Nivel de Cumplimiento Del PAMA en Empresas Harineras de Paita

November 26, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA ESCUELA DE POSTGRADO

PROGRAMA DE MAESTRÍA EN INGENIERÍA AMBIENTAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

TEMA:  Nivel de Cumplimiento del PAMA en Empresas harineras de Paita

DOCENTE MSc. Ing. Dante Castro Coronado ALUMNO Ing. Jibaja Sánchez, Carlos Alberto PIURA- PERÚ 2017

 

Índice I. 

Introducción  .........................................................................................................................3

II.  Marco Teórico  ......................................................................................................................4 1.  Industria Pesquera  ............................................................................................................4 2.  Extracción y pesca de los recursos   ...................................................................................5 3.  La actividad pesquera en Paita   .........................................................................................8 4.  Plantas Harineras  ............................................................................................................10 4.1. 

Harina de pescado ...................................................................................................11

4.2. 

Harina residual  .......................................................................................................14

5.  Contaminación por fábricas de harina de pescado  ..........................................................16 6.  Obligaciones ambientales en el sector pesquero  .............................................................24 6.1. 

........................... ..........25 Instrumentos de Gestión Ambiental en el Sector Pesquero Pe squero .....................................25

6.1.1. 

Declaración de Impacto Ambiental (DIA)  ......................................................29

6.1.2. 

Estudio de Impacto Ambiental (EIA)   .............................................................30

6.1.3. 

Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA)  ...............................33

.......................... .....38 7.   Nivel de cumplimiento del PAMA en empresas harineras en Paita ...............................38

III. 

Conclusiones  ..................................................................................................................43

IV. 

Recomendaciones  ...........................................................................................................45

V.  Bibliografía  ........................................................................................................................47 VI. 

Anexos  ...........................................................................................................................50

2

 

I.  Introducción El presente trabajo de investigación tiene por objetivo dar a conocer a los lectores cuál es el nivel de cumplimiento del PAMA de las l as empresas harineras en la ciudad de Paita y de la problemática ambiental que se vive hoy en día en esa ciudad debido a la contaminación del mar y del aire a causa de las descargas de aguas industriales y emisiones atmosféricas de las plantas pesqueras, en especial de las plantas industriales que elaboran harina harina de pescado pescado y harina residual. residual. El problema del presente trabajo radica en que la información acerca del nivel de cumplimiento del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) en estas empresas harineras en Paita es casi nula, no habiendo podido recolectar muchos datos de los principales sectores que manejan a las industrias harineras en el país y a la vez en la ciudad de Paita como son el Ministerio del Amiente (MINAM), la Dirección Regional de la Producción –  Piura  Piura (Direpro –  Piura)  Piura) y la OEFA –  Piura.  Piura. La información obtenida se ha podido recabar del Reglamento de la Ley General de Pesca (D.S. ( D.S. N°0122001-PE) aprobada el 13 de marzo de 2001. Lo que sí es un hecho después de haber conglomerado la información es que ninguna empresa Harinera de Paita cuenta con PAMA ya que éstos prácticamente dejaron de ejecutase en el año 2005 y se actualizaron a Estudios de Impacto Ambiental (EIA). Además se puede ver el grado de ineficiencia de la municipalidad de Paita, ya que en el año 2014, la empresa alemana BEVITEC S.A. ya contaba con el expediente técnico y con el estudio de impacto ambiental aprobado por PRODUCE mediante R.D. Nº 2622014-PRODUCE/DGCHD 2014-PROD UCE/DGCHD el 1 de de abril de 2014, 2014, y con el terreno otorgado por por la misma municipalidad para la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales, no habiéndose ejecutado hasta ahora este proyecto que beneficiaria en la comuna de Paita y sobre todo salvaría la bahía de Paita de la contaminación que sufre. 3

 

II. 

Marco Teórico

1.  Industria Pesquera En la industria pesquera, como las demás industrias que se desarrollan en el Perú,  producen contaminación ambiental, siendo las fuentes principales pri ncipales de contaminación las que a continuación se mencionan:   Los desembarques de pescado en los muelles o chatas mediante bombeo hidráulico,



la sangre, escamas, trozos de pescado o pescado entero, de los cuales una parte vierten al mar.   Las Playas que contienen aceites, grasas y material fecal en suspensión que



degradan las arenas y las aguas en la línea de playa, afectando la vulnerabilidad de ellas y su ecosistema.   La decantación del aceite en las pozas, que luego se vierten al mar que contienen



 proteínas en descomposición, descomposición, aceites aceites y otros desechos orgánicos. orgánicos.   En la Planta de Enlatado, los desechos del lavado y las escamas se vierten al



desagüe para luego descargar al mar. Los residuos de detergentes y soda cáustica que se utilizan en la limpieza también vierten al desagüe y luego al mar. Las aguas condensadas calientes, proveniente proveniente del esterilizado, igualmente descargan al mar. La pesca, incluida la acuicultura, constituye una fuente vital de alimentos, empleo, recreación, comercio y bienestar económico para las poblaciones de todo el mundo, tanto para las generaciones presentes como para las futuras y, por lo tanto, debería llevarse a cabo de forma responsable y seria.

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2.  Extracción y pesca de los recursos Los avances tecnológicos rápidos y los aumentos significativos en la población humana durante el último medio siglo han dado lugar a un aumento extensivo de la explotación global de las industrias i ndustrias pesqueras marinas, marinas, es decir ha aumentado la capacidad de pesca pe sca de las embarcaciones individuales. En 1971 la captura total de especies marinas estaba  bordeando los 60 millones de toneladas por año, la FAO estimó que el potencial  pesquero mundial, basando en la explotación de las especies marinas de interés comercial conocidas, era de 100 millones de toneladas por año. Los grandes mares y océanos son perecederos. Aporte del hecho de que todos los recursos están en la actualidad completamente explotados, el acceso a esos recursos  permanece abierto a demasiadas pesquerías en todo el mundo. Según la FAO (2001), alrededor del 50% de los recursos de la pesca marítima de todo el mundo está completamente explotada, el 25% está sometido a explotación excesiva y alrededor del restante 25% podría resistir porcentajes de explotación más elevados. A pesar de la alerta, la tendencia hacia el aumento de la pesca excesiva, observada a principio de 1970, todavía no se ha invertido. i nvertido. La producción mundial de pescado ha pasado de los 19 millones de toneladas en 1950 a la casi 130 millones de toneladas en 2000, de las que forman parte 36 millones toneladas procedentes de la acuicultura. La mayor parte de la pesca de captura (calculada en unos 85 millones de toneladas) procede de los océanos. Las capturas incidentes y los desperdicios se calculan aproximadamen aproximadamente te en 20 millones de toneladas cada año (FAO, 2001). Como vemos, la situación ha cambiado significativamente con respecto a lo que se observaba hace unos 20 ó 30 años, cuando todavía se daba cuenta de una cierta cantidad de recursos vírgenes o virtualmente inexplotados. Esta situación 5

 

indica que las posibilidades de aumentar efectivamente la producción pesquera mundial son limitadas. El accionar del hombre fue siempre insignificante, comparado con la magnitud del ecosistema marino; todo era compensado por la naturaleza. El mar y la atmósfera se comportaban como infinitos, deglutiendo los subproductos indeseables de la actividad humana. Pero, nos volvimos demasiados poderosos. Somos muchos y manejamos energías capaces de alterar equilibrios naturales. El uso racional y el manejo de ecosistemas esta en primera línea desde hace años. La actividad de la flota pesquera, presenta tres factores de contaminación por esta actividad, que deberían ser revisados: a)  Aguas de sentina. El achique de sentinas desde los barcos se realiza frecuentemente en el puerto previo a la recarga de combustible.  b)  Limpieza de bodegas. El lavado de las bodegas se realiza en puerto, utilizando la  bomba de descarga descarga y evacuando evacuando todos los residuos al mar. c)  Derrames ocasionales de hidrocarburos en las faenas de carga de combustible o reparaciones en puerto. Las aguas de sentina deberían ser eliminadas de acuerdo a las normas internacionales y bajo estricto control de la autoridad marítima, a través de controles de bitácora del buque. Las aguas del lavado de bodegas y aguas de lavado de sistemas de descarga deberían considerar procesos de tratamiento o eliminación fuera de la plataforma continental en sitios previamente seleccionados. seleccionados. Durante el proceso de descarga de la pesca, el principal factor de contaminación es el agua de sangre (sanguaza), producida en las bodegas del buque y que es vaciada directamente al mar.

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En la zona norte  –   centro centro la tendencia de la industria ha sido aumentar la capacidad de  bodega en la flota pesquera con el propósito de aumentar la l a eficiencia en la captura y disminuir los costos de operación. Esto significa un mayor tiempo de permanencia de la  pesca en bodega, disminución del rendimiento en la elaboración de materia prima y un incremento de los orgánicos en los RIL. La descomposición del pescado aumenta los desechos y su impacto en el agua de mar, al aumentar la solubilidad de las proteínas y la concentración de material particulado. Se estima que en sólo 12 horas las pérdidas por descomposición pueden pueden llegar a un 15% en buques de alto tonelaje. Los parámetros que influyen la descomposición son: el tiempo de residencia del pescado en las bodegas del  buque, temperatura ambiente, presión de la pesca sobre el fondo de la bodega (con la exudación de líquidos y pérdidas de grasas) y mecanismos propios de la captura (Enríquez & Bustos, 1987). La industria pesquera se caracteriza por trasladar en camiones la pesca desde el puerto de desembarque hasta las plantas elaboradoras por el sector urbano. Esto produce molestias en la población por el continuo derrame de aguas de sangre y mal olor. La situación se hace crítica con el traslado de desechos de materia prima desde las plantas de conservas y congelados, o por el transporte de aguas de cola. Una solución planteada para disminuir la contaminación por aguas de sangre durante las faenas de descarga es la reutilización de las aguas de bombeo, lo que permitiría la concentración de las proteínas solubles y el material orgánico particulado. Estas aguas residuales podrían ser finalmente incorporadas al proceso de producción (Enríquez y Bustos, op. cit.) y no devueltas al medio enriquecidas con materia orgánica.

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3.  La actividad pesquera en Paita Paita, constituye el principal puerto pesquero de la región Grau. En nuestro puerto la  pesca para consumo humano es predominante, ocupando el primer lugar a nivel nacional. En esta zona se presentan básicamente dos tipos de pesca: la denominada pelágica, constituida por peces peces como sardina, jurel,

caballa, bonito, etc. etc. Extraídas por

embarcaciones de tipo de bolicheras. También, la pesca demersal o de fondo, sustentada  por peces como merluza, cabrilla, suco, cachema, lenguado, tollo, etc. Extraídos por embarcaciones de tipo rastreras. 1.  Pesca Artesanal: En nuestro litoral se albergan varias comunidades de  pescadores artesanales siendo si endo las más representativas: representativas: La IIslilla, slilla, Yacila, Puerto  Nuevo, Colán y la Tortuga. La pesca artesanal es variada siendo las l as más importantes: sardina suco, cachema, caballa, tiburón, tollo, caballa, así como pota, calamar, langostinos, percebes. 2.  Pesca Industrial y semi-industrial: En los últimos años la pesca de sardina y merluza viene siendo utilizada para el consumo humano indirecto. Esta iindustria ndustria sin embargo ha tenido serias fluctuaciones. fluctuaciones.

8

 

Industria Pesquera en Paita Tipo de empresa

Número de

% de empresas

Harina

empresas 23

35%

Aceite

5

8%

Enlatado

6

9%

Congelado

30

45%

Curado

2

3%

Total

66

100%

Tabla 1: La industria pesquera en Paita

Industria Pesquera en Paita 2

Curado 3%

30 Congelado 45%

Harina 35%

Enlatado 9%

6

Aceite 8%

23

5

Gráfico 1: La industria pesquera en Paita

9

 

4.  Plantas Harineras Actualmente en la ciudad de Paita operan 23 plantas que producen harina, destacando las plantas de harina de pescado y las plantas de harina residual: Industria Harinera en Paita Tipo

Número de empresas

% de empresas

Harina de pescado Harina residual

5

22%

18

78%

Total

23

100%

Tabla 2: La Industria harinera en Paita. Paita .

 

Industria Harinera en Paita Harina residual 78%

5

Harina de pescado 22%

18

Gráfico 2: La Industria Harinera en Paita.

 

10

 

4.1. Harina de pescado La harina de pescado se obtiene luego de retirarle todo el contenido de agua y gran  parte de sus grasas y aceites al pescado, quedando luego de este proceso la parte sólida, la cual es secada y luego molida al grado de una harina. En Perú, la única especie permitida por el Ministerio de la Producción para ser destinada a fabricar harina de pescado es la anchoveta (Engraulins ringens), también llamada sardina peruana (12  –  17cm);  17cm); mientras que en otras partes del mundo, como Estados Unidos se elabora harina de pescado en base a Menhaden (30cm), en  Noruega se utiliza utiliza el Capelán (19cm), y en Dinamarca el Arenque Arenque (20 cm). De acuerdo con IFFO (International Fishmeal and Fish Oil Organization), este ingrediente está compuesto en promedio por un 60% a 72% de proteína, un 5% a 12% de grasa, y máximo de humedad del 9% lo que le otorga estabilidad y permite almacenarla y manipularla por un tiempo prolongado. Entre los beneficios de la harina de pescado resalta la fácil digestibilidad de sus  proteínas para los organismos que lo consumen, además de ser rica en ácidos grasos  poliinsaturados esenciales esenciales como el Omega 3, EPA y DHA. El principal uso de este ingrediente marino es la formulación de alimentos  balanceados para el desarrollo de actividades como acuicultura (la principal), avicultura, ganadería, entre otros. La harina de pescado compite con otros concentrados de proteína animal y vegetal como las harinas de la industria cárnica y la producción soya. Sin embargo, estas últimas no ofrecen los amplios beneficios del ingrediente marino en cuestión. Actualmente, el Perú es el primer productor mundial de harina de pescado, seguido de Tailandia, China, Chile y Estados Unidos, según el último Anuario Estadístico de IFFO, publicado en 2015. 11

 

La Sociedad Nacional de Pesquería agrupa a las principales empresas productoras de harina de pescado del Perú, las que representan el 75% de la producción nacional. Del 2008 a la fecha, estas empresas han invertido importantes sumas de dinero en la mejora de la calidad de la harina de pescado, principalmente en la refrigeración de embarcaciones y el proceso de secado.

 

Imagen 1: Proceso productivo de la harina y aceite de pescado.

12

 

Imagen 2: La harina de pescado.

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4.2. Harina residual Primero fueron Sistemas de Servicios de Tratamiento de Residuos Sólidos (SSTRS), luego plantas de Reaprovechamiento y pronto plantas de harina residual. A inicios del año 2005. En el norte del país: Paita, Talara, Sechura, Negritos, Colán, etc. proliferaba la actividad ilegal de fabricación de “harina de Pota secada en  pampa”, que luego era negociada ilegalmente para mezclarla con la harina de

 pescado y subirle supuestamente supuestamente el contenido de proteína aprovechando que la harina de Pota tiene un alto porcentaje de proteína. Los bosques de algarrobos eran depredados y la contaminación al ambiente, debido a la fetidez que producía esta ilegal actividad era motivo de la preocupación y  protesta de la población. El Ministro de la Producción en ese entonces Alfonso Velásquez Tuesta, conociendo que la autorización de la instalación de plantas de harina de pescado estaba prohibida por la RM N 218-2001 PE, quiso solucionar el  problema al emitir la RM 043-2005-Produce, autorizando en su artículo primero “que los residuos y desechos de pescado, mariscos y otros  recursos

hidrobiológicos

que se generen en los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales (DPA) se procesen en los establecimientos industriales pesqueros, pesqueros, que cuenten con licencia vigente para la operación de plantas de harina de pescado destinado al Consumo Humano Indirecto, CHI, plantas netamente harineras, o por las plantas de procesamiento de harina residual, las que por disposición disposición de la R.M 218-2001-P 218-2001-PE E son accesorias a su actividad principal que es el Consumo Humano Directo, CHD, siendo una obligación dispuesta en el numeral 53.3 inciso d, del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado mediante DS 012-2001-PE, 012-2001-PE , que establece que la operación de los establecimientos industriales pesqueros y plantas para el procesamiento pesquer pesqueroo de CHD está sujeta entre otras condiciones a reducir y minimizar los riesgos de 14

 

contaminación ambiental, implementando sistemas de recuperación y tratamiento tratami ento de residuos y desechos (planta de harina residual). Así mismo en su artículo 2°, de la citada norma, dispone “en los lugares de

ubicación de los desembarcaderos pesqueros artesanales donde no existan plantas de  procesamiento de harina de pescado y plantas de harina de pescado residual y los volúmenes

de

residuos

lo

justifiquen

técnica

y

ambientalmente,

EXCEPCIONALMENTE por resolución ministerial podrá disponerse, el otorgamiento de autorización de la instalación y licencia para la operación de  plantas de procesamiento de los residuos y desechos generados en los desembarcaderos pesqueros artesanales, cuya capacidad instalada estará en relación directa a la cantidad de residuos generados generados en dichos di chos desembarcaderos, desembarcaderos, teniendo una capacidad máxima de 5T/H de procesamiento de MATERIA PRIMA RESIDUAL. De otro lado, en sus articulados 2°, 3° y 4° de la misma norma, afirma, los  procedimientos, que, EXCEPCIONALMENTE, EXCEPCIONALMENTE, permiten el otorgamiento de autorización de instalación de licencia para la operación de plantas de  procesamiento de residuos y desechos de pescado en los desembarcaderos desembarcaderos artesanales. Pues bien, Velásquez Tuesta, ni se i maginaba el “sancochado” que se cocinaría tras la RM 043-2005-Produce, menos el “aprovechamiento” que generaría  para los “atilas” de la pesca.  

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5.  Contaminación por fábricas de harina de pescado En la costa peruana se ha desarrollado una próspera industria pesquera, orientada a la  producción de harina y aceite de pescado, pescado, que representa uno de los rubros más importantes de la economía nacional. Sin embargo, en los lugares donde se ubican estas industrias la contaminación del agua y del aire es un problema, especialmente en Paracas (Ica), Chimbote (Ancash), Paita (Piura) y otros puertos. La contaminación se produce de varias formas:   Por la manipulación o descarga del pescado desde las embarcaciones pesqueras



hacia las plantas de transformación, ya que todo este proceso genera aguas de succión o bombeo que al haber entrado en contacto directo en el pescado, están cargadas de restos de pescado. Estas aguas reciben un tratamiento muchas veces ineficiente, y en algunos casos incluso no cuentan con un tratamiento para esta etapa, por lo que acaban contaminando el mar.   La sanguaza, producida en la etapa de descarga, que es el líquido que llega a las



 pozas de almacenamiento de la materia prima, el cual se mezcla con la sangre del  pescado mismo.  



El agua de cola, que es un líquido en cuya composición existe cierto porcentaje de sólidos, que se genera del proceso de centrifugación, de donde es derivado a una  planta evaporadora para recuperar los sólidos contenidos, pero que muchas veces al fallar los equipos suele ser eliminado como un efluente más del proceso productivo.

  En el proceso industrial y para la limpieza de las instalaciones se utiliza soda. Las



aguas con soda y restos orgánicos son vertidos directamente al mar sin ningún tratamiento.

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  Para la producción de harina de pescado se utilizan procesos de secado, y los



vapores de agua con alta concentración de gases de olor intenso son vertidos al aire, causando contaminación contaminación olorosa en las zonas urbanas cercanas. Por lo tanto, la contaminación se produce básicamente por verter todos estos desechos mencionados, de manera directa al mar o al aire, sin recibir un tratamiento adecuado, lo cual trae como consecuencia que exista una sobrecarga de restos orgánicos y químicos en los cuerpos receptores. Es por eso que en aguas que pertenecen a cuerpos marinos contiguos a estas plantas industriales, se manifiesta que existe una alto alt o índice de contaminación, que básicamente  provoca la muerte masiva de una serie de especies marinas entre peces y mariscos. es  por eso que para controlar este problema las plantas deben implementar sistemas de tratamiento adecuados que permitan que sus vertimientos y emisiones generados en sus distintas etapas productivas, no causen un impacto i mpacto ambiental. También implica un riesgo de contaminación, cuando se realiza la descarga de residuos oleosos o aguas sucias desde las embarcaciones pesqueras, lo cual muchas veces se hace sin seguir procedimientos establecidos que permitan garantizar la manipulación adecuada de este tipo de residuos. Además también representa otro riego de contaminación marina cuando se suministra combustible desde las plantas hasta las embarcaciones,, lo cual se suele hacer a través de una tubería submarina, la cual por falta embarcaciones de mantenimiento puede romperse y permitir así la fuga de estos productos oleosos,  pero también esto suele darse por la simple mala manipulación de las mangueras de combustible, lo cual muchas veces provoca la fuga de combustible al cuerpo marino. Considerar que cuando se producen descargas de efluentes pesqueros al mar con alto contenido de materia orgánica, llegan a consumir el oxígeno disuelto en el agua, ya que 17

 

necesitan este para descomponer la carga orgánica, lo cual provoca que las especies marinas mueran ante la deficiencia de oxígeno en su hábitat. Por otro lado cuando se  produce el vertimiento de sustancias oleosas al mar, se forma una especie de capa que evita que la luz del sol ingrese, lo cual altera el desarrollo normal de ciertos procesos naturales. Finalmente no olvidar que además de los efluentes y emisiones ya mencionados, existen otros como el monóxido de carbono que es generado por las calderas que se utilizan  para producir vapor, así como por los grupos electrógenos que aportan la energía al  proceso productivo. Recalcar que las emisiones en cierto modo han disminuido desde que se ha implementado los sistemas de secado ha dejado de ser a fuego directo para ahora convertirse en secado por aire caliente. Por ahora la legislación que regula este rubro ha determinado que se realicen monitoreos periódicos tanto de las emisiones como de los vertimientos generados por estas plantas productoras de harina y aceite de  pescado, lo cual resulta fundamental su cumplimiento para preservar la integridad del medio ambiente. Durante el proceso industrial se analizan tres fuentes potenciales de contaminación: a)  Pozos de almacenamiento La descarga de pescado desde los buques puede ser realizada directa o indirectamente a la planta a través de camiones que llevan el pescado hasta los pozos de almacenamiento. Si la descarga es directa, la recirculación de las aguas debería ser posible, siendo una limitante la distancia del sitio de descarga. La descarga indirecta dificulta este proceso y además produce un mayor deterioro del pescado por la demora y sucesivas cargas y descargas.

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La degradación proteica se produce inmediatamente después de la muerte y comienza  por una acción enzimática, para continuar por una rápida acción bacteriana y procesos oxidativos de los productos de degradación. El aumento de la temperatura ambiente en verano acelera los procesos de descomposición tanto en las bodegas (por el desprendimiento de gas sulfhídrico) como en los pozos. Uno de los principales compuestos producidos por la acción bacteriana son los óxidos de trimetilamina, hedor característico del pescado descompuesto.  b)  Gases y partículas a la atmósfera Las trimetilaminas son compuestos tóxicos de alta volatilidad (punto de ebullición de 3,5°C), por lo que no alcanzan a ser retenidos por los lavadores de gases y escapan al ambiente. Además la eventual adición de formalina durante el procesamiento del  pescado en descomposición, descomposición, como una forma de evitar pérdidas pérdida s mayores de proteínas,  produce un foco de contaminación puntual. Otro factor de contaminación atmosférica son las partículas generadas por los combustibles usados (partículas de carbón e hidrocarburos) y partículas de harina. Como una forma de evitar este tipo de contaminantes se han instalado, en algunas industrias, sistemas lavadores de gases y chimeneas de 40 m de altura. Un proceso eficiente, usando lavadores de gases y chimeneas de 40 m de altura, sólo debería liberar a la atmósfera vapor de agua. Una nueva tecnología implementada recientemente en el diseño de plantas de harina es la recirculación de los vapores agua en el proceso, lo que incluso eliminaría el desprendimiento de gases a la atmósfera.

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Contaminante

Óxido de nitrógeno

Óxido de azufre

Dióxido de carbono

Sulfuro de hidrógeno

Símbolo

NOx 

Descripción Los NOx  se producen durante el quemado de combustible, el petróleo puede contener hasta un 3% en  peso de nitrógeno, sin embargo la mayor contaminación  por este gas se da a elevadas temperaturas y po porr reacción del nitrógeno del aire, básicamente en los motores de combustión interna, por lo que la presencia de este

contaminante los secadores es despreciable. Los óxidos deen azufre son productos de la combustión del  petróleo y de todo combustible fósil. Las emisiones SO2 / SO3  gaseosas predominantes de azufre se encuentran en la forma de dióxido de azufre con pequeñas cantidades de trióxido de azufre. Son precursores de la lluvia ácida Todo proceso de combustión con combustibles fósiles  produce este gas producto producto de la reacción exotérmica entre CO2  el carbón y el oxígeno, es inevitable y es un gas de efecto invernadero. La acción bacteriana sobre la proteína del pescado  produce gases como CO2, NH3 y H2S entre otros, sin embargo este último en pequeñas concentraciones es H2 S  percibido por el olor a podrido y característico del  pescado descompuesto. descompuesto.

Amoniaco

NH3 

Partículas en suspensión y PM10

PTS / PM10

Vapor de agua

H2O

Producto de la moderadas, descomposición del pescado y en concentraciones es irritante al sistema respiratorio. Fácilmente miscible en agua. La materia particulado presente en los gases del secado es una mezcla de polvos finos de materia orgánica y cenizas  producto de la combustión de petróleo que escapa al ciclóneo. Vale la pena anotar que se ha asociado el olor a grandes distancias de las fábricas de harina de pescado los finos de harina emitidos a la atmósfera y transportada  por los vientos. Como producto del secado se genera vapor de agua que contiene aminas biogénicas y gases producto de la descomposición bacteriana del pescado (amoniaco, trimetilamina, sulfuro de hidrógeno, etc.) con malos olores que son motivo de quejas de las comunidades o  poblaciones vecinas a la Industria. Es un gas efecto invernadero

Tabla 3: Principales contaminantes atmosféricos producidos por las plantas harineras.

 

c)  Residuos líquidos de proceso Una vez extraído el mayor porcentaje de sólidos en la prensa, el líquido pasa a las centrífugas para extraer los aceites, los líquidos l íquidos residuales son conocidos como "agua de cola". (Tabla 4). 20

 

Composición

Valores 89.5 –  91%  91%

Agua Proteína

5 –  8%  8%

Aceites

0.5 –  1%  1%

Sales minerales Sólidos

1.5 –  1.8%  1.8% 4 –  7%  7%

Tabla 4: Residuos líquidos del agua de cola

 

Una fábrica que elabora normalmente 400 ton/día de harina de pescado, produce ca. 50 m3 de agua de cola, de la que se puede extraer 5.000 kg de solubles de pescado al 50% o 2.500 kg de pescado anhidro (harina de solubles). Si suponemos que la fábrica trabaja 15 días al mes, las cifras cif ras suben a 75.000 kg de solubles de pescados al 50% o 35.500 kg de harina de solubles (Silva, 1959). La cantidad de materia orgánica que puede ser aprovechada a partir del agua de cola es significativa para un proceso industrial (Junge, 1959); sin embargo, no todas las plantas  poseen evaporadores evaporadores de agua agua de cola. En condiciones adecuadas de dilución y utilizando bacterias adaptadas (Técnica del BOD), en 5 días puede ser degradada aproximadamente el 70% de la materia orgánica (Young, 1984). Los requerimientos de oxígeno en los RIL de las pesqueras (BOD) son extremadamente altos: de 457-5.157 mg de oxígeno por litro. Los amplios rangos observadoss se deben a diferencias de eficiencia de las plantas. En condiciones normales observado de oxígeno se ha observado que se requiere de 30-40 días para rremineralizar emineralizar un 75% de la materia orgánica (Skopintsev, 1981). En conclusión, el problema está en verter los desechos directamente al mar o al aire, sin tratamiento previo, produciéndose una sobrecarga de restos orgánicos y químicos. Varias zonas del mar aledañas a los centros industriales manifiestan una alta 21

 

contaminación y muerte masiva de organismos marinos (peces y mariscos). La única forma de controlar el problema es tratar los desechos (sanguaza, agua de cola y gases) antes de su vertimiento al ambiente.

Industria Harinera en Paita

5

Imagen 4: Distribución de las plantas Harineras en 18el litoral Peruano

Harina de pescado Harina residual

Imagen 3: Industria Harinera en Paita.

 

22

 

Imagen 6: Emisiones atmosféricas de las plantas harineras. 

Imagen 5: Emisiones de plantas harineras. 

Imagen 7: Efluentes del desembarque bolicheras con pescado en descomposición. 

de

las

Imagen 9: Derrame de aguas residuales industriales provenientes de las plantas harineras en el litoral.  

Imagen 8: Contaminación del suelo por la actividad pesquera. 

Imagen 10: Presencia de tuberías de descara clandestina con derrame de aguas industriales sin tratamiento previo. 

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6.  Obligaciones ambientales en el sector pesquero Los titulares de actividades pesqueras son responsables de los efluentes, emisiones, ruidos y disposición de desechos que generen o que se produzcan como resultado de los  procesos efectuados en sus instalaciones, de los daños a la salud o seguridad de las  personas, de los efectos adversos sobre los ecosistemas o sobre la cantidad o calidad de los recursos naturales, incluidos los hidrobiológicos, y de los efectos o impactos resultantes de sus actividades. Asimismo, es obligación del titular ejecutar de manera permanente planes de manejo ambiental y, en consecuencia, realizar las acciones necesarias para prevenir o revertir en forma progresiva, según sea el caso, la generación y el impacto negativo de sus actividades, a través de la implementación de prácticas de prevención de la contaminación y procesos con tecnologías limpias, prácticas de reúso, reciclaje, tratamiento y disposición final. Están también obligados a adoptar medidas destinadas de stinadas a la conservación de los recursos hidrobiológicos y de los ecosistemas que les sirven de sustento. En el caso de la transferencia del derecho administrativo otorgado para desarrollar una actividad pesquera o acuícola determinada, el adquirente está obligado a ejecutar las medidas de mitigación comprendidas en el PAMA, EIA o DIA, aprobado al anterior titular o cuando se establezca deberá adecuarlas a la normatividad ambiental vigente. La misma obligación rige en caso de fusión o escisión de empresas.

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6.1.  Instrumen Instrumentos tos de Gestión Ambiental en el Sector Pesquero Los instrumentos de gestión ambiental son mecanismos orientados a la ejecución de la  política ambiental, sobre la base de los principios establecidos en la Ley N° 28611  –   Ley general del Ambiente, y en lo señalado en sus normas complementarias y reglamentarias. Constituyen medios operativos que son diseñados, normados y aplicados con carácter funcional o complementario, para efectivizar el cumplimiento de la Política Nacional Ambiental y las normas ambientales que rigen en el país. La ley de creación del SEIA (Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental) incorpora la obligación de que todos los proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto que impliquen actividades, construcciones u obras y otras actividades comerciales y de servicios que puedan causar impactos ambientales negativos, deberán contar necesariamente con una certificación ambiental, previamente a su ejecución. La certificación ambiental es la resolución que emite la autoridad competente aprobando el EIA. La ley de creación del SEIA (Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental) establece la siguiente clasificación para los proyectos comprendidos dentro de su ámbito de aplicación: a)  Categoría I: declaración de impacto ambiental (DIA). Incluye los proyectos cuya ejecución no origina impactos ambientales negativos de carácter significativo.  b)  Categoría II: estudio de impacto ambiental semidetallado (EIA-sd).  Incluye los  proyectos cuya ejecución puede originar impactos i mpactos ambientales moderados y cu cuyos yos efectos negativos pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopción de medidas fácilmente aplicables. 25

 

c)  Categoría III: estudio de impacto ambiental detallado (EIA-d).  Incluye aquellos  proyectos cuyas características, envergadura envergadura y/o relocalización pueden producir impactos ambientales negativos, cuantitativa o cualitativamente, y significativos, requiriendo un análisis profundo para revisar sus impactos y proponer la estrategia de manejo.

Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental

Categoría I

Categoría II

Categoría III

Declaración de Impacto Ambiental

Estudio de Impacto Ambiental semidetallado

Estudio de Impacto Ambiental detallado

(DIA)

(EIA-sd)

(EIA-d)

Proyectos cuya ejecución no origina impactos ambientales significativos.

Proyectos cuya ejecución puede originar impactos ambientales moderados.

Proyectos cuyas características, envergadura y/o relocalización pueden producir impactos ambientales negativos, cuantitativa o cualitativamente,, y cualitativamente significativos.

 

Gráfico 3: Clasificación para los proyectos según el SEIA. SEI A.

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Mientras tanto, el PAMA contiene las acciones, políticas e inversiones necesarias para reducir prioritariamente la cantidad de sustancias peligrosas o contaminantes que ingresan al sistema o infraestructura de disposición de residuos o que se viertan o emitan al ambiente; acciones de reciclaje y reutilización de bienes como medio para reducir los niveles de acumulación de desechos y prevenir la contaminación ambiental, y reducir o eliminar las emisiones y vertimientos para poder cumplir con los patrones ambientales establecidos por la Autoridad Ambiental Competente. El PAMA tiene como objetivo mitigar o eliminar, progresivamente en plazos racionales, los impactos ambientales negativos que viene causando una actividad industrial en actual desarrollo. Por lo tanto, deberá incluir las propuestas de acción y los programas y cronogramas de inversión necesarios para incorporar los adelantos tecnológicos y/o medidas alternativas de prevención de contaminación (PC), cuyo propósito sea optimizar el uso de las materias primas e insumos, y minimizar o eliminar las emisiones y/o vertimientos, esto último cumpliendo con los patrones ambientales establecidos por la Autoridad Ambiental Competente.

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Instrumentos de Gesión Ambiental en el Sector Pesca

Declaración de Impacto Ambiental (DIA)

Estudio de Impacto Ambiental (EIA)

Semi-detallado

Detallado

Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA)

Finalizado el PAMA, se ejecuta el Plan de Manejo Ambiental (PMA)

 

Gráfico 4: Instrumentos de gestión ambiental en el sector pesca.

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6.1.1. Declaración de Impacto Ambiental (DIA) Están sujetas a la presentación de una declaración de impacto ambiental (DIA) las siguientes actividades: a)  El procesamiento artesanal.  b)  La ampliación de operaciones cuando la misma no implique un riesgo ambiental. c)  La acuicultura, de acuerdo a su norma específica. Las DIA se deben presentar ante la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería (DIGAAP) del Ministerio de la Producción, la misma que deberá revisar y emitir resolución sobre la DIA en un plazo máximo de 20 días. De acuerdo a lo establecido en la primera disposición complementaria y final de la ley

del silencio administrativo transcurrido sin que la autoridad se pronuncie se aplicará el silencio administrativo negativo a los procedimientos sujetos a evaluación en los que se afecte significativamente el interés público, incidiendo en la salud, el medio ambiente, los recursos naturales, entre otros. Ello significa que transcurrido el plazo sin que se emita ninguna resolución, el administrado puede optar por: (i) esperar que la autoridad administrativa resuelva, entendiendo que el vencimiento del plazo no le exime de su obligación, o (ii) entender que existe una resolución denegatoria ficta y plantear un recurso impugnativo.

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6.1.2. Estudio de Impacto Ambiental (EIA) Las empresas que realizan actividades pesqueras deberán realizar un EIA previo al otorgamiento de la concesión, autorización, permiso o licencia que corresponda a sus operaciones, para las siguientes actividades: a.  El procesamiento industrial y la instalación de un establecimiento industrial  pesquero.  b.  La acuicultura, de acuerdo a su norma específica. c.  El desarrollo de infraestructura por parte del Estado o el sector privado para la actividad de extracción de menor escala y el procesamiento artesanal. artesanal. d.  La ampliación de capacidad de producción de establecimientos industriales  pesqueros.

e.  La investigación en los casos en que se utilicen espacios acuáticos públicos u operen  plantas de procesamiento. procesamiento.  

f. La introducción de recursos hidrobiológicos hidrobiológicos para fines ornamentales. g.  La ampliación de operaciones o la modificación de las condiciones originales de las actividades a que se refieren los incisos anteriores, en los casos en que impliquen riesgo ambiental. Para las actividades de extracción y procesamiento pesquero, previo al otorgamiento otorga miento del correspondiente permiso de pesca o licencia de operación y una vez aprobado el EIA, se verificará en forma directa o a través de auditores o inspectores ambientales el cumplimiento de las medidas de mitigación dispuestas en este instrumento de gestión ambiental. En el caso de desarrollo de actividades de acuicultura, esta verificación se realizará con posterioridad al otorgamiento de la concesión o autorización

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correspondiente, siendo de aplicación las sanciones pertinentes en el caso de que se incumpla con adoptar las referidas medidas. En el reglamento de la ley general de pesca no se ha precisado cuál debe ser el contenido del EIA. Sin embargo, mediante resolución ministerial 352-2004-PRODUCE, se aprobó la guía para la elaboración de estudios de impacto ambiental en la actividad de acuicultura, la cual tiene como propósito facilitar la identificación de las acciones generadoras de potenciales impactos de la actividad acuícola en los componentes físico,  biológico, económico y social del entorno en donde se desarrolle; sugerir una metodología de identificación, evaluación y valoración de impactos; así como establecer los lineamientos generales para el desarrollo del plan de manejo ambiental que comprenda a las medidas de mitigación, al programa de monitoreo, al plan de contingencia y al plan de abandono entre otros.

Asimismo, en los casos en los cuales los EIA de actividades, proyectos u obras se desarrollen en un área natural protegida (ANP) o su zona de amortiguamiento (ZdA), sin perjuicio de lo exigido por cada sector competente y considerando el nivel de su ejecución, los EIA deberán considerar los siguientes contenidos: a.  Descripción de la actividad, proyecto u obra:   Análisis de alternativas de ejecución de la actividad, proyecto u obra.



  Análisis del impacto de la actividad en sí (efluentes líquidos, gaseosos y otros).



  Análisis del proceso productivo, de ser el caso.



 b.  Descripción del medio a ser intervenido:   Estado del área de influencia al momento de elaborar el documento (análisis de



agua, suelos, aire y otros que sean pertinentes pert inentes según el caso). 31

 

  Evaluación de la biodiversidad del área de influencia de la actividad, proyecto u



obra.

c.  Identificación, predicción, análisis y jerarquización de los impactos ambientales:   Análisis del impacto de la infraestructura a ser implementada y/o habilitada.



  Análisis del impacto social y económico, en particular de la relación del



 proyecto con los espacios utilizados por las comunidades campesinas y/o nativas.   Indicación de la existencia de grupos en aislamiento voluntario o en contacto



inicial. d.  Plan de manejo ambiental.

e.  Planes de mitigación, compensación y monitoreo.

f.  Plan de vigilancia y seguimiento:   Programa de Monitoreo Ambiental.



Excepción de presentar un EIA o un DIA De acuerdo a lo establecido por el reglamento r eglamento de la ley general de pesca, los titulares de las actividades artesanales y de acuicultura de subsistencia o de menor escala y las comunidades nativas y campesinas que desarrollen actividades de subsistencia o de menor escala, están exceptuados de presentar un EIA o un PAMA.

32

 

6.1.3. Program Programaa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) De acuerdo a lo que fue establecido en el derogado reglamento de la ley general de  pesca aprobado por decreto supremo 01-94-PE (15 de enero de 1994), las empresas que estuvieron realizando actividades de procesamiento pesquero al aprobarse dicho reglamento debieron cumplir con la presentación de su PAMA el 15 de diciembre de 1994. Respecto de los PAMA presentados en diciembre de 1994, el reglamento general para la  protección ambiental en las actividades pesqueras y acuícolas de 1999 dispuso que el antiguo Ministerio de Pesquería debía evaluar el grado de cumplimiento de los PAMA que venían ejecutando las empresas y titulares de actividades pesqueras y acuícolas, y que en caso de determinarse que se estaban incumpliendo los objetivos y metas

establecidos en dichos programas, las empresas o titulares correspondientes debían realizar un nuevo PAMA, sobre la base de las disposiciones que establecía el reglamento ambiental. El derogado reglamento ambiental establecía, además, que la adecuación a las regulaciones ambientales a que se encuentran obligados los titulares de actividades  pesqueras y acuícolas debía realizarse a través de los PAMA, cuyo plazo de ejecución no excedería de cinco años contados a partir de su aprobación. Sin embargo, posteriormente el decreto supremo 004-99-PE, 004-99-PE, reglamento general para la  protección ambiental en las actividades pesqueras y acuícolas, fue derogado por el reglamento de la ley general de pesca aprobado por decreto supremo 012-2001-PE, el mismo que incorporó dentro su texto un título específico que regula la protección ambiental.

33

 

Esta nueva norma estableció que los PAMA son exigibles a las personas naturales o  jurídicas que desarrollen actividad pesquera o acuícola a la fecha de promulgación de las normas que contengan obligaciones ambientales que impliquen una adecuación gradual. En cuanto a los plazos y condiciones de presentación de los informes ambientales, de los programas de monitoreos de efluentes, emisiones y del cuerpo receptor, y del PAMA, señaló que estos se especificarían en las guías técnicas  pertinentes. La Dirección Nacional de Medio Ambiente de Pesquería (actualmente es la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería –  DIGA  DIGAAPAP- del Minis Ministerio terio de la Producción) podía extender el plazo de adecuación por un plazo no mayor de dos años, en los casos en que los PAMA contuviesen acciones destinadas a promover métodos de prevención de la contaminación y respondiesen a los objetivos de  protección ambiental ambiental incluidos en en las guías técnic técnicas as ambientales.

El PAMA debía ser presentado ante la Dirección Nacional de Medio Ambiente de Pesquería, para que ésta en un plazo que no debía exceder de 30 días, lo aprobase u objetase. Cabe señalar que de acuerdo a lo establecido en la normatividad y lo señalado por la DIGAAP, la ejecución de los PAMA concluyó en el año 2005. Por ello, actualmente, se están utilizando otros mecanismos de adecuación a la nueva normatividad ambiental, tales como las actualizaciones de los planes de manejo ambiental, los programas  permanentes de innovación tecnológica, tecnológica, etc etc .

¿Qué es el PAMA? El PAMA contiene las acciones, políticas e inversiones necesarias para reducir  prioritariamente la cantidad de sustancias sustancias peligrosas o contaminantes que ingresan al sistema o infraestructura de disposición de residuos o que se viertan o emitan al 34

 

ambiente; acciones de reciclaje y reutilización de bienes como medio para reducir los niveles de acumulación de desechos y prevenir la contaminación ambiental, y reducir o eliminar las emisiones y vertimientos para poder cumplir con los patrones ambientales establecidos por la Autoridad Ambiental Competente. El PAMA tiene como objetivo mitigar o eliminar, progresivamente en plazos racionales, los impactos ambientales negativos que viene causando una actividad industrial en actual desarrollo. Por lo tanto, deberá incluir las propuestas de acción y los programas y cronogramas de inversión necesarios para incorporar los adelantos tecnológicos y/o medidas alternativas de prevención de contaminación (PC), cuyo propósito sea optimizar el uso de las materias primas e insumos, y minimizar o eliminar las emisiones y/o vertimientos, esto último cumpliendo con los patrones ambientales establecidos por

la Autoridad Ambiental Competente. El PAMA identificará y planteará soluciones soluciones referidas a:   Sustancias peligrosas o contaminantes que ingresan a los flujos de residuos, sean



que se emitan o viertan al ambiente.   Emisiones de partículas y gases, así como generación de vibraciones y ruidos.



  Vertimientos de sustancias contaminantes o peligrosas a cuerpos de agua,



alcantarillado o aguas subterráneas.   Disposición de materiales no utilizables o desechos.



  Demandas de agua y energía.



  Riesgos de desastres debido a causas humanas o naturales.



  Otros que pudieran afectar la salud, propiedad y el ecosistema.



El PAMA implica previamente la presentación del Diagnóstico Ambiental Preliminar (DAP), en base a monitoreos, cuya duración y demás características, serán determinad determinados os 35

 

 por la Autoridad Ambiental Competente, ello siguiendo los criterios para calificar dentro de una empresa distintos aspectos como: la localización del establecimiento, el tamaño de la infraestructura, capacidad de operación; las características de las materias  primas e insumos que se utilizan, las características y volúmenes de las emisiones atmosféricas, finalmente descargas de efluentes y desechos sólidos. Las pautas se determinarán en detalle en los Protocolos de Monitoreo de Efluentes Líquidos y Emisiones Atmosféricas. Existen numerosas herramientas para identificar y minimizar los posibles impactos relacionados con cualquier proyecto, proyecto, siendo una de ellas la PC que consiste en prácticas destinadas a reducir o eliminar la generación de contaminantes o contaminación en la fuente generadora, por medio del incremento de la eficiencia en el uso de materias

 primas, energía, agua y otros recursos, y a la vez protegen los recursos naturales por medio de la conservación o el uso eficiente de materiales.

La reducción de contaminación en la fuente generadora podrá incluir modificaciones en los equipos o tecnologías, cambios en los procesos o procedimientos, reformulación o rediseño de productos, sustitución de materias primas, mejoras en el mantenimiento, entrenamiento del personal y controles de inventario, entre otros. Como se mencionó anteriormente se requiere que las empresas identifiquen los posibles impactos de la generación y disposición de residuos de las l as actividades relacionadas con la administración y producción. Aunque, es más fácil incorporar la PC durante las fases iniciales de diseño de un proyecto para poder reducir o eliminar, en primer lugar, la generación de desperdicios en particular, también, es posible examinar los procesos existentes en la planta industrial para identificar cambios en las prácticas y/o equipos que puedan reducir o eliminar la generación de una fuente de residuos. Los programas

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exitosos de PC pueden dar como resultado numerosos beneficios para una instalación, incluyendo ahorros significativos en costos, menor vigilancia regulatoria y una mejor imagen pública. El PAMA, deberá ser presentado a la Autoridad Ambiental Competente para su aprobación, de acuerdo con el Reglamento. En el último período de ejecución del PAMA, la Autoridad Ambiental Competente completará la evaluación y dará por finalizado dicho Programa; para finalmente emitir la conformidad respectiva. A partir de la finalización del PAMA, el titular de la actividad, inicia formalmente la etapa de ejecución de su Plan de Manejo Ambiental (PMA).

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7.  Nivel de cumplimiento cumplimiento del PAMA en emp empresas resas harineras en Paita En este punto del trabajo, la información bibliográfica es muy escaza. Se consultó con la Dirección Regional de la Producción  –  Piura   Piura (Direpro  –  Piura),   Piura), con el Ministerio del Ambiente (MINAM) y OEFA  –   Piura para que puedan brindarnos información al respecto y cada una indicaba que esa información no está disponible. La Direpro  –  Piura   Piura indica que sólo maneja la información de las empresas pesqueras artesanales; el MINAM no cuenta con esa información. La OEFA  –  Piura   Piura indicó que hoy en día la mayoría de las empresas harineras en Paita usan como instrumento de gestión ambiental el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y algunas usan la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o los planes de manejo ambiental (PMA), y que el PAMA era exigible sólo para las empresas que ya

desarrollaban actividades actividades pesqueras o acuícolas acuícolas en Perú a la fecha de promulgación promulgación de las normas que contenían obligaciones ambientales que impliquen una adecuación gradual. Esta parte está contenida tanto en el ANTIGUO Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por D.S. N° 01-94-PE (15 de enero de 1994), ya derogado, y en el ACTUAL Reglamento de la Ley General de Pesca con D.S. N°012-2001-PE (13 de marzo de 2001). En ambos Reglamentos de la Ley General de Pesca, se da un plazo de 5 años (después de aprobado sus PAMA) a estas empresas, dándoles una extensión del plazo de adecuación no mayor de 2 años, en los casos en que los PAMA contengan acciones destinadas a promover métodos de prevención de la contaminación y respondan a los objetivos de protección ambiental contenidos en las Guías Técnicas Ambientales. Cabe señalar que de acuerdo a lo establecido en la normatividad y lo indicado por la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería (DIGAAP), la ejecución de los 38

 

PAMA concluyó en el año 2005. Por ello, actualmente, se están utilizando otros mecanismos de adecuación a la nueva normatividad ambiental, tales como las actualizaciones de los planes de manejo ambiental, los programas permanentes de innovación tecnológica, etc. En el Subcapítulo III, del Capítulo VII Protección del Medio Ambiente, del ACTUAL Reglamento de la Ley General de Pesca aprobada con D.S. 012-2001-PE, se encuentra detallado todo lo concerniente a los Programas de Manejo y Adecuación Ambiental.

Imagen 11: Aplicación de los PAMA y EIA después de aprobado el Reglamento de la Ley General de Pesca (D.S. N° 012-2001-PE).

 

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Norma Legal

Nombre de la Norma

Fecha de promulgación

Estado

D.L. N° 25977

Ley General de Pesca

21/12/1992

Vigente con artículos derogados

D.S. N° 01-94-PE

Reglamento de la Ley General de Pesca

15/01/1994

Derogado por D.S. N° 012-2001-PE

D.S. N° 004-99-PE

Reglamento General para la Protección Ambiental en Actividades de Pesca y Acuícolas

26/03/1999

Derogado por D.S. N° 012-2001-PE

D.S. N° 012-2001-PE

Reglamento de la Ley General de Pesca

13/03/2001

Vigente

Tabla 5: Evolución de las normas ambientales en el sector Pesca.

 

Actualmente en la ciudad de Paita se encuentran operando 23 plantas de harina, 5

 plantas de harina de pescado y 18 plantas de harina residual, tal y como se mencionó en el punto 4 del trabajo (Plantas harineras). Según la relación alcanzada por OEFA  –   Piura, la mayoría de las empresas que se encuentran desarrollando actividades pesqueras o acuícolas en Paita cuentan con EIA, DIA o Planes de Manejo Ambiental (PMA), aunque no pudieron especificarme cuál de ellas maneja cada empresa; y que actualmente ninguna planta viene trabajando con PAMA, puesto que en el año 2005, éstas debieron haberse adecuado a las regulaciones ambientales a que se encuentran obligados los titulares de actividades pesqueras y además porque la DIGAAP indicó que la ejecución del PAMA se concluyó en el año 2005. Por lo tanto, para esta parte del trabajo, no se ha podido identificar el nivel de cumplimiento de los instrumentos de gestión ambiental (EIA, DIA y PAMA) con las que trabajan las empresas harineras en la ciudad de Paita. 40

 

Relación de Empresas Harineras vigentes en Paita  RAZÓN SOCIAL

FECHA PERMISO

CAPACIDAD

TIPO

ACTIVIDAD

SUBACTIVIDAD

1 PESQUERA RIBAUDO S.A.

05/06/2007

1.5T/H

Industrial

Harina

Residual

2 PESQUERA ABC SAC

08/02/2012

8T/H

Industrial

Harina

3 TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A.

17/07/2007

100T/H

Industrial

Harina

4 MARINA DE GUER GUERRA RA DEL PE PERÚ RÚ

04/12/2000

10T/H

Industrial

Harina

Residual Harina de Pescado Residual

5 CNC S.A.C.

14/07/2011

5T/H

Industrial

Harina

Residual

6 NUTRIFISH S.A.C.

18/06/2009

5T/H

Industrial

Harina

Residual

7 ECO PROYEC PERÚ SAC

06/08/2012

5T/H

Industrial

Harina

Residual

8 INVERSIONES LANCASTER SAC

07/04/2017

10T/H

Industrial

Harina

Residual

9 ARMADORES Y CONG CONGELADORES ELADORES D DEL EL PACI PACIFICO FICO S S.A. .A. 1 INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MÓNICA S.A. 0 1 PESQUERA SANTA ENMA S.A. 1

16/11/2007

10T/H

Industrial

Harina

Residual

27/01/2012

10T/H

Industrial

Harina

Residual

30/12/2008

50T/H

Industrial

Harina

Harina de Pescado

12 1 3 1 4 1 5 1 6

PACIFIC FREEZING COMPANY S.A.C.

08/06/2007

9T/H

Industrial

Harina

Residual

INDUSTRIAS BIOACUATICAS TALARA S.A.C.

27/01/2010

5T/H

Industrial

Harina

Residual

PESQUERA EXALMAR S.A.A.

07/10/2011

50T/H

Industrial

Harina

Harina de Pescado

CORPORAC CORP ORACII N DE ALIM ALIMENTOS ENTOS N NUTRIM UTRIMUNDO UNDO S.A.C. S.A.C.  NUTRICORP A & M S.A.C.

26/06/2017

10T/H

Industrial

Harina

Residual

PESQUERA HAYDUK S.A.

08/02/2001

80T/H

Industrial

Harina

Harina de Pescado

N °

41

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