Observacion A Dictamen Pericial

October 13, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Share Embed Donate


Short Description

Download Observacion A Dictamen Pericial...

Description

 

Expediente: 0130-2017-0-1505-JR-CI-01. Secretario Secr etario : Juan Ñahuin Ñahuincopa copa Cle Clemente mente Escrito : Correlativo Cuader Cua derno no : Prin Princip cipal. al. ORMU MULO LO OBSE OBSERV RVAC ACIO ION N AL DI DICTA CTAME MEN N Sumilla lla: OR PERICIAL GRA OTECNICO

A LA SEÑORA JUEZ DEL JUZGADO CIVIL DE LA MERCED. Anaa Elv An lvir iraa Tov Tovar Gas asp par y otr tra, a,  en los segui se guidos dos por Jua Juana na Jes Jessic sica a Cen Centen teno o Par Parion iona, a, sobre Nulidad de Acto Jurídico; ante Usted con el debido respeto me presente y expongo:  

Que, al amparo del artículo del inciso 3) del

artí artícu culo lo 139° 139° de la Cons Constit tituc ució ión n Po Polílític tica a de dell Es Esta tado do;; recu recurr rro o a su dign digno o desp de spac acho ho a fin fin de FORMULAR OBSERVACIÓN AL DICTAMEN PERICIAL

GRAFOTECNICO elaborado por el Perito Judicial Aldo Puente Valer, el cual fue presentado el 10 de octubre del 2019, por que pido que en su oportunidad

SE DECLARE FUNDADA LA OBSERVACIÓN FORMULADA Y DISPONGA SE EMITA NUEVO DICTAMEN PERICIAL GRAFOTÉCNICO o en su defecto se nombre nuevo perito grafotécnico, ello en razón a lo siguiente: 01.Sra. Juez, al momento de absolver la demanda, solicité como probatorio la reali ealiza zacción ión del ex exam ame en pe peri riccial ial gra rafo foté téccnico nico al docu cume men nto DOCUMENTO ENTO DE TRANS ERECNIA ERECNIA DE UN LOTE DE TERRENO denominad deno minado o “DOCUM OTOR OT ORGA GAD DO POR POR DON RI RICA CARD RDO O YALI ALICO GALA GALARZ RZA A Y ESPO ESPOS SA DOÑ DOÑA ESPERANZA ESPER ANZA MEZA MEZA ERNANDEZ ERNANDEZ DE YALICO YALICO A AVOR DE DE DON JUAN JUAN CENTENO CENTENO HUARACA Y ESPOSA DOÑA MARTINA PARIONA YUPANQUI ” de fecha 21 de

febr febrer ero o de dell año año 1984 1984.. Medi Medio o pr prob obat ator orio io qu que e fue fue ad admi mititido do po porr su Despacho en la audiencia de pruebas llevada a cabo el día 23 de “AL L PUNT PUNTO O 10; 10; AC ACTU TUES ESE E y octu oc tubr bre e de dell 20 2018 18,, dond donde e se disp dispus uso: o: “A TENG TE NGAS ASE E prese present ntee el Mé Méri rito to de la PERI PERICI CIA A GRAF GRAFOT OTEC ECNI NICA CA que que se efectuará en el documento denominado “TRANSFERENCIA DE UN LOTE DE 

 

TERRENO " de fecha 21 de Febrero de 1984; con la finalidad de determinar la  falsedad de dicho documento; para lo cual NOMBRESE como peritos  grafotécnicos a HERBART FELICIANO NUÑEZ POVIS y ALDO PUENTE  VALER, a quienes se les debe notificar para los efectos de que acepten el cargo  y propongan el monto de su retribución dentro del quinto día de notificado, bajo apercibimiento de subrogarlo en caso de incumplimiento; y fecho emitan  su dictamen correspondiente, debiendo ésta parte asumir el pago de los honorarios a proponerse por haberlo ofrecido” .  Tal es así que el Perito

Judi Ju dici cial al Aldo Aldo Pu Puen ente te Va Vale lerr ac acep epto to el no nomb mbra ramie mient nto o y elab elabor oró ó el Dictamen Pericial de Grafotécnia ahora observado. 02.La presente observación al Dictamen Pericial de grafotécnia elaborado por el Perito Judicial Aldo Puente Valer se sustenta en que dicho Perito Judicial ha examinado y elaborado un Dictamen Pericial de Grafotecnia sobre un documento distinto al ordenado por el Juez en la Audiencia de Pruebas, de tal forma que dicho informe carece de validez en razón a que no se cumplió con lo ordenado; ello se evidencia al tomar lectura del propio contenido del Dictamen Pericial de Grafotécnia, pues, dicho examen se realizó al documento denominado “COMPRA VENTA de un

te terr rren eno o otor otorga gado do por por RICA RICARD RDO O YA YALI LICO CO GALA GALARZ RZA A a favo favorr de MOISES MOI SES MEZA JANAM JANAMPA PA de fecha fecha 12 de ago agosto sto de 196 1969(…) 9(…)””  tal como se observa del contenido de dicho dictamen pericial, documento distinto al que se ordenó en la audiencia de pruebas. 03.Dicha garrafal equivocación hace que se dude del profesionalismo de dicho Perito Judicial, pues no ha tenido la debida diligencia y cuidado en la elaboración del Dictamen Pericial encargado, en tal sentido, pido se formul for mule e nuevo nuevo dictam dictamen en per perici icial al de gra grafot fotécn écnia ia sob sobre re el do docum cument ento o cuestionado o en su defecto se subrrogue a dicho perito judicial y en consecuencia se nombre nuevo perito judicial. 04. Por otro lado, al examinarse un documento cuestionado con fin de determinar deter minar su aute autenticid nticidad ad debe tomar tomarse se en cons considera ideración ción dive diversos rsos

 

aspectos propios del trabajo de un Perito Judicial, pues, debe recabarse el docu docume ment nto o cues cuestio tiona nado do en or orig igin inal al,, reco recopi pila larr do docu cume ment ntac ació ión n coetánea a la fecha de emitido el documento cuestionado, lo cual va permitir realizar la comparación adecuada de todos los suscribientes o intervinientes en el documento cuestionado; además, realizar el examen a los sellos que obran en el documento cuestionado y también con que elementos fue elaborado, entre otros aspectos técnicos de criminología especializados en la rama de la grafotécnia; sin embargo, del Dictamen Pericial de Grafotecnia cuestionado, se elaboró sobre un documento distinto al ordenado por su despacho y solo se realizó sobre una sola firma, evidenciándose una vez más que dicho dictamen pericial carece de sustento para el presente proceso, hecho que deberá ser materia de pronunciamiento por vuestro despacho. POR LO TANTO: Pido Pido a Uste Usted d Sra. Sra. Ju Juez ez,, SE DECLARE FUNDADA LA OBSERVACIÓN

FORM FO RMUL ULAD ADA A Y DISP DISPON ONGA GA SE EMIT EMITA A NU NUEV EVO O DI DICT CTAM AMEN EN PE PERI RICI CIAL AL GRAFOTÉC GRAF OTÉCNICO NICO o en su defecto se nombre nuevo perito grafotécnico, por  ser legal. La Merced, 13 de octubre del 2020

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF