Norma Jurídica
April 6, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
Short Description
Download Norma Jurídica...
Description
Norma jurídica 2.2
dirigid gidaa a la orde ordenaci nación ón Una norm norma a jurídic jurídica a es un unaa regla diri del comportamiento humano prescrita por una autoridad una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción una sanción.. y confiere derechos confiere derechos.. Generalmente, Generalm ente, impone deberes impone deberes y
1
La norma trata de proteger las condiciones de convivencia y en especial ciertos bienes ciertos bienes jurídicos jurídicos.. Despliega sus ex post, efectos ex efectos post, una vez que se ha producido el suceso. Por ello, la sanción atiende a la prevención la prevención especial especial..
Distin Distinci ción ón de otra otrass reglas reglas 3
Se diferencia de otras normas de conducta en su carácter heterónomo (impuesto por otro), bilateral (frente al sujeto obligado a cumplir la norma, existe otro facultado para exigir su cumplimiento), coercible (exigible por medio de sanciones dada la posibilidad legítima de recurrir al uso de la fuerza socialmente organizada en caso de su incumpli incumplimiento) miento) y externo (importa el cumplimien-
Clas Clasifi ifica caci cion ones es
3.1
•
to de la norma, no el estar convencido de la misma). [1] Las normas jurídicas pueden diferenciarse de las reglas del Derecho,porque las primeras tienen intención prescriptiva, mientras que las reglas tienen carácter descriptivo. Además, el término está muy relacionado con el de Derecho.. A este último concepto pueden atribuírsele diDerecho ferentes ferentes sentidos, siendo uno de los más recurren recurrentes tes el de ordenamiento o sistema de normas jurídicas. ordenamiento o
•
3.2
La relaci relación ón entr entree ordenami ordenamiento ento jurídico y norm normaa esla que existe entre el todo y una parte. Es de carácter cuantitativo. El ordenamiento jurídico está formado por el conjunto de las normas jurídicas. Es común que se confunda el concepto de norma jurídica con el de ley de ley o o legislación legislación;; sin embargo, la ley es un tipo de norma jurídica, pero no todas las normas son leyes, dado que también son normas
2.1
Clasificaci Clasificación ón en fun función ción de la voluntad voluntad del individuo Normas imperativas: Obligan an indepen independienteme dientemente nte imperativas: Oblig de la voluntad del individuo. Normas dispositivas: dispositivas: Obligan cuando no existe una volun voluntad tad ex expre presa sa en co contr ntrari ario o de dell in indi divi viduo duo.. Est Estaa categoría puede incluir a las normas las normas supletivas supletivas.. También puede considerarse como dispositiva la norma la norma interpretativa,, es decir, aquella que va encaminada interpretativa a determinar e interpretar la voluntad de las partes.
Clasific Clasificaci ación ón hartia hartiana na
Hart señalaba que lo que diferencia al derecho de otros sistemas normativos es que está formado por otros sistemas de normas: normas primarias y normas secundarias. •
ministeriales, decretos jurídicas los reglamentos los reglamentos,, órdenes ministeriales, decretos y, en general, cualquier acto administrativo administrativo que que genere obligaciones o derechos. También son normas jurídicas obligaciones o las que emanan de actos de actos y y contratos contratos celebrados celebrados entre particulares o entre estos y organismos públicos cuando actúan como particulares, sujetándose a las prescripciones de de Derecho privado. Derecho privado.
2
Funció Función n protec protector tora a
Func Funciion ones es
•
Funció Función n motiv motivado adora ra
La norma procura que no se quebranten las condiciones y normas de convivencia y, en especial, que no se dañen bieness jurídicos jurídicos.. Despliega sus efectos ex efectos ex ante ante.. Por ello, biene la sanción atiende a la prevención la prevención general general..
•
1
secundarias: son las normas que no tienen Normas secundarias: por objeto crear obligaciones, sino más bien atribuir poderes o facultades. Las normas secundarias se introducen para remediar los defectos que padece o que tiene un sistema de derecho en el cual haya normas primarias solamente. Estos defectos serían: primero, la fa falta lta de certeza, que se remedia por las normas de reconocimiento; segundo, la inmovilidad, que se subsana mediante la norma de cambio; tercero, la ineficacia, que se pretende superar mediante las normas de adjudicac adjudicación. ión. Normas primarias: primarias: son las normas de conducta, las normas de comportamiento y que califican como prohibi proh ibido, do, permitid permitido o y obli obligato gatorio. rio. Estas norm normas as imponen deberes y crean obligaciones, mientras que las secundarias pueden ser públicas o privadas. cambio: son aquellas normas que nos in Normas de cambio: dican cómo pueden derogarse total o parcialmente las normas del ordenamiento jurídico. Nos dicen
2
también cómo es posible modificarlas y cómo introducir nuevas normas. Son las llamadas« normas sobre la producción de normas», porque determinan quién puede llevar a cabo estos cambios.
3
CLAS CLASIFI IFICA CACIO CIONES NES
(b) Normas prohibitivas: prohibitivas: Impi Impiden den o niegan la posibilidad sibili dad de hacer algo. (c) Normas permisi permisivas: vas: Toleran Toleran alguna cosa o reconocen o declaran un derecho. 5. Según su su función función
3.3
Otras Otras clasifi clasificac cacion iones es
1. Según Según si pueden pueden o no ser sustituidas sustituidas o modific modificadas adas por los sujetos de la relación. (a) Normas de orden orden públi público, co, de ius cogens o o necesarias: Los sujetos, en sus relaciones, deben ceñirse a ellas, ineludiblemente, no pudiendo modificarlas por otras de su creación. Esto se debe al hecho de que manifiestan un prepon interés colectivo. derante interés derante colectivo. (b) N Norm ormas as de or orde den n priva privado: do: Son aque aquella llass que las partes, en sus relaciones, pueden modificar o sustituir enteramente por otras elaboradas por ellas mismas, pues envuelven interés exclusivamente para los sujetos de la relación. Rigen en silencio de las partes, son supletorias de su voluntad. 2. Según el interés interés preponde preponderante rante que tutelan, los su sujejetos de las relaciones y la calidad en que ellos actúan (a) Normas de derecho derecho p público úblico (b) Normas de derecho derecho p privad rivado o 3. Según sean dictadas dictadas para una totalid totalidad ad o determinada clase de personas, cosas o relaciones jurídicas (a) Norma Normass de derecho derecho común: Son las dictadas dictadas para la totalidad de las personas, cosas o relaciones jurídicas, por ejemplo, el derecho el derecho civil. civil. (b) Normas de derecho derecho especi especial: al: Son dictadas para una determinada clase de personas, cosas o relaciones jurídicas, en razón de ofrecer peculiaridades que exigen apartarla de la disciplina general de las normas comunes, como el derecho comerc comercial ial.. Enton Entonces, ces, las normas normas de derecho común se aplican supletoriamente respecto de las de derecho especial, pero a la inversa, los vacíos legales comunes no pueden ser llenados con las normas de derecho especial. Es así como las normas generales del derecho civil suplen los preceptos de las demás ramas del derecho privado cuando ellas no existen, es decir, cuando existen vacíos legales. 4. Según el mandato mandato que contengan las no normas rmas (a) Norma Normass imperati imperativas vas:: Ordenan Ordenan o mand mandan an expresamente alguna cosa o imponen la observanciaa de ciertos requisitos vanci requisitos para realizar el acto o definen ciertas materias.
(a) Normas supleti supletivas vas o integradoras: Suplen los vacíos del contenido de las declaraciones declaraciones de la voluntad de las partes o autores de un acto jurídico. (b) Normas interpretativas interpretativas o expli explicativ cativas: as: Sirven de reglas para la interpretación de las normas jurídicas o de los actos jurídicos. 6. Según el tiempo tiempo de duración de las no normas rmas (a) Norma Normass perm permanen anentes: tes: No tien tienen en predeter predetermiminada su vigencia, porque se establecen para llenar necesidades permanentes y, por ende, ri rige gen n hasta hasta que que otr otraa no norma rma pos poster terio iorr no las priprive de vige vigencia ncia mediante la deroga derogación. ción. (b) Norma Normass transito transitorias rias:: Son las que tien tienen en duración puramente temporal, ya sea para satisfacer una necesidad circunstancial o para facilitar el paso de la antigua legislación a la nueva. 7. Según la aplicación aplicación de pri principios ncipios (a) Norma Normass reg regul ulare aress o normal normales es:: Son las que que apliaplican de un modo u otro los principios gene generales rales de una rama del derecho o de una institución jurídica. (b) Norma Normass ex excep cepcio cionale naless o sing singular ulares: es: Se apli apli-can a casos que obedecen a principios antitéticos de los generales del ordenamiento jurídico. Son las que se inspiran en principios contrapuestos a aquellos, respecto de los cuales constitu constituyen yen excep excepcio ciones. nes. Enc Encuentr uentran an su expl plic icac ació ión n o ra razó zón n de se serr en la ne nece cesi sida dad d de proproteger los intereses de una de las partes, de los terceros o de posibilitar la constitución de una relación jurídica o el ejercicio de un derecho que, ajustándose a las normas regulares o no, sería dable alcanzar o sería muy difícil. 8. Según disciplinen disciplinen de forma dir directa ecta o indirecta (a) Norma Normass regu regulado ladoras ras o ref referi eridas: das: regulan en forma directa una relaci relación ón jurídica. (b) Normas de aplicación, aplicación, reenvío o refe referencia renciales: les: Son las que, para los casos que ellas contemplan, no establecen regulación, sino que disponen que esta ha de ser la que para casos distintos contemplan otras normas. 9. Según Según su alc alcance ance (a) Norma Normass de derech derecho o gener general al o com común: ún: Son las que rigen en todo el territorio.
3
(b) Normas de derecho derecho particular o loca local: l: Son las que que imp imper eran an solo solo en una par parte te deter determin minada ada del del territorio nacional. nacional. 10. Segú Según n la sanc sanción ión (a) Normas perfectas: perfectas: Son las dotadas d dee una sanción idónea. (b) Normas imperfectas: imperfectas: Son las desprov desprovistas istas de toda sanción. (c) Normas menos q que ue perf perfectas: ectas: Si bien bien se hallan dotadas de una sanción, esta no es adecuada. 11. Según su ámbi ámbito to de aplicación aplicación (a) Norma Normass rígidas o de derecho derecho estricto: estricto: Son las que solo pueden aplicarse a los supuestos que contemplan y no a otros por análogos o parecidos que fueran. (b) Normas Normas elá elástic sticas as o de derech derecho o flexibl flexible: e: Son aquellass cuya aplicac aquella aplicación ión puede exten extenderse derse a otros casos o supuestos por ellas contemplados, parecidos o análogos porque responden al espíritu de la norma y nada se opone a su aplicación aplica ción extensiva extensiva o analógica, analógica, a ambas o, al menos, a la primera. 12. Según sus característi características cas (a) Norma Normass sustanti sustantivas vas o mate material riales: es: Son las que tie tiene nen n una finali finalidad dad pro propi piaa y su subs bsist isten ente te por sí, fijando la regla de conducta y las facultades y deberess de cada cual (por ejemplo, las normas debere de derecho civil). (b) Normas adjetiv adjetivas as o formale formales: s: Son las que poseen una existencia dependiente y subordinada, pue puess sol solo o tie tiend nden en a facili acilitar tar los med medio ioss par paraa que se cumpla la regla establecida, garantizando el respeto a las facultades y deberes atribuidos por las normas sustantivas (por ejemplo, procesal). ). las normas de derecho de derecho procesal
4
5
Véas Véasee ta tamb mbiién •
Derecho
•
Filosofía del Derecho
•
Sociología del Derecho
•
Norma social
Notas Notas y re refferen erenci cias as
[1] Schettino Yáñez Yáñez,, Macario (2006). Introducción a las ciencias socia sociales: les: un en enffoque const constructi ructivista vista. Nau Naucalp calpán án de Juárez: Pearson Educación. p. 50. ISBN 50. ISBN 9789702607809 9789702607809.. OCLC 212662685. 212662685. Consultado el 1 de abril de 2012.
6
Bibl Biblio iogra grafí fía a •
Aftalion, Enrique (1994). Introducción del derecho. (4ª ed.). Buenos Aires: Abeledo-Perrot. isbn 95020-1596-7.
4
7
7
TEX TEXT T AND IM IMAG AGE E SOURC SOURCES, ES, CONTRIB CONTRIBUTORS, UTORS, AND LICEN LICENSES SES
Text Text a and nd image image sources, sources, contri contributors butors,, and lic license ensess
7.1 •
Text Zuirdj, JorgeGG, Lourdes Carde Norma jurídica Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jurídica?oldid=77736920 http://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jurídica?oldid=77736920 Colaboradores: Zuirdj, nal, Alstradiaan, Truor, Murphy era un optimista, Yakoo, Guitito, Fmariluis, Soulreaper, Petronas, Airunp, Taichi, RobotQuistnix, Yrbot, BOT-Superzerocool, .Sergio, Gaeddal, Pepepotamo93, Equi, Banfield, Milestones, Chlewbot, JeanV, Filipo, BOTpolicia, Reynaldo Villegas Peña, CEM-bot, Can, Roblespepe, Naturagirl, Retama, Baiji, Rosarinagazo, Dantekrad, Jorge, Gafotas, Dorieo, FrancoGG, Airwolf, RoyFocker, IrwinSantos, Isha, Felipe Canales, JAnDbot, Kved, Diegazo, Humberto, Netito777, Rei-bot, Guidozubieta, Felknight, Pólux, Sebado, Wgarciamachmar, VolkovBot, Technopat, Libertad y Saber, Matdrodes, DJ Nietzsche, Lucien leGrey, AlleborgoBot, Sealight, SieBot, Ctrl Z, Novellón, Mel 23, OboeCrack, Iuris-bot, Correogsk, Greek, XalD, Jarisleif, Javierito92, Nicop, Farisori, FCPB, Martinaja, Leonpolanco, Petruss, Poco a poco, Sebas rubiano, Atila rey, Açipni-Lovrij, Hahc21, Camilo, UA31, AVBOT, David0811, Flakinho, RckR, Angel GN, Diegusjai Diegusjaimes, mes, Davidgutierrezalv Davidgutierrezalvarez, arez, DumZiBoT, Linfoc Linfocito ito B, Andreasmperu, Luckas-bot, Angel ivanov angelov, Dangelin5, Jorge 2701, ArthurBot, SuperBraulio13, Xqbot, Jkbw, Dossier2, Irbian, Emopg, Electronicmega, Electronicmega, Torrente, Danbleck, Alex299006, Botarel, BOTirithel, Vubo, PatruBOT, Ripchip Bot, Akenaton 666, Dark Bane, Jorge c2010, EmausBot, Savh, AVI AVIADOR, ADOR, HRoestBot, Ad TNT, Ebrambot, Rubpe19, Jcaraballo, Waka Waka, MerlIwBot, Danielpalombini, MetroBot, Acratta, LlamaAl, DanielithoMoya, Santga, Helmy oved, 2rombos, Zerabat, Victor Matias, Juristaenfurecido, Addbot, PabloOrtizDkno, Balles2601, LOLxD 23456789, Logotomia, Diegoignaciopobl Diegoi gnaciopobletekaka, etekaka, Yovann Yovanny y 12 345678 y Anónimos: 333
7. 7.2 2
Ima Images ges
7.3
Conten Contentt lic licen ense se
•
Creativ Creativee Commons Attribution-Share Attribution-Share Alike 3.0
View more...
Comments