Monografia Estado Liberal

September 11, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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ÍNDICE INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................... 2 OBJETIVOS : ...................................................................................................................................... 3 ANTECEDENTES: .................................................... ......................................................................................................... .......................................................................... ..................... 4 CAPÍTULO I ..................................................... ........................................................................................................... ................................................................................. ........................... 11 Historia ............................................................................................................................................... 11 Influencia de la burguesía ............................................................................................................... 11 Características .................................................................................................................................... 13 Estado liberal en Argentina ................................................................................................................ 14 Estado centralista ............................................................................................................................ 14 Escenario político ........................................................................................................................... 15 Estado liberal en México .................................................................................................................... 15  Nueva Constitución .................................................................................... ........................................................................................................................ .................................... 16 Estado liberal en Colombia ................................................................................................................ 16 Separación de poderes .................................................................................................................... 17 CAPÍTULO II .................................................................................................................................... 18 Estado Liberal De Derecho. ............................................................................................................... 18 Ubicación Histórica. ....................................................................................................................... 18 DEFINICIÓN DE TÉRMINOS BÁSICOS: ...................................................................................... 21 REFERENCIAS ................................................................................................................................. 23

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Introducción

El Estado liberal es aquel aqu el sistema de carácter político y jurídico en el cual existe el reconocimiento de los derechos individuales (libertad de pensamiento, derecho a la propiedad, entre otros), la separación de los poderes, libertad de mercado y el acatamiento a una máxima ley o, en este caso, una Constitución.

El Estado liberal nace en plena Revolución plena Revolución francesa como reacción en contra del régimen absolutista,  por lo que también puede considerarse como punto de partida para el nacimiento de la Edad Contemporánea. Un rasgo importante del Estado liberal es que se concentra en delimitar el papel del Estado como un órgano al servicio de los ciudadanos.

La educación laica es una característica del Estado liberal, este modelo, la intervención del Estado no debe excederse más de lo necesario y sirve para representar a una nación. Esta característica difiere,  por ejemplo, del absolutismo, sistema en el cual el rey pasaba a ser se r la personificación del Estado.

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Objetivos :

  Dar a conocer la causa por la que se produjo el derecho liberal, quién influyó para que se dé



esto y como se ha ido desenvolviendo en la historia   

  Que efectos causó el Derecho Liberal cuando llegó a México, cuál fue su rasgo más relevante

que se dio.    Que cambios produjo el Derecho liberal, que hizo que se encaminara hacia este Derecho



cuando llegó a Argentina.    Como Colombia se vio influenciada por los ideales del Estado liberal procedentes de Francia



e Inglaterra.    Explicar cómo surge los ideales del Estado Liberal de Derecho.  



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Antecedentes:

Córdoba (2008), realizó un artículo : Liberalismo y democracia en la perspectiva de Norberto Bobbio (2008), en la universidad del Cauca, C auca, Colombia, el artículo resaltó “ El debate planteado por Norberto Bobbio sobre el liberalismo y la democracia”:  

  Aunque en el uso político regular de la actualidad liberalismo y democracia son equivalentes,



 Norberto Bobbio, apoyándose en las ideas expuestas por Benjamín Constant (1820), establece una distinción histórica entre ambas formas políticas: mientras la democracia es anterior al liberalismo, en el sentido que los antiguos (los griegos) ya la practicaban, el liberalismo es  posterior a aquélla, siendo caracterizado como un fenómeno moderno. Con todo, y a pesar del reconocimiento de la complejidad existente, Bobbio señala que los ideales liberales y los democráticos empezarán a caminar de la mano, en la medida que comienzan a hacerse compatibles también la libertad  (como   (como destino común de los hombres) y la igualdad  (como  (como intervención del pueblo para definir la orientación de la sociedad).   Este planteamiento es sustentado recurriendo a la explicación de una doble diferenciación: que



no sólo se trata de categorías políticas que nacen en tiempos históricos distintos, sino que la separación que las atraviesa tiene que ver igualmente con la concepción y vivencia de la libertad, aspecto en el cual se distancian los antiguos de los modernos, pero también con el significado conceptual que tiene el liberalismo político y la democracia misma. Mientras el  primero se para en los terrenos de la reivindicación del sentido de la independencia individual, la segunda lo hace desde el igualitarismo.   Por este camino Bobbio considera que los antiguos entendieron (y vivieron) la libertad como



 participación directa de los ciudadanos en los asuntos públicos pú blicos y en la distribución del poder,

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lo que daría lugar (en la práctica) a la obediencia y a la subordinación del individuo a la comunidad política (es decir, la negación de la libertad como entrega de la misma). A diferencia de ellos, lo que hicieron los modernos fue exactamente un movimiento contrario: el fin último es la defensa de la libertad individual, como garantía de la vida privada, lo cual se corresponde, además, con la adopción de formas de vida enmarcadas enmarcad as en contextos territoriales más grandes. Al respecto Bobbio, refiriéndose a lo expresado por Constant, dice: Constant, como buen liberal, consideraba que estos dos fines eran contradictorios. La participación directa en las decisiones colectivas termina  por someter al individuo a la autoridad del conjunto y a no hacerlo libre como  persona; mientras hoy el ciudadano pide al poder público la libertad como individuo (Bobbio, 1993)   Así es que el liberalismo, en sentido general, se perfila entonces como una filosofía del cambio,



como un tipo de pensamiento que provoca (o potencializa) transformaciones, que adopta  posiciones progresistas capaces de romper con todos aquellos factores que tienden a inmovilizar el pensamiento y la sociedad (ideología del progreso). Pero en sentido más específico, esto es, más político, el liberalismo llegará a ser una filosofía sobre el individuo (en tanto sujeto), y la libertad humana (en tanto valor, principio) una filosofía institucional sobre la forma del Estado. Esta no es otra, para Bobbio, sino aquella que se simboliza en la regulación del ejercicio del poder, en la subordinación de los poderes públicos a los controles (límites) establecidos y definidos en normas escritas.   De este modo, cuando Bobbio nos habla de Estado liberal  está  está refiriéndose a un punto de vista



doctrinario, según el cual el poder, entendido en sentido neutro, o sea, independientemente de considerar quién lo ejerce, tiene que estar limitado (en su uso y en sus funciones). 4En estos términos la identificación del Estado liberal como Estado limitado se concreta en la figura del Estado de derecho (o Estado constitucional), el cual se rige por el imperio de las leyes,   5

 

valga decir, por la supremacía de las normas de mayor rango (las leyes fundamentales) creadas  por los hombres y que están contenidas en las Constituciones políticas (según una  positivización que se hace extensiva a los derechos derecho s naturales); [...] por "liberalismo" se entiende una determinada concepción del Estado, la concepción según la cual el Estado tiene poderes y funciones fun ciones limitadas, y como tal se contrapone tanto al Estado absoluto como al Estado que hoy llamamos social (Bobbio, 1993). El liberalismo es una doctrina del Estado limitado tanto con respecto a sus  poderes como a sus funciones. La noción común que sirve para representar al  primero es el estado de derecho; la noción común para representar el segundo es el estado mínimo.  Aunque el liberalismo conciba al Estado tanto como estado de derecho cuanto como estado mínimo, se puede dar un estado de derecho que no sea mínimo (por ejemplo, el estado social contemporáneo) y también se puede concebir un estado mínimo que no sea un estado de derecho (como el Leviatán hobbesiano respecto a la esfera económica que al mismo tiempo es absoluto en el más amplio sentido de la palabra y liberal en econo economía mía (Bobbio, 1993).   Como se aprecia en el planteamiento de estas contraposiciones, el Estado liberal, como



ordenamiento que acepta el pluralismo constitucional (traducido en la división de poderes y en su limitación por vía del derecho) para no escamotear la libertad y los derechos de rechos individuales (y, por ende, la emancipación) a las que la sociedad liberal les atribuye un gran significado, deviene en Estado mínimo.  Según Bobbio, este Estado mínimo es el opuesto del Estado máximo, o sea, del Estado absolutista, y por extensión a los totalitarismos y al mismo Estado de intervención social.

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   No obstante, es menester observar que esa categorización de Estado mínimo utilizada por



Bobbio responde en realidad a la emergencia histórica del Estado liberal clásico (dejar hacer, dejar pasar: laissez faire, laissez paser)que, en aras de la defensa de la libertad económica, acogerá la protección de la iniciativa individual y la libre competencia. competencia.6 Al hacerlo contraerá la intervención estatal a los asuntos policiales, que caen en los dominios del orden público y la seguridad ciudadana, con lo que los obreros quedarán colocados en una situación de indefensión laboral frente a los abusos patronales y a la agudización de lo que Marx denominó la explotación del hombre por el hombre.     Nótese que esa apreciación apr eciación de Bobbio es sólo correcta en cuanto a que ese modelo de Estado



mínimo si bien podía revestirse de un ropaje constitucional (como Estado de derecho), no por ello era necesariamente democrático. Hay que tener en cuenta que las llamadas "reglas del  juego democrático", a través de las cuales los individuos participan de la vida política, no se encontraban plenamente desarrolladas, es decir, al alcance de todos los ciudadanos. ¿Cuáles son esas reglas a partir de las cuales se puede caracterizar la democracia como un régimen  político distintivo, e incluso diferenciado, del liberalismo?   De acuerdo con Bobbio, mientras el liberalismo 7 se refiere más al papel jugado por el Estado



en relación con la regulación del poder y de la convivencia social, la democracia (en sentido mínimo) se refiere más a la forma en que se reparte o se distribuye el poder, al ejercicio del gobierno; a la capacidad del pueblo para intervenir en las decisiones tomadas en la sociedad, según procedimientos operacionales inspirados en los principios de la soberanía  popular, la igualdad política de participación y, principalmente, la prevalencia de la regla de la mayoría dentro de los sistemas electorales. Al respecto, Bobbio dice: [...] por democracia, una de las tantas formas de gobierno, en particular aquella en la cual el poder no está en manos de uno o de unos cuantos sino de todos o

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mejor dicho de la mayor parte, y como tal se contrapone a las formas autocráticas, como la monarquía y la oligarquía (Bobbio, 1993). [...] se entiende por régimen democrático un conjunto de reglas re glas procesales para la toma de decisiones colectivas en el que está prevista y propiciada la más amplia participación posible de los interesados (Bobbio, 1994). Hago la advertencia de que la única manera de entenderse cuando se habla de democracia, en cuanto contrapuesta a todas las formas de gobierno autocrático, autocr ático, es considerarla caracterizada por un conjunto de reglas (primarias o fundamentales) que establecen quién está autorizado para tomar las decisiones colectivas y bajo qué procedimientos (Bobbio, 1994).   Estas definiciones, que acogen lo formal y lo procedimental, permiten destacar el entronque



que opera entre la democracia moderna y el liberalismo, siendo el desarrollo de aquélla una consecuencia de la presencia de este último, es decir, un resultado del reconocimiento legal llevado a cabo por el Estado constitucional (el Estado de derecho) en relación r elación con las libertades individuales. La convergencia también se produce en cuanto la democracia terminará reivindicando los derechos fundamentales, la libertad de opinión, de expresión y de  participación (a través del voto).   Las condiciones de favorabilidad para que el ciudadano, como sujeto político de la



democracia, intervenga entonces en la elección de sus gobernantes o en la expresión de opiniones, se completará con la universalización del sufragio y con garantía ciudadana, que se coloca más allá de las identidades privadas o de ciertas condiciones particulares que determinan a los individuos (creencias, opiniones políticas, asuntos de género, inclinaciones sexuales, ubicación económica, etnicidad, etcétera).

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  Además de que para Bobbio la democracia resulta impensable sin un marco legal, es también



inválida si no está acompañada del pluralismo político, es decir, de la presencia que deben tener diversas alternativas políticas, en aras de que sean comunicadas a los ciudadanos para  posibilitar su deliberancia y elección, de acuerdo con una participación mayoritaria. Pero a  pesar de la insistencia de Bobbio en que la democracia es un método, las reglas  procedimentales que le dan contenido no salvaguardan a la democracia de los contrastes con la realidad, que son finalmente las que se encargan de mostrar las contradicciones en que ha incurrido la democracia (las llamadas promesas incumplidas).    Recordemos cómo Rousseau (1993), por ejemplo, desconfía de la democracia representativa



como materialización de lo que puede ser la democracia verdadera. A juicio suyo el sentido de la libertad se desvirtúa cuando la soberanía popular termina delegándose en los elegidos,  para que éstos decidan por el pueblo. Al respecto Bobbio responderá diciendo que la democracia directa, tan elogiada por el filósofo ginebrino, es inviable e impracticable (irreal); mientras que, por contraste, la fortaleza de la democracia representativa reside en la capacidad de juicio que poseen los elegidos: Por lo demás, la democracia representativa nació también de la convicción de que los representantes elegidos por los ciudadanos son capaces de juzgar cuáles son los intereses generales mejor que los ciudadanos, demasiado cerrados en la contemplación de sus intereses particulares (Bobbio, 1993).   A pesar de la sabiduría que se predica de los representantes, en tanto virtud que se les atribuye,



a diferencia de las preocupaciones primarias que supuestamente caracterizan a la masa, ello no los libra de incurrir en la ausencia de responsabilidad r esponsabilidad política con el elector, ni los inmuniza frente al hecho de que esos representantes antes que verse obligados con la nación en realidad optan por el establecimiento de pactos y compromisos estrictamente particulares. Tampoco la

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democracia representativa es ajena a fenómenos como el que las decisiones se concentren en organizaciones, en élites o en corporaciones transnacionales, tal y como ocurre actualmente  bajo el modelo económic económicoo neoliberal, a la indiferencia del ciudadano, ciudadano , a la corrupción cor rupción de d e las costumbres políticas, a la presencia de ciudadanos desinformados y políticamente no educados, a la formación de varios centros de poder ,8etcétera.    No podemos olvidar que en la base de la articulación operada entre liberalismo y democracia



subsiste la contradicción (y, por lo tanto, el problema de la complementación) entre lo individual

y

lo

social,

que

se

refleja

en

el

conflicto

planteado

entre individualismo y organicismo,  al cual se refiere Bobbio. El liberalismo reconoce la naturaleza conflictiva y egoísta del ser humano e insiste en la primacía de la libertad, en la vigilancia del poder del Estado para la preservación de la independencia individual, para organizar la convivencia en medio de la multiplicidad. A su vez, la democracia moderna se  planteó como orientación inicial, desde sus su s orígenes, la extens extensión ión del poder al mayor número  posible de personas, la preocupación dirigida hacia el bien común y el orden colectivo, el mantenimiento de la unidad social, la exigencia de resultados en el ejercicio del gobierno.

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Capítulo I Historia

Algunos autores indican que el surgimiento de lo que serían las ideas principales del Estado liberal se dieron durante la Revolución francesa. No obstante, cabe destacar que el desarrollo de este sistema  político se adecuó según las características y contextos contex tos de cada país a lo largo del tiempo.

Antes de la Revolución francesa el Estado era de carácter monárquico y estaba encabezado por el rey, quien era la base jurídica y política. Tras él se encontraba enco ntraba la nobleza y el clero, las dos clases ssociales ociales que disfrutaban de reconocimiento y beneficios.

La contraparte estaría conformada por los campesinos, artesanos y siervos, en conjunto con una clase social que estaba ganando más terreno en lo económico: la burguesía. la  burguesía.  

Influencia de la burguesía 

Una de las necesidades de la burguesía era la búsqueda de derechos que q ue permitiera su desarrollo pleno. Por lo tanto, se convirtió en uno de los motores que impulsó la revuelta, con el fin de poder tomar ciertos privilegios de la nobleza y así transformarlos en lo que luego fueron los derechos constitucionales.

Según lo planteado por John Locke y Montesquieu, para la permanencia y el establecimiento de la  burguesía como clase dominante fue necesario asegurar la libertad de la industria y el comercio a través de la separación de poderes. De esta manera, se lograría lo siguiente:

 –  La  La división de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

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 –  El  El Estado cobra un papel limitado y sus funciones son demarcadas según los otros dos poderes que

le sirven de equilibrio.

Declaración de los derechos del hombre

A lo anterior también se le sumó la Declaración D eclaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, la cua cuall fue la columna vertebral del Estado liberal. Con esta se reconoce que todas las personas son iguales ante la ley y que, además, debe asegurarse el derecho a la propiedad y la libertad.

En la declaración se hace énfasis la importancia de la ley y de la libertad de la propiedad privada. Esta última es conceptualizada como un “derecho inviolable y sagrado” que no pude ser privado por

ninguna persona o ente, a menos que se lo requiera.

Al final, el Estado liberal trae consigo:

 –  Una  Una nueva clase dominante: la burguesía.

 –  Un  Un nuevo modo de producción: el capitalismo el  capitalismo (en el que se garantiza el libre mercado).

 –  Una  Una nueva ideología: el liberalismo.

En la actualidad se considera que este sistema político todavía sigue vigente salvo por los periodos en donde se desarrollaron las guerras mundiales.

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Características

En lo político

 –  El  El Estado liberal no tiene que ver con la forma de d e gobierno, sino con la dinámica que se establezcan

entre los poderes establecidos (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).  –  El  El sufragio universal masculino es el ejercicio de la democracia representativa.

 –  Existe  Existe una distinción del Estado y la Iglesia.

 –  Las  Las elecciones son periódicas.

 –  Hay  Hay alternancia del poder.

En lo jurídico

 El Estado se rige por el principio de legalidad.  –  El

 –   Existe Existe garantía de los derechos individuales y de propiedad.

 –  Hay  Hay un reconocimiento de que todos los individuos son iguales ante la ley.

 Existe libertad de expresión.  –  Existe

En lo social

 –   El Estado liberal hace énfasis en que cada ciudadano tiene la posibilidad de desarrollarse en la

sociedad según los logros que obtenga.   13

 

 –  No  No hay privilegios especiales para quienes pertenezcan a ciertas castas o linaje.

En lo económico

 Respeto del derecho a la propiedad privada (mueble o inmueble).  –  Respeto

 –  Instauración  Instauración del libre mercado (ejercicio libre de la oferta y demanda).

 –  Predominancia  Predominancia de la privatización de industrias para permitir la intervención mínima del Estado.

Estado liberal en Argentina

Los cambios que se produjeron en Argentina Ar gentina y que la encaminaron hacia el Estado liberal, comienzan a mediados del s. XIX, gracias a una serie se rie de revueltas que surgieron co como mo una reacción en contra de dell estado colonialista.

Estado centralista

A partir de entonces se construyó un Estado centralista que sirvió para unir los territorios y los intereses del país, con la finalidad de lograr una estabilidad política, social y económica. Esta última, en particular, tuvo influencia en el desarrollo posterior porque permitió la llegada de inversiones del extranjero y la entrada a un mercado internacional.

En vista de ello, a finales de siglo se realizaron una serie de cambios de índole liberal, como la  promulgación de la educación gratuita, obligatoria y laic laica, a, la integración de hijos de extranjeros y el respeto de la diversidad de credo.

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Otra medida importante fue la fundación del registro civil, el cual se encargaría del registro de los nacimientos, defunciones y matrimonios, responsabilidades que solo eran acuñadas a la Iglesia.

Escenario político

El ámbito político estuvo sujeto a cambios importantes. En un principio, había énfasis en las clases  privilegiadas. A principio del s. XX esta situación desembocó en la necesidad de movilizaciones  populares en pro de la igualdad de derechos. de rechos.

En este punto, el Estado pasó de tener una participación limitada a tener una amplia. Las fluctuaciones continuaron a mediados de los 60 y principios de los 70, por las confrontaciones entre las ideologías comunistas y capitalistas que coexistían en el país.

Las políticas económicas adoptadas en los 80 y 90 hicieron que cambiara la dirección del papel del Estado para limitar la intervención por medio de la privatización de ciertos organismos, la promoción de mayor libertad de mercado y el favorecimiento de la competencia.

Estado liberal en México

La llegada del Estado liberal a México fue a principios del s. XIX, cuando comenzaron a calar los ideales independentistas provenientes de Europa. Gracias a ello se procedió a la construcción de una república y de una Constitución que sirviera para unir al país.

 No obstante, uno de los rasgos más relevantes de la política mexicana son los constantes cambios que se produjeron. En primer lugar destacan la división y conflictos territoriales, y las diferencias entre las clases sociales gracias al colonialismo. al colonialismo.     15

 

La pugna de poderes se concentró básicamente entre dos tendencias políticas: los conservadores, quienes querían mantener el mismo sistema español; y los liberales, que deseaban la modernización del país.

A principios del s. XX hay muestras de modernización en lo que se interpreta como una revolución económica. No obstante, persiste la desigualdad social y política por la falta de reconocimiento de derechos y de igualdad ante la ley.

Nueva Constitución

En 1917 se realizó una nueva Constitución que recogió los principios contemplados en la Declaración del Hombre y el Ciudadano, con la intención de instaurar un sistema democrático con respeto a las libertades del ciudadano, la división de poderes y el Estado árbitro. Dicha ley sigue vigente en la actualidad.

Estado liberal en Colombia

Colombia se vio influenciada por los ideales del Estado liberal procedentes de Francia e Inglaterra. Las corrientes relacionadas con los derechos del hombre más la Revolución industrial, sirvieron de  bases para romper con el esquema esq uema político y social español.

Al principio, los grupos conservadores y la Iglesia pensaban que la instauración de un Estado liberal sería una amenaza al sistema económico que, para ese momento, solo beneficiaba a las clases  pudientes.

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A pesar de ello, no fue posible establecer el sistema por la fuerte influencia de la Iglesia y por las guerras civiles. Ese contexto político y social hizo que más bien el país tomara una organización más de índole corporativista.

Separación de poderes

Esto permaneció más o menos igual hasta principios de la década de los 90 (s. XX), al establecerse una Constitución que ayudó a establecer la separación de los poderes, la restringida intervención del Estado y una economía de puertas abiertas.

 No obstante, analistas analistas indican que, a pesar que este modelo ha brindado la oportunidad de crecimiento al país, se espera que el Estado tenga mayor intervención para la protección de los intereses de sectores menos favorecidos.

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Capítulo II Estado Liberal De Derecho.

Ubicación Histórica.

El estado liberal de derecho surge de las revoluciones liberales de la segunda mitad del siglo XVIII, que tienen lugar en dos escenarios:

a) América septentrional, donde las colonias británicas se separan de Inglaterra y forman estados liberales e independientes, y

 b) Europa, en la que tiene lugar la revolución francesa fr ancesa de 1789, que desde allí se extiende a otros países europeos. Son emblemáticas la declaración de derechos de Virginia de 1776 y la declaración de derechos del hombre y el ciudadano de 1789. Ambas seguidas de constituciones liberales.

Es conveniente hacer referencia a un insólito estado protoliberal en la fecha temprana de finales del siglo XVII, surgido de la revolución gloriosa inglesa de 1688, que termina con una declaración de derechos de 1689 en la que el monarca necesita del consenso del parlamento  – la la cámara de los comunes- para decretar los más relevantes actos políticos: la creación y ejecución de las leyes, la exacción de tributos y el reclutamiento del ejército. Una primera merma histórica a la concentración de los poderes en manos del monarca. También los parlamentarios conquistan la libertad de expresión en la cámara de los comunes.

  Soberanía. La soberanía reside en el pueblo o nación, que es siempre titular de la misma y tan



solo puede transmitir el ejercicio de la soberanía.   18

 

  Derechos. Los derechos reconocidos son las libertades individuales  –   de pensamiento,



creencias, religiosa, económica (derecho de propiedad), política (derecho de sufragio activo y  pasico), de expresión, de reunión, de asociación- . Las libertades de la persona son concebidas como derechos naturales que tienen que ser respetados por el estado.   Titulares de derechos. Titulares de las libertades son todos los hombres (en algunas solo los



ciudadanos).   Estado. El estado es abstencionista, es decir, vigilante de que el derecho se cumpla, pero sin



intervenir en las relaciones económicas y en las situaciones de las personas en la línea del  principio liberal: “laisser faire, faire, laisser passer” (“ (“dejar dejar hacer, dejar pasar”) aplicado sobre todo

al ámbito económico.  



Poderes públicos. Los poderes públicos aparecen por vez primera separados: los tres poderes desempeñan cada uno su función. El legislador (las asambleas legislativas, las convenciones, etc.) del que forman parte los representantes repres entantes electos por el voto de los ciudadanos elaboran las leyes. El Gobierno las aplica. Los jueces velan por su cumplimiento y reparan el derecho vulnerado. Inicialmente el monarca se reserva el derecho de veto de las leyes, que poco a poco va desapareciendo.

  Valores jurídicos. Los valores jurídicos son la libertad y una faceta de la igualdad, la igualdad



formal o ante la ley, pues una de las conquistas más difíciles de las revoluciones liberales es  precisamente la generalidad de la ley y la sumisión a la mi misma sma de todos los poderes del estado. La ley es ahora la principal fuente del derecho y todos están obligados a respetarla. Frente al  panorama preliberal anterior en que existía una legislación y jurisdicción estamental: cada estamento tenía sus propias leyes y sus propios tribunales.

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  Límites de los derechos. Los derechos aparecen ilimitados en las constituciones y



declaraciones de derechos liberales consagrados con adjetivos pomposos: derechos sagrados, inalienables e imprescriptibles. Sin embargo son muy limitados en la legislación de desarrollo

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Definición de Términos Básicos:

1.  Filosofía: La

filosofía es una saber crítico de la realidad existente, pero esta crítica no basta,

 porque la filosofía debe ser, además, práctica, esto es, práctica revolucionaria que influya en la transformación de una realidad social (Marx)   2.  Liberalismo: Se entiende una determinada concepción del Estado, la concepción según la cual el Estado tiene poderes y funciones limitadas, y como tal se contrapone tanto al Estado absoluto como al Estado que hoy llamamos social (Bobbio, 1993).   3.  Democracia: , una de las tantas formas de gobierno, en particular aquella en la cual

el poder

no está en manos de uno o de unos cuantos sino de todos o mejor dicho de la mayor parte, y como tal se contrapone a las formas autocráticas, como la monarquía y la oligarquía (Bobbio, 1993).  4.  Estado:

es una organización social constituida en un territorio propio, con fuerza para

mantenerse en él e imponer dentro de él un podersupremo de ordenación y de imperio, poder ejercido por aquel elemento social que en cada momento asume la mayor fuerza política”

(OSSORIO, Manuel, Diccionario de ciencias jurídicas y políticas, Buenos, Aires, Argentina, Heliasta, 24va, 1997).  5.  Derecho: el derecho es una ordenación normativa del comportamiento humano, es un sistema de normas que regulan el comportamiento. (Kelsen, 1934, 2° ed. 1960) 6.  Poder: capacidad de producir efectos, y puede ser referida tanto a individuos o grupos humanos como a objetos o fenómenos de la naturaleza. En cambio, en el sentido social, lo traduce como la “capacidad del hombre para determinar la conducta del hombre. (Stoppino ,

1991).

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7.  Soberanía: la soberanía es indivisible e inalienable y pertenece solo al pueblo, por lo que el  pueblo es un solo ór órgano gano que tiene poderes delegados, delega dos, al que se le puede retirar o agregar lo que sea según lo que decida el pueblo. (Rousseau) 8.  Sociedad: la sociedad es heterogénea y se compone de clases que se mantienen a través de las ideologías de aquellos que tienen el control de los medios de producción, es decir, las élites. (Marx). 9.  Política: Conjunto de medidas destinadas a elevar el nivel de vida de la gran mayoría de la población, mediante la di distribución stribución equitativa de los beneficios sociales actuales y futuros del desarrollo económico. (Saavedra, 1968)  10. Régimen Democrático: un conjunto de reglas procesales para la toma de decisiones colectivas en el que está prevista y propiciada la más amplia participación posible de los interesados (Bobbio,

1994).

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Referencias 1.  Estado liberal. (2014). En Enciclopedia jurídica. Recuperado: 27 de febrero de 2018. En Enciclopedia jurídica de enciclopedia-juridica.biz14.com. 2.  Estado liberal. (s.f.). En Enciclopedia. Recuperado: 27 de febrero de d e 2018. En Enciclopedia de enciclopedia.us.es. 3.  Estado liberal. (s.f.). En Wikipedia. Recuperado: 27 de febrero de 2018. En Wikipedia de es.wikipedia.org. 4.  Iriarte, Alicia. (s.f.). Modelos de Estado en Argentina. En Uncu. Recuperado: 27 de febrero de 2018. En Uncu de ffyl1.uncu.edu.ar. 5.  La República Liberal (Argentina 1880-1916). (s.f.). En Monografías. Recuperado: 27 de febrero de 2018. En Monografías de monografías.com. 6.  La Revolución francesa. (s.f.). En Biografías y vidas. Recuperado: 27 de febrero de 2018. En Biografías y vidas de biografiasyvidas.com. 7.  Moreno Garavilla, Jaime. (s.f.). El liberalismo constitucional de México. Evolución y  perspectiva. En Derecho-Unam. Recuperado: 27 de febrero de 2018. En Derecho-Unam de

derecho-unam.mex.

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