Módulo 19.: Practica Forense Administrativa y Fiscal

April 5, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Módulo 19. Practica Forense Administrativa y Fiscal.

Unidad 1 Práctica forense de procedimientos administrativos y fiscales.

Sesión 1 Procedimientos administrativos administrativos y fiscales más comunes. 

Docente: Ivonne Alicia Gómez Pérez División de Ciencias Sociales: Derecho  Alumno: Victor Jiménez Navarro Navarro Matricula: ES1921009428 Grupo: (DE-DEPFAF-2202-M19-001)

1

 

INDICE.

Introducción………………………………………………………… Introducción…………………………… …………………………………………….……. ……………….…….3 3  Actividad 1. Vis Visitita a de veri verifficac icaciión y el pro roce cedi dim mient iento o adm dmin inis isttra rattivo ivo en ejec ejecuc ució ión. n...…… ……… ……. …....4  Actividad 2. Procedimiento de responsabilidad administrativa ante faltas faltas graves y no graves……………………………… graves…………………………………………….…………… …………….………………………...…. …………...…..….......6 .….......6  Actividad Integradora. Implementación de los procedimientos administrativos…..11 Conclusiones……………………………………………………… Conclusiones…………………………… ……………………………………………..… …………………..…16 16 Bibliografía………………………………….………… Bibliografía…………………… …………….………………….….………. ……….….………........…..... .......….........17 ....17

2

 

INTRODUCCION

En esta sesión se analizarán los más importantes de los procedimientos administrat admin istrativos ivos en nuest nuestro ro sistema, sistema, los cuales son imple implementad mentados os por las autoridades autori dades ante las afect afectaciones aciones juríd jurídicas icas y económi económicas cas que represe representan ntan la comisión de faltas graves y no graves. En primer lugar, se aborda lo que se conoce como la visita de verificación (procedimiento administrativo con el que el Estado mexicano cumple con sus funciones funcio nes de vigilancia vigilancia y comprob comprobación ación sobre el cumpl cumplimient imiento o de las normas  jurídicas por parte de los gobernados). Más adelante se conoce el procedimiento administrativo de ejecución (PAE), el cual se actualiza cuando existe un crédito fiscal plenamente determinado a carg cargo o de un part particu icular, lar, exi exigib gible le y no pag pagado ado o g gara aranti ntizado zado por el suj sujeto eto pasivo. Por último, se hace un análisis del procedimiento administrativo mediante el cual las autoridades ope operadoras radoras del Nuevo Sistema Nacional Anticorrupción investigan, invest igan, sustan sustancian cian e impon imponen en las sancio sanciones nes corresp correspondien ondientes tes ante la comisi com isión ón

de

hec hechos hos

de

corr corrupc upción ión,,

que gene generan ran

res respons ponsabil abilida idades des

administr admini strati ativas vas en con contra tra de serv servido idores res públic públicos os que ejerza ejerzan n recursos recursos públicos federales, incluidos partidos políticos y fideicomisos, así como de particulares vinculados a dichos recursos.

3

 

ACTIVIDAD 1. VISITA DE VERIFICACIÓN Y EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN EJECUCIÓN 1. Lee hasta “Procedimiento administrativo de ejecución” del texto de apoyo. 2.  Consulta la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Fiscal Federal entorno al desarrollo de cada procedimiento. 3. Identifica las fases de estos procedimientos y su fundamentación jurídica. 4.En un docum ocume ento nto de tex extto, co com mplet pleta a el sigu iguient iente e cu cuad adro ro par ara a cad ada a procedimiento administrativo:

Fase del procedimiento

Fundamentación

Facultades de la autoridad

Los verifi verificadores cadores,, para practi practicar car visit visitas, as, deberán estar provistos de orden escrita con

Orden de Visita

62, 63 y 69 LFPA

fir firma ma

aut autógra ógrafa fa expedi expedida da

por

la

auto au tori rida dad d comp compet eten ente te,, en la que que de debe berá rá precisarse precis arse el lugar o zona que ha de

de Verificación

verificarse, el objeto de la visita, el alcance que

deba

tener

y

las disposiciones

legales que lo fundamenten.  Al iniciar la visita, el verificador deberá exhi exhibi birr cr cred eden enci cial al vige vigent nte e con con foto fotogr graf afía ía,,

Notificación de la

expedida por la autoridad com competente petente que

Orden de Visita de Verificación

64 y 65 LFPA

lo ac acre redi dite te

par para a

de dese semp mpeñ eñar ar dich dicha a

función, funció n, así como la orden expresa a lla a que se refiere el artículo 63 de la presente Ley,, Ley

de

la

que deberá deberá dej dejar ar copia copia al

pr prop opie ieta tari rio, o, re respo spons nsab able le,, en encar carga gado do

u

ocupante del establecimiento.

4

 

 Para la ejecución de este procedimiento la autoridad deberá presentar identificación

Desarrollo de

con fotografía y la orden que ampare la visita

la Visita de Verificación

66, 67 y 68 LFPA

de verificación, por otra parte el propietario o responsable respons able del la

visit visita a

de

establ establecimi ecimiento ento

motiv motivo o de

verif verificació icación n deberá

brindar 

las facilidades para la ejecución del acto. Con

este

paso

se

inicia prácticamente

lo que es el PAE, ya que el requerimiento de pago pa go Este se fundamentará en lo descrito en los artículos

design des ignado ado

tra ratta

de

que que

por

la aut autori oridad dad

un ejecu jecuttor  ffisc iscal al

se

pr prese esent nte e en el domi domici cililio o de dell cont contri ribu buye yent nte e deudor

Requerimiento de pago

se

para notif notificar icar y hacer constar de la

145 151 y 152 del Código entrega del mandamiento de Ejecución, así Fiscal de la Federación. mismo se solic solicita ita a dicho contri contribuyente buyente demost dem ostrar rar si ya fue cub cubier ierto to el cré crédit dito o fisc fiscal al,,

ya

procederá procede rá

que

de

lo cont contra rari rio o

se

a realiz realizar ar el embarg embargo o de bienes

suficientes para cubrirlo. cual se le notif notifico, ico, el ejecut ejecutor or levantara levantara un  Acta de Embargo,

Embargo

151, 152, 153, 154, 155, 156, 156Bis, 156 Ter, 161, 162, 163 CFF

autoridad recuperación aseguramiento

fiscal de

en

el

cual

procederá

la a

la

dicho crédito, a través del de

bienes propiedad del

contribuyente

Remate

173,, 174, 173 174, 17 176 6 y 17 177 7 CF CFF F

Se po pone nen n en sub subas asta ta y vent venta a

lo loss

ob obje jeto toss

confiscados.

5

 

ACTIVIDAD 2. PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA ANTE FALTAS GRAVES Y NO GRAVES

1. Concluye la lectura del texto de apoyo. 2. Consulta la LGRA entorno al procedimiento a seguir ante las faltas graves y no graves. 3. En el mismo documento de texto de la activi actividad dad anterior, enumera llas as fases de cada procedimiento administrativo, señalando su fundamentación jurídica

En La Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LGRA) establece un catálogo de conductas que todos los sujetos destinatarios tienen prohibidas al considerarse hechos de corrupción. Éstas se encuentran divididas en faltas graves y no graves de las cuales, las primeras se prevén en los artículos 52 al 64 de la ley citada, mientras las segundas se indican en los artículos 49 y 50 del mismo cuerpo normativo.

Tipo de falta

Falta

Soborno Partici Part icipaci pación ón en

 jurídica

seguir 

ilícit ilícita a  Art. 67 LGRA

administrativos de

 Art. 68 LGRA  Art. 69 LGRA

influencias

 Art. 70 LGRA

Utilización

de  Art. 71 LGRA

Grave por  particulares

Procedimiento a

 Art. 66 LGRA

pr proce ocedi dimi mien ento toss

Tráfico

Fundamentación

 Art.

109

frac.

III

CPEUM: “Las faltas administrativas graves serán investigadas y substanciadas por la  Auditoría Superior de la Federación y los órganos internos de control, o por sus homólogos en las 6

 

información falsa

 Art. 72 LGRA

Colusión Uso

indebido

entidades federativas, según corresponda, y serán resueltas por el Tribunal de Justicia  Administrativa que resulte competente”.

de

recursos públicos Contratación indebida

de

ex

servidores públicos.  Aquellas realizadas  Art. 73 LGRA

Serán

por candidatos

cuando

a

cargos carg os de ele elecci cción ón

Faltas de particulares en situación especial

en

Capítulo III. de de

Sanción económica Inhabi Inh abilit litaci ación ón

campaña electoral. Líderes

incurran

alguna falta del

popular. Miembros equipos

sancionados

para

de

tem tempora porall

participar

en

adquisiciones,

sindicatos del sector 

arrendamientos,

público,

servicios

relacionados con el

u

obras

públicas.

artículo 52 de la

In Indem demni niza zaci ción ón po porr lo loss LGRA.

daños

y

perjuicios

ocasionados

a

la

hacienda pública. Cohecho

 Art. 52 LGRA

Peculado

 Art. 53 LGRA

Inha Inhabi bililita taci ción ón de diez diez añoss para des año desemp empeñar  eñar  cargos,

empleos

o

Desvío de Recurso Recursoss  Art. 53 LGRA

comisiones. comis iones. (Cuando es

Públicos

no

Utilización Utili zación indebi indebida da

 Art. 54 LGRA

grave,

la

inhabi inh abilit litaci ación ón es de un 7

 

 Art. 55 LGRA

de información

año)

 Abuso de funciones  Art. 56 LGRA  Actuación

bajo  Art. 57 LGRA

Grave por 

Conflicto de Interés

Servidores

Contratación

Públicos

 Art.58 LGRA  Art. 59 LGRA

indebida.

 Art.60 LGRA

Enriquecimiento

 Art. 61 LGRA

oculto Tráfico

de  Art. 62 LGRA

Influencias.

 Art. 63 LGRA

Encubrimiento Desacato No grave por  No cumplir con sus  Art. 49 fracciones I  Amonestación pública o Servidores Públicos

funciones, atribuciones

y

comisiones

a X LGRA

privada

 Art. 50 LGRA

Suspensión del empleo, cargo o comisión.

asignadas. No den enu unciar los

Destitución del empleo, cargo o comisión.

acto actoss u om omis isio ione ness que llegare a

Inhabi Inh abilit litaci ación ón

advertir.

para

No

atender

las

instrucciones de sus superiores. No

presentar

tem tempora porall

desempeñar  

cargos o empleos en el servi se rvici cio o públ públic ico o y pa para ra participar

en

adquisiciones, en

tiempo y forma las

arrendamientos, servicios

u

obras

declaraciones 8

 

patrimonial

y

de

públicas.

intereses. No

registrar,

integrar, custodiar y cuidar la documentació docume ntación n bajo su responsabilidad. No su super pervi visar sar qu que e los

servidores

públicos a su cargo, cumplan

con

las

disposi sici cio ones

de

este artículo. No re rend ndir ir cuen cuenta tass sobre el ejercicio de sus funciones. No colab olabor orar ar con con los proc procedi edimie miento ntoss  judiciales

y

admin adm inis istr trat ativ ivos os

de

los que sea parte. No antes

cerciorarse de

la

celebración

de

contratos

de

adquisiciones, ar arre rend ndam amie ient ntos os

o

para enajenación de bienes. 9

 

Daño Da ñoss y pe perj rjui uici cios os que,

de

manera

cullpo cu posa sa,, cau ause se el servidor

a

la

Hacienda Pública. Haber

recibido

re recu curs rsos os

públ públic icos os

sin tener derecho a ello. No hab haber er real realiza izado do el

reintegro

de

dichos recursos.

ACTIVIDAD INTEGRADORA. IMPLEMENTACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

10

 

1. Espera Espera el caso propor proporciona cionado do por tu docente docente en línea.

CASO PRÁCTICO Fernando ndo Tapia López, López, tiene tiene una micro empresa empresa la cual es clausurada clausurada El señor Ferna por no cumplir con los horarios establecidos en la licencia de funcionamiento al acudir a las oficinas oficinas le indican indican que tiene una multa multa por $ 50, 000.00 y que tiene tres días para liquidarla o será aplicado un PAE, que deberá hacer el señor  Fernando para defenderse y ser escuchado ya que le negaron la garantía de audiencia. El señor Fernando deberá interponer un recurso administrativo que puede ser; El Recurso de Reposición. El Recurso de Apelación. El Recurso de Queja.

2. En un documento de texto, detecta los vicios de legalidad planteados en la visita de verificación.

11

 

ACTA DE VISITA DOMICILIARIA Oficio 3455 Expediente 43/2022 Orden de visita 987

En la ciudad de San Francisco del Rincón, Guanajuato, siendo las 12:00 doce horas del día 25 de mayo de 2022, se realiza la visita en el domicilio ubicado en Matamoros #304 de la colonia Manantiales de esta Ciudad, lugar en el cual se encuentra localizado el local comercial denominado “el Sapito Azul” en nuestro carácter de funcionarios públicos adscritos a la dependencia de Fiscalización Municipal, procedemos a realizar la visita domiciliaria correspondiente. --------------Solicitando Solici tando la docume documentaci ntación ón correspo correspondient ndiente e a los permi permisos sos de funcio funcionamien namiento, to, salubridad,

alta

a

SAT,

permisos

de

salud

y

protección

civil.

------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Una vez revisada la documentación se observa que la misma se encuentra en orden y actualizada. Se proc proced ede e a re rea aliza lizarr una rev evis isiión de las las inst instal alac aciion ones es del del co come merc rciio, enco en cont ntrá ránd ndos ose e qu que e de dent ntro ro de la mi mism sma a se encu encuen entr tra a ad adec ecua uada da pa para ra su funcionamiento, cuenta con salida de emergencia, extintores abastecidos y con sellllo se o de ga garan rantí tía, a, el perso persona nall se en encu cuent entra ra con la lass me medi dida dass de segu seguri rida dad d adecuada, y los lugares de servicio adecuados para cada función. --------------------Una vez revisados los puntos a revisar se realizan las siguientes observaciones. ------------------------

12

 

Se procede a asentar que siendo las 13:00 horas el local comercial aún se encu en cuen entr tra a ab abie iert rto o y da dand ndo o serv servic icio io a los los clie client ntes es,, cuan cuando do la lice licenc ncia ia de funcionamiento otorgada al comercio “el Sapito Azul”, indica que su horario de funcionamiento es de 5:00 horas a 12:00 horas, por lo cual el comercio se encuentra fuera del horario autorizado, incurriendo en una falta grave dentro de nuestro reglamento y con ello haciéndose acreedor a una sanción administrativa correspondiente y colocando los sellos de clausura a fin de inmovilizar los equipos y solicitando la salida de todo el personal a fin de terminar con la colocación de los sellos.----------------------------------------------------------------------------------------------------Se deja copia de la presente acta a quien nos atendió y se le hace saber que cuenta con un término legal de 3 días a fin de comparecer a las oficinas a fin de atender la sanción impuesta. ----------------------------------------------------------------------Se da por concluida la presente diligencia siendo las 14:00 horas del día de su inicio,

firmando

en

ella

los

que

intervinieron

y

quisieron

hacerlo.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 ____________________________  Servidor público asignado a la visita

 ____________________________  Persona que atendió la visita

13

 

ERRORES EN EL ACTA

Los visitadores no se identifican de forma correcta, (nombre, puesto y credencial) No asientan que persona los atiende y en qué carácter lo hace. (deben solicitar la presencia de quien legalmente tenga la personalidad de hacerlo) No indica la finalidad u objetivo de la visita. No se encuentra fundamentada o señala que legislación se está aplicando para el caso. No se da uso de la voz dentro del acta a fin de quien legalmente pudiese hacerlo y manifestar lo que su interés convenga. Se omite mencionar los medios de defensa con los que cuenta el visitado Se omite dar la formalidad sobre la notificación de la resolución de clausura, así como la multa impuesta. Falta de sello y datos de identificación de la autoridad que ordeno la visita.

14

 

3. Señala las acciones legales que se deben llevar a cabo para su corrección.

La corrección del acta se puede hacer de oficio o a petición de parte, en este caso el solicitante deberá presentar un escrito, en el cual deberá hacer notar los errores y omisiones del acto administrativo, fundamentándolo y argumentado cada uno de ellos, señalar el día y lo hora del acto impugnado, autoridad que cometió el error.  Presentar dicho oficio ante la autoridad que legalmente corresponda. Cumplir con lo establecido por el artículo 144 del código de procedimientos y Justicia administrativa para el estado y los Municipios de Guanajuato.

15

 

CONCLUSIONES

El derecho administrativo en México ha evolucionado lentamente desde la década de los 90´s, pues si bien es cierto, antes de los años 90 existía la autoridad administrativa dependiente del Poder Ejecutivo, los únicos actos y procedimientos administrativos reglamentos existente era la Averiguación Previa y el Procedimiento de Ejecución en materia fiscal, es por ello que estos procedimientos, fundamentados en el artículo 16 Constitucional son la base de todos

los

sumando

actos

y

procedimientos

administrativos

que

se

han

ido

a nuest nuestra ra legis legislación lación n no o sólo p para ara regl reglamenta amentarr el act acto o de molestia molestia a all

ciudadano, sino también para controlar el actuar de la autoridad administrativa y con ello mitigar la corrupción.  Así podemos ver, como las au autoridades toridades administrativas no fiscales o ministeriales empezaron a ver reglamentado su actuar en el año de 1994 con la aparición de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que normo las visitas de verificación; posteriormente con la implementación del Sistema Nacional Anticorrupción vemos como cada vez las autoridades apegan su actuar a derecho y disminuyen las prácticas ilegales de ejecutar una visita sin llevar consigo una orden escrita y firmada por la autoridad competente; esto ha sido perfeccionado gracias a la implementación de mecanismos digitales que permiten, en tiempo real y casi de inmediato, corroborar antes del inicio de las diligencias, la autenticidad de la orden de verificación y la identidad del Verificador.

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BIBLIOGRAFÍA.

Texto de apoyo

https://www.derecho.unam.mx/investigacion/publicaciones/revista-cultura/pdf/ CJ3_Art_8.pdf  https://unadmexico.blackboard.com/bbcswebdav/institution/DCSA/MODULOS/ DE/M17_DEPFCM/ U3/S7/Descargables/DE_M17_U3_S7_GA.pdf  http://tareasjuridicas.com/2015/06/25/como-elaborar-los-conceptos-de-violacionamparo/ https://unadmexico.blackboard.com/bbcswebdav/institution/DCSA/MODULOS/ DE/M17_DEPFCM/ U3/S7/Descargables/DE_M17_U3_S7_TA.pdf  http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5529021&fecha=25/06/20 Cámara de Diputados (2019).Ley Federal de procedimiento Administrativo. [Texto en PDF]. Disponible en. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/112_180518.pdf  http://historico.juridicas.unam.mx/publica/rev/indice.htm?r=aida&n=15 https://campus.unadmexico.mx/contenidos/DCSA/MODULOS/DE/M19_DEPFAF/ U1/S1/Descargables/DE_M19_U1_S1_TA.pdf  https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3370/9.pdf  https://mexico.justia.com/derecho-fiscal/procedimiento-administrativo-de-ejecucion/ https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/12/5610/3.pdf  Ponce F. y Ponce R. (2005). Derecho Fiscal (10ª ed.). México: Banca y Comercio. Secretaría de la Función Pública (SFP) (s. f.). Manual sobre el Sistema Nacional  Anticorrupción. Para servidoras y servidores públicos federales. México: SFP. Recuperado de: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/194144/Manual_SNA.pdf 

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LEGISLACION

Código Fiscal de la Federación. Ley Federal de Procedimiento Administrativo Ley General de Responsabilidades Administrativas

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