expirado su mandato (mientras se celebran nuevas elecciones), así como velar por los poderes de las cámaras mientras no estén reunidas o en los periodos en que no hay sesiones (art. 78). Las sesiones de ambas Cámaras están abiertas al público como norma general (salvo acuerdo por mayoría absoluta de cada cámara o con arreglo al reglamento, pudiendo ser secretas), el Orden del día es fijado por el Presidente de cada Cámara y para adoptar acuerdos válidos deben estar reunidas reglamentariamente y asistir la mayoría de sus miembros "quórum", los cuales serán aprobados por mayoría de los miembros presentes (sin perjuicio de las mayorías especiales), siendo el voto de Senadores y Diputados personal e indelegable (art.79 y 80). • FUNCION LEGISLATIVA.- Según la Constitución es ejercida por las Cortes Generales (art.66.2.), y lo hacen fundamentalmente mediante la elaboración de leyes (Capitulo segundo del Titulo II, Art... 81 al 92), de acuerdo a los siguientes principios: - Leyes Orgánicas. Son aquellas relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueban los Estatutos de Autonomía, el Régimen General electoral y las demás previstas en la Constitución. La aprobación, modificación derogación, exigirán mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del Proyecto. - Leyes Ordinarias. Son aquellas que no tienen rango de Ley orgánica, es decir, las restantes. Estas a su vez pueden clasificarse en: - Proyecto de Ley: Serán aprobados en Consejos de Ministros, y se someterán al Congreso para su aprobación (acompañados de exposición de motivos y antecedentes). - Proposición de Ley: Su tramitación se regula según los Reglamentos que disponga cada Cámara. La “Iniciativa legislativa” o la posibilidad de proponer este tipo de leyes le corresponde, de forma indistinta: al Gobierno, al Congreso y al Senado. Por otro lado, esta iniciativa también les puede corresponder a las Asambleas de Comunidades Autónomas; de forma que, en este último caso, estas pueden: - Solicitar al gobierno que envíe un Proyecto de ley a las Cortes. - Enviar a la Mesa del Congreso una Proposición de ley. En el caso de la Iniciativa legislativa popular (regulada por Ley Orgánica), estará respaldada por al menos 500.000 firmas acreditadas, y no procederá en aquellas materias que sean propias de Ley Orgánica, tributarias o carácter internacional, ni en lo relativo a prerrogativa de gracia. Actuación Legislativa del Senado. Aprobado un proyecto de ley por el congreso, se envía al Senado, el cual en el plazo de dos meses la aprobará, vetará o propondrá enmiendas. Devuelta al Congreso ocurrirá según resolvió el Senado:

∗ Aprobada: se presenta al Rey ∗ Vetada: su aprobación exige mayoría ∗ Enmendada: su aprobación exige mayoría simple.

para ser sancionada. absoluta en Congreso.

REFERÉNDUM.- Las decisiones políticas transcendentales podrán ser sometidas a un referéndum consultivo de los ciudadanos. Será convocado por el Rey a propuesta del Presidente del Gobierno, previa autorización por el Congreso. El procedimiento y sus condiciones lo determina la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de Enero.

IV. GOBIERNO. ADMINISTRACION. PODER JUDICIAL. 1. EL GOBIERNO • Concepto.- Es el órgano que dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria. • Composición.- Presidente, Vicepresidentes en su caso, los Ministros y aquellos otros que establezca la ley. • Órganos.- Los principales órganos o elementos del gobierno, así como su elección, será: ♦ Presidente: Dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros, sin perjuicio de competencias y responsabilidad. - Nombramiento. Tras renovación del Congreso de los Diputados y demás supuestos, El Rey consulta con los representantes designados por los grupos políticos y propone un candidato a través del Presidente de la Cámara. - Voto e investidura. El candidato expone ante el Congreso, su programa político y solicita la confianza de la Cámara. Comenzando tras ello la votación, de forma que si el resultado de la misma da: ∗ Mayoría absoluta. El Rey le nombra. ∗ Si no hay mayoría absoluta. Habrá una segunda votación, 48 horas después. En segunda votación basta la mayoría simple, si no se alcanza, se propone otro candidato. Si pasan dos meses sin votación favorable, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones. ♦ Vicepresidentes: Su existencia la prevé la Constitución; el nombramiento y separación corresponde al Rey a propuesta del Presidente. Sus principales funciones son: ejercer las delegaciones del Presidente y sustituirle en caso de vacante, ausencia o enfermedad. ♦ Ministros: Dirigen un conjunto de materias relacionadas con un Departamento. Si no tienen Departamento, son "sin cartera". Sus nombramientos son como el Vicepresidente. • Cese.- El Gobierno cesará en los siguientes supuestos:

- Tras las Elecciones Generales - Al perder la confianza parlamentaria: ∗ Planteada por el Presidente a la Cámara y presente dimisión al Rey. ∗ En moción de censura. La moción debe ser propuesta por la décima parte de los Diputados (En nuestro caso, 350: 10 = 35 Diputados); votada por mayoría absoluta, incluyendo candidato a la Presidencia. - Por dimisión o fallecimiento del Presidente. • Responsabilidad.- El Gobierno posee distintos tipos de responsabilidad: ♦ Política. El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso, que puede exigirse mediante moción de censura y que implica su dimisión. ♦ Penal. Sólo exigible ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. En caso de traición u otro delito contra la seguridad del Estado, la acusación sólo podrá plantearse por la cuarta parte de los Diputados. (350: 4 = 87-88). ♦ Derivada del Refrendo. Que podrá ser de cualquier tipo, según actos refrendados del Rey. Funciones.- Los miembros del gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna. De forma que su estatuto e incompatibilidades vendrán reguladas por Ley. Sus diferentes y principales funciones son: ♦ Presidente: - Refrendar los actos del Rey que competan al Presidente. - Proponer al Rey que decisiones políticas transcendentales se someten a referéndum. - Plantear al Congreso su confianza, previa deliberación del Consejo de Ministros. - Proponer al Rey disolución de las Cortes, previa deliberación con el Consejo de Ministros y bajo su responsabilidad. - Interponer recurso de inconstitucionalidad contra leyes o normas con fuerza de Ley. - Presidir el Consejo de Ministros. - Ejercer la potestad reglamentaria. - Proponer al Rey el nombramiento y cese de Ministros. ♦ Consejo de Ministros: - Iniciativa Legislativa: de oficio o a petición de la Asamblea de una Comunidad Autónoma. - Aprobar proyectos de Ley y someterlo al Congreso. - Dictar normas con rango de Ley que le delegue el Congreso, formar Leyes de Bases y Textos Refundidos. - Oponerse a la tramitación de proposición de Ley contraria a una delegación legislativa del Congreso. - En caso de urgente necesidad puede dictar Decretos-Ley (Disposición del Gobierno por delegación legislativa), que no podrá afectar a instituciones

básicas, derechos, deberes y libertades, a Comunidades Autónomas, ni a derecho electoral. Deben ser sometidos a debate y votación de la totalidad en Congreso. - Declarar, por decreto acordado en Consejo de Ministros, los estados de: ∗ Alarma, por 15 días dando cuenta al Congreso ∗ Excepción, previa autorización del Congreso ∗ Sitio, sólo proponerlo al Congreso. - Ejercer la potestad reglamentaria. - Elaborar proyectos de planificación sobre economía y hacienda. - Elaborar los Presupuestos Generales. - Emitir deuda pública. - En relación con las Comunidades Autónomas, podrá: ∗ Controlar la actividad de sus órganos, con dictamen del Consejo de Estado. ∗ Nombrar un Delegado y dar instrucciones a todas sus autoridades. ∗ Adoptar medidas en caso de incumplimiento de obligaciones. - En relación con el Tribunal Constitucional, podrá: ∗ Proponer al Rey el nombramiento de dos de sus miembros. ∗ Impugnar ante él, disposiciones adoptadas por las Comunidades Autónomas. ♦ Ministros: - Iniciativa y Organización de su Departamento - Preparar los Proyectos de Ley - Ejercer la potestad reglamentaria por Orden Ministerial. - Proponer, nombrar y separar el personal del Departamento. • Deberes.- Explicar ante la Cámara el contenido de las peticiones hechas o solicitadas. - Estar presente en las Cámaras cuando lo soliciten. - Contestar interpelaciones y preguntas. 2. LA ADMINISTRACION • Concepto.- Es el complejo órgano que ejecuta cuanto emana del Ejecutivo. • Regulación Constitucional.- Según el artículo 103.1 de la Constitución “La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento a la Ley y Derecho”. Por tanto, tendremos que: - Sus órganos son creados, regidos y coordinados por la Ley que regulará: el Estatuto de funcionarios, acceso a la función pública según méritos y capacidad, peculiaridades del derecho a sindicación, sistema de incompatibilidades. - Fuerzas y Cuerpos de seguridad: bajo dependencia del Gobierno, tienen la misión de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana. Se regulan por la Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo. - Procedimiento administrativo: que se regula por Ley de forma que se garantizará la audiencia de los ciudadanos, el libre acceso de los ciudadanos a los archivos y registros, salvo los que afecten a la seguridad y defensa del Estado, y que el procedimiento se efectúe garantizando la audiencia del interesado. - El control de la potestad reglamentaria corresponde a los tribunales; de forma

que los particulares tendrán derecho a indemnización por toda lesión que sufran sus bienes, salvo casos de fuerza mayor. - El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno. • Principios Constitucionales.- De acuerdo a dicha declaración constitucional, ésta marca el fin (servir con objetividad los intereses generales) de toda actuación administrativa, así como los principios en que se basa: ♦ Eficacia: Se exige para que la Administración pueda cumplir los fines que justifican su existencia, sirviendo adecuadamente los intereses generales. Consiste en que su actuación debe producir efectos, afectar a las personas físicas o jurídicas con las que se relaciona. ♦ Jerarquía: Es la especial estructuración que se efectúa de los distintos órganos de un mismo ramo de la Administración dotados de competencia propia, mediante su ordenación escalonada en virtud de la cual los superiores podrán dirigir y fiscalizar la conducta de los inferiores, resolviendo, en su caso, los conflictos entre los mismos al objeto de conseguir la unidad en la actuación de todos ellos. ♦ Descentralización: Es un fenómeno en virtud del cual se transfieren competencias de la Administración central a la descentralizada o territorial, o disminuye la tutela o vigilancia de aquella sobre ésta. Se produce entre Entes, con personalidad jurídica propia. En la autonomía que conlleva la descentralización se dan las siguientes características: - Al Ente territorial se le reconocen y garantizan unas competencias propias, frente al resto de los demás entes territoriales superiores. - El Ente territorialmente descentralizado goza de una personalidad jurídica independiente del Estado y de los demás Entes. - Independencia de los titulares de los órganos respecto a los órganos de gobierno de Entes superiores, toda vez que son elegidos por los vecinos de su comunidad. - El control de su actividad no se ejerce directamente por los Entes superiores, sino por los tribunales ordinarios. ♦ Desconcentración: Principio por el cual se transfieren competencias de los órganos superiores a los inferiores o disminuye la subordinación de éstos a aquéllos; todo ello dentro de un mismo Ente. Su fin es "descongestionar" el trabajo de los órganos superiores, cediendo parte de sus competencias a órganos inferiores, lo que origina una perdida de poder y competencias de dichos órganos superiores, ya que la cesión de competencias es definitiva. ♦ Coordinación: Trata de unificar actividades distintas para lograr el fin pretendido por la organización, evitando trabajos y esfuerzos innecesarios, así como acciones opuestas y contradictorias. Dentro de una misma Administración, es evidente que dichos problemas serán solucionados por la jerarquía administrativa, pues el que manda eficazmente, forzosamente coordina. En aquellos casos en que la jerarquía no interviene existen diversos órganos de coordinación, siendo los más importantes: - Presidente del Gobierno, que coordina las funciones de los demás miembros del Gobierno; al igual que los Presidentes en las Comunidades Autónomas. - Comisiones Delegadas del Gobierno, cuya función principal es la de coordinar la acción de los Ministerios interesados en un mismo objetivo y redacta programas

conjuntos de actuación. - Delegado de Gobierno en Comunidades Autónomas y Gobernadores Civiles en provincias, coordinan con las Administraciones de sus territorios respectivos. Clasificación.- Las Administraciones Públicas comprenden el conjunto de órganos y personas encargadas de realizar la función pública administrativa del Estado. Está podemos clasificarla según: ♦ Administración no Territorial. Compuesta por la Administración Institucional que es aquel sector de la administración pública integrado por los Entes públicos menores de carácter no territorial. Según su estructura y funcionamiento, se clasifica en dos grupos: - CORPORACIONES. Persiguen intereses comunes a las personas (pluralidad de personas). Pudiendo ser a su vez: ∗ Creadas por razones objetivas: Cámaras Oficiales, Comunidades Regentes, etc. ∗ Creadas por circunstancias subjetivas: Colegios Profesionales, etc. - FUNDACIONES. Persiguen satisfacer a los Entes que los crea por voluntad externa (Patronatos, Institutos, Consejos, etc.) y no a las personas que los integran (pluralidad de bienes), es decir organismos autónomos. ♦ Administración de carácter territorial. Que según la influencia del territorio, tendremos entonces tres tipos de Administraciones diferenciadas: - ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO: Podemos distinguir, dentro de ella, entre la administración: ∗ Central: Tiene unos órganos que, además de funciones políticas tienen funciones administrativas (civiles y militares) y la defensa del Estado, siendo: Consejo de Ministros (carácter colegiado); Presidente del Gobierno; Vicepresidentes del Gobierno; y Ministros. Esta Administración está organizada en Ministerios. El Consejo de Estado es su órgano consultivo superior. ∗ Periférica: En virtud del principio de descentralización, tiene actualmente como órganos: Delegados del Gobierno en las 17 CCAA.; y, Gobernadores Civiles en las 50 provincias, que constituyen la representación del Gobierno y de los Ministros y coordinan las Direcciones provinciales de los diferentes Ministerios. - LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA: Encuadrada en el capitulo tercero del titulo VIII de la constitución, está dotada fundamentalmente de recursos y funcionarios procedentes de la Administración del Estado. Las Administraciones Autonómicas tienen atribuida la defensa de los intereses de las respectivas nacionalidades y regiones (vistas anteriormente). - LA ADMINISTRACION LOCAL: Encuadrada en el Capitulo segundo del Titulo VIII de la Constitución, podemos resaltar que en los Art... 140, 141 y 142 se establecen los siguientes principios: La autonomía de las Corporaciones Locales en la gestión de sus intereses. Carácter democrático y representativo de sus órganos de gobierno. Suficiencia de las Haciendas Locales. Además de destacar las siguientes entidades (no órganos), en referencia hecha por el art. 3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), tendremos:

∗ Municipio. Es la entidad local básica de la organización territorial del Estado. Tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Son elementos del municipio el territorio, la población y la organización. Su gobierno y administración corresponde a sus Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y Concejales (art.140). ∗ Provincia. La provincia es una entidad local determinada por la agrupación de Municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. El gobierno y la administración de la Provincia corresponden a la Diputación. La organización de la Diputación es: Presidente, Vicepresidentes, Comisión de Gobierno y Pleno. Es decir, la provincia es un ente territorial intermedio por no tener territorio "directo", sino el de los municipios. No es una agrupación de municipios "cualesquiera", sino por provincias completas (art.141). ∗ La isla en los archipiélagos balear y canaria. Las Islas tendrán además su administración propia (órgano de gobierno, administración y representación) en forma de Cabildos o concejos (art.141). ∗ Otras entidades Locales. El art. 3,2 de LRBRL, establece que gozan, también de Entidades locales las siguientes: > Entidades de ámbito territorial inferior al municipal. > Comarcas u otras Entidades que agrupen a varios Municipios. > Áreas Metropolitanas. > Mancomunidades de Municipios.

3. EL PODER JUDICIAL • Principios Constitucionales.- Según la Constitución, el Poder Judicial, que está integrado por Jueces y Magistrados, administra la Justicia que emana del pueblo en nombre del Rey. Es decir, ejercen la función jurisdiccional: juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Por tanto, el poder Judicial, al igual que todos los poderes públicos, está obligado a respetar y hacer que se respeten los derechos y libertades reconocidos en la Constitución, para todos los ciudadanos (art.53). De acuerdo a los principios de la organización y constitucionales, los Jueces y Magistrados (art.117) tienen las siguientes características: - Estatales: Todos los tribunales pertenecen al Estado y no deben existir tribunales privados, populares, de honor, etc... - Independientes: En un doble sentido. ∗ Ningún otro órgano del Estado tiene autoridad jerárquica sobre los tribunales. ∗ Ningún tribunal puede ceder a presión de parte. ∗ Independencia orgánica dentro del propio poder judicial. Inamovibles: Porque no pueden ser cesados o expulsados. - Incompatibilidades: Imposibilidad de compaginar su puesto con cualquier otra actividad excepto en el ámbito de la docencia, investigación, actividades deportivas y artísticas - Imparciales: Porque el juez o magistrado también puede ser procesado. - Legales: Sometidos a la Ley. Interpretan, no hacen la ley. - Responsables: El juez o magistrado es responsable civil y penal de sus

resoluciones. - Profesionales: Salvo el juez de paz, son licenciados en derecho. - Sometidos únicamente al imperio de la Ley: Pues deben hacer cumplir la Constitución y las Leyes. - El principio de la unidad jurisdiccional (una misma Justicia y los mismos Tribunales para todos): Es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales (salvo la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense). - El principio de contradicción: Hay acusador y defensor. Se debe solo juzgar, según lo alegado y probado. Por otro lado, las decisiones y sentencias de jueces y tribunales están obligadas a cumplirse, así como colaborar en el proceso y ejecución de lo resuelto (art.118). La justicia será gratuita para los que no tengan recursos económicos (art.119). Las actuaciones judiciales serán públicas (art.120). Los errores judiciales o el anormal funcionamiento de la justicia que causen daños darán derecho a indemnización a los perjudicados (art.121). Una ley Orgánica desarrollará estos principios y establecerá el Consejo General del Poder Judicial, que será el órgano de gobierno de ese poder (art.122). El Tribunal Supremo, con jurisdicción sobre todo el territorio español es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes (salvo lo referente al Tribunal Constitucional) (art. 123). La Ley Orgánica del Poder Judicial de 1 de Julio de 1985 regula la responsabilidad patrimonial de la Administración por error judicial. El Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal tendrá un estatuto orgánico (regulado por Ley), y tiene como misiones (art. 124): Promover la defensa de la legalidad. Promover la defensa de los derechos de los ciudadanos y del interés público. Velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social. Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, según determine la ley (art.125). La policía Judicial, que funcionalmente depende de los Jueces, Tribunales y del Ministerio Fiscal, tiene como funciones (art126): La investigación del delito. El descubrimiento y aseguramiento del delincuente según ley. Los Jueces y Magistrados, así como los Fiscales serán incompatibles según la Ley que establezca el régimen de incompatibilidad, además de no desempeñar altos cargos públicos, y no pertenecer a partidos políticos o sindicatos (art.127). Manifestación de la Jurisdicción.- Debido a la variedad de asuntos sometidos a las leyes y la conveniencia de especializarse, se ha hecho una distribución: ♦ Jurisdicción ordinaria: -

Civil: Resuelve pleitos entre particulares Penal: Investiga el delito y le aplica la sanción Contencioso-administrativa: Revisa los actos de la Administración. Social: Conoce contratos de trabajo y Seguridad Social.

♦ Jurisdicción especial: Militar. Órganos Jurisdiccionales.- Los diferentes órganos jurisdiccionales que nos podemos encontrar en el territorio español son: ♦ Tribunal Supremo. Órgano jurisdiccional superior en todas las órdenes, salvo las garantías constitucionales. Con sede en Madrid. Se compone de un presidente (nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial), Presidentes de Sala y Magistrados para cada Sala, siendo estas: - Sala de lo Civil: Revisión extraordinaria. Responsabilidad de cargo público. - Sala de lo Penal: Revisión extraordinaria. Responsabilidad de cargo público. - Sala de lo Contencioso-Administrativo (C-A): Contra disposiciones de altos órganos Nación y revisión de Audiencia o Tribunal Superior de Justicia. - Sala de lo Social: Revisión recursos sociales. - Sala de lo Militar: Revisión militar. Instrucción contra Capitán General. - Sala Especial: Conocerá recursos de revisión contra las sentencias de la Sala tercera (Contencioso-Administrativo). ♦ Audiencia Nacional. Con sede en Madrid y jurisdicción en toda España. Tiene las siguientes salas de audiencias: - Sala de lo Penal: Delito contra el Rey o alto cargo, delito monetario, droga, fraudes alimentarios y otros delitos conexos. - Sala de lo Contencioso-Administrativo (C-A): Recurso contra disposiciones de los Ministros y Secretarios de Estado, si existen. - Sala de lo Social: Impugnación convenios y conflictos colectivos de ámbito superior a una Comunidad Autónoma. ♦ Tribunal Superior de Justicia. En las Comunidades Autónomas. El presidente del Tribunal Superior de Justicia lo será también de la Sala de lo Penal y Civil. Integrado por las siguientes tres Salas: Sala de lo Civil y lo Penal (en única sala), Sala de lo Contencioso-Administrativo y Sala de lo Social ♦ Audiencias Provinciales. Sedes en capitales de provincia, competencias de orden civil y penal en primera o única instancia. ♦ Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. Existen en cada Partido Judicial, con sede en la capital del mismo. Orden civil (primera Instancia) y orden penal (Instrucción). ♦ Juzgado de lo Penal. Existen en cada provincia y con sede en la capital del Partido Judicial que señale por Ley la Comunidad Autónoma correspondiente. ♦ Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Existen en cada provincia y con sede en la capital del Partido Judicial que señale por Ley la Comunidad Autónoma correspondiente. ♦ Juzgado de lo Social. Existen en cada provincia y con sede en la capital del Partido Judicial que señale por Ley la Comunidad Autónoma correspondiente (pudiendo existir uno o varios).

♦ Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. Existen en cada provincia y con sede en la capital del Partido Judicial que señale por Ley la Comunidad Autónoma correspondiente, dentro del orden jurisdiccional penal (pudiendo existir uno o varios). ♦ Juzgado de Menores. Existen en cada provincia y con sede en la capital del Partido Judicial que señale por Ley la Comunidad Autónoma correspondiente. ♦ Juzgado de Paz. Existen en municipios donde no hay juzgados de primera Instancia e Instrucción. • CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL.- Es el órgano de Gobierno del Poder Judicial, con competencias en todo el territorio nacional. Se compone de: - Presidente, que es el presidente, además de ser del Tribunal Supremo. - 20 vocales, nombrados por el Rey (periodo de 5 años) a propuesta de cada una de las Cámaras (mayoría de 3/5 de sus miembros), de la siguiente forma: * El Senado propone: 4 entre abogados y juristas, y 6 entre Jueces y Magistrados. * El Congreso propone: 10 en la misma proporción. • MINISTERIO FISCAL.- Art. 128 (nombrado por el Rey). + No forma parte del poder judicial. + Es independiente del gobierno. + Tiene como misión promover la acción de la justicia, en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante estos la satisfacción del interés social. + Será nombrado por el Rey, a propuesta del gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial.

I. ORGANIZACION TERRITORIAL DEL ESTADO El Artículo 2 de la Constitución Española dice: "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación Española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas". Tras la Constitución y consagrado en su Título VIII, la organización territorial española ha pasado de estar formada por tres escalones: Estado, Provincia y Municipio (donde primaba el primero), a una estructura formada por cinco escalones (no necesariamente en todo el territorio nacional), siendo la organización actual la siguiente (Art. 137 y 141): El Estado, Las Comunidades Autónomas que se constituyan, Las Provincias, El Municipio y Aquellas Agrupaciones de Municipios distintas a la provincia (por ejemplo: las comarcas). Esta nueva organización territorial que conecta con el sistema establecido en la II República (1.931-36), permite definir al régimen español como un Estado Regional o Estado de las Autonomías, tendencia hoy generalizada en las democracias occidentales y concretándose en la Europa Unida (La Europa de las Regiones). Además el Estado garantiza el principio de solidaridad e igualdad

territorial, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo en todo el territorio español. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio español, con libertad de establecimiento y circulación de las personas y bienes (Art. 138 y 139). En resumen, según la Constitución, el Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y en Comunidades Autónomas. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus intereses. Debiéndose mantener los principios de solidaridad (equilibrio entre todo el territorio español) e igualdad (libertad de circulación de personas y bienes): • Municipio.- Es la entidad local básica de la organización territorial del Estado. Tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Son elementos del municipio el territorio, la población y la organización. Su gobierno y administración corresponde a sus Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y Concejales. • Provincia.- Es un entidad local determinada por la agrupación de Municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. (Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local). El gobierno y la administración de la Provincia corresponden a la Diputación. En los archipiélagos, las Islas tendrán además su administración propia en forma de Cabildos o concejos. La organización de la Diputación es: Presidente, Vicepresidentes, Comisión de Gobierno y Pleno. Es un ente territorial intermedio por no tener territorio "directo", sino el de los municipios. No es una agrupación de municipios "cualesquiera", sino por provincias completas. • Comunidad Autónoma.- Enmarcado en el capítulo tercero, del Título VIII, es el tema crucial y más novedoso de la Constitución (por ello extenso, Art... 143 al 158). Está basado en el reconocimiento del derecho a la autonomía del art. 2, estableciendo en el art. 143 que: Las provincias limítrofes con características, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica, podrán acceder al autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas. Los ámbitos inferiores podrán constituirse en comunidad autónoma con aprobación de las Cortes, por Ley orgánica por motivos de interés nacional (art.144). Su constitución corresponde por la iniciativa de: Las Diputaciones interesadas u órgano interinsular correspondiente. Los 2/3 de municipios cuya población represente la mayoría del censo provincial. Las Cortes Generales por ley orgánica y motivos interés nacional. Los requisitos deben cumplirse en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado por las corporaciones locales interesadas, en caso de no prosperar, solo se podrá volver a realizar pasados cinco años. En ningún caso se admite la Federación de Comunidades Autónomas (art.145). Los Órganos de Autogobierno Los órganos de autogobierno de cada Comunidad (art. 152), conforme al sistema de división tripartito de poderes, serán como mínimo:

Una Asamblea Legislativa, un parlamento, elegido por sufragio universal, con sistema representativo (LOREG). Un Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y administrativas. Un Presidente, elegido por la Asamblea de entre sus miembros y nombrado por el Rey, que además tiene funciones representativas (suprema representación de la Comunidad), dirige el Consejo y políticamente responsable ante la asamblea. Un Tribunal Superior de Justicia, sin perjuicio de la jurisdicción que le corresponda al Tribunal Supremo, culmina la organización judicial en territorio de la Comunidad. LAS COMPETENCIAS DE LAS CCAA Las competencias propias de cada Comunidad son las contenidas en el estatuto respectivo, elaborado en el marco de lo previsto en el art. 148 (Comunidades Autónomas) y el art. 149 (Exclusivas del Estado). En este último artículo se reservan al Estado 32 competencias, y aquellas otras que competen a las Comunidades Autónomas, pero que no asumen. Las comunidades constituidas por procedimientos especiales (Andalucía, País Vasco, Galicia y Cataluña), tienen actualmente un ámbito de competencias más amplio que las restantes. Las competencias asumibles por las comunidades autónomas, Via art. 148, son: Organizar las instituciones de autogobierno. Alteración de términos municipales. Organización del territorio, urbanismo y vivienda. Obras públicas de interés de la Comunidad. Ferrocarril de recorrido íntegro por el territorio. Los Aeropuertos deportivos. Agricultura, ganadería, pesca fluvial, aprovechamiento forestal. Proyecto y explotación de aprovechamiento hidráulico. Desarrollo económico, turismo, deporte y ocio. Museos, bibliotecas, patrimonio monumental, artesanía, cultura, enseñanza de la lengua y música, conservación, vigilancia y protección de edificios e instalaciones. Asistencia social, sanidad y seguridad e higiene. Coordinación y demás facultades en relación a las policías locales. Posibilidad de ampliación de competencias Transcurridos cinco años, y por reforma de sus estatutos, las Comunidades Autónomas podrán ampliar sucesivamente sus competencias en el marco establecido en el art. 149. Control de los órganos de las CCAA. También la Constitución, hace referencia al control de los Órganos de las comunidades autónomas, la autonomía financiera y sus recursos, siendo lo más destacado: El control de su actuación (art. 153 a 155) se ejercerá: Por el Tribunal Constitucional. Por el Gobierno. Por la jurisdicción Contencioso-administrativa. Por el Tribunal de Cuentas. Por el Delegado del Gobierno. Los recursos económicos y su autonomía financiera (Art... 156 a 158) serán: Impuestos cedidos por el Estado. Impuestos propios. Transferencias del fondo de

compensación. Rendimiento de su patrimonio. Producto de multas y sanciones. Producto de operaciones de crédito.

II. LOS ESTATUTOS DE AUTONOMIA: SU SIGNIFICADO El acceso al autogobierno o constitución de una Comunidad Autónoma tiene lugar mediante la elaboración y aprobación del Estatuto de Autonomía respectivo. Los Estatutos tienen rango de Leyes Orgánicas, emanadas de las Cortes Generales. La Constitución no establece que territorios pueden acceder al autogobierno. Actualmente todo el territorio estatal, excepto Ceuta y Melilla, está distribuido en Comunidades Autónomas, siendo un total de 17. Según el Artículo 147 de la Constitución, el Estatuto de Autonomía: “Es la norma institucional básica de cada Comunidad y que el Estado reconoce y ampara como parte integrante de su ordenamiento jurídico”. Los estatutos desarrollan las normas constitucionales adaptándolas a las peculiaridades propias de cada Comunidad autónoma. En concreto, viene a ser la norma básica que, además de la Constitución, especifica los principios políticos y jurídicos por los que se ha de regir cada comunidad autónoma que se constituya. Por ello, El referido Estatuto de Autonomía, para su aprobación y tramitación, deberá contener como mínimo los siguientes elementos: La denominación de la Comunidad Autónoma. La delimitación del territorio. Los órganos de funcionamiento. Las competencias asumidas y base para traspasos posteriores El inicio del Procedimiento Autonómico La elaboración de Autonomía, según la Constitución, puede tener o seguir dos vías, claramente diferenciadas, siendo estas: Según art. 143.2: La iniciativa corresponderá a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente, y a las 2/3 partes de los municipios cuya población represente, al menos la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla, en el plazo de 6 meses desde el primer acuerdo adoptado. Según art.151.1 Además de lo dispuesto en el art.143.2, sea acordado por las ¾ partes de los municipios de cada una de las provincias afectadas que representen al menos, la mayoría del censo electoral de cada una de ellas, y dicha iniciativa sea ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia. Siendo asi no será necesario dejar transcurrir el plazo de 5 años, a que se refiere el art.148.2. El procedimiento de Reforma El procedimiento de Reforma del Estatuto de Autonomía se ajustará al procedimiento establecido en el art.61: La iniciativa corresponderá al Consell, a la quinta parte de los miembros de las Cortes Valencianas, o las Cortes Generales.

La aprobación de la reforma corresponderá a las Cortes Generales, mediante acuerdo adoptado por 3/5 partes de sus miembros, salvo que solo tuviera por objeto la ampliación del ámbito competencial, en cuyo caso bastará con la mayoría simple de las Cortes Valencianas. Si la reforma no obtuviera las mayorías necesarias o los requisitos pertinentes, no se podrá iniciar nuevo procedimiento de reforma sobre el mismo punto durante el mismo mandato de las Cortes Valencianas.

I. EL MUNICIPIO • Concepto. La Constitución Española no lo define expresamente, en cambio la Ley 7/1985 (Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, LRBRL), de 2 de Abril, los define como: “Aquellas Entidades básicas de la organización territorial del Estado que gestionan con autonomía los intereses propios con personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines”. • Elementos. Para ello, el artículo 11.2 de la LRBRL, considera que cualquier municipio debe poseer los siguientes elementos esenciales o fundamentales: - Elemento material: Territorio - Elemento personal: Población - Elemento formal: Organización

II. EL TÉRMINO MUNICIPAL

• Concepto. Es el elemento material (Territorio), donde el Ayuntamiento ejerce sus funciones y competencias; estando entre las competencias del Ayuntamiento, la división territorial en distritos y en barrios, y las variaciones que pueda producir en los mismos. • Caracteres. Se trata del conjunto de características que debe reunir cualquier territorio, de forma que la jurisdicción sobre él no supone una propiedad de las tierras, sino un elemento esencial de la constitución del municipio, lo cual permite permanecer a sus habitantes y proporcionarles riquezas. Por tanto, sus rasgos principales serán: - Debe de tener existencia real, perteneciendo a una sola provincia. - Ha de ser fijo y permanente, salvo alteraciones previstas por Ley. - Determinado por sus límites y que, generalmente, es un contorno cerrado y continuo. - Es el ámbito de vigencia de la potestad municipal. • Creación, supresión y alteración de términos municipales. 1 Creación: Para crear nuevos municipios la LRBRL en su Art. 13.2 exige los siguientes requisitos: - Núcleos de población territorialmente diferenciados. - Contar con recursos suficientes para el cumplimiento de las competencias municipales. - Que la calidad de los servicios que se venían prestando no sufra disminución. Se puede crear un nuevo municipio bien por segregación de parte de uno o más municipios para constituir otro, bien por fusión de dos o más para constituir uno nuevo. 2 Supresión: Un municipio puede suprimirse por las siguientes causas: - Fusión de dos o más municipios. En este caso se extinguen todos ellos, creándose uno nuevo. - Incorporación de un municipio a otro u otros limítrofes. Se extinguen todos ellos creándose uno nuevo. 3 Alteración La alteración de términos municipales podrá producirse: a) Por incorporación de uno o más municipios a otro u otros limítrofes. - La incorporación podrá acordarse cuando se den notorios motivos de necesidad o conveniencia económica o administrativa, o lo imponga la mejora de la capacidad de gestión de los asuntos públicos locales. b) Por fusión de dos o más municipios limítrofes, podrá realizarse: - Cuando separadamente carezcan de recursos suficientes para atender los servicios mínimos exigidos por la ley. - Cuando por consecuencia del desarrollo urbanístico se confundan sus núcleos urbanos.

- Cuando existan notorios motivos de necesidad o conveniencia económica o administrativa. c) Por segregación de parte del territorio de uno o varios municipios para constituir otro independiente, podrá realizarse: - Cuando existan motivos permanentes de interés público relacionados con la creación de nuevas industrias, regadíos, etc. d) Por segregación de parte del territorio de un municipio para agregarlo a otro, podrá realizarse: - Cuando como consecuencia del desarrollo urbanístico se confundan sus núcleos urbanos. - Cuando existan notorios motivos de necesidad o conveniencia económica o administrativa. Este tipo de segregación llevará consigo la división del territorio, los bienes, derechos y acciones, deudas y cargas, en función del número de habitantes y de la riqueza imponible correspondiente al núcleo que se trate de segregar. En ningún caso la alteración de términos municipales podrá suponer, la modificación de los límites provinciales.

III. LA POBLACION • Concepto. La materia de la población y el empadronamiento, ha sido modificada por la ley 4/96 de 10 de enero y por el RD 2612/96 de 20 de diciembre. La población es una agrupación de personas unidas por vínculos de vecindad. La población municipal está constituida por todos los vecinos del municipio. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habitualmente. El conjunto de personas inscritas en el padrón municipal son los vecinos del municipio, esta condición se obtiene al inscribirse en el padrón. • Derechos y deberes de los vecinos: a) Ser elector y elegible de acuerdo con lo dispuesto en la legislación electoral. b) Participar en la gestión municipal. c) Utilizar los servicios públicos municipales conforme a las normas aplicables. d) Contribuir mediante prestaciones económicas y personales, a la realización de las competencias municipales. e) Ser informados y dirigir solicitudes a la administración municipal en relación a todos los expedientes y documentación municipal, previa petición razonada. f) Pedir la consulta popular de acuerdo a la ley. g) Exigir la prestación y el establecimiento del correspondiente servicio público en el supuesto de constituir una competencia municipal obligatoria. h) Demás derechos y deberes establecidos en la ley.

IV. EL EMPADRONAMIENTO • Concepto: Empadronamiento es el acto de anotar o inscribir a una persona en el padrón. Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. • Contenido: Contendrá como obligatorios solo los siguientes datos. a) Nombre y apellidos. b) Sexo. c) Domicilio habitual. d) Nacionalidad. e) Lugar y fecha de nacimiento. f) Nª de DNI. g) Certificado o título escolar o académico que posea. h) Cuantos otros datos puedan ser necesarios para la elaboración del censo electoral. Los datos del padrón son confidenciales, solamente se cederán a otras administraciones públicas cuando sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias. La gestión del padrón se llevará por los ayuntamientos con medios informáticos, estos realizarán las actuaciones necesarias para mantener actualizados los padrones. Los ayuntamientos remitirán al Instituto Nacional de Estadística (INE) los datos de sus respectivos padrones, a fin de realizar la debida coordinación con los del resto de los municipios. Corresponde al presidente del INE la resolución de las discrepancias que en materia de empadronamiento surjan entre los ayuntamientos, diputaciones cabildos y consejos, o entre estos y el INE. Se crea el consejo de empadronamiento como órgano colegiado de colaboración entre la administración del Estado y los entes locales en materia padronal, adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda. La formación del padrón de españoles residentes en el extranjero, se realizará en colaboración con los ayuntamientos y CCAA.

V. ORGANIZACION MUNICIPAL El Ayuntamiento es el órgano que ejerce el gobierno y la administración

municipal, como queda expresado en el art. 140 de la Constitución Española. Existirá en todos los Municipios, salvo en los que funcionen en régimen de Concejo Abierto. El art. 20 LRBRL establece que la organización municipal responde a las siguientes reglas: a) El Alcalde, los Tenientes de Alcalde y el Pleno existen en todos los Ayuntamientos. b) La Comisión de Gobierno existe en los Municipios con población de derecho superior a 5.000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su Reglamento orgánico o así lo acuerde el Pleno de su Ayuntamiento. c) El resto de los órganos, son complementarios de los anteriores, de forma que se establecen y regulan por los propios Municipios en sus Reglamentos orgánicos. Por tanto, los órganos complementarios, según el ROF (Reglamento de Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales), son los siguientes: -

Los Concejales delegados. Las Comisiones Informativas. La Comisión Especial de Cuentas. Los Consejos Sectoriales. Los órganos desconcentrados y descentralizados para la gestión de servicios. Los representantes personales del Alcalde en poblados y barriadas. Las Juntas Municipales de Distrito.

Cada Comunidad Autónoma, mediante Ley, también podrá establecer una organización municipal complementaria a la anterior, siempre que el Reglamento Orgánico Municipal no disponga lo contrario. 1 Concejales Delegados: Son aquellos que ostentan por delegación algunas de las atribuciones del Alcalde, y las ejercen de acuerdo con lo que en el Decreto de Delegación se prevea Art. 120 y 121 del ROF. 2 Comisiones informativas: Las Comisiones informativas son órganos integrados solo por miembros de la corporación, sin atribuciones resolutorias y cuya función es: a) El estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno o de la Comisión de Gobierno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes. b) Informarán aquellos asuntos de la competencia propia de la Comisión de -Gobierno y del Alcalde, que les sean sometidos a su conocimiento por expresa decisión de aquella. Pueden ser comisiones permanentes y especiales. 3 La Comisión especial de cuentas: Su existencia es preceptiva y su constitución, composición, integración y funcionamiento se ajustan a lo establecido para las demás comisiones informativas; correspondiéndole el examen, estudio, e informe de todas las cuentas presupuestarias que deba aprobar el Pleno de la Corporación. 4 Los Consejos Sectoriales tienen como finalidad canalizar la participación ciudadana, y de las asociaciones en los asuntos municipales. Su composición, funcionamiento y desarrollo serán establecidos por acuerdo plenario.

5 Los Representantes Del Alcalde: es un representante del Alcalde elegido por este, de entre los vecinos de cada uno de los poblados, o barriada separados del casco urbano que no constituyan entidad local. 6 Las Juntas Municipales: su creación puede ser acordada por el Pleno, su finalidad es la mejor gestión de los asuntos de competencia municipal, y la de facilitar la participación ciudadana en el respectivo ámbito territorial. 7 Los Órganos Desconcentrados y Descentralizados para la gestión de los servicios, poseen personalidad propia, cuando así lo aconseje la necesidad de una mejor gestión y eficacia, la complejidad de la misma, la agilización de los procedimientos, etc. A) ORGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO. Son aquellos que están formados por un conjunto de personas físicas que toman sus acuerdos por la suma de sus voluntades, expresadas por medio del voto. En los Ayuntamientos son los siguientes: • EL AYUNTAMIENTO PLENO. El Pleno es el órgano supremo del gobierno y la administración del Municipio. La LRBRL expone: "El Pleno, integrado por todos los Concejales, es presidido por el Alcalde". Luego, el Alcalde es un miembro más del Pleno; por tanto, decir Pleno es lo mismo que decir ayuntamiento. Los Concejales serán elegidos por los vecinos del Municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto. El Alcalde será elegido por los Concejales o por los vecinos, en el régimen del Concejo Abierto; además el Pleno está formado por el Secretario General de la corporación (funcionario municipal), pero tiene voz y sin voto. • LA COMISION DE GOBIERNO. Es, principalmente, un órgano colegiado de carácter deliberante. Este órgano fue creado por la LRBRL, con establecimiento obligatorio en todos los Municipios con población de derecho superior a 5.000 habitantes y en los de menos deja al Ayuntamiento la libertad de crearla, bien a través de su Reglamento orgánico o por acuerdo del Pleno. La LRBRL en el art. 23.1 dice que se integra por el Alcalde, que la preside y un número de concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, que son nombrados y separados libremente por aquél, dando cuenta al Pleno. • ORGANOS CONSULTIVOS Y PARTICIPATIVOS. - CONSULTIVOS. ∗ Las Comisiones Informativas. El ROF manifiesta: "Integradas exclusivamente por miembros de la Corporación, son órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno y de la Comisión de Gobierno, cuando ésta actúe con competencias delegadas por el Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes. También informarán de aquellos asuntos que expresamente le sometan el Alcalde, el Pleno o la Comisión de Gobierno". Los dictámenes de las Comisiones Informativas tienen carácter preceptivo y no vinculante. Estas Comisiones pueden ser:

> Permanentes. Constituidas con carácter general, distribuyendo entre ellas las materias que han de someterse al Pleno. Su número y denominación, se decide por acuerdo Plenario, procurando en lo posible su correspondencia con el número y denominación de las grandes áreas en que se estructuren los servicios municipales. > Especiales. Son creadas por el Pleno para un asunto concreto, en consideración a sus características especiales de cualquier tipo. Se extinguen automáticamente una vez hayan informado o dictaminado sobre el asunto objeto de su creación. Están formadas por el Alcalde (Presidente nato, aunque normalmente lo delega), y un número de Concejales proporcional a los Grupos Políticos que formen la Corporación. ∗ La Comisión Especial de Cuentas. Es de existencia obligada en todo Ayuntamiento. Tanto en su constitución, composición y funcionamiento, rigen las mismas normas que para las Comisiones Informativas. Su Objeto es el examen, estudio e informe de todas las cuentas presupuestarias y extra presupuestarias que deba aprobar el Pleno del Ayuntamiento. - PARTICIPATIVOS. Se denominan así, porque participan los ciudadanos, entre ellos podemos tenemos: ∗ Las Juntas de Distrito. El Pleno del Ayuntamiento puede acordar la creación de las Juntas Municipales de Distrito, que son en sí órganos territoriales de gestión desconcentrada y cuya finalidad será la mejor gestión de los asuntos de la competencia municipal y facilitar la participación de los ciudadanos en el respectivo ámbito territorial. La composición, organización, ámbito territorial y competencias a gestionar por la Junta, deben ser establecidos en el Reglamento de la Junta que aprobara el Pleno Municipal. Por ejemplo, en el Ayuntamiento de Valencia están compuestos por una serie de Concejales y vocales (vecinos del distrito), en número proporcional a los resultados de las elecciones municipales en el Distrito. También la Compone un Secretario, con voz pero sin voto (En el Ayuntamiento de Valencia es un funcionario municipal). Los Consejos Sectoriales. Son creados por el Pleno de la Corporación y tienen como finalidad la de canalizar la participación de los ciudadanos y de sus asociaciones en los asuntos municipales. Realizan exclusivamente funciones de informe. Cada consejo estará presidido por un miembro de la Corporación nombrado y separado por el Alcalde, y la organización, composición y ámbito de actuación, se debe acordar por el Pleno de la Corporación. B) ORGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO. Son aquellos órganos cuya responsabilidad recae en una sola persona física, siendo elegidos por alguna forma de votación. Los existentes en los Ayuntamientos son: • LOS CONCEJALES. La Ley Orgánica 5/1.985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), regula en su Titulo III las peculiaridades de las elecciones municipales. En sus Art. 194 y 195 se señala que el mandato de los miembros de los Ayuntamientos es de cuatro años contados a partir de la fecha

de su elección, continuando en sus funciones una vez finalizado su mandato únicamente para la Administración ordinaria hasta lo toma de posesión de sus sucesores. La Constitución de las Corporaciones: Corporaciones municipales se constituyen en sesión pública el vigésimo día posterior a la celebración de las elecciones, salvo que se hubiese presentado recurso contencioso-electoral contra la proclamación de los Concejales electos, en cuyo supuesto se constituyen el cuadragésimo día posterior a las elecciones. La Mesa de Edad: A fin se constituye una Mesa de Edad integrada por los elegidos de mayor y menor edad, presentes en el acto, actuando como Secretario el que lo sea de la Corporación. Dicha Mesa comprueba las credenciales o acreditaciones de la personalidad de los electos con base a las certificaciones que el Ayuntamiento hubiera remitido la Junta Electoral. Una vez realizada esta operación la Mesa declarará constituida la Corporación si concurren la mayoría absoluta de los Concejales electos. En caso contrario se celebrará sesión dos días después, quedando constituida la Corporación cualquiera que fuese el número de Concejales presentes. Competencia para poder votar: Tendrán derecho de sufragio activo, es decir, podrán votar en las elecciones municipales, los vecinos (españoles mayores de 18 años, residentes e inscritos en el Padrón municipal) y los residentes extranjeros en España cuyos respectivos países permitan el voto de los españoles en los términos de un Tratado. Tendrán derecho de sufragio pasivo, es decir, podrán representar sus candidaturas en las elecciones municipales, igualmente los vecinos y los extranjeros residentes en España en las mismas condiciones citadas para el sufragio activo, éstos últimos desde la modificación de la Constitución Española, de 27 de agosto de 1992. Sistema de elección: Los Concejales son elegidos por los ciudadanos con derecho a voto, siendo este directo, secreto, libre e igual, en la forma establecida por la Ley electoral: agrupación de listas abiertas, 5% de los votos para computar, reparto proporcional corregido por la Ley D´hont. Cada término municipal constituye una circunscripción en la que se elige el número de Concejales que resulta de la aplicación de la siguiente escala, recogida en el artículo 179.1 de la LOREG: Hasta 250 residentes......................................... 5 Concejales. De 251 a 1.000............................................... 7 Concejales De 1.001 a 2.000............................................ 9 Concejales De 2.001 a 5.000............................................ 11 Concejales De 5.001 a 10.000.......................................... 13 Concejales De 10.001 a 20.000........................................ 17 Concejales De 20.001 a 50.000........................................ 21 Concejales De 50.001 a 100.000...................................... 25 Concejales En los municipios con población mayor se añade un concejal por cada 100.000 habitantes, y si el resultado de concejales es un número par se añade uno más (siendo siempre número impar). Por ejemplo, en la ciudad de Valencia son 33.

Esta escala no se aplica a los municipios que de acuerdo con la legislación sobre Régimen local, funcionan en Régimen de Concejo Abierto. La condición de Concejal se pierde (Art. 9 del ROF) por: Decisión judicial firme. Fallecimiento o incapacidad legal. Extinción del mandato. Renuncia. Incompatibilidad legal. Pérdida de la nacionalidad española. Todos los miembros electos de las Corporaciones locales están obligados a formular, antes de la toma de posesión y cuando se produzcan variaciones, declaración de sus bienes y de las actividades privadas que les proporcionen ingresos. Tales declaraciones se inscribirán en un Registro de Intereses constituido en cada Corporación. Características de los cargos como miembros de la Corporación: Una vez tomen posesión de su cargo, gozarán de los honores, prerrogativas y distinciones propios del mismo que se establezcan por Ley del Estado o de las CCAA y están obligados al cumplimiento de los deberes y obligaciones inherentes a aquél. Según la LRBRL: - Percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos, cuando lo desempeñen con dedicación exclusiva, y serán dados de alta en el Régimen de la Seguridad Social. - Su percepción será incompatible con la de cualquier otra retribución con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los Entes, Organismos y Empresas de ellas independientes. - Los miembros de las Corporaciones locales están sujetos a responsabilidad civil y penal por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de su cargo. - Los Presidentes de las Corporaciones locales podrán sancionar con multa a los miembros de las mismas, por falta no justificada de asistencia a las sesiones o incumplimiento reiterado de sus obligaciones. - Todos los miembros de las Corporaciones locales tienen derecho a obtener del Alcalde o Presidente o de la Comisión de Gobierno cuanto antecedente, datos o informaciones obren en poder de los servicios de las Corporaciones y resulten precisos para el desarrollo de su función. • EL ALCALDE. La palabra "alcalde" procede del árabe y significa "juez", siendo ésta su primordial función (concepto Histórico). El Alcalde es el órgano unipersonal que asume el poder ejecutivo en el Municipio. La elección del se basa en lo establecido en el artículo 196 de la LOREG. En la misma sesión de constitución de la Corporación se procede a la elección de Alcalde, de acuerdo con el siguiente procedimiento: - Pueden ser candidatos todos los Concejales que encabecen sus respectivas listas. - Si alguno de ellos obtiene la mayoría absoluta de los votos de los Concejales es proclamado electo. - Si ninguno de ellos obtiene dicha mayoría es proclamado Alcalde el Concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos populares en el correspondiente municipio. - En caso de empate se resolverá por sorteo. El puesto de Alcalde puede quedar vacante por: renuncia del titular, aunque sigue siendo Concejal; fallecimiento; o por sentencia firme. En estos casos, para cubrir la vacante: Se celebrará sesión extraordinaria, dentro de los 10 días

siguientes a la aceptación de la renuncia por el Pleno, al momento del fallecimiento o a la notificación de la sentencia; se procederá según lo expuesto para la elección. La moción de censura: La moción de censura al Alcalde o presidente es una figura introducida por la LRBRL de la mayor trascendencia política y humana, dada la importancia de este órgano local. Es una de las formas de control y fiscalización en poder del pleno sobre la actuación del Alcalde y de los demás órganos de gobierno. La LOREG (art. 197), dispone que el Alcalde pueda ser destituido de su cargo mediante moción de censura adoptada por la mayoría absoluta del número legal de Concejales. La moción debe: ser suscrita al menos por la tercera parte de los Concejales e incluir el nombre del candidato propuesto a Alcalde. Ningún Concejal puede suscribir durante su mandato más de una moción de censura. A estos efectos, todos los Concejales pueden ser candidatos. Para deliberar y votar la moción de censura al Alcalde o presidente se seguirá lo siguiente: - La moción se formalizará por escrito presentado en el Registro General de la Entidad. - El Alcalde viene obligado a convocar al Pleno para deliberar sobre la moción de censura en el plazo señalado. - La sesión tendrá carácter extraordinario, pero no el de urgencia. - La moción de censura será el único asunto que figure en el orden del día. - El plazo para convocar la sesión extraordinaria es de cuatro días (Sentencia del TS del de julio de 1.986, basándose en el artículo 48.1 del TRRL). En el supuesto de que prospere una moción de censura contra el Alcalde, éste cesará en su cargo en el momento de la adopción del acuerdo. Quien resulte proclamado como Alcalde deberá tomar posesión del cargo en la forma establecida. El Alcalde contra el que dirige la moción puede negarse a convocar la sesión oportuna solamente si la moción presentada no reúne todos los requisitos citados por la LOREG, es decir que: - La moción esté suscrita al menos por la tercera parte de los Concejales. - Incluya el nombre del candidato propuesto. - Todos y cada uno de los Concejales firmantes no hayan suscrito anteriormente, durante su mandato, otra moción de censura. • LOS TENIENTES ALCALDE. Son libremente nombrados y cesados por el alcalde de entre los concejales que forman parte de la Comisión de Gobierno y donde esta no exista, de entre los concejales. Son nombrados por Resolución de Alcaldía, de la que se dará cuenta al pleno, y se publicarán los nombramientos en el BOP. En los municipios con Comisión de Gobierno el número de Tenientes de Alcalde no podrá exceder del número de miembros de ésta, y los que no la tengan no podrán exceder de 1/3 del número legal de Concejales.

VI. COMPETENCIAS La “Competencia Municipal” es el ámbito sectorial en que el municipio puede actuar con arreglo a derecho. Hay que distinguir las siguientes clases de competencia:

- EXCLUSIVA: Cuando solo esta facultado para actuar el municipio sin que puedan hacerlo los particulares ni otras Administraciones Públicas. - COMPARTIDA: Cuando dentro del mismo sector pueden actuar válidamente diversas Administraciones. - OBLIGATORIA: Cuando necesariamente el municipio ha de prestar unos determinados servicios. - VOLUNTARIA: Cuando el municipio tiene libertad para prestar un servicio o no. - PROPIA: Es aquella que se tiene sin delegación. Los Municipios son competentes para el cumplimiento de sus fines, pero ante la imprecisión de los mismos, la Ley 7/85 dice que las Leyes son las que establecen los fines. En consecuencia, las competencias o funciones de los diversos órganos municipales son: • PLENO. Sus atribuciones están enumeradas, con carácter general, en el artículo 22 de la LRBRL. (Ley Reguladora de Bases del Régimen Local), en el artículo 23 del TRRL. (Texto refundido régimen local), y en el artículo 50 del ROF (Reglamento Orgánico Funcional). No obstante, existen otras atribuciones conferidas al Pleno por otros artículos de dichas Leyes y por otros textos legales que precisan el voto favorable de una mayoría especial para su aprobación, "quórum", establecido en el artículo 47 de la LRBRL y que se cita (a titulo informativo) a continuación de cada atribución. - El artículo 22.2 de la LBRL otorga al Pleno las siguientes atribuciones: a) El control y la fiscalización de los órganos de gobierno. (Se requiere mayoría absoluta). b) Los acuerdos relativos a la : - participación en organizaciones supramunicipales (mayoría absoluta); - alteración del término municipal (por mayoría de 2/3 del número legal de hecho); - creación o supresión de Municipios y de las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal (por 2/3); - creación de órganos desconcentrados (mayoría absoluta); - alteración de la capitalidad del Municipio (por 2/3); - el cambio de nombre de éste o de aquéllas Entidades (por 2/3); - la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo. c) La aprobación de los planes y demás instrumentos de ordenación y gestión en la legislación urbanística (mayoría absoluta). d) La aprobación del Reglamento orgánico y de las Ordenanzas (mayoría absoluta). e) La determinación de los recursos propios de carácter tributario (mayoría absoluta): la aprobación y modificación de los Presupuestos;

la disposición de gastos en los asuntos de su competencia y; la aprobación de las cuentas. f) La aprobación de las formas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización (mayoría absoluta). g) La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas. h) Planteamiento de competencias a otras Entidades locales y demás Administraciones públicas (mayoría absoluta). i) La aprobación de la plantilla de personal, la relación de puestos de trabajo, las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo, la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias de los funcionarios y el número y régimen del personal eventual, todo ello en los términos del Título VII de esta Ley, así como "la separación del servicio" de los funcionarios de la Corporación, salvo lo dispuesto en el artículo 99, número 4, de esta Ley (se refiere a los funcionarios con habilitación de carácter nacional), y "la ratificación del despido" del personal laboral (las dos últimas por mayoría absoluta). j) El ejercicio de las acciones administrativas y judiciales. k) Alteración de calificación jurídica de bienes de dominio público (mayoría absoluta). l) La enajenación del patrimonio (por mayoría absoluta cuando exceda del 10 % de los recursos ordinarios). m) Aquellas otras que correspondan al Pleno por exigir su aprobación mayoría especial. n) Las demás que expresamente le confieran las leyes. o) Las agrupadas en el apartado "b)" se refieren únicamente al acuerdo inicial, toda vez que el acuerdo de aprobación definitiva ha de ser adoptado por el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma. p) Lo mismo ocurre con el apartado "f)", si el servicio va a ejercerse en régimen de monopolio la aprobación definitiva la adoptará el órgano de gobierno de la Comunidad Autónoma. q) El apartado "i.e.)" recoge las detalladas en el artículo 47 de esta Ley, en el que figuran las atribuciones o competencias referidas más arriba. r) Las enumeradas en el apartado "e)" se encuentran desglosadas en los distintos artículos de la LRHL (Ley Reguladora de Haciendas Locales). s) El punto 3 del artículo que se comenta (Art. 22) determina: "Pertenece igualmente al Pleno la votación sobre la moción de censura al Alcalde, que se rige por lo dispuesto en la legislación electoral general". - El artículo 23 del TRRL, dice así: 1.-Además de las señaladas en el artículo 22 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril,

corresponden al Pleno, una vez constituido conforme a lo dispuesto en la legislación electoral las siguientes atribuciones: a) La adquisición de bienes y derechos del Municipio y la transacción sobre los mismos, salvo que las competencias estén atribuidas por la Ley a otros órganos. b) La regulación del aprovechamiento de los bienes comunales en los términos previstos en la legislación aplicable (mayoría absoluta). c) La contratación de obras, servicios y suministros cuya duración exceda de un año o exija créditos superiores a los consignados en el presupuesto anual. d) La aprobación de los proyectos de obras cuando la contratación de su ejecución sea de su competencia, conforme al apartado anterior. e) Reconocimiento extrajudicial de créditos, cuando no hay dotación presupuestaria, operaciones de crédito o concesión de quita y espera (mayoría absoluta). f) La defensa en los procedimientos incoados contra el Ayuntamiento. 2.-El ejercicio de las atribuciones en el número anterior será delegable, salvo en los supuestos previstos en el artículo 47 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril. - El artículo 50 del ROF recoge las competencias expuestas en los artículos y Leyes citadas, pero con más detalle, y las que al Pleno le asignan otras leyes. El Pleno municipal puede delegar, en todo o en parte, las atribuciones conferidas por la LRBRL, el TRRL, el ROF y restantes leyes, salvo: ∗ Las reflejadas en los apartados a, b, c, d, e, f, g, h, i, k y ll del art. 22.2 LRBRL, ∗ La votación sobre la moción de censura al Alcalde, ∗ El acuerdo de someter a consulta popular, según dispone el art. 71 LRBRL, y las que precisen "quórum" especial para su aprobación. La delegación se hará en el Alcalde y en la Comisión de Gobierno, mediante acuerdo del Pleno por mayoría simple. ALCALDE. Sus atribuciones le vienen conferidas por el artículo 21 de la LRBRL; el artículo 24 del TRRL; y el artículo 41 del ROF. Dichas atribuciones configuran un Alcalde fuerte, protagonista de un acusado presidencialismo, tradicional en España. - El artículo 21 de la LRBRL dispone: El Alcalde es el Presidente de la Corporación y osténtalas siguientes atribuciones: a) Dirigir el gobierno y la administración municipales. b) Representar al Ayuntamiento. c) Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Comisión de Gobierno y de cualquier otro órgano municipal. d) Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales. e) Dictar bandos. f) Disponer gastos, en límites de su competencia; ordenar pagos y rendir cuentas. g) Desempeñar la Jefatura superior de todo el personal de la Corporación. h) Ejercer la Jefatura de la Policía Municipal, así como el nombramiento y sanción de los funcionarios que usen armas.

i) Ejercitar acciones judiciales y administrativas en caso de urgencia. j) Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o infortunios públicos o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas, dando cuenta inmediata al Pleno. k) Sancionar faltas de desobediencia a su autoridad o infracción de las Ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos. i) Contratar obras y servicios siempre que su cuantía no exceda del 5% de los recursos ordinarios de su Presupuesto ni del 50% del límite general aplicable a la contratación directa, con arreglo al reglamento legalmente establecido. j) Otorgar las licencias cuando así lo dispongan las Ordenanzas. k) Las demás que expresamente le atribuyan las Leyes y las que la legislación del Estado o las CCAA asignen al Municipio y no asignen a otro órgano municipal. Dicha Ley (art. 71) también atribuye al Alcalde, previo acuerdo por mayoría absoluta del Pleno y autorización del Gobierno de la Nación, la potestad de someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos, excepto los relativos a la Hacienda local. Es decir, puede convocar referéndum municipal. - El artículo 24 del TRRL, se pronuncia así: Además de las previstas en el artículo 21.1 de laLBRL, el Alcalde ejercerá las siguientes atribuciones: a) Deducir los empates con voto de calidad. b) La organización de los servicios administrativos de la Corporación, en el marco del Reglamento orgánico. c) La contratación y concesión de obras, servicios y suministros, que excediendo de la cuantía señalada (artículo 21.1, Ley 7/1.985, LRBRL), tengan duración no superior a un año y no exijan créditos superiores al consignado en el presupuesto anual. d) Todas las atribuciones en materia de personal que no competan al Pleno. e) La concesión de licencias, salvo que las Ordenanzas o las Leyes sectoriales las atribuyan expresamente al Pleno o a la Comisión de Gobierno. f) El desarrollo de la gestión económica conforme al presupuesto aprobado. g) Publicar, ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento. h) Presidir las subastas y concursos para ventas, arrendamientos, suministros y toda clase de adjudicaciones de servicios y obras municipales. Existen disposiciones de toda índole que atribuyen competencias al Alcalde no expuestas en los textos anteriores, que encajan en el apartado "m)" del artículo 21.1 de la LRBRL citado. La Ley 39/1988, Reguladora de Haciendas Locales (LRHL), otorga al Alcalde competencias más amplias en materia económica y presupuestaria que las señaladas en el apartado "f)" del artículo 24 del TRRL "el desarrollo de la gestión económica conforme al presupuesto aprobado". Aunque no se enumeran en la LRBRL ni en el TRRL, corresponde al Alcalde: - Colaborar a que se cumplan las leyes y disposiciones gubernativas. - Cuidar la prestación de servicios y que se satisfagan cargas impuestas por el Estado. - Control de pesos y medidas. - Autorizar matrimonios. - Conservación de las señales geodésicas y geofísicas de su término municipal.

El Alcalde puede delegar el ejercicio de sus atribuciones, salvo: - Convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Comisión de Gobierno. - Las enumeradas en los apartados a), e), g), i) y j) del artículo 21.1 de la LBRL. - La convocatoria de las consultas populares municipales. - Estas delegaciones pueden ser a favor de: -

La Comisión de Gobierno, como órgano colegiado. Los miembros de la misma, determinadas atribuciones. Los Tenientes de Alcalde, cuando no exista aquella. Cualquier Concejal, delegaciones especiales.

Las delegaciones se harán por Decreto de Alcaldía, especificando las mismas; dará cuenta al Pleno y se publicarán en BOP, o en el de la Comunidad Autonómica si ésta es uniprovincial. • COMISION DE GOBIERNO. De acuerdo a lo que se dispone el ROF establece que: - Es atribución propia e indelegable de la Comisión de Gobierno la asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones. - Asimismo ejercerá las atribuciones que le deleguen el Alcalde o el Pleno, así como aquellas atribuciones que expresamente le asignen las leyes. Hay que señalar que, aún después de renovada una Corporación tras nuevas elecciones, las delegaciones hechas por la anterior siguen vigentes. Pues quien otorga la delegación es el órgano, no las personas. Para modificarlas o anularlas, hay que seguir los mismos trámites que para su otorgamiento, salvo lo que se disponga en el Reglamento Orgánico de la Corporación, si existe. No son públicas las sesiones de la Comisión de Gobierno. Los acuerdos que se adopten en sus sesiones se transcribirán en un libro de Actas de la Comisión de Gobierno, independiente de la del Pleno. • TENIENTES ALCALDE. Sustituir al Alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite al Alcalde ejercer sus funciones en caso de vacante. ADVERTENCIA. Todos los materiales, temarios, test… expuestos en esta página han sido enviados por usuarios de la Web o de libre acceso. En ningún caso consta que estén protegidos por derechos de propiedad intelectual, puesto que provienen de materiales personales o de páginas gratuitas, en las que no se informaba de tal hecho, y se ofrecían de forma pública. En todo caso, si existe un titular de los derechos intelectuales sobre estos materiales, sobre cuya existencia no hemos sido informados, y desea que sean retirados, basta con que nos informe por medio del correo electrónico.

I. FUENTES DEL DERECHO PÚBLICO • CONCEPTOS Ninguna disposición determina cuales son las fuentes del derecho público dentro del ordenamiento jurídico español, aunque se pueden considerar a los orígenes y la forma de manifestarse de las normas jurídicas que integran el derecho. Garrido Falla define las fuentes del Derecho Administrativo como “aquellas formas o actos a través de los cuales el Derecho Administrativo se manifiesta en su vigencia”. Para poder definir el Derecho Administrativo se han adoptado múltiples perspectivas, aunque podemos enumerar dos grandes opciones: las que giran entre un criterio sustancial, es decir, el Derecho Administrativo "per se", con contenido y caracteres propios, o las que descansan en un criterio personal, es decir el Derecho Administrativo simplemente es el Derecho de la Administración. Parece esta última aproximación personalista ser, de forma aparente, la más convincente. Pues, la misma palabra lo dice: el Derecho de la Administración es aquel que sea de aplicación a ésta. Se puede entender que la Administración es un complejo orgánico incorporado al Poder Ejecutivo; sin embargo, la Administración no maneja solamente el Derecho Administrativo. Es decir, aunque la Administración debe sujetarse a los dictados del Derecho Administrativo, no aparece siempre en condición de persona de Derecho Público; a veces también actúa en condición de persona de Derecho Privado. • PRINCIPIOS

Hay que decir que el Código Civil establece los siguientes principios: - Según su Art. 1, las Fuentes del ordenamiento jurídico español son: la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho. - Carecen de validez las disposiciones que contraigan otra de rango superior (principio de jerarquía de las fuentes del derecho). - La costumbre solo rige en defecto de Ley aplicable, si no es contraria a la moral o al orden público y resulte probada. Los usos jurídicos, que no sean meramente interpretativos de una declaración de voluntad, tendrán la consideración de costumbre. - Los principios generales del derecho se aplicarán en defecto de Ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico. - Las normas jurídicas contenidas en los Tratados Internacionales no serán aplicables directamente en España, en tanto no se hayan promulgado y publicado. - La jurisprudencia, integrada por la doctrina reiterada establecida por el Tribunal Supremo al interpretar la Ley, la costumbre o los principios generales, constituyen fuente indirecta del derecho. • CLASES Según diversos autores existen dos modalidades o criterios de clasificación de las fuentes del Derecho Administrativo, siendo estas según: - Procedencia.- fuentes para la administración y fuentes de la administración. - Materia regulada.- fuentes exclusivas del derecho administrativo (reglamentos) y fuentes eventuales de derecho administrativo (leyes). • ENUMERACION - El derecho administrativo español está claramente dominado por el principio de la Ley escrita, aunque no son las únicas. Por ello, vamos a enumerar las distintas fuentes que hay, ya sean directas (escritas y no escritas) e indirectas que tener en cuenta: - Escritas.- Como las Leyes (constitucional y ordinaria), y los distintos Reglamentos. - No escritas.- Como la costumbre y los principios generales del derecho. - Indirectas.- Como los tratados internacionales y la jurisprudencia. • JERARQUIA Además del principio de “Legalidad” de la actividad administrativa, (el cual dice que la Administración no puede dictar disposiciones de carácter general que vayan en contra de las leyes emanadas del Poder Legislativo) la Constitución Española reconoce el principio de jerarquización de las normas escritas. Esto se manifiesta en el Art. 1 del Código Civil, cuando dice que “Carecen de validez las disposiciones que contraigan otra de rango superior”. En consecuencia las distintas fuentes que hemos enumerado se colocan en un orden jerárquico y

escalonado; lo cual significa como establecer el orden de aplicabilidad de las normas jurídicas al caso concreto. En consecuencia, podemos decir que este principio fundamental se materializa en otros dos: - El derecho escrito prevalece sobre las fuentes no escritas. - Norma emanada de órgano superior prevalece frente a la que procede de órgano inferior. El ordenamiento jurídico se compone de un conjunto de normas jurídicas, de forma que los criterios de división de las normas jurídicas en general, son aplicables al Derecho Administrativo en particular. De forma que según el origen de las fuentes, las normas jurídicas pueden clasificarse en: - PRIMARIAS - Son las emanadas de aquellos órganos a los que se les reconoce la posibilidad de producir normas jurídicas, con independencia, porque tienen potestad soberana. Es decir, son las que se crean, otorgan o regulan el poder administrativo y constituyen el ordenamiento jurídico administrativo. Pudiendo a su vez, clasificar en: ∗ La Constitución. Es la norma suprema del Estado, nacida directamente del pueblo español, del que según el art. 1.2 de la misma, emanan los poderes del Estado. ∗ Las Fuentes o Actos con fuerza de ley. En general son las Leyes y sus clases, de forma que por el principio de jerarquía normativa, los actos con fuerza de ley, quedan subordinados a la Constitución. Si la vulneran y son impugnados por quienes están legitimados, para ello el Tribunal Constitucional podrá declararlos total o parcialmente inconstitucionales. ∗ La Costumbre. Se define como un uso seguido de manera uniforme, general, duradera y constante como expresión de una convicción jurídica. Por lo tanto, son aquellos usos sociales que son frecuentes de normas jurídicas. ∗ Principios Generales del Derecho. Son los que sirven de fundamento al derecho positivo; de forma que tales principios, se pueden resumir en: El de igualdad que consagra la constitución, el de seguridad jurídica, el de equidad y el de buena fe. - SECUNDARIAS Son las que provienen de órganos a quienes las normas primarias les confieren el poder de imponer una conducta a los ciudadanos. En principio, también podemos clasificarlas a su vez, según: ∗ El Reglamento. Se puede entender como aquella disposición de carácter general, emanada de un órgano de la Administración y subordinada a las Leyes. ∗ La Jurisprudencia. Podemos definirla como el criterio constante y uniforme de aplicar el Derecho, mostrado en las sentencias del Tribunal Supremo (aunque no tiene fuerza o valor vinculante).

II. LA LEY: SUS CLASES. • CONCEPTOS - La LEY está considerada como la primera fuente del Derecho. La Ley es definida como la expresión de la voluntad popular (preámbulo de la Constitución). • LA CONSTITUCIÓN - Definida como la única Ley extraordinaria, fuente suprema del ordenamiento jurídico. + Forma parte del ordenamiento jurídico, por lo que sus normas son invocables ante los Tribunales. + Está por encima de las demás normas que integran el ordenamiento jurídico. Reforma de la Constitución: Las leyes que se dicten en orden a su reforma requerirán: (Art.167 y 168) a) Si se propusiese la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte: al Titulo preliminar, al Capitulo II, Sección primera del Titulo I, o al Titulo II, se requerirá la aprobación por mayoría de 2/3 de cada cámara y la disolución inmediata de las Cortes. b) Si se propusiese la reforma constitucional que no afecte a los conceptos comprendidos en el apartado anterior, la aprobación se hará por una mayoría de 3/5 de las cámaras. Si no hubiera acuerdo se creará una comisión paritaria de Diputados y Senadores que presentarían un texto. De no lograrse la aprobación, y siempre que el texto hubiera obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso por mayoría de 2/3 podría aprobar la reforma. • TRATADOS INTERNACIONALES - Art. 96 Celebrados validamente y publicados oficialmente en España formarán parte del Ordenamiento interno; requiriendo para su aprobación la mayoría de cada una de las 2 cámaras (Art. 74). • LEYES QUE ESTABLEZCAN LOS PRINCIPIOS NECESARIOS PARA ARMONIZAR LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS DE LAS CCAA. - Cuya aprobación requiere la mayoría absoluta de cada cámara Art. 150.3. • LEYES ORGÁNICAS. - Art. 81 Son aquellas que para su aprobación modificación o derogación se exige una mayoría absoluta del Congreso. Tendrá este carácter: -

Las Las Las Las

de desarrollo de los derechos fundamentales y libertades públicas. que aprueben los Estatutos de Autonomía. que aprueben el régimen electoral general. demás previstas en la Constitución.

• LAS LEYES DE BASES - Art. 82 Son las que facultan al Gobierno, mediante delegación legislativa para fijar los criterios generales, las directrices sobre una materia concreta, que

posteriormente son desarrollados por el gobierno aprobando el texto articulado de la Ley. • LA LEY COMO EJERCICIO ORDINARIO DE LA POTESTAD LEGISLATIVA DE LAS CORTES - Lo normal será que las leyes sean aprobadas por el Pleno de las cámaras. Pero estas podrán delegar en las comisiones legislativas permanentes la aprobación de proyectos de Ley, salvo los de Reforma Constitucional, cuestiones internacionales, Leyes Orgánicas y de Bases, y la de los Presupuestos Generales del Estado. • LEYES TRIBUTARIAS - Solamente el Gobierno podrá presentar este tipo de leyes que aumenten gasto público o disminución de ingresos. Solamente este tipo de Ley podrá crear tributos Art. 134.5. • LEY DE PRESUPUESTOS - Su elaboración e iniciativa corresponden exclusivamente al Gobierno, y su vigencia es solo de 1 año, automáticamente prorrogable hasta la aprobación del nuevo presupuesto. • LEYES MARCO - Mediante las cuales se atribuye a las CCAA la facultad de dictar para si mismas, normas legislativas en el marco de los principios, bases y directrices fijados por una Ley estatal. • LEYES POR LAS QUE EL ESTADO TRANSFIERE O DELEGA EN LAS CCAA. - Mediante Ley Orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal, que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. • LEYES QUE AUTORIZAN EMISIÓN DE DEUDA PÚBLICA O CONTRACCIÓN DECREDITOS - Para satisfacer el pago de intereses y el capital de la deuda pública del Estado.

III. ELABORACIÓN DE LAS LEYES • INICIATIVA. - Art. 87 de la Constitución, la iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con lo establecido en la propia norma fundamental y en los reglamentos de Cámaras. • LAS ASMABLEAS DE LAS CCAA - Podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando un máximo de 3 miembros de la Asamblea encargados de su defensa. • INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR - Para la presentación de proposiciones de ley. Se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas, y en todo caso no procederá la misma en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.

IV. NORMAS DEL GOBIERNO CON FUERZA DE LEY En particular, en cuanto a la función legislativa, no solos la ejercita el Poder de este carácter, sino también el poder ejecutivo. Es un fenómeno general esta posibilidad de que el ejecutivo dicte actos con fuerza de Ley, pero tal posibilidad no escapa al control posterior que los Parlamentos efectúan de tales normas, convalidando o derogando, según los casos, la legislación proveniente del ejecutivo. Dentro de las normas del Gobierno con fuerza de ley hemos de ocuparnos de los Decretos-leyes y de la legislación delegada también conocida como Decreto Legislativo. LOS DECRETOS - LEYES -Art. 86 Son disposiciones dictadas por el poder ejecutivo, que tienen fuerza de Ley, y en el ámbito de las materias reservadas a la ley. Se justifica por que en ocasiones, el Estado se encuentra ante situaciones de emergencia que requieren una solución rápida y eficaz. En nuestra Constitución los Decretos-leyes se regulan en el art. 86, el cual determina textualmente: a) En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-Leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Titulo Y, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general. b) Deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviera reunido en el plazo de los 30 días siguientes a su promulgación. c) Durante el plazo establecido en el apartado anterior, las Cortes podrán tramitarlos como Proyectos de Ley por el procedimiento de urgencia. Los Decretos-Leyes no podrán afectar a temas como los siguientes: Derechos, deberes y libertades de los ciudadanos, instituciones básicas del Estado, al Régimen de las CCAA, y al Derecho electoral. El Control parlamentario de los Decretos-Leyes vendrá establecido expresamente por el Congreso, pronunciándose en cada caso para su convalidación con el fin de perder la provisionalidad jurídica, para incorporarlo al ordenamiento jurídico. DECRETOS LEGISLATIVOS - Son aquellas disposiciones con fuerza de Ley dictadas por el Gobierno en virtud de delegación conferida por las Cortes Generales. Características, Art. 82: a) Las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar

normas con rango de ley, sobre determinadas materias no incluidas en las leyes orgánicas. b) La delegación legislativa deberá otorgarse mediante: + Una ley de bases cuando su objeto sea la formación de textos articulados. + Una ley ordinaria cuando se trate de refundir varios textos legales en uno solo. c) La delegación legislativa habrá de otorgarse al gobierno de forma expresa, para materia concreta, y con fijación del plazo para su ejercicio. No podrá entenderse concedida de modo implícito o por tiempo indeterminado, tampoco se permite la subdelegación de esta potestad a otras autoridades. d) Las leyes de bases delimitarán con precisión el objeto y alcance de la delegación legislativa y los principios y criterios que han de seguirse para su ejercicio.

V. REGLAMENTO. POTESTAD REGLAMENTARIA DE LAS ENTIDADES LOCALES. Las Ordenanzas, Reglamentos, y Bandos no son otra cosa que la expresión concreta de la potestad reglamentaria que se reconoce a la Administración Local, consecuencia de la autonomía de la que gozan, Art. 140. • AMBITOS DE LA POTESTAD REGLAMENTARIA a) Ámbito funcional. Las competencias de los entes locales son totales dentro de una determinada circunscripción territorial; es lógico pues que para autorregular estas competencias las corporaciones locales puedan dictar Ordenanzas y Reglamentos. b) Ámbito territorial. Los Reglamentos Municipales solo tendrán fuerza obligatoria en el respectivo término Municipal y, los provinciales en el territorio de la provincia. c) Ámbito legal. En virtud del principio de legalidad y de jerarquización de normas, los reglamentos y ordenanzas no pueden ir contra las leyes ni contra las disposiciones de carácter general de superior valor normativo. • ORGANOS TITULARES La potestad reglamentaria de las entidades locales corresponde al Ayuntamiento, a la Diputación y al Alcalde. - La distinción entre Ordenanzas y Reglamentos es oscura y polémica. El principal criterio a seguir distingue a las Ordenanzas en cuanto que regulan funciones locales en general mientras que los Reglamentos se encargan de establecer normas para su ejecución. Por su parte, la LRBRL, habla de Reglamento únicamente para referirse al Reglamento Orgánico cuyo objeto es el de regular el régimen organizativo y de

funcionamiento de sus órganos Art. 5. Así mismo se refiere a las Ordenanzas distinguiéndolas entre aquellas que hacen referencia a materia tributaria (Ordenanzas fiscales reguladoras de tributos y Ordenanzas generales de gestión recaudación e inspección); y las del resto de materias denominadas Ordenanzas locales. PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DE UNA ORDENANZA O DE UN REGLAMENTO POR UN AYUNTAMIENTO. - Procedimiento de elaboración: a) Iniciación de oficio por acuerdo de la Corporación o su presidente. b) Informe del Jefe de la dependencia a que corresponda según la materia que valla a ser objeto de regulación. c) El Secretario someterá el expediente al Presidente para su inclusión en el orden del día. d) La aprobación se someterá a las reglas generales siendo competencia del pleno. Procedimiento de aprobación: a) Aprobación inicial por el pleno (por mayoría absoluta). b) Información pública (tablón de anuncios del Ayuntamiento) y audiencia a los interesados por un plazo mínimo de 30 días, para la presentación de reclamaciones o sugerencias. c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo, y aprobación definitiva por el Pleno (por mayoría absoluta). Nota: Si no se producen reclamaciones se elevará a definitivo el texto provisional. d) Publicación en el BOP no entrando en vigor hasta que hayan transcurrido 15 días hábiles a partir de la recepción del acuerdo por parte de la CCAA a los efectos de su posible impugnación. Nota: Para las ordenanzas fiscales no es preciso que transcurran los referidos 15 días.

PRINCIPIOS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

I. PRINCIPIOS GENERALES La regulación del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común constituye una pieza clave en las relaciones de la Administración con los ciudadanos y en la satisfacción de los intereses generales a los que la Administración debe servir por mandato constitucional (Artículo 103.1). Ambos aspectos están interrelacionados y, dada su importancia, aparecen contemplados en el artículo 149.1.18ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia para regular “las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas”, por un lado, y directamente, por otro, el “procedimiento administrativo común”. Se pretende garantizar de esta manera una igualdad en las condiciones jurídicas básicas de todos los ciudadanos en sus relaciones con las diferentes Administraciones públicas. En consecuencia, como ya expuso en su exposición de motivos la Ley del Procedimiento Administrativo de 17 de Julio de 1958, por Procedimiento Administrativo se entiende a “El cauce formal de la serie de actos en que concreta la actuación administrativa para la realización de un fin”. De esta forma, el procedimiento administrativo se materializa en el denominado Expediente Administrativo, y que se define: “El

conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarlas”.

• Objeto. - La actual Ley 30/1992 del 26 de Noviembre (BOE 27-11-92), del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (LRJAP y PAC), así como su modificación (Ley 4/1999, BOE 14-1-99), establecen y regulan las bases del régimen jurídico, el procedimiento administrativo común y el sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas, siendo aplicable a todas ellas. • Ámbito de aplicación. - A efectos de esta Ley, por Administraciones Públicas, se entenderá a las siguientes: la Administración General del Estado, la Administración de las Comunidades Autónomas, y las Entidades que integran la Administración Local. Las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas tendrán asimismo la consideración de Administración Pública. Estas entidades sujetarán su actividad a esta Ley cuando ejerzan potestades administrativas, sometiéndose en el resto de su actividad a lo que dispongan sus normas de creación.

• Principios Generales.

- Las Administraciones públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho. Igualmente, deberán respetar en su actuación los principios de buena fe y de confianza legítima. Las Administraciones públicas, en sus relaciones, se rigen por el principio de cooperación y colaboración, y en su actuación por los criterios de eficiencia (eficacia, celeridad, y economía) y servicio a los ciudadanos. Bajo la dirección del Gobierno de la Nación, de los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas y de los correspondientes de las Entidades que integran la Administración Local, la actuación de la Administración pública respectiva se desarrolla para alcanzar los objetivos que establecen las leyes y el resto del ordenamiento jurídico.

Cada una de las Administraciones públicas actúa para el cumplimiento de sus fines con personalidad jurídica única. En sus relaciones con los ciudadanos las Administraciones públicas actúan de conformidad con los principios de transparencia y de participación.

II. NORMAS REGULADORAS Con base a los planteamientos y principios que hemos expuesto, la relaciones entre la administración y los ciudadanos han ido sufriendo diversas normas reguladoras, pues han aparecido sucesivas leyes y normas que han pretendido adaptarse al nuevo entorno que han marcado principalmente la aplicación de los principios constitucionales y la nueva organización territorial del estado; por tanto, el procedimiento administrativo se regula en la actualidad en:

- Los artículos de la antigua Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de Julio de 1958, que han sido declarados subsistentes.

- Los artículos de la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de Noviembre de 1992, que no han sido reformados parcial o totalmente de forma reciente.

- Los artículos de la Ley 4/99 (BOE de 14-01-99) que modifican la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- La diversa normativa a la cual dichas Leyes hacen referencia, y en especial a aquellos aspectos que se refieren a determinados procedimientos especiales; así como aquellas normas y reglamentos que atendiendo a las anteriores Leyes citadas, dicten las respectivas Comunidades Autónomas y Administraciones Locales competentes.

En la actividad de las Administraciones Públicas (Titulo IV), las normas generales que la regulan están en el Capitulo I, artículos 35 al 46, de la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de Noviembre de 1992, y en sus modificaciones por Ley 4/99; siendo su contenido general el siguiente:

• Derechos de los ciudadanos.

Los ciudadanos en sus relaciones con la Administración entre otros, poseen los derechos de : conocer el estado de trámite de los procedimientos donde sean interesados; identificar a las autoridades y personal de servicio que se relacionen con ellos, así como exigirles responsabilidades legales; obtención de copias selladas de los documentos presentados; a utilizar las lenguas oficiales; a formular alegaciones y documentos antes del trámite de audiencia; a no presentar documentos no exigidos o ya estén en poder de la administración; a obtener información y orientación de los requisitos técnicos y jurídicos que impongan las disposiciones vigentes; a acceder a registros y archivos de las administración según dispone la Constitución y las Leyes; al ser tratados con respeto y deferencia, así como que las autoridades y funcionarios les faciliten el ejercicio de sus derechos y obligaciones.

• Lengua de los procedimientos. La lengua de los procedimientos tramitados por la Administración del Estado será el castellano, pudiendo los interesados utilizar y elegir aquella que la constitución le reconozca como oficiales en sus respectivos territorios. Si existe discrepancia de lengua entre varios interesados o el procedimiento surte efecto en otra Administración pública distinta a la de la Comunidad Autónoma instructora y con distinta lengua cooficial, los documentos se tramitaran o se traducirán al castellano.

• Derecho de acceso a archivos y registros. Es un derecho legitimo de los ciudadanos cualquiera que sea su forma de expresión, siempre y cuando no violen la intimidad de las personas (pues estos datos sólo pueden ser consulados, rectificados o completados por ellos), no afecten a razones de interés público, no representen peligro a la defensa y seguridad del estado, no pongan en peligro la protección de derechos y libertades de terceros, no exista materia protegida por secreto comercial o industrial, o no influya en acciones administrativas reservadas al Gobierno del Estado o Comunidades Autónomas, o a las políticas monetarias.

• Registros. Los distintos órganos administrativos deberán llevar un registro general en el que se hará el correspondiente asiento de todo escrito o comunicación que sea presentado o que se reciba en cualquier unidad administrativa propia; de forma que en el mismo, se anotará la salida de los escritos y comunicaciones oficiales dirigidas a otros órganos o particulares.

• Colaboración de los ciudadanos. Los ciudadanos están obligados a facilitar a la Administración informes, inspecciones y otros actos de investigación de acuerdo a la Ley.

• Comparecencia de los ciudadanos. Solo será obligada cuando sea prevista por normas con rango de Ley, de forma que su citación deberá expresar lugar, fecha, hora y objeto de la comparecencia, así como los efectos de no atenderla. • Responsabilidad de la tramitación. Los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de las Administraciones Públicas que tengan a su cargo la resolución o el despacho de los asuntos serán responsables directos de su tramitación, su adecuada celeridad, y el respeto de los intereses legítimos de los afectados o interesados.

• Obligación de resolver. La Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea la forma de iniciación. Se exceptúan de la obligación de resolver, los supuestos de terminación del procedimiento por pacto o convenio, así como los relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de comunicación previa a la Administración. El plazo máximo en el que debe notificarse dicha resolución expresa será el fijado por la norma reguladora correspondiente del procedimiento; de forma que este plazo no podrá exceder de seis meses, salvo que norma suprema lo exponga de forma expresa. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses. De forma que ambos contarán: en los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación; en los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su trámite. El transcurso del plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la resolución puede suspenderse en casos excepcionales, los cuales deberán estar plenamente justificados; de forma que la ampliación de dichos plazos no podrá ser superior al plazo inicialmente establecido en la tramitación del procedimiento y contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, no cabrá recurso alguno.

• Silencio Administrativo en procedimientos iniciados a solicitud de interesado. Son los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, donde se ha producido el vencimiento del plazo máximo sin haber notificado resolución expresa legitima a los interesados, y estos han deducido de la solicitud para entenderla estimada o desestimada por silencio administrativo, sin existir perjuicio de la resolución que la administración deba dictar posteriormente.

• Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio. En aquellos procedimientos iniciados de oficio, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa no exime a la Administración del cumplimiento de la obligación legal de resolver.

• Incorporación de medios técnicos. Las administraciones públicas impulsaran el empleo y aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias de acuerdo con la Ley.

• Validez y eficacia de documentos y copias. Cada Administración determinará los órganos competentes de expedición de copias autenticas y validas de los documentos en su ámbito.

III. DIAS Y HORAS HABILES, COMPUTO DE PLAZOS

Los términos y el computo de los plazos se encuentran en el Titulo IV, sobre la actividad de las Administraciones Públicas, y más concretamente en el Capitulo II, entre los artículos 47 y 50 de la Ley 30/92 (LRJAP y PAC), de 26 de Noviembre de 1992, y en sus modificaciones por Ley 4/99. De forma, que su contenido es el siguiente:

• Obligatoriedad.

- Los términos y plazos establecidos en ésta u otras Leyes obligan a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos.

• Computo. Siempre que por Ley o normativa comunitaria europea no se exprese otra cosa, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos (los sábados son hábiles). Cuando los plazos se señalen por día naturales, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones. Si el plazo se fija en meses o años (también cuando sea por días), estos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que reside el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo, o a la inversa, se considerará siempre inhábil. Dicha declaración no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones, la organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros. La Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. El calendario aprobado por las Comunidades Autónomas comprenderá los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local correspondiente a su ámbito territorial, a las que será de aplicación. Dicho calendario se publicará antes de comenzar cada año en el diario oficial correspondiente y en otros medios que garanticen su conocimiento por los ciudadanos.

• Ampliación. - La Administración podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.

El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados. La ampliación de los plazos por el tiempo máximo permitido se aplicará en todo caso a los procedimientos tramitados por las misiones diplomáticas y oficinas consulares, así como a aquellos que, tramitándose en el interior, exijan cumplimentar algún trámite en el extranjero o en los que intervengan interesados residentes fuera de España. Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. Los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recursos.

• Tramitación de urgencia. - Cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducen a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. No cabe recurso alguno contra el acuerdo que declare dicha tramitación de urgencia.

IV. RECEPCION Y REGISTRO DE DOCUMENTOS

Como ya hemos comentado, la recepción y registro de documentos es obligatoria según las presentes Leyes (artículo 38), por tanto, los respectivos órganos administrativos llevarán un registro general en el que se hará el correspondiente asiento de todo escrito o comunicación que sea presentado o que se reciba en cualquier unidad administrativa propia; de forma que también se anotarán en el mismo, la salida de los escritos y comunicaciones originales dirigidas a otros órganos o particulares. Los órganos administrativos podrán crear en las unidades administrativas de su propia organización otros registros con el fin de facilitar la presentación de escritos y comunicaciones; de forma que dichos registros serán auxiliares del registro general, al que comunicarán toda anotación que efectúen. Los asientos se anotarán respetando el orden temporal de recepción o salida de los escritos y comunicaciones, e indicarán la fecha del día de la recepción o salida. Concluido el trámite de registro, los escritos y comunicaciones serán cursados sin dilación a sus destinatarios y a las unidades administrativas correspondientes desde el registro en que se han recibido.

Los registros generales, así como todos los registros que las Administraciones públicas establezcan para la recepción de escritos y comunicaciones de los

particulares o de órganos administrativos, deberán instalarse en soporte informático. Así, el sistema garantizará la constancia, en cada asiento que se practique, de un número, epígrafe expresivo de su naturaleza, fecha de entrada, fecha y hora de su presentación, identificación del interesado, órgano administrativo remitente, si procede, y persona u órgano administrativo al que se envía, y, en su caso, referencia al contenido del escrito o comunicación que se registra. Además de ello, deberá garantizar la integración informática en el registro general de las anotaciones efectuadas en los restantes registros del órgano administrativo.

Las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de las Administraciones públicas podrán presentarse: - En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. - En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. - En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. - En las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero. - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Mediante convenios de colaboración suscritos entre las distintas Administraciones públicas se establecerán sistemas de intercomunicación y coordinación de registros que garanticen su compatibilidad informática, así como la transmisión telemática de los asientos regístrales y de las Solicitudes, escritos, comunicaciones y documentos que se puedan presentar en cualquiera de los registros especificados.

Para mejorar la eficacia y respetar los derechos de los ciudadanos, éstos podrán acompañar una copia de los documentos que presenten junto con sus solicitudes, escritos y comunicaciones. Dicha copia, previo cotejo con el original por cualquiera de los registros que hemos mencionado anteriormente, será remitida al órgano destinatario devolviéndose el original al ciudadano. Cuando el original deba obrar necesariamente en el procedimiento, se entregará al ciudadano la copia del mismo, una vez sellada por los registros mencionados y previa comprobación de su identidad con el original.

Cada Administración pública establecerá los días y el horario en que deban permanecer abiertos sus registros, garantizando en cualquier caso el derecho legitimo de los ciudadanos a la presentación de documentos (artículo 35).

Podrán hacerse efectivas además de por otros medios, mediante giro postal o telegráfico, o mediante transferencia dirigida a la oficina pública correspondiente, cualesquiera tributos que haya que satisfacer en el momento de la presentación de solicitudes y escritos a las Administraciones públicas.

Las Administraciones públicas deberán hacer pública y mantener actualizada una relación de las oficinas de registro propias o concertadas, sus sistemas de acceso y comunicación, así como los horarios de funcionamiento.

V. FASES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Las fases del procedimiento administrativo general están sujetas a la actual Ley 30/1992 del 26 de Noviembre (BOE 27-11-92), del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (LRJAP y PAC), así como a la subsiguiente modificación que dicha Ley ha recibido a través de la Ley 4/1999, publicada en el BOE del 14 de Enero de 1999. Es decir, en dichas disposiciones se establecen y regulan las bases del régimen jurídico, el procedimiento administrativo común y el sistema de responsabilidad de las distintas Administraciones Públicas existentes, siendo aplicable a todas ellas.

Por tanto, podemos decir que las Entidades o Administraciones Públicas a las cuales les es aplicable dicho procedimiento serán las siguientes: la Administración General del Estado, la Administración de las Comunidades Autónomas, y las Entidades que integran la Administración Local. Junto a ello, las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas tendrán asimismo la consideración de Administración Pública. Por tanto, estas entidades sujetarán su actividad a esta Ley cuando ejerzan potestades administrativas, sometiéndose en el resto de su actividad a lo que dispongan sus normas de creación.

De acuerdo con el marco regulador, su objeto y el ámbito de aplicación referido, las diferentes fases del procedimiento administrativo general, que se recogen en las Leyes que hemos mencionado y de las cuales vamos a ver más detalladamente que tipo de disposiciones generales contienen, serán las siguientes:

- Iniciación. - Desarrollo. Donde se abordará la Ordenación e Instrucción del procedimiento. - Terminación. - Ejecución.

1.- INICIACION. La fase de iniciación viene regulada por el contenido de los artículos 68 a 73, de la ya conocida Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (LRJAP y PAC), así como lo que dispone la modificación que sufrieron los artículos 71 y 72, en la correspondiente Ley 4/1999, (BOE 14-1-1999).

• Clases de iniciación. - De acuerdo con dichas disposiciones, los procedimientos podrán iniciarse de oficio o a solicitud de persona interesada.

- Oficio. Los procedimientos se iniciarán de oficio por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia. Con anterioridad al acuerdo de iniciación, podrá el órgano competente abrir un período de información previa con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento.

- A instancia de parte o solicitud de interesado. Las solicitudes que se formulen de ésta forma, deberán contener: ∗ Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo presente, así como la identificación del medio preferente o del lugar que se señale a los efectos de posibles notificaciones. ∗ Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud. ∗ Lugar y fecha.

∗ Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio. ∗ Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige.

Cuando las pretensiones correspondientes a una determinada pluralidad de personas tengan un contenido y fundamento idéntico o sustancialmente similar, podrán ser formuladas en una única solicitud, salvo que las normas reguladoras de los procedimientos específicos dispongan de otra cosa.

De las solicitudes, comunicaciones y escritos que presenten los interesados en las oficinas de la Administración, podrán éstos exigir el correspondiente recibo que acredite la fecha de presentación, admitiéndose como tal una copia en la que figure la fecha de presentación anotada por la oficina.

Las Administraciones Públicas deberán establecer modelos sistemas normalizados de solicitudes cuando se trate de procedimientos que impliquen la resolución numerosa de una serie de procedimientos. Los modelos mencionados estarán a disposición de los ciudadanos en las correspondientes dependencias administrativas.

Los solicitantes podrán acompañar los elementos que estimen convenientes para precisar o completar los datos del modelo, los cuales deberán ser admitidos y tenidos en cuenta por el órgano al que se dirijan.

• Subsanación y mejora de la solicitud. - Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que se han señalado anteriormente y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos para la redacción de las resoluciones (artículo 42, sobre la obligación de resolver). Siempre que no se trate de procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva, este plazo podrá ser ampliado prudencialmente, hasta cinco días, a petición del interesado o iniciativa de los órganos, cuando la aportación de los documentos requeridos presente dificultades especiales. En los procedimientos iniciados a solicitud de los interesados, el órgano competente podrá recabar del solicitante la modificación o mejora voluntarias de los términos de aquélla; de ellos se levantará acta sucinta, que se incorporará al procedimiento.

• Medidas provisionales. - Iniciado el procedimiento, el órgano administrativo competente para resolverlo, podrá adoptar, de oficio o a instancia de parte, las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existiesen elementos de juicio suficiente para ello. Antes de la iniciación del procedimiento administrativo, el órgano competente, de oficio o a instancia de parte, en los casos de urgencia y para la protección provisional de los intereses implicados, podrá adoptar las medidas correspondientes en los supuestos previstos expresamente por una norma de rango de Ley. Las medidas provisionales deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberán efectuarse dentro de los quince días siguientes a su adopción, el cual podrá ser objeto del recurso que proceda. En todo caso, dichas medidas quedarán sin efecto si no se inicia el procedimiento en dicho plazo o cuando el acuerdo de iniciación no contenga un pronunciamiento expreso acerca de las mismas. No se podrán adoptar medidas provisionales que puedan causar perjuicio de difícil o imposible reparación a los interesados o que impliquen violación de derechos que son amparados por las Leyes. Las medidas provisionales podrán ser alzadas o modificadas durante la tramitación del procedimiento, de oficio o a instancia de parte, en virtud de circunstancias sobrevenidas o que no pudieron ser tenidas en cuenta en el momento de su adopción. En todo caso, dichas medidas provisionales, se extinguirán con la eficacia de la resolución administrativa que ponga fin al procedimiento correspondiente.

• Acumulación. - El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancia o íntima conexión. Contra el acuerdo de dicha acumulación no procederá recurso alguno.

2.- ORDENACION.

La fase de ordenación viene regulada por el contenido que poseen los artículos 74 a 77, de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (LRJAP y PAC), los cuales no han sufrido ningún tipo de modificación en la Ley 4/1999, (BOE 14-1-1999).

• Impulso. - El procedimiento, sometido al criterio de celeridad, se impulsará de oficio en todos sus trámites. En el despacho de los expedientes se guardará el orden riguroso de incoación en asuntos de homogénea naturaleza, salvo que por el titular de la unidad administrativa se de orden motivada en contrario, de la que quede constancia. El incumplimiento de lo anteriormente dispuesto, dará lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria del infractor o, en su caso, será causa de remoción del puesto de trabajo. • Celeridad. - Se acordarán en un solo acto todos los trámites que, por su naturaleza, admitan una impulsión simultánea y no sea obligado su cumplimiento sucesivo. Al solicitar los trámites que deban ser cumplidos por otros órganos, deberá consignarse en la comunicación cursada el plazo legal establecido al efecto.

• Cumplimiento de trámites. - Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de diez días a partir de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto. Cuando en cualquier momento se considere que alguno de los actos de los interesados no reúne los requisitos necesarios, la Administración lo pondrá en conocimiento de su autor, concediéndose un plazo de diez días para cumplimentarlo. A los interesados que no cumplan lo dispuesto en los apartados anteriores, se les podrá declarar decaídos en su derecho al trámite correspondiente; sin embargo, se admitirá la actuación del interesado y producirá sus efectos legales, si se produjera antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo.

• Cuestiones incidentales. - Las cuestiones incidentales que se susciten en el procedimiento, incluso las que se refieran a la nulidad de actuaciones, no suspenderán la tramitación del mismo, salvo la recusación.

3.- INSTRUCCION.

La fase de instrucción es regulada por los artículos 78 a 86, de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (LRJAP y PAC), los cuales no sufrieron modificación alguna en la Ley 4/1999. Dicha fase consta de cuatro secciones claramente definidas, las cuales vamos a considerar a continuación:

A) DISPOSICIONES GENERALES.

• Actos de instrucción. - Los actos de instrucción necesarios para determinar el conocimiento y comprobar los datos en virtud de los cuales se realice la resolución se realizarán de oficio, sin perjuicio del derecho del interesado a proponer actuaciones que requieran su intervención o constituyan trámites legal o reglamentariamente establecidos. Los resultados de sondeos y encuestas de opinión que se incorporen a la instrucción de un procedimiento deberán reunir las garantías legalmente establecidas para estas técnicas de información, así como la identificación técnica del procedimiento seguido para la obtención de estos resultados.

• Alegaciones.

- Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio. Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución. En todo momento podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto. Dichas alegaciones podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

B) PRUEBA. • Medios y periodo de prueba. - Los hechos relevantes para la decisión de un proceso podrán acreditarse por cualquier medio de prueba admisible en Derecho. Cuando la Administración no tenga por ciertos los hechos alegados por los interesados o la naturaleza del

procedimiento lo exija, el instructor del mismo acordará la apertura de un período de prueba por un plazo no superior a treinta días ni inferior a diez, a fin de que puedan practicarse cuantas juzgue pertinentes; de forma que sólo podrá rechazar las pruebas propuestas por los interesados cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución motivada.

• Practica de prueba. - La Administración comunicará a los interesados, con antelación suficiente, el inicio de las actuaciones necesarias para la realización de las pruebas admitidas. En la notificación consignará el lugar, fecha y hora en que se practicará la prueba, con la advertencia, en su caso, de que el interesado puede nombrar técnicos para que le asistan. En los casos en que, a petición del interesado, deban efectuarse pruebas cuya realización implique gastos que no deba soportar la Administración, ésta podrá exigir su anticipo, a reserva de la liquidación definitiva, una vez practicada la prueba. La liquidación de los gastos se practicará uniendo los comprobantes que acrediten la realidad y cuantía de los mismos.

C) INFORMES.

• Petición. - A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamento, en su caso, la conveniencia de reclamarlos; y en la petición de informe se concretará el extremo ó extremos acerca de los que se solicita.

• Evacuación. - Salvo disposición expresa en contrario, los informes serán facultativos y no vinculantes. Los informes serán evacuados en el plazo de diez días, salvo que una disposición o el cumplimiento del resto de los plazos del procedimiento permitan o exija otro plazo mayor o menor. De no emitirse el informe en el plazo señalado, y sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el responsable de la demora, se podrán proseguir las actuaciones cualquiera que sea el carácter del informe solicitado, excepto en los supuestos de informes preceptivos que sean determinantes para la resolución del procedimiento, en cuyo caso se podrá interrumpir el plazo de los trámites sucesivos. Si el informe debiera ser emitido por una Administración Pública distinta de la que tramita el procedimiento en orden a expresar el punto de vista correspondiente a sus competencias

respectivas, y transcurriera el plazo sin que aquél se hubiera evacuado, se podrán proseguir las actuaciones. El informe emitido fuera de plazo podrá no ser tenido en cuenta al adoptar la correspondiente resolución.

D) PARTICIPACION DE LOS INTERESADOS.

• Tramite de audiencia. - Instruidos los procedimientos, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrán de manifiesto a los interesados o, en su caso, a sus representantes, salvo lo que afecte a las informaciones y datos referidos al artículo 37.5 (expedientes que por causas de defensa y seguridad nacional, y otras materias protegidas). Los interesados, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. Si antes del vencimiento del plazo los interesados manifiestan su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones, se tendrá por realizado el trámite. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado.

• Actuación de los interesados. - Los actos de instrucción que requiera la intervención de los interesados habrán de practicarse en la forma que resulte más cómoda para ellos y sea lo más compatible con sus obligaciones laborales o profesionales. Los interesados podrán actuar asistidos de un asesor cuando lo consideren conveniente en la defensa de sus intereses. En cualquier caso, el órgano instructor adoptará las medidas necesarias para lograr el pleno respeto a los principios de contradicción y de igualdad de los interesados en el proceso.

• Información pública. - El órgano al que corresponda la resolución del procedimiento, cuando la naturaleza de éste lo requiera, podrá acordar un período de información pública. A tal efecto, se anunciará en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma, o en el de la Provincia respectiva, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento, o la parte del mismo que se acuerde. El anuncio señalará el lugar de exhibición y determinará el plazo para formular alegaciones, que en ningún caso será inferior a veinte días. La incomparecencia en este trámite no impedirá a los interesados interponer los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento; y la

comparecencia en el trámite de información pública no otorga la condición de interesado. No obstante, quienes presenten alegaciones y observaciones en este trámite tienen derecho a obtener de la Administración una respuesta razonada, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales. Conforme a lo dispuesto en las Leyes, las Administraciones Públicas podrán establecer otras formas, medios y cauces de participación de los ciudadanos, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la Ley en el procedimiento de elaboración de las disposiciones y actos administrativos.

4.- FINALIZACION.

La fase de finalización o terminación, se regula por el contenido que presentan los artículos 87 a 92, de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (LRJAP y PAC), los cuales tampoco han sufrido modificación alguna en la Ley 4/1999, (BOE 14-1-1999). Esta fase también tiene definidas cuatro secciones, las cuales vamos a ver a continuación:

A) DISPOSICIONES GENERALES.

• Terminación. - Pondrán fin al procedimiento de resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el Ordenamiento Jurídico, y la declaración de caducidad. También producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución que se dicte deberá ser motivada en todo caso.

• Terminación convencional. - Las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios, o contratos con personas tanto de derecho público como privado, sino son contrarios al ordenamiento jurídico ni versan sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público encomendado, con el alcance, efectos y régimen jurídico específico que en cada caso prevea la disposición que lo regule, pudiendo tales actos tener la consideración de finalizadores de los procesos administrativos o insertarse en los mismos con carácter previo, vinculante o no, a la resolución que les ponga fin. Dichos instrumentos deben establecer como mínimo la identificación de las partes

intervenientes, el ámbito personal, funcional y territorial, y el plazo de vigencia, debiendo publicarse o no según su naturaleza y las personas a las que estuvieran destinados. Requerirán en todo caso la aprobación expresa del Consejo de Ministros, los acuerdos que versen sobre materias de la competencia directa de dicho órgano. Los acuerdos que se suscriban no supondrán alteración de competencias atribuidas a órganos administrativos, ni responsabilidades correspondientes a las autoridades y funcionarios relativas al funcionamiento de los servicios públicos.

B) RESOLUCION.

• Contenido. - La resolución que ponga fin al procedimiento decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del mismo. Cuando se trate de cuestiones conexas que no hubieran sido planteadas por los interesados, el órgano competente podrá pronunciarse sobre las mismas, poniéndolo antes de manifiesto en aquéllos por un plazo no superior a quince días, para que formulen las alegaciones que estimen pertinentes y aporten los medios de prueba. En loS procedimientos tramitados a solicitud del interesado, la resolución será congruente con las peticiones que formula, sin que en ningún caso pueda agravar su situación inicial y, sin perjuicio de la potestad de la Administración de incoar de oficio un nuevo procedimiento, si procede; de forma que las resoluciones contendrán decisiones motivadas. Expresarán, además, los recursos que contra la misma procedan, órgano administrativo o judicial ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, sin perjuicio de los que los interesados pudieran ejercitar. La Administración no podrá abstenerse de resolver so pretexto de silencio, oscuridad o insuficiencia de los preceptos legales aplicables al caso, aunque podrá resolver la inadmisión de las solicitudes de reconocimiento de derechos no previstos en el ordenamiento Jurídico o carente de todo fundamento, sin perjuicio del derecho de petición. La aceptación de informes o dictámenes servirá la motivación a la resolución cuando se incorporen al texto de la misma.

C) DESISTIMIENTO Y RENUNCIA.

• Ejercicio. - Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento Jurídico, renunciar a sus derechos. Si el escrito de iniciación

se hubiera formulado por dos o más interesados, el desistimiento o la renuncia sólo afectarán a aquéllos que la hubiesen formulado.

• Medios y efectos. - Tanto el desistimiento como la renuncia podrán hacerse por cualquier medio que permita su constancia. La Administración aceptará de plano el desistimiento a la renuncia, y declarará concluso el procedimiento salvo que, habiéndose personado en el mismo terceros interesados, instasen éstos su continuación en el plazo de diez días desde que fueron notificados del desistimiento. Si la cuestión suscitada por la incoación del procedimiento entrañase interés general o fuera conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento, la Administración podrá limitar los efectos de desistimiento o la renuncia al interesado y seguirá el procedimiento.

D) CADUCIDAD.

• Requisitos y efectos. - En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando se produzca su paralización por causa imputable al mismo, la Administración le advertirá que, transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del mismo. Consumido este plazo sin que el particular requerido realice las actividades necesarias para reanudar la tramitación, la Administración acordará el archivo de las actuaciones, notificándoselo al interesado. Contra la resolución que declare la caducidad procederán los recursos pertinentes. No podrá acordarse la caducidad por la simple inactividad del interesado en la cumplimentación de trámites, siempre que no sean indispensables para dictar resolución. Dicha inactividad no tendrá otro efecto que la pérdida de su derecho al referido trámite. La caducidad no producirá por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la Administración, pero los procedimientos caducados no interrumpirán el plazo de prescripción. Podrá no ser aplicable la caducidad en el supuesto de que la cuestión suscitada afecte al interés general, o fuera conveniente suscitarla para su definición y esclarecimiento.

5.- EJECUCION.

La fase de ejecución, está ampliamente regulada por el contenido que poseen los artículos 93 a 101, de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (LRJAP y

PAC), los cuales tampoco han sufrido modificación alguna en la Ley 4/1999, (BOE 14-1-1999).

• Titulo. - Las Administraciones Públicas no iniciarán ninguna actuación material de ejecución de resoluciones que limite derechos de los particulares sin que previamente haya sido adoptada la resolución que le sirva de fundamento jurídico. El órgano que ordene un acto de ejecución material de resoluciones estará obligado a notificar al particular interesado la resolución que autorice la actuación administrativa.

• Ejecutoriedad. - Los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo serán inmediatamente ejecutivos, salvo lo previsto en los artículos 111 (supuestos de suspensión de la ejecución) y 138 (resoluciones con disposiciones cautelares para garantizar su eficacia), y en aquellos casos en que una disposición establezca lo contrario o necesiten aprobación o autorización superior.

• Ejecución forzosa. - Las Administraciones Públicas, a través de sus órganos competentes en cada caso, podrán proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de los actos administrativos, salvo en los supuestos en que se suspenda la ejecución de acuerdo con la Ley, o cuando la Constitución o la Ley exijan la intervención de los Tribunales.

• Medios de ejecución forzosa. - La ejecución forzosa por las Administraciones Públicas se efectuará, respetando siempre el principio de proporcionalidad, por los siguientes medios: a) Apremio sobre el patrimonio. b) Ejecución subsidiaria. c) Multa coercitiva. d) Compulsión sobre las personas.

Si fueran varios los medios de ejecución admisibles se elegirá el menos restrictivo

de la libertad individual. Si es necesario entrar en el domicilio del afectado, las Administraciones Públicas deberán obtener su consentimiento ó la oportuna autorización judicial.

• Apremio sobre patrimonio. - Si en virtud del acto administrativo hubiera de satisfacerse cantidad líquida se seguirá el procedimiento previsto en las normas reguladoras del procedimiento recaudatorio en vía ejecutiva. No se podrá imponer a los administrados una obligación pecuniaria que no estuviese establecida con arreglo a una norma de rango legal.

• Ejecución subsidiaria. - Habrá lugar a la ejecución subsidiaria cuando se trate de actos que por no ser personalísimos puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado. En este caso, las Administraciones Públicas realizarán el acto, por sí o través de las personas que determinen, a costa del obligado. El importe de los gastos, daños y perjuicios se exigirá conforme a lo que dicta el apremio sobre patrimonio. Dicho importe podrá liquidarse de forma provisional y realizarse antes de la ejecución, a reserva de la liquidación definitiva.

• Multa coercitiva. - Cuando así lo autoricen las leyes, y en la forma y cuantía que éstas determinen, las Administraciones Públicas pueden, para la ejecución de determinados actos, imponer multas coercitivas, reiteradas por lapsos de tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado, en los siguientes supuestos:

a) Actos personalísimos en que no proceda la compulsión directa sobre la persona del obligado. b) Actos en que, procediendo la compulsión directa, la Administración no la estimara conveniente. c) Actos cuya ejecución pueda el obligado encargar a otra persona.

La multa coercitiva es independiente de las sanciones que puedan imponerse con tal carácter y compatible con ellas.

• Compulsión sobre personas. - Los actos administrativos que impongan una obligación personalísima de no hacer o soportar podrán ser ejecutados por compulsión directa sobre las personas en los casos en que la Ley expresamente lo autorice, y dentro siempre del respeto debido a su dignidad y a los derechos reconocidos en la Constitución. Si tratándose de obligaciones personalísimas de hacer, no se realizase la prestación, el obligado deberá resarcir los daños y perjuicios, a cuya liquidación y cobro se procederá en vía administrativa.

• Prohibición de interdictos. - No se admitirán a trámite interdictos contra las actuaciones de los órganos administrativos realizadas en materia de su competencia y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido.

VI. EL SILENCIO ADMINISTRATIVO

Como ya hemos visto, existen formas de terminación del procedimiento administrativo que se consideran como presuntas, como puede ser el silencio administrativo. Es decir, como nos muestra el artículo 42 (modificado por la Ley 4/99) la administración posee la obligación de resolver. Por ello, el plazo máximo para resolver las solicitudes que se formulen por los interesados será la que resulte de la norma reguladora de tramitación del procedimiento aplicable en cada caso; y cuando la norma de procedimiento no fije plazos, el plazo máximo de resolución será de tres meses, el cual solamente es ampliable en casos muy excepcionales.

Por otro lado, las Leyes aplicables en este caso (Leyes 30/92 y 4/99), tratan el silencio administrativo de forma aislada en algunos artículos que están dedicados a la resolución de los recursos; sin embargo, podemos decir que también realiza un estudio más exhaustivo y minucioso en los artículos 43 y 44 de la Ley 30/92, los cuales han sufrido su correspondiente modificación mediante la entrada en vigor de la Ley 4/99. Por tanto, veamos sus contenidos:

• Silencio Administrativo en procedimientos iniciados a solicitud de interesado.

En dichos procedimientos, el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa legítima a los correspondientes interesados que hubieran deducido la solicitud para entender la estimada o desestimada por silencio administrativo, según proceda, sin perjuicio de la resolución que la Administración debe dictar posteriormente y en la forma prevista por esta Ley. Los interesados podrán entender estimadas por silencio administrativo sus solicitudes en todos los casos, salvo que una norma de Derecho Comunitario Europeo establezca lo contrario. Quedan exceptuados de esta previsión los procedimientos de ejercicio del derecho de petición, a que se refiere el artículo 29 de la Constitución, aquellos cuya estimación tuviera como consecuencia que se transfirieran al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público, así como los procedimientos de impugnación de actos y disposiciones, en los que el silencio tendrá efecto desestimatorio. No obstante, cuando el recurso de alzada se haya interpuesto contra la desestimación por silencio administrativo de una solicitud por el transcurso del plazo, se entenderá estimado el mismo si, llegado el plazo de resolución, el órgano administrativo competente no dictase resolución expresa sobre el mismo. La estimación por silencio administrativo tiene a todos los efectos la consideración de acto administrativo finalizado del procedimiento. La desestimación por silencio administrativo tiene los solos efectos de permitir a los interesados la interposición del recurso administrativo o contenciosoadministrativo que resulte procedente. La obligación de dictar resolución expresa a que se refiere el apartado primero del artículo 42 (obligación de resolver de la Administración), se sujetará al siguiente régimen: - En los casos de estimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior a la producción del acto sólo podrá dictarse de ser confirmatoria del mismo. - En los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio. Los actos administrativos producidos por silencio administrativo se podrán hacer valer tanto ante la Administración como ante cualquier persona física o jurídica, pública o privada. Dichos actos, producen efectos desde el vencimiento del plazo máximo en el que debe dictarse y notificarse la resolución expresa sin que la misma se haya producido, y su existencia pueda ser acreditada por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, incluido el certificado acreditativo del silencio producido que pudiera solicitarse del órgano competente para resolver; de forma que un vez solicitado el certificado, éste deberá emitirse en el plazo máximo de quince días. • Falta de resolución en los procedimientos iniciados de oficio.

- En estos procedimientos, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa no exime a la Administración del cumplimiento de la obligación legal de resolver, produciendo entonces los siguientes efectos: - En el caso de procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la constitución de derechos u otras situaciones jurídicas individualizadas, los interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo. - En los procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la caducidad (artículo 92). En estos casos, la resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones, con los efectos que se puedan derivar. En los supuestos en los que el procedimiento se hubiera paralizado por causa imputable al interesado, se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución.

PARTE ESPECÍFICA

TEMA - 2: EL FUEGO 1. - El tetraedro del fuego Definida la Combustión como: Reacción exotérmica de una sustancia combustible con un oxidante, fenómeno generalmente acompañado de una emisión lumínica en forma de llamas o de incandescencia con desprendimiento de humos y de productos volátiles. Vemos que muchos materiales pueden ser susceptibles de convertirse en combustibles en un incendio. Si además contemplamos la posibilidad de que algunos productos ardan en atmósferas no convencionales (sin oxígeno), podemos darnos cuenta enseguida de la complejidad que conlleva este fenómeno químico y de lo extenso que puede ser su estudio. Como simple ejemplo de lo dicho anteriormente podemos citar el caso del hidrógeno que puede arder en atmósfera de cloro sin presencia alguna de oxígeno. Pero para que un fuego se inicie es necesario que los materiales reaccionantes (combustible y comburente) se encuentren en unas determinadas condiciones y que además exista una determinada energía que provoque que la reacción se inicie. A esta energía se la denomina energía de activación. En las combustiones, dado que son reacciones altamente exotérmicas, gran parte del calor producido calienta de nuevo al resto de los materiales combustibles, aportándose la energía de activación necesaria para que el proceso continúe.

Una simplificación gráfica habitual para describir el proceso de la combustión es el denominado triángulo del fuego. Con él se quiso significar que el fuego no podía producirse sin que se unieran tres elementos: el combustible, el comburente y la energía de activación (calor). Y que podemos definir de la forma siguiente: - Combustible: Es cualquier sustancia capaz de arder en determinadas condiciones. - Comburente: es el elemento en cuya presencia el combustible puede arder (normalmente oxígeno) - Energía de activación: Es la energía (calor) que es preciso aportar para que el combustible y el comburente reaccionen. Esta sencilla representación (el triángulo) se acepto durante mucho tiempo, sin embargo, se comenzaron a observar algunos fenómenos que no podían explicarse totalmente hasta que se descubrió un "nuevo factor", la reacción en cadena definida como: Reacción en cadena: Es el proceso mediante el cual progresa la reacción en el seno de una mezcla comburente-combustible. Una vez incluido este cuarto elemento, la representación del fuego se realizó mediante el denominado tetraedro del fuego. De la misma forma que en el triángulo del fuego, si cualquiera de los cuatro elementos del tetraedro desaparece, la combustión no se produce y el resultado será la extinción. 2. - Productos de la combustión. Los productos resultantes de la combustión pueden ordenarse en cuatro grandes grupos: Llamas. Calor. Humos. Gases. Cada uno de estos grupos incide de forma importante no sólo en el propio proceso del incendio sino especialmente en la seguridad humana. Conocerlos nos permitirá mejorar nuestra actuación frente al fuego y especialmente realizar todas nuestras acciones de forma más segura. No obstante y dado lo complejo que puede llegar a ser la evaluación de los efectos globales, fisiológicos y psicológicos de la exposición al fuego, describiremos estos factores de forma sencilla y somera aunque evidentemente incidiendo en los aspectos que consideramos más importantes. 2.1. - Llamas La llama es un fenómeno luminoso propio de la combustión. La llama es un gas incandescente cuya temperatura es variable dependiendo de

factores como el tipo de combustible y el índice de oxígeno. Como referencia y con el fin de tener una idea general podemos suponer que las llamas pueden rondar los 1.600ºC-2000ºC. Los combustibles gaseosos y los líquidos, así como la mayoría de los sólidos arden siempre como llama, produciéndose descomposiciones sin llama sólo en algunos combustibles sólidos (Eje: madera), en estos casos la radiación luminosa emitida se denomina incandescencia. 2.2. Calor Como hemos comentado al principio del capítulo, las combustiones son reacciones exotérmicas, esto es, desprender calor. El estudio del calor es muy complejo y por ello realizaremos únicamente una breve reseña del mismo. Los materiales desprenden distintas cantidades de calor en su combustión denominándose poder calorífico a la cantidad de calor emitida por un combustible por unidad de masa. Generalmente se mide en megacalorías por kilogramo de combustible. Valgan como simples ejemplos los de la madera que posee un poder calorífico de 4 Mcal/Kg. o el del propano que desprende 11 Mcal/Kg. El calor producido en un incendio eleva la temperatura de los materiales provocando la propagación del fuego, así como daños (quemaduras) tanto a las personas como a los bienes. Esta elevación de temperatura puede causar deshidratación, agotamiento, problemas respiratorios, quemaduras y llegar a la muerte. De todos los productos de la combustión, el calor es el principal responsable de la propagación de fuego pudiéndose transmitir de las siguientes formas: Radiación Convección. Conducción. 2.2.1. - Radiación Es la emisión continua de calor a través de ondas electromagnéticas. No necesita medio material para propagarse. La energía radiada aumenta rápidamente con la temperatura. El ejemplo más significativo de calor de radiación es el calor recibido del sol. 2.2.2. - Convección Es el proceso de transmisión de calor a través de un fluido en movimiento. En el caso de los incendios, el aire caliente se eleva transportando la energía calorífica a otros puntos de los edificios y propagando el fuego de esta forma por la totalidad de los mismos.

2.2.3. - Conducción Es el mecanismo de intercambio de calor que se produce de un punto caliente a otro más frío a través de un medio conductor. La conducción varía con cada material, hay materiales muy buenos conductores (la mayoría de los metales) y muy malos (el amianto, el corcho…). La conductividad térmica es una propiedad física de los materiales. 2.3. - Humo El humo está compuesto por partículas sólidas y líquidas en suspensión en el aire y los gases procedentes de la combustión. Produce una falta de visibilidad que será variable según el color, tamaño y cantidad de las partículas, así como irritaciones sensoriales (ojos y vías respiratorias) e irritaciones pulmonares. En ciertos casos algunas de las partículas que componen el humo se encuentran incandescentes produciendo pequeñas quemaduras que pueden ser graves al afectar a órganos sensibles (Ejemplo: los ojos). Dado que el humo evita el paso de la luz, la producción del mismo de forma rápida puede impedir la salida de un edificio al no ser visibles las vías de evacuación. Según se demuestra en casi todos los siniestros reales, el humo constituye el primer factor de riesgo al impedir la visión y producir situaciones de pánico aún antes de sentirse los efectos de la temperatura. 2.4. - Gases En todas las combustiones gran parte de los elementos que constituyen el combustible forman compuestos gaseosos al arder. Estos gases pueden ser, en parte, tóxicos y producir en las personas que los respiran incapacidades físicas como pérdida de coordinación, desorientación, envenenamientos e incluso la muerte. Se ha comprobado que los gases procedentes de la combustión producen más muertos que los otros tres productos de la combustión (llamas, calor y humos) en su conjunto. Los gases tóxicos se suelen dividir en tres tipos: asfixiantes, irritantes, y venenosos. La gravedad de los efectos depende de la dosis absorbida y de la capacidad tóxica del gas. Lógicamente, al aumentar la dosis aumenta la severidad de la afectación. El gas tóxico más frecuente en los incendios en los lugares cerrados es el monóxido de carbono procedente de la combustión incompleta del carbono, y es el principal causante de las víctimas en los incendios, aunque existen otros productos como el cianuro de hidrógeno, la acroleína, el ácido clorhídrico (combustión de plásticos clorados) o el anhídrido sulfuroso, etc.… que pueden desprenderse en muchas combustiones en cantidad suficiente como para producir serios daños a las personas afectadas.

Un factor importante a considerar en todo incendio es la deficiencia de oxígeno que se produce al consumirse éste en la combustión. Cuando el índice de oxígeno baja por debajo del 21% hasta el 17% la coordinación motriz disminuye. En niveles comprendidos entre el 14% y el 10% la fatiga aumenta de forma rápida y puede producirse la inconsciencia. Por debajo del 10% se produce la inconsciencia y en poco tiempo la muerte. Este motivo obligará a plantear la rápida evacuación de los locales afectados, no pudiendo intervenir las brigadas de la empresa sin la protección respiratoria adecuada (equipo autónomo). 3.- Peligrosidad de un combustible respecto a su posible ignición. Todos los combustibles que arden con llama, entran en combustión en fase gaseosa. Cuando el combustible es sólido o líquido, es necesario un aporte previo de energía para llevarlo al estado gaseoso. La peligrosidad de un combustible respecto a su ignición va a depender de una serie de variables. 3.1. - Punto de inflamación. Se definen como la más baja temperatura de un material a la cual se puede iniciar una combustión, bajo condiciones de ensayo determinadas. En nuestro caso será la mínima temperatura la que un material combustible, en presencia de aire, puede emitir suficiente cantidad de gases para que la mezcla sea susceptible de inflamarse, en presencia de un foco de ignición. Este término suele aparecer en la bibliografía bajo el nombre de flash-point. El punto de inflamación se mide a una presión de una atmósfera, y está en estrecha relación con la presión de vapor, aunque no constituye una constante física en el sentido propio del término, ya que puede estar condicionada por la cantidad y flujo de oxidante, el grado de calentamiento, el tamaño y la forma del sólido o del líquido. Por tanto el punto de inflamación dependerá, en cierto modo, de los métodos ensayados en cada caso. 3.2. - Punto de encendido. Es la temperatura mínima a la cual, bajo condiciones de ensayo determinadas, un material desprende la cantidad suficiente de gases inflamables para producir su inflamación en presencia de una fuente de encendido. Esta temperatura presenta valores muy cercanos a los del punto de inflamación. En este caso la materia ha sido suficientemente calentada como para producir la suficiente cantidad de gases que mantengan de forma permanente la combustión. El punto de encendido es por tanto superior al de inflamación. 3.3. - Punto de autoignición. También es denominada temperatura de autoignición y se define como: La

mínima temperatura a la que debe calentarse un combustible en presencia de aire para producir su combustión espontánea, sin el aporte de una energía de activación externa o foco de ignición. Estas temperaturas son siempre muy superiores a las de inflamación. Las temperaturas de autoignición, puede variar al cambiar las condiciones en las que se produce el ensayo, influyendo incluso la forma del recipiente que contiene al líquido ensayado. 3.4. – Límites de inflamabilidad (o explosividad) Para que sea posible la ignición, debe existir una concentración de combustible suficiente en una atmósfera oxidante dada. Pero no todas las mezclas combustible-comburentes son susceptibles de entrar en combustión, sino que solamente reaccionarán algunas mezclas determinadas. Se definen los límites de inflamabilidad como los límites extremos de concentración de un combustible dentro de un medio oxidante en cuyo seno puede producirse una combustión, es decir: - Límite superior de inflamabilidad: L.S.I.: es la máxima concentración de vapores de combustible, en mezcla con un comburente, por encima de la cual no se produce combustión. - Límite inferior de inflamabilidad: L.I.I.: es la mínima concentración de vapores de combustible en mezcla con un comburente por debajo de la cual no se produce la combustión. Estas concentraciones se expresan en porcentaje y en volumen de vapores de combustible en mezcla con un comburente. Los porcentajes que aparecen en la bibliografía se suelen dar en porcentaje de vapores de combustible en mezcla de aire. La más pobre de estas concentraciones es el Límite Inferior de Inflamabilidad (L.I.I.), y la más rica, Límite Superior de Inflamabilidad (L.S.I.). Las concentraciones intermedias entre ambos límites están incluidas en el Intervalo de Inflamabilidad, también denominado Rango de Inflamabilidad. Por debajo del L.I.I. la mezcla es demasiado pobre en combustible para arder, y por encima del L.S.I. la mezcla es demasiado pobre en comburente. En la bibliografía americana se les suele dar también el nombre de límites de explosividad. Los límites de inflamabilidad son variables con la temperatura. Así, al aumentar la temperatura de la mezcla se ensancha el Rango de Inflamabilidad y al disminuir la temperatura el margen se estrecha. Por lo que, al disminuir la temperatura, una mezcla inflamable puede dejar de serlos, al quedar situada por encima o por debajo de los límites de inflamabilidad, según las condiciones ambientales. Cuando en un determinado lugar existan mezclas de diversos gases, la determinación de los límites de explosividad es bastante compleja y precisa su

determinación experimental para cada caso concreto. 4. - Otros factores que influyen en la combustibilidad. 4.1. - Forma física. La influencia que la superficie expuesta en los líquidos y la forma física en los sólidos tienen en la combustión se advierte de forma inmediata. Así, las astillas de madera se inflaman rápidamente con focos de ignición relativamente pequeños, mientras que troncos pesados del mismo material resisten a la ignición en un grado considerable. La razón de este efecto reside en que la relación superficie-volumen se incrementa, existiendo un mayor contacto entre la materia combustible y el aire que favorece la oxidación del mismo, así como una menor masa que pueda disipar el calor y que impida que se alcance el punto de inflamación. Se deduce fácilmente que los combustibles sólidos finamente disgregados o delgados arderán con mayor facilidad que los grandes. Aunque no existe un criterio rígido para establecer una clasificación de los niveles de disgregación, se acepta que si la máxima dimensión de las partículas es de 0,5 mm. El sólido se encuentra en estado pulverulento y tendrá un comportamiento cercano al de los gases (deflagraciones). Esto es: - Si se trata de productos finamente divididos pero no pulverulentos, variaran sus condiciones iniciales y del desarrollo de la combustión, pero no habrá posibilidades de explosión. (Deflagración). - Si se trata de productos en estado pulverulento, además de las posibilidades de incendio, se podrán dar las condiciones para que se origine una explosión. 4.2. - Porcentaje de oxígeno El fuego, entendido como una reacción química entre un combustible y el oxígeno, resulta afectado por el grado de concentración de ambos elementos. En la mayoría de los fuegos corrientes, el oxígeno está presente en una concentración del 21% que es la normal en la atmósfera, no obstante pueden darse dos casos: - Atmósfera con deficiencia de oxígeno: Los incendios que se producen en espacios cerrados consumen naturalmente oxígeno, sin embargo, en muchos casos este consumo de oxígeno no basta para que el fuego se apague por sí solo. - Así, por ejemplo, se sabe que la madera continúa ardiendo de forma incandescente en concentraciones de oxígeno no superiores al 4 ó 5%, produciendo una gran cantidad de gases inflamables, que pueden arder rápidamente produciendo explosiones si se produce una ventilación repentina. A estas explosiones se les denomina comúnmente reexplosiones, explosiones de humos o back-draft. Sin embargo, la mayoría de los líquidos no suelen arder cuando el nivel de oxígeno está por debajo del 15%.

- Atmósferas ricas en oxígeno: Las atmósferas ricas en oxígeno son aquellas en las que la concentración de este elemento en el aire es superior al 21%. El grado de riesgo de incendio que presentan las atmósferas ricas en oxígeno varía según la concentración del mismo y de la presión total de la mezcla de gases. En nuestro caso este último factor no lo tomaremos en cuenta considerando únicamente gases a presión atmosférica. La concentración del oxígeno en la atmósfera es prácticamente invariable (varía ligeramente con la altitud y con la climatología), sin embargo en la industria y en medicina se utilizan concentraciones superiores al 21% que pueden alterar el comportamiento de combustibles. La probabilidad de ignición, así como la velocidad de propagación de las llamas en un combustible aumenta generalmente, aunque no en todos los casos, con una mayor concentración de oxígeno. Así, en general, podemos decir que el riesgo de incendio en una atmósfera enriquecida por oxígeno es bastante mayor que en una atmósfera ordinaria, siendo casi todos los materiales inflamables en una atmósfera de oxígeno puro. El aumento de concentración de oxígeno puede cambiar la clasificación de un material no inflamable. 4.2.1. - Gases y líquidos combustibles En los hidrocarburos y en otros productos aunque la temperatura de autoignición tiende a ser inferior en atmósferas de oxígeno que en las del aire, las diferencias no son muy grandes. Así la del etano pasa de 515 ºC en aire a 506 ºC en oxígeno, o el acetileno que desciende de 305 ºC en aire a 296 ºC. Pese a ello, las energías de activación necesarias para la ignición son del orden de 100 veces menores en oxígeno que en aire. Los lubricantes y los fluidos hidráulicos, en cambio, son más sensibles a la concentración de oxígeno, y presentan diferencias que rondan los 100 ºC. Sin embargo, los límites de inflamabilidad resultan muy afectados, sobre todo el límite superior, mientras que el inferior presenta muy pocas variaciones. 4.2.2 - Sólidos combustibles En general, las temperaturas de autoignición son más bajas y la resistencia a la llama menor en una atmósfera rica en oxígeno que en la atmósfera normal. Además la velocidad de propagación de la llama se incrementa al aumentar la proporción de oxígeno, siendo ésta la más importante de las propiedades de los materiales sólidos involucrados en un incendio de estas características. 4.3. - Contenido de humedad En este apartado nos referiremos únicamente a combustibles sólidos. Los ensayos, en laboratorio, demuestran que el comportamiento de sólidos combustibles diferentes, aunque de iguales dimensiones, forma y composición química, varía notablemente según su contenido de humedad. Este contenido no solamente influye sobre la posibilidad de ignición, sino también

sobre la velocidad de combustión: Un ejemplo ilustrativo, es el de un incendio forestal. Tras una sequía prolongada acompañada de altas temperaturas el fuego encuentra en la vegetación del bosque el combustible idóneo para su rápida propagación. Mientras que el combustible está húmedo, el agua consume gran parte de calor al que está expuesto la madera. Además las grandes cantidades de vapor producidas diluyen el oxígeno del aire que se encuentra cerca de los combustibles ralentizando la formación de mezclas combustibles. Como regla general cuando el contenido de humedad de la madera y otros combustibles similares está por encima del 15% el riesgo de ignición resulta bastante pequeño. 5. - Combustible Muchas veces se planta la diferencia semántica entre inflamable y combustible. La Instrucción Técnica complementaria MIE-APQ-001 del Ministerio de Industria realiza la siguiente precisión: - Líquido Combustible: Es un líquido con un punto de inflamación igual o superior a 38ºC. - Líquido Inflamable: Es un líquido con un punto de inflamación inferior a 38ºC. 5.1. - Gases El término gas describe el estado físico de la materia que no tiene forma ni volumen propio sino que se adapta a la forma del continente y ocupa volumen completo. Dado que todas las sustancias pueden adoptar el estado gaseoso, según la temperatura y la presión que se les aplique, denominamos gases a aquellas sustancias que existen en este estado en condiciones ambientales (20ºC y 1 atmósfera). El Reglamento de Transportes de Mercancías Peligrosas por Carretera (T.P.C.) define como gases a aquellas materias que tienen una tensión de vapor de 3 bares y 50ºC o presentan una temperatura crítica inferior a 50ºC. El Reglamento de aparatos a presión denomina gases inflamables a "Cualquier gas o mezcla de gases cuyo límite inferior de inflamabilidad en el aire sea menor o igual al 13 por 100, o que tenga un campo de inflamabilidad (Rango) mayor de 12". En los gases inflamables no se considera el punto de inflamación ya que no tiene sentido. Estudiándose su peligrosidad y su comportamiento en base a los límites de inflamabilidad y a la energía de activación necesaria para la combustión. La combustión rápida y violenta (explosión) es la característica más típica de los gases. 5.2. - Plásticos Los plásticos son un grupo de materiales compuestos básicamente por sustancias orgánicas unidas en largas cadenas moleculares.

Aunque son sólidos, su comportamiento a temperaturas moderadas es el de los líquidos. Existen millares de variantes distintas de plásticos por lo que presentan gran variedad de matices en su comportamiento al fuego, por lo que carece de sentido hablar de "el plástico" de forma genérica. A continuación se expone de forma resumida la reacción al fuego de las familias más características. - Fenoplastos. Por su carácter termoestable, son resistentes a la acción del calor y la llama. Su comportamiento al fuego puede empeorar con algún tipo de cargas, pero manteniéndose siempre en unos límites satisfactorios de autoextinción y elevada resistencia a la llama. - Aminoplastos. Son compuestos termoestables con excelentes propiedades de resistencia al calor y a la acción de la llama, siendo autoextinguibles. - Poliamidas. Como consecuencia de su alta resistencia a la temperatura, se consideran, en general, materiales no propagadores de la llama. A veces, sin embargo, van reforzadas con cargas o fibra de vidrio o incorporan plastificantes, en cuyo caso pueden propagar la llama, si no llevan además otros aditivos ignifugantes. - Polietileno-Polipropileno. Aún cuando por su naturaleza son combustibles, pueden considerarse, mediante formulaciones adecuadas, productos difícilmente combustibles sin modificar el resto de sus características. Debido a su composición, exclusivamente de carbono e hidrógeno, la combustión de estos compuestos, además de ser muy lenta, sólo puede producir anhídrido carbónico y agua. Como consecuencia de su bajo punto de fusión, tienden a fundir antes de empezar a arder. - Polímeros estirénicos. Son productos combustibles que desprenden gran cantidad de humos negros característicos de hidrocarburos aromáticos. Mediante el empleo de retardadores de llama y agentes ignifugantes, se han conseguido formulaciones con un comportamiento al fuego mejorado. - Policlorulo de Vinilo. En general, la presencia de halógenos dificulta la acción de la llama, extinguiéndola. El PVC, que contiene un alto porcentaje de halógeno cloro, por constitución, arde con dificultad y no propaga la llama. Se puede considerar, sin embargo, los dos tipos de acabados de PVC: _ Flexible. Normalmente es combustible debido a la presencia de plastificantes que rebajan el porcentaje de cloro. _ Rígido. Muy poco combustible. - Polimetracrilato de metilo. Es relativamente difícil iniciar su combustión, cosa que sólo puede conseguirse a través de una arista. Su combustión es lenta y con goteo, a veces ardiendo, produciendo muy pocos humos incoloros. Mediante el empleo de ignifugantes, se han obtenido formulaciones autoextinguibles. - Derivados de la Celulosa. Son materiales combustibles, que arden con goteo desprendiendo pocos humos. - Espumas de Poliestireno. Son combustibles, manteniendo la combustión mientras haya presente suficiente cantidad de oxígeno, aunque en espacios cerrados (por ejemplo: capa aislante en un muro) no la mantienen por sí mismas, puesto que ésta exige como mínimo 130 veces más de aire que el contenido por el poliestireno. Existen en el mercado tipos de poliestireno expando con propiedades autoextinguibles o ignífugas que mejoran su comportamiento al fuego. - Espumas de Poliuretano. Las cantidades normales arden desprendiendo humo

abundante y gases en parte tóxicos. Existen, no obstante, tipos autoextinguibles por incorporación de agentes ignífugos. 5.3. - Tejidos y fibras textiles. Casi todos los tejidos y fibras textiles son combustibles lo que unido al hecho de su abundante presencia en viviendas y locales explica su potencial peligrosidad. Hay muchas variables que afectan a la forma en que arden los materiales textiles figurando entre los más destacados su composición química, su peso y compactación, el acabado y el tratamiento ignifugante que se le haya dado. Existen, no obstante, tejidos no combustibles fabricados con materiales inorgánicos. Las fibras vegetales como el algodón, el yute o el lino se componen básicamente de celulosa por lo que son combustibles. Las fibras vegetales no se funden ni se derriten, al contrario de la mayor parte de las fibras sintéticas que si lo hacen, produciendo un denso humo negro al consumirse. Existen multitud de fibras sintéticas y por lo tanto con propiedades distintas, aunque por generalizar se podría decir que la mayoría funde o ablanda alrededor de los 200-300 grados y arde por encima de los 400-500ºC. Algunas fibras presentan combustión lenta estando su punto de ignición por encima de los 800ºC. Es el caso de la ropa utilizada por los propios bomberos. 5.4. - Madera La madera es el combustible más habitual que se pueda encontrar en los incendios. La madera en sus diversas presentaciones (maciza, aglomerado, contrachapado, etc.…) puede entrar en ignición, carbonizarse o arder en forma de rescoldos. Rara vez entra en autoignición. La madera no es un producto con una composición determinada, sino que es un compuesto de muchas sustancias como celulosa, lignocelulosa, lignina, resinas, etc.… Siendo la celulosa la principal componente en peso. La madera en su ignición presenta una progresiva degradación con la temperatura que debemos dividirla en cuatro etapas: 1ª- Hasta 200ºC. Se elimina la humedad en forma de vapor de agua, así como otros gases. 2ª- De 200 a 300ºC. Se alcanza la temperatura de inflamación apareciendo llamas. 3ª- De 300 a 500ºC. Se produce una pirólisis de importancia, comenzando a disminuir la llama. 4ª- Superior a 500ºC. La combustión continúa. Se ralentiza la penetración del calor en el interior al aumentar la capa carbonosa.

El comportamiento de la madera al fuego suele mejorarse con productos ignífugos, intumescentes o retardadores. Ni que decir que el comportamiento de la madera además de la forma física, la humedad, etc.… dependerá del tipo de madera de la que se trate, presentando por ejemplo el pino mayor facilidad a la ignición que el roble para trozos de las mismas características. 5.5. - Papel La combustión del papel va a depender en gran medida de su compactación y su composición. Así una bala de papel prensado arderá con gran dificultad y muy lentamente, mientras que el papel suelto arderá con rapidez y llama viva. 5.6. - Polvos Como se ha comentado anteriormente en otro apartado, el estado de disgregación les confiere a muchos sólidos combustibles unas características peculiares La rápida combustión de una nube de polvo en suspensión da lugar a una importante formación de gases y como consecuencia puede producirse una Explosión. Estas rápidas combustiones son del tipo deflagración (la onda de presión va por delante de la llama). Las principales características que definen los fuegos y explosiones de polvo son: n La naturaleza del combustible. N La concentración del polvo n La dimensión de las partículas n Las impurezas n La humedad n La concentración de aire (oxigeno) n La potencia de la fuente de ignición. Así cuanto menor es el tamaño de las partículas más fácil es que una nube de polvo entre en ignición. En cuanto a su concentración, existen unas concentraciones límite (L.I.I. y L.S.I.) que suelen expresarse en masa de polvo por unidad de volumen de aire. Aunque el Limite Inferior de Inflamabilidad (L.I.I.) se ha determinado para muchos polvos, el valor real en la práctica puede desviarse mucho por la influencia que tienen otros parámetros (tamaño, pureza, humedad…) Habitualmente se estudian dos situaciones de cara a los polvos combustibles: n Polvo en lecho: cuando las capas están depositadas sobre superficies. Presenta únicamente riesgo de incendio (no de explosión), excepto si existen turbulencias y pasa a nube. N Polvo en nube: cuando se forma una mezcla aire-polvo. Presenta riesgo de explosión. Si no hay turbulencias, llega a decantarse pasando a la fase de lecho.

5.7. - Metales Casi todos los metales pueden oxidarse. Algunos de ellos lo hacen tan rápidamente que pueden generar suficiente cantidad de calor como para alcanzar sus respectivas temperaturas de inflamación. Un factor fundamental en la combustión de los metales es su estado de disgregación, ya que incluso metales como el aluminio o el acero que en forma masiva no se consideran combustibles, pueden entrar en ignición si están finamente divididos. Como quiera que el comportamiento de los metales es muy diverso y no son frecuentes este tipo de incendios salvo en procesos industriales muy concretos, no nos extenderemos en el comentario.

5.8. - Productos químicos varios Existen centenares de productos químicos combustibles y cada año se incorporan a la lista decenas de ellos. No pudiendo en este tema contemplar su peligrosidad en relación a la combustibilidad de cada uno de ellos, siendo imposible el conocimiento de cada uno o de sus combinaciones. Por ello no queda sino recomendar las guías de peligrosidad de materias según su riesgo, que numerosos estamentos, organizaciones y administraciones han editado al efecto.

TEMA 1.- NATURALEZA DEL FUEGO INDICE 1. NATURALEZA DEL FUEGO. 1.1. DEFINICIÓN. 1.2. COMBUSTIBLES. 1.3. COMBURENTES. 1.4. ENERGÍA EXTERIOR. 1.5. REACCIÓN INTERIOR. 1.6. PODER CALORÍFICO. 2. TIPOS DE COMBUSTIÓN. 2.1. LENTA. 2.2. RÁPIDA: DEFLAGRACIÓN, EXPLOSIÓN Y DETONACIÓN.

3. RESULTADOS DE LA COMBUSTIÓN. 3.1. HUMOS. 3.2. LLAMAS. 3.3. GASES Y CALOR. 4. DIFERENCIA ENTRE CALOR Y TEMPERATURA. 5. TRANSMISION DEL CALOR. 5.1. CONDUCCIÓN. 5.2. CONVECCIÓN. 5.3. RADIACIÓN. 5.4. CONTACTO DIRECTO. 6. CLASIFICACION DE LOS FUEGOS.6.1. FUEGO O INCENDIO. 6.2. CLASES DE FUEGO. 6.3. CLASIFICACIÓN EN FUNCIÓN DE CÓMO SE MANIFIESTAN. 6.3.1. Según foco. 6.3.2. Según tamaño. 6.3.3. Según donde se desarrollan. 7. TRIANGULO Y TETRAEDRO DEL FUEGO. 7.1. PRINCIPIOS DEL FUEGO. 7.2. TRIANGULO DEL FUEGO. 7.3. TETRAEDRO DEL FUEGO. 7.4. MECANISMOS DE EXTINCIÓN. 7.4.1. Extinción por enfriamiento. 7.4.2. Extinción por sofocación o dilución del oxigeno. 7.4.3. Extinción por eliminación del combustible. 7.4.4. Extinción por inumición de la reacción en cadena.

1.- NATURALEZA DEL FUEGO. 1.1.- DEFINICIÓN: Es una reacción química que se produce entre un combustible y un comburente (oxígeno) más una energía exterior (calor). La reacción que se produce suele desprender calor. P=C+C+E+R 1.2.- COMBUSTIBLE: Cualquier elemento que en presencia de oxigeno y temperatura sea, capaz de arder, en una reacción rápida y exotérmica. Pueden ser SÓLIDOS, LIQUIDOS Y GASEOSOS Lo que "arde" son los vapores que emiten al calentarse.

1.2.1- Para que se inflamen deben rebasar el PUNTO DE INFLAMACION que es aquel en el que emite vapores suficientes para inflamarse en presencia de una temperatura alta, conocida como Flash-Point, y se mantienen ardiendo hasta que se consume el combustible.

Cuanto más baja sea la temperatura del Punto de Inflamación, más peligroso será manipular el producto combustible. 1.2.2- Si los vapores siguen calentándose pueden llegar al PUNTO DE AUTOINFLAMACION y no precisan energía externa para encenderse, lo harán

espontáneamente.

1.2.3.- Punto de ignición Es la temperatura mínima en la que un combustible emite vapores suficientes para inflamarse en contacto con fuente de calor, pero se apaga si se retira está fuente de calor. MADERA Y PAPEL necesitan 200º C para emitir vapores.

1.2.4.- Limites de inflamabilidad. Para que pueda iniciarse un fuego, es preciso que exista una mezcla adecuada entre vapores del combustible y él oxigena del aire. Existen unos límites fuera de los cuales no es posible la inflamación. L.I.I.- Limite Inferior de Inflamabilidad, es la menor concentración de vapores de combustible en oxigeno, por debajo de la cual no se produce la combustión. L.S.I.- Limite Superior de Inflamabilidad, es la máxima concentración de vapores de combustible en oxigeno, por encima de la cual no se produce la combustión.

Las concentraciones intermedias están incluidas en el rango de inflamabilidad, y con todas las mezclas capaces de entrar en combustión.

Los valores que aparecen en los libros se suelen dar en porcentaje de vapores de combustible en mezcla con el aire.

1.3.- COMBURENTE Son los elementos oxidantes que permiten que el fuego se desarrolle una vez que tenemos el combustible con la temperatura adecuada. El oxigeno es el agente oxidante más común, al encontrarse en el aire en una proporción aproximada al 21% en volumen.

1.4.- ENERGÍA DE ACTIVACIÓN Esta energía es aportada por las fuentes de ignición. Un foco puede provocar la ignición si su energía en intensidad (temperatura) y en extensión (canidad de calor) es suficiente para aumentar la temperatura en un combustible por encima del Punto de Auto inflamación. Energías de alta temperatura, extensión y larga duración: LLAMAS. (Estos focos son los más peligrosos pues provocan prácticamente el inicio y desarrollo del incendio). Energías de alta temperatura, pequeña extensión y corta duración: CHISPAS. Energías de baja temperatura. SUPERFICIES CALIENTES. Los principales focos de ignición pueden clasificarse según su origen: NATURAL: Rayos, Sol. ELECTRICO: LLAMAS: Mechero, Hornos. SOLDADURA Y CORTE: Llamas, Conducción de Calor, Chispas. MECANICA: Chispas, Roces, Impactos. QUIMICA: Reacciones exotérmicas.

1.5.- REACCIÓN INTERIOR Cada combustible es distinto, pero consiste en la transmisión de calor de unas partículas a otras, originándose una reacción en cadena.

1.6.- PODER CALORÍFICO Es la cantidad de calor que puede emitir un combustible por unidad de masa, al sufrir un proceso de combustión completa. La unidad más utilizada es Megacaloria por Kilo de combustible (Mcal/Kg).

2.- TIPOS DE COMBUSTIÓN En la combustión influye la temperatura, la superficie de contacto entre combustible y comburente (disgregación) y la proporción de aire; así las diferentes formas de combustión serán cuestión de mayor velocidad en su propagación.

2.1.- COMBUSTIÓN LENTA: V Suele darse en sótanos, o sitios cerrados, es muy peligrosa, pues si entra oxígeno puede generarse una aceleración del incendio y hasta una explosión.

2.2.- COMBUSTIÓN RÁPIDA Según la velocidad de propagación recibe los nombres de:

2.2.1.- Deflagración 2.2.2.- Explosión Combustión muy rápida con expansión de gases.

Se produce cuando se mezcla vapor-gas-aire dentro LII y LSI en recinto cerrado. La gran superficie de contacto entre vapor-oxigeno produce una combustión muy rápida en forma de reacción química. La expansión produce derribos. Las atmósferas de polvos combustibles (silos), son potencialmente explosivas.

2.2.3.- Detonación V > Sonido.

En casos excepcionales. Se emplea para producir la explosión de una carga mayor. Alcanza velocidades de Kms/sg. Y son muy destructivas, aunque se suele tratar de masas muy pequeñas. (Barrenos).

3.- RESULTADOS DE LA COMBUSTIÓN. 3.1.-HUMO. a) Blanco o gris pálido, indica que arde libremente b) Negro o gris oscuro, suele indicar fuego caliente y falta de oxígeno. c) Amarillo, Rojo o Violeta, suele indicar presencia de gases tóxicos. Aparece por combustión incompleta. Puede ser también inflamable cuando con la adecuada proporción de oxígeno. Es irritante y daría el aparato respiratorio (asfixia), e irrita los ojos impidiendo la visión cuando más se necesita.

3.2.- LLAMA. Es un gas incandescente. Como norma general diremos que el fuego, en una atmósfera rica en oxígeno, es acompañado de una luminosidad, llamada llama,

que se manifiesta como el factor destructivo de la combustión y raramente se separan.

3.3.- GASES. Producidos en una combustión dependen fundamentalmente: Composición del material. Disponibilidad del oxígeno Temperatura. CO: Debido a la falta de 02 Es mortal. Usar Equipo Autónomo, los filtros no sirven. C02: Debido a mucho 02. Peligroso, pues desplaza al oxígeno y acelera la respiración con lo que se absorben otros gases mezclados. Produce jaquecas, sueño, y hasta coma profundo. ACIDO SULFURICO H2S: Cauchos (ruedas) - Puede ser explosivo. Se detecta fácil al irritar los ojos y la nariz. Produce desde simples mareos al ser venenoso y causa parálisis respiratoria. ACROLEINA: Está presente en la combustión de materiales comunes, madera, papel, etc..., pero principalmente de derivados del petróleo. Produce olor sofocante y desagradable. Muy tóxico e irritante. AMONIACO: Se produce en combustiones de productos nitrogenados. Según su temperatura y presión puede ser explosivo. Es de color ocre, irritante y muy tóxico. Produce desde lesiones, de cornea (lavar abundantemente con agua), hasta complicaciones pulmonares y muerte. ACIDO CIANHIDRICO HCN: Se forma en fuegos de lana, seda, plásticos y en combustiones incompletas. PVC. El más peligroso. Muy tóxico, incluso por absorción instantánea. Asfixia muy rápida. Usar Equipo Autónomo. BIOXIDO DE NITROGENO NO2: Humo de automóviles. Su inhalación es grave y de efectos retardados.

4.- DIFERENCIA ENTRE CALOR Y TEMPERATURA. Para no confundir el calor con la temperatura, vamos a dar unos ejemplos. Supongamos que dentro de una habitación existe una pieza de metal y otra de madera; las dos están a la misma temperatura (t) de la habitación. Sin embargo, si tómanos la pieza de metal, notaremos una sensación de frío, de más frío que si tocamos la pieza de madera. Dispongamos dos recipientes con distintas cantidades de agua. Calentamos ambos hasta que el agua alcanza una temperatura de 30º C. El agua de los dos

recipientes tendrá por tanto la misma temperatura, sin embargo el recipiente con más cantidad de agua habrá necesitado más cantidad de calor para alcanzar esos grados. Calor y temperatura son conceptos diferentes. Dispongamos ahora de una jarra de agua caliente (temperatura alta) y de una jarra de agua helada (temperatura baja). Mezclamos el agua de las jarras. La temperatura más alta cede calor a la de temperatura más baja, hasta que todo el conjunto queda con la misma. La temperatura indica el nivel de calor (no la cantidad pues este depende también de la masa) de los cuerpos. CALOR: Para los profesionales lo más importante es el calor. No existe una definición concreta, pero si se saben los efectos e importancia a la hora de hablar del fuego.

5.- TRANSMISIÓN DEL CALOR. En el estudio del fuego, es muy importante que sepamos como actúa el calor y como se transmite, dado que es la causa predominante de los incendios y expansión de los mismos. El calor, o energía térmica, se transmite por tres mecanismos diferentes: conducción, confección y radiación.

5.1.- CONDUCCIÓN.

Si un extremo de una barra metálica se coloca en una llama mientras el otro se sostiene con la mano, se observará que esta parte de la barra se va calentando cada vez más, aunque no está en contacto directo con la llama. Decimos que el calor alcanza el extremo frío de la barra por conducción a lo largo o a través de la sustancia que lo forma. Las moléculas del extremo caliente aumentan la violencia de su vibración si se eleva la temperatura de dicho extremo. Entonces, cuando chocan con sus vecinas que se mueven más lentamente, parte de su energía cinética es compartida con ellas, que la transmite a su vez a las situadas

Más lejos de la llama. Por consiguiente, la energía de la agitación térmica se transmite a lo largo de la barra de una molécula a otra, si bien cada molécula permanece en su posición inicial. Es bien sabido que los metales son buenos conductores de la electricidad y asimismo buenos conductores del calor. La aptitud de los metales para conducir la corriente eléctrica es debida al hecho de que en su interior haya electrones llamados libres, esto es, electrones que se han desprendido de los átomos de donde procedían. Los electrones libres toman parte también en la propagación del calor y son causa de que los metales vean tan buenos conductores de aquel;

en efecto, lo mismo que las moléculas, participan en el proceso de transmitir la energía térmica de las partes más calientes a las más frías del metal. La conducción del calor puede únicamente tener lugar cuando las distintas partes del cuerpo se encuentran a temperaturas diferentes, y la dirección de flujo calorífico es siempre de los puntos de mayor a los de menor temperatura. A veces la definición de igualdad o desigualdad de temperaturas se basa en el fenómeno del flujo calorífico; esto es, si el calor pasa de un cuerpo a otro cuanto ambos se encuentran en contacto, la temperatura del primero es, por definición, mayor que la del segundo, y si no hay paso de calor del uno al otro, sus temperaturas son iguales. Experimentalmente se ha encontrado que la cantidad de calor que atraviesa una superficie es directamente proporcional a dicha superficie y a la diferencia de temperaturas, e inversamente proporcional al espesor. La constancia de proporcionalidad es el coeficiente de conductividad térmica del material, K. Cuanto mayor sea la conductividad térmica, K, tanto mayor será la cantidad de calor que pase por unidad de tiempo, si los demás factores permanecen iguales. Una sustancia para la cual K es grande es un buen conductor, mientras que si K es pequeño, el material es un mal conductor o un buen aislante. No hay ninguna sustancia que sea conductor perfecto (K = 1) o aislante perfecto (K = 0). La tabla 7., en la que figuran algunos valores típicos de la conductividad térmica, demuestra que los metales forman un grupo que tiene mucha mayor conductividad térmica que los no metales. Para que tenga lugar la transmisión de calor por conducción, es imprescindible la presencia de materia, ya que como se ha indicado anteriormente, el calor se transmite por las vibraciones de las moléculas. Cuanto mayor es el grado de disgregación de la materia, menor es la conducción de calor, que se transmite mejor en los sólidos que en los líquidos, y en éstos mejor que en los gases. En el vacío absoluto al calor no se transmite por conducción.

5.2.- CONVECCIÓN. La expresión convecci6n se aplica a la propagación del calor de un lugar a otro por un movimiento real de la sustancia caliente. Son ejemplos de estos la estufa de aire caliente y el sistema de calefacción por agua caliente. Si la sustancia no es obligada a moverse por un ventilador o una bomba, el proceso se denomina convención natural o libre. Para comprender esto último, consideremos un tubo en U como el representado en la figura 11. En (a) el agua está a la misma temperatura en ambas ramas del tubo en U y, por consiguiente, alcanza el mismo nivel en cada una. En (b) se ha calentado la rama derecha del tubo en U. El agua en esta rama se dilata y, por consiguiente, siendo de menor densidad, se necesita una columna de más longitud para equilibrar la presión producida por el agua fría de la columna izquierda. Podemos abrir ahora la espita, y el agua pasará desde la parte superior de la columna caliente a la columna fría. Esto aumentará la presión en el fondo de la U del lado de agua caliente, por lo cual en el fondo de la U el agua es forzada a pasar del lado frío al lado caliente y sustraemos calor del lado frío, la circulación se mantiene por sí misma. El resultado, en definitiva, es una propagación continua de calor del lado caliente al f río. En el sistema doméstico usual de calefacción por agua caliente, el lado frío corresponde a los radiadores y el lado caliente a la caldera. La teoría matemática de la convecci6n del calor es muy complicada y no existe ninguna ecuación sencilla para la convección, como la que hay para la conducción. Esto es debido al hecho de que el calor ganado o perdido por una superficie a determinada temperatura, en contacto con un fluido a otra temperatura distinta, depende de muchas circunstancias, a saber: De que la superficie sea plana o curva. De que sea horizontal o vertical. De que el fluido en contacto con la superficie sea un líquido o un gas. De la densidad, viscosidad, calor específico y conductividad térmica del fluido. De que la velocidad del fluido sea suficientemente pequeña para producir un régimen laminar o lo bastante grande para originar un régimen turbulento.

5.3.- RADIACIÓN. Cuando colocamos la mano en contacto directo con un radiador de calefacción de agua caliente o vapor, el calor alcanza la mano por conducción, a través de las paredes de radiador. Si la mano se mantiene ahora encima del radiador, pero no en contacto con él, el calor alcanza la mano por medio de un movimiento de convecci6n hacía arriba de las corrientes de aire. Si se coloca la mano a un lado del radiador todavía se calienta, aunque no está en la trayectoria de las corrientes de convección. La energía llega ahora a la mano por radiación. La expresión radiación se refiere a la emisión continua de energía desde la superficie de todos los cuerpos. Esta energía se denomina energía radiante y se encuentra en forma de ondas electromagnéticas que se propagan con la velocidad de la luz y se transmiten a través del vacío lo mismo que a través del aire. (En realidad mejor que en el aire, puesto que son absorbidas por éste en cierta proporción. Cuando inciden sobre un cuerpo que no es transparente a ellas, como la superficie de la mano o las paredes de la habitación, son absorbidas y su energía es transformada en calor.

La energía radiante emitida por una superficie por unidad de tiempo y por unidad de área, depende de la naturaleza de la superficie y de su temperatura. A bajas temperaturas, la radiación por unidad de tiempo es pequeña y la energía radiante es casi toda ella de longitud de onda relativamente grande. Cuando la temperatura aumenta, la radiación por segundo, crece muy rápidamente, siendo proporcional a la cuarta potencia de la temperatura; por ejemplo, un bloque de cobre a una temperatura de 100'C (373'K) irradia aproximadamente 300.000 ergios/seg., o sea, 0,03 w por cada centímetro cuadrado de su superficie. A la temperatura de 500º C (773'K) emite aproximadamente 0,54 w por centímetro cuadrado, y a 1000º C (1273'K) irradia alrededor de 4 w/cm2. Esta cantidad es 130 veces mayor que la emitida a la temperatura de 100º C.

Para cada una de estas temperaturas, la energía radiante emitida es una mezcla de ondas de distintas longitudes. A la temperatura de 100º C, la más intensa de estas ondas, tiene una longitud de 5 x 10 cm., aproximadamente; para longitudes de onda mayores o menores que este valor, la intensidad disminuye como indica la curva de la figura 13. La distribución correspondiente de la energía a temperaturas más elevadas está indicada también en la figura. El área comprendida entre cada curva y eje horizontal representa la cantidad total de energía radiada por unidad de tiempo, a dicha temperatura. Es evidente que esta cantidad de energía radiada por segundo aumenta rápidamente con la temperatura, y también que la longitud de onda correspondiente a la onda más intensa se desplaza hacia la izquierda, o sea hacia las longitudes de onda más cortas al elevarse la temperatura. A una temperatura de 300'C, toda la energía radiante emitida por un cuerpo es transportada prácticamente por ondas de más longitud que la correspondiente a

la luz roja. Tales ondas se denominan infrarrojas, por corresponder a frecuencias inferiores al rojo.

5.4.- CONTACTO DIRECTO DE LA LLAMA. El calor también es transmitido por contacto con la llama. Cuando una sustancia se calienta hasta emitir vapores inflamables, estos pueden entrar en combustión y así sucesivamente.

6.- CLASIFICACIÓN DE LOS FUEGOS. 6.1.- FUEGO O INCENDIO. De sobra es conocido que el Fuego en sí es imprescindible para el desarrollo normal de la vida. Sin él no sería posible cocinar, calentarse, iluminar, etc. Por eso es muy conveniente matizar que el "fuego controlado" tal y como el hombre desea que aparezca para que le sea útil, es diferente al fuego sin control, no deseado. Así podemos definir que: INCENDIO: es el accidente (efecto no deseado) producido por el riesgo de fuego (causa). En adelante, aunque a veces se utilicen indistintamente los términos Fuego o Incendio, siempre nos estaremos refiriendo al “efecto no deseado” del mismo, al cual hay que combatir como un enemigo poderoso y traicionero.

6.2.- CLASES DE FUEGO Atendiendo al comportamiento ante el fuego de los diversos materiales combustibles, internacionalmente se ha acordado agruparlos para definir las siguientes clases de fuego: FUEGOS CLASE “A” Producidos o generados por Combustible sólidos, tales como madera, carbón, paja, tejidos y, en general, materiales carbonáceos. Retienen el oxígeno en su interior formando «brasa", caracterizándose como los llamados fuegos profundos. FUEGOS CLASE “B” Producidos o generados por sustancias líquidas, tales como gasolina, petróleo gas-oil, grasas, mantecas, aceites, alquitrán, keroseno, etc.

Solamente arden en su superficie que está en contacto con el oxígeno del aire. FUEGOS CLASE “C” Producidos o generados por sustancias gaseosas, tales como propano, butano, metano, hexano, gas ciudad, gas de hulla, etc. FUEGOS CLASE “D” Producidos o generados en metales combustibles, tales como magnesio uranio, aluminio en polvo, etc. El tratamiento para extinguir estos fuegos debe ser minuciosamente estudiado, pero con seguridad pueden utilizarse arenas secas muy finas.

FUEGOS CLASE "E" En realidad no es ninguna clase especifica de fuego, ya que en este grupo quedan incluidos cualquier combustible que arde en presencia de cables o equipos eléctricos bajo tensión. Si ésta no existiera, el combustible, aunque correspondiera a elementos de una instalación eléctrica, definiría la clase de fuego (Generalmente pasa a ser la “A”).

6.3.- CLASIFICACIÓN DE FUEGOS EN FUNCIÓN DE CÓMO SE MANIFIESTAN. · SEGUN EL FOCO EN EL QUE SE PRODUCE. · SEGUN EL TAMAÑO. · SEGUN DONDE SE DESARROLLA.

6.3.1.- Según foco: Fuego en horizontal sin ángulos muertos. (Derrames) Foco vertical: Fuego en varios planos horizontales superpuestos. También se llaman así cuando hay zonas ocultas. Foco alimentado: Cuando V. H. está alimentado por combustible procedente de depósitos no afectados por el fuego.

6.3.2.- Según tamaño. Pequeño: menos de 4m2 de superficie Mediano: de 4 a 10m2. Grande: de 10 a 1OO m2. Envergadura: más de 1OO m2

6.3.3.- Según donde se desarrollan.

Interiores: En interior de edificios y no se manifiestan al exterior, por poco aporte de oxígeno. El abundante humo, la combustión incompleta, y los gases calientes, crean una presión elevada de gases tóxicos, inflamables y de calor. Estos incendios que ofrecen peligros de sofocación e intoxicación para las personas, además de grave riesgo de propagación y explosión, exigen un minucioso reconocimiento. Deben extinguirse sin ventilar, en ambiente sin aire y saturados de gases tóxicos, ya que si se ventilan se inflamarán instantáneamente y se propagarán muy rápido. La peligrosidad de la labor de extinción está precisamente en que se debe realizar sin ventilación.

Exteriores: Son en los que se ven llamas desde el exterior. Bien porque se halla propagado hasta los elementos exteriores y porque sean vistos los que arden alimentados por el oxígeno del aire. Suelen ser interiores en su origen y a través de huecos pasan al exterior.

7.- TRIANGULO Y TETRAEDRO DEL FUEGO 7.1.- PRINCIPIOS DEL FUEGO. El fuego se define como una manifestación de una oxidación rápida con elevación de la temperatura y emisión de luz. El Oxígeno, elemento electronegativo, es generalmente el agente oxidante, con una gran afinidad por la mayoría de las materias orgánicas. Unas reacciones exotérmicas es el resultado de esta gran afinidad. El Combustible actúa como agente reductor en esa reacción, y puede ser cualquier material con posibilidad de ser oxidado. Según esta posibilidad, la velocidad de reacción varía, por lo cual podemos clasificar: Si Si Si Si

la la la la

reacción es reacción es reacción es reacción es

lenta........................ OXIDACION rápida...................... COMBUSTION muy rápida............... DEFLAGRACION instantánea............... EXIPLOSION

Pero las materias en estado Normal para que actúen como reductores (Combustibles) necesitan que se las aporte una cantidad determinada de energía para liberar sus electrones y compartirlos con los más próximos del oxígeno. Se llama 'energía de activación' y se proporciona desde el exterior por un foco de ignición (calor). Al ser reacción exotérmica, esta energía propia es suficiente para liberar más electrones, originándose así una “reacción en cadena”.

7.2.- TRIANGULO DE FUEGO El fuego no puede existir sin la conjunción simultánea de los tres factores: · Combustible (Materia que arde). · Comburente (Oxígeno del aire). · Calor (Aportación de energía). A cada uno de estos elementos se les suele representar geométricamente en cada lado de un triángulo (EL FUEGO), el cual dejaría de existir si le faltara uno de ellos. (Ver Figura l).

7.3.- TETRAEDRO DEL FUEGO. Aunque los procesos de combustión son muy complejos, se pueden representar mediante un triángulo en el que cada uno de sus lados representa a uno de los tres factores esenciales para producir un fuego: combustible, comburente y temperatura a nivel suficientemente alto, tal como se representa en la figura 1.

Esta representación se aceptó durante mucho tiempo. Sin embargo muchos fenómenos anómalos no podían explicarse completamente en base a este triángulo. Para poder explicar tales fenómenos, es necesario incluir un cuarto factor la existencia de reacciones en cadena. Por ello se ha propuesto una nueva representación, que comprende las condiciones necesarias para que se produzca un fuego, en forma de tetraedro, representado en la figura 2. La razón para emplear un tetraedro y no un cuadrado es que cada uno de los cuatro elementos está directamente adyacente y en conexión con cada uno de los otros tres. El retirar uno o más de los cuatro elementos de tetraedro hará que éste está incompleto y, por consiguiente, el resultado será la extinción.

7.4.- MECANISMO DE EXTINCIÓN. 7.4.1.- Extinción por enfriamiento. El mecanismo de extinción actúa disminuyendo la cantidad de calor hasta alcanzar temperaturas por debajo de la del punto de incendio, consiguiendo la extinción. El agente extintor que produce el mayor efecto de refrigeración es el agua, fundamentalmente en su paso de fase líquido a vapor, en el que absorbe 540 calorías por gramo de agua. También tienen cierto efecto de refrigeración aunque mucho menor que el agua, el anhídrido carbónico (CO2), halones y en menor medida el polvo antibrasa.

7.4.2.-Extinción por sofocación o dilución del oxigeno. Este mecanismo de extinción actúa sobre el oxígeno (comburente), eliminando por completo su contacto con el combustible, o diluyendo la concentración de oxígeno a valores que sitúan a la mezcla vapores de combustible-oxígeno por debajo del límite inferior de inflamabilidad. Los agentes extintores que actúan por dilución del comburente son el anhídrido carbónico y los halones. Las espumas intervienen por sofocación aislando el comburente del combustible. Este efecto se puede conseguir también por un sistema mecánico: tapando la boca de un recipiente en combustión cubriendo con una manta a una persona cuya ropa se está quemando.

7.4.3.- Extinción por eliminación del combustible. La actuación se basa en la retirada total o parcial del combustible que se está quemando o del que se va a quemar con el avance del frente de llamas. Esta técnica de extinción es la indicada en incendios de fugas de gases. Además, de tratarse del método menos arriesgado, su justificación reside en que si se apagara la llama de la fuga sin cortar el escape del gas, este formaría una nube mezclada, con el oxígeno, que al inflamarse daría lugar a una explosión de consecuencias mucho más graves que la combustión en el punto de fuga.

7.4.4.- Extinción por inhibición de las reacciones en cadena. El mecanismo de extinción se fundamenta en la inhibición de las reacciones en cadena, por un efecto de carácter químico. Los agentes extintores que proporcionan este efecto de inhibición química son los halones y el polvo químico Seco.

Capítulo III: Agentes Extintores. 1. Definición. 2. Formas de extinción. 3. Tipos de agentes. - Agua. - Espuma. -- Espuma química. -- Espuma física. -- Espuma antialcohol.

-- Light water. - Polvo. -- Polvo químico seco. -- Polvo antibrasa. 4. Anhídrido carbónico (CO2). 5. Hidrocarburos halogenados. 4. Campo de aplicación.

Capítulo III: Agentes Extintores. 1.- Definición. Conocida la naturaleza del fuego, consideraremos agentes extintores aquellos productos capaces de eliminar uno o varios de los elementos del fuego.

2.- Formas de extinción. Atendiendo a los componentes del fuego, podrá extinguirse éste, por ELIMINACION DEL COMBUSTIBLE, por SOFOCACION DEL COMBURENTE, por ENFRIAMIENTO DEL CALOR y por INHIBICION (paralización) DE LA REACCION INTERIOR.

3.- Tipos de agentes. 3.1.- Agua. El agua es el agente extintor por excelencia, si bien su empleo no es siempre adecuado. La principal característica de extinción es su alto poder de absorción de calor, lo cual permite un gran ENFRIAMIENTO del fuego. Esta absorción de calor lleva al agua a su temperatura de ebullición, absorbiendo más calor y pasando al estado de vapor. En este estado se produce un efecto de SOFOCACION ayudando aún más a la extinción. Modernamente con el empleo de lanzas adecuadas puede proyectarse el agua a chorro, o pulverizada. El agua a chorro permite un ataque a mayor distancia con gran impacto DIRECTO sobre el fuego. Con el agua pulverizada se obtiene mayor enfriamiento sobre todo efectuando un ataque INDIRECTO a las zonas más calientes, debido a la formación de grandes cantidades de vapor, lo que por contra dificulta la visión en muchos casos. Con este tipo de proyección se disminuyen los riesgos eléctricos y se limitan los daños por impacto, utilizándose menos agua. Es muy adecuado para refrescar superficies expuestas al calor sin daños superficiales, y para ventilar escapes de gases peligrosos.

3.2.- Espuma. Por tratarse de burbujas de muy poco peso, la espuma produce un efecto principal de SOFOCACION al mantenerse en las superficies encendidas. Además se

trata de un elemento líquido que absorbe calor y produce un ENFRIAMIENTO que ayuda a la extinción.

3.2.1.- Espuma química. Se produce al mezclar en el interior de un recipiente un producto de tipo ácido (sulfato de aluminio) y otro de tipo alcalino (bicarbonato sódico), desprendiendo una cierta cantidad de anhídrido carbónico que proporciona la presión necesaria para la salida de la mezcla. Este tipo de espuma está en desuso por los inconvenientes que tiene en su empleo (conduce la corriente, es corrosiva, mancha, etc.).

3.2.2.- Espuma física. Es el resultado de la emulsión de un detergente con agua y aire a gran velocidad. La mezcla del espumógeno con el agua se produce en un mezclador independiente o incorporado al propio vehículo autobomba. Según la calidad de este tipo de detergente se producen expansiones que oscilan entre los 30 y los 900 volúmenes llamándose de BAJA, MEDIA o ALTA EXPANSION según los casos. Su propulsión al fuego se realiza con lanzas especiales para las de baja expansión o espumas PESADAS y con una manga proveniente de un generador para las espumas LIGERAS o de MEDIAS y ALTA EXPANSION.

3.2.3.- Espuma antialcohol. Las espumas normales se destruyen en presencia de ciertos fuegos (etanol), por lo que es preciso recurrir a otro tipo de tutógenos llamados ANTIALCOHOL, que persisten en la superficie efectuando la extinción.

3.2.4.- Light water. Este producto que podríamos traducir por AGUA LIGERA, es de uso muy reciente y se comporta como las espumas con la ventaja de poderse proyectar con lanza normal. No crea manta de espuma pero se mantiene sobre los líquidos inflamados extinguiéndolos.

3.3.- Polvos. El polvo es un agente extintor de gran importancia en la industria produciendo un efecto de SOFOCACION a la vez que actúa INHIBIENDO o retardando la reacción interna del combustible y protegiendo al operario de las radiaciones directas del foco del fuego.

3.3.1.- Polvo químico seco. Se trata de un bicarbonato sódico mezclado con un agente que impide la absorción de humedad evitando que el polvo se apelmace y tapone los conductos.

No es peligroso para personas, animales; no es corrosivo y puede ser utilizado por debajo de 1.000 voltios. Una vez extinguida la llama por sofocación es posible que vuelva a encenderse el fuego si quedan restos encendidos y aire suficiente.

3.3.2.- Polvo antibrasa. Se llama así a las sales de fosfatos sódicos o potásicos que se emplean en la extinción. Con respecto al normal tienen la facultad de fundirse y quedar sobre los restos encendidos impidiendo el contacto directo con el aire. De aquí el nombre de "antibrasa". Por su composición química tiene un mayor efecto de paralización de la reacción interna del producto. En cualquier caso, para que el polvo sea lanzado al foco del incendio es precisa una presión ejercida normalmente por anhídrido carbónico, o nitrógeno, los gases inertes para facilitar la extinción. Tiene un mayor efecto aislante en fuegos bajo tensión eléctrica, dependiendo de cada producto en particular.

3.4.- Anhídrido carbónico (CO2). Se trata de un gas inerte incoloro, inodoro y más pesado que el aire que se emplea en la extinción de incendios en extintores portátiles o en instalaciones fijas contenido en recipientes a presión. No es conductor de la electricidad, no mancha y desaparece posteriormente, por lo que puede emplearse con ventaja para extinguir fuegos en equipos delicados (electrónica, ordenadores, laboratorios, etc.). En la extinción al ser más pesado que el aire SOFOCA el incendio, siendo poco efectivo al aire libre. En lugares cerrados, disminuye la relación de oxígeno, pudiendo llegar a ser peligroso si no se produce la ventilación adecuada.

3.5.- Hidrocarburos halogenados. Son productos químicos de alto poder extintor que se emplean tanto en extintor portátil como en instalaciones fijas. Se les nombra por un número que indica por orden la cantidad y tipo de átomos que componen la molécula. Así por ejemplo el HALON 1211 indica que tiene un átomo de carbono, dos átomos de flúor, un átomo de cloro y uno de bromo. Su propia tensión de vapor (6-7 Kg. /cm2.) les permite salir del extintor. No conducen la corriente eléctrica y desaparecen sin dejar rastro, actuando por SOFOCACION y paralizando la reacción en cadena. En concentraciones inferiores al 5% no perjudica al organismo. Aunque los productos de descomposición son peligrosos su existencia se nota rápidamente por molestias irritantes que ponen en guardia al personal.

4.- Campo de aplicación. El agente extintor debe ser apropiado a la clase de fuego que se vaya a combatir, es decir, a los combustibles existentes y las operaciones industriales que coincidan en el riesgo, para que la acción extintora sea más eficaz. Debe tenerse en cuenta también la posible toxicidad de los gases producidos por descomposición en locales pequeños o mal ventilados. Igualmente se prestara especial atención a los elementos bajo tensión eléctrica.

Unidad de Protección Ciudadana

CAPITULO IV: EXTINCION DE INCENDIOS 1. PRECAUCIONES GENERALES DURANTE EL INCENDIO 1.1. ILUMINACION 1.2. RESPIRACION 1.3. ITINERARIOS 1.4. ELECTRICIDAD 1.5. HIELO 2. MARCHA GENERAL DE LAS OPERACIONES 2.1. RECONOCIMIENTO 2.2. SALVAMENTOS 2.3. INSTALACIONES 2.4. ATAQUE 2.5. PROTECCION

2.6. DESPEJE Y DESCOMBRO 2.7. VIGILANCIA

1.- PRECAUCIONES GENERALES DURANTE EL INCENDIO.1.1.- ILUMINACION.Se utilizan con preferencia lámparas eléctricas de seguridad, es decir, con interruptor y bombillas estancos, a fin de evitar la producción de chispas. Está absolutamente prohibido valerse de otro género de iluminación en los locales donde son de temer las explosiones, y en particular, en los fuegos de sótanos. Como medida de prudencia, además, tales aparatos no deberán encenderse o apagarse más que fuera de los locales en los que se teme el riesgo de explosión.

1.2.- RESPIRACION.En ocasiones es preciso proteger rostro y manos contra el calor radiante y aplicar sobre la boca y nariz un pañuelo mojado que tiene la propiedad de filtrar el aire reteniendo el humo. Hay que mantenerse lo más cerca posible del fuego ya que el humo y el calor son allí menos fuertes; el humo es más ligero que el aire, ocupa sobre todo la parte superior de los locales. Cuando son de temer los peligros de asfixia, se utiliza un aparato respiratorio aislante y se ventila lo más rápidamente posible.

1.3.- ITINERARIO.Para los componentes de un equipo de extinción el peligro más temible en el curso de la extinción es el de ser alcanzado por la caída de materiales (cristales, tejas, etc.); por ello siempre irán provistos del casco reglamentario. En un piso que amenaza ruina se camina a lo largo de las paredes. En un techo, no se avanza sino después de haber probado, con el pie, la solidez del tejado. Prestaremos atención a las claraboyas que cuando están polvorientas adquieren el aspecto del cinc.

1.4.- ELECTRICIDAD.No tocar ningún aparato o conductor eléctrico, ni tampoco los transformadores que puedan ser peligrosos. Los trabajos de seccionamiento deben ser realizados por electricistas de las empresas o de las compañías eléctricas.

1.5.- HIELO.Durante los grandes fríos, es preciso que el agua fluya casi constantemente de las lanzas para que no tenga tiempo de helarse en las mangueras.

El agua chorreada forma rápidamente una capa helada, muy peligrosa para los que trabajan en la extinción.

2.- MARCHA GENERAL DE LAS OPERACIONES.2.1.- RECONOCIMIENTO.Consiste en explorar los lugares expuestos al incendio para: - efectuar con rapidez los salvamentos. - discernir los materiales que arden. - determinar los puntos de ataque, los itinerarios para llegar a tales puntos de ataque, los medios de extinción a utilizar, etc. Para aproximarse a los focos se utilizan las comunicaciones existentes (escaleras, pasillos); si son imprescindibles, se alcanzan las ventanas y los techos por medio de las escaleras. Se deben elegir como puntos de ataque los lugares que ofrecen las siguientes características: - Emplazamientos hacia los cuales la propagación del fuego es de temer o puede verificarse con mayor facilidad. - Desde los cuales la acción de las lanzas es más eficaz. - Donde el portador de las lanzas no está demasiado expuesto al calor o al humo. Dedicarse a conservar las piezas esenciales de la construcción y a proteger los locales vecinos al foco, las máquinas, mercancías y equipos de valor, los productos capaces de producir reacciones nocivas o peligrosas en contacto con el fuego o los agentes extintores.

2.2.- SALVAMENTOS.Es el deber primordial del bombero. Debe informarse desde su llegada acerca de los lugares donde hay personas en peligro. Si no consigue obtener ninguna información segura, explora los lugares donde se supone que pudiera haber personas en peligro. Cuando llega a una de ellas le ayuda a franquear los pasos difíciles animándola y sosteniéndola; si no ayuda por sí misma, la transporta de buen grado o a la fuerza. El salvador no debe exponerse más que cuando tiene plena confianza en sus propios medios, con el fin de no convertirse él mismo en una víctima. En ciertos casos particulares, en los que la seguridad del conjunto o una parte del edificio está gravemente amenazada, es conveniente proceder a la evacuación del personal.

2.3.- INSTALACIONES.Las instalaciones o establecimientos de mangueras se realizan en conformidad con las reglas que les han indicado en las maniobras de equipo.

Tales instalaciones se eligen para poder abatir cuanto ante las llamas y permitir a los chorros de las lanzas llegar sobre el fuego.

2.4.- ATAQUE.El ataque empieza cuando el agua o el producto exterior llegan al foco. Todos los esfuerzos deben tender a aislar el fuego, con un número suficiente de extintores y/o lanzas. Las grandes lanzas, de gran alcance, son muy eficaces en los fuegos de cierta violencia, pero pueden ocasionar daños. Por lo tanto es oportuno, siempre que sea posible, transformarlas en pequeñas, más manejables y que producen menos agua de chorreo si están dotadas de difusor. Se ha dominado el fuego cuando éste, no haciendo ya ningún progreso, disminuye de intensidad. El fuego se considera como apagado cuando él y los focos principales están apagados y sólo los restos arden o carbonizan.

2.5.- PROTECCION.La protección está destinada en todo lo posible a limitar los daños ocasionados por el agua, el fuego, el calor, humo. Para ser eficaz, se debe hacer lo más rápidamente posible. Las operaciones de protección comprenden el reconocimiento de los lugares siniestrados y de los vecinos y la maniobra en sí. Cuando las piezas, máquinas y locales a proteger se han determinado, es el momento de proceder, según los casos:

- a la evacuación del agua. - al secado. - al traslado, siempre que esta operación no amenace con ocasionar más daños o de agravar los perjuicios. - a la aireación. - eventualmente, al apuntalamiento.

2.6.- DESPEJE Y DESCOMBRO.El despeje, durante el ataque, tiene por objeto facilitar la extinción descubriendo las partes encendidas hasta entonces inaccesibles. Apagado el fuego, tiene por objeto asegurarse de que los escombros no ocultan

ningún foco de incendio y alejar de este modo todo peligro de reactivación del fuego.

2.7.- VIGILANCIA.La vigilancia tiene por objeto impedir una reanudación del fuego, después de la marcha del grueso de nuestros efectivos. Para ello y sobre todo en un siniestro importante, en el que un riesgo de reanudación del fuego es siempre posible, dejaremos un retén con material listo para ser utilizado en las proximidades de los lugares afectados. Aunque el peligro de reanudación haya desaparecido y por ello retiren a nuestros últimos efectivos, es aconsejable decir a los dirigentes de la empresa que mantengan alguna vigilancia sobre los rescoldos.

EXTINCIÓN DE INCENDIOS DE METALES Y AGUA (“Manual de Protección Contra Incendios” – MAPFRE) “Si el incendio en un taller donde se trabaja con magnesio u otros metales combustibles (excepto metales alcalinos y materiales fisionables) se escapa del control, hasta el punto en que se abran los rociadores automáticos, el gran volumen de agua de los rociadores extingue normalmente los fuegos de Clase A y de magnesio. Donde existan sistemas de protección de rociadores automáticos, se colocan cubiertas deflectantes para proteger los hornos, reactores y otros lugares donde pudiera existir metal fundido. Cuando el metal ardiente se salpica con pequeñas cantidades de agua, extrae

oxígeno del agua, lo que favorece la combustión. Al mismo tiempo, se produce hidrógeno libre, que se incendia fácilmente. Puesto que el agua en pequeñas cantidades acelera la combustión de los fuegos de metales (particularmente cuando se trata de astillas o de finos) no se recomienda el empleo de extintores portátiles ordinarios que contengan agua, excepto para controlar el fuego de los materiales de Clase A que estén contiguos a los materiales incendiados. Sin embargo, el agua es un magnífico refrigerante y puede emplearse contra algunos metales combustibles, en condiciones adecuadas y con un método de aplicación acertado, para reducir la temperatura de los metales ardientes por debajo del punto de ignición. En los siguientes párrafos se trata de las ventajas y limitaciones del empleo de agua contra fuegos de diversos metales combustibles. Aguas sobre incendios de sodio, potasio, litio, NaK, bario, calcio y estroncio: El agua aplicada sobre sodio, potasio, litio, aleaciones de sodio-potasio (NaK), bario y probablemente también calcio y estroncio induce a reacciones químicas que posibilitan que se produzca un incendio o una explosión, incluso a temperatura ambiente. Por lo tanto, no debe emplearse agua contra los fuegos de estos me tales. Aguas sobre Incendios de zirconio: El zirconio en polvo, humedecido con agua, es más difícil que entre en ignición que el seco. Sin embargo, una vez que entra en ignición, el polvo húmedo arde más violentamente que el seco. El polvo que contenga entre el 5 y el 10 por ciento de agua se considera el más peligroso. No deben aplicarse pequeños volúmenes de agua al zirconio incendiado, pero, en grandes volúmenes, el agua puede tener éxito si cubre totalmente los trozos macizos o astillas grandes de material ardiente (por ejemplo, sumergiendo el metal en una cuba o barril de agua). Los chorros de agua aplicados directamente con mangueras a las astillas de zirconio incendiadas suelen producir reacciones violentas. Agua sobre incendios de plutonio, uranio y torio: La aplicación de pequeñas cantidades de agua aumenta la intensidad del fuego del uranio y torio naturales, e incrementa la necesidad de realizar una limpieza total de la contaminación resultante con posterioridad al fuego. Los fuegos de residuos de uranio natural pueden combatirse con agua por el personal (llevando caretas y guantes y con palas de mango largo), recogiéndolo y echándolo en un barril con agua situado en el exterior. El hidrógeno que se forma puede incendiarse por encima del barril. El riesgo de radiactividad del uranio natural es muy bajo (el uranio es en realidad un metal venenoso, aunque bastante menos tóxico que el plomo). El empleo del agua contra uranio o plutonio enriquecido (materiales fisionables) está, generalmente, prohibido. Si se ingiere, el plutonio es considerablemente más peligroso que el uranio. Agua sobre incendios de magnesio: Aunque el agua en pequeñas cantidades acelera los fuegos de magnesio, la rápida aplicación de grandes cantidades de agua, por su efecto enfriante, es efectiva en la extinción de los fuegos de magnesio. Los rociadores automáticos extinguen los incendios que ocurren en los talleres metalúrgicos cuando las cantidades de metal son reducidas. Sin embargo, no debe emplearse agua en fuegos de gran número de astillas de magnesio, cuando sea dudoso que exista suficiente cantidad de agua para hacerse cargo de una gran superficie (Unas cuantas astillas en ignición pueden extinguirse

arrojando sobre ellas un cubo de agua). Los pequeños chorros de los extintores portátiles aceleran violentamente los fuegos de astillas de magnesio. Las piezas de magnesio incendiadas, tales como piezas moldeadas o estructuras fabricadas, pueden enfriarse y extinguirse con gruesos chorros de agua ocasionados por medio de mangueras normales. Un chorro compacto esparce el fuego, pero las gotas gruesas (producidas por una lanza colocada a cierta distancia del fuego o por una lanza graduable) se sitúan por encima y enfrían el metal que no esté ardiendo. A continuación se dirigen los chorros contra el fuego. Normalmente, se produce una aceleración temporal cuando se aplica este procedimiento, pero a esto le sigue una rápida extinción si se continúa aplicando el método. Los incendios bien avanzados y asentados en montones de recortes de magnesio de varios cientos de kilogramos se han logrado extinguir en menos de un minuto con dos mangueras de incendios de 45 mm. Por otra parte, la nebulización de agua tiende a acelerar estos fuegos en lugar de enfriarlos. Debe evitarse la aplicación de agua a los fuegos de magnesio cuando existan grandes cantidades de metal fundido. La formación de vapor de agua y las posibles reacciones del agua con el metal pueden producir explosiones. Agua contra fuegos de titanio: No debe emplearse agua contra los fuegos de linos de titanio y debe utilizarse solamente con gran precaución en otros fuegos de titanio. Las pequeñas cantidades de titanio en ignición (que no sea en forma de finos) pueden extinguirse y recuperarse cantidades considerables si se lanza material ardiente en un gran volumen de agua, sumergiéndolo totalmente. Se han empleado con éxito chorros de agua de mangueras contra fuegos de pilas de recortes situadas en el exterior, pero se tiene noticia de que han sucedido violentas reacciones en otros casos en que se aplicó agua contra el titanio caliente o en ignición, produciendo graves lesiones al personal.

EXTRACTO DE LA LEY ORGÁNICA 4/81 DE 25 MAYO)

A) El estado de alarma. El Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el art. 116,2, de la Constitución, podrá declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.

b) Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves. c) Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los Art. 28.2 (Mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad en caso de huelga) y 37.2 (funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad en conflictos colectivos de trabajadores y empresarios) de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo. d) Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.

B) El estado de excepción. Cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para establecerlo y mantenerlo, el Gobierno, de acuerdo con el apartado 3 del art. 116 de la Constitución, podrá solicitar del Congreso de los Diputados autorización para declarar el estado de excepción.

C) El estado de sitio. Cuando se produzca o amenace producirse una insurrección o acto de fuerza contra la soberanía o independencia de España, su integridad territorial o el ordenamiento constitucional, que no pueda resolverse por otros medios, el Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del art. 116 de la Constitución, podrá proponer al Congreso de los Diputados la declaración de estado de sitio.

COMBUSTIÓN SÚBITA GENERALIZADA DEL LIBRO “MANUAL DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS” (Editorial MAPFRE) Pág. 20… “La Mayoría de la gente no se ha encontrado en un fuego hostil. No tienen idea de lo rápido que puede propagarse el fuego o lo peligroso que puede llegar a ser. No están familiarizados con el fenómeno de la combustión súbita generalizada. Por tanto, gastan tiempo que no tienen en confirmar que se ha declarado un fuego y recoger sus objetos de valor. También tienden a salir por el camino acostumbrado, incluso a sabiendas de que allí está el fuego. Ensayar el comportamiento en caso de incendio es la única manera de asegurarse de que se hará así cuando sea necesario.” Pág. 1136… “La combustibilidad del acabado interior es particularmente significativa. La combustibilidad de un acabado interior puede reducir en gran

manera el grado de desprendimiento de calor necesario para que se produzca la combustión súbita generalizada (flash obre). Las pruebas a gran escala realizadas en habitaciones de edificios, para probar su resistencia al fuego, demostraron que el flash over se produce al alimentarse la radiación térmica desde el techo y paredes superiores que han sido previamente calentadas por el incendio. Esta alimentación en la radiación calienta, de forma gradual, los contenidos en la zona de incendio. Al mismo tiempo que los combustibles se han calentado hasta alcanzar sus propias temperaturas de ignición, surge la ignición. El acabado interior desempeña un importante papel para que tenga lugar el flash over (un acabado interior que absorbe calor rápidamente y los conserva, como si fuera un aislante, podría reducir el tiempo de flash over). Si el acabado interior es de material combustible, se convertirá en una fuente de alimentación del incendio. Teniendo en cuenta la naturaleza de la radiación térmica, el tamaño y la forma del lugar en el cual tiene lugar el incendio, se convertirá en un factor crítico. Más recientemente el término flameover (inflamación súbita generalizada), se ideó para denominar la rápida propagación de las llamas sobre una o varias superficies.” Págs. 1177 y 1178… “La intensidad del fuego a la que puede ser sometido un muro se mide según la intensidad de un incendio plenamente desarrollado que se verifique en el espacio contiguo a ella. Si éste tiene lugar en una habitación, llegará a ser “plenamente desarrollado” si proviene de una combustión súbita generalizada. Sin embargo, en grandes espacios abiertos, tales como las naves existentes en muchas fábricas industriales, el fuego plenamente desarrollado puede surgir en una zona sin que se produzca una combustión súbita generalizada en la totalidad del local. Es este tipo de incendio el que origina primero las tensiones, tanto físicas como técnicas, que actúan sobre las barreras cortafuegos. La posibilidad inicial de penetrar la barrera surge antes del desarrollo total. El desarrollo normal de un incendio puede caracterizarse por el avance de un frente de llamas sobre una superficie, o bien por llamas que se generan en una fuente localizada, o ambas cosas a la vez. Aunque estos incendios no actúan de forma masiva sobre los muros cortafuegos, pueden propagarse a través de fallos o aberturas de ellas y originar una destrucción parcial de su resistencia al fuego. Un fuego en crecimiento puede o no continuar en combustión súbita generalizada o desarrollarse plenamente hasta abarcar una zona amplia. Si no alcanza estas etapas, probablemente no amenazará la resistencia de las barreras cortafuegos, salvo que haya aberturas sin proteger o deficiencias graves en su sistema. La combustión súbita generalizada en una habitación puede surgir fácilmente si la temperatura del gas acumulado en la parte superior alcanza aproximadamente los 600°C. Los ensayos de incendios y los análisis de balance de energía relativos al incendio de una habitación han demostrado que la temperatura del gas acumulado en la parte superior depende del calor desprendido por el fuego, ventilación de la habitación, dimensiones de la misma y clase de materiales que delimitan su superficie. Estos factores dependen, a su vez, de otros en algunos aspectos. Cuanto más grande sea la habitación se necesitará más desprendimiento de calor para producir que la temperatura del gas situado en la parte superior llegue a alcanzar el punto de combustión súbita generalizada. Es decir, cuanto más grande sea el poder de combustión de la habitación, se necesitará un fuego más pequeño para alcanzar el punto de combustión súbita generalizada. La combustión de los acabados interiores es significativamente particular, puede reducir grandemente el grado de calor necesario para alcanzar el punto de combustión súbita generalizada, así como reducir el tiempo de

prequemado antes de que esto ocurra. Surgen dificultades cuando se trata de estimar la probabilidad de que una habitación llegue al punto de combustión súbita generalizada, ya que se trata de determinar el valor del grado de desprendimiento de calor posible de los contenidos de la habitación. Los clásicos grados de desprendimiento de calor estudiados en mobiliarios se basan en los datos obtenidos en los experimentos realizados contra incendios. Estos datos pueden utilizarse para calcular la probabilidad de que una habitación, en particular, alcance el punto de combustión súbita generalizada.” Págs. 1494 y 1495… “El poder determinar el relativo riesgo de incendio incluye el tomar en consideración la totalidad de los posibles combustibles. Su correcto almacenamiento, su composición química y su estado físico, son todos ellos factores que se deberán evaluar además del diseño de habitaciones, tipos de ventilación, tamaño del compartimiento para incendios y elementos de protección contra él. Por regla general, cuanto más rápidamente de desarrolle un incendio, más grande será la amenaza. La mayoría de las muertes por incendio se producen casi siempre en incendios de rápido desarrollo y que toman gran incremente, llegando a alcanzar el flashover o combustión súbita generalizada. Aunque la carga combustible total en los cuartos de los pacientes es baja, varía la naturaleza de los combustibles. La aparición de los colchones de espuma plástica, los muebles tapizados y los colchones de poliuretano puede que no afecte al tiempo que dura el fuego, pero sí a su velocidad de crecimiento. Este tipo de productos ha hecho que los fuegos se desarrollen mucho más rápidamente. Los incendios que alcanzan el flashover, producirán agudas atmósferas letales, generando miles de metros cúbicos de humo por minuto. Dichos incendios amenazan con destruir las barreras de protección contra incendios y producen suficiente energía para que el humo llegue a zonas remotas. Un incendio cuyo desarrollo afecta a la totalidad e una habitación, en un establecimiento hospitalario, representa un nivel de riesgo inaceptable; existe una gran probabilidad de que dicho incendio cause heridos o muertos. Por lo tanto, deberá realizarse cualquier esfuerzo posible para poder reconocer y eliminar la disposición de los combustibles que puedan ser causa de dichos incendios. La actual experiencia de incendios y las pruebas realizadas sobre ellos han demostrado que algunas disposiciones y tipos de combustibles, situados en las habitaciones de los pacientes, crean precisamente situaciones de gran riesgo al ser capaces de poder producir grandes incendios en cortos períodos de tiempo. Por ejemplo, en enero de 1976 los incendios que causaron numerosas muertes y que tuvieron lugar en los centros hospitalarios de Wincrest y Cermak House, afectaron a los armarios de madera. Las pruebas realizadas, demostraron que los armarios que contienen ropas y que son presa del incendio, pueden amenazar con gran riesgo los alrededores, en un espacio de tiempo tan corto como 120 segundos. Las pruebas realizadas a gran escala por la Oficina Nacional de Normas que se realizaron tras el incendio del hospital Sac-Osage el cual se originó con un colchón de espuma de estireno-butadieno, demostraron que el incendio afectó a la totalidad de la habitación en aproximadamente siete minutos y medio, tras la ignición en llamaradas de la ropa de cama. Un incendio en un asilo de Norfolk en 1989, que produjo 12 muertes, se declaró en un soporte de espuma plástica colocado encima del colchón de un paciente. El fuego alcanzó el estado de combustión generalizada en menos de 5 minutos. Un incendio en un hospicio de Michigan en 1985 se inició en una silla tapizada. Causó ocho muertes. El análisis de este incendio determinó que se podía haber producido la combustión súbita en

la habitación de origen en menos de cuatro minutos. Cualquier combinación de los materiales de combustión de un edificio, o los de sus acabados, o el contenido y mobiliario que pudiera ser afectado en el incendio de la totalidad de una habitación o flashover en una habitación de pacientes. En el caso más desfavorable (cuando la puerta de la habitación está parcialmente abierta), un fuego de 1MW puede causar este fenómeno. Si la puerta está abierta del todo, es necesario un fuego de unos 2MW para originar la combustión general. El Apéndice de la NFPA 101, Life Safety Code, edición de 1991, sugiere que los muebles tapizados, los colchones y los armarios se construyan de modo que produzcan un desprendimiento máximo de calor de 500 MW. Este límite requeriría que, para causar la combustión generalizada de una habitación de pacientes, en el caso más desfavorable, deberían arder simultáneamente dos objetos con su intensidad máxima de desprendimiento de calor. También se ha establecido que cuando un incendio es de una magnitud superior a 250 kW, se supere el límite el límite de riesgo y los pacientes deben ser sacados de sus dormitorios. Ha quedado perfectamente establecido que el mobiliario es, con frecuencia, el mayor contribuyente al crecimiento de un incendio. Es posible determinar, por recientes descubrimientos, si el mobiliario en un determinado medio ambiente es capaz de liberar suficiente energía para producir el total incendio de la habitación. Una vez que se conoce la velocidad de desprendimiento de calor requerido para producir un flashover en una habitación normal, se puede comparar dicha información con los grados actuales de la velocidad de desprendimiento de calor correspondientes a mobiliarios de común uso. Dicha información puede ser utilizada para establecer la probabilidad de flashover; y también permite establecer una estimación del tiempo requerido para alcanzar la dimensión crítica de un incendio.

TEMA 3: PREVENCION DE INCENDIOS 1. - Introducción El término prevención se aplica en seguridad de una forma general al conjunto de medias tendentes a evitar que suceda el accidente o a limitar las consecuencias. En el tratamiento del riesgo de incendio es conveniente matizar la diferencia para clasificar los objetivos de las medidas adoptadas entendiéndose como: PREVENCION: Medidas tendentes a evitar que el riesgo se actualice en accidente. PROTECCION: Medidas tendentes a minimizar las consecuencias caso de que el riesgo se actualice. Como accidente-incendio se entiende el inicio del mismo. Puesto que la condición

imprescindible para el inicio es la coexistencia con intensidad suficiente de los cuatro factores que forman el tetraedro del fuego, las medidas de prevención se centrarán en la eliminación de uno o más de los factores o evitar que estos coexistan con intensidad suficiente para que se produzca la ignición. De estos cuatro factores solo es factible, en la mayoría de los casos, actuar sobre el combustible y/o la energía de activación. , El comburente (aire) se encuentra normalmente presente y la reacción en cadena es inherente a los procesos de combustión de la mayoría de los combustibles. Hay que resaltar el hecho de que el 100% de los incendios son debidos a deslices en materia de prevención y que en porcentajes superiores al 90% se hubieran evitado con medidas de prevención simple. 2. - Actuación sobre el combustible. La actuación sobre el combustible como medida de prevención se centra en la eliminación del combustible que pueda ser inflamado por los focos de ignición presentes o en evitar la formación de mezclas inflamables. Puede conseguirse mediante los siguientes procedimientos: a) Eliminar la presencia de residuos inflamables, evitando su formación, programando limpiezas frecuentes donde se produzcan y disponiendo recipientes herméticos para que se depositen en ellos los residuos. b) Evitar la existencia de depósitos de inflamables provisionales en fabricación, dejando la cantidad estrictamente necesaria para el proceso. c) Programar un mantenimiento periódico de forma que se evite el goteo o fugas de conducciones de líquidos o gases inflamables. d) Sustituir el combustible inflamable por otro que no lo sea en las condiciones de manipulación. Ejemplo: utilización de disolvente no inflamables, utilización de alcohol propílico con T.I.: 28ºC en lugar de alcohol etílico, T.I. 12ºC, etc. e) Dilución o mezcla por adición al combustible de otra sustancia que aumente su temperatura de inflamación. Ejemplo: adición de agua a los alcoholes. f) Almacenamiento y transporte de combustibles en recipientes estancos. g) Recubrir el combustible de una capa incombustible. Ejemplo: pinturas intumescentes para madera. h) Ventilación general natural o forzada en los locales donde puedan formarse accidentalmente mezclas inflamables. Ejemplo: cuartos de inflamables, salas de rotativas de impresión, etc. i) Aspiración localizada en puntos donde puedan formarse mezclas inflamables por manipulación de combustibles a temperatura superior a la de inflamación. Ejemplo: elementos de rotativa de impresión, cubetas de desengrase o limpieza con disolventes, etc.

j) Método de trabajo en manipulación y trasvase de inflamables que evita el vertido por caída libre, los derrames, etc. k) Señalización adecuada de recipientes y conducciones que contengan o conduzcan líquidos inflamables evitando errores involuntarios. 3. - Actuación sobre la energía de activación Cada combustible, según las condiciones en que se manipula, precisa de una determinada energía de activación. Ante una situación de riesgo, la eliminación preventiva de los focos susceptibles de aportar la energía precisa para la inflamación del combustible, reducirán la probabilidad del inicio del incendio. La técnica de eliminar los focos de ignición es de las más utilizadas y la más divulgada en tratados de prevención; lastimosamente las medidas adoptadas contra la presencia de tales focos o no son abordadas de una forma rigurosa o bien por no realizar inspecciones de seguridad periódicas o por falta de disciplina quedan diluidas y olvidadas en el tiempo. A continuación se reseñan algunos de los focos de ignición más frecuentes y las medidas de seguridad preventivas más adecuadas.

En general en todas las empresas y para las zonas con riesgo debe instituirse el "Permiso de Fuego" de forma que todas las órdenes de trabajos con riesgo sean supervisadas por el encargado de seguridad, adoptando las medidas preventivas y protectivas precisas.

4. - Actuación sobre el comburente. La eliminación del comburente de la atmósfera en donde es manipulado el combustible no es técnica de utilización general siendo muy reducidos los casos en que es posible su utilización. Se habla entonces de trabajos en atmósferas inertes en los que se ha actuado sobre la atmósfera aérea disminuyendo la proporción de oxígeno mediante la adición de un gas inerte (C02 ó N2). Los trabajos en el interior de depósitos de inflamables, la inertización de algunos reactores químicos y molinos son algunos ejemplos de aplicación. Se debe hacer notar que algunas de las medidas de actuación sobre el combustible antes mencionadas (recipientes estancos, recubrimiento, mantenimiento, etc.) tienden a evitar el contacto combustible-comburente y por tanto también podían haber sido incluidas en este apartado.

5. - Actuación sobre la reacción en cadena. Actuar sobre la reacción en cadena es actuar sobre el combustible mediante la superposición física o química de compuestos que dificulten o impidan la propagación en su seno de la reacción de combustión. Los compuestos adicionados actúan en forma de catalizadores negativos o inhibidores.

Algunos ejemplos son: n Adición de antioxidantes a plásticos. - Tejidos ignífugos. Como puede comprobarse el campo de actuación es muy limitado industrialmente. 6. - Actuación conjunta sobre mezclas comburente-combustible. La detección de atmósferas inflamables (dentro de los límites de explosividad) de forma continua o aperiódica permite de una forma real la adopción de medidas de prevención que anulen la existencia del riesgo. Tales atmósferas son básicamente polvo-aire, vapor-aire y gas-aire. Las atmósferas polvo-aire precisan de métodos más complejos en su evaluación (toma de muestras y análisis cuantitativo en el laboratorio); en el resto de los casos se dispone un elemento mucho más rápido y eficaz: el explosímetro. La detección de atmósferas por dichos medios permite la adopción de medidas (aspiración localizada, ventilación, dilución de la atmósfera mediante un gas inerte) que, en el caso de detección con el explosímetro de medición continua, puede automatizarse. 7. - Reacción al fuego de los materiales utilizados en la construcción. La peligrosidad de los materiales de construcción y decoración viene definida en gran parte por su mayor o menor combustibilidad. Existen actualmente en el mercado gran cantidad de materiales naturales y sintéticos cuyo indiscriminado introduce un alto riego en la generación y propagación del fuego con el consecuente peligro para las personas y los bienes. Se hace pues necesaria una clasificación de estos materiales en función de su reacción al fuego más o menos peligrosa a través de unos ensayos normalizados que homologuen dichos materiales. Las normas UNE 23.721, 23.722, 23.723, 23.724, 23.725, 23.726, 23.727, 23.728 y 23.729, titulados genéricamente "Ensayos de reacción al fuego de los materiales de construcción", "Clasificación de los materiales utilizados en la construcción", abordan esta problemática desde el punto de vista siguiente: - En función de su reacción al fuego, los materiales se clasifican en seis categorías: M.O, M.1, M.2, M.3, M.4 y M.5 Que van desde los materiales incombustibles a los altamente inflamables.

Posteriores Normas UNE contemplarán en su día métodos de ensayo de toxicidad y opacidad de los humos y gases desprendidos en la combustión de los materiales. Los materiales están repartidos en dos grupos: - Materiales flexibles con espesor inferior o igual a 0,5 cm. - Materiales flexibles con espesor superior a 0,5 cm y materiales rígidos. A cada grupo le corresponde un ensayo principal al cual se añade uno o varios ensayos complementarios: - Ensayo a la llama de alcohol (para materiales flexibles con un espesor inferior o igual a 0,5 cm.). - Ensayo por radiación (para materiales rígidos) Para todos los materiales flexibles y para los rígidos que presente un comportamiento particular en su ensayo correspondiente, se les aplicarán los siguientes ensayos complementarios: - Ensayo para materiales fundibles. - Ensayo sobre la velocidad de propagación de la llama. - Ensayo con el quemador eléctrico. - Ensayo con el panel radiante, específico para moquetas y revestimiento de suelos. - Para todos los materiales se realizará el ensayo de determinación de la combustibilidad (UNE 23.103). En función del resultado de los ensayos se establece un "criterio de clasificación de los materiales": - Clasificación de los tejidos y láminas flexibles de poco espesor. - Clasificación de materiales flexibles de espesor superior a 0,5 cm y materiales rígidos. Una vez clasificados los materiales en su categoría correspondiente, se podrá limar el uso de éstos en función de la peligrosidad que supone su colocación en diversos ambientes. Ignifugación La ignifugación es un tratamiento físico adicional de un material que permite disminuir la combustibilidad de éste. Se aplica fundamentalmente a materiales de decoración así como a los materiales de recubrimiento de suelos, paredes y techos. Mediante este tratamiento podemos disminuir la categoría correspondiente a un material haciéndole menos peligroso. La ignifugación de un material puede hacerse permanente, añadiendo ciertos productos adicionales en su proceso de fabricación, o temporal, mediante impregnación con una solución de sales sobre materiales ya instalados.

Para el caso de ignifugados superficiales por impregnación, se debe establecer el tiempo de duración efectivo del tratamiento mediante: - Ensayo de duración de adherencias por deterioro mecánico. - Alteración del ignifugado al variar humedad y temperatura. - Alteración del ignifugado por lavado.

PROPIEDADES DE EXTINCIÓN DEL AGUA

(Del Manual de Protección Contra Incendios – Editorial: MAPFRE) La extinción de un fuego sólo se consigue si se aplica un agente efectivo en el punto donde se produce la combustión. Durante siglos, el método empleado ha sido dirigir un chorro compacto de agua desde una distancia segura hacia la base del fuego; este método se sigue empleando ampliamente; sin embargo, un método más eficaz consiste en aplicar agua en forma pulverizada, lo que aumenta el efecto refrigerante del agua y la conversión de agua en vapor.

Extinción por enfriamiento En la mayoría de los casos, el fuego se extingue cuando la superficie del material en combustión se enfría por debajo de la temperatura a la que produce suficiente vapor para mantener la combustión.

El enfriamiento superficial no es normalmente efectivo sobre productos gaseosos y líquidos inflamables con puntos de inflamación por debajo de la temperatura del agua aplicada. Generalmente, no es recomendable emplear agua para líquidos con puntos de inflamación por debajo 37,8ºC. La cantidad de agua necesaria para extinguir un fuego depende del calor desprendido por el mismo. La velocidad de extinción depende de la rapidez en la aplicación del agua, del caudal y del tipo de agua que se aplique. Lo más efectivo es descargar agua de manera que se absorba el máximo calor. El agua absorbe el máximo de calor cuando se transforma en vapor y esto se consigue con mayor facilidad si se aplica pulverizada en vez de un chorro compacto. Se dispone de bastante información sobre los factores que afectan a la velocidad de absorción de calor y a la vaporización de las gotas de agua. Debido a que estos factores no pueden controlarse estrechamente en la mayoría de los casos, no pueden utilizarse para cálculos exactos en el momento de un incendio. La aplicación de agua pulverizada se basa en los siguientes principios: 1. La velocidad de transmisión de calor es proporcional a la superficie expuesta de un líquido. Para un volumen dado de agua la superficie aumenta drásticamente si el agua se convierte en gotas. 2. La velocidad de transmisión de calor depende de la diferencia de temperatura entre el agua y el material en combustión o el aire que le rodea. 3. La velocidad de transmisión de calor depende del contenido en vapor del aire, especialmente en cuanto a la propagación del fuego. 4. La capacidad de absorción de calor del agua depende de la distancia recorrida y de su velocidad en la zona de combustión (En este factor debe tenerse en cuenta la necesidad de descargar un volumen adecuado de agua sobre el fuego). Cuando la velocidad de absorción de calor por el agua se acerca al desprendimiento total de calor del fuego, el incendio empieza a estar controlado. Cuando la velocidad de absorción de calor del agua es superior al desprendimiento de calor, ya tenemos la extinción. Otros factores a tener en cuenta para el control y la extinción del fuego son la pérdida de calor por aberturas y a través de las paredes, suelos y techos. Tamaño de gota: Los cálculos demuestran que el diámetro óptimo para la gota del agua es de 0,3 a 1,0 Mm., y que los mejores resultados se obtienen cuando las gotas son de un tamaño uniforme. Actualmente no hay ningún dispositivo de descarga capaz de producir gotas totalmente uniformes, aunque muchos dispositivos de descarga expulsan gotas que son bastante iguales en una amplia gama de presiones. La gota deberá ser suficientemente grande para poder alcanzar el punto de combustión a pesar de la resistencia del aire, la fuerza opuesta de la gravedad, y cualquier corriente de aire y penacho de la llama. Cuando las gotas de agua son demasiado pequeñas, pueden verse desviadas por el penacho o evaporarse antes de llegar a la base del fuego. Mojar los materiales combustibles es, a menudo, un método empleado para

prevenir la ignición de materiales que aún no han quemado. Si los combustibles absorben agua, tardarán más tiempo en arder debido a que el agua deberá evaporarse antes de que se calienten lo suficiente para quemarse.

Extinción por sofocación El aire puede desplazarse e incluso suprimirse si se genera suficiente vapor. La combustión de determinados materiales puede extinguirse mediante esta acción sofocante, que se produce con más rapidez si el vapor que se genera puede confinarse, de alguna forma, en la zona de combustión. El proceso de absorción de calor mediante vapor termina cuando éste empieza a condensarse, transformación que requiere que el vapor ceda calor. Cuando dicho cambio se produce, se forman nubes visibles de vapor de agua. Si la condensación se produce encima del fuego no tiene efecto enfriador sobre el material en combustión. Sin embargo, el vapor absorbe calor del fuego si se disipa en nubes de vapor de agua encima del mismo. Los fuegos de materiales combustibles ordinarios se extinguen normalmente por el efecto enfriador del agua, no por sofocación creada por la generación de vapor. Aunque este último puede suprimir las llamas, normalmente no extingue dichos incendios. El agua puede sofocar el fuego de un líquido inflamable cuando su punto de inflamación esté por encima de los 37,8ºC y su densidad relativa sea mayor que 1,1 y, además no sea soluble en agua. Para conseguir este efecto de la manera más eficaz, se le añade normalmente al agua un agente espumante. El agua debe entonces aplicarse a la superficie del líquido de una forma suave. En aquellos casos en los que la combustión de un material libere oxígeno, el efecto de sofocación aludido no es posible.

Extinción por emulsificación Se logra una emulsión cuando se agitan juntos dos líquidos inmiscibles y uno de ellos se dispersa en el otro. La extinción por este procedimiento se logra aplicando agua a determinados líquidos viscosos inflamables, ya que el enfriamiento de la superficie de dichos líquidos impide la emisión de vapores inflamables. En algunos líquidos viscosos, como el fuel-oil número 6, la emulsión aparece en forma de espuma espesa, que retrasa la emisión de vapores inflamables. Debe tenerse cuidado si el procedimiento se aplica a líquidos con cierta profundidad, porque la espumación puede producir el derrame de líquido ardiendo por fuera del recipiente contenedor. Generalmente, para la extinción por emulsionamiento se emplea una pulverización del agua relativamente fuerte y gruesa. Debe evitarse el empleo de chorros compactos que producirían espumaciones violentas.

Extinción por dilución

Los fuegos de materiales inflamables hidrosolubles pueden extinguirse, en algunos casos, por dilución. El porcentaje de dilución necesario varía ampliamente, al igual que el volumen de agua y el tiempo necesario para la extinción. Por ejemplo, la dilución puede aplicarse con éxito contra un fuego en un vertido de alcohol metílico o etílico, si se consigue una mezcla adecuada de agua y alcohol; sin embargo, no es práctica común si se trata de depósitos. El peligro de rebose, debido a la gran cantidad de agua que se requiere, y el de espumación, si la mezcla alcanza la temperatura de ebullición del agua, hace que esta forma de extinción sea escasamente efectiva.

PROTECCION ESTRUCTURAL Y CONFINAMIENTO DEL INCENDIO 1. - Objeto de la protección estructural La lucha contra el incendio, tanto en sus facetas de prevención o protección, se puede llevar a cabo de dos formas: Lucha activa o pasiva. Como lucha activa se quiere indicar aquella actuación que implican una acción. Por ejemplo: Prevención activa: Ventilación, eliminación de combustibles, de focos de ignición, etc. Protección activa: detección, evacuación, extinción, etc. Como lucha pasiva se quiere indicar aquellos métodos de lucha cuya eficacia se debe a estar permanentemente presentes, pero sin tener ninguna acción directa sobre el fuego. Por ejemplo un muro de mampostería (corta fuego), un recubrimiento aislante de una columna metálica o una salida de humos exproceso (exutorios). Estos elementos pasivos no actúan directamente sobre el fuego pero

pueden compartimentar su desarrollo (muro), impedir la caída del edificio (recubrimiento de estructuras metálicas) o permitir la evacuación o extinción por eliminación de humos que las harían imposibles (exutorios). En función de lo dicho se entiende por protección estructural al conjunto de diseños y elementos constructivos de un edificio, que bajo la forma de lucha pasiva, presentarán una barrera contra el avance del incendio, confinándolo a un sector y limitando por ello las consecuencias del mismo. Es la protección estructural la faceta quizá más importante en la lucha contra el fuego, si bien es también la más olvidada por las dificultades de aplicación que conlleva y por los condicionantes que introduce en el diseño. Cabe resaltar algunos aspectos notables: a) Siempre influirá sobre el desarrollo del incendio, ya sea positiva o negativamente. Un muro, mientras esté en pié, confinará un incendio sin posible fallo. Un muro (sin aberturas) por la única fachada accesible de un edificio impedirá una extinción desde el exterior. b) Su aplicación correcta debe hacerse necesariamente en fase de proyecto del edificio. Sobre edificios ya construidos es difícil, en la mayoría de los casos, reformas estructurales que mejoren su comportamiento ante un incendio, por condicionantes de funcionalidad y de costo. c) El confinamiento de un incendio (sectorización del incendio) a una zona puede ser logrado con fiabilidad casi total por la combinación correcta de elementos de protección estructural. Cualquier otro sistema de lucha es de fiabilidad inferior. d) Los elementos de protección estructural de un edificio influyen decisivamente sobre todas las demás facetas de lucha contra el fuego, en especial sobre la evacuación y extinción del incendio. e) Una protección eficaz frente al fuego supone una simbiosis de las distintas formas de lucha activa y pasiva de forma que se logre la fiabilidad deseada.

2. - Conceptos básicos: sector de incendio. Curva de temperaturas. Resistencia al fuego. En la protección de incendios se utilizan una serie de términos o expresiones, con significado más o menos concretos pero que encierran un contenido que es necesario conocer. A efectos del presente tema, cobran importancia los términos que se desarrollan a continuación.

2.1. - Sector de incendio. Una vez iniciado el incendio el desarrollo del mismo dependerá de múltiples factores, destacando el tipo, cantidad y disposición de los combustibles por un lado y la disposición estructural y distribución del edificio por otro. Analizando únicamente los efectos de la disposición estructural, independientemente de los combustibles, pueden indicarse los siguientes hechos: La propagación del incendio se produce genéricamente hacia arriba y hacia los lados del foco inicial. La propagación hacia abajo sólo se producirá por la caída

de cuerpos en combustión, o por derrame de combustibles líquidos. Cabe pues diferenciar dos caminos o tipos de propagación básica: Propagación horizontal y vertical. La propagación horizontal se produce por contacto continuado de combustibles en horizontal. Es comparativamente lenta y fácil de cortar. La separación por distancia en planta o por muros puede cortar esta propagación y por tanto compartimentar o confinar el riesgo. La propagación vertical es más peligrosa y difícil de combatir que la horizontal pues viene determinada por las corrientes de convección que el propio fuego origina. Si el edificio permite el establecimiento de esas corrientes de convección (gases calientes, partículas incandescentes, etc.) a través de "chimeneas" tales como huecos de escalera, conductos de servicio, conductos de aire acondiciona, ventanas, naves gran altura, etc., la transmisión del incendio hacia arriba se verá favorecida. El incendio intenta abrir esas chimeneas y si la resistencia o disposición estructural es deficiente, lo logra: Rompe ventanas, perfora techos débiles, etc. La disposición de muros, ventanas, puertas, escaleras, superficies, distancia, etc. de un edificio determinarán zonas que pueden tener el riesgo de incendio confinado. Las zonas con riesgo compartimentado se denominan "sector de incendio". El lograr sectores de incendio de volumen reducido es un objeto de la protección estructural. Un sector de incendio debe asegurar que un incendio declarado en su interior no se transmitirá, en un tiempo preestablecido a los sectores vecinos. El sector de incendio es un concepto de fundamental importancia en la lucha contra el fuego; su influencia en la valoración de riesgo es decisiva. De hecho la valoración del riesgo de incendio queda limitada biunivocamente a un sector de incendio. Formas de lograr sectores de incendio son: separación por distancia, muros cortafuegos, eliminación o diseño correcto de huecos interiores (escaleras, conductos calefacción, ventanas, etc.). Es difícil precisar con total fiabilidad la resistencia al fuego necesaria en los elementos de aislamiento de un sector de incendio. Normalmente puede evaluarse basándose en la carga térmica del sector y a los medios de lucha contra incendios. Algunas normas, como las de las compañías aseguradoras contra incendios en España exigen unas ciertas características de los elementos de separación entre riesgos para considerarlos aislados, independientemente de tipos de riesgo. Según la Ordenanza de Incendios del Ayuntamiento de Barcelona: "Se entenderá por sector de incendio el constituido por la parte del edificio comprendido entre elementos retardadores de grado suficiente para la carga de fuego correspondiente al espacio por ellos limitado, siempre que sean asimismo estables al fuego, en el mismo grado, los elementos estructurales contenidos en dicho volumen. De no existir una Compartimentación o división del edificio en sectores de incendio, se entenderá como sector de incendio la totalidad de la edificación".

2.2. - Curva de temperaturas. Las temperaturas alcanzadas en un punto de un edificio en caso de incendio a lo largo del tiempo son extremadamente aleatorias, dependiendo de factores tales como: n Situación relativa dentro del edificio. - Distribución y cantidad de combustibles. - Tipos de combustibles (afectan a la velocidad de combustión). - Distribución y Compartimentación del edificio. - Eficacia de la lucha contra incendios (extinción etc.) La velocidad de crecimiento de la temperatura, el valor máximo de la misma y la duración del incendio serán diferentes de un incendio a otro. Se han hecho intentos para prever la duración del incendio y la curva temperatura-tiempo correspondiente. En los códigos del NFPA puede encontrarse información al respecto para diversos tipos de ocupación de materiales en cuanto a tipo y a carga térmica. Sin embargo la homologación de materiales de protección de estructuras exige medir su comportamiento frente a fuego. Para ello se precisa de la existencia de una curva tiempo-temperatura Standard. Las diversas normas nacionales han adoptado curvas muy similares que corresponden a situaciones límites de carga térmica con materiales de todo tipo (corresponden a incendios experimentales realizados).

2.3. - Resistencia al fuego. Se entiende por elemento o estructura resistente al fuego durante un tiempo determinado aquella que, sometida a las condiciones determinadas en la curva de fuego (curva tiempo-temperatura Standard), en el tiempo pretendido, no disminuye su resistencia característica. Los elementos constructivos se clasifican en función de su resistencia al fuego, distinguiéndose los tipos: RF-30, RF-60, RF-90, RF-120, RF-180, RF-240. Las siglas RF significan resistencia al fuego; el número indica los minutos de duración de su resistencia. Por ejemplo un elemento (puerta, pared, columna, etc.) es resistente al fuego 60 minutos, cuando sometido al ensayo de la curva de fuego tipo, al cabo de ese tiempo, no permite a su través el paso del fuego y conserva parte sustancial de su resistencia mecánica. Se simboliza como RF-60. Los cálculos de resistencia al fuego y aislamiento térmico de los materiales de protección de las estructuras se efectúan según indican las normas DIN 4102 o UNE 23093, utilizando sus respectivas curvas de fuego tipo. En determinados textos se desdobla el concepto anterior y se habla de retardador del fuego y de estabilidad al fuego, aunque en general ambos conceptos se confunden. En esencia por retardador del fuego se quiere indicar la capacidad de

un elemento para detener un fuego sin transmitirlo al otro lado. Por estabilidad al fuego se quiere indicar que se mantendrán sus características mecánicas (caso de los elementos sustentantes de un edificio: pilares, vigas, etc.). Sin embargo cuando se hable solamente de grado de resistencia al fuego, ya sea el que presenta un elemento o el que se le exige tener, se sobreentiende que en él se fusionan los dos conceptos, es decir retardador y/o estable al fuego, según sea su función.

3. Elementos de protección contra el desarrollo horizontal del incendio. Tiene como finalidad dificultar la propagación horizontal del fuego (y humos). Los elementos de protección actúan limitando la transmisión de calor en sus formas de conducción, convección y radiación e impidiendo el derrame de líquidos combustibles, delimitando "sectores de incendio". Los elementos principales para lograrlos son: Separación por distancia, muros cortafuegos y diques (o cubetos). Como elemento auxiliar cabe citar las puertas contra incendios, cortinas de agua, etc.

3.1. - Separación por distancia. Es la medida idónea para reducir la conducción y radiación de calor de unos combustibles a otros o entre edificios siendo una de las formas de separar sectores contra incendios. Su defecto es precisar de espacios abiertos no disponible en muchos casos. Es una solución aplicable especialmente en fase de proyecto o en la distribución en planta. Las distancias mínimas para que aseguren la independencia de los sectores contrafuego vienen influenciadas por la disposición relativa entre locales o edificios. La Legislación española contempla en diversos textos las necesidades mínimas de separación por distancia.

3.2. - Muros o paredes cortafuegos Son muros de carga, de cerramiento o de separación constituido con materiales incombustibles, que dividen el edificio, nave industrial, etc. en zonas aisladas entre sí, definiendo sectores de incendio. Su resistencia al fuego debe ser acorde a las necesidades. Se nombran RF-30, RF60, RF-90, RF-120, RF-180, RF-240. Las aberturas de los muros cortafuegos deben ser las mínimas posibles, y deben estar protegidas con puertas y ventanas adecuadas contra incendios. Para garantizar una RF determinada, las aberturas deben estar protegidas con una RF de un grado igual al del muro. Si la protección de las aberturas presenta una RF inferior, la resistencia al fuego global del muro (o sea, su resistencia eficaz al fuego) disminuye.

En caso de naves con techo poco resistente, con ventanas próximas, etc., los muros deben sobresalir lo suficiente para cerrar el paso a las llamas. El grado de resistencia al fuego de un muro debe ser acorde al riesgo que debe confinar. Tiene valor decisivo la ubicación relativa del sector cortafuegos que limita y la carga térmica contenida. La Legislación española fija unos valores mínimos de RF en diversos supuestos; algunas Ordenanzas Municipales lo fijan con fórmulas empíricas (método coeficiente K) en función de la carga de fuego y de un coeficiente función de la situación, uso, distancia de bomberos, etc. Este método calcula las necesidades de resistencia al fuego mediante G= Q.K minutos, siendo, 4 Q= Carga térmica en Mcal/m2 K= Coeficiente reductor función de medidas protección adicionales. K= 0,2 + 1. En un incendio desnudo, es decir sin intervención exterior de lucha contra incendios, K= 1 Otras Ordenanzas dan directamente tablas de resistencia al fuego necesaria para distintas situaciones.

3.3. - Diques o cubetos. Tienen la misión de contener el líquido inflamable derramado en una rotura o una fuga de un depósito, impidiendo su esparcimiento. Determina pues un sector de incendio, que coincide con sus dimensiones, siempre que este separado por la distancia de seguridad mínima. Tiene su máxima aplicación en las instalaciones petroquímicas, si bien su uso eficaz se extiende a todo el campo de almacenamiento de líquidos inflamables. Se pueden construir de hormigón, ladrillo, terraplenes reforzados, etc., si bien en cualquier caso deben dimensionarse para que resistan las presiones hidrostáticas que aparecerán en caso de derrame. Su capacidad en caso de un solo depósito, debe ser la misma que la del depósito. En caso de agrupaciones de depósitos se aplican coeficientes reductores.

3.4. - Puertas contra incendios. Su finalidad es proteger las aberturas que sea necesario practicar en los muros cortafuegos. El material y el tipo de construcción de la puerta determinan una resistencia al fuego determinada: puertas de madera revestidas de láminas de acero, puertas de chapa de acero doble huecas o puertas de acero con relleno calorífugo. Su resistencia al fuego oscila entre RF-30 y RF-180. Resistencias superiores son difíciles de conseguir. Como sistemas de cierre de puertas contra incendios destacan la guillotina o

corredera para grandes puertas. En puertas pequeñas pueden ser giratorias sobre bisagra, con resorte de cierre automático. Respecto al cierre de las puertas puede ser manual o automática basado en termostatos (o termovelocimétricos). En cualquier caso una vez cerrada debe poder ser abierta por una sola persona. El mantenimiento de las puertas contra incendios es un factor de suma importancia para garantizar su funcionamiento en caso de incendio. Las puertas enrollables son poco eficaces, por su baja resistencia al fuego y gran deformabilidad. Son contraindicadas como puerta contra incendios y como cierre de cualquier salida de emergencia. Ciertas normativas de incendios establecen especificaciones precisas para las puertas contra incendios.

4. - Elementos de protección contra el desarrollo vertical del incendio. Las corrientes de convección que establecen los gases calientes (humos) del incendio, que ascienden rápidamente por cualquier conducto al que tengan acceso, hacen que las barreras verticales resistentes al fuego sean de una necesidad esencial. Aparte de las aberturas verticales típicas (cajas ascensores, huecos escaleras, ventanas, etc.) se debe prestar especial atención a los conductos empotrados y no previstos para la conducción de humos, tales como conductos de aire acondicionado, bajantes de servicios para cables y conducciones, etc. estos conductos puede propagar incendios a zonas alejadas del foco inicial. Los elementos de lucha más comunes se analizan a continuación.

4.1. - Cortafuegos En todos los conductos citados anteriormente y en especial donde atraviesan muros, se deben disponer estratégicamente amortiguadores de fuego o cortafuegos que impidan el flujo de humos a su través. Obviamente todos estos conductos deben ser incombustibles, RF-60, y procurando estar alejados de almacenes de materiales combustibles.

4.2. - Techos El forjado es el elemento que habitualmente debe impedir el desarrollo vertical del fuego. Dicho forjado debe ser incombustible, y asegurar una resistencia al fuego acorde con las características esperadas para el incendio. Tiene una doble misión: Impedir el desarrollo vertical del fuego e impedir un debilitamiento de su resistencia que provoque el desplome de la planta superior. Por ello es imprescindible proteger adecuadamente las armaduras de tracción de las vigas, placas, mediante recubrimiento retardador de fuego. Recordar que el acero presenta hacia los 400 ºC una caída brusca de resistencia que la reduce a su mitad.

Debe presentarse atención especial a los falsos techos, por su capacidad de propagación del fuego, en ocasiones de tipo deflagrante. Bajo el punto de vista de incendios no son convenientes. Si es necesario instalarlos deben ser compartimentados interiormente con tabiques interiores.

4.3 - Huecos verticales Los huecos de escaleras, montacargas, ascensores y otras aberturas verticales que constituyen caminos idóneos para el desarrollo vertical del incendio a otros sectores, deben hacerse de materiales incombustibles, garantizar alta resistencia al fuego y protegidas sus aberturas con puertas cortafuego. La sectorización de las escaleras, además de evitar la propagación a su través entre sectores, debe como mínimo asegurar su estanqueidad a humo y llamas como mínimo el tiempo necesario para la evacuación, mediante un correcto diseño.

4.4 - Ventanas Representa un camino fácil de propagación vertical entre plantas. Las llamas al lamer el cristal lo calientan por su interior rompiendo por tensiones internas. Las llamas al salir a fachada alcanzan las ventanas de la parte superior cuyos cristales rompen y permiten la penetración de las llamas en el interior, si hay combustibles en sus proximidades la propagación está asegurada. La otra fuente de propagación por ventanas es debida a la radiación procedente de otro local o edificio en llamas. El calor radiado rompe el cristal y calienta los combustibles del interior hasta la temperatura de autoinflamación. Por ello en los edificios con alto riesgo de incendio debe limitarse en lo posible la presencia de ventanales. Las que se instalen deben tener marco metálico y montar vidrio armado, que aunque rompe no deja huecos a las llamas. En caso necesario puede utilizarse doble cristal armado. Una protección eficaz para las ventanas son los salientes de los forjados (aleros o balconadas) que obligan a las llamas a separase de la fachada (subsistiendo sin embargo el efecto radiante). Cuando el riesgo proviene de la radiación del edificio de enfrente la protección básica proviene de la separación por distancia en función de las aberturas y de las protecciones adicionales (ver apartado 3.1). En estos casos es indicada la aplicación de cristales armados. Si el riesgo de radiación es muy importante, la distancia de seguridad puede ser reducida instalando cortinas de agua o paneles absorbentes de radiaciones. Debe presentarse atención a las aberturas próximas a las vías de evacuación, en especial escaleras de emergencias, ya que pueden quedar cortadas por las llamas

salientes de dichas aberturas. La solución racional es eliminar o proteger las aberturas situadas a menos de tres metros de una escalera abierta.

5. - Protección de las estructuras frente al incendio La estabilidad de un edificio depende de la conservación de la resistencia mecánica de sus elementos estructurales: Pilares, jácenas y techos (viguería o placas). En caso de incendio el edificio será estable en tanto que dichos elementos resistan al fuego. La utilización de armaduras de acero en el hormigón armado o bien las estructuras totalmente metálicas representan un grave riesgo por la disminución de resistencias que sufre el acero con la temperatura, así como sus grandes deformaciones térmicas. Por ello resulta imprescindible proteger las estructuras metálicas de los edificios con recubrimientos aislantes y resistentes al fuego. Los recubrimientos materiales cerámicos (morteros de cemento, yesos, ladrillos, morteros de yeso o cemento con perlita o vermiculita, etc.) el forrado con fibras aislantes e incombustibles (fibra de vidrio, paneles de amianto-cemento con silicatos expandidos, etc.) con l según la fórmula: Kcal. n l

6. - Lucha contra el humo Ya se ha visto que durante las primeras fases de un incendio el efecto negativo de los humos es muy superior al efecto de la temperatura (llamas), por su influencia sobre las personas. Por un lado dificulta o impide la evacuación de personas y por otro obstaculiza la extinción manual del incendio al impedir acercarse a los focos (y en ocasiones incluso a localizarlos). La eliminación de humos es pues imprescindible, aunque ello suponga una renovación de aire que inevitablemente avivará el incendio. Aunque hay opiniones dispares, la necesidad de evacuar humos es evidente si se quiere evacuar y extinguir el incendio. La evacuación de humos ha de ser controlada para optimizar el proceso, es decir, los circuitos de evacuación de humos deben ser previstos. La posibilidad de evacuación de humos a través de vías de evacuación de personas o través de conductos que puedan propagar el incendio debe evitarse con los diseños adecuados. La evacuación de humos controlada exige el diseño de vías exprofeso para el humo. Las aberturas en techos para salida exclusiva de humos se denominan exutorios. Los exutorios normalmente están cerrados siendo su apertura manual y/o automática. Se instalan varios modelos, principalmente en salas públicas (cines, teatros, etc.) o en naves industriales. En naves industriales, la eficacia de un exutorio se aumenta al combinarlo con

tableros-cortina. Los tableros cortina son parámetros incombustibles, colocados transversalmente a las naves (aprovechando las jácenas de celosía). Su misión es dificultar el desplazamiento longitudinal de los gases calientes (humos) que tienden a propagarse debajo de los techos por efecto de las corrientes de convección. De esta forma canalizan los humos hacia el exutorio colocado entre dos tableros-cortina.

TEMA 6 - AGENTES EXTINTORES Uno de los medios más evidentes de lucha contra los incendios es combatirlos activamente, esto es, utilizar una serie de medios a nuestro alcance para Confinarlo, Controlarlo y extinguirlo. Esto se consigue "actuando sobre alguno o algunos de los lados del tetraedro del fuego" eliminándolos. Con este fin contamos con los denominados agentes extintores que son los productos que utilizaremos para realizar la extinción y con unos medios de extinción que serán aquellos aparatos e instrumentos que nos sirven para proyectar los agentes extintores. Tradicionalmente estos sistemas de lucha venían dependiendo fundamentalmente de la pericia de los operarios en su manejo. Actualmente, con la introducción de sistemas automáticos (detección y extinción) se consigue no solo una alta rapidez de respuesta y excelente eficacia, sino que además se mantiene "la vigilancia" en todo momento, no requiriendo por tanto la presencia de personal en algunas áreas.

1. - Clasificación de los fuegos Con el fin de poder efectuar la elección del agente extintor más adecuado al riesgo, las diferentes clases de fuego se clasifican según la Norma Europea (EN-2) en: - Clase A: Fuegos de materiales sólidos, normalmente de tipo orgánico y cuya combustión tiene lugar con formaciones de brasas. Por ejemplo: madera, papel, etc. - Clase B: Fuegos de líquidos o de sólidos licuables. Por ejemplo: gasolinas, aceites, grasas, etc. - Clase C: Fuegos de gases. Por ejemplo: butano, gas ciudad, etc. - Clase D: Fuegos de metales: Por ejemplo: magnesio, sodio, potasio, etc. Algunas veces, se incluye también en la clasificación, otra más, que aunque no esta normalizada, es interesante conocerla a la hora de elegir el agente extintor. - Clase E: Fuegos de materiales sometidos a tensión eléctrica. Por ejemplo: transformadores, ordenadores, etc.

2. - Clasificación de los agentes extintores. Los fuegos pueden extinguirse mediante una gran variedad de métodos y de agentes. Clasificaremos los agentes extintores por el estado en que se encuentran: Nitrógeno Gaseosos Anhídrido Carbónico Halones Mezclas de gases Agentes Extintores Líquidos Agua Química Espuma Física Sólidos Polvos químicos Especiales para metales.

3. Agentes extintores gaseosos 3.1. - Nitrógeno (N2) Es un gas incoloro, inodoro e insípido que constituye aproximadamente las cuatro quintas partes del aire. No es tóxico. Estable incluso a altas temperaturas. Su densidad es de 0,97. - Efectos extintores

-- Sofocación, eliminado o desplazando el oxigeno atmosférico. - Utilización -- Más que como agente extintor, se utiliza como preventivo ante un posible incendio. Se usa más comúnmente en la industria. Por ejemplo: llenado y vaciado de recipientes con materiales inflamables, canalización de gases, etc.

3.2. - Anhídrido carbónico. (C02) También llamado dióxido de carbono y "nieve carbónica". Es un gas a temperatura ambiente, incoloro, inodoro e insípido. Su densidad es vez y media del aire (d=1,53). Se licua fácilmente mediante compresión y enfriamiento, almacenándose en botellas como gas licuado por debajo de los 31ºC (temperatura crítica). Al expansionarse puede solidificarse formando una masa blanca denominada "Nieve carbónica". Esta "Nieve" se encuentra a muy baja temperatura (- 79ºC) y se sublima rápidamente

- Efectos extintores - Sofocación: Cuando se aplica sobre materiales en ignición los envuelve, desplazando el oxígeno o diluyéndolo a una concentración que no permita la combustión. - Enfriamiento: La expansión del líquido al convertirse en gas produce un pequeño efecto refrigerante.

- Ventajas - Penetración: Como todos los gases alcanza y se reparte por todas las zonas del incendio. - No es tóxico: aunque puede producir pérdida de conocimiento e incluso la muerte cuando disminuye la concentración de oxígeno atmosférico por debajo del 14%. - No produce daños: Después de la extinción no quedan restos del agente extintor ni es corrosivo. - No es conductor de la electricidad: Con lo cual es aplicable a fuegos de materiales sometidos a tensión.

- Inconvenientes - Reignición: Los fuegos con brasas o con superficies muy calientes pueden reinflamarse una vez que se ha disipado el C02. - Poco apto para exteriores: La sofocación adquiere gran dificultad y muchas veces resulta imposible en fuegos al aire libre o en lugares con grandes corrientes de aire. - Asfixia: Por desplazamiento del oxígeno atmosférico. - No apto para fuego de metales: Ya que la alta temperatura de los mismo descompone el C02 en carbono y oxígeno reavivando la combustión. - No apto para equipos electrónicos: debido a las bajas temperaturas en que se produce la nieve carbónica.

- Utilización - Es especialmente indicado para fuegos de la clase B (líquidos) y materiales sometidos a tensión eléctrica. - Generalmente es utilizado en instalaciones industriales, bien en extintores portátiles o en instalaciones fijas para inundación total.

3.3. – Hidrocarburos halogenados (halones) Son compuestos derivados de un hidrocarburo (generalmente metano y etano), en el que se han sustituido uno o más átomos de hidrogeno por halógenos (flúor, cloro, bromo, iodo), cambiando totalmente sus propiedades físicas y químicas, pasando de ser gases inflamables a ser agentes extintores. Los halones más difundidos son: - Halón 1211 Difluormonoclorobromo metano (CBrCIF2). - Halón 1301 Trifluormonobromo metano (CBrF3) Estas denominaciones se establecen de forma que el nombre es la palabra halón seguido de cifras consecutivas que indican el número de átomos de carbono, flúor, cloro, bromo e iodo que poseen y por este orden. Estos halones son bastante estables químicamente, no tiene ninguna acción corrosiva importante y poseen límites aceptables de toxicidad. La presión de vapor de halón 1301 a temperatura normal es suficiente para expulsar al agente del recipiente almacenados, no obstante en la práctica se sobrepresuriza con nitrógeno asegurando mayores velocidades de descarga. El halón 1211, al tener una volatilidad más pequeña y poderse lanzar en forma líquida, tiene un mayor alcance y el viento influye menos sobre el flujo de descarga. Por este motivo se utiliza en extintores portátiles. El 1211 es necesario sobrepresurizarlo siempre. - Efectos extintores - Inhibición de la llama impidiendo la reacción en cadena. - Sofocación al igual que los demás gases extintores por desplazamiento y dilución de oxígeno atmosférico. - Ventajas - No son tóxicos: Por lo que en principio no se necesita protección especial, aunque se han establecido limitaciones sobre las concentraciones de cada uno de

los agentes, que una persona puede inhalar sin peligro en exposiciones cortas, cifrándose en 10% el volumen para el 1301 y el 40% para el 1211. No poseen efectos venenosos residuales, aunque algunos de los productos de su descomposición en los incendios pueden resultar muy nocivos e irritantes. - Penetración: Como todos los gases alcanza y se reparte por todas las zonas del incendio. - No producen daños: Después de la extinción no quedan restos del agente extintor, ni son corrosivos. - No son conductores de la electricidad: Con lo cual son aplicables a fuegos de materiales sometidos a tensión. - No producen cambios importantes de temperatura: Con lo cual no dañan componentes delicados. Por ejemplo: Equipos electrónicos, etc. - Inconvenientes - Precio elevado: Por lo que queda limitado su empleo a áreas de importancia y equipos costosos. - Reignición: Los fuegos con brasas o superficies muy calientes pueden reinflamarse una vez disipado el gas. - Poco aptos en exteriores: La sofocación adquiere dificultad en fuegos al aire libre. - Atacan la capa de ozono: Su fabricación y comercialización está siendo restringida por la Unión Europea y su eliminación deberá ser total en breve plazo. - Utilización - Son de especial aplicación en instalaciones delicadas. Por ejemplo: ordenadores, sistemas electrónicos, situados en recintos de pequeño tamaño. - El halón 1211 está siendo utilizado sobre todo en extintores portátiles. - El halón 1301 se utiliza en instalaciones fijas con sistemas de inundación total.

3.4. – Mezclas de gases. En la actualizadad y como agentes sustitutorios de los halones se están estudiando y/o comercializando diversas mezclas de gases, fundamentalmente nitrógeno, argón y anhídrido carbónico. Su diversidad y reciente incorporación al mercado no permite establecer aún comparaciones entre ellas.

4. – Agentes extintores líquidos 4.1. – Agua El agua es el extintor más conocido y difundido. Es un líquido pesado (un litro = 1 Kg) de gran estabilidad a temperatura ordinaria, incoloro inodoro e insípido. Su propiedad más importante, como medio de extinción es la de absorber gran cantidad de calor. Así, un gramo de agua a 0ºC para pasar a 100ºC, absorbe 100 calorías, y un gramo de agua para pasar de líquido a 100ºC a vapor a 100ºC debe absorber 540 calorías (calor latente de vaporización). Cuando el agua pasa de líquido a vapor, su volumen aumenta alrededor de 1700

veces desplazando por tanto, un volumen igual del aire que rodea a un incendio y disminuyendo en consecuencia el oxígeno disponible para mantener la combustión. - Efectos extintores - Enfriamiento: Absorbiendo gran cantidad de calor debido a su elevado calor de vaporización, haciendo que la temperatura de combustible baje por debajo de su punto de inflamación. Por ello no se debe utilizar en líquidos con punto de inflamación inferior a 38ºC. - Sofocación: Ésta puede realizarse de dos formas: una cubriendo el combustible y, por tanto, separándolo del aire, y otra al vaporizarse desplazando el oxígeno atmosférico del lugar de la combustión. - Emulsión, al agitarse junto a algunos combustibles y/o miscibles con el agua, produce una espuma que retrasa la inflamación al impedir dicha espuma que se emitan vapores inflamables. - Dilución, mezclándose con materias combustibles solubles en ella (hidrosolubles), disminuyendo el porcentaje de vapores inflamables necesarios para la combustión. - Ventajas - Económica: Con un coste casi despreciable. - Abundante: No teniendo generalmente problemas para obtenerla en grandes cantidades. - Disponibilidad: Ya que gracias a las redes y alas tomas (hidrantes) existentes en gran número de lugares, podemos obtenerla casi a “pie de fuego”. - No es tóxica. - Prácticamente inerte. - Inconvenientes - Conductora: Por lo que generalmente no es utilizada en fuegos eléctricos. - Dispersa los incendios: Debido a la gran presión con la que sale de las lanzas. - Congelación: En lugares donde la temperatura es inferior a 0ºC se producirá la congelación de mangueras, etc., con la consiguiente imposibilidad de utilización. - Produce daños de consideración: Sobre todo al aplicarla en grandes cantidades. - No apta para fuegos de metales: descomponiéndose en hidrogeno y oxígeno con lo que reaviva el fuego, produciéndose explosiones. - Aplicación: El agua puede aplicarse de diversas formas. Los más generales son: - Agua a chorro (chorro sólido). El fuego es ahogado por el peso y presión del agua. El alcance en forma de chorro sólido es superior a cualquier otra forma de envío de agua. En cambio su eficacia es limitada, en cuanto que no más del 5 al 10% del agua descargada interviene en la extinción. Es la forma de aplicación que produce mayores destrozos. - Agua pulverizada o neblina. Con esta forma conseguiremos mejorar el rendimiento del agua, aprovechando casi toda, con lo cual obtenemos una mejor refrigeración, una mayor sofocación (al obtener mayor cantidad de calor) y una limitación de los daños producidos.

- Aditivos: Para mejorar la eficacia del agua en determinados objetivos se han estudiado diversos productos que específicamente mejoren sus efectos: - Agua con agente espesante (agua espesa). El agua es escurridiza y con un espesante podemos aumentar su viscosidad. Estos aditivos reducen el poder de penetración del agua. Se ha utilizado con éxito en fuegos de ramajes, hierva y en incendios de árboles de gran ramaje. - Agua con agentes humectantes (agua húmeda). El agua es un líquido que posee una gran tensión superficial, lo cual retarda o impide su penetración o difusión a través de los materiales compactos, empaquetados o superpuestos, por lo que se necesita que se le añada unos productos químicos (humectantes) que faciliten su penetración y reduzcan su capacidad de escurrirse para que sea absorbida por estos materiales. - Aditivos anticongelantes. Como el agua se congela a 0ºC su empleo como agente extintor se reduce a situaciones donde no se den bajas temperaturas. Para poder utilizarlas por debajo de los 0ºC es preciso añadir unos productos químicos (anticongelantes) que bajen su punto de congelación. - Espumantes. Los estudiaremos en el apartado siguiente de forma específica.

4.2. – Espuma Las espumas están formadas por un conjunto de burbujas de aire o gas producidas por agitación de soluciones acuosas y cuya densidad relativa es inferior a la del más ligero de los líquidos inflamables. - Tipos de espumas: En cuanto a su generación existen dos tipos de espumas: químicas y físicas. - Espuma química. Se obtiene por reacción de dos soluciones, una ácida y otra alcalina, normalmente sulfato de aluminio y bicarbonato sódico. En la reacción se produce C02 que impulsa a las burbujas de espuma. Prácticamente están en desuso, pues ocasionan efectos corrosivos sobre los equipos o productos en los que se aplican. - Espuma física. Se obtiene por la mezcla de un agente espumógeno con agua que da origen al “espumante” el cual al incorporársele aire por medios mecánicos, produce la espuma. A la relación entre el volumen de espuma que se produce y el volumen de solución espumante empleado se denomina Expansión. En función del índice de expansión las espumas se clasifican en: - Baja expansión: índice entre 3 y 30. - Media expansión: índice entre 30 y 200. - Alta expansión: índice entre 200 a 1000 ó más. El que una espuma tenga índice 10, quiere decir que por cada litro de mezcla espumante (al añadirle aire) obtendré 10 litros de espuma. Cuanto mayor sea la expansión, mayor será el tamaño de la burbuja. La concentración de Espumógeno, esto es, su proporción en la mezcla suele estar

entre el 3% y el 6%. Un espumógeno al 3% quiere decir que con tres litros de espumógeno, obtendremos 100 de mezcla espumante, y si nos dijeran que el índice de expansión es de 7 producirá 700 litros de espuma. El espumógeno es el agente principal en la espuma, es el que posibilita la formación de las burbujas y por tanto su elección es de gran importancia. - Características de calidad del compuesto aire-espuma. La calidad de la espuma es evaluada teniendo en cuenta lo siguiente: - Relación de expansión de la espuma: Define la relación entre el volumen de espuma y el volumen de mezcla de agua más espumógeno. - Evaluación del drenaje del agua al 50%: Se denomina sí al tiempo que transcurre antes de que se libere el 50% del agua contenida en la espuma. Los valores deberán ser aproximadamente 15 minutos para las espumas proteínicas y más de 15 minutos para las espumas sintéticas. - Resistencia al calor: Los valores pertinentes dependen de la situación particular para que se utilice la espuma. La espuma utilizada debe mostrar una resistencia al calor alta, inmediatamente después de expandida. Sin embargo, en aquellas aplicaciones de tipo preventivo es importante que la resistencia al calor se alargue mucho tiempo después de expandida la espuma. - Fluidez y adherencia: La fluidez es necesaria para permitir que la capa protectora de espuma cubra rápidamente el área del combustible. La adherencia es necesaria en las espumas, a fin de que agarren a las superficies verticales. - Los espumógenos se clasifican en: - Proteínicos. Se basan en soluciones acuosas concentradas y en su preparación intervienen proteínas animales o vegetales. Contienen también sales metálicas disueltas que refuerzan su estabilidad. En general se forman espumas densas y viscosas, de alta estabilidad y resistencia al calor. Fluyen mal y se contaminan con los hidrocarburos. No son tóxicas y son biodegradables después de diluirse. Su utilización es cada vez más restringida. - Fluoroproteínicos. Son de composición similar a los proteínicos, pero además contienen agentes fluorados que les confieren la propiedad de no adherirse al combustible, mejorando con ello la penetración, así como una mayor resistencia al fuego. No son tóxicos y son biodegradables después de diluirse. - Sintéticos. Producen una espuma de baja viscosidad y que produce un esparcimiento rápido sobre superficies líquidas. Son generalmente menos estables que otros tipos de espumas contra incendios. Son capaces de formar grandes burbujas con poca producción de turbulencias con lo que son especialmente aptos para la formación de espuma de alta expansión. La espuma producida no es tóxica, a menos que se genere empleando los gases de la combustión. - Formadores de película. Estos productos se conocen generalmente por su nombre en inglés AFFF (aqueous film forming foam). Se componen generalmente de materiales sintéticos y son capaces de formar rápidamente películas acuosas sobre la superficie de los líquidos inflamables. Poseen baja viscosidad, rápida extensión y nivelación. No son tóxicos y son biodegradables. Pueden utilizarse

con lanzas convencionales sin necesidad de equipos especiales para espumas. - Antialcohol. Son espumógenos que no se combinan con los alcoholes, acetonas u otras sustancias hidrosolubles o hidromiscibles, y por lo tanto están recomendados especialmente para extinguir fuegos en estos tipos de combustibles ya que no pierden sus propiedades (nos se mezclan con el combustible) Existen básicamente tres tipos de concentrados: # Proteínicos, con la adición de determinadas sales metálicas. # De dos componentes, un polínero y un catalizador. # Sintéticos, con políneros que proporcionan estabilidad a la espuma En la actualidad prácticamente sólo se utilizan los del último tipo. - Universales. Son agentes polivalentes que permiten su utilización frente a todo tipo de combustibles. Son de nueva incorporación y su uso está muy restringido por el momento. - Efectos extintores - Sofocación, cubriendo totalmente el combustible y por lo tanto separándolo del oxígeno atmosférico. - Enfriamiento, debido al agua que compone la espuma. - Ventajas -

No son tóxicas. Aplicables a grandes extensiones y en exteriores. Impiden la reignición del combustible (sellado). Se eliminan fácilmente.

- Inconvenientes - Son conductoras (excepto en alta expansión) y por tanto no utilizables en fuegos de materiales sometidos a tensión. - Producen daños importantes debido al agua que contienen (baja y media expansión). - No son aptas para fuegos de metales, ya que se descomponen bruscamente (peligro de explosión). - Aplicaciones - La espuma de baja expansión se utiliza especialmente en incendios de líquidos inflamables (clase B). En grandes incendios de hidrocarburos está especialmente recomendada la AFFF. - Espuma de media expansión. Se utiliza para fuegos en zonas confinadas y poco accesibles. Su mayor uso es el preventivo, realizando “colchones” en derrames de líquidos inflamables, aterrizajes forzosos, etc. - Espuma de alta expansión. Su uso está casi reducido al de inundación total de zonas de difícil o imposible acceso (debido al calor u otras causas), como sótanos, túneles, etc. Ofrece una protección excelente contra la radiación. Puede

inundarse un área grande en corto tiempo. Los daños que produce son mínimos al contener muy poca agua.

5. – Agentes extintores sólidos. 5.1. – Polvos químicos Están constituidos básicamente por sales metálicas con algunos aditivos para mejorar su estabilidad y fluidez así como para evitar su apelmazamiento. Estos polvos químicos secos se aplican en forma de pequeñas partículas cuyo tamaño oscila entre 10 y 20 micras. La dimensión de las partículas tiene su efecto definitivo sobre la eficacia extintora y se requiere un control cuidadoso de su tamaño. Los polvos químicos arrojados sobre el fuego y debido al calor se descomponen, liberando gases, suponiéndose antiguamente que la acción extintora era debida únicamente al efecto sofocante de los gases desprendidos. En la actualidad se ha podido determinar que esto no es así y que intervienen otros factores. En general los polvos químicos podemos clasificarlos en: polvos químicos secos y polvos químicos polivalentes, o lo que es lo mismo: polvos BC y polvos ABC. Aunque existen multitud de compuestos (están fabricados los polvos BC generalmente a base de bicarbonatos de sodio, bicarbonato de potasio o sulfato de potasio) los polvos ABC están constituidos por fosfato monoámonico o fosfato diamónico. - Efectos extintores - Inhibición de la llama impidiendo la reacción en cadena. - Sofocación, debido a los gases desprendidos y al propio de impulsión por desplazamiento y dilución del oxígeno atmosférico. En incendios de combustibles sólidos los polvos ABC se descomponen por el calor, formando una capa pegajosa que aísla las brasas de oxígeno atmosférico. - Enfriamiento, absorbiendo las partículas gran cantidad de calor y además por obstrucción de la radiación. - Ventajas - No son conductores de la electricidad: con lo cual son aplicables a fuegos de materiales sometidos a tensión. - Son rápidos: extinguiendo los fuegos en muy poco tiempo. - No son tóxicos: sin embargo, su uso en grandes cantidades puede causar dificultades al producirse una atmósfera pulverulenta. - Penetrantes: al ser las partículas de muy pequeño tamaño. - Inconvenientes - No son aplicables en instalaciones delicadas ya que el polvo penetra en ellas siendo difícil su extracción. Por ejemplo: ordenadores, relés, etc. - Reignición: los fuegos pueden reinflamarse una vez que cesa el aporte de polvo. - Pérdida de visión del fuego: debido a la atmósfera pulverulenta que se forma.

- Utilización - Se utilizan principalmente para extinguir líquidos inflamables, siendo muy efectivos. El polvo polivalente debido a la costra que forma sobre las brasas está indicado también para fuegos de clase A.

5.2. – Polvos especiales para metales Existen algunos metales como sodio, potasio, magnesio, polvo de aluminio, uranio, etc., que en determinadas circunstancias pueden arder. Para su extinción no podemos emplear los medios habituales, sino que debemos utilizar unos polvos especiales. Todos actúan por sofocación, separando el metal en combustión del oxígeno atmosférico. Dado que los fuegos de metales son diferentes según el material que esté ardiendo, es necesario conocer con gran precisión cuál es el agente extintor adecuado para cada metal, y sobre todo cuáles son aquellos agentes incompatibles con este fuego. Con carácter general la arena seca es muy eficaz en esta situaciones.

6. – Cuadro resumen de utilización Podemos considerar adecuados, para cada una de las clases de fuego, los siguientes agentes extintores.

TEMA 7 - MEDIOS DE EXTINCIÓN

1. – Equipos de extinción Hasta el momento se han estudiado dos temas fundamentales. - Concepto del fuego o combustión. - Tipos de agentes extintores del fuego. Se han sentado, pues, las bases para un conocimiento de lo que supone el fenómeno del fuego. A la vez, se ha explicado cómo se extinguen los diversos tipos de fuego, en razón a la utilización del agente extintor adecuado. Para cada agente o producto extintor se ha dado a conocer también el modo de su capacidad o efecto extintor concreto. En el tema presente, que engloba cinco capítulos independientes, se trata de los Equipos de Extinción.

Dicho de otra forma, conocidas las propiedades extintoras de diversos materiales o productos, se va a desarrollar el modo de utilización de cada uno de ellos frente al fuego. Para poderlos aplicar correctamente son necesarios una serie de equipos, que se clasifican de manera simple como sigue:

- Equipos móviles -

Equipos de agua. Equipos de espuma. Extintores portátiles. Vehículos y equipos auxiliares: autobombas, motobombas, escaleras.

- Equipos fijos - Hidrantes, bocas de incendio y columnas secas. - Detección y extinción automáticas.

2. – El agua Es el agente extintor tradicional más conocido. Al hablar sobre agentes extintores se comentaron ya sus propiedades en extinción.

2.1. – Fuentes de abastecimiento Como soporte de todas maniobras de extinción con agua, debe existir siempre una reserva mínima de tal líquido extintor. Si el suministro de agua falla o es insuficiente, las labores de extinción quedan interrumpidas o dificultadas. El agua a utilizar en las instalaciones de protección contra incendios deberá ser limpia, y podrá ser dulce o salada, siempre que se consideren sus características químicas para seleccionar los equipos y materiales utilizados en su manejo.

2.1.1. – Caudal Es casi imposible generalizar sobre las necesidades mínimas de agua en caso de incendio, puesto que no todos los siniestros plantean las mismas situaciones en este sentido. Lo ideal es tener un suministro continuo indefinido. Pero ello no siempre es así. Por experiencia, puede decirse que un riesgo medio-alto justifica la puesta en funcionamiento de al menos dos lanzas de 70 mm. Si cada lanza de este tipo consume en condiciones normales 500 litros/minuto, las dos en conjunto suponen un caudal de 1.000 litros/minuto o, lo que es lo mismo, 60 m3/hora. Para un siniestro en que el tipo de actuación a considerar a efectos de reserva de agua

fuera de 2 horas, sería necesaria una reserva mínima de 120 m3. Este caudal puede estimarse, en principio, como mínimo indispensable para una fuente de abastecimiento.

2.1.2. – Presión Las bombas que utilizan los Servicios Contra Incendios sirven para aspirar el agua desde las fuentes de abastecimiento y para impulsar después a la presión conveniente en cada caso. Si el aporte de agua a las bombas es de una red de distribución, basta con que la presión en la canalización sea al menos de 1 kg/cm2, con el caudal mínimo ya citado de 60 m3/hora.

2.1.3. – Reservas de agua - Reservas naturales. Son los ríos, canales, mar, estanques, pozos, etc., los que muchas veces satisfacen las necesidades de agua de los Servicios contra Incendios. Deben permitir absorber caudales de, al menos, 60 m3/hora durante dos horas. En términos generales, deben presentar una altura geométrica de aspiración no mayor de 6 m y estar además a menos de 400 m del riesgo a defender. Si la altura de aspiración fuera mayor de la citada, es imprescindible escalonar bombas e, incluso, intercalar depósitos, para llevar el agua al lugar necesario.

- Reservas artificiales. Son las cisternas, depósitos o piscinas. En cuanto a caudal, presión y distancia, deben cumplirse las especificaciones comentadas hasta ahora.

- Hidrantes en redes de uso público. Son tomas permanentes fijas de

agua, para uso exclusivo de bomberos. Están instaladas en redes de agua, que pueden ser públicas o privadas. El agua de la red puede tener usos diferentes al de extinción, pero el hidrante debe utilizarse exclusivamente contra el fuego. Deben garantizarse condiciones de caudal mínimo, similares a las ya mencionadas anteriormente.

- Los caminones-cisterna. Las autobombas de los Servicios Contra

Incendios portan siempre un mínimo de agua en sus cisternas. Una actuación prolongada obliga ala utilización de muchas cisternas, o la necesidad de operaciones de abastecimiento continuado de las mismas desde puntos más o menos lejanos de reserva de agua. En cualquier caso y con carácter general, es siempre recomendable dar presión al agua de ataque al incendio desde las bombas de los camiones, utilizando las cisternas de los mismos como depósitos regulares de caudal.

2.2. – Mangueras Son los elementos que transportan el agua desde la fuente de abastecimiento, o desde las bombas contra incendio, hasta el lugar en donde es requerida.

La técnica de construcción de mangueras comienza a desarrollarse a partir de la aparición de las primeras bombas de presión contra incendios.

2.2.1. – Tipos de mangueras Al margen de las características técnicas o de constitución de las mangueras, éstas pueden clasificarse según su rigidez en: - Flexibles. Cuando, plegadas o enrolladas, tienen forma plana y adoptan sección circular al entrar en presión o circular por ellas el agua. - Semirrígidas. Cuando mantienen su sección circular, tanto con presión de agua como sin ella en su interior.

2.2.2. Diámetros y largos - Mangueras de aspiración. Comúnmente llamadas “mangotes”. Son mangueras muy rígidas. Construidas basándose en tela recauchutada y espiras metálicas. Normalmente son 100 mm de diámetro y 2,50 m de longitud. Pueden existir, con longitudes similares, mangotes en diámetros 70 mm y 45 mm. - Mangueras de alimentación. Se utilizan desde puntos de abastecimiento con presión suficiente hasta las autobombas o motobombas. Diámetros usuales: 70 mm y 45 mm. Longitudes habituales: 5 m, 10 m y 15 m. Conviene que sean de las denominadas ”cubiertas” o “reforzadas”. - Mangueras de ataque. Diámetros usuales: 70 mm, 45 mm, y 25 mm. Longitudes habituales: 15 m y 20 m. Las de 70 mm y 45 mm pueden ser de mayor longitud, limitada ésta en cualquier caso por problemas de plegado, almacenamiento y transporte. En general, son de material sintético y flexibles. Las mangueras de 25 mm son, en muchos casos, del tipo de las semirrígidas.

2.2.3. – Enrollado y transporte Cada Servicio contra Incendios tiene sus propias normas en enrollado de mangueras, con tres formas básicas: - Enrollado sencillo. - Enrollado doble (la más habitual) - Doble enrollado sencillo. Por otro lado, la devanadera es un sistema fijo de transporte de mangueras enrolladas, utilizado para casos de mangueras flexibles de gran longitud o para mangueras semirrígidas normales.

2.3. – Conexiones 2.3.1. – Racores

El racor de conexión es un dispositivo que permite acoplar las mangueras de incendio entre sí. También se usan para unir las mangueras a las bombas, a las lanzas, a las bocas de incendio y a otros accesorios en la lucha contra el fuego. Desde el Real Decreto 824/1982, de 26 de marzo, publicado en B.O.E. en mayo de 1982, es obligatorio el uso en todo el Estado de un único tipo de racor, cuyas características de forma y de material vienen establecidas por norma UNE 23400.

Variedades de racores. Modernamente casi todos lo racores se construyen basándose en una aleación ligera de aluminio. Hasta hace unos años eran generalmente de bronce. Los racores tienen diámetros nominales equivalentes a los de las mangueras a las que sirven de conexión. Los diámetros usuales son: -

100 mm. 70 mm. 45 mm. 25 mm.

El racor normalizado según norma UNE 23-400 es simétrico (los dos semi-racores son iguales). Cada semi-racor tiene tres orejas para su acoplamiento con otro semi-racor. Caso especial es el de los racores Storz (de origen alemán) que, por sus especiales características, son muy utilizados para acoplamiento de mangotes de aspiración. Su mejor calidad para ese uso hace que perduren, a pesar de no tener homologación española.

2.3.2. – Adaptadores Son piezas de conexión entre racores de distinto tipo, resultando imprescindibles en zonas fronterizas que tienen racores homologados diferentes. El adaptador es un manguito con dos semi-racores distintos a cada lado, a objeto de empalmar mangueras con semi-racores de diferente modelo. Lo normal es que estas transformaciones se hagan para mangueras del mismo diámetro.

2.3.3. – Bifurcaciones Son piezas de unión para repartir un caudal de agua en dos chorros. Las bifurcaciones más comunes son: - Una salida de 70 mm a dos de 45 mm. - Una salida de 45 mm a dos de 25 mm. Lo habitual es que tengan, además, válvulas de cierre de paso de agua alas dos

salidas de diámetro menor, para el uso alternativo o simultáneo de ambos chorros.

2.3.4. – Reducciones Tienen de un lado un medio racor de un diámetro determinado y del otro un nuevo medio racor, pero de diámetro inmediatamente inferior. Las reducciones más usuales son: - Reducciones de 70 mm a 45 mm. - Reducciones de 45 mm a 25 mm. Algunas reducciones pueden ser a su vez adaptadores, si en ellas además del diámetro cambia también el tipo de los semi-racores.

2.4. – Lanzas Las lanzas son dispositivos en punta de manguera, que permiten dirigir el agua al lugar deseado. Las lanzas se acoplan a mangueras de 70 mm. , 45 mm y 25 mm. Veamos una clasificación simple de las lanzas.

2.4.1. – De “chorro directo” o “chorro sólido” Es el modelo más sencillo. Consta de un semi-racor para acoplarlo a la manguera, del cuerpo de lanza propiamente dicho y de una boquilla en punta. Las primeras lanzas de este tipo no poseían siquiera válvula de cierre, por lo que durante su uso era imposible cerrar momentáneamente el flujo de agua en la lanza. Este tipo de lanza tiene los siguientes inconvenientes: -

Aprovecha muy poco el agua. Provoca una fuerte reacción para el hombre en punta. Puede hacer destrozos sobre el área de proyección por presión del agua. No ofrece defensa al que maneja la lanza.

2.4.2. – Lanzas con varios efectos. Los primeros modelos conseguían tres efectos: cierre, chorro sólido y neblina. Su inconveniente principal era, a veces, la necesidad de pasar por posición de cierre para cambiar de chorro a neblina, y viceversa. En modelos más evolucionados y con una boquilla especial en punta, se consiguieron lanzas de cuatro efectos, que lograban sobre las anteriores una cortina o niebla amplia de protección.

Hoy existen ya lanzas con efectos variables múltiples, intermedios entre el chorro directo y la neblina, además de la posición de cierre en cualquier estado de proyección. Básicamente, pueden ser: - De caudal variable. - De caudal constante. - Con selector de caudales. Ventajas de la utilización del agua en “niebla o “pulverizada”. - Proyecta contra el fuego una agua más desmenuzada. Con ello, la superficie de contacto del agua con el calor es mayor. El agua se vaporiza más rápidamente y así absorbe más calor. La refrigeración es, por tanto, mejor. - El mismo hecho anterior supone una mejora de las condiciones de protección del hombre en punta. - Con la técnica adecuada, el agua en forma de “niebla” permite ventilar con facilidad los humos de combustión. Produce menos destrozos que el “chorro directo”.

2.4.3. – Lanzas para fuegos eléctricos. Algunos fuegos de tipo eléctrico pueden ser controlados con un alto grado de pulverización del agua, de ancha cobertura y largo alcance. Las lanzas para este uso son, en el fondo, unos grandes pulverizadores.

2.5. – Monitores Se llama monitores a las lanzas especiales, de carácter más o menos estático que se emplean en la lucha contra el fuego cuando se requiere una gran demanda de agua, o cuando las distancias a cubrir son grandes. A veces, son de gran utilidad cuando se trata de refrigerar zonas próximas al fuego, en evitación de que éste se propague. Pueden conseguir distintos tipos de chorro o de pulverización, según el tipo de boquilla de que dispongan en punta. Existen “monitores” que lanzan espuma. Los “monitores” pueden ser: - Fijos. Van instalados en hidrantes o vehículos. - Portátiles. Con el correspondiente abastecimiento de agua, permiten su transporte manual y colocación en el lugar más adecuado, en orden a las condiciones de cada caso.

2.6. – Equipos especiales

2.6.1. – Formador de cortina Es una herramienta especial que se conecta a mangueras de 70 mm o de 45 mm. Produce una cortina de agua uniforme y perpendicular al suelo en forma de abanico, con radio aproximado de 10 m (en el caso de manguera de 70 mm) y de 7,50 m (para la manguera de 45 mm). Durante su funcionamiento no necesita atención especial, ni soporte que lo fije al suelo. Sirve para compartimentar fuegos, formar pasillos protegidos, evitar radiaciones de calor, ayudar a la disipación de escapes de ciertos gases tóxicos.

2.6.2. - Salvamangueras Mecanismo que permite el paso de vehículos por encima de las mangueras, sin dañarlas.

2.6.3. – Columna-codo Conexión y/o adaptación que eleva la toma de un hidrante enterrado hasta el nivel de trabajo adecuado.

2.7. – Normas de uso de mangueras Normalmente son las bombas las encargadas de dar presión al agua, y una instalación de mangueras parte o se inicia desde dichas bombas. En general, el modo habitual de operación con mangueras conlleva la utilización de una autobomba (haya o no haya alimentación desde un hidrante) como elemento impulsor y regulador de presión. Sólo excepcionalmente, si las condiciones de presión en red son buenas, la toma puede ser directa desde un hidrante. Un “establecimiento” o “tendido de manguera” es la disposición dada a las mangueras para llevar el agua desde una bomba (autobomba o motobomba portátil o remolcable) hasta el punto de ataque. Los “tendidos” se llaman: - Horizontal, cuando las mangueras reposan en un suelo sensiblemente horizontal. - Vertical, cuando la manguera se eleva verticalmente por el hueco de una caja de escalera, por un muro o por una escala. - Inclinado o en rampa, cuando se eleva por los peldaños de una escalera de pisos o sobre un terreno con pendiente elevada. A modo de orientación general, en una casa de viviendas, según se trate de construcción moderna o antigua respectivamente, se debe contar con tres ó

cuatro metros por piso para un “tendido vertical”, y con el doble es decir, seis u ocho metros por piso para un “tendido en rampa” por escaleras.

2.7.1. – Empleo de mangueras No es sencillo generalizar sobre esta cuestión. Cada Servicio Contra Incendios tiene sus propias maneras de uso de mangueras y, en ocasiones, ello es objeto incluso de tácticas programadas al efecto. Se relacionan a continuación aquellos aspectos susceptibles de generalización en esta materia: - Se prepararán siempre unas “reservas en bucle” en la dirección de ataque. - Deben evitarse los enredos en la instalación. Si son varias las instalaciones, éstas deben discurrir a ser posible en paralelo. - En la calle, lo ideal es pegar las mangueras de una instalación al borde de las aceras. Se procurará no cruzar calles. Si ello fuere necesario, se atravesarán perpendicularmente al sentido de circulación, no permitiendo el paso de vehículos sin haber colocado previamente los salvamangueras. -El camino más corto es el que garantiza la utilización del menor número de mangueras. -Deben evitarse los cruces con otras instalaciones similares. -No deben producirse vueltas, pliegues y codos bruscos, sobre todo, en las equinas de los edificios. - No deben dejarse las mangueras encima de rescoldos o brasas, ni tampoco sobre materiales cortantes o punzantes. - Siempre hay que colocar las mangueras resguardadas de la caída de materiales. - Las mangueras no deben ser arrastradas, ni golpeados sus racores ni cualquier otro tipo de elemento de conexión. -Hay que maniobrar con suavidad las llaves de paso o de cierre, para evitar los “golpes de ariete”. Cuando se vaya a poner en marcha un tendido, se deben abrir parcialmente las llaves de lanzas y bifurcaciones para purgar el aire. - Conviene que exista “bucle” también cerca de la lanza, para poseer cierta reserva de manguera que permita perseguir al fuego que ha podido retroceder. - Cuando un tendido es a la vez “vertical” y “en rampa”, la parte inclinada debe estar obligatoriamente más cerca del punto de ataque, a fin de poder prever bien un “bucle de reserva” en punta de lanza. De todo ello parece deducirse que, de manera general y salvo en instalaciones muy largas, las maniobras de tendido deben ser hechas comenzando desde el lugar de ataque hacia el punto de alimentación. Ello obliga a un preciso

reconocimiento previo y a una decisión clara de emplazamiento de lanzas, que no siempre son posibles. Pero sólo así se garantizan cuestiones tales como el “bucle” cerca de punta de lanza, el correcto tendido de las mangueras por el camino más seguro y/o corto, la no confusión entre instalaciones paralelas, o algo tan importante como el momento exacto que quien opera la bomba debe de dar agua.

2.7.2. – Mantenimiento de mangueras Siempre que se haya utilizado una manguera, y antes de las veinticuatro horas, debe ser lavada. La limpieza se debe realizar con gran cantidad de agua. Las actuales mangueras de material sintético no necesitan secado. Basta con un simple escurrido.

3. - Equipos de espuma y su empleo 3.1. – Principios de funcionamiento. Para obtener espuma, es preciso unir en un estado turbulento tres componentes: espumógeno, agua y aire. La mezcla de esos tres elementos no se produce simultáneamente. En primer lugar, ha de realizarse la dosificación entre agua y espumógeno, en el porcentaje correcto, para dar lugar a la mezcla espumante. Luego, a esta solución o mezcla se le añade aire para producir la espuma expandida. Existen tres variedades fundamentales de lanzas para el empleo de espuma, basándose en el modo de funcionamiento.

3.1.1. – Lanzas con instalación previa de un dosificador o proporcionador En este tipo el agua a presión pasa a través de un dosificador o proporcionador de succión, en el que se regula la cantidad exacta de líquido espumógeno en la corriente de agua. El proporcionador se intercala con sus racores en la instalación de manguera de agua, separado una distancia de la lanza de espuma. A la lanza llega la mezcla espumante producida en el proporcionador, bajo presión pero sin aire. Es en la lanza donde se aspira el aire que, por fin, produce la espuma. Tipos más comunes: -Lanzas de espuma de baja expansión, que toman el aire lateralmente. -Lanzas de espuma de media expansión (o generadores portátiles), que toman el aire desde atrás.

A veces, puede realizarse la mezcla espumante (espumógeno + agua) en la autobomba de un vehículo de bomberos o en una instalación fija previa a propósito. En estos casos no se utiliza el antes citado proporcionador portátil.

3.1.2. – Lanzas de espuma en punta Con estos tipos de equipo las operaciones de dosificación de la mezcla espumante, y la aspiración y mezcla de aire, se realizan todas ellas en una sola unidad: en la lanza. No se dispone el proporcionador intercalado. El tubo de succión de espumógeno va incorporado a la lanza. El agua a presión pasa a través de un orificio en la lanza, donde se produce un vacío. Este vacío actúa sobre el concentrado obtenido en el recipiente mediante el tubo de succión, y aspira y mezcla el espumógeno con la corriente de aire, formando una mezcla espumante perfectamente proporcionada. Casi inmediatamente, la solución en movimiento produce un segundo vacío en otra zona de la lanza, para aspirar aire que se mezcla con los otros componentes, produciendo así espuma expandida. Sólo pueden ser utilizadas para lanzar espuma de baja expansión.

3.1.3. – Generadores de espuma Son equipos especiales para generar una gran producción de espuma, que siempre es de alta expansión. Realizan las mezclas de agua y espumógeno, y de espumante y aire, dentro de una misma unidad, sin proporcionador previo. En este sentido, conceptualmente obedecen a una forma de trabajo similar a la de las lanzas de espuma en punta. Lo normal es que no tengan necesidad de disponer de electricidad o motores de combustión. La simple conexión a una manguera de agua a presión suele ser suficiente. Por medio de una manga de lona, de longitud que oscila entre 5 metros y 10 metros, permite combatir fuegos desde una distancia más segura, o llegar a lugares poco accesibles.

3.2. – Características específicas de cada tipo de equipo 3.2.1. – Proporcionadores Como se ha dicho, intercalados entre dos mangueras permiten dosificar en la proporción adecuada el espumógeno con el agua. Tienen regulador para la dosificación, desde el 1% al 6%. Otras veces son de dosificación fija.

El cuerpo, la boquilla y la válvula de compensación son de bronce. El colector y la válvula de retención van en plástico y el filtro es de acero inoxidable. Existen con capacidad o caudal nominal de 200, 400 y 800 litros por minuto. De tal forma que para cada tipo de lanza de espuma se recomienda emplear un proporcionador de la misma capacidad, para que el conjunto quede perfectamente equilibrado y se pueda obtener así el máximo rendimiento.

3.2.2. – Lanzas de espuma de baja expansión, con proporcionador previo Estas lanzas se construyen en aluminio y la tobera de expansión suele ser de latón. Generalmente, son livianas de peso. Succionan el aire por unos agujeros laterales. Sólo pueden ser utilizadas para espuma de baja expansión. Según su caudal nominal de agua pueden ser, al igual que los proporcionadores, de 200, 400 y 800 litros por minuto. La de 200 litros por minuto se utiliza generalmente con manguera de 45 mm. Su alcance es de 10 a 20 metros y produce de 1,2 a 3 m3/minuto de espuma. La de 400 litros por minuto se utiliza generalmente con mangueras de 45 mm y de 70 mm. Su alcance oscila entre 15 y 25 metros y produce de 2,4 a 6 m3/minuto de espuma. La de 800 litros por minuto se acopla habitualmente a un monitor, o a manguera de 70 mm. Su alcance varía entre 25 y 35 metros y produce de 4,8 a 12 m3/minuto de espuma. La presión de trabajo suele oscilar, según modelos y marcas entre 5 y 9 kg/m2. El coeficiente de mezcla en el proporcionador previo debe ser al 3% al 6%

3.2.3. – Lanzas de espuma de media expansión, con proporcionador previo Se les llama también generadores portátiles de espuma de media expansión. Están dotados de manómetro. Succionan el aire por su base trasera, opuesta a la cara con pantalla de expulsión de espuma. Necesitan de la previa intercalación de un proporcionador que haga la mezcla de espumógeno con agua. En función de su caudal, hay tipos de: -200 litros por minuto (alcance: 3 a 8 m; 13 m3/minuto de espuma) -400 litros por minuto (alcance: 5 a 10 m; 26 m3/minuto de espuma).

-800 litros por minuto (alcance: 8 a 12 m; 32 m3/minuto de espuma). La presión de trabajo para esos caudales es generalmente de 2,5 ó 3 kg/m2. El coeficiente de mezcla en el proporcionador previo debe ser al 3%.

3.2.4. Lanzas de espuma en punta Tienen proporcionador de succión incorporado a la lanza. Hacen mezclas al 3% y al 6%. Sirven para espuma de baja expansión. Existen con caudales nominales de 200, 400 y 1.000 litros por minuto.

Las de 1.000 litros por minuto se acoplan a monitores.

1.1.1. – Generadores de alta expansión Pueden utilizarse como instalación fija o equipo semi-portátil. Pesan de 25 a 60 Kg., según modelo Son imprescindibles en fuegos de sótanos, barcos, locales de gran volumen y de difícil acceso hasta el foco del incendio. Pueden producir espuma hasta 200 m3/minuto. El consumo máximo de agua es del orden de 250 l.p.m. El gasto máximo de espumógeno es de 5 l.p.m. La presión de trabajo oscila entre 5 y 12 kg./cm2. Para su alimentación utilizan manguera de 45 mm o 70 mm. Algunos modelos pueden ser utilizados como extractor de humos.

1.2. – Técnicas de aplicación - La espuma debe aplicarse lo más suavemente posible si se quiere obtener de ella un buen rendimiento. - Su empleo en forma de chorro directo no es aconsejable. Salvo que se trate de un depósito elevado inflamado o de un derrame generalizado. - En cualquier caso, es mejor acumular la espuma y “romperla” lateralmente contra una pared o un obstáculo - A falta de obstáculos, también se puede desplazar sobre la superficie, chocando sobre el suelo delante del derrame.

- No se deben emplear chorros de agua que rompan la capa de espuma. El agua, en maniobra combinada con la espuma sólo debe utilizarse para enfriamiento de zonas contiguas y, a ser posible, con un alto grado de pulverización.

2. – Extintores portátiles 2.1. – Definiciones preliminares Basándonos en la norma UNE 23-110 que trata sobre las características generales de los extintores portátiles, podemos definir los siguientes conceptos: - Extintor. Es un aparato que contiene un agente extintor que puede ser proyectado y dirigido sobre un fuego por la acción de una presión interna. Esta presión interna puede obtenerse de tres formas distintas: - Por una compresión previa permanente (presión propia o presión incorporada). - Por una reacción química. - Por la liberación de un gas auxiliar (presión adosada). - Agente extintor. Es el conjunto del o de los productos contenidos en el extintor y cuya acción provoca la extinción. - Carga. Es la masa o volumen de agente extintor, contenido en el extintor. Cuando el agente extintor contenido es agua, la carga del extintor se expresa en volumen (litros). En los demás casos se da la carga expresada en masa (kilogramos). - Clasificación de extintores portátiles según su carga. - Portátiles: Cuando la masa transportable total es igual o inferior a 20 Kg. - Sobre ruedas: Cuando su excesivo peso necesitan ruedas para su desplazamiento. Pueden ser transportados por una o varias personas, o ser remolcados. - Tiempo de funcionamiento. Es el período durante el cual tiene lugar la proyección del agente extintor, sin que haya interrupción alguna, estando la válvula totalmente abierta y sin tener en cuenta el gas impulsor residual. - Alcance medio. Es la distancia media sobre el suelo, entre el orificio de proyección y el centro del recipiente que recoja mayor cantidad de agente extintor. Para dictaminar el alcance medio de un extintor se realizan ensayos con recipientes cuadrados de 0,5 m de lado. - Eficacia. La eficacia de un extintor es la aptitud para la extinción de una o varias clases de fuego definidas. Atendiendo a la eficacia, los extintores deben llevar un número y una letra. El número hace referencia a la cantidad de combustible que el extintor es capaz de apagar, según el hogar tipo que

corresponda. La letra indica el tipo de fuego para el que el extintor es idóneo. Cuando un extintor sirve para varios tipos de fuego, llevará varias letras (tantas como fuegos para los que sirve) y el número de referencia junto a cada letra. Ej: 8 A, 13 B, 89 B, etc.

- Hogar tipo para fuegos de clase A. Están constituidos por un apilamiento de vigas de madera de pino de sección cuadrada de 4 cm de lado situadas sobre un pedestal metálico. Las vigas dispuestas en el sentido de la anchura del hogar tienen una longitud fija de 50 cm siendo las longitudes variables según el tipo de hogar.

Se coloca un recipiente determinado con una cierta cantidad de gasolina y se enciende. Después de 2 minutos de combustión, se retira el recipiente de debajo del apilamiento de madera. Se deja arder la madera 6 minutos más, haciendo un total de 8 minutos, después de los cuales se considera que el hogar-tipo se ha realizado y que debe efectuar la extinción. El operador, tomando el extintor en este momento, dirige el chorro sobre el hogar moviéndolo a discreción para obtener el mejor resultado. El extintor puede ser descargado totalmente de una sola vez o por proyecciones sucesivas. Para que el ensayo sea aceptable, todas las llamas deben ser extinguidas y no debe reaparecer ninguna durante los 3 minutos siguientes a la descarga total del extintor. Se considera que un extintor es capaz de extinguir el fuego cuando de tres ensayos efectuados cada uno con un extintor lleno, se realizan dos extinciones; si los dos primeros ensayos son aceptables, el tercero no es necesario.

- Hogar tipo para fuegos de la clase B. Los hogares-tipo para fuegos de la clase B se realizan en una serie de recipientes cilíndricos en chapa de acero soldada cuyas dimensiones se indican en la norma UNE. Estos hogares se designan por un número seguido de la letra B; este número representa el volumen de líquido en litros, que contiene el recipiente (no de combustible). Los recipientes se utilizan con fondo de agua, en la proporción de 1/3 de agua y 2/3 de gasolina. La superficie del recipiente, expresada en decímetros cuadrados, es por convenio igual a este número multiplicado por Pi. El combustible será gasolina de aviación. El ensayo debe comenzar después de que el hogar haya sido encendido y haya ardido libremente durante 60 segundos. Se considera que un extintor es capaz de extinguir el fuego cuando de tres ensayos efectuados cada uno con un extintor lleno, se realizan dos extinciones; si

los dos primeros ensayos son aceptables el tercero no es necesario.

- Hogares tipo para fuegos de la clase C. Los extintores que deben homologarse para la clase de fuegos C, satisfarán el ensayo siguiente: Botellas de gas propano, cada una con aproximadamente 33 kg. de gas, en estado líquido, y con un diámetro de la válvula de 7 mm, se conectan en paralelo a un tubo colector (diámetro interior de unos 25 mm). El tubo colector debe ir provisto de un manómetro y una válvula de cierre rápido en el extremo de salida con un paso de 10 a 15 mm. A la salida de la válvula se monta un diafragma de 7 mm de diámetro, seguido de un tubo de 2 m de largo y de 22 mm de diámetro interior. En cada ensayo, el gas se toma de las botellas en fase líquida, estando éstas a la temperatura de 20 ± 5ºC, procediéndose a su inflamación en el extremo de la conducción después de haber abierto la válvula de acción rápida. No se exige ninguna duración de combustible previa. La operación de extinción se realizará a discreción y según el criterio del operador. En el caso de extintor cuya carga sea superior a 3 Kg., el hogar tipo debe ser extinguido al menos dos veces con el mismo extintor. * Cuando el aparato más pequeño de una gama de extintores ha superado las pruebas con el hogar C, tal como se ha especificado previamente, los extintores de tamaño superior que pertenecen a esta misma gama se consideran como eficaces sobre el hogar C, a reserva de que cada uno previamente hay superado el ensayo de eficacia sobre el hogar B.

1.1. – Designación de un extintor Un extintor se designa por el agente extintor que contiene. En el momento actual se distinguen: -

Los Los Los Los Los

extintores extintores extintores extintores extintores

a base de agua. de espuma. de polvo. de anhídrido carbónico. de hidrocarburos halogenados.

1.2. – Criterios de calidad Los criterios que definen la calidad de un extintor son la seguridad, la eficacia, y la conservación en el tiempo. - Seguridad. La seguridad del funcionamiento depende de: -

La La La La

estanqueidad. resistencia a presión interna. resistencia a las vibraciones. toxicidad y/o neutralidad eléctrica (del agente extintor).

- La no conductibilidad eléctrica (del agente extintor) En relación con algunos de estos criterios los extintores están sometidos a las especificaciones de la Reglamentación de aparatos a presión. - Eficacia. Ya se ha dicho que eficacia es la aptitud de un extintor para apagar un fuego de determinada clase y tamaño. - Conservación. La conservación del extintor se valora por el período durante el cual mantiene sus facultades de extinción.

1.3. – Inscripciones en los extintores Las inscripciones que permiten reconocer y utilizar un extintor irán situadas sobre el cuerpo del mismo, en forma de calcomanía, placa metálica, impresión serigráfica o cualquier otro procedimiento de impresión que no se borre fácilmente. Se elegirán caracteres fácilmente legibles, teniendo en cuenta que algunas de estas inscripciones deben poder leerse rápidamente en el momento de la intervención. - Naturaleza del agente extintor. Se indicará en la parte superior de las inscripciones; irá precedida de la palabra extintor. Deberá figurar también el tipo de fuegos que es capaz de apagar. Todo ello dentro de un cuadro. - Modo de empleo. Las inscripciones sobre el modo de empleo se situarán en un cuadro inmediatamente debajo del definido en el apartado anterior. - Peligros de empleo. Los peligros de empleo, si existen, así como las recomendaciones restrictivas, figurarán en un cuadro inmediatamente debajo de los anteriores. Ejemplos de peligros de empleo: - Peligro, no utilizar en presencia de tensión eléctrica. - Airear o ventilar en ambiente después de su uso. - No utilizar sobre fuegos de clase... (indicar clase de fuego con la que es peligroso su empleo). - Marca de fábrica. La marca de fábrica del extintor, así como el nombre y dirección del constructor, figurarán en un cuadro de idéntica anchura que los de las inscripciones precedentes. - Temperatura límite de conservación. Debe constar, cuando proceda. - Inscripciones diversas. A opción del fabricante, podrán indicarse cuantas características se estimen convenientes para la mejor utilización del extintor. - Placa de timbre. Contendrá el número de registro del aparato y la presión de timbrado. Debe contener fecha del timbre y tres casillas para tres retimbrados posteriores. El retimbrado debe hacerse cada cinco años por el fabricante del extintor. A los 20 años el extintor queda fuera de servicio. Esta normativa de retimbrado no afecta a los extintores de C02 que se rigen por la norma general para botellones.

1.4. – Elección y dotación de extintores La elección de un tipo determinado de extintor es en función de muchas cosas: tipo de fuego, peso del aparato, manejabilidad, eficacia, economía. La dotación (o número) de extintores para una determinada zona será en función: 1. Del tipo de riesgo: - Tipo de fuego. - Carga térmica. 2. De la posible utilización o existencia de otros medios de extinción. Existen varias normas de prevención en relación con el número y tipo de extintores a instalar en zonas con riesgo de incendio. La Norma Básica de la Edificación NBE-CPI-96 indica a modo de orientación y como resumen muy simple, que: - En grandes superficies debe haber un extintor cada 300 m2 de área. - Desde cualquier punto hasta el extintor debe haber un recorrido máximo de 15 metros. - En zonas de aparcamiento la distancia entre extintores debe ser de 15 metros o uno cada 20 plazas de aparcamiento. - La eficacia o capacidad extintora del extintor debe ser adecuada al riesgo y la carga térmica del área.

1.5. – Utilidad Es preciso saber que: - Los extintores son eficaces sólo cuando el fuego se encuentra en fase de conato. - La sustancia extintora que contiene ha de ser adecuada y apropiada al fuego previsible. - Sólo consiguen su objetivo si se sabe emplearlos.

1.6. - Emplazamiento y señalización - Deben colocarse en proximidad a los lugares con riesgo. - En locales pequeños es mejor ubicarlos junto al acceso. - Cuando vayan a la intemperie, deben protegerse contra las acciones climáticas. - El acceso al extintor no debe estar obstaculizado por máquinas, muebles o materiales. - A ser posible se dejará alrededor una zona libre. - Deben protegerse contra posibles golpes o daños mecánicos. - Los extintores portátiles se colocarán sobre soportes fijados a paramentos verticales o pilares, de forma que la parte superior del extintor quede como máximo a 1,70 metros de suelo. - En locales grandes o cuando existan obstáculos que dificultan su localización, se

señalizará convenientemente su ubicación. La señal que indica extintor de incendios es un cuadrado o rectángulo de fondo rojo con una silueta de extintor en blanco.

1.7. – Tipos más usuales de extintores 1.7.1. – En función de la forma de impulsión o funcionamiento - Extintores de presión incorporada - Sustancia impulsora: Aire seco, nitrógeno ó CO2. - Presión de impulsión: 15-20 kg/cm2. - Agente extintor: agua, polvo o halógenos - Debe poseer válvula para acoplamiento de manómetro o manómetro incorporado. - Observaciones: Si se invierte la posición de uso correcto, se inutiliza el extintor. El mantenimiento correcto de estos extintores es difícil. Algunos modelos no son fiables. - Extintores de presión propia permanente - Sustancia impulsora: El propio agente extintor almacenado a presión en fase líquida. - Presión impulsión: Depende, a cada temperatura determinada, de la presión de vapor de la sustancia extintora. - Agente extintor: CO2, en algunos casos halones (aunque generalmente van sobre presurizados con nitrógeno). - Deben poseer válvula de seguridad. - Observaciones: Los de CO2 no necesitan manómetro. - Extintores de presión por reacción química - Sustancia impulsora: El CO2 que se libera en la reacción. - Agente extintor: Espuma química. - Deben tener válvulas de seguridad. - Observaciones: - Estos tipos de extintores funcionan por inversión. - Su uso es peligroso, pues pueden presentarse efectos de sobrepresión en su interior. - Son corrosivos y conductores de la electricidad. - Una vez activados, su actuación no puede detenerse. - Están en desuso y prácticamente han desaparecido. - Extintores de presión adosada. - Sustancia impulsora: Nitrógeno ó CO2. - Presión de impulsión: 15-20 kg/cm2.

- Agente extintor: Agua, polvo o espuma física. - Deben ir provistos de válvula de seguridad. -

Observaciones: Cuando el agente extintor es espuma va provisto de boquilla especial. El cartucho o botellín del gas impulsor puede ir al exterior o en el interior. El mantenimiento es más sencillo con botellín exterior.

- Extintores de bomba manual - Es un tipo muy específico y a la vez simple de extintor. - Se cita aquí por su peculiaridad, aun no siendo muy usual. - El agente extintor suele ser de agua. - El medio de descarga es una bomba incorporada de pistón vertical, manejada manualmente, a la que se une una manguera de goma con su boquilla. La bomba es de doble acción. - Para atacar el fuego, se coloca el extintor en el suelo, apretando con el pie un saliente dispuesto al efecto. Con una mano se acciona la manilla de la bomba hacia arriba y abajo, y con la otra se dirige el chorro de agua. - Para variar la posición del extintor es preciso dejar de bombear.

1.7.2. – En función del agente extintor. - Extintores de Agua: Pueden ser de agua a chorro o agua pulverizada, con o sin aditivos. En cuanto a la forma de impulsión, pueden ser: - De presión incorporada. Están presurizados con aire o CO2, que está en contacto con el agua. Al accionar la válvula de disparo, se produce la salida del agua. - De presión adosada (interior o exterior). Como agente impulsor se usa el CO2 encerrado en un botellín situado en el interior o exterior del extintor. Al accionar una válvula prevista a tal objeto, el agente impulsor aumenta de volumen y empuja el agua hacia el exterior. Alcance: 8 metros, aproximadamente. Duración: 1 minuto, para una carga de 10 litros. Aplicación fundamental: Fuegos de tipo A. - Extintores de espuma: Los de espuma química llevan en el cuerpo principal una solución alcalina y en el centro un recipiente con una solución ácida. Al invertir el extintor se mezclan ambas soluciones, produciéndose una reacción química. En esa reacción se desprende CO2 a fuerte presión que expulsa al exterior la espuma, generada también en la reacción. En desuso, por su efecto corrosivo. Los de espuma física funcionan por el sistema de presión adosada. - Extintores de anhídrido carbónico CO2: Funcionan al abrir la válvula por la presión propia previa con que se ha almacenado el CO2 en el extintor. Almacenado en fase líquida, el gas se autoimpulsa al exterior en forma de nieve

carbónica. Alcance: 1 y 3 metros. Tiempo de descarga: entre 1 y 3 minutos, según tamaño. Aplicación fundamental: Pequeños fuegos tipo B y fuego tipo E. - Extintores de polvo: Aunque existen otros tipos de polvos, suelen ser de: - Polvo seco, a base de bicarbonatos. - Polvo polivalente, a base de fosfato monoamónico. De modo igual a los comentados extintores de agua, pueden funcionar por: - Presión adosada exteriormente (botellín de CO2). - Presión adosada interiormente (botellín de CO2). - Presión incorporada (gas impulsor: Nitrógeno). Alcance: de 8 a 10 metros. Carga: - Portátiles de 1,2,3,4,5,6 y 12 kg. - Sobre ruedas de 25, 50 y 100 kg. - Remolcables de 150 kg. Tiempo de descarga: entre 20 segundos y 4 minutos, según tamaño. Aplicación fundamental: - Polvo seco, fuegos B y C. - Polvo polivalente, fuegos A,B, y C. - Extintores de halones. Pueden funcionar por: - Presión propia previa del agente halón. - Por presión incorporada previa, utilizándose nitrógeno como gas impulsor. Alcance: unos 5 metros. Carga: 300 gramos y 1, 3 ½, 5 y 10 kg. Descarga: 8 segundos el de 1 Kg. Aplicación fundamental: fuegos de tipo B y E En extintores portátiles se usa casi exclusivamente el halón 1211. Su uso está restringido siguiendo las directrices europeas para la protección de la capa de ozono.

1.8. – Instrucciones básicas de manejo. - Un extintor es sólo eficaz en la primera etapa del fuego. - Debe utilizarse el agente extintor adecuado al tipo de fuego a combatir. - En fuegos al aire libre hay que colocarse de espaldas al viento. - En interiores debe atacarse al fuego en el sentido del tiro existente. - Hay que atacar el fuego por la base. - Limpiar detenidamente la superficie en llamas en zig-zag. - La persona que opera con el extintor no debe acercarse excesivamente al fuego, para evitar que por efecto de la fuerte presión del extintor las llamas se revuelvan contra ella.

TEMA 5 - DETECCIÓN DE INCENDIOS

1. - Detección de incendios Se entiende por detección de incendios al hecho de descubrir y avisar que hay un fuego en un determinado lugar. La detección no sólo debe descubrir que hay un incendio, sino que debe localizarlo con precisión en el espacio y comunicarlo con fiabilidad a las personas que harán entrar en funcionamiento el plan de emergencia previsto. Puede indicarse que siendo imprescindible una buena detección para garantizar unos eficaces resultados del plan de emergencia, apenas sirve de nada si falla el resto del plan de emergencia; es decir los medios de detección han de ser proporcionales y coherentes con el resto del plan de emergencia. La característica fundamental de la detección es que debe ser lo más rápida posible en detectar un conato de incendio. De la rapidez de detección dependerá la demora de puesta en marcha del plan de emergencia (plan de evacuación de personas y plan de lucha contra el fuego o extinción). Una detección tardía supondrá que el fuego ha alcanzado un desarrollo grande, con las siguientes consecuencias desfavorables: • •

El humo habrá invadido las vías de evacuación, poniendo en grave riesgo el éxito de la evacuación o incluso su imposibilidad. Como el desarrollo del fuego en sus primeras etapas es exponencial, creciente en el tiempo, implica que los medios necesarios de extinción técnicos y humanos, deben crecer también exponencialmente para garantizar la extinción. Como tales medios de lucha no estarán disponibles y en cambio si estarán presentes dificultades crecientes, el resultado será que la extinción del fuego será tardía, y las pérdidas económicas derivadas habrán crecido exponencialmente con el tiempo de demora en la detección del incendio. Es conveniente insistir en que la detección de incendios no significa solo el

descubrir un fuego, sino que debe poner en marcha un plan de alarma que asegure una eficaz puesta en práctica del plan de emergencia.

2. Sistemas de detección de incendios. La detección de un incendio puede realizarse por dos sistemas fundamentales: a) Detección humana. b) Instalaciones automáticas de detección de incendios. c) Sistemas mixtos. La elección del sistema de detección viene condicionada por el resto de medidas de protección frente al fuego; es decir, la detección debe estar coherentemente integrada en el plan de emergencia. Desglosado en factores, el sistema de detección a elegir viene condicionado por: - Las pérdidas humanas o materiales en juego. - La posibilidad de vigilancia: presencia constante del personal, superficie específica m2/por trabajador, tipo local a proteger (naves fabricación, naves almacén, conductos o recintos no accesibles, etc.) - El tiempo de respuesta requerido, coherente con el plan de emergencia - La fiabilidad requerida. - El coste económico, etc. Hay casos en los que los factores de decisión se limitan: Por ejemplo en un almacén paletizado no es factible la detección humana. La decisión queda limitada a instalar detección automática (de características adecuadas) o bien no instalarla. Debe tenerse en cuenta que la existencia de detección y su tipo influyen sobre la evaluación del riesgo de incendio.

2.1. - Detección humana. La detección queda confiada a las personas. Durante el día, si hay presencia continuada de personal en densidad suficiente y en distintas áreas, la detección rápida del incendio queda asegurada en todas las zonas o áreas visibles (no así en zonas "escondidas"). Durante la noche la tarea de detección se confía al servicio de vigilante (s) mediante rondas estratégicas cada cierto tiempo. Salvado que el vigilante es persona de confianza, debe supervisarse necesariamente su labor de vigilancia (detección). Este control se efectúa, por ejemplo, obligando a fichar cada cierto tiempo en su reloj, cuya llave de accionamiento esta situada en puntos clave del recorrido de vigilancia. La ficha impresa por el reloj permite determinar si se han realizado las rondas previstas. Es obvio que la rapidez de detección en este caso es baja, pudiendo alcanzar una demora igual al tiempo entre rondas. Es imprescindible una correcta formación del vigilante en materia de incendios, pues es el primer y principal eslabón del plan de emergencia. El plan de emergencia debe pues establecer el plan detallado a seguir por el vigilante en caso de incendio.

Como funciones Standard (plan de alarma), cabe citar: - Localización del fuego y evaluación del mismo. - Aviso al servicio interno y/o externo de extinción y alarma para evacuación de personas todo según plan establecido. - Apagar el fuego. El desarrollo correcto de éstas exige la existencia de un plan de emergencia (muy sencillo o complejo según los casos) y de una formación correcta del vigilante que debe incluir: - Conocimiento-entrenamiento exhaustivo de sus cometidos dentro del plan de emergencia. - Zonas de riesgo críticas. - Emplazamiento pulsadores de alarma y formas de aviso rápido: --- Al coordinador de la empresa. --- A bomberos internos-externos. - Emplazamiento de los distintos sistemas de extinción instalados, etc.

2.2. - Detección automática de incendios. Las instalaciones fijas de detección de incendios permiten la detección y localización automática del incendio, así como la puesta en marcha automática o semiautomática del plan de alarma. Opcionalmente pueden accionar los sistemas fijos de extinción de incendios. En general la rapidez de detección es superior a la detección por vigilante, si bien caben las detecciones erróneas. Pueden vigilar permanentemente zonas inaccesibles a la detección humana. Normalmente está supervisada por un vigilante si bien pueden programarse para actuar automáticamente si no existe esta vigilancia o si el vigilante no actúa correctamente según el plan preestablecido (plan de alarma programable). Las funciones del sistema de detección automática de incendios son: a) Detectar la presencia de un conato de incendio con rapidez, dando una alarma preestablecida (señalización óptica-acústica en un panel o central de señalización). Esta detección ha de ser fiable. Normalmente antes de sonar la alarma principal, el vigilante debe comprobar la realidad del fuego detectado. b) Localizar el incendio en el espacio. c) Ejecutar el plan de alarma, con o sin intervención humana. d) Realizar funciones auxiliares: Transmitir automáticamente la alarma a distancia, disparar una instalación fija, para parar maquinas (aire acondicionado), cerrar puertas, abrir exutorios, etc. El sistema debe poseer seguridad de funcionamiento por lo que necesariamente debe autovigilarse. Además una correcta instalación debe tener cierta capacidad de adaptación a los cambios.

3. - Características generales de una instalación automática de detección. 3.1. - Tipos de detectores automáticos. Son los elementos que detectan el fuego a través de algunos fenómenos que acompañan al fuego: Gases o humos, temperatura o radiación UV, visible o infrarroja. Según el fenómeno que detectan los detectores se denominan: -

Detector Detector Detector Detector

de gases o iónico. de humos visibles (óptico de humos). de temperatura: Fija, termovelocimétrico. de llama: Ultravioleta, infrarroja.

Como los fenómenos detectados aparecen sucesivamente después de iniciado un incendio, la detección de un detector de gases o humos es más rápido que la de un detector de temperatura (que precisa que el fuego haya tomado un cierto incremento antes de detectarlo).

3.2. - Características de los detectores. Un factor que se presta fácilmente a la manipulación es la "sensibilidad" de los detectores. En sentido estricto la sensibilidad es la medida de la cantidad de factor detectable (concentración de gas, humo, temperatura mínima) necesario para excitar el detector. La sensibilidad es una característica importante, pero no fundamental en un detector. Una sensibilidad muy alta puede ser contraproducente por las falsas alarmas que otros elementos perturbadores pueden producir, un detector muy sensible de humos dará la alarma ante la presencia de un fumador. Un detector de llamas muy sensible podrá excitar con la llama de un mecho o con un dardo de soldadura. Lo realmente importante en una instalación de detección es el tiempo de retardo en la detección de un fuego. El tiempo de retardo en la detección viene determinada, para un mismo tipo de detector por: - Sensibilidad del detector. - Ubicación de los detectores. La ubicación del detector es tan importante como su sensibilidad. Dentro del término ubicación se engloba la densidad de detectores, su altura respecto al suelo y su situación relativa respecto a las irregularidades del techo u otros elementos perturbadores. La influencia de estos factores en el tiempo de detección es muy grande, pudiéndose dar el caso de que un detector muy sensible no detecte el fuego hasta que haya alcanzado el incremento. Como el detector mide la concentración de humo en el punto en que está

situado, será necesario que haya gran cantidad de humo en el habitáculo antes de que lo detecte. Esto puede suponer varios minutos de demora en la detección, que no podrán reducirse prácticamente más sensible al detector sino instalándolo mejor. Podemos concluir que la sensibilidad de un detector en laboratorio no determina la sensibilidad de una instalación de detección que viene más influenciada por la ubicación relativa de los detectores respecto al espacio a proteger. Respecto a la producción de falsas alarmas, es la sensibilidad del detector y la identidad de tipo de detector quien las determina. Un detector iónico o de humos de gran sensibilidad, situado a baja altura en una sala con fumadores o con procesos de soldadura dará falsas alarmas continuadas. Un detector termovelocimétrico regulado a disparar a una velocidad de crecimiento de temperatura de 1º C/min. Dará falsas alarmas si se ubica junto a un radiador de calefacción. Por ello la sensibilidad de los detectores no debe ser alta, sino que debe ajustarse a la intensidad de los posibles focos perturbadores. La forma de evitar falsas alarmas es adaptando el tipo de detector a las perturbaciones de la zona a proteger. No son adecuados detectores de humo en zonas con gran producción de polvo o detectores de llama en zonas con gran cantidad de zonas de soldeo con hornos. Sobre el confuso término de sensibilidad se puede hablar de sensibilidad comparativa entre detectores, aceptando que se mide la cantidad de fuego necesaria para excitar a los distintos tipos de detectores, suponiéndolos correctamente instalados. Esta sensibilidad comparara no es constante sino que varia con el tipo de fuego. La tabla 7.1. muestra una valoración cualitativa de estas sensibilidades comparadas

Ya ha quedado razonado que en una instalación de detección automática la sensibilidad del detector no es el único factor determinante. Hay otros factores que deben ser tenidos en cuenta al decidir el tipo de detector a instalar, entre ellos destacan: - Fiabilidad del funcionamiento (ya citada). Está directamente relacionada con la calidad del detector y con el factor detectado. Dado que no hay especificaciones contenidas en normas, no se le presta gran atención a pesar de ser un factor muy importante.

- Mantenimiento: Necesidad de limpieza, reparación y control para estar en correcto orden de funcionamiento. - Estabilidad : O medida de la conservación de la sensibilidad detectora a lo largo del tiempo. Debe tenerse en cuenta que para un mismo tipo de detector las distintas marcar fabricantes dan calidades diferentes que pueden hacer variar los datos de la tabla 7.2.

3.3. - Selección de detectores. Al diseñar una instalación automática de detección deben considerarse las características reseñadas anteriormente, de forma que se acoplan a las necesidades caracterizadas por: a) Tipo de combustión esperada. b) Actividades normales en el edificio a proteger, especialmente las productoras de humo, productos de combustión, llamas o energía radiante. c) Modelo de las corrientes de aire en las zonas a proteger. d) Demora tolerable en la detección. e) Costo. Con estos datos se puede determinar la sensibilidad, fiabilidad y ubicación óptima de los detectores a instalar, ya que probablemente serán de diversos tipos. Actualmente y en general, tiende a instalarse detectores iónicos como base del sistema, complementado con otros tipos en la zona que lo requieren. Debe tenerse muy en cuenta el efecto negativo de las falsas alarmas, ya que el personal termina por no hacerle caso. Con una central de señalización que permita una alarma limitada previa a la alarma general soslaya en parte este problema.

4. - Componente de una instalación automática de detección de incendios. 4.1. - Detectores automáticos Por tipos sus características y principio de funcionamiento son:

4.1.1. - Detector de gases de combustión (o iónicos) Detectan gases de combustión, es decir, humos visibles o invisibles. Como cualquier inicio de incendio desprende gases (aunque no desprenda humos visibles, llama o elevada temperatura), se trata del detector de mayor sensibilidad, el primero en detectar. Por ello, en principio, es el de mayor aplicación. Se llaman iónicos o de ionización por poseer dos cámaras, ionizadas por un elemento radiactivo, una de medida y otra estanca o cámara patrón. Una pequeñísima corriente de iones de oxígeno y nitrógeno se establece en ambas cámaras. Cuando los gases de combustión modifican la corriente de la cámara de medida se establece una variación de tensión entre cámaras que convenientemente amplificada da la señal de alarma. Como efectos perturbadores hay que señalar las: - Corrientes de aire intensas (se neutralizan con paravientos). - Polvo (se neutralizarán con telas filtrantes) así como otros elementos similares. Su sensibilidad puede regularse. Exigen limpieza periódica, así como pruebas de funcionamiento. Instalado a una altura de unos cuatro metros protege una zona de unos 50-70 m2.

4.1.2. - Detector óptico de humos Detectan humos visibles. Se basan en la absorción de luz por los humos en la cámara de medida(oscurecimiento) o también en la difusión de luz por los humos (efecto Tyndall). Son de construcción muy complicada (más que los iónicos) ya que requieren una fuente luminosa permanente o bien intermitente, una célula captadora y un equipo eléctrico muy complejo. El efecto perturbador principal es el polvo. Puede limitarse a base de laberintos, pero resulta bastante ineficaz. Precisa limpieza periódica y pruebas frecuentes de funcionamiento. Cubre una superficie de 50-70 m2.

4.1.3. - Detectores de temperatura. El elemento a detectar es la temperatura. Hay dos tipos básicos.

- De temperatura fija (o de máxima temperatura). - Termovelocimétrico. Los de temperatura fija que son los más antiguos detectores, actúan cuando se alcanza una determinada temperatura. Se basa en la deformación de un bimetal o en la difusión de una aleación (caso de los sprinklers). Modernamente en la f.e.m. de pares termoeléctricos, que constituyen realmente un nuevo tipo de detectores. Actualmente son poco utilizados por actuar cuando el incendio ha adquirido bastante volumen. En cambio por su simplicidad son muy fiables. Los termovelocimétricos miden la velocidad de crecimiento de la temperatura. Normalmente se regula su sensibilidad a unos 10ºC/min. Se basan en fenómenos diversos como dilatación de una varilla metálica, etc. Comparan el calentamiento de una zona sin inercia térmica con otra zona del detector provista de una inercia térmica determinada (que permite modificar la sensibilidad del detector). Son efectos perturbadores los rayos solares directos, radiadores, etc. Actualmente ambos tipos de detectores de temperatura se montan juntos. Requieren un mantenimiento casi nulo. Cubren zonas de 20-30 m2.

4.1.4. - Detectores de llamas. Detectan las radiaciones infrarrojas o ultravioletas (según tipos) que acompañan a las llamas. Contienen filtros ópticos, células captadoras y equipo electrónico que amplía y amplifica las señales. Son de construcción muy complicada. Requieren mantenimiento similar a los ópticos de humos. Los efectos perturbadores son radiaciones de cualquier tipo: Sol, cuerpos incandescentes, soldaduras, etc. Se limitan a base de filtro, reduciendo la sensibilidad de la célula y mediante mecanismos retardadores de la alarma para evitar alarmas ante radiaciones de corta duración. Son adecuados para proteger grandes espacios (hasta 1000 m2) desde grandes alturas, especialmente si se trata de fuegos rápidos de líquidos inflamables (por ejemplo hangares de aviación, etc.). Debe tenerse en cuenta que un detector de llamas protege lo que "ve", siendo necesario que no haya "zonas oscuras".

4.2. - Zócalos. Es importante que los zócalos instalados sean normalizados con el fin de permitir una intercambiabilidad que permita adaptase a los posibles cambios del tipo de detector adecuado.

Hay en la actualidad zócalos adaptados a las distintas situaciones que puedan presentarse: Vistos, empotrados, antideflagrantes, antihumedad, para canales de aire acondicionado, etc. Es muy importante que el zócalo o detector disponga de un sistema de señalización externa que permita determinar a distancia y rápidamente cual es el detector que ha dado la alarma dentro de una línea de detectores. En caso de detectores en zonas ocultas (aire acondicionado, silos, cuartos de maquinas, armarios eléctricos, etc.) es necesario repetir la señalización de alarma de detector en una zona visible.

4.3. - Pulsadores manuales de alarma. Son accionados por personas en caso de incendios. No habrá por tanto falsas alarmas producidas por los efectos perturbadores citados. En base a ello una alarma de pulsador es más grave que una alarma de un detector automático. Siguiendo esta lógica de razonamiento en una misma línea nunca se mezclan pulsadores y detectores. Las líneas de pulsadores nunca deben ponerse fuera de servicio.

4.4.- Central de señalización. Es el cerebro del sistema y a ella están unidas las líneas de detectores y la de pulsadores de alarma. Entre las funciones a desarrollar por una central de señalización destacan: - Alimentar el sistema a partir de la red. Debe disponer de batería para alimentación de socorro por fallo de red. Debe recargar la batería y avisar de sus averías. - Dar señales ópticas o acústicas en los diversos niveles de alarma preestablecidos. - Debe permitir localizar la línea donde se ha producido la alarma. - Controlar la realización del plan de alarmas: Controlar la presencia del vigilante y de extinción del fuego. En caso contrario disparar la alarma general, etc. - Realizar funciones auxiliares como: -

Transmitir alarma al exterior. Dar orden de disparo de instalaciones automáticas. Transmitir a mandos situados a distancia. Permitir realización de pruebas. Etc.

4.5.- Líneas Unen los detectores y pulsadores de alarma a la central y ésta las alarmas ópticas acústicas o sistemas de mando a distancia. Entre las características de las líneas destacan: - Las líneas deben estar vigiladas. Una avería (rotura) debe ser detectada y

señalizada en la central. - Alcanzar longitudes de hasta 1000 metros y 20 detector por línea. No tiene sentido forzar estos límites pues supone controlar zonas muy alejadas de la central que requerirá un tiempo alto de localización del detector excitado, con la demora en la toma de decisiones que esto supone. - El material de las líneas es normal de iluminación o de telefonía, con las secciones adecuadas a la carga y un grado de protección en función del local.

CAPITULO VI: CLASES DE SINIESTROS 1. EXPLOSIONES 1.1. PRECAUCIONES 2. FUEGO EN PERSONAS 3. FUEGO EN FORRAJE, PAPELES, MADERA, CARBON, etc. 3.1. FUEGO EN FORRAJES 3.2. FUEGO DE TRAPOS 3.3. FUEGO DE PAPELES 3.4. FUEGOS EN ALMACENES DE MADERA 3.5. FUEGOS DE CARBON 3.6. FUEGOS DE ALGODON 4. FUEGOS EN PRODUCTOS QUIMICOS 4.1. ALCOHOL Y ACETONA 4.2. HIDROCARBUROS LÍQUIDO 4.3. GAS CIUDAD Y GASES LICUADOS DEL PETROLEO 4.4. PLASTICOS 4.5. METALES 5. FUEGOS EN LOCALES CON INSTALACION ELECTRICA 5.1. BAJA Y ALTA TENSION 5.2. ELECTRICIDAD ESTATICA 6. FUEGOS EN EDIFICIO 6.1. FUEGOS EN FORJADOS, TABIQUES Y PANELES DE MADERA 6.2. FUEGO EN HABITACIONES, OFICINAS, PISOS. 6.3. FUEGOS EN SOTANOS Y BODEGAS 6.4. FUEGOS EN DESVANES 7. FUEGOS DE CHIMENEA 8. FUEGOS DE CALDERAS DE FUEL-OIL 9. FUEGO EN VEHICULOS 10. FUEGOS EN CAMIONES-CISTERNA 11. FUEGOS EN BARCOS Y BARCAZAS 12. FUEGOS EN AVIONES

1.- EXPLOSIONES.Las explosiones constituyen uno de los peligros más graves a los que está expuesto el personal en le curso de las operaciones. No se puede combatir una explosión, ya que sus efectos son instantáneos, pero hay que esforzarse en prevenirlos, suprimiendo o combatiendo las causas capaces de producirla.

Se trata con frecuencia de mezclas detonantes que, en las debidas proporciones de gas o vapor de aire, son susceptibles de explotar en presencia de una llama o de una simple chispa, bajo el efecto de una elevación de temperatura, de una compresión brusca o de un choque (gas ciudad, acetileno, hidrógeno, óxido de carbono, hidrógeno sulfurado, amoniaco, vapores de bencina, de éter, de gasolina, de sulfuro de carbono, de alcohol, etc.). Todos los cuerpos en un estado de extrema división, en suspensión en el aire, pueden, al inflamarse, producir explosiones (polvo de azúcar, madera, carbón, almidón, papel, corcho, aluminio, harina). Las calderas, botellas de gases comprimidos, licuados o disueltos, compresores de gases inflamados o nocivos, generadores de acetileno, extintores de incendio, etc., constituyen asimismo a veces el origen de las explosiones. El exceso de presión producido por una elevación de temperatura o por la descomposición rápida de determinados cuerpos encerrados en recipientes o locales más o menos cerrados, tuberías de conducción de gases, etc., provocan asimismo explosiones.

1.1.- PRECAUCIONES.Cuando se teme una explosión, hay que tomar las siguientes medidas: - alejar a los curiosos y las personas inútiles. - suprimir todo foco, llama, posibilidad de formación de chispas por manipulación de aparato eléctrico, choque o fricción. - ventilar para evitar la formación de una mezcla detonante. - enfriar los tubos de gases comprimidos o licuados, los explosivos o los recipientes de hidrocarburos. - recubrir de arena seca las masas en fusión o en ignición (colada de metales, grasas de fundición, escorias). La proyección del agua sobre tales masas puede producir una vaporización e incluso una descomposición instantánea del agua (el hidrógeno y el oxígeno en libertad provocan una explosión). El empleo del agua, por consiguiente, está totalmente prohibido. 2.- FUEGO EN PERSONAS.- Acostar a la persona lo más rápidamente posible e impedirle salir corriendo; de este modo se evita que las llamas activen y alcancen la cabeza. - envolverlas en una manta o un vestido; nunca emplear tejidos de fibras sintéticas, nylon u hojas de plástico. - hacerle rodar en el suelo protegiendo su cara y cuello, ordenándole que cierre los ojos y la boca. - completar la extinción con un extintor o cubo de agua. - llamar a un médico. - no practicar ninguna cura.

3.- FUEGO EN FORRAJES, PAPELES, MADERA, CARBON, ETC.-

3.1.- FUEGO EN FORRAJES.Veamos el caso en que los forrajes estén almacenados en almiares y la fibra almacenada en locales. Se atacarán las llamas con el mayor número posible de instalaciones de agua a chorro o pulverizada, según convenga. Se protegerá la estructura del local enfriándola. Puede ser que se encuentren amontonados al aire libre: igual que en el caso anterior, se reducirán las llamas con chorros de agua, intentaremos proteger los montones vecinos al fuego y no afectados por él, primero lo haremos con aquellos que estén en la dirección del aire. Si los forrajes y las fibras están en fardos, se extinguirán las llamas con agua y se protegerán los fardos que no hayan empezado a arder. En todos los casos es imprescindible remover los montones o fardos, esparcirlos e ir apagándolos totalmente. Evítese caminar sobre los montones, pues el fuego puede haber formado cavidades y caer en ellas, si es necesario andar sobre ellos, colocar tablones o escaleras bien fijos y así caminaremos con toda seguridad.

3.2.- FUEGO DE TRAPOS.Los trapos secos y grasientos son muy inflamables, estos últimos pueden calentarse e incendiarse espontáneamente. El humo acre que desprende hace imprescindible la utilización del aparto respiratorio. Se atacarán las llamas con agua, si es necesario se protegerá la estructura, así como todos los enseres que no hayan sido afectados por el fuego. Ventilar profusamente todo el local siniestrado. Esparcir todo lo atacado por el fuego, remojarlo y comprobar que todo ha quedado extinguido completamente.

3.3.- FUEGOS DE PAPELES.Estos fuegos, como todos sabemos, están clasificados en la clase "A". Se atacarán con chorros de agua. Si el papel se encuentra suelto, como encontraríamos en oficinas por ejemplo, el fuego será fácil de atacar. Como siempre se protegerá todo aquello que no haya sufrido desperfectos, se ventilará el local, se refrigerarán las paredes más próximas... Si el papel se encuentra almacenado en sótanos es necesario preverse del aparato respiratorio aislante, pues el humo que desprende es asfixiante. Se atacarán las llamas con el máximo de agua a chorro posible hasta su total extinción, se procurará ventilar el sótano, se protegerán todos los enseres y utensilios no atacados por el fuego, se refrescarán las paredes más afectadas; se procederá a

remover y a la vez remojar todo el papel quemado hasta tener la completa seguridad de que el siniestro está totalmente extinguido. El papel también lo podemos encontrar apilado. Entonces arderá lenta y dificultosamente. Se atacarán las llamas directamente con agua a chorro, con el mayor número de instalaciones posibles y con la máxima presión. Se protegerán las pilas próximas que no hayan sido alcanzadas por las llamas. Para extinguir el fuego totalmente de las pilas afectadas es necesario esparcirlas e irlas remojando a la vez, esto se hará una vez que las llamas hayan sido completamente extinguidas. No se debe andar sobre las pilas de papel, pues es muy fácil que se produzca su derrumbamiento, al estar tales pilas minadas por el fuego. El trabajo de esparcir y separar las pilas quemadas de las que no lo están, es muchas veces necesario hacerlo con "toros", dada la gran cantidad de papel que puede haber apilado. Estas pilas de papel se pueden encontrar al aire libre (patios). También es posible que se encuentren en locales cerrados. Entonces, al igual que se ha dicho para los sótanos, se empleará el aparato respiratorio aislante, se atacará el fuego directamente con agua a chorro, se intentará abrir puertas y ventanas para la aireación del local (NUNCA ANTES DE TENER LAS INSTALACIONES PREPARADAS Y EN ACTUACION), se protegerá maquinaria, enseres, es decir, todo lo que no haya sido afectado por el fuego, se refrescará la estructura, vigilaremos y nos protegeremos de posibles derrumbamientos. En las fábricas de papeles pintados, si el fuego estalla en los secaderos, rápidamente adquiere grandes proporciones, incluso puede ser muy violento. Mientras atacamos la parte afectada, protegeremos y defenderemos las naves colindantes. Nos asesoraremos por personal de la fábrica de dónde se encuentran ubicados los disolventes, pinturas, etc., para protegerlos y evitar su inflamación, y dispondremos los medios para evitar que el incendio llegue a ellos.

3.4.- FUEGOS EN ALMACENES DE MADERA.Frecuentemente se originan en las proximidades de las máquinas donde se encuentran montones de viruta y serrín. A menudo la propagación es muy rápida. Como siempre que se trata de fuegos de la clase "A" lo atacaremos con agua a chorro, o pulverizada empleando el mayor número posible de instalaciones y a la máxima presión. Igual que en los fuegos de los que hemos hablado anteriormente, procuraremos aislar el fuego para evitar su propagación a la maquinaria, pilas de madera próximas, demás utensilios, etc., vigilando y refrescando todas las paredes que hubiesen sido afectadas más o menos directamente por el fuego.

3.5.- FUEGOS DE CARBON.CARBON AL AIRE LIBRE Si el volumen de carbón incendiado es reducido lo apagaremos fácilmente

atacando con agua. Si el volumen es considerable, lo intentaremos apagar con agua a chorros y a presión mientras que por medio de zanjas separaremos la masa afectada de la que no lo está. El carbón incendiado lo iremos apagando a medida que la vamos dispersando. CARBON EN SILOS Intentaremos aislar el silo siniestrado extinguiendo todo el fuego de su alrededor. Si la masa de carbón no es muy grande se puede apagar inundándola de agua. Si no es posible tal medida o vemos que es impotente, despejaremos y extenderemos el carbón al aire libre. Al trabajar hay que ventilar todo perfectamente para evitar la asfixia por el óxido de carbono. Es esencial recordar en estos fuegos de carbón lo siguiente: NUNCA ACTUAREMOS SOLOS Y SIEMPRE TOMAREMOS LAS MAXIMAS PRECAUCIONES CONTRA TAL PELIGRO DE ASFIXIA.

3.6.- FUEGOS DE ALGODON.La extinción de estos fuegos no es fácil. Las balas de algodón húmedas o que contengan determinadas sustancias pueden inflamarse espontáneamente. Hay que enfrentarse a él con el mayor número de instalaciones de agua a chorro y a presión. Procuraremos aislarlo. Las balas de algodón se sacarán, se abrirán y a la vez se irán apagando totalmente. Esta operación se hará incluso con balas que parezcan intactas, pero que por su proximidad con las afectadas por el fuego, también lo puedan estar. Deberemos asegurar una larga vigilancia aún después de la total extinción.

4.- FUEGOS EN PRODUCTOS QUIMICOS.Estos fuegos, por lo general, son peligrosos por: -

la inflamabilidad de ciertos productos. los riesgos de explosión por formación de mezclas detonantes. el desprendimiento de vapores nocivos o corrosivos. las proyecciones de ácidos o materias cáusticas.

CONDUCTA QUE DEBEMOS ADOPTAR -Informarse por personal autorizado de la empresa de la naturaleza y cantidad de

productos que arden. -Mantener alejados a espectadores y curiosos. -Emplear aparatos respiratorios. -Activar el fuego de forma masiva. Procurar, como siempre, fijar el fuego e impedir su propagación a naves o productos próximos. Si es necesario el traslado de determinados productos lo hará un especialista de la industria. 4.1.- ALCOHOL Y ACETONA.Si el fuego es todavía de poca importancia, se podrá combatir con polvo, espuma, CO2, agua pulverizada o un trapo húmedo. Cuando el incendio se haya propagado, podemos arrojarle agua pues ambos se diluyen haciéndose menos combustibles.

4.2.- HIDROCARBUROS LIQUIDOS.Las gasolinas, éteres, petróleos y aceites no se mezclan con el agua. Estas substancias, sobrenadando pueden seguir ardiendo y llevar el fuego a las proximidades e incluso a las alcantarillas. Si se trata de conatos de incendios: - lo atacaremos con varios extintores. Si el fuego es violento: - atacaremos con los máximos establecimientos de espuma y con polvo químico seco. Si son depósitos los que se ven afectados es conveniente y necesario además de intentar sofocar el fuego, enfriarlos con agua, a ser posible pulverizada. Cuidaremos y protegeremos rociándolos con agua otros depósitos próximos y no alcanzados por el fuego. Al tirarle agua cuidaremos que no entre mucha cantidad en ellos para no provocar un desbordamiento. El fuego lo atacaremos de forma que el chorro llegue tangencialmente a la superficie del líquido.

4.3.- GAS CIUDAD Y GASES LICUADOS DEL PETROLEO.Estos gases forman con el aire mezclas detonantes. ESCAPE DE GAS INFLAMADO En este caso no es de temer la explosión. En el momento de llegar al lugar donde esté declarado el fuego lo que debemos hacer es lo siguiente:

- alejar a los espectadores y curiosos - interceptar el conducto de llegada, bien cerrando la llave o en el contador. - cerrar la botella, siempre lo haremos con guantes gruesos con trapos mojados, NUNCA CON LAS MANOS DESNUDAS. - ventilar enérgicamente. - enfriar los recipientes alcanzados por el fuego. La extinción puede realizarse con extintores de polvo, pero tenemos que tener presente que quedará un escape de gas capaz de producir la explosión o motivar un escape de gas capaz de producir la explosión o procederemos a la extinción hasta no estar seguros de interceptar el conducto o cegar el escape. ESCAPE DE GAS NO INFLAMADO - Alejar a espectadores y curiosos. - Prohibir fumar y que se manejen aparatos eléctricos susceptibles de provocar chispas. - Airear, ventilar lo máximo posible. - Utilizar aparato respiratorio. - Avisar urgentemente a la Compañía de Gas. - Prohibir circulación de vehículos - Apartar todos los materiales, objetos, etc., que podrían ser alcanzados por el fuego o explosión. Para obturar un escape, si no se puede interceptar el conducto: Se taponará provisionalmente con trapos, masilla o con cinta adhesiva. En caso de urgencia, se aplasta el conducto si es de plomo. NO BUSCAR NUNCA UN ESCAPE POR MEDIO DE UNA LLAMA AL DESCUBIERTO. EN BOTELLAS Y TANQUES FIJOS DE BUTANO Y PROPANO. La extinción de un fuego producido por G.L.P. no tiene en sí ninguna dificultad. El polvo químico seco de bicarbonato sódico es de gran eficacia. Pero si llevamos a cabo la extinción sin tener una absoluta certeza de que va a eliminarse inmediatamente la fuga de gas, encierra graves peligros, ya que de no conseguir eliminar dicha fuga se podría acumular gas en grandes cantidades y provocar una explosión o un incendio mayor que el inicial. Las botellas de tipo doméstico, así como los tanques fijos, disponen de válvulas de seguridad cuya apertura tiene lugar a dos tercios de la presión de timbre. En caso de un excesivo calentamiento de uno de los depósitos, haría elevar la presión del butano o propano que contiene y provocaría la apertura de sus válvulas de seguridad. El líquido contenido en el mismo sufre entonces una brusca evaporación, lo que provoca su enfriamiento y el descenso de la presión, disminuyendo de esta forma todo riesgo de explosión del depósito. Este mismo efecto se tiene cuando se produce una fuga en fase gaseosa.

El mejor procedimiento a seguir para la extinción es cortar el flujo de gas. Cuando el fuego tiene cierta importancia, sólo deberá apagarse reduciendo la fuga o si se tiene verdadera seguridad de poder reducirla inmediatamente después de la extinción. En caso contrario es preferible dejar arder, controlando los efectos térmicos para evitar un excesivo calentamiento. En caso de un incendio en un local donde exista alguna botella de propano o butano, es absolutamente necesario retirarla, con el fin de evitarle un calentamiento excesivo que pueda provocar la salida del gas. Si la causa fuera la botella o, sin serlo, estuviese encendida, también es necesario retirarla, procurando no apagarla hasta que se halle lejos de todo punto de ignición. Se cuidará de mantener siempre la botella con su válvula en posición elevada para evitar la fuga del producto en fase líquida. En caso de un incendio de un grupo de botellas (almacén de distribuidor, camiones de reparto, etc...,) se impone una rápida y decidida intervención para separar las botellas incendiadas del resto y trasladarlas a lugar seguro, separadas unas de otras, donde se pueden dejar consumir. Para hacer esto se puede proceder a la extinción pero asegurándose antes de que no existan puntos de ignición que puedan reinflamarlas. Si esto no fuera posible por llevar mucho tiempo sometidas a la acción calorífica del incendio, se enfriará con agua abundante antes de cualquier acto o trabajo.

4.4.- PLASTICOS.Los plásticos son materiales sintéticos formados por resinas que por medio del calor o la presión se pueden deformar y admiten una mecanización. Casi todas las materias plásticas son combustibles y desprenden al arder gases nocivos y corrosivos. Siempre que asistimos a un fuego de plásticos intentaremos conocer la naturaleza de los peligros que presentan las materias inflamadas. Al iniciar la acción contra el fuego nos cubriremos con el aparato respiratorio aislante. Emplearemos las máximas instalaciones de agua posible, ya que la mayoría de los gases nocivos emitidos son solubles en ella (amoniaco, cloro, óxido de nitrógeno). Llevaremos a cabo una enérgica ventilación del local siniestrado. Como siempre, protegeremos todos los materiales y enseres que no hayan sido atacados por el fuego, refrescaremos las paredes,... Si el fuego es de poca importancia lo podremos atacar con extintores de polvo.

4.5.- METALES.-

Existen metales y aleaciones que en su estado habitual o pulverizado arden y con los cuales no son de aplicación las técnicas normales de extinción. Entre estos se encuentra el Sodio, Potasio, Cesio, Aluminio pulverizado, etc. Para estos casos es eficaz el polvo antibrasa y a veces la arena, pero el agua produce efectos contrarios reavivando la combustión con reacciones violentas.

5.- FUEGOS EN LOCALES CON INSTALACION ELECTRICA.5.1.- BAJA Y ALTA TENSION.- Tensión muy baja: tensión inferior a 50 v. en corriente alterna o continúa. - Baja tensión: de 50 a 430 voltios en corriente alterna de 50 a 600 voltios en corriente continua - Tensión media: de 400 a 1.000 voltios en corriente alterna de 600 a 1.600 voltios en corriente continua - Alta tensión: tensión superior a 1.000 voltios en corriente alterna. tensión superior a 1.600 voltios en corriente continúa. Generalmente los conductos eléctricos son recorridos por corrientes de baja y media tensión. En este caso no debemos preocuparnos de la electricidad y el fuego lo combatiremos por los medios habituales. Otros inmuebles están alimentados por cables de alta tensión, está casi siempre situada en la fachada, en la planta baja o en el sótano. En estos casos siempre debemos pedir el corte del suministro eléctrico. Si se declara un fuego en el transformador o en su proximidad: - ordenaremos que avisen inmediatamente al Servicio de la Cía. Eléctrica, también recurriremos a la ayuda del personal calificado de la empresa. - prohibiremos que se toque ningún aparato o conductor de electricidad del inmueble, ya que todos los conductos del interior pueden recibir la corriente de llegada de alta tensión. Desde que tengamos la certeza de que la corriente ha sido cortada, apagaremos los fuegos por los medios habituales. Las máquinas, tableros, aparatos de distribución, baterías de acumuladores, etc., los preservaremos del chorro de las lanzas, ya que el agua así empleada puede ocasionarles más daño que el mismo fuego, el agua siempre la emplearemos pulverizada. Deberemos vigilar que nadie se estacione debajo de los cables aéreos cuyos soportes pueden ceder. CASOS EXCEPCIONALES En los casos excepcionales (salvamentos o imposibilidad de lograr el corte de la corriente de alta tensión, por ejemplo) el agua pulverizada podrá ser utilizada en

instalaciones de alta tensión (hasta 2.500 v.) antes del corte de la corriente, pero observaremos con todo rigor las siguientes normas: - no utilizar más que agua pulverizada, para ello deberemos tener las lanzas de triple efecto, antes de proyectar el agua comprobaremos que la posición de la lanza es la de suministrar el agua pulverizada. - no acercar la lanza a menos de 2 metros. - retroceder a la menor picazón. - evitar la proyección de cantidades demasiado grandes de agua que, por chorreo, puedan constituir un peligro para el operador.

5.2.- ELECTRICIDAD ESTATICA.Todos los cuerpos pueden electrizarse por: -

contacto o ruptura de contacto. compresión o extensión. calentamiento o enfriamiento. fragmentación. evaporación. frotamiento. trasvase de un líquido.

6.- FUEGOS EN EDIFICIOS.6.1.- FUEGOS EN FORJADOS, TABIQUES Y PANELES DE MADERA.Estos fuegos, en la mayoría de los casos son debidos a una deficiente instalación de los aparatos de calefacción o de los conductores eléctricos o bien a un vicio en la construcción. El fuego de forjados o de tabique no se releva frecuentemente más que por el calor normal de ciertas partes o por el humo que sale de los intersticios. Pasando la mano por las partes dudosas, el calor permite situar el foco. Basta entonces con despejar ampliamente el lugar, la extinción, por medio de un trapo mojado o de agua pulverizada, resulta por lo general muy fácil. Ocurre con frecuencia que el fuego se propaga de una viga a otra, dejando intervalos intactos. Una minuciosa inspección permite a veces descubrir la presencia de otro foco. 6.2.- FUEGO EN HABITACIONES, OFICINAS, PISOS.En las empresas los fuegos de oficinas son muy frecuentes; a menudo son ocasionados por una colilla o una cerilla tirada por descuido en una papelera; atacando en su comienzo, estos fuegos son generalmente fáciles de apagar, pero si han adquirido cierta importancia, es conveniente: - evitar las corrientes de aire. - alejar todos los objetos combustibles que se encuentran en la proximidad del corredor.

- ordenar que se cierren las ventanas y los postigos de la planta situada encima del fuego. - abrir prudentemente la puerta de acceso, manteniéndose agachado al abrigo de la pared. - atacar la base de las llamas de los focos principales con el fin de abatir la potencia del fuego lo más rápidamente posible.

6.3.- FUEGOS EN SOTANOS Y BODEGAS.Estos fuegos se caracterizan por humos espesos y un fuerte calor. El reconocimiento del fuego presenta a veces riesgos y ciertas dificultades, debido a la naturaleza de las materias en combustión y del itinerario a recorrer para descubrir el fuego. Cuando éste ha sido descubierto, por lo general basta con muy poca agua para apagarlo. Las medidas a tomar serán las siguientes: - hacer cortar el gas, si lo hubiere. - proceder eventualmente a los salvamentos. - localizar el foco. Si el itinerario es complicado, colocar un compañero en la entrada del sótano y utilizar una cuerda para una mayor seguridad. - Descender rápidamente la escalera, pues los gases calientes están en la parte alta. - Encender la lámpara antes de entrar en el sótano. - Avanzar con prudencia, manteniéndose lo más cerca posible del suelo donde el humo es menos denso. La visión de las llamas o el aumento de calor nos guiarán hacia el foco. - Localizado el foco, proceder a su extinción.

6.4.- FUEGOS EN DESVANES.A menudo atestados, sucios y en desorden, los desvanes constituyen un lugar de predilección para el fuego. Este puede ser provocado por una causa cualquiera (colilla, cerilla, corto circuito, etc.) y también por el empleo de planchas de plástico para techumbres que son fácilmente traspasadas por una pavesa, procedente de una chimenea vecina, por ejemplo. En un fuego de desván hay que procurar: - proteger las partes esenciales: correas, caballetes, armaduras, etc., etc. - vigilar los desvanes vecinos cuando las paredes medianeras no superan la altura de las armaduras y las piezas de madera que forman los aleros comunican con la casa vecina. - evitar los accidentes: ? no dirigiendo el chorro de las lanzas sobre las tejas o pizarras que se desprenderían y caerían. ? no sobrecargando ni los techos ni los forjados de los desvanes.

? manteniéndose cerca de los puntos de apoyo del armazón localizando las claraboyas y, en caso necesario, recubriéndolas de planchas o de escaleras.

7.- FUEGOS DE CHIMENEA.INDICIOS: Los indicios pueden ser: olor de hollín, zumbido en el conducto, chispas en la cima de la chimenea, caídas de hollín, (inflamado o no) en el hogar, etc. CAUSAS: El fuego de chimenea resulta de la inflamación de los sedimentos que recubren el interior de los conductos de humo. Estos sedimentos (hollín, alquitrán) productos de la combustión son inflamados por las chispas o partículas en ignición que suben por el conducto. EXTINCION: Es difícil apagar un fuego de chimenea en la mayoría de los casos, debido a la imposibilidad de atacar directamente el foco. Un fuego de chimenea puede tener consecuencias importantes; en efecto, puede: - agrietar el conducto de humo. - propagar el fuego a los niveles superiores. - provocar intoxicaciones por el óxido de carbono que desprende. - inflamar parte de la construcción u objetos combustibles situados cerca del conducto recalentado. Es conveniente pues, no subestimar la gravedad de este fuego. Normalmente apagaremos el fuego por sofocación, echando agua pulverizada o que descienda lentamente por las paredes, pues además de enfriar producimos vapor que ayudará la extinción por sofocación. Por dicho motivo, si es posible, lanzaremos agua pulverizada desde la parte más baja posible. Taponar la chimenea, cortando el tiro, ayudará a la sofocación. En algunos casos deberá procederse a abrir un boquete a la altura del foco. EVITAREMOS: Echar agua a chorro, que por producir un enfriamiento brusco sobre una zona reducida, puede producir rotura o agrietamiento del conducto. 8.- FUEGOS DE CALDERAS DE FUEL-OIL.Estos fuegos suelen ser provocados, generalmente, por el mal funcionamiento de los quemadores o del dispositivo de paro automático del fuel-oil. SE DEBERA:

- detener la llegada del fuel-oil a la caldera por medio de la válvula especial cuyo mando se encuentra, en principio, en el exterior. - reconocer los lugares actuando según las normas proconizadas para los fuegos de sótanos o bodegas. Si la cantidad de fuel-oil incendiado no es muy importante, realizar la extinción por medio de extintores, preferentemente de polvo. Proteger las inmediaciones.

9.- FUEGO EN VEHICULOS.Si el fuego es de poca importancia, producido en los conductos eléctricos o por un excesivo recalentamiento, es preciso: - cortar el contacto. - desconectar la batería. - apagarlo con extintores (polvo seco, nieve carbónica). Si el fuego ha tomado incremento procederemos a extinguirlo con instalaciones de agua; si el depósito no ha sido afectado lo protegeremos enfriando a se alrededor. EVITAREMOS que el fuego se propague a vehículos próximos o a materias combustibles cercanas.

10.- FUEGOS EN CAMIONES-CISTERNA.CISTERNAS PARA TRANSPORTE DE BUTANO Y PROPANO. En la construcción de estas cisternas se han tomado una serie de precauciones encaminadas a evitar todo riesgo de fugas de gas, tanto en las operaciones de carga y descarga como durante el transporte. Así la chapa con acero de alta resistencia y elevado índice de alargamiento es muy adecuada para prevenir la rotura de choques o vuelcos Van equipadas de valvulería de cierre automático en el interior de la cuba y en todas sus bocas, lo que garantiza que se produzca una fuga de producto en caso de que un accidente dañase las válvulas manuales del exterior. Todos los restantes orificios van protegidos con limitadores de caudal con diámetro de salida máxima de 1,5 mm., esto garantiza que la fuga fuera insignificante. Pero puede darse el caso de que estos vehículos se vean metidos en un fuego, bien producido en un accidente o bien por declararse donde estén estacionados. Hay que actuar muy rápidamente extinguido el incendio, si es posible se alejará la cisterna del fuego y si no lo es, se enfriará rociándola con agua abundante. Atacaremos el fuego de forma masiva, desde todos los ángulos posibles.

El calor hará subir la presión interior del gas. Vigilaremos el manómetro que lleva instalado y si vemos que esa presión llega próxima a los 20 kg/cm2., que es la máxima para su trabajo normal, impondríamos una rápida evacuación de la zona. Hay que tener en cuenta que los efectos de explosión de una cisterna de G.L.P. pueden alcanzar un radio de acción de más de 1 km. VEHICULOS QUE TRANPORTAN PRODUCTOS QUIMICOS PELIGROSOS. Estos productos son inflamables, puede encenderse por calor, chispa o llama desnuda. Generalmente sus vapores son tóxicos, irritantes y pueden ocasionar graves quemaduras. En caso de vuelco del vehículo o que se produzca una fuga en la cisterna, se intentará detener todo origen de fuego. No fumar, no producir chispas. Proveerse de un aparato respiratorio. Detener la fuga si es posible hacerlo sin peligro alguno. Utilizar agua pulverizada para abatir los vapores. Si no es posible recuperar el líquido o los charcos formados son pequeños, rociaremos su superficie con agua pulverizada. Si el fuego es pequeño lo apagaremos con extintores de polvo seco o Co2. Si es de mayor envergadura, emplearemos espuma. Enfriaremos con agua el depósito. Siempre intentaremos impedir que el líquido inflamado o no se desparrame y se dirija hacia alcantarillas o cunetas. 11.- FUEGOS EN BARCOS Y BARCAZAS.Estos fuegos tienen generalmente cierto parecido con los de los sótanos: difícil reconocimiento y localización del foco. Se sobrentiende que estas operaciones, en caso necesario, van hermanadas o precedidas de las actuaciones para el salvamento de personas. Atacaremos el fuego con los procedimientos adecuados a la clase de fuego. Acercar el barco a la orilla o al muelle. Instalar una pasarela. Evitar utilizar una excesiva cantidad de agua en la extinción, si ello es imprescindible, procuraremos aspirar dicha agua con motobombas.

12.- FUEGOS EN AVIONES.Se trata por lo general de una caída o de un aterrizaje brutal del aparato. Tratar de salvar por todos los medios a los supervivientes. Los fuegos de gasolina o queroseno los extinguiremos con los medios adecuados

(polvo, Co2,...) El fuego de las partes metálicas, interior del avión, equipajes, etc., lo atacaremos con instalaciones de agua a chorro o pulverizada.

CAPITULO V: INSTALACIONES 1. INSTALACIONES DE MANGUERAS 2. DIVERSAS FORMAS DE INSTALACIONES 2.1. SEGUN LAS MANGUERAS 2.2. SEGUN EL CAMINO A RECORRER 3. PARTES EN UNA INSTALACION 3.1. LA ASPIRACION 3.2. LA ALIMENTACION 3.3. EL ATAQUE 4. REGLAS PARA LA UTILIZACION DE MANGUERAS 5. PRECAUCIONES PARA EVITAR EL DETERIORO DE LAS MANGUERAS 5.1. DURANTE EL ESTABLECIMIENTO 5.2. EN EL ATAQUE 5.3. AL ACABAR EL SERVICIO 6. CLASES DE CHORROS Y EMPLEO DE CADA UNO DE ELLOS 6.1. CHORRO PLENO 6.2. LLUVIA 6.3. PULVERIZADA 7. EL PORTA LANZA 7.1. MANIOBRA DE LA VALVULA EN LA LANZA 7.2. COORDINACION CON EL RESTO DEL EQUIPO

1.- INSTALACIONES DE MANGUERAS.Una instalación o establecimiento es la disposición que se les da a las mangueras para llevar el agua hasta el punto de ataque.

2.- DIVERSAS FORMAS DE INSTALACIONES.2.1.- SEGUN LAS MANGUERAS.En atención a las mangueras empleadas, puede hacerse una instalación a base de tuberías de gran diámetro, 70-100 mm., con mangueras de 45 ó 25 mm., o bien combinando los dos tipos para conseguir varios puntos de ataque. La elección del sistema dependerá en gran parte de la distancia de la fuente de agua al siniestro y del caudal que se pueda aportar al mismo. Es importante que en un establecimiento no haya una línea con más de 60 m. de manguera de pequeño diámetro para evitar pérdidas de carga.

2.2.- SEGUN EL CAMINO A RECORRER.-

Tendremos un establecimiento horizontal cuando las mangueras descansan en terreno llano o en un mismo piso. Será vertical cuando ascienden por una caja de escalera, un muro, etc. Lo llamaremos inclinado cuando ascienda por un tramo de escalera o una gran pendiente. El establecimiento se debe comenzar desde el punto de ataque hasta el abastecimiento de agua porque: - Ya se ha podido realizar un salvamento si se ha llegado al lugar del servicio. - La reserva de ataque será más efectiva. - El conductor sabrá cuando debe dar agua. Si se trata de establecimientos verticales, será necesario atar las mangueras cada dos o tres plantas sin producir estrangulamientos. Cuando se trata de trabajos sobre tejados se debe hacer a base de pequeños diámetros por su fácil manejo.

3.- PARTES DE UNA INSTALACION.3.1.- LA ASPIRACION.Es el conjunto de materiales que tienen como objeto el llevar el agua al vehículo capaz de impulsarla hacia el punto de ataque. Esta maniobra puede realizarse por medio de una motobomba que aspire y alimente al coche, o por el mismo coche que también puede aspirar.

3.2.- LA ALIMENTACION.Se realiza con aspiración cuando se trata de una balsa, pozo o cisterna; por gravedad si existe un depósito elevado o a presión cuando el vehículo se alimenta de red. En los casos en que la fuente de alimentación y el vehículo están separados se emplean mangueras de diámetros grandes (70 - 100 mm.)

3.3.- EL ATAQUE.Suele realizarse con mangueras de 45 mm., a no ser que se disponga de grandes reservas de agua. Es el punto final de la instalación. A veces no existe alimentación intermedia si se aspira y lanza con la misma motobomba. Otras no hará aspiración si la fuente de agua es el vehículo, red o depósito elevado, pero es fácil en cualquier establecimiento diferenciar estas partes. Del material empleado en cada una de ellas se hablará en otros capítulos.

4.- REGLAS PARA LA UTILIZACION DE MANGUERAS.-

Hacer un bucle de reserva en una división para poder emplearla después como ataque. Hacer también bucles en los puntos de ataque. Evitar en lo posible cruzar las calles, tendiendo los tubos paralelos a las aceras. Hacer curvas que no produzcan ángulos vivos. Preservar del fuego los tendidos de mangueras. Emplazar el menor número de mangueras.

5.- PRECAUCIONES PARA EVITAR EL DETERIORO DE LAS MANGUERAS.Estos cuidados deben comenzar desde el tendido del primer rollo, hasta el secado y plegado para almacenarlas, pasando por todas las operaciones a realizar durante el servicio.

5.1.- DURANTE EL ESTABLECIMIENTO.No pisar las mangueras con las botas, sobre todo si éstas son arrastradas, para evitar roces que puedan cortar su superficie. Evitar que los racores sean golpeados o aplastados a fin de poderlos desmontar y montar con facilidad. Alejar los tendidos de los cantos vivos y desenrollar las mangueras en el sitio preciso para evitar arrastres. Si las tuberías están llenas de agua evitar el paso de vehículos a no ser que se coloquen protecciones adecuadas.

5.2.- EN EL ATAQUE.No dejar las mangueras sobre rescoldos. Resguardarlas de caídas de materiales. Manejar con suavidad las válvulas para evitar los golpes de airete.

5.3.- AL ACABAR EL SERVICIO.Enrollarlas y colocarlas en el vehículo. No plegarlas si se cree que están heladas. Una vez en el parque, lavarlas, colgarlas para que pierdan el agua y se sequen, y por fin volverlas a situar en su lugar habitual para un nuevo servicio.

6.- CLASES DE CHORROS Y EMPLEO DE CADA UNO DE ELLOS.En la actualidad, existen varios tipos de lanzas, que en conjunto dan tres clases de chorros.

6.1.- CHORRO PLENO.-

Se produce este chorro en una lanza simple o bien en una múltiple totalmente abierta. Su empleo es útil sobre un foco de incendio importante, para cubrir superficies muy expuestas a las llamas o para introducirlo en materiales como paja, borras, etc.

6.2.- LLUVIA.Las modernas lanzas dan otros tipos de chorros formando lluvias por efecto de unos difusores situados en la punta, o producen una cortina protectora de varios metros de ancho que impide en parte las radiaciones del calor. Este chorro es indicado para ahorrar agua, refrescar el ambiente o arrastrar gases de habitaciones poco ventiladas o con gases de combustión.

6.3.- PULVERIZADA.Con un difusor especial y gran presión se consigue pulverizar el agua formando una fina niebla, que con grandes precauciones puede ser empleada en fuegos eléctricos de baja tensión, guardando las distancias de protección que indique el fabricante.

7.- EL PORTA LANZA.Se llama así al bombero encargado del ataque directo al fuego. Debe colocarse si es posible un poco por encima del plano de las llamas y atacarlas por la base, evitando su propagación y el nacimiento de otros fuegos secundarios. Es la pieza fundamental del ataque al incendio, y de sus conocimientos dependerá gran parte de la operación de extinción. Una vez localizado el foco de las llamas abrirá su lanza empleando el chorro más conveniente para extinguir o para refrescar las partes expuestas al incendio. Atacando la base de las llamas realizará la extinción correctamente, pero su experiencia le indicará cuando debe elevar la lanza cambiando el tipo de chorro para refrescar el ambiente.

7.1.- MANIOBRA DE LA VALVULA EN LA LANZA.El porta lanza, sólo proyectará sobre el fuego el agua necesaria y cerrará el chorro para desplazarse en su progresión hacia el incendio, esperando si es necesario a que el humo y el vapor se disipen.

7.2.- COORDINACION CON EL RESTO DEL EQUIPO.-

Como el fuego puede variar de posición, el servidor de la lanza debe situarse siempre de forma ventajosa para luchar contra él. En estos movimientos puede encontrarse en el camino del chorro de otro compañero, o bien perjudicar los movimientos de aquellos. Por esto es preciso conocer la situación del resto del equipo de ataque, para lo cual pedirá informes a su jefe inmediato. A veces si se trata de mangueras de diámetros de 70 ó 100 mm., es necesario un ayudante para facilitar los movimientos del porta lanzas. Este ayudante además servirá de protección y de enlace con el Jefe y los porta lanzas vecinos. En cuanto a la posición más correcta para el ataque al incendio, será necesario adaptarse a las circunstancias de cada situación pudiendo hacerlo de pie, arrodillado, etc., pero teniendo siempre la precaución de que sea el cuerpo del bombero el que aguante la reacción de la lanza, para evitar la fatiga innecesaria de los brazos.

Capítulo VII: LA PROTECCION CONTRA EL INCENDIO. 1. PREVENCION 1.1 CAUSAS DE INCENDIO 1.2 SUPRESION DE LAS CAUSAS DE INCENDIO 1.3 CAUSAS DE PROPAGACION 1.3 MEDIOS DE PREVENCION 1.4 CONCLUSION 2 LA PREVENCIÓN 2.1 DETECCIÓN 2.2 ALARMA 2.3 MEDIOS DE PRIMERA INTERVENCIÓN 2.4 ACTUACIÓN DE LOS BOMBEROS 2.5 FORMANDO AL PERSONAL Todos los años hay personas que mueren quemadas y bienes cuantiosos que desaparecen. Las compañías de seguros no pueden devolver una vida ni reconstruir una obra de arte, ni dar consuelo a una familia. Sin embargo, casi todos los incendios pudieron ser evitados si se hubieran tomado unas medidas elementales.

1.- PREVENCION

La prevención es el conjunto de medidas que tienden a suprimir las causas de incendio o a limitar sus efectos.

1.1.- CAUSAS DE INCENDIO.

-De forma general encontraremos siempre la energía calorífica de una u otra forma, sea de origen químico mecánico, eléctrico etc., aunque las causas propiamente dichas las podremos separar en tres tipos diferentes.

a) CAUSAS NATURALES. Los rayos, el sol, combustiones espontáneas de balas de algodón o vegetales, oxidación de materias grasas, etc.

b) CAUSAS DEBIDAS A LA TECNOLOGIA. Chispas, soldaduras, rozamientos, reacciones químicas sin controlar, conductos de humo, cortocircuitos, etc.

c) CAUSAS ACCIDENTALES. Juegos de niños, cigarrillos, velas olvidadas, choque de vehículos, etc. De aquí deducimos que en su mayoría es el hombre el causante de los incendios, por negligencia, ignorancia o mala intención. Por otra parte, las estadísticas demuestran que el número de incendios guarda relación con el número de habitantes.

1.2.- SUPRESION DE LAS CAUSAS DE INCENDIO. -Este es un problema de formación, autoridad y orden.

Para evitar cortocircuitos en las instalaciones eléctricas es preciso un buen mantenimiento. Si colocamos interruptores estancos o antideflagrantes evitaremos las chispas de ruptura. Si el peligro viene de los fumadores, se podrá prohibir fumar o destinar sitios especiales para ello.

1.3.- CAUSAS DE PROPAGACION.

-Un pequeño incendio puede convertirse en un gran desastre si coinciden circunstancias que favorecen su propagación. Así, podemos estudiar el modo como un incendio adquiere grandes proporciones. a) POR RADIACIONES, de forma lateral b) POR CONVECCION Y LLAMAS, calentando el aire hacia la parte superior sobre todo si dispone de conductos verticales, cajas de escalera. c) POR CONDUCCION, al estar en contacto con materiales que se calientan fácilmente. Resumiendo, los elementos que determinan el desarrollo del fuego serán: -

La La La La

acumulación de materiales combustibles. ventilación. cercanía de los materiales. ausencia de medios de lucha contra el fuego.

1.4.- MEDIOS DE PREVENCION.a) Creación de espacios libres entre calles, depósitos o zonas de bosque. b) Interposición de obstáculos como muros cortafuegos de ladrillo o cemento, puertas cortafuego, etc. c) Dispersión de riesgos para evitar la continuidad. d) Materiales incombustibles o no inflamables o de mayor resistencia al fuego. Las vigas de hormigón o madera resisten mejor que el hierro la acción del calor. Si no es posible conseguir estos materiales pueden ignifugarse a base de recubrimientos. e) Por compartimentación ya sea vertical y horizontal. f) Creando una ventilación que impida mezclas explosivas. g) Construyendo salidas para el humo (exutorios) en las cubiertas o parte alta de las naves, con lo que se evita la acumulación de estos y se facilita la lucha contra

el incendio. h) Reduciendo las dimensiones de los edificios, almacenes, depósitos, etc.

1.5.- CONCLUSION.

-La aplicación de estas o cualquier otra medida de prevención tienden a limitar la propagación de fuego, pero pensemos que también las circunstancias atmosféricas juegan un importante papel en este conjunto.

2.- LA PREVISION.

-La previsión nace de la certeza de que el incendio se ha de declarar a pesar de la prevención y dispone de los medios necesarios para la lucha contra él con la mayor rapidez posible. Para cumplir su misión cuenta con los siguientes elementos.

2.1.- DETECCION.a) Presencia constante de personal. b) Rondas de vigilancia. c) Detectores automáticos de temperatura, humos, etc.

2.2.- ALARMA.

-Para permitir a los ocupantes ponerse a salvo. Para advertir a los responsables de la extinción como equipos de seguridad, bomberos de empresa o locales, etc.

2.3.- MEDIOS DE PRIMERA INTERVENCION.

-Extintores, bombas, bocas de incendio, mantas ignifugadas, etc. Todos estos elementos estarán bien conservados y en lugares accesibles.

2.4.- ACTUACION DE LOS BOMBEROS.

-En cualquier caso debe facilitarse la actuación de los equipos de salvamento, conociendo el teléfono para mayor rapidez, preparando tomas de agua dentro y fuera de los inmuebles, y con iluminación de seguridad.

2.5.- FORMANDO AL PERSONAL.

-Para evitar pánico, actuar en los primeros momentos cuando el incendio es reducido y conociendo los itinerarios más seguros para casos de evacuación.

Capítulo VIII: ALIMENTACION DE LOS SERVICIOS DE INCENDIO. 1. RESERVAS NATURALES 2. RESERVAS ARTIFICIALES 3. RED DE DISTRIBUCION DE AGUA Capítulo VIII: ALIMENTACION DE LOS SERVICIOS DE INCENDIO. Los bomberos, principalmente utilizan el agua para la extinción de los incendios. Por ello necesitan lugares en los que poder llenar los tanques para cumplir su misión. Atendiendo a la naturaleza del lugar de alimentación los clasificamos en:

1.- RESERVAS NATURALES.

-Las balsas, ríos, mares, pozos, etc., son lugares en los que pueden alimentarse los servicios de incendio, aunque para ello es necesario que se cumplan las siguientes condiciones: a) En todo tiempo deberá poderse suministrar un mínimo de 60 m3. hora, aunque en casos excepcionales esta cantidad puede ser inferior. b) Estar a menos de 500 - 600 m. del incendio. c) Hallarse a menos de 6 m. de altura sobre el asentamiento del coche o motobomba. d) Ser accesible en todo tiempo. Para la utilización de estas reservas a veces es necesario realizar trabajos de acondicionamiento como, pavimentar una zona para situar el vehículo, muros de retención en ríos, etc.

2.- RESERVAS ARTIFICIALES.

-Las piscinas, cisternas de recogida de agua, depósitos, etc., constituyen lugares adecuados para la alimentación de los equipos contra incendios, siempre que cumplan las condiciones adecuadas de capacidad, acceso y distancias adecuada. Los trabajos de acondicionamiento de estas reservas construidas generalmente con otros fines suele reducirse a colocar tapas o bocas para la introducción de los mangotes, y a veces puertas de acceso si se trata de lugares cerrados habitualmente. En razón de un caso excepcional, cualquier depósito, puede servir siempre que sea accesible, aun cuando su capacidad sea inferior a 20 - 30 m3.

3.- RED DE DISTRIBUCION DE AGUA. -La red de distribución tiene la ventaja de que cubre todo el espacio previsto, y permite situar las bocas de agua en los lugares precisos, reduciendo por consiguiente la longitud de los establecimientos de mangueras. Normalmente existe un lugar de captación de agua en pozo, río o presa, y por un conducto que a veces necesita instalaciones de impulsión por bomba, llega a un depósito en la ciudad, de donde por gravedad desciende a las canalizaciones de distribución, el cual permite regular el gasto o caudal según sea la necesidad. Como la distribución se hace en forma de mallas, por medio de una buena distribución de llaves de paso, es posible alimentar un mismo punto de varios lugares a la vez, con lo que los riesgos de corte de agua por avería disminuyen. Estas mismas válvulas sirven para poner fuera de servicio un tramo en el que se han de realizar obras. A esta red de distribución van conectadas todas las bocas de incendio, fuentes públicas, inmuebles y cualquier aparato situado en la vía pública.

TEMA 8: PLAN DE ACTUACIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES 1. – El fuego El fuego, en términos sencillos es el fenómeno que se produce cuando se aplica calor a un cuerpo combustible en presencia del aire. Una vez iniciado el fuego, el calor generado por la combustión proporciona la energía necesaria para que el proceso continúe. Cuando afecta a combustibles vegetales naturales y se propaga a través del monte, recibe el nombre de incendio forestal. Para que un fuego comience o se mantenga es condición indispensable que concurra en el mismo sitio y al mismo tiempo los tres elementos antes citados: combustible, aire y calor. Por tanto, para evitar que se produzca un incendio o para extinguir los ya iniciados, será preciso eliminar alguno de tales elementos, por ejemplo impidiendo que las llamas alcancen al combustible (cortafuegos) o enfriándolo con agua, o recubriéndolo con tierra para evitar su contacto con el aire.

2. – Tipos de causas 2.1. – Rayos y otras causas naturales. Esta causa se refiere a los incendios provocados por rayos caídos sobre el monte. Aunque son muy improbables, se incluirán aquí los incendios por combustión espontánea de vegetales o residuos en el monte y los producidos por volcanes.

2.2. Negligencias Son descuidos en la utilización del fuego en el monte que dan lugar a un incendio. Las negligencias pueden producirse con infracción de reglamentos o sin infracción. Por ejemplo, una quema agrícola realizada en invierno con índice de peligro bajo, no infringe ningún reglamento. Sin embargo, si no se toman las precauciones adecuadas al caso, el fuego se puede escapar causando un incendio. Será una negligencia sin infracción. La misma quema realizada en verano, con

índice de peligro alto, ya infringe una norma porque estará prohibida. Si origina un incendio será una negligencia con infracción. Desde luego la negligencia supondrá siempre una infracción, que puede ir acompañada de otra en el acto que dio lugar a ella o no. Las negligencias se clasifican del siguiente modo: - Quemas agrícolas: Son las quemas de residuos agrícolas, quemas de rastrojos, etc., para preparación del terreno, realizadas sin tomar las precauciones necesarias, de manera que el fuego se pasa al monte, quemando lo que no estaba previsto. Si se hacen sin permiso serán negligencia con infracción; si se hacen con permiso serán negligencias sin infracción. - Quema de pastos: Son las quemas para regeneración de pastizales realizadas sin tomar las precauciones necesarias, de manera que el fuego se corre al monte, quemando lo que no estaba previsto. Si se hacen sin permiso serán negligencia con infracción; si se hacen con permiso serán negligencia sin infracción. - Trabajos forestales: Son las quemas de residuos de corta, quema de material para su eliminación con vistas a reducir el combustible peligroso o para reparar el terreno para repoblar, realizadas sin tomar las precauciones necesarias, de manera que el fuego se pasa al monte, quemando lo que no estaba previsto. Si se hacen sin permiso serán negligencia con infracción; si se hacen con permiso serán negligencia sin infracción. En otros trabajos como apertura de pistas, obras, etc., con empleo de explosivos, motores, etc., puede haber algún descuido que origine un incendio. En general serán negligencias sin infracción, ya que en ellos el empleo del fuego será accesorio y no requerirá permiso especial. Las operaciones para la saca de maderas, el aprovechamiento de leñas, la extracción de resinas, la saca de corcho, el aprovechamiento de plantas aromáticas, las carboneras, las canteras, las colmenas, etc. Pueden suponer el empleo de fuego en el monte, que, si no se toman precauciones adecuadas, puede pasarse a lo que no estaba previsto quemar. Si no se tiene permiso o adjudicación para el aprovechamiento será negligencia con infracción; si hay permiso será negligencia sin infracción. - Hogueras: Son los fuegos prendidos para calentar la comida y proporcionar luz o calor y que se pasan al monte por no tomar las precauciones necesarias. Si están hechos en la época de peligro no en lugar prohibido serán negligencia con infracción; en caso contrario serán sin infracción. - Fumadores: Se consideran causados por fumadores los incendios en que el foco inicial es una colilla o cerilla arrojada sin apagar al pasto seco. En general serán siempre negligencias con infracción, porque el Reglamento de Incendios Forestales prohíbe tirar colillas o cerillas al transitar por zonas forestales. - Quemas de basuras y otras negligencias: Incluyen los incendios originados por basureros mal acondicionados o mal emplazados mantenidos con fuego; los incendios originados por niños jugando o por enajenados, etc. Los basureros darán generalmente negligencias con infracción; no obstante, en un basurero

correcto un golpe de viento puede sacar materiales ardiendo que prendan en el monte contiguo; en este caso no habría infracción. En esta clase se puede incluir el incendio provocado por la combustión iniciada por concentración casual de rayos solares por reflejo en vidrios, botellas, etc. También se incluyen los incendios causados por cohetes o por globos de combustión que caen en terreno forestal. Aquí puede haber una infracción de reglamento si estaba prohibido lanzarlos.

2.3 – Accidentes Son sucesos que producen desprendimiento de energía, que da lugar a combustión, sin que hubiera voluntad deliberada de encender un fuego. Pueden comprender los siguientes tipos: - Ferrocarril: Se refiere a los fuegos producidos por escape de chispas de las máquinas o rozamientos. Los incendios causados por fumadores que tiran colillas desde el tren o la hoguera hecha por personal que trabaja en la vía se consideran negligencias. - Líneas eléctricas: Se refiere a los incendios producidos por líneas que caen sobre la vegetación o que rozan arbolado. Aquí puede haber una infracción de reglamentos si no estaba bien mantenida la faja cortafuegos. - Motores y máquinas: Se refiere a los incendios causados por el escape de un motor, por un accidente de automóvil o de avión en el que arde el depósito de combustible, etc. - Maniobras militares: Se refiere a los incendios causados por ejercicios de tiro, la explosión de un polvorín, etc. Los incendios producidos por fumadores o por hogueras, aunque sean dentro de las maniobras, se considerarán negligencias.

2.4 – Incendiarios Se refiere a los incendios causados voluntariamente con ánimo de destruir el monte. Para calificar un incendio como intencionado se precisa: - Bien que existan pruebas fehacientes. - Bien que existan circunstancias que permitan sospechar fundadamente la intencionalidad, como son: - Que el fuego se haya iniciado de noche o en lugar no transitado; es decir, en circunstancias que no permitan sospechar actividad humana normal que pueda ir acompañada de negligencia. - Que el fuego se haya iniciado por varios puntos a la vez o que se observe la aparición de focos nuevos cuando se está apagando otros sin que haya viento que justifique la propagación.

Es conveniente que estas circunstancias sean valoradas por más de una persona antes de afirmar la intencionalidad. Especialmente conviene que haya coincidencia entre el personal forestal y los Servicios de Intervención cuando ambos se encuentren en el incendio. Para la prevención es muy interesante conocer las motivaciones más probables alegadas por los incendiarios, que se clasifican del siguiente modo: CODIGO MOTIVACION 1 - Incendios provocados por campesinos para eliminar matorral y residuos agrícolas (rastrojeras, ribazos, etc.) que se dejan arder incontrolados pasando al monte. 2 - Incendios provocados por pastores y ganaderos para regenerar el pasto y que de forma incontrolada se dejan arder hasta pasar al monte. 3 - Incendios provocados por venganzas. 4 - Incendios provocados para ahuyentar animales (lobos, jabalíes) que producen daños en los ganados o en cultivos. 5 - Incendios provocados por cazadores para facilitar la caza. 6 - Incendios provocados contra el acotamiento de la caza. 7 - Incendios provocados por disensiones en cuanto a la titularidad de los montes públicos o privados. 8 - Incendios provocados como represalia al reducirse las inversiones públicas. 9 - Incendios provocados para obtener salarios en la extinción de los mismos y en la restauración posterior de las áreas incendiadas. 10 - Incendios provocados por pirómanos. 11 - Incendios provocados para hacer bajar el precio de la madera. 12 -Incendios provocados para obtener la modificación del uso del suelo, convirtiéndolo en urbanizable. 13 -Incendios provocados por grupos políticos para crear malestar social o como forma de protesta. 14 -Incendios provocados por animadversión contra repoblaciones forestales. 15 - Incendios provocados por delincuentes, etc., para distraer a las Fuerzas de Seguridad. 16 - Otras motivaciones

3 – Determinación de la causa Para determinar la causa del incendio se debe seguir el siguiente procedimiento: 1.1 – Circunstancias del incendio Se deben anotar todos los datos del incendio: -

Fecha y hora de iniciación. Lugar donde fue detectado, según la persona que dio la noticia. Personas que se encontraban en el monte. Personas que viven cerca de la zona incendiada. Vehículos vistos en la zona del incendio. Dirección del viento cuando comenzó el fuego.

- Extensión del incendio cuando llegaron los primeros medios de extinción. - Testigos y sus declaraciones. 1.2 – Origen del incendio Se debe tratar de determinar el punto por donde se inició. Para ello se debe tener en cuenta lo siguiente: - Viento: El fuego se mueve en la dirección del viento. Teniendo en cuenta el viento al comenzar el fuego y el lugar donde fue detectado se puede determinar la dirección de donde procedía. - Pendiente: El fuego tiende a subir ladera arriba. Este efecto, combinado con el del viento, ayuda a determinar de dónde venía el fuego. - Combustibles: El fuego avanza más deprisa en los combustibles secos. Al principio del incendio la vegetación tiene su humedad natural y se quema peor, quedando más restos. - Indicadores: - Hierbas y tallos delgados: Cuando empieza el fuego y no es muy fuerte, chamusca los tallos debilitándolos y haciéndolos caer hacia el origen del fuego. - Combustible protegido: Cuando empieza el fuego y no es muy fuerte, quema el lado de las matas por donde llega, reduciéndolo a cenizas, mientras que el otro lado queda incompletamente quemado y ennegrecido. - Si el fuego pasa sobre un tronco éste protege la vegetación que queda a sotavento, mientras que si va por el lado de dirección del fuego se quema completamente. - Tocones: El fuego quema intensamente el tocón por donde empieza a sotavento queda ennegrecido, pero no penetra el fuego. - Troncos: A sotavento sube más la mancha de corteza ennegrecida por un doble efecto. El tronco provoca un vacío, que induce a la llama a subir. Además hay calor radiante del fuego que ha pasado y que se suma al otro. - Si el fuego baja por la ladera o está en terreno horizontal, la mancha negra tiene un borde paralelo al suelo.

1. CONCEPTOS GENERALES 1.1. ACTUACIÓN DE LOS BOMBEROS. SISTEMÁTICA GENERAL La finalidad principal de todo Servicio de Bomberos es la de salvar la vida de las personas en peligro. Secundariamente, su trabajo se dirigido a la neutralización y a la prevención de todo siniestro o situación de riesgo, utilizando los medios y recursos disponibles con la mayor eficacia posible. Para conseguir estos objetivos, su actuación debe seguir una sistemática general basada en las fases sucesivas y/o simultáneas que se exponen a continuación, a lo que se añadirán las normas específicas de actuación que deben seguirse según el tipo de siniestro o de riesgo al que deban enfrentarse. Dichas fases comprenden la toma de un conjunto de decisiones desde el mismo momento en que se recibe la alarma o aviso del siniestro, hasta el momento del regreso al Parque de la dotación interviniente, una vez finalizado aquél. Lo que se produce en todas estas fases es un constante sistema de renovación de la toma de decisiones, en función de la valoración del incidente, determinación de decisiones y acciones, aplicando objetivos y tácticas específicas, realizando nueva valoración y toma de decisiones en función del desarrollo del siniestro (según se haya estabilizado, haya variado o haya aumentado).

PREPARACIÓN PERMANENTE El tiempo de guardia desde que un Bombero entra a su turno, relevando al turno anterior, hasta que finaliza su jornada laboral con el relevo del turno siguiente, se destina, fundamentalmente, a la preparación y a la formación necesarias para realizar con eficacia y rapidez cualquier intervención que pueda ser necesaria. Es necesario prepararse para las emergencias, por ello hay que desarrollar y preparar todo aquello que, en su momento, pueda simplificar o facilitar la intervención. - Conocimiento del entorno: Un conocimiento previo del lugar puede facilitar considerablemente la intervención. Es conveniente establecer en los Servicios una prevención operativa, realizando visitas a edificios o actividades singulares, donde se observarán los accesos, instalaciones contra incendios existentes, zonas de almacenamiento, acometidas eléctricas o de gas, vías de evacuación, peligros objetivos, etc. - Fichas de itinerarios con información adicional: Es muy útil disponer de fichas

donde se indique el itinerario desde el Parque, hasta la calle donde hay que prestar el Servicio, disponiendo además de información como: Hidrantes, bocas de riego, depósitos de agua, instalaciones radiactivas, estaciones transformadoras, gasolineras, edificios singulares, instalaciones de columna seca, accesos cerrados por mobiliario urbano, etc. - Información complementaria: Se debe disponer de fichas de intervención o prontuarios de materias peligrosas, en todo vehículo de primera intervención. - Protocolos de Intervención: En función de los medios y personal disponibles, cada Parque debe establecer los trenes de salida, según las características de la solicitud de socorro, y preparar las maniobras que se realizarán en cada tipo de intervención, especificando qué debe hacer cada Bombero y qué material debe llevar cada uno. - Preparación del material: Deben de realizarse prácticas continuamente para saber las posibilidades y prestaciones de los materiales. Cada relevo debe comprobar que todo el material funciona correctamente y que se encuentra en perfecto estado y completo. - Planes de Emergencia: Muchas actividades, están obligadas a disponer de un Plan de Emergencia y Autoprotección. Los Servicios de Bomberos deben estar informados y participar en la realización de simulacros con los responsables de los planes de emergencia para su correcta implantación.

ALARMA O AVISO Es el elemento que va a desencadenar todo el proceso de intervención de un Servicio de Bomberos y a, través del cual, se tiene un primer conocimiento del siniestro, para lo cual, en este punto, se deberá conseguir el mayor y más completo conjunto de datos posibles, referentes al hecho que está ocurriendo. La forma de recepción del aviso de alarma podrá variar, aunque generalmente se producirá por vía telefónica. Sin embargo, ello no quita que dicho aviso se pueda producir de otras formas, como podrían ser las alarmas automáticas de industrias o establecimientos, radioaficionados o aviso personal directo. Podrá ocurrir con frecuencia que la persona que dé el aviso lo haga de forma incorrecta o incompleta, bien por desconocimiento o por verse influenciado su estado de ánimo por el siniestro, por lo que se deberá intentar recabar en todos los casos los siguientes datos mínimos: - Clase y/o tipo de siniestro: Incendio, explosión, derrumbamiento, accidente,... - Localización exacta: Lugar, término municipal, calle o plaza, número, planta, piso, paraje, carretera y punto kilométrico,... - Personas afectadas: Confirmación o posibilidad de gente atrapada y accidenta dos. - Entorno de la zona afectada: Aislado, junto a edificios, sobre otras construcciones o debajo de otras construcciones - Riesgos especiales: Materias peligrosas presentes o cercanas, depósitos de combustibles, fugas de gas, hundimientos, características del entorno (cercanías de colegios, hospitales, industrias, etc.).

- Identificación del comunicante: Se tomará el teléfono desde donde se nos da el aviso y la identificación de la persona o servicio que lo hace. - Orden de salida: Inmediatamente se pasarán los datos al Turno que corresponda para que inicie la salida, poniendo especial atención en anotar la hora y minuto exacto de la llamada y de la salida. En todo caso, y dado que el cometido primordial de los Bomberos es la protección de personas y bienes, debe siempre tenerse en cuenta que de la rapidez de su llegada dependerá el salvamento de víctimas y disminución de los daños que el siniestro pudiera ocasionar. - Comprobación de la llamada: Se procederá a la comprobación de la llamada para confirmar la veracidad de esta y poder recabar ampliación de datos en el momento de la comprobación y/o durante las labores de intervención. Dicha comprobación no debería retrasar la salida de los Bomberos ya que, mediante emisora, se puede retirar el servicio en caso de falsa alarma. - Ampliación de datos: Si a través del primer comunicante no se pueden con cretar más datos sobre el siniestro, se procurará establecer cualquier otro sistema válido al efecto, a través de Autoridades (Policías Locales, Nacional, Guardia Civil,....) o incluso recabando de la guía telefónica, un número del lugar o cercano a donde se nos ha dado el aviso. En ocasiones, puede ser importantísimo informar a Guardia Civil, Policía Local, Ayuntamiento o vecinos para que esperen al vehículo de Bomberos a la entrada del pueblo y le orienten hacia el lugar del siniestro. - Información por radio al turno de salida: Todos los datos que se vayan recabando se transmitirán de inmediato, por radio, al vehículo de primera salida mientras sigue en marcha. Al mismo tiempo se localizará a personal libre de servicio, al Jefe del Parque y. en los casos establecidos, al Jefe de Guardia.

PRIMERA SALIDA Una vez recibida la alarma, se iniciará inmediatamente la salida según las composiciones de Primeras Salidas previstas para cada clase de siniestro y Parque en los protocolos de actuación establecidos o en las órdenes recibidas. Esta primera salida será el conjunto de personal, vehículos y material que se suponen idóneos y que se ponen en marcha hacia un servicio en el momento en que se ha recibido el aviso de auxilio. El retardo en dicha primera salida y, por lo tanto, en la intervención es un problema de organización y de preparación técnica. Del tiempo de respuesta o rapidez en la llegada puede depender alguna vida y la disminución de daños por el siniestro. Por lo tanto, podemos considerar a la primera salida como uno de los fundamentos en la actuación de un servicio de Bomberos. Salvo excepciones específicas en Parques de Bomberos Voluntarios o de funcionamiento similar, dicha salida debe producirse dentro del primer minuto de recibida la alarma. Simultáneamente a la salida, se procederá a dar aviso y alertar a otros servicios con responsabilidad que puedan colaborar en el tema del siniestro (Compañía

Eléctrica, Aguas, Gas, Policía Local o Nacional, Guardia Civil, Tráfico, Sanidad, Protección Civil, Organismos y Autoridades competentes, etc...) Dichos avisos se darán a través de la Central. Todas las primeras salidas estarán bajo el mando de un sólo Jefe de Dotación o Salida y se comunicarán inmediatamente a la Central. En este punto se continuarán recabando datos para ir definiendo el siniestro y, en función de los factores incidentes y condiciones modificadoras, poder ir previendo las acciones a realizar.

TRAYECTO HASTA EL LUGAR DEL SINIESTRO Se deberá escoger el itinerario que sea, previsiblemente, el más rápido y seguro (no siempre será el más corto, por lo que hay que tener en cuenta las calles cerradas por mercados, obras, asfaltados, demoliciones, ferias, etc.). Los conductores de los vehículos deberán conocer a la perfección el callejero del municipio y las carreteras de su ámbito de actuación para poder elegir otras alternativas ante cualquier obstáculo imprevisto. En este momento ya se ha puesto en marcha una primera salida, siempre al mando de un único responsable, que aprovechará el trayecto para: - Completar la información (vía radio). - Valorar los factores previstos del siniestro. - Preparar un plan de actuación, asignando a cada componente de la salida una serie de tareas concretas (equipo de ataque, de alimentación, de rescate,...), es decir, lo que cada uno deberá hacer a la llegada, salvo contraorden. Al llegar a las cercanías del siniestro, se podrán apreciar nuevas características o factores modificadores, lo que se comunicará a la Central y, si se considera oportuno, podrán variarse las tácticas de actuación y pedir los refuerzos que pudieran ser necesarios. Durante todo el trayecto de aproximación, se deberán usar las señales ópticas y acústicas. Para realizar el trayecto o itinerario hasta el lugar del siniestro, conocer previamente el sector de actuación es un factor muy importante que puede mejorar el tiempo de respuesta. No obstante lo dicho, no se deberá acudir a un servicio sin datos concretos de su localización por lo que, en último caso, será preferible perder unos segundos, asegurando en cambio el recorrido.

LLEGADA Y ESTACIONAMIENTO Un punto muy importante a considerar siempre es el estacionamiento de los vehículos, que deberán disponerse de forma que se permita su rápida salida ante cualquier emergencia.

La disposición de los vehículos y medios de todos los servicios de emergencia que lleguen al lugar deberá realizarse de forma tal que no se entorpezcan entre ellos o interfieran en sus distintas labores y que guarden entre sí las suficientes distancias. A la llegada al lugar del siniestro, cada componente, si el Jefe de la Dotación no ha ordenado nada en contra, deberá realizar con efectividad y prontitud la preparación del material y cada misión específica asignada. Para ello habrá un sitio para cada cosa y cada cosa estará en su sitio, de forma que se optimicen los medios y equipos necesarios. Como ejemplo en el caso habitual de incendio en viviendas o siniestro que requiera la utilización de equipos de respiración autónomos, estos deben ubicarse en el vehículo de tal forma que permita que dos de los Bomberos de la salida, al menos, bajen de la cabina del vehículo con los equipos ya colocados, permitiendo la inmediata intervención en el caso de posibles personas afectadas. Del material de cada vehículo y su entrega, control y recuperación para la intervención, será responsable el componente de la dotación que designe el Jefe de Salida. Todo el material a utilizar en el siniestro, deberá encontrarse en condiciones de uso, habiendo sido revisado y puesto a punto previamente en el Parque. En casos especiales, como en accidentes de mercancías peligrosas, deberán guardarse las distancias mínimas de seguridad para el estacionamiento de los vehículos de intervención. En este paso de la llegada y estacionamiento, y sobre todo en grandes siniestros en los que puedan participar vehículos de otros servicios (ambulancias, policía,...), será fundamental la colaboración de la Policía en la retirada de elementos o vehículos que interfieran nuestra labor, así como en el propio estacionamiento ordenado de nuestros vehículos y acordonamiento de la zona. Incluso, en caso necesario, habrá que cortar o regular el tráfico, mediante la Policía Local o Guardia Civil, tanto para garantizar la seguridad de las personas como para facilitar las maniobras de los vehículos de emergencia en la zona de siniestro.

INSPECCIÓN Y EVALUACIÓN DEL SINIESTRO Estamos ante uno de los dos pasos fundamentales en el desarrollo del siniestro (el primero era al desencadenarse la salida con la alarma) que se produce con la inspección del siniestro y la valoración de la situación. Esta valoración deberá correr a cargo del Jefe de Salida mediante una inspección rápida y completa del lugar, aunque nunca deberá realizarla él sólo (en Bomberos, un hombre nunca debe estar sólo). Esta inspección debe seguir cuatro pasos fundamentales:

-COMPLETAR LA INFORMACIÓN -EVALUACIÓN -DEFINIR UN PLAN DE ACTUACIÓN -IMPLANTAR EL PLAN DE ACTUACIÓN -COMPLETAR LA INFORMACIÓN Además de la información transmitida por la Central en la fase de Alarma, cuando llegamos al lugar del incidente disponemos de diversas fuentes que nos pueden informar de lo que está pasando: -Información visual, lo que estamos viendo. -Personas afectadas (normalmente la que ha realizado la llamada de alarma). -Testigos, que han visto lo que ha pasado. -Vecinos, que desde otro lugar pueden ver la evolución del incidente. La información es el punto principal para poder aplicar con éxito las técnicas de Control en una intervención. Es necesario que desde un primer momento podamos disponer del máximo de información. No debemos dejar que nos cuenten lo que ellos quieran, si no que debemos obtener la información que nosotros necesitamos. Y la información que necesitamos, será la definida por los siguientes elementos: -Tipo de incidente: Incendio, fuga, derrame, accidente, etc. -Amenazas: Localizar cual es la amenaza, llamas, humo, nube tóxica, líquido corrosivo, contaminación, etc. -Extensión: Hay que tener en consideración el tamaño, velocidad de propagación, dirección, etc. teniendo en cuenta que los incidentes pueden clasificarse en estáticos y dinámicos. - Estático, está limitado y sin peligro de propagación, como un vehículo, un contenedor, etc. - Dinámico, en este caso existe una evolución o propagación del incidente. Esta propagación podrá ser lineal o exponencial como en el caso de un incendio forestal o una explosión. -Entorno: -

Vías de acceso y posibilidades de evacuación. Condiciones climatológicas, niebla, lluvia, nieve, sol, bajas temperaturas,... Orografía del terreno, pendientes, etc. Alcantarillas, cauces de ríos, torrentes, etc.

-Personas implicadas: - Directamente afectadas y necesitan ayuda para poder salir. - Amenazadas indirectamente, pueden salir por sus medios o quedarse confinadas. - No amenazadas pero que pueden serlo según la evolución del incidente. -Peligros objetivos: Informarse si hay: Estaciones transformadoras, almacenes de materias peligrosas, depósitos de combustibles, estructuras metálicas, etc.

-Recursos: - Efectivos en el lugar y en camino. - Resistencia y posibilidades del grupo. - Instalaciones contra incendios en el lugar: Columnas secas, BIES, hidrantes, etc. - Plan de Emergencia y equipo de primera intervención en el edificio o la zona. -Reconocimiento del siniestro: Realizar un reconocimiento periférico de la zona del siniestro, para detectar otros accesos, posibilidad de otro ataque, etc.

-EVALUACIÓN La información que hemos obtenido será determinante para poder evaluar la magnitud del incidente y la respuesta que podemos dar estableciendo prioridades. Los criterios a seguir para esta evaluación son: - Medidas inmediatas que hay que realizar y pueden ser determinantes, por ejemplo salvar personas atrapadas en un incendio, cerrar el suministro del gas, etc. - Factores del lugar del siniestro, que pueden dificultar o favorecer la intervención, por ejemplo: El incendio está en un piso muy alto donde no tenemos acceso con las auto-escaleras, no hay acceso para los vehículos de emergencia, etc. - Problemas y peligros que pueden existir en la intervención: Colapso del edificio, explosión, posibilidad de BLEVE, contaminación, radiación, etc. No sólo hay que evaluar la situación actual, sino que también deben preverse con anticipación la posible evolución o extensión de los riesgos. - Objetivos a cumplir: Rescatar a las personas, extinguir el incendio, taponar la fuga, etc. - Métodos y técnicas a emplear para poder cumplir los objetivos. - Qué otros Servicios deben movilizarse: Además de los Bomberos, Policía, servicios de asistencia sanitaria, necesidades de soporte técnico, etc.

-DEFINIR UN PLAN DE ACTUACIÓN Con la información que hemos obtenido y la evaluación de la situación debemos tomar una decisión y establecer un Plan de Actuación: -Hay que determinar las acciones a realizar con prioridad, salvamento, extinción, evacuación, etc. -Qué método utilizaremos en la actuación que podrá ser Ofensiva o Defensiva. - Ofensiva, se ataca directamente el incidente. - Defensiva, se limita la progresión del incidente y se protege a terceros.

Según las características del incidente nos podremos encontrar con diferentes tipos de actuación: -Un incidente pequeño con recursos suficientes (actuación Ofensiva): Incendio de un contenedor, la campana de una concina doméstica, etc. -Un incidente limitado con recursos pequeños: Si está ardiendo por ejemplo una habitación en una planta baja y solo disponemos de un vehículo, podemos escoger entre atacar directamente el fuego (Ofensiva) o evitar la progresión, proteger a terceros y esperar refuerzos (Defensiva). -Un incidente grande con inferioridad de recursos (exige una actuación Defensiva): Por ejemplo una nave industrial incendiada totalmente. En este caso hay que ubicar los medios de que se disponen del mejor modo posible, para evitar la propagación y daños a terceros. -Un incidente limitado pero con los medios justos o con ligera inferioridad (Hay que elegir entre Ofensiva o Defensiva): Este tipo de actuación requerirá un elevado nivel de mando y control. Si tenemos un incendio en un piso donde es necesario realizar dos líneas de mangueras, una por el interior y otra por el exterior y hay que realizar el salvamento de personas que están atrapadas por el humo en los pisos superiores, es necesario ordenar las acciones a realizar con una secuencia lógica y ordenada para que se realicen con prioridad las más urgentes, y que no cunda el caos o el pánico. -Se debe establecer el Nivel de Protección del personal que interviene. -Determinar las zonas de actuación. - Zona de intervención - Zona de socorro (servicios sanitarios) - Zona base (ubicación de medios de apoyo)

RESCATES Y SALVAMENTOS El salvamento de vidas es el primer deber del Bombero. Por ello, una de las primeras actuaciones cuando se llega a un siniestro será localizar a las posibles víctimas y proceder a una primera observación y atención. En función de los resultados, se avisará a los servicios médicos o se organizará su traslado urgente a un centro sanitario en condiciones adecuadas. Se considera que el salvamento sería la única razón aceptable por la que el Bombero puede afrontar un riesgo que, en otro caso, sería innecesario, aunque no debe exponerse más que cuando tenga plena seguridad de que podrá realizarlo para no convertirse él mismo en una víctima. Se debe distinguir entre salvamento y rescate, entendiéndose como salvamento la puesta en seguro de las personas que ya estuvieran directamente afectadas por las consecuencias del siniestro (humo, llamas, etc.) y por rescate, la evacuación a lugar seguro de las personas y bienes que podrían ser afectadas por el siniestro si permanecen en el lugar (plantas colindantes, pisos superiores e inferiores, etc.). Cuando es posible llegar junto a las personas en peligro, se les debe ayudar dándoles ánimos y sosteniéndolas si fuera preciso. Si no se prestan a colaborar

porque están presas del pánico, hay que transportarlas de buen grado o a la fuerza. Es básico hablar y comunicarse con cada accidentado atrapado, saber que información darle y cómo. No se debe olvidar que el primer objetivo del bombero es salvar la vida y al hablar de vida hablamos de personas. Cuando exista un riesgo de explosión, inundación, etc., que pueda afectar al entorno, se actuará primero sobre las personas, avisando a los amenazados por megafonía (a los más cercanos) o a través de los medios de comunicación (si el área afectada es extensa). Estos avisos deben hacerse con extremo cuidado para no provocar situaciones de pánico colectivo. Una vez asegurada la evacuación de las personas, se intentará hacer lo mismo con los bienes más valiosos.

ORGANIZACIÓN DE LAS OPERACIONES Del dicho “despacio, que tengo prisa” se desprende un principio de indudable aplicación en la participación de los Bomberos: “Actuar de prisa, pero sin precipitación”, principio que es fundamental aplicar a la llegada a cualquier siniestro. La estrategia, táctica y procesos operativos a realizar se decidirán prácticamente a la llegada y serán confirmados y ordenados una vez efectuada la inspección y valoración de la situación. Todas las operaciones van encaminadas a: 1º) Salvamento de vidas. 2º) Salvamento de bienes (eliminación de las causas origen del siniestro, reducción de daños o pérdidas, recuperación de la normalidad). Establecimiento del Puesto de Mando. El mando de la intervención debe estar situado en el lugar que le permita una mayor visión del conjunto de la intervención. Un mando responsable de la intervención junto al bombero que está en punta de lanza, difícilmente podrá darse cuenta si el fuego se extiende, se han alimentado los vehículos, si hay que hacer otra instalación de mangueras, obtener más información, etc. Como principio de actuación el mando una vez dadas las órdenes (implantado el Plan de Actuación), debe dar un paso atrás. Previamente a lo que sería el propio ataque al siniestro, habría que tener en cuenta la necesidad de ubicar el Puesto de Mando Operativo, de acuerdo con los responsables de los distintos servicios allí presentes, hasta que la autoridad competente asuma el mando de la operación. Este Puesto de Mando estará a cargo del Mando superior en el siniestro y se ubicará en función del tipo de éste, procurando para ello buscar un lugar en el que se tenga una visión de conjunto del siniestro y de su desarrollo. Por ejemplo, en incendios urbanos frente a la fachada principal del lugar afectado y a una

distancia prudente que no pueda ser alcanzada por los efectos del propio siniestro. El Jefe de Dotación al mando del siniestro, deberá administrar el material y personal, o sea los medios de que dispone, de forma que se obtenga el máximo provecho enfocado a la consecución de los objetivos antes descritos. Debe existir siempre un único mando en el siniestro. En situaciones complejas, el mando se irá transfiriendo en función de la llegada de personal de rango superior. El Jefe o mando, podrá asignar niveles de mando intermedio que serán responsables ante él de los sectores o tareas que tengan encomendadas. Petición de medios y de apoyo logístico. Durante todo el proceso, la toma de decisiones por parte del mando tiene que ser muy dinámica, realizando en todo momento una evaluación de los resultados en función de las actuaciones desarrolladas y comprobando si la situación siniestral evoluciona, aumentando, estabilizándose o disminuyendo, o cambiando a otra clase de siniestro con su correspondiente nivel de gravedad, modificando con ello las decisiones de acciones y operaciones a realizar. En todo momento, y de acuerdo con esta constante revisión de los resultados, se irán ajustando los medios a la magnitud puntual del siniestro, retirando elementos que no sean necesarios y solicitando aquellos que hagan falta. Así mismo, se recabarán a través de la Central, las ayudas de Agentes de la Autoridad o Servicios cuya presencia podría ser necesaria (Protección Civil, Ambulancias, Médicos,...). Cerramiento de la zona de intervención. Se delimitará, en primer lugar, la zona de intervención y el entorno que deba protegerse de cualquier tipo de riesgo y se procederá a la señalización de todo su perímetro mediante cinta, vallas, etc. Se solicitará de la Policía o Guardia Civil que procure mantener vigilada esta señalización para evitar que pueda ser traspasada por personas no autorizadas por los Bomberos . Además, corresponde a estos Servicios las actuaciones necesarias para: - Corte y desvío del tráfico de vehículos que pueda ser necesario. - Establecer pasillos de acceso rápido por donde puedan entrar o salir con seguridad. Deben mantenerse expeditos en todo momento. - Mantenimiento del orden y de la seguridad en el interior de la zona señalizada (incluyendo el control necesario para evitar robos por supuestos “colaboradores” o por curiosos que se intentará aprovechar de la confusión). Si aparecen representantes de los medios de comunicación, se les debe remitir al Mando de las operaciones, ya que es quien tiene una visión conjunta, mientras que todos los demás intervinientes sólo tendrán una visión parcial de la situación. Hay que tener presente que, si por un lado favorecerán una información correcta

a la población evitando rumores infundados y transmitiendo mensajes urgentes si fuera necesario, por otro, pueden provocar una alarma colectiva que puede ser más peligrosa que el mismo siniestro y pueden correr riesgos o estorbar las operaciones si se sitúan en lugares inadecuados. Implantar el Plan de Actuación. Con la información obtenida en la fase de inspección y evaluación, se han tomado unas decisiones y elaborado un plan de actuación. El Jefe de la salida sabe lo que quiere hacer y cómo, pero si las órdenes no son claras y bien transmitidas, la aplicación del Plan de actuación puede ser una utopía. -Informar del plan de actuación: los objetivos tienen que ser claros y asegurarnos que son comprendidos. -Ordenar maniobras tipo, si existen. En las maniobras tipo cada Bombero tiene establecidas de antemano sus funciones. La ventaja de las maniobras tipo en una intervención es la de permitir al mando pensar cual será la segunda maniobra a realizar. -Delegación de funciones. Es importante saber delegar funciones. Según el tipo de incidente se podrá delegar por zonas de actuación (delante, lateral, arriba, etc.). -Señalización de las zonas. Deben quedar claras cuales son las zonas de riesgo, las de intervención y las de seguridad. -Solicitud de refuerzos: Después de la inspección y evaluación del siniestro, y si fuese necesario según sus resultados, se solicitará de la Central, la movilización y envío de medios adicionales. Habrá que tener en cuenta, para ello, factores como la disponibilidad, las distancias y tiempo de traslado al lugar del siniestro, etc. En el lugar del siniestro se preverá un área de base a la que deberán dirigirse los medios solicitados a su llegada. En todo momento se tendrán en cuenta las consecuencias que pueda originar tanto el propio siniestro como los trabajos realizados para su eliminación, para las personas, bienes o entorno. Por ejemplo, en un incendio el humo origina un peligro para los pisos superiores, mientras que el agua de extinción puede ser perjudicial para el piso siniestrado y los inferiores. Nunca se debe intervenir “a ciegas”, ni intentar hacerlo en situaciones para lo que no se está preparado o para la que no se tienen los medios de protección precisos. Se dará toda la información necesaria y lo antes posible a la Central, para la posible corrección en la toma de decisiones. Seguridad personal. Para el trabajo de Bombero, es vital mantener una buena condición física y controlar el exceso de peso. Un buen entrenamiento permite reaccionar mejor ante determinadas situaciones extremas. Esta preparación debe ser constante. Durante el turno de servicio en el Parque es

imprescindible no tomar alcohol, y es aconsejable no ingerir comidas copiosas o con exceso de grasas ya que la dificultad para hacer la digestión provoca una disminución de riego sanguíneo a nivel cerebral, lo que implica una notable disminución del nivel de reacción o de alerta. Además del estado físico hay otras variables que pueden afectar la respuesta del Bombero durante la intervención como son: -La confianza, que se adquiere mediante la formación técnica y un entrenamiento constante basado en la repetición de acciones y en el desarrollo de la propia habilidad. -La formación psicológica y el autocontrol: La técnica es necesaria en nuestro trabajo, pero también grandes dosis de humanidad y de relaciones humanas y de saber estar allí donde nadie querría estar.

FINAL DE LAS OPERACIONES -Inspección de daños: Una vez las circunstancias del siniestro hayan disminuido apreciablemente, o sea, una vez terminado prácticamente este, se efectuará una valoración de daños y pérdidas, tanto de vidas como de bienes, informando de la situación a la Central y procediendo, si es posible y con los medios de que se disponga, a una primera corrección urgente. -Operaciones de rehabilitación: Los Bomberos podrán colaborar en ello con los medios especiales de que disponen, en tareas muy específicas como: - Limpieza con agua de alta presión de maquinarias, instalaciones,... - Apilado de materiales para dejar paso al área siniestrada. - Achiques de agua de extinción o roturas de canalizaciones. - Descontaminación del entorno. - Etc. -Toma de datos: Deberán recabarse la totalidad o la mayor cantidad posible de datos a fin de poder rellenar luego el Parte de Intervención, que es importantísimo ya que, además de que siempre permitirá deducir cantidad de datos estadísticos que pueden ser una gran ayuda a nuestra tarea, puede haber ocasiones en las que tendrá que ser presentado ante los Tribunales de Justicia, investigadores de la Policía, Compañías de Seguros, etc. Un buen Parte de Intervención presentado ante cualquiera de esas entidades, dignifica y tecnifica nuestra profesión. -Recogida del material: Una vez finalizadas todas las operaciones, se procederá a la recogida y recuento de todo el material utilizado. Si, por necesidades de utilización, se ha de quedar algún material en el lugar del siniestro, se darán las instrucciones oportunas para su retorno lo antes posible al parque de origen, procurando para ello llevar el material marcado y haciéndolo constar en el parte de novedades. -Organización de un retén de vigilancia: Habrá situaciones especiales que requieran, una vez finalizado el siniestro, la conformación de retenes fijos de vigilancia en el lugar, en previsión de posibles cambios que pudieran originarse para poder resolver emergencias que se pudieran producir o alertar de nuevo a los equipos de intervención.

Estos retenes inspeccionarán de forma periódica y metódica la zona afectada para poder detectar cualquier reiniciación del siniestro y poder actuar inmediatamente. Así mismo, deberemos cerciorarnos de quien y qué entidad queda al cargo de la situación y del local. En general, serán las Fuerzas de Seguridad quienes deberán mantener la vigilancia en la zona, manteniendo las restricciones de circulación a los vehículos hasta que terminen de actuar todos los servicios de emergencia y limpieza. Una vez finalizado todo, se dará informe a la Central de la situación final y del regreso al Parque de actuación, en situación de disponibilidad o no.

REGRESO AL PARQUE Como se ha dicho, una vez recogido todo el material y habiendo informado a la Central, se procederá a regresar al Parque por el camino más corto posible, repostando agua o combustible en su caso. En el trayecto de regreso se utilizarán las señales de prioridad ópticas (y acústicas en cuanto sea necesario) para tardar lo menos posible. Nada más llegar al Parque, se procederá al repostaje de agua y combustible, si es necesario y no se ha hecho antes, pasando inmediatamente a la limpieza de todo el material que se haya utilizado y reponiendo o reparando todos los elementos que lo precisen. Todas las reposiciones deberán ser correspondientemente anotadas en los impresos que se dispongan para ello (o al menos en el Libro de Incidencias) y se notificarán en la forma establecida para el mantenimiento de los stocks mínimos. Una vez el personal aseado y en condiciones de actuación, se redactará el correspondiente Parte de Intervención, basado en los datos recabados y anotados en el lugar del siniestro. Si es necesario, se realizará informe adicional para el esclarecimiento de aquello que lo requiera. Finalmente, es importante que todos los que han intervenido participen activamente en un “brieffing” o análisis de la actuación. Se trata de reunir al personal para debatir y analizar la actuación realizada, analizando los problemas encontrados, otras posibilidades de actuación, etc., sin buscar en ningún momento culpables de nada, sino al objeto de sacar conclusiones positivas de la experiencia que se ha pasado a fin de mejorar las futuras intervenciones y la cohesión del grupo. Se analizará cada uno de los pasos y el conjunto de toda la operación, sin ocultar nada, viendo especialmente los fallos cometidos, deficiencias o incidentes a efecto de poder corregirlos, proponiendo las medidas correctoras a que hubiere lugar.

SERVICIOS DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO Publicaciones de la Unidad de Investigación en Emergencia y Desastres (UIED)

Servicios de extinción de incendios y salvamento Fire Extinction and Rescue Services Menéndez Fernández J.V., Torres Ruiz J.M., Castaño Pandiella O., Díaz Montes L., Rodríguez Saiz C., Montes Fernández L.A., Pérez Fernández J. Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento de Oviedo y Gijón _______________________________________________________________ Resumen En este texto se revisan las funciones de los Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS), así como sus métodos operativos básicos (para una intervención estándar y para diferentes tipos de emergencias específicas como incendios, emergencias con mercancías peligrosas, salvamento y recuperación de víctimas, inundaciones, ruinas y hundimientos). Se revisan también las características básicas de los Planes de Prevención de Riesgos. Finalmente, el anexo I describen los diferentes tipos de medios mecánicos y vehículos usados por los SEIS.

Introducción Los Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento (en adelante SEIS) tienen como misiones específicas, en el ámbito territorial de su competencia, el salvamento de personas y bienes en caso de incendio u otro siniestro, la prevención y asistencia técnica en esta materia, así como el desarrollo de acciones tendentes a evitar riesgos a los ciudadanos. La complejidad de estas actuaciones requiere una planificación que permita coordinarse con los diferentes servicios actuantes que forman el sistema de Protección Civil (policía, asistencia sanitaria, etc.). La acción de los SEIS se enmarca, por tanto, dentro de las tareas de la Protección Civil que vienen reguladas por la Ley de Protección Civil y su Norma Básica, a través de los Planes especiales y territoriales y de las Directrices Básicas de Planificación. En el contexto de una emergencia, sus procedimientos de actuación están basados en la legislación citada y estructurados, conforme al Plan territorial, en un órgano directivo, órganos ejecutivos y órganos de apoyo al Director del plan. Esta estructura organizativa puede activarse parcial o totalmente, según la magnitud de la emergencia.

En el plano operativo las intervenciones de los SEIS, aun siendo diferentes según la naturaleza de la emergencia, se efectúan siguiendo pautas de acción predeterminadas que van desde el momento en que se desencadena la alarma, una vez recibido el aviso de emergencia, hasta el momento en que el equipo regresa a su base y recupera la normalidad. Esta metodología para una intervención estándar es común a la práctica totalidad de los SEIS y Cuerpos de Bomberos y consta de las siguientes fases: 1. Alarma o Aviso. En esta fase, además de comprobar la llamada para confirmar su veracidad, se recaba el mayor número de datos posibles sobre el tipo de siniestro (incendio, explosión, accidente, etc.), la localización exacta, el número de personas afectadas, y otras circunstancias especiales o riesgos añadidos. 2. Salida. En el primer minuto de recibida la alarma, el Jefe de Guardia ordenará la composición de la salida (conjunto de personas y material que se suponen idóneos en primera instancia). Los recursos movilizados estarán bajo el mando de un único Jefe de Dotación o Salida. Simultáneamente a la salida, se procederá a avisar a otros servicios u organismos necesarios para la resolución del incidente (Compañías Eléctricas, de Agua, de Gas, Policía Local, Guardia Civil, Sanidad, etc.). 3. Aproximación y Transporte. La aproximación es la actividad efectuada desde la salida de la base hasta la llegada al lugar del siniestro. Durante todo el trayecto se deberán usar las señales ópticas y acústicas, escogiendo el itinerario más adecuado. 4. Llegada y Estacionamiento. A la llegada deberán guardarse las distancias mínimas de seguridad, estacionando los vehículos de manera que se permita su movilización rápida ante cualquier emergencia. 5. Inspección y Evaluación del siniestro. El Jefe de Salida efectuará una inspección rápida del siniestro y una primera evaluación de la situación y de los riesgos asociados. Determinará las líneas que delimitan las zonas de intervención, socorro y seguridad. También podrá solicitar la ayuda e información de otras personas o servicios colaboradores en el lugar. 6. Preparación y petición de ayuda. En caso necesario, el Jefe de Salida solicitará a la Central medios adicionales y preverá su llegada y ubicación. Se procederá a auxiliar a las víctimas y aplicar las medidas de protección más urgentes, desde los primeros instantes de la emergencia, facilitando la evacuación del lugar afectado. 7. Establecimiento del puesto de mando. Debe existir un único mando en el siniestro. En situaciones complejas el mando se irá transfiriendo en función de la llegada de personal de rango superior. El Jefe de Salida establecerá un plan estratégico que contemplará: (a) el salvamento de vidas; (b) el salvamento de bienes,

(c) la neutralización de la causa originaria del siniestro y, (d) la restauración de la normalidad. Se establecerá, si es preciso, el Puesto de Mando avanzado, desde el que se efectuará la coordinación operativa de los grupos de acción que intervengan más directamente en la emergencia. Se transmitirán al Director del Plan los datos sobre la situación, los daños producidos o los que pudieran producirse y la viabilidad de las operaciones a realizar. 8. Información a la Central de Comunicaciones y peticiones a otros Servicios. Se dará toda la información necesaria y lo antes posible a la central, para la posible corrección en la toma de decisiones. Si hiciese falta, se solicitarán desde el Puesto de Mando las ayudas a otros servicios necesarios (Protección Civil, ambulancias, etc.). 9. Precauciones sobre las consecuencias del siniestro y de las operaciones de extinción. Se tendrán en cuenta las consecuencias tanto el propio siniestro como de los trabajos realizados para la eliminación del mismo y que puedan afectar a las personas, bienes o medioambiente. 10. Revisión de resultados. La toma de decisiones ha de ser dinámica, evaluando continuamente los resultados en función de los medios y comprobando si la situación evoluciona aumentando, estabilizándose o disminuyendo. Se ajustarán los medios a la magnitud del siniestro, retirando elementos innecesarios o solicitando otros adicionales. 11. Valoración y corrección de daños. A final del siniestro se hará la valoración de daños y pérdidas, tanto de vidas como de bienes, informando de la situación a la Central y procediendo, si es posible y con los medios disponibles, a una primera corrección urgente. 12. Recuperación de la normalidad. Incluirá operaciones tales como limpieza del entorno, apilado de materiales para dejar el área transitable, achiques de agua de extinción, descontaminación, etc. Antes de abandonar el lugar, deberemos cerciorarnos de quién y qué entidad queda a cargo de la situación y el local, si fuese necesario. 13. Retenes de vigilancia. Si la situación lo requiere, habrá que conformar retenes fijos de vigilancia en el lugar, en previsión de que el siniestro pueda volver a reproducirse, inspeccionando de forma periódica y metódica la zona afectada. 14. Recogida de material. Concluida la intervención, se procederá a la recogida y recuento de todo el material utilizado. 15. Toma de datos e información a la Central de Comunicaciones. Se recabarán todos los datos necesarios a fin de realizar luego el informe pertinente.

16. Regreso a la base del SEIS. Se comunicará a la Central el abandono del lugar y se regresará por el camino más corto posible. 17. Nueva puesta en servicio. Llegados a la base se procederá a repostar agua y combustible si es necesario, así como a la limpieza o reposición y reparación de los materiales que lo precisen. El personal se dispondrá para una nueva actuación. 18. Informe y análisis de la actuación. El Jefe de Salida cubrirá el correspondiente Informe de Actuación, y posteriormente, si así lo considera necesario, reunirá al personal para analizar la actuación realizada, y proponer, en su caso, medidas correctoras. En lo referente a la estructura, los Grupos de Intervención Operativa (GIO) estarán integrados principalmente por personal de los SEIS y personal de la Policía Local, aportando cada servicio su estructura organizativa. El responsable del GIO es el Jefe del SEIS o persona en quién delegue. Los medios con que cuenta el GIO son los propios de los servicios y, en caso necesario, los de las Empresas Municipales y Empresas Privadas del término municipal. Aunque el esquema visto corresponde a una intervención estándar, existen otros tipos de intervenciones cuyas características varían en función de la naturaleza y magnitud de la emergencia. En general, el trabajo de los SEIS se basa en el diseño de las operaciones según protocolos de actuación establecidos para cada tipo de emergencia (incendios, accidentes industriales, accidentes de tránsito, accidentes con mercancías peligrosas, inundaciones, ruinas, hundimientos, etc.) y cada nivel de alarma (habitualmente cuatro). Los niveles de alarma, los sistemas de alerta, la notificación de los mismos, la composición de los Grupos y la activación y modalidades de aplicación de los diferentes planes, son también diferentes para cada tipo de emergencia y ámbito territorial. A continuación se revisan algunos d estos tipos de intervención específica.

Intervención en incendios Las acciones de lucha contra el fuego representan aproximadamente el 30% de todas las actuaciones de los SEIS. El resto de actividades corresponden a salvamentos (accidentes de carretera, rescates en ascensores, etc.), asistencia técnica (valoración de situaciones de riesgo, gas, electricidad, apuntalamientos, etc.), actividades de prevención (revisión de locales, edificios, etc.) y acciones divulgativas (charlas a colegios, empresas, simulacros, etc.). Las intervenciones en incendios son variadas según se trate de incendios urbanos (viviendas, locales, oficinas, escuelas), suburbanos (sótanos, túneles, garajes), rurales (viviendas unifamiliares, granjas de almacenaje y cría de animales, tendejones de aperos), y forestales (monte bajo, matorrales, arbolado). Aunque todas estas actuaciones siguen el plan general de intervención, existen matices diferenciadores que deben ser tratados de forma específica según variables como la orografía, densidad demográfica, materiales combustibles implicados, características urbanísticas, etc.)

Incendios en zonas urbanas

Los principales problemas que plantean en este tipo de actuación son: (a) responder a la emergencia llegando al lugar en un tiempo razonable; (b) controlar el tráfico y los curiosos; (c) facilitar el acceso y aproximación de los vehículos contra-incendios; (d) presencia de intoxicación, muerte o quemaduras en posibles ocupantes de la vivienda o edificio; (e) coordinación de los distintos cuerpos (Bomberos, Policía y Servicios Sanitarios), y (f) abastecimiento de agua por parte de los vehículos contra-incendios, a través de hidrantes y bocas de riego que están conectadas a la red general de abastecimiento de agua a la ciudad. Una vez resueltos esos problemas, la actuación de los SEIS irá encaminada a la atención prioritaria de las víctimas, teniendo en cuenta los peligros presentes como los relacionados con electricidad, gas, falta de visibilidad, fallos en la estructura de la edificación, toxicidad de los gases desprendidos de la combustión y pirolisis de los materiales implicados, falta de oxígeno, fenómenos como el flash-over y back-draft (incendio súbito generalizado). Para ello, los SEIS deben disponer de un método de trabajo preestablecido, de normas de seguridad estrictas y equipos (transmisión, protección personal, respiración autónoma, localizadores, etc.) adecuados. El agua es el agente extintor más utilizado (abundante, barato y de amplio uso en las intervenciones), pero deben valorararse sus limitaciones y riesgos (presencia de electricidad, incompatibilidad con determinadas sustancias que reaccionan con ella, etc). Se aplica mediante ataque directo, indirecto, enfriamiento y ventilación. Si se trata de incendios emergentes, se valorará la posibilidad de utilizar extintores para minimizar sus daños. Otro mecanismo de intervención, poco valorado hasta hoy, es la ventilación como apoyo a la extinción y para la reducción de daños causados por el humo una vez extinguido dicho incendio.

Incendios suburbanos

Las precauciones a considerar son la dificultad de acceso a estos locales, la dificultad de encontrar a las víctimas y su intoxicación por humos y CO, la disponibilidad de equipos de larga duración, la dificultad de ventilación y por tanto altas temperaturas, el peligro de flash-over y back-draft (incendio súbito generalizado), la utilización de cuerdas guía y cámara de imágenes térmicas para la localización del foco del incendio, la presencia de corriente eléctrica, incluso de transformadores eléctricos. En muchas ocasiones se puede utilizar espuma de alta expansión como agente extintor. En los demás casos, agua en sus distintas formas de utilización.

Incendios rurales Las precauciones a adoptar tienen que ver con el riesgo de muerte de las víctimas por intoxicación y quemaduras, el riesgo debido al colapso de la edificación, los caminos inaccesibles para los camiones de Bomberos, el abastecimientos de agua escaso o insuficiente y la larga duración del trayecto que impide llegar al incendio en su fase inicial, dificultando su control.

Los métodos de actuación consisten en elegir camiones apropiados como pequeños todoterreno con material suficiente para este tipo de incendios (equipos de respiración, equipos de espuma, escaleras extensibles...); actuar, en muchos casos, conteniendo el incendio al encontrarse en su etapa de incendio generalizado, así como controlar el estado de la edificación por peligro de derrumbe.

Incendios forestales Se utilizan camiones forestales y vehículos ligeros. Las precauciones a considerar son los cambios constantes de la dirección del viento (variando la dirección del fuego y pudiendo afectarse las personas o los vehículos de extinción); la previsión de aprovisionamiento y relevos en casos de incendios de larga duración; los riesgos por manejo de herramienta y vehículos en zonas agrestes y a veces en horas nocturnas; la falta de abastecimiento de agua para la extinción, y el acceso dificultoso o imposible hacia el frente o los flancos. Habitualmente, hay tres clases de fuegos: (a) fuegos de subsuelo en los que se realizarán zanjas que rodeen el incendio con suficiente anchura y profundidad para impedir la propagación del fuego; (b) fuegos de copas en los que se realizarán franjas cortafuego; y (c) fuegos de suelo en los que, según su tamaño, el ataque puede ser directo o indirecto. Los métodos de intervención son el ataque directo (con agua mediante mangueras o ataque aéreo, tierra o batefuegos) y el ataque indirecto (con contrafuegos o franjas cortafuegos).

Emergencias e Intervenciones con mercancías peligrosas La Orden de 2 de Noviembre de 1981 que aprueba el Plan de Actuación para los posibles casos de Accidentes en el Transporte de Mercancías Peligrosas establece como objetivo del plan el servir de guía para que los servicios involucrados se organicen y coordinen lo más perfectamente posible de forma que, en cada caso, se actúe adecuadamente según las particularidades de la mercancía comprometida en un accidente. Este plan clasifica las emergencias en cinco tipos: • Tipo 1 (Avería o Accidente). El vehículo no puede continuar la marcha pero tanto el continente como el contenido están en perfecto estado • Tipo 2. Como consecuencia del accidente, el continente ha sufrido desperfectos pero no existe fuga o derrame del contenido • Tipo 3: Como consecuencia del accidente, el continente ha sufrido desperfectos y existe fuga o derrame del contenido. • Tipo 4: Como consecuencia del accidente, existen daños o incendio en el continente y fuga encendida en el contenido. • Tipo 5: Como consecuencia del accidente, el continente y su contenido han hecho explosión. La gravedad de la emergencia depende, entre otros factores, de la clase de

mercancía, la cantidad transportada y el lugar del accidente. El Plan de actuación se pondrá en marcha al producirse cualquier tipo de accidente, una vez que se notifica la alarma. La intervención de los SEIS tendrá como objetivos proteger vidas y propiedades, controlar el tráfico, rescatar a los heridos y personas afectadas, evacuar las viviendas y edificios en peligro, notificar a las autoridades provinciales o locales, así como a los servicios públicos, cooperar con los diferentes servicios involucrados y confeccionar la relación de los hechos acaecidos. Una intervención estándar de un SEIS frente a una emergencia con mercancías peligrosas suele constar de cuatro fases: • Primera fase (Alarma). Recibida la llamada se identificará el lugar y el riesgo, transmitiendo dicha alarma a las fuerzas de orden público y al Ayuntamiento afectado. • Segunda fase (Aproximación y toma de contacto). En el caso de que sean los bomberos los primeros en acudir a lugar del accidente, deberán efectuar las siguientes operaciones: 1. Evaluación del accidente. La aproximación al lugar del siniestro deberá efectuarse siempre que sea posible por la parte lateral del vehículo. Los vehículos de auxilio deberán detenerse a una distancia no inferior a 50 metros y en situación a favor del viento con relación al vehículo o cisterna. Se realizará un reconocimiento del vehículo y lugar del accidente, procediendo a tomar la información necesaria para la identificación de los datos exteriores del vehículo o cisterna y del conductor. 2. Señalización y corte de tráfico. Se procederá de inmediato a señalizar la zona, así como cortar y desviar el tráfico, tomando como distancia de seguridad la que las características del producto, el tipo de la emergencia, la morfología del terreno, velocidad y dirección del viento, lluvia, etc. aconsejen. No obstante se considera una distancia mínima de 1.000 metros para asegurar que los efectos de un siniestro no alcancen a las personas. • Tercera fase (Información). Si a la llegada al lugar del siniestro ya estuviesen otros servicios públicos éstos deberían completar la información al SEIS y dependiendo del tipo y gravedad de la emergencia habrían avisado a las autoridades civiles y sanitarias. En el caso de que sean los bomberos los primeros en acudir a lugar del accidente, serán éstos los que avisen a los distintos servicios públicos además de contactar con su propia central para solicitar las ayudas específicas pertinentes. La información debe contener los siguientes datos: a) localización exacta del accidente e itinerarios recomendables; b) circunstancias más destacadas del mismo (incendio, fugas, derrames, heridos, situación del conductor y vehículo); c) clase de producto (datos del panel naranja, etiquetas de peligro e instrucciones escritas (fichas de seguridad); d) nombres y datos del vehículo y cisterna; e) cuantos datos se consideren precisos para una mejor actuación. El servicio público que primero acuda al lugar del siniestro establecerá el puesto

de mando desde el que se dirigirán las operaciones y en el que colaborarán todos los servicios implicados. • Cuarta fase (Actuación). La actuación de los SEIS vendrá condicionada por la naturaleza del producto implicado, por la clasificación de la emergencia y por los medios de que se disponga. Aquí cabe mencionar la gran ayuda que suponen para los equipos que intervienen en este tipo de accidentes las Fichas de Intervención aprobadas en el BOE de 13 de junio de 1997. La complejidad de las actuaciones que pueden darse quedan resumidas en el cuadro siguiente:

TIPOS DE ACTUACIÓN DE EMERGENCIA CON MERCANCÍAS PELIGROSAS UNO (SIN DAÑOS Y SIN FUGA) 1. Señalizar la zona. 2. Trasladar el continente y el contenido a lugar seguro, si es posible. DOS (DAÑOS SIN FUGA) 1. Señalizar la zona. 2. Avisar al expedidor y transportista si procede. 3. Constituir el retén de Bomberos. 4. Trasladar continente y contenido a lugar seguro, si es posible. TRES (DAÑOS CON FUGA) 1. Corte de tráfico. 2. Evacuación. 3. Trasladar continente y contenido a lugar seguro y sin habitar, si es posible. 4. Avisar a expedidor y transportista, si procede. 5. Constituir el retén de Bomberos. CUATRO (DAÑOS O INCENDIO CON FUGA ENCENDIDA) 1. Corte de tráfico. 2. Evacuar los heridos a lugar seguro. 3. Refrigerar la cisterna, si es posible. 4. No utilizar agua, si hay una X en el panel de identificación del peligro, para la extinción del incendio. 5. Actuar según las instrucciones para accidentes de fuga encendida. CINCO (EXPLOSIÓN) 1. Cortar el Tráfico. 2. Auxiliar y evacuar las víctimas. 3. Extinguir incendios provocados por explosión. 4. Inspeccionar edificios afectados. 5. Albergar a los afectados. 6. Controlar efectos secundarios (incluye vehículo averiado o accidentado)

Intervención en accidentes con salvamento y recuperación de víctimas El objetivo más importante de los SEIS es el salvamento y recuperación de las personas que han sufrido daños como consecuencia de un accidente o una emergencia. Las acciones encaminadas a conseguir este objetivo son rescatar a las víctimas, para reparar los daños que sufran o para evitar que reciban nuevos daños; auxiliar de modo inmediato a las víctimas, preparándolas para su traslado

a un centro sanitario donde reciban tratamiento si fuera necesario; y transportar a las víctimas que lo requieran a los centros donde puedan ser reparados sus daños con medios humanos y materiales adecuados. Se debe señalar que auxiliar y transportar a las víctimas, si se cuenta con personal sanitario, será como colaboradores, en la medida que ellos lo soliciten. Los principios generales de actuación son: 1) Evaluación de la situación (valorar riesgos y necesidades para definir el Plan de Acción), 2) Hacer seguro el lugar del accidente (colocar señalizaciones, evitar el aparcamiento de vehículos, alejar a la víctima de posibles riesgos añadidos), 3) Realizar una evaluación inicial de la víctima haciendo un rápido balance de su estado, 4) Dependiendo del resultado de la evaluación inicial se pondrán en marcha las maniobras de soporte vital básico. Los puntos 3 y 4 serán asumidos por el SEIS sólo si no existe personal sanitario. Debe considerarse especialmente la seguridad, tanto del personal como de los equipos. La seguridad personal comienza con el correcto equipamiento del personal el SEIS, que usará siempre las prendas de protección personal. La seguridad de los equipos comienza con la adecuada situación del vehículo o vehículos que intervengan, dependiendo del tipo de vía (carretera o autopista), número de carriles, sentido de la circulación, etc.. En general se procurará crear con los vehículos una zona de seguridad, colocándolos de manera que uno de ellos la delimite por delante y el otro por detrás y manteniendo la máxima señalización luminosa. Además de esta zona de seguridad o de intervención se dejará un espacio libre delante para poder ubicar si fuera necesario vehículos de apoyo, ambulancias, policía, grúas, funeraria, etc. Todo este espacio se señalizará convenientemente a base de conos, triángulos de peligro etc. El personal procurará descender de los vehículos por el lado protegido y se mantendrá siempre dentro de la zona de intervención o de seguridad. La intervención en el lugar del accidente implicará la realización de una serie de operaciones que aunque aquí se reflejan de manera ordenada, en muchas ocasiones tendrán que simultanearse o alterarse en el tiempo según las particularidades del accidente, y que son: - Extinción inmediata de incendios en vehículos con personas atrapadas, en las proximidades o en otros vehículos que puedan agravar posteriormente la intervención. - Reconocimiento para valorar la gravedad de las víctimas y decidir en función de ésta el orden de rescate de las mismas, en coordinación con los servicios sanitarios si los hubiera. - Estabilización del vehículo accidentado para evitar o reducir movimientos indeseados que agraven la situación del accidentado, producidos, bien por la situación del propio vehículo o por los trabajos que se vayan a realizar sobre él. Como norma no debe variarse la posición del vehículo cuando existan ocupantes en su interior. - Prevención de posibles riesgos potenciales para evitar el agravamiento de la

situación, con operaciones como la desconexión de baterías y la colocación de un agente extintor en situación de espera (manguera de emergencia o extintor) listo para ser utilizado en caso necesario. - Abordaje para generar el suficiente espacio que facilite un acceso adecuado al herido adaptando el hueco a la víctima y que sirva como preparativo para la posterior descarcelación y rescate. Para ello, normalmente se actuará sobre las puertas, sobre el techo o sobre ambos elementos simultáneamente. - Estabilización de víctimas a fin de mantener a los accidentados en las mejores condiciones de soporte vital, garantizando así una atención correcta desde el primer momento, previa a la descarcelación del vehículo. - Descarcelación, entendiéndose como tal el conjunto de maniobras y trabajos a realizar para liberar a la víctima que como consecuencia del accidente y debido a las deformaciones que sufren los vehículos, que reducen el espacio habitable de los mismos, quedan atrapadas en el interior. Los elementos que generalmente actúan en el aprisionamiento y sobre los que se suele trabajar son: el volante, el salpicadero, los pedales y la propia carrocería. - Extracción de víctimas, que consiste en sacar físicamente a éstas del interior del vehículo, mantenidas ya en las mejores condiciones posibles de soporte vital. - Traslado de víctimas de la mejor forma posible a Centros Sanitarios, donde se les pueda prestar la atención médica que requieran. - Rastreo de la zona para descartar la posible presencia de otras víctimas no localizadas con anterioridad. - Retirada de vehículos y limpieza de la calzada con el fin de dejar expedita la vía y restablecer la circulación. Únicamente en el caso de la no comparecencia por cualquier causa, tanto de los servicios sanitarios (encargados de la atención a las víctimas) como de las fuerzas de seguridad (a los que correspondería el control del tráfico, la seguridad y orden en la zona, la investigación del accidente, la identificación de víctimas y la restauración de la circulación ) el personal del SEIS se hará cargo de todas las operaciones de la intervención dentro de sus posibilidades y conforme a los medios materiales y humanos disponibles.

Intervención en inundaciones Las causas que pueden provocar una inundación son variadas (lluvia torrencial, deshielo, crecida de ríos, roturas de diques o muros de contención de aguas, etc.) y, en general, por su magnitud como catástrofe escapa a las competencias exclusivas de los SEIS. La movilización de medios y de personal necesario para paliar sus consecuencias es a veces tan grande que los SEIS son una pequeña parte de las infraestructuras necesarias. Normalmente estos realizarán las labores más urgentes en cuanto a rescate y salvamento se refiere , sin perjuicio de continuar posteriormente colaborando en todas y cada una de aquellas otras operaciones que requieran su presencia. Ante la repentina inundación de una zona, la primera medida lógica sería trasladarse a un sitio seguro, pero en muchas ocasiones esto no es posible por diversos motivos: que el nivel de las aguas crezca rápidamente, que se produzca durante las horas nocturnas o de reposo, o que existan personas con imposibilidades físicas. Dado que los SEIS son uno de los órganos llamados a intervenir, es necesario que conozcan los procesos organizativos y de actuación para las situaciones mencionadas. En relación con las inundaciones como desastre, los objetivos del municipio en su ámbito de actuación son de dos tipos:

1. Previsión: Tener clasificado su territorio según los riesgos a evitar, valorando antecedentes conocidos (orografía, ríos, arroyos, torrentes y vaguadas que son zonas naturales de escorrentías, así como la existencia, aguas arriba, de embalses y presas, etc.) La función de esta clasificación es la de confeccionar un mapa municipal de riesgos de inundación en el que consten los siguientes datos: zonas potencialmente inundables señaladas en el mapa con curvas de nivel que representen cotas de riesgo, localización de núcleos habitados, edificios de servicios, industrias, instalaciones ganaderas y en general cualquier otro tipo de equipamiento que pueda verse afectado por las aguas. Se señalizarán las zonas evacuables, se indicarán las vías de evacuación y los lugares de recepción que en todos los casos estarán situados en zonas seguras. 2. Información: Consiste en trasladar a la población los datos y las situaciones que puedan significar riesgo de inundación, y las normas de actuación que deben adoptarse en cada caso. Esta información es de tres tipos: información propia (para evaluar situaciones); información a la población (instrucciones y normas a seguir) e información al exterior (evolución de la situación y previsión de necesidades). El plan especial de actuación en inundaciones incluye las medidas que las autoridades locales deben adoptar para la protección de personas, animales y bienes. Debe recordarse que en el ámbito municipal el Alcalde es el Jefe Local de Protección Civil y, por tanto, responsable del plan de actuación inmediata en inundaciones. Asumirá la dirección de las operaciones y tomará las decisiones que le correspondan con el asesoramiento de la Junta Local de Protección Civil. Asimismo movilizará, si fuera preciso, los medios que figuren en el Catálogo Municipal de Recursos Movilizables e incluso aquellos que, no estando catalogados, se consideren precisos. Por otro lado, y dentro del Plan de Actuación, se han de considerar las funciones a realizar por los diferentes servicios llamados a intervenir (orden público, sanitarios, técnicos de control, logística, transmisiones, evacuación y albergue, rehabilitación, prensa, etc). La forma de llevarse a cabo estas tareas vendrá determinada en función de la capacidad operativa del propio SEIS, así como de las diferentes circunstancias que concurran en el lugar afectado por la inundación. Por estos motivos, las operaciones a realizar así como las tácticas de actuación de los equipos de intervención podrán ser muy diversas. Material de salvamento y apoyo tales como cuerdas, lanzacabos, proyectores, etc., y otros de carácter especial, tales como trajes de neopreno, trajes secos, lanchas neumáticas, etc. serán de especial relevancia en estos casos.

Intervención en ruinas y hundimientos Los motivos por los que se puede llegar a producir el colapso de edificios son muy variados. Es bien conocido que desde el comienzo de la vida de un edificio

aparecen fisuras, incluso antes de acabar su construcción. El fraguado de morteros, hormigones, yesos y la humectación de los mismos suelen ser factores determinantes. En general en el origen de las lesiones intervienen tres factores, principalmente el agua (lluvia, embebida en el terreno, fugas de canalizaciones, corrientes subterráneas, etc); el terreno (por su variable capacidad de respuesta a lo largo del tiempo y los diferentes grados de compactación) y, finalmente; la propia calidad de los edificios. Las medidas de actuación que podrán llevarse a cabo serán del tipo de medidas de seguridad, de control, de recuperación y/o de demolición. En todas y cada una de estas medidas puede ser necesaria la intervención de los SEIS. En las medidas de seguridad se incluirán acciones tendentes a garantizar la estabilidad del edificio o parte del mismo durante un período más o menos dilatado de tiempo, y siempre con carácter provisional. Los SEIS podrán realizar actuaciones de carácter preventivo mediante la ejecución de obras tendentes a estabilizar elementos estructurales, mientras se acometen obras de carácter general, que cesarán cuando finalicen las obras que obligaron a su realización. Otras actuaciones de los SEIS con igual carácter de provisionalidad podrán ser de contención o sostenimiento. En este caso, la finalidad de estos actos será la de suplir en su misión de resistencia a determinados elementos estructurales de un edificio, cuando éstos han dejado de realizar tal cometido o se han visto mermados en su capacidad resistente. Su período de vigencia puede prolongarse varios años (caso de un expediente contradictorio de ruina). Las obras o acciones a emprender por los SEIS para conseguir estos objetivos, se llevarán a cabo mediante apeos o técnicas de sustentación y estabilización de elementos. Dependiendo de las circunstancias que concurran serán resueltos de diferentes formas y según las técnicas conocidas por los equipos de intervención. El hundimiento de un edificio o construcción puede ser debido a varios factores: mantenimiento inadecuado del inmueble, fatiga de elementos portantes y estructurales, movimientos sísmicos, explosiones, etc. Algunos de los factores anteriormente señalados pueden preverse con más o menos antelación por personal técnico cualificado. Llegado el caso, aunque el colapsamiento de la estructura se produjese, es poco probable que haya desgracias personales, ya que dicho riesgo estaba previsto de antemano. Otras situaciones son las que podrían producirse tras un movimiento sísmico o una fuerte explosión. En estos casos, lo inesperado del suceso sí puede dar origen a situaciones dramáticas de rescate, en las cuales es obligada la presencia de los SEIS. Además, es difícil conocer el estado residual del inmueble, y estos hundimientos casi siempre originan atrapamientos de personas y animales y harán preciso que el personal de los equipos que intervengan en las labores de rescate y desescombro pongan de manifiesto sus técnicas y conocimientos operacionales. Los diferentes tipos de estructuras, la variedad de elementos portantes existentes en la construcción, y las características propias de los elementos arquitectónicos utilizados, responderán de diferente manera ante un imprevisto

empuje que les haga perder sus cualidades y cumplir la función para la cual fueron diseñados. Así podemos encontrarnos con diferente tipos de hundimientos dependiendo de si se trata de un desplome total o parcial de la edificación y cuya clasificación se muestra en el cuadro siguiente. TIPOS DE HUNDIMIENTOS - Plano inclinado. - Descendimiento plano (hundimiento horizontal). - Marquesina (media pieza). - Espacios llenos (rellenos de escombro). - Espacios inundados ( rellenos de barro). - Espacios comprimidos por varias capas (llenos de escombros en planchas). - Locales reventados (parcialmente siniestrados). - Nidos de golondrina. Cada una de estas situaciones representa un reto para los equipos de intervención y rescate, siendo el mayor problema la localización y el salvamento de las posibles víctimas existentes entre las zonas derruidas. Para ello se contará con la ayuda de aparatos especiales, tanto de escucha (detectores geofónicos), como otras aplicaciones con fibra óptica que permiten ver y oír en lugares en los que sería imposible o muy difícil llegar, facilitando de manera notable las tareas de localización de víctimas. Perros de salvamento y rastreo serán también unos colaboradores excepcionales. Pero aunque los equipos anteriormente mencionados son de inestimable ayuda, los de intervención contarán con el asesoramiento y la colaboración del personal técnico de los diferentes servicios: de gas, electricidad y agua. También contarán con técnicos de la construcción, que con su colaboración estabilizarán la zona de trabajo mediante las obras que sean precisas a fin de garantizar la intervención de los equipos de auxilio. Posteriormente las técnicas de rastreo, rescate, penetración en huecos y extracción de materiales se realizarán según los protocolos de actuación existentes en los SEIS, pudiendo ser modificados dependiendo del desarrollo de la emergencia, los riesgos que concurran en el incidente, el tipo de hundimiento producido, los medios disponibles y el mayor o menor número de víctimas involucradas, ya que en la mayoría de estos casos, no será posible aplicar reglas rígidas e inalterables de actuación. Estas operaciones de salvamento pasarán inevitablemente por varias fases: • Fase I: Reconocimiento, salvamento inmediato de los heridos de superficie y preparación del escenario. • Fase II: Exploración de lugares de posibles supervivientes y salvamento (localización de víctimas por el sistema de llamada, utilización de fibra óptica, utilización de detectores geofónicos, apertura de boquetes y apuntalamientos). • Fase III: Retirada de escombros seleccionados. • Fase IV: Retirada total de escombros. • Fase V: Restablecimiento de la normalidad. La última fase del desarrollo de la intervención (fase de rehabilitación de medios afectados por el accidente) constituye una transición hacia la normalidad. Es una

fase distinta para cada tipo de intervención y tiene consignas generales y específicas. Las consignas comunes se refieren a (a) las personas (las personas ilesas que han perdido su vivienda o sufren un estrés grave serán conducidas a centros asistenciales, servicios sociales o albergues, según el caso); (b) la presencia de cadáveres de animales (notificar la situación a los servicios competentes en la materia para su recogida y a la Autoridad Sanitaria); (c) la delimitación de las zonas peligrosas creadas por el accidente (peligro de ruina, derrumbamiento, corrimiento, etc.); (d) el rápido despeje, limpieza y señalización de la zona afectada; (e) la ejecución de las medidas correctoras oportunas para estabilizar o demoler las estructuras con riesgo de colapso o derrumbe, y (f) la comunicación a las personas y empresas afectadas el estado final de la situación, pérdidas detectadas, y medidas a tomar por parte de la propiedad antes de la nueva puesta en servicio de la instalación, local, vivienda, o zona afectada.

Planes de prevención de riesgos Un aspecto básico de la prevención de riesgos es la idea de que es infinitamente mejor que un siniestro no se produzca a que se produzca. Ello implica evaluar la capacidad del SEIS, así como otros factores adicionales como son el tipo de siniestros potenciales (incendios, accidentes, salvamentos), riesgos personales, frecuencia de los siniestros, condiciones climatológicas, factores demográficos y geográficos, etc. etc. Y por supuesto, no debe faltar una consideración básica sobre el papel que se espera juegue el SEIS Bomberos en la protección pública. Las actividades de prevención pueden clasificarse de varias formas, pero generalmente resulta útil agruparlas de las siguiente manera: A. Prevención respecto a los propios SEIS. • Elaboración y puesta a punto de diversos planes de intervención específicos en función del siniestro ( incendio, explosión, accidente de tráfico, inundación, etc.). Aquí deben incluirse también las diferentes normativas que a nivel estatal o autonómico regulan determinadas actuaciones de los SEIS, como por ejemplo la Orden de 2 de Noviembre de 1981, Plan de actuación para los posibles casos de accidentes en el transporte de mercancías peligrosas. • Revisión y actualización de los recursos propios de los SEIS (vehículos, material específico, instalaciones de abastecimiento de agua, etc.) • Formación continúa del personal del SEIS. • Investigación de incendios, e incluso de cualquier tipo de siniestros, tanto provocados como accidentales, a fin de proponer medidas correctoras para evitarlos. • Estadísticas de todos los siniestros en los que se ha intervenido, para proceder a su análisis posterior y ver el grado de incidencia de los diferentes tipos de siniestro, así como la capacidad de respuesta de los medios del SEIS. B. Prevención respecto a la población. • Elaboración o aplicación de reglamentos relacionados con la construcción o adecuación de edificios, instalaciones diversas, transporte de mercancías peligrosas, etc. Entre los más importantes, destacamos los siguientes:

- Norma Básica de Edificación. Condiciones de Protección Contra Incendios en los edificios. (CPI/96). (R.D. 2177/1996). - Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. (R.D. 2816/1982). - Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios. (R.D. 1942/1993). • Actividades relacionadas con el cumplimiento de dichos reglamentos o normativas, tales como inspección de edificios y locales diversos, instalaciones de protección contra incendios, recorridos de evacuación, etc. • Impulsar la elaboración de los Planes de Autoprotección por parte de todas aquellas empresas o actividades que presenten un determinado riesgo de incendio o de otro tipo de accidente que incumba a una posible intervención del SEIS, como pueden ser escuelas, hospitales, locales comerciales, locales de pública concurrencia, espectáculos públicos, industrias, etc. En dichos Planes de Autoprotección deberá hacerse un estudio pormenorizado de todos los riesgos, una enumeración de todos los recursos materiales y humanos, y establecer los criterios de organización y las medidas correctoras a efectuar para neutralizar los supuestos riesgos. • Realización de simulacros de índole diversa, en todos aquellos centros enumerados anteriormente, con la intención de que, una vez producido el siniestro real, el personal o público afectado adquiera un hábito para actuar correctamente, o, en su caso, evacuar rápidamente la zona. • Formación en materia de Seguridad del personal expuesto a los diferentes riesgos con objeto de que sepan responder, a nivel preventivo y operativo, ante dichos riesgos, • Campañas de formación y divulgación enfocadas al público en general, con la idea de que adquieran unos mínimos conocimientos y sepan el comportamiento a seguir en cada caso.

Divulgación de la actividad de los SEIS La educación pública tiene dos facetas: la prevención y la respuesta en caso de siniestro. Ambas son necesarias para conseguir un cambio fundamental en la manera de reaccionar del público en general y enfrentarse a un siniestro. El público necesita ser motivado e instruido para actuar de forma que se minimicen las posibilidades de que un siniestro se origine y los efectos peligrosos del mismo en caso de que efectivamente se desencadene. Dentro de este marco expuesto, los SEIS realizan frecuentemente actividades divulgativas o formativas como las siguientes: - Atención a visitas de escolares a los centros y bases de los SEIS, donde se les muestra el material existente y se les habla del papel de los miembros de los SEIS en la sociedad actual. - Concursos de redacción y de pintura sobre temas de emergencia, dirigidos especialmente a escolares. - Teoría y práctica de prevención y extinción de incendios, dirigido

fundamentalmente a personal de empresas, cuerpos de seguridad, de mercancías peligrosas, aspirantes a bomberos, asociaciones de vecinos etc. - Edición y distribución de folletos, trípticos, etc., dirigidos al público en general donde se recogen aspectos básicos de la prevención y la extinción de incendios y otros tipos de accidentes. - Elaboración y publicación de memorias anuales sobre la composición y medios de los SEIS y actividades desarrolladas durante el año. - Exhibiciones de material y demostraciones sobre supuestas intervenciones del SEIS, con motivo de fiestas anuales, días de puertas abiertas, simulacros, etc. Anexo I: Vehículos de los servicios EIS Como ya se ha indicado, las funciones de un Servicios de EIS se agrupan en tres grandes áreas: (1) extinción de incendios, clasificados según el lugar donde se desarrollan (edificios, industrias, bosques, transporte, etc.) y la existencia o no de víctimas; (2) salvamento, que agrupa diferentes tipos de servicios relacionados con la asistencia a personas en situación de riesgo, socorro a víctimas, rescate de cadáveres, ruinas y hundimientos, neutralización de fugas y vertidos, etc.; y (3) asistencia técnica, que agrupa los servicios relacionados con la prevención, la ayuda logística y con las colaboraciones especiales. Los trabajos a realizar en cada actuación pueden verse modificados por diversas circunstancias (lugar del suceso y su entorno, condiciones climatológicas, estado de las víctimas, etc.) lo que da idea de la diversidad de situaciones de emergencia a las que debe hacerse frente. Para su resolución se precisa de personal entrenado y equipamiento adecuado en el lugar del siniestro y para su traslado se utilizan vehículos diseñados al efecto. La norma UNE 23900-83 establece las características y ensayos comunes a todos los vehículos utilizados por los bomberos que deberán cumplir la norma específica. estos vehículos constan básicamente de un autobastidor y una superestructura. El autobastidor es el elemento que sirve de base al transporte de personal, material y superestructura, produciendo la energía necesaria para el funcionamiento de ésta. Puede ser normal, con tracción trasera o delantera o del tipo todo terreno, con todos los ejes motrices. La superestructura es el equipamiento específico de cada vehículo que le permite los diferentes trabajos en las áreas de extinción de incendios, salvamentos y asistencia técnica. Según su uso preferente, así como las maniobras posibles y consecuentemente el conjunto de personal adecuado para su utilización, podemos establecer tres tipos de vehículos: (a) vehículos de incendios que incluyen las bombas urbana (ligera y pesada), rural (ligera y pesada), forestal (ligera y pesada), nodriza y vehículos con agentes especiales; (b) vehículos de salvamento como los de rescate en altura (escalera o brazo) y los multisocorro (salvamentos varios); (c) vehículos de apoyo como los vehículos de mando e inspección, ambulancias, vehículos de comunicaciones y de transportes de material y personal.

Los vehículos urbanos son los destinados a intervenir en la extinción de incendios y otras actuaciones en áreas urbanas e industriales. Según su capacidad pueden ser ligeros (hasta 2.000 litros de capacidad) y pesados (más de 2.000 litros de capacidad). Tanto por el peligro para las vidas humanas, como por las enormes pérdidas materiales que pueden producirse en estos siniestros, sus dotaciones en cuanto a hombres, material y reserva de agua, serán las adecuadas para una intervención potente y rápida. Entre otros, deberá prestarse atención especial a los siguientes puntos: - Las características mecánicas del vehículo deberán adecuarse al callejeo urbano y por tanto las aceleraciones exigidas serán elevadas, aunque ello signifique mayor potencia. (La relación peso/potencia optima es de 1/15). - Las dimensiones generales del vehículo serán reducidas para no comprometer la intervención en zonas urbanas con calles estrechas y problemas de tráfico y aparcamiento. - El material de reconocimiento y salvamento deberá estar previsto para una acción prolongada, especialmente con equipos de protección respiratoria. - Las bombas hidráulicas deberán ser de gran potencia, tanto para lograr caudales elevados como para presiones altas, a usar con los carretes de primer socorro. - El conjunto debe constituir una unidad muy versátil para efectuar una intervención razonablemente eficaz en cualquier tipo de siniestro, aún para los que no está específicamente concebido. Los vehículos rurales también pueden ser ligeros (menos de 2.000 litros) y pesados (más de 2.000 litros) y por sus características y equipo habitual podrán intervenir en incendios y otros siniestros en zonas rurales. Su equipo normalizado permitirá las operaciones propias de la extinción del incendio e incluso de salvamentos elementales y contará con elementos para facilitar la alimentación de agua en condiciones difíciles. Podrán ser empleados como vehículos forestales si se completa su dotación de material. Por las características de su sector de operación deberán disponer necesariamente de chasis o autobastidor tipo todo terreno y bomba de baja y alta presión, o presión combinada. Los vehículos forestales (ligeros y pesados) son los destinados específicamente para combatir incendios forestales, cuentan con un autobastidor del tipo todo terreno (tracción total), elevada capacidad de vadeo y con diseños de ángulos de entrada y salida propios para terrenos escarpados. Incorporan una bomba de presión combinada (alta y baja presión) que puede lanzar agua con el vehículo en marcha. Transportan el material preciso para combatir los incendios forestales, principalmente mangaje de 25 mm. de diámetro, palas, batefuegos, extintores de mochila, etc. No están dotados con material para la realización de salvamentos. Las bombas nodrizas son vehículos que por la capacidad de su cisterna y la potencia de la bomba hidráulica son idóneos para su intervención como apoyo en grandes incendios o como grandes portadores o suministradores de agua. Están indicados en incendios de cualquier tipo que precisen cantidades de agua

superiores a la que disponen los vehículos normales y se prevean acciones muy prolongadas. También en el suministro a aeronaves para la extinción de incendios forestales en aeropuertos usados circunstancialmente. Como elemento de apoyo mediante grandes instalaciones de manguera para alimentación a otros vehículos en escalamientos, y especialmente en casos en que por dificultades de acceso (urbanización deficiente, casco antiguo en ciudades, vías cortadas por catástrofes, montes, etc.) sólo pueden intervenir cerca del siniestro vehículos de potencia o capacidad inferior a la adecuada. En general, en todo servicio en el que sean precisas grandes cantidades de agua, incluido el abastecimiento de agua a poblaciones o industrias por cualquier razón de urgencia. Los vehículos con agentes especiales se usan en fuegos específicos e incendios en los que están afectados combustibles para cuyo combate se requieren agentes extintores especiales. Se clasifican en vehículo de agente único (en incendios en los que se requiere gran cantidad de un determinado agente extintor distinto del agua, como polvo, CO2, espuma, etc. por las características especiales del combustible o del lugar incendiado) y vehículos de múltiples agentes (combinan la posibilidad de utilización de dos o más de estos agentes extintores lo que les confiere mayor versatilidad, a costa lógicamente de su capacidad). Los vehículos de salvamento incluyen diferentes tipos de vehículos que pueden efectuar operaciones específicas en cada siniestro, tanto facilitando determinadas maniobras en incendios como operando sin más ayudas en otros servicios. Entre ellos están los vehículos de altura y multisocorro. Los vehículos de altura permiten el acceso a lugares elevados para efectuar ataques al fuego, realizar salvamentos o cualquier otro trabajo, y pueden ser de brazos (telescópicos o articulados) o de escalera (manuales, semiautomáticas y automáticas). Constan de un autobastidor convencional y una superestructura compuesta por los siguientes elementos: - Sistema motriz: Conocido como cuerpo de escala, realiza la elevación, extensión y giro de los tramos de la escalera o brazo. Está constituido por una o más bombas hidráulicas que, accionadas desde los puestos de mando (uno en el vehículo y otro en la cesta) realizan las funciones requeridas. - Sistema de equilibrado: Su función es conseguir una buena estabilidad de la base de apoyo del vehículo para lo que dispone de bloqueo de ballestas, apoyos o estabilizadores para aumentar la superficie de trabajo y absorber los momentos de vuelco y dispositivos de ajuste y nivelación para conseguir que los peldaños de la escala queden horizontales, aunque el chasis se halle inclinado. - Juego de tramos: Formados por perfiles tubulares de acero electrosoldados, se deslizan sobre rodillos de material plástico hasta alcanzar la altura deseada (18, 24, 30, 37 ó 50 metros). En su parte delantera cuenta con una cesta para el traslado de personas donde se le puede acoplar una lanza monitora para ataque al fuego (caudal de 1.000 litros por minuto). Su capacidad de carga es de 240 Kgs. - Brazos escalera: Al igual que la escalera, cuenta con un sistema motriz y un

sistema de equilibrado y nivelación, diferenciándose de la escalera en que cuenta con un brazo telescópico (estructura que permite mayor capacidad de carga) que lleva adosada una escalera en toda su longitud y al final un brazo o snorquel de 5 metros que le permite adoptar diferentes ángulos con respecto al brazo principal. Lleva incorporada una cesta con una capacidad de carga de 500 Kgs. y un monitor de agua capaz de lanzar 3.800 litros por minuto desde su máxima altura. - Brazos articulados: Se diferencian de los anteriores en su estructura, consistente en tramos unidos entre sí mediante articulaciones o codos que le permiten adoptar diferentes ángulos dentro de su campo de trabajo. Precisa un autobastidor de grandes dimensiones y una superficie de trabajo muy amplia. Su utilización es muy escasa.

Vehículos Multisocorro Pueden actuar de forma autónoma o en combinación con otro tipo de unidades en siniestros y accidentes en los que las tareas de salvamento y rescate sean una más de las operaciones dentro de un conjunto frecuentemente complejo. Sus características y dotaciones de equipo son muy variadas, normalmente diseñados en función de los riesgos de la zona donde presta sus servicios. Generalmente suelen contar con herramienta hidráulica (bomba de combustión y bomba manual, cizalla, separador, gato, etc.), herramienta neumática (cojines de alta y baja presión para elevación de cargas, material de taponamiento de fugas en cisternas, contenedores, tuberías, etc.), herramientas de iluminación (grupos electrógenos, focos, cables alargadores, cajas de conexión, etc.), herramienta de rescate (tornos de salvamento, cuerdas, descensores, etc.) motosierras, mototronzadora, herramienta manual, material para actuar en presencia de mercancías peligrosas, etc. Su autobastidor es del tipo todo terreno y puede contar con una grúa que le permita modificar su equipamiento mediante un sistema de contenedores en función del servicio a realizar.

Vehículos de apoyo Están diseñados para realizar funciones de mando operativo y apoyo logístico. Los de mando dispondrán de elementos de radio-comunicación muy completos y estarán dispuestos para llevar y manejar información de todo tipo en forma de fichas, mapas, etc. Los vehículos de apoyo logístico deben cubrir tanto las funciones de transporte habituales como las de intendencia y suministro de materiales, carburantes o utillajes, y también el desplazamiento del personal en las diversas intervenciones y especialmente las de larga duración y que signifiquen movilizaciones importantes o extemporáneas. Las ambulancias se describen con todo detalle en el tema de transportes sanitarios.

ÍNDICE DEL TEMARIO 1. CONCEPTOS GENERALES 1.1. ACTUACIÓN DE LOS BOMBEROS

1.2. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES La promulgación en 1995 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales introducía un elemento de confusión al especificar que sus exigencias no serían aplicables a los servicios operativos de protección civil en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública. Con esa redacción, ¿quedaban fuera de la Ley los servicios que “tienen como función” intervenir en ese tipo de operaciones?, ¿o quería decir que la Ley no se aplicaría a esos servicios “cuando intervienen” en esas situaciones?. Interpretaciones posteriores parecen coincidir en que, si bien la Ley no es aplicable a la intervención directa en operaciones, sí entran dentro de las normas que protegen la seguridad y salud los trabajos de preparación y entrenamiento que realizan esos servicios, como son los realizados en los Parques de Bomberos.

DERECHOS DE LOS TRABAJADORES En general, fuera de las intervenciones de emergencia y con respecto a la prevención de riesgos laborales, los Bomberos tienen los siguientes derechos: -Evitar los riesgos en su origen y evaluar los que no se puedan evitar. -Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro teniendo en cuenta la evolución de la técnica. -Consulta, participación y propuestas a través de órganos de representación como: -Comités de empresa, Delegados de Personal y Representantes Sindicales. -Comité de Seguridad y Salud. -Delegados de Prevención -Recibir información sobre los riesgos de su trabajo. -Formación preventiva gratuita dentro de la jornada de trabajo, siempre que sea posible. -Paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente. -Vigilancia de su estado de salud. -El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores. En cuanto a sus obligaciones en esta materia, la ley establece las siguientes: -Velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras

personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, según sus posibilidades. -Usar adecuadamente los medios y equipos de protección. -No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad. -Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados o al servicio de prevención, acerca de cualquier situación de riesgo. -Cumplir las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas. -Cooperar con los responsables del Servicio para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores.

SEGURIDAD EN EL MANEJO DE HERRAMIENTAS Y EQUIPOS -El diseño y fabricación de las herramientas y equipos deben cumplir las normas legales o reglamentarias que les sean aplicables y debe respetar los principios ergonómicos y de seguridad. -Deben ser adecuados al portador, tras los ajustes necesarios. -Los dispositivos de alarma del equipo de trabajo deberán ser perceptibles y comprensibles, fácilmente y sin ambigüedades. -Cada trabajador debe tener acceso a las instrucciones del fabricante de cada equipo, preferentemente por escrito, sobre utilización, almacenamiento, mantenimiento, limpieza, desinfección cuando proceda, y reparación. Esta información deberá ser comprensible para los trabajadores. -Todos los equipos que lo permitan deben ser de uso personal. Si las circunstancias no lo permiten, se debe garantizar, en todo caso, la salud y la higiene de todos. -Salvo en casos particulares excepcionales, cada herramienta o equipo solo deberá utilizarse para los usos previstos en cada caso y, después de su utilización, deben colocarse en el lugar indicado para ello. -Se debe informar de inmediato al superior jerárquico directo de cualquier anomalía que se observe. -El Servicio debe garantizar el mantenimiento, la formación y el entrenamiento que sean necesarios para un manejo seguro. -Dejarán de utilizarse si se producen deterioros, averías u otras circunstancias que comprometan la seguridad de su funcionamiento.

SEGURIDAD EN LOS PARQUES DE BOMBEROS El Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Del contenido de esa Norma, destacamos una serie de condiciones cuyo cumplimiento debe exigirse en todos los Parques de Bomberos. -EDIFICACIÓN. Los elementos estructurales no presentarán grietas, deformaciones, desplomes, pandeos, flechas excesivas, sobrecargas, etc. que puedan comprometer su estabilidad. Los suelos serán de materiales no resbaladizos, fijos, estables, sin irregularidades

ni pendientes peligrosas. Donde exista la posibilidad de pequeños derrames de grasas, combustibles, etc., se dispondrán elementos antideslizantes. La anchura mínima de paso en las puertas de salida será de 0,80 metros. La anchura mínima de los pasillos y zonas de paso que lleven a una salida será, en todo caso, de 1 metro como mínimo. Las puertas y portones mecánicos tendrán dispositivos de parada de emergencia de fácil identificación y acceso, y podrán abrirse de forma manual, salvo si se abren automáticamente en caso de avería del sistema de emergencia. Las puertas y portones que se abran hacia arriba estarán dotados de un sistema de seguridad que impida su caída. Las puertas correderas estarán provistas de un sistema de seguridad que les impida salirse de los carriles y caer. Las puertas de vaivén serán transparentes o tendrán partes transparentes que permitan la visibilidad de la zona a la que se accede. Las puertas transparentes tendrán una señalización a la altura de la vista. Las salidas de evacuación, así como las zonas de paso hacia ellas, permanecerán libres de objetos, almacenamientos y obstáculos que entorpezcan el paso. Los lados abiertos de las escaleras y rampas de más de 60 centímetros de altura se protegerán con barandillas de 0,90 metros de altura que dispongan de una protección que impida la caída de personas o de objetos. Los lados cerrados tendrán un pasamanos, a una altura mínima de 0,90 metros. Si la anchura es mayor de 1,20 metros se colocará pasamanos en ambos lados. Las aberturas o desniveles que supongan un riesgo de caída de personas a una altura igual o mayor de 2 metros se protegerán mediante barandillas con 90 centímetros de altura u otros sistemas de protección de seguridad equivalente, que podrán tener partes móviles cuando sea necesario disponer de acceso a la abertura. Las dimensiones de los locales de trabajo tendrán, como mínimo: -En la zona de vehículos: 3 metros de altura de suelo a techo. -En el resto del edificio: 2,50 metros de altura de suelo a techo. -Superficie libre: 2 metros cuadrados por trabajador. -Volumen no ocupado: 10 metros cúbicos por trabajador. -ASEOS, RETRETES Y DUCHAS (dotación obligatoria en cada Parque). -Tendrán lavabos con agua potable fría y caliente, espejo, jabón y medios especiales de limpieza que sean necesarios y toallas individuales u otro sistema de secado con garantías higiénicas. Las duchas tendrán agua corriente, caliente y fría -Los retretes dispondrán de descarga automática de agua y papel higiénico. Las cabinas estarán provistas de una puerta con cierre interior y de una percha. -Sus dimensiones deberán permitir la utilización sin dificultades o molestias, teniendo en cuenta en cada caso el número de personas que vayan a utilizarlos simultáneamente. -Los aseos y los retretes estarán separados para hombres y mujeres (en caso de

que no fuera posible, deberá preverse una utilización por separado de los mismos. En los retretes que hayan de ser utilizados por mujeres se instalarán recipientes especiales y cerrados). -No se utilizarán para almacenamientos o usos distintos de aquellos para los que están destinados. -VESTUARIOS (dotación obligatoria en cada Parque). -Estarán provistos de asientos y de armarios o taquillas individuales con llave y con separación para la ropa de trabajo y para la de calle. Su capacidad será suficiente para guardar la ropa y el calzado. -No serán utilizados para almacenamientos o para otros usos distintos de aquellos para los que están destinados. -Estarán separados para hombres y mujeres y con fácil comunicación con los aseos. -BOTIQUÍN (dotación obligatoria en cada Parque). -Un botiquín portátil, como mínimo, claramente señalizado, contendrá desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables. El material de primeros auxilios se revisará periódicamente y se irá reponiendo tan pronto como caduque o sea utilizado. -Los lugares de trabajo con más de 50 trabajadores deberán disponer de un local, claramente señalizado y de fácil acceso para las camillas con, como mínimo, un botiquín, una camilla y una fuente de agua potable. La autoridad laboral puede determinar que también sea obligatorio en lugares de trabajo de más de 25 trabajadores. -LOCALES DE DESCANSO. -Los Parques deben tener un local de descanso de fácil acceso o área que lo haga posible, a disposición del personal y dotados de mesas y de asientos con respaldo en número suficiente para los trabajadores que deban utilizarlos simultáneamente. La dotación de cocinas no viene contemplada en el Decreto. -INSTALACIÓN ELÉCTRICA. La instalación eléctrica no deberá entrañar riesgos de incendio o de electrocución. Conviene que un instalador electricista autorizado efectúe una revisión anual de las instalaciones eléctricas extendiendo el Boletín de reconocimiento a que se refiere la Instrucción MIBT-042-2. -ILUMINACIÓN. -La iluminación artificial general estará complementada, a la vez, con una iluminación localizada en las zonas donde existan riesgos apreciables de caídas, choques u otros accidentes y donde se efectúen tareas en las que un error de apreciación visual pueda suponer un peligro.

-La distribución de los niveles de iluminación será lo más uniforme posible, evitando variaciones bruscas de luminancia dentro de la zona de operación y entre ésta y sus alrededores. -Se evitarán los deslumbramientos directos producidos por la luz solar o por fuentes de luz artificial de alta luminancia y los deslumbramientos indirectos producidos por superficies reflectantes situadas en la zona de operación o sus proximidades. -Se dispondrá, además, de los puntos de alumbrado de emergencia necesarios. -TEMPERATURA. -La instalación de calefacción o de aire acondicionado en el Parque deberá garantizar que la temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros ha de estar comprendida entre 14 y 25º C. Donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará comprendida entre 17 y 27º C. -En todo caso, deberán evitarse los cambios bruscos de temperatura, la irradiación excesiva y, en particular, la radiación solar a través de ventanas, lucernarios o tabiques acristalados. -El aislamiento térmico de los locales cerrados debe adecuarse a las condiciones climáticas propias del lugar. -HUMEDAD RELATIVA. -La humedad relativa estará comprendida entre el 30 y el 70%, excepto en los locales donde existan riesgos por electricidad estática en los que el límite inferior será el 50%. -VENTILACIÓN. -Para evitar el ambiente viciado y los olores desagradables, la renovación mínima del aire de los locales de trabajo, será de 30 metros cúbicos de aire limpio por hora y trabajador, en el caso de trabajos sedentarios en ambientes no calurosos ni contaminados por humo de tabaco y de 50 metros cúbicos, en los casos restantes. -Los trabajadores no deberán estar expuestos de forma frecuente o continuada a corrientes de aire cuya velocidad exceda los siguientes límites: -Trabajos en ambientes no calurosos: 0,25 m/s. -Trabajos sedentarios en ambientes calurosos: 0,50 m/s. -Trabajos no sedentarios en ambientes calurosos: 0,75 m/s. -Para las corrientes de aire acondicionado, el límite será de 0,25 m/s en el caso de trabajos sedentarios y 0,35 m/s en los demás casos. -SEÑALIZACIÓN. -Estarán claramente señalizadas las zonas en las que exista riesgo de caída de

personas o de objetos o de contacto o exposición a elementos agresivos y las vías y salidas situadas en los recorridos de evacuación. -La señalización se fijará en los lugares adecuados y será duradera. El emplazamiento de las señales será fácilmente visible y bien iluminado. Si la iluminación general es insuficiente, se empleará una iluminación adicional o se utilizarán colores fosforescentes o materiales fluorescentes. -EXTINTORES PORTÁTILES. -En todos los Parques se dispondrán extintores fácilmente accesibles de eficacia mínima 21A-113B, colocados de forma que ningún punto esté a más de 15 metros de recorrido real de un extintor. Desde cada punto del edificio debe verse un extintor o una señal indicadora de su ubicación. -El manómetro debe señalar presión suficiente. En los extintores de CO2, que no llevan manómetro, la comprobación se debe hacer controlando su peso. -La fecha de la placa de timbre debe indicar que fue retimbrado después de 5 años atrás. -LIMPIEZA -Los revestimientos y acabados superficiales de suelos, paredes y techos serán de materiales que permitan su fácil limpieza. -Los lugares de trabajo, incluidos los locales de servicio, y sus respectivos equipos e instalaciones, se limpiarán periódicamente y siempre que sea necesario para mantenerlos en todo momento en condiciones higiénicas adecuadas. -Se eliminarán con rapidez los desperdicios, las manchas de grasa, los residuos de sustancias peligrosas y demás productos residuales que puedan originar accidentes o contaminar el ambiente de trabajo. -MANTENIMIENTO. -Los lugares de trabajo y sus instalaciones deberán ser objeto de un mantenimiento periódico, de forma que se subsanen con rapidez las deficiencias que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores. En el caso de las instalaciones de protección, el mantenimiento deberá incluir el control de su funcionamiento. -ZONAS DE TRABAJO AL AIRE LIBRE. -En los lugares de trabajo al aire libre y en los locales de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas para que los trabajadores puedan protegerse, en la medida de lo posible, de las inclemencias del tiempo.

-RESPONSABILIDAD EN EL CUMPLIMIENTO DE ESTAS NORMAS. -La obligación de adoptar las medidas necesarias para que la utilización de las instalaciones de los Parques no originen riesgos para la seguridad y salud de los Bomberos, corresponde a los Ayuntamientos, Diputaciones y Consorcios titulares de los servicios contra incendios. -Pero esa responsabilidad también es compartida por los propios Bomberos quienes, a través de los Comités de Seguridad y Salud, de los Delegados de Prevención y de los representantes sindicales, deben participar y ser informados y consultados sobre las medidas adoptadas y los medios utilizados. Incluso pueden recurrir a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social si consideran que las condiciones del Parque no son suficientes para garantizar la seguridad y la salud en el trabajo. -Esa responsabilidad significa, en primer lugar, la obligación de conocer las condiciones que deben cumplir los lugares de trabajo. Una vez conocidas deberán respetarse y exigirse.

MATERIAS PELIGROSAS

1) DEFINICION DE MATERIA PELIGROSA. 2) CLASIFICACION DE LAS MATERIAS PELIGROSAS. -

Clase Clase Clase Clase Clase Clase Clase Clase Clase

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Sustancias y objetos explosivos. Gases comprimidos, licuados, disueltos a presión y refrigerados. Líquidos inflamables. Sólidos inflamables. Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos. Sustancias tóxicas e infecciosas. Materiales radiactivos. Sustancias corrosivas. Sustancias peligrosas varias.

3) IDENTIFICACION DE MATERIAS PELIGROSAS. -

Método 1º : Lugar y actividad. Método 2º : Tipo y forma de los recipientes. Método 3º : Colores. Tuberías industriales y sus colores de identificación. Señalización por el color de los gases industriales. Método 4º : Placas y etiquetas. Nombre de la mercancía. Número ONU. Etiquetas y rótulos de peligro. Panel naranja. Código HAZCHEM. Diamante de peligro. Método 5º : Fichas y documentos. Carta de porte. Fichas de seguridad. Método 6º : Aparatos de detección y medida. Método 7º : Sentidos. Resumen.

1 DEFINICIÓN DE MATERIA PELIGROSA Materia peligrosa es todo material nocivo o perjudicial que, durante su fabricación, almacenamiento, transporte o uso, pueda generar o desprender humos, gases, vapores, polvos o fibras de naturaleza peligrosa ya sea explosiva, inflamable, tóxica, infecciosa, radiactiva, corrosivo o irritante en cantidades que

tengan probabilidad de causar lesiones y daños a personas instalaciones o medio ambiente. Hoy en día no podríamos prescindir de estas materias que están catalogadas como peligrosas. No es posible imaginar un año 2.000 sin que exista la gasolina que nos proporciona la energía para los medios de transporte, o sin los abonos necesarios para aumentar la cantidad y calidad de las cosechas, o sin todos los derivados de los plásticos, o sin los desinfectantes como el cloro, que nos garantiza la salubridad del agua, o sin los medicamentos que preservan nuestra salud. Algunos de los productos considerados como peligrosos son materias primas y, por lo tanto, hay que transportarlos desde los puntos de extracción, por lo general zonas no industrializadas, hacia los países desarrollados; otras materias peligrosas son productos intermedios, que se utilizan en los procesos industriales; y finalmente, hay otros que son productos terminados y elaborados y que hay que transportarlos desde el lugar de producción y fabricación, distribuyéndolas hasta los puntos de consumo. Cuando estas sustancias son objeto de transporte, se denominan mercancías, ya sean materias, sustancias u objetos.

2 CLASIFICACIÓN DE LAS MERCANCIAS PELIGROSAS El Comité de Expertos de Seguridad de la ONU, en sus " Recomendaciones relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas" ( Libro NARANJA) establece el siguiente esquema de clasificación para todas las mercancías peligrosas ( el orden de enumeración no guarda relación con la magnitud del peligro ) :

Clase 1. Sustancias y objetos explosivos. a) Las sustancias explosivas, excepto las que son demasiado peligrosas para ser transportadas y aquellas cuyo principal riesgo corresponde a otra clase. b) Los objetos explosivos. Las sustancias y objetos no mencionados en los apartados a) y b), que se fabriquen para producir un efecto práctico, explosivo o pirotécnico.

Clase 2. Gases comprimidos, licuados, disueltos a presión y refrigerados. Pertenecen a esta clase : a) Los gases permanentes : gases que no se licúan a las temperaturas ambientes. b) Los gases licuados: gases que pueden licuarse a presión y temperatura ambiente. c) Los gases disueltos : gases disueltos a presión en un disolvente, que puede estar absorbido por una sustancia porosa. d) Los gases permanentes refrigerados : por ejemplo, aire líquido, oxígeno...etc.

Los gases tóxicos comprimidos también pueden ser incluidos en la clase 6 división 6.1.

Clase 3. Líquidos inflamables Son líquidos inflamables los líquidos, mezclas de líquidos o líquidos que contienen sustancias sólidas en solución o suspensión ( pinturas, barnices,lacas...etc, siempre que no se trate de sustancias incluidas en otras clases por sus características peligrosas) que despidan vapores inflamables a una temperatura no superior a 60,5 º C.

Clase 4. Sólidos inflamables. Sustancias que presentan riesgo de combustión espontánea. Sustancias que en contacto con el agua desprenden gases inflamables. Esta clase abarca:

4.1 Sólidos inflamables.

Sustancias sólidas que no están clasificadas como explosivas, pero que se inflaman con facilidad o pueden provocar o activar incendios por fricción.

4.2 Sustancias que presentan riesgo de combustión espontánea.

Sustancias que pueden calentarse espontáneamente en las condiciones normales de transporte. Sustancias que en contacto con el agua desprenden gases inflamables. Sustancias que por reacción con el agua pueden hacerse espontáneamente inflamables o desprender gases inflamables en cantidades peligrosas.

Clase 5. Sustancias comburentes. Peróxidos orgánicos. Esta clase comprende :

5.1 Sustancias comburentes.

Sustancias que, sin ser necesariamente combustibles, pueden, generalmente liberando oxígeno, causar o facilitar la combustión de otras.

5.2 Peróxidos orgánicos.

Los peróxidos orgánicos son sustancias térmicamente inestables que pueden sufrir una descomposición exotérmica inestable o una descomposición exotérmica autoacelerada. Además, pueden tener una o varias de las propiedades siguientes: Ser susceptibles de una descomposición explosiva. Arder rápidamente. Ser sensibles a los choques o fricción. Reaccionar peligrosamente al entrar en contacto con otras sustancias. Causar daños a la vista.

Clase 6. Sustancias venenosas ( tóxicas) y sustancias infecciosas. Esta clase comprende :

6.1 Sustancias venenosas ( tóxicas).

Son sustancias que pueden causar la muerte o lesiones graves o que pueden ser nocivas para la salud humana si se ingieren o inhalan o si entran en contacto con la piel.

6.2 Sustancias que contienen microorganismos que pueden producir enfermedades en los animales y en el hombre. Clase 7. Materiales radiactivos. Se entiende por material radiactivo todo aquel cuya actividad específica sea superior a 70 kBq/Kg ( 0,002 uCi/g)

Clase 8. Sustancias corrosivas. Son sustancias que, por su acción química, causan lesiones graves a los tejidos vivos con que entran en contacto.

Clase 9. Sustancias peligrosas varias. Son sustancias y objetos, que durante el transporte, presentan un riesgo distinto de los correspondientes a las demás clases.

Todos tenemos nuestra experiencia llena de ejemplos sobre la importancia de la verificación de la información recibida en un primer momento y de como ésta por las circunstancias del comunicante, la situación de emergencia y por las propias dificultades de recabar una información completa en un primer instante, no siempre se ajusta a la realidad. Asimismo, la falta de información sobre la existencia de materias peligrosas hace que en muchas ocasiones se corran riesgos que debiéramos considerar innecesarios. Por lo tanto, ante un incidente en el que estén o puedan estar involucradas MMPP y frente al impulso inicial de actuar con la máxima celeridad, se debe imponer un primer reconocimiento para entre otras acciones, IDENTIFICAR la MMPP implicada. LA IDENTIFICACION DE LA MMPP SERA UNO DE LOS OBJETIVOS PRIORITARIOS DE LOS EQUIPOS DE BOMBEROS Hay 7 métodos básicos de identificación de materias peligrosas. Son : Lugar y actividad. Tipo y forma de los recipientes. Señales y colores. Placas y etiquetas. Fichas y documentos. Aparatos de detección y medida. Sentidos. La identificación o verificación de la información recibida, puede realizarse en la mayoría de los casos a distancia, con la utilización si fuese necesario, de prismáticos, evitando de esta forma someter al personal que interviene a riesgos innecesarios hasta que se hayan identificado con seguridad los peligros existentes.

METODO 1º : LUGAR Y ACTIVIDAD LA presencia de MMPP, no sólo están restringidas a las emergencias producidas en la industria o en el transporte, sino que también nos las podemos encontrar en supermercados, garajes, e incluso en nuestros hogares. Estas localizaciones potenciales pueden ser clasificadas en 4 áreas básicas: Producción. Almacenamiento. Transporte. Uso. Mientras que de muchas localizaciones es clara la presencia de materiales peligrosos, en otros casos es mucho más dudosa a priori la determinación de su presencia.

Ante una emergencia con MMPP, la localización de la misma en alguna de las 4 áreas básicas (producción, almacenamiento, transporte uso), nos puede dar desde los primeros momentos alguna referencia sobre el tipo o tipos de productos que pueden estar implicados. Por otra parte, es importante para la determinación de estos lugares potencialmente peligrosos, realizar en cada comunidad y con carácter preventivo, un análisis de los riesgos existentes y de su localización, de tal forma que los Servicios de Bomberos los conozcan antes de la emergencia. METODO 2º : TIPO Y FORMA DE LOS RECIPIENTES El 2º método para identificar las materias peligrosas involucradas en un incidente, consiste en observar las características ( tamaño, forma...etc) del recipiente que contiene dicho producto. La forma de algunos recipientes es tan característica que la presencia de algunas materias peligrosas puede ser determinada. Este indicador se convierte particularmente importante cuando se produce un incidente en el transporte. Contenedores indicativos incluyen los utilizados para el transporte de materiales radiactivos, productos presurizados, criogénicos y corrosivos entre otros. Ejemplos : Las cisternas que transportan productos presurizadas (gases licuados) tienen forma redondeada. Las cisternas que transportan productos no presurizadas (líquidos inflamables) tienen forma elíptica. Las cisternas para el transporte de productos tóxicos o corrosivos tienen la zona de válvuleria tapada con una cubierta de protección.

METODO 3º : SEÑALES Y COLORES El color se utiliza cada vez más en la señalización de seguridad por ser un sistema rápido de identificación de riesgos. Los recipientes que contienen materias peligrosas, tienen a menudo marcas específicas o colores que dan alguna indicación de su riesgo , o al menos, de su contenido. Entre la amplia gamas de colores naturales existentes, se han seleccionado y normalizado aquellos que por sí solos o acompañados de símbolos, fijan tanto el riesgo como los niveles de los mismos y en muchos casos sirven para orientar a los bomberos sobre los procedimientos a seguir.

Tuberías industriales y colores de identificación En emergencias interviniendo tuberías industriales, especialmente plantas químicas, lo primero que hay que hacer es identificar el tipo de fluido que conducen las tuberías. Por el color se sabrá al momento el producto o productos afectados y se actuará con precisión. Los colores normalizados se aplican a lo largo de tuberías o bien en bandas de 2025 cm. de ancho junto a válvulas, bombas y en tramos sucesivos en toda su longitud. Es norma también grabar en negro el nombre del producto y fijarlo en los lugares más visibles. La normativa recomienda emplear pigmentos resistentes, para que los ácidos y otros fluidos que circulen por las tuberías no alteren o deterioren los colores de identificación.

Señalización por el color de los gases industriales. Es imprescindible que los bomberos conozcamos la señalización de los gases industriales contenidos en botellas. De esta forma y ante cualquier emergencia, podremos identificar a distancia y con rapidez, cualquier gas y actuar correctamente en cada caso. Los gases contenidos en botellas o botellones, se identifican según sea su color : cuerpo: el color del cuerpo de la botella identifica el grupo a que corresponde el gas contenido. Ejemplo : cuerpo rojo = gas inflamable. ojiva y franja : los colores de la ojiva, permite conocer el gas contenido en función al color del cuerpo de la botella. ( Ejemplo : cuerpo rojo y ojiva marrón = acetileno.)

En las mezclas de gases industriales, los cuerpos de las botellas van pintados con el color correspondiente al gas mayoritario, y las ojivas están pintadas en forma de cuarterones con los colores de los gases componentes. Las mezclas de gases utilizados para fines específicos ( mezclas de calibración), llevan el cuerpo y la ojiva de color gris plateado.

METODO 4º : PLACAS Y ETIQUETAS Otro método de identificación da las MMPP, consiste en la colocación en las unidades de transporte y en los bultos que contengan este tipo de productos de paneles, etiquetas y rótulos especiales, indicativos de sus riesgos. Estos sistemas de identificación, son simplemente otra pista a la hora de identificar las MMPP, y pueden no ser considerados como una definitiva fuente de identificación, ya que la experiencia demuestra que un número substancial de vehículos están señalizados incorrectamente o incluso sin señalizar.

Los procedimientos para la identificación de MMPP mediante estos sistemas son: Nombre de la mercancía. Número ONU. Etiquetas de peligro. Panel naranja. Código Europeo. Código HAZCHEM. Código NFPA.

Nombre de la mercancía. Número ONU. Con el fin de facilitar la identificación de cada una de las sustancias peligrosas, se ha adoptado un código numérico de cuatro cifras, dando un número a cada una de las mercancías peligrosas ; el número ONU. La utilización del número de las Naciones Unidas, resuelve el problema de los distintos nombres técnicos que pueden adquirir los productos en cada idioma y evita las confusiones que pueden producirse debido al uso de distintas denominaciones comerciales para un mismo producto. En cada bulto o envase debe figurar de designación oficial de transporte de la mercancía peligrosa y el correspondiente Numero ONU.

Etiquetas de peligro y rótulos. Las etiquetas de peligro indicativas de los riesgos, están destinadas principalmente a ser colocadas sobre las mercancías o sobre los bultos o envases que las contienen. El sistema de etiquetado se basa en la clasificación de las mercancías peligrosas y tiene las siguientes finalidades : Hacer que las mercancías peligrosas sean fácilmente reconocibles a distancia por el aspecto general ( símbolo, color y forma ) de sus etiquetas. Hacer que la naturaleza del riesgo sea fácilmente reconocible mediante unos símbolos. Los cinco símbolos principales son: 1. La bomba : Peligro de explosión. 2. La llama : Peligro de incendio. 3. La calavera y las tibias cruzadas : Peligro de envenenamiento. 4. El trébol esquematizado : Peligro de radiactividad. 5. Los líquidos goteando de dos tubos de ensayo sobre una mano y una plancha de metal : Peligro de corrosión.

Otros símbolos complementarios utilizados son: Una llama sobre un círculo : Comburentes. Una botella : Gases comprimidos no inflamables. Tres medias lunas sobre un círculo : Sustancias infecciosas. Un aspa sobre una espiga de trigo : Sustancias nocivas que deben colocarse a distancia de los alimentos. Siete franjas verticales : Sustancias peligrosas varias. Los rótulos son etiquetas de peligro ampliadas y deber ir colocadas en las paredes externas de las unidades de transporte para advertir que las mercancías transportadas son peligrosas y presentan riesgos. Las unidades de transporte que lleven MMPP o residuos, deben llevar rótulos en al menos dos lados opuestos de la unidad. Los rótulos deben tener unas dimensiones mínimas de 25x25 y ser resistentes a la intemperie. Excepto las mercancías de la clase 1, todas las demás deben llevar el número ONU de la mercancía en el centro del rótulo, o bien una placa naranja de 30x23, colocada al lado del rótulo.

Panel naranja El panel naranja es una placa rectangular de 40x30 ó 40x40, de color naranja dividida horizontalmente por una raya negra y con un reborde negro, que se utiliza para señalizar algunas unidades de transporte de mercancías peligrosas. En la parte superior del panel naranja figura el código de peligro, un código numérico que indica el riesgo de las mercancías transportadas. Se compone de dos o tres cifras y a veces una letra. A cada cifra le corresponde un significado diferente y según esté situado en primero, segundo o tercer lugar, tiene una importancia distinta. La cifra que está colocada en primer lugar indica el riesgo principal de la mercancía transportada. La segunda o tercera cifra indican los peligros secundarios. En la parte inferior del panel aparece un número de cuatro cifras que indica el tipo de producto que transporta, es decir : el Número ONU.

Código Hazchem El código Hazchem es utilizado en el transporte de MMPP en el Reino Unido. Este código, no centra su atención en indicar las propiedades de un producto químico, sino que se concentra en las acciones inmediatas de emergencia que hay que realizar para mitigar los efectos del incidente; así también garantiza la seguridad de las personas de los equipos de emergencia. Está dividido en cinco secciones: Código de acción de emergencia: consiste en un número seguido por un máximo de dos letras. El número de una sola cifra, se refiere a los medios de extinción que deben ser utilizados. Es importante resaltar que siempre se podrá utilizar un medio de extinción que tenga un número mayor que el indicado, pero, en ningún caso se podrá utilizar uno con número menor que el indicado. Por ejemplo, si el número indicado es el 2 ( agua en forma de niebla), se podrán utilizar los medios de extinción 3 (espuma) y 4 (agente seco), pero en ningún caso se podrá utilizar el número 1 (agua a chorro). Las letras proporcionan otras indicaciones: W,X,Y y Z advierten que hay que contener el producto y prevenir en lo posible su entrada en alcantarillas, ríos..etc, reduciendo o previniendo los daños al medio ambiente. P,R,S y T avisan sobre la necesidad de diluir la sustancia y permitir su drenaje si ello no causa daño al medio ambiente. P, R W y X indican también que debe ser utilizada protección personal completa, es decir E.A. y traje de protección química. S,T, Y Z indican que hay que protegerse con el uniforme completo y E.A. Estas letras se presentan a veces en negativo, es decir letras blancas sobre fondo negro. Esto indica que en circunstancias normales, se requiere exclusivamente el uniforme completo de protección contra incendios. Sólo cuando la sustancia esté incendiada se requerirá el uso de equipos de respiración. P,S,W e Y también indican que la sustancia puede reaccionar violentamente, y los que intervienen en la emergencia deberán asegurar que las operaciones se realizan desde una distancia segura o a cubierto. E indica que se debe considerar la evacuación de la zona, teniendo en cuenta que muchas veces es más seguro permanecer a cubierto, dentro de un edificio con puertas y ventanas cerradas. Número ONU. Etiqueta del peligro principal. Logotipo de la empresa. Número de teléfono de emergencia.

Diamante de peligro El diamante de peligro es un sistema de identificación recomendado para productos químicos peligrosos, por la NFPA ( National Fire Protection AssociationUSA). El diagrama, denominado " diamante de peligro", es un sencillo y útil sistema de identificación de productos químicos peligrosos, fácil de comprender y cuyo fin es alertar apropiadamente, con información básica, para poder salvaguardar las vidas, tanto de la comunidad como del personal que lucha durante una emergencia en una planta industrial, áreas de almacenaje o en emergencias durante el transporte. Este sistema de identificación da una idea general de los peligros inherentes a cada producto químico, así como una indicación del orden de severidad de dichos peligros bajo condiciones de emergencia, como fuegos, fugas y derrames. El diagrama identifica los peligros de un material entres categorías, denominadas "Salud", "Inflamabilidad" y " Reactividad", e indica el orden de severidad en cada una de las tres categorías, mediante cinco niveles numéricos, que oscilan desde el cuatro (4), indicando el peligro más severo o peligro extremo, hasta el cero (0), que indica la no existencia de un peligro especial.

En el diamante de peligro el término " salud ", es identificado a la izquierda, en color azul ; el peligro de "inflamabilidad" en la parte superior, en color rojo ; y el peligro de " reactividad " a la derecha, en color amarillo. El espacio inferior es utilizado para identificar una reactividad no usual con el agua : así , si se encuentra vacía indica que puede normalmente utilizarse agua como agente extintor ; una W con una línea atravesada en su centro alerta al personal que lucha contra el fuego del posible peligro al utilizar agua. Este espacio inferior también puede utilizarse para identificar peligros de emisión radiactiva mediante el símbolo correspondiente ( trébol). También los productos químicos oxidantes son identificados en este espacio inferior por las letras OXW.

METODO 5º : FICHAS Y DOCUMENTOS Dentro de este 5º método de identificación, citaremos las Cartas de Porte y las fichas de seguridad como documentos que pueden resultar de extraordinaria importancia a la hora de identificar las MMPP implicadas en una emergencia. Cartas de Porte La legislación establece que toda operación de transporte de MMPP, exige al expedidor la confección de una Carta de Porte. Dicho documento debe incluir información sobre el nombre del producto transportado, número de identificación, clase de peligro y cantidad. CARTA DE PORTE Denominación de la materia o producto cargado________________ Clase________Cifra del apartado______Letra_____________(ADR) A) La Sociedad___________ certifica que esta materia se admite al transporte por carretera y que su estado, acondicionamiento, envase y etiquetaje están de acuerdo con las disposiciones del ADR y el....... B) El abajo firmante declara : 1º Que el vehículo cargado cumple las condiciones que establece el Reglamento Nacional para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera. 2º Haberse efectuado correctamente la carga y/o estiba de la mercancía de acuerdo con el citado Reglamento. 3º Haber recibido de___________ la hoja de instrucciones escritas respecto a : - La naturaleza del peligro de la mercancía a transportar. - Las medidas de seguridad y otras a tomar en caso de accidente, incendio y fuga o derrame del producto. - Las medidas de primeros auxilios para ayudar a los posibles accidentados. Todas las cuales conozco. 4º Conocer las disposiciones generales y especiales sobre vehículos, carga, descarga y manipulación de la mercancía ; circulación y otras que establece para este transporte el citado Reglamento. ___________ de __________ de 199 El Chofer ( Representante transportista)

Fichas de Seguridad El reglamento Nacional para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, obliga a que todos los vehículos que lleven mercancías de esa índole y en previsión de cualquier accidente, dispongan de una instrucciones escritas llamadas " Fichas de Seguridad". Podemos encuadrar las fichas de seguridad en dos grandes grupos : - Por número de peligro. Este tipo de fichas engloba a todos los productos que poseen el mismo código de peligro. Tienen la ventaja de reducir el número de fichas, consiguiendo una mayor rapidez de acceso a la información y un menor volumen, por lo que resultan muy manejables. Por contra, al ser tan generales no son muy precisas. - Por número de materia. Cada número de materia posee una ficha. Esto permite una mayor precisión y una actuación específica. Dado el gran número de productos que se transportan y que cada día va en aumento, el número de fichas es elevado y por lo tanto, su archivo es voluminoso, dificultando su transporte y utilización. Dentro de cada grupo existen diferentes modelos, aunque básicamente siguen todos el mismo esquema : -

Naturaleza de los peligros. Instrucciones generales. Medidas en caso de fuga e incendio. Primeros auxilios.

En el transporte por ferrocarril, aunque ni el RID ni el TPF indican nada al respecto, una instrucción interna de RENFE establece que los Maquinistas deben tener las " Fichas de Seguridad de las mercancías peligrosas transportadas. En el transporte marítimo, no existe esta ficha, pero en todos los barcos que transportan MMPP debe haber un ejemplar del código IMDG así como un libro llamado " Fichas de emergencia " y otro libro denominado " Guía de la Organización Marítima Internacional de Primeros Auxilios ". En ambos libros se dan instrucciones de actuación en caso de vertido, incendio y otras situaciones de emergencia, así como las pautas de tratamiento de los accidentados como consecuencia de los incidentes de mercancías peligrosas. El reglamento de MMPP por vía aérea, establece la obligatoriedad de suministrar al piloto al mando diversa información sobre las mercancías peligrosas cargadas, así como las instrucciones para la tripulación de vuelo acerca de las medidas que haya que adoptar n el caso de que surjan situaciones de emergencia.

Las fichas de seguridad deberían encontrarse también en todos los Parque y vehículos de los Servicios de Intervención, a fin de que sus actuaciones en estos casos sean correctas y eficaces. Existen diversos modelos de fichas ( tarjetas, desplegables...etc.) que compendian gran cantidad de productos. Estas fichas no pueden en ningún caso sustituir a las señaladas en el reglamento del TPC, sino que solamente pueden ser utilizadas a efectos operativos y de información.

METODO 6º : APARATOS DE DETECCION Y MEDIDA Los equipos y aparatos de detección y medida ( explosímetros, tubos colorimétricos...etc.), pueden a menudo darnos " pitas " y datos concernientes a la naturaleza del riesgo con que nos encontramos, ayudándonos a detectar atmósferas inflamables o explosivas, deficiencias de oxígeno, ciertos gases y vapores y radiación ionizante, así como determinar los materiales específicos implicados ( SO2,CO2...etc.). Aunque en este apartado los aparatos de detección y medida los consideremos como una herramienta para identificar las MMPP, también nos pueden ser útiles para determinar la localización y tamaño de las áreas y zonas de riesgo.

METODO 7º : SENTIDOS Colores y placas pueden ser vistos a una considerable distancia. Oír un cambio en el sonido de una fuga de un gas presurizado nos puede servir de aviso a un fallo del contenedor. Los sentidos pueden ofrecer pistas inmediatas ante la presencia de materiales peligrosas. Para nuestros propósitos " sentidos " se refiere a cualquier reacción psicológica individual u observación visual del escape de un material peligroso. Olores, ruidos inusuales, y vegetación destruida, son algunos ejemplos. Mientras puedan ser evaluados, el sentido es la más difícil pista de seguir debido a la gran variedad de productos y las diferentes reacciones psicológicas individuales. Por ejemplo, un cierto material químico podría tener unas características que un segundo material de la misma familia no tiene, incluso siendo ambos igualmente peligrosos. El " sulfuro de hidrógeno " por ejemplo, puede desvirtuar el sentido del olfato y conducir a creer que estamos trabajando en una zona segura, cuando sucede que es todo lo contrario. El sentido no es el principal método de identificación. En muchos casos, si estamos lo suficientemente cerca para oler, sentir u oír el problema, estaremos probablemente demasiado cerca para actuar de forma segura. Los sentidos utilizados con " buen sentido común " nos pueden ayudar en la detección de la presencia de peligro.

DESCONTAMINACIÓN DE MERCANCÍAS PELIGROSAS

1 INTRODUCCION 2 DEFINICION DE DESCONTAMINACION 3 OBJETIVOS DE LA DESCONTAMINACION 4 FORMAS DE DESCONTAMINAR CON AGUA AL AIRE LIBRE CON DISOLVENTES ADECUADOS 5 PROTOCOLO DE DESCONTAMINACION 5.1. EL MANDO DE LA INTERVENCION 5.2. EL MANDO DE LA ZONA DE DESCONTAMINACION 6 LA ZONA DE DESCONTAMINACIÓN 7 POSIBLES FORMAS DE MONTAR LA DESCONTAMINACION 7.1 CON MANGUERA DE PRONTO SOCORRO. 7.2 DESCONTAMINACIÓN CON DUCHA DE GRAN CAUDAL 7.3 DESCONTAMINACIÓN CON DUCHA DE PEQUEÑO CAUDAL

1 INTRODUCCION La descontaminación no tiene para los bomberos el mismo significado que para organismos de medio ambiente, empresas de tratamiento de residuos, empresas químicas, etc. Para nosotros sus principales fines son: atender a las víctimas de forma segura, poder quitarnos el traje de intervención sin riesgos y no ser nosotros agentes difusores de la contaminación en nuestras idas y venidas durante la actuación. En nuestro país -por lo general- tras una intervención con mercancías peligrosas, nos limitamos a quitarnos el traje con cuidado de que las partes contaminadas no entren en contacto con nuestra piel, en el mejor de los casos auxiliados por compañeros que previamente nos han dado una rociada con la manguera de pronto socorro y que se han colocado guantes. Este sencillo procedimiento es eficaz en un 90% de los casos para garantizar nuestra seguridad. En este curso vamos a mostrar una sistemática para llegar al 99,5% de seguridad (mejorándola por tanto 20 veces) y para reducir al mínimo las posibilidades de que nuestra intervención perjudique a otros.

2 DEFINICION DE DESCONTAMINACION En el presente curso vamos a denominar descontaminación al conjunto de acciones y procedimientos tendentes evitar efectos perniciosos y de difusión de una materia peligrosa fuera de la zona de intervención, producidos indirectamente a través de víctimas, útiles y los propios actuantes.

3 OBJETIVOS DE LA DESCONTAMINACION La descontaminación en las intervenciones NBQ es un proceso sencillo que tiene como objetivo la seguridad, no garantizar una completa descontaminación, por lo que debe: 1.- Liberar a las víctimas de los contaminantes lo suficiente como para que le puedan ser prestados los primeros auxilios. 2.- Permitir que a los actuantes se les retiren los trajes o elementos de protección de forma segura. 3.- Limpieza y preparación para el transporte de útiles y herramientas.

4 FORMAS DE DESCONTAMINAR 4.1 CON AGUA.

Es la más común. Su efectividad depende de la solubilidad del contaminante y de su posible reacción con ella. Disuelve y arrastra partículas. Resulta inadecuada para las materias que reaccionen violentamente al contacto con el agua (sodio, fósforo,...). La efectividad en ambos casos aumenta con el uso de agua caliente, jabón u otros elementos limpiadores.

4.2 AL AIRE LIBRE Trabajando con productos muy volátiles y poco solubles en agua, la mejor descontaminación puede ser permanecer al aire libre con el traje de protección o el ERA colocado y esperar a que el producto se disipe.

4.3 CON DISOLVENTES ADECUADOS Para materias que puedan reaccionar violentamente con el agua o cuya toxicidad recomiende tomar especiales precauciones. Lógicamente es necesario disponer de estos disolventes antes de que se comience la intervención. Por lo general es necesario pulverizarlos, lo que puede hacerse con aparatos de fumigar, extintores, etc.

Ejemplo: los cresoles y fenoles, tóxicos por contacto con la piel, pueden ser diluidos en con soluciones de propilenglicol y etanol preparadas al efecto.

5 PROTOCOLO DE DESCONTAMINACION 5.1 EL MANDO DE LA INTERVENCION a) Decide si es preciso o no montar descontaminación. Esta decisión se ha de tomar al principio, ya que el montaje de la descontaminación debe de estar terminado para cuando el primer equipo actuante finalice su trabajo. b) Decide el lugar donde se ha de montar, procurando que esté lo suficientemente próximo a la zona caliente para que no requiera un traslado fatigoso de los intervinientes. c) Decide cual va a ser el procedimiento de la descontaminación. d) Señala qué personal que va a ocupar de la descontaminación y designa un mando para su control.

5.2 EL MANDO DE LA ZONA DE DESCONTAMINACION a) Decide la ropa de protección a usar por el personal a su cargo (normalmente nivel 2). b) Controla que las personas que vienen de la zona de intervención pasen por la de descontaminación. c) Decide el orden en el que han de acceder a la descontaminación. e que exista un suministro de aire suficiente para el personal que viene de la intervención. e) Controla que al personal que interviene se le retira el ERA en el momento

6 LA ZONA DE DESCONTAMINACIÓN La zona de descontaminación se montará como salida de la zona caliente. Su configuración será muy variable en función del material del que dispongamos y del método que hayamos elegido para realizarla. La organización general de la zona será la siguiente: - En el caso de que haya víctimas en contacto con el producto hay que hacer el rescate con rapidez y tratarlas antes de montar la zona de descontaminación si no hay tiempo. Un lavado con abundante agua puede ser efectivo para los casos de contacto con corrosivos, polvos que no reaccionen con el agua (contaminación radiactiva) y muchos tóxicos. - Se hará una señalización clara de zonas, para que tengamos claro en qué zona hay objetos que nos pueden dañar y qué zona está limpia. - Si el número de actuantes es elevado habrá que montar más de una zona, para evitar que sea un cuello de botella. - Junto al paso de la zona caliente a la de descontaminación habrá una zona destinada a entregar las herramientas a los actuantes y a que los actuantes las dejen al salir, para ser relevados, etc. Es importante que estén en la zona caliente para que no haya que descontaminar las herramientas varias veces en una intervención.

Aquí podemos ver algunos recipientes resistentes a los ácidos, que al encajar uno dentro de otro ocupan poco espacio. Se pueden usar para utilidades diversas, como la indicada en el párrafo anterior. - Todos estamos al servicio de los que están actuando directamente con la materia peligrosa, hay que tener claro en todo momento si se encuentran bien y si necesitan salir del traje con rapidez por una perforación o falta de aire y estar preparados para ayudarles. - Como norma general, el personal que está en la zona de descontaminación puede llevar un traje de protección nivel 2, máscara de filtro, guantes y botas de PVC o similar.

- El orden de entrada en la zona de descontaminación será en función de la

cantidad de aire de la que dispongan los actuantes. Los trajes de protección usados se deben dejar en recipientes adecuados (una bolsa también vale), ya que pueden conservar restos de contaminante. Cuidado con las botas que no vayan soldadas a los trajes, su interior ha podido almacenar producto.

Por permeación un producto puede ir penetrando en el interior de un traje aún después de que el actuante se lo haya quitado. Si es un traje de varios usos la descontaminación fina l debe contemplar el interior.

- Al finalizar la actuación se debe informar a los actuantes del producto con el que han estado en contacto y en el caso de que se trate de productos que no sean totalmente conocidos, se les entregará una tarjeta en la que indique el producto con el que han estado trabajando, a fin de que la coloquen en su cartera durante 72 horas, facilitando que puedan ser atendidos en el caso de que sufran efectos no detectados en el momento de la intervención. - Todo el material empleado en la zona caliente deberá ser lavado "in situ" y cuando se traslade al parque se informará del uso que ha tenido, para que se proceda a su descontaminación final en el caso de que sea necesaria, valoración de la resistencia residual de los trajes, ...

Organización de una zona de descontaminación.

7 POSIBLES FORMAS DE MONTAR LA DESCONTAMINACION CON AGUA 7.1 CON MANGUERA DE PRONTO SOCORRO. Puede ser válida cuando por urgencia o falta de material no se disponga de otra cosa. En la mayoría de los casos un chorro de agua, aún para polvos o productos no solubles, va a eliminar una cantidad de contaminante elevada. Este sistema convenientemente aplicado elimina más del 80% del contaminante. El agua de lavado va a contener el producto que se haya logrado adherir al traje, pero normalmente las cantidades será despreciables.

7.2 DESCONTAMINACIÓN CON DUCHA DE GRAN CAUDAL En ella se parte de que el contaminante va a salir diluido de forma que no precisa tratamiento posterior, no obstante se genera un volumen grande de agua de lavado, que es importante dirigir a alguna parte para evitar encharcamientos.

Se debe tener cuidado de no poner en marcha la ducha mas que el tiempo imprescindible, para controlar el consumo de agua y reducir la cantidad de agua vertida. Se precisa un suministro de agua suficiente 500 litros/ minuto por ducha, con una presión entre 5 y 8 bar. Se calcularán unos 1.000 litros de agua por persona a descontaminar. Es la más aconsejable para heridos que puedan mantenerse en pié o personas que se hayan visto afectadas durante la intervención. Ducha con abundante agua a presión. Tiene la ventaja de la rapidez, que puede ser crítica en algunos casos.

7.3 DESCONTAMINACIÓN CON DUCHA DE PEQUEÑO CAUDAL Es más complicada. Tiene la ventaja de que nos permite llevarnos las aguas de lavado y de que no las dejamos correr libremente en el lugar del accidente.

Llevarnos las aguas de lavado implica disponer de recipientes para contenerlas (pueden improvisarse con una lona impermeable y unos mangotes), un recipiente para su traslado, posiblemente una bomba para aspirarlas y que habrá que hacerles un tratamiento posterior. Su efectividad depende en gran medida del entrenamiento del personal que realice la descontaminación. Es normal hacerla en varias fases: una inicial quitando la parte más importante del producto sólo con agua, después haciendo un cuidadoso lavado con jabón y un posterior aclarado. Esta forma concreta de organización implica disponer de tres lugares para recogida de aguas. Si hemos usado este procedimiento, resulta chocante arrojar después las aguas que hemos recogido sobre el terreno, por lo que antes de comenzar, tendremos que estar seguros de que nos podemos llevar las aguas contaminadas. Se pueden usar bombas de pequeño caudal para trasvasarlas a bidones.

EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

NIVELES DE PROTECCION NECESIDAD DE UTILIZACIÓN DE E.P.P. EN INTERVENCIONES QUÍMICAS. 2) NIVELES DE PROTECCIÓN : 2.1 NIVEL I. 2.2 NIVEL II. 2.3 NIVEL III. 3) ACTUACIÓN CON EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL. 3.1 GRUPO DE TRABAJO QUÍMICO. 3.2 COLOCACIÓN DEL TRAJE. 4) NIVEL DE PROTECCIÓN III : SISTEMAS DE ALIMENTACIÓN DE AIRE. 4.1 VENTILACIÓN Y PRESIÓN POSITIVA. 4.2 SISTEMAS DE ALIMENTACIÓN. NIVEL DE PROTECCIÓN III : COMPARACIÓN DE TRAJES. 6) NIVEL DE PROTECCIÓN III : PRINCIPIOS BÁSICOS. 6.1 PERMEACIÓN. 6.2 PENETRACIÓN. 6.3 DEGRADACIÓN. 7) NIVEL DE PROTECCIÓN III : OTROS ASPECTOS A CONSIDERAR. 7.1 TRAJES DE USO LIMITADO Y MULTIUSOS. 7.2 CONCLUSIONES.

NECESIDAD DE UTILIZACION DE E.P.P. EN INTERVENCIONES QUÍMICAS. Cuando una sustancia química que normalmente no está presente en el organismo humano penetra en el, existe el riesgo de que sus funciones resulten perturbadas. Los efectos concretos dependerán de una serie de variables tales como el tiempo de exposición, el nivel de concentración de la sustancia en el cuerpo, las propiedades químicas de la propia sustancia, así como del tipo de funciones que hayan resultado afectadas. Se pueden producir distintas clases de lesiones dependiendo principalmente del tipo de procesos envueltos. En general las substancias químicas reactivas, que se utilizan precisamente a causa de su marcada propensión a reaccionar con otros productos, lo hacen también con las substancias químicas del organismo humano, lo que puede provocar resultados no deseables, tales como reacciones alérgicas, efectos sobre la dotación genética del organismo, tumores, etc. Entre tales substancias pueden citarse, a título de ejemplo, los epóxidos (en plásticos y colas) y los aldehídos (en plásticos y maderas de contrachapados).

Los ácidos y las bases irritan la mucosa nasal, los ojos y las vías respiratorias a causa de su solubilidad en agua. Los ácidos y las bases más fuertes producen grandes efectos corrosivos sobre la piel, siendo los más nocivos los de las bases que disuelven las proteínas y penetran más profundamente. Una pronunciada exposición al tóxico puede incluso afectar al PH del cuerpo y perturbar sus procesos Bioquímicos Los agentes oxidantes y reductores pueden descomponer los tejidos del organismo al contacto con ellos. Las intoxicaciones son producidas por substancias que penetran en el cuerpo humano por alguno de los siguientes medios : Vía respiratoria Ingestión. Por la piel. Se consideran como tóxicas aquellas substancias que aún en pequeñas dosis y tras exposiciones breves, pueden producir daños serios. La dosis afecta al grado de intoxicación. Las intoxicaciones pueden ser agudas o crónicas. La intoxicación aguda implica frecuentemente la aparición inmediata y de forma súbita de los correspondientes síntomas, aunque en ocasiones pueden retrasarse tal y como sucede por ejemplo en el caso de un edema pulmonar tras una intoxicación aguda por gas. En cambio la intoxicación crónica, debida frecuentemente a pequeñas dosis, tiene un desarrollo más lento y aparece de manera progresiva. Por lo anteriormente expuesto, las intervenciones en siniestros en los que aparezcan implicados productos químicos peligrosos, deben realizarse con la protección adecuada para evitar riesgos a la salud. Otro aspecto importante a tener en cuenta, además de la agresión de la sustancia química como tal, es la que produce su estado físico (por ejemplo criogénicos), lo que determina que la protección debe ser también adecuada cuándo se trabaja a temperaturas extremas, tanto de frío como de calor.. La función básica de un Equipo de Protección personal, es la de establecer una barrera entre el usuario del equipo y el producto agresivo; la elección de la protección vendrá determinada por factores como la peligrosidad del propio producto, el tiempo de exposición, el nivel de contacto, etc.

2 NIVELES DE PROTECCION Las intervenciones en accidentes en las que se ven involucrados productos peligrosos no siempre presentan el mismo grado de riesgo, por lo que la protección de quienes intervienen no debe ser necesariamente siempre la misma. Como se ha señalado anteriormente, el nivel de peligro depende de varios factores y por lo tanto el nivel de respuesta debe tenerlos en cuenta. Se pueden distinguir tres niveles de protección : NIVEL I. Compuesto por el equipo de intervención completo más E.R.A.

NIVEL II. Nivel I más traje de salpicaduras. NIVEL III. Traje estanco .

2.1 NIVEL DE PROTECCION I : El Nivel I comprende el traje de intervención completo, es decir chaquetón, pantalón, casco, botas, guantes y verdugo y además el E.R.A. La protección básica en una intervención de este tipo la proporciona el E.R.A., que protege las vías respiratorias evitando la intoxicación por inhalación e ingestión del producto. Ello, unido a la protección que proporciona el traje de intervención, hace que en la mayoría de siniestros el Nivel I sea seguro para una primera intervención rápida, siempre y cuándo no se produzca un contacto

directo con el producto ni una exposición muy intensa a tóxicos que puedan afectar zonas de la piel no protegidas. En muchos Servicios de Bomberos, el vehículo de primera salida no dispone de trajes de protección química, por lo que en un accidente en el que se ven involucradas M.M.P.P. se debe realizar la primera intervención en espera de que lleguen refuerzos con los equipos adecuados. En este caso y valorando siempre la situación (producto y condiciones del accidente) el mando de la salida debe decidir la intervención con Nivel I de protección para : Salvar vidas sin exponerse directamente al producto. Tratar de identificar el producto y sus peligros. Asegurar la zona por medio de balizamiento y evacuación. Se considera que para un 80% de los accidentes es suficiente la protección con Nivel II, permitiendo una rápida intervención.

2.2 NIVEL DE PROTECCION II : El Nivel II de protección está compuesto por el traje contra salpicaduras que va colocado encima del equipo del Nivel I. Esta protección no es estanca a gases ni cuenta con presión positiva por lo que no debe utilizarse en concentraciones altas de gases tóxicos. El Nivel II es necesario para trabajar con líquidos inflamables y corrosivos ya que, si se utilizase únicamente el traje de intervención este podría llegar a absorber el producto empapándose del mismo, provocando graves daños en caso de inflamación. El traje de salpicaduras hace que el producto resbale y no empape el de intervención; se fundiría en caso de inflamación pero todavía quedaría la protección del traje de intervención ( en el Nivel III de protección, como se verá posteriormente, debajo del equipo, por razones de comodidad, no se lleva el traje de intervención, no quedando en caso de inflamación más protección interior). El Nivel II es utilizado también para realizar las tareas de descontaminación de personal con Nivel III. Existen en el mercado gran variedad de este tipo de trajes, siendo su precio relativamente barato. Es conveniente que los vehículos de primera salida cuenten con trajes de este tipo.

2.3 NIVEL DE PROTECCION III . Los equipos de Nivel III son los conocidos como "Trajes Antigás". Su principal característica es la estanquidad,

Lo que permite trabajar en ambientes tóxicos. La elección del tipo de traje de Nivel III, no es tarea fácil, ya que no existe el traje perfecto. El Bombero, a diferencia de los trabajadores de empresas químicas, desconoce el producto al que se va a enfrentar, por lo que debe contar con un traje lo más polivalente posible. En capítulos posteriores se analizaran los diferentes trajes y sistemas de suministro de aire. Para realizar trabajos en condiciones especiales, estos trajes deben utilizarse con accesorios que permitan actuar con seguridad, así tenemos : Protección para temperaturas bajas : Para criogénicos y otros gases licuados en que las bajas temperaturas.

3 ACTUACION CON EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL.

El presente apartado no pretende afrontar el estudio de tácticas de intervención concretas, sino delimitar una serie de pautas mínimas destinadas al grupo que vaya a intervenir directamente en un accidente utilizando los equipos de protección personal.

3.1 GRUPO DE TRABAJO QUÍMICO :

En primer lugar y ante un siniestro con presencia de MMPP, el mando de la salida debe designar a los miembros del "Grupo o grupos de trabajo químico". Cada grupo estará formado por dos intervinientes y un mando o Jefe de Grupo cuya misión será controlar a los actuantes manteniendo además con ellos en todo momento un contacto directo vía radio (control de aire,

tiempo de la intervención, suministro de herramientas, etc.). Todo el Grupo deberá utilizar el mismo Nivel de protección. Es importante resaltar que nunca se debe trabajar aislado del compañero y que cada actuante debe ir dotado de un sistema de comunicación, contando además cada grupo con un canal propio de trabajo, dentro de lo posible.

3.2 COLOCACIÓN DEL TRAJE : Una vez seleccionado el Nivel de protección por el mando de la salida, el Grupo de Trabajo se colocará los equipos ayudados, preferiblemente, por otra persona.

En primer lugar se colocarán los E.R.A. realizándose a seguido las comprobaciones pertinentes de dicho equipo. Posteriormente se procederá a la colocación del traje de protección observando especial cuidado en que se realicen correctamente las conexiones del equipo respiratorio al sistema de ventilación si lo hubiere. Una forma de colocarse el traje es la que muestran las figuras siguientes : Hay otras formas de ponerse el traje de protección más rápidamente (15 sg.) pero estas requieren mayor entrenamiento. Un tiempo aceptable de colocación ronda el minuto. Una vez colocado el traje debe comprobarse que funcione el sistema de ventilación si la hubiere, comprobándose así mismo el correcto cierre de la cremallera y el sistema de comunicaciones.

Las arrugas del traje deben alisarse hacia abajo para evitar que se concentre líquido en ellas. Una vez lo anterior el equipo estará preparado para trabajar. Se considera que el tiempo máximo de trabajo con Nivel III de protección es de veinte minutos, pero siempre deben tenerse en cuenta, sobre todo en trajes que

no lleven alimentación exterior de aire, el propio consumo de aire y el consumo necesario para realizar una posible descontaminación. El mando de la salida debe prever la instalación rápida del equipo de descontaminación, así como el suministro de aire para los trabajadores químicos. Una vez realizada la descontaminación en el lugar el usuario debe desprenderse del traje con la precaución adicional de considerar que no ha sido totalmente descontaminado, enrollándolo al revés sin que se produzca contacto entre el usuario y el exterior del traje. Una vez quitado, debe guardarse como contaminado hasta que se realicen las tareas adecuadas de limpieza y descontaminación, ya que, como se explicará en apartados posteriores, cuando haya habido un intenso contacto con un producto peligroso la descontaminación es difícil y no garantiza el estado del traje para posteriores intervenciones.

4 NIVEL DE PROTECCION III : SISTEMAS DE ALIMENTACION DE AIRE. 4.1 VENTILACIÓN Y PRESIÓN POSITIVA : Los trajes de protección integral deben estar dotados de presión positiva con el fin de evitar la entrada de gases en caso de rotura. Para evitar sobrepresiones dentro del traje, cuenta este con válvulas de desaireación. La presión positiva dentro de los trajes encapsulados, es decir con el E.R.A. en el interior, se consigue con la propia exhalación; en los trajes con el E.R.A en el exterior se logra mediante conexiones del E.R.A. al sistema de ventilación. En la actualidad todos los fabricantes incorporan como opción, un sistema de ventilación interior del traje que tiene como finalidad la de sustituir el aire caliente y húmedo en el interior del traje por aire fresco y seco procedente del equipo de respiración. Estos sistemas permiten trabajar con mayor comodidad, además de conseguir un menor empañamiento del visor. Existen diferentes modelos de ventilación aunque básicamente todos consiguen el mismo objetivo; tenemos así unos que suministran caudales fijos de entre 2 y 5 l.p.m., con opción a más caudal cuándo se desee (sobre 30 l.p.m.), y otros que suministran un caudal fijo de aproximadamente 100 l.p.m., lo que obliga a utilizar una fuente exterior de suministro de aire.

4.2 SISTEMAS DE ALIMENTACIÓN DE AIRE : La alimentación de aire puede producirse : Por el propio E.R.A. Combinando el E.R.A. y alimentación exterior Por el propio E.R.A. :

Cuando el sistema de alimentación de aire es exclusivamente por el E.R.A. deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos : Los consumos de aire con Nivel III de protección y en trabajo resultan muy elevados y si, además el traje tiene sistema de ventilación, el tiempo real de cobertura será muy limitado, resultando por ello imprescindible mantener un control exhaustivo del tiempo. Si finalizada la intervención hubiera además que realizar tareas de descontaminación resultaría incrementado el periodo de utilización del traje, por lo que resulta necesaria la previsión de un sistema de suministro de aire de emergencia. B- Por el E.R.A. y alimentación exterior : El suministro exterior de aire permite un mayor tiempo de intervención así como un mayor nivel de confort y seguridad. Tiene además, la ventaja de que aún dilatándose la espera para realizar labores de descontaminación se podría continuar sin mayores problemas con el suministro de aire.

El sistema de alimentación exterior consta básicamente de una batería de botellas de aire, manorreductores, devanaderas de manguera y demás accesorios. El sistema combinado permite la desconexión de la toma exterior y la realización de la actividad utilizando el E.R.A. (generalmente al realizar esta operación se anula la ventilación interior). Posteriormente al reinstalar la conexión, se volvería a utilizar el aire del sistema exterior. Otro modalidad que incorporan algunos E.R.A. es la consistente en el llenado rápido a través de la zona de alta presión, de modo que conectando esta salida a otra botella o batería de botellas, se pueda llenar el equipo en uso. En resumen, lo deseable en materia de suministro de aire consistiría en garantizar : Presión positiva en el interior. Ventilación suficiente si incorpora el traje sistema de ventilación.

Tiempo suficiente para realizar la intervención. Posibilidad de suministro de emergencia sin necesidad de quitarse el traje.

5 NIVEL DE PROTECCION III : COMPARACION DE TRAJES.

Entre los trajes de protección química Nivel III, existen diferentes tipos de confección, cada con uno sus ventajas e inconvenientes. La principal diferencia entre dichos trajes viene dada por que unos llevan el E.R.A. fuera del traje y otros que lo llevan en el interior. Como curiosidad cabe señalar que en países como Suecia se utiliza siempre el traje con el E.R.A. en el exterior y en otros este equipo no se utiliza. Como se ha señalado cada sistema tiene sus ventajas e inconvenientes. Así : Estanquidad : La estanquidad viene a ser la misma en ambos trajes, si bien en algunos con E.R.A. fuera del traje, la máscara no está soldada al mismo, siendo necesario ajustarla perfectamente para evitar una entrada o fuga de aire. Visibilidad : La visibilidad es notoriamente superior en el traje con el E.R.A. en el exterior ya que la visión se realiza solamente a través de la máscara con lo que el campo de visión es mayor y el empañamiento menor. Protección al E.R.A. y otros equipos auxiliares : La protección al E.R.A. y otros equipos como la radio es evidentemente superior en los que lo llevan en el interior del traje. Tanto la radio como el E.R.A. pueden resultar afectados por el producto y en el caso de la radio dejar de funcionar; por ejemplo un aparato de radio afectado por ácido sulfúrico. Existen protecciones suplementarias para el E.R.A. en los trajes que lo llevan en el exterior. Descontaminación : En los trajes con el equipo en el exterior no solamente hay que proceder a la descontaminación del propio traje, sino también a la del E.R.A.. Si, como ya se ha señalado, el proceso de descontaminación es complicado, descontaminar todas las partes del equipo (arnés, cintas, grifería, etc.) lo dificultaría aún más. Confort : Para la realización de trabajos pesados el equipo con el E.R.A. en el exterior resulta mucho más cómodo, posibilitando además una mejor accesibilidad a la radio y elementos del equipo respiratorio como son el

manómetro, ventilación, etc. Algunos de los trajes que llevan el E.R.A. en el interior cuentan con visores para lectura del manómetro. Operación de vestirse/desvestirse : La operación de vestirse/desvestirse resulta mucho más cómoda y rápida con el traje con el equipo en el exterior al realizarse sin tener el E.R.A. puesto. Consumo de aire : El consumo es menor con el equipo en el exterior del traje debido a que en la operación de vestirse no se consume aire y a que además mientras se está en situación de espera para intervenir se puede tener el traje puesto con el E.R.A. desconectado. Otro punto de comparación entre los distintos trajes estribaría en la forma en que tienen integrados los diferentes accesorios con los que cuenta. Así : Guantes : Hay trajes en los que los guantes están integrados en la misma prenda y otros en los que se acoplan al final siendo la estanquidad del traje independiente de la del guante al producirse el cierre del traje se en la muñeca. Al ser el guante uno de los lugares más susceptibles de rotura, el desgarro de uno de ellos puede afectar a todo el traje en aquellos que los llevan integrados, aunque la entrada de gases resultaría evitada por la presión positiva. Los trajes que realizan la estanquidad en la muñeca hacen que resulte imposible sacar la mano para acceder al E.R.A. situado en el interior del traje. Botas : Al igual que sucede con los guantes, hay trajes que tienen las botas integradas y otros que carecen de botas siendo el propio material del traje el que hace la función de escarpín. La ventaja de este último es que un mismo traje lo pueden utilizar personas con diferente número de pié, pero los detractores de este sistema alegan que puede entrar producto entre la bota y el escarpín y con el roce producir un desgaste del traje y permitir la entrada de producto al interior.

6 NIVEL DE PROTECCION III : PRINCIPIOS BASICOS . Como hemos visto anteriormente, un traje de protección tiene por objeto establecer una barrera entre el usuario y el producto agresivo. Para ello debe reunir una serie de propiedades que impidan el contacto entre ambos. Dichas propiedades determinan la utilidad del traje ante los diferentes productos químicos y si es o no apto para la utilización en un momento y situación determinada. La resistencia del traje a la permeación, penetración o degradación son las propiedades que indican su grado de utilidad.

6.1 PERMEACIÓN. Se puede definir la permeación como el proceso químico mediante el cual una sustancia química se introduce en el tejido del traje a nivel molecular. El proceso de permeación comprende tres fases : Absorción del producto en las capas exteriores del material. Difusión del producto a través del material. Paso del producto a la superficie opuesta. Métodos de prueba :

La prueba se realiza por medio de la "Cámara de permeación", resultando de la misma los dos siguientes valores :

Tiempo de paso : Se define como el tiempo transcurrido desde el contacto inicial del producto químico con la superficie exterior del material hasta que la sustancia química se detecta en el interior del traje. Índice o tasa de permeación : Se puede definir como la cantidad de producto que pasa por el material a nivel molecular. El índice describe la masa de sustancia que atraviesa determinada superficie en unidad de tiempo. Estos valores varían en función de múltiples factores, siendo los principales : Temperatura : Las pruebas se hacen a temperatura ambiente; sin embargo si la temperatura aumenta, los índices de permeación aumentan y el tiempo de paso disminuye. Espesor : La permeación es inversamente proporcional al espesor del traje de protección. A más espesor menor índice de permeación y mayor tiempo de paso. Mezclas químicas : Es imposible verificar los materiales de los trajes para todo tipo de combinaciones químicas. Los efectos ante las combinaciones son relativamente desconocidos; así, por ejemplo, el Viton resiste al hexano cerca de tres horas y a la acetona una hora, sin embargo una mezcla de hexano y acetona permeará en diez minutos. Exposiciones previas : Una vez que el producto químico ha comenzado su proceso de difusión, este continúa incluso después de que el producto haya sido limpiado de la superficie. Esto es importante a la hora de considerar la reutilización de un traje que ha estado expuesto a un producto peligroso, ya que la descontaminación no asegura que la permeación se ha detenido. Se han dado caso de contaminación por utilización de un traje después de haber sido descontaminado.

6.2 PENETRACIÓN : La penetración es un proceso físico mediante el cual el líquido o partículas traspasan el material a través de cremalleras, costuras, pinchazos, poros u otras imperfecciones en el material. Los trajes pueden ser penetrados por distintos lugares, incluida la máscara, válvulas de exhalación, válvulas de desaireación y cierres del traje. El potencial de penetración generalmente se incrementa en temperaturas excesivamente calurosas o frías.

Las pruebas de penetración se hacen por medio del "The Gutter Test EN368" (=prueba de canaleta).

6.3 DEGRADACIÓN :

Consiste en la destrucción física o descomposición del material del traje debidas a la

exposición a productos químicos, uso o condiciones ambientales (por ejemplo el almacenamiento en lugares expuestos a la luz solar), etc. La degradación se percibe por medio de signos visibles como por ejemplo decoloraciones de la superficie, descamación, ampollas, resquebrajamientos, etc. Cabe decir a modo de conclusión que no existe un traje perfecto, pero sí en cambio trajes que permiten una actuación segura en la mayoría de las intervenciones, teniendo siempre en cuenta el factor contacto directo y el tiempo de exposición al producto.

7- NIVEL DE PROTECCION III : OTROS ASPECTOS A CONSIDERAR. Aparte de la permeación, penetración y degradación, existen otros aspectos a considerar a la hora de elegir un traje de Nivel III : Resistencia mecánica : La resistencia mecánica viene dada por el material que se utiliza para la confección del traje. Teniendo en cuenta que las intervenciones en este tipo de accidentes se realizan en condiciones extremas, donde es fácil el contacto con superficies duras y cortantes, es importante que el material sea resistente a cortes, desgarros, pinchazos, etc. Comodidad : Es un factor importante ya que permite una actuación más rápida, aminorando los consumos de aire, el tiempo de intervención y el estrés.

7.1 TRAJES DE USO LIMITADO Y TRAJES MULTIUSOS : Los trajes de Nivel III de protección pueden ser de uso limitado o multiusos; ambos presentan también sus ventajas e inconvenientes : Trajes de uso limitado :

Actualmente, las casas comerciales vienen desarrollando materiales para trajes a base de recubrimientos laminados que proporcionan una excelente protección química así como una aceptable resistencia mecánica. Los trajes confeccionados con estos materiales ofrecen como principales ventajas un menor peso, una alta resistencia química y un precio relativamente bajo, además del hecho de que al ser de uso limitado, e incluso desechables, cuando se ha producido un contacto prolongado con un producto peligroso, se desecha eludiéndose así el complicado proceso de descontaminación. Trajes multiusos : Los trajes multiusos están confeccionados por materiales que proporcionan una alta resistencia química, gran resistencia mecánica y mayor resistencia a una llamarada que los de uso limitado. Como desventajas se pueden citar su mayor peso, la necesidad de descontaminarlos para su reutilización y el mayor coste económico.

7.2 CONCLUSIONES : La elección de un Traje de Protección no es tarea fácil al no existir, como anteriormente se ha señalado, el "Traje Perfecto"; por lo tanto se requiere un estudio previo de las posibilidades y necesidades de cada Servicio, ya que no en todos los casos son las mismas. Es por ello conveniente estudiar los productos más usuales en cada localidad para así asegurar que el traje seleccionado presenta una adecuada protección frente a ellos, ya que por desgracia no puede ser compatible a todos los productos. Las prendas de protección están compuestas por varios materiales y algunos fabricantes solo dan información acerca del material básico de que se compone el traje, no facilitando información sobre material y comportamientos de visores, guantes, costuras y cremalleras y válvulas de exhalación. Cuando se evalúa un traje hay que tener en cuenta también estos elementos secundarios. Las cualidades químicas de los trajes deben venir contrastadas por pruebas de laboratorio, con especificación de los tiempos de permeación y evitándose clasificaciones como "excelente", "bueno", etc. Por lo tanto, la documentación del traje debe ser completa con sus correspondientes certificados de homologación. Un traje usado y mal descontaminado puede contaminar al siguiente Bombero que lo use. Nunca se deben utilizar para la piel los productos de descontaminación de trajes.

Mercancías Peligrosas: Reglamento de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de MM.PP. en los PUERTOS

DISPOSICIONES GENERALES Ámbito de aplicación y♣ exenciones Definiciones♣ Atribuciones de las autoridades♣ portuarias Admisión y notificación♣ Atraques y Fondeaderos♣ especialmente habilitados Obligaciones de los buques que operan con♣ mercancías peligrosas Obligaciones de los buques que naveguen dentro del♣ puerto Obligaciones del operador del muelle o terminal♣ Obligaciones de♣ las gabarras que transportan mercancías peligrosas Obligaciones del♣ ferrocarril y de los vehículos en relación con la operación de mercancías peligrosas

CLASIFICACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE LAS MERCANCÍAS PELIGROSAS ♣ Clasificación Identificación♣

MANIPULACIÓN DE MERCANCÍAS PELIGROSAS Clase 1 – Explosivos♣ Clase 2 –♣ Gases Clase 3 – Líquidos Inflamables♣ Clase 4 – Sólidos y otras♣ sustancias inflamables Clase 5 – Sustancias Oxidantes y Peróxidos♣ Orgánicos Clase 6 – Tóxicos e Infecciosos♣ Clase 7 – Materiales♣ Radiactivos Clase 8 – Sustancias Corrosivas♣ Clase 9 – Sustancias♣ Peligrosas Varias Hidrocarburos, Gases Licuados y Productos Químicos a♣ Granel

MANIPULACIÓN DE CONTENEDORES, VEHÍCULOS CISTERNA O TANQUES PORTÁTILES CONTENIENDO MERCANCÍAS PELIGROSAS ALMACENAMIENTO DE MERCANCÍAS PELIGROSAS NO A

GRANEL EN LOS PUERTOS PLANES DE EMERGENCIA Y AUTOPROTECCIÓN CUALIFICACIÓN DEL PERSONAL Apéndice I – Declaración de Mercancías Peligrosas Apéndice II – Certificado de Cumplimiento Apéndice III – Certificado de Arrumazón del Contenedor o Vehículo Apéndice IV – Instrucciones de Emergencia Apéndice V – Instrucciones de Mercancías Peligrosas, Nota de Embarque y Certificado de Armazón del Contenedor o Vehículo Apéndice VI – Lista de Comprobación de Seguridad del Buque o Terminal Apéndice VII – Etiquetas y Rótulos Apéndice VIII – Relación de mercancías sólidas que, cargadas a granel, ofrecen riesgos químicos, algunos de los cuales responden a la propia peligrosidad de la mercancía.

PRODUCTOS TÓXICOS Y CORROSIVOS

INTRODUCCION 1 Características físico-químicas más importantes. Peso específico Densidad del gas Solubilidad en agua Presión vapor Punto de ebullición Umbral de olor 2) INFORMACION GENERAL 2.1 Sustancias tóxicas o venenosas clase 6.1 2.2 Gases tóxicos 2.3 Sustancias infecciosas clase 6.2 2.4 Sustancias corrosivas clase 8 Ácidos Bases Otras sustancias corrosivas 2.5 Formas de identificación de los productos Métodos Paneles Naranjas. Nºs ONU 3) PELIGROS INTRINSECOS DE LOS PRODUCTOS 3.1 Criterios de evaluación de riesgos para la salud 3.2 Criterios TLV para sustancias químicas 3.3 Grados de toxicidad 4) EVALUACION DE INCIDENTES 4.1 Distancias y zonas de riesgos 4.2 Presión vapor y taponamientos 5) PRODUCTOS CLASE 6 Y 8 MAS SIGNIFICATIVOS

Amoniaco Amoniaco disuelto Cloro Dióxido de Azufre Ácido Clorhídrico Ácido Fluorhídrico Hidracina Hidróxido de Sodio Ácido Sulfúrico Ácido Cianhídrico 1 CARACTERISTICAS FISICO QUIMICAS IMPORTANTES PESO ESPECÍFICO : tomando como referencia el peso específico del agua = 1,si el peso específico del producto es mayor que 1 , el liquido estará por debajo del agua; si el peso específico del producto es menor que 1 , el líquido estará por encima del agua. De cara a la intervención el conocimiento y manejo del dato del peso específico nos facilitará conocer su comportamiento con el agua que se emplee, así como su penetración en el terreno (a mayor densidad , mayor capacidad de penetración) y su evolución en cauces de agua. Nos sirve asimismo para valorar en una posible contención con mangueras en carga parcial, si el líquido va a mantenerse dentro del dique o va a pasar por debajo de las mismas por su densidad (flotación de las mangueras). DENSIDAD GAS: tomando como referencia que la densidad del aire = 1 Si la densidad es mayor que 1, el gas tenderá a bajar al suelo y progresar por las zonas mas bajas, deslizándose. Si la densidad es menor que 1, el gas tenderá a expandirse, subir y disolverse en el aire. Varía de manera inversamente proporcional a la Temperatura, esto es, cuando se incrementa la temperatura, la densidad baja, mientras que cuando la temperatura desciende, la densidad aumenta. De cara a la intervención el conocimiento y manejo de este parámetro nos permitirá valorar la dispersión de la nube, o su comportamiento hacia la atmósfera o a nivel de suelo. Tener en cuenta que para valores de viento superiores a 2m/sg el gas que tenga una densidad de 0,8 se considerará como 1 o mayor. SOLUBILIDAD EN AGUA: medida en gr. de materia/ 100 gr. de agua. Indica la cantidad de producto que es susceptible de diluirse en agua. Depende de la temperatura, incrementándose con el aumento de temperatura

de 0 a 1 gr. / 100 gr. de agua es difícilmente soluble de 1 a 10 gr./ 100 gr. de agua es medianamente soluble de 10 a 99 gr./ 100 gr. de agua es muy soluble de 99 a 100gr/ 100 gr. de agua es miscible De cara a la intervención, en extinción, es interesante por la utilización de espumas (un producto que no sea soluble en agua, mantendrá la espuma, y viceversa) . En contención en cauces de agua, los no solubles ofrecerán mayores posibilidades de separase o viceversa. Para abatimiento y/o dilución con agua en función de su solubilidad, tendremos en el suelo un producto resultado de la mezcla con agua o dos productos separados. Valorar la cantidad de aporte constante en volumen y cantidad de agua necesaria para estas labores, en función del tipo de tarea y producto. Esto es algo que habrá que tener muy en cuenta para la descontaminación. Igualmente, en la utilización de espumas comunes únicamente será efectiva en productos no solubles o difícil dilución en agua. Por el contrario, espumas antialcohol serán efectivas en los productos poco solubles, ligeramente solubles y solubles en agua. No descartar que muchos productos puedan presentar buenas características de disolución en otros productos distintos del agua. PRESION VAPOR: tomando como referencia la presión atmosférica = 1. La unidad de medida tomada es la de atmósfera ( atm) o bar, aunque en presiones muy pequeñas inferiores a 1 se utiliza milímetros de columna de mercurio. La equivalencia es la siguiente: 1 atm = 1 bar = 100 k pascales = 760 mm de Hg (como referencia aproximada) Es importante conocer que la presión vapor únicamente se va a poder medir en recipientes cerrados. PRESION VAPOR es el empuje con el que las moléculas del producto tienden a equilibrarse con la presión atmosférica. Esto implica que una presión vapor mayor que 1 permitirá a las moléculas de producto abandonar la superficie del líquido para transformarse en gas (vapor). Orientada a la intervención, el conocimiento de la presión de vapor sirve para tener una idea aproximativa de la zonificación de la intervención, esto es, distancias de seguridad. En función del aumento de esta presión, podrá ser más dificultoso y de resultado incierto el taponamiento de fugas. PUNTO DE EBULLICION: es la temperatura a la que se hace efectivo el cambio de estado del producto de líquido a gas. UMBRAL DE OLOR: es la concentración mínima de producto necesaria susceptible de ser percibida por el olfato humano.

Se expresa en concentración o cantidad de producto en partes por millón. A mayor necesidad de concentración de producto necesario para ser olido, el comportamiento de este de cara a la percepción de toxicidad será peor. Un ejemplo favorable de esto puede ser el del amoniaco, cuyo umbral de percepción es tan bajo que nos avisa de su presencia mucho antes de que sea peligroso. ( Umbral de olor de 0,037 a 20 ppm, y letal de 500 ppm)

2 INFORMACIÓN GENERAL. 2.1 SUSTANCIAS TÓXICAS O VENENOSAS CLASE 6.1 Como sustancias tóxicas, de manera genérica entendemos aquellas que aún no teniendo entre ellas afinidades químicas ni características físicas comunes solo presentan en común el producir efectos muy nocivos o infecciones en el ser humano y los animales domésticos. Pueden dañar en cantidades relativamente pequeñas y por una acción única o de baja duración la salud del ser humano o causar su muerte por ingestión, absorción cutánea o inhalación. Son consideradas como tóxicas aquellas que su DL 50 (referencia en punto 3.2 del tema) queda por debajo de los15.000 ppm. Las sustancias mas usuales de esta clase son herbicidas, insecticidas , fabricación y endurecimiento de plásticos y otros. Los riesgos de la clase 6.1 son principalmente de: Intoxicación. Daños al Medio Ambiente. Los podemos clasificar en función de su forma de presentación en: - polvos tóxicos - gases tóxicos - gases tóxicos sin olor - vapores y polvos nocivos - aquellos que desprenden gases tóxicos cuando están en contacto con agua, ácidos o influencia de otras sustancias. A la hora de seleccionar el nivel de equipamiento para este tipo de materias, es importante tener en cuenta las formas en que el cuerpo humano puede ser afectado por estas sustancias. Se puede hacer una distinción entre las cuatro diferentes vías y una combinación de ellas. La sustancias pueden entrar al cuerpo a través de: La piel. El aparato respiratorio. El sistema alimenticio. Las mucosas. Es de una gran importancia averiguar y establecer cuáles de estas vías son relevantes, y en esto basar la selección del equipo de protección adecuado.

Por su grado de peligrosidad podemos distinguir entre: - materias muy tóxicas - materias tóxicas - materias que presentan un grado menor de toxicidad.

2.2 GASES TÓXICOS Como un gas que es, está encuadrado en la clase 2, pero por su singularidad los trataremos aquí. Como todos los gases envasados a presión, tienen los siguientes riesgos: Rotura del envase. Peligro de proyectiles. Ondas de presión. Enfriamiento súbito. La mayoría son también inflamables, con sus correspondientes riesgos, pero además, por ser tóxicos, tienen también el riesgo de intoxicación. La mayoría de estas sustancias son también corrosivas o cáusticas.

2.3 SUSTANCIAS INFECCIOSAS CLASE 6.2 Los riesgos de la clase 6.2 se ven limitados únicamente al riesgo de intoxicación, pero lo más importante es que la zona de riesgo esta única y exclusivamente limitada al lugar del daño, y casi siempre limitada al contacto directo, por lo que la zona de peligro será muy pequeña. Ejemplos de esta sustancia son: Pieles, huesos y despojos. Tendones frescos. Preparaciones anatómicas infecciosas. Se incluyen aquí las materias que contienen microorganismos viables, que son, entre otros, bacterias, virus, parásitos y hongos.

2.4 SUSTANCIAS CORROSIVAS CLASE 8 Son el conjunto de materias que, por su acción química, dañan gravemente el tejido epitelial de la piel y las mucosas al entrar en contacto con ellas, o que , en caso de fuga, pueden originar daños a otras mercancías o a los medios de transporte pudiendo llegar a destruirlos, dando lugar a otros peligros. Se engloban también las materias que sólo producen un líquido corrosivo al entrar en contacto con el agua o que, con la humedad natural del aire, produzcan vapores o neblinas corrosivos. En lo que se refiere a su peligrosidad en las intervenciones, podemos decir que,

contrariamente a productos tóxicos y varios tipos de gases o productos radiactivos, los corrosivos, para que dañen se tiene que entrar en contacto físico con ellos, lo que supone que el evitar este contacto, o protegerlo, evitaría la agresión. En función de su peligrosidad se pueden dividir en: Materias muy corrosivas Materias corrosivas Materias de menor grado de corrosividad Los riesgos con las sustancias corrosivas consisten en: Heridas por destrucción de tejidos. Daños Medioambientales. Intoxicación. Radiación de calor. Los corrosivos pueden ser divididos en tres grupos: Ácidos: Son las sustancias corrosivas mas importantes por el volumen de su producción y transporte ( mas de 6 millones de Tm/año, únicamente con el ácido sulfúrico y nítrico). Debemos destacar su importancia económica y productiva, al tratarse de materias primas para otros procesos. Un ácido, con carácter general, es un compuesto que puede ceder un protón (átomo de hidrógeno). El contenido en iones de hidrógeno se mide calculando el pH. Los ácidos se caracterizan por tener un pH bajo. Un ácido fuerte tiene un pH igual a 0 , pudiéndolos dividir en orgánicos e inorgánicos . Los más fuertes y peligrosos, esto es, los más peligrosos son los inorgánicos. Poseen la propiedad de poder mezclarse con el agua. Estos ácidos liberan calor cuando se disuelven en agua, lo que puede ocurrir violentamente si el ácido está concentrado. Causan efectos destructivos sobre los tejidos vivos y reaccionan fuertemente con las materias orgánicas y algunos metales. (en otro apartado del tema haremos una ficha particular con las características más importantes de los ácidos mas relevantes). Bases: También llamadas álcalis. Las bases representan también un volumen e importancia muy elevado en cuanto a su transporte y utilización, especialmente los hidróxidos sódico (sosa cáustica) y potasio (potasa cáustica) y el hipoclorito sódico. Tienen, al contrario que los ácidos, la facultad de tomar un protón , debiéndose sus propiedades corrosivas los iones oxhidrilo (OH) , mientras que las de los ácidos se deben a los iones H. La concentración de los iones oxhidrilo de una base se da por el pH, en virtud del cual una base fuertemente alcalina tiene un pH de 14. Son extraordinariamente corrosivas y los daños que producen en los tejidos son mayores que los de los ácidos, debido a que disuelven las proteínas del organismo, ocasionando mas rápidamente la muerte de los tejidos, lo cual

quiere decir que, para el hombre, son mucho más peligrosas que los ácidos. Ambos, esto es, ácidos y bases se neutralizan mutuamente, y en esa neutralización se produce agua mas una sal, liberando durante el proceso de reacción una gran cantidad de calor. Las bases se disuelven en agua generando calor, y atacan a los metales generando gas. A las bases se les denomina también lejías, atacando también a muchas materias orgánicas. Otras sustancias corrosivas: Existen también varios tipos de materiales corrosivos que no son ni ácidos ni bases, pero también destruyen los tejidos vivos. Podemos incluir aquí de entre los mas frecuentes y corrosivos los bromuros y cloruros orgánicos, los ácidos de halógenos y sustancias que contienen flúor. La mayoría de las sustancias son muy reactivas e intensamente corrosivas para la piel y la mucosa nasal, siendo en contacto con el agua o humedad muy propensas a la formación de gases o soluciones corrosivas, atacando a la mayoría de los metales, llegando algunas de ellas (el caso de acetilbromuro) a descomponerse en contacto con la humedad del aire produciendo ácidos de bromo y cloro. Mención especial merecen las disoluciones de peróxido de hidrógeno (variedades de agua oxigenada), modificándose su peligrosidad en función de las concentraciones ( 6, 40, y hasta 60 %), teniendo, además de sus características de fuerte oxidante la de reacción violenta con ciertas sustancias orgánicas (permanganatos, sales de plomo...)

2.5 FORMAS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS Método 1º : Lugar y actividad. Método 2º : Tipo y forma de los recipientes. Método 3º : Colores. Tuberías industriales y sus colores de identificación. Señalización por el color de los gases industriales. Método 4º : Placas y etiquetas. Nombre de la mercancía. Número ONU. Etiquetas y rótulos de peligro. Panel naranja. Código HAZCHEM. Diamante de peligro. Método 5º : Fichas y documentos. Carta de porte. Fichas de seguridad. Método 6º : Aparatos de detección y medida. Método 7º : Sentidos. En el panel naranja (Empleado en las unidades de transportes que comprenden los vehículos cisterna y los vehículos de transporte de mercancías por carretera, los vagones cisterna y los vagones de mercancías por ferrocarril, así como los contenedores cisterna y los contenedores de mercancías destinados al transporte multimodal), está compuesto por el código de peligro en la parte superior y el código de la materia en la parte inferior.

En esta clase el número de la identificación del peligro comienza por el 6 para tóxicos y 8 para corrosivos . El significado de las principales combinaciones es el siguiente: 60: Materia tóxica o nociva. 63: Materia tóxica o nociva e inflamable (punto de inflam. entre 21ºC y 55º C). 638: Materia tóxica o nociva e inflamable (punto de inflam. entre 21º C y 55º C) y corrosiva. 639: Materia tóxica o nociva e inflamable (punto de inflam. entre 21º C y 55º C) que puede producir espontáneamente una reacción violenta 66: Materia muy tóxica. 663: Materia muy tóxica e inflamable (punto de inflamación entre 21º C y 55º C) 68: Materia tóxica o nociva y corrosiva. 69: Materia tóxica o nociva que puede producir espontáneamente una reacción violenta 856: Materia corrosiva, comburente y tóxica. 86: Materia corrosiva y tóxica. 886: Materia muy corrosiva y tóxica. X886: Materia muy corrosiva y tóxica que reacciona peligrosamente con el agua. Dentro de la mercancía peligrosa, la característica tóxica o corrosiva de la sustancia en el código de peligro puede ocupar el segundo o tercer puesto, sin que ello suponga un riesgo menor, como por ejemplo: 236: Gas inflamable y tóxico 265: Gas tóxico oxidante. 266: Gas muy tóxico. 268: Gas tóxico y corrosivo. 286: Gas corrosivo y tóxico. 336: Materia líquida muy inflamable y tóxica. 36: Materia líquida susceptible de autocalentamiento y tóxica. 362: Materia líquida inflamable y tóxica que reacciona con el agua desprendiendo gases inflamables. X362:Materia líquida inflamable y tóxica que reacciona peligrosamente con el agua desprendiendo gases inflamables. 446: Materia sólida inflamable y tóxica que, a una temperatura elevada, se encuentra en estado fundido. 46: Materia sólida susceptible de autocalentamiento y tóxica. 362: Materia sólida inflamable y tóxica que reacciona con el agua desprendiendo gases inflamables. 56: Peróxido o comburente tóxico 568: Peróxido o comburente tóxico y corrosivo. 76: Materia radiactiva, tóxica.

3 PELIGROS INTRINSECOS DE LOS PRODUCTOS 3.1 CRITERIOS DE EVALUCION DE RIESGOS PARA LA SALUD Entre 1930 y1940 comenzaron a desarrollarse en la URSS, Alemania y EEUU los primeros estudios sobre límites de exposición, basados en la experimentación

animal y estudios epidemiológicos, siguiendo el concepto de "Concentración máxima tolerable" (MAC). En 1950 la Conferencia Americana de Higiene Industrial ( ACGIH) publicó por primera vez una propuesta de "Valores límite Umbrales (en inglés Thershold Limit Values) conocidos mundialmente como TLV. Un TLV es una concentración media ponderada en el tiempo para una jornada laboral de 8 horas/día o una semana laboral de 40 horas , a la que se supone que pueden exponerse casi todos los trabajadores de forma repetitiva, día tras día, sin efectos nocivos para la salud. En 1971 se tomaron la mayor parte de estos valores límites TLV como estándares ambientales oficiales, denominándose "Limites de exposición permisible" (PEL). Los valores admisibles en la URSS responden al concepto de "Concentración Máxima permisible" (MAC) , de concepto muy similar al TLV aunque sus valores de referencia difieran en algunos elementos levemente, tendiendo a igualarse en las diferentes revisiones que se realizan para actualización de datos. En España la normativa actual vigente sobre los límites de exposición está recogida en los diferentes reglamentos aparecidos, en cumplimiento de las correspondientes directivas de la CEE, sobre amianto, plomo y cloruro de vinilo, monómetro. Dichos límites Ambientales (VLA) o como la Concentración Promedio Permisible (CPP), en ambos casos son límites referidos a 8 horas diarias y 40 horas semanales. Se encuentra en vigor la lista de valores límite recogida en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas ( BOE 7 de Diciembre de 1.961). El Consejo de las Comunidades Europeas adoptó a partir de 1.978 varias resoluciones y directivas, de las que cabe destacar la de 1.980, sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes químicos, biológicos y físicos, destinada a conseguir que todos los países miembros tengan una normativa similar, a través de un programa de acción común.

3.2 CRITERIOS TLV PARA SUSTANCIAS QUIMICAS La anteriormente mencionada ACGIH está dedicada al desarrollo de los aspectos técnicos de la protección de los trabajadores. Elabora anualmente una relación de valores admisibles en el ambiente de trabajo (TLV) para sustancias químicas, agentes físicos e índices biológicos de exposición , que se publican periódicamente para conocer los nuevos valores asignados a los TLVs . Los TLV,s son límites recomendables y no una frontera entre condiciones seguras y peligrosas. Se han establecido exclusivamente para la práctica de la Higiene Industrial, y el organismo emisor de estos TLV,s indica los casos en los que no deben ser utilizados: evaluación de la contaminación atmosférica de una población, para estimar el potencial tóxico de exposiciones continuas e ininterrumpidas u otros periodos de trabajo prolongados, la existencia o

inexistencia de una enfermedad o un estado físico, o países con diferencias de condiciones de trabajo muy diferentes del originario de la creación de estos límites. Los TLV,s hacen referencia a concentraciones de sustancias en el aire por debajo de las cuales la mayoría de los trabajadores pueden exponerse sin sufrir efectos adversos para su salud. Los TLV,s hacen referencia a concentraciones de sustancias en el aire por debajo de las cuales la mayoría de los trabajadores pueden exponerse sin sufrir efectos adversos para su salud. Debido a la variedad de efectos que las sustancias químicas pueden provocar en las personas expuestas, se han definido tres tipos de valores límite: TLV-TWA Valor límite umbral - Media ponderada en el tiempo Concentración Límite, ponderada en el tiempo para una jornada normal de 8 horas y 40 horas semanales, a la cual la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos repetidamente, día tras día, sin sufrir efectos adversos. Se trata del valor Límite mas característico al que se hace referencia habitualmente cuando se cita el valor TLV. TLV-STEL Valor límite umbral - Límite de Exposición de Corta Duración. Concentración Límite a la que los trabajadores pueden estar expuestos durante un corto espacio de tiempo sin sufrir irritación, cambio crónico o irreversible en los tejidos o narcosis importante. No es un límite de exposición separado e independiente, sino un complemento de la media ponderada (TWA). El STEL se define como el límite de la exposición media ponderada en e tiempo durante 15 minutos que no debe sobrepasarse en ningún momento de la jornada, aunque la concentración media de exposición ponderada en el tiempo durante 8 horas sea inferior al TLW-TWA. Las exposiciones STEL no deben ser mayores de 15 minutos, y no deben repetirse mas de 4 veces al día, existiendo un periodo mínimo entre exposiciones de 60 minutos. TLV-C Valor límite Umbral - Techo Es la concentración Límite que no debe sobrepasar en ningún momento de la exposición durante el trabajo. Para su valoración admiten muestreos de 15’, excepto en aquellas sustancias que puedan causar irritación inmediata con concentraciones muy cortas. Unidades Todos los valores vienen expresados en unidades de volumen ( esto es, partes por millón (ppm)) y de peso (mg/cm3) simultáneamente. La conversión de estas unidades, en condiciones normales viene dada por la fórmula: (TLV en ppm) x (peso molecular del compuesto en gramos) TLV en mg/m3 = 24,25

Interés especial Las sustancias que en la relación de TLV,s aparecen seguidas de la indicación "vía dérmica" (skin) , hacen referencia a la potencial aportación a la exposición total por la vía cutánea, incluidos los ojos y las membranas mucosas, bien por suspensión en el aire, bien por contacto directo con esa sustancia. A falta de observaciones sobre el ser humano, el grado de toxicidad se fijará recurriendo a las informaciones obtenidas en ensayos sobre animales. DL 50 Valor para la toxicidad aguda por ingestión Es la dosis de materia administrada que tenga las mayores probabilidades de causar la muerte, en un plazo de 14 días, a la mitad de un grupo de ratas jóvenes albinas adultas, machos y hembras. El resultado se expresa en mg/kg. de peso del cuerpo. DL 50 Valor para la toxicidad aguda por absorción cutánea Es la dosis de materia administrada por contacto continuo, a lo largo de 24 horas, con la piel desnuda de conejos albinos que tenga las mayores posibilidades de causar la muerte, en un plazo de 14 días a la mitad de los animales del grupo. El resultado se expresa en mg por kg. de peso del cuerpo. CL 50 Valor para la toxicidad aguda por inhalación Es la concentración de vapor, niebla o polvo administrada por inhalación continua durante una hora a un grupo de ratas jóvenes albinas adultas, machos y hembras, que tenga las mayores posibilidades de causar la muerte, en un plazo de 14 días, a la mitad de los animales del grupo. El resultado se expresa en mg por litro de aire, tratándose de polvos y nieblas, y en ml por m3 de aire (ppm), tratándose de vapores. Estos criterios se basan en los datos relativos a CL50 correspondientes a una exposición de 1 H. y tales informaciones deberán utilizarse cuando estén disponibles. No obstante, cuando solamente estén disponibles los datos relativos a la CL50 , que correspondan a una exposición de 4 horas, los valores correspondientes podrán multiplicarse por cuatro, y el resultado sustituirse al criterio anterior, es decir, que el valor cuadruplicado de la CL50 ( 4 horas ) se considera equivalente al valor de la CL50 ( 1 hora).

4 EVALUACION DE INCIDENTES 4.1 DISTANCIAS Y ZONAS DE RIESGOS Como norma general podemos considerar que los productos de Clase 8, si no tienen ninguna reacción visible, la distancia de 50 metros es oportuna, aunque si se observa reacción con metales, y otros productos siendo visible gorgoteo, emisión de gases, o similares, la distancia adecuada será de 100 mts. Los productos catalogados como 6.1, son sustancias tóxicas y venenosas, los gases generalmente se transportan diluidos, por lo tanto la presión vapor (PV) será igual ó inferior a 1. Ejemplos: Cloroformo, Cianhídrico, Fosgenos, etc. de ahí que la distancia recomendada sea como máximo 100 mts. Para los tóxicos e infecciosos 6.2, es suficiente con no tocarlos, teniendo en cuenta que serán generalmente restos de Hospitales y Mataderos. La distancia prudente es de 50 m. Donde existe mayor riesgo, es en los recipientes cerrados con gases comprimidos o licuados con números de peligro 2.6 y 2.6.8 donde la PV será siempre mayor a 1 y esto ya indica una distancia mínima de 100 mts. Será necesario por tanto intentar conocer la PV del producto y así adecuar la distancia de seguridad a ella.

La PV marcará la distancia a razón de 1 atm/100 mts., pero téngase en cuenta que dicha PV, en recipiente cerrado, es solamente en el primer instante de la fuga, y que dicha presión va disminuyendo hasta igualarse con la atmosférica. Habrá de contarse pues con el tiempo de respuesta y valorar que la PV estará muy por debajo de los valores teóricos según ficha del producto. La distancia en estos casos es algo que depende de muchos factores, y no sería procedente dar distancias exactas; pero como referencia a vehículos de intervención y si no existen otros riesgos más graves. La distancia que puede ser adecuada estará entre los 100 y 300 mts. Nunca menos.

4.2 RELACCION DE LA PRESION VAPOR CON EL TAPONAMIENTO DE LA FUGA Para la mejor comprensión de ello utilizaremos como ejemplo una cisterna de amoniaco Nº ONU 1005 Nº de peligro 2.6.8. con una presión vapor de entre 5 y 10 atmósferas a 4 y 25 grados respectivamente. En el ejemplo tomaremos 8.8 atmósferas a 20ºC. 1º.- Una cisterna cargada con amoniaco circulando normalmente tiene una distancia de seguridad de 0 mts. 2º.- En un momento determinado sufre una fisura que provoca una fuga. En ese momento la PV de la cisterna es de 8.8 atmósferas, luego la distancia de seguridad será de 880 mts. 3º.- El producto se evapora y a) va perdiendo presión, b) va enfriándose el liquido. La distancia de seguridad se va reduciendo desde 880 mts. a 600 mts..... a 400..... hasta que se ha perdido aproximadamente el 20 % del producto la PV es ~ 1 y la temperatura del liquido es de -33º C. Aquí la distancia de seguridad es de ~ 100 mts. 4º.- Cuando los bomberos taponan la fuga, comienza a subir la temperatura del líquido y la PV, hasta un momento teórico de 8.8 atmósferas a 20ºC todos los medios materiales y humanos están en un radio de ~ 100/150 mts. 5º.- La cuña ó tapón no aguanta la presión interior y salta provocando la fuga de nuevo. En ese momento la zona de riesgo es de 880 mts. y todos los equipos están dentro de la zona. 6º.- Continua el ciclo anteriormente citado desde el punto Nº 2.... De aquí que haya que valorar muy, mucho y bien nos interesa realizar un taponamiento, en caso de que sea afirmativo, considerar si podremos realizar un taponamiento efectivo. ¿Qué ocurriría si utilizáramos cojines neumáticos, cojines hermetizadores ó cuñas neumáticos que tienen una presión de trabajo inferior a la presión vapor del producto? !!Claro!! lo expulsaría, abriría ó apartaría según tipo de cojín utilizado y esto haría que todos los intervinientes estuvieran encerrados en una zona de peligro con posibles consecuencias fatales.

5 PRODUCTOS CLASE 6 Y 8 MAS SIGNIFICATIVOS 5.1 AMONIACO Gas No Inflamable y Tóxico y Corrosivo. Nº peligro 268 Gas incoloro que se transporta bajo presión en forma líquida, que se usa como refrigerante y en la fabricación de fertilizantes, explosivos, fibras sintéticas, plásticos, productos farmacéuticos, limpiadores domésticos, colorantes y una amplia variedad de otros productos químicos. Es bastante soluble en agua, puede arder por medio de una fuente de ignición apropiada, dentro de una gama relativamente estrecha de concentraciones en el aire. El producto líquido pesa aproximadamente 0'68 kilogramos por litro en su punto bajo de ebullición de (33'4 º C). El riesgo mayor del derrame, hervirá o se vaporizará rápidamente si se le libera, exponer a las áreas situadas en la dirección del viento a concentraciones tóxicas, corrosivo para el aluminio y para los tejidos corporales. Considerarse la evacuación de las áreas en la dirección del viento si el amoniaco se derrama pero no está ardiendo. INFORMACIÓN FISICOQUIMICA Solubilidad en el Agua: Soluble, 51 g/100 g Solubilidad en Otros Productos Químicos: alcohol Peso Específico (Líquido): 0.682 a (-33.4 º C) Punto de Ebullición: (-33.35 º C) Punto de Congelación: (-77.7 º C) Presión de Vapor: 5 atm. a + 4.7 ºC; 10 atm. a +25.7 º C Corrosividad: algunos tipos de plásticos, gomas y revestimientos; oro y mercurio. Reactividad con el Agua: Se disuelve con desprendimiento de calor para formar hidróxido de amonio. Fórmula Química: NH3 Número de la ONU: 1005 Estado Físico de Envío: Gas licuado comprimido. Estado Físico de Derrame: Gas o líquido hirviente. Color de la Materia: Incoloro. Olor: Extremadamente asfixiante. Usos Comunes: Refrigerante; fertilizante; fabricación de explosivos, fertilizantes, fibras sintéticas, plásticos, productos farmacéuticos, limpiadores domésticos, tintes y otros productos químicos. RIESGOS GENERALES Concentración Umbral de Olor: 0.037-20 ppm Riesgos: sustancia altamente volátil y tóxica, produce grandes cantidades de vapor. Límite de Exposición a Corto Plazo (STEL): 35 ppm durante 15 minutos (ACGIH).

Condiciones a Evitar: Escapes a alcantarillas o sistemas de agua; ingestión, inhalación o contacto físico directo. Riesgos para la Salud Pública: El contacto con el líquido o vapores altamente concentrados debe evitarse estrictamente. Riesgos de Contacto con Ojos o Piel: El contacto del amoniaco líquido con la piel puede causar congelación. Riesgos de Inhalación: Los vapores de amoniaco pueden causar posiblemente la muerte. Algunos efectos pueden retrasarse en su aparición. Tener en cuenta que 5000 ppm en el aire pueden ser fatales casi inmediatamente debido al edema grave, estrangulación y asfixia. Riesgos de Ingestión: corrosivo para la boca, garganta y estómago. RIESGOS DE INCENDIO Límite Inferior de Inflamabilidad: 15.5%. Límite Superior de Inflamabilidad: 27%. RIESGOS DE EXPLOSION Límite Inferior de Explosividad: 16%. Límite Superior de Explosividad: 25%. RESPUESTA A INCENDIOS Técnicas de Extinción: Vestir un traje protector contra productos químicos si se prevé contacto con gases o humos densos. La adición de agua a los charcos de amoniaco líquido puede incrementar el desprendimiento de vapores. FUGAS AL AIRE El agua pulverizada o nebulizada aplicada a los vapores o humos puede absorber vapores, abatir humos y acelerar su dispersión en la atmósfera. Los derrames de agua pueden formar una solución alcalina corrosiva. Dilución: La adición de grandes cantidades de agua al amoniaco puede retardar eventualmente la liberación de gases a la atmósfera. Esta respuesta es más apropiada para derrames más pequeños.

5.2 AMONIACO DISUELTO Materia Corrosiva El amoniaco disuelto (hidróxido de amonio NH4OH) líquido incoloro o lechoso, se utiliza en concentraciones (aunque no siempre) del 15-29.4%, como limpiador doméstico, para fertilizantes y en la confección de plásticos, colorantes, explosivos, detergentes, pesticidas, ácido nítrico y otros productos. Todos ellos son totalmente solubles en agua. Las acumulaciones de vapor de amoniaco en espacios cerrados, dentro de una estrecha gama de concentraciones, puede tener como resultado explosiones si se exponen a una fuente de ignición fuerte. Una solución conteniendo el 20% de amoniaco pesa alrededor de 0.92 kilos por litro. Es corrosivo para algunos metales y reacciona con varios elementos químicos. Las

mezclas con halógenos, calcio, mercurio, óxido de plata o hipocloritos de calcio o sodio pueden ser explosivas. El liquido y sus vapores concentrados irritantes y corrosivos para los tejidos corporales. Los productos de combustión pueden incluir óxidos de nitrógeno y amoniaco sin quemar. Solubilidad en el Agua: Soluble en todas las proporciones. Peso Específico (Liquido) : 0.9245 (20% NH3); 0.9245 (20% NH3); ambos a+20 º. Punto de Ebullición: +27.2 º C a 1 atm. para una disolución al 29.4%. Punto de Congelación: (-72.4 ºC). Peso Molecular: 35.05 para NH4OH; 17.03 para NH3. Presión de Vapor: 556.7 mm de Hg a +21.1 ºC para 28.8 %; 221.4 mm de Hg para 19.1 % NH3. Corrosividad: Corrosivo para el aluminio, estaño, cobre, plomo, plata, zinc, superficies galvanizadas y varias aleaciones de estos metales. Reactividad con el Agua: Leve liberación de calor cuando se disuelve. Reactividad con Otros Productos Químicos: Ácidos minerales fuertes, alcohol etílico, calcio, hipocloritos de calcio o sodio, ácido clorhídrico, ácido nítrico, ácido fluorhídrico. IDENTIFICACION Fórmula Química: NH4OH. Número de la ONU: 2073; 2672. Estado Físico de Envío: Líquido. Estado Físico de Derrame: Líquido. Características del Olor: Como el amoniaco, sofocante. Usos Comunes: Fabricación de Plásticos, colorantes, explosivos, detergentes, pesticidas, ácido nítrico, rayón, goma, productos farmacéuticos, tintas, cerámica, lubricantes, limpiadores domésticos, fertilizantes y otros productos químicos; asado en refrigeración, fotografía e ignifugación de madera. RIESGOS GENERALES Riesgos: Puede desprender cantidades considerables de vapores de amoniaco en disoluciones concentradas o si se le calienta. Las disoluciones concentradas pueden hervir a altas temperaturas ambiente. Condiciones a Evitar: Calor, fuego y fuentes de ignición fuertes; contacto con materias incompatibles; entrada a alcantarillas y sistemas de agua, inhalación, ingestión o contacto físico directo. Riesgos para la Salud Pública: El mayor riesgo es la inhalación de altas concentraciones de amoniaco que puede haber en el aire. El contacto directo y la ingestión tienen que ser también evitadas estrictamente. Riesgos de Contacto con Ojos o Piel: Hidróxido de amonio líquido con la piel o los ojos puede causar una irritación intensa y posiblemente quemaduras severas. Riesgos de Inhalación: Las exposiciones graves pueden tener como resultado edema pulmonar y posiblemente la muerte. Tener un cuenta que un nivel de 5000 ppm en el aire puede ser fatal casi inmediatamente debido a edema grave, estrangulación y asfixia. Riesgos de Ingestión: La ingestión de sólo 3-4 ml. puede ser fatal. Límite Inferior de Explosividad: 16 % (para NH3). Límite Superior de Explosividad: 25 % (para NH3).

AGUA PULVERIZADA O NEBULIZADA El agua pulverizada o nebulizada puede absorber los vapores de amoniaco y acelerar su dispersión en la atmósfera. Dilución: La adición de cantidades relativamente grandes de agua al amoniaco disuelto puede retardar la salida de vapores a la atmósfera.

5.3 CLORO Gas no inflamable y Tóxico INFORMACION GENERAL El cloro es un gas verdoso amarillento, que se transporta licuado a presión y que tiene un olor sofocante y agrio. Se utiliza para purificar el agua, blanquear papel, pasta de madera y textiles y para hacer una gran variedad de otros productos y productos químicos. Es ligeramente soluble en agua, y más pesado que ella, el cloro licuado se hundirá parcialmente en el agua mientras que hierve rápidamente, desprendimiento al medio ambiente producirá la generación de grandes cantidades de un gas que es más pesado que el aire, que es altamente corrosivo y tóxico y que puede persistir en hoyos, fosas y bajíos de terreno. Es un fuerte oxidante y materias combustibles se incendiarán y/o se quemarán en la presencia del cloro. El gas licuado pesa aproximadamente 1.56 kilos por litro cerca de su punto de ebullición. Es estable bajo las condiciones de transporte normal, altamente reactivo que formará mezclas potencialmente explosivas con una gran variedad de otros productos químicos. Licuado o en altas concentraciones de gas en el aire, puede causar quemaduras en los ojos y la piel por contacto. La evacuación de la zona situada en la dirección del viento si existe un escape de cloro, deberá de tener una distancia de hasta 1000 metros. Temperatura de Autoignición: No inflamable. Velocidad de Combustión: No inflamable. Estabilidad: Estable. Corrosividad: Altamente corrosivo en presencia de humedad. Reacciona con la mayoría de los metales a altas temperaturas. El cobre puede arder espontáneamente. Reactividad con el Agua: Forma una solución corrosiva de ácido hipocloroso (CIOH) que se desdobla en cloro, oxígeno y ácido clorhídrico. Sinónimos y Marcas Comerciales: Cloro molecular, cloro líquido. Fórmula Química: Cl2. Número de la ONU: 1017. Clasificación RID/TPF: 2, gas no inflamable y tóxico. Estado Físico de Envío: Gas licuado y comprimido. Estado Físico de Derrame: Gas o líquido hirviente. Color de la Materia de Envío: Verdoso amarillo. Características del Olor: Agrio, sofocante, irritante, como lejía. Usos Comunes: Utilizado en tratamientos de agua y aguas fecales; fabricación de pasta de madera, papel, lejías, desinfectantes, tintes, gomas, plásticos,

productos químicos orgánicos e inorgánicos y en otros productos y procesos. RIESGOS GENERALES Concentración Umbral de Olor: 0.02-3.5 ppm. Riesgos: Extremadamente corrosiva, tóxica, volátil y reactiva. El gas es más pesado que el aire. Limites de Exposición a Corto Plazo (STEL): 3 ppm durante 15 minutos. Condiciones a Evitar: Contacto con materiales incompatibles; entrada en sistemas de agua, inhalación, ingestión o contacto físico directo. RIESGOS PARA LA SALUD Riesgos para la Salud Pública: La inhalación del gas que puede ser tóxico a distancias considerables. Evitarse rigurosamente el contacto físico directo. Riesgos de Contacto con Ojos o Piel: Quemaduras graves en ojos y piel por contacto. Riesgos de Inhalación: Irritación grave de los ojos y las vías respiratorias causando lágrimas. Un nivel de 1000 ppm puede ser mortal después de unas profundas inhalaciones. Concentraciones de 50 ppm. pueden ser peligrosas en exposiciones cortas. RIESGO DE INCENDIO No inflamable. RESPUESTA A INCENDIOS Agentes Extintores: Atacar el incendio circundante según sea necesario, pero se debe recordar que el agua puede incrementar las emanaciones de gas que provienen de charcos de cloro líquido en el suelo o saliendo del tanque. Agua pulverizada para proteger al personal que intenta cortar el escape. AGUA PULVERIZADA O NEBULIZADA Agua pulverizada o nebulizada, aplicada a vapores o gases de cloro, puede absorber vapores, abatir gases y acelerar su dispersión en la atmósfera. ESPUMA Espuma de fluoroproteina o espuma especial de cloro, aplicada a la superficie de los charcos, puede retardar la emanación de vapores de cloro a la atmósfera después de un incremento inicial de la misma.

5.4 DIOXIDO DE AZUFRE INFORMACION GENERAL Es un gas tóxico, no inflamable, incoloro, que se envía en estado líquido bajo presión y que tiene un olor agudo, como el azufre ardiendo. Se usa para hacer desinfectantes, fumigantes, vidrio, vino, proceso de alimentos y una variedad de otros productos químicos. Es bastante soluble en agua. El dióxido de azufre

líquido es más pesado que el agua y, debido a su punto de ebullición de (-10 ºC), puede esperarse que se hunda en el agua, mientras, simultáneamente, hierve y reacciona para formar una disolución ácida corrosiva. La mayoría de los derrames producen grandes cantidades de gas y humos. Estos son más pesados que el aire, pueden exponer a las poblaciones en la dirección del viento a concentraciones tóxicas a distancias considerables y pueden persistir en hoyos y depresiones. El líquido pesa aproximadamente 1.45 kilos por litro, en su punto de ebullición. Forma ácido sulfuroso en reacciones con agua, y este ácido puede corroer el aluminio y otros metales. El contacto con el sodio o el potasio, puede tener como resultado incendios o explosiones. Puede atacar algunos tipos de plásticos, gomas y revestimientos y es corrosivo para los tejidos corporales. Solubilidad en el Agua: Soluble, 10 g/100 g de agua a +20 ºC; desciende cuando se incrementa la temperatura. Solubilidad en Otros Productos Químicos: Soluble en ácido acético, alcohol etílico, ácido sulfúrico y disolventes orgánicos. Peso Específico (Líquido): 1.45 a (-10 ºC). Punto de Ebullición: (-10 ºC) a 1 atm. Punto de Congelación: (-75.5 ºC). Peso Molecular: 64.06. Presión de Vapor: 3.27 atm. a +20ºC. Corrosividad: Reacción ácida con agua, que corroe el aluminio y otros metales. El dióxido de azufre líquido puede atacar algunos plásticos, gomas y revestimientos. Reactividad con el Agua: Forma ácida sulfuroso en una reacción sin riesgo, después se oxida lentamente formando ácido sulfúrico. Denominación de la Materia: Dióxido de azufre. Sinónimos y Marcas Comerciales: Anhídrido del ácido sulfuroso; óxido de azufre; anhídrido sulfuroso; óxido sulfuroso. Formula Química: SO2. Número de la ONU: 1079. Clasificación RID/TPF: 2, gas no inflamable y tóxico. Estado Físico de Envío: Gas licuado. Estado Físico de Derrame: Gas o líquido. Color: Incoloro. Usos Comunes: Fabricación de compuestos de azufre, desinfectantes, fumigantes, vidrio, vino, hielo, proteínas, medidores de presión de vapor; blanqueo del azúcar de remolacha, harina, fruta, grano, aceite, otros productos; curtido del cuero; insecticida; fungicida. RIESGOS GENERALES Concentración Umbral de Olor: 3 ppm. Riesgos: Extremadamente volátil con gases y vapores más pesados que el aire. Puede exponer a las áreas en la dirección del viento a concentraciones tóxicas en el aire a distancias considerables. Límites de Exposición a Corto Plazo (STEL): 5 ppm durante 15 minutos. (ACGIH). RIESGOS PARA LA SALUD Riesgos para la Salud Pública: El riesgo mayor es la inhalación de concentraciones que pueden estar presentes en el área de derrame y a distancias considerables en

la dirección del viento. Riesgos de Contacto con Ojos o Piel: Quemaduras de la piel por el efecto congelante de la evaporación rápida. El contacto con los ojos, tiene como resultado una posible pérdida de visión. Riesgos de Inhalación: Irritante fuerte de ojos, nariz, garganta y pulmones, a concentraciones tan bajas como 10 ppm. en el aire; la muerte, debido a la parálisis respiratoria. Concentraciones de 400-500 ppm. son inmediatamente peligrosas para la vida; 50-100 ppm es el nivel máximo permisible para exposiciones de 30-60 minutos. AGUA PULVERIZADA O NEBULIZADA El agua pulverizada o nebulizada, aplicada a los vapores o humos de dióxido de azufre, puede absorber vapores, abatir humos y acelerar su dispersión en la atmósfera. El agua deberá aplicarse en un punto en la dirección del viento y no deberá permitirse que entre en contacto con los charcos de dióxido de azufre líquido.

5.5 ACIDO CLORHIDRICO INFORMACION GENERAL También conocido como ácido muriático, es un líquido fumante con un color que va de incoloro a amarillo claro, con un olor agudo sofocante e irritante. Se usa para hacer fertilizantes, colorantes, seda artificial, pigmentos y una variedad de otros productos químicos; en galvanizado, refinado de jabón y aceite comestible, curtido de cuero, refinado de minerales, extracción de petróleo y una amplia gama de otros procesos. No es inflamable pero el contacto con muchos metales produce gas hidrógeno, inflamable y potencialmente explosivo. Es completamente soluble en agua y pesa aprox. 1.2 kg./litro. Es estable en el transporte normal y no reacciona con el agua; es altamente corrosivo para la mayoría de los metales y reacciona con una amplia variedad de otros productos químicos y sustancias. Los derrames del producto pueden generar gases y humos más pesados que el aire que son altamente corrosivos para los tejidos corporales. El contacto con el líquido tendrá como resultado quemaduras ácidas. Si se derrama, los vapores o humos pueden ser algo más pesados que el aire. INFORMACION QUIMICO/FISICA Solubilidad en el Agua: Soluble en todas las proporciones. Solubilidad en otros productos: Soluble en Alcohol. Peso Específico (Líquido): 1.19 a +20 ºC. Punto de Ebullición: 50ºC o superior. Peso Molecular: 36.46. Corrosividad: Corrosivo para la mayoría de los metales, particularmente hierro y aluminio, con desprendimiento de gas hidrógeno. Reactividad con el Agua: No reacciona, pero puede generar calor. Reactividad con Otros Productos Químicos: Reacciona con la mayoría de los

metales; metales alcalinos activos y algunos de sus compuestos; anhídrido acético; 2-amino etanol; hidróxido amónico, ácido clorosulfónico, oleum, ácido sulfúrico, etilen diamina o imina; óxido de propileno; acetato de vinilo; Bpropiolactona; HCIO4 y una variedad de otros productos químicos. Sinónimos y Marcas Comerciales: Acido muriático. Fórmula Química: HCI. Componentes Constituyentes (% de cada): 27.9-38 % HCI en agua. Número de la ONU: 1789. Estado Físico de Envío: Liquido. Estado Físico de Derrame: Líquido. Color de la Materia de Envío: De incoloro a amarillo claro; agotado, puede ser oscuro. Características del Olor: Agudo, sofocante, irritante. Usos Comunes: Fabricación de fertilizantes, colorantes, seda artificial, pigmentos de pintura, otros productos químicos; refinado de jabón, minerales y aceites comestibles; extracción de petróleo; galvanizado; curtido del cuero; decapado de metales; usos en las industrias fotográfica, textil y del caucho. RIESGOS GENERALES Concentración Umbral de Olor: 1-5 ppm. Riesgos: Acido altamente corrosivo que genera humos y gases más pesados que el aire; puede generar gas hidrógeno por contacto con metales. Riesgos de Contacto con Ojos o Piel: El ácido clorhídrico y sus humos y gases pueden causar rápidamente inflamación o quemaduras. El contacto con los ojos puede tener como resultado irritación de los ojos, quemaduras graves y daños permanentes, con posible pérdida de la visión. Riesgos de Inhalación: Los humos o gases que se desprenden del ácido clorhídrico pueden causar irritación; dificultades respiratorias graves retardadas, que incluyen edema pulmonar, espasmo o edema laringeal y posiblemente la muerte. Concentraciones de 1000-2000 ppm. pueden ser peligrosas incluso en exposiciones breves. Riesgos de Ingestión: La ingestión de ácido concentrado puede tener como resultado quemaduras de la boca, garganta y estómago, dolor, náusea, vómito y posiblemente la muerte debido a necrosis esofágica o gástrica. AGUA PULVERIZADA O NEBULIZADA El agua pulverizada o nebulizada aplicada a los vapores o humos de ácido clorhídrico puede absorber vapores, abatir humos y acelerar su dispersión en la atmósfera. DILUCION La adición de una cantidad relativamente grande de agua al ácido clorhídrico puede retardar la liberación de vapores a la atmósfera.

5.6 ACIDO FLUORHIDRICO, DISOLUCIONES Materia Muy Corrosiva y Tóxica INFORMACION GENERAL

Líquido Fumante, extremadamente corrosivo, no inflamable, de incoloro a amarillo claro, con un olor penetrante, irritante, punzante y desagradable, que consta de fluoruro de hidrógeno (normalmente del 30-70 % en peso) disuelto en agua. Se utiliza como abrillantador, agua fuerte y esmerilado; decapado, electropulido, limpieza y tratamiento de varios metales; disolvente de minerales; y para otros muchos usos. El ácido es completamente soluble en agua y se mezcla rápidamente generando calor. En contacto con otros metales puede liberar hidrógeno, gas inflamable y potencialmente explosivo. El líquido pesa aproximadamente 1.2 kilos por litro. Es estable en el transporte normal, pero es altamente reactivo con una amplia variedad de otros productos químicos y materiales. Ataca a la goma natural, piel, la mayoría de los materiales orgánicos, cristal, cemento y ciertos metales, especialmente los que al igual que el hierro de fundición contienen sílice. Es extremadamente corrosivo para los tejidos corporales y puede producir graves quemaduras, dolorosas, profundas y lentas de cicatrizar que pueden retrasarse en su aparición. INFORMACION QUIMICO/FISICA Solubilidad en el Agua: Soluble en todas las proporciones. Solubilidad en Otros Productos Químicos: Soluble en alcohol. Peso Específico (Líquido): 1.1 - 1.26. Punto de Ebullición: De + 66 ºC a 67 ºC para disoluciones del 70%; + 108 ºC para disoluciones del 48 %; + 120 ºC para disoluciones del 35.35 %. Todas a 1 atm. Punto de Fusión: De (-71 ºC) a (-69 ºC) para disoluciones del 70 %; (-37 ºC) para disoluciones de 48 %; (-35 ºC) para disoluciones del 35.35 %. Peso Molecular: 20.01. Presión de Vapor: 10 mm. Hg. para el 48 %. Corrosividad: Ataca a la goma natural, piel, la mayoría de las materias orgánicas, cristal, cemento, ciertos metales (especialmente los que al igual que el hierro de fundición contienen sílice) y muchas otras sustancias. En contacto con materiales que contienen silicio (incluyendo arena, cristal y cerámica) puede generar tetrafluoruro de silicio gas. Reactividad con el Agua: Se disuelve con generación de calor. Reactividad con Otros Productos Químicos: Reacciona (posiblemente de forma violenta) con una amplia variedad de materiales que incluyen trióxido de arsénico, pentóxido de fósforo, ácido bismútico, ácido nítrico, flúor; sodio, cianuros, sulfuros, anhídrido acético, 2-amino etanol, hidróxido de amonio o de sodio; óxido de calcio, ácido clorosulfónico, etilen-diamina, etilenimina, óleum, beta-propiolactona, óxido de propileno, ácido sulfúrico, vinil acetona, álcalis fuertes y otros. El contacto con los sulfuros puede liberar sulfuro de hidrógeno, gas tóxico. El contacto con cianuros puede liberar cianuro de hidrógeno, gas tóxico. Denominación de la Materia: Acido fluorhídrico, disoluciones acuosas, de título como máximo 60 % de ácido fluorhídrico anhidro; ídem, de título más del 60 %, pero como máximo 85 % de ácido fluorhídrico anhidro; ídem, de título más del 85 % de ácido fluorhídrico anhidro (RID/TPF). Sinónimos y Marcas Comerciales: Acido fluórico: disolución acuosa de fluoruro de hidrógeno; HF acuoso; ácido fluorhídrico. Fórmula Química: HF.

Componentes Constituyentes: 30 % al 70 % de fluoruro de hidrógeno en peso, aunque algunas disoluciones pueden ser más diluidas. Número de la ONU: 1790. Estado Físico de Envío: Líquido. Estado Físico de Derrame: Líquido. Color de la Materia de Envío: Líquido de incoloro a amarillo claro; puede humear en el aire si no está demasiado diluido. Características del Olor: Fuerte; irritante; punzante; penetrante. Usos Comunes: Abrillantador, agua fuerte y esmerilado; decapado de cobre, latón, y otros aceros; electropulido de metales; limpieza de piezas de fundición; disolvente de minerales; fabricación de productos químicos fluorados y plásticos; detergentes RIESGOS GENERALES Concentración Umbral de Olor: 0.036-132 ppm. Riesgos: Líquido extremadamente corrosivo y reactivo que puede humear en el aire. El contacto con algunos metales puede liberar hidrógeno gas. Riesgos para la Salud Pública: Extremadamente tóxico y corrosivo por todas las vías de exposición posibles. Los humos y vapores del ácido concentrado pueden ser peligrosos a distancias considerables en la dirección del viento. Las disoluciones del 2 % o menores en peso pueden producir quemaduras en los tejidos corporales. El contacto de la piel con el ácido fluorhídrico o sus humos produce quemaduras y úlceras dolorosas de difícil cicatrización, que implican la muerte localizada de la piel y de los tejidos profundos y una posible descalcificación de los huesos. El contacto con los ojos puede producir ceguera u otros defectos permanentes en la visión. Exposiciones excesivas pueden producir inflamación rápida y congestión de los pulmones, graves dificultadas respiratorias, fiebre, cianosis y muerte por edema pulmonar. Concentraciones de 50-250 ppm. en el aire se consideran peligrosas para los humanos, incluso en breves exposiciones. Riesgos de Ingestión: Produce graves quemaduras en la boca, garganta y estómago, náuseas, vómitos, dolor, diarrea, trastornos del riñón, hipocalcemia profunda, colapso circulatorio y muerte. AGUA PULVERIZADA O NEBULIZADA El agua pulverizada o nebulizada, aplicada a los vapores o humos de ácido fluorhídrico, puede absorber vapores, abatir humos y acelerar su dispersión en la atmósfera. La adición de una cantidad de agua relativamente grande al ácido fluorhídrico líquido puede retrasar la liberación de vapores a la atmósfera. NEUTRALIZACION No usar sosa cáustica-hidróxido de sodio.

5.7 HIDRACINA Materia Corrosiva INFORMACION GENERAL

La hidracina es un líquido incoloro aceitoso, fumante, higroscópico, altamente reactivo, inflamable y tóxico que tiene un olor a pescado, parecido al amoniaco. Se usa como combustible de cohetes, agente reductor y disolvente inorgánico y en la fabricación de productos químicos, pesticidas, plásticos, medicinas, antioxidantes, aleaciones para soldaduras, explosivos y otros productos. Es totalmente soluble en agua y se mezclará libremente. Su punto de inflamación de +37.8 ºC. Los contenedores de líquido pueden romperse violentamente si se les expone al fuego o calor excesivo durante un periodo de tiempo suficiente. Las características inusuales de inflamabilidad incluyen un límite superior de inflamabilidad tan alto como el 100 %, lo que indica que la hidracina puede arder en ausencia de aire, y una temperatura de autoignición que varía de acuerdo con el tipo de material con el que la hidracina está en contacto y que puede ser tan bajo como +23.3 ºC en presencia de hierro oxidado. Merece atención especial un punto de fusión y congelación entre +14 ºC y +2.0 ºC. La hidracina no reacciona con el agua y es estable en el transporte normal a temperaturas ambiente ordinarias. Sin embargo, es un agente reductor muy fuerte que puede inflamarse en contacto con materias porosas tales como madera, tela, tierra, metales oxidados e incluso amianto. Hay riesgo de explosión. La toxicidad del producto es relativamente alta y se le considera corrosivo para los tejidos corporales. Debería considerarse la evacuación de la zona situada en la dirección del viento si la hidracina se está derramando pero no ardiendo. Evaluar en un radio de 1000 metros. INFORMACION QUIMICO/FISICA Solubilidad en el Agua: Soluble en todas las proporciones. Solubilidad en Otros Productos Químicos: Soluble en alcohol. Peso Específico (Líquido): 1.008 a + 20 ºC. Punto de Ebullición: 113.5 ºC a 1 atm. Punto de Congelación: De + 1.4 ºC a +2.0 ºC. Presión de Vapor: 10 - 16 mm. Hg. a + 20 ºC, los valores informados varían. Corrosividad: Evitar el acero inoxidable, así como el cobre, zinc y plomo. Reactividad con Otros Productos Químicos: Las reacciones con superficies metálicas oxidadas (orín) o materias porosas tales como la madera, amianto, tela o tierra pueden tener como resultado la ignición o la descomposición llameante de la hidracina. Las reacciones con agentes oxidantes puede tener como resultado la ignición espontánea o explosión. La hidracina es un agente reductor fuerte que reacciona con una amplia variedad de otros productos químicos. Deberían evitarse los metales catalizadores tales como el plomo, cobre, zinc, cadmio, cobalto, molibdeno, oro, plata y sus aleaciones. IDENTIFICACION Sinónimos y Marcas Comerciales: Diamida; diamina; hidracina base. Número de la ONU: 2029; 2030. Estado Físico de Envío: Líquido. Estado Físico de Derrame: Líquido (la hidracina anhidra solidifica alrededor de + 1.6 ºC).

Color de la Materia de Envío: Líquido aceitoso incoloro. Forma cristales cuando se solidifica. Características del Olor: Como el amoniaco; a pescado. Usos Comunes: Combustible para cohetes; fabricación de productos químicos, pesticidas, plásticos y medicinas; aleaciones para soldaduras; incrustación de metales en cristal o plástico; reveladores de fotos. RIESGOS GENERALES Concentración Umbral de Olor: 3-4 ppm. Riesgos: Líquido fumante, higroscópico, altamente reactivo, inflamable, corrosivo y tóxico. La hidracina puede seguir ardiendo en ausencia de aire. Condiciones a Evitar: Calor, fuego y chispas; entrada en alcantarillas o zonas de agua; inhalación, ingestión o contacto físico directo. RIESGOS PARA LA SALUD Riesgos para la Salud Pública: La ingestión y el contacto físico deben evitarse estrictamente. Se sospecha que la hidracina es un cancerígeno humano. Riesgos de Contacto con Ojos o Piel: Puede causar quemaduras graves en la piel. El contacto de la hidracina líquida con los ojos puede tener como resultado daños graves y lesiones permanentes. Incluso la exposición de los ojos a altas concentraciones de vapor en el aire puede causar ceguera temporal, que puede durar hasta 24 horas. Riesgos de inhalación: Exposiciones excesivas pueden tener como resultado convulsiones, bronquitis, edema pulmonar, lesiones en el hígado y riñones y posiblemente la muerte. Una concentración de 570 ppm. en el aire era letal en un plazo de 4 horas. Riesgos de Ingestión: Síntomas indicados más arriba y posiblemente la muerte. RIESGOS DE INCENDIO Límite Inferior de Inflamabilidad: 4.7 % (algunos dicen el 2.9 %). Límite Superior de Inflamabilidad: 98-100 %. RIESGOS DE EXPLOSION Explosividad: Puede resultar la explosión si se inflaman los vapores en un área cerrada. RESPUESTA A INCENDIOS Agentes Extintores: Es necesario anegarlo en agua para evitar la reignición. Técnicas de Extinción: Llevar aparato respiratorio y ropa protectora apropiada. Llevar traje completo protector contra productos químicos si se prevé el contacto con gases/humos densos. No apagar un cargamento ardiendo a no ser que se pueda parar la fuga con seguridad. Retirarse inmediatamente en el caso de que se produzca un sonido creciente en la válvula de seguridad o decoloración del tanque. AGUA PULVERIZADA O NEBULIZADA

El agua pulverizada o nebulizada aplicada a los vapores o humos de hidracina puede absorber vapores, abatir humos y acelerar su dispersión en la atmósfera.

5.8 HIDROXIDO DE SODIO Materia Corrosiva INFORMACION GENERAL El hidróxido de sodio, también conocido como sosa acústica, es un sólido blanco, inodoro y no volátil, que puede enviarse en forma de copos, cuentas o en forma granular, o disuelto en agua como disolución incolora. Se usa en la fabricación de rayón, celofán, plásticos, algodón mercerizado, papel, explosivos, materias colorantes y en una amplia variedad de otros productos y procesos. Por contacto del producto húmedo con metales como el aluminio, estaño, plomo, zinc, magnesio, cromo, latón y bronce, puede generarse hidrógeno, gas inflamable y potencialmente explosivo. El sólido pesa aproximadamente 2.1 kilos por litro. Las disoluciones pesan aproximadamente 1.5 kilos por litro. El contacto con nitrometano y otros compuestos "nitro", puede tener como resultado la formación de sales explosivas sensibles a los golpes. INFORMACION QUIMICO/FISICA Solubilidad en el Agua: Soluble, 42-347 g 100 g de agua entre + 0 ºC y + 100 ºC. Solubilidad en Otros Productos Químicos: Soluble en alcohol y glicerina. Peso Específico (Sólido): 2.13 a 20 ºC; alrededor de 1.5 para las disoluciones. Presión de Vapor: Despreciable. Corrosividad: Reaccionará con la ropa, cuero y algunos metales. IDENTIFICACION Sinónimos y Marcas Comerciales: Lejía, hidrato de sodio; cáustico blanco. Número de la ONU: 1823 (sólido); 1824 (disoluciones) Estado Físico de Envío: Sólido o disolución líquida. Estado Físico de Derrame: Sólido o disolución líquida. Usos Comunes: Fabricación de algodón mercerizado, papel, explosivo, materias colorantes, rayón, celofán, plásticos; se usa en el refinado de petróleo, regeneración del goma, limpieza de metal, extracción de zinc, galvanizado de estaño, revestimientos contra el óxido, limpieza de ropa, blanqueante, lavavajillas y en procesos químicos. RIESGOS GENERALES Concentración Umbral de Olor: Inodoro. Riesgos: Cuando el sólido entra en contacto con el agua reacciona con desprendimiento de una cantidad considerable de calor. El calor puede incendiar materiales combustibles. La reacción con algunos metales desprende gas hidrógeno. Condiciones a Evitar: Contacto con materiales incompatibles; fuego o chispas

donde pueda estar presente el hidrógeno; entrada en zonas de agua; inhalación, ingestión o contacto físico directo. RIESGOS PARA LA SALUD Riesgos para la Salud Pública: Corrosivo para los tejidos corporales por todas las vías de exposición. Riesgos de Contacto con Ojos o Piel: El contacto de la piel, puede causar irritación de la piel y, con exposiciones más grandes, quemaduras graves con cicatrices. Riesgos de Inhalación: La respiración de polvo de hidróxido de sodio o neblinas puede causar neumonitis grave, dependiendo de la intensidad de la exposición. Riesgos de Ingestión: La ingestión puede tener como resultado quemaduras graves de la boca, garganta y estómago, dolor, vómitos de grandes trozos de mucosa y posiblemente la muerte. RIESGOS DE EXPLOSION Explosividad: El contacto con nitrometano, otros compuestos "nitro" similares y ciertos productos químicos, puede tener como resultado la formación de mezclas explosivas. El contacto con metales puede generar gas hidrógeno, que puede explotar si se inflama en espacios cerrados.

5.9 ÁCIDO SULFURICO. Materia Corrosiva INFORMACION GENERAL El ácido sulfúrico es un líquido oleoso, incoloro o marrón oscuro, inodoro cuando está frío. El producto es completamente soluble en agua. No es inflamable, pero es un oxidante fuerte y altamente reactivo, que puede carbonizar la madera e incendiar materiales combustibles por contacto. El contacto con la mayoría de los metales genera gas hidrógeno inflamable y potencialmente explosivo. El producto pesa de 1.5 a 1.8 kilos por litro, dependiendo de la concentración. El ácido sulfúrico concentrado reacciona violentamente con agua con desprendimiento de calor. Puede haber salpicaduras si se añade agua al ácido en vez de lo contrario. El producto es altamente corrosivo para muchos metales y los tejidos corporales. Los humos y vapores son más pesados que el aire. INFORMACION QUIMICO/FISICA Solubilidad en el Agua: Soluble en todas las proporciones. Solubilidad en Otros Productos Químicos: Se descompone en alcohol. Peso Específico (Líquido): 1.56-1.84 a + 20 ºC: 1.84 para ácido al 98 %. Presión de Vapor: Muy baja, pero puede desprender humo. Corrosividad: Acido muy corrosivo, genera gas hidrógeno en contacto con metales. Reactividad con el Agua: Reacciona violentamente con desprendimiento de calor. IDENTIFICACION Sinónimos y Marcas Comerciales: Acido de batería; ácido fertilizante; aceite de vitriolo; ácido de lavar; ácido ditiónico; BOV; aceite marrón.

Número de la ONU: 1830. Estado Físico de Envío: Líquido. Estado Físico de Derrame: Líquido. Características del Olor: Inodoro a no ser que esté caliente, entonces es asfixiante. Usos Comunes: Fabricación de fertilizantes, explosivos, fibras artificiales, papel, pintura, productos farmacéuticos, detergentes, agente deshidratante; electrolito para baterías. RESPUESTA A INCENDIOS Agentes Extintores: Tener en cuenta que el ácido sulfúrico concentrado reacciona violentamente con agua. El agua (si se utiliza) debe aplicarse en cantidades desbordantes de forma pulverizada o nebulizada. Técnicas de Extinción: Evitar todo contacto corporal. Llevar aparato respiratorio y ropa protectora apropiada. Llevar traje completo protector contra productos químicos si se prevé el contacto con el material o gases/humos densos. Trasladar el contenedor del área del incendio si no hay riesgo AGUA PULVERIZADA O NEBULIZADA. El agua pulverizada o nebulizada, aplicada a los vapores o humos de ácido sulfúrico, puede absorber vapores, abatir humos y acelerar su dispersión en la atmósfera. Aplicar agua en un punto en la dirección del viento y no permitir que entre en contacto con los charcos de ácido concentrado ya que esto podría causar una reacción violenta.

5.10 ACIDO CIANHIDRICO Materia Tóxica INFORMACION GENERAL El ácido cianhídrico es un gas incoloro (cianuro de hidrógeno) que se envía como líquido puro bajo presión o puede estar disuelto en agua para formar disoluciones acuosas de diversa concentración. El ácido cianhídrico puro es totalmente soluble en agua, tiene un olor dulzón, como las almendras. Las acumulaciones de vapor en espacios cerrados puede explotar si se inflaman. El ácido cianhídrico se disuelve en agua con una reacción moderada. Puede volverse inestable si se almacena durante un largo periodo de tiempo o se le expone a altas temperaturas y presiones. Es incompatible con álcalis. Es una sustancia altamente tóxica por todas las vías de exposición, y se le considera un veneno. Los productos de la combustión son tóxicos y pueden incluir cianuros y óxidos de nitrógeno. Sin embargo, si la materia está ardiendo, no apagar el fuego. Los productos de la combustión suponen un riesgo menor que el producto químico sin quemar. INFORMACION QUIMICO/FISICA Solubilidad en el Agua: Soluble en todas las proporciones. Solubilidad en Otros Productos Químicos: Soluble en alcohol.

Peso Específico (Líquido): 0.689 a + 20 ºC. Punto de Ebullición: + 25.7 ºC a 1 atm. Presión de Vapor: 620 mm. Hg. a + 20 ºC. Corrosividad: No corrosivo para la mayoría de los metales. Reactividad con Otros Productos Químicos: Reacciona con álcalis y bases tales como aminas (puede polimerizar), acetaldehido y oxidantes. IDENTIFICACION Sinónimos y Marcas Comerciales: Cianuro de hidrógeno, ácido prúsico, HCN, ácido líquido HCN, nitruro hidruro de carbono, cyclon, amoniuro fórmico, formonitrilo, ácido hidrociánico anhidro. Número de la ONU: 1613 (disoluciones acuosas); 1614 (absorbido en sólido). Estado Físico de Envío: Líquido. Características del Olor: Dulzón, como las almendras amargas, pero algunas personas pueden no olerlo. Usos Comunes: Fumigación; fabricación de plásticos, colorantes, productos farmacéuticos; se usa en galvanización, minería y metalurgia. RIESGOS GENERALES Concentración Umbral de Olor: 0.2-5 ppm. Riesgos: Sustancia extremadamente tóxica e inflamable. RIESGOS PARA LA SALUD Riesgos de Contacto con Ojos o Piel: El ácido cianhídrico líquido y sus vapores concentrados tienen poco o ningún efecto irritante en la piel, pero pueden absorberse rápidamente en cantidades tóxicas. Riesgos de Inhalación: Niveles más altos pueden causar inconsciencia rápida y muerte. 270 ppm. son fatales rápidamente mientras que 110 ppm. lo son en una hora; 45-54 ppm. pueden causar síntomas en 30-60 minutos. Riesgos de Ingestión: La ingestión de una cantidad tan pequeña como 50-100 mg. puede ser fatal. RIESGOS DE INCENDIO Productos Peligrosos de la Combustión: Tóxicos, pueden incluir cianuros sin quemar y óxidos de nitrógeno. RESPUESTA A INCENDIOS Agentes Extintores: Dióxido de carbono, producto químico seco, espuma de alcohol, agua pulverizada. El agua puede ser ineficaz, pero puede usarse para diluir el derrame formando una mezcla no inflamable. AGUA PULVERIZADA O NEBULIZADA El agua pulverizada o nebulizada aplicada a los vapores o humos de ácido cianhídrico puede absorber vapores, abatir humos y acelerar su dispersión en la atmósfera.

ESPUMA DE ALCOHOL Hay una posibilidad de que la espuma de alcohol aplicada a la superficie de los charcos de líquido puede retardar la liberación de vapores de ácido cianhídrico a la atmósfera. INFORMACIÓN ADICIONAL PARA EL PROFESOR. CONSIDERACIONES GENERALES - 1 Kg. de Gas licuado fugado produce aproximadamente entre 400 y 1300 lts. en volumen de gas. - Las fugas de gases tóxicos ó/y corrosivos licuados que fugan y que no se ve la nube tóxica, fuga en fase gaseosa. - Las fugas de estos gases, en las que se ve la nube tóxica fugan en fase de aerosol. - Fisuras mayores de 10 m/m. Ø NO DEBEN TAPONARSE. - Para taponamiento en bridas utilizar virutas de plomo ó abrazadera. - Los ácidos suelen tener una PV muy baja, por lo que si no hay reacciones se puede intervenir próximo al derrame. RESCATE EPR y Nivel de Protección 1. TRATAMIENTO DEL DERRAME Nivel de Protección 3. - Para detección física de fugas gaseosa de amoniaco, podrían utilizarse productos clorados. (Cloro, Acido Clorhídrico). Inmediatamente podrá verse una nube blanca. - Para detección física de fuga gaseosa del Cloro, pueden utilizarse productos de alto contenido en amoniaco. (Limpiador amoniacal). - Dentro de la clase 8 algunas materias en contacto con cloruros dan lugar a un humo muy denso que en contacto con aire húmedo puede dar una falsa alarma de Fuego. - Los productos de clase 8 tienen riesgo de reacción y peligro de emisión de calor, hidrogeno, etc. - En caso de fuego de productos clase 8, generalmente puede utilizarse agua para la extinción, pero en caso de Ácidos concentrados existe un riesgo añadido (además de los anteriores) de proyecciones violentas de dichas materias. - Para la recogida de sustancias corrosivas, lo más adecuado es el empleo de recipientes de Polietileno ó plástico armado con fibras de vidrio. - Cualquier tóxico o corrosivo que lleve en su número de peligro un 3. No cubrir con lona plástica por el riesgo de ignición que podría generar la electricidad estática. - Cualquier tóxico y/ó corrosivo que en su número de peligro figure un nº 3. El nivel de protección indicado es el nº 1. - Recomendada la absorción de producto con arenas absorbentes. (Sepiolita). RIESGOS DE LAS INTERVENCIONES Las intervenciones en los casos de escapes o incendios de substancias tóxicas están entre las más complicadas. Esto se debe a sus propiedades tóxicas y a las

dificultades en decidir e indicar su presencia en el aire, el terreno, el agua o en gases combustibles. En casos de accidentes en el transporte existe el riesgo de mezcla de substancias reactivas y tóxicas, lo que puede implicar riesgos muy difíciles de evaluar. Un problema similar existe en el caso de incendios de insecticidas y herbicidas, entre otros. Una de las medidas prioritarias es el impedir la dispersión mediante eliminación de vapores o movilidad de partículas. Medidas de recubrimiento y cercado son por tanto esenciales. El limitar la dispersión por desagües, corrientes de agua y embalses puede frecuentemente ejecutarse con rapidez. La dispersión a diversos estratos del terreno y las aguas subterráneas es más difícil de combatir. Entonces se hacen necesarios excavar trincheras y maniobras de desvío. En el caso de incendio surgen problemas concernientes al contenido y dispersión de los gases. Cuando hay datos referentes a la índole de las substancias en combustión pueden hacerse cómputos aproximados sobre la toxicidad de los gases. La madera impregnada a presión contiene 5 kg. de agente impregnante por m3. El agente impregnante contiene trióxido de cromo y pentóxido de arsenio entre otros. En caso de incendio se descompone el pentóxido de arsenio a arsenio, que pasará a formar parte integrante de los gases. La combustión está prohibida y la ceniza debe tratarse como residuos químicos. El efecto penacho (fuerza ascendente de los gases de combustión) es frecuentemente grande y se atenúan progresivamente, lo que es un factor positivo. Al decidir el tipo de medidas a tomar es importante sopesar los riesgos implicados por los gases del incendio y su continuada dispersión contra el peligro que la contaminación del agua extintora representa. En ciertas instalaciones modernas existen dispositivos previamente preparados para la recolección del agua extintora. Sin ellos resulta muy difícil recoger el agua, a pesar de la construcción eventual de pozos calafateados, desviaciones ó cercados. El agua para extinciones ha acarreado en muchas ocasiones daños considerablemente mayores que los debidos al propio incendio. Es interesante poner a prueba otros medios extintores así como el estudio de estrategias de tipo defensivo, implicando protección del entorno pero sin medidas directamente ofensivas. INTERVENCIONES El escape de grandes cantidades de sustancia corrosiva es por supuesto un accidente serio. Puede sin embargo constatarse que las lesiones producidas en el medio ambiente son por lo general locales, dado que estas substancias son muy solubles en agua por lo que se atenúan rápidamente. Animales y plantas pueden

ser afectados por la corrosividad, pero no resulta normalmente en lesiones permanentes. El daño producido por estos accidentes es con frecuencia pequeño comparado con el creciente deterioro del medio ambiente debido a procesos como el de acidificación de suelos y aguas. Lo más esencial en el caso de una intervención es el eliminar los riesgos de efectos en el organismo humano mediante cercados y letreros de alarma. La reducción de la fuga se hace por medio del calafateado de pozos, cercado, achicamiento, bombeado, neutralización, absorción y, para pequeñas cantidades, atenuamiento. El taponado del escape puede frecuentemente realizarse si no hay exceso de presión en el recipiente. Para no contaminar instalaciones de purificación y embalse de aguas puede ser necesario hacer desvíos en conexión con el cercado y achicado del escape. En el caso de contaminación del sistema de aguas o del terreno pueden aceptarse valores del pH entre 5 y 9. Al neutralizar los ácidos con cal muerta debe lavársela con agua para que la neutralización sea efectiva. Como regla se consumen 1.5 Kg. de cal por litro de ácido fuerte concentrado, y 0.5 kg. de cal por litro de ácido fuerte menos concentrado. Para la recogida de substancias corrosivas lo más adecuado es el empleo de recipientes de polietileno o de plástico armados con fibras de vidrio. Antes de la intervención debe procederse a la determinación de la concentración (pH) de la sustancia.

MATERIAS COMBURENTES U OXIDANTES

MATERIAS COMBURENTES U OXIDANTES Y PERÓXIDOS ORGÁNICOS 1 INTRODUCCIÓN 1.1 CLASIFICACIÓN ONU 1.2 ETIQUETAS DE PELIGRO 1.3 PANEL NARANJA. CÓDIGO DE PELIGRO. PROPIEDADES FÍSICO - QUÍMICAS 2 DEFINICIÓN DE SUSTANCIA COMBURENTE 3 CLASE 5.1 - SUSTANCIAS O AGENTES COMBURENTES U OXIDANTES 3.1 CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD 3.2 EQUIPOS DE PROTECCIÓN 3.3 MEDIDAS A ADOPTAR 3.4 INCIDENTES SIN INCENDIO 3.5 INCIDENTES CON INCENDIO 3.6 INCIDENTE CON INCENDIO PERO SIN FUGA DEL RECIPIENTE 3.7 PRIMEROS AUXILIOS 4. CLASE 5.2 - PERÓXIDOS ORGÁNICOS 4.1 CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD 4.2 EQUIPOS DE PROTECCIÓN 4.3 MEDIDAS A ADOPTAR 4.4 INCIDENTES SIN INCENDIO 4.5 INCIDENTES CON INCENDIO 4.6 INCIDENTE CON INCENDIO PERO SIN FUGA DEL RECIPIENTE 4.7 PRIMEROS AUXILIOS 5. USOS E IDENTIFICACIÓN DE LOS MATERIALES COMBURENTES

5.1 USOS 5.2 IDENTIFICACIÓN EN EL TRANSPORTE Y EN BULTOS 1 INTRODUCCIÓN 1.1. CLASIFICACIÓN ONU Se va a continuar con el estudio de las nueve clases y divisiones establecidas por el Comité de Expertos de Naciones Unidas, que ha servido de base a la mayoría de las regulaciones (Reglamentos de ADR, RID, IMDG code e I.A.T.A) , a pesar de su carácter de no obligatoriedad, sino de recomendación. En este tema nos vamos a ocupar de la clase 5 correspondiente a las materias comburentes y peróxidos orgánicos: Clase 1 Sustancias y objetos explosivos. Clase 2 Gases comprimidos, gases licuados, gases disueltos, gases inflamables, gases tóxicos y gases corrosivos. Clase 3 Líquidos inflamables y sustancias viscosas. Clase 4 División 4.1: Sólidos inflamables. División 4.2: Sustancias susceptibles de combustión espontánea. División 4.3: Sustancias que en contacto con el agua emiten gases inflamables. Clase 5 División 5.1: Sustancias comburentes. División 5.2: Peróxidos orgánicos. Clase 6 División 6.1: Sustancias venenosas (Tóxicas). División 6.2: Sustancias infecciosas y repugnantes. Clase 7 Materiales radiactivos. Clase 8 Sustancias corrosivas. Clase 9 Sustancias y objetos peligrosos diversos. La última edición del Libro Naranja de la ONU sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas hay catalogadas 3302 denominaciones desde el punto de vista de su peligrosidad y de la importancia socio-económica de su producción y transporte (3302 nº ONU) de las cuales corresponden 112 a la división 5.1( Sustancias Comburentes) , 20 números ONU a la división 5.2 (Peróxido Orgánicos), en los que engloba aproximadamente 199 productos y 34 denominaciones que tienen como peligro secundario el de sustancias comburentes.

1.2 ETIQUETAS DE PELIGRO La etiqueta de peligro nos informa de una forma visual y rápida del riesgo de un bulto o contenedor. Las Sustancias Comburentes y Peróxidos Orgánicos en la

clasificación ONU, se identifican con una bola en llamas (de color negro) sobre fondo amarillo indicando a la división a la que pertenece, 5.1 Sustancias Comburentes y 5.2 Peróxidos Orgánicos. En el IMDG code (transporte de MM. PP. en bultos, no a granel, por vía marítima) y en I.A.T.A. (transporte de MM.PP. por vía aérea) aparece en la etiqueta de peligro la inscripción de " oxidante" (en ingles oxidizer) o " peróxido orgánico" ( en ingles organic peroxide). Los números de etiqueta son los siguientes: Etiqueta de peligro Nº 5.1

Etiqueta de peligro Nº 5.2

Etiqueta de peligro Nº 05. Etiqueta de riesgo secundario. En esta etiqueta no aparecerá ninguna inscripción.

1.3 CÓDIGO DE PELIGRO Existen principalmente tres codigos de peligro a nivel mundial, que nos lo podemos encontrar en unidades de transporte ( contenedores y contenedores cisternas ) que se reciben, principalmente por vía marítima, son los siguientes: - Código Europeo o panel naranja - Código Hazchem (inglés) - Código NFPA (americano) En la siguiente fotografía se aprecian dos de los códigos mencionados, el Panel Naranja o Código Europeo y el Código Hazchem o Inglés, en un contenedor cisterna.

Cualquier transporte de mercancía peligrosa que circule por cartera o ferrocarril por Europa deberá llevar el panel naranja (Empleado en las unidades de transportes que comprenden los vehículos cisterna y los vehículos de transporte de mercancías por carretera, los vagones cisterna y los vagones de mercancías por ferrocarril, así como los contenedores cisterna y los contenedores de mercancías destinados al transporte multimodal), esta compuesto por el código de peligro en la parte superior y el código de la materia en la parte inferior. En esta clase el número de la identificación del peligro comienza por el 5 . El significado de las principales combinaciones es el siguiente: 50: Comburente. 539: Peróxido o comburente inflamables con posibilidad de descomposición

espontánea o de polimerización peligrosa. 55 : Material muy comburente (favorece el incendio) 556: Material muy comburente (favorece el incendio) y tóxica. 558: Peróxido o comburente muy peligroso corrosivo. 559: Peróxido o comburente inflamable con posibilidad de descomposición espontánea o de polimerización. 56 : Peróxido o comburente tóxico 568: Peróxido o comburente tóxico y corrosivo. 58 : Peróxido o comburente corrosivo. 59 : Material comburente (favorece el incendio) que puede producir espontáneamente una reacción violenta. Dentro de la mercancía peligrosa, la característica comburente de la sustancia en el código de peligro puede ocupar el segundo o tercer puesto, sin ser por ello un riesgo a no tener presente en el transporte, como por ejemplo: 225: Gas refrigerado comburente. 265: Gas tóxico oxidante. 85 : Material corrosiva y oxidante. 856: Material corrosiva, comburente y tóxica. X85: Material corrosiva y oxidante con prohibición absoluta de echar agua sobre el producto.

1.4 PROPIEDADES FÍSICO - QUÍMICAS REACCIONES OXIDANTES La combustión es una reacción exotérmica autoalimentada con presencia de un combustible en fase sólida, líquida y/o gaseosa. El proceso está generalmente (aunque no necesariamente) asociado con la reacción de un combustible el oxígeno atmosférico con emisión de luz. Generalmente, los combustibles sólidos y líquidos se vaporizan antes de arder. A veces un sólido puede arder directamente en forma de incandescencia o rescoldos. La combustión de una fase gaseosa generalmente se produce con llama visible. Una combustión confinada con una súbita elevación de presión constituye una explosión. Las reacciones oxidantes relacionadas con los incendios son exotérmicas, lo que significa que el calor es uno de sus productos. A menudo son reacciones complejas y no las conocemos por completo. Sin embargo , podemos formular algunas observaciones consideradas útiles. Una reacción de oxidación exige la presencia de un material combustible y de un agente oxidante. Los combustibles son innumerables materiales que, debido a su composición química, se pueden oxidar para producir otros compuestos relativamente estables, como dióxido de carbono y agua. Por ejemplo:

C3H8 + 5O2 = 3CO2 + 4H2O Los hidrocarburos, como propano (C3H8), constan únicamente de carbono e hidrógeno y se pueden considerar " combustibles prototipo" . Prácticamente todos

los combustibles corrientes, sean sólidos, líquidos o gaseosos, contienen importantes proporciones de carbono e hidrógeno. En este contexto, el agente oxidante más corriente es el oxígeno molecular(O2) del aire, que consta aproximadamente de un quinto de oxigeno y cuatro quintos de nitrógeno. Sin embargo hay ciertos productos químicos que son potentes oxidantes, como el nitrato de sodio (NaNO3) y el clorato potasico (KClO3), que si se mezclan íntimamente con un combustible sólido o liquido, produce una mezcla que reacciona fuertemente. Así, la pólvora es una mezcla física de carbono y azufre(el combustible) con nitrato sódico(el oxidante). Si los grupos reactivos, como el de los nitratos, se incorporan químicamente a un combustible, como el nitrato de celulosa o el trinitrotolueno(TNT), la mezcla resultante puede ser muy inestable y, en condiciones adecuadas, se descompondrá violentamente. Hay circunstancias en las que intervienen especies reactivas en las que la combustión puede dar lugar sin oxigeno. Así, los hidrocarburos pueden " quemarse " en una atmósfera de cloro o el polvo de circonio puede arder en dióxido de carbono puro.

2 DEFINICIÓN Son sustancias muy ricas en oxigeno, que pueden actuar como sustento de la combustión intensificando así la importancia de un posible incendio. La mayor parte de las sustancias oxidantes se pueden englobar en los peróxido y los compuestos que terminan en -ATO e -ITO La propiedad que todas las sustancias de esta clase tienen en común es la de ceder oxígeno cuando un incendio les afecta, acrecentando de este modo la violencia de este. Algunas de las sustancias de esta clase, según la cantidad y la naturaleza de las impurezas combustibles que contenga, son sensibles al impacto, al frotamiento o a un aumento de temperatura. También, ciertos ácidos fuertes oxidantes (por ejemplo, ácido sulfúrico o nítrico), en contacto con materias orgánicas pueden causar combustiones y provocar así, sin que se necesite ninguna llama o chispa, incendios. En la siguiente fotografía se aprecia el efecto de la explosión de un depósito de nitrato amónico, empleado para la fabricación de fertilizantes, ocurrido en 1921 en Alemania. Los materiales combustibles contaminados con el producto (por ejemplo la ropa) se inflaman fácilmente y arden violentamente. Algunas sustancias comburentes son asimismo tóxicas o corrosivas, lo cual está indicado en sus correspondientes fichas. En caso de que las sustancias de esta clase estén afectadas por un incendio, la materia comburente libera oxígeno dando como resultado una combustión autosostenida, incluso en una atmósfera sin oxígeno. En el caso de fugas de agentes o sustancias oxidantes, el riesgo mayor es el de

contacto con agentes reductores. Puede compararse con el del escape de liquido hipercombustible. La extinción de un incendio se efectúa con grandes cantidades de agua. Si es posible mantener el incendio bajo control puede ser preferible, teniendo en cuenta los gases formados, dejarlo arder. Puede ser necesario hacerse cargo del agua de extinción. Un peróxido orgánico contiene una sustancia reductora (oxidable) y puede por tanto reaccionar consigo mismo. Esto puede ocurrir si se le adiciona energía bajo la forma de calentamiento o aumento de presión. Al descomponerse desprende oxigeno y el proceso es frecuentemente explosivo. Los peróxido orgánicos deben de tratarse como material explosivo en caso de intervención. Generalmente se suelen añadir algunas sustancias estabilizadoras para que el peróxido orgánico sea manejable. Las precauciones a tomar en caso de intervención deben ser aún mayores que con sustancias oxidantes . Las medidas a tomar son similares. Dadas las tan diversas propiedades de las sustancias en la presente Clase no es posible indicar un sistema de embalaje y envasado aplicable en general a todas ellas, por lo cual se establecen particulares para cada sustancia, siendo de carácter obligatorio el cumplimiento referente a lo legislado en cuanto a envases y etiquetas. Por lo tanto, no se han de almacenar en la misma zona materiales combustibles, líquidos inflamables, o productos oxidantes. La construcción de los envases/embalajes han de ser incombustibles ya que pueden constituir un riesgo grave. Los peróxidos inorgánicos reaccionan también con los ácidos y producen peróxido de hidrógeno. Se debe de limpiar inmediatamente y perfectamente cualquier vertido, dado que existe una gran probabilidades que ciertos derrames se mezclen con basuras combustibles. De las características de estas sustancias comburentes, y a veces combustibles, dimana que lo más peligroso para su transporte es que se vean envueltos , por las circunstancia que sea, en un incendio y eso aunque ellos no ardiesen en un principio. Entonces se puede incrementar extraordinariamente estos fuegos y producirse explosiones. Algunas sustancias oxidantes pueden descomponerse

espontáneamente (inestabilidad).

3 CLASE 5.1 - SUSTANCIAS O AGENTES COMBURENTES Etiqueta de peligro Nº 5.1

Producción, consumo y transporte de comburentes En esta clase, solo se han seleccionado dos productos: el dicromato de sodio y los cloratos(tanto sódico como potásico). El dicromato lo fabrica, principalmente, la empresa " Productos electrolíticos, S.A. de Barcelona"; y los cloratos, la empresa " Energía e Industrias Aragonesas" en Sabiñanigo (Huesca). Es de señalar, que la producción disminuyó en el año 1986 respecto a 1984, el 22,5%, mientras que el consumo descendió en dicho periodo casi el 24 %. Con relación a la producción y consumo de otras MM. PP. , las sustancias Comburentes y Peróxido Orgánicos son las que menor volumen representan.

3.1 CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD

Como se ha mencionado anteriormente, son sustancias muy ricas en oxígeno que lo pueden liberar incrementando el incendio violentamente, siendo su característica de peligrosidad. Debería quedar claro que aunque se les aplique fuego a un producto comburente u oxidante propiamente dichos, estos no arden, pero si existen cercanas a ellos otras sustancias que pueden arder (madera, papel, alcohol, etc.) aumentará extraordinariamente la posibilidad y violencia del fuego. Por otra parte, la otra clase de comburentes o sea los peróxidos orgánicos, además de la característica de comburente, es decir de disponer de oxigeno en su estructura molecular y aportarlo en un incendio, aporta también el combustible (material orgánico del que también esta compuesto) haciéndolos muy peligrosos. Ejemplos de sustancias comburentes: Percloratos, Cloratos, Cloritos sódico y potásico, Nitrato sódico, Herbicidas constituidos por mezclas de Clorato sódico y potásico o calcio con un cloruro higroscópico (Cloruro cálcico), Peróxido de hidrógeno, Nitratos orgánicos e inorgánicos, Abonos nitrados, Permanganatos, Ácido crómico, etc. Entre las características de peligrosidad destacan: - Reaccionan violentamente con las sustancias combustibles con gran producción de calor. Peligro de incendio y de explosión. - Los materiales combustibles (por ejemplo ropa) puesto en contacto con las sustancias (polvo) se inflaman fácilmente y arden con violencia. - Reaccionan con los ácidos (por ejemplo el de las baterías) y producen gases tóxicos con peligro de incendio y explosión. - Se descomponen al arder formando gases tóxicos. Los síntomas de intoxicación se pueden presentar también después de varias horas. Producen graves daños a los ojos, piel y vías respiratorias. Su ingestión es tóxica. - La descomposición iniciada por un incendio puede extenderse a toda la masa a pesar de que se refrigere. Peligro de explosión.

3.2 EQUIPOS DE PROTECCIÓN - Trajes de intervención o de faena, fuera de la zona de daños (Nivel 1 en zona templada) - Trajes de protección química en las intervenciones, sin incendio, en la zona de daños (Nivel 2). - Trajes antifuego en las intervenciones, con incendio, en la zona de daños. - Aparato respiratorio autónomo. - Explosímetro y aparato de detección de gases.

3.3 MEDIDAS A ADOPTAR - Identificar el riesgo y determinar el área de dicho riesgo. - Seleccionar el equipo de protección mas adecuado para el incidente. - Salvar vidas. Evacuación del área de riesgo. En caso de producción de gases

(atención a la dirección del viento).En el caso de que se inicie la descomposición (intensa formación de gases tóxicos) - Usar aparatos de iluminación, eléctricos y herramientas antideflagrantes. - Señalizar, cortar la vía y desviar el tráfico. - Distancia de aproximación de seguridad 50-60 m. , ampliable a 300m. según se evalúe el riesgo de explosión. - Permanecer en el lado desde donde sopla el viento. - Mantener alejadas la fuentes de ignición, parar los motores y prohibir fumar. - Avisar a todas la personas. ¡Peligro de autoignición y explosión!

3.4 INCIDENTES SIN INCENDIO - Retirar utilizado traje de protección química los recipientes deteriorados y recoger el producto con los medios adecuados y sin levantar polvo. ¡No emplear serrín ni otros productos combustibles!. - Los recipientes de recogida no serán de material combustible( en lo posible serán metálicos). Cubrirlos pero no cerrados totalmente. - Los recipientes de recogida pueden arder posteriormente. Deben de estar secos. Precaución, el producto derramado puede reaccionar nuevamente con los recipientes de recogida, peligro de incendio. - En caso de que sean disoluciones acuosas o se encuentre la sustancia comburente en estado liquido, obturar o cerrar bien la fuga o trasegar. Si fuese necesario diluir con mucha agua. Controlar el vertido del agua contaminada y la fuga del producto no debe de llegar a los desagües, canalizaciones o cauces de ríos. Regar la zona con mucha agua después de eliminar la sustancia.

3.5 INCIDENTES CON INCENDIO - Refrigerar los recipientes, con agua pulverizada, sin el fuego o el calor actuasen sobre ellos. - El portador de la lanza y su ayudante deben estar equipados con protección contra el calor y respiratoria. En el caso de cisternas utilizar protección química. - Si el incendio fuera grande dejar fluir libremente, si fuera posible, el contenido del recipiente, y abrir las bocas de la cisterna puesto que pueden producirse fuertes explosiones por descomposición del producto. - En caso de incendio que afecte a sustancias de la presente Clase se libera oxígeno dando este por resultado una combustión autosostenida incluso en una atmósfera completamente inerte. - Por consiguiente, no es probable que la utilización de extintores con dióxido de carbono u otro gas inerte sean procedimientos eficaces para luchar contra ese incendio, así como la extinción por sofocación (cierre total de un local) o utilización de espumas. - El más eficaz procedimiento para controlar un incendio de este tipo de sustancias consistirá probablemente en la pronta y cuantiosa utilización de agua. - Se recomienda llevar puesta indumentaria protectora cuando es preciso evitar que contamine el cuerpo una sustancia tóxica o una sustancia corrosiva. - Se recomienda llevar puesto un aparato autónomo cuando se corra el riesgo de inhalación de vapores tóxicos, narcóticos o irritantes, como producto de la combustión.

- Después de la extinción proceder de la misma manera que en caso de incidentes sin incendio.

3.6 INCIDENTES CON INCENDIO PERO SIN FUGA DEL RECIPIENTE - Refrigerar el recipiente con agua pulverizada si el fuego o el calor actuase sobre él. - El portador de la lanza y su ayudante deben de estar equipados con protección respiratoria y contra el calor. - ¡No utilizar ni polvo extintor ni espuma! si el producto hubiese sido alcanzado por el producto - Apagar el incendio con agua pulverizada. - Después de la extinción, proceder de la misma manera que en caso de incidentes sin incendio. - En caso de cisternas, precaución de estallido o explosión del recipiente. - Si el incendio fuera grande dejar fluir libremente, si fuera posible, el contenido del recipiente, y abrir las bocas de la cisterna puesto que pueden producirse fuertes explosiones por descomposición del producto. - Si es posible actuar desde un lugar protegido o posición segura.

3.7 PRIMEROS AUXILIOS - Es necesaria la asistencia médica en el caso de que se presenten síntomas atribuibles a la inhalación, ingestión o acción de la sustancia sobre la piel o los ojos. - En el caso de que el producto haya afectado a los ojos, lavarlos inmediatamente con mucha agua, al menos durante 15 minutos. - Despojar al paciente inmediatamente de las ropas contaminadas con el producto y lavar a fondo la piel afectada con agua y jabón. - Las personas que han inhalado los humos no siempre muestran los síntomas de la intoxicación de forma inmediata. Acostarla y mantenerla tranquilas, llevarlas a un medico. Es necesario que la persona afectada este sometida a vigilancia medica por lo menos durante 48 horas, o más según el producto implicado. - Comunicar al medico el nombre químico del producto para que proporcione el adecuado tratamiento.

CLASE 5.2 - PERÓXIDOS ORGÁNICOS Etiqueta de peligro Nº 5.2

4.1 CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD Son sustancias orgánicas que contienen la estructura -O-O- bivalente y que se pueden considerar derivados del peróxido de hidrógeno, en la que uno o ambos átomos de hidrogeno ha quedado reemplazado por radicales orgánicos. El peróxido de hidrógeno (H2O2) está compuesto por dos átomos de hidrógeno y dos de oxigeno, enlazados en una cadena H-O-O-H. Los peróxido orgánicos son sustancias termalmente inestables que pueden

descomponerse autoacelerada y exotérmicamente. Aparte de esto, puede tener una o más de las siguientes propiedades: descomponerse con explosión quemarse rápidamente; ser sensibles al impacto o a la fricción; reaccionan sensiblemente con otras sustancias; afecta a la vista. Riesgos especiales que entrañan los peróxidos orgánicos: Los peróxidos orgánicos son susceptibles de descomposición exotérmica, que puede ser provocada por el calor, los contactos con impurezas (por ejemplo ácidos, compuestos de metales pesados, aminas) fricción o el impacto. La velocidades descomposición aumenta con la temperatura y varia según la formula del peróxido. La descomposición puede producir emanaciones de gases o vapores nocivos o inflamables. Algunos peróxido orgánicos se descomponen explotando, particularmente si están confinados. Muchos peróxido orgánicos arden violentamente. Hay que evitar el contacto de los peróxido orgánicos con la vista. Algunos peróxidos orgánicos provocan graves lesiones en la cornea aun después de un rápido contacto. Durante el transporte, los bultos o dispositivos unitarizados de carga que contengan peróxidos orgánicos deben de estar protegidos de los rayos directos del sol y separados de toda fuente de calor en áreas bien ventiladas no apiladas con otras mercancías. Desensibilización de los peróxido orgánicos: Para garantizar la seguridad durante el transporte y la manipulación, en muchos casos se desensibilizan los peróxido orgánicos mediante líquidos, o sólidos orgánicos, sólidos inorgánicos o agua. Para cada peróxido orgánico que necesita desensibilizadores se especifica cuando debe de usarse desensibilizador, así como el porcentaje requerido. Los peróxidos orgánicos, son combustibles por si mismo, además de ser capaces de descomposición espontánea (inestabilidad) y, por tanto, poseen en si mismo todos los ingredientes para producir un incendio o una explosión. El agua es el medio recomendado para extinguir los incendios de los peróxidos orgánicos. Los incendios de estas sustancias pueden provocar explosiones. La extinción manual debe de hacerse desde un lugar alejado para proteger a los bomberos de las explosiones. Ejemplos de peróxidos orgánicos: Peróxido de butilo terciario, Peróxido de benzoilo, Ciclohexabona y muchos otros peróxidos de carácter orgánico. Si la temperatura de ciertos peróxido orgánicos llega a ser superior a la normal en la forma en que está embalados/envasados, el peróxido de que se trate puede experimentar una descomposición autoacelerada, cuya violencia puede llegar a

ser de carácter explosivo. para evitar este tipo de descomposición es preciso controlar la temperatura a la que se transportan ciertos peróxidos orgánicos. Los peróxidos orgánicos se clasifican en PERÓXIDOS ORGANICOS TIPOS A, B, C, D, E, F o G , que puede transportarse con arreglo a las denominaciones genéricas (Nos3101 a 3120) : - Peróxido orgánico tipo A (no se admite al transporte) - Peróxido tipo B ,liquido 3101, sólido 3102, liquido con temperatura de refrigeración 3111, sólido con temperatura de refrigeración 3112 - Peróxido tipo C ,liquido 3103, sólido 3104, liquido con temperatura de refrigeración 3113, sólido con temperatura de refrigeración 3114 - Peróxido tipo D ,liquido 3105, sólido 3106, liquido con temperatura de refrigeración 3115, sólido con temperatura de refrigeración 3116 - Peróxido tipo E ,liquido 3107, sólido 3108, liquido con temperatura de refrigeración 3117, sólido con temperatura de refrigeración 3118 - Peróxido tipo F ,liquido 3109, sólido 3110, liquido con temperatura de refrigeración 3119, sólido con temperatura de refrigeración 3120 - Peróxido orgánicos tipo G ( Se considera su exención para el transporte) Dentro de estas denominaciones genéricas se incluyen aproximadamente 199 sustancias o preparados de peróxidos orgánicos. Los riesgos principales de los peróxidos orgánicos son: - Productos sólidos, líquidos o pastosos, térmicamente inestables. - El calor así como el contacto con productos químicos(incluso en muy pequeñas cantidades) o con otras sustancias produce su descomposición. Peligro de autoinflamación. - Cuidado con los recipientes vacíos que contengan residuos. - Producen daños a los ojos, irritan la piel y las vías respiratorias. - Arden con gran desprendimiento de calor y humo. - Algunos peróxido orgánicos deben de ser transportados bajo refrigeración. Si se sobrepasa la temperatura prescrita se inicia su descomposición, llegando a producir una descomposición violenta. Peligro de autoinflamación y explosión.

4.2 EQUIPOS DE PROTECCIÓN - Trajes de intervención o de faena, fuera de la zona de daños. (nivel 1) - Trajes de protección química en las intervenciones, sin incendio, en la zona de daños. (nivel2) - Trajes antifuego en las intervenciones, con incendio, en la zona de daños. - Aparato respiratorio autónomo. - Explosímetro y aparato de detección de gases.

4.3 MEDIDAS A ADOPTAR - Identificar el riesgo y determinar el área de riesgo. - Seleccionar el equipo de protección adecuado para el incidente. - Salvar vidas. Evacuar el área de riesgo.

- La explosión puede ser inminente si la sustancia esta expuesta al fuego. - Aislar la sustancia no afectada o refrigerar, si existe riesgo de exposición al fuego. - Señalizar, cortar la vía y desviar el tráfico. - Distancia de aproximación de seguridad 50-60 m. - Permanecer en el lado desde donde sopla el viento. - Mantener alejadas la fuentes de ignición, parar los motores y prohibir fumar. - Emplear aparatos de iluminación, eléctricos y herramientas antideflagrantes. - Avisar a todas la personas. ¡Peligro de autoinflamación!. - Evacuar la zona de daños y la zona habitada en caso necesario según la situación (en el caso de líquido evacuar también los sótanos, fosos y pozos). - Taponar los desagües, sótanos, pozos, canalizaciones, etc., que se encuentren en la zona de daños. No confinar herméticamente el producto. ¡Peligro de explosión!. - Contener el producto no contaminado en sus envases originales, protegido de sol y de fuentes de calor.

4.4 INCIDENTES SI INCENDIO - Organizar fuera de la zona de daños un sistema de lucha contra el fuego a base de agua. - Cuando la sustancia sea líquida: El producto no debe llegar a los desagües, canalizaciones o cauces de agua. Obturar o cerrar bien las fugas utilizando protección química. No recoger el producto derramado; retenerlo utilizando el adecuado absorbente seco (no usando serrín u otras materias combustibles), trabajar con precaución. ¡Peligro de autoinflamación!. - Cuando la sustancia comburente sea sólida: Retirar utilizando traje de protección química los recipientes deteriorados y recoger el producto con los medios adecuados y sin levantar polvo. Cubrir los recipientes de recogida pero no cerrarlos. Trasladarlos a un lugar aislado, protegido del sol y de fuentes de calor. Mantenerlos bajo observación puesto que se pueden producir fuertes reacciones y autoinflamación. - Es absolutamente indispensable la presencia de un experto (preferentemente químico).

4.5 INCIDENTES CON INCENDIO - Un incendio que se declare en una remesa de peróxidos orgánicos o en sus cercanías puede provocar una explosión. De ser posible, los bultos que contengan peróxidos orgánicos serán alejados del lugar del incendio. - Aún después de extinguido un incendio, mantenerse lo más lejos posible de los peróxidos orgánicos hasta que estos se hayan enfriado por completo. De ser posible, no se tratará de evacuar peróxidos orgánicos que hayan sido afectados por un incendio sin el asesoramiento técnico del fabricante. Se tendrá presente que en todo bulto que contenga peróxidos orgánicos y haya estado expuesto a altas temperaturas como las que se registran durante un incendio puede en cualquier momento producirse una violenta descomposición. - Usar agua pulverizada. El portador de la lanza y su ayudante deben estar equipados de protección respiratoria y contra el calor. - Refrigerar el recipiente, con agua pulverizada, si el fuego o el calor actuase

sobre él. ¡Peligro de explosión!. - Actuar desde un lugar protegido o posición segura. (Mantener una distancia mínima de 15 m.). - Prever posibilidad de reignición. - Refrigerar el recipiente con agua pulverizada si el fuego o el calor actuase sobre él. ¡Peligro de explosión!. - Apagar el incendio del vehículo impidiendo que el fuego se extienda a la carga. - Después de la extinción proceder de la misma manera que en caso de incidente sin incendio.

4.6 INCIDENTES CON INCENDIO PERO SIN FUGA DEL RECIPIENTE - Refrigerar el recipiente, con agua pulverizada, si el fuego o el calor actuasen sobre él. Peligro de explosión. - Apagar el incendio, impidiendo que el fuego se extienda a la carga. Refrigerar desde un lugar protegido. - Después de la extinción proceder de la misma manera que en caso de incidentes sin incendio.

4.7 PRIMEROS AUXILIOS - Es preciso evitar el contacto de peróxidos orgánicos con los ojos. Ciertos peróxidos orgánicos causan graves lesiones en la cornea, incluso en los casos en que el contacto haya sido solamente momentáneo. En caso de contacto es esencial la inmediata irrigación de los ojos durante 10 ó 15 minutos por lo menos, lo cual debe ir seguido de tratamiento médico. Este riesgo especial será señalado la atención de todas las personas que intervengan en el transporte de esta clase de sustancia. - Es necesaria la asistencia médica en el caso en que se presenten síntomas atribuibles a la inhalación, ingestión o acción del producto sobre la piel o los ojos. - Despojar al paciente inmediatamente de las ropas contaminadas con el producto y lavar a fondo la piel afectada con agua y jabón. - En caso de quemaduras deben refrescarse inmediatamente las partes de la piel afectadas con agua fría durante tanto tiempo como sea posible. Trasladando al afectado urgentemente a un centro médico. - Siempre que sea posible comunicar al médico el nombre químico del producto para que proporcione el adecuado tratamiento.

5. USOS E IDENTIFICACIÓN DE LOS MATERIALES COMBURENTES. 5.1 USOS Entre las principales utilidades de estas sustancias hay que destacar las siguientes: Fabricación de herbicidas, fertilizantes, colorantes, cerillas, tintas, productos

farmacéuticos, fabricación de explosivos, propelente de cohetes (peróxido de hidrogeno) agentes blanqueantes o desinfectantes, como ingredientes o materias primas de diversos productos químicos, etc. Entre los gases comburentes hay que destacar por su uso, el oxígeno y el protóxido de nitrógeno en hospitales, en la siderurgia, en la industria del papel, en la industria química, en la preparación de explosivos, en la propulsión espacial, etc. En la fotografía se aprecia la Etiqueta de Peligro secundario de sustancia comburente. Se aprecia la señalización para los transportes por carretera (en la parte trasera y en los laterales)

5.2 IDENTIFICACIÓN EL TRANSPORTE Y EN BULTOS Cada sustancia tiene unas especificaciones para el transporte estando sujetas a los reglamentos vigentes de ADR, RID, IMDG code e I.A.T.A y ajustándose a la normativa de etiquetado y envasado de sustancias y preparados peligrosos.

El alto riesgo que representan algunas sustancias, tanto referido a su manipulación, su almacenamiento y su transporte, hace que se determine las cantidades a transportar, las características de los recipientes en que se envasan, el grado de llenado de los envases, temperatura durante el transporte, segregación, etc. Vamos a centrarnos en dos tipos de señalización , los que son transportados mediante bultos, es decir en cantidades pequeñas y los transportados en las denominadas "unidades de transporte", es decir cisternas , vehículos cisternas y contenedores. En las unidades de transporte, llevarán la etiqueta de peligro de 15 cm. de lado y el panel naranja, con el código de peligro y el código de la materia, colocados tal y como se especifica en el ADR y RID, como se indica a continuación en transporte de vehículo cisterna por carretera :

Los bultos que contengan sustancias comburentes llevaran la etiqueta de peligro correspondiente ( Nº 5.1, Nº 5.2 o Nº 05) de 10 cm. de lado, así como la denominación de la sustancia (preferentemente Nº ONU). También nos podemos encontrar la señalización de Materiales Comburentes en recipientes a presión (oxigeno, protóxido de nitrógeno) , en que el etiquetado es la siguiente:

De las características de estas sustancias comburentes , y a veces también combustibles, dimana que lo mas peligroso para su transporte es que se vean envueltos, por la circunstancia que sea, en un incendio y eso aunque ellos no ardiesen en un principio. Entonces se pueden incrementar extraordinariamente estos fuegos o producirse explosiones.

Mercancías Peligrosas: Panel y Códigos de Peligro

CÓDIGO DE PELIGRO

NOTA: Repetir la 1ª y 2ª cifra indica intensificación del peligro principal.

EXCEPCIONES: 22......... Gas Refrigerado 42......... Sólido que puede emitir gases en contacto con agua 423....... Sólido que puede emitir gases inflamables en contacto con agua 43......... Sólido muy inflamable 539....... Peróxido Orgánico Inflamable X333..... Líquido espontáneamente inflamable que reacciona peligrosamente con el agua

PRINCIPIOS DE MANDO Y CONTROL EN EMERGENCIAS

1 INTRODUCCION 2 EN EL PARQUE Preplaning, pre-incidente 3 EN LA EMERGENCIA A la llegada al lugar de la intervención: 3.1 3.2 3.3 3.4

Información Evaluación Decisión (Plan de Actuación) Ordenes (Implantación Plan De Actuación)

Durante la intervención 3.5 Control 3.6 Relevo Del Mando 4 PRINCIPIOS DE ACTUACION

1 INTRODUCCION La gestión de recursos, humanos y materiales, en las intervenciones de emergencia, requiere la coordinación de los efectivos disponibles en un corto tiempo. Debiendo de ser efectivos, rápidos, seguros y tener en todo momento un control de la situación.

Es necesario disponer de una sistemática clara y rápida para que permita una cadencia lógica en emergencias, para la toma de decisiones. El MANDO juega un papel muy importante, por ello debe conciencias y establecer cuales son sus responsabilidades.

Con un buen desarrollo de las técnicas de MANDO y CONTROL , se ganará en rapidez y seguridad en las intervenciones y mejorará la imagen de profesionalidad del SERVICIO. Muchos de los conceptos que vamos a mencionar a continuación los realizamos diariamente en las intervenciones, pero de una forma intuitiva y sin reflexionarla. Las directrices que se van a dar, pretenden analizar la situación y tomar decisiones siguiendo una pauta, este método debe ajustarse a las peculariedades de cada Servicio y que podrá transformarse en la filosofía de actuación del Servicio.

2 EN EL PARQUE Pre-Planning (Pre-Incidente) Es necesario prepararse para las emergencias, por ello hay que desarrollar y preparar todo aquello que posteriormente pueda simplificar o facilitar la intervención. - FICHAS DE ITINERARIOS CON INFORMACIÓN ADICIONAL: Es muy útil disponer de fichas donde se indique el itinerario desde el Parque, hasta la calle donde hay que prestar el Servicio, disponiendo además de información como: Hidrantes, Bocas de Riego, Depósitos de Agua, Instalaciones radiactivas, Estaciones Transformadoras, Gasolineras, Edificios singulares, Instalaciones de columna seca, accesos cerrados por mobiliario urbano, etc. - PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN: Establecer los trenes de auxilio, según las características de la solicitud de socorro. Desarrollar las maniobras para cada tipo de intervención, especificando que debe hacer cada bombero y que material debe de coger. - PREPARACIÓN DEL MATERIAL: Deben de realizarse prácticas continuamente para saber las posibilidades y prestaciones de los materiales. Cada relevo debe comprobar que todo el material funciona correctamente , que se encuentra en perfecto estado y completo. - INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: Disponer de fichas de intervención o prontuarios de materias peligrosas, en todo vehículo de primera intervención de MMPP debe disponer de esta información. - CONOCIMIENTO DEL ENTORNO: Un conocimiento previo del lugar puede facilitar considerablemente la intervención. Es conveniente establecer en los Servicios

una PREVENCIÓN OPERATIVA, realizando visitas a edificios o actividades singulares, donde se observaran los accesos, instalaciones contra incendios existentes, zonas de almacenamiento, acometidas eléctricas o de gas, vías de evacuación, peligros objetivos, etc. - PLANES DE EMERGENCIA: Muchas Actividades, deben de tener un Plan de Emergencia y autoprotección. Los Servicios de Bomberos es necesario que estén informados y que realizan simulacros con los responsables de los planes de emergencia para una implantación correcta. - JUICIO CRITICO DE SERVICIOS REALIZADOS: Una vez en el Parque conviene realizar un juicio crítico de la intervención realizada, analizando los problemas encontrados, otras posibilidades de actuación, etc. Un juicio critico bien hecho, con rítmicas constructivas, ayuda a mejorar las futuras intervenciones y a la cohesión del grupo.

3 EN LA EMERGENCIA Al llegar al lugar de intervención A continuación se expondrá una sistemática a seguir para la toma de decisiones y su implantación en Emergencias: La denominaremos IEDO y se refiere a los cuatro puntos que debemos considerar a la llegada al lugar del Servicio: -INFORMACIÓN -EVALUACIÓN -DECISIÓN ( PLAN DE ACTUACIÓN) -ORDENES (IMPLANTACIÓN PLAN DE ACTUACIÓN)

3.1 Información: INFORMACIÓN PREVIA Cuando se recibe una llamada de auxilio se debe obtener el máximo de información posible sobre el tipo y magnitud del incidente, personas implicadas, dirección correcta, número de teléfono, piso donde se ha producido el incidente, etc. En la primera llamada debemos asegurarnos un mínimo de datos para poder realizar la salida, en llamadas posteriores no de debe de escatimar tiempo intentando sonsacar toda la información posible.

El CECO-SEIS (centro de control, servicio extinción incendios y salvamento), debe pasar la información disponible al mando de los vehículos que se dirigen al lugar del incidente. El MANDO que se dirige al lugar debe informar al personal que va en el vehículo y establecer un protocolo de actuación. FUENTES DE INFORMACIÓN EN EL LUGAR DEL INCIDENTE Cuando llegamos al lugar del incidente disponemos de diversas fuentes que nos pueden informar de lo que esta pasando: -Información previa desde el CECO-SEIS -VISUAL, lo que estamos viendo. -PERSONA AFECTADA, normalmente es la que ha solicitado el servicio. -TESTIGOS, que han visto lo que ha pasado. -VECINOS, que desde otro lugar pueden ver la evolución del incidente. INFORMACIÓN EN EL LUGAR DE LA INTERVENCIÓN La información es el punto principal para poder aplicar con éxito las técnicas de Mando y Control en una intervención. Es necesario que desde un primer momento podamos disponer del máximo de información. La información existe, es nuestra misión como mandos de la intervención saber conseguirla, de las fuentes mencionadas. No debemos dejar que nos cuenten lo que ellos quieran, si no que debemos obtener la información que nosotros necesitamos. INCIDENTE: Cuando llegamos al lugar del incidente hay que verificar el incidente, incendio, fuga, derrame, accidente, etc. AMENAZA: Localizar cual es la amenaza, llamas, humo, nube tóxica, liquido corrosivo, contaminación, etc.

EXTENSIÓN DEL INCIDENTE: Los incidentes pueden clasificarse en estáticos y dinámicos. ESTÁTICO, esta limitado , como un vehículo, un contenedor, etc. sin peligro de propagación. DINÁMICO en este caso existe una evolución ó propagación del incidente. Esta propagación podrá ser lineal o exponencial. Un incendio forestal, una explosión. Hay que tener en consideración: el tamaño, velocidad de propagación, dirección. ENTORNO DEL LUGAR DEL INCIDENTE: Vías de acceso y posibilidades de evacuación. Condiciones climatológicas, niebla, lluvia, nieve, sol, bajas temperaturas, etc. Orografía del terreno, pendientes, etc. Alcantarillas, cauces de ríos, torrentes, etc. PERSONAS IMPLICADAS: Directamente afectadas y necesitan ayuda para poder salir. Amenazadas indirectamente, pueden salir por sus medios o quedarse confinadas . No amenazadas pero pueden serlo según la evolución del incidente. PELIGROS OBJETIVOS: Informarse si hay: estaciones transformadoras, almacenes de materias peligrosas, depósitos de combustibles, estructuras metálicas, etc. RECURSOS: Efectivos en el lugar y en camino. Resistencia y posibilidades del grupo. Instalaciones contra incendios en el lugar. columnas secas, BIES, hidrantes, etc. Plan de Emergencia y equipo de primera intervención. RECONOCIMIENTO ZONA SINIESTRO: Realizar un reconocimiento periférico del la zona del siniestro, para detectar otros accesos, posibilidad de otro ataque, etc.

3.2 EVALUACIÓN La información que hemos obtenido será determinante para poder evaluar la magnitud del incidente y la respuesta que podemos dar. De los factores obtenidos de la información se eligen los CRITICOS y se establecen PRIORIDADES. CRITERIOS DE EVALUACIÓN -Medidas inmediatas que hay que realizar y pueden ser determinantes, por ejemplo salvar personas atrapadas en un incendio, cerrar el suministro del gas, etc. -Factores del lugar del siniestro, que pueden dificultar o favorecer la intervención por ejemplo: el incendio esta en un piso muy alto donde no tenemos acceso con las auto-escaleras, no hay acceso para los vehículos de emergencia, etc. -Problemas que pueden existir en la intervención, peligro de..... colapso del edificio, explosión, puede producirse una bleve, contaminación, radiación, etc. -Objetivos a cumplir, voy a......rescatar a las personas, extinguir el incendió, taponar la fuga, etc. -Métodos y técnicas a emplear para poder cumplir los objetivos, que y como........ -Se debe tener en cuenta la Anticipación, que puede ocurrir sí.........colapsa el edificio, hay una explosión, se pone a llover, etc. -Quienes deben estar implicados además de los BOMBEROS, policía, servicios de asistencia sanitaria, necesidades de soporte técnico, servicio de protección civil, etc.

3.3 DECISIÓN, PLAN DE ACTUACIÓN Con la información que hemos obtenido y la evaluación de la situación debemos tomar una decisión y establecer un PLAN DE ACTUACIÓN. -Hay que determinar las acciones a realizar con prioridad, salvamento, extinción, evacuación, etc.

-Que método utilizaremos en la actuación que podrá ser OFENSIVA O DEFENSIVA. OFENSIVA, se ataca directamente el incidente. DEFENSIVA, se limita la progresión del incidente y se protege a terceros. Según las características del incidente nos podremos encontrar con diferentes tipos de actuación: • A -Un incidente pequeño con recursos suficientes, actuación OFENSIVA, incendio de un contenedor, la campana de una cocina doméstica, etc. • B -Un incidente limitado con recursos pequeños, actuación OFENSIVADEFENSIVA, si esta quemando por ejemplo una habitación en una planta baja y solo disponemos de un vehículo, podemos escoger entre atacar directamente el fuego OFENSIVA o evitar la progresión , proteger a terceros y esperar refuerzos DEFENSIVA. • C- Un incidente grande con inferioridad de recursos, actuación DEFENSIVA, una nave industrial quemando totalmente, en este caso hay que ubicar los medios de que se disponen del mejor modo posible, para evitar la propagación y daños a terceros. • D- Un incidente limitado pero con los medios justos o con ligera inferioridad, hay que elegir entre OFENSIVA o DEFENSIVA, este tipo de actuación requiera un elevado nivel de mando y control. Si tenemos un incendio en un piso donde es necesario realizar dos líneas de mangueras, una por el interior y otra por el exterior y hay que realizar el salvamento de personas que están atrapadas por el humo en los pisos superiores, es necesario ordenar las acciones a realizar con una secuencia lógica y ordenada para que se realicen con prioridad las más urgentes, y que no cunda el pánico. -Se debe establecer el Nivel de Protección del personal que interviene. -Determinar las zonas de actuación. • zona caliente (zona de riesgo). • zona templado (zona ubicación medios). • zona fría (zona segura).

3.4 ORDENES IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE ACTUACIÓN Con la información obtenida y evaluada , se han tomado unas decisiones y elaborado un plan de actuación. El mando sabe lo que quiere hacer y como pero si las ordenes no son claras y bien transmitidas, la aplicación del Plan de actuación puede ser una utopía. -Informar del plan de actuación: los objetivos tienen que ser claros y asegurarnos que son comprendidos. -Ordenar maniobras tipo, si existen, en las maniobras tipo cada bombero tiene

establecido de antemano sus funciones. La ventaja de las maniobras tipo en una intervención es la de permitir al mando pensar cual será la segunda maniobra a realizar. -Delegación de funciones, es importante saber delegar funciones, según el tipo de incidente se podrá delegar por zonas de actuación (delante, lateral, arriba, etc.). También se puede delegar por tareas, extinción , salvamento, alimentación, etc. -Señalización de las zonas, deben quedar claras cuales son las zonas de riesgo, intervención , seguras y el nivel de protección. -Establecer el PUESTO DE MANDO AVANZADO (PMA), es el lugar desde donde se llevara el mando de la intervención y se gestionaran la solicitud de refuerzos, información al CECO-SEIS, distribución de los nuevos efectivos, etc. -Solicitar recursos estableciendo punto de encuentro y canal de comunicación con el PMA. -Establecer canales de comunicación. El mando de la intervención debe estar situado en el lugar que le permita una mayor visión del conjunto de la intervención. Un mando responsable de la intervención junto al bombero que esta en punta de lanza, difícilmente podrá darse cuenta si el fuego se extiende, se han alimentado los vehículos, si hay que hacer otra instalación de mangueras, obtener más información, etc. Como principio de actuación el mando una vez dadas las órdenes (implantado el Plan de Actuación), debe dar un paso atrás. Durante la intervención

3.5 CONTROL Una vez se ha decidido el plan de actuación y se esta aplicando hay que controlar la evolución del incidente: -Control del personal trabajando con ERA(equipo de respiración autónoma) existen diversidad de medios y formas de hacerlo citaremos algunas de ellas. • Tablas de control y placas de identificación, al utilizar un ERA se entrega una placa donde se anota el nombre, presión botella, hora y lugar donde se va a intervenir. Esta placa se deja en una tabla donde un bombero anota según consumos medios a que hora debe salir y periódicamente solicita presiones y modifica la hora de salida, avisa cuando queda poco tiempo. • Alarmas personales, este equipo permite activar la alarma cuando se necesita ayuda o cuando se esta inmovilizado durante 30 segundos. • Mando o bombero, en el exterior comunicado con el equipo interior y pendiente de ellos.

-Acciones que se están realizando, hay que controlar las tareas que se están realizando, extinción ,salvamento, contención, etc. -Evolución del siniestro, se ha limitado, se esta reduciendo, los objetivos se están cumpliendo. -Plan SOS, hay que prever un plan SOS .Siempre que haya un equipo trabajando con ERA deberá haber otro preparado para intervenir en caso de necesidad, solicitar la presencia de una ambulancia y personal sanitario. Hay que prestar especial atención con el equipamiento de seguridad personal durante la intervención. -Información CECO-SEIS , hay que informar al centro de control a la llegada sobre la descripción y confirmación del siniestro. Durante la intervención hay que informar de su evolución. -Comunicaciones, hay que establecer los canales de comunicación con los equipos de intervención, mando de la intervención con CECO-SEIS y recursos en camino. CECO-SEIS con otros Servicios implicados. -Reevaluar el plan de actuación, a medida que los objetivos se van realizando o variando, hay que reevaluar la situación y modificar el Plan de actuación si es necesario.

3.6 RELEVO DEL MANDO En una intervención de cierta magnitud es normal que exista la necesidad de efectuar el relevo del mando, por la llegada de nuevos refuerzos y/o un mando superior o por la larga duración de la intervención, se tendrá que tener en cuenta: -El mando relevado debe informar de forma clara y resumida del servicio y sobre el estado en que se encuentra • • • • • •

Tipo de incidente. Plan de actuación. Objetivos realizados y pendientes. Recursos solicitados. Canales de comunicación. Peligros objetivos de la intervención.

-El nuevo mando, una vez cree que ya dispone de toda la información necesaria debe quedar claro cuando asume el mando de la intervención. El mando puede reevaluar la situación y modificar el Plan de Actuación, en todo momento debe quedar claro a los intervinientes quien lleva la dirección de la intervención.

4 PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN No hay que olvidar en ningún momento cuales son los principios de actuación: -salvar vidas humanas: debe ser la prioridad cuando se llega al lugar del servicio. -el ataque necesita más fuerza que protección -limitar y atacar: es importante que a partir de la llegada de los bomberos ,el siniestro se limita. -la rapidez en la actuación es garantía de éxito.

-solicitud de medios necesarios: cuando se detecte la necesidad de algún recurso que no disponemos, hay que solicitarlo rápidamente.

LOS SERVICIOS DE BOMBEROS Y EL MEDIO AMBIENTE 1. INTRODUCION 2. CONTAMINACIÓN PROVOCADA POR OTROS. 2.1 Incendios. 2.2 Accidentes con materias peligrosas. 2.3 Accidentes en el transporte de ciertas materias no peligrosas. Accidentes de tráfico.

3. CONTAMINACIÓN COMO CONSECUENCIA DE LAS PROPIAS ACTIVIDADES DE LOS SERVICIOS DE BOMBEROS. 3.1. Actividades formativas. Practicas y maniobras de entrenamiento. 3.2 Labores de intervención. Fuegos de neumáticos. Fuegos de basureros Fuegos de casas rurales Impacto de las espumas de extinción sobre el medio ambiente. Otros agentes de extinción. 3.3. Dirección de siniestros y toma de decisiones en relación con el medio ambiente. Prioridades "medio ambientales" durante la toma de decisiones

4. CONCLUSIONES

LOS SERVICIOS DE BOMBEROS Y EL MEDIO AMBIENTE 1. INTRODUCION Tradicionalmente al referirse a las funciones principales de los cuerpos de bomberos se citaban como principales la defensa de las vidas humanas y la protección de los bienes materiales. Con motivo de la degeneración progresiva que está sufriendo nuestro entorno natural, debido, la mayoría de las veces, a la actividad humana, en algunos países se empezó a adjudicar a los servicios de bomberos la responsabilidad de colaborar en la defensa y protección del medio ambiente. La conciencia de la importante repercusión que pueden tener los accidentes con materias peligrosas sobre el entorno natural se generalizó, sobre todo a nivel político y legal, a partir del accidente de Seveso.

En este y en otros accidentes de este tipo ha quedado patente el importante papel que juegan los servicios de emergencia y principalmente los servicios de bomberos, no solo en la defensa, de vidas y bienes, sino también en la reducción de los daños que el siniestro puede causar al entorno. Los bomberos son generalmente los primeros que llegan al lugar suficientemente equipados para iniciar acciones correctoras y casi siempre son los únicos que disponen de los medios para hacerlo. Por esta razón, la responsabilidad de aplicar estas medidas correctamente y con ello reducir el impacto ecológico del incidente nos viene dada, y es un compromiso irrenunciable. Hasta hace poco eran las circunstancias las que nos exigían este compromiso; en la actualidad en muchos países de la Unión Europea y en muchas comunidades autónomas y servicios del Estado Español, esta responsabilidad viene recogida en la ley. Hasta hace unos años el medio ambiente era algo de todos y de nadie, y los atentados contra él quedaban impunes. En la actualidad la sociedad ha adjudicado poder sancionador a los departamentos de medio ambiente de las administraciones y se ha establecido un valor económico a los daños contra la naturaleza. La máxima es: el que contamina paga. Esto es importante para los servicios de bomberos. No debemos escatimar medios en intervenciones con riesgo medio-ambiental; en principio por nuestro compromiso como servicio público con la sociedad, pero también porque, según la ley, los gastos directamente generados en la intervención deben de ser asumidos por el que ha dado origen al accidente. La defensa del medio ambiente no debe de anteponerse nunca a la defensa de la vida de las personas, pero en algunos casos sí que puede entrar en contraposición con la defensa de ciertos bienes con un valor económico directamente cuantificable. Es aquí donde el mando de bomberos tiene que valorar la situación y no olvidar nunca que los daños ecológicos también tienen alto valor, tanto medio ambiental como económico Pongamos un ejemplo. En un incendio de un edificio industrial, el fuego amenaza una zona de maquinaria de alto valor. Para proteger la zona es necesario atacar con agua un área de almacenamiento de un producto soluble en agua y tóxico. El arrastre de este producto por el agua de extinción hasta el río puede suponer la muerte del río en varios kilómetros aguas abajo. Si empleamos tiempo en cubrir o retirar el material tóxico, el fuego afectará a la maquinaria. Si protegemos las máquinas atacando el fuego directamente, podemos desencadenar una catástrofe ecológica. El que tiene la responsabilidad de decidir es el mando de bomberos y tendrá que tener en cuenta todos los factores sin dejarse influir por las presiones del jefe del taller que intentará por todos los medios salvar las máquinas. Este caso extremo trata de ilustrar que la clásica función de proteger los bienes puede quedar, en ciertas situaciones, en un segundo plano ante la responsabilidad de proteger el medio ambiente. Por otro lado, volviendo al ejemplo, las consecuencias económicas en forma de sanción de la muerte de miles de peces y plantas en un río pueden ser considerables, y es probable que en aquel momento el jefe de taller no sea consciente de la millonaria sanción que puede recaer sobre la empresa. La protección del medio ambiente, debe ser función principal de los servicios de prevención y extinción de incendios, y la asunción de esta tercera función

añadida a las de proteger vidas y bienes, exige la preparación específica del personal en ciertas áreas como el riesgo químico o la lucha contra los fuegos forestales, y la adquisición del equipamiento necesario para permitir la eficaz intervención de los bomberos en un incidente con posibles repercusiones medio ambientales. En opinión de la dirección de este proyecto, la carga económica que supone la adecuación de los servicios de bomberos a esta nueva responsabilidad, no debería repercutir solamente sobre los servicios de prevención y extinción de incendios, sino que bebería estar fuertemente financiada por otras agencias con responsabilidad en este tema, como pueden ser la industria, las autoridades portuarias o los departamentos de medio ambiente. El papel de los bomberos frente al medio ambiente se puede dividir en dos áreas:

2. CONTAMINACIÓN PROVOCADA POR OTROS. En la mayoría de las intervenciones de los bomberos hay una amenaza de contaminación del entorno. No solo hay que considerar los siniestros extraordinarios sino ser conscientes que en el siniestro cotidiano siempre hay algo que podemos hacer para disminuir la contaminación.

2.1 Incendios. La mayoría de las materias al arder generan productos de combustión, que en mayor o menor medida son nocivos. El agua utilizada en la extinción también arrastra productos de la combustión y otras sustancias, que acabarán en un curso de agua afectando a su nivel de contaminantes. En la medida en que los bomberos ataquemos el incendio pronto y con la eficacia necesaria para extinguirlo correctamente, la emisión de gases a la atmósfera y el agua de escurrantía resultante de la intervención serán menores. Evidentemente no es ésta la única razón para intervenir con diligencia pero es un factor añadido a tener en cuenta. Es también importante prestar atención a la trayectoria y destino de las aguas de escurrantía que se generan en todo incendio, y asegurarse que van al lugar adecuado. Con sencillas maniobras se puede evitar que este agua de extinción que tenemos que presuponer siempre contaminada en cierta medida, vaya a un riachuelo o a otro curso natural, dirigiéndola a un sumidero de aguas sucias. Como veremos más adelante, el uso de aditivos en el agua de extinción también puede tener cierto impacto en suelo y cursos de agua.

2.2 Accidentes con materias peligrosas. Evidentemente, y como veremos a lo largo del curso, las consecuencias para el medio ambiente a corto, medio y largo plazo de este tipo de siniestros, pueden ser muy serias, y los bomberos jugamos un papel primordial en la resolución de este tipo de problemas. Material adecuado y preparación del personal son los dos

factores fundamentales de cara a la protección de nuestro entorno, en un incidente con riesgo de contaminación química, biológica o radiactiva.

2.3 Accidentes en el transporte de ciertas materias no peligrosas. No solamente las materias clasificadas como peligrosas pueden causar desastres ecológicos. Ciertos productos cotidianos aparentemente inocuos, como la cal, la leche, la cerveza o la sal pueden causar serios problemas si se liberan en la naturaleza en grandes cantidades. Cualquier materia puede ser peligrosa en cantidades o concentraciones antinaturales. Por ejemplo, una cisterna cargada de leche volcada y derramando producto sobre un río puede originar un desastre. La leche en concentraciones elevadas es altamente perjudicial para los lodos de las depuradoras y un derrame de este tipo puede matar los microorganismos que realizan la función depuradora. Esto puede suponer el cierre temporal de una instalación de este tipo hasta que los lodos hayan sido sustituidos, con el consiguiente impacto ecológico. Un cargamento de sal derramado sobre la tierra o sobre un río puede aumentar la salinidad por encima de índices soportables para la fauna o la flora. Lo mismo puede suceder con la cal u otros productos de construcción que pueden afectar seriamente al pH del agua. Ciertos productos orgánicos ricos en nutrientes como nitratos o fosfatos vertidos sobre un cauce de agua puede producir un aumento de nutrientes, que disminuirá a medio plazo la concentración de oxigeno del agua, y dará lugar a la muerte de peces y plantas o a la reproducción incontrolada de cierto tipo de flora acuática. Este efecto lo puede producir cualquier producto orgánico, (por ejemplo los alimentos) vertido en altas concentraciones. La celeridad en retirar estos vertidos incontrolados o el evitar que lleguen al agua puede ser determinante par el potencial daño ecológico.

2.4 Accidentes de tráfico. En muchos de los accidentes de tráfico por carretera hay derrames de gasolina, gasoil o aceite de motor. La gasolina, aunque presenta un alto riesgo de inflamación durante la intervención, no presenta problemas de contaminación puesto que se evaporará y de disipará en la atmósfera. El aceite hidráulico o de motor y el gasoil sí que pueden causar serios daños en pequeños cauces de agua, o contribuir a la contaminación de cauces mayores, si no se recogen debidamente para evitar que fluyan libremente o que sean arrastrados por el agua de lluvia. No basta con absorber o limpiar la calzada para evitar posibles accidentes. Hay que procurar retirar el producto y depositarlo en un vertedero o en una planta incineradora. Si no lo hacemos nosotros, no lo va a hacer nadie.

3 CONTAMINACIÓN COMO CONSECUENCIA DE LAS PROPIAS ACTIVIDADES DE LOS SERVICIOS DE BOMBEROS.

Hay tres aspectos de la actividad de un servicio de prevención y extinción de incendios pueden afectar al medio ambiente:

3.1. Actividades formativas. Practicas y maniobras de entrenamiento. Fuegos de entrenamiento. La actividad que dio origen a los servicios de bomberos es la extinción de incendios y gran parte de la formación de los integrantes de este servicio público se centra en esta actividad. Tradicionalmente se han utilizado fuegos provocados en situaciones controladas para entrenamiento de los bomberos en las técnicas de extinción. Los materiales empleados como combustible para estos fuegos de entrenamiento van desde viejos muebles y madera, hasta modernas instalaciones de gases licuados del petróleo, pasando por bandejas de líquidos como gasoil, gasolina o aceite de motor usado. Como ya se ha comentado, toda reacción de combustión genera unos productos que generalmente suelen ser contaminantes para el aire y para el agua, sin entrar en aspectos como que la producción de CO2 puede contribuir en el efecto invernadero. Partiendo de la base de que este tipo de entrenamiento con fuego real es necesario, y de que incluso debería ser una práctica más habitual realizada en instalaciones que permitan altos niveles de rendimiento y de seguridad, debemos de buscar la fórmula para que los productos de esa combustión necesaria sean lo más limpios posibles. Hay dos soluciones posibles para conseguir la emisión de humos limpios a la atmósfera: 1. Filtrado y lavado de los gases de combustión. Esta solución solo se puede adoptar en edificios para entrenamiento de fuegos confinados. Por el momento la tecnología no permite aplicar este sistema de forma satisfactoria y a un coste razonable. 2. Utilizar combustible cuyos humos y gases de combustión sean poco contaminantes. Esta alternativa por el momento es la más razonable. La condición de bajo índice de contaminación de los gases de combustión deja a un lado a la inmensa mayoría de los combustibles líquidos y principalmente a los que tradicionalmente se han venido utilizando como gasoil o aceite de motor usado. La emisión de productos altamente tóxicos de la combustión de ciertos componentes del mobiliario doméstico como espumas sintéticas, tejidos, plásticos o pinturas hace absolutamente desaconsejable la utilización de sofás, colchones, armarios u otros elementos, como combustible para prácticas de extinción. Otro material barato, de alto poder calorífico y que produce humos de gran

densidad, cualidades ideales para este fín, son los neumáticos usados. Como veremos más adelante el potencial contaminador de este material es importante y su quema al aire libre supone un grave atentado contra el medio ambiente. También hay que tener cuidado con los fardos de paja, pues pueden contener ciertos productos agro-químicos como pesticidas, fertilizantes y conservantes cuya combustión libera gases tóxicos. Por todo esto el combustible de la clase A más adecuado para alimentar fuegos con fines didácticos, en cuanto a su bajo índice contaminador es la madera limpia y otras materias celulósicas sin aditivos. Los palets viejos son una buena solución, por su limpieza, manejabilidad, y poder calorífico conocido y constante. La madera produce 10 gr/kg de partículas arrastradas por los gases de combustión contra los 200gr/kg que producen algunos polímeros. Como alternativa a la madera, que solo nos permite reproducir fuegos de la clase A, tenemos el gas. En la actualidad muchos países de la unión europea y algunos centros de formación de este país están utilizando gas natural o GLPs para simulación de incendios con fines formativos. Exigen una alta inversión inicial pero el mantenimiento posterior es muy bajo y permiten la simulación de fuegos de la clase A,B o C, con índices de realismo y de seguridad muy altos. Su principal ventaja en su repetibilidad y su bajo poder contaminante. En cualquier caso, sea cual sea el combustible elegido, debemos de ser prudentes a la hora de hacer fuegos para entrenamiento y nunca dejar arder el combustible más tiempo del necesario.

3.2 Labores de intervención. Durante los siniestros podemos diferenciar dos grandes grupos de productos con potencial contaminante: 1.- Líquidos y sólidos solubles en agua. El peligro principal es que lleguen a cursos de agua, que los transporten grandes distancias extendiendo el peligro y eliminando la flora y la fauna. Pueden afectar directamente a la población humana si las aguas desembocan en puntos de abastecimiento para agua potable o de regadío. A la larga acaba afectando al índice de polución marina, pues casi todos estos productos contaminantes acaban en el mar. 2. - Humos, gases o vapores, como consecuencia de escapes o de la combustión. La vía de contaminación en este caso es a través del aire y repercute directamente en el índice de contaminación atmosférica. Indirectamente estos productos suelen acabar en la tierra y posteriormente en el agua al ser arrastrados por la lluvia. Como ya hemos mencionado, durante la intervención en incendios y en relación con la protección del medio ambiente, prestaremos especial atención a: Contención o control de aguas de escurrantía (taponamiento, canalización, contención mediante diques). Qué es lo que arde y qué es lo que puede arder. Extinción rápida y sobre todo completa, para evitar fuegos latentes que continúen contaminando largo tiempo.

Tres tipos de incendio con especiales características contaminantes: Fuegos de neumáticos. El 12 de febrero de 1992 se inició en Haggersville, Ontario, Canada, un fuego en un depósito de neumáticos viejos. A los pocos días el 90% de los 14 millones de neumáticos allí almacenados estaban ardiendo. Desde el primer mpmento una dotación de bomberos intentó controlar el fuego sin ningún éxito. Posteriormente se intentó el ataque desde el aire mediante hidroaviones pero se consiguió muy poco. Finalmente el jefe de bomberos ante la magnitud del siniestro y el altísimo índice de contaminación del mismo tomó una decisión: aplicar la técnica que él mismo denominó de "comerse el elefante". Por que ese nombre?. Porque la única forma de comerse al plantígrado es cachito a cachito. Y así lo hizo. Concentró todos los medios de extinción y mecánicos en una zona y comenzó a separar y apagar. La tarea le llevó más de ocho días y para evitar que la enorme cantidad de agua utilizada arrastrase incontroladamente los aceites altamente tóxicos producidos por la combustión de las cubiertas, se canalizó y almaceno en un depósito y se improvisó una planta de decantación. Esto fue posible gracias a un estudio hidrológico del valle y de la colaboración de gran cantidad de servicios de bomberos y de otras agencias. En esta planta se recuperaron 8.000 litros de aceites tóxicos. Además de aceites los productos liberados en la combustión son entre otros: óxido de zinc, benceno y tolueno. Estos dos últimos son cancerígenos y se propagaron en grandes cantidades por el aire. Finalmente, a los 18 días y gracias a ir apagando el fuego poco a poco, se consiguió extinguir "completamente" el incendio, y se salvó gran cantidad de material que de otra forma habría terminado ardiendo. Se percibieron restos tóxicos del incendio en Chicago, a más de mil kilómetros de distancia. Un año después no había trazas de contaminación, gracias a la labor de reciclaje del agua de extinción, y había mariposas en el valle (las mariposas son los animales que antes desaparecen en zonas contaminadas). Las conclusiones que se derivaron de este siniestro fueron: - la gran cantidad de equipos de respiración autónoma y de botellas de repuesto necesarios para afrontar con seguridad un fuego de este tipo, - la necesidad de compartimentar el almacenamiento de neumáticos mediante "cortafuegos", para evitar la generalización del incendio y permitir el acceso a los medios mecánicos y de extinción. - la necesidad de realizar un importante esfuerzo económico y de organización si se pretende tener probabilidad de éxito, y evitar consecuencias económicas y medioambientales incalculables, - debido a la enorme cantidad de agua necesaria para llevar a cabo la extinción, la única solución razonable es canalizar, recoger, limpiar y reutilizar el agua. - no vale de nada echar gran cantidad de agua descontroladamente; la única forma de apagar un fuego de estas dimensiones es pedazo a pedazo. Un año después un fuego de similares características se produjo en Quebec. Las

autoridades hicieron caso omiso a las recomendaciones de los bomberos de Ontario, y decidieron tratar de ahogar el incendio cubriendo los neumáticos con tierra. Seis años después todavía sigue ardiendo, y la monitorización de contaminantes ha dado un índice acumulado de aceites y otros productos nocivos inadmisible. Un caso parecido sucedió en Knighton, Inglaterra, y tras enterrar el depósito de neumáticos, a fecha de hoy, todavía hay combustión subterránea. Fuegos de basureros La problemática es similar a los fuegos de neumáticos y las soluciones a adoptar también son similares. La contaminación producida en un fuego libre de basura, muchas veces en condiciones de escaso aporte de oxigeno por ser combustiones profundas, puede ser muy elevada por la gran cantidad de materias diferentes que pueden arder. A pesar de ser una tarea ingrata, si queremos ser honestos con nuestra responsabilidad ante el medio ambiente hay que hacer esfuerzos por atajar el fuego, moviéndolo con palas mecánicas y apagándolo poco a poco. Las plantas incineradoras queman la basura a altas temperaturas que destruyen gran cantidad de elementos contaminantes. Un estudio sueco ha demostrado que la cantidad de dioxinas generadas en un fuego libre de basura es cuatro veces superior al producido en una incineradora. Fuegos de casas rurales Los fuegos de casas rurales (caseríos, masías o barracas) presentan una característica común de gran relevancia para el medio ambiente a la hora de la intervención de los bomberos en un posible incendio. En casi todas hay un pequeño o gran almacenamiento de pesticidas o fertilizantes. Estos productos, de enorme potencial contaminante para las aguas, son en general muy solubles y por lo tanto el riesgo de ser arrastrados por el agua de extinción es alto. También suele darse la circunstancia de que los cauces de agua próximos a este tipo de vivienda suele ser de poco caudal, por lo que la posibilidad de dilución del agua contaminada es baja y las de considerables niveles de contaminación de las aguas muy alta. Por esta razón como parte del protocolo de intervención en estas casas deberemos dirigirnos cuanto antes al dueño y preguentarle: ¿Tiene usted pesticidas almacenados en alguna parte de la casa? ¿y fertilizantes? ¿donde? ¿que cantidad? ¿ que aspecto tiene?. Una vez localizados e identificados estos productos, deberá evitarse a toda costa el contacto con el agua de extinción. Para ello pueden cubrirse con toldos o retirar los si es posible. Si no es posible ni una cosa ni la otra, y no hay posibilidad de contener y controlar el agua de escurrantía, habrá que plantearse la posibilidad de dejar arder esa zona para evitar males mayores. Esta decisión es comprometida pero es responsabilidad del mando valorar el impacto medio ambiental de las labores de extinción. Es conveniente elaborar un listado de los pesticidas más habituales y de sus nombres comerciales, para poder identificarlos fácilmente. En esta tarea habrá que solicitar la colaboración de los departamentos de agricultura y de medio

ambiente. Otra actividad de la intervención (también del entrenamiento) con posibles repercusiones sobre el medio ambiente es la utilización de espumas de extinción. Impacto de las espumas de extinción sobre el medio ambiente. Hay que partir de la base de que la espuma más ecológica es aquella que es capaz de apagar el fuego más rápidamente y con menos cantidad de espumógeno. En general todas las espumas son contaminantes en mayor o menor medida, pero el fuego y sus consecuencias son una amenaza para el medio ambiente mucho mas seria que las espumas. En cualquier caso debemos tener en cuenta que la contaminación generada por la espuma es responsabilidad directa de los bomberos y que una buena política de compra y de uso puede ser a la larga muy beneficiosa para el entorno natural. Básicamente podemos dividir las espumas en dos tipos: basadas en detergentes sintéticos o basadas en proteínas hidrolizadas. Los factores a tener en cuenta en cuanto a las características químicas de las espumas, en relación con su impacto sobre el medio ambiente son: a) Biodegradabilidad. b) toxicidad para el agua c) impacto en depuradoras d) toxicidad para el hombre. La biodegradación se produce por la acción de descomposición realizada por las bacterias. Las bacterias necesitan oxígeno para metabolizar los productos, que es tomado del ambiente. Si el producto, a pesar de ser biodegradable, exige gran cantidad de oxigeno para ser degradado, puede producir el descenso de la concentración de oxigeno en el agua, e incluso producir la muerte de parte de la vida acuática. Para medir la biodegradabilidad de las espumas se utilizan dos índices: - el COD (Chemicals Oxigen Demand), que define la cantidad de oxígeno necesario para su total oxidación química, y - el BOD (Biological Oxigen Demand), que es la cantidad de oxígeno utilizado por las bacterias para descomponer el producto en un tiempo determinado La relación entre estos dos índices sirve para determinar si un producto es biodegradable o no: si BOD/COD > 50 , el producto se considera biodegradable si BOD/COD 0.5 para soluciones del 1 al 5 %. Esto se traduce en que hay que conseguir una dilución del espumógeno en agua de 250:1, para poder verter la espuma con seguridad.

Conclusiones: No hay una espuma ecológica, solo hay una forma ecológica de utilizar la espuma. Hay que seguir investigando y buscar alternativas mas ecológicas. Es recomendable el uso de espumas "verdes" específicas para entrenamiento. Asumiendo que el entrenamiento en la utilización de la espuma es necesario hay que procurar no utilizar más espuma que la necesaria. Para esto es importante prestar especial atención a que las proporciones utilizadas en los proporcionadores no estén por encima de la recomendada. Hay que elegir con cuidado el lugar de prácticas y comprobar que hay aguas abajo.

Otros agentes de extinción. Polvo químico. La mayoría de polvos químicos llevan fluidizadores y sales metálicas que tienen cierto potencial nocivo. Los profesionales de la extinción que realizan labores de mantenimiento o formación que impliquen el uso cotidiano de extintores deben protegerse con filtros adecuados. En Alemania no se permite el uso de polvo seco para entrenamiento por su potencial contaminador. En cualquier caso, se puede afirmar que el uso puntual de este material, no es peligroso para el medio ambiente. Halón. De todos es sabido el supuesto daño de los CFCs, y entre ellos los halones de extinción, para la capa de ozono. El halón que se utiliza para este fin se recicla por lo que el daño al medio ambiente de las instalaciones actuales puede considerarse mínimo. 3.3 DIRECCIÓN DE SINIESTROS Y TOMA DE DECISIONES EN RELACIÓN CON EL MEDIO AMBIENTE. Como ya hemos comentado, además de la protección de vidas y bienes ha surgido una nueva prioridad para los servicios de bomberos: la protección del madio ambiente. A esta prioridad va unida una nueva responsabilidad para el mando. Prioridades "medio ambientales" durante la toma de decisiones 1. Antes de producirse el incidente:

preplaning y actividades de prevención para reducir el impacto medioambiental: mapas de riesgos, localización de puntos conflictivos y almacenamientos de MMPP, colaboración en la elaboración de planes de emergencia interiores y exteriores, elaboración y práctica de protocolos de intervención, equipamiento y entrenamiento específico para riesgo químico, actividades para la concienciación ecológica del personal propio y ajeno, ….etc. 2. Durante el incidente: Decisión entre diluir o contener. La técnica de la dilución con el objeto de reducir el nivel de peligrosidad haciéndola extensiva a una mayor área ha perdido apoyo en los últimos años. Como referencia, basta citar que en las Emergency Action Codes,(fichas de intervención británicas), el 70 % de las fichas en las que se proponía diluir han sido modificadas por la recomendación de contener. Identificación desde un primer momento de a donde van los drenajes de agua y localización de los puntos de entrada, para realizar su taponamiento en caso de necesidad. Habrá que decidir en su momento si hay que evitar el drenaje y de qué forma hacerlo. Decisión de colocación de barreras flotantes en cursos de agua y dónde. Decisión de utilización de absorbentes, qué tipo de absorbentes y cómo. Decisión de abatimiento de la nube de gases o vapores, cómo, quién y con qué protección. Decision entre apagar o dejar arder. Justificado cuando el fuego destruye o disminuye el potencial tóxico del producto (ej: tolueno) o cuando los gases inflamables podrían acumularse con el consiguiente riesgo de explosión. En el caso de un líquido tóxico ardiendo en el que sus gases de combustión también son tóxicos, la decisión de no apagar puede estar justificada en el caso de que el líquido pueda llegar a un curso de agua. El apagar supondrá enfrentarse a una materia con un elevado nivel de concentración de producto tóxico, localizada en un área pequeña por lo que el nivel de daño puede ser alto. En cambio si se deja arder la materia tóxica de dispersará en la atmósfera, presentando niveles de contaminación inferiores, Muchas de estas decisiones pueden ser polémicas y encontrar resistencia entre el personal propio o ajeno, pero el mando debe de valorar todos los factores y actuar en consecuencia con la debida contundencia. Nosotros somos los responsables en última instancia de evitar, o no, daños mayores para el medio ambiente. Para conseguir esto hay que realizar una labor de re-educación de todos los mandos, empezando de arriba a abajo. Tenemos una nueva responsabilidad y hay que aprender a tomar decisiones como la de "dejar arder" cuando las circunstancias lo exigen por encima de las presione externas.

4 CONCLUSIONES Tenemos una nueva responsabilidad que nos va a dar más trabajo, pero también más prestigio y que no podemos declinar: la defensa del medio ambiente.

Esto implica una labor de investigación (composición y posibles consecuencias de los productos de combustión, nuevas técnicas de taponamiento y contención, tecnologías de monitorización y análisis de gases,…etc) y de formación específica para la toma de decisiones (cursos de MMPP, fuegos forestales, coordinación con los departamentos de medio ambiente, utilización correcta de las fuentes de información, …etc.) Hay que estrechar la relación con los departamentos de medio ambiente y conseguir de ellos asesoramiento y financiación de actividades formativas y de equipamiento específico. Hay que promover la investigación de espumas más ecológicas. La intervención más ecológica es aquella que es más eficiente, dentro de los márgenes razonables de seguridad. El mayor problema de contaminación se suele presentar ante la presencia de cursos de agua. Conveniencia del desarrollo de soluciones trazadoras para la identificación de la dispersión y arrastre de sustancias peligrosas en cursos de agua Estamos empezando y queda un largo pero interesante camino por recorrer. Es una op0rtunidad de oro de adjudicarnos una competencia que nos reportará prestigio ante la sociedad.

PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN

1 CLASES Y RIESGOS DE LAS MMPP 1.1 Clases-subclases y riesgos 1.2 Principales riesgos de las materias peligrosas.. 2 MITIGACIÓN DE ACCIDENTES CON MMPP 2.1 Métodos físicos: 2.2 Métodos químicos: 3 SEGURIDAD Y CONTROL DEL PERSONAL: 3.1 Potección personal 3.2 Control del Personal 3.3 Equipo SOS 4 PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN CON MMPP 4.1 Planteamiento del lugar de intervención 4.2 Maniobra de descontaminación: 4.3 Maniobra básica un vehículo: 4.4 Mainobra básica dos vehículos. 4.5 Maniobra de aproximación. 4.6 Maniobra de extinción con espuma. 4.7 Maniobra con trajes de protección N-3, N-2. 1 CLASES Y RIESGOS DE LAS MMPP Cada producto tiene unas características fisicoquímico específicas y requiere un tipo de actuación en función del incidente en el que se encuentre involucrado. FICHAS DE INTERVENCIÓN, (Renace, Protección Civil, etc.). Es importante que las acciones realizadas por los bomberos respondan a un planteamiento racional. En este capítulo analizaremos de una forma generalizada cuales son las acciones a realizar según la clase de producto implicado y la amenaza existente. 1.1 Clases - Subclases y riesgos Las MMPP están divididas en 9 clases, con diversas sub-clases. Según a la clase y subclase a que pertenezcan llevarán asociado un riesgo específico:

1.2 Principales riesgos de las materias peligrosas.. Los principales riesgos con que nos podemos encontrar en una intervención donde hayan implicadas MMPP son:

-FUEGO -EXPLOSIÓN, BLEVE -FUGA DE GASES,NUBES TÓXICAS -FUGA DE LÍQUIDOS, INFLAMABLES, TÓXICOS, ETC. -RADIACIÓN -CONTAMINACIÓN Fuego: Cuando existe fuego hay que tener en cuenta que tipo de agente extintor debemos utilizar, y si se puede echar agua. A veces puede ser mejor no extinguirlo. Explosión: La posibilidad de explosión irá asociada la mayoría de las veces al tipo de recipiente, contenedor y estado del producto. Un caso particular es la Bleve, que pude producirse, principalmente por contacto directo de las llamas sobre un recipiente donde haya un gas licuado. El caso de los explosivos es diferente ya que el riesgo de explosión va asociado al producto y normalmente puede producirse la explosión por una acción exterior. Fugas de gas, nube tóxica :Puede producirse por la fuga de un gas nocivo o por los productos de la combustión. Es importante controlar la dirección y la zona donde se pueden manifestar los efectos. Fuga de líquidos tóxicos, inflamables, corrosivos: El principal riesgo, aparte del de inflamación, es el contacto de las personas con el producto y sus efectos contaminantes por infiltración en subsuelo, alcantarillas, etc. Radiaciones: Generalmente producidas por sustancias radiactivas, debe controlarse la radiación soportada. Contaminación: Puede producirse por sustancias radiactivas, debe protegerse las vías respiratorias y la piel según el tipo de sustancia. Otro tipo de contaminación es la que puede agredir al Medio Ambiente, en forma de contaminación del aire, agua o tierra.

2 MITIGACIÓN DE ACCIDENTES CON MMPP A continuación se van a enumerar las principales acciones que podemos realizar como bomberos en una intervención. Podremos utilizar medios físicos ó químicos. Como veremos a continuación será más fácil para los bomberos utilizar métodos físicos.

2.1 Métodos físicos: ABSORCIÓN: Se utilizan productos absorbentes existen en el mercado mucha variedades de ellos según el producto. Es aconsejable disponer de un absorbente polivalente, la sepiolita en general da buenos resultados una cierta polivalencia. Una vez utilizado el absorbente debe considerarse como un residuo.

CUBRIMIENTO: Es una de las acciones a realizar rápidamente y que ayuda a reducir los efectos. DILUICION: En las sustancias miscibles con el agua ayuda a bajar el riesgo a niveles seguros. RETENCION: Es importante que los productos no se extiendan y puedan llegar a las alcantarillas, cauces de ríos, etc. Puede retenerse formando diques de contención, barreras, etc. DISPERSIÓN DE VAPOR: Cuando existen nubes tóxicas debe utilizarse agua pulverizada para mitigar su efecto y/u orientar la nube hacia otras zonas con menos riesgo para la población. SOBRE EMPAQUETAMIENTO: Este método puede ser muy bueno y rápido si disponemos de otro recipiente (hermético), de un tamaño superior al afectado. TAPONAMIENTO: Es uno de los métodos más utilizados por los bomberos, a parte de las cuñas neumáticas, cojines, etc. son muy útiles las cuñas de madera o de teflón y las pastas para taponar fugas. TRASVASE: El trasvase de un recipiente a otro requiere de un material y técnica que normalmente a de ser efectuado por los responsables de la distribución del producto. Los bomberos generalmente solo lo podran realizar cuando las cantidades sean pequeñas y se disponga del material necesario, bombas, recipientes de contención, etc. SUPRESIÓN DE VAPOR: Cuando una sustancia produce vapores puede cubrirse con espuma para evitar la producción de vapor. VENTEO: El venteo consiste en abrir una válvula del depósito para reducir la presión en su interior, reduciendose la presión de salida del líquido o gas por el punto de fuga permitiendo, taponar o reducir la fuga. RELICUAR:

Este método consiste en relicuar una fuga de un gas licuado, instalando un conducto de PVC, manguera, etc. en la salida y conducirlo hasta un depósito, tapado con una lona, donde se vuelve a relicuar el gas. Este método es muy indicado para el amoniaco.

2.2 Métodos químicos: COMBUSTIÓN CONTROLADA: Es un método a tener en cuenta cuando el riesgo que puede producirse es superior al daño producido por el incendio. Por ejemplo una fuga de gas natural, un incendio de cloruro de vinílo. En estos casos es mejor limitarse a proteger a terceros y no extinguir el incendio hasta estar seguros de reducir u obturar la fuga. NEUTRALIZAR: Se utiliza principalmente para ácidos y bases, para formar una sal. Este método para realizarlo in situ es difícil, siendo mejor utilizar un método de absorción.

3 SEGURIDAD Y CONTROL DEL PERSONAL: En toda intervención de bomberos y especialmente donde hay MMPP implicadas hay que prestar atención a la seguridad y al control del personal que interviene.

3.1 Potección personal El mando de la intervención como responsable de la misma debe ordenar el nivel de protección que se debe utilizar y controlar que se utiliza correctamente. En caso de no disponer del equipo adecuado, no se debe permitir la intervención del personal.

3.2 Control del Personal Toda persona que este trabajando en la zona caliente (zona de riesgo), debe estar controlada. Para realizar este control, es necesario que un mando u otro bombero esté situado en la zona templada y comunicado con el personal que esta interviniendo, siendo éste el que dirige y controla las acciones a realizar, del equipo de intervención. Debe de controlarse el consumo de los ERA y tiempo de intervención, hay que prever el tiempo para la descontaminación si fuera necesaria.

3.3 Equipo SOS Siempre que haya un equipo trabajando en la zona de riesgo debe de prepararse

otro, con el mismo nivel de protección, para intervenir en caso de ser necesario. Es conveniente la solicitud de la presencia de una ambulancia y personal sanitario.

4 PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN CON MMPP A continuación se adjuntan varias propuestas de protocolos de actuación, que cada servicio debe adaptar a su estructura. Como base se ha tomado una dotación por vehículo de: un mando, un conductor y tres bomberos (total 5).

4.1 Planteamiento del lugar de intervención Para el planteamiento de una intervención con MMPP se deberá tener en cuenta los siguientes puntos: Dirección del viento: La dispersión a una velocidad inferior a 2m/s es circular y a una velocidad superior es en forma de pluma.Siempre hay que situarse en la dirección del viento. Marcar las zonas, caliente(riesgo), templada (instalaciones equipos de intervención) y fría (segura). La zona caliente como norma (no exacta) se debe tomar de unos 50m, debe señalizarse la entrada y salida de la zona caliente (riesgo). Establecer la ubicación del PMA (puesto de mando avanzado) Establecer la ubicación de los vehículos, vías de salida. Establecer a la salida de la zona caliente la descontaminación si es necesaria. Las acciones a realizar por los recursos humanos serán: -

Equipo de intervención Equipo SOS Control intervención Equipo descontaminación Equipo alimentación (conductores) Mando de la intervención

4.2 Maniobra de descontaminación: Para la maniobra de descontaminación se deberá tener en cuenta los siguientes puntos: Señalización de la zona donde se realiza la descontaminación. Establecer una entrada y una salida. Disponer de un depósito hermético, para el material utilizado, a la entrada de la zona de descontaminación y otro en la salida, para la colocación de los trajes utilizados. La zona de descontaminación estará preparada para una ducha y lavado como mínimo. Una forma sencilla de realizar una cubeta para la recogida del agua es la

colocación de cuatro mangotes en forma de cuadrado y colocando una lona de PVC encima. A la salida debe preverse un control del PHI y verificar que se encuentra entre los límites permitidos.

4.3 Maniobra básica un vehículo: Para la maniobra básica se contará con un mando, un conductor y tres bomberos: El conductor se encargara de extender una manguera de 70mm con una bifurcación, en dirección a la intervención, posteriormente se encargará de la alimentación del vehículo. 2 bomberos formarán el equipo de intervención instalarán como mínimo dos mangueras de 45mm y una lanza difusora, se encargarán de la extinción. 1 bombero instalará dos mangueras y una lanza difusora, las dejará instaladas en dirección del fuego (ver dibujo), de esta manera puede un solo bombero actuar, al no tener que arrastrar los dos tramos de manguera. Sera el encargado de controlar al equipo de intervención, accionará las llaves de la bifurcación y actuará como equipo SOS. El mando de la intervención, deberá establecer el plan de actuación, niveles de protección y zonas de actuación. Comunicará las incidencias al CECO-SEIS.

4.4 Mainobra básica dos vehículos. El primer vehículo desarrollará la maniobra básica de un vehículo. El segundo vehículo se encargará de instalar el equipo SOS y la descontaminación, si fuera necesaria. El control de la intervención y posteriormente la descontaminación, debe ser realizado por el mando del segundo vehículo. El mando del primer vehículo será el mando de la intervención. Hay que tener en cuenta que la instalación de intervención y la de SOS se alimenten de vehículos diferentes.

4.5 Maniobra de aproximación. Esta maniobra se realiza para la aproximación cuando es necesario cerrar una válvula de una instalación, abrir un contenedor, efectuar un salvamento de una persona envuelta entre las llamas, etc. Se utilizara la sistemática básica para cada vehículo. Debe tenerse en cuenta la alimentación independiente para cada línea de mangueras. El mando del segundo vehículo se situará en el centro de las dos líneas y ordenará el avance, las dos líneas de mangueras y el mando deben estar juntos sin separarse. Una vez efectuado el cierre de la válvula, etc. el mando (solo) se dará la vuelta y guiará (marcando el paso) a las bomberos que retrocederán de espaldas, no dejando en ningún momento de tirar agua.

Está maniobra exige mucha coordinación entre el personal por lo que es necesario practicarla, para tener garantía de funcionamiento.

4.6 Maniobra de extinción con espuma. Esta maniobra se puede realizar de diversas maneras, alimentación de espumógeno por bomba vehículo, por hidromezclador instalado en la línea de manguera, etc. La maniobra que se presenta sigue el mismo criterio de distribución de personal por vehículo. La instalación con hidromezclador, intercalado, permite un mejor aprovechamiento del espumógeno, tiene el inconveniente de estar continuamente pendiente de los bidones de espumógeno. Se debe disponer de dos líneas de actuación y alimentarse desde vehículos diferentes. Se montará en cada línea otra de SOS.

4.7 Maniobra con trajes de protección N-3, N-2. Esta maniobra es una de las más complejas por la cantidad de tareas a realizar, requiere por la tanto de una buena coordinación y entrenamiento, para realizarla con rapidez. El equipo de intervención estará formado por cuatro bomberos, dos efectuarán la reducción o taponamiento de la fuga y dos actuarán como protección para dispersar o diluir la nube tóxica. El personal de control y SOS debe estar equipado con el mismo nivel de protección que los intervinientes. El montaje de la descontaminación debe realizarse paralelamente con la colocación de los trajes de protección. Debe controlarse el tiempo de la actuación con equipos de protección, como norma hay que estimar unos 10 min. efectivos de actuación, hay que prever el tiempo necesario para la descontaminación. Es mucho más efectivo y seguro disponer de trajes de protección con posibilidad de alimentación exterior de aire.

LÍQUIDOS INFLAMABLES.

1 INTRODUCCIÓN. 2 CARACTERÍSTICAS FISICOQUÍMICAS. 3 RIESGOS DE LOS LÍQUIDOS INFLAMABLES. 4 ZONA DE INTERVENCIÓN. 5 NIVELES DE PROTECCIÓN PERSONAL. 6 NORMAS DE ACTUACIÓN EN SINIESTROS. 7 PRIMEROS AUXILIOS.

1 INTRODUCCIÓN. Se denominan líquidos inflamables aquellos líquidos, mezclas de líquidos o líquidos que contienen sustancias sólidas en solución o suspensión (por ejemplo pinturas, barnices, lacas, etc, siempre que no se trate de sustancias incluidas en otras clases debido a sus características peligrosas) que despiden vapores inflamables a una temperatura no superior a 100 ºC. Desde el punto de vista del riesgo que presentan en base a su punto de inflamación, y atendiendo a su número de identificación de peligro, los líquidos inflamables se clasifican en: Líquidos muy inflamables (nº peligro 33).- su punto de inflamación se encuentra por debajo de 21 ºC. Líquidos inflamables (nº de peligro 30).- su punto de inflamación se encuentra situado entre 21 ºC y 100 ºC. Además hay que tener presente que existe cierto número de líquidos inflamables que junto al riesgo de inflamabilidad presentan otros riesgos asociados como el de ser tóxicos en mayor o menor medida, poseer cierto grado de corrosividad o presentar una reactividad especialmente violenta. En cualquier caso, el número de productos que presentan estos riesgos añadidos es, porcentualmente, muy inferior al de los líquidos inflamables que no lo presentan. Así pues, en el desarrollo del tema abordaremos la actuación frente al

riesgo de inflamabilidad dejando al margen los otros riesgos anteriormente citados.

2 CARACTERÍSTICAS FISICOQUÍMICAS. Existe una serie de características fisicoquímicas que es conveniente que conozcamos y tengamos presentes de cara a una intervención en la que se hallen involucrados líquidos inflamables. Presión de vapor.- Cuanto mayor sea la presión de vapor del líquido, mayor será la cantidad de vapores inflamables que éste emane a una temperatura determinada y, por tanto, mayor será el riesgo de una potencial inflamación. En justa medida, deberemos extremar las medidas de protección controlando de forma más estricta todas las posibles fuentes de ignición. Un ejemplo sencillo se puede establecer entre la gasolina y el gasoil. La presión de vapor de la gasolina es de 190 mm de mercurio a 20 ºC mientras que la del gasoil es de tan sólo 2,6 mm de mercurio a 50 ºC. Como sabemos, es mucho más fácil que se inflame un derrame de gasolina que uno de gasoil, hecho que es debido, principalmente, a la mayor presión de vapor de la gasolina que lleva consigo, como hemos comentado, una mayor emanación de vapores. Punto de ebullición.- Se denomina punto de ebullición a la temperatura a la cual se iguala la presión de equilibrio del vapor de un líquido con la presión atmosférica total existente en su superficie. El punto de ebullición normal será aquella temperatura a la cual una sustancia pasa de líquido a vapor a la presión de 1 atmósfera. El punto de ebullición está inversamente relacionado con la presión de vapor, de modo que, sustancias con una elevada presión de vapor presentan un bajo punto o temperatura de ebullición. El poseer un bajo punto de ebullición supone dificultades añadidas a la hora de la extinción. Así, ciertos terpenos y éteres arden con una considerable ebullición de la superficie del líquido presentando una muy difícil extinción. Punto de inflamación.- Es la temperatura mínima a la que un líquido desprende suficiente cantidad de vapores que, en contacto con el aire, forman una mezcla capaz de arder en las proximidades de la superficie del líquido. Cuanto menor sea la temperatura de inflamación, mayor riesgo de que se produzca un incendio en caso de accidente y, por tanto, deberemos extremar las medidas de precaución, en especial, ampliando la zona de riesgo y realizando un control más exhaustivo de las posibles fuentes de ignición.

Punto de autoinflamación.- Es la mínima temperatura por encima de la cual una mezcla de vapores inflamables, en presencia de aire, son susceptibles de inflamarse sin necesidad de una fuente de ignición externa. Lógicamente, a menor temperatura de autoinflamación, mayor riesgo de que se produzca una combustión no deseada. Rango de inflamabilidad.- Cuanto más amplio sea el mismo, y dependiendo de cuales sean sus valores límites concretos, mayor será el riesgo de que los vapores sean susceptibles de ser inflamados en una atmósfera, local o situación determinada. Un gran número de productos, entre los cuales podríamos incluir varios de uso muy frecuente como la gasolina, el gasoil, o el tolueno, presentan valores para su límite inferior y superior de inflamabilidad que se sitúan en torno al 1% para el primero y el 7% para el segundo. Otros líquidos inflamables, en cambio, presentan valores bien distintos, como es el caso del alcohol metílico con el 7% para su L.I.I. y el 36% para su L.S.I. Densidad del líquido.- La inmensa mayoría de los líquidos inflamables son menos densos que el agua, de forma que, en cualquier situación, que entren en contacto con la misma tenderán a situarse en la superficie. Así pues, debemos considerar esta circunstancia cuando, por una u otra razón, un derrame de estos productos alcance el mar, un río o cualquier otra área con presencia de agua. El sulfuro de carbono es uno de los pocos líquidos inflamables con mayor densidad que el agua, y además no soluble en ésta. Los fuegos en los depósitos y derrames de estos productos pueden ser extinguidos por la separación de sus vapores y el aire mediante la formación de una capa de agua sobre los mismos. Solubilidad en el agua.- Existen líquidos inflamables solubles y no solubles en el agua. La mayoría de los alcoholes, la acetona, y otros, pertenecen al primer grupo. Los hidrocarburos, en cambio, suelen ser no solubles en el agua, si siéndolo en disolventes orgánicos. Considerando este aspecto podemos prever el comportamiento que va a tener un determinado producto cuando se ponga en contacto con agua. Una consecuencia clara de este hecho es la conveniencia de emplear espuma de la conocida como antialcohol en el derrame de líquidos inflamables solubles en agua. Frente a líquidos solubles en agua también podemos emplear la extinción por

dilución con agua. La solución resultante, líquido-agua, es menos volátil que el líquido sólo, según el grado de dilución con el agua, y la combustión puede cesar por dejar de haber una cantidad suficiente de vapores inflamables. Sin embargo, no puede confiarse comúnmente en la extinción por dilución debido a la gran cantidad de agua que se puede necesitar para conseguir este objetivo. Además, existe el riesgo de que pueda producirse una espumación si el líquido incendiado alcanza una temperatura superior a la temperatura de ebullición del agua. Densidad de los vapores.- La inmensa mayoría de los líquidos inflamables desprenden vapores que son más densos que el aire. Éste es un hecho a tener presente ya que los citados vapores van a situarse en las zonas más bajas del terreno, pudiendo dar lugar a bolsas susceptibles de ser inflamadas en caso de aporte de una fuente de ignición.

3 RIESGOS DE LOS LÍQUIDOS INFLAMABLES Los riesgos asociados a los líquidos inflamables son los siguientes: Calor radiado.- Producido como consecuencia de la combustión de los líquidos inflamables. Este calor obliga a la utilización de ropas de protección adecuadas, así como a la refrigeración de contenedores que hayan podido ser o estén siendo afectados por el mismo. El calor radiado depende principalmente de la cantidad (superficie) de combustible inflamado y del poder calorífico del mismo. Así mismo, la radiación es mayor cuanto mayor sea también la cantidad de impurezas que el líquido posea. En este sentido, la combustión de los alcoholes suele producir una menor cantidad de calor radiante por tratarse de líquidos con muy pocas impurezas, al contrario de lo que ocurre con productos como la gasolina o el gasoil con mucha más cantidad de residuos sólidos. Ondas de presión.- Producidas por la súbita combustión de una nube o acumulación de vapores inflamables en un lugar cerrado. Las ondas de presión parten de un foco inicial donde se originan, y se propagan en todas las direcciones del espacio. Las explosiones de las mezclas de aire con vapor inflamable en las proximidades del límite inferior o superior de inflamabilidad son menos intensas que las que se producen con concentraciones intermedias de la misma mezcla. La violencia de las explosiones de vapores inflamables depende de la naturaleza de los vapores, de la cantidad de la mezcla, de la concentración de la misma y del tipo de

confinamiento. Metralla.- Generalmente van a ser los pedazos de la cisterna o depósito que contenía el líquido inflamable o sus vapores. El calentamiento excesivo del contenedor, puede provocar un efecto de sobrepresión en el interior del mismo que, acabe dando lugar a una explosión que puede lanzar sus restos a cientos de metros del lugar donde se encontraba inicialmente.

El peligro de rotura de los tanques debido a la presión interna cuando están expuestos a un incendio depende, en gran parte, de las características del líquido, de las dimensiones y tipo del tanque y de la intensidad y duración del fuego. Cuanto menor sea el tanque o menor el volumen del líquido en él contenido, menor será el tiempo que tardará en producirse la explosión BLEVE. Contaminación medioambiental.- Producida a consecuencia del derrame de estos productos en el mar, ríos, lagos, etc; o bien, en la própia tierra donde, además de la contaminación de la misma, puede alcanzar el nivel freático y ser trasladada a grandes distancias. Por otro lado, la gran cantidad de humo y gases producidos como consecuencia de la combustión de los líquidos inflamables ejerce, así mismo, un efecto muy perjudicial sobre la atmósfera. Toxicidad, corrosividad y especial reactividad.- Como ya hemos comentado anteriormente, algunos líquidos inflamables presentan otros riesgos asociados al de inflamabilidad. Los hidrocarburos aromáticos como el benceno, el tolueno o el xileno, poseen efectos anestésicos y sus vapores pueden provocar parálisis respiratoria. Además, muchos compuestos aromáticos penetran a través de la piel y pueden ser absorbidos por los tejidos del cuerpo. El sulfuro de carbono, el sulfuro de metilo, el metanol o la acroleina, son ejemplos de líquidos inflamables que también presentan problemas de toxicidad. La metilamina, la dietilamina y otras materias inflamables presentan el problema añadido de ser corrosivas. El acetato de vinilo, el metacrilato de etilo, el estireno o el viniltolueno, son

ejemplos de líquidos inflamables que además pueden producir espontáneamente una reacción violenta.

4 ZONA DE INTERVENCIÓN La delimitación de la zona de intervención depende de múltiples factores como los vistos en el apartado de características fisicoquímicas. Pero además, otras circunstáncias como son las condiciones meteorológicas del lugar, principalmente la dirección y fuerza del viento, factores orográficos y urbanísticos, y algunos otros, afectan en gran medida a este cálculo. Ahora bien, desde un punto de vista práctico, y asumiendo el riesgo que suponen las generalizaciones en este tipo de cuestiones, podemos establecer las siguientes zonas de intervención considerando tres situaciones de riesgo distintas: Situación 1ª: Derrame sin incendio. Zona de intervención: entre 50 y 100 metros. Situación 2ª: Derrame con incendio, las llamas no afectan a la cisterna y el calor radiante que afecta a la misma no es muy importante. Zona de intervención: unos 50 metros. Situación 3ª: Derrame con incendio afectando a la cisterna o contenedor (riesgo de explosión). Zona de intervención: unos 300 metros. En esta 3ª situación debemos tener presente que la zona de alerta deberá situarse en un radio no inferior a los 1000 metros, dado las grandes distancias que pueden alcanzar los restos del contenedor en caso de producirse una explosión.

5 NIVELES DE PROTECCIÓN PERSONAL En función de las tareas que estemos realizando, los niveles de protección personal adecuados son los siguientes: Nivel 1.- Consiste en el traje de intervención completo y el equipo de respiración autónoma. Será la protección personal adecuada cuando se realicen labores de extinción, salvamento, etc, que no impliquen un contacto directo con el producto. Nivel 2.- Se compone del mismo nivel 1 con el traje antisalpicaduras superpuesto. Se utilizará en todas aquellas acciones que impliquen un contacto directo con el producto. De forma general se empleará en la contención, el taponamiento y el trasvase del producto. Nivel 3.- Consiste en el traje NBQ de protección total. Se utilizará en las acciones citadas para el nivel 2 en caso de no disponer de trajes antisalpicaduras, y siempre que el riesgo de inflamación sea mínimo.

6 NORMAS DE ACTUACIÓN EN SINIESTROS De forma general, en todos los accidentes en los que se hallen involucradas mercancías peligrosas y, de forma concreta, en lo que se refiere a líquidos

inflamables, las dotaciones que se dirijan al lugar del siniestro tratarán de aproximarse al lugar del mismo, en la dirección y sentido del viento. Los vehículos se detendrán, con carácter general, a una distancia de unos 50 metros. Desde este punto, se realizará una rápida evaluación de la situación, incidiendo especialmente en la identificación de la materia o materias transportadas dado que, a partir de su conocimiento, las medidas a tomar en cada caso serán muy distintas. Además, se analizará el tipo de accidente (fuga, derrame, incendio, explosión), y la presencia de posibles víctimas implicadas en el mismo, al tiempo que, se establecen las correctas medidas para una rápida evacuación y balizamiento de la zona afectada. En la evaluación de la situación deberán considerarse otros factores como la dirección y fuerza del viento, la cercanía de edificios habitados o la orografía del terreno. Una vez identificada la materia o materias implicadas y sus riesgos, podremos delimitar, de una forma más exacta, cuales serán las medidas que deberemos emprender en función del tipo de accidente que se nos presente. Así pues, partiendo del conocimiento de que la materia o materias implicadas en el accidente son líquidos inflamables, podemos establecer tres situaciones de riesgo que, de forma general, nos pueden servir de guía de actuación, si bien, en todo momento debemos ser conscientes que cada accidente, y cada situación concreta, presenta unas peculiaridades distintas que afectan muy directamente a la medidas de actuación y que llevan consigo la toma de una serie de decisiones adecuadas a la magnitud y características concretas del siniestro. Situación 1ª: Derrame sin incendio. Como corresponde a todo siniestro, en primer lugar se realizará una rápida evaluación del mismo. La zona de intervención se situará a una distancia de entre 50 y 100 metros. La delimitación concreta se establecerá atendiendo principalmente al producto implicado y, en particular, a la presión de vapor y el punto de inflamación del mismo.

Las acciones prioritarias a realizar serán el balizamiento de la zona de intervención, la identificación de la materia o materias implicadas y, por supuesto, la evacuación de víctimas. En todo momento se extremarán las precauciones para evitar la ignición del derrame. El personal que realice estas acciones deberá ir perfectamente equipado con el nivel 1 de protección, y

deberá así mismo portar las correspondientes instalaciones de protección bien sea de agua, espuma o una combinación de ambas. En esta situación, el mayor factor de riesgo se establece en la existencia de una nube de vapores inflamables en contacto con el aire y, posiblemente dentro de su rango de inflamabilidad. Por lo que, de forma inmediata, se procederá a cubrir el derrame con la espuma adecuada. A ser posible utilizaremos espuma AFFF de baja o media expansión. En el caso de que el líquido inflamable sea soluble en agua emplearemos espuma de la denominada antialcohol. En este punto debemos hacer la salvedad de que en el caso de que el producto derramado sea gasoil, u otro con similares características, el siniestro podrá considerarse, salvo circunstáncias especiales, más como un problema de contaminación medioambiental que como un riesgo claro de incendio dada la baja probabilidad de que el mismo se inflame. En este sentido, no será preceptivo establecer como norma el cubrir el derrame con espuma. En cualquier caso y, ante una duda razonable acerca de las características del producto o de las peculiaridades de la situación, puede ser conveniente optar por esta medida preventiva. Cubierto el derrame con espuma y, de este modo minimizado el riesgo de inflamación, se podrá proceder a rescatar las víctimas que hallan quedado atrapadas en el interior de algún vehículo a consecuencia del accidente. Hemos dejado un poco de lado la contención del derrame, pero debemos tener presente que tan pronto como nos sea posible realizaremos las maniobras precisas para contener el mismo, con el fin de evitar que penetre en la red de alcantarillado, cursos de agua, el mar, etc. Avisaremos a las autoridades competentes en caso de que se produzca cualquiera de estos hechos u otro similar que pueda suponer cualquier tipo de riesgo a las personas o al medio ambiente. Durante toda la intervención controlaremos y mantendremos la cubierta de espuma, e incluso, con un explosímetro se comprobará el grado de sellado en la emisión de vapores inflamables. Trataremos de taponar el derrame empleando cualquier sistema efectivo que se encuentre a nuestra disposición, pero teniendo presente que el material que se utilice no produzca chispas. Los sistemas más comunes para este fin son las cuñas de madera y los cojines tapafugas en grietas de pequeño tamaño, así como el cerrado u obturación de válvulas que hayan sido objeto de lesión. El trasvase deberá realizarse de forma adecuada y preferentemente por personal especializado. Se emplearán bombas de trasiego aptas para el trasvase de líquidos inflamables y se tomará especial precaución en realizar las necesarias tomas de tierra. Situación 2: Derrame con incendio, las llamas no afectan a la cisterna y el calor radiante que afecta a la misma no es muy importante. En esta situación, el riesgo inmediato de que la cisterna explosione por efecto de

una sobrepresión en el interior de la misma es reducido. En cualquier caso, siempre debemos considerar el tiempo que el calor irradiado por el incendio puede llevar afectando a la cisterna o depósito contenedor. De forma general, la zona de intervención será de unos 50 metros, siempre que se considere que no hay ningún riesgo inmediato de explosión.

Al llegar al lugar del siniestro se procederá a realizar una rápida evaluación de la situación. Podemos establecer como medidas prioritarias la identificación del producto, el balizamiento de la zona de intervención y la evacuación y el rescate de víctimas. En el caso de que existan personas atrapadas a consecuencia del siniestro, la rapidez va a ser vital de cara a evitar que las mismas puedan perecer a causa del incendio. Además, dado el no exento riesgo de calentamiento del contenedor, desde los primeros instantes de la actuación, se establecerán las instalaciones de agua suficientes para proteger tanto al personal interviniente como para refrescar la cisterna de forma continua e ininterrumpida hasta que el riesgo haya desaparecido. De forma simultánea, se procederá a sofocar el incendio empleando preferentemente espuma de baja expansión o polvo extintor. Extinguido el incendio se cubrirá el derrame con una capa de espuma apropiada, la cual deberá ser controlada y mantenida. A partir de este punto, se procederá a contener el derrame y, en caso necesario, taponar y trasvasar el producto tratando de alcanzar, tan pronto como sea posible y las circunstáncias nos lo permitan, una situación estable tanto en lo que se refiere al producto como al contenedor del mismo. Situación 3: Derrame con incendio afectando a la cisterna o contenedor (riesgo de explosión). Ésta es la situación más crítica de cuantas nos podemos encontrar en un accidente con líquidos inflamables. En este caso, la valoración deberá ser más profunda, analizando de forma seria la probabilidad de que la cisterna pueda explosionar y afectar al personal interviniente. En el otro lado de la balanza habrá que sopesar la presencia de posibles víctimas en la zona de riesgo. En función de estos dos factores, principalmente, el mando a cargo de la intervención establecerá la táctica a seguir.

En el supuesto caso de que la cisterna esté en una zona deshabitada, no hayan víctimas en las inmediaciones, y el fuego lleve largo tiempo afectando a la misma, la decisión a tomar podrá ser más conservadora, procediendo a evacuar la zona en un radio no inferior a 1 kilómetro. En el mejor de los casos, se emplazarán monitores para lanzar agua sobre la cisterna con el fin de reducir el grado de calentamiento de la misma, así como espuma para tratar de extinguir el derrame inflamado.

Ahora bien, si en esta situación de riesgo hay implicadas posibles víctimas en las inmediaciones, la decisión a tomar será mucho más complicada. En este caso, se plantean dos opciones contrapuestas. La primera, supone asumir el riesgo del personal interviniente con el fin de salvar las posibles víctimas que, con vida, hayan podido quedar en la zona de riesgo. La segunda, en cambio, consistirá en retirarse y evacuar la zona limítrofe al accidente, dando por perdida la situación y el hecho de que todavía queden personas con vida en las inmediaciones del mismo. La difícil decisión deberá tomarse basándose principalmente en los signos que muestre la cisterna en tanto en cuanto al riesgo de explosión y, en la presencia de víctimas con vida en el área afectada. En el caso que el riesgo de explosión sea inminente se procederá a alertar a la población y a evacuar las personas que se hallen dentro de la zona de riesgo que no será inferior a un kilómetro de radio. Si se opta por rescatar a las víctimas, se actuará de forma enérgica, tratando de refrescar la cisterna con todo el caudal de agua disponible, al tiempo que se apantalla la radiación producida por el incendio. Rápidamente, se procederá a realizar la evacuación y el salvamento de las víctimas que se hallen con vida. En todo momento, se realizará una continua reevaluación de la situación observando como evoluciona la cisterna y, en caso de riesgo inminente de explosión, se dará la orden de retirada de todo el personal interviniente. Controlada y estabilizada la situación, se procederá a extinguir y cubrir con espuma el derrame, sin dejar de refrescar la cisterna hasta que de signos de que no sufre ningún síntoma de calentamiento. A partir de este punto, se procederá como en los casos precedentes a realizar la contención, taponamiento y trasvase del producto.

7 PRIMEROS AUXILIOS La mejor recomendación que se puede hacer en este punto no es otra que, en caso de que se produzca un accidente personal que requiera la aplicación de unos primeros auxilios, se recurra rápidamente a la información específica contenida en la ficha de seguridad del producto implicado y que, a ser posible, los mismos sean administrados por personal especializado. De forma general, para el caso de accidentes producidos o en los que se hallen implicados líquidos inflamables y, considerando una gran mayoría de productos que no presenten problemas agravados de toxicidad o corrosividad, podemos establecer una serie de líneas maestras en caso de que tengamos que administrar unos primeros auxilios. Primeros auxilios en caso de inhalación. Se trasladará a la víctima al aire fresco y se la mantendrá con calor e inmóvil. Si la respiración se hace dificultosa o si ha cesado, se realizará respiración artificial. Se tratará de conseguir atención médica inmediatamente. Precaución: la administración de la respiración boca a boca puede exponer al administrador de los primeros auxilios a productos químicos que estén en los pulmones de la víctima o el vómito. Primeros auxilios en caso de contacto de la piel y ojos. Lavar los ojos inmediatamente con agua durante al menos 15 minutos, levantando ocasionalmente los párpados. Quitar la ropa contaminada. Lavar las partes afectadas del cuerpo con grandes cantidades de agua y jabón. Conseguir atención médica si la irritación persiste después del lavado. Primeros auxilios en caso de ingestión. De forma general no provocar el vómito. Mantener a la víctima con calor e inmóvil. Conseguir atención médica inmediatamente, informándole del producto químico ingerido. Primeros auxilios en caso de quemaduras. No retirar los trozos de tela o piel adheridos a la víctima. Cubrir con compresas estériles. En caso de que las quemaduras sean importantes por su extensión, localización o grado de las mismas, se trasladará a la víctima rápidamente a un centro sanitario.

RADIOACTIVIDAD

1 ¿QUÉ SON LAS RADIACIONES IONIZANTES? 2 TIPOS DE RADIACIONES IONIZANTES. 3 LAS FUENTES RADIACTIVAS. 4 CONCEPTOS DE PROTECCION RADIOLÓGICA. 5 UNIDADES DE MEDIDA. 6 ¿DONDE PUEDO ENCONTRAR FUENTE RADIACTIVAS? 7 SEÑALIZACIÓN. 8 LAS DOSIS. 9 APARATOS DE MEDIDA. 10 LA INTERVENCIÓN CON FUENTES RADIACTIVAS. ¿QUE SON LAS RADIACIONES IONIZANTES ? Son radiaciones capaces de interaccionar con la materia aportándole calor y formando iones. La facultad de dar calor es lo que hace que puedan quemar, de la misma forma que lo hacen las radiaciones solares. La ionización degrada la materia. Este efecto en los seres vivos afecta especialmente a las células, ya que contienen en sus núcleos los códigos por los que se reproducen, manteniendo así el cuerpo humano. Las más sensibles por lo tanto son aquéllas que se están reproduciendo con mayor frecuencia como las de: los fetos, pelo, uñas, reproducción sexual o tumores cancerosos.

2 TIPOS DE RADIACIONES IONIZANTES. 2.1 LOS RAYOS X Son radiaciones electromagnéticas (como la luz o las ondas de radio) de frecuencia muy alta y por tanto pequeña longitud de onda. Son lo

suficientemente pequeñas como para poder atravesar huecos entre átomos y dentro de átomos, con lo que las usamos para "ver" el interior de los objetos que la luz no puede atravesar y hacer lo que llamamos radiografías. Los producimos con lámparas. Con estas lámparas ocurre como con las bombillas, cuando están apagadas no emiten nada. Las lámparas de rayos X sólo se encienden en el momento de realizar una radiografía y se tienen encendidas durante cortos espacios de tiempo.

2.2 LAS RADIACIONES a Son núcleos de helio procedentes de la desintegración de un elemento radiactivo al que abandonan a gran velocidad. Para la escala a la que nos movemos cuando hablamos de radiactividad, estamos refiriéndonos a partículas de enorme tamaño. Su capacidad de penetración es prácticamente nula (no pueden atravesar ni una hoja de papel) y en el aire solo alcanzan unos pocos centímetros. El peligro de una partícula a se encuentra en su velocidad, que va perdiendo a medida que choca contra átomos de su alrededor. Cuando se para es un ion de helio -gas noble y uno de los componentes del aire- completamente inocuo por tanto. Es como un camión, que lanzado a gran velocidad es muy peligroso porque lleva mucha energía, que puede perder suavemente por fricción con el aire o repentinamente en un choque, pero una vez parado no representa un peligro. Estas características las hacen adecuadas para algunas aplicaciones. Así las fuentes a se usan para aplicaciones como detectores de incendios o pararrayos radiactivos, ya que los blindajes son muy simples y aún estando al aire, no afectan a las personas aunque se encuentren próximas (a más de un palmo de distancia). Esto no quiere decir que sean inocuas y revisten un peligro también derivado de sus características. Dada su enorme masa llevan una gran cantidad de energía y si llegan a tener contacto con tejidos vivos, causan mucho más daño que ningún otro tipo de radiación. Por otra parte, su falta de capacidad de penetración los hace indetectables por los aparatos de medida que normalmente usamos, ya que no pueden penetrar en dosímetros y radiámetros, salvo que estén provistos de sondas específicas para estas radiaciones. El peligro para nosotros con las fuentes a se encuentra en que una fuente pulverizada o diluida se nos quede adherida a la piel, nos la traguemos o la inhalemos. Este peligro fuera de las centrales nucleares o laboratorios nucleares es muy pequeño, ya que para el resto de aplicaciones las fuentes se encapsulan de forma que resistan -casi- cualquier tipo de agresión.

2.3 LAS RADIACIONES b . Son electrones de alta energía. Al igual que las radiaciones a , son producidas por

la desintegración de un elemento radiactivo del que salen a gran velocidad. Como en el caso anterior, la partícula sin velocidad no representa un peligro. La masa de un electrón es unas 7.200 veces más pequeña que la de un átomo de helio, por lo que la energía de una radiación b es mucho menor que la de una a y su capacidad de penetración mucho mayor, sin llegar a ser excesivamente grande; unos metros en el mejor de los casos. Una hoja de aluminio de unos milímetros es blindaje suficiente para pararla. De forma paralela a las radiaciones a , su detección por los aparatos de medida habitualmente usados es difícil, salvo que se disponga de sondas adecuadas. Pero a diferencia de ellas sí es normal encontrar fuentes b no encapsuladas en hospitales, donde se usan como elementos trazadores y en radioterapia, por lo que existe el peligro de contaminación radiactiva.

2.4 LAS RADIACIONES g . Al contrario que las dos anteriores son ondas electromagnéticas. Su frecuencia es aún más alta que la de los rayos X y su capacidad de penetración es por tanto mayor. Tienen aplicación en radioterapia, son las que producen las bombas de cobalto, los medidores de nivel, los aparatos de gammagrafía y en tratamientos de medicina nuclear. Salvo en este último caso las fuentes g suelen ser encapsuladas. La mera exposición a las radiaciones g no nos contamina. Las radiaciones a y b cuando interaccionan con la materia producen ciertas cantidades de radiación g , por lo que esta radiación la encontraremos en cualquier tipo de fuente.

2.5 LAS RADIACIONES DE NEUTRONES Las fuentes de neutrones son muy raras, se usan como iniciadoras de reacciones nucleares y para crear fuentes radiactivas. Normalmente sólo se encuentran en centrales o laboratorios nucleares.

3 LAS FUENTES RADIACTIVAS Hay elementos que son inestables y sus átomos tienden a buscar una mayor estabilidad emitiendo partículas de materia o energía que les sobra, transformándose en otros elementos más estables. Así, un átomo de uranio en la naturaleza sufrirá una serie de transformaciones espontáneas que implicarán emisión de radiaciones y lo acabarán transformando en un átomo de plomo que es estable. A los materiales formados por o con estos elementos les llamamos fuentes radiactivas.

3.1 PERIODO DE SEMIDESINTEGRACION. La actividad de las fuentes decae con el tiempo y para medir ese decaimiento se ha inventado el concepto de período de semidesintegración, que es período de tiempo en el que la mitad de los átomos de una fuente se han desintegrado o transmutado. Esto quiere decir que la actividad de una fuente cuyo período de semidesintegración sea de 1.000 años es para nosotros constante y en cambio una que tenga un período de semidesintegración de 1 segundo y contenga una tonelada de elemento radiactivo en un momento dado, sólo contendrá una millonésima de gramo un minuto más tarde.

3.2 FUENTES ENCAPSULADAS Para evitar el peligro de contaminación las fuentes cuya disgregación no sea interesante para su uso se encapsulan. Una forma de encapsular es por ejemplo: sinterizar con cobre. Este procedimiento consiste en prensar en caliente la fuente con partículas de cobre, hasta que formen -fuente y cobre- una masa compacta. FUENTES NO ENCAPSULADAS En las de este tipo la fuente no va protegida, siendo muy común que se presente en forma de disolución. Esta forma es útil por ejemplo para inyectar la fuente en el cuerpo.

4 CONCEPTOS BASICOS DE PROTECCION RADIOLOGICA 4.1 IRRADIACION Es la exposición de una persona a las radiaciones ionizantes. Sus efectos son proporcionales a la cantidad de energía procedente de la radiación que haya absorbido el cuerpo. Una persona o un objeto por estar irradiados no causan daño a quienes mantengan contacto con ellos. La protección contra la irradiación se basa en: - Distancia: como sucede con una fuente de luz o de sonido, cuanto más lejos nos encontremos menos nos afecta. La cantidad de radiación que recibimos de una fuente es inversamente proporcional al cuadrado de la distancia. Eso quiere decir que una fuente que nos irradia con una cantidad X a 1 metro, nos irradia 4 veces menos a 2 metros y que si nos acercamos a tocarla tendremos que tener en cuenta que a 1 centímetro nos irradiará 10.000 veces más. - Tiempo: como cuando tomamos el sol. A más tiempo expuestos mayor daño.

- Blindaje: Si hemos de estar tiempo cerca de una fuente podemos interponer entre nosotros y la fuente paredes, planchas de metal...

4.2 CONTAMINACION Una persona u objeto se encuentran contaminados cuando es la propia fuente radiactiva la que entra en contacto con ellos. Esta persona u objeto sí pueden causar daños y contaminar a su vez a quien entre en contacto con ellos. En el caso de las personas la contaminación puede ser: Externa: cuando la fuente se ha depositado en la piel, en cuyo caso la descontaminación consistirá en un enérgico lavado. Interna: cuando la fuente ha penetrado en el interior del cuerpo por ingestión o inhalación, en cuyo caso el tratamiento curativo es difícil y poco eficaz. La forma de protegernos contra la contaminación está en el uso de equipos de respiración autónomos y trajes de protección química, debiendo tener las mismas precauciones que si nos encontrásemos ante un producto tóxico.

5 UNIDADES DE MEDIDA 5.1 ACTIVIDAD DE UNA FUENTE La actividad de una fuente nos indica lo peligrosa que es. Se mide en número de desintegraciones por segundo. La unidad del sistema métrico decimal es el becquerel (Bq) = 1 desintegración / 1 segundo. Es una unidad muy pequeña, por lo que se siempre se usan el kilobecquerel (kBq) y el megabecquerel (MBq). Tradicionalmente se usaba para medir la actividad de una fuente el curio (Ci) que es la actividad de un gramo de radio 1Ci = 37.000 megabecquereles.

5.2 DOSIS ABSORVIDAS Las radiaciones ionizantes ceden energía a la materia a la que atraviesan dañándola. Hay radiaciones que con la misma cantidad de energía son más dañinas que otras y hay unidades que tienen en cuenta ambas cosas, estas unidades son: - El sievert (Sv) usado en el sistema métrico decimal. Es muy grande por lo que normalmente se usa la milésima parte milisievert (mSv) y el micro sievert, millonésima parte del sievert (m Sv). - El REM, unidad usada con anterioridad. 1 REM = 10 mSv.

6 ¿DONDE PUEDO ENCONTRAR FUENTES RADIACTIVAS?

6.1 EN LAS CENTRALES NUCLEARES En las centrales nucleares encontraremos combustibles nucleares, productos de fisión y materiales que se han vuelto radiactivos por la acción de los neutrones. La cantidad y variedad de productos que nos podemos encontrar es enorme. 6.2 UNIVERSIDADES Y CENTROS DE INVESTIGACION En estos lugares es frecuente encontrar fuentes radiactivas e incluso pequeños reactores.

6.3 HOSPITALES Aquí encontraremos: Aparatos de rayos X, que como ya hemos visto no entrañan riesgos especiales. Fuentes para aplicación externa de radioterapia (bombas de cobalto). Fuentes para aplicación interna como: fuentes b no encapsuladas o fuentes g no encapsuladas, generadores de tecnecio, ...

6.4 INDUSTRIAS Como medidores de nivel, medidores de espesores...

6.5 EN EL TRANSPORTE Ya que los usos anteriormente descritos implican movimiento de fuentes.

7 SEÑALIZACION 7.1 EN EL TRANSPORTE: En teoría un vehículo que transporte material radiactivo deberá llevar paneles naranjas y la etiqueta de peligro: Esta etiqueta la llevarán vehículos y grandes contenedores.

En España y debido al temor de las autoridades a protestas y atentados los vehículos únicamente llevan panel naranja. La paquetería deberá llevar las siguientes etiquetas en función de la actividad que sea normal detectar en el exterior: Encontraremos esta etiqueta en los bultos cuya radiación exterior sea inferior a 5 µSv/hora

Encontraremos esta etiqueta en los bultos cuya radiación exterior sea inferior a 500 µSv/hora

Encontraremos esta etiqueta en los bultos cuya radiación exterior sea inferior a 2.000 µSv/hora

7.2 SEÑALIZACIÓN DE INSTALACIONES RADIACTIVAS: En los lugares donde exista una instalación radiactiva encontraremos las siguientes señales: En una "ZONA CONTROLADA" no es improbable que un trabajador que está habitualmente en ella reciba una dosis de 3/10 de la considerada como máximo anual.

En una "ZONA DE PERMANENCIA LIMITADA" existe el riesgo para un trabajador de recibir una dosis superior al máximo anual.

En una "ZONA DE ACCESO PROHIBIDO" existe el riesgo de recibir de una sola vez una dosis superior a la máxima anual admisible para trabajadores.

En una "ZONA VIGILADA" no es improbable que un trabajador reciba una dosis superior a 1/10, pero es muy improbable que reciba una dosis superior a 3/10 de la dosis máxima anual.

Este tipo de señales también pueden darnos una indicación del tipo de fuente que nos podemos encontrar, así encontraremos:

En el caso de que el riesgo sea fundamentalmente debido a una posible irradiación externa. esto querría decir que la fuente será encapsulada.

En el caso de que nos encontremos con que el riesgo sea fundamentalmente debido a la contaminación, indicando -por tanto- la existencia de fuentes no encapsuladas.

En el caso de que nos encontremos con ambos riesgos asociados, que pueden darse por existir fuentes de ambos tipos o fuentes gamma no encapsuladas.

En los objetos o aparatos que contengan una fuente radiactiva encontraremos las siguientes marcas:

Y por último en los lugares en los que existan fuentes de muy poca importancia no hay señalización, por ejemplo los relojes cuyas esferas se ven por la noche aunque no hayan recibido luz previamente.

8 LAS DOSIS La radiactividad no se puede ver, tocar, ni oler y es capaz de causar daños incluso a través de las paredes, esto hace que nos produzca el temor de lo

desconocido. Pero la radiactividad hemos de admitir que forma parte de la vida cotidiana por existir en la naturaleza y como producto de la actividad humana. Así, a la hora de incorporar las radiaciones ionizantes a la vida cotidiana, se nos plantea el interrogante de hasta donde llegar ¿cuál es el límite que no debemos rebasar para que nuestra salud se vea afectada? Para ello, se examinó la incidencia en el hombre de las radiaciones ionizantes. Hay diversos estudios que tratan el mismo tema y hemos extraído de varios de ellos la siguiente tabla:

9 APARATOS DE MEDIDA Como no podemos ver ni sentir las radiaciones ionizantes nos tenemos que fiar de una serie de aparatos de medida. Los más habituales en los parques de bomberos son:

9.1 EL RADIÁMETRO O INTENSÍMETRO Dispone de un tubo Geiger y nos da habitualmente diversos tipos de medida: - Tasa de dosis, que nos indica cuanta radiación llegará al lugar en caso de permanecer allí un tiempo determinado . Este aparato nos sirve para establecer las zonas de intervención, indicándonos el riesgo que existe en cada punto. - Dosis, es la cantidad de radiación que ha llegado al aparato desde que lo hemos encendido, es este sentido actúa como un dosímetro. El radiámetro normal no detecta las radiaciones a ni b , por lo que es difícil que nos advierta de un peligro de contaminación si no va provisto de elementos auxiliares.

9.2 LAS CÁMARAS DE IONIZACIÓN Son sensores que por sí mismos o asociados a un radiámetro detectan partículas alfa y beta. En nuestro trabajos los usamos para detectar contaminación radiactiva. Nos dan una medida en forma de cuentas por segundo que nos indican el número de partículas que llegan hasta el aparato. Esta medida no nos sirve mas que para saber si existe contaminación o no, ya que es muy compleja de interpretar. La utilización de estos aparatos es delicada ya que hay que aproximarlos mucho a los lugares donde queramos medir y a la vez deberemos prestar atención para evitar que las sondas entren en contacto con la materia presumiblemente contaminada. Frecuentemente este aparato y el anterior se usan conectados a un altavoz del que sale una crepitación característica. Esto se hace porque la respuesta del altavoz a lo que han medido los aparatos es mucho más rápida que la de los indicadores numéricos.

9.3 LOS DOSÍMETROS Son unos aparatos que nos podemos colocar para saber cuanta radiación ha llegado hasta nosotros.

10 LA INTERVENCIÓN CON FUENTES RADIACTIVAS 10.1 EN ACCIDENTE EN TRANSPORTE Deberemos usar el método general para actuación con mercancías peligrosas y además: 10.1.1 Aunque no haya incendio. - Evaluar, comunicando inmediatamente a la central: nº de víctimas, composición y estado de la carga. - Si existen víctimas, no hay incendio y carecemos de equipos de medición adecuados, podremos intervenir -en la mayoría de los casos- sin especial peligro siempre que: Podamos actuar sin entrar en contacto con la carga. Usemos ERA independientemente de que hay fuego o no, salvo que resulte evidente que la carga no se encuentra deteriorada. Permanezcamos el menor tiempo posible en la "zona caliente". Tratemos a la víctima, a nuestro ERA usado y a nuestro traje de intervención como potencialmente contaminados.

Limitemos el acceso a la zona del accidente declarando "zona caliente" a la que se encuentre a menos de 5 metros del siniestro. Si disponemos de aparatos, podemos declarar "zona caliente" a aquella en la que el radiámetro o intensímetro marque 100 microsievert o 0,1 mSv.

Además en general: Es necesario advertir al personal sanitario, policía, etc. del riesgo de contaminación. No debemos rebasar sin el concurso de un experto la zona en la que se marquen 100 mSv, ni permanecer más de 30 minutos en la zona caliente. Hay que controlar con sonda para detección de contaminación todo objeto o persona que salga de la "zona caliente". Usar dosímetros. Recordar que los aparatos de medida no nos protegen.

10.1.2 Si la intervención es con incendio: Valorar la posibilidad de extinguir el fuego usando extintores para evitar usar agua, ya que se podría contaminar y llevar la contaminación a suelos alcantarillado, cursos de agua, etc.

Usar la mínima cantidad de agua posible para extinguir el incendio. Controlar y tratar el agua de extinción como residuo potencialmente contaminado. Usar agua en grandes cantidades para lavar los humos del incendio, ya que la posible contaminación radiactiva es más peligrosa en el aire que en el agua.

10.2 FUEGOS EN EDIFICIOS CON INSTALACIONES RADIACTIVAS Recabar información para saber: Si se trata de una instalación de rayos X. Si existen fuentes encapsuladas o no encapsuladas. Situación exacta de las fuentes. Prestar especial atención a la señalización. Adoptar la misma sistemática que para accidente en transporte.

GASES

GASES. PROBLEMATICA ESPECIFICA. 1 INTRODUCCIÓN 2 CLASIFICACIÓN 2.1 Clasificación según sus propiedades químicas 2.1.1 Gases inflamables 2.1.2 Gases no inflamables 2.1.3 Gases reactivos 2.1.4 Gases tóxicos 2.2 Clasificación según sus propiedades físicas 2.2.1 Gases comprimidos 2.2.2 Gases licuados 2.2.3 Gases criogénicos 2.2.4 Gases disueltos a presión 3 TRANSPORTE 3.1 Transporte por carretera TPC/ADR 3.1.1 Transporte por carretera en estado gaseoso: 3.1.2 Transporte por carretera de gases licuados a presión. 3.1.3 Transporte de gases criogénicos 3.2 Transporte por ferrocarril RID/TPF (RID·43) 3.2.1. Introducción: 3.2.2. Los materiales de que se construyen los recipientes son: 3.2.3. Aislamientos térmicos. 3.2.4. Llenado 3.2.5. Etiquetado 3.2.6. Prohibición de carga en común 3.2.7. Otros 3.3 Transporte por vía aérea IATA 3.4 Transporte por vía marítima y fluvial 3.4.1. Construcción y equipo de Buques que transportan Gases licuados a granel: (Gaseros) 3.4.2. Tipos de transporte 3.4.2.1. GLP totalmente presurizados 3.4.2.2. Semirefrigerados: 3.4.2.3. Semipresurizados/refrigerados: 3.4.2.4. GLP totalmente refrigerados. 3.4.2.5. GNL (gases naturales licuados) Totalmente refrigerados. 3.4.3. Sistemas de contención de la carga: 3.4.3.1. Tanques independientes 3.4.3.2. Tanques de membrana 3.4.3.3. Tanques de semimembrana 3.4.3.4. Tanques integrales Tanques de aislamiento interno.4.4. Código para la construcción y el equipo de barcos que transporten gases licuados a granel: 3.5 Transporte por tuberías 3.5.1. Tipos de redes 3.5.2. Características de las diferentes redes

3.5.3. Protección catódica 3.5.4. Estaciones reguladoras 3.5.5. Válvulas 3.5.6. Acometidas 3.5.7. Identificación de productos en las conducciones por tuberías 3.6 Recipientes pequeños a presión 3.6.1. Características de los envases: 3.6.2. Clasificación General 3.6.3. Identificación de los gases contenidos 4 VÁLVULAS Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD 4.1. En cuanto a su nomenclatura y atendiendo a su función, encontraremos, principalmente: Otros dispositivos de seguridad 5 PANEL NARANJA EN LOS GASES 6 ROMBO NFPA·704 (DIAMANTE DE PELIGRO) 7 RIESGOS DE LOS GASES 7.1 Riesgos de los gases en recipientes cerrados 7.1.1 Roturas de recipientes, BLEVE 7.2. Control de los gases fuera de los recipientes: 7.2.1. Gases tóxicos o venenosos: 7.2.2. Oxígeno y otros gases oxidantes: 7.2.3. Gases licuados: 7.2.4. Gases criogénicos: 7.2.5. Gases inflamables: 7.2.5.1. Explosiones por combustión: 7.2.5.2. Incendios de gases inflamables: 7.3. Nubes tóxicas 7.3.1. Fuga instantánea 7.3.2. Fuga prolongada 7.3.3. Potencia de fuente 8 CONTROL DE RIESGOS 8.1 Control de riesgos en los tanques cerrados: 8.2 Control de riesgos de gases fuera de los recipientes 8.2.1 Dilución 8.2.2 Control de emisión de gases mediante el uso de espuma 8.2.3 Control de fuga de gases con ignición intencionada y controlada 8.2.4 Otros (relicuefacción del NH3, etc.) (acabar de redactar) 8.2.5 Taponamiento y mitigación de fugas 9 FICHAS DE ALGUNOS PRODUCTOS MÁS SIGNIFICATIVOS

1 INTRODUCCIÓN

El término GAS, describe el estado físico de una materia que no tiene forma ni volumen propios, sino que se adapta a la forma y volumen del continente. Puesto que todas las substancias pueden adoptar el estado gaseoso, según la temperatura y presión que se les aplique, el término GAS se emplea a las substancias que existen en estado gaseoso en condiciones llamadas normales, es decir, a temperaturas y presiones normales (TPN), que son aproximadamente 21ºC y 1 Atm. de presión. Si se dedica un apartado del curso a gases, cuando se habla de materias peligrosas, es porque los gases conllevan un riesgo específico en lo que concierne a su estado físico. El obligado transporte presurizado o refrigerado de un gas implica el riesgo de que, si se libera de su contenedor por accidente, multiplica cientos de veces su volumen. El riesgo de sus condiciones químicas; inflamabilidad, reactividad, o toxicidad, se agravan cuando, por su condición de gas, se dispersan en la atmósfera y se hacen invisibles. El cálculo de dispersión de la nube, según la velocidad del viento i condiciones meteorológicas, puede dar una idea aproximada de las zonas donde encuentra el peligro. Sin embargo, en algunos casos, se ha comprobado un 500% de error. La medición de las concentraciones nos aseguran la ausencia de gas en los puntos de medición, pero las variaciones en unos pocos metros pueden ser muy grandes. Algunas veces el riesgo para la población en es tan grande como la imposibilidad de su evacuación en los pocos minutos en los que se produce la dispersión. Y otras, la contención es tan sencilla como la colocación de una lona sobre la fuga o el taponamiento con una cuña. Una intervención rápida de los bomberos puede minimizar considerablemente el siniestro. El rápido acceso a la base de datos del servicio, el conocimiento de la protección que ofrece el equipo personal y de la posibilidad de exposiciones cortas, son los que posibilitan el salvamento con éxito de las personas afectadas. Todos los bomberos con un poco de experiencia, han estado expuestos a mezclas de gases altamente tóxicas producto del incendio en fuegos de industria, vivienda, etc.. Su protección es la de NIVEL 1, que les proporcionan sus servicios, con la cual, aun conociendo los gases que componen el humo, como Cianuros, CO, cloros, etc., todos ellos entran en contacto con este tipo de atmósfera, sin demasiados problemas. Estos mismos bomberos entrarían con pánico a realizar un rescate dentro de una nube de gas de un producto con el número de peligro 268(amoníaco). La garantía que supone la experiencia de varias intervenciones en fuegos de industria no la tienen con este producto y posiblemente no la tengan nunca si no si no reciben algún tipo de formación que incluya algunos simulacros con algunos de estos productos.

2 CLASIFICACIÓN

Para poder encasillar en una clasificación todos los tipos de gases, debemos tener en cuenta unos denominadores comunes que reflejen las propiedades químicas, físicas.

2.1 Clasificación según sus propiedades químicas En lo que se refiere a los gases, las propiedades químicas son las más importantes, ya que son las que reflejan la capacidad de reaccionar químicamente con otras materias produciendo subproductos potencialmente peligrosos o grandes cantidades de calor.

2.1.1 Gases inflamables Se considera gas inflamable, a cualquier gas que pueda arder en condiciones normales de oxígeno en el aire. La combustión de los gases inflamables en el aire está sujeta a las mismas condiciones que los vapores de los líquidos inflamables; es decir, cualquier gas inflamable, entrará en combustión sólo dentro de ciertos límites de composición de la mezcla de Gas-Aire (limites de inflamabilidad o combustibilidad) y a una cierta temperatura necesaria para iniciar la reacción (temperatura de ignición). Aunque los vapores de los líquidos inflamables y los gases inflamables muestran idénticas características de combustión, el término Punto de Inflamación, prácticamente no tiene significado en lo que se refiere a los gases. El Punto de inflamación es básicamente la temperatura en la que un líquido inflamable produce suficiente cantidad de vapores para que se produzca la combustión. Dicha temperatura, está siempre por debajo de su punto de ebullición normal. El gas inflamable se encuentra normalmente a una temperatura superior a la de su punto de ebullición normal, incluso cuando se transporta en estado líquido, y por lo tanto, está a una temperatura muy superior a la de su Punto de inflamación. Un ejemplo, serían, el Butano, Hidrógeno, Acetileno, etc., que son gases, que arden, no son respirables, y que pueden formar mezclas explosivas con el aire.

2.1.2 Gases no inflamables Son los que no arden en ninguna concentración de aire o de oxígeno. Sin embargo, muchos de estos gases sí pueden mantener la combustión de otras materias, o al contrario, otros tienden a sofocarla. Los que mantienen la combustión, se llaman generalmente oxidantes, y están formados por mezclas de oxígeno con otros gases como Helio, Argón, etc. Entre los gases que no mantienen la combustión y que generalmente se llaman gases inertes, los más comunes son el Nitrógeno, Argón, Helio, Bióxido de carbono y Bióxido de azufre. También es cierto, que algunos metales pueden reaccionar vigorosamente en atmósferas de Nitrógeno o Bióxido de carbono, como por ejemplo el Magnesio.

2.1.3 Gases reactivos Como la mayor parte de los gases pueden estar destinados a reaccionar químicamente con otras substancias bajo ciertas condiciones, el término gas reactivo se emplea para distinguir los gases que reaccionan con otras materias o con sigo mismos, produciendo grandes cantidades de calor o productos de reacción potencialmente peligrosos, mediante una reacción distinta de la combustión y bajo condiciones de iniciación razonablemente previsibles (calor, impacto, etc.). Un ejemplo de gas altamente reactivo es el Flúor, que reacciona con prácticamente todas las substancias orgánicas e inorgánicas a temperaturas y presiones normales, y generalmente a suficiente velocidad como para producir llamas. Otro ejemplo es la reacción del Cloro (clasificado como gas no inflamable) con el Hidrógeno (gas inflamable), que también puede producir llamas. Varios gases pueden reaccionar químicamente con ellos mismos cuando se les somete a condiciones fácilmente previsibles de calor e impacto, incluida la exposición al fuego, con producción de grandes cantidades de calor, como son el Acetileno, el metilacetileno, el Propano-dieno y el Cloruro de Vinilo. Estos gases se encuentran generalmente en recipientes mezclados con otras substancias para su transporte y almacenamiento; a veces se conservan en recipientes especiales para estabilizarlos contra posibles iniciadores de reacción.

2.1.4 Gases tóxicos Ciertos gases pueden representar cierto riesgo para las personas si se liberan en la atmósfera. En esta categoría se incluyen los que resultan venenosos o irritantes al inhalarlos o al entrar en contacto con la piel, tales como el Cloro, el Sulfuro de hidrógeno, bióxido de azufre, Amoniaco o el Monóxido de carbono. La presencia de tales gases puede complicar seriamente las medidas de lucha contra incendios si los bomberos están expuestos a su acción.

2.2 Clasificación según sus propiedades físicas Éstas propiedades tienen gran importancia para la protección y lucha contra incendios, puesto que afectan al comportamiento físico de los gases, tanto mientras permanecen en sus recipientes como cuando se liberan accidentalmente. Por su naturaleza, los gases deben estar totalmente encerrados en recipientes para su transporte, manipulación y almacenamiento hasta el momento de su empleo. Por cuestiones de economía práctica y facilidad de empleo, es necesario que los gases se envasen en recipientes que contengan la mayor cantidad posible de gas, lo cual tiene como resultado la adopción de medidas para aumentar la presión de los gases hasta el punto de que el transporte sea licuado en muchas ocasiones, y pocas veces sea únicamente en fase gas. Esta situación puede ser confusa para muchas personas, pero es necesario hacer tal distinción para aplicar las prácticas de prevención y lucha contra incendios.

2.2.1 Gases comprimidos Se le llama gas comprimido, a aquel gas que a temperatura normales y bajo presión dentro de un recipiente conserva su estado gaseoso. Serían aquellos gases o mezclas de gases, cuya temperatura crítica es menor o igual a -10ºC.

2.2.2 Gases licuados Es el que a temperaturas normales y bajo presión, se presenta en fase líquida y parcialmente en fase gas. La presión depende fundamentalmente de la temperatura del líquido. Son aquellos cuya temperatura crítica sea mayor o igual a -10ºC.

2.2.3 Gases criogénicos Llamamos gases criogénicos a aquellos gases que para mantenerlos licuados en el interior de su envase debemos proporcionarle unas temperaturas muy por debajo de las temperaturas normales, generalmente por encima de su punto de ebullición a temperatura y presión normales, y a presiones proporcionalmente bajas o moderadas. La principal razón de esta diferencia respecto al gas licuado, es que el gas criogénico no puede mantenerse indefinidamente en el recipiente que lo contiene debido a que éste no puede impedir la penetración del calor de la atmósfera, que tiende continuamente a elevar su presión hasta un nivel que puede llegar a exceder la resistencia de cualquier tipo de recipiente. Son aquellos gases cuya temperatura de ebullición a presión atmosférica es inferior a -40ºC.

2.2.4 Gases disueltos a presión Éste sería el caso de transporte cuyo representante sería el Acetileno. El acetileno, es un gas que no podemos presurizar si no está en una condiciones muy especiales. Necesita de un envase relleno de una masa porosa, en la cual se le añade Acetona, y en el momento de realizar la carga de acetileno, éste se disuelve con la Acetona y se distribuye en los poros de la masa porosa interior. Lo característico de estos gases es que no se conservan en estado libre, sino que se disuelven en otro medio, en general a causa de su reactividad.

3 TRANSPORTE No siempre es conveniente o económico el fabricar determinados productos que nos sirvan de base para conseguir un tercero. Es por eso que en muchas ocasiones esos productos deben ser transportados de un lado a otro con el fin de cubrir las necesidades de cada uno de los fabricantes, almacenistas o detallistas que los

precisen. El modo de transporte y las distancias, son tan variadas como fabricantes y usuarios haya. En el caso de los productos químicos que puedan representar un peligro para la salud de personas, animales, vegetación, bienes, etc., ocurre lo mismo que con los demás productos: también han de ser transportados. Las formas de transporte son múltiples y varían según el producto y el consumo que de el se haga. Así pues tenemos que los hidrocarburos, en sus distancias largas, son transportados mediante oleoductos que unen las refinerías con los almacenes de distribución al mayor. El gas natural es otro ejemplo de transporte mediante tubos, uniendo ya continentes, como es el caso del reciente gasoducto que parte de la mitad norte de África y que, recorriendo distintos centros de producción y consumo por toda Europa, se adentra en el continente Asiático. De esta manera podríamos comentar todos y cada uno de los productos que, representado distintos peligros, son transportados de un lado a otro. Sin embargo notaremos que, al final de la "cadena", casi siempre aparece el transporte por carretera o ferrocarril ,mediante vehículos destinados a tal fin y que son los encargados del transporte desde los muelles de los puertos, las estaciones ferrocarriles de descarga, los aeropuertos, etc., hasta los centros de consumo de los citados productos. Tomando las estadísticas vemos que en el transporte por carretera, frente a los demás medios, la cantidad global de productos que puedan representar algún peligro y son transportados por carretera es del 53.7%. (1979) . Y si a esto le sumamos la siniestralidad potencial de los vehículos que circulan por carretera, nos da cuenta de la importancia de la adecuada preparación que deben tener el personal destinado a mitigar los siniestros que, con infinidad de productos, se producen en nuestras carreteras. Al igual que en los siniestros de los otros medios de transporte, una desmitificación de la peligrosidad, unos conocimientos adecuados que huyan de sofisticaciones innecesarias, una buena información, la formación adecuada, un adiestramiento que incluya practicas y simulacros periódicos, mas un mínimo material necesario, será todo lo que se vaya a necesitar para un caso de intervención.

3.1 Transporte por carretera TPC/ADR Hay varias maneras de transportar de forma económica gas a granel por carretera. Un gas puede comprimirse en un contenedor a presión, o puede licuarse enfriándose. Cuando se presurizan algunos gases, como por ejemplo el Propano, se licúan, permitiendo así el transporte de mayor cantidad de gas. Otros, como puede ser el Acetileno, necesitan estar disueltos en un líquido y con unos envases especiales para poderse comprimir. Y otros, como por ejemplo el Hidrógeno, permanecen en estado gaseoso aunque se les presurice.

3.1.1 Transporte por carretera en estado gaseoso:

Los trailer de botellas pueden llevar de una a doce botellas. Cada botella posee una válvula de descarga que está conectada con las otras botellas mediante un colector, de manera, que permite la descarga de toda la batería actuando únicamente sobre una válvula de descarga. Cada botella dispone de una válvula de sobrepresión para aliviar cualquier sobrepresión producida tanto por causas naturales como accidentales. En algunos casos, sin embargo, éstas válvulas están encapsuladas en sombreretes, en los cuales pueden quedar atrapados los gases. Los productos que habitualmente se transportan en este tipo de envases, son el Hidrógeno, Helio, el Nitrógeno, el Argón y el Bióxido de carbono.

Una variedad específica, dedicada a transportes muy especiales, son las esferas de transporte sólidamente unidas sobre un camión de plataforma fija. Son transportes relativamente reducidos en Europa, que aunque existen, son bastante escasos. Normalmente están formadas por dos o tres esferas preparadas para el transporte de gases a altas presiones. Un ejemplo es el Ac. Clorhídrico (CLH) en estado gaseoso, a presión.

3.1.2 Transporte por carretera de gases licuados a presión. Los gases pueden licuarse por efecto de la presión, como por ejemplo el Propano, amoniaco, bióxido de azufre, cloro, etc. Los depósitos para el transporte de gases licuados a presión constan de un único compartimento cilíndrico ojival, con rompeolas interiores para reducir el movimiento del producto durante el transporte. La estructura exterior del tanque es una pieza simple de acero al carbono y con un elevado límite elástico, hasta 27 Kg./cm2, en el supuesto generalizado de diámetros iguales o superiores a 1,5 metros, y de 30 Kg./cm2 en cisternas de menor diámetro. El espesor de la pared suele ser de 1 cm. aproximadamente.

Dado que el tanque está presurizado, cuenta con válvulas de sobrepresión (válvula de seguridad), normalmente del tipo resorte o muelle tarado, con la excepción de los G.L.P. Esta válvula de descarga está situada por la parte superior del depósito para prevenir que el gas evacuado incida directamente

sobre el tanque. normalmente, esta válvula previene un aumento de presión por encima de 120% de la presión normal de trabajo. En el caso de gases tóxicos licuados, con más razón se sitúa en la parte superior para prevenir de una descarga en fase líquida, que ocasionaría una mayor cantidad de gas tóxico liberado. (en ocasiones 1 unidad de producto licuado puede dar lugar hasta 700 unidades de gas). En las cisternas de transporte de gases licuados, generalmente GLP, también se instala una válvula antirrebose, también denominada "galga rotativa", que se utiliza para avisar de que se ha alcanzado el nivel máximo de carga permitido; esto se nota porque se forma hielo o escarcha en la salida del tubo. Las válvulas están protegidas, en el caso de que el vehículo vuelque, para que resistan una carga estática en cualquier dirección igual al doble del peso de la cisterna, mas su equipo cuando está cargado con el producto. Además está equipado con una protección trasera, diseñada para proteger el tanque y tuberías en el caso de colisión por la parte trasera. Para reducir la absorción de calor radiante durante el transporte, las cisternas han de estar recubiertas con aluminio, acero estirado u otro metal brillante y sin coloración. Además deben estar pintadas 2/3 partes del tanque en color blanco, aluminio u otro color reflectante. Los tipos de aparatos de medida para líquidos que se instalan este tipo de cisternas, depende de su relación con el producto transportado. Los indicadores rotativos indican el nivel del líquido mostrando el porcentaje del tanque que está lleno de liquido. Otro sistema para determinar el nivel del líquido son los tubos extensibles calibrados. Los aparatos de medida que contengan tubos de cristal no se pueden utilizar en estos modelos. Dado que son recipientes a presión, estas cisternas instalan manómetros, que además de indicar la presión existentes, nos pueden ser útiles para saber si se está produciendo un aumento de temperatura por su relación según las leyes físicas de los gases.

3.1.3 Transporte de gases criogénicos Los gases criogénicos, son gases licuados procedentes de la destilación fraccionada del aire, que se transportan y almacenan como líquidos a temperaturas por debajo de los -101ºC. Los más comunes son el Nitrógeno, Oxígeno, Flúor, metano, etc. Los tanques de almacenamiento de gran capacidad son del tipo de doble pared, siendo en el interior de acero inoxidable austérmico o acero al 95 de níquel y el exterior de acero al carbono, sirviendo de intercámara como elemento aislante, con o sin vacío en el interior de la misma, logrando así un aislamiento térmico adecuado que mantiene el líquido a temperaturas próximas al punto de ebullición.

El control de presión dentro de los tanques está garantizado mediante registradores continuos, válvulas de alivio y discos de rotura, que impiden que la presión suba por encima de la máxima presión de trabajo del tanque. El transporte se realiza en cisternas del tipo de doble pared con aislamiento de alto vacío en la intercámara, que además, está rellena de perlita, un superaislamiento para mantener un adecuado aislamiento térmico. El liquido se mantiene a temperaturas lo más bajas posibles para mantener la presión de trabajo a 2 Kg/cm2 aunque pueden encontrarse suministros a alta presión que pueden llegar a los 18 Kg/cm2. En el caso de un sobrecalentamiento exterior, para `prevenir la ruptura de la cisterna por aumento de la presión, las cisternas criogénicas incorporan válvulas de sobrepresión y discos de rotura. Al actuar estas válvulas, únicamente liberan gas, y no líquido, en tanto que el vehículo esté en su posición normal. como medida de seguridad adicional, el espacio de aislamiento entre las dos paredes está equipado con una válvula de sobre presión de baja presión. Debido a que la operatividad de estas válvulas es vital para aliviar el exceso de presión de la cisterna y prevenir el fallo de la misma, no se ha de permitir jamás que se inutilicen por la formación de hielo. Así pues, se ha de mantener lejos el agua de las válvulas de las cisternas criogénicas. El gas sale sobreenfriado y congelaría cualquier líquido que entrara en contacto con ellas.

3.2 Transporte por ferrocarril RID/TPF (RID·43) 3.2.1. Introducción: El transporte que se realiza por ferrocarril, viene regulado por el Reglamento Nacional sobre Transporte de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril, llamado "T. P. F.", para todo el territorio Nacional, así como del "Reglamento Internacional sobre Transporte de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril" También llamado "R. I. D.".

3.2.2. Los materiales de que se construyen los recipientes son: Acero al carbono - Aluminio - Cobre - Vidrio termosellado. Estas cisternas deben cumplir una serie de requisitos especificados en los reglamentos antes mencionados, de manera que para ciertos grupos de gases, por ejemplo, no se permite la instalación de válvulas de seguridad, con la excepción de las cisternas de uso compartido con el transporte marítimo o fluvial.

Las tuberías de vaciado deben poden cerrarse por medio de una brida ciega o dispositivo que ofrezca las mismas garantías. En otros casos, si se dispone una válvula de seguridad, debe ir precedida de un disco de rotura.

3.2.3. Aislamientos térmicos. Las protecciones calorífugas, pueden ser de dos tipos: Parasoles, aplicados 1/3 y ½ superior de la cisterna, con 4 cm. de separación para aireación. Para el caso de criogénicos, deben estar aislados térmicamente de forma continua, bien al vacío, bien de forma estanca para los gases, pero en el último caso con válvula de seguridad en el aislamiento.

3.2.4. Llenado: Para otros tipos de gases, existen especificaciones en cuanto a la cantidad de llenado, siguiendo la siguiente formula: C.M.Llenado= 0,95 x densidad de la fase líquida a 50ºC ; y la fase vapor no debe desaparecer por debajo de 60ºC para evitar que se pueda producir un vacío que colapse la cisterna. Los gases licuados, se llenarán de manera que si aumentásemos la temperatura a 65ºC, la presión que se genere no supere la presión de ensayo del recipiente.

3.2.5. Etiquetado El etiquetado que portarán, será el correspondiente, pudiendo ser: nº 3 - 5 - 6.1 8 - 12 - , y sus combinaciones, así como los vagones-cisterna y los vagones con contenedores-cisterna deberán portar la etiqueta nº 13.

3.2.6. Prohibición de carga en común La única prohibición de carga en común será con materiales que lleven la etiqueta nº1, es decir con explosivos..

3.2.7. Otros Los recipientes vacíos y sin limpiar, deben ir marcados igual que cuando van llenos, y en la carta de porte mencionará " última mercancía cargada .......".

3.3 Transporte por vía aérea IATA En los casos de transporte aéreo, las cantidades de Gas que se transportan son relativamente poco importantes, siendo ésta la causa de la escasa resonancia en

cuanto a las consecuencias que pueden generar éste tipo de mercancías. Además, siempre que se transporta alguna mercancía de este tipo, sufre unos estrictos controles por parte de la administración y de la propia tripulación, hasta el punto de llegar a rechazar la carga. En el transporte aéreo, el problema grave que se genera es en cuanto al combustible líquido, aceites hidráulicos, y oxígeno presurizado, que en caso de accidente puede generar un incendio de proporciones considerables. Con lo cual la actuación de los bomberos en este caso irá básicamente encaminado hacia el salvamento y el incendio, no siendo importante la implicación de los gases que pueden ir transportados en la aeronave.

3.4 Transporte por vía marítima y fluvial Como resultado de la demanda creciente de productos químicos entre las naciones industrializadas, el método de embarque ha cambiado de paquetes a contenedores para grandes cantidades. Se modificaron tanques convencionales para el transporte de petróleo a fin de utilizarlos para éste tipo de comercio. Varios países llegaron al convencimiento de que los buques modificados no reunían las condiciones necesarias de seguridad para la tripulación, el puerto y el medio ambiente, contra productos químicos con propiedades distintas a la inflamabilidad. Solicitaron a IMO que desarrollase un código referente al diseño, construcción y funcionamiento de transportadores de productos químicos. El 12 de Octubre de 1971, IMO adoptó un código para mercantes de productos químicos a granel y que entró en vigor en 1986.

3.4.1. Construcción y equipo de Buques que transportan Gases licuados a granel: (Gaseros) La gran variedad de productos que se transportan por vía marítima, y por las propias características de éstos, se definen todo un conjunto de buques especializados que configuran los diferentes modos de transporte. Los productos que se transportan en los Gaseros, son los siguientes: Acetaldehido Amoniaco anhidro Dióxido de Azufre Butadieno Butano Mezclas de Butano/Propano Butilenos Cloro Etc. Para cada producto, se especifica el tipo de transporte y el tipo de tanque con el fin de conseguir los máximos niveles de seguridad.

3.4.2. Tipos de transporte 3.4.2.1. GLP totalmente presurizados La presión de trabajo media, es de 17,5 Kg/cm2. Capacidades aproximadas de carga es de 4.000 m3. Transporte de Butano, Propano y mezclas de GLP.

3.4.2.2. Semirefrigerados: La presión de trabajo es

Aislamiento térmico y planta de relicuefacción. Temperaturas de -10ºC. Capacidad aproximada de 7.500 m3. Transporte de GLP. 3.4.2.3. Semipresurizados/refrigerados:

de 6,5 Kg/cm2. .

Abarcan desde una presión media d

e 6,5 Kg/cm2. .a una temperatura de hasta -48 ºC (la mayoría de GLP y gases químicos). Capacidades de 1.500 m3. Transporte de una amplia gama de gases, desde mezclas GLP al Cloruro de Vinilo, Propileno y Butadieno. 3.4.2.4. GLP totalmente refrigerados. La presión de transporte es

aproximadamente la presión atmosférica. La temperatura puede llegar a -48ºC. Capacidades entre 10.000 y 50.000 m3. Aislamiento térmico y planta de relicuefacción. 3.4.2.5. GNL (gases naturales licuados) Totalmente refrigerados. Diseñados para transportar grandes volúmenes de GNL. Su punto de ebullición es de -163ºC. El transporte es criogénico y se mantiene a la temperatura de ebullición

exclusivamente por el aislamiento . La capacidad es de 120.000 a 130.000 m3.

3.4.3. Sistemas de contención de la carga: Para el transporte de gases existen cinco tipos diferentes de tanques:

3.4.3.1. Tanques independientes: Son completamente autosoportables y no forman parte de la estructura de casco, ni contribuyen a su resistencia. Existen tres tipos: A.- Máxima presión de vapor de 0.7 bars y por tanto las cargas se han de transportar completamente refrigeradas. B. - Tanques de tipo A proyectados con técnicas analíticas avanzadas. C.- Recipientes a presión, cilíndricos o esféricos con presiones de Vapor superiores a 2 Bar. (Gases semirefrigerados y totalmente refrigerados).

3.4.3.2. Tanques de membrana: Se utiliza una membrana ( película muy fina), como elemento primario de contención, seguido de un aislamiento soportado por el casco.

3.4.3.3. Tanques de semimembrana: El tanque es autosoportable cuando está vacío, pero no en la condición de carga en que las presiones del líquido y del vapor actúan a través del aislamiento al casco interior de barco.

3.4.3.4. Tanques integrales: Forman una parte estructural de del casco del barco y no permiten una carga con una temperatura por debajo de -10ºC.

3.4.3.5. Tanques de aislamiento interno: Son tanques que no tienen una sustentación propia y están formados por materiales de aislamiento térmico que contribuyen a la contención de la carga y dan soporte a la parte interior de casco.

3.4.4. Código para la construcción y el equipo de barcos que transporten gases licuados a granel: Tipos de construcción según el riesgo: Tipo 1G: Gaseros destinados al transporte de productos que se considera que pueden ocasionar el mayor riesgo global, exigiendo medidas preventivas de un rigor máximo para impedir fugas.

Tipo 2G: Adopción de importantes medidas preventivas. Tipo 2PG: Importantes medidas preventivas en tanques independientes del tipo C, para una presión de 7 bars, y temperatura igual o superior a -55ºC. Tipo 3G: Medidas preventivas moderadas.

3.5 Transporte por tuberías El gas procedente de los yacimientos o de las plantas de regasificación debe hacerse llegar a los lugares de consumo, no solamente con la calidad adecuada sino con el caudal suficiente para satisfacer la demanda y a presión constante adecuada para el funcionamiento de los aparatos; estas finalidades se consiguen mediante canalizadores, que transportan el gas a diferentes presiones, unidas entre sí a través de estaciones reguladoras. Si se desea hacer circular un elevado volumen de gas a través de una tubería, existen dos soluciones, o construirla con un diámetro muy grande o comprimir el gas; lógicamente, la segunda solución es la más eficaz, para cada caudal existe una presión y diámetro de tubería óptimas, y para cada presión unas exigencias técnicas adecuadas, de ahí que existan diferentes tipos de redes de transporte y distribución de gas, cuyas características han sido reguladas por la administración, a través del " Reglamento de redes y acometidas de combustibles gaseosos" (BOE 6.12.74) y modificaciones posteriores (BOE 8.11.83 y BOE 23.7.84).

3.5.1. Tipos de redes: Las redes se clasifican en : Redes Redes Redes Redes Redes

de de de de de

alta presión Tipo B (APB) , para presiones superiores a 16 bars. alta presión Tipo A (APA), para presiones entre 4 y 16 bars. media presión Tipo B (MPB), para presiones entre 0,4 y 4 bars. media presión Tipo A, (MPA), para presiones entre 0,05 y 0,4 bars. baja presión (BP), para presiones iguales o inferiores a 0,05 bars.

Las redes de alta presión, especialmente las de Tipo B son específicas para transporte, cuya finalidad es conducir el gas a grandes distancias para alimentas a otros tipos de redes, a través de las correspondientes estaciones reguladoras. Las redes de alta presión A, simultanean la función de transporte con la distribución, ya que además de aportar gas a las redes de media presión, suministran a usuarios de especiales características, en función de sus exigencias de caudal y presión. (Centrales térmicas, fabricas de cemento, etc.). Las redes tradicionales de media presión de han subdividido en dos grupos: El "B", que se emplea indistintamente para alimentar las redes de baja presión a consumidores, tanto domésticos como industriales y comerciales, y el grupo "A", que se emplea para el suministro de polígonos y pequeñas áreas urbanas. Dentro de las redes de la MPA, existe un subgrupo llamado MPA-1000, cuyas tuberías están autorizadas a penetrar en los edificios de viviendas, y cuya presión máxima es de 0,1 bars.

3.5.2. Características de las diferentes redes: Para las redes de alta presión B y A, se emplea exclusivamente el acero soldado, recubierto de una cinta protectora que lo aísla del terreno. Se instalan a una profundidad de 80 cm. Sobre estas tuberías se instalarán válvulas cada 30, 20, 10 y 5 Km., según el grado de edificación de la zona. Las señales indicadoras y accesorios visibles son de color amarillo con banda plateada, en el caso de alta "B", y roja en el caso de alta "A". Para redes de media y baja presión, se empleas indistintamente el acero, polietileno, y la fundición dúctil, instalando las tuberías a una profundidad mínima de 50 cm. Las señales indicadoras y accesorios visibles son de color amarillo con banda verde en el caso de media presión, y azules en el caso de banda baja. 3.5.3. Protección catódica Para que la protección catódica sea efectiva y para el control de su efectividad se precisa la instalación de : Juntas aislantes en los puntos adecuados de las tuberías. Registros subterráneos con terminales eléctricos para las mediciones de control. Armarios rectificadores de la corriente, alimentados con la corriente de la red (125 v, 220 v, etc.) y unidos a las tuberías y ánodos correspondientes. El conocimiento de la existencia de los accesorios precisos para la protección catódica es interesante ya que pueden confundirse con otros tipos de instalaciones eléctricas, sin imaginar que son instalaciones relacionadas con el gas.

3.5.4. Estaciones reguladoras El enlace entre redes de diferente tipo o categoría, debe realizarse de tal manera que se permita el paso de caudal de gas suficiente, para satisfacer la demanda, pero manteniendo una presión constante en el lado de presión menor, sea cual sea dicho caudal y sea cual sea la presión de la red de alta, esto se consigue mediante los reguladores. Las estaciones reguladoras pueden ser subterráneas, por lo que corrientemente reciben el nombre de "cámaras reguladoras", o bien áreas rodeadas de una cerca metálica situada a la distancia adecuada de los elementos activos.

3.5.5. Válvulas En diversos puntos clave de la red se han instalado válvulas que permiten cortar el paso de gas por una tubería determinada, aislar un tramo de la red o bien realimentarlo. El accionamiento de cualquier válvula entraña una serie de riesgos, tanto por la posibilidad de un aumento de presiones, como del posible

descenso de las mismas, con el riesgo de una entrada de aire y por la dificultad de reestablecer el servicio sin peligro, por ello dicho accionamiento debe ser analizado y autorizado por el centro de control correspondiente.

3.5.6. Acometidas Se entiende por acometida ( ramal), al conjunto de tuberías y accesorios, que partiendo de un punto de la canalización, aporta el gas a una estación receptora para suministro de uno o varios usuarios. La acometida, a su vez se subdivide en los siguientes elementos: Toma de acometida. Tubo de acometida. Llave de acometida. A partir de la llave de acometida, las instalaciones dejan de ser responsabilidad de la empresa distribuidora y pasa ser del propietario de la instalación. Las acometidas, por el hecho de estar situadas en sentido perpendicular a las vías de circulación, y además a poca profundidad, son propensas a ser dañadas durante la realización de trabajos de obra civil por empresas ajenas. Una parte importante de cualquier acometida, es la llave de acometida, ya que mediante su accionamiento es posible cortar, en caso de emergencia, el gas que penetra en un edificio. Una observación a tener en cuenta es que una llave de acometida, montante o contador, que se encuentre cerrada, o bien se haya cerrado equivocadamente, "NO DEBE ABRIRSE BAJO NINGÚN CONCEPTO", sin realizar la prueba de estanqueidad preceptiva.

3.5.7. Identificación de productos en las conducciones por tuberías

3.6 Recipientes pequeños a presión Dada la especificidad de cada gas y los múltiples usos que de el se hacen, no siempre es necesario transportarlo en grandes cantidades mediante enormes cisternas transportadas por pesados vehículos terrestres o marítimos. Existen gran cantidad de gases que requieren envases mas pequeños para su uso en industrias, talleres, etc. Los envases destinados a contener este tipo de gases, son metálicos (acero, acero inox., cobre, aluminio, etc.) aunque para pequeñas cantidades, y en casos especiales, también los encontramos fabricados en vidrio de gruesas paredes. Los mas comunes son los metálicos y se conocen con el nombre de botellas y/o botellones, siendo los primeros recipientes con una capacidad de entre los 1 y 150 litros y los segundos de entre 150 y 1000 litros de capacidad hidráulica. Siguiendo con la nomenclatura, atenderemos el nombre de bloque para definir al conjunto de botellas o botellones que, unidos mediante tuberías y válvulas colectoras, forman un conjunto para un fin determinado. La legislación que recoge todos los pormenores de botellas y botellones es la RAP (Reglamento de Aparatos a Presión) que actualmente esta en vigor en nuestro país.

3.6.1. Características de los envases: a/ Presión de carga, trabajo o servicio: Es la presión máxima autorizada para un gas contenido en una botella y se mide en Kg/cm2.

b/ Presión de prueba: Es la presión de diseño de la botella y equivale exactamente a 1,5 veces la de servicio en gases comprimidos. Para gases licuados, es la máxima presión interior a 65ºC, que alcanza un gas cargado según su grado máximo de llenado a 15ºC, según el TPC. Se mide en Kg/cm2. Para gases disueltos a presión, en general la presión hidráulica mínima que debe aplicarse en función del grado de llenado según TPC. Se mide en Kg/cm2. c/ Capacidad de gas: Designa en m3 de gas a la presión de carga de la botella. Este volumen varia según sea la presión de carga del gas, para gases comprimidos. Es una expresión que, generalmente, solo utilizan los fabricantes de gases. d/Capacidad hidráulica: Corresponde el volumen en litros de agua que puede contener la botella. e/ Peso: Tara en vacío de la botella incluyendo el collarín y la peana, si lo lleva, pero sin válvula ni caperuza protectora de esta. En el caso de gases licuados, incluye válvula, caperuza protectora, collarín y peana. De todo esto hay que destacar la diferencia que presenta el Acetileno ya que en el cálculo de su peso se incluye, además de todos los componentes de la botella ya citados, el de la materia porosa y la acetona necesaria para su almacenamiento. En todos los casos se expresa en Kg. f/ Grado máximo de llenado: Se usa únicamente para gases licuados o disueltos, y es la cantidad máxima de gas admisible y autorizada por cada litro de capacidad en agua de la botella. Se expresa en Kg/litro. Su uso queda restringido a los fabricantes de gas. g/ Carga máxima admisible de gas: Solo para gases licuados y/o disueltos. Es la carga máxima total admisible en una botella en función del grado máximo de llenado autorizado a 15ºC. Se expresa en Kg.

3.6.2. Clasificación General Recordando anteriores clasificaciones pero atendiendo a la especificidad de este tipo de envases, la clasificación será: A- Gases comprimidos B- Gases licuados C- Gases licuados a baja temperatura D- Gases disueltos a presión E- Aerosoles (sprays) y cartuchos de gas a presión F- Gases sometidos a prescripciones particulares G- Recipientes y cisternas vacíos Y si atendemos a sus propiedades químicas: A- No inflamables: oxigeno, nitrógeno...

At- No inflamables, tóxicos: amoníaco, cloro... B- Inflamables: hidrógeno, butano... Bt- Inflamables, tóxicos: Monóxido de carbono, cloruro de metilo... Químicamente inestables: cloruro de vinilo, acetileno... Ct- Químicamente inestables tóxicos: oxido de etileno... En cuanto a su temperatura: A- Gases comprimidos cuya temp. crítica es inferior a -10ºC: N2, O2, H2, etc. en botellas. B- Gases licuados cuya temperatura crítica es igual o superior a -10ºC (es posible licuarlos a temperatura ambiente por aumento de presión): Anhídrido carbónico, butano, propano, protóxido de nitrógeno, etc. en botellas. A su vez estos gases se subdividen en: a) Los de temperatura critica superior a los 70ºC, mas fáciles de licuar por aumento de presión: amoniaco, propano, propileno, ...etc. b) Los de temperatura crítica comprendida entre -10ºC y 70ºC: Anhídrido carbónico, protóxido de nitrógeno, etc. C- Gases licuados a bajas temperaturas: oxigeno liquido, gas natural liquido, etc. D- Gases disueltos a presión: Acetileno disuelto en acetona, amoniaco disuelto en agua, etc. Atendiendo a sus usos mas comerciales: A- Gases industriales: Gases destinados y producidos para usos industriales. B- Mezcla de gases industriales: Gases que presentan distintas propiedades con fines determinados y específicos para la industria que lo solicita. C- Mezclas de calibrage: Son utilizados en el calibrage de distintos aparatos de precisión y usados como detectores, balanzas, medidores, explosímetros, etc. D- Gases medicinales: Gases destinados para su uso en medicina, laboratorios químicos y farmacéuticos,, etc., siendo los mas usuales el oxigeno, nitrógeno, etc.

3.6.3. Identificación de los gases contenidos También en este tipo de envases, como en tantos otros, son los colores los que nos darán la clave de lo que contienen y el peligro que ello nos pueda suponer, en el caso de que salga de control. Los colores en los citados envases los encontramos en el cuerpo de la botella, donde mediante un solo color nos indicará el grupo de gas al que pertenece y cuya clasificación es la siguiente:

Y siendo la ojiva de color y el cuerpo de la botella de un solo color (con el gas mayoritario), queda exclusivamente empleado para mezclas industriales. Sin embargo la parte mas compleja de este código de colores, nos aparecerá en la ojiva donde la presencia de uno o mas colores, nos indicará la presencia de determinados gases. Esta información, puede quedar reforzada mediante una franja de unos 5 cm. de ancho y situada en la base de dicha ojiva. También, y como variante, nos podremos encontrar la Cruz de Ginebra (roja con fondo blanco) testificando la presencia de un gas hospitalario.

La ojiva puede llevar, ocasionalmente, una etiqueta colgada de la válvula donde se especifica si el gas contenido es un gas de Calidad. Dicho gas mantiene unos valores de pureza determinados y que son exigidos por algunos usuarios.

A modo de ejemplo del lenguaje del color en una botella de gas, tendríamos que p.e., un Aire medicinal llevaría el cuerpo de la botella de color negro y la ojiva

blanca con la cruz de Ginebra. El acetileno tendría el cuerpo de la botella de color rojo (indicándonos la propiedad de su contenido) y la ojiva y franja en marrón. El amoníaco llevaría el cuerpo de la botella, la ojiva y la franja todo de color verde.

El etiquetado va encolado en la ojiva teniendo forma de collarín y llevando la siguiente información: Riesgos del gas contenido, nombre y fórmula química del gas, instrucciones sobre precauciones a tomar, así como también el nombre del fabricante con la dirección y teléfono.

La ojiva también nos da información de los datos técnicos del envase, llevándolos gravados a su alrededor y que podremos ver en la figura siguiente:

4 VÁLVULAS Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD Quizás sean las válvulas los elementos que mas dedicación a dedicado la investigación buscando en ellas: seguridad para las personas y para la carga, fiabilidad, eficiencia, economía, etc. Los sistemas y tipos son innumerables y existen tantos tipos como necesidades hay para cada materia o tipo de transporte. Su accionamiento puede ser neumático, hidráulico, eléctrico o manual, su seguridad puede llegar a ser la máxima si el producto así lo requiere, llegando a mantener la mercancía en su contenedor incluso si esta es arrancada por un accidente violento. Su localización en el contenedor varia según la necesidad siendo la parte superior (o bandeja) donde encontramos algunas de ellas aunque también se localizan en la parte posterior e incluso la inferior. Su tipo y enclave también se ve afectado según el tipo de reglamentación al que este sujeto el vehículo o contenedor y atendiendo al TPC/ADR, TPF/RID, IMO, IATA, etc.

4.1. En cuanto a su nomenclatura y atendiendo a su función, encontraremos, principalmente: Tapa boca de hombre: Orificio de gran tamaño situado en la parte superior de la cisterna o contenedor y que permite el paso de una persona para su mantenimiento o limpieza. Suele estar fijada mediante tornilleria o bisagra y cierre. Algunas incorporan otros tipos de válvula con distintas funciones. Válvula antirrebose: Diseñada para evitar rebosamientos, ésta válvula puede detener el proceso de carga, o en su caso desviar el exceso al tanque de origen Válvula de fondo: Se encuentra en el interior de los depósitos y su apertura y

cierre se realiza mediante un circuito neumático, quedando cerrada en caso de fallo de éste. En tal caso, la apertura podrá ser manual. Válvula de vapor para recogida de gases: Válvulas situadas en el lateral y en cada uno de los compartimentos de las cisternas y que se encargan de la recogida de gases durante el proceso de carga, desviándolos al punto de origen. Manovacuómetros: Nos marca la presión, tanto positiva como negativa habida en la cisterna en los momentos de carga, descarga, transporte, bombeo y aspiración. Válvula de sobrepresión: Dispositivo de seguridad destinado a impedir que el recipiente contenedor sufra una rotura mecánica por un exceso de presión. Posee un muelle tarado a una presión determinada que permite el paso del líquido o gas a la atmósfera, o a otro recipiente, en caso de verse superada esta. Válvula de carga: Válvula que permite el paso de la mercancía desde el exterior al interior del contenedor pudiendo ser específica, según el tipo de carga, o simplemente una abertura tipo "boca de hombre" para cargas por gravedad de productos no volátiles. Válvula de descarga: Sistema destinado a permitir el paso de la carga del contenedor a su futuro emplazamiento. Suele localizarse en la parte mas baja del contenedor para aprovechar el efecto de la gravedad. Su accionamiento va en función de cada necesidad. Válvula de seguridad de vacío: Válvula que permite el paso de aire de la atmósfera al interior del contenedor durante la descarga para que este ocupe el volumen de la materia descargada y así evitar deformaciones de la cisterna. Válvula de entrada de presión: Dispositivo por el que se añade presión al contenedor, mediante un gas o un líquido, en el momento de la descarga para acelerar el proceso de esta. Disco de rotura: Es una membrana o disco de material mas débil que el propio contenedor y que rompe antes que este, liberando la carga total o parcialmente. Válvula multiefectos: Dispositivo que permite varias funciones a la vez en una misma válvula. Es decir que permite la evacuación de gases durante la carga, la entrada de gas atmosférico en la descarga, la pérdida de líquido en caso de vuelco, actúa también como válvula de sobre presión y también dispone de un sistema cortallamas. Sonda con dispositivo termistor: Dispositivo para la detección de un exceso de llenado. Sonda de nivel de fase líquida: Medidor que nos señala en el exterior de la cuba, la cantidad de mercancía en fase líquida que contiene.

4.2. Otros dispositivos de seguridad Mamparas paraolas: Separaciones existentes en el interior de las cisternas y que

impiden que el movimiento del líquido pueda afectar a la estabilidad del vehículo que la transporta. Rejillas antichispas: Tela metálica muy fina que se coloca a la salida del tubo de gases de escape y que impide una ignición de los posibles gases combustibles presentes por fugas o derrames. Anclage de la toma de tierra: Lugar destinado a la conexión de la toma de tierra que se realiza durante las operaciones de carga/descarga. Sistema automático de protección contra incendios: Circuito conectado a un botellón conteniendo algún gas extintor y que accionado por el conductor, desde la cabina, o mediante un sistema automático, aplica dicho gas sobre el motor o otros puntos predeterminados. Extintores portátiles: Deben llevarlos los vehículos y deben ser específicos para cada tipo de carga y otros destinados a la seguridad del vehículo como tal. Plataforma superior: Pasillo destinado al acceso del personal a las valvulerias. Escala de acceso: Permite el acceso del personal al plano superior del vehículo. Desconectador de batería con mando a distancia: Interruptor que corta el fluido eléctrico procedente de la batería y que se encuentre alojado en la cabina para una rápida desconexión en caso necesario. También existe otro dispositivo con la misma función situado en la parte exterior del vehículo. En el caso de desconexión, el tacógrafo seguirá en uso gracias a una instalación exclusiva. Protección de la parte trasera: Parachoques con un ancho suficiente como para proteger valvulería, cisterna y vehículo. Otros: Luces de señalización ámbar con alimentación independiente del vehículo y antideflagrantes, triángulos, caja de herramientas, calzos., revisiones periódicas efectuadas por el conductor, ITV y las propias del Mº de Industria.

5 PANEL NARANJA EN LOS GASES En lo relativo a los gases, los números de identificación del peligro, serán todos los que contengan el nº 2, pudiendo contar con las siguientes variantes:

6 ROMBO NFPA·704 (DIAMANTE DE PELIGRO)

Este tipo de señalización pertenece a los tanques estáticos, y está poco extendido en el transporte, aunque sí puede encontrarse en paquetería pequeña. La numeración que aparece en cada rombo, indicará el grado de peligro.

7 RIESGOS DE LOS GASES 7.1 Riesgos de los gases en recipientes cerrados Al margen del tipo de gas en concreto de que se trate, todos los gases, presurizados, licuados o criogénicos, presentan unos riesgos determinados que siguen las leyes físicas de los gases, y que son en líneas generales el aumento de presión del gas y la resistencia del envase que lo contiene, así como la influencia de la temperatura en la que se encuentran, que afectará al equilibrio general del sistema. Resumiendo, diremos que: 1º.- Los gases se expanden cuando se calientan, y este calentamiento produce un aumento de la presión del recipiente que puede dar lugar como resultado la fuga o rotura del envase. 2º.- Los recipientes pueden fracturarse como resultado de las llamas de un foco externo al que estén expuestos, debido a la pérdida de resistencia del material con que están fabricados. Los recipientes que contienen gas presurizado únicamente, el efecto del aumento de la temperatura, conllevará al aumento de la presión. Para verlo más claro, estudiaremos un ejemplo: Supongamos un recipiente de 1 m3 de un gas comprimido a 50 Kg/cm2 y a 20 ºC de temperatura. Si por efecto de un incendio se le aplica un aumento de la temperatura hasta 100ºC, aplicando las Leyes físicas de los gases:

Aplicando la formula diremos que:

Por lo tanto la presión medida debería ser de 64,94 Kg/cm2. Este aumento de presión, si lo calculamos para diferentes incrementos de temperatura, llegaríamos a valores superiores a la resistencia del envase. Por lo tanto, las válvulas de sobre presión deben estar calculadas para que sean capaces de aliviar el exceso de presión para que no llegue a alcanzarse la presión de rotura del envase. En el caso de los gases licuados, incluidos los criogénicos, tienen un comportamiento bastante más complicado, puesto que el resultado final de un calentamiento es el resultado neto de la combinación de tres efectos. Primero, la fase gaseosa está sujeta a los mismos principios físicos antes mencionados. En segundo lugar, el líquido, cuando se calienta tiende a dilatarse comprimiendo más la fase gaseosa. Y finalmente, la presión de Vapor del líquido aumenta con la temperatura, dando como resultado un aumento de la cantidad en fase gaseosa. La combinación de los tres elementos, lleva a que con menor diferencia de temperatura, se consiga un aumento bastante superior de la presión interior del envase. Puede darse el caso de un aumento de presión mucho más grave, si la dilatación de la fase líquida hace que el recipiente quede totalmente lleno de líquido, (condensación de la fase gaseosa); si esto sucede, cualquier pequeña cantidad de calor adicional producirá un aumento enorme de la presión. Por ello, es de suma importancia no introducir mayor cantidad de gas en fase líquida de la que pueda contener el recipiente, dejando así una cámara suficientemente grande de fase gas para que cuando alcance el recipiente la temperatura ambiente no quede sobrepresurizado.

7.1.1 Roturas de recipientes, BLEVE Las siglas "BLEVE" vienen de la definición americana "Boiling Liquid Expanding Vapor Explosion" que traducido significa "Explosión por la Expansión de los Vapores de un Líquido en Ebullición". Este temido fenómeno, vale la pena estudiarlo más en profundidad, ya que para que ocurra, se deben dar unas situaciones muy concretas. Como su definición indica, se precisa de un líquido confinado en un recipiente, que sea capaz de emitir vapores al calentarse. Será el caso de todos los gases licuados, independientemente de que sean inflamables o no, los cuales en su almacenamiento dentro de un tanque cerrado, siempre están a una temperatura superior a la de su punto de ebullición, y a una presión superior a su presión de Vapor a temperatura ambiente. Si por cualquier razón, se produce una bajada de presión de la fase gaseosa, el líquido empezará a evaporar gas para así conseguir

su equilibrio. De igual manera, si calentamos la fase líquida, haremos aumentar la presión de vapor del líquido. Teniendo en cuenta estos parámetros, para que se produzca el BLEVE, son necesarias tres condiciones: 1.- Que la fase líquida esté sobrecalentada. 2.- Que se produzca una bajada brusca de presión en la fase gas. 3.- Que se den las condiciones de presión y temperatura que consigan la ebullición de toda la masa líquida de forma instantánea. Intentaremos describir cada una de estas condiciones. En primer lugar decíamos que necesitamos un líquido sometido a presión y sobrecalentado. Todos sabemos que todos los líquidos tienen una temperatura en la cual empiezan a hervir y a emitir vapores, es la llamada Temperatura de Ebullición, pues bien, ésta temperatura de ebullición varía en función de la presión en la que se ve sometido, de manera que por ejemplo el agua, cuya temperatura de ebullición es de 100ºC, si la sometemos a presión, no hervirá hasta alcanzar temperaturas superiores. En el caso de los gases licuados, podemos decir que al aumentar la presión para almacenarlos, aumentamos su punto de ebullición, con lo cual si reducimos su presión a presión atmosférica, toda la fase líquida pasaría a fase de gas, hervirá y se evaporará a temperatura ambiente. Por tanto son líquidos que se les puede denominar "sobrecalentados". Si a estos gases licuados, se les aplica calor, aumentarán la presión de la fase gaseosa, lo cual se traduce en un aumento de la presión del líquido, con lo cual el punto de ebullición de la fase líquida aumentará. Este "circulo vicioso" se mantendrá estable siempre que el recipiente sea capaz de mantener su estanqueidad o su resistencia mecánica. Decíamos, que para que se produzca la BLEVE, era necesaria una bajada brusca de la presión del recipiente. Esta bajada brusca se puede dar de diferentes maneras, como puede ser el fallo de la resistencia mecánica de recipiente por un golpe o punción, por fallo de resistencia mecánica por calentamiento excesivo del metal del que está construido, o incluso por la apertura de una válvula sobredimensionada que libere incontroladamente una cantidad excesiva de presión. Por último, decíamos que era necesario que se den unas condiciones de presión y temperatura la que se pueda producir una evaporación instantánea de toda la fase líquida, si hacemos pasar al líquido a presión atmosférica. Para entenderlo mejor, debemos estudiar las gráficas en las que se relacionan la presión con la temperatura; en estas curvas, están señaladas las líneas límite de sobrecalentamiento (Superheat limit locus), que son específicas para cada gas en concreto. Estudiaremos el caso del Propano, que es de los gases licuados más habituales. El Propano se almacena a temperatura ambiente (20ºC) y a una presión de 8 Bars.

Las curvas de la figura representan los puntos en los que existe un equilibrio entre la temperatura y la presión de vapor (es la llamada Curva de Vapor), así como se representa una recta en la que a partir de la cual las condiciones de temperatura y presión de vapor pueden hacer posible la evaporación instantánea de toda la fase líquida. En el punto A de la figura, se representa las condiciones normales de almacenamiento para el propano, que son 20ºC a 8 Bars de presión. Si aumentamos la temperatura del líquido, no desplazaremos por la curva hacia la derecha, de manera que podemos ir haciendo lecturas de la presión y temperatura. Llegará el momento de alcanzar temperaturas superiores a 53ºC aproximadamente, que es donde empieza a darse las condiciones de sobrecalentamiento a presión atmosférica. Si en ese momento, se produce una ruptura del recipiente, de manera que se consiga bajar la presión de forma casi instantánea hasta la presión atmosférica, sí se producirá el BLEVE. Cabe señalar, que la violencia de la BLEVE, viene dada por el tipo de gas que contiene ( en el caso del propano líquido, una unidad de volumen de propano líquido es capaz de generar 280 unidades de volumen de vapor; para el caso de líquidos inflamables, la vaporización súbita en caso de BLEVE suele ser del orden del 10% ; para los gases criogénicos suele estar en orden del 25 %; y del orden de 50% para gases no criogénicos), y por la diferencia entre la presión de vapor del punto donde se halle en equilibrio en aquel momento y la correspondiente presión del punto de corte de la línea de sobrecalentamiento. Es curioso comprobar, que las explosiones BLEVE son más violentas si la presión y temperatura son inferiores a la del punto crítico, aunque si bien es cierto, que la energía acumulada en la zona del punto crítico sea mayor. Es importante tener en cuenta, que es muy difícil calentar una cisterna en la zona donde se encuentra la fase líquida, ya que el calor es absorbido por el líquido y disipado por toda la cisterna (actúa como refrigerante)y actúa como regulador térmico. En el caso del Propano, las válvulas de sobrepresión empezarán a descargar cuando la temperatura del líquido alcance los 50 o 60ºC, con lo que la temperatura del metal está muy por debajo de su punto de rotura. Por el contrario, si se calienta el metal por la zona de la fase de gas, como el gas es mal conductor térmico, será el metal el que soporte todo el aumento de la temperatura. Se da el caso, en la mayor parte de las BLEVES, que la ruptura se produce por la parte metálica de la fase gas, y se caracteriza por una deformación del metal con la consiguiente reducción del espesor y aparición inmediata de una grieta longitudinal que crece progresivamente hasta que alcanza una magnitud crítica. En este punto, el metal se hace frágil y se rompe en dos o más pedazos. Se han estudiado ampliamente las rupturas térmicas y sus consecuencias, sobre todo cuando están implicados los contenedores bajo presión. En resumen, podemos decir que si surge una ruptura violenta (BLEVE), es probable que, aproximadamente en los primeros 150-180 metros desde un contenedor de GLP, se experimente una bola de fuego y calor radiante. Los siguientes 150-180 metros, (hasta un radio de 370 m.) experimentan calor radiante desde la bola de fuego.

Los fragmentos del contenedor, en ocasiones de gran tamaño, pueden ser trasladados a más de 370 m y causar incendios más allá de dicho perímetro.

7.2. Control de los gases fuera de los recipientes: Los riesgos que presentan los gases fuera de los recipientes varían según sus propiedades químicas y físicas y la naturaleza del medio ambiente en el que se escapan. Todos los gases, con la excepción del oxígeno y del aire, presentan un cierto riesgo para las personas al desplazar el aire necesario para la respiración. Los gases inertes, incoloros e inodoros como el nitrógeno, el helio, el argón y otros son especialmente peligrosos, ya que su presencia no se advierte. La concentración mínima de oxígeno en el aire para la supervivencia humana oscila entre 6 y 10% (la normal es de 21%) en volumen pero incluso a concentraciones mas altas la coordinación muscular y los sentidos resultan afectados.

7.2.1. Gases tóxicos o venenosos: Los riesgos que presentan este tipo de gases son evidentes. Producen especial preocupación el hecho de que cuando se emiten en las cercanías de un incendio pueden impedir los esfuerzos para combatirlo, al no permitir el acceso al fuego de los bomberos, u obligarles al empleo de máscaras para respiración.

7.2.2. Oxígeno y otros gases oxidantes: Aunque no son inflamables, estos gases pueden hacer que otras materias entren en ignición a temperaturas mas bajas: pueden acelerar la combustión o hacer que

se inicie un incendio al facilitar la propagación de las llamas, procedentes de aparatos que quemen combustibles, mas allá de las cámaras de combustión.

7.2.3. Gases licuados: Estos gases presentan un riesgo para las personas y los bienes si se escapan en forma de líquido, debido a sus bajas temperaturas. El contacto con estos líquidos fríos puede causar congelaciones, que pueden ser muy graves si la exposición es prolongada. Las propiedades de muchos materiales de construcción y estructurales, particularmente los plásticos y el acero al carbono, se ven afectados por las bajas temperaturas: generalmente se hacen quebradizos, lo que puede dar por resultado un fallo estructural.

7.2.4. Gases criogénicos: El primer riesgo de un gas en estado criogénico es el propio al gas, es decir siendo el hidrógeno un gas altamente inflamable, el hidrógeno líquido presenta también un alto índice de inflamabilidad. El peligro de un gas determinado aumenta significativamente en su forma criogénica. A parte del peligro inherente al gas, todos los criogénicos poseen tres características peligrosas resultantes de sus extremadas bajas temperaturas: Alta relación de expansión de vapor Capacidad para licuar otros gases Efecto de sobreoxigenación Peligro para la salud. Quemaduras y suboxigenación. Examinemos cada característica con mas detalle: Relación expansión de líquidos a vapor: La relación de líquido a vapor de los gases criogénicos es muy alta. Muchos de estos líquidos se evaporan en relaciones de 700 unidades de vapor por unidad de líquido. Esta es la principal característica de su amplia difusión: una cisterna criogénica puede almacenar 12 veces mas que una cisterna a presión que, siendo del mismo volumen, contenga solo gas. Esta aceptación para el mundo del transporte se convierte en un problema para el bombero, ya que incluso un pequeño derrame puede generar grandes cantidades de gas. Capacidad para licuar otros gases: Los fluidos criogénicos son tan fríos, que son capaces de licuar otros gases. Esto causa diversos problemas: El nitrógeno líquido, por ejemplo, puede solidificar el aire en el interior de las tuberías, respiradores o válvulas de sobrepresión, que podría causar un gran aumento de la presión interior. En caso de derrame, algunos criogénicos podrían licuar el oxígeno del aire, circunstancia especialmente peligrosa si se produce en recintos cerrados. Peligros para la salud: Los fluidos criogénicos presentan un gran peligro para la salud. Incluso el oxígeno, prioritario para la vida, podría causar, en breve lapso de tiempo, lesiones temporales o crónicas aunque estas recibieran una rápida asistencia médica.

Si un líquido criogénico entra en contacto con la piel, causaría la solidificación de la dermis. Esta reacción es similar al congelamiento, aunque mucho mas grave, y es mas dolorosa que cualquier quemada. El intenso frío también puede disminuir la correcta circulación de la sangre en la zona afectada. Si un criogénico entra en contacto con los ojos, las mucosas o la piel, esta zona se ha de lavar con abundante agua, para mas tarde, sumergirla en agua fría. La víctima se ha de tratar como si estuviera en estado de shock y debe transportarse a un centro hospitalario lo antes posible. También los gases producidos por los líquidos criogénicos son extremadamente fríos. Incluso una breve exposición a los gases producidos cerca de un derrame de líquido criogénico, pueden afectar a los ojos y los pulmones. Para protegernos de este peligro es necesario el uso de equipos de respiración autónoma (EPR). Se recomiendan equipos de respiración no porosos, que impidan que el líquido o el vapor entre en contacto con la superficie de la piel, al personal que trabaje cerca de la zona del derrame, o como mínimo el equipo de protección standard con ajustes de goma para las muñecas y los tobillos. Se entiende por suboxigenación la concentración del oxígeno en el aire por debajo del 21%. Esta deficiencia de oxígeno produce asfixia debido a la falta de aporte de oxígeno al cerebro través de la sangre. Es obvio que la asfixia se producirá debido a al desplazamiento del aire por cualquier gas (sea combustible, comburente o inerte) excepto el oxígeno, por lo tanto puede producirse con el nitrógeno y el argón.

7.2.5. Gases inflamables: Debido a su abundancia, el comportamiento de los gases inflamables escapados de sus envases es del máximo interés. Presentan dos clases de riesgos fundamentales: explosiones por combustión e incendios. La confusión en la diferenciación entre estos dos fenómenos puede dar por resultado la mala aplicación de las medidas protectoras o preventivas.

7.2.5.1. Explosiones por combustión: Las explosiones por combustión se producen en las siguientes etapas: 1/ El gas inflamable o la fase líquida de un gas inflamable licuado se escapa de su recipiente, de una tubería o de una pieza de maquinaria (este escape también puede deberse al normal funcionamiento de un dispositivo de alivio de excesos de presión). Al escapar el líquido se evapora rápidamente y se produce las grandes cantidades de vapores características de la transición de líquido a vapor. 2/ El gas se mezcla con el aire. 3/ En ciertas proporciones de gas y aire (los márgenes de inflamabilidad o combustibilidad) la mezcla es inflamable y arderá. 4/ La mezcla inflamable, una vez que ha entrado en ignición, arde rápidamente y produce grandes cantidades de calor.

5/ El calor producido es absorbido por todo objeto próximo a la llama o a los productos gaseosos de la combustión que están a altas temperaturas. 6/ Todas las materias se dilatan cuando absorben calor. La materia que mas se expande en la cercanía de una llama o de los productos gaseosos de la combustión a altas temperaturas es el aire. Véase en las leyes de los gases comentadas en el apartado correspondiente, que el aire se dilata al doble de su volumen inicial por cada 255ºC de aumento de la temperatura. 7/ Si el aire caliente no puede expandirse debido, por ejemplo, a estar encerrado en una habitación o espacio confinado, el resultado es el aumento de la presión en el interior del mismo. 8/ Si la estructura de la habitación o espacio no es lo suficientemente fuerte para resistir esta presión, algunos de sus elementos cederán de forma rápida y brusca, desplazándose de su posición original, con un ruido violento y estruendosos. Esto es lo que se llama explosión. Como el origen de la presión es una combustión, este tipo de explosión se llama explosión por combustión. También se conoce como explosión de habitación, explosión de vapor-aire e incluso otros términos menos exactos.

7.2.5.2. Incendios de gases inflamables: Los incendios de gases inflamables pueden considerarse como una explosión por combustión abortada, en la que no se acumula suficiente cantidad de la mezcla de aire y gas inflamable porque entra en ignición prematuramente o porque no se encuentra confinada en un espacio cerrado. Como es lógico esperar, el resultado habitual de un escape de gas inflamable al exterior es un incendio. Sin embargo, si se produjera un escape masivo, es posible que los edificios circundantes, o el mismo aire, proporcionen suficiente efecto de confinamiento como para que tuviera lugar lo que se llama frecuentemente explosión al aire libre. Los gases licuados no criogénicos son capaces de producir este fenómeno así como también el hidrógeno, el etileno y algunos gases reactivos, debido a su altísima velocidad de propagación de las llamas.

7.3. Nubes tóxicas 7.3.1. Fuga instantánea Significa que el escape tiene lugar durante un breve lapso de tiempo, suficiente para vaciar la vasija. Debido a la alta presión y a la elevada velocidad de escape, el gas se dispersará inicialmente con entera independencia del viento. El escape puede compararse con el chorro de gas de un jet que absorbe y arrastra grandes cantidades del aire de su entorno. Después se forma una nube de gas, pesada y fría, que es arrastrada por el viento. La nube de gas desaparece en el aire con relativa rapidez.

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF