Normograma Legislacion en Seguridad y Salud en El Trabajo

August 20, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Legislación en Seguridad y salud en el Trabajo Unidad 2  Actividad 3 Normograma

Presenta: Carlos Arturo Martínez García ID 709357

TUTOR: Jureydy Katerine Arevalo Coronel

Corporación Universitaria Minuto De Dios Centro Tutorial Ocaña 2019 II

 

 

NORMA

TIPO DE NORMA

FECHA DE EXPEDICIÓN

Ley 9/79

Título III Salud Ocupacional

Enero 24 de 1.979

Resolución 2400/79

Título I Disposiciones generales Título II De los inmuebles destinados a establecimientos de trabajo Título IV De la ropa de trabajo equipos y elementos de protección

Mayo 22 de 1.979

RESEÑA

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR * Proporcionar y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad. * Registrar y notificar los accidentes y enfermedades ocurridos en los sitios de trabajo.

OBLIGACIONES DEL EMPLEADO

*Cumplir las disposiciones de la presente Ley y sus Establece la obligatoriedad de los reglamentaciones. empleadores en relación con sus *Usar y mantener trabajadores en cuanto a las adecuadamente los condiciones de higiene, Seguridad dispositivos para control de y Salud en el Trabajo y prevención riesgos y equipos de de riesgos. protección personal y conservar en orden y aseo los * Realizar programas educativos lugares de trabajo. de prevención y control sobre * Colaborar y participar en la los riesgos para la salud a que implantación y mantenimiento estén expuestos los de las medidas de prevención trabajadores. de riesgos. * Proveer y mantener el medio * Utilizar y mantener ambiente ocupacional en adecuadamente las adecuadas condiciones instalaciones de la Empresa, Busca mejorar las condiciones de de higiene y seguridad los elementos de trabajo, los higiene y bienestar de los * Elaboración del dispositivos para control de trabajadores en sus diferentes Reglamento de Higiene y riesgos y los equipos de actividades, estableciendo Seguridad protección personal. obligaciones de los patronos y * Suministrar instrucción * Dar aviso inmediato a sus trabajadores; con el mismo fin adecuada a los trabajadores superiores sobre la existencia nombra los equipos y elementos de antes de que se inicie de fallas en las instalaciones, protección que deben tener todos cualquier ocupación, sobre los maquinarias, procesos. los establecimientos de trabajo y riesgos y peligros que puedan * Abstenerse de operar sin la sus miembros, según el riesgo al afectarles. debida autorización vehículos, que estén expuestos. * Los patronos suministran al maquinarias o trabajador ropa adecuada según equipos distintos a los que les el riesgo a que estén expuestos. han sido asignados.

 

 

* Propiciar la elección de los representantes de los

Por la cual se

Resolución 2013/86 

reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.

Junio 06 de 1.986

Contiene toda la información sobre la organización y funcionamiento de los comités paritarios de salud ocupacional (COPASO).

trabajadores al Comité. * Designar sus representantes al Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial. * Proporcionar los medios necesarios para el normal desempeño de las funciones del Comité. *Pagar la totalidad de la

Decreto 1295/94

Ley 1562/12 

Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.

Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.

Junio 22 de 1.994

Julio 11 de 2.012

* Elegir libremente sus representantes al Comité de Medicina, Higiene y Seguridad en el trabajo. * Informar al Comité de las situaciones de riesgo que se presenten y manifestar sus sugerencias para el mejoramiento de SO. * Cumplir con las normas de medicina, higiene y seguridad en el trabajo. * Suministrar información

Determina las disposiciones generales del SGRP; mencionando tipo de afiliación y cotización según su clasificación por las actividades que desempeñan, prestaciones en caso de incapacidades, pensiones, auxilios en caso de muerte, y prevención y promoción del SGRP.

cotización de los trabajadores a su servicio. *Programar ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de SO de la empresa. * Notificar los AT y EP. * Informar a la entidad administradora el ingreso, cambios, vinculaciones y retiros del trabajador.

clara, veraz y completa sobre su estado de salud. * Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de SO de la empresa. * Procurar el cuidado integral de su salud.

Modifica el sistema de riesgos laborales, especificando normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

* Implementar programas de promoción de la salud y prevención de accidentes y enfermedades. * Asumir los riesgos laborales de sus trabajadores en caso de mora en el pago de las primas o cotizaciones obligatorias.

* Debe asistir periódicamente a las actividades de los programas de promoción y prevención.

 

 

Obliga a las instituciones

Decreto 55/15

Decreto 723/15 

Por el cual se reglamenta la afiliación de estudiantes al Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones.

Por el cual se reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones.

Enero 14 de 2.015

Abril 15 de 2.013

educativas o universidades que reúnan ciertos requisitos para afiliar a los estudiantes al Sistema de Riesgos Laborales, quedando protegidos contra accidentes o enfermedades causados por la práctica.

Establece reglas para llevar a cabo la afiliación, cobertura y el pago de aportes en el Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, tales como contratos civiles, comerciales o administrativos y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo.

* Incluir al estudiante en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

* Procurar el cuidado integral de su salud.

* Informar los accidentes y las enfermedades ocurridos con ocasión de la práctica o actividades. * Capacitar al estudiante sobre las actividades que va a desarrollar, y explicarle los riesgos a los que va a estar expuesto dando medidas de prevención y control para

* Dar cumplimiento a las recomendaciones en materia de prevención. * Utilizar los elementos de protección personal. * Informar la ocurrencia de incidentes, accidentes o de enfermedades causadas por la

mitigarlos. práctica o actividad. * Reportar a la Administradora * Procurar el cuidado integral de Riesgos Laborales los AT y EL. de su salud. * Investigar todos los * Contar con los elementos de incidentes y accidentes de protección personal trabajo. necesarios. * Realizar actividades de * Informar a los contratantes prevención y promoción. la ocurrencia de incidentes, AT * Permitir la participación del y EL. contratista en las capacitaciones * Participar en las actividades que realice el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. * Adoptar los mecanismos necesarios para realizar el pago anticipado de la cotización, cuando el pago del aporte esté a su cargo.

de Prevención y Promoción. * Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del SG-SST. * Informar oportunamente a los contratantes toda novedad derivada del contrato.

 

 

Por el cual se adiciona al capítulo 2 del título 4 de la parte 2 del libro 2 del

Decreto 1563/16 

Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, una sección 5 por medio de la cual se reglamenta la afiliación voluntaria al sistema general de riesgos laborales y se dictan otras

* Diligenciar el formulario de afiliación a la administradora de riesgos laborales.

Septiembre 30 de 2.016

* Verificar el pago oportuno de aportes correspondientes a la actividad del trabajador.

Aborda temas como la jornada de trabajo suplementario, las vacaciones, los riesgos laborales,  juntas de calificación calificación de inval invalidez, idez, entre otros. Este decreto aplica para las

* Dar a conocer al trabajador, con quince (15) días de anticipación, la fecha en que le concederá las vacaciones. * Elaborar los programas que deban realizarse para cumplir con lo previsto en el artículo 21 de la Ley 50 de 1990. * Los empleadores están

* Asistir a las actividades programadas por el empleador. * Dar uso a la respectiva dotación entregada por el empleador. *Informar cualquier eventualidad que pueda

obligados a efectuar la liquidación y pago de cesantías (o interese de las mismas). * Cumplir con la obligación dispuesta en el artículo 31 de la Ley 1636 de 2013, registrando sus vacantes en el Servicio Público de Empleo.

afectar o generar cambios para el empleador: “En el evento en que el trabajador cuente con más de una relación laboral deberá informar a sus empleadores para incrementar el aporte a seguridad social” 

disposiciones.

Decreto 1072/15

Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

Mayo 26 de 2.015

* Practicarse un examen preocupacional y anexar el certificado respectivo al formulario de afiliación a la administradora de riesgos laborales. * Pagar los aportes al sistema a través de la planilla integrada de liquidación de aportes — PILA.

Establece disposiciones generales de afiliación voluntaria y pago de aportes al sistema general de riesgos laborales.

entidades del sector trabajo, así como las relaciones jurídicas derivadas de los vínculos laborales y a las personas naturales o  jurídicas que en el ellas las intervi intervienen. enen.

 

 

Directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el SG-SST, que deben ser aplicadas

Decreto 1443/14

Decreto 472/15 

Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

Por el cual se reglamentan los criterios de graduación de las multas por infracción a las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, se señalan normas para la aplicación de la orden de clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo de la empresa y paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas y se dictan otras disposiciones.

Julio 31 de 2.014

* Definir, firmar y divulgar la política de SST.

por todos los empleadores públicos * Asignar, documentar y y privados, los contratantes de comunicar las responsabilidades específicas en SST a todos los personal bajo modalidad de niveles de la organización, contrato civil, comercial o incluida la alta dirección. administrativo, las empresas de * Debe diseñar y desarrollar un servicios temporales, los plan de trabajo anual para trabajadores dependientes, alcanzar cada uno de los contratistas, trabajadores objetivos propuestos en el cooperados y los trabajadores en SG-SST. misión.

* Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud. * Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del SG –SST de la empresa. * Informar oportunamente al empleador acerca de los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo. * Participar en las actividades de capacitación en SST definido en el plan de capacitación del SG –SST.

Marzo 17 de 2.015

Reglamenta los aspectos concernientes a las multas y sanciones que puede acarrear un empleador por desconocimiento e infracción de las normas de seguridad y salud en el trabajo y riesgos laborales.

* Reportar los accidentes graves y mortales, así como las enfermedades diagnosticadas como laborales, directamente a la Dirección Territorial u Oficinas Especiales correspondientes, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al evento.

 

 

Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión Resolución 1111/17

Resolución 652/12 

Resolución 1356/12

de Seguridad y Salud en el Trabajo para empleadores y contratantes.

Por la cual se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones.

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 652 de 2012.

* Asesorar, capacitar y colaborar con el diseño e implementación del SG –SST.

* Participar en las diferentes actividades con relación a la implementación del SG –SST y en el cumplimiento de los Estándares Mínimos de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Establece disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la

* Verificar, constatar y tener documentado el cumplimiento de los Estándares Mínimos establecidos en la presente resolución * Conformar un comité de convivencia laboral según criterios establecidos en esta resolución. * Promover un excelente

exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.

ambiente de convivencia laboral. * Respaldar la d dignidad ignidad e integridad de las personas en el trabajo.

Modifica los artículos artículos 3, 4, 9 y 14 de la Resolución 652 de 2012 (conformación, periodicidad reuniones del Comité, plazo de implementación de disposiciones contenidas). Comité de convivencia laboral (CCL).

* Designar directamente a sus representantes. * Contar con competencias actitudinales y comportamentales, tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética; así mismo habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos.

Requisitos mínimos en el Sistema Marzo 27 de 2.017

Abril 30 de 2.012

Julio 18 de 2.012

de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para empleadores y contratantes.

* Informar todo acto que afecte su integridad moral, el cual provenga de parte de sus compañeros de trabajo.

* Presentar las quejas por hechos que presuntamente constituyan conductas de acoso laboral ante el Inspector de Trabajo de la Dirección Territorial donde ocurrieron los hechos.

 

 

Referencias bibliográficas U. Minuto de D. ( / ). MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS APLICABLES. Tomado mayo 28, 2018, de http://www.uniminuto.edu/documents/1722904/1974132/Matriz legal/829ac1ab-9b2d-4b4c-9d1f-f8a3fa241eca

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