Módulo 17. Práctica Forense Civil y Mercantil
April 2, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Módulo 17. Práctica forense civil y mercantil.
Unidad 3 Juicios orales.
Sesión 6 Características procesales de los juicios orales.
Docente: LUIS ANTONIO LARA VEGA División de Ciencias Sociales: Derecho Alumno: Victor Jiménez Navarro Navarro Matricula: ES1921009428 Grupo: (DE-DEPFCM-2201-M17-007)
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INDICE.
Introducción………………………………………………………… Introducción…………………………… …………………………………………...…. ……………...….......3 ......3 Actividad 1. Jui Juiccio or oral al civ civil. il......… .…… ………… ……………… ……… ……… ……… ……. …...… ..………….. ……….. ………………..4 Actividad 2. Juicio oral mercantil………………………………………… mercantil…………………………………………………….......9 ………….......9
Actividad Integradora. Desahogo de pruebas en los juicios orales….……..………15 Conclusiones………………………………..…………..… Conclusiones…………………………… …..…………..……………….………… …………….…………….…21 ….…21 Bibliografía………………………………….………… Bibliografía…………………… …………….………………….….………. ……….….………........…..... .......….........22 ....22
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INTRODUCCION
En estas actividades tendremos la oportunidad de entender las características procesales de los juicios orales, en los cuales se aplican supletoriamente las reglas expuestas del juicio ordinario de cada materia, (civil o mercantil, según sea el caso). La finalidad de este juicio es lograr una mayor celeridad en la administración de justicia, así como privilegiar el principio de inmediación, aunque en todo caso, el mayor logro al hacer las audiencias públic públicas as es la transparenc transparencia ia en la impartic impartición ión de justicia y el que se deje constancia audiovisual del proceso. Al inicio de las actividades veremos cómo se hace referencia en cada apartado al proceso oral civil y una vez abordado este, las particularidades del proceso oral mercantil, si las hubiera.
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ACTIVIDAD 1. JUICIO ORAL CIVIL
1. Espera el caso proporcionado por tu docente en línea.
2. Consulta los artículos 969 al1018 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
3. En un do docu cume ment nto o de text texto, o, re reda dact cta a la cont contes esta taci ción ón de de dema mand nda a qu que e corresponda al caso, con especial énfasis en las excepciones y defensas, así como las pruebas.
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PEDRO BETANZOS NUÑEZ VS ROQUE GRANADOS ENRIQUEZ JUICIO: VÍA ORAL CIVIL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO EXPEDIENTE 159/2021
C. JUEZ PRIMERO DE PROCESO ORAL PRESENTE.
ROQUE GRANADOS ENRIQUEZ, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, el ubicado en MART MA RTIINI NICA CA 15 154, 4, DE LA CO COLO LONI NIA A RE RENO NOVA VACI CION ON DE ES ESTA TA CIUD CIUDA AD, autorizando para oír y recibirlas al Licenciado VICTOR JIMENEZ NAVARRO con cedula profesional número 4566, otorgándole mandato Judicial en términos del artícu art ículo lo 112 párr párrafo afo cua cuarto rto del Cód Código igo de Procedim Procedimien ientos tos Civ Civile iless del Dis Distri trito to Federal ; persona que desde este momento queda facultada facultada para que interponga los recursos que procedan, ofrezca e intervenga en el desahogo de probanzas, intervenga en la diligenciación de exhortes, alegue en las audiencias, solicite, se dict dicte e sent senten enci cia a pa para ra evit evitar ar la cons consum umac ació ión n de dell térm términ ino o de cadu caduci cida dad d po por r inactividad profesional y realizar cualquier acto que resulte necesario para defensa de los derechos de los suscritos, sin poder sustituir o delegar dichas facultades; ante usted respetuosamente comparezco y expongo: 5
Que Qu e esta estand ndo o de dent ntro ro de dell térm términ ino o que que me fue fue conc conceb ebid ido o po porr este este Órga Órgano no Jurisdicciona Jurisdi ccionall a efecto de dar contestaci contestación ón a la demanda instaurada en mi contra por el C. PEDRO BETANZOS NUÑEZ; así como para que oponga excepciones y defensas de mi parte y ofrecer probanzas a mi favor; lo cual hago en los siguientes términos: Contestación a las Prestaciones: Respecto a la prestación señalada como 1.- del escrito de demanda niego que asista el derecho de exigir el cumplimiento del contrato de promesa de compra venta de fecha 14 de octubre de 2014 celebrado sobre el inmueble ubicado en calllle ca e NE NERU RUDA DA NU NUM MER ERO O 30 CA CALL LLE E PO POET ETAS AS,, DELA DELAGA GACI CION ON ALVA ALVARO RO OBREGON, CODIGO POSTAL 1452 DE LA CIUDAD C IUDAD DE MEXICO, ya que la parte actora no liquido la totalidad de lo pactado en el mismo, ya que solo se entregó el 50% del pago, tal y como consta en el recibo que exhibe a nombre de JACINTA PALOMA QUINTANA. En cuanto al hecho señalado como 2.- se indica niega ya que al no ser cubierta la totalidad de la cantidad pactada en el contrato materia del presente hecho, no existe la obligación de pago de alguna pena convencional por parte del suscrito, ya que el que incumplió con lo pactado fue la parte actora. En cuanto a la prestación marcada como 3.- niego el derecho a la misma ya que la presente demanda se encuentra infundada y sin razón de ser.
En cu cuan anto to a lo loss HE HECH CHOS OS na narr rrad ados os po porr mi co cont ntra rapa part rte, e, ma mani nifi fies esto to lo siguiente: En cuanto al hecho 1.- manifiesto que es cierto. En cuanto al hecho 2.- indico que es parcialme parcialmente nte cierto, ya que si los datos de ubicación del inmueble son los que la parte indica NO LO ES ASI, el hecho de que el ahora actor haya entregado al suscrito la cantidad de $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N) como pago total del contrato. 6
En cuanto al hecho 3.- es cierto que se entrega la cantidad de $75.000.00 (setenta y cinco mil pesos) a la C. JACINTA PALOMA QUINTANA siendo este el único pago que se realiza por parte del actor como parte del contrato, por lo cual es el único recibo que presenta. Mencionando además que el actor se contr Mencionando contradice adice en este punto ya que indica que en el momento de la firma del contrato realiza el pago total del mismo, sin embargo en este hecho presenta un recibo posterior a la firma del contrato, por lo cual su manifestación de que a la firma se liquidó la totalidad del contrato queda expuesta en su mentira e intento de engañar a su señoría.
En cuanto al hecho 4.- lo niego, ya jamás he sido requerido de la entrega del inmue uebl ble e ubicado en ca callle NERUDA NUMERO 30 CALLE POETAS, DELAGACION ALVARO OBREGON, CODIGO POSTAL 1452 DE LA CIUDAD DE MEXICO por parte del ahora actor. Ofertando Como PRUEBAS de mí parte para acreditar mi dicho las siguientes:
LA CONFESIONAL, para hechos propios, que deberá d desahogar el Actor en forma personal y sin mandatario o apoderado legal alguno, que consiste en la absolución que dé al pliego de posiciones que en sobre cerrado acompañaré oportunamente pare el día y la hora que señalen para el desahogo de dicha probanza, debiendo ser citado con los apercibimientos de la ley en su domicilio. domicili ilio o ubi ubicad cado o en LAS TESTIM TESTIMONI ONIALE ALES S A CAR CARGO; GO; Juan Juan Mar Martín tínez ez con domic Manzanares #545 Colonia Rubena de esta Ciudad Martha Mediana Mediana con domici domicilio lio en Calle Matías Romo 54 de la colon colonia ia Rubena de esta Ciudad. Probanza con la que se intenta probar el incumplimiento de la partea actora sobre la liquidación total del contrato materia del presente asunto
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Testigos hostiles a quienes manifiesto bajo formal protesta de decir verdad que no puedo presentarlos a declarar, por lo que solicito sean citados por conducto del Juzgado con los apercibimientos de ley.
LA DOCUMENTAL PRIVADA.- consistente en el documento base de la acción y presentado por la parte actora, de la cual se desprende que no se pactó ni realizo el pago total del mismo en el momento de la firma.
LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA. – La primera la hago consistir en no haber sido el suscrito quien suscribió el pagaré base de la acción ejercitada, en consecuencia, no existe ninguna relación jurídica de derechos y obligaciones entre la parte actora y la parte demandada. Por lo que, haciendo deducciones lógico jurídicas, se llega a la verdad que se busca.
Por lo anterior expuesto SOLICITO A USTED… 1.- tenerme por contestando en tiempo y forma la demanda presentada en mi contra. 2.- se me tenga por aportando las pruebas descritas en el presente escrito así como realizado su preparación correspondiente para su desahogo. 3.- en el momento procesal oportuno se dicte sentencia absolutoria para el de la voz.
PROTESTO LO NECESARIO A LA FECHA DE SU PRESENTACION
ROQUE GRANADOS ENRIQUEZ
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ACTIVIDAD 2. JUICIO ORAL MERCANTIL
1. Espera el caso proporcionado por tu docente en línea.
2. Consulta los artículos 1390 bis al 1390 bis 50 del Código de Comercio.
3. En el mism mismo o do docu cume ment nto o de text texto o de la acti activi vida dad d an ante teri rior or,, re reda dact cta a la contestación de demanda que corresponda al caso, con especial énfasis en las excepciones y defensas, así como las pruebas.
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MEGACABLE COMUNICACIÓN DE MEXICO, S.A DE C.V VS SURVERY SOLUTIONS, S.A DE C.V EXP 568/2022
C. JUEZ MERCANITL ORAL PRESENTE.
MARICELA MARTINEZ, mexicana, mayor de edad, en mi carácter carácter de apodera apoderado do lega legall de SURVERY SOLUTIONS, S.A DE C.V, lo que acredito con escritura pública número 487, tirada ante la fe del Licenciado Hugo Ruiz Esparza Notario Público número 5 en legal ejercicio de este Partido Judicial, señalando domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en PANORAMA 454 DE LO COLONIA CONCEP CON CEPCIO CION N DE EST ESTA A CIU CIUDAD DAD,, aut autori orizand zando o par para a rec recibi ibirla rlass al Lic Licenci enciado ado VICTOR JIMENEZ NAVARRO, autorización en los términos del 1069 del Código de Come Comerc rcio io terc tercer er párr párraf afo, o, an ante te Us Uste ted d con con el re resp spet eto o qu que e le es de debi bido do,, comparezco exponer: Que, estando en tiempo para ello y con el carácter antes indicado vengo a contestar la infundada demanda que presenta en contra de mí representado en los siguientes términos: 1. Niego que el actor por conducto de su representant representante e legal tenga el derecho de reclamar a mi representada la cantidad de $311, 742.15 (trescientos once mil setecientos cuarenta y dos pesos 15/100 M.N), por concepto de suerte principal. 10
2.- niego que el actor tenga derecho a reclamar la rescisión del contrato de prestación de servicio celebrado entre las partes el día 18 de agosto de 2012, ya que como consta en el contrato modificatorio de fecha 20 de septiembre de 2012, el primer contrato y ahora base de la acción de este proceso quedo sin efectos. 3.- niego que la parte actora tenga derecho a reclamar la pena convencional que indica que como se indica en el párrafo anterior el contrato ahora reclamado quedo sin efectos el día 20 de septiembre de 2012 4.- niego que la parta demandada tenga derecho a reclamar gastos y costas en virtud que su presente demanda es infundada y sin causa alguna. Por lo que respecta a los hechos de la demanda que se contesta paso a referirme a la misma en los siguientes términos:
HECHOS Por lo que respecta al Hecho señalado como 1.- ni lo niego ni lo acepto por no ser un hecho propio. Por lo que respecta al Hecho señalado como 2.- es cierto, sin embargo se indica que qu e en fech fecha a 20 de se sept ptie iem mbr bre e de 20 2012 12 las las pa part rtes es cele celebr brar aron on co cont ntra rato to modificatorio respecto al contrato base de la acción en el cual ambas partes acordaron dar por terminada por mutuo acuerdo el contrato celebrado el día 18 de agosto del mismo año, documento que desde este momento se anexa al presente escrito. Por lo que respecta al Hecho señalado como 3.- se indica que es cierto Por lo que respecta al Hecho señalado como 4.- se indica que es cierto, sin embargo se hace referencia nuevam nuevamente ente al contra contrato to modificat modificatorio orio de fecha 20 de septiembre de 2012 en el cual se da por concluido el contrato base de la acción.
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Por lo que respecta al hecho 5.- se indica que es cierto, sin embargo se hace referencia nuevamente al contrato modificatorio de fecha 20 de septiembre de 2012 en el cual se da por concluido el contrato base de la acción. Por lo que respecta al hecho 6.- se indica que falso ya que según consta en contrato modificatorio de fecha 20 de septiembre de 2012 en el cual se da por concluido el contrato base de la acción. Por lo que respecta al hecho 7.- se indica que falso ya que según consta en contrato modificatorio de fecha 20 de septiembre de 2012 en el cual se da por concluido el contrato base de la acción Por lo que respecta al hecho 8.- se indica que falso ya que según consta en contrato modificatorio de fecha 20 de septiembre de 2012 en el cual se da por concluido el contrato base de la acción. Por lo que respecta al hecho 9.- se indica que falso ya que según consta en contrato modificatorio de fecha 20 de septiembre de 2012 en el cual se da por concluido el contrato base de la acción Por lo que respecta al hecho 10.- se indica que falso ya que según consta en contrato modificatorio de fecha 20 de septiembre de 2012 en el cual se da por concluido el contrato base de la acción.
EXCEPCIONES Opongo la excepción de falta de derecho y de acción de la parte actora para demandar a mi representada por las absurdas pretensiones que reclama en la demanda que se contesta, dichas excepciones se fundan y se basan en los hechos contestados, que obvio de trámites no se repiten.
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PRUEBAS: LA CONFESIONAL, para hechos propios, que deberá d desahogar el Actor por conducto de su apoderado legal, que consiste en la absolución que dé al pliego de posiciones que en sobre cerrado acompañaré oportunamente pare el día y la hora que señalen para el desahogo de dicha probanza, debiendo ser citado con los apercibimientos de la ley en su domicilio
LA DOCUMENTAL PRIVADA.- consistente consistente en el contrato modificat modificatorio orio de fecha 20 de Septiembre de 2012, el cual demuestra que el contrato base de la acción quedo sin efectos.
LA PRE RESU SUNC NCIIONAL NAL EN SU DO DOBL BLE E AS ASPE PECT CTO O LEG LEGAL Y HU HUM MAN ANA. A. Consistente en las actuaciones desahogadas en el presente asunto.
DERECHO Es aplicable al fondo del presente juicio lo dispuesto en los artículos 1091, 1092, 1093, 1391 al 1414 del Código de Comercio. Por lo antes expuesto y fundado a Usted C. Juez, atentamente solicito:
PRIMERO. Se me tenga por present presentado ado con el anteri anterior or escrito en tiempo y forma con copias simples que se acompañan para traslado, contestando la demanda en que se actúa.
SEGUNDO. Se me tenga con el carácter con el que se comparece como el Presi Pre side dent nte e de dell Con Conse sejo jo de Admi Admini nist strac ració ión n de la ne nego goci ciac ació ión n de deno nomi mina nada da
SURVERY SOLUTIONS, S.A DE C.V. TERCERO. Tener por autorizado para que a nombre de mi representada gestione lo co condu nduce cent nte e en el prese present nte e neg negoci ocio o al Sr Sr.. Li Licen cenci ciad ado o VI VICT CTOR OR JI JIME MENE NEZ Z NAVARRO.
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CUARTO.- en su momento procesal oportuno dicte sentencia favorable a mis intereses.
PROTESTO LO NECESARIO A LA FECHA DE SU PRESENTACION
MARICELA MARTINEZ, APODERADO LEGAL DE SURVERY SOLUTIONS, S.A DE C.V
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ACTIVIDAD INTEGRADORA. DESAHOGO DE PRUEBAS EN LOS JUICIOS ORALES
1. Espera el caso proporcionado por tu docente en línea.
2. En un documento de texto, redacta el ofrecimiento de pruebas correspondiente.
3. Presenta las pruebas requeridas fungiendo como parte actora.
FORMULARIO DE DEMANDA ORAL MERCANTIL, DONDE SE RECLAMA EL PAGO DE PESOS (Artículo 1390 bis 11 fracción I del Código de Comercio, Juez ante el que se promueve)
C. JUEZ ESPECIALIZADA EN MATERIA DE ORALIDAD MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CAPITAL DE ZACATECAS PRESENTE.
(Artículo 1390 bis 11 fracción II del Código de Comercio, nombre y apellidos o deno denomi mina naci ción ón soci social al de la acto actora ra y su do domi mici cili lio o pa para ra oír oír y reci recibi bir r notificaciones) C.ALEJANDRO HERNANDEZ HERRERA , mexicano, casado, mayor de edad, originario y vecino de esta Ciudad de Zacatecas, Zacatecas, beneficiario 15
del documento fundatorio de la acción que a continuación referiré, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones que se autoricen en el presente juicio y las que se realicen en etapa de ejecución en los términos del artículo 1069 del Código de Comercio, el ubicado en Calle Hortensia número, 97 Colonia El Zacatal Zacatecas, Zacatecas, y autorizando para dichos efectos al Pasante de Derecho JUAN HERNANDEZ HERNANDEZ; de igual forma nombro en lo loss té térm rmin inos os má máss am ampl plios ios del re refe feri rido do artíc artícul ulo o al Licen Licenci ciado ado en De Dere recho cho
VICTOR VIC TOR JIM JIMENE ENEZ Z NAV NAVARR ARRO O, quien quien ej ejer erce ce co con n cé cédu dula la pr prof ofesi esion onal al número número 12678043325 de la cual exhibo copia simple, facultándolo de manera expresa para con conciliar en las audien enccias y sus usccribir en su ca casso el conve ven nio correspondiente, en términos del artículo 1390 bis 21 de la Legislación citada, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Soy tenedor legítimo del documento base de la acción, por lo que con dicha personalidad que solicito me sea reconocida, vengo a demandar en la Vía
Oral Mercantil ejercitando con fundamento (Artículo 1390 bis 11 fracción VI del Código de Comercio, fundamento y clase de acción) en contra (Artículo 1390 bis 11 fracción III del Código de Comercio, nombre y apellido o denominació denomi nación n social del demandado y su domicili domicilio) o) del (la) C. ALEJANDRO HERNANDEZ HERNA NDEZ HERRERA quien tiene su domici domicilio lio para efecto de empla emplazamien zamiento to el ub ubic icad ado o en Ca Calllle e Ho Hort rten ensi sia a nú núme mero ro,, 97 Co Colo loni nia a El Za Zaca cata tall Za Zaca cate teca cas, s, Zacatecas, de quien demando las siguientes prestaciones:
(Artículo 1390 bis 11 fracción IV del Código de Comercio, objeto u objetos que se reclamen con sus accesorios) a).-Por el pago de la cantidad de $ 318,607.62 (trescientos dieciocho
mil seiscientos siete pesos 62/100 M. N.) (Artículo 1339, 1390, 1390 bis 11 fracción VII del Código de Comercio, el valor de lo demandado) como importe de la suerte principal amparada en el fundatorio de esta demanda el cual me permito anexar.
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b) El pago de los intereses 13.999 anual, pactados a razón de gastos y
costas que se generen con la tramitación del presente asunto, que se hayan deve de veng ngad ado o ha hast sta a el pa pago go tota totall de la cant cantid idad ad adeu adeuda dada da,, mi mism smos os qu que e se cuantificarán en la ejecución de sentencia definitiva. c).- El pago de gastos y costas que se originen por la tramitación del presente juicio. Para mayor claridad de esta demanda me permito detallarla al tenor de los siguientes puntos de hechos y consideraciones legales.
DE HECHOS:
(Artículo 1390 bis 11 fracción V del Código de Comercio, hechos en que el actor funde su petición) PRIMERO: En la Ciudad Zacatecas de Mi representada celebro cont contra rato to
el cobr cobro o de Cr Créd éditito, o, el cual cual am ampa para ra el im impo port rte e de $3 $318 18,6 ,607 07.6 .62 2
(trescientos dieciocho mil seiscientos siete pesos 62/100 M.N. SEGUNDO La partes convenimos que el contrato generaría un interés de ba base se al 13 13.9 .999 99 an anua ual, l, el cu cual al se ca callcu cula larí ría a a pa part rtir ir de la fec echa ha de dell incumplimiento de sus obligaciones. TERCERO: Cabe hacer mención Asimismo las partes acordamos que en ca caso so de la ah ahor ora a de dema mand ndad ada a inc ncum umpl plie iera ra en su suss oblig bligac acio ione ness el C.
ALEJ AL EJAN ANDR DRO O HERN HERNAN ANDE DEZ Z HE HERR RRER ERA, A, incum ncumpl pliió con lo pa pact ctad ado o en el documento base de la acción, por lo cual y en virtud lo anterior el reclamo a la parte demanda la liquidación total del adeudo así como el pago de los intereses pactado hasta su total liquidación.
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(Artículo 1390 bis 11 fracción VI del Código de Comercio, fundamento) DE DERECHO:
Sirven como fundamento los términos de los artículos Es aplicable al
fondo del presente juicio lo dispuesto en los artículos 1414 bis, 1414 bis 1, 1414 bis 2, 1414 bis 3, 1414 bis 7, 1414 bis 8, 1414 bis 14, 1414 bis 16, 1414 bis 20 del Código de Comercio.
(Art (Artículo ículoss 1390 bis 11 fracción fracción VIII y 1390 bis 13 del Códig Código o de
Comercio, ofrecimiento de las pruebas) CAPITULO DE PRUEBAS:
1.- LA CONFES CONFESION IONAL. AL.-- A cargo del (la) demandado (a) C. ALEJANDRO HERNANDEZ HERRERA, quien deberá ser citado para que en la misma forma comparezca el día y hora que se sirva señalar a contestar el inte interr rrog ogat ator orio io qu que e de form forma a or oral al le form formul ular aré, é, ap aper erci cibi bién éndo dole le qu que e de no comparecer sin justa causa se le tendrán por ciertos los hechos que pretendo acreditar con esta probanza, y atendiendo al contenido del artículo 1390 bis 13 del Código de Comercio desde este momento manifiesto que los hechos que trato
de demostrar.
2.- TESTIMONIAL.- Misma que correrá a cargo de los C ALEJANDRO
HERNANDEZ HERRERA quien declarara conforme al interrogatorio verbal que en audiencia de juicio se les formulará, en la inteligencia de que me comprometo a presentar a dichos testigos el día y hora que se indique para la celebración de la referida audiencia. Artículo 1390 bis 13 del Código de Comercio, desde este momento manifiesto los hechos que trato de demostrar
3.- DOCUMENTAL DOCUMENTAL PRIVA PRIVADA.DA.- Que hago consistir en estado de
cuenta de fecha 3 de Septiembre de 2018 como documento base de la acción, esta prueba se relaciona con expedido por el Conta Contador dor Público JUAN PEREZ, en 18
el cual consta el total de adeudo interés generados a la fecha así como la cantidad total a liquidar a la fecha puntos de hecho de demanda. Atendiendo al contenido del artículo 1390 bis 13 del Código de Comercio desde este momento manifiesto.
4.- INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Consistente en todas y
cada una de las actuaciones practicadas dentro del presente Juicio en cuanto favorezcan a los intereses de la parte actora, lo cual incluirá la documentación física del expediente que se forme con motivo de esta demanda así como los registros de audio y video correspondientes a las audiencias, esta prueba está relacionada con los puntos de hecho de mi demanda, ya que abarca en su totalidad el objeto de litis del presente juicio.
5.- PRESUNCIONAL.- Tanto en su aspecto legal como humano que
de la misma se deriven y favorezcan a la parte actora. Esta prueba de manera similar a la anterior está relacionada con la documentación física del expediente que se forme con puntos de hecho de mi demanda, los cuales consisten en que: Consistente en las actuaciones desahogadas en el presente asunto. .
(Los anteriores por ser requisitos de admisibilidad de las probanzas) Por lo anteriormente expuesto, A USTED JUEZ ESPECIALIZADA EN
MATERIA DE ORALIDAD MERCANTIL, atentamente solicito: PRIMERO:
Se me tenga por presentado por demandado al C ALEJANDRO
HERNANDEZ HERRERA, en su carácter de deudor en la VIA DE PROCEDIMIENTO por todas y cada una de las prestaciones que se indican en los conceptos del presente escrito. 19
SEGUNDO SEGUN DO Se empla emplace ce al deudor para que conteste la demanda en los términos legales que corresponda.
PROTESTO LO NECESARIO (Artículo 1390 bis 11 fracción IX del Código de Comercio, firma del actor o su representante legítimo)
C ALEJANDRO HERNANDEZ HERRERA
Zacatecas, Zacatecas a 06 de Abril de 2022
CONCLUSIONES.
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El juicio oral, pretende dar una mayor celeridad en la administración de justicia, así como privilegiar privilegiar el principio principio de inmedi inmediación, ación, aunque en todo caso, el mayor logro al hacer sus audiencias públicas es la transparencia en la impartición de justicia y el que se deje constancia audiovisual del proceso. Así en las actividades desarrolladas mediante el análisis de la videoconferencias en los casos prácticos, se tiene las «EXCEPCIONES Y DEFENSAS» donde el demandado explica al juez con toda precisión porqué razón la norma qué pretende el actor se aplique, no debe aplicársele al demandado. Es decir, el demandado explica y demuestra al Juez de qué manera su asunto constituye una excepción a la regla y por ende no le es aplicable la demanda de la actora. La diferencia entre la de defe fens nsa a y la exce excepc pció ión n ra radi dica ca en qu que e ésta ésta últi última ma va enca encami mina nada da a los los presupuestos procesales, deteniendo o terminando el proceso. En cambio, las defensas, desvirtúan y atacan la base sobre la que descansan las pretensiones, ya que implican la discusión relativa al derecho subjetivo – pretensión de fondo. Desd De sde e esta esta pe pers rspe pect ctiv iva, a, las las de defe fens nsas as corr corres espo pond nden en a las las exce excepc pcio ione ness sustanciales y las excepciones a las llamadas excepciones procesales. La defensa son las negaciones formuladas por el demandado respecto a los hechos o el dere de rech cho o invo invoca cado do y he hech cho o vale valerr po porr el acto actor. r. Y las las exce excepc pcio ione ness son son las las afirmaciones del demandado en relación con los presupuestos procesales o la fundam fun dament entaci ación ón de la pre preten tensió sión. n. Las excepc excepcion iones es doct doctrin rinalm alment ente e se div divide iden n dilato dilatoria riass y per perent entori orias, as, las dilato dilatoria riass son aquell aquellas as que tie tiende nden n a ret retrasa rasarr el procedimiento y las perentorias son aquellas que van encaminadas a extinguir la acción de la parte actora. En la integradora, se tiene el ofrecimiento de pruebas en dónde las partes deben asumir la carga de preparar sus pruebas, de modo que deben presentar a sus peritos o testigos y demás, en relación con los hechos controvertidos, serán las pruebas de que harán uso a fin de fundamentar sus pretensiones.
BIBLIOGRAFÍA.
21
Texto de apoyo: EXCEPCIONES Y DEFENSAS. Recuperado de: https://cursos.aiu.edu/Teoria%20General%20del%20Proceso/PDF/Tema %203.pdf Gómez, C. (2012). Teoría general del proceso (10ª ed.). México: Oxford. Recuperado
de:
http://derechomexicano.com.mx/wp-content/uploads/2017/11/Teoria-Generaldel-Proceso-Oxford3.pdf
Módulo 17 Práctica forense civil y mercantil Unidad 3 Juicios orales Sesión 6 Características procesales de los juicios orales. Recuperado de: https://campus.unadmexico.mx/contenidos/DCSA/MODULOS/DE/ M17_DEPFCM/U3/S6/Descargables/DE_M17_U3_S6_TA.pdf
21 LEGISLACIÓN
Código de Comercio. Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC). 22
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
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