Normativa #125
November 22, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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S' scri pción seraestral'¡ l]5$ 2O0.+, lVA para ia ciudad de Quito
u5$ 225 +'IVA'para el,'res c,del'pail lmpreso en Editora Nacional
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40 páginas ww,w ; registrof icial.go,b,ec Al', serr¡icio' del"País
desde el le de iulio de 1895
'
L \S
\ORMAS PARA E[, h{AI{EJG
FOREST'AI- SGSTENTffiLE DE l,os BOSQUES
Edición Especial N' 272
-
Lunes 23 de febrero de 2015
Registro Oficial
diferencias
Que, el objetivo 7 del Plan Nacional del Buen Vivir 20132017, dentro de sus politicas y lineamientos estratégicos se encuentra ei numeral 7.3 donde establece el consolidar la gestión sostenible de los bosques, enmarcada en el modelo
en variables climáticas (temperatura, y en características del suelo (Físicas,
precipitación) qr-rímicas
y biológicas).
Están sujetos a 1as presentes normas, todas las personas naturales o jurídicas dedicadas a actividades de manejo iorestal sosten'ible de bosques nativos húmedos.
En ejercicio de las atribuciones que confiere el nuleral del Artículo 1-54 de la Constitución de la Repúiblica de1 Ecuador y el ar1ícu1o l7 del Estatr-rto del Régimen Jurídioo Administrativo de la Función Ejecutiva;
competentede1 para La autoridad en calidad la aplicación Anibiente -{rt. 3.- acuerdo presente es el Ministerio
Acuerda:
DE LOS nbqUrstros rlru. FORESTAL SOSTENIBLE MANEJO EL
gobernanza forestal,
agroforestería y silvicultura con perspectiva paisajística en los planes de manejo y gestión de los recursos forestales maderables y no maderables; y,
de1
1
de Autoridad Nacional Forestal.
CAPÍTULO
EXPEDIR LAS NORMAS PARA EL MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE DE LOS BOSQUES HÚMEDOS
.A.rt. 4.-
I
Plan tle Manejo Integral y Programa de Manejo Forestal Sustentable, para cualquier tamaño de superlicie;
b)
Programa
para Simplificado, Manejo del bosque, superficie deForestal tamaño cualquier de
opcionalmente cuando:
Del Objeto, Ámbito y de la Autoridad Competente
- Se trate de un solo predio Y, - El manejo forestal, se realizará con arastre
Art. 1.- El presente Acuerdo N4inisterial tiene por objeto regular el manejo forestal de 1os bosques húmedos, utilizando 1os principios. criterios e indicadores establecidos para fomentar el manejo forestal sostenible.
c) Plan de Manejo Integral y Programa de Corta pata Zona
de Conversión Legal, cuando, se solicita para usos de subsistencia, una autorización para cambiar el uso lorestal de áreas con bosque nativo. a otros usos.
y aspectos de1 paisaje y que está orientado a la
obtención de beneficios de variados productos, bienes y
Art. 5.- Para cumplir con los procedimientos y requerimientos previo a la aprobación de 1os planes y programas, emisión de licencias de aprovechamiento
servicios, con el fin de mejorar las condiciones y ia calidad de vida cle las personas sin poner en riesgo la satisfacción de 1as mismas y de las generaciones futuras.
forestal, expedición y emisión de guías de circulación y otras acciones vinculadas con la administración forestal'
Dos aspectos guiarán las intervenciones silviculturales:
deberá observarse 1o previsto en las nonnas de procedimientos administrativos que para autorizar el aprovechamiento y 1a corta de madera, que emita el Ministerio de1 Ambiente y, las demás noÍnas específicas, en cumplimiento de 1a Ley Forestal y de Conser"ación de
a) Resiliencia.- La capacidad de1 bosque de absorber cambios y persistir a pesar de ellos; y,
b) Estabilidad.-
La capacidad de volver a un estado de equilibrio después de una perturbación ternporal.
Áreas Naturales
.
a 18oC), y pueden variar por
demás nonnativa
CAPÍTULO II
Plan de Manejo Integral
siguiente:
promedio anual superior
y Vida Silvestre y
ambiental y forestal vigente.
Art. 2.- Esta norma se aplicará en 1os bosques húmedos ubicados en 1a región amazónica, en la provincia de Esmeraldas y otros lugares donde predomine este tipo de bosques, para lo cual se entenderá como boscltte hírmedo 1o
se húmedos (clima y suelos). húmeda climática la zonanativos de árboles dentro Los encuentran (precipitación de más. de 1500 mm/año, temperatura
no
mecan izado.
Para los fines de la presente norma, el Manejo Forestal Sostenible (MFS), se entiende como un concepto holístico y comprensivo, que toma en consideración el uso múltiple de
Bosque húmedo.- Sistema dor¡inado polárboles. los cuales interactúan entre sí con olros orgatrismos cuya presellcia y mezcla son determinadas, en buena medida, por el sitio
de de
a)
REQUISITOS
1os bosques
El Ministerio del Ambiente en su calidad de
los siguientes documentos, aprobados:
DEL OBJETO, AMBITO, AUTORIDAD COMPETENTB Y DE LOS CAPITULO
II
Autoridad Nacional Forestal entregará Licencias Aprovechamiento Forestal sobre la base de cualquiera
TITULO I
l,;
3
que incluye esquemas de
de
I
--
Art. 6.- Para efectos
-
de manejo fbrestal sustentable, el Plan '.(ntcs y propuesta dc trazado-del
mejores).
a1 Cuantlo la pendiente es superior a 30ozo 1 menor b) alta de orugas "' iüéü" ioi:,."¿.ü.ra emplea^e tractor de
flotac ión:
1007ó (45')' cuando el c) En pendientes superiores allos 50 metros'
i ::J: -'i ';e:
de r-,::i.: ::.:r l¡;aiización de los patios de acopio y
bajo las siguientes consideraciones:
a) -'
:-.-.:. iei área del Programa de lvlanejo Forestal
largo
O'
de la pendiente no supere inche Para rl:t,:Tutttlas trozas deberá reaiizarse empleando
el largo' la p.n¿i.nt". superiores, sin importar manual o i*iru..iot de madera se realizará de manera (por ejemplo'
:. ,,,.,.' I ' i; L:-¡.:r:i
,-'--:.. -:i¡rinaclones cltie el profesional forestal ; , :.:. :c:: :3finente'
PROGRAMADE MANEJO FORESTAL SIMPLIFICADO
con
arrashe mecanizado, con arrastie no
las
CAPÍTULO 1I
sistemas de cables aéreos "*pi.""¿" ,tjtme, helitransportación y otros afines)'
Sustentable Art. 17.- El Programa de Manejo Forestal mecanizado podrá ser
car-¡rino
de Ce 1os .u*lnot de arrastle' con distancias * -. y pistas de arrastre; - ,t-. los caminos e inlormación de 4 puntos CPS en uLridades - -r.i 'i GS 31. eir el área del Programa; y,
el propietario de efectuado en un período definido por y manejo forestal acuerdo a 1os criterios de ordenación
Fore-stal Simplificado \rt. 1Ü.- E- Programa de Manejo :li.- . .-ont.n., ui*"not las si guientes informaciones
Art. 18.- El ciclo minimo de cofia' para Progtamas
ser de la ubicación de1 área de bosque a con -er Descri¡,ción .a.ot -¡u¿o' con base a un mapa georeferenciado'
sustentable.
de
Manejo Forestal Sustentable será:
o) De 15 años, para operaciones con affastre mecanizado' la mecanizado cuando o"o' B) De 1 año para arastre no sea menor a I
intensidad de aprovechamiento anual de aprovechamiento anual I arie ; ;;;;il ia intensidad la ttrrmula entre 2 % .v 30 %o, se caliulará mediante establecida en el anexo 4 de estas normas' para el
Art. 19.- La ubicación de los árboles seleccionados de Manejo up-*.}turrrianto, deberá constar en el Mapa lo cual se para Forestal Sustentable en escala 1:2 500; registro de1 úilizaráel nírmero ¿"iátUot' de acuerdo con el censo lorestal.
transectos Las parcelas de muestreo del inventario y 1osdeberán ser g*i"i-p"* la ubicación de dichas parcelas'
localizados.n**upu"nescala1:2500'quepuedeserel -cuando e1 misr-no Mapa
dt M"*i; Forestal Sustentable
o en un inu.,ttu.in iubra solamente el área del programa-' permita *upu "" escaia 1:2'500 o submúltipla'.que putu ,.pt.r.ntu, de manera óptima' el,área l:-,lu totu
dicha manejo de bosque natÑo icuando el inventario-cubra A2 y INEN ,or-rul, ,o¡r" una hoja ton formuto minimo máximo INEN A1' también deberá En et Mapa de Manejo Forestal Sustentable' infonnación representarse tn t'"ulu, al menos la siguiente srállca: cada diez metros' para el *' a) Curvas de nivel del terreno'mecanizado; Áun.¡o forestal con arrastre
b) Áreas con pendientes superiores a 45o; c)
con ancho superior Red hidrográfica con cursos de agua a tres metros Y divisorias de agua;
:
....t",.- i.. *"tdenadas de ref'erencia (4 coordenadas' constar las .iir urrult wGS 84), donde dehen con el .r¡r¡iidades celcanas y sus respectivas distancias
.r=";;;t""echamilnto, así cotno los propietarios con .
-. ¡ua1es limitan'
del volumen aprovechable de madera' br " E=:imación ;rtJ. de u-na lista de árboles seleccionados para ser
a
atiLr\-echados.
cl -'
Registro de árboles de especies de.aprovechamiento cuando establecidas en e1 artículo 38'
'-on?"ionudo, de dichas especies vayan a ser cottados a¡boles
ser El Programa de Manejo Forestai Simplificado deberá forestal o
bajo la responsabilidad de un ingeniero ei¡br.rado avalado po' tl Minitttrio del Ambiente'con el pr..-.i"".f o propietario del área con '..o.'tp.¡.*i."to de posesionario ltLllizar el modelo de ¡.-qJ. ".ti"", pa'a io ct'ul se deberá proiurnu- preséntado en el anexo 5 de esta notma' Forestal
de Manejo -\rt. 21.- Para etéctos del Programa el diámetro mínimo de cofia
S't*piú,."á", se establece iOriC) deteminado en el anexo 3 de esta notma'
en Art. 22.- Cou excepción de árboles de especies o igual superior ;tovtcl.tado' árboles con DAP ;;;* ;.t que el propietario o posesionario seleccione' ii orrc. ,i.*pr. q.,. , .,nu áistancia no tuyot u 25 metros del árbol veda'
exista otro árbol ,.i..'.i"".¿", en cuaiqttier dirección' o superior al DMC' que
de
especie, con DAP igual no será aProvechado'
.uufq'ri.,
igual
o
árbo1. con DAP25 tnetros podrá ser aprovechado No ,op"rio, ai DMC cuando,. a una.undistantit
Lt^t::.i que haya sido especie se encuenüe otro árbol áe cualquier que seleccionado para
ser aprovechado o un tocón
trdición Especial N'272
-
Registro Oficial
demuestre que ya ha sido. efectuado, recientemente, el aprovechamiento de un árboi, ó, luego de haber caducado e1 permiso de aprovechamiento forestal hasta completar el ciclo mínimo de corta.
Los árboles seleccionados para ser aprovechados, deberán ser numerados con pintura,en ei tronco, a una altura inferior a la altura de corte.
Art. 23.- Con excepción de los árboles
de especies en veda,
con un Programa de Manejo Forestal Simplihcado, podrán ser aprovechados árboles de una o" más especies de aprovechamiento condicionado, previa demostración por parte del interesado, que el número de árboles de la especie es superior a un árbol cada dos hectáreas (árbol con DAP igual o superior a 30 centímetrós). Para el efecto se podrá utilizar cualquiera'de las siguientes
altemativas:
a) Registrq de todos los árboles con DAP igual o
de la especie a aprovecharse, en toda
La selección de un árbol a réaltzará considera¡do los siguientes
superior 30 programa. cm, el área adel
aprovechar criterios: 1.
se
El DAP del árbol es igual o mayor al DMC, de
-
Lunes 23 de febrero de
suhravado.
Los árboles seleccionados para ei aprovechamiento deberán ser numerados con pintura en e1 tronco, a una altura inferio'r a I¡ altura de corte. En programas de manejo lorestal simplificado. de especies condicionadas, sólo podrá extraerse la diferencia positiva entr- el número de árboles de aprovechamiento condicionado por hectárea y 0,5 arboles por hectárea. Las especies condicionadas deberán inclui las coordenadas de las especies a cortarse y delrárbol de reserva, el mismo que será sujeto de verificación del funcionalio competente del lvlinisterio de1 Ambiente previa la aprobación y cierre del Prosrama de Manejo.
rt.
24.- Deberá ser parte del Programa de Manejo Forestal Sirnplificado, un croquis elaborado en hoja formato 44, que tenga al menos la siguiente información:
s) Referencias
para la localizaci localización ón de1 predio;
b) \¡ías, caminos, senderos, linderos y principales cursos
de agua, y distancias con las comunidades o localidades cerca n as.;
cl
Zonificación del predio: área de bosque nativo, área agropecuaria, área de infraestructura, otras áreas;
dt
A una distancia no malor de 25 metros del árbol a aprovecharse, en cualquier dirección, existe otro
También deberá constar en
A una distancia de hasta 25 metros del árbol a aprovecharse, no existe ningún tocón -
ldentificación del área del programa, en
bosque nativo.
que a una distancia de hasta 80 metros de un árbol seleccionado para el .aprovechamiento, en cualquier dirección, se encuentra otro de la misma especie, con
DAP igual o superior a 30 cm (el cual no será aprovechado, en caso de tenér DAP igual o mayor al DMC). Para la aplicación de esta altemativa, pata la
selección del árbol a aprovecharse deberá considerase lo previsto en los puntos 1), 2) V 3) del literal a) del pfesente artículo.
Para el caso de ia altemativa b) del presente artículo, los árboles que sustentan o sirven de referencia para la selección y aprovechamiento de un árbol de especies de aprovechamiento condicionado, deberán ser numerados óon
.
la zona de
el croquis la ubicación e
inlbrmación de los puntos tomados con GPS, del predio y/o área del Programa de Manejo Forestal Simplificado. Esta intbrmación georeferenciada -en unidades UTM DATUM \\-GS84 - será levantada por el Profesional Avalado por el \{inisterio.del Ambiente, que elaborará el informe técnico de inspección preliminar y será adjuntada al programa, previo a su áprobación.
constatándose que recientemente no se ha efectuado el aprovechamien.to de un árbol- ni tampoco existe otro árbol, de cual-quier especie, que ha sido seleccionado para el apiovechamiento.
b) Mediante el registro de árboles se demuestre,
9
pintura en e1 tronco, a una altura de 1.30 metros del suelo, con el mismo número con el cual fue registrado el árbol que será aprovechado. En estos casos el número deberá estar
acuerdo al anexo 3 de la presente norna.
árbol de cualquier especie, con DAP igual o mayor al DMC, que no será aprovéch4do.
2015
CAPÍTULO
III
PROGRAMA DE CORTA PARA ZONA DE COIWERSIÓN LEGAL
.{rt. 25.- El Programa de Corta para Zona de Conversión Legal deberá contener la siguiente información:
a) Descripción de la ubicación y
copia certificada
de tier:ra
cualquier documento que acredite tenencia de la de acuerdo a 1o establecido por la Autoridad Nacional Forestal.
b) Volumen
de madera a aprovechar.
El área del Programa de Corta corresponderá de la zona de Conversión Legal conforme a:
a aquella área
Edición Especial N" 272
l0
-
Registro Oficial
}{si+*.:r
50 100 500 5000
0.1 2
51
3
4
t0 s0t
5
5001
deberá ser elaborado bajo la responsabilidad del Profesional
por el Ministerio del
Ambiente
con el
acompañamiento de posesionario o propietario dei predio, para 1o cual deberá utilizalse e1 modelo de programa presentado en el anexo 6 de esta norma.
Art. 26.- El volumen de madera a aprovechar v que será movilizada fuera del predio, deberá determinarse mediante el registro de 1os árboles del área del Programa de Cofta paraZona de Conversión Legal, identificando 1a especie, e1 DAP y la altura comercial de dichos árboles. El número con el cual pintado
Para
el
e1 árbol
fue registrado, deberá ser
una altura inferior a ia altura de corte. caso de 1os Programas de Corta para Zona de
en e1 tronco a
Conversión Legal,
el benehciario de la Licencia de
Aprovechamiento Forestal. pagará por concepto del precio
de madera en pie, exciusivamente por el volumen
madera que será movilizado fuera del predio.
de
Art. 21"- El Programa de Corta para Zona de Conversión
Legal deberá contar con el mapa del Plan de Manejo integral correspondiente, en e1 cual deberá estar re¡rresentado la Zona de Conversión Legal y el área de dicho programa.
También deberá constar
en el mapa la ubicación
e
información geográfica de toda el área de1 Programa de Corta. Esta información georeferenciada-en unidades UTMDATUM WGS84- será levantada por el Regente Forestal que elaborará e1 infonne de inspección preliminar y será adjuntada al programa, previo a su aprobación.
CAPÍTULC} IV
NORMAS GENERALES P,A.RA LA ELABORACIÓN, EJECUCTÓN Y POST AFROVECHAMIENTO DE PR.OGR.4N{,AS DE }I.{¡{EJO FORESTAL
Art. 28"- l.a tumba de 1os árboles a aprovechar y los árboles a ser eliminados por qorta, deberá ser dirigida hacia 1as áreas donde se cause
e1
inenor daño posible a1 bosque.
Árboles cuyo aprovechamiento no ha sido autorizado mediante programa aprobado, y que por la corta de otros árboles han sido dañados o tumbados, no podrán ser extraídos del bosque.
Art. 29"- El
30.00%
15
25.00% I
25 75 100
5.000 o
2.00%
En adelante
El Programa de Corla para Zona de Conversión Legal Avalado
Lunes 23 de febrero de 2015
Ministerio de1 Ambiente autorizará el
aprovechamiento de árboles caídos o mueftos por procesos naturaies, previo informe de inspección elaborado por un
125
ucionario de 1a autoridad forestal o, por un Regente
l¡restal. Con este informe adjunto al Programa de Corta, el l:opietario o posesionario de1 predio solicitará la Licencia
:c \provechamiento Forestal. Lós árboles caídos o muertos
plar procesos naturales, también podrán ser registrados al :.rrento de 1a elaboración de un Programa de Manejo y
Cr'-e,
.l.je:rás de las causas que motivaron la caida o muerte del
::r¡-. ei infome deberá contener la información sobre 1a ;.::cie. el volumen de madera a extraerse y tipos de : - ri..:.'t.¡i. principal mente.
-{rt. 30.- Se permitirá 1a ejecución de tratamientos
.rlriculrurales que impliquen la eliminación de s*qjg[o"¡,que, :ales como coronas, en casos de enriquecimiento y, 1a .:'¡eración de la regeneración natural.
F: el marco de la aplicacióo
',
de tratamientos silviculturales prer ia autorización de la Autoridad Nacional Forestal, se
¡ermitirá Ia realización de actividades de refihamiento
a
lartir de 1os 8 años después de terminada la ejecución de un Programa de Manejo Forestal Sustentable. La ;¡.rtabilización de este plazo inicia a partir de la p:esentación del informe de inspección final del Regente F..restal.
-\r1.31.- Se autorizará el enriquecimiento en claros,
:rclusivamente con 1as especies nativas que hayan sido ¡¡robadas en el programa. Este enriquecimiento no podrá slperar los 50 árboles por hectárea y deberá ser realizado .rrn al menos cuatro especies nativas corespondientes a 1a zLrna de
intervención.
-{rt. 32.-No se autorizará la conversión legal de áreas que .stán caracterizadas como zonas de protección permanente.
-Lrt. 33.- Se prohíbe abandonar latas, plásticos, aceites y o¡r:os en el bosque. Los responsables del manejo forestal deberán prever los mecanismos de recolección y disposición sobre desechos inorgánicos, los cuales no podrán ser abandonados en el bosque.
-{rt. 34.- E1 propietario o posesionario del área de un
y a ser ejecutor, sobre la
programa. tendrá derecho a acceder a información
informado oportunamente,
por el
planiñcación y ejecución de dicho programa. E1 ejecutor tendrá responsabilidad compartida por las actividades de aprovechamiento y corta.
La corresponsabilidad entre- ei propietario o posesionario del área y los ejecutores de un determinado programa,
tendrá vigencia durante
la pianificación y ejecución
todas 1as actividades de dicho programa.
de
Edición Especial l{" 272
Registro
Oficial - Lunes 23 de febrero de 2015
La capacitación y el empleo de la mano de obra local bajo condiciones de equidad, sea de propietarios, posesionarios o pobladores, constituye un indicio de la justa aplicación de los programas.
Art. 35.- El volumen de madera de un árbol se calculará mediante la
fomula estabiecida en el anexo
4 de esta norma.
Art. 36.- Para la elaboración de los infomes
de
inspección preliminar, de la ejecución, informe final y
Art. 38.- Clasificación
l1
de denuncia, los responsables deberán ufilizar el n¡,jeio de infome del anexo 7 de la presente norma. Es:os informes serán requeridos por el funcionario lb¡estal en el marco del procedimiento administrativo sustentable de los recursos
qu: regula el manejo io¡estales.
-{rt. 37.- Las especies constantes en el siguiente
arículo se constituyen en especies de apiovecharniento condicionado.
de especies de aprovechamiento condicionad¡
a)
Bálsamo, chaquito
Myroxyhtn:: a Isamunt
b)
Bateacaspi
Cabralea t-;'tf erana
c)
Caoba
C aty odap i ¡,: 3 5 i s t he obro m ifol ia (C ao ba de Qtr ev e do, c acadi I I o) ; Swi et en i a t, :,i ct' op hy lla (Ahuan o),. P laem i s c itmp in natum (C a o b a
d)
Cedro
e)
Chanul
0
Chanul dei Oriente
Humiriasrq, ntspp.
s)
Cucharillo
Talaumas:
h)
Cuero de Sapo
O c hr o m
D
Guadaripo
Nectandragndaripo
i)
Guayacán
Tabebuiasrp
k)
Guayacán pechiche, guayacán, huambula
Minquart .; g i anens is
l)
Moral bobo, pituca
Clarisiat'a: emosa
m)
Moral fino
Manclttrai: itcf oria
n)
Pilche de Oriente
,'ahtanea-.pp.
o)
Romerillo, sinsin, olivo
Todas los especies de lctfanilia Podocarpaceae
p)
Salero
Lecythisampla
q)
Yumbingue, Roble
Terminali¿ annzonia
r)
Seique
Cedre I irtg tt cu teniformi s
esmeraldeit. almendro), Plafumisciunsfipulare Cedrelasp: Humir ias ¡,:. mpro
ce
rltm
ai : n d¡"on (ge. nov. ined. )
u
Art. 39,- Los bosques privaclos, declarados Bosques Protectores, podrán ser sometidos a manejo forestal
Arf. 40.- Con excepción de plantaciones
forestales y de árboles plantados, no podrán ser codados los fuboles ni podrá ser efectuado el arrastre, transpofte, comercialización
sustentable, aprovechándose exclusivamente sobre la base de un Plan de Manejo Integral y un Programa de Manejo Forestal Sustentable o Simplificado aprobado. Para la corta de árboles que se encuenttan fuera de1 bosque nativo, deberá elaborarse los planes y programas de acuerdo con lo
o intemacional, procesamiento artesanal o industrial de la nradera. de especies que por estar en riesgo de extinción determinado mediante estudio técnico, el Ministerio dei Ambiente 14s declare en veda.
Forestal vigente. En este caso, el previsto endeberá el Régimen solicitante presentar cualquiera de los documentos que acrediten la tenencia de la tierra, de acuerdo a lo
Art. 41.- A petición
establecido por la Autoridad Nacional Forestal.
nacional
expresa del inte¡esado. el Ministerio del Ambiente podrá emitir un certificado de origen legal de la madera, para especies que no estén en
I
15
Edieión &special N" 272
-
r,eda o clue ¡stándc1o provengan de plantaciones forestales
y
de árbolcs planiados, cuyo aprovechamiento haya sido A UrOr
i .'J,l\).
.\l't" 4?.-Tcclos los plmes o programas de rnanejo forestal o6liratonarricnte deberán incluir actividades post
ap¡rÑechamiento, doncle se señale claramente los objetrvos, 1as especies a utilizar' los turnos téci-ricas las especies (o glemio ecológico), los costos por liiados por silviculturales, hect/irea y 1o-s rendimientos esperados, tomando en cllenta . lo ¡rcnei¡rra,l,o en los ar1ículo 30,31 y el Anexo 8 de la 11fC,i>r a. lr )11'nA. r:
t
CAPÍT{JI-O V
.4-r1,, 43.- Se autorizará la corta de madera sin ltnes comercia-i:s. riestinada ai nso exciusivo para: I ivienda rural, infi:aestr¡,rci¡;ta agroproductiva y elaboración de productos artesanales.
Para la corta deberá considerarse un máximo de 2 árboles por año por familia y en un mismo'predio, para lo cual e1 registr-o ele
autolizacióri solrcitud.
los
v
Ministerio del Ambiente tipo deel de este11evará que requiera tlsuarios
lealizará
la
verifrcación
de 1a citada
El funcionario competettte
de1 lv'lAE deberá levantar el X'linrsterial que deberá ser presente Acuerdo del
9 llenado con anexo
el
acompañamiento
posesionario del predio.
del propietario o
El Minisrerio del Ambiente reaTizatá 1a verificación de 1a infoimación consignacla para 1a corta de los árboles autorizados sin llnes de comercialización maderera y en caso clc irregulaiiclacies realizatá e1 levantamiento de un inib¡-ne técnico para el inicio clel proceso administrativo a1 q,-re
iraya lugar.
La madela cortada sin fines de comercializáción no podrá \cr ,r'.. iii ,,rt a ,lel ¡rrcdro. C,dT'ITULO VI
-
:..:r:Clón.
Actividades {.pror echamiento natural con el objetivo en un bosque ::,:,rpicas realizadasforestal de madera.i: ¡osechar 1os árboles y aprovechar su madera, en el
:;:¡¡co de los principios generales del manejo forestal slsientable.
cle los siguientes téminos
Abunt ¿ncia.- l'fÍrmero de árboles de una especie en una .t,','r'i ¡i.rrl¿ superl-ir iC.
Altur* comercial"- lfistancia en el tronco de un árboi,
rlesde el suelo hasta la primera bifurcación o hasta e1 lugar en ei tr-t''nco donde se efectuará un cofie para elirninar la pa 'te superior dei árbol que quedará en e1 bosque'
Altura de eorte.- Distancia en el tronco
Suma del área del círculo del tronco a una en una '-:-.i:a de 1.30 metros del suelo. de 1os árboles ¿.::minada superficie.
P'::
el-ectos de calcular 1a capacidad
;¡-,.-.reÍa
boscoso
de carga
del
y e1 grado de intervención requerida y
¡:1,¡..:i..n de los diferentes sistemas, tratamientos y .:J1,.:s sihiculturales, se deberán utilizar los siguientes
:::,-:a> de á¡ea Basal promedio/ha/ecosistema conforrne al ::er¡ ltt de la presente noma. lugar donde madera desde de \Iovilización \rrastre.el o antrópica, de un árbo1, por acción natural la caída .-currió ::sta el patio de acopio, e1 área de carga o ei camino de :;::so princlpal, en el bosque nativo o plantación forestal fu:rdo dicha movilización es realizada con tractores u ,]::..s eiluipos motorizados, que se desplazan sobre el suelo, ¿nienderá que el arrastre es mecanizado; caso contrario, ': enienderá como affastre no-mecanizado. =e
Bosques Naturales: Fotmaciones de árbo1es, arbustos y crnas especies vegetales debidas a un proceso biológico :s:.rntáneo.
Bosque Nativo Húmedo.-Sistema dominado por árboles' .-s cuales interactiran entre sí con otros organismos crtya :r:sencia y mezcla son determinadas, en buena medida, por c. .itio (clima y suelos). Los árboles nativos húmedos se
3r,Jütntrzn dentro de la zona climática húmeda '::ecipitación de más de 1500 mmlaño, temperatrua pronedio anual superior a 1B'C), y pueden variar por .t ¡inicas
técnicos se consicielal'án pafie de 1a presente noma:
de un árbo1, desde
el suelo lrasta el punto en el cual se ef-ectuará e1 cofie para la
tiirrira
:1,:J::i rs de un área intervenida, en la cual se cofiÓ parte o i¡:¡::'-Cad de la cobertura vegetal, o se removió el sue1o, ;¡: e- ..'.r-ietilo de construil un camino, una pista de arrastre r- ::r3 mantener una apertrua suficiente que garantiza su
¡;iirencias en variables climáticas (temperatura, p:eciprtación) y en características de1 suelo (Físicas,
c -osARlo
Art. 41.- Las deflnictones
\pertura total.- Distancia transversal entre los bordes
irea basal.-
CORTA DE MADERA SIN FINES DE COMERCIALIZACTÓN
1.écnico responsable del
Lunes 23 d,e fetrrero de 2015
R.egistro Oficial
de1 ár:bol.
,4nilla¡niento.- Acción cle retirar una f'aja de la coÍeza del tronc¡r Ce ur-r ;il'bol, para inducir su muerte.
y biológicas).
Bosque nativo.- ecosistema arbóreo, primario o secundario, resenerado por sucesión natural, que se caracteriza por 1a presencia de árboles de dif'erentes especies nativas, edades y poites variados, con uno o más estratos. Para fines de las presentes nofinas, no se considera como bosque nativo a lbrmaciones pioneras, y a aquellas formaciones boscosas cura á¡ea basa1, a 1a altura de 1,30 metros del suelo, es infirior a1 40o/o del área basal de la fbnnación boscosa nativa primaria corespondiente.
\ativo Severamente Intervenido:
bosque nativo en el cual. por el efecto de intervenciones antrópicas o fenómenos naturales, se ha perdido entre e1 40% y eI 60% de1 área basal por hectárea, de la conespondiente formación boscosa uati\ a primaria.
Bosque
Edicién Especial N'212
Registro
Oficial -
Censo comercial.- Registro de todos los árboles con dián:¡ro : ia altura del pecho- DAP, igual o mayor a al
diá:l:i:.. nicimo de corta (DMC).
Censo forestal.- Registro de todos los árboles con diámetro , ,,r ¡:¡:¡¿ del pecho- DAP, igual o mayor a 30 cm.
Ciclo de corta.- Período entre el fin de un aprovechamiento :-,.j:::rt 1' el inicio de otro en la misma área, durante el
: -:..es posible efectua¡ intervenciones en el bosque, con madera. : :,-:,¡de ertraer Coberfura vegetal.- Elementos de la flora que se
iacuentran sobre un determinado sitio.
Control.- Actividades desarrolladas con el fin de veriltcar el cumplimiento de noñnas legales y compromisos asumidos en programas aprobados; y de corregir; técnicamente, faltas en la planificación y ejecución de dichos programas.
Diámetro a
la altura del pecho - DAP¡ Medida de1
diámetro de la circunferencia de1 tronco de un árbol a la altura de l,
l0 metros del suelo.
Diámetro mínimo de corta
- DMC.-
Medida mínima
circunferencia del tronco a 1a de i,30 metros alturadiámetro del de la del suelo, que los árboles de una especie deben tener, para constituirse en un árbo1 que podrá ser cortado.
Enriquecimiento en claros.- Tratamiento silvicultural que
consiste en introducir árboles de especies nativas en un bosque natural, en aquellas áreas que naturalmente o por acción antrópica se encuentran desprovistas de cobertura arbórea.
Especie exótica.- Especie introducida en un ecosistema, en el cual no se origina o no crece de manera natural'
Especie nativa.- Especie que
naturalmente en un ecosistema.
se origina y
crece
I
lí¿.:ocarpusamericanus), el aliso (Alnusacutninara), laurel
de cera (Myricapubescens), el tG:,asumaulmífolia).
DLrcumento oficial expedido por la autoridad forestal que ampara legalmente el transporle de madera.
Ingeniero forestal.- Persona natural, con
capacidad c-ientífico-técnica en 1o leferente a ecosistemas forestales, bosque, producción forestai, manejo sostenible madereros, no y madereros aprovechamiento de recursos restauración ecológica, manejo de cuencas hidrográficas y ,le la biodiversidad, que busca en forma permanente el
del
,lesarrollo forestal sostenible Sestión lorestal en el pais.
entre e1 área basai de 1os árboles a apt'ovechar rnás el área L'asal de los árboles a eiirninar por cofia, y e1 área basal de
todos
árboles con DAP igual
balsa del
oriente
superiol
a
30
Intensidad de intervención.- Relación porcentual entre el
á¡ea basal de los árboles a aprovechar más e1 área trasal de
los árboles a eliminar por corta, más el área basal de 1os árboles a eliminar por anillamiento, y el área basal de toclos
ios árboles con DAP igual o superior a 30 centímetros, en
una determinada superfi cie.
Licencia de Aprovechamiento Forestal Maderero'Documento oflcial emitido por e1 funcionario
ibrestal competente o 1a entidad a la cual e1 Ministerio del
Ambiente delegue esta responsabiiidad, sobre la base de un
inforrne de aprobación de un programa de manejo
o
programa de corta, que autoriza a1 beneficiario a ejecutar
de r, ida de las personas
la
o
centímetros, los en una detetminada superficie
Son aquellas formaciones boscosas que de manera natural se constituyen en poblaciones coetáneas, desarrolladas a partir de perturbaciones en bosques naturales o remanentes de éstos, ya sea por procesos naturales (demrmbes,
(TriclhospermunstP),
y el mejorarniento de 1a
Intensidad de aprovechamiento.- Relación porcentual
1os bosques
especies helióhtai, tales como el nigüito o fiutillo (Muntingiasp.), el pigüe (Pollalestakarstenni)' la balsa oioya (Ochromaspp.), e\ guarumo (Cecropittspp'), el sapán de- paloma lTrqma spp.), el pichango o chillalde
guasmo
Guía de circulacién de productos madereros'-
especies de la región amazónica cultivadas en e1 litoral o viceversa.
ciecidas de ríos, otros) y por efecto de intervenciones antrópicas para e1 desarroilo de obras de infraestructura (apertura á. carreteras, líneas eléctricas, oleoductos, tumba de árboles, otros), que están constituidas por
o
pe-niten en cualquiel bosque reconocer y agrupar especies qu3 poseen características biológicas y ecológicas similares' Se contemplan tres gremios: heliófitas efímeras, heliófitas d-:¿bles y esciólitas.
dicho programa.
apertura de claros por caída de árboles, inundaclones y
guázimo
Gremios ecológicos.- Constiruyen grupos ecológrcos que
Especies nativas introducidas a la región'- Especies naiivas del país que no existen en forma natural en 1a región geográfica en la cual están siendo cultivadas y por 1o tunto no provienen de sus bosclues nativo, por ejemplo,
Formaciones pioneras.-
t?.J
Lunes 23 de febrero de 2&15
Forestal Sostenible.- Concepto holístico y \Ianejo comprensivo, que toma en consideración el uso múltiple de
y aspectos del paisaje y que está orientado a la
obtención de beneficios de variados productos, bienes y sen¡icios, con e1 fin de mejorar las condiciones y la calidadz
Manejo , Forestal Sustentable.- Conjunto de acciones antrópicas y naturales, que conducen a un
aprovechamiento económico de productos madereros y no madereros, fundaryentado en 1a tasa de crecimiento y/o reposición anual de esos productos- que garailtiza entre otios: la sostenibilidad de la producción, el mantenimiento de 1a cobeftura boscosa, la conservación de la
biodiversidad,
y
sociales negativos.
reducción de impactos ambientales y
es el tielnpo' de aprovechamiento: en años' ell el Período de aprovechamiento las actividades que se desarrollan madetero de un programa.
14
Edición Especial
I\'272 -
Registro Oficial
Plan de manejo integral.- Instrumento de ordenalniento predial, que juslifica y regula el uso del suelo y^el manejo
sostenible paia aprovechamiento de 1os recursos folestales y
á. uná determinada área y que cumple con 1o establecido en la Ley Forestal y de Consewaciírn de Áreas Naturales y Vida Silvestre, el Texto Unificado
naturales
de Legislación Secundaria del Ministerio de1 Ambiente
y de tás demás normas
que emita 1a Autotidad Nacional
Forestal.
la masa arbórea establecida con una o más especies forestales'
Plantacién forestal'- Es antrópicamente
dilerentes de las Palmas.
Posesionario: Persona que ostenta
y de derecho
ei poder de hecho
sobre una cosa material, constituido
po, un elemento intenciona'l o ánimus(la creencia y el propósito de tener la cosa como propia) y un elerneuto tiri.o o Corpus (1a tenencia o disposición efectiva de un bien rnaterial).
Post Aprovechamiento.- Actividades
técnicas
-
Lunes 23 d,e febrero de 2015
Tocón.- Parte del tronco de1 árbol del cual se desprenden
-..::tces. que queda en el lugar donde el árbol se :::::riraba
antes de ser cottado.
Transectos Guías.- Líneas utilizadas en e1 bosque y
--:.2¡das sobre un mapa, para facilitar 1a localización de las :¡::¿las de muestreo de un inventario forestal'
Transporte.- Movilización de la madera desde el Ot'o O'
camino de acceso prirrcipal en el área deo plantación forestal, hasta el lugar donde o r.-s;ue natural :;lpio. carga
.:iá r
comercial:izada
ndustrialmente.
o procesada artesanal
o
Tratamientos silviculturales.- Actividades antrópicas :¿aiizadas antes, durante y después de aprovechamiento rirestal maderero, cori e1 objetivo de mejorar la calidad y :.ri:renlar la producción de ma= 30 cm, de acuerdo int'enÍat'io o censoforestales
ABa:
ABt:
(m2'ha)'
40
60 60 40
Edición Lspecial N'272
-
Registro Oficial.
-
I¡rnes 23.de febrpro de'2&15 --
27.
}ü I,A INTENSIDAD DE MANEJO POR CORTA EIJITII{AR A ARBOLES DE LOS
FORMIJI-A PARA ET, CÁLCTLO
¡c :
ABcx100/ABt
Me: Irc:
ABc:
Intensidad de manejo de los árboles a eliminar por cotloÁrea basal de los érboles a ser eliminados por corta (ú¡/I@.
ABt:
Área basal de los árboles con DAP
>:
30 cm, de
acuqú al censoforestal
(m2/ha).
FORMULA PARA EL CÁLCULO DE LAII{TENSIDAD DE INTERVENCIÓN DE LOS ARBOLES A ELINTINAR POR ANILLANTIENTO
Iia :
ABanx 100/ABt
Donde Intensidad de intervención de los árboles a eliminar por anillamiento. Área basat de los órboles a ser eliminados por anillamiento (m2/ha) Áreabasal de los órboles con DAP >: 30 cm, de acuerdo al censoforestal (m2/ha).
Iia:
ABan:
ABi:
FORMULA PARA EL CÁLCULO DEL CICLO MÍNIMO DE CORTA
Cm:
0,5xAt-P+l
Donde: Ciclo mínimo de corta (años). Manejo total (o/o) : infensidad de manejo. Ar: (ABa + ABc) x 100 / ABt ABa: área basal de los árboles a ser aprovechados Qrl/ha) ABc: área basal de los árboles a ser eliminados por corta (m2/ha), ABt: área basal de los árboles con DAP >: 30 cm, de acuerdo al ínventarío o censoforestales (m2/ha). período de manejo (de I a 5 años).
Cm:
At:
P.
Nota:
fórmula para manejos forestales madereros con anastre no mecanizado, en los cuales el porcentaje medio anual de área basal extraída (intensidad anual de manejo), con relación al área basal de los arboles con DAP igual o superior a 30 centímetros varía gntre 2%o y 30%o. Se aplica la
F'ORMULA PARA CÁLCULO DEL VOLUMEN DE MADERA VoI
:
DAP2X¡XHcX 40.000
f
Donde:
Vol.: DAP: tt: Hc: [:
volumen de madera (m3).
diámetro a la altura del pecho (cm). constante matemática: 3,14 altura comercial (m)
facror deforma = 0,7
Edición Especial N'212
28
-
Registro
oficial -
,{\ELO h,tÜNELO DE PROGR.\NL{ I}E
5
ilr{\EJO fOREST.{L SItr{FLIFIC¡IDü C€dula de identirlad No' :
Fitrna:
{laborado Por:
Lunes 23 de febrero de 20L5
Olicina Fore¡tall R*cibido P+rl
Fecha:
Fecha:
realizada lnspección Pcrl Aprolrada Por:
\o. de Rtgistroi
Fecha:
L
Forcsial Simpliñcatlo llbicación y fenencia del área ilel Frograna de Slanejo
al
Ui:icación del area
-
Pa,roqua:
C¿llitr::
il,ovincia: Area tatal:
lrectáreas.
Co¿r¡¡lenadas gecgráficas
UTilf \ryGS 84 ZÜliA: ...."
"' Y
X
FTO
IITh{ }1 G$ 84 ZGI{AI X
PTO
I
I
a
2
" ?
J
-t
+
4
Ref*reircitrs para tbicacion del area
b)
Teneficiil del área
hopietario rr Posesionari*
iI
Dc¡curúentc que
Superf.cie {ha)
arr:dite tenenciir (tipo, eirnscr' fecha y iugrt d¿ "'tuitolll
kianeio estima&r
.*RO\'ECÉL{1I¡E}iTO
REGISTRü ÜE
oiulien a
seraptovechad L}
lrir¡.: nútnero JJ,\P:
ecn ei cual se registrr-i el árbol üiun,rtro a l¿ alrura del pechc(crn)
T1c: altrn'acomercial. V"f
., iolron*n.ulc.tiudo mediante ia siguiente fórmiria' xHc x I DAPrx AB: Y=Ail 3,i11Ói
f:
4Ü 000 ü,J' f'-rima'= de i¿ct,-rr
Pf trdur--i.' a
a
5r'-;=:lll
\icdrim;n a mi-rr4iizilr
ilnr)
Edición Especial No 212
.
Registro oficiat
-
Lunes 23 de .febrero de 2015
29
(incluidos en eI registro de árboles Irr.-{provechamiento de árboles de especies de aprovechamientu condicionado
a
aprovechar)
Á¡ea iotal de bosque nativo en el predio:
Explicar cuál de las dos'alternativas previstas aprovechamiento de especies condicionadas:
iento de
ha
en el ar1ículo 23 de ias
condicionadas alternabva
Presentes
normas, se utilizó para sustentar el
noñnas.
del artículo 23 de las
normas. ies condicionadas, alternativa b) de1 artículo 23 de las Distancia Inlormación sobre el árbol que sustenta aproximada al árbol el aprovechamiento del árbol Información sobre el árbol seleccionado para aprovechar que sustenta el seleccionado ento de es
raa
Tabla
Especie
No.
No.:
DAP:
DAP Cm
Hc m
No,
Hc m
DAP cm
aprovechamiento
número con el cual se registró el árbol' diámetro a la altura del pecho (cm)' altura comercial'
Hc: lV. Enriquecimiento
en claros (tratamiento silvicultural obligatorio):
Común
ma de Maneio Forestal Observaciones adicionales sobre tratamientos silviculturales:
Acuerdo
- comPromiso
comprometemo, u
.r""tuu.*J;u1i":i;' d" ta -u¿"ru del bosgue, o.]
resente documento es verdadera. Nos anteriormente, de acuerdo a las
.rp.iifr.u"iorres contenidas en este documento y en las normas legales pertinentes' =iil1t""da Lugar y fecha: Firma del propietario Cédula de ciudadanía posesionariol o Avalado
Firma del Profesional Forestal
Cédula de ciudadanía
30
-
RegistroOficht
Nombre del Ejecutorl : Firma: Cédi¡la de Identidad:
I
I 2
I
I
DdibiónEspecialNe'272
-
Lunes Z3 de fébfero de 2015
Representante legal2 de:
Cuando el ejecutor es una persona natural ojurídica diferente al propietmio o posesionario del bosque. Cuando el eiecutor es una oérsona iurídica.
Anexo I. Censo de árboles de especies de aprovechamiento condicionado-
REGISTRO DE ÁRBOLES DE ESPECIES DE APRO 'ECEA.MIENTO CONDICIONADO (DAP I3O cm)
No.
Anexo
I. U
DAP
Nombre de la especie
II.
Croquis del predio con infomaciones requeridas de acuerdo al artículo 24 de la presente Norma
Ubicación y tenencia del área del Programa de Manejo Forestal Simplificado Ubicación del área
Provincia: Area total del Programa:
Cantón: hectareas. Coordenadas geográficas del punto GPS, en el iirea: Referencias pa.ra ubicación del área:
Parroquia:
AN:EXO 5
]IIODELO DE PR()CRAMA, DE CORTA P.ARAZO}iA DE CON\/ERSTÓN LEGAL Flrma: Elaborado por: IlÉglstro de Flarr d€ ManeJo Inlcgral No.: c}ticina Foréstal: éciliidó por: Inspección reaüzada pcr: No. de Regisúro:_ Aprotrado por:
I"
No. rle Cédula: f'ectra: Fecha: Fecha:
Utricación y tenenci¿,déI ár.ea del Programa de Corta a)
[JDrcgctor'r det area
Plovincia:
Cantórl.-
Área total:
hectáleas.
Parroquia:
Coordenadas, Geográfi ca*:
TIT1\{W.GSA4Z0N:l: PTO
I
:(
Y
2
3
4 5
Referencias para ubicación dél ¿rear
b) 'fenencia clel rirea
Prcpietariooposesiorra¡io Super6cie(ha) t)ocumenloqueacreditetenencia(tipo,emrsor,fechaylrrgarrlee¡rúsiórr)
r
-1
Bd¡gifu Espeqial li?.272
il.
-
.Registro,oficial.,,- Lunes 23ldE'febrer.o.de :2¡15
3l
Existencia de madera y aprovechamiento estimado
EXISTENCIA DE MADERA1 Y TABLA DE APROVECHAMIENTO Común
Nombre
Científico
Número de Árboles
Area basal
Volumen
Producto oue se mclviliza 2 Tipo Volumen lm3)
m3
ffi
Subtotal de Ias especies a ser aDrovechadas:
ubtotal de las especies vedadas:
;:',;iÍliiiii;iri+1
:;rii.lflil;jiil,
Total:
Solamente del áreo que va a sel intervenida en un año Trozas, tablas, tablones. etc.
1
2
IIL Acuerdo - compromiso. Nosotros, los que a continuación firmamos, aseguramos que la información contenida en el presente documento
es
verdadera. Acordamos eféctuar el aprovechamiento de la madera deZona de Conversión Legal indicada anteriormente, de acuerdo a 1o estipulado en este Programa de Corta y en las nonnas legales pertinentes. Nos comprometemos, además, a
notificar cualquier modificación del Programa de Corta, antes de su ejecución. Lugar y fecha: Firma del propietario o posesionario 1
Cédula de identidad o posesionario
Nombre del Ejecutorl Firma: Céúrla de Identi¡ted:
Firma del Profesional
Forestal
Cédula de identidad
Representante lega12 de:
I Cuoú el ejecator es una persona nalural o jurídíca diferente al propietario o posesionario 2 Cuondo el eiecator ei una persona iurídica.
del bosque.
Anexo I. Registro.de árboles.
No.
Nombre omún Científico
REGISTRO DE ILRBOLES CENSADOS Marcar con una letra "X' DAP cuando sea una especie vedada Cm
Hc m
Total: No.: Hc:
AB:
número con el cual se registro el rirbol en el censo forestal. diámefo ala altvra del pecho. altura comercial. área basal calculado mediante la siguiente fórmula,
Vol.:
40.000 AB : DAP2 x 3.1416/ volumen calculado la siguiente fórmula, mediante
DAP:
V:ABxHcxf
f: factor de forma: 0,7.
AB m2
Voll m3
d I
32
Edición Especial
N'272 -
Registro
Oñcirt -
Lunes 23 de febrero de 2015
Anexo II. Mapa con la zonificación del Plan de Manejo Integnl 1 con el área del programa delimitada dentro de la Zona de Conversién Legal.
-{\tto; Df L\TOR\[[ TEC}ÜCO
SIODELO
IIiF'ORME DE f\iSFfCCIÓ\ PRELIMINAR
\i.. de Regrstlo:
Regente Foresial Plan o prograrn:r inspecciorndo:
Foma.ción hnscos¿.:
E1 plan o
programa está adecuad¿rnente elaborado ?
Plan de fi{anejo Integral - PMI I i
I
A-
El PMI cuenta con las copias certiñcadas de 1cx documentos
B.
Se respetanlas zonas de
-
qe aralton
l¿ tenencia de toclos los predros ?
protecciónpermanente:
1o largo de cursos de agrn y alrededrrr de los lagos, lagunas- r::=;.-l,rs ¡ ftentes de agua ? En áreas con pendientes pronunciad¿s ? (Cuuzdo se aph4ue) En ¿ireas que sonhábitat de poblaciones de farma o flora amenazacr¡ & :rtinr'ión ? En áreas que contienen sitioS de valor histórico y arqueolígico ?
A
Declaradas por interés público ? En áreas con bosques riberefics, mangl¡res y bosques en sr¡elos críticame¡te inestables ? i el PMI contempla una Zona para Conversión Legal.
-
E1 área de está zona mas e1 área de 1a zona p¿ra ofos usos no sr-per¿ el 330 o Gl area del predio ?
El area de eslá zorn nopressnt¿ pendrent¿s supenores a 45- '/ La zonificación está presentada scrtre mapa bi¡se dei PMI en esc¿la a'kr:ada ? La exteniión del predio es rn'ayo a 0,1 ha ,v menor de 50 ha:
ht
Ei croquis omapa clel álrea del PMI conlazonificacióq está adecua&ment: el¿borado ?
r
t
I r
C.
E1
D.
Se h¿ levant¿do
PMI cuenta con ia declaraciónjuramentada, elevada a escritura putlca ? la infomación Geo¡eferenciada c1e al menos 2 pr:rüt-s &1 a¡ea P1{l ?
Programa de -\Ianejo Forefal Sulnntable - Pj\lFSu
A"
E1 PMFSu cuenta con las
copiar cer-hficadas
de
los documentos qre
Ei área del PMFSu es perfectamente identificable en e1 campo ?
rreá;rrr
la terirria
& todos los predicx
?
El PfulFSu ha sido elaborado por un Ingeniero Forestal ? El Ingeniero Forestal cuenta con Licencra Prolesional actu¿lizada a Ia fech¡ d¿ la ¿labrxacir-n del PMFSu ?
B. -
Si se ha realizado unrnventano: Se h¿n defimitado claramente 1as parcelas c1e muestreo en e1 campo ? Se ha registado la especie, e1 diámetro a 1a altua de1 pecho (DAP) y la altura comercial de todos árboles igrral o superior a 30 cm en cada una de 1as parcelas ? E1 eror de mussheo mildmo es de1 20% y 1a probabilid¿d de1 95" i, ?
con DAP
Si se ha realizado rur irrventario, en el censo comercial:
t I ¡ ¡
-
Se ha regishado la especre. el djámetro a la altura del pecho (D.API DAP igual o superior al DMC, de las espeoies a exh'aer ?
¡'la alnua.o*.r.iul
El número con el cu.d el árbol fue registrado, está adecuad¿mente pintado en e1 tronco
de todos los arboles con
?
Caso contrario, en el censo lorestal: Se ha
regisbado la especie,
e1 diámetro a 1a. altLua del pecho
(DA?j;'la
aitu¡a comercia-1 de todos ios áuboles con
f
-
f
En el censo forestal,el número con el cual e1 árbol fue regishado, estii adecuadamante pintado en e1 tronco ?
l
il
|,I
DAP supenor a 30 cm ?
l
Edición Especial
N'272 -
Registro Oficial
'-
Lunes 23 de febiero de
2015
Para determi:rar el volumen a ser aproveohado de m¿dera:
C.
El volumen ¡e ha calculado mediante la lórmula establecida ?
Se hanidenti-ficado las especies de baja abLindancia- las males no
Fr*n
ser aprovechadas ?
Se ha respetaclo el chameho mirumo de corle oficral ? Se han dejado arboles de reserva por especie. conlorme lo establecidl. ?
Los arboles a ser aprovechados estÉLn dishibLldos en toda el área del programa ? La corta de árboies de especies de aprovechamiento condicionado e*á correctamente justificada ? aprovechamtenlo nlo de árboles cardos o muertos por proc'esos narurales ? Se ha considerado el aprovechamte Tratamientos silviculrural es: Para eliminar ánboles se in establecido ia existencia de madera mediante 1a altemativ¿ censo forestal ? Los árboles a eliminar lomentan ouos arboles de funuo aprovechamiento o de reserva ? Los árboles a elimrnar tienen DAP que va¡ía enÍe 30 cm y et DMC & La especie ? Los árboles a eliminar son de esp€cies, cuyos áiboles de futuroapro'echamientono tienentaja abundanoia ? El eruiquecimien eruiquecimiento to en claros se efecnnrá con al menos 4 especies nativas y con una abundancia no superior a
50 irb./ha2
E.
La intensidad:
-
De,apioveoh¿¡miento es de mádmo 30% ? De intewención es de ma,timo 40ozo ? De aproveohamie aproveohamiento nto de los arboles a eliminar por co¡ta es demáximo 5% ? De intervención de 1os á,rbole a eliminarpor aoillamiento es de má:omo 5% ?
Se
adecuadamente el ciclo nunimo de corta ha determrnado Para la planiñcación de la exhaccic,nl
F. -
?
Se han considerafus los porcentajes má,vmos de inien'ención &l área del programa por consFucción de caminos ypatios de accpiq que en todo caso acumulado, no po&á ser sr-perior a2}oto? Se ¡¿ ee&siderado.adecr¡adamente 1a gradiente longitudirral máxim en el tuazado de,ios oaminos ?
(Cuando se apttque)
il ;*";;'¿."*Ltt n* srdo flaniñcados sobre el tazado de caminos de ar:rastoe que fueron construidos para aprovecharlientos, ¿rnteúores ? Sehanconsideradocorrccta-mente lmcriterios de1 artícrilo 1ó & la presente Norma para el aprovechamiento de la madera, segLm.conesponda
El mapa de aprovechamiento forestal srntentalile estii adecuadamente elaborado con información referente a la ubicacién lm á¡bdes, curvas de nivel, red hidrográfic4 limites del area, localizricn y extensión de caminos y patios ?
de
G Fl PMFSu cuenta con declaraciónjuramentada elevada a esoritm¿ pública ? H. Se ha leva¡tadq infotmación Georeferenciada de los prurtos GPS en el á¡ea PMFSuy está visualiz¿da en el croqurs ?
Frogram
.4"
tle ManeJo ¡r6¡sgal
$imFlifi$do, FA{FSi
El PMFSi cuenta con las copias certif cadas de
1os documerúos que acreditan la; tenencia del
predio
?
B. Para deterrnirnr el vollmen a ser aprovechado de rnadera: - Etr vclumen se ia calculado mediante la fónnrila establecid¿ ? - Se ha respetado'el diamefro Trunimd de corta oEcial ? - Se ha respetado el criteno de 25 metros ? - tl número con el cual el fubol a cort-a-r lue regishado, eslá adecuadamente -
pintado en ql tronco ? (Cuando se aplique) La coda de árboles de especies de aprovechamiento condiciorndo está colrectamente justificada ? E1 niimero con el cual el arbol de la especie de aprovechannento condícionado fire regishado, está adecuadamente pintado en el ho¡co ?
(Cuandn se aplique) El enriquecimie enriquecimiento nto en cl¿¡os se efecfuará con al menos 4 espeqies naüvas )r cón una abundancia Ro superior a 50 arb.,4m ? _
f,s parte del PMFSi un croquis con las infcr 4aciones sOlicitadas ? ha considerado el aprovechiimiento de árboles caídos o muertos por procems naturales ?
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33
38
Edicién Especial
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Registro Oficial
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Lunes 23 de febrero de 2015
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?.- N*mbre del propi*tario: 3. - Su¡leifi cie a¡:ror,echaila : 4.- Tipo d* pr':grarna utili zadc para aprorre ohamientc 5.- Fecha de preseniación del plan: 6.- Fccha de aprabacién d ei plan: S"- Téonico Respansable:
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II- Flsn de mnneja xilr.'icultural
* i.¡Teenicax post irpav*ctrauiie¡{t-.. prrr' .J.irpi* ntntre de rtgenera-cir}n natr:ral, erriq**cimieirl.o *n fa,ja:i. *ntri: ir-
alras; 1j tdcnirirs p*ra n:nneja tufrrt-¡ hasi¿ iltgar al tnmlr luial. l-*r ej*npl* raieos, ¡mrhs, enjre tfras. )Ft
AR'- Áre¿ Basal: Vül'-'
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