Monografia Pasos Para Constituir Una Empresa SAC

July 12, 2017 | Author: Var Gas Raul | Category: Politics, Government, Business
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PASOS PARA FORMAR UNA EMPRESA TIPO SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA

UNIVERSIDAD PERUANA

DE

LAS AMÉRICAS

FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES ESCUELA PROFESIONAL

DE

ADMINISTRACIÓN

EMPRESAS PROGRAMA

DE

ESTUDIOS PROFESIONALES POR

Y

GESTIÓN

DE

EXPERIENCIA LABORAL

CARRERA

:

ADMINISTRACIÓN EMPRESAS

ASIGNATURA

:

ADMINISTRACIÓN DE PYMES

DOCENTE

:

LIC. VÍCTOR GUZMÁN SOSA

TEMA

:

PASOS PARA FORMAR UNA EMPRESA TIPO SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - SAC

ALUMNO

:

VARGAS MÉNDEZ, RAÚL LORENZO

CICLO ACADÉMICO: VI CICLO

ABRIL - 2013

1

Y

GESTIÓN

DE

PASOS PARA FORMAR UNA EMPRESA TIPO SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA

1.

PASOS

PARA

CONSTITUIR

UNA

EMPRESA

TIPO

SOCIEDAD

ANONIMA CERRADA Si optamos por el camino de formar una empresa tipo Sociedad Anónima Cerrada, en primer lugar se tiene que tener la libre voluntad de formar dicha

empresa,

para

después

seguir

los

siguientes

pasos

para

formalizarla. 1.1. Minuta de Constitución : La minuta es el documento en el que se declara la voluntad de constituir una empresa y debe estar firmada por un abogado. Una vez concluida, deberá ser presentada a un notario, quien elaborará la escritura de constitución de la empresa. Este documento deberá indicar el aporte de capital del titular o de los socios en general. Puede ser: en dinero o como en maquinas, muebles, etc. Antes de redactar la Minuta de Constitución de la empresa sugerimos lo siguiente:  Realizar

una búsqueda del nombre de la empresa en los

Registros Públicos (SUNARP). Así conoceremos si existe otra empresa con el mismo nombre. De ser así, deberemos elegir otro nombre para nuestro negocio. Sería bueno que tengamos varias alternativas de nombres para nuestra empresa.  Reserva del nombre elegido: Si la búsqueda del nombre de

nuestro negocio es negativa (no existe otra empresa con ese nombre), debemos realizar la reserva del nombre seleccionada, presentando la solicitud de inscripción de título (bajo el formulario “Reserva de Nombre”). Eso tiene un costo ante SUNARP.  Esta reserva permite retener el nombre elegido para nuestro

negocio hasta por 30 días y durante ese tiempo no podrá ser utilizado por otra persona.  Con el nombre escogido y separado en SUNARP debemos

proceder con la emisión de la Minuta de Constitución de la empresa.

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1.2. Escritura Pública de Constitución de Empresa : Es un documento que elabora el notario para dar fe del contenido de la minuta. Se debe cumplir con:  Presentar la Minuta de Constitución de la empresa y una copia

simple.  Pagar los derechos notariales correspondientes.  Presentar

copia

simple

de

documento

de

identidad

(DNI,

pasaporte o carnet de extranjería) del titular y de cada uno de los socios. Las personas casadas adjuntarán copia del documento de identidad del cónyuge.  En el caso de las personas extranjeras, deberán de presentar

copia del pasaporte o carnet de extranjería, indicando la visa de independiente inversionista otorgada por la DIGEMIN, para realizar trámites de constitución de empresas. Además, deberá adjuntarse una hoja suelta donde se describa la actividad que realizará la empresa. Para todos los trámites a realizar ante SUNARP, informamos que se encuentra ubicada en la Av. Edgardo Rebagliati 561, Jesús María. Horario de atención: De lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:45 p.m. y sábados de 9:00 a.m. a 12:00 p.m. Mayor información al teléfono 266-1111 o visite su página web. 1.3. Inscripción en Registros Públicos : Una vez otorgada la Escritura Pública de Constitución de la empresa, estará lista para su inscripción en el registro de personas jurídicas

de la

SUNARP.

Para ello

deberán presentarse los

siguientes documentos:  Formato de solicitud de inscripción.  Copia simple documento de identidad (DNI, pasaporte o carnet de

extranjería), de quien presenta la escritura pública a registro. En el caso del documento de identidad peruano (DNI), se debe de presentar copia simple del documento dando constancia de haber sufragado en las últimas elecciones.  Parte Notarial que transcribe la escritura pública que ingresa al

registro como título.  Comprobante de depósito por el pago de los derechos registrales.  Otros documentos según calificación registral y disposiciones

vigentes.

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Luego, en el lapso de siete días útiles, el registrador podrá calificar e

inscribir

el

título.

La SUNARP hace entrega de:  Constancia de inscripción.  Copia simple del asiento registral.

El trámite en la SUNARP lo puede realizar el empresario, un representante de la empresa, o puede ser encargado a una notaria. 1.4. Obtención del Registro Único de Contribuyentes. El trámite de inscripción en el RUC de Personas Jurídicas u otros tipos

de

Contribuyentes se

puede

hacer

a

través

de:

1.4.1. Por medio del Internet : En este caso deberá seguir los siguientes pasos: 1. Descargar el modelo de contrato del módulo Constitución de Empresas

en

Línea,

del

Portal

de

Servicios

al

Ciudadano:www.serviciosalciudadano.gob.pe, sólo para MYPES (Micro y Pequeñas Empresas). 2. Completar los datos requeridos y grabar en un archivo. 3. Remitir el archivo a la dirección de correo electrónico de alguna de las Notarias autorizadas que le mostrará el sistema, o si lo prefiere imprima el contrato para su presentación física. 4. En base a la información remitida o presentada en la Notaría, esta: a) Verificará la información remitida para elevar la minuta a escritura pública en los casos que corresponda. b) identificará a cada uno de los socios fundadores. c) registrará la información en el módulo de Constitución de Empresas. 5. Concluido el proceso la Notaria remite la información de manera virtual a los Registros Públicos. La SUNAT remite el número de RUC a Registros Públicos con la finalidad de incorporarlo a la Constancia de Inscripción y posteriormente Registros Públicos remite esta información a la Notaría.

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6. Luego de ello el contribuyente debe ir a la Notaria para recoger la anotación de inscripción, la constancia de inscripción en el RUC y la Clave de acceso a SUNAT Operaciones en Línea - Clave SOL. 1.4.2. En forma Presencial : Para obtener el RUC en forma presencial, el representante legal de la persona jurídica u otros tipos de contribuyentes, deberá acudir a cualquier Centro de Servicios al Contribuyente cercano a su domicilio fiscal y deberá exhibir el original y presentar fotocopia de los siguientes documentos: 1. Documento de identidad del representante legal 2. Uno de los siguientes documentos del local donde realizará sus actividades:  Recibo de agua, luz, telefonía fija o televisión por cable cuya fecha de vencimiento de pago se encuentre comprendida en los 2 últimos meses.  La

última

declaración

jurada

del

Impuesto

Predial

o

autoavalúo.  Contrato de alquiler o cesión en uso de predio con firmas legalizadas notarialmente.  Acta probatoria levantada, con una antigüedad no mayor de 2 meses, por el fedatario fiscalizador de la SUNAT donde se señale el domicilio que se declara a la SUNAT como domicilio fiscal.  En caso de mercados, galerías o centros comerciales: carta firmada por el Presidente de la asociación de comerciantes inscrita en el RUC, indicando el domicilio que se declara a la SUNAT como domicilio fiscal. Dicha carta deberá tener una antigüedad no mayor de 15 días calendarios.  Ficha registral o partida electrónica con la fecha de inscripción en los Registros Públicos.  Escritura Pública de la propiedad inscrita en los Registros Públicos.  Contrato de compra-venta del inmueble o título de propiedad emitido por COFOPRI.  Constancia de la junta de usuarios o comisión de regantes en la cual se acredita al conductor del predio como usuario de las 5

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aguas de la zona geográfica en donde se ubica el predio o recibo del pago de los derechos sobre el uso del agua para fines agrícolas, la cual no deberá tener una antigüedad mayor de 2 meses a la fecha en que se realiza el trámite.  Constancia

o

certificado

de

numeración

emitido

por

la

Municipalidad Distrital correspondiente.  Excepcionalmente, de no tener alguno de los documentos antes mencionados, se podrá presentar un documento emitido por una Entidad de la Administración Pública en la que conste de manera expresa la dirección que se declara como domicilio fiscal.  En caso de entidades inscritas en los Registros Públicos, deberán exhibir el original y presentar la fotocopia simple de la partida registral certificada (ficha o partida electrónica) por los Registros Públicos. Dicho documento no podrá tener una antigüedad mayor a 30 días calendario. En los demás casos deberán exhibir el original y presentar la fotocopia simple de la Constancia, Poder, Contrato, Declaración de Voluntad de Constitución o del documento que acredite su constitución, existencia o conformación expedido por la autoridad o persona competente, u otros documentos que acrediten su inscripción, constitución o la fotocopia simple de la norma legal de creación,

según

corresponda.

Ver

detalle

de

requisitos

específicos en el anexo 1 del Reglamento del RUC. 3. Si con ocasión de la inscripción se declara(n) representante(s) legal(es) se tendrá en cuenta lo siguiente: •

Partida Registral certificada (ficha o partida electrónica)



Certificado de vigencia del poder



Copia literal certificada del asiento de inscripción.

4. En el caso de sujetos inscritos en los Registros Públicos, se aceptará la exhibición del original y la presentación de la fotocopia simple de alguno de los siguientes documentos emitidos por los registros Públicos, donde conste el nombramiento, renuncia, revocación o sustitución de los representantes y sus facultades de su representación:

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Dichos documentos no podrán tener una antigüedad mayor a 30 días calendarios de emitidos a la fecha de realización del trámite.



Para los demás casos se deberá exhibir el original y presentar la fotocopia simple del documento que acredite el nombramiento, renuncia, revocación o sustitución, según el tipo de contribuyente inscrito en el RUC.



En el caso de la declaración de establecimiento(s) anexo(s) deberá exhibir el original y presentar fotocopia de uno de los documentos que sustenta el domicilio del local anexo.

5. Por otro lado en caso el trámite es realizado por un tercero este deberá presentar los siguientes documentos: •

Exhibir el original y presentar fotocopia de su documento de identidad.



Presentar la partida registral certificada por los RR.PP. El documento no podrá tener más de 30 días calendario de emitido, donde conste las facultades de representación del representante legal.



La

carta

poder

con

firma

legalizada

notarialmente

o

autenticada por fedatario de la SUNAT donde conste la autorización realizar el trámite.

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