Negociacion Colectiva en Obra
November 15, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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CARRERA TECNICO PROFESIONAL DE EDIFICACIONES COLECTIVA EN OBRA SIN “NEGOCIACION COLECTIVA PRESENTACION PRESENT ACION DE PLIEGO DE RECLAMOS,CON COMITÉ DE OBRA”
CURSO: ADMINISTRACION DE PLANILLAS EXPOSITOR DR MANRIQUE LAS HERAS JORGE NOMBRE DEL ALUMNO : HUBERT VELASQUEZ ARANGO CODIGO : E142006 SEMESTRE : V
FECHA: 04/10/16
NEGOCIACIÓN COLECTIV COLECTIVA A 2.1.- GENERALIDADES.GENERALIDADES. A la negociación colectiva de nuestro país le ocurrió lo mismo que a las negociaciones colectivas del viejo continente y de otras latitudes del mundo: se impuso progresivamente antes de poseer un laboral advertida en la totalidad de marco legal que inspirara su normal desarrollo, desarrollo, pese a la intolerancia laboral advertida estado de de intolerancia, los trabajadores se países que vieron florecer sus primeros frutos. Aun ahí y bajo este estado las ingeniaron para presentar los pliegos de reclamos a sus patronos recurriendo a los mas variados artificios. Así registra la la historia historia las las negociaciones colectivas hechas por los impresores alemanes en 1!" para convenir por las tarifas salariales de dichos centros laborales, no obstante las persecuciones que acarreaban a sus propulsores la presentación de dichos pliegos de reclamos, que una ve# adoptados, tomaban el nombre de $tarifvertrag$, mantenido a la fecha como mudo testimonio de las gestas laborales implementadas en su nombre. Asimismo, entre nosotros, los a#ucareros del norte del país presentaban sus pliegos de reclamos, haci%ndolos llegar a sus patronos, a trav%s de un cortejo de trabajadores de cuyo centro, impert%rrito, salía una vara formada por muchas ca&as de a#'car unidas unidas en cuyo puntal se apreciaba la reclamación salarial. (uperada la etapa de la intolerancia laboral contra los estamentos organi#ados de los trabajadores, la negociación colectiva tuvo una mayor presencia, incluso, para obtener conquistas laborales innatas como, por ej., la jornada de las horas impuesta vía negociación colectiva por los trabajadores de la )*rsena del +allao en 11" ", dando origen a la jornada laboral de horas, que luego sería e/tendida a todos los trabajadores del país al dictarse el ). (. de 10211. (in lugar a dudas, la negociación colectiva en nuestro país ha surcado por un sendero harto #ig#agueante. normas relacionadas relacionadas con la institución negociadora datan de, 11" al reglamentarse el )erecho 3as primeras primeras normas de 4uelga 5).(. de 67211"8. 9l Art. 6 se&ala, que $cuando el patrón, por cualquier motivo se niegue A A9;)9< A 9;)9< A 3A( =9>+>?;9( =9>+>?;9( de los delegados obreros, que ser*n formuladas por escrito, podr*n dentro de un pla#o no mayor de 67 horas, designar uno o mas *rbitros, para que en unión de los que designen los obreros, resuelvan las controversias.$ )e esta manera, se legali#aba tanto el derecho de petición, como una justicia privada una justicia privada encarnada por la institución arbitral. (in embargo, no fue sino a partir de 1"@, cuando se dictó el ). (. de 6" de mar#o, que la negociación colectiva tomó los caracteres que, de facto hasta entonces, había presentado, y por ende adquirió cierta adulte#, pues hasta antes de ese momento, no solamente servía para resolver asuntos económicos y condiciones de trabajo, sino tambi%n para negociar cualquier asunto laboral irresoluto, tal p. ej., el incumplimiento de de remuneraciones remuneraciones,, reposición de trabajadores despedidos, reconocimiento del sindicato, etc. A partir de 1"@, la negociación colectiva se circunscribir* a un *mbito bien preciso: resolver las mejoras económicas y las condiciones de trabajo. ;o olvidemos, que cuando la negociación colectiva en nuestro país fue elevada a categoría de norma legal durante la d%cada de los 72, surgieron importantes avances para el estamento laboral. Así est*n registradas la inde/ación salarial obtenida por los trabajadores te/tiles, la construcción civil, el recargo del 12 categori#ación y remuneración profesional de los trabajadores de la construcción al al consumo para consumo para los trabajadores que tuvieran contacto con el p'blico 5restaurantes y ramos similares8, normas convencionales, por cierto, que ni siquiera tenían un espacio dentro del ocupado mundo de la la guerra guerra que vivían los trabajadores del viejo +ontinente. +uando en 1!1 se reestructura la negociación colectiva brind*ndole el car*cter científico que por entonces se le conocía mundialmente 5norma mas leyes y contratos contratos,, universalidad de sus efectos, su car*cter eminentemente favorable respecto de las las leyes normativo y obligacional, institución capa# de resolver los asuntos económicos y de condiciones de trabajo de la profesión, entre otros8, se incubar* el embrión que hi#o posible que el Art. 07 de la +onstitución del del ! la considerada como $39B 9;; C93>H(, se ha convertido en una herramienta >; =9IH(. Así, se sabe de negociaciones colectivas cuya oferta $cero$ constituyen unacontraparte cotidianidad, estoyquiere decir, en queellapliego empresa decide no?tras, satisfacer ninguna se demanda avan#ada por su contrapar te laboral e/presada de reclamos. simplemente niegan a negociar o lo hace de mala fe, agrup*ndose en el tiempo hasta tres o mas negociaciones colectivas que sucesivamente pugnan por ser concluidas. ?tras, difieren sus efectos a varios a&os, a la espera de que la empresa supere los malos momentos económicos que dice registrar. ?tras, avan#an como contraparte, la suscripción de cl*usulas productivas y de pa# laboral, sin que e/ista para los trabajadores, la menor idea de los c*nones productivos e/istentes en su centro de trabajo y lo mas usuales es que ante estas proposiciones no se permita .la .la información que información que resulta imprescindible para que una verdadera negociación sobre cl*usula grupo de de trabajadores o tienen vigencia a de productividad sea posible. ?tras, solamente son aplicables a un grupo partir de una fecha arbitrariamente impuesta por el patrono. 9s frecuente, que se convengan cl*usulas de $relleno$ que est*n referidas a convenir aquello que est* legislado. 9n fin, durante la negociación se recurre a actos intimidatorios que hacen imposible llegar en un plano de igualdad para que las convenciones colectivas realmente sean 'tiles. (e ve entonces la urgencia de establecer reglas claras de la obligación de negociar y de que %sta sea de buena fe, pues sin ellas, la negociación colectiva de FA+?, pierde su contenido legal. =ero adem*s de las concesiones anteriormente vistas, que son de FA+?, e/isten las de IH
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