Download NTC 2034 Ensayos no Destructivos. Calificación y Certificación de Personal.pdf...
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 2007-04-18
ENSAYOS NO DESTRUCTIVOS. CALIFICACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE PERSONAL
E:
NON-DESTRUCTIVE TESTING – QUALIFICATION AND CERTIFICATION OF PERSONNEL
CORRESPO CORR ESPONDEN NDENCIA: CIA:
esta norma es una adopción modificada modificada (MOD) de la ISO 9712:2005.
DESCRIPTORES:
ensayo; ensayo no destructivo; calificación de personal; evaluación; certificación.
I.C.S.: 19.100.00 Editada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) Apartado 14237 Bogotá, D.C. - Tel. (571) 6078888 - Fax (571) 2221435
Prohibida su reproducción
Tercera actualización Editada 2007-04-25
PRÓLOGO
El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC, ICONTEC, es el organismo nacional de normalización, normalización, según el Decreto 2269 de 1993. ICONTEC es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuya Misión es fundamental para brindar soporte y desarrollo al productor y protección al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del país, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno y externo. La representación de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalización Técnica está garantizada por los Comités Técnicos y el período de Consulta Pública, este último caracterizado por la participación del público en general. La NTC 2034 (Tercera actualización) fue ratificada por el Consejo Directivo de 2007-04-18. Esta norma está sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades necesidades y exigencias actuales. A continuació continuación n se relaciona relacionan n las empresas empresas que que colaboraro colaboraron n en el estudio estudio de esta esta norma a través través de su participación en el Comité Técnico 05 Soldadura. ASOC ASOCIA IACI CIÓN ÓN CO COLO LOMB MBIA IAN NA DE SOLD SOLDAD ADU URA SENA COTECMAR ELECTROMANUFACTURAS ELECTROMANUFACTURAS S.A.
INTERTEK SUPERPOLO TECNICONTROL
Además de las anteriores, en Consulta Pública el Proyecto se puso a consideración de las siguientes empresas: ACERÍAS DE COLOMBIA COLOMBIA ACERÍAS PAZ DEL DEL RÍO AGAFANO AS ASOCIAC IACIÓN IÓN COLOMBIANA DE SOLDADURA ASOC ASOCIA IACI CIÓN ÓN NACI NACION ONAL AL DE INDU INDUST STRI RIAL ALES ES -ANDI ATM INGENIERÍA LTDA. LTDA. CARROCERÍAS EL SOL CARROCERÍAS Y TALLERES JGB CDP DE FUNDICIÓN Y SOLDADURA Y UNIVERSIDAD DEL VALLE CENTRAGAS SCA CINSA CODENSA COMPAÑÍA COLOMBIANA METALMECÁNICA S.A. "COLMESA S.A. CORPACERO COTECMAR CRYOGAS S.A. ECOPETROL
ELECTRODOS OERLIKON DE COLOMBIA LTDA. ELECTROMANUFACTURAS S.A. EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ ESP ESP ENGICAST LTDA. EXCO COLOMBIANA S.A. EXTRUCOL GAS NATURAL S.A. E.S.P. ICONTEC - BOGOTÁ ICONTEC - REGIONAL BARRANQUILLA ICONTEC - REGIONAL BUCARAMANGA ICONTEC - REGIONAL CALI ICONTEC - REGIONAL MEDELLÍN IMG S.A. INCONCAR LTDA. INDUBO INDUSTRIAS METÁLICAS ASM INSPEQ INGENIERÍA LTDA.
PRÓLOGO
El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC, ICONTEC, es el organismo nacional de normalización, normalización, según el Decreto 2269 de 1993. ICONTEC es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuya Misión es fundamental para brindar soporte y desarrollo al productor y protección al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del país, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno y externo. La representación de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalización Técnica está garantizada por los Comités Técnicos y el período de Consulta Pública, este último caracterizado por la participación del público en general. La NTC 2034 (Tercera actualización) fue ratificada por el Consejo Directivo de 2007-04-18. Esta norma está sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades necesidades y exigencias actuales. A continuació continuación n se relaciona relacionan n las empresas empresas que que colaboraro colaboraron n en el estudio estudio de esta esta norma a través través de su participación en el Comité Técnico 05 Soldadura. ASOC ASOCIA IACI CIÓN ÓN CO COLO LOMB MBIA IAN NA DE SOLD SOLDAD ADU URA SENA COTECMAR ELECTROMANUFACTURAS ELECTROMANUFACTURAS S.A.
INTERTEK SUPERPOLO TECNICONTROL
Además de las anteriores, en Consulta Pública el Proyecto se puso a consideración de las siguientes empresas: ACERÍAS DE COLOMBIA COLOMBIA ACERÍAS PAZ DEL DEL RÍO AGAFANO AS ASOCIAC IACIÓN IÓN COLOMBIANA DE SOLDADURA ASOC ASOCIA IACI CIÓN ÓN NACI NACION ONAL AL DE INDU INDUST STRI RIAL ALES ES -ANDI ATM INGENIERÍA LTDA. LTDA. CARROCERÍAS EL SOL CARROCERÍAS Y TALLERES JGB CDP DE FUNDICIÓN Y SOLDADURA Y UNIVERSIDAD DEL VALLE CENTRAGAS SCA CINSA CODENSA COMPAÑÍA COLOMBIANA METALMECÁNICA S.A. "COLMESA S.A. CORPACERO COTECMAR CRYOGAS S.A. ECOPETROL
ELECTRODOS OERLIKON DE COLOMBIA LTDA. ELECTROMANUFACTURAS S.A. EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ ESP ESP ENGICAST LTDA. EXCO COLOMBIANA S.A. EXTRUCOL GAS NATURAL S.A. E.S.P. ICONTEC - BOGOTÁ ICONTEC - REGIONAL BARRANQUILLA ICONTEC - REGIONAL BUCARAMANGA ICONTEC - REGIONAL CALI ICONTEC - REGIONAL MEDELLÍN IMG S.A. INCONCAR LTDA. INDUBO INDUSTRIAS METÁLICAS ASM INSPEQ INGENIERÍA LTDA.
INTERTEK J&W INGENIEROS LTDA. MECÁNICOS ASOCIADOS S.A. NATIONAL MECHANICAL BOARD E.U. NON PLUS ULTRA PROMIGAS QWING SAGER S.A. SENA - CENTRO DE GESTIÓN INDUSTRIAL SENA CENTRO METALÚRGICA S.A. SIDOR SOLDADURAS MEGRIWELD
SUPERPOLO TECNICONTROL TENCO TUBOS DEL CARIBE UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE OCCIDENTE UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA UNIVERSIDAD DEL NORTE (DPTO. ING. BÁSICA) UNIVERSIDAD LIBRE FACULTAD DE INGENIERÍA (METALÚRGICA E INDUSTRIAL) UNIVERSIDAD NACIONAL
ICONTEC ICONTEC cuenta con un Centro de Información que pone a disposición de los interesados normas internacionales, internacionales, regionales y nacionales y otros documentos relacionados. relacionados. DIRECCIÓN DE NORMALIZACIÓN
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
CONTENIDO Página 0.
INTRODUCCIÓN..........................................................................................................1
1.
OBJETO .......................................................................................................................1
2.
REFERENCIA NORMATIVA........................................................................................2
3.
TÉRMINOS Y DEFINICIONES .....................................................................................2
4.
SÍMBOLOS Y TÉRMINOS ABREVIADOS ..................................................................5
5.
RESPONSABILIDADES ..............................................................................................5
5.1
GENERALIDADES.......................................................................................................5
5.2
ORGANISMO DE CERTIFICACIÓN ............................................................................6
5.3
ORGANISMO DE CALIFICACIÓN AUTORIZADO......................................................6
5.4
CENTRO DE EXAMEN ................................................................................................7
5.5
EMPLEADOR...............................................................................................................7
6.
NIVELES DE CALIFICACIÓN......................................................................................8
6.1
GENERALIDADES.......................................................................................................8
6.2
NIVEL I .........................................................................................................................8
6.3
NIVEL 2 ........................................................................................................................9
6.4
NIVEL 3 ........................................................................................................................9
7.
ELEGIBILIDAD...........................................................................................................10
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
Página 7.1
GENERALIDADES.....................................................................................................10
7.2
REQUISITOS DE VISIÓN. TODOS LOS NIVELES ...................................................10
7.3
ENTRENAMIENTO.....................................................................................................10
7.4
EXPERIENCIA INDUSTRIAL.....................................................................................11
8.
EXAMEN DE CALIFICACIÓN. CONTENIDO Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJES.......13
8.1
GENERALIDADES.....................................................................................................13
8.2
CONTENIDO DEL EXAMEN. EXAMEN GENERAL PARA NIVELES 1 Y 2 ............13
8.3
CONTENIDO DEL EXAMEN. EXAMEN ESPECÍFICO PARA NIVELES 1 Y 2.........13
8.4
CONTENIDO DEL EXAMEN. EXAMEN PRÁCTICO PARA NIVELES 1 Y2.............13
8.5
ASIGNACIÓN DE PUNTAJES A LOS EXÁMENES. EXÁMENES PARA CALIFICACIÓN DE NIVELES 1 Y2 ...........................................................................14
8.6
CONTENIDO DEL EXAMEN. NIVEL 3 ......................................................................15
8.7
CONTENIDO DEL EXAMEN. EXAMEN BÁSICO NIVEL 3.......................................15
8.8.
CONTENIDO DEL EXAMEN. EXAMEN DEL MÉTODO PRINCIPAL PARA NIVEL 3 .........15
9.
EXAMEN DE CALIFICACIÓN. REALIZACIÓN .........................................................16
9.1
GENERALIDADES.....................................................................................................16
9.2
REEXAMEN................................................................................................................16
9.3
EXENCIÓN DE EXÁMENES......................................................................................17
10.
CERTIFICACIÓN........................................................................................................17
10.1
ADMINISTRACIÓN ....................................................................................................17
10.2
CERTIFICADOS Y/0 CARNET...................................................................................17
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
Página 10.3
VALIDEZ.....................................................................................................................18
10.4
RENOVACIÓN............................................................................................................18
10.5
RECERTIFICACIÓN...................................................................................................18
11.
ARCHIVOS.................................................................................................................19
12.
INTRODUCCIÓN DE NUEVOS MÉTODOS O SECTORES ......................................20
BIBLIOGRAFÍA......................................................................................................................28 DOCUMENTO DE REFERENCIA..........................................................................................29 ANEXOS ANEXO A (Informativo) SECTORES............................................................................................................................21 ANEXO B (Normativo)................................................................................................................ Informe maestro de la probeta ............................................................................................22 ANEXO C (Normativo) PROBETAS NIVEL 1 Y NIVEL 2 ...........................................................................................23 ANEXO D (Informativo) PONDERACIÓN DE LOS EXÁMENES PRÁCTICOS PARA NIVELES 1 Y 2 ......................24 ANEXO E (Informativo) PONDERACIÓN DEL EXAMEN DEL PROCEDIMIENTO PARA END NIVEL 3 ..................25 ANEXO F (Normativo) SISTEMA ESTRUCTURADO EN CRÉDITOS PARA RECERTIFICACIÓN NIVEL 3 ...........26 ANEXO G (Informativo) EDUCACIÓN..........................................................................................................................27 TABLAS Tabla 1. Requisitos de entrenamiento mínimos ................................................................11 Tabla 2. Experiencia industrial............................................................................................12 Tabla 3. Número de preguntas mínimo requerido. Examen general para Niveles 1 y 2 .......13
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
ENSAYOS NO DESTRUCTIVOS. CALIFICACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE PERSONAL
0.
INTRODUCCIÓN
Ya que la eficacia de cualquier aplicación de ensayos no destructivos (END) depende de las competencias de las personas que ejecutan o son responsables del ensayo, se desarrolló un procedimiento para proporcionar un medio de evaluar y documentar la competencia del personal cuyos deberes requieren el conocimiento teórico y práctico apropiado de los ensayos no destructivos que ellos realizan, especifican, supervisan, hacen seguimiento o evalúan. Un incentivo adicional es la comparabilidad en todo el mundo, de una amplia gama de aplicaciones industriales que requieren métodos de ensayo no destructivos comunes. Cuando la certificación de personal NDT ( Non-Destructive Testing ) se define en normas de producto, reglamentaciones, códigos o especificaciones, es importante certificar al personal de acuerdo con esta norma. Cuando se da amplia libertad dentro de los criterios de esta norma, el organismo de certificación toma la decisión final de determinar los requisitos específicos. 1.
OBJETO
Esta norma especifica la calificación y certificación del personal involucrado en ensayos no destructivos (END). Es aplicable a la competencia en uno o más de los siguientes métodos: -
Ensayos de emisiones acústicas.
-
Ensayos de corrientes de Eddy o Foucault .
-
Ensayos termográficos infrarrojos.
-
Ensayos de fugas (se excluyen los ensayos de presión hidráulica).
-
Ensayos de partículas magnéticas.
-
Ensayos de líquidos penetrantes.
-
Ensayos radiográficos.
-
Ensayos de deformación. 1 de 29
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
-
Ensayos de ultrasonido.
-
Ensayos visuales (se excluyen los ensayos visuales directos sin ayudas y los ensayos visuales realizados durante la aplicación de otro método de END).
La certificación con la presente norma brinda un testimonio de la competencia general del operador de END. No representa una autorización para operar, ya que esto es responsabilidad del empleador, y el empleado certificado puede requerir conocimiento adicional especializado de parámetros tales como equipos, procedimientos de END, materiales y productos del empleador. En donde lo exigen códigos y requisitos reglamentarios, la autorización para operar la dará el empleador, por escrito, de acuerdo con un procedimiento de calidad que define cualquier entrenamiento y en exámenes específicos para un trabajo exigidos por un empleador, diseñado para verificar el conocimiento que el poseedor del certificado tiene sobre los códigos, normas, procedimientos de END, equipos y criterios de aceptación de la industria pertinente para los productos ensayados. El sistema especificado en esta norma internacional también puede ser aplicable a otros métodos de END en donde existen programas de certificación independientes. NOTA
Siempre que en esta norma aparezca el pronombre específico “él”, es igualmente aplicable el femenino “ella”.
2.
REFERENCIA NORMATIVA
El siguiente documento normativo referenciado es indispensable para la aplicación de este documento normativo. Para referencias fechadas, se aplica únicamente la edición citada. Para referencias no fechadas, se aplica la última edición del documento normativo referenciado (incluida cualquier corrección). ISO/IEC 17024, Conformity Assessment. General Requirements for Bodies Operating Certification of Persons
3.
TÉRMINOS Y DEFINICIONES
Para los propósitos de esta norma, se aplican los siguientes términos y definiciones: 3.1 Organismo de calificación autorizado. Organismo independiente del empleador, autorizado por el organismo de certificación para preparar y administrar los exámenes para calificación. 3.2 Examen básico. Examen escrito para el Nivel 3, que demuestra el conocimiento que tiene el candidato acerca de la ciencia de los materiales y tecnología de procesos y los tipos de discontinuidades, el sistema de calificación y certificación de acuerdo con la presente norma, y los principios básicos de los métodos de END exigidos para el Nivel 2. NOTA Para una explicación de los tres niveles de calificación, véase el numeral 6.
3.3 Candidato. Individuo que busca calificación y certificación, y quien adquiere experiencia bajo la supervisión de personal calificado adecuadamente. 3.4 Certificado. Documento expedido por el organismo de certificación bajo las disposiciones de la presente norma, que indica que la persona mencionada ha demostrado la(s) competencia(s) definida(s) en el certificado. 2
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
3.5 Certificación. Procedimiento usado por el organismo de certificación para confirmar que se han cumplido los requisitos de calificación para un método, nivel y sector, que conduce a la expedición de un certificado. NOTA La expedición de un certificado no autoriza al poseedor de éste a operar; esta autorización sólo la puede otorgar el empleador.
3.6 Organismo de certificación. Organismo que administra procedimientos para certificación de acuerdo con los requisitos de la presente norma. 3.7 Empleador. Organización para la cual el candidato trabaja en forma regular. 3.8 Centro de examen. Centro aprobado por el organismo de certificación, en donde se llevarán a cabo los exámenes de calificación. 3.9 Examinador. Persona certificada como Nivel 3 en el método y producto o sector industrial para el cual el organismo de certificación le ha autorizado llevar a cabo, supervisar y asignar un puntaje al examen de calificación. NOTA
Para una explicación de los tres niveles de calificación, véase el numeral 6.
3.10 Examen general. Examen escrito para el Nivel 1 ó Nivel 2, acerca de los principios de un método de END. NOTA
Para una explicación de los tres niveles de calificación, véase el numeral 6.
3.11 Experiencia industrial. Experiencia aceptable para el organismo de certificación, obtenida bajo supervisión calificada, en la aplicación del método de END en el sector involucrado, necesaria para adquirir la habilidad y el conocimiento para cumplir las disposiciones de la calificación. 3.12 Supervisor. Persona autorizada por el organismo de certificación para supervisar los exámenes. 3.13 Entrenamiento específico para el trabajo. Instrucción suministrada por el empleador (o su agente) al poseedor del certificado, en los aspectos de ensayos no destructivos específicos para los productos del empleador, equipos y procedimientos de END, y los códigos, normas, especificaciones y procedimientos aplicables que conducen al otorgamiento de autorizaciones de operación. 3.14 Examen sobre el método principal. Examen escrito para el Nivel 3, que demuestra el conocimiento general y específico del candidato y la capacidad para redactar procedimientos de END para el método de END aplicado en el(los) sector(es) industrial(es) para el(los) cual(es) se busca la certificación. NOTA
Para una explicación de los tres niveles de calificación, véase el numeral 6.
3.15 Pregunta de selección múltiple. Pregunta planteada de manera que da lugar a cuatro respuestas potenciales una de las cuales es la correcta, y las restantes tres son incorrectas o están incompletas. 3.16 Instrucción de END. Descripción escrita de los pasos precisos que se deben seguir al realizar un ensayo de acuerdo con una norma, código, especificación o procedimiento de END establecido.
3
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
3.17 Método de END. Disciplina que aplica un principio físico en un ensayo no destructivo. EJEMPLO
Ensayo de ultrasonido.
3.18 Procedimiento de END. Descripción escrita de todos los parámetros y precauciones esenciales que se deben aplicar cuando se someten productos a ensayo no destructivo, de acuerdo con norma(s), código(s) o especificación(es). 3.19 Técnica de END. Forma específica de utilizar un método de END. EJEMPLO
Ensayo de ultrasonido por inmersión.
3.20 Entrenamiento en END. Proceso de instrucción teórica y práctica en el método de END en el que se busca la certificación, que se realiza como cursos de entrenamiento con base en un programa de estudios aprobado por el organismo de certificación, pero que no incluye la utilización de las probetas usadas en los exámenes de calificación. 3.21 Autorización para operación. Declaración escrita expedida por el empleador, basada en el alcance de la certificación, que autoriza al individuo a realizar tareas definidas. NOTA
Esta autorización puede depender del suministro de entrenamiento específico para el trabajo.
3.22 Examen práctico. Evaluación de las habilidades prácticas en las que el candidato demuestra estar familiarizado, y de la capacidad para ejecutar el ensayo. 3.23 Calificación. Demostración de los atributos físicos, conocimiento y experiencia requeridos para ejecutar apropiadamente tareas de END. 3.24 Examen de calificación. Examen administrado por el organismo de certificación o el organismo de calificación autorizado, que evalúa el conocimiento general, específico y práctico y las habilidades del candidato. 3.25 Supervisión calificada. Supervisión de candidatos que adquieren experiencia, por parte del personal de END certificado con esta norma, o por personal no certificado, que, en opinión del organismo de certificación, posee el conocimiento, habilidad, entrenamiento y experiencia requerida para realizar apropiadamente dicha supervisión. 3.26 Sector. Sección particular de la industria o la tecnología en la que se utilizan prácticas de END especializadas, que requiere conocimientos, habilidades, equipos o entrenamiento relacionados con el producto. NOTA Un sector se puede interpretar como un producto (productos soldados, piezas fundidas) o una industria (aeroespacial, ensayos en servicio). Véase el Anexo A.
3.27 Interrupción significativa. Ausencia o cambio de actividad que impide que el individuo certificado realice los deberes correspondientes al nivel en el método y sector(es) dentro del alcance certificado, por un período continuo superior a 1 año, ó 2 ó más períodos para un tiempo total superior a 2 años. NOTA Los días festivos legales o los períodos de enfermedad, o los cursos de menos de 30 d no se tienen en cuenta al calcular las interrupciones.
3.28 Examen específico. Examen escrito para el Nivel 1 y 2, relacionado con técnicas de ensayo aplicadas en un(os) sector(es) particular(es), incluido el conocimiento del(los) producto(s) ensayado(s), y de los códigos, normas, especificaciones, procedimientos y criterios de aceptación. 4
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NOTA
NTC 2034 (Tercera actualización)
Para una explicación de los tres niveles de calificación, véase el numeral 6.
3.29 Especificación. Documento que establece requisitos. 3.30 Probeta. Muestra usada en exámenes prácticos, que incluye posiblemente radiografías y grupos de datos, que es representativa de los productos ensayados habitualmente en el sector aplicable. NOTA
Puede incluir más de un área o volumen por ensayar.
3.31 Informe maestro de la probeta. Respuesta modelo que indica el resultado óptimo de un ensayo práctico, dado un conjunto definido de condiciones (tipo de equipo, reglaje, técnica, probeta, etc.), con base en la cual se asignará un puntaje al informe de ensayo del candidato. 3.32 Supervisión. Acto de dirigir la aplicación del END realizada por otro personal de END, que incluye el control de las acciones involucradas en la preparación del ensayo, la ejecución del ensayo y la presentación del informe de los resultados. 3.33 Validar. Acto de demostrar que un proceso verificado funcionará en la práctica y cumplirá su función prevista, y que normalmente se logra mediante atestiguamiento real, demostración, ensayos en campo o en laboratorio o pruebas seleccionadas. 4.
SÍMBOLOS Y TÉRMINOS ABREVIADOS
EA
Ensayos de emisiones acústicas.
CE
Ensayos de corrientes de Eddy o Foucault .
TI
Ensayos termográficos infrarrojos.
EF
Ensayos de fugas.
PM
Ensayos de partículas magnéticas.
END
Ensayos no destructivos.
LP
Ensayos de líquidos penetrantes
ER
Ensayos radiográficos.
ED
Ensayos de deformación.
EU
Ensayos de ultrasonido.
EV
Ensayos visuales.
5.
RESPONSABILIDADES
5.1
GENERALIDADES
El sistema de certificación, que debe ser controlado y administrado por un organismo de certificación (con la ayuda de los organismos de calificación autorizados, cuando es necesario), incluye todos los procedimientos necesarios para demostrar la calificación de un individuo para 5
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
realizar tareas de un método o producto o sector industrial específico de END, que conduce a la certificación de la competencia. 5.2
ORGANISMO DE CERTIFICACIÓN
5.2.1 El organismo de certificación debe cumplir los requisitos de la norma ISO/IEC 17024. No debería tener participación directa en el entrenamiento de personal de END y debería estar reconocido por la comunidad de END o el organismo miembro de ISO del país involucrado. 5.2.2 El organismo de certificación debe estar apoyado en un comité técnico compuesto de representantes de las partes interesadas, por ejemplo: sociedades de END, comités, usuarios, proveedores y departamentos de gobierno, según sea apropiado. Este comité debe ser responsable de establecer y mantener las normas técnicas del examen. Sus miembros deben estar calificados para estas tareas por una apropiada combinación de certificación y/o experiencia en certificación de END. 5.2.3 El organismo de certificación a)
Debe iniciar, promover, mantener y administrar el esquema de certificación de acuerdo con la presente norma.
b)
Debe aprobar los centros de examen que debe monitorear, debidamente provistos de los equipos y de personal adecuado.
c)
Puede delegar, bajo su responsabilidad directa, la administración detallada de la calificación a organismos de calificación autorizados a los que el organismo de certificación expedirá especificaciones para las instalaciones, el personal, los equipos, los materiales de examen, registros, etc.
d)
Debe realizar una auditoría inicial y las auditorías de seguimiento periódicas y subsiguientes a los organismos de calificación, para asegurar su conformidad con las especificaciones.
e)
Debe expedir todos los certificados.
f)
Debe ser responsable de garantizar la seguridad de todos los materiales de examen (probetas, informes maestros, bancos de preguntas, hojas de exámenes, etc.).
g)
Debe asegurar que las probetas no están en uso para propósitos de entrenamiento, y
h)
Debe ser responsable de la definición de los sectores (véase el Anexo A).
5.3
ORGANISMO DE CALIFICACIÓN AUTORIZADO
5.3.1 En donde está establecido, el organismo de calificación autorizado debe: a)
Trabajar bajo el control del organismo de certificación.
b)
Asegurar que es imparcial con respecto a cada candidato que busca la calificación, y debe llamar la atención del organismo de certificación sobre cualquier amenaza real o potencial a su imparcialidad.
c)
Cumplir con la especificación expedida por el organismo de certificación (véase el numeral 5.2.3 c). 6
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
d)
Aplicar un sistema de gestión de la calidad documentado aprobado por el organismo de certificación.
e)
Contar con los recursos y conocimientos técnicos especializados necesarios para establecer, monitorear y controlar los centros de examen, incluidos los exámenes y la calibración y control de los equipos.
f)
Preparar y supervisar los exámenes bajo la responsabilidad de un examinador autorizado por el organismo de certificación, y
g)
Llevar los registros apropiados de acuerdo con los requisitos del organismo de certificación.
5.3.2 Si no hay organismos de calificación autorizados, el organismo de certificación debe cumplir los requisitos del organismo de calificación. 5.4
CENTRO DE EXAMEN
5.4.1 El centro de examen debe: a)
Trabajar bajo el control del organismo de certificación u organismo de calificación autorizado.
b)
Aplicar un sistema de gestión de la calidad documentado aprobado por el organismo de certificación.
c)
Contar con los recursos necesarios para administrar los exámenes, incluida la calibración y control de los equipos.
d)
Preparar y aplicar los exámenes bajo la responsabilidad de un examinador autorizado por el organismo de certificación.
e)
Contar con personal calificado, instalaciones y equipos suficientes para asegurar exámenes de calificación satisfactorios para todos los niveles, métodos y sectores involucrados.
f)
Utilizar solamente aquellos documentos y cuestionarios de examen establecidos o aprobados por el organismo de certificación.
g)
Utilizar solamente probetas preparadas o aprobadas por el organismo de certificación para los exámenes prácticos realizados en ese centro (cuando existe más de un centro de examen, cada uno debe tener probetas de una dificultad de ensayo comparable, que contengan discontinuidades similares), y
h)
Llevar solamente registros apropiados de acuerdo con los requisitos del organismo de certificación.
5.4.2 Un centro de examen puede estar situado en las instalaciones del empleador. Sin embargo, en este caso el organismo de certificación debe exigir controles adicionales para preservar la imparcialidad, y los exámenes se deben llevar a cabo solamente en presencia y bajo el control de un representante autorizado del organismo de certificación. 5.5
EMPLEADOR
5.5.1 El empleador debe confirmar la validez de la información personal suministrada por el candidato al organismo de certificación o al organismo de calificación autorizado. Esta 7
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
información debe incluir la declaración de educación, entrenamiento y experiencia necesarios para determinar la elegibilidad del candidato. Si el candidato es desempleado o es empleado independiente, la declaración de su educación, entrenamiento y experiencia debe ir atestiguada por una o más partes independientes. 5.5.2 Ni el empleador ni su personal deben estar involucrados directamente en el examen de calificación. 5.5.3 Con respecto al personal certificado que está bajo su control, el empleador debe: a)
Ser responsable completamente por todo lo que concierne a la autorización para operar, incluido el entrenamiento específico al trabajo.
b)
Ser responsable por los resultados de las operaciones de END.
c)
Asegurar que se cumplen los requisitos anuales de agudeza visual del numeral 7.2.1 a), y
d)
Verificar la continuidad en la aplicación del método de END sin interrupción significativa.
5.5.4 Un individuo que trabaja en forma independiente debe asumir todas las responsabilidades que se aplican a un empleador. 6.
NIVELES DE CALIFICACIÓN
6.1
GENERALIDADES
Un individuo certificado con base en la presente norma se debe clasificar en uno o más de los tres niveles siguientes: 6.2
NIVEL 1
6.2.1 Un individuo certificado para Nivel 1 debe haber demostrado competencia para llevar a cabo END de acuerdo con las instrucciones de los END y bajo la supervisión de personal de Nivel 2 ó Nivel 3. Dentro del alcance de la competencia definida en el certificado, el personal Nivel 1 puede estar autorizado por el empleador para realizar las siguientes actividades, de acuerdo con las instrucciones de END: a)
Hacer el montaje de equipos de END.
b)
Realizar los ensayos.
c)
Registrar y clasificar los resultados de los ensayos.
d)
Presentar informes sobre los resultados.
e)
Realizar los ensayos dentro de los criterios de un trabajo seguro, cumpliendo las regulaciones y buenas prácticas de seguridad industrial en este tipo de servicios.
f)
Realizar los ensayos teniendo en cuenta los criterios y regulación de manejo ambiental, cumpliendo con la normatividad sobre control ambiental.
6.2.2 El personal certificado para Nivel 1 no será responsable por la selección del método o técnica de ensayo que se usen, ni por la evaluación de los resultados de ensayo. 8
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 6.3
NTC 2034 (Tercera actualización)
NIVEL 2
6.3.1 Un individuo certificado para Nivel 2 debe haber demostrado competencia para llevar a cabo END de acuerdo con procedimientos establecidos. Dentro del alcance de la competencia definida en el certificado, el personal Nivel 2 puede estar autorizado por el empleador para realizar las siguientes actividades: a)
Seleccionar la técnica de END para el método de ensayo que se va a usar.
b)
Definir las limitaciones de la aplicación del método de ensayo.
c)
Traducir los códigos, normas, especificaciones y procedimientos de END a instrucciones de END adaptadas a las condiciones de trabajo reales.
d)
Hacer el montaje y verificar el reglaje de los equipos.
e)
Realizar y supervisar ensayos.
f)
Interpretar y evaluar los resultados de acuerdo con códigos, normas, especificaciones o procedimientos aplicables.
g)
Preparar instrucciones de END.
h)
Llevar a cabo y supervisar todas las tareas del Nivel 2 ó por debajo de éste.
i)
Brindar orientación al personal de Nivel 2 ó por debajo de éste, y
j)
Presentar los resultados de los ensayos no destructivos.
k)
Preparar instrucciones para el desarrollo de un trabajo seguro y supervisar su cumplimiento.
l)
Implementar, definir procedimientos y planes de manejo ambiental para disposición de residuos resultantes de los END y monitorear cumplimiento.
6.4
NIVEL 3
6.4.1 Un individuo certificado para Nivel 3 debe haber demostrado competencia para llevar a cabo y dirigir operaciones de ensayos no destructivos para las cuales está certificado. Dentro del alcance de la competencia definida en el certificado, el personal Nivel 3 puede estar autorizado por el empleador para realizar las siguientes actividades: a)
Asumir la responsabilidad plena por una instalación de ensayo o centro de examen y su personal.
b)
Establecer, revisar que las instrucciones y procedimientos de END sean correctos tanto editorial como técnicamente, y validarlos.
c)
Interpretar códigos, normas, especificaciones y procedimientos.
d)
Designar los métodos de ensayo, procedimientos e instrucciones de END particulares que se van a usar.
e)
Llevar a cabo y supervisar todas las tareas a todos los niveles. 9
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
f)
Proporcionar orientación para el personal de todos los niveles.
g)
Especificar y aprobar procedimientos de trabajo seguro para cada uno de los ensayos.
h)
Especificar, aprobar procedimientos y planes de control ambiental aplicables en cada uno de los ensayos.
i)
Liderar el cumplimiento de las regulaciones en seguridad y control ambiental aplicables a END.
6.4.2 El personal de Nivel 3 debe haber demostrado a)
Competencia para evaluar e interpretar resultados en términos de los códigos, normas, especificaciones y procedimientos existentes,
b)
Suficiente conocimiento práctico de los materiales, fabricación y tecnología de procesos aplicables, para seleccionar métodos de END, establecer técnicas de END y ayudar a establecer criterios de aceptación en donde no los haya disponibles, y
c)
Estar familiarizado en general con otros métodos de END.
7.
ELEGIBILIDAD
7.1
GENERALIDADES
El candidato debe cumplir los requisitos mínimos de visión y entrenamiento antes del examen de calificación, y debe cumplir los requisitos mínimos para experiencia industrial, antes de la certificación. 7.2
REQUISITOS DE VISIÓN. TODOS LOS NIVELES
7.2.1 El candidato debe suministrar evidencia documentada de visión satisfactoria de acuerdo con los siguientes requisitos: a)
La agudeza de visión de cerca le debe permitir como mínimo leer letras Times Roman N4.5 ó letras equivalentes ( Times New Roman de 4,5 puntos de altura vertical, en donde 1 punto = 1/72 pulgadas ó 0,352 8 mm) a no menos de 30 cm con uno o ambos ojos, con visión corregida o sin corregir.
b)
La visión de los colores debe ser suficiente, de manera que el candidato pueda establecer el contraste entre los colores usados en el método END involucrado, como lo especifica el empleador.
7.2.2 Posterior a la certificación, los ensayos de agudeza visual se deben llevar a cabo anualmente y deben ser verificados por el empleador o la agencia responsable (véase el numeral 5.5.3 c). 7.3
ENTRENAMIENTO
7.3.1 Los candidatos para certificación de Nivel 1 y de Nivel 2 deben suministrar evidencia documental en una forma aceptable para el organismo de certificación, de que el entrenamiento en el método y nivel para el cual se busca la certificación se ha realizado en forma satisfactoria, de acuerdo con los requisitos del organismo de certificación. 10
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
7.3.2 Teniendo en cuenta el potencial científico y técnico de los candidatos para la certificación de Nivel 3, la preparación para la calificación se puede hacer de varias maneras: asistencia a cursos de entrenamiento, conferencias o seminarios, libros de estudio, publicaciones periódicas y otros materiales impresos o electrónicos especializados. Independientemente de la manera de preparación, el candidato Nivel 3 debe presentar evidencia documental de entrenamiento aceptable en una forma aceptable para el organismo de certificación. 7.3.3 La duración mínima del entrenamiento tomado por el candidato para certificación debe estar de acuerdo con la Tabla 1 para el método de END aplicable. Véanse [1] y [2] en la bibliografía, para orientación sobre el contenido del curso de entrenamiento. Tabla 1. Requisitos de entrenamiento mínimos Método de END EA LE TI A
Nivel 2 Total, h (Incluye nivel 1) 104 104 120 24
Nivel 1 h 40 40 40 8
Nivel 3 Total, h (Incluye nivel 2) 150 150 160 36
Conocimiento básico B Método de 14 45 66 EF presión C Método con gas 18 54 78 trazador PM 16 40 60 LP 16 40 60 ER 40 120 160 ED 16 40 60 EU 40 120 160 EV 16 40 64 Las horas de entrenamiento se basan en que los candidatos posean habilidades matemáticas básicas y conocimiento previo de los materiales y procesos. Si éste no es el caso, el organismo de certificación puede exigir entrenamiento adicional. Las horas de entrenamiento incluyen cursos tanto teóricos como prácticos. La duración del entrenamiento se puede reducir hasta en un 50 % cuando la certificación que se busca es limitada en la aplicación del método. El organismo de certificación puede aceptar una reducción de hasta el 50 % en el número total requerido de horas de entrenamiento, para candidatos que se hayan graduado de una institución de educación superior o universidad, o que hayan realizado al menos dos años de ingeniería o ciencias en una institución de educación superior o universidad.
7.4
EXPERIENCIA INDUSTRIAL
7.4.1 La experiencia industrial se puede adquirir antes o después de aprobar el examen de calificación. La evidencia documental de la experiencia la debe confirmar el empleador y se debe presentar al organismo de certificación u organismo de calificación autorizado. En el caso de que se solicite experiencia después de aprobar el examen, los resultados de éste deben permanecer válidos hasta por cinco años. 7.4.2 La duración de la experiencia para cada método de END debe estar de acuerdo con la Tabla 2. Sin embargo, el organismo de certificación puede permitir una reducción en el período de experiencia, a su propio criterio, teniendo en cuenta lo siguiente:
11
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
Tabla 2. Experiencia industrial Método de END EA, CE, TI, EF, ER, EU PM, LP, ED, EV
Experiencia en meses (totales acumulativos) a, b, c Nivel 2d, e, f Nivel 3g Nivel 1d,e (incluye el Nivel 1) (incluye el Nivel 2) 3 12 30 1 4 16
a
La experiencia industrial en meses se basa en una semana nominal de 40 h ó la semana legal de trabajo. Cuando un individuo está trabajando más de 40 h/semana, se le puede acreditar experiencia con base en el total de horas, pero se le debe exigir presentar evidencia de esta experiencia.
b
Los créditos para experiencia industrial se pueden obtener simultáneamente en dos o más de los métodos de END cubiertos por la presente norma, con la siguiente reducción en la experiencia total requerida: -
Dos métodos de ensayo, reducción del tiempo total requerido en 25 % Tres métodos de ensayo, reducción del tiempo total requerido en 33 % Cuatro o más métodos de ensayo, reducción del tiempo total requerido en 50 %
En todos los casos, el candidato debe demostrar que para cada uno de los métodos de ensayo para los que busca certificación, posee al menos la mitad del tiempo exigido en la Tabla 2. c
En todos los casos, el candidato debe demostrar que para cada combinación método de END/sector para la que busca certificación, posee al menos la mitad de la experiencia requerida, que nunca debe ser inferior a un mes de duración.
d
La duración de la experiencia se puede reducir hasta en un 50 % (pero no debe ser inferior a 1 mes) cuando la certificación buscada es de aplicación limitada, por ejemplo, medición de espesor EU.
e
Hasta el 50 % de experiencia práctica se puede lograr mediante un curso práctico apropiado, cuya duración se puede ponderar por un factor máximo de siete (7). El curso se debe concentrar en soluciones prácticas sobre problemas que ocurren con frecuencia en los ensayos, incluirá un elemento significativo de ensayo de probetas con defectos conocidos, y el curso debe ser aprobado por el organismo de certificación.
f
Para la certificación Nivel 2, la intención de esta norma es que la experiencia industrial sea trabajo realizado como Nivel 1.
g
Para la certificación Nivel 3, la intención de esta norma es que la experiencia industrial sea trabajo realizado como Nivel 2. Si el individuo es calificado directamente para Nivel 3, sin tiempo en el Nivel 2, no se permite reducción en el período de experiencia especificado arriba.
a)
La calidad de la experiencia obtenida puede ser variable, y las habilidades se pueden asimilar más fácilmente en un ambiente en donde la experiencia esté concentrada y tenga un alto grado de pertinencia para la certificación buscada.
b)
Cuando se obtiene experiencia simultáneamente en dos o más métodos de END de superficies, es decir: PM, LP y EV, la experiencia obtenida en la aplicación de un método de END puede ser complementaria a la experiencia adquirida en uno o más de los otros métodos de END de superficies.
c)
La experiencia en un sector de un método de END para el cual ya se posee certificación puede ser complementaria a la experiencia adquirida en un sector diferente del mismo método de END.
d)
Es conveniente tener en cuenta el nivel y calidad de la educación que posee el candidato. Este es el caso particular del candidato para el Nivel 3, pero también puede ser aplicable a los otros niveles. La graduación de una institución de educación superior o universidad, o la realización de al menos dos años de estudios de ingeniería o ciencias en la institución de educación superior o universidad pueden brindar una justificación para reducir la experiencia. 12
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
8.
EXAMEN DE CALIFICACIÓN. CONTENIDO Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJES
8.1
GENERALIDADES
El examen de calificación debe cubrir un método de END dado como se aplica en un sector industrial, o uno o más sectores de producto. El organismo de certificación debe definir y publicar la máxima cantidad de tiempo permitida para que el candidato realice cada examen, que se debe basar en el número y dificultad de las preguntas. A manera de guía, el tiempo promedio permitido no debe ser superior a 3 min por pregunta de selección múltiple. El tiempo promedio permitido para preguntas de composición o respuestas narrativas, lo debe determinar el organismo de certificación. 8.2
CONTENIDO DEL EXAMEN. EXAMEN GENERAL PARA NIVELES 1 Y 2
8.2.1 El examen general debe incluir solamente preguntas seleccionadas en una forma no predecible, de la colección vigente de preguntas de examen general del organismo de calificación autorizado o del organismo de certificación. Como mínimo, se debe exigir al candidato que suministre las respuestas al número de preguntas de selección múltiple definido en la Tabla 3. 8.2.2 En donde no se aborda de otra manera en las reglamentaciones nacionales, debe haber un examen adicional sobre seguridad de la radiación para el método de ensayo radiográfico. 8.2.3 Los exámenes sobre el método de ensayo radiográfico deben incluir radiación X o gamma, o ambas, dependiendo del procedimiento del organismo de certificación. Tabla 3. Número de preguntas mínimo requerido. Examen general para Niveles 1 y 2 Método de END EA, CL, TI, ER, EU EF, PM, LP, ED, EV
8.3
Número de preguntas 40 30
CONTENIDO DEL EXAMEN. EXAMEN ESPECÍFICO PARA NIVELES 1 Y 2
8.3.1 El examen específico debe incluir solamente preguntas seleccionadas en una forma no predecible, de la colección vigente de preguntas de examen específicas del organismo de calificación autorizado o del organismo de certificación, relacionadas con el sector involucrado. El examen puede incluir preguntas que involucran cálculos, preguntas de códigos, normas, especificaciones y procedimientos. Se debe exigir al candidato que suministre, como mínimo, respuestas a 20 preguntas de selección múltiple, pero también se pueden incluir preguntas de composición o respuestas narrativas. 8.3.2 Si el examen específico comprende dos o más sectores, el número mínimo de preguntas debe ser 30 como mínimo, repartidas uniformemente entre los sectores involucrados. 8.4
CONTENIDO DEL EXAMEN. EXAMEN PRACTICO PARA NIVELES 1 Y 2
8.4.1 El examen práctico debe incluir la aplicación del método de END a las probetas establecidas, y el registro y para los candidatos del Nivel 2, la interpretación de la información resultante en el grado requerido, y la presentación de los resultados en el f ormato requerido. 8.4.2 El organismo de certificación debe asegurar que cada probeta está identificada en forma única y que hay un informe maestro que incluye todos los reglajes de los equipos usados para 13
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
detectar las discontinuidades específicas contenidas en la probeta. Véase el Anexo B, que presenta los requisitos para los informes maestros sobre probetas. 8.4.3 El organismo de certificación debe asegurar que cada informe maestro es una recopilación de al menos dos ensayos independientes, y que es validado por un examinador. 8.4.4 El organismo de certificación debe asegurar que las probetas son específicas para sectores, que simulan geometrías de campo y que contienen discontinuidades representativas de las que probablemente ocurran durante la fabricación o en servicio (discontinuidades inherentes, del procesamiento y en servicio). Las discontinuidades pueden ser naturales, artificiales o implantadas. Para ER, no es necesario que las probetas contengan discontinuidades, ya que éstas aparecerán en las radiografías para interpretación del Nivel 2. En forma similar, para EA, TI y ED, no es necesario que las probetas contengan discontinuidades, ya que éstas aparecerán en los grupos de datos para interpretación de Nivel 2. Véase el Anexo C para más información sobre las probetas. 8.4.5 El organismo de certificación debe asegurar que el número de áreas o volúmenes que se van a ensayar es suficiente para este nivel, el método de END y el sector involucrado, y que estas áreas o volúmenes contienen discontinuidades reportables. Véase el Anexo C para el número de áreas o volúmenes que se van a ensayar en los exámenes prácticos del Nivel 1 y el Nivel 2. 8.4.6 El candidato Nivel 1 debe seguir las instrucciones sobre END suministradas por el examinador. 8.4.7 El candidato Nivel 2 debe seleccionar la técnica de END aplicable y determinar las condiciones de operación relacionadas con un código, norma, especificación o procedimiento dado. 8.4.8 El tiempo previsto para el examen depende del número de probetas y de su complejidad. El tiempo máximo que se debería prever para cada área o volumen ensayado es a)
2 h para Nivel 1, y
b)
3 h para Nivel 2
8.4.9 Los candidatos Nivel 2 deben redactar al menos una instrucción de END adecuada para el personal Nivel 1. El tiempo máximo recomendado para esta parte del examen es 2 h. 8.5
ASIGNACIÓN DE PUNTAJES A LOS EXÁMENES. EXÁMENES PARA CALIFICACIÓN DE NIVELES 1 Y 2
8.5.1 Un examinador debe ser responsable por la asignación de puntajes a los exámenes. A los exámenes generales, específicos y prácticos se les debe asignar puntajes por separado. 8.5.2 Para aprobar el examen escrito, el candidato debe obtener un puntaje mínimo del 70% en cada una de las partes del examen. 8.5.3 Para aprobar el examen práctico, el candidato debe lograr un mínimo del 70% para cada probeta ensayada. Véase el Anexo D para orientación sobre la ponderación percentil del examen práctico.
14
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 8.6
NTC 2034 (Tercera actualización)
CONTENIDO DEL EXAMEN. NIVEL 3
La asignación de puntajes para los exámenes básicos y del método principal se debe hacer separadamente. Para poder ser elegible para la certificación, un candidato debe haber aprobado el examen básico y el del método principal. 8.7
CONTENIDO DEL EXAMEN. EXAMEN BÁSICO NIVEL 3
8.7.1 El examen básico debe incluir solamente preguntas seleccionadas en una forma no predecible, de la colección vigente de preguntas de examen básico del organismo de calificación autorizado o del organismo de certificación. Se debe exigir al candidato que suministre, como mínimo, respuestas a preguntas de selección múltiple de acuerdo con la Tabla 4. Tabla 4. Número mínimo requerido de preguntas de examen básico Parte A B C
Número de preguntas
Tema Conocimiento técnico en ciencia de los materiales, tecnología de procesos y tipos de discontinuidades. Conocimiento del sistema de calificación y certificación del organismo de certificación con base en la presente norma. Este puede ser un examen de libro abierto. Conocimiento general de al menos cuatro métodos como se exige para Nivel 2, y escogido por el candidato de los métodos que están dentro del alcance de la presente norma. Estos cuatro métodos deben incluir al menos un método volumétrico (EU o ER).
25 10 15 para cada método de ensayo (total 60)
8.7.2 El examen básico se debería aprobar primero, y permanece válido siempre y cuando el primer examen del método principal se apruebe dentro de cinco años después de aprobar el básico. 8.7.3 Para aprobar este examen, el candidato debe alcanzar un mínimo del 70 % en cada una de las tres partes (A, B y C). 8.8
CONTENIDO DEL EXAMEN. EXAMEN DEL MÉTODO PRINCIPAL PARA NIVEL 3
8.8.1 El examen del método principal debe incluir solamente preguntas seleccionadas en una forma no predecible, de la colección vigente de preguntas de examen del método principal del organismo de calificación autorizado o del organismo de certificación. Se debe exigir al candidato que suministre, como mínimo, respuestas al número de preguntas de selección múltiple de la Tabla 5. Tabla 5. Número mínimo requerido de preguntas del examen del método principal Parte
Tema
D
Conocimiento Nivel 3 relacionado con el método de ensayo. Aplicación del método END en el sector involucrado, incluidos los códigos, normas, especificaciones y procedimientos aplicables. Este puede ser un examen de libro abierto en relación con los códigos, normas, especificaciones y procedimientos. Redacción de uno o más procedimientos de END en el sector pertinente. Los códigos, normas, especificaciones y procedimientos deben estar disponibles para el candidato. Véase el Anexo E para orientación sobre la ponderación percentil del examen del procedimiento de END.
E
F
Número de preguntas 30 20
Para un candidato que ya ha redactado un procedimiento de END en un examen de Nivel 3, el organismo de certificación puede reemplazar la redacción de un procedimiento por el análisis crítico de un procedimiento de END existente que cubra el método y sector pertinente.
15
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
8.8.2 Todos los candidatos para el examen del método principal del Nivel 3 deben haber aprobado con éxito el examen práctico para el Nivel 2, se les debe haber asignado puntajes de acuerdo con el numeral 8.5.3, en el método y sector apropiado, incluida la redacción de instrucciones prácticas para el Nivel 1 (véase el numeral 8.4.9). 8.3.3 Para aprobar el examen del método principal, un candidato debe obtener un puntaje mínimo del 70 % en cada parte (D, E y F). 9.
EXAMEN DE CALIFICACIÓN. REALIZACIÓN
9.1
GENERALIDADES
9.1.1 Todos los exámenes se deben llevar a cabo en centros de examen establecidos, aprobados y monitoreados por el organismo de certificación, ya sea directamente o a través de un organismo de calificación autorizado. 9.1.2 Antes de dar inicio al examen, el candidato debe presentar al examinador o supervisor una prueba de identificación válida. 9.1.3 Cualquier candidato que durante el examen no acate las reglas del examen, o cuya conducta en éste sea fraudulenta, debe ser excluido de exámenes posteriores durante un período de un año. 9.1.4 Los exámenes deben ser aprobados por un examinador. El examen debe ser vigilado y evaluado por un examinador, o por uno o más supervisores asignados bajo la responsabilidad del examinador. 9.1.5 Un examinador debe ser responsable de asignar puntajes al examen de acuerdo con los procedimientos establecidos o aprobados por el organismo de certificación. No se debe permitir que un examinador aplique el examen a un candidato que haya entrenado para el examen, o cuyo empleador sea el mismo que el del candidato. 9.1.6 Con la aprobación del organismo de certificación, un candidato para un examen práctico puede usar su propio aparato para END. 9.2
REEXAMEN
9.2.1 Un candidato que no obtiene el puntaje aprobatorio requerido para la certificación puede ser reexaminado en cualquiera de las partes 2 veces, siempre y cuando estos reexámenes se lleven a cabo no antes de 30 días después del examen previo, y a más tardar cinco años después del examen original. El organismo de certificación puede usar su discreción para permitir un reexamen antes, en caso de que se tome entrenamiento adicional aceptable para el organismo de certificación. NOTA En este contexto, las partes del examen hacen referencia a: para los Niveles 1 y 2, los exámenes general, específico y práctico; para el examen básico del Nivel 3, las Partes A, B y C; para el examen del método principal del Nivel 3, las Partes D, E y F.
9.2.2 Un candidato que no aprueba el segundo reexamen puede solicitar el examen y debe tomarlo de acuerdo con el procedimiento establecido para los candidatos nuevos.
16
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 9.3
NTC 2034 (Tercera actualización)
EXENCIÓN DE EXÁMENES
9.3.1 A un individuo certificado para Nivel 1 ó Nivel 2 que está cambiando de sector, o que está adicionando otro sector en el mismo método de END, sólo se le debe exigir tomar los exámenes prácticos y específicos del nuevo sector para ese método. 9.3.2 Un individuo certificado para Nivel 3 que está cambiando de sector, o que está adicionando otro sector en el mismo método de END, no necesita tomar nuevamente el examen básico ni el de conocimientos para Nivel 3 relacionado con el método de ensayo (Parte D de la Tabla 5) del examen del método principal. 10.
CERTIFICACIÓN
10.1
ADMINISTRACIÓN
A un candidato que cumple todas las condiciones para la certificación, el organismo de certificación le debe expedir un certificado y/o tarjeta de bolsillo correspondiente. 10.2
CERTIFICADOS Y/O CARNET
10.2.1 Los certificados y/o carnet (identificador de bolsillo) correspondientes deben incluir al menos: a)
El nombre completo de la persona certificada.
b)
La fecha de la certificación.
c)
La fecha en la cual expira la certificación.
d)
El nivel de la certificación.
e)
El nombre del organismo de certificación.
f)
El(los) método(s) de END.
g)
El(los) sector(es) aplicables.
h)
Un número de identificación personal único.
i)
La firma del individuo certificado.
j)
Una fotografía del individuo certificado, para la tarjeta de bolsillo.
k)
Un dispositivo para impedir la falsificación de la tarjeta de bolsillo, por ejemplo, un sello seco, plastificado, etc., y
l)
La firma, en el certificado, de un representante designado del organismo de certificación.
Se puede dejar un espacio especial en el certificado o en el carnet, que presente una declaración de las limitaciones, y para la firma y el sello del empleador que autoriza al poseedor del certificado a operar y a asumir la responsabilidad por los resultados de ensayo. 17
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 10.3
NTC 2034 (Tercera actualización)
VALIDEZ
10.3.1 El período de validez no debe exceder 5 años a partir de la fecha de la certificación indicada en el certificado y/o el carnet (identificación de bolsillo). 10.3.2 La certificación se debe invalidar a)
A opción del organismo de certificación, después de revisar evidencia de comportamiento no ético.
b)
Si el individuo no cumple los requisitos de agudeza visual del numeral 7.2.1 a).
c)
Si ocurre una interrupción significativa en el trabajo del individuo dentro del alcance del certificado, hasta tanto el individuo cumpla los requisitos para la recertificación, o
d)
Si el individuo no aprueba la recertificación, hasta el momento en que el individuo cumpla los requisitos para la recertificación o la certificación inicial.
10.4
RENOVACIÓN
10.4.1 Antes de que finalice el primer período de validez, el organismo de certificación puede renovar la certificación por un nuevo período de duración similar, siempre y cuando el poseedor del certificado suministre evidencia documental de: a)
Cumplimiento satisfactorio, durante los 12 meses precedentes, de los requisitos de visión del numeral 7.2.1 a), y
b)
Actividad laboral continua y satisfactoria, pertinente a la certificación, sin interrupción significativa.
10.4.2 Si no se cumple el criterio del numeral 10.4.1 b), el individuo debe seguir las mismas reglas que para la recertificación (véase el numeral 10.5). 10.5
RECERTIFICACIÓN
10.5.1 Generalidades Antes de finalizar cada segundo período de validez, o al menos cada diez años, el individuo certificado se puede recertificar por el organismo de certificación durante un período similar, siempre que el individuo cumpla el criterio del numeral 10.4.1 a) para la renovación y cumpla las siguientes condiciones, según sea aplicable: 10.5.2 Niveles 1 y 2 El individuo debe completar con éxito un examen práctico que evalúa la competencia regular para realizar el trabajo dentro del alcance del certificado, de acuerdo con lo siguiente: a)
Véase el Anexo D para orientación sobre los temas que se van a tratar y la ponderación percentil en el examen práctico. Si el individuo no logra un puntaje de al menos el 70 % de cada probeta ensayada, se deben permitir dos reensayos del examen de recertificación en un período de 12 meses luego de la primera presentación del examen de recertificación.
18
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA b)
NTC 2034 (Tercera actualización)
En caso de no aprobar los dos reexámenes permisibles, el individuo no se debe recertificar y para obtener nuevamente la certificación en ese nivel, sector y método, debe solicitar una nueva certificación. Si el individuo tiene una certificación válida en un sector diferente con el mismo método, se permitirá eximirlo del examen general.
10.5.3 Nivel 3 10.5.3.1 El individuo debe brindar evidencia continua de calificación confirmada mediante: a)
Cumplimiento de los requisitos del Nivel 2 del numeral 10.5.2 para un examen práctico, al igual que los requisitos del Nivel 3 del numeral 10.5.3.2 para un examen escrito, o
b)
Cumplimiento de los requisitos del numeral 10.5.3.3 para un sistema estructurado en créditos (si este sistema está disponible en el esquema de certificación).
Para la recertificación, el individuo puede decidir entre el examen y el sistema de créditos. Si se escoge el sistema de créditos y se requiere presentar los documentos del empleador o acceso a las instalaciones de éste, el individuo debe suministrar al organismo de certificación una declaración escrita de aprobación del empleador. 10.5.3.2 Cumplimiento exitoso de un examen escrito administrado por el organismo de certificación. a)
El individuo debe presentar con éxito un examen que incluya mínimo 20 preguntas sobre la aplicación del método de ensayo en el(los) sector(es) involucrados, en el que demuestre comprensión de las normas, códigos o especificaciones actuales, y la tecnología aplicada. Si el individuo no logra alcanzar un puntaje mínimo de un 70 % en el examen de recertificación, se deben permitir máximo dos reensayos del examen de recertificación. El período de tiempo dentro del cual se deben tomar los ensayos debe ser 12 meses, a menos que el organismo de certificación otorgue una extensión.
b)
En caso de no aprobar los dos reensayos permisibles, el individuo no se debe recertificar, y para obtener nuevamente la certificación para ese sector y método se debe exigir la aprobación del examen del método principal apropiado.
10.5.3.3 Cumplimiento exitoso de los requisitos de un sistema estructurado en créditos ofrecido por el organismo de certificación, de acuerdo con el Anexo F. Un individuo que solicita tomar el sistema de créditos pero no cumple los requisitos para esto, se debe recertificar de acuerdo con el numeral 10.5.3.1 a). En caso de fallar en el primer intento de recertificación mediante examen, sólo se debe permitir un reensayo del examen de recertificación, en un período de 12 meses desde la fecha de solicitud de recertificación por el sistema estructurado en créditos. 11.
ARCHIVOS
11.1 El organismo de certificación o sus organismos de calificación autorizados son los responsables de mantener: a)
Una lista actualizada de todos los individuos certificados clasificados de acuerdo con el nivel, método de END y sector.
b)
Un archivo separado para cada candidato que no haya sido certificado, al menos durante 5 años desde la fecha de la solicitud, y
19
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA c)
NTC 2034 (Tercera actualización)
Archivo(s) separado(s) para cada individuo certificado y para cada individuo cuya certificación haya expirado, que contenga(n) -
Formatos de solicitud.
-
Documentos de examen tales como cuestionarios, respuestas, descripción de probetas, registros, resultados de ensayos, procedimientos escritos y hojas de puntajes.
-
Documentos de renovación y certificación, incluida evidencia de agudeza visual y actividad continua, y
-
Las razones para cualquier cancelación del certificado.
11.2 Los archivos se deben mantener en condiciones adecuadas de seguridad y confidencialidad durante el tiempo de validez del certificado, y al menos durante un ciclo de certificación completo después del período de expiración de la certificación. 12.
INTRODUCCIÓN DE NUEVOS MÉTODOS O SECTORES
12.1 Para un nuevo esquema de certificación o cuando se agrega un nuevo método de END o sector a un esquema de certificación existente, el organismo de certificación puede nombrar temporalmente, durante un período que no exceda tres años desde la fecha de implementación del nuevo esquema o método/sector, personal debidamente calificado como examinadores para el propósito de conducir, supervisar y calificar exámenes. El período de implementación de los 3 años no se debe usar por el organismo de certificación como un medio para certificación candidatos que no cumplen todos los requisitos de calificación y certificación de la presente norma. 12.2
El personal debidamente calificado debe:
a)
Tener el conocimiento de los principios de END y la relación de conocimiento específico con el sector de la industria.
b)
Tener la experiencia industrial de la aplicación del método de END.
c)
Tener la capacidad de realizar exámenes, y
d)
Estar en capacidad de interpretar el cuestionario y los resultados de los exámenes.
12.3 A partir de dos años de la fecha de nombramiento, estos examinadores deben haber obtenido la certificación mediante el cumplimiento de requisitos para la recertificación dados en el numeral 10.5.3.1 a).
20
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización) ANEXO A (Informativo) SECTORES
Cuando se crea un sector, el organismo de certificación puede normalizar de acuerdo con la siguiente lista. Esto no excluye el desarrollo de sectores adicionales para satisfacer necesidades nacionales. a)
Sectores de producto
Comprenden lo siguiente:
b)
1)
Piezas fundidas (materiales ferrosos y no ferrosos).
2)
Piezas forjadas (todo tipo de piezas forjadas: materiales ferrosos y no ferrosos).
3)
Soldaduras (todo tipo de soldaduras, incluida soldadura blanda, para materiales ferrosos y no ferrosos).
4)
Tubos y tubería (sin costura, soldados, materiales ferrosos y no ferrosos, incluidos productos planos para la fabricación de tubos soldados).
5)
Productos trabajados piezas forjadas (placas, barras, varillas).
Sectores industriales Combinación de varios sectores de producto, incluidos algunos productos o materiales definidos, o todos (por ejemplo, materiales ferrosos y no ferrosos, o materiales no metálicos, tales como cerámica, plásticos y compuestos): 1)
Manufactura.
2)
Ensayo previo y durante el servicio, que incluye la manufactura.
3)
Mantenimiento de vías férreas.
4)
Sector aeroespacial.
Cuando se crea un sector industrial, el organismo de certificación debe definir con precisión en su documentación publicada, los productos cubiertos. Un individuo certificado en un sector industrial se puede considerar como poseedor de una certificación en los sectores de producto individuales de los que se compone el sector industrial. La certificación del sector industrial puede estar disponible en todos los tres niveles de competencia en todos los métodos de END, o puede estar limitada a métodos o niveles particulares. Independientemente de lo que se disponga, el alcance de la certificación se debería definir en el certificado.
21
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización) ANEXO B (Normativo)
INFORME MAESTRO DE LA PROBETA Un examinador debe recopilar y validar cada informe maestro de las probetas, de al menos dos informes independientes, de los ensayos realizados por personal Nivel 2 ó Nivel 3 certificado apropiadamente y que posea al menos dos años de experiencia en la aplicación del método de END para el cual se va a usar la probeta. Los informes de ensayo independientes a partir de los cuales se recopila el informe maestro, se deben conservar como registros. No es necesario que el informe maestro vaya firmado por las personas que realizan los ensayos independientes ya que se conservarán los informes, pero el informe maestro debe ir fechado y firmado por un examinador. El informe debe contener al menos la siguiente información: a)
Nombre y logo del organismo de certificación.
b)
Número de identificación de la probeta.
c)
Tipo de producto.
d)
Material.
e)
Dimensiones.
f)
Para uso con métodos/técnicas de END especificadas.
g)
Procedimiento de END (aparato, calibración/reglaje, condiciones de operación).
h)
Discontinuidades contenidas.
i)
Discontinuidades que debe informar el candidato (obligatorio).
j)
Recopilado de ensayos independientes realizados por (identificación del personal de ensayo).
k)
Validación por el examinador (nombre, firma, número de identificación personal única expedido por el organismo de certificación), en la fecha____.
22
PROYECTO DE NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización)
DE 020/05
ANEXO C (Normativo) PROBETAS NIVEL 1 Y NIVEL 2 Número mínimo y tipo de probetas Nivel 1 y Nivel 2 para el examen práctico Método/Nivel Sector de producto EU1 EU2 ER1 ER2 CE1 CE2 PM1 PM2 LP1 LP2 EF1 EF2 EV1 EV2 EA1 EA2 ED1 ED2 TI1 TI2 Piezas 2 2 2 2+12rs 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 1 1+2cd 1 2 1+2cd 1+2cd fundidas Piezas 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 1 1+2cd 1 2 1+2cd 1+2cd forjadas Piezas 2 2 2 2+12rs 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 1 1+2cd 1 2 1+2cd 1+2cd soldadas Tubos y 2 2 2 2+12rs 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 1 1+2cd 1 2 1+2cd 1+2cd tuberías Productos 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 1 1+2cd 1 2 1+2cd 1+2cd elaborados* En donde el examen exige el ensayo de más de un área o volumen, la segunda o cualquier área o volumen siguiente debe ser de naturaleza diferente de los ensayados previamente, por ejemplo, forma del producto, especificación del material, forma, tamaño y tipo de discontinuidad. Para un examen ER, los candidatos para Nivel 1 y 2 deben radiografiar al menos dos volúmenes, excepto para los candidatos para Nivel 2 que tienen la certificación de Nivel 1, en donde se debe radiografiar al menos 1 volumen. Para un examen EF que involucra cambio de presión y gas trazador, se debe ensayar al menos un volumen para cada uno. Para exámenes EA, las discontinuidades se pueden reemplazar por fuentes artificiales. El candidato Nivel 1 debe demostrar su capacidad para instalar los equipos, verificar su sensibilidad y registrar los datos de los ensayos. El candidato Nivel 2 también debe demostrar su capacidad para interpretar y evaluar al menos dos grupos de datos de ensayo previamente registrados. Sectores industriales (que incluyen dos o más productos) El examen práctico debe incluir mínimo tres ensayos de áreas o volúmenes separados. Las probetas ensayadas deben ser representativas de todos los productos, o el examinador los debe seleccionar aleatoriamente de la gama de productos que conforman el sector. Para la interpretación de películas radiográficas, el número de radiografías interpretadas no debe ser inferior a ocho para cada sector de producto pertinente cubierto por un sector industrial. NOTA Para orientación sobre las probetas, véase [3] en la bibliografía. rs radiografías cd conjuntos de datos
23
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización) ANEXO D (Informativo)
PONDERACIÓN DE LOS EXÁMENES PRÁCTICOS PARA NIVELES 1 y 2 Guía sobre ponderación percentil Tema Parte 1: Conocimiento del aparato de END a) Chequeos funcionales y control del sistema b) Verificación del reglaje Total Parte 2: aplicación del método de END a) Preparación de la probeta (por ejemplo: condición de la superficie), incluido el examen visual b) Para el Nivel 2, la selección de la técnica de END y la determinación de las condiciones de operación c) Montaje del aparato de END d) Desempeño del ensayo e) Procedimientos post-ensayo (por ejemplo, desmagnetización, limpieza, preservación) Total Parte 3: Detección de discontinuidades y presentación de informes a a) Detección de discontinuidades que se deben reportar obligatoriamente b) Caracterización (tipo, posición, orientación, dimensiones aparentes, etc.) c) Evaluación del Nivel 2 contra los criterios del código, norma, especificación o procedimiento d) Producción del informe de ensayo Total Parte 4: Redacción de la instrucción de END (candidatos Nivel 2) b a) Prólogo (alcance, documentos de referencia), estatus y autorización. b) Personal
Nivel 1 %
Nivel 2 %
10 10 20
5 5 10
5
2
N/A 15 10 5 35
7 5 5 1 20
20 15
15 15
N/A 10 45
15 10 55 1 1
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización) ANEXO D (Informativo)
PONDERACIÓN DE LOS EXÁMENES PRÁCTICOS PARA NIVELES 1 y 2 Guía sobre ponderación percentil Nivel 1 %
Tema
Nivel 2 %
Parte 1: Conocimiento del aparato de END a) Chequeos funcionales y control del sistema 10 5 b) Verificación del reglaje 10 5 Total 20 10 Parte 2: aplicación del método de END a) Preparación de la probeta (por ejemplo: condición de la superficie), incluido el examen visual 5 2 b) Para el Nivel 2, la selección de la técnica de END y la determinación de las condiciones de operación N/A 7 c) Montaje del aparato de END 15 5 d) Desempeño del ensayo 10 5 e) Procedimientos post-ensayo (por ejemplo, desmagnetización, limpieza, preservación) 5 1 Total 35 20 Parte 3: Detección de discontinuidades y presentación de informes a a) Detección de discontinuidades que se deben reportar obligatoriamente 20 15 b) Caracterización (tipo, posición, orientación, dimensiones aparentes, etc.) 15 15 c) Evaluación del Nivel 2 contra los criterios del código, norma, especificación o procedimiento N/A 15 d) Producción del informe de ensayo 10 10 Total 45 55 b Parte 4: Redacción de la instrucción de END (candidatos Nivel 2) a) Prólogo (alcance, documentos de referencia), estatus y autorización. 1 b) Personal 1 c) Aparatos por usar, incluidos los reglajes 3 d) Producto (descripción o dibujo, incluidos el área de interés y el propósito del ensayo) 2 e) Condiciones de ensayo, incluida la preparación para el ensayo 2 f) Instrucciones detalladas para la aplicación del ensayo 3 g) Registro y clasificación de los resultados del ensayo 2 h) Reporte de los resultados 1 Totalc 15 Puntaje general para el examen práctico de la probeta 100 100 a A un candidato que no reporta una discontinuidad especificada en el informe maestro de la probeta como “se debe reportar con carácter obligatorio” cuando se realiza el ensayo en las condiciones especificadas en el informe maestro, no se le conceden puntajes para la parte 3 del examen práctico relacionado con la probeta ensayada. b
El candidato Nivel 2 debe elaborar una instrucción de END adecuada para personal Nivel 1, para una probeta seleccionada por el examinador. Cuando el candidato para Nivel 2 está ensayando una probeta para el cual no se requiere instrucción de END, el puntaje se calcula como un porcentaje de las 85 marcas restantes.
c
Para aprobar, el candidato debería alcanzar no menos del 70 % en la parte de redacción de instrucciones de END, es decir, 10,5 marcas de las 15,0 marcas permitidas.
24
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización) ANEXO E (Informativo)
PONDERACIÓN DEL EXAMEN DEL PROCEDIMIENTO PARA END NIVEL 3 Guía sobre ponderación percentil Tema Parte 1: Generalidades a) Alcance (campo de aplicación, producto)
% máx. 2
b) Control de documentos
2
c) Referencias normativas e información complementaria
4
Subtotal Parte 2: Personal de END Parte 3: Material requerido para realizar el ensayo a) Equipo de END principal (incluye la definición del estatus de calibración y las verificaciones de utilidad preensayo) b) Equipo auxiliar (bloques de referencia y de calibración, elementos consumibles, equipo de medición, ayudas visuales, etc.) Subtotal Parte 4: Probeta de ensayo a) Condición física y preparación de la superficie (temperatura, acceso, remoción de los recubrimientos de protección, aspereza, etc.).
8 2 10 10 20 1
b) Descripción del área o volumen por ensayar, incluidos los datos de referencia
1
c) Discontinuidades buscadas
3
Subtotal Parte 5: Desempeño del ensayo a) Método(s) de END y técnica(s) por usar
5 10
b) Montaje del aparato
10
c) Realización del ensayo (incluida referencia a instrucciones de END)
10
d) Caracterización de las discontinuidades
10
Subtotal Parte 6: Criterios de aceptación Parte 7: Procedimiento post-ensayo a) Disposición del producto no conforme (etiquetado, segregación) b) Restauración de recubrimientos de protección (en donde se requiere) Subtotal Parte 8: Producción del informe de ensayo Parte 9: Presentación general Total
40 7 2 1 3 5 10 100
25
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización) ANEXO F (Normativo)
SISTEMA ESTRUCTURADO EN CRÉDITOS PARA RECERTIFICACIÓN NIVEL 3 En este sistema el candidato Nivel 3 ganará créditos por participación, durante 5 años previo a la recertificación, en las varias actividades de END mostradas a continuación. Los límites son colocados sobre el máximo número de puntos que pueden ser ganados por año y en cada actividad durante los 5 años, para garantizar una distribución de actividades.
Numeral
Actividad
Puntos acordados para cada elemento (o función)
Puntos máximos por año, por elemento
Puntos mínimos por período de 5 años, por elemento
Puntos máximos por período de 5 años, por elemento
1
Membresía en una sociedad de END, asistencia a seminarios, simposios, conferencias y/o cursos que cubren 1 3 10 END y ciencias y tecnologías relacionadas 2.1 Participación y contribución en reuniones de grupos o comités de 1 8 20 trabajo relacionados con END 2.2 Coordinación de reuniones de grupos o comités de trabajo relacionados con 1 8 20 END 3 Contribuciones técnicas/científicas o 3 6 30 investigaciones relacionadas con END 4 Suministrar entrenamiento de END (por 2 h) y/o exámenes de END (por 1 10 30 examen) 5 Responsabilidad dentro de una instalación de END, centro de entrenamiento de END o instalación 10 10 50 de examen de END (para cada año completo) 6 Desarrollo profesional con un 10 20 20a 30 componente de examen Para ser elegible para recertificación se debe acumular un mínimo de 70 puntos durante los cinco años de validez del certificado, mientras que se debe aceptar un máximo de 25 puntos por año. Además de la solicitud de recertificación, el candidato debe presentar evidencia de que se satisfacen los criterios presentados en esta tabla, como sigue. -
Evidencia verificable de membresía en una sociedad de END, o de asistencia a un evento pertinente descrito en el numeral 1.
-
La agenda y una lista de asistentes a las reuniones, para los numerales 2.1 y 2.2.
-
Una breve descripción de la investigación y desarrollo y/o una copia de la publicación técnica o científica, para el numeral 3. Si hay más de un autor, el autor líder debe definir los puntos para los otros autores.
-
Un resumen del entrenamiento suministrado y de los exámenes aplicados, para el numeral 4.
-
Para cada certificado, evidencia de actividad laboral por año, para el numeral 5.
-
Para cada certificado, evidencia documental de un ensayo práctico exitoso, para el numeral 6. El componente de examen consta de ensayos prácticos exitosos de una probeta pertinente en un centro de examen aprobado por el organismo de certificación. Se pueden otorgar 10 puntos por probeta ensayada con éxito.
a
No es aplicable cuando el poseedor del certificado para Nivel 3 posee simultáneamente un certificado para Nivel 2 con el mismo alcance.
26
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización) ANEXO G (Informativo) EDUCACIÓN
1.
2.
3.
Los candidatos para certificación de Nivel 1 preferiblemente deberían tener: a)
Titulo técnico o universitario en ingeniería metalúrgica, mecánica o afines.
b)
En caso de no acreditar el titulo de ingeniería metalúrgica, mecánica o afines y sea profesional universitario o técnico en otro ramo, podrá convalidarse con tres años de experiencia a nivel técnico, específica en actividades de ejecución de trabajos de END, pruebas, evaluación de materiales y procesos industriales o afines
Los candidatos para certificación de Nivel 2 preferiblemente deberían tener: a)
Titulo en ingeniería metalúrgica, mecánica o afines con habilidades relacionada en coordinación de proyectos, soldadura, END, materiales, control de la producción.
b)
En caso de no acreditar el titulo de ingeniería metalúrgica, mecánica o afines podrá convalidarse con tres años de experiencia profesional o técnica, específica en actividades de control de trabajos en inspección y ensayos, control metrológico, análisis y diagnóstico, supervisión de trabajos en el área de pruebas, evaluación de materiales y procesos industriales o afines.
Los candidatos para certificación de Nivel 3 preferiblemente deberían tener: a)
Sumatoria de los requisitos de Nivel 1 y Nivel 2
27
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 2034 (Tercera actualización) BIBLIOGRAFÍA
[1]
ANSI/ASNT CP-189-2001, American National Standard for Qualification and Certification of Non-destructive Testing Personnel, Appendix B, Training Outlines and References. American Society for Non-destructive Testing Inc., P.O Box 28518, Columbus, OH 432280518 USA, Tel.; (+1) 614-274-6003, Fax. (+1) 614-274-6899
[2]
IAEA-TECDOC628/Rev.1:2002,
[3]
EFNDT/S/O2, Specification for Practical Examination Specimens. European Certification
Training Guidelines in Non-destructive Testing Techniques. INIS Clearinghouse, International Atomic Energy Agency. P.O Box 100, Wagramer Strasse 5, A-14 Vienna, Austria. Tel.: (+43) 1 2600 22880 ó 222866, Fax.: 1 2600 29882; e-mail
[email protected]
Process (ECP) document, issue 1 rev. E 23, September 2001. European Federation for Non-Destructive Testing (EFNDT) Secretariat at BINDT, 1 Spencer Parade, NN11 5AA Northampton (United Kingdom. e-mail:
[email protected]; web: http://www.bindt.org
28