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FACULTAD: INGENIERÍA ESCUELA PROFESIONAL: INGENIERÍA CIVIL DOCENTE: ING. CARLOS ALBERTO VILLOSLADA QUEVEDO ASIGNATURA: SEGURIDAD EN INGENIERÍA CIVIL TEMA: NORMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO INTEGRANTES:
GÓMEZ CALDERÓN KLISMAN MORENO VILLANUEVA JUNIOR PAREDES MAZA FERNANDO VILCHERRES ORELLANA JUAN
2015
SEGURIDAD EN ING. CIVIL
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AGRADECIMIENTO
Como grupo de trabajo en la asignatura de Seguridad en Ingeniería Civil, queremos agradecer
a
Dios
por
cuidarnos
y
protegernos cada día para así, poder lograr nuestros estudiantes
objetivos y
trazados
futuros
como
profesionales.
Agradecer al Ingeniero responsable de la asignatura por darnos este tema tan importante que a futuro nos será de mucha utilidad.
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INDICE GENERAL Agradecimiento…………………...……………………………………………………………………………………….....2
1.- Prólogo……………………………………………………………..………………………………………………………….4 2.- Introducción………………………………………………………………………………..……………………………….5 3.- Objetivos………………………………………………………………………………………………………………………6 4.- Normas de seguridad y salud en el trabajo …………………………...........................................7 4.1.- Objeto…………………………………………………………….……………………………………….……………7 4.2.- Elementos a considerar…………………………………………………………………………………………7 4.3.- Enfoque de la norma……………………………………………………………………….……………………7 4.3.1.- Tercerización……………………………………………………………..………………………………….8 4.3.2.- Intermediación………………………….………………………………………………..…………………8 4.4.- Reglamento interno de SS en el trabajo………………………………………………………………..8 4.5.- Estructura mínima del RISST…………………………………………………………………………………8 4.6.- El comité o supervisor de SST………………………………………………………………………………..8 4.6.1.- Funciones…………………………………………………….…………………………..…………………..8 4.6.2.- Número de personas …………………………………………………..…………………………………9 4.6.3.- Deberes y obligaciones del empleador…………………………….…………………………..9 5.- Conclusiones……………………………………………………………………………………………………….……..10 6.- Referencias Bibliográficas….………………………..…………………………………..…………………………11
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1.- PRÓLOGO El presente trabajo monográfico tiene el objetivo de proporcionar a los usuarios una visión general sobre las Normas de Seguridad y Salud en el trabajo. Lo que debemos saber es que el presente Reglamento comprende a todas las actividades, servicios y procesos que desarrolla el empleador en todas sus sucursales/filiales/dependencias a nivel nacional. Por otra parte, establece las funciones y responsabilidades que con relación a la seguridad y salud en el trabajo deben cumplir obligatoriamente todos los trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades totales o parcialmente en las instalaciones de la empresa, entidad pública o pr ivada.
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2.- INTRODUCCIÓN En el presente trabajo monográfico nos vamos a centrar, conocer
y desarrollar
netamente, sobre un modelo de Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuya elaboración es obligatoria para todo empleador con veinte (20) o más trabajadores, de conformidad con lo previsto en el artículo 74º del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Para aquellos empleadores que cuenten con menos de veinte (20) trabajadores, su elaboración es facultativa. El presente modelo tiene carácter ilustrativo y no constituye un formato de obligatorio cumplimiento. El objetivo es que el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RI-SST) se constituya en una herramienta que contribuya con la prevención en el marco del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo a través del cual la Gerencia General/Alta Dirección de la empresa, entidad pública o privada promueva la instauración de una cultura de prevención de riesgos laborales. Siendo el RI-SST un instrumento importante para la acción y la cultura preventiva, el artículo 75º del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo ha establecido la obligación de su entrega a todos los trabajadores, mediante medio físico o digital y bajo cargo. Esta obligación se extiende a los trabajadores en régimen de intermediación y tercerización, a las personas en modalidad formativa y a todo aquel cuyos servicios subordinados o autónomos se presten de manera permanente o esporádica en las instalaciones del empleador. La Empresa, entidad pública o privada es la principal responsable de la aplicación y cumplimiento del presente Reglamento y reconoce la importancia del involucramiento y compromiso de todo el personal para avanzar en las mejoras en la prevención de los riesgos laborales.
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3.- OBJETIVOS Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, la integridad física y el
bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales. Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en todos los trabajadores,
incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la empresa, entidad pública o privada, con el fin de garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad, salud y medio
ambiente de trabajo, a fin de evitar y prevenir daños a la salud, a las instalaciones o a los procesos en las diferentes actividades ejecutadas, facilitando la identificación de los riesgos existentes, su evaluación, control y corrección. Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de prevención entre los
trabajadores, incluyendo regímenes de intermediación y tercerización, modalidad formativa e incluso entre los que presten servicios de manera esporádica en las instalaciones del empleador, con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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4.- NORMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO La SST es una disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores.
Con esta norma se busca minimizar los riesgos que existen en el trabajo, dado que por más mínimo que sea el trabajo, hay riesgos.
4.1.- OBJETO Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente del más alto grado de salud física y mental y de bienestar de los trabajadores en todas las ocupaciones.
4.2.- ELEMENTOS A CONSIDERAR:
LA ANTICIPACIÓN
La SST, debe anticiparse a cualquier peligro que surge en el ambiente de trabajo.
EL RECONOCIMIENTO
La anticipación ayuda a reconocer los peligros o riesgos que pongan en peligro la salud y bienestar de los trabajadores.
LA EVALUACIÓN
Es vital realizar las evaluaciones de los peligros y riesgos con miras de identificar aquello que podría ser perjudicial para los trabajadores y la propiedad.
EL CONTROL
Controlar o reducir los riesgos y peligros, teniendo en cuenta los estándares nacionales e internacionales.
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4.3.- ENFOQUE DE LA NORMA. La norma está enfocada en el sector privado, y no hace distinción, es decir, todos los que pertenecen o trabajen dentro de una empresa tienes que adecuarse a esta norma.
Dentro de este enfoque la norma alcanza hasta las empresas contratadas por “tercerización” e “intermediación”.
4.3.1.- TERCERIZACIÓN. Cuando una empresa privada delega a otra empresa una parte de su proceso productiva. Esta empresa viene con su respectivo personal y maquinarias.
4.3.2.- INTERMEDIACIÓN. Cuando una empresa privada delega a una “service” trabajos complementarios, es
decir, actividades que no forman parte del gi ro principal del negocio.
4.4.- REGLAMENTO INTERNO DE SS EN EL TRABAJO -
Las empresas con 20 o más trabajadores elaboran su reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo.
-
El empleador debe poner en conocimiento de todos los trabajadores, mediante medio físico o digital bajo cargo, el reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo, además se extiende a los trabajadores de tercerización e intermediación laboral modalidades formativas laborales y terceros subordinados u autónomas.
4.5.- ESTRUCTURA MÍNIMA DEL RISST
Objetivos y alcances.
Liderazgo, compromiso y políticos.
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Atribuciones y obligaciones de empleador.
Estándares de seguridad en las operaciones.
Estándares de seguridad en los servicios.
Preparación y respuestas a emergencias.
4.6.- EL COMITE O SUPERVISOR DE SST. 4.6.1.- FUNCIONES:
Conocer los documentos e informes.
Aprobar el RISST.
Conocer y aprobar el programa anual de SST.
Participar en la elaboración de políticas y planes de la empresa.
Aprobar el plan anual de capacitación.
Promover la capacitación a todos los trabajadores.
Vigilar el cumplimiento de las leyes sobre SST.
Reportar los accidentes.
Llevar el libro de actas y acuerdos.
4.6.2.- NÚMERO DE PERSONAS
Comité no menor de 4 ni mayor de 12, se debe considerar el nivel de riesgo de la empresa.
18 años, ser trabajador, tener conocimientos en SST.
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4.6.3.- DEBERES Y OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR El empleador ejerce un firme liderazgo y manifiesta su respaldo a las actividades de su empresa en materia de seguridad y salud en el trabajo, debe estar comprometido a fn de proveer y mantener un ambiente seguro y saludable conforme a las leye s de la materia.
De acuerdo al Artículo 48° del reglamento de la ley de seguridad y salud en el trabajo, establece que rol del empleador en relación al reglamento de SST.
ARTICULO 48° El empleador conforme lo establezca su estructura organizacional y jerárquica designa a sus representantes, titulares y suplentes ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre el personal de dirección y confianza.
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5.- CONCLUSIONES El presente reglamento es necesario tomarlo en cuenta,
ya que es un instrumento
importante para la acción y la cultura preventiva de riesgos laborales en el trabajo. En otras palabras, la salud y la seguridad laborales abarcan el bienestar social, mental y físico de los trabajadores, es decir, "toda la persona".
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6.- REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 1.- Modelo de Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. MINTRA [Seriada en línea] 2013 [Citado 2015 May 15]; [19 páginas]. Disponible en: http://www.mintra.gob.pe/archivos/file/CNSST/anexo2_rm050-2013.pdf
2.- Comité de Seguridad y Salud. 29783 [Seriada en línea][Citado 2015 May 15]; [01 página]. Disponible en: http://www.29783.com.pe/Buscador%20legislativo/29783%20%20Comit%C3%A9%20de%20seguridad%20y%20salud.html
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