mypesperu-2011-110502101451-phpapp01

October 28, 2018 | Author: Daniel Gomez Espinoza | Category: Small And Medium Sized Enterprises, Income Tax, Taxes, Labour Law, Business
Share Embed Donate


Short Description

ummm...

Description

MYPES

En la actualidad, la Pequeña y Micro Empresa ocupan un lugar  preponderante en la generación de empleo en el país, ello refleja una alta proporción de las unidades productivas, así como el nivel de ocupación.

MYPES

En la actualidad, la Pequeña y Micro Empresa ocupan un lugar  preponderante en la generación de empleo en el país, ello refleja una alta proporción de las unidades productivas, así como el nivel de ocupación.

LA EMPRESA “  La  empresa  es

una  organización económica  donde se combinan 

factores productivos  para generar los bienes y servicios  que una  sociedad necesita para poder satisfacer sus necesidades, por lo que se  convierte en el eje de la producción.”

NACIMIENTO DE LAS PYMES Eran los años 70`s, donde los modelos industriales estaban en un gran nivel y la producción en grandes cantidades de bienes era el más usado, pero el avance de la industria fue tal que ya era considerado un exceso, lo cual comenzó a restringirse sumado a las crisis económicas como las del petróleo y la expansión económica de nuevos países •Es así que a fines de los 70`s, las Pymes fueron ganando espacio; estas tenían como tarea fundamental preservar el equilibrio socioeconómico entre la producción industrial y la mano de obra individual. •

Las Mypes en el Perú 





 

Las micro y pequeñas empresas  – MYPE, actualmente juegan un rol muy importante en la economía no sólo del Perú, sino en todos los países del mundo, porque generan más empleos que las empresas grandes o el propio Estado. Las MYPE empiezan a tomar fuerza en la economía nacional es el cada vez mas creciente proceso de migración de los campos a las ciudades, el mismo que se da entre muchos factores, por la mayor  concentración de la actividad industrial en la capital y las ciudades mas grandes (Arequipa, Trujillo y Chiclayo) y por el crecimiento constante de los movimientos subversivos en las zonas rurales del país.

Gamarra: El principal conglomerado del sector textil y confecciones del país Un Sector estratégico: Metal Mecánica Cuero y Calzado en Trujillo

DEFINICIÓN DE MYPES 





No hay unidad de criterio con respecto a la definición de la Micro y Pequeña empresa, pues las definiciones que se adoptan varían según sea el tipo de enfoque.  Algunos especialistas destacan la importancia del volumen de ventas, el capital social, el número de personas ocupadas, el valor de la producción o el de los activos para definirla. Otros toman como referencia el criterio económico (Pequeña empresa precaria de subsistencia, pequeña empresa productiva más consolidada y orientada hacia el mercado informal o la pequeña unidad productiva con alta tecnología.

Es aquella unidad económica que opera una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial, que desarrolla actividades de extracción, transformación, producción y comercialización de bienes o prestación de servicios, que se encuentra regulada en el TUO de la Ley de Competitividad, Formalización y desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente (Dec. Leg. Nº 1086)

MARCO LEGAL DE LA PYME 



El primer régimen especial de promoción a este sector se promulgó en 1976, con el D.L. N° 21435 "Ley de la Pequeña Empresa del Sector Privado", la cual define a la Pequeña Empresa en función de sus montos vendidos anuales, con la finalidad de acogerse a un Sistema Tributario preferencial y a otros incentivos para su desarrollo, estableciendo los límites para la Pequeña Empresa en cada actividad económica, tomando como referencia los ingresos anuales expresados en un determinado monto de sueldos mínimos vitales (SMV) de la provincia de Lima. • Ese mismo año, se promulga el D.L. N° 21621 con el fin de agilizar  la formación de Pequeñas Empresas, creando la figura jurídica de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), teniendo como objetivo diferenciar el patrimonio de la persona natural del de la persona jurídica, y así promocionar la constitución y operación de Pequeñas Empresas.

MARCO LEGAL DE LA PYME 



En Julio de 1980, se promulga el D.L. N° 23189, el cual establece que la Pequeña Empresa debe desarrollar su actividad como empresa unipersonal o como EIRL. Asimismo, manifiesta que su propietario debe participar en el proceso de producción, prestación de servicios ó comercialización de bienes. Por otro lado, define como cinco (05) el máximo de trabajadores con que cuenta la Pequeña Empresa dedicada al giro de comercialización, y en diez (10) las dedicadas a servicios. Además, crea el Padrón Municipal de Pequeñas Empresas, en el cual deben inscribirse; también, crea la "Cooperativa de Servicios de Pequeñas Empresas", con la finalidad de acceder a líneas de crédito y financiamiento; de otro lado, establece un régimen especial de incentivos, y crea el FOPE (Fondo Especial de la Pequeña Empresa). • En Mayo de 1982, se promulga la Ley N° 23407 "Ley General de Industrias", la cual determina que las ventas anuales de una Pequeña Empresa Industrial no deben exceder los 720 Sueldos Mínimos Vitales de la provincia de Lima.

MARCO LEGAL DE LA PYME 





En Enero de 1985, se promulga la Ley N° 24062 "Ley de la Pequeña Empresa Industrial, expidiéndose en Junio de ese mismo año su reglamento, con el fin de regular el capítulo de Pequeña Industria establecido en la Ley N° 23407. Además crea el FOPE (Fondo de la Pequeña Empresa Industrial) con el aporte de las Pequeñas Empresas Industriales. • En los últimos años de los ochenta, se establecieron otros dispositivos promocionales para el sector, como el otorgamiento de incentivos fiscales para la creación de puestos de trabajo permanentes, capacitación laboral y adquisición de maquinaria y equipo. • El Decreto Legislativo N°. 705 "Ley de Promoción de Micro Empresas y Pequeñas Empresas", se promulgado el 15 de Noviembre de 1991, establece el marco legal para la Micro y Pequeña Empresa, definiéndola en función del tamaño (cantidad de trabajadores y monto anual de ventas). Al respecto, la Micro Empresa está definida por poseer hasta 10 personas ocupadas y un nivel de ventas de hasta 12 UIT anuales. En tanto que la Pequeña Empresa es la que posee de 11 a 20 personas ocupadas y un nivel de ventas de 13 a 25 UIT anuales.

MARCO LEGAL DE LA PYME 

El 03 de Julio de 2,003 se promulga la Ley 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, norma que incluye un Régimen Laboral Especial pero sólo aplicable a las microempresas y no a las pequeñas empresas. Entre otras medidas, esta ley incluye un Régimen Laboral Especial (RLE) para las microempresas (se excluye a las pequeñas empresas de este beneficio), mediante el cual se reducen una serie de costos laborales a los empleadores de estas unidades económicas cuando contraten trabajadores, respecto de los costos que pagan las empresas más grandes, del régimen general de trabajo. No es el primer régimen laboral especial que tiene el país, pues también existe un régimen laboral especial para el sector agrario (Ley Nº 27360) vigente desde el año 2000.2 Sin embargo, la novedad radica en que este es un régimen aplicable a todas las microempresas del país, sin tomar en cuenta el sector en donde operan, y por otro lado, la magnitud de los recortes en los denominados costos laborales es bastante mayor que en el régimen agrario.

MARCO LEGAL DE LA PYME 



El 28 de Junio de 2,008 se publica el Decreto Legislativo N° 1086 Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al empleo decente, norma que contempla un Régimen Laboral Especial, el cual es de aplicación tanto al sector de la micro y pequeña empresa pero con distintos matices.

Mediante Decreto Supremo N° 007-2008, del 30 de septiembre de 2,008, se promulgó el Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, Ley MYPE, norma que fuera reglamentada por el DS N° 008-2008. Este Texto unifica las normas de la Ley 28015 y las modificaciones a esta efectuada por el Decreto Legislativo N° 1086.

TIPOS DE SOCIEDADES MYPES

DIFERENCIA ENTRE LA MYPE DE LA LEY 28015 Y EL D.L. 1086

ETAPAS PARA FORMALIZAR UNA MYPE

CONTINUACIÓN . . .

BENEFICIOS TRIBUTARIOS MYPES

IMPUESTO A LA RENTA 

SE APLICA A LAS RENTAS OBTENIDAS POR PERSONAS NATURALES Y/O POR PERSONAS JURÍDICAS.  A.- Régimen Único Simplificado (RUS)

PERSONAS NATURALES

B.- Régimen Especial del impuesto a la renta (RER). C.- Régimen General del impuesto a la Renta.

PERSONAS JURÍDICAS

 A.- Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER). B.- Régimen General impuesto a la Renta.

del

RÉGIMEN ÚNICO SIMPLICADO (RUS)   





Es el régimen tributario que corresponde: Solo para la personas naturales. Cuando sus ingresos anuales no excedan a s/ 360 000 nuevos soles (Ventas netas sin descuento o resta alguno). Tiene que dedicarse a un solo oficio. Ejm: Mecánico, pintor.  Activos fijos (Herramientas o maquinarias para desarrollar su actividad)- No debe exceder a S/ 70 000 Nuevos Soles.

RÉGIMEN ÚNICO SIMPLICADO (RUS)   



BENEFICIOS: No están obligados a llevar libros contables. No deben declarar ni pagar impuesto a la renta, IGV, impuesto a la promoción municipal. Se pagan cuotas dependiendo a los ingresos brutos o las adquisiciones que hace de manera mensual. Esos pagos se realiza en formularios del Sistema Pago fácil.

RÉGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA 





 

Es el régimen dirigido a los medianos y pequeños contribuyentes; facilitando la determinación y el pago del impuesto a la renta. Se pueden acoger tanto personas naturales como  jurídicas domiciliadas en el país que obtengan ingresos por la realización de actividades de comercialización y producción o manufactura de bienes. La renta neta no debe superar el monto de S/ 360 000 NS durante cada año gravable. Sus activos fijos no deben superar S/ 87 500 NS. Las adquisiciones que haga no debe superar S/ 360 000 NS acumuladas anualmente.

RÉGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA   





OBLIGACIONES: Obtener un RUC.  Autorización para los comprobantes de pago. Emite todos los comprobantes de pago (Boleta, factura, notas de crédito, notas de débito,etc). Llevar los libros correspondientes ( Libro de ventas e ingresos, Libro de compras, Inventario, Planillas de pago, etc). Declarar y pagar AFP u ONP y Essalud.

RÉGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA 

Los pagos se realizan mensualmente y son definitivos y cancelatorios. Para cancelarlos se usan los PDT-IGV.

IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS 

   

Grava las actividades comerciales, industriales, mineras, agropecuarias, forestales, pesqueras u otras realizadas por las empresas dedicadas habitualmente a negocios. Impuesto por pagar ante Sunat: • Impuesto a la Renta. • Impuesto General a las Ventas. La tasa del Impuesto a la Renta es de 30 por ciento a la utilidad generada al final del ejercicio económico, es decir, al 31 de diciembre de cada año. Se paga en los tres primeros meses del año siguiente, teniendo en consideración que el plazo máximo se encuentra determinado por norma expresa de la Sunat, de acuerdo con el último dígito del número de RUC que le corresponde a cada contribuyente.



Todos los cálculos se harán de la UTILIDAD: VENTAS  – COMPRAS = UTILIDAD x % = Impuesto a la Renta

Impuesto General a las Ventas El Impuesto General a las Ventas (IGV) se aplica sobre el valor de: venta de los bienes, el valor del servicio brindado y la importación de bienes. Pagan IGV las personas naturales o jurídicas acogidas al RER y aquellas afectas al Régimen General. - La Tasa: La tasa es de 19 por ciento y está compuesta por: tasa del IGV de 17 por ciento más la tasa del Impuesto de Promoción Municipal de 2 por ciento. Se puede deducir el crédito fiscal. El IGV se determina y paga mensualmente. Para obtener el impuesto que se debe pagar se realiza el siguiente cálculo:    





IMPUESTO BRUTO - CRÉDITO FISCAL = IMPUESTO A PAGAR IGV Ventas - IGV Compras

BENEFICIOS LABORALES MYPES

REMUNERACIÓN MÍNIMA VITAL

600

600

JORNADA DE LABORES

DESCANSO SEMANAL

VACACIONES

DESPIDO INJUSTIFICADO

COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS

GRATIFICACIONES

UTILIDADES

SEGURO SOCIAL

PENSIONES

OTROS BENEFICIOS

1. El Estado promueve, a través de la CODEMYPE y de sus Programas y Proyectos, la oferta y demanda de servicios y acciones de capacitación y asistencia técnica en las materias de prioridad establecidas en el Plan y Programas Estratégicos de promoción y formalización para la competitividad y desarrollo de las MYPE. 2. Las MYPE participan en las contrataciones y adquisiciones del Estado, de acuerdo a la normatividad correspondiente. 3. El Estado promueve el crecimiento, diversificación y consolidación de las exportaciones directas e indirectas de la MYPE, con énfasis en las regiones, implementando estrategias de desarrollo de mercados y de oferta exportable. El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ejecuta planes estratégicos por sectores, mercados y regiones, priorizando el desarrollo de cadenas exportadoras con participación de las MYPE. 4. El Estado promueve la oferta de servicios tecnológicos orientada a la demanda de las MYPE, como soporte a las empresas, facilitando el acceso a fondos específicos de financiamiento o cofinanciamiento, a Centros de Innovación Tecnológica o de Desarrollo Empresarial, a Centros de Información u otros mecanismos o instrumentos, que incluye la investigación, el diseño, la información, la capacitación, la asistencia técnica, la asesoría y la consultoría empresarial, los servicios de laboratorio necesarios y las pruebas piloto. (COFIDE).

5. El Estado promueve el acceso de las MYPE al mercado financiero y al mercado de capitales, fomentando la expansión, solidez y descentralización de dichos mercados. 6. El Estado, a través de la Superintendencia de Banca y Seguros, crea y mantiene un servicio de información de riesgos especializado en MYPE

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF