Monografia de Simulacion Del Acto Juridico

April 30, 2019 | Author: CRISTHIAN | Category: Payments, Truth, Family, Rights, Marriage
Share Embed Donate


Short Description

derecho cvil...

Description

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN “FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS”

SIMULACION DEL ACTO JURIDICO PRESENTADO POR: - AREL ARELLA LANO NO ACE ACEVE VEDO DO,, Ja! Ja!"# "#$% $%"" Ma&" Ma&"## - CONC CONCEP EPCI CION ON 'AR 'ARCI CIA, A, N() N()$a $a ')$ ')$" "#* #*aa - DEL' DEL'AD ADO O+ +UI UICH CHIZ IZ,, Ma) Ma)  A% A%% %$ $ - MO MOREN RENO O VIDAL, VIDAL, Y."# ."#$% $% Y(#"/ #"// / ASESOR: D)0 Ja$1" R*)$2("3 Ca))a%3a

HUACHO-PER4 5678

SIM SIMULA ULACION CION DEL ACTO CTO JUR JURIC ICO O

Págin ágina a1

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

DEDICATORIA

A dios quien nos dio la vida  a nues!"as #a$ilias %o" &a'e"nos a%oado en !odo $o$en!o( %o" sus sa'ios )onse*os( sus valo"es( %o" la $o!iva)i+n )ons!an!e que nos &a %e"$i!ido se" unas %e"sonas de 'ien, A nues!"os $aes!"os que en es!e anda" %o" la vida( in-uen in-uen )on sus le))iones  e.%e"ien)ias de #o"$a"nos )o$o unas %e"sonas de 'ien  %"e%a"adas %a"a los "e!os que %one la vida,

SIM SIMULA ULACION CION DEL ACTO CTO JUR JURIC ICO O

Págin ágina a2

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

A'RADECIMIENTO  Agradecemos a nuestros padres por su ardua labor en inculcarnos los valores para ser una persona de bien en la sociedad, a su vez un agradecimiento con mucha

estima a nuestro

asesor

Dr. Jaime

Rodriguez Carra rranza

por sus enseñanzas y experiencias dadas para nosotros, haciéndonos unos uturos proesionales honestos y eicaces para esta competitiva carrera de la abogac!a.

SIM SIMULA ULACION CION DEL ACTO CTO JUR JURIC ICO O

Págin ágina a/

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

INTRODUCCION "n el #mbito del derecho la simulaci$n es muy recuente, como conocimiento previo este se usa para engañar a terceros o mostrar un seudoacontecimiento %ue solo las partes %ue lo practican sabr#n en realidad, en el traba&o realizado hablaremos sobe las diversas deiniciones %ue le dan algunos autores, asi como los re%uisitos %ue son dos 'nicos e indispensable.  Adem#s en el segundo apartado se tratara sobre las doctrinas %ue comple complemen mentan tan las divers diversas as acepci acepcion ones es sobre sobre el tema, tema, seguid seguidame amente nte nos centraremos en las dierentes clases de simulaci$n %ue existen, al igual %ue de los eectos %ue surgen de estos y cuantes de estas clasiicaci$n son tomadas para su regulaci$n en nuestro derecho civil peruano. Comple Complemen mentam tamdo do inalm inalmen ente te con la prescr prescripc ipci$n i$n,, la acci$n acci$n de nulida nulidad d o anulabilidad seg'n sean los respectivos casos, siendo este un tema mucha relevancia para nuestro #mbito eduvcacional

INDICE CARA CARAT TULA ULA 7 DEDICATORIA

7

A'RADECIMIENTO

7

SIM SIMULA ULACION CION DEL ACTO CTO JUR JURIC ICO O

Págin ágina a0

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

INTRODUCCION 7 I0

ANTECEDENTES DE LA SIMULACION I07 EVOLUCION HISTORICA

5

9

I0 I055 NAT NATURALE RALEZA ZA JURID URIDIC ICA A DE LA SIMU SIMULA LACI CION ON

9

(.).* doctrina %ue considera a la simulaci$n como un caso de divergencia entre la voluntad y su declaraci$n cr!tica 9 (.).) (.).) doctri doctrina na %ue %ue consid considera era a la simula simulaci$ ci$n n como como vicio vicio de la causa causa del del acto &ur!dico 9 (.).+ doctrina doctrina %ue %ue consid considera era %ue %ue en la simulac simulaci$n i$n hay hay diverg divergencia encia entre declaraci$n y contradeclaraci$n 9 (.). (.). doctri doctrina na %ue %ue consid considera era %ue %ue la simul simulaci aci$n $n es un un mero dis disraz raz de de la

9 voluntad de las partes (.). (.).- doct doctri rina na %ue %ue cons consid ider era a al acto acto simu simula lado do como como estr estruc uctu tura ralm lmen ente te perecto 9 (.). (.). doctri doctrina na %ue %ue conside considera ra a la simulac simulaci$n i$n como como un acuer acuerdo do comple comple&o &o 'nico 9 II0 SIMULAC LACION DE DEL ACTO JU JURIDICO II II07RE 07RE+U +UIS ISIT ITOS OS DE LA SIMU SIMULA LACI CION ON 9 II05 ACTOS SIMULALES 9 II09C 9CL LASES DE DE SI SIMULACIÓN 9 II0907 /(012AC(34 A5/3216A 9 II0905 /(012AC(74 R"2A6(8A 9 II0909 /(012AC(74 D" 9"R/34A 9 /(012AC( 74 636A2 : 9ARC(A2 9ARC(A2 II090; /(012AC(74 9 II090< /(012AC(74 2;C(6A " (2;C(6A 9 III0 EFECTOS DE LA SIMU MULA LAC CIO ION N 9 III 07 EFECTOS DE LA SIMULACION ASOLUTA ENTRE LAS

PARTES 9 III 05 EFECTOS DE LA SIMULACION RELATIVA ENTRE LAS PARTES 9 II III0 I099 EFEC EFECTO TOS S DE DE LA LA SIMU SIMULA LACI CION ON PARCIA RCIAL L ENT ENTRE RE LAS LAS PA PARTES RTES III 0;

9 ES POSILE UNA SOL SOLUCION JURIDICA DIV DIVERSA DE LAS

ANTERI NTERIOR ORES ES PA PARA DESA DESALE LENT NTA AR LA SIM SIMULA ULACI CION ON 9 III0 I0sicut corpus sine spiritu, %uia consensus est remotus? esto %uiere decir, %ue la simulaci$n absoluta solo es una

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

apariencia de un negocio, nada m#s@ y relativa >contratus iguratus, depictus, coloratus?, %ue escon de un negocio ba&o la orma externa de otro. "l originario ormulismo r!gido y la tipicidad de los actos &ur!dicos constituyeron un obst#culo para la simulaci$n, ya %ue los su&etos solo pod!an e&ercitar su autonom!a

negocial,

utilizando es%uemas rituales.

exteriormente reconocido,

8alia

el negocio

derecho no consideraba las intenciones no

expresadas mediante el ritual ormal del negocio. /uperada la ase primitiva del ius civile romano, la &urisprudencia y el pretor no permanecieron insensibles a la exigencia de regular el negocio simulado sancion#ndolo con la nulidad y valorando de un modo variado el in disimulado en relaci$n a la naturaleza y seg'n %ue se tarte de simulaci$n absoluta o de simulaci$n relativa. 9ara los romanos la verdad deb!a prevalecer sobre lo escrito, solo tenia valor el acto real y secreto, y no el icticio y aparente, principio %ue esta contenido en C..)) plus valere %uod agitur %uam %uod sim'late concipitur  "l principio general de considerar invalido el acto simulado esta airmado en el D. ,B,-, %ue establece Contractus imaginarii etiam in emptionibus iuris vinculum

non optinent, cum

fides

facti simulatur,

non intercederé

veritate"  >los contratos imaginarios aun en la compraventa, no alcanzan vinculo de derecho cuando se simula la realidad de un hecho, %ue no corresponde a la verdad?. 9or lo %ue se reiere a las nupcias simuladas el D. )+,),+E, dice "Simulatae nuptiae nullius momneti sunt , es decir, %ue no existen en ning'n momento. 9ara los romanos eran nulos los actos prohibidos por la ley. 2a simulaci$n absoluta %ue ocultaba un in il!cito, vale decir %ue trasgred!a normas o principios &ur!dicos, era nula@ la nulidad opera rente a las partes y a los terceros per&udicados. /i la simulaci$n era relativa, el acto disimulado era valido sin el in perseguido era licito, caso contrario era nulo, como sucede por e&emplo, con la donaci$n entre conyuges disrazada ba&o la apariencia de venta, caso en el %ue la venta era nula por simulada y también nula la donaci$n por estar  prohibida por ley. Como reiere 9astori, la doctrina moderna %ue considera a la simulaci$n como un vicio de la determinaci$n causal del acto &ur!dico es limitada si nos

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 3

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

remitimos a la historia de la instituci$n. "sto por dos razones primero, por%ue al menos en el derecho cl#sico, la simulaci$n determina la invalidez del negocio, no como vicio del elemento sub&etivo, o sea en cuanto las partes no desean el negocio simulado, sino en base a la ob&etiva consideraci$n del in dierente %ue tienden a superar con el vinculo debido a la tipicidad de las iguras negociales. "n cambio, en el Derecho &ustinianeo la simulaci$n es considerada como un vicio de la voluntad %ue invalida el acto por cuanto no es %uerido por las partes. "n eecto, si nos reerimos al antiguo ormalismo y a la tipicidad de los actos &ur!dicos, el criterio para &uzgar la valides era solamente el de la conormidad a los es%uemas legales, mientras %ue se sustra!a a la valoraci$n del derecho el eventual in practico perseguido por las partes cuando no era coincidente con la causa negocial. 2a segunda raz$n se debe a %ue en el derecho romano el instituto de la simulaci$n no constituye siempre una anomal!a del negocio, relevante en sentido negativo para el derecho sino %ue cumple una unci$npositiva, como medio para alcanzar inalidades practicas de autonom!a privada exigidas por el desarrollo econ$mico social, pero no permitidas por las limitadas iguras neg$ciales reconocidas.  A prop$sito de lo expuesto, veamos el caso hist$rico de la mancipatio, cuya estructura originaria ue adecuada a la especiica unci$n del cambio de una cosa por un precio. 9ero enseguida el es%uema ormal de mancipatio es adoptado para realizar unciones diversas de venta. 9or e&emplo, el caso notorio de la mancipatio %ue ocurria sestertio numo uno"  o sea con un precio simb$lico, lo %ue implicaba, antes %ue una venta, una donaci$n in de autonom!a privada, este, %ue luego obtiene el reconocimiento por obra de la interpretaci$n &urisprudencial, deviniendo luego en la causa de un negocio escogido a prop$sito. 3tros e&emplos la mancipatio familiae con la cual en proximidad de la muerte se traser!a el patrimonio mortis causa constituyendo a un amigo en heredero %ue luego asume autonom!a como testamentum per aes at libram@ la aplicaci$n de la mancipatio para constituir, traserir o extinguir la potestad amiliar, la datio in adoptionem; la emancipatio@ la coemptio matrimonii  causa@ y la noxae deditio del libre. 2os mencionados negocios undados en la mancipatio, reconocidos como relaciones aut$nomas en edad posterior, son caliicadas como  imaginarii"  en

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 4

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

cuanto al es%uema t!pico de la venta real propio de la mancipatio se recurre solo ormalmente dicis gratia propter veteris iuris imitationem"   acto solemne con el cual el acreedor declaraba haber recibido la prestaci$n? %ue pod!a ser usada como medio de extinci$n de la obligaci$n cuando el cumplimiento todav!a no se hab!a realizado, por lo %ue trat#ndose de un pago icticio, se le denomino imaginaria solutio. "n el derecho español cl#sico, las partidas de Alonso el /abio denominan engaño a la simulaci$n. 2a nov!sima recopilaci$n declara nula las donaciones en raude de las contribuciones reales. "l C$digo de 4apole$n se ocupa de la simulaci$n en orma desordenada >Art!culos *+)*, *+F, *EFF, **EE. "n el C$digo Alem#n de *FEE y en el (taliano de *F) y en todos los c$digos %ue en ellos se inspiran hay una regulaci$n detallada sobre la simulaci$n. "l C$digo Civil peruano de *G-) regula la simulaci$n en la orma %ue lo hace el C$digo de 4apole$n >arts., *+)F y *B?. "l c$digo civil de *F+ %ue se inspiro en el alem#n, regulo la simulaci$n en los art!culos *EF a *EFB. "l c$digo civil vigente de *FG, lo hace en los art!culos *FE a *F.

705 NATURALEZA JURÍDICA DE LA SIMULACIÓN

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 5

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

 A? D3C6R(4A H1" C34/(D"RA A 2A /(012AC(74 C303 14 CA/3 D" D(8"R%ue también es un %uerer negativo? o %uieren un acto real dierente %ue lo disimulan con la apariencia. "n el acto simulado hay iel concordancia, no divergencia, entre la voluntad y su maniestaci$n. Coincidimos, por consiguiente, con /toli cuando sostiene %ue los simulantes no maniiestan una voluntad en contraste con su %uerer interno, sino %ue concuerdan en dar orma a una voluntad diversa de la verdadera, pero discrepamos de él cuando airma %ue componen dos actos auténticos de un lado declaran %uerer en apariencia algo, y de otro declaran en realidad %ue no %uieren nada o %uieren algo distinto. "n nuestra opini$n, no hay dos actos  &ur!dicos distintos, sino un solo acto con dos caras una aparente y otra real.  As!, en el socorrido e&emplo de la donaci$n disimulada por una compraventa, SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 11

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

las partes no celebran dos actos &ur!dicos de un lado, una compraventa y de otro, una donaci$n, sino %ue realizan un s$lo acto &ur!dico de compraventa %ue oculta a la donaci$n. Con mayor raz$n si la simulaci$n es absoluta, las partes celebran un s$lo acto con un s$lo car#cter el aparente@ no encontramos otro acto por ninguna parte. 5? D3C6R(4A H1" C34/(D"RA A 2A /(012AC(74 C303 8(C(3 D" 2A CA1/A D"2 AC63 J1R;D(C3 "sta doctrina considera a la simulaci$n como una de las anomal!as estructurales del acto &ur!dico %ue incide sobre la causa entendida en su doble acepci$n como la unci$n social %ue el acto debe cumplir y como el in pr#ctico %ue las partes %uieren alcanzar. "n la simulaci$n hay una divergencia entre la causa t!pica de la igura &ur!dica utilizada y la inalidad concreta %ue las partes %uieren alcanzar. 2as partes persiguen, a través del acto &ur!dico, un in disimulado, distinto de su causa t!pica. "xpli%uemos con un e&emplo /i se concluye un contrato de compraventa real, la inalidad t!pica perseguida por los contratantes consiste en obtener una cantidad de dinero para el vendedor y ad%uirir la propiedad de un bien para el comprador >art!culo *-)Fo?@ en cambio, si se celebra un contrato de compraventa simulada, el in pr#ctico perseguido por las partes no es el de obtener una cantidad de dinero o ad%uirir la propiedad de un bien a t!tulo oneroso, sino %ue puede consistir en sustraer el bien a la acci$n del acreedor  del simulado vendedor, o evitar ser v!ctima de la delincuencia, o librarse de los re%uerimientos de terceros para %ue les transiera el bien, o transerir el bien a t!tulo gratuito, etc. "n el acto simulado hay una causa in icticia >la causa t!pica? y una causa in real >la inalidad concreta?. 2os simulantes %uieren y tienen conciencia del acto %ue realizan, pero lo usan solamente como instrumento para conseguir un in diverso de a%uél %ue constituye su causa t!pica. 2a inalidad real o subyacente puede aectar a la naturaleza del acto o a cual%uiera de sus elementos a las partes, al ob&eto, a las modalidades, a los grav#menes, etc. "sta inalidad subyacente es de !ndole diversa, por e&emplo, evitar la malsana curiosidad a&ena, evitar %ue el acreedor 

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 12

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

realice los bienes de su deudor, avorecer con un acto de liberalidad a determinada persona, eludir una prohibici$n legal, evadir o reducir el pago de impuestos, etc. "n eecto, nadie crea una apariencia de acto &ur!dico as! por%ue s!, sin perseguir alguna inalidad, sino %ue lo hace con el prop$sito de obtener  alg'n resultado espec!ico. 2a simulaci$n, sea total o parcial, aecta siempre a la causa del acto &ur!dico. Con el acto simulado las partes crean una regulaci$n de intereses con la intenci$n de %ue sea inoperante entre ellas, o sea, utilizan de modo icticio una igura &ur!dica %ue tiene una espec!ica unci$n econ$micosocial, persiguiendo un in pr#ctico diverso. "l in negocial %ue aparece exteriormente, con el cual %uieren dar a entender %ue desean los eectos t!picos de la igura &ur!dica %ue exproesamente han escogido, es designado comosimulado y como disimulado el in realmente perseguido. "ste in real %ue %ueda sin expresi$n sensible rente a los terceros puede consistir en %ue las partes no %uieren ning'n resultado espec!ico o desean esconder un resultado dierente. 9or consiguiente, en la simulaci$n no hay divergencia entre la voluntad y su declaraci$n, sino, lo %ue hay es una divergencia conocida y %uerida, o sea, programada por las partes, entre el in pr#ctico %ue ellas %uieren alcanzar y los eectos correspondientes a la unci$n econ$micosocial de la igura paradigm#tica %ue han utilizado. 6omemos el e&emplo de la compraventa simulada con la %ue las partes persiguen como in pr#ctico sustraer el bien vendido a la acci$n e&ecutiva del acreedor del vendedor@ este i n perseguido por  los contratantes es contrario a la unci$n econ$micosocial de la compraventa consistente en transerir la propiedad de un bien a cambio de un precio en dinero >art!culo *-)Fo?. 2a causa in ob&etiva, t!pica >simulada?, diiere del in pr#ctico >disimulado? perseguido por las partes. "l in disconorme >con la unci$n propia del acto simulado?, o real, o subyacente, %uerido por las partes, puede coincidir con la causa de un acto diverso del simulado e&. una compraventa simulada, en la cual las partes han convenido %ue no habr# pago del precio, por cuanto el in disimulado es la causa de una donaci$n@ lo %ue persiguen los contratantes es %ue el ad%uirente reciba el bien no en venta, sino en donaci$n >simulaci$n relativa?. 9ero puede SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 1/

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

suceder %ue el ob&etivo disimulado no represente la causa de un acto &ur!dico diverso del simulado, es decir, %ue se trate de un in no comprendido entre los actos de autonom!a privada e&. el caso de una compraventa simulada realizada por el deudor con una persona complaciente con el 'nico in de sustraer su patrimonio a la acci$n e&ecutiva de su acreedor, acto en el cual el in disimulado no tiene naturaleza negocial, sino %ue consiste en un raude en daño del acreedor >simulaci$n absoluta il!cita?. /i la simulaci$n es absoluta, las partes %uieren solamente la causa aparente, y si es relativa, desean tanto la causa aparente como la real. 4otamos %ue, de acuerdo a esta teor!a, se puede hablar de simulaci$n por  divergencia entre el in pr#ctico perseguido por las partes y la causa t!pica, s$lo con reerencia a los actos causales, mientras en los actos abstractos, %ue persiguen causas variadas, tal disconormidad puede asumir relevancia s$lo con reerencia al in il!cito %ue priva al acto de su unci$n econ$micosocial.  Adem#s, por esta teor!a, se llega también a la conclusi$n a&ena a la realidad, cuando considera %ue en la simulaci$n relativa las partes, con su declaraci$n insincera, esconden una intenci$n subyacente de celebrar un acto &ur!dico distinto del aparentemente celebrado, es decir, celebran dos actos &ur!dicos, aparente el uno y real el otro. C? D3C6R(4A H1" C34/(D"RA H1" "4 2A /(012AC(74 KA: D(8"Rcontradeclaraci$n?a%u!

encontramos %ue la simulaci$n solo es posible solamente en los actos bilaterales o plurilaterales, es decir, el acuerdo se lleva a cabo entre las partes %ue intervienen en el acto@ y en los actos unilaterales recepticios, en la %ue el acuerdo se produce entre el autor de la declaraci$n y el destinatario de la misma.  "ste convenio puede ser verbal o escrito, mantenido en secreto por las partes. "ste acuerdo se traduce en dos declaraciones de voluntad una declaraci$n interna destinada a permanecer en secreto, adem#s conocida por los simulantes, no por los terceros >es el todo? y otra externa por la cual las partes exteriorizan solamente el aspecto aparente de su com'n intencion >es solamente una parte?. /i el acuerdo consta por escrito el instrumento %ue contiene la declaraci$n externa se le denomina documento >revelado hacia los terceros? y la %ue contiene la declaraci$n interna se le llama contradocumento Gdestinada a permanecer en secreto?.

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 21

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

 A los su&etos %ue intervienen en el acto se los conoce como simulantes, simulados, simuladores ((.*.) "2 =(4 D" "4art!culo  o de la Constituci$n?, lo %ue e%uivale a decir %ue la sociedad tiene su base en el matrimonio y la amilia@ de ah! %ue no se puede simular y anular el matrimonio como si se tratara de una simple compraventa, sino %ue hay la necesidad de mantener la irmeza, estabilidad y absoluta certeza de la relaci$n amiliar. "stas son las razones undamentales para %ue el ordenamiento &ur!dico civil no considere a la simulaci$n como una causal de nulidad del matrimonio. /in embargo, en la pr#ctica los matrimonios simulados constituyen una realidad, en "uropa a consecuencia de las dos guerras mundiales o por razones pol!ticas se simularon matrimonios para obtener la ciudadan!a de ciertos pa!ses@ en pa!ses en v!as de desarrollo se simulan matrimonios con el in de poder ingresar a traba&ar en pa!ses desarrollados. "n el Derecho Romano era permitida la icci$n en el matrimonio simulatae nuptias mullius momenti sunt >Dig., r. +E, )+, )?. "n derecho ninguna regla puede ser absoluta, %u!micamente pura, por  lo %ue consideramos %ue en situaciones extremas se debe evaluar para declarar la nulidad del matrimonio por simulaci$n, cuando es necesario hacer  prevalecer la verdad sobre la alsedad y evitar situaciones in&ustas e intolerables.

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 2/

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

Kay actos para los cuales la ley exige la intervenci$n de uncionario p'blico. "sta intervenci$n del uncionario p'blico puede ser integradora, como cuando en el matrimonio asisten el alcalde para integrarlo y darle existencia o puede limitarse a certiicar o acreditar la existencia del acto, como sucede con los realizados ante notario p'blico. 9or las razones antes expuestas, es discutible la doctrina %ue considera %ue los primeros no son simulables. /obre los segundos no cabe duda %ue pueden ser simulables@ la intervenci$n en el acto del notario o del registrador p'blico no impide %ue las partes lo celebren s$lo aparentemente o %ue detr#s de la apariencia no escondan un car#cter real del acto. "l notario o el registrador p'blico no son partes en el acto, por lo %ue no hay necesidad de %ue intervengan en el acuerdo simulatorio para %ue exista simulaci$n, y si lo hacen estar!an incurriendo en inconducta uncional sancionada administrativa, civil y penalmente. 2a doctrina concuerda en %ue no puede haber simulaci$n en los actos de potestad del "stado, por cuando la intenci$n de engañar, de producir una apariencia, repugna y es incompatible con el desarrollo de la actividad del poder p'blico. "sta aseveraci$n no concuerda con la realidad, puesto %ue en la pr#ctica encontramos contratos en los %ue intervienen dependencias estatales provistas de su acultad de imperio, celebrados por medio de testaerros, o por cantidades o echas alsas, etc. "sta pr#ctica nociva es di!cil de desterrar en pa!ses donde por la concentraci$n del poder pol!tico en el gobernante de turno no es posible el control para la eectiva aplicaci$n de las leyes %ue rigen solamente para los enemigos del régimen. "l re%uisito del acuerdo simulatorio determina %ue la simulaci$n opere solamente en los actos &ur!dicos bilaterales o plurilaterales y en los actos unilaterales recepticios >e&. la notiicaci$n al deudor cedido, la emisi$n de un t!tulo a la orden?. 9or alta de acuerdo para generar la icci$n, la simulaci$n no es posible en los actos unilaterales no recepticios, por e&emplo, la promesa al p'blico, el testamento, la aceptaci$n o renuncia de la herencia, la p'blica recompensa %ue por ley son actos de declaraci$n de voluntad no recepticia, salvo %ue por decisi$n del declarante y del destinatario se la convierta en recepticia. /in la concurrencia de maniestaciones de voluntades recepticias no SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 20

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

hay consentimiento %ue dé como resultado a un acuerdo simulatorio, y sin éste no hay simulaci$n. "n los actos unilaterales recepticios el acuerdo simulatorio se establece entre el declarante y el destinatario, como lo admite expresamente el tercer p#rrao del art!culo ** o del C$digo italiano %ue establece %ue las disposiciones sobre los eectos de la simulaci$n entre las partes se aplicar#n también a los actos unilaterales destinados a una persona determinada %ue ueren simulados por acuerdo entre el declarante y el destinatario.

II09

CLASES DE SIMULACIÓN

).+.*. /(012AC(34 A5/3216A Kay simulaci$n absoluta cuando las partes realizan un acto ingido %ue no corresponde a ning'n acto real. 9or e&emplo, cuando el deudor, ante una inminente e&ecuci$n de sus bienes por su acreedor, se pone de acuerdo con otra persona para venderlos ingidamente, disminuyendo as! aparentemente su patrimonio para impedir %ue a%uél pueda cobrar su crédito, pero en realidad no se transiere la propiedad del bien ni se paga el precio. A%u! no hay venta ni ning'n otro acto &ur!dico@ lo %ue hay es 'nicamente una apariencia de venta. "n principio, el acto con simulaci$n absoluta no produce eecto alguno entre las partes, ni el expresado en él, ni cual%uier otro. 2os simulantes %uieren solamente la declaraci$n, pero no sus eectos, esto es, se crea una mera apariencia carente de consecuencias &ur!dicas entre los otorgantes, destinada a engañar a terceros. Kay una declaraci$n exterior  vac!a de sustancia para los declarantes colorem habet, substantiam vero nullam. 2a apariencia de acto &ur!dico no responde a ning'n designio negocial verdadero de las partes. "l art!culo *FE o dice 9or la simulaci$n absoluta se aparenta celebrar un acto &ur!dico cuando no existe realmente voluntad para celebrarlo. 2os simulantes celebran un acto aparente %ue nada tiene de verdad entre ellas.  Al acto aparente se le denomina acto simulado. ).+.) /(012AC(74 R"2A6(8A

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 2

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

9or la simulaci$n relativa exteriormente se declara celebrar un determinado acto %ue no es m#s %ue una apariencia con la cual se oculta su verdadero car#cter %ue consta de la contradeclaraci$n@ de ella consta el verdadero contenido, signiicaci$n y alcance del acto con simulaci$n relativa. 9or  e&emplo, se declara celebrar un contrato de compraventa, cuando en realidad es una donaci$n. 2a doctrina predominante considera %ue, a dierencia de la simulaci$n absoluta, en la relativa las partes %uieren al mismo tiempo dos actos &ur!dicos el simulado >resultante de la declaraci$n?, aparente y ostensible, y el disimulado, >resultante de la contradeclaraci$n?, real, auténtico. "l simulado se %uiere 'nicamente para ocultar >disimular? al disimulado. De aceptarse esta opini$n, también se debe admitir %ue es intenci$n de las partes realizar tanto el acto aparente como el real. "n realidad, la simulaci$n relativa no supone la realizaci$n de dos actos  &ur!dicos distintos, sino de un s$lo acto comple&o, %uerido as! por una 'nica voluntad com'n, con doble car#cter aparente y verdadero. 9or e&emplo, si se simula celebrar un contrato de compraventa cuando en realidad es una donaci$n, los contratantes no celebran dos contratos uno de compraventa y otro de donaci$n, sino un solo contrato con una doble aceta alsa la una >la compraventa? y verdadera la otra >la donaci$n?. "n su car#cter aparente, el acto es %uerido como carente de eectos &ur!dicos entre ellas, con el prop$sito de %ue sirva de envoltura, de cubierta, del car#cter real %ue es el productor de los eectos &ur!dicos. "l acto no tiene validez en su car#cter  aparente, pero s! en su car#cter verdadero, si es %ue re'ne los elementos esenciales exigidos para su existencia y si es l!cito. Consideramos acertada la deinici$n %ue da Dalmacio 8elez /#rsield sobre la simulaci$n relativa, en la )da. parte del art!culo F- o del C.C. argentino %ue dice 2a simulaci$n es relativa cuando se emplea para dar a un acto &ur!dico una apariencia %ue oculta

su

verdadero

car#cter. Colorem

habet,

substantiam

vero

alterum, dec!an los romanos. Con el car#cter aparente se encubre el car#cter verdadero del acto %ue, por  distintas razones, se pretende mantener oculto. 2a diversidad entre el car#cter aparente >simulado? y el eectivo >disimulado u oculto? puede estar  SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 2

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

en la naturaleza del acto e&., la donaci$n es disimulada >ocultada? con una compraventa aparente@ o la diversidad puede radicar en el ob&eto e&., se declara vender en mil, pero el precio real %ue pagar# el comprador es de dos mil@ o también la diversidad puede estar reerida a los su&etos e&., A inge vender a 5, pero en realidad vende a C. 2as partes se rigen por el car#cter  disimulado del acto y los terceros por el car#cter simulado. ).+.+ /(012AC(74 D" 9"R/34A 2a simulaci$n relativa puede ser simulaci$n de negocio >simulaci$n relativa ob&etiva? cuando est# reerida a la naturaleza del acto, al ob&eto, o a la causa in, o simulaci$n de persona >simulaci$n relativa sub&etiva?, llamada también de interposici$n de persona, cuando la declaraci$n se hace con un determinado su&eto, mientras %ue en la realidad est# destinada a otro e&., A inge realizar un negocio con 5, pero en realidad %uiere concluirlo y lo concluye con C, %ue no aparece, pero %ue es mencionado en la contradeclaraci$n. Al su&eto con el cual se realiza en apariencia el acto >5? se le denomina persona interpuesta, presta nombre, hombre de pa&a, testaerro, cabeza de turco. "ste su&eto %ue aparece en la declaraci$n es el su&eto disimulado o aparente >5? y el otro %ue no igura es el su&eto real o simulado >C?.

4o

debe

conundirse

la interposici$n

simulada

o

icticia con

la interposici$n real@ en la primera la persona interpuesta es icticia, no ad%uiere ni transmite derechos, sirve solamente de puente para %ue el derecho pase del transmitente al eectivo titular@ y en la segunda, la persona interpuesta es real, ad%uiere eectivamente el derecho y después lo vuelve a transmitir al verdadero interesado mediante otro acto &ur!dico. "n la interposici$n simulada de persona una de las partes del acto A s$lo se obliga aparentemente con el testaerro 5, entendiendo obligarse realmente hacia un tercero la parte disimulada C, rente a la cual ad%uiere los derechos y asume las obligaciones resultantes del acto. "l acuerdo simulatorio se establece entre tres partes las dos mencionadas en el negocio simulado >el interponente Ay el interpuesto o testaerro 5? y el tercero C %ue, aun no

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 23

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

siendo mencionado en el acto simulado, ad%uiere sus eectos@ todos saben %ue los eectos del acto &ur!dico son para el su&eto disimulado C. 2os elementos de la interposici$n simulada de persona son a7 %ue haya dos o m#s personas interesadas en la realizaci$n de un acto

 &ur!dico@ '7 %ue todas o algunas de ellas no %uieran o no puedan realizarlo directamente@ )7 %ue exista un testaerro por medio de %uien puedan realizarlo d7 %ue el testaerro no tenga interés propio en la realizaci$n del acto en %ue interviene como parte e7 %ue el acuerdo simulatorio se establezca entre las tres partes las dos partes interesadas >partes reales el disponente del derecho y el ad%uirente eectivo? y el testaerro >parte icticia?. "l acto &ur!dico se perecciona con el su&eto disimulado. "l testaerro no ad%uiere nada, sirve 'nicamente de puente para %ue los derechos pasen del transmitente al ad%uirente eectivo. "l acto con simulaci$n de persona no puede ser ineicaz por alta de capacidad o vicios en la voluntad del testaerro, sino del su&eto disimulado. Huien ad%uiere del testaerro no ad%uiere nada, salvo %ue sea un ad%uirente de buena e y a t!tulo oneroso, a %uien no puede oponer la simulaci$n >art!culo *F o?, por estar amparado por  la uerza legitimadora de la apariencia de verdad creada por el acto simulado. 2a unci$n del testaerro consiste en ocultar a uno de los otorgantes del acto, no rente al otro otorgante, sino ante los terceros. "n la interposici$n real, en cambio, la relaci$n &ur!dica se instaura entre las partes %ue concluyen el acto@ los eectos son para la persona interpuesta, %uien mediante un nuevo acto debe transerirlos a a%uél por cuya cuenta e interés actu$. 9or e&., si A, enemistado con 5, el carpintero del barrio, encomienda a su amigo C %ue le encargue la conecci$n de un determinado  &uego de muebles, es obvio %ue A no s$lo no le apodera a C para %ue utilice su nombre, sino %ue debe guardarse de hacerlo, pese a %ue act'e por su cuenta e interés. "l contrato para la conecci$n de los muebles se celebra entre la persona interpuesta C >el comitente? y el carpintero 5 >el contratista?, SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 24

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

%uienes asumen todas las obligaciones y ad%uieren todos los derechos derivados de dicho contrato %ue es para ellos una res inter alios acta@ 5 se obliga a coneccionar los muebles y C a pagarle la retribuci$n convenida. "l carpintero

>5?

desconoce

%ue

los

muebles

son

para A.

"n

la

contradeclaraci$n intervienen solamente la persona interpuesta >C? y el tercero interesado en la realizaci$n del acto >A?@ la otra parte >5? transerente del derecho ignora la contradeclaraci$n. "sto se denomina representaci$n indirecta. Aecta al acto &ur!dico los vicios de la voluntad de la persona interpuesta >C?, ésta, y no la persona por cuenta y en interés de %uien actu$ >A?, es la obligada y responsable por los daños causados por el incumplimiento de su prestaci$n rente al transerente >5?. 2a unci$n de la persona interpuesta real >C? consiste en ocultar al verdadero interesado >A? en la ad%uisici$n del derecho %ue se transiere, y %ue %uiere permanecer  oculta. ).+. /(012AC(74 636A2 : 9ARC(A2 2a simulaci$n puede ser total o parcial, seg'n %ue la apariencia se reiera a todo el acto o s$lo a una parte de él. 2a simulaci$n absoluta es siempre total por cuanto aecta al acto en su integridad. 4o produce ning'n eecto entre las partes. 2a simulaci$n relativa puede ser total o parcial. 2a simulaci$n relativa total aecta a la integridad del acto, por e&emplo, un anticipo de herencia es ocultado con una compraventa. Caso contrario con la simulaci$n relativa parcial recae solamente sobre algunas estipulaciones del acto. "sto sucede cuando el acto contiene unas estipulaciones %ue son verdaderas y otras %ue son alsas, ya sea cuando se simulan echas >antedatando o postdatando el acto? precios >consign#ndose uno m#s ba&o o m#s alto del realmente pactado?, condiciones, plazos, cargos. 2as estipulaciones simuladas son inv#lidas, pero el acto &ur!dico es v#lido y eicaz conorme a la voluntad real de las partes. 9or e&emplo, en una compraventa en la %ue se ha simulado un precio menor con el in de evadir el pago de impuestos, descubierta la verdad, la compraventa es v#lida, pero las partes tendr#n %ue a&ustarse al precio real, pagando el impuesto correspondiente.

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 25

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

).+.- /(012AC(74 2;C(6A " (2;C(6A 2a simulaci$n puede ser utilizada por las partes con ines l!citos o il!citos. 2as personas tienen el derecho de celebrar sus actos &ur!dicos en la orma %ue me&or les parezca, si desean pueden ocultar, ba&o una apariencia, la verdadera naturaleza del acto %ue realizan, pero este derecho s$lo puede serles reconocido a condici$n de %ue el acto no encierre el prop$sito de causar daños a terceros o la violaci$n de normas imperativas, el orden p'blico o las buenas costumbres. 2a simulaci$n es l!cita, leg!tima, inocente o incolora, como se le ha denominado, cuando no tiene por in per&udicar a terceros o transgredir  normas imperativas, el orden p'blico o las buenas costumbres. /e unda en razones honestas, e&emplos un comerciante %ue desea hacer descuentos especiales a un cliente sin suscitar la protesta de los otros puede recurrir a la simulaci$n del precio a%u! el in es l!cito >si no se trata de una de a%uellas hip$tesis en las cuales la ley impone la paridad de tratamiento a los clientes?@ %uien desee hacer una donaci$n sin suscitar el celo de terceros puede simular una compraventa@ el %ue desea liberarse del acoso de los %ue le exigen les venda un bien %ue %uiere conservar o %ue les preste dinero, puede realizar actos simulados de ena&enaci$n de su patrimonio@ %uien %uiere evitar ser v!ctima de la delincuencia, puede recurrir a testaerros para ad%uirir o ena&enar bienes@ también, el beneactor %ue %uiere permanecer en el anonimato realiza actos de liberalidad mediante testaerros. Hué de malo puede haber, en principio, al realizar actos simulados con el in de aparentar  una condici$n econ$mica modesta para evitar el acoso o la malsana curiosidad a&ena, o para aparentar una gran capacidad ad%uisitiva con el in de ser admirado o poder acceder a cierto empleo, o por razones de modestia, o por discreci$n. 9or ser innegable la existencia de simulaciones l!citas, el C.C. de *F+ ue muy claro y terminante al respecto, consignando en su art!culo *EF o >copia textual del art!culo F-Bo del C.C. argentino? %ue la simulaci$n no es reprobada por la ley cuando a nadie per&udica, ni tiene un in il!cito.

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página /6

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

"n cambio, la simulaci$n es il!cita, maliciosa, cuando tiene por in per&udicar  a terceros u ocultar la transgresi$n de normas imperativas, el orden p'blico o las buenas costumbres, e&emplos el deudor simula ena&enar sus bienes para sustraerlos a la acci$n e&ecutiva de su acreedor@ con donaciones disimuladas dentro de la apariencia inatacable de compraventas se puede deraudar el derecho de los herederos orzosos sobre la cuota a ellos reservada@ una compraventa con indicaci$n de un precio m#s ba&o %ue el %ue realmente paga el comprador puede ser hecha con el in de pagar un menor impuesto@ la transmisi$n de un bien a un presta nombre puede ser hecha con el in de ocultar al "stado la tenencia patrimonial y no pagar o pagar menos impuestos@ para dar apariencia legal a un acto prohibido por la ley se puede recurrir a la igura del testaerro. "s decir, con la simulaci$n il!cita se puede perseguir eludir prohibiciones legales, evitar el pago de tributos, deraudar a los acreedores, etc. "n la simulaci$n relativa, el problema de la licitud o ilicitud del car#cter  disimulado del acto es diverso de a%uél de la licitud o ilicitud del car#cter  simulado. /i, por e&emplo, un inmueble es vendido por -EE mil, pero se declara un precio aparente de +EE mil con el in de deraudar al "stado, la simulaci$n es il!cita, por haber sido hecha en raude del "stado, pero la compraventa al precio eectivamente deseado es l!cita. /i el acto es de a%uellos para los cuales la ley exige una orma determinada >e&., escritura p'blica ba&o sanci$n de nulidad?, bastar# %ue la declaraci$n simulada >y no la contradeclaraci$n disimulada? revista la orma prescrita, puesto %ue el acto con simulaci$n relativa es 'nico desde el inicio e&., se simula la compraventa de un inmueble cuando en realidad se trata de una donaci$n, si ocurre %ue la declaraci$n de compraventa es hecha por escritura p'blica ésta es la orma re%uerida para la validez de la donaci$n >art!culo *)-o?. 2a contradeclaraci$n, en cambio, puede ser hecha en cual%uiera orma. "l car#cter aparente del acto &ur!dico oculta al car#cter real, por ello es suiciente %ue el re%uisito de la orma esté presente solamente en la declaraci$n externa o aparente.

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página /1

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

III0 EFECTOS DE LA SIMULACION 2os eectos de la simulaci$n son distintos, seg'n se trate de las relaciones entre las partes simulantes, entre simulantes y terceros, y entre terceros entre s!.

907 EFECTOS DE LA SIMULACION ASOLUTA ENTRE LAS PARTES: 

 AR6(C123 *FE. POR L S!#LC!O$ %SOL#& S' PR'$& C'L'%RR #$ C&O (#R!)!CO C#$)O $O '*!S&' R'L'$&'  +OL#$&) PR C'L'%RRLO

/i el acto &ur!dico ha sido simulado con simulaci$n absoluta, en la %ue existe s$lo un acto aparente, irreal, %ue carece de contenido, pues la voluntad de las partes %ued$ contenida 'nicamente en el acuerdo simulatorio convenido precisamente para no producir un acto verdadero, el acto &ur!dico as! simulado no produce eicacia alguna, as! también se ha pronunciado la &urisprudencia al establecer %ue la simulaci$n absoluta tiene como eecto %ue el acto sea inv#lido y no se admite su convalidaci$n o conirmaci$n. 2a simulaci$n relativa es un acto anulable %ue puede ser conirmado. "l acto simulado es un negocio icticio %uerido y realizado por las partes para engañar a terceros, pero no para %ue produzca eectos entre ellas. 2os otorgantes %uieren la declaraci$n pero su contenido, por lo %ue no pueden exigir su cumplimiento. "s decir, el acto simulado no produce ning'n eecto entre las partes, por la raz$n de %ue no es eectivamente sino s$lo ingidamente %uerido. "ste es el undamento de la nulidad inter partes del acto  &ur!dico %ue adolece de simulaci$n absoluta. 2a carencia de eectos entre las partes del acto simulado es independientemente de su l!citud o il!citud. 1n acto icticio, desprovisto de contenido, aun cuando sea l!cito, no puede producir  eectos para los otorgantes, por%ue tal ue su com'n intenci$n al otorgarlo. Con mayor raz$n raz$n si el acto simulado es il!cito, no produce los eectos entre las partes, ni para nadie. /i la simulaci$n es l!cita s$lo podr# ser invocada por  las partes, los terceros %uedan desprovistos de la acci$n por no tener  legitimidad para obrar. (((.*.* "2"0"463/ "/6R1C61RA2"/ D" 2A /(012AC(34 SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página /2

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

a? 1n acto &ur!dico de pura apariencia o de apariencia %ue disimula una realidad. Debe contener todos los re%uisitos de validez exigidos por la ley, de modo %ue no pueda ser impugnado por alta de alguno de ellos. /i el acto simulado se ha celebrado por escrito, al instrumento %ue lo contiene se le llama D3C10"463. b? un acuerdo simulatorio entre las partes por el %ue reconocen %ue el acto es solamente aparente o dierente. /i al acuerdo por el %ue reconocen %ue el acto es solamente aparente o dierente. /i al acuerdo simulatorio se hace constar por escrito , al instrumento %ue lo contiene se le denomina C346RAD3C10"463. c? el in de engañar  2a simulaci$n puede ser licita o il!cita, seg'n sea conorme o contraria al ordenamiento &ur!dico. 9uede también ser absoluta, cuando detr#s de acto simulado no existe ning'n acto real o relativa cuando detr#s del acto aparente se oculta otro total o parcialmente, distinto, verdaderamente %uerido, pero disimulado. Asimismo, puede ser total, cuando todo contenido es 9arente, o parcial, cuando solamente algunas de sus estipulaciones son icticias.

905 EFECTOS DE LA SIMULACION RELATIVA ENTRE LAS PARTES:  

 AR6(C123 *F*. C#$)O LS PR&'S $ -#'R!)O CO$CL#!R  #$ C&O )!S&!$&O )'L PR'$&', &!'$' ''C&O '$&R' 'LLS 'L

C&O

OC#L&)O,

S!'PR'

-#'

CO$C#RR$

LOS

R'-#!S!&OS )' S#S&$C! / OR / $O P'R(#)!-#' 'L )'R'CO )' &'RC'RO "ste negocio simulado tendr# eectos entre las partes, siempre %ue concurran los re%uisitos de validez y no per&udi%ue el derecho del tercero. As!, el negocio  &ur!dico disimulado >oculto y real? vincula eectivamente a las partes siempre y cuando concurran sus re%uisitos de validez. Adem#s, el negocio &ur!dico disimulado no debe aectar el derecho del tercero. A%u! se tutela el interés de los terceros en hacer prevalecer la realidad >negocio disimulado? sobre la apariencia >negocio simulado?. "s irrelevante si el negocio simulado >aparente y ingido? no re'ne los re%uisitos de validez.

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página //

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

2as mencionadas reglas sobre los eectos de la simulaci$n relativa entre las partes est#n inspiradas en el principio de respeto de la voluntad negociar en su car#cter disimulado es eicaz por%ue las partes lo han deseado eectivamente como un acto %ue surtir# eectos %ue le son propios@ en cambio, en su car#cter simulado es ineicaz, adolece de simulaci$n absoluta por%ue los eectos le son propios a la igura usada para esconder el car#cter real del acto no son %ueridos por las partes. 4uestra legislaci$n nacional el art!culo *F* del C$digo Civil con respecto a los eectos de la simulaci$n relativa nos plantea ciertas dudas, al respecto lohamann, nos ilustra con comentario PHué ocurre cuando el negocio oculto, aun%ue tenga los re%uisitos de ley, vulnera una disposici$n legal. As! por  e&emplo, cuando el contrato disimulado sea una compraventa y de la interpretaci$n del mismo se apreciases %ue constituye cl#usula esencial la del precio aplazado con intereses usurarios, o la cl#usula de venta también esencial, %ue obligara al vendedor, en caso de resoluci$n, a pagar una cantidad superior al precio de venta. "n este y otros casos en los %ue siendo v#lido sustancialmente >tiene todos los elementos naturales y esenciales> y ormalmente el contrato oculto, se impone la nulidad y el negocio disimulado no tendr# eecto v#lido entre las partes. 2a segunda es con respecto a la ormalidad. /up$ngase el caso de un negocio ostensible, el aparente, plenamente ormal, %ue oculta en s! mismo a un negocio distinto %ue no ha sido instrumentado por separado. 9or e&emplo, la venta por escritura en la %ue se declara %ue el precio totalmente recibido por el vendedor escondiendo as! una donaci$n. P/er!a nula la donaci$n por%ue la misma, como tal negocio gratuito, no ha sido adecuadamente ormalizada, aun%ue la voluntad de donar luya de documentos privado y la transerencia haya operado por escritura p'blicaQ "n la duda seg'n el autor ha de optarse por la soluci$n m#s avorable al mantenimiento de la voluntad oculta, siempre %ue no per&udi%ue a terceros y la ormalidad %ue garantiza la existencia de declaraci$n y el contenido esencial pueda encontrarse en el negocio aparente o en el acuerdo de disimulaci$n >contradeclaraci$n?. Kasta a%u!, las palabras del 2ohamann. 4o es todo tan cierta la posici$n del autor anteriormente mencionado imaginemos la celebraci$n de un contrato de compraventa realizado por un uncionario

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página /0

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

del estado con un particular, cuando realmente lo ha donado@ en estos casos la donaci$n ser# nula por%ue no se podr# airmar %ue es v#lido el acto oculto. +.).* 23/ "="C63/ 91"D"4 R"CA"R a? /obre la naturaleza del acto &ur!dico, el acto %ue aparece como %uerido es distinto del %uerido realmente, se esconde la donaci$n ba&o la m#scara de una compraventa. b? /obre su ob&eto, se %uiere el acto &ur!dico pero no se le %uiere tal como aparece, por e&emplo se inge vender a -EE mil cuando en realidad se vende a un mill$n de soles. c? /obre los su&etos, cuando un su&eto aparece como celebrante del acto  &ur!dico o destinatario del mismo, mientras %ue verdaderamente lo es otro. A%uel se llama testaerro, hombre de pa&a, o presta nombre@ siendo un su&eto interpuesto icticiamente, ya %ue el acto realmente se celebra con otra persona, y solo aparentemente se celebra con el testaerro. "n el primer caso, la simulaci$n relativa es total y en los otros dos es parcial.

909 EFECTOS DE LA SIMULACION PARCIAL ENTRE LAS PARTES: 

 AR6(C123 *F). L $OR )'L R&!C#LO 010 'S )' PL!CC!2$  C#$)O '$ 'L C&O S' C' R''R'$C!  )&OS !$'*C&OS O !$&'R+!'$' !$&'RPOS!& P'RSO$.

Cuando la simulaci$n relativa ob&etiva sea parcial, esto es, cuando la partes no esconden el car#cter total del negocio %ue realizan ba&o la apariencia de otro negocio dierentes, sino solamente ciertos aspectos mediante estipulaciones o cl#usulas %ue hacen reerencia a datos inexactos, tienen eectos entre ellas los datos exactos, ocultados , por ser los eectivamente %ueridos, siempre %ue sean l!citos y no aecten los derechos de terceros. De otro lado en la simulaci$n relativa sub&etiva parcial por interp$sita persona icticia, el testaerro no ad%uiere ni tramite derechos sino %ue sirve de enlace para %ue el derecho pase directamente del transmitente al eectivo titular  oculto. "l acuerdo simulatorio se da entre el disponente del derecho, el testaerro y el ad%uirente eectivo, de modo %ue la simulaci$n de persona es siempre parcial@ no es aparente todo el acto, sino solamente con relaci$n a uno

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página /

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

de los su&etos. "l testaerro no ad%uiere nada@ presta una colaboraci$n puramente material@ la relaci$n &ur!dica se constituye desde el primer instante entre el transmitente y el verdadero ad%uirente. "l %ue transiere el derecho s$lo se obliga a paramente con el interpuesto, pero en la inteligencia de obligarse hacia el tercero, rente al cual ad%uiere los derechos y asume las obligaciones resultantes del acto.

90; =ES POSILE UNA SOLUCION JURIDICA DIVERSA DE LAS ANTERIORES PARA DESALENTAR LA SIMULACION> Cabe preguntarnos si no ser!a preerible un régimen &ur!dico distinto, %ue sacrii%ue la voluntad de las partes con el in de desalentar el recurso a la simulaci$n. 9ara dicho eecto se pueden proyectar dos sistemas posibles. "l primero ser!a el de considerar nulo el acto &ur!dico en su car#cter simulado como en el disimulado. "l segundo seria de considerarlo vinculante en sui aceta simulada y nulo en la disimulada. As! , por e&emplo, si un vendedor para evitar el pago de impuesto simula un precio inerior al real, se encontrar!a con la primera soluci$n en la situaci$n de no haber estipulado ninguna venta valida , o bien con la segunda soluci$n se encontrar!a vinculado por una venta a un precio inerior del %uerido. "n un caso y en el otro, el vendedor no conseguir!a el provecho %ue ha buscado ocultar, y esto desalentar!a el recurso a la simulaci$n. Contra este tipo de soluciones no valdr!a la ob&eci$n %ue la simulaci$n puede también ser licita. "n todo caso, soluciones como las describas estar!an limitadas a las simulaciones il!citas.

90< EFECTOS ENTRE SIMULANTES Y TERCEROS: "xiste el principio &ur!dico res iteralios acta, es decir, %ue los actos &ur!dicos s$lo producen eectos en %uienes lo concluyen@ sin embargo tal aseveraci$n no es tan r!gida, trat#ndose de los actos &ur!dicos simulados. "n ese sentido se entiende por terceros a%uellos %ue no han tenido participaci$n en la celebraci$n del acto &ur!dico, ni por s! ni mediante representante@ y, por  consiguiente, no pueden gozar ni surir sus eectos. Ahora bien, en el tema de

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página /

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

los terceros en materia de simulaci$n ser#n 'nicamente los %ue tengan un derecho bien legal, bien contractual. 2os terceros pueden ser absolutos y relativos. "s tercero absoluto %uien no tiene ninguna relaci$n &ur!dica con cual%uiera de las partes. "s tercero relativo, son a%uellos a&enos a las partes del acto &ur!dico, pero %ue pueden ser  alcanzados, positivamente o negativamente, por sus eectos. 2as relaciones entre simulantes y terceros se basa en el principio de la oponobilidad de la simulaci$n por los simulantes a los terceros de buena e. 2a simulaci$n, mientras no sea descubierta, es irreverente para los terceros. 9or  principio, el acto simulado es v#lido y eicaz rente a los terceros. /i la simulaci$n es relativa, descubierto el acto disimulado ser# v#lido éste. +.-.* "="C63/ "46R" 23/ /(012A46"/ : 6"RC"R3/ ADH1(R"46"/ D"2 6(612AR A9AR"46" 

"2 AR6;C123 *F CO$S3R L CO$!$4 )' LOS &'RC'ROS S#%5)-#!R'$&'S )' %#'$ ' /  &6&#LO O$'ROSO /  )-#!R!)O )'R'COS )'L &!&#LR PR'$&'.

2os terceros de buena e son tutelados mediante la oponibilidad de las pretensiones procesales ormuladas por las partes o por los terceros per&udicados. /e tutela el interés de los terceros de buena e haciendo prevalecer la apariencia >negocio &ur!dico simulado? sobre la realidad cuando hayan ad%uirido situaciones &ur!dicas sub&etivas del titular aparente. As! se podr# decir %ue el negocio simulado es eicaz respecto de los terceros de buena e . A%u! se tutela la conianza basada en la apariencia y el aparente titular es considerado como titular eectivo . 2a buena e del tercero tiene %ue ser ob&etiva. 2a existencia de la buena e sub&etiva es discutible actualmente en doctrina y &urisprudencia. 2a buena e sub&etiva >buena e de creencia? es deinida como la ignorancia de lesionar el derecho a&eno, o la convicci$n positiva de estarse comportando &ure, provocada por un error. "sta deinici$n es inaplicable en sistema &ur!dicos %ue consagran los principios de la conianza y de la apariencia. 9or el principio de la seguridad &ur!dica, %uién ha ad%uirido de buena e y a t!tulo oneroso, derechos o garant!as reales sobre los bienes %ue ueron ob&eto

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página /3

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

del acto simulado, est# plenamente protegido por el beneicio de la inoponibilidad de la simulaci$n, aun cuando el acto simulado hay sido declarado nulo. 4uestra legislaci$n nacional protege el derecho del tercero en el art!culo )E* del C$digo Civil, esto es, %ue la seguridad del tr#ico sacrii%ue la seguridad del derecho. "ste sacriicio se produce, si una persona ad%uiere de otra un derecho y sucede %ue el derecho del otorgante es nulo, el derecho com'n establece %ue ser# nulo también el del derecho del ad%uirente, por%ue nadie puede transerir m#s de lo %ue tiene y nadie puede ad%uirir mayor o diverso derecho %ue a%uel %ue se le trasmite. "sa soluci$n, dada por el el derecho extraregistral, es sacriicada, sin embargo, por la seguridad del tr#ico, %ue expresa %ue si esa nulidad no aparece del registro, el ad%uirente ad%uiere el bien y la nulidad del t!tulo del otorgante no lo per&udica. De lo %ue concluimos %ue la simulaci$n no podr# ser opuesta por las partes y terceros al tercero subad%uirente %ue ha obrado de buena e. +.-.) "46R" 23/ /(012A46"/ : "2 ACR""D3R D"2 /(012A46" "4AJ"4A46" 2os terceros legitimados tienen legitimidad para obrar. "n eecto, negocio simulado es ineicaz respecto de a%uellos terceros cuyos derechos son per&udicados. 2a norma pretende evitar el daño %ue se %uiere producir a los terceros. Cuando el negocio simulado disminuya el activo o aumento el pasivo del deudor, los acreedores est#n acultados para solicitar la ineicacia del negocio. De la misma manera, el heredero per&udicado por un negocio simulado concluido por su causante y el c$nyuge per&udicado por un negocio simulado celebrado por el otro c$nyuge, est#n legitimados para pedir la nulidad. +.-.+

"="C63/

"46R"

23/

/(012A46"/

:

23/

6"RC"R3/

 ACR""D3R"/ D"2 6(612AR A9AR"46" "l acto &ur!dico simulado es v#lido y eicaz rente a los terceros acreedores del ad%uirente >titular aparente?. "l acreedor de buena e del simulante ad%uirente tiene un interés opuesto al del acreedor del simulanteena&entante. /u interés es el de hacer prevalecer la apariencia sobre la realidad, a in de poder  satisacer  su crédito con la e&ecuci$n orzada del bien %ue aparentemente ha ingresado al patrimonio de su deudor.

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página /4

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

2os autores de la simulaci$n no pueden oponer ésta a los terceros acreedores del titular aparente, pero, por el contrario, los terceros acreedores del ena&entante simulado pueden hacer valer la simulaci$n en relaci$n a las partes cuando ella per&udica sus derechos. +.-. "="C63/ "46R" ACR""D3R"/ D" A05A/ 9AR6"/ /(012A46"/  Al existir un conlicto entre los acreedores del simulante ena&enante y acreedores del simulante ad%uirente >titular aparente?, seg'n el Dr. 6orres se presenta la siguientes situaciones. a?

/i ambos acreedores en conlicto son de echa anterior a la simulaci$n,

ser# preerido ela creedor del ena&enante por ser la v!ctima de la simulaci$n@ el acreedor del ad%uirente nada pierde, pues, no contaba en el activo de su deudor con los bienes ad%uiridos después en orma icticia. b?

/i ambos acreedores son de echa posterior a la simulaci$n, ser#

preerido el acreedor del titular aparente %ue ya cont$ en el patrimonio de su deudor con los bienes ingresados en orma simulada, mientras %ue elacreedor  del simulante ena&enante no contaba ya con esos bienes en el patrimonio de su deudor. c?

/i los acreedores del ena&enante son anteriores a la simulaci$n y los del

propietario aparente son posterioriores, se da preerencia a las v!ctimas de la simulaci$n sobre los acreedores del propietario aparente. "sto aun cuando hayan iniciado de buena e la e&ecuci$n orzada,sucumben en el conlicto con los acreedores del simulanteena&ente, cuyo crédito es anterior al acto simulado. +.-.- "="C63/ "46R" 2A/ 9AR6"/ "="C6(8A/ : "2 6"/6A="RR3 "l testaerro es una persona %ue no ad%uiere ning'n derecho, por tanto, el cual%uiera de las partes puede oponer la simulaci$n a éste.

IV0 ACCION DE NULIDAD POR SIMULACION0 TERCEROS PERJUDICADOS 

POR LA SIMUALCION  AR6;C123 *F+ L CC!2$ PR SOL!C!&R 'L C&O )' $#L!)) S!#L)O P#')' S'R '('RC!&) POR C#L-#!'R )' LS PR&'S O POR 'L &'RC'RO P'R(#)!C)O, S'37$ 'L CSO.

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página /5

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

"l art. *F+ caliica como nulo el acto &ur!dico simulado. "sta caliicaci$n no es paciica en la doctrina y legislaci$n comparada. Algunos sostienen %ue simplemente ineicaz, otros %ue es inexistente, y otros %ue es anulable. "l acto nulo no produce eectos erga omnes, en cambio, el acto simulado no produce eectos entre partes, pero si rente a los terceros ad%uirentes o subad%uirentes a t!tulo oneroso y buena e@ si la simulaci$n es relativa, el acto disimulado produce eectos entre las partes@ en la simulaci$n relativa parcial %ue hace reerencia a datos inexactos o interviene interp$sita persona, el acto produce eectos conorme a los datos exactos. 9or lo tanto, técnicamente, es apropiada la caliicaci$n de ineicacia antes de la nulidad "l acto &ur!dico %ue adolezca de simulaci$n absoluta es nulo >art. )*F inciso -?. "l acto &ur!dico con simulaci$n relativa es nulo en su car#cter simulado, y en el disimulado es v#lido si es l!cito, re'ne todos los re%uisitos de validez exigidos por la ley >art. *E? y no tienen vicios %ue lo invaliden@ caso contrario, es nulo si est# incurso en el art!culo ))*, inciso +, el acto es anulable en su car#cter  disimulado si per&udica el derecho a los terceros. "stando en los términos del art!culo *F+, la declaraci$n &udicial de nulidad de los actos simulados procede en el caso de simulaci$n l!cita o il!cita. Como toda acci$n de nulidad, la de simulaci$n es declaraci$n en cuanto est# orientada a obtener el reconocimiento de la alsa apariencia del acto, y con ello %ueden desvanecidos los eectos %ue se imputaban a dicho acto. 2a corte superior de lima ha resuelto "s caracter!stica del acto &ur!dico simulado su prop$sito engañoso rente a terceros, lo %ue implica necesariamente la existencia de un prop$sito dañoso susceptible de invalidarlo@ de ah! %ue solo puede accionar la nulidad de un acto simulado, adem#s de las partes intervinientes en el mismo, los terceros per&udicados por su realizaci$n@ de ah! %ue %uien se sienta per&udicado o aectado en su derecho debe acreditar  tanto el #nimo doloso de los demandados cuanto la preexistencia del derecho %ue sostiene ha sido aectado. N /i la simulaci$n es #?$a, cual%uiera de las partes puede solicitar %ue se declare nulidad del acto simulado. 4o habiendo prohibici$n para %ue las partes SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 06

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

en e&ercicio de la autonom!a de su voluntad privada creen un acto aparente %ue no tiene nada il!cito, ni per&udicar a terceros. Cuando la simulaci$n es  $#?$a, la acci$n de simulaci$n puede ser e&ercida por  todos >incluyendo los simulantes? los %ue tengan leg!timo interés en %ue se restablezca la verdad, pudiendo, incluso, ser declarada de oicio por el &uez. 2a acci$n de nulidad del acto &ur!dico por simulado es meramente declarativa@ el &uez lo %ue haces es constatar %ue el acto es simulado y as! lo declara en la sentencia. "ste resuelve declarando %ue el acto simulado esta privado de eectos@ %ue el simulado ad%uiriente o el testaerro no han ad%uirido a través del testaerro@ %ue tampoco existe ninguna obligaci$n del ad%uirente simulado para con el simulado transerente. 2a pretensi$n sobre la nulidad del acto &ur!dico simulado se debe comprender a todos los %ue han participado en él. /i no es as!, las partes no demandas podr#n participar en el proceso como litisconsortes necesarios. 2A /(012AC(74 R"/9"C63 A 23/ 6"RC"R3/ presenta dos situaciones *? los terceros per&udicados por la apariencia, %uienes l$gicamente tienen interés en hacer prevalecer la realidad sobre la apariencia, por cuanto la situaci$n aparente per&udica sus derechos. )?2os terceros per&udicados por la realidad enmascarada por la apariencia, %uienes est#n interesados en hacer prevalecer la apariencia sobre la realidad. "ste caso est# regulado en el art!culo *F. 2os terceros per&udicados por la simulaci$n tienen interés en hacer prevalecer  la realidad sobre la apariencia, por%ue ésta per&udica sus derechos, raz$n por  la cual el art. *F+ les acultad para solicitar la nulidad del acto simulado. /on terceros interesados en demandar la nulidad del acto simulado, los ad%uirentes del simulado transerentes y los acreedores

de éste. 4o se

considera tercero al sucesor a titulo universal de la parte %ue simula, por  cuanto los herederos suceden a su causante en la posici$n %ue tiene el acto

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 01

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

simulado y como tales pueden demandar la nulidad por simulaci$n a la otra parte simulada. 8eamos algunos e&emplos. A vende simuladamente un bien 5, con el in de sustraerlo de la acci$n de sus acreedores. "ste es un caso de .$1(#a$@%

a&.#(a, por lo %ue no hay transerencia de la propiedad., A sigue siendo el propietario, si después A vende realmente el bien S >tercero con relaci$n la contrato simulados entre A y 5 ?, éste obviamente tiene interés en demostrar  %ue la precedente venta a 5 es simulada, raz$n por la %ue 5 no es propietario > es un propietario aparente?@ %ue él S es el propietario por haberlo comprado a su verdadero propietario A. 2a acci$n de simulaci$n %ue compete a los terceros es  *$)"a, por derecho propio y no por v!a de subrogaci$n. De lo %ue sigue %ue el demandado no puede hacer valer contra el demandante los medios de deensa %ue tuviera contra la otra parte@ el demandante puede valerse de todos los medios probatorios a su alcance para demostrar la simulaci$n.

V0

PRUEA DE LA SIMULACION

2os %ue realizan un acto &ur!dico simulado se valen generalmente de un contradocumento, %ue mantienen en secreto, para asegurarse la prueba de la simulaci$n. "ntre las partes es #cil probar la simulaci$n con el contradocumento. "l contradocumento contiene el acuerdo simulatorio del cual consta el verdadero car#cter del acto simulado. /e ha dicho el contradocumento es un documento destinatario a %uedar secreto, %ue modiica las disposiciones del acto ostensible. "l contradocumento es un escrito %ue conorme el acuerdo simulatorio >contradeclaraci$n? , %ue los simulantes mantienen en secreto y %ue sirve para probar la simulaci$n absoluta o relativa @ es inaccesible a los terceros, raz$n por la %ue no se les puede exigir %ue prueben la simulaci$n con el contradocumento, por%ue ser!a imponerles una prueba i mposible para ellos.

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 02

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

"l otorgamiento del contradocumento puede ser simultaneo con el acuerdo simulatorio o con anterioridad o con posterioridad a éste@ puede consistir en un documento privado o p'blico, en comunicaciones cursadas entre los simulantes, como cartas, ax, telex, puede constar de una declaraci$n testamentaria, de documentos %ue orman parte de los actuados &udiciales, de comunicaciones v!a a internet, etc. Cuando no existe el contradocumento o cuando la acci$n es e&ercitada por  terceros, la prueba de la simulaci$n se torna di!cil. "n tales casos los accionantes puede recurrir a la prueba indiciaria %ue conduzca a la certeza sobre la insinceridad del acto. 0ientras no se apruebe la simulaci$n, el acto se tiene %ue presumir valido y eicaz, por exigirlo as! la estabilidad de la relaciones &ur!dicas, 2a prueba de simulaci$n debe ser clara, cierta e ine%u!voca, como se aprecia. 8eamos algunos e&emplos  Causa 4T EGF, seguida por (nmobiliaria /ussie /.A., en su condici$n de accionista de (nmobiliaria Dana /.A., contra las irmas 1rbe /.A., 1rbanizadora /anta Rosa de 9almar /.A. e (nversiones Cant' /.A., sobre nulidad por simulaci$n del contrato de compraventa del inmueble sitio en Jr. De la 1ni$n 4T -*B al -+B del Cercado de lima, celebrado por (nmobiliaria Dana /.A, como vendedora y las irmas demandadas como compradoras, mediante minuta del EB.EF.G, elevada a "scritura 9ublica el *F.EG.G, la Corte /uprema, mediante el allo del )F.E.F* declaro undada la demanda y en consecuencia nulo el contrato de compraventa por simulado, en virtud de haberse aprobado lo siguiente *. 2a venta y orma del pago del precio no se ha hecho saber a la demandante en su calidad de accionista de la vendedora, en proporci$n del E U. ). 2a transerencia se eectu$ en avor de + sociedades administradas por  los mismos %ue como Directores de (nmobiliaria Dana /.A. decidieron sus transerencias. 2a sentencia declarativa de simulaci$n determinara la desaparici$n del acto si la simulaci$n es absoluta, no %uedando %ue sea real y %ue, hasta entones, se haya mantenido oculto. /i la simulaci$n es relativa, con la sentencia declarativa de nulidad pro simulaci$n cae el car#cter aparente del acto, haciéndose ostensible del car#cter oculto, por el cual se rigen las partes. 2a sentencia tiene SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 0/

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

eectos retroactivos al momento anterior a la simulaci$n, o sea , las cosas vuelven al mismo estado en %ue se encontraban antes de celebrado el acto  &ur!dico simulado.

VI0

PRESCRIPCION DE LA ACCION DE SIMULACIÓN

Como la simulaci$n es casual de nulidad absoluta, la acci$n de simulaci$n prescribe a los diez años >art.)EE*.*?. 2a acci$n de indemnizaci$n de daños y per&uicios derivados por la violaci$n del acto simulado prescribe a los siete años. 2a acci$n de anulabilidad por simulaci$n relativa, cuando el acto per&udica el derecho de un tercero prescribe a los ) años "n el derecho romano la imprescriptibilidad de la acci$n de simulaci$n no tiene lugar en los contratos de mala e la prescripci$n de largo tiempo. "l art. *EF del CC de *F+ prescribe la acci$n de simulaci$n es imprescriptible entre las partes@ pero se aplicara a los herederos de ellas la regla del art!culo GB. "sto signiica %ue la acci$n de simulaci$n es imprescriptible solo interpartes@ pero no cuando el sucesor a titulo universal ha entrado en posesi$n del bien %ue ue ob&eto del acto simulado, y cuando ha mantenido su posesi$n del bien durante veinte años 1n acto con nulidad no es t!tulo ad transferendum dominumidoneus. 2o %ue es existente no puede dar vida a una situaci$n &ur!dica. /i la simulaci$n est# aectada de nulidad absoluta no deber!a dar origen a usucapi$n en avor del ad%uirente ni en avor del heredero del mismo.

VII0 SIMULACIÓN Y OTRAS FI'URAS VII07 LA SIMULACION Y RESERVA MENTAL 2a reserva mental es un hecho ps!%uico %ue ocurre cuando un su&eto no %uiere eectivamente los eectos del acto declara %uerer. "l su&eto declara algo %ue en su conciencia no %uiere, por e&emplos celebra un contrato de arrendamiento en el cual se declara %ue se obliga a pagar la renta, pero con la inexperiencia intenci$n de no pagarla. Debido a %ue la reserva mental es un hecho ps!%uico %ue no es conocible por la otra parte de interviene en el acto ni por lo terceros, cuyo in corresponde casi siempre a la voluntad de engañar, el su&eto

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 00

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

permanece vinculado a su declaraci$n, es decir , la reserva mental es irrelevante para el derecho por carecer de ob&etiva expresi$n exterior. /i la declaraci$n insincera destinada a excluir o limitar los eectos del acto  &ur!dico proviene del com'n acuerdo de las partes, hay simulaci$n, y si proviene de la iniciativa de una sola de ellas existe reserva mental. 2a simulaci$n re%uiere de u acuerdo de voluntades orientado a engañar u ocultar  algo a terceros. 2a reserva mental, en cambio, es una volici$n unilateral, puramente interna, no extr!nseca, orientado a engañar a la contraparte y no necesariamente a terceros. /i por e&emplo, en un contrato ambas partes act'an con reserva mental sin conocimiento de la reserva del concontratante, hay doble reserva pero no simulaci$n.  Algunos actores consideran %ue la reserva mental conocida por la contraparte es causal de nulidad del acto &ur!dico, por%ue en tal caso no podr!a invocarse la tutela de la conianza depositada en la declaraci$n. 3tros en cambio, consideran %ue la reserva es un vicio an#logo al error obstativo por lo %ue le es de aplicaci$n la normatividad del acto &ur!dico. " nuestra opini$n, la reserva mental no puede ser considerada como un caso de alta de maniestaci$n de voluntad del agente %ue dé lugar a la inexistencia del acto, ni como un vicio de voluntad %ue lo invalide.  Ante la situaci$n perple&a del agente %ue act'a con reserva mental, todo se reduce a establecer si el acto &ur!dico ha nacido realmente o no. 4o habr# acto  &ur!dico si la reserva mental del declarante, %ue es conocida por la otra parte %ue interviene en el acto &ur!dico, tiene la calidad de una protesta o declaraci$n en contrario del agente. 2a simulaci$n y la reserva con seme&antes por%ue produce con ambas se persiguen un in de engaño, pero se dierencian por lo siguiente a? Con la simulaci$n se persigue engañar a terceros y con la reserva se trata de engañar a la otra parte %ue interviene en el acto y no necesariamente a terceros. b? 2a simulaci$n re%uiere del acuerdo simulatorio, lo %ue alta en la reserva mental.

SIMULACION DEL ACTO JURICO

Página 0

“UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

c? 2a reserva puede tener lugar en cual%uier acto &ur!dico, sea sobre derechos no patrimoniales o patrimoniales disponibles o no. "n cambio, la simulaci$n opera solamente en los actos sobre derechos patrimoniales disponibles. d? 2a reserva no aecta la validez del acto@ la simulaci$n es causal de nulidad

VII05 SIMULACIÓN Y EL ACTO FUDICIARIO 9or el acto iduciario, el iduciante transiere al iduciario la propiedad de un bien u otro derecho, imponiéndole, a su vez, la obligaci$n de transerirlo en el ututo a un tercero o al mismo iduciante. 3 de hacer del bien un uso determinado. 2a caracter!stica esencial del acto iduciario radica en esta limitaci$n obligatoria de un m#s amplio eecto real. Kay un relaci$n de conianza en %ue el iduciario, titular real durante cierto lapso, har# la transmisi$n prometida. "&emplos, alguien transiere un bien a un iduciario para %ue lo administre o eventualmente lo venda en interés del iduciante, y una vez %ue sea re%uerido restituir# iduciante el mismo bien o precio en el caso lo haya vendido. 2a necesidades de la vida practica llevan a la personas a realizar la combinaci$n de m'ltiples iguras &ur!dicas con el in de obtener resultados %ue no se pueden lograr con los institutos &ur!dicos t!picos, o para obviar las diicultades %ue se presentan a estos. 2a ley 4V )BE), 2ey
View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF