NIC 39

August 5, 2017 | Author: Martin Medeglia | Category: International Financial Reporting Standards, Economies, Business Economics, Money, Financial Economics
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Descripción: Presentación sobre la NIC 39 emitida por el International Accounting Standards Board (IASB)....

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INSTRUMENTOS FINANCIEROS: RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN

UCU 2010 - M. Medeglia

NIC 32

Revelación y Presentación

NIIF 7

NIC 39*

Reconocimiento y dar de baja a instrumentos financieros

Medición de instrumentos financieros

Derivados y contabilidad de cobertura

Relevancia de instrumentos financieros. Naturaleza y alcance de sus riesgos.

* La NIC 39 será reemplazada por la NIIF 9, actualmente en proceso de elaboración.

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Es el establecimiento de principios para el reconocimiento y la medición de los activos financieros y pasivos financieros, así como de algunos contratos de compra o venta de partidas no financieras.

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Un instrumento financiero es cualquier contrato que da origen, simultáneamente, a un activo financiero en una empresa, y a un pasivo financiero o un instrumento de capital en otra empresa.

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Se aplicará a todas la entidades a toda clase de instrumentos financieros, excepto:  Participaciones en subsidiarias, asociadas y

negocios conjuntos (NIC 27, 28, 31)  Derechos y obligaciones bajo contrato de arrendamiento (NIC 17)  Activos y pasivos de los planes de beneficios a empleados (NIC 19)  Instrumentos financieros emitidos por la empresa que reporta. UCU 2010 - M. Medeglia

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Se aplicará a todas la entidades a toda clase de instrumentos financieros, excepto:  Derechos y obligaciones bajo contratos de seguro

(NIIF 4)  Contratos de garantías financieras, incluyendo cartas de crédito, que proveen pago en caso de que el deudor no cumpla (NIC 37)  Instrumentos financieros, contratos y obligaciones derivados de transacciones con pagos basados en acciones, (NIIF 2) UCU 2010 - M. Medeglia

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Se aplicará a todas la entidades a toda clase de instrumentos financieros, excepto:  Derechos a recibir pagos para reembolsar a la

entidad por desembolsos realizados para cancelar un pasivo que ella reconoce (o ha reconocido en un periodo anterior) como una provisión de acuerdo con la NIC 37

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Compromisos de préstamos dentro del alcance de esta norma:  Compromisos de préstamo que la entidad designe

como pasivos financieros al valor razonable con cambios en resultados.  Compromisos de préstamo que puedan liquidarse, por el neto, en efectivo, o emitiendo otro instrumento financiero  Compromisos de concesión de un préstamo a una tasa de interés inferior a la de mercado. UCU 2010 - M. Medeglia

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Esta norma se aplica a contratos de compra o venta de elementos financieros que se liquiden por el neto en efectivo o en otro instrumento financiero, o mediante el intercambio de éstos, como si esos contratos fueran IF, con la excepción de los contratos que se celebraron y continúan siendo mantenidos con el objetivo de recibir o entregar elementos no financieros, de acuerdo con las compras, ventas o requerimientos de utilización esperados por la entidad. UCU 2010 - M. Medeglia

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Un Activo Financiero es todo activo que posee cualquiera de las siguientes formas:  Efectivo

 Un derecho contractual a recibir efectivo u otro

activo financiero por parte de otra empresa.  Un derecho contractual a intercambiar instrumentos financieros con otra empresa, en condiciones que son potencialmente favorables.  Un instrumento de capital de otra empresa UCU 2010 - M. Medeglia

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Un Pasivo Financiero es todo compromiso que supone una obligación contractual:  De entregar dinero u otro activo financiero a otra

empresa  De intercambiar instrumentos financieros con otra empresa, bajo condiciones que son potencialmente desfavorables.

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Un Instrumento de Capital es cualquier contrato que determina un interés en los activos de una empresa después de deducir todos sus pasivos.

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Es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo y cancelado un pasivo entre un comprador y un vendedor debidamente informados en condiciones de independencia mutua.

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La norma dice que un Instrumento Financiero puede adoptar:  La forma directa de efectivo (caja, inversión

temporaria, etc.).  Un derecho o una obligación a recibir o entregar dinero (una cuenta a cobrar, un crédito).  Un derecho o una obligación de intercambio de otro instrumento financiero.  Instrumentos de Capital (acciones de otra empresa). UCU 2010 - M. Medeglia

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CUENTA A COBRAR POR VENTAS REALIZADAS.  Si la empresa A le vende a crédito a la empresa B,

entonces esa cuenta a cobrar es un IF porque genera un activo en empresa A (derecho a cobrar), y un pasivo en la empresa B.

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ACCIONES.  La empresa A adquiere acciones de la empresa B,

esas acciones son un IF porque la empresa A tiene el derecho de propiedad, total o parcial, sobre la empresa B, y la empresa B tiene la obligación de pagarle a la empresa A por haber invertido en ella, es decir, en empresa A contabilizamos un activo, y en la empresa B contabilizamos un aporte de capital. UCU 2010 - M. Medeglia

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BIENES DE CAMBIO.  En este caso NO es un instrumento financiero,

porque si bien la empresa que los posee tiene contabilizado un activo, no hay otra entidad que por esos bienes deba contabilizar un pasivo o patrimonio. Estos bienes de cambio recién darán lugar a un IF cuando se vendan y se transformen en efectivo o en una cuenta por cobrar. Lo mismo sucede con los Bienes de Uso. UCU 2010 - M. Medeglia

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El criterio general establece que un activo financiero debe ser reconocido por una empresa cuando ésta ha adquirido todos los riesgos y beneficios asociados a ese activo. (Este criterio de reconocimiento de activos financieros coincide con el establecido en la NIC 18 para el reconocimiento de los ingresos). UCU 2010 - M. Medeglia

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Condiciones para que exista transferencia de riesgos y beneficios:  El comprador tiene el derecho de afectar al activo

con cualquier gravamen (hipotecar, prendar, etc.), incluso venderlo.  El que lo vende no conserva el derecho de recomprar el activo financiero (si el vendedor conserva derecho de recompra, pero el activo es fácilmente adquirible en el mercado y el precio de recompra es razonable -ajustado al valor de mercado- igualmente existe transferencia de riesgos y beneficios). UCU 2010 - M. Medeglia

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Criterio general (punto de referencia):  Los instrumentos financieros se valúan al Valor

Razonable, siendo aquel valor en que dos partes libres e informadas estarían dispuestas a transarlo en una operación.

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Existen casos en los cuales se acepta su valuación al costo.



Excepciones al criterio general:  Préstamos o cuentas a cobrar de la propia

empresa (ejemplos: cuentas a cobrar por las ventas a los clientes de la empresa, o los préstamos otorgados por la empresa a un tercero).

 Pasivos financieros en general. UCU 2010 - M. Medeglia

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Excepciones al criterio general (cont.):  Instrumentos financieros cuyo valor razonable no

puede ser estimado confiablemente.  Los valores sustanciales o inversiones que se han mantenido hasta su vencimiento. Por ejemplo, si la empresa tiene bonos del tesoro del estado, a pesar de que estos instrumentos tienen un valor de mercado, la norma acepta su valuación al costo en el caso de que la empresa tenga la intención y la capacidad de mantenerlos hasta el momento de su vencimiento. UCU 2010 - M. Medeglia

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Hay 4 categorías:  Instrumentos negociables.  Instrumentos a ser mantenidos hasta su

vencimiento.  Préstamos y partidas a cobrar generadas por la propia empresa.  Instrumentos disponibles para la venta.

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Son los llamados instrumentos financieros al valor razonable con cambios a resultados.  Son instrumentos que la empresa tiene para su

comercialización o que los mantiene para obtener ganancias derivadas de variaciones en su cotización.  Son definidos como tales desde el reconocimiento inicial.

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Éstas inversiones se pueden definir como:  Activos financieros, distintos de los préstamos y

partidas por cobrar originados por la propia empresa, que cumplen ciertas condiciones, entre las cuales se destaca la intención y la posibilidad que tiene la entidad de mantenerlos hasta el vencimiento.  Sus cobros son de cuantía fija o determinable.

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Características:  Son activos financieros creados por la empresa a

cambio de suministrar efectivo, bienes o servicios directamente al deudor, distintos de los que se originan con el propósito de ser vendidos inmediatamente o a corto plazo, los cuales deben clasificarse como inversiones de carácter negociable. Los préstamos y partidas por cobrar originados por la propia empresa, según lo establecido en esta norma, no se incluyen entre las inversiones mantenidas hasta el vencimiento, sino que se clasifican en una rúbrica independiente UCU 2010 - M. Medeglia

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Por lo tanto:  Son activos financieros no derivados cuyos cobros

son fijos y/o determinables, y no se negocian en un mercado activo.

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Es una categoría residual.  Son activos financieros no derivados que se designan

como tales y que no son clasificados en las categorías anteriores

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 Al reconocer inicialmente un activo o un pasivo financiero,

una entidad lo medirá por su valor razonable más, en el caso de un activo o un pasivo financiero que no se contabilice al valor razonable con cambios en resultados, los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la compra o emisión del mismo.

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Estos criterios se refieren al reconocimiento de las variaciones patrimoniales, derivadas de las variaciones en el valor razonable de los instrumentos financieros. Nos estamos refiriendo a los instrumentos clasificados como:  Instrumentos negociables.  Instrumentos disponibles para su venta. UCU 2010 - M. Medeglia

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Recordemos que los instrumentos clasificados como:  Instrumentos a ser mantenidos hasta su

vencimiento.  Préstamos y partidas a cobrar generadas por la propia empresa.

Se valúan al costo, al estar dentro de las excepciones expuestas anteriormente. UCU 2010 - M. Medeglia

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 

Las variaciones derivadas de los Instrumentos Negociables debe enviarse a resultados. Las variaciones derivadas de Instrumentos disponibles para la venta se mantienen en el patrimonio hasta que el instrumento se venda o realice del alguna forma.

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Para los activos financieros y los pasivos financieros llevados al costo amortizado, se reconocerán ganancias o perdidas en el resultado del periodo cuando el activo o pasivo financieros se dé de baja o se haya deteriorado, así como a través del proceso de amortización.

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Una entidad evaluará en cada fecha de balance si existe evidencia objetiva de que un activo financiero o un grupo de ellos esté deteriorado. Si tal evidencia existiese, la entidad determinará el importe de cualquier pérdida por deterioro del valor

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Una entidad no reclasificará un instrumento financiero que este contabilizado al valor razonable con cambios en resultados (instrumento negociable) Si la clasificación de una inversión como mantenida hasta el vencimiento dejase de ser adecuada, se la reclasificará como un activo disponible para la venta UCU 2010 - M. Medeglia

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Si llegase a disponerse de una medida fiable de un activo o pasivo financiero para el que ella no estaba previamente disponible, y fuera obligatorio medir el activo o pasivo al valor razonable cuando tal medida estuviese disponible, el activo o el pasivo se medirá de nuevo al valor razonable

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Si fuera adecuado contabilizar un activo financiero o pasivo financiero al costo o al costo amortizado, en lugar de a su valor razonable, el importe en libros del valor razonable del activo o pasivo financieros en esa fecha se convertirá en su nuevo costo o costo amortizado, según el caso.

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Para determinar el valor razonable tenemos tres alternativas siendo recomendable la primera:  Enfoque de marcado.  Enfoque de utilidades.  Enfoque del costo.

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Enfoque de mercado: el valor razonable es el valor de mercado.  Debe existir un ámbito de comercialización

(regulado o no) donde las transacciones que en él se realizan cumplan con 3 condiciones: ▪ Son atomizadas (transacciones demasiado pequeñas para que ninguna por sí misma pueda distorsionar los precios de mercado).

▪ Son fluidas (en cualquier momento un operador puede conseguir unidades de dicho instrumento).

▪ Son transparentes (en todo momento se pueden conocer los precios a los cuales se compran y venden) UCU 2010 - M. Medeglia

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Enfoque de utilidades: el valor razonable de un activo es el valor actual del flujo de fondos que ese activo genera.



Enfoque del costo: el valor razonable es el costo de reponer el activo.

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Se constituye en base a otro IF que se denomina instrumento financiero primario (o subyacente). Crean derechos y obligaciones que tienen el efecto de transferir entre las partes que los suscriben uno o más de los riesgos y beneficios financieros inherentes en un instrumento financiero primario. UCU 2010 - M. Medeglia

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Características:  Su valor cambia en función del valor del

instrumento financiero primario.  Requiere el pago de una prima.  Son operaciones que se liquidan a una fecha futura.

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Es un IF derivado que sirve para compensar en todo o en parte el cambio del valor razonable o de flujos de efectivo que se generan de otro IF (el instrumento a ser cubierto.

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Partidas que pueden ser cubiertas:  Activos  Pasivos

 Un compromiso firme  Cualquier otra operación prevista en el futuro que

esté expuesta al riesgo de cambio en el valor o en los flujos de fondos que genere.

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Para su medición, los IF derivados deben ser considerados como IF negociables, por lo que se valúan a su valor razonable. Las variaciones patrimoniales que se generen por los cambios en el valor razonable van a resultados siempre.

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Si forman parte de una operación de cobertura:  Debe reconocerse los resultados de ambos IF (el

cubierto y el de cobertura) en forma simétrica, compensando las ganancias o pérdidas que se producen.

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Futuros  Las partes se obligan a entregar o recibir cierta

cantidad de un activo en una fecha futura establecida y a un precio preestablecido.  Dos partes ▪ Una tiene el derecho y la obligación de vender un bien ▪ La otra tiene el derecho y la obligación de comprarlo.

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Futuros  Hay 2 tipos de contratos futuros: ▪ Contratos futuros. Son contratos comercializados en mercado regulado (bolsa de valores). Cuando hablamos de mercado regulado nos referimos a uno transparente, fluido y atomizado.

▪ Contratos a término o “Forward”. Son contratos que se realizan entre particulares, no se comercializan en la bolsa de valores.

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Futuros  Recordemos que de acuerdo a la NIC 39 estos

instrumentos se valúan a su valor razonable. ▪ En el caso de los contratos a futuro la aplicación de este criterio no ofrece problemas ya que en el mercado donde se comercializa permite obtener fácilmente su valor razonable. ▪ En cambio, en los contratos a término no hay un ámbito en donde estos se comercialicen, por lo tanto no tenemos de donde sacar el valor razonable. UCU 2010 - M. Medeglia

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Opciones  Un contrato de opción constituye el derecho, pero

no la obligación, de comprar o vender una cantidad específica de un instrumento a un precio determinado y a una fecha determinada, o antes de la misma (en caso de las opciones americanas). Emisor de la opción

Comprar (Call) Vender (Put)

Comprador de la opción

El comprador paga al emisor una prima por la opción al momento de la celebración del contrato UCU 2010 - M. Medeglia

Tiene el derecho, pero no la obligación. Esto es lo que lo diferencia con los contratos futuros.

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Opciones  Se reconocen a su valor de mercado (valor

razonable).  La obligación subyacente (condicional) se reconoce en cuentas de orden y contengencia.  El valor de la prima es el valor razonable al inicio del contrato. Las variaciones posteriores del VR deberán imputarse a patrimonio o resultados según el tipo de categoría de IF de que se trate. UCU 2010 - M. Medeglia

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Swaps (o permutas)  Es una operación combinada de una operación

contado y una obligación futuro.  Contrato por el cual se intercambian dos bienes hoy, y se establece la obligación de reversar el intercambio en una fecha futura a un precio ya establecido.

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Swaps (o permutas)  Pueden celebrarse entre particulares o en un

mercado regulado.  Entre particulares, al no disponer de un valor razonable confiable se aplica el tratamiento alternativo.  En un mercado regulado lo medimos por su valor razonable.

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Es componente de un IF híbrido (combinado), que además incluye un contrato principal no derivado (denominado anfitrión)

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Un derivado implícito se separa del contrato principal, y se trata contablemente como un derivado según establece esta norma, si y solo sí cumple con las siguientes condiciones:  Las características económicas y riesgos del

derivado implícito no están relacionadas estrechamente con las del contrato principal.

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 Un instrumento independiente a éste, con las

mismas condiciones del derivado implícito, cumple con la definición de un instrumento derivado.  El instrumento híbrido (combinado) no se mide según su valor razonable, ni se llevan a resultados las fluctuaciones correspondientes.

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Si se separa un derivado implícito, el contrato anfitrión se contabilizará:  Según lo establecido en esta NIC si es un IF.

 De acuerdo a otras normas adecuadas si no lo es. Esta norma no indica si un derivado implícito se ha de presentar en forma separada en los EEFF.

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Si la entidad se encuentra obligada por ésta NIC a separar el derivado implícito del contrato anfitrión pero

es incapaz de medirlo por separado, ya sea en el momento de adquisición o en otro posterior deberá

proceder a tratar contablemente el contrato híbrido (combinado) como al valor razonable con cambios en resultados. Como un único IF mantenido para su negociación.

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Ejemplo (párrafo GA22):  Una opción de venta implícita en un instrumento,

que habilita al tenedor para requerir al emisor que vuelva a comprar el instrumento por un importe en efectivo u otros activos, que varía en función de los cambios en un precio o un índice, correspondientes a instrumentos de patrimonio neto o materias primas cotizadas, que no están estrechamente relacionados con el instrumento de deuda anfitrión. UCU 2010 - M. Medeglia

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Esta NIC tendrá vigencia para los estados financieros que cubran periodos contables que comiencen en, o después del 1 de Enero del año 2001.

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 La empresa ZZ SA ha comprado un paquete de

100 acciones (que cotizan en bolsa) de La Naranjita SA. La empresa considera la inversión a largo plazo y la clasifica como "disponible para la venta". El precio de compra del paquete de 100 acciones asciende a 1.400 pesos y se ha incurrido en gastos de 75 pesos (que corresponden a los honorarios del corredor de bolsa).  A l cierre del ejercicio la valoración de las acciones adquiridas de La Naranjita SA es de 1600 pesos. UCU 2010 - M. Medeglia

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 La contabilización que realiza la empresa es la

siguiente: ▪ Al momento de la compra: NOMBRE

DEBE

INVERSIONES DISPONIBLES PARA LA VENTA

1.475

CAJA

HABER

1.475

* Los activos disponibles para la venta han de ser valorados a su valor razonable (en este caso cotización)

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▪ Al cierre del ejercicio: (Acciones valen unos $1600) NOMBRE

DEBE

INVERSIONES DISPONIBLES PARA LA VENTA VARIACION EN EL VALOR JUSTO DE IF DISP. PARA LA VENTA (GANANCIA)

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HABER

125 125

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